Reglamento Constitucional Provisorio establece sistema electoral de suscripciones.




26-10-1812

En el texto del Reglamento Constitucional Provisorio, dictado en el gobierno de José Miguel Carrera (1811-1813), se confirma la noción ideológica denominada “representación”, propia de la política moderna, aunque dentro del marco de un gobierno autoritario. Por ejemplo, en su artículo Nº4, señala que “en el caso de muerte o renuncia (de alguna autoridad), se procederá a la elección por medio de una suscripción en la capital, la que se remitirá a las provincias y partidos para que las firmen y sancionen. Las ausencias y enfermedades de los vocales se suplirán por el Presidente, y Decano del Senado.” Este sistema de “suscripciones”, consistía en abrir un libro en que simplemente se ponía la firma, todos quienes adherían al o los candidatos que aparecían propuestos. Dicha práctica perfeccionó el incipiente sistema electoral chileno.


Citas en orden de aparición:
-Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1810/Convocación al Congreso Nacional de 1811 por la Junta de Gobierno, en 15 de diciembre de 1810. En: https://es.wikisource.org/wiki/Sesiones_de_los_Cuerpos_Lejislativos_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Chile/1810/Convocaci%C3%B3n_al_Congreso_Nacional_de_1811_por_la_Junta_de_Gobierno,_en_15_de_diciembre_de_1810
-Jorge Mario Quinzio, “Sistema electoral chileno”, Revista de estudios políticos, Nº186, 1972, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, p. 312.
-Reglamento Constitucional Provisorio sancionado el 26 de octubre de 1812. En: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1005390
-Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1811/Lista de los diputados elejidos para el Congreso Nacional de 1811. En: https://es.wikisource.org/wiki/Sesiones_de_los_Cuerpos_Lejislativos_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Chile/1811/Lista_de_los_diputados_elejidos_para_el_Congreso_Nacional_de_1811


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