Sebastián Santandreu (Santiago, 26 de noviembre de 1896 - Viña del Mar, 29 de enero de 1973). Abogado y político del Partido Radical. Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente y Cachapoal entre 1937 y 1961, por seis periodos consecutivos.
Nació en Santiago el 26 de noviembre de 1896. Hijo de Sebastián Santandreu Riera y de Antonia Herrera Serrano.
Casado en Santiago, el 13 de febrero de 1922, con Blanca Elvira Cuevas Gutiérrez, matrimonio del cual nace una hija.
Estudió en el Instituto Nacional, luego ingresó a la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Juró como abogado el 8 de mayo de 1920. Su tesis se tituló “La justicia de menor cuantía actual y sus reformas”.
Se dedicó a ejercer su profesión en Santiago, siendo especialista en derecho civil y aplicación de leyes sociales. Consejero de la Corporación Nacional de Inversiones de Previsión (1953 a 1954, y de 1954 a 1955) y Consejero en representación de la Cámara de la Caja de la Habitación (1953).
Militó en el Partido Radical, fue delegado de distintas provincias a la Junta Central del Partido.
Formó parte del Partido Socialista Auténtico entre 1944 y 1946.
Miembro del comité parlamentario del Partido Radical (1939 a 1940, 1940, 1943, 1952 a 1953, 1953).
Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente, y Cachapoal, en los periodos de 1937 a 1941, 1941 a 1945, 1945 a 1949, 1949 a 1953, 1953 a 1957, y de 1957 a 1961.
Comisión de Vías y Obras Públicas; Hacienda; y Minería e Industria.
En 1958 integró la Comisión Investigadora sobre actuaciones de la Dirección General de Servicios Eléctricos, respecto a la Compañía General de Electricidad Industrial de O’Higgins.
Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente, y Cachapoal.
Constitución, Legislación y Justicia; Vías y Obras Públicas; Policía Interior y Reglamento; Educación Pública.
En este periodo se aprobó la construcción, dotación y habilitación de hospitales de Rancagua, Rengo y San Vicente de Tagua Tagua (Ley N° 12.085 de 25 de agosto de 1956); además, el aumento de pensión a los familiares de los obreros fallecidos en la catástrofe de Sewell, que se tradujo en la Ley N° 12.435 del 12 febrero de 1957.
Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente, y Cachapoal.
Miembro de la Comisión Constitución, Legislación y Justicia; Gobierno Interior; Vías y Obras Públicas; Asistencia Médico Social e Higiene.
Comisión especial de acusación constitucional (1952)
Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente, y Cachapoal.
Fue miembro de la Comisión de Trabajo y Legislación Social; Constitución, Legislación y Justicia; Gobierno Interior; Policía Interior y Reglamento; y Relaciones Exteriores.
Con fecha 27 de diciembre de 1945 se publicó la Ley N°8.397 de expropiación de terreno particular para construcción de estadio en la Municipalidad de Requinoa, de la cual fue partícipe; colaboró en la modificación de la Ley General de Alcoholes y bebidas alcohólicas, relativa a vinos y piscos de la provincia del Maule (Ley N° 8.392 de 1 de diciembre de 1945); y fue partícipe de la exención de contribuciones fiscales y municipales a los terrenos y casas de la Fundación Educacional y de Vivienda Obrera “Bernardo O’Higgins” de Rancagua (Ley N°9.157 de 16 noviembre de 1948).
Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente, y Cachapoal.
Fue segundo vicepresidente de la Cámara, desde el 10 de junio de 1941 al 4 de julio de 1944; y presidente desde la fecha anterior hasta el 15 de mayo de 1945.
En este periodo se transformó en ley la moción referente a beneficios a los deudos de las víctimas del accidente minero de Sewell, ocurrido en 1944 (Ley N° 8.083 de 10 de febrero de 1945).
Diputado por la 9ª Agrupación Departamental de Rancagua, Caupolicán, San Vicente, y Cachapoal.
Perteneció a las comisiones de: Trabajo y Legislación Social; Constitución, Legislación y Justicia; Gobierno Interior; Vías y Obras Públicas
Además, participó de la Comisión Especial de segunda acusación constitucional al Ministro del Interior Luis Salas Romo, en 1938.
Fuentes bibliográficas: