Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- PORTADA
- III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
- IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- V.- TEXTO DEL DEBATE
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
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REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA EXTRAORDINARIA
Sesión 69ª, en martes 29 de marzo de 1966
(Ordinaria: de 16.15 a 17,10 horas del miércoles 30)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES BALLESTEROS, ISLA Y SIVORI
SECRETARIO, EL SEÑOR CAÑAS IBAÑEZPROSECRETARIO, EL SEÑOR KAEMPFE
INDICE GENERAL DE LA SESION
I.- SUMARIO DEL DEBATE.
II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS
III.-ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
Las actas de las sesiones 66ª, 67ª, y 68ª, extraordinarias, celebradas en martes 22 del presente, la primera y en miércoles 23, las dos últimas, de 16.15 a 21.56, de 16.15 a 20.24 y de 21.30 a 23.15 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados.
-Dicen así:
Sesión 66ª Extraordinaria, en martes 22 de marzo de 1966. Presidencia de los señores Ballesteros, Isla y Morales Adriasola. Se abrió a las 16 horas 15 minutos, y asistieron los señores:
Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Aguilera C, María Inés Agurto, Fernando Stgo. Ansieta N., Alfonso Arancibia C, Mario Aravena C, José A. Argandoña C, Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C, Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Canales C, Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Correa de Lyon, Silvia Daiber E., AlbertoDe la Fuente C, Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fernández A., Sergio Fuentealba C, Clemente Fuentes A., Samuel
Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Galleguillos C., Víctor Garay F., Félix Giannini I., Osvaldo Godoy U., César Guajardo G., Ernesto Guastavino C, Luis Hamuy B., Mario Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Iglesias C, Ernesto Isla H., José Manuel Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C, Eduardo Lacoste N., Graciela Laemmermann M., Renato Lavandero I., Jorge Lorca V., Alfredo Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Maluenda C, María Marín M., Gladys Martín M., Luis Martínez C, Juan Millas C, Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Montes M., Jorge Montt M., Julio Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto
Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Osorio P., Eduardo Pareto G., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Retamal C, Blanca Rioseco V., Manuel Rodríguez H., Manuel Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C, Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C, Jorge Sbarbaro C, Víctor Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo
El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo; el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y el Ministro de Agricultura, señor Hugo Trivelli. Silva S., Julio Silva U., Ramón Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Tejeda O., Luis Téllez S., Héctor Torres P., Mario Turna M., Juan Urra V., Pedro Valdés P., Arturo Vaíenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Videla R., Pedro Werner I., Rodolfo Zepeda C, Hugo Zorrilla C, Enrique
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.
El acta de la sesión 64, extraordinaria, celebrada en martes 15 de marzo, de 11 a 18.33 horas, se dio por aprobada por no haber merecido observaciones.
El acta de la sesión 65ª, extraordinaria, celebrada en miércoles 16 de marzo, de 16 a 19.15 horas, quedó a disposición de los señores Diputados.
CUENTA.
Se dio cuenta de:
1º-Tres oficios del señor Ministro del Interior con los que da respuetsa a los que se enviaron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
Del señor Canales, relativo a la instalación de teléfonos públicos en los Retenes de San Ignacio y Tanilovero, provincia de Ñuble.
Del señor Valente, respecto de la actuación funcionaría del Prefecto de Carabi-
neros de Arica, Coronel don Arturo Castro Vergara, y
De los señores Fuenzalida y Garcés y de los señores Diputados pertenecientes al Comité del Partido Democrático Nacional, acerca de la instalación de teléfonos públicos en las localidades de Norza, Comalia, Iloca, Sarmiento y Vichuquén, en la provincia de Curicó.
2º-Cinco oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, referentes a las materias que se señalan:
Del señor Guastavino, relacionado con la situación de la motonave "Navarino" de la Empresa Marítima del Estado;
Del señor Valente, sobre reanudación del tráfico ferroviario en la Red Central Norte;
De los señores Pontigo y Zepeda, relativo a la entrega de materiales a la Cooperativa de Pescadores de Peñuelas;
Del señor González y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Democrático Nacional, respecto del pago de las adquisiciones hechas por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado a los pequeños agricultores de Villarrica y Pucón, y
De los señores Morales, don Raúl, y Ochagavía, acerca de la pavimentación de las calles Baquedano y San Antonio, de la comuna de Ancud.
3º-Tres oficios del señor Ministro de Educación Pública con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan:
Del señor Koenig, referente a la alimentación que se da en la Escuela Quinta Nº 83, del departamento de Valdivia;
Del señor Morales, don Raúl, relacionado con la creación de un internado en la Escuela Nº 42 de Llanquihue, ubicada en Cochamó, y
Del señor Sepúlveda, don Francisco, sobre el aumento del profesorado de la Es-
cuela de la localidad de Quenuir, provincia de Llanquihue.
4º.- Un oficio del señor Ministro de Justicia con el que contesta en que se le envió, en nombre del señor Garcés, relativo a la ampliación de la Circunscripción de Registro Civil de la Huerta de Mata-quito.
5º-Un oficio del señor Ministro de Defensa Nacional con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Garcés, respecto de la designación de un administrador para el Estadio La Granja de la ciudad de Curicó.
6º-Un oficio del señor Ministro de Obras Públicas con el que se refiere al que se le remitió, en nombre de la señora Retamal acerca del desvío del canal Zapata, que cruza diversas poblaciones de las comunas de Las Barrancas y Quinta Normal.
7º-Un oficio del señor Ministro de Agricultura, con el que contesta el que se le envió, en nombre de los señores Valdés, don Arturo, Pontigo y señora Retamal, referente a la expropiación de fundo "La Viñita", de Vicuña.
8º-Treinta y tres oficios del señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo:
Con los tres primeros contesta los que se le dirigieron, en nombre de la Cámara, acerca de las siguientes materias:
Construcción de una población para las familias que integran los Comités Sin Casa de la comuna de Conchalí.
Expropiación de los terrenos que forman la Chacra Lo Amor, de la comuna de Las Barrancas.
Edificación de una población para 200 familias en la localidad de Combarbalá.
Con los treinta siguientes, se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
De la señora Allende, relativo al problema de desniveles de las calles 2 Sur y 10 Oriente, del Sector Lo Aránguiz, de la comuna de Conchalí.
Del señor Aravena, don Jorge, relacio-
nado con la radicación de los actuales ocupantes de un predio ubicado en el villorrio de Panguilemu, comuna de Pelarco.
De) mismo señor Diputado, acerca de la instalación de teléfonos y alumbrado público en la Población Santa Rosa del Lavadero, de Talca.
Del señor Carvajal, referente a la expropiación del inmueble de propiedad del señor Marcial López Maltés, de la ciudad de Iquique.
Del señor Fierro, respecto de la radicación de 32 familias en los terrenos de la Sucesión Wyheramendy, en la ciudad de Cañete.
Del mismo señor Diputado, sobre la construcción de poblaciones en las localidades de Curanilahue, Arauco, Lebu y Cañete.
Del señor Garcés, relativo a los planes de pavimentación consultados para la provincia de Curicó.
Del mismo señor Diputado, relacionado con la construcción de una población para las personas que viven en el Cerro Condell, de Curicó.
Del mismo señor Diputado, acerca de la distribución de las viviendas construidas por la Corporación de la Vivienda en la provincia de Curicó.
Del señor Guajardo, referente a la pavimentación de calzadas y aceras en ¡a Población Williams, de Punta Arenas.
Del señor Iglesias, respecto del rendimiento del impuesto del 5% sobre las utilidades de las empresas en la provincia de Aconcagua.
Del señor Jarpa, sobre la dictación del reglamento del artículo 55 de la ley 16.391, sobre reajustabilidad de los saldos de precios por adquisición de viviendas, y la situación de los inmuebles vendidos por la Corporación de la Vivienda y los institutos de previsión en la ciudad de Chillán.
Del mismo señor Diputado, relativo a la materia señalada anteriormente.
De la señora Marín, relacionado con la pavimentación de las calles Alfredo Ro-
sende y Salsburg, del sector Lo Aránguiz Norte, de Conchalí.
Del señor Millas, acerca de la pavimentación de aceras y calzadas en la Población San Ramón, de la comuna de La Cisterna.
Del mismo señor Diputado, referente a la entrega de títulos de dominios a 162 personas que fueron favorecidas con viviendas en la ampliación de la Población Lo Valledor Sur, de Santiago.
Del mismo señor Diputado, respecto del cumplimiento del informe emitido por la Superintendenia de Seguridad Social en orden a que las instituciones de previsión otorguen préstamos a sus imponentes para la adquisición de viviendas construidas por la Fundación de Viviendas y Asistencia Social.
Del mismo señor Diputado, sobre entrega de terrenos a 142 familias que forman la Cooperativa de Padres Sin Casa, de la localidad de San Clemente.
Del mismo señor Diputado, relativo a la radicación de los habitantes del barrio El Cañón, de la ciudad de Angol, en los terrenos existentes entre las calles Colipí y Miguel Jarpa, de dicha localidad.
Del mismo señor Diputado, relacionado con el retiro de escombros e instalación de alumbrado eléctrico entre la vía férrea y las poblaciones construidas en sus inmediaciones, en las comunas de San Miguel y La Cisterna.
Del señor Phillips, referente la situación de los inmuebles vendidos a través del Instituto de la Vivienda Rural, en la provincia de Malleco.
Del señor Pontigo, acerca de la construcción de una población para los pescadores del sector de Peñuelas, provincia de Coquimbo.
Del mismo señor Diputado, relativo a la expropiación de terrenos para instalar a 30 familias que viven en el cité David Perry, de la ciudad de Ovalle.
Del señor Robles, relacionado con la posibilidad de construir viviendas en te-
rrenos fiscales de la provincia de Antofagasta.
Del señor Sepúlveda, don Francisco, sobre construcción de un local social en la población de pescadores de Caleta Quenuir, comuna de Maullín.
Del señor Stark, referente a la construcción de una población para 25 empleados de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas de la zona del Laja.
Del señor Valente, respecto de la expropiación de los terrenos inmediatos al Aeropuerto Cavancha, de Iquique.
Del señor Olave y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Comunista, acerca de la necesidad de obtener respuestas oportunas a los oficios de fiscalización que los señores Diputados y la Cámara dirige a los señores Ministros de Estado.
De los señores Koenig y Olave y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Socialista, relacionado con la ampliación del contrato vigente con la firma Molinare, para la ejecución de trabajos de pavimentación en la ciudad de Valdivia, y
Del señor Acevedo y de la señora Dip, relativo a la ampliación de la ley General de Pavimentación en los trabajos que se realizan en el camino "18 de septiembre", de Paine.
9º-Un oficio del señor Contralor General de la República, con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Valente, acerca del derecho de los funcionarios del Ferrocarril de Arica a La Paz, que se desempeñan como Conductores de Trenes, con 30 años de servicios, a solicitar su ingreso a la Planta Flotante contemplada en decreto Nº 3.586, de la citada Empresa.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
10.- Dos informes de la Comisión de Relaciones Exteriores recaídos en los proyectos de acuerdo, originados en sendos Mensajes, con urgencias calificadas de
"simple", que a continuación se indican:
El que aprueba el Acuerdo sobre Cooperación Técnica entre el Gobierno de Chile y el del Reino Unido, de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; y
El que aprueba el Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de Chile y el de Israel.
11.- Un informe de la Comisión de Agricultura y Colonización, recaído en el proyecto de ley, de origen en un Mansaje, con urgencia calificada de "suma", que dispone que la Corporación de la Reforma Agraria deberá autorizar toda división, parcelación o hijuelación de predios rústicos de superficie superior a 80 hectáreas.
12.- Un informe de la Comisión de Hacienda recaído en proyecto de ley, de origen en una moción de la señorita Paluz, que libera de derechos la internación de material quirúrgico donado a la Clínica Austral, de Temuco.
-Quedaron en Tabla.
13.- Un oficio de la Comisión Especial Investigadora encargada de establecer las causas y determinar las responsabilidades de los sucesos ocurridos en el mineral "El Salvador", con el que comunica haberse constituido y elegido Presidente al señor Muga.
-Se mandó tener presente y archivar.
14.- Tres mociones con las cuales los señores Diputados que se indican inician los siguientes proyectos de ley:.
El señor Naranjo, que denomina "Escuela Pública Nº 27, Ernesto Reveco Jiménez", al establecimiento primario de ese número, ubicado en Las Arboledas, de la comuna de Teno.
-Se mandó a la Comisión de Educación Pública.
El señor Valente, que concede pensión a doña Enriqueta Cruz Devia; y
El mismo señor Diputado, que otorga igual beneficio a don Juan Morales Otárola.
-Se mandaron a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares.
15.- Una comunicación de la Corporación de Fomento de la Producción con la que remite copia de las Resoluciones y Contratos que dan testimonio de la contratación de personas o firmas cursadas hasta el 31 de diciembre de 1965.
-Se mandó tener presente y archivar.
CALIFICACION DE URGENCIA.
A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por la unanimidad de 58 votos, se calificó de "suma" la urgencia hecha presente por S. E. el Presidente de la República para el despacho de las observaciones formuladas a! proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, por el que se aumenta la planta del personal de Carabineros de Chile.
PROPOSICION DE LA MESA.
Por asentimiento unánime se aprobó la siguiente proposición de la Mesa, conjuntamente con una indicación del señor Acevedo consistente en otorgar un tiempo de 15 minutos a cada Comité Parlamentario durante la discusión del proyecto de ley que figura en el primer lugar del Orden del Día de la presente sesión, por el que se establecen normas para la parcelación, división e hijuelación de predios con superficie superior a 80 hectáreas:
1º-Prorrogar el tiempo destinado al Orden del Día de la presente sesión, a partir del instante en que se despache, como corresponde hacerlo, reglamentariamente, en el día de hoy, el proyecto que establece normas para la hijuelación de predios rústicos de superficie superior a 80 hectáreas, cuyo plazo reglamentario de urgencia, calificada de suma, vence en esta fecha por todo lo que fuere necesario, con el objeto de discutir y despachar la materia que figura en el décimo lugar de la Tabla, es decir, las observaciones de Su excelencia el Presidente de la República al proyecho que modifica el Código
del Trabajo en lo relativo a la forma de poner término a los contratos de trabajo de empleados y obreros;
2º-En el debate de estas observaciones, cada Comité podrá disponer de hasta diez minutos para referirse a una o a cualesquiera de ellas, a su arbitrio, en el orden en que se solicite la palabra;
3º-Las interrupciones que se soliciten serán de cargo del Comité a que pertenezca el señor Diputado que las obtenga;
4º-Los tiempos anteriores son sin perjuicio de los que ocupen los señores Ministros de Estado que deseen intervenir en el debate; y
5º-Se omitirá el trámite de votación secreta en todos aquellos casos en que, reglamentariamente, fuere procedente.
No hubo asentimiento unánime para conceder tiempos especiales, antes del Orden del Día, a los señores Rosselot, Ca-mus, Garay y Morales Adriasola.
RECLAMACION DE LA CONDUCTA DE LA
MESA.
Correspondía, en conformidad al artículo 26 del Reglamento, discutir y votar la reclamación contra la conducta de la Mesa interpuesta por el Comité Independiente.
Puesta en discusión la reclamación usaron de la palabra, por 10 minutos cada uno, que fueron posteriormente prorrogados por unanimidad en 2 minutos más, los señores Lorca Rojas, para sostener la reclamación, y Fernández Aguayo, para impugnarla.
Cerrado el debate y puesta en votación dicha reclamación, resultó rechazada por 94 votos contra 7.
RENUNCIA DE SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
En seguida, procedía, en virtud de un acuerdo anterior, discutir y votar la renuncia al cargo de 2º Vicepresidente de la Corporación, formulada por el señor Luis Papic Ramos.
Puesta en discusión dicha renuncia, usó de la palabra el señor Hurtado Pereira.
Cerrado el debate y puesta en votación la renuncia, resultó aprobada por 60 votos contra 20.
Por unanimidad se acordó elegir 2º Vicepresidente de la Corporación en la primera sesión ordinaria próxima.
ORDEN DEL DIA.
En el Orden del Día, correspondía ocuparse, en primer término, del proyecto de ley, originado en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "suma", e informado por la Comisión de Agricultura y Colonización, por el que se establecen normas para la hijuelación de predios rústicos de superficie superior a 80 hectáreas.
Puesto en discusión general el proyecto usó de la palabra, en primer lugar, el señor Silva Solar, (Diputado Informante), y en sucesivas interrupciones que les fueron concedidas, los señores Lorca Rojas, Fernández, Aguilera Báez, Phillips y Ochagavía.
En los tiempos concedidos por acuerdo de la Sala a los Comités Comunistas; Socialistas; Independientes; Radical y Deócrata Cristiano; usaron de la palabra, respectivamente, los señores Rosales; Aravena Cabezas, Aguilera Báez y Turna, en una interrupción; Phillips y Lorca Rojas, en una interrupción; Rioseco, Fuentes
Andrades y Naudon, en una interrupción; y Buzeta, Cancino y Garay; y el señor Ministro de Agricultura.
El Comité Democrático Nacional no usó de su tiempo.
A indicación del señor Aguilera Báez, por unanimidad, se acordó dirigir oficio al señor Ministro de Agricultura, en nombre de la Corporación, con el objeto de que la Corporación de Reforma Agraria obtenga el pago del beneficio de la asignación familiar a los campesinos de los fundos expropiados por dicha institución.
Con la venia de la Sala, usó de la palabra el señor Godoy Urrutia, para referirse a irregularidades que existirían en la Escuela Normal "Domingo Faustino Sarmiento", de Santiago.
A indicación de diversos Comités Parlamentarios, por unanimidad, se acordó dar lectura al siguiente proyecto de Acuerdo, el que, posteriormente, puesto en votación, resultó aprobado por asentimiento unánime:
"Ante las graves irregularidades que afectan a la Escuela Normal particular, "Domingo Faustino Sarmiento", de Santiago, y los denuncios reiterados de situaciones parecidas que comprometen a otros establecimientos educacionales que perciben subvenciones fiscales, la Honorable Cámara de Diputados, en uso de sus facultades constitucionales fiscalizadoras, acuerda:
1.- Dirigir oficio al señor Ministro de Educación para que se sirva enviar la nómina de los colegios particulares subvencionados, especificando la cantidad cobrada en cada uno de los últimos cinco años, el nombre de los empresarios y de los profesores que en ellos trabajan, con especificación de la asignatura que desem-
peñan, años de servicios, etc. Al mismo tiempo, pedir que el Ministerio ordene una fiscalización técnico-pedagógica de todos estos establecimientos.
2.- Demandar de la Contraloría General de la República que tenga a bien disponer una fiscalización inmediata de todos los planteles educacionales subvencionados, informando a la Honorable Cámara de los resultados que arroje la investigación.
3.- Pedir al señor Ministro de Salud Pública que resuelva ordenar, por los organismos correspondientes, una visita extraordinaria a estos mismos colegios para verificar, en el terreno, las condiciones higiénicas de salas de clase, patios de recreo, agua potable, servicios sanitarios, etcétera.
4.- Solicitar del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social que disponga, a través de la Superintendencia respectiva, que la Caja de Empleados Particulares establezca, en las planillas y mediante visitas a cada colegio, cómo cumplen los empresarios y empleadores sus obligaciones previsionales con los profesores, de acuerdo a las remuneraciones efectivas que pagan, y cómo cobran los educadores las asignaciones familiares a que tienen derecho. La ley dispone que las subvenciones no pueden ser cobradas si no se cumplen tales obligaciones".
Puesto en votación general el proyecto, resultó aprobado por 43 votos contra 2.
Procedía iniciar la votación particular del proyecto.
Reglamentariamente se encontraban aprobados los artículos 5º, 7º y 8º del proyecto.
Se habían presentado las siguientes indicaciones :
De los señores Rosales, Dueñas, Osorio, Turna, Jorge Aravena, Montes y Carvajal.
Para agregar en el inciso primero del Art. 6º después de 1963 lo siguiente: "ni
a las comunidades de las provincias de Santiago, Valparaíso y Aconcagua que tengan las mismas características que las de Coquimbo y Atacama".
De los señores Tejeda, Turna y Rosales.
Intercálanse en el artículo 10 las palabras "incluidos los" entre las palabras "rústicos" y "destinados".
De los señores Rosales, Tejeda, Turna y Andrés Aravena.
Para agregar después del punto final del artículo 10, la siguiente frase:
"En caso de transferencia del predio, la obligación de respetar el plazo del arrendamiento o aparcería, pesará también sobre el adquirente".
De los señores Aguilera, Andrés Aravena, Hernán Olave y Suárez.
Artículo 11.- La Corporación de la Reforma Agraria -CORA- no podrá extender autorización para hijuelar o parcelar cualquier predio agrícola, sin la comprobación que el vendedor esté al día en el cumplimiento de las leyes sociales vigentes de los empleados y obreros agrícolas del predio.
De los señores Naudon, Rioseco, Ibáñez, Laemmermann y Jarpa.
Artículo 12.- -Si el objetivo de la división de un predio rústico, es el de destinar parte de él a una explotación o destinación no agrícola, no regirán las disposiciones de la presente ley; pero su división deberá ser autorizada por el Ministerio de la Vivienda en el caso de destinarse a nuevas poblaciones o huertos familiares; del Ministerio de Obras Públicas, si se va a destinar a un fin industrial y del Ministerio de Minería, si se trata de instalar un establecimiento minero. En todo caso los Ministerios respectivos solicitarán informe previo a la Corporación de Reforma Agraria.
De los señores Sívori, De la Jara, Silva Solar, señora María Inés Aguilera, Canales y Sotomayor.
Al artículo 6º.- Agregar al inciso 1º la siguiente frase: "ni a las divisiones o subdivisiones de predios rústicos urbanos que
apruebe la dirección de obras urbanas del Ministerio de la Vivienda destinadas a ser íntegramente urbanizadas, en conformidad a las ordenanzas y reglamentos respectivos, ni a las autorizadas por las instituciones del Estado en conformidad a la ley".
De los señores Ibáñez, Laemmermann, Jarpa, Basso, Clavel, Fuentes don Samuel, Cabello, Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para reemplazar en el artículo 1º: "80 Há." por "200 Ha. regadas".
De los señores De la Fuente, Ochagavía, y Momberg, para agregar en el artículo 1º a continuación de "80 Há." la frase: "riego básico".
De los señores Rosales, Osorio, Dueñas, Turna, Aravena, don Andrés, Montes y Carvajal, para reemplazar en el inciso 2º del artículo 1º el guarismo 40% por 50%.
De los señores De la Fuente, Ochagavía y Momberg, para sustituir en el artículo 1º el guarismo "40" por "20".
De los señores Rosales, Dueñas, Osorio, Turna, Aravena, don Andrés, Montes, Carvajal y Tejeda, para reemplazar el inciso 2º del artículo 1º la expresión "tres de los últimos cuatro años" por "dos de los últimos tres años".
De los señores Jarpa, Cabello, Ibáñez, Laemmermann, Basso, Clavel, Fuentes, don Samuel, Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para agregar en el artículo 1º al final del inciso segundo, lo siguiente:
"La aplicación del 40% antes señalado no podrá reducir el predio a menos del equivalente de 80 Há. de riego básicas, considerando la hectárea de riego básica por un avalúo fiscal de tres mil escudos". De los mismos señores Diputados, para reemplazar el inciso tercero del artículo 1º, por el siguiente:
"No se aplicará esta disposición cuando se tratare de dividir un predio perteneciente a una comunidad y los adjudicatarios sean los mismos comuneros".
De los señores Naudon, Laemmermann, Rioseco, Ibáñez, Jarpa, Basso y Camus,
para sustituir el inciso tercero del artículo 1º por el siguiente:
"No se aplicará lo dispuesto en los incisos precedentes, a los casos de división, parcelación o hijuelación de predios rústicos, entre personas que los hayan adquirido por sucesión por causa de muerte o por disolución de una sociedad conyugal".
De los señores Rosales, Tejeda, Dueñas, Osorio, Aravena, don Andrés, Montes y Carvajal, para agregar al final del inciso tercero del artículo 1º, después de reemplazar el punto final por una coma, lo siguiente: "siempre que los adjudicatarios formen parte de la comunidad y cada uno se adjudique una extensión no superior a las 50 hectáreas, para trabajarlas personalmente".
De los señores Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para agregar un inciso 3º nuevo al artículo 1º que diga:
"La Corporación de la Reforma Agraria deberá emitir su informe en un plazo máximo de 30 días. En caso de no emitirse dicho informe el proyecto se dará por aceptado".
De los señores Jarpa, Cabello, Laemmermann, Ibáñez, Basso, Fuentes don Samuel, Clavel, Ochagavía, Momberg y De la Fuente, para agregar el siguiente inciso nuevo al artículo 1º:
"La exigencia de 40% de transferencia a los campesinos no se aplicará cuando se trate de dividir predios bien trabajados, si los nuevos adquirentes garantizan la estabilidad en el trabajo de los obreros que tengan a lo menos un año de antigüedad en el predio, mediante contratos que sean aprobados por el Inspector del Trabajo, bajo condiciones no inferiores a las que tenían anteriormente".
De los señores Ochagavía, Momberg y De la Fuente para suprimir el artículo 1º.
De los señores Jarpa, Ibáñez, Cabello, Laemmermann, Clavel, Fuentes don Samuel, Basso, Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para agregar el siguiente inciso primero al artículo 2º:
"El dueño del predio elegirá libremente los adquirentes siempre que sean obreros que hayan prestado servicios en el predio con una antigüedad no inferior a tres años".
De los mismos señores Diputados, para agregar en el comienzo del actual inciso primero del artículo 2º, que pasa a ser segundo, antes de las palabras "corresponderá a" las siguientes "Si el propietario no determina los adquirentes".
De los señores Ochagavía, Momberg y De la Fuente, para suprimir el inciso II del artículo 2º.
De los señores Rosales, Osorio, Dueñas, Turna, Aravena, don Andrés, Montes y Carvajal, para agregar después del punto en el inciso primero del artículo 3º lo siguiente :
"La ayuda crediticia que proporcione la Corporación de la Reforma Agraria o el Instituto de Desarrollo Agropecuario podrá también ser utilizada por los campesinos para cancelar toda o parte de las tierras adquiridas en virtud de las disposiciones de esta ley. La Corporación de la Reforma Agraria y el Instituto de Desarrollo Agropecuario quedan autorizados para servir de avales a los campesinos en estas adquisiciones".
De los mismos señores Diputados y los señores Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para reemplazar en el inciso 1° del artículo 3º la palabra "podrán" por "deberán".
De los señores Fuentes, don Samuel y Clavel, para suprimir el artículo 3º.
De los señores Jarpa, Cabello, Ibáñez, Laemmermann, Basso, Fuentes, don Samuel, Clavel, Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para agregar el inciso primero del artículo 4º después de la palabra "celebrado" la frase "después de la vigencia de la presente ley".
De los señores De la Fuente, Ochagavía y Momberg, para suprimir en el inciso 2º del artículo 9º la frase "salvo lo que se refiere al plazo que no podrá ser inferior . a tres años".
De los señores Jarpa, Laemmermann, Basso, Clavel, Ibáñez, Fuentes don Samuel, Cabello, Ochagavía, Momberg y De la Fuente, para agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo...- La Corporación de la Reforma Agraria tendrá el plazo de treinta días para pronunciarse sobre las solicitudes de autorización para subdividir que le fueren presentadas. Transcurrido este plazo se entenderá que la solicitud ha sido rechazada.
En caso de rechazo de una solicitud, el interesado podrá recurrir dentro del plazo de quince días al Juez de Letras de turno de Mayor Cuantía en lo Civil del departamento en que está ubicado el inmueble.
El Juez de Letras otorgará la autorización de subdivisión si se acredita que se proyecta efectuarla de acuerdo con normas técnicas que garanticen el buen aprovechamiento de los recursos naturales y que se cumplirá con el requisito de transferencia en dominio a los campesinos, en los términos de las disposiciones precedentes.
El Juez de Letras apreciará en conciencia la prueba que se rinda".
De los señores Rosales, Dueñas, Tejeda, Aravena, don Andrés, Turna, Osorio, Montes y Carvajal, para agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo...- Las disposiciones de la presente ley serán aplicables a las parcelaciones, divisiones e hijuelaciones efectuadas con posterioridad al 21 de noviembre de 1965, las que podrán rescindirse a solicitud de los adjudicatarios o de la Corporación de la Reforma Agraria.
Las cuestiones a que diere lugar el ejercicio de las acciones correspondientes, se tramitará en juicio sumario.
El precio o parte del precio que el propietario hubiere percibido, deberá restituirlo dentro del plazo de quince días contados del fallo recaído en el juicio sumario.
Por el solo hecho de instaurarse el juicio sumario de rescisión, el adquirente o adjudicatario podrá suspender el pago del
precio o parte del precio que adeudare y se atendrá a los resultados del juicio".
De los señores Jarpa, Laemmermann, Naudon e Ibáñez, para agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo ...- Se aplicará lo dispuesto en los artículos, 1, 2, 3, y 4 de la presente ley, mientras esté en vigencia la ley Nº 15.020".
De los señores Ochagavía, De la Fuente y Momberg, para agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo...- Lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3 y 4 tendrá vigencia mientras se dicta una nueva ley sobre Reforma Agraria".
De los señores Morales, don Carlos, Enríquez, doña Inés y Naudon, para agregar el siguiente artículo nuevo transitorio:
"Artículo transitorio... - Los predios rústicos que a la fecha de publicación de la presente ley pertenezcan a dos o más personas en común, por sucesión por causa de muerte o por disolución de una sociedad conyugal, podrán proceder a su división en hijuelas no inferiores a cinco hectáreas de riego o diez hectáreas de rulo, sin perjuicio de que sean expropiables en los casos que la ley respectiva señale".
Artículo 1º
Sin debate, puesto en votación el artículo con las indicaciones Nºs 1 y 2, resultó rechazado por 48 votos contra 6.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 3, resultó rechazado por 51 votos contra 1.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 4, resultó rechazado por 33 votos contra 16.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 5, resultó rechazado por la unanimidad de 50 votos.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 6, fue rechazado por 33 votos contra 16.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 7, fue rechazado por 47 votos contra 6.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 8, resultó rechazado por 48 votos contra 7.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 9, resultó rechazado por 40 votos contra 20.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 10, resultó rechazado por 36 votos contra 25.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 11, resultó rechazado por unanimidad.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 12, resultó rechazado por 53 votos contra 8.
Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por unanimidad. Se había presentado la indicación Nº 13, para suprimirlo.
Artículo 2º
Sin debate, puesto en votación este artículo con la indicación Nº 14, resultó rechazado por 54 votos contra 6.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 15, resultó rechazado por unanimidad.
Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por la unanimidad de 54 votos. Se había presentado la indicación Nº 16, para suprimir el artículo.
Artículo 3º
Puesto en votación este artículo con la indicación Nº 17, resultó rechazado por 39 votos contra 21.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 18, resultó rechazado por 38 votos contra 23.
Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por la unanimidad de 55 votos. Se había presentado indicación para suprimirlo.
Artículo 4º
Sin debate, puesto en votación el artículo con la indicación Nº 20, resultó rechazado por 50 votos contra 7.
Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por unanimidad.
Artículo 6º
Sin debate, puesto en votación el artículo con la indicación Nº 21, resultó aprobado por unanimidad.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 22, resultó aprobado por asentimiento unánime.
Artículo 9º
Sin debate, puesto en votación el artículo con la indicación Nº 23, resultó rechazado por unanimidad.
Puesto en votación el artículo en su forma original, resultó aprobado por unanimidad.
Artículo 10.
Sin debate, puesto en votación el artículo con la indicación Nº 24, resultó aprobado por unanimidad.
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 25, resultó aprobado por unanimidad.
Indicaciones para consultar artículos nuevos:
Sin debate, resultó rechazada por 49 votos contra 8, la indicación Nº 26.
Por 35 votos contra 17, resultó rechazada la indicación Nº 27.
Puesta en votación la indicación Nº 28, resultó rechazada por 52 votos contra 8.
Por unanimidad resultó rechazada la indicación Nº 29.
Puesta en votación la indicación Nº 30. resultó aprobada por 48 votos contra 18.
Por asentimiento unánime, resultó aprobada la indicación Nº 31.
Por 44 votos contra 9, resultó rechazada la indicación Nº 32.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto, en el primer trámite constitucional, y en conformidad a los acuerdos adoptados, se mandó comunicar al H. Senado, redactado en los términos siguientes:
"Proyecto de ley:
"Artículo 1º-Prohíbese la división, parcelación o hijuelación de todo predio rústico de superficie superior a 80 hectáreas, sin previa autorización del Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria.
Dicha autorización deberá otorgarse cuando se acredite que la división se efectuará de acuerdo a normas técnicas que garanticen el buen aprovechamiento de los recursos naturales existentes en el predio y siempre que a lo menos un 40% de la superficie total del predio que se trate de dividir, considerando las diferentes clases de suelos, así como las aguas necesarias para su racional aprovechamiento, sea transferido en dominio a los campesinos que hayan trabajado en forma permanente en el predio por lo menos tres de los últimos cuatro años anteriores a la fecha de la solicitud de autorización. También podrán ser adquirentes, dentro de dicho porcenaje, los medieros y arrendatarios del predio.
En caso que el predio rústico que se trate de dividir, parcelar o hijuelar, perteneciere a dos o más personas en común, que lo hayan adquirido por sucesión por causa de muerte o la disolución de una socociedad conyugal, podrá el Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria rebajar el porcentaje de los terrenos que deberán ser transferidos a los campesinos, medieros o arrendatarios, pudiendo, incluso, en casos calificados, eximir a los propietarios de esta obligación.
Entiéndese por predio rústico todo predio agrícola o ganadero, ya sea que esté comprendido en zonas rurales o urbanas; asimismo, se entenderá que forman un solo predio los terrenos contiguos que pertenecen a un mismo dueño.
No estarán afectos de las disposiciones del presente artículo las divisiones, hijuelas o parcelaciones de predios forestales o de aptitud exclusivamente forestal. Estas calidades se acreditarán mediante certificado otorgado por la Dirección de Agricultura y Pesca, el que deberá insertarse en la escritura correspondiente.
Artículo 2º-Corresponderá a la Corporación de la Reforma Agraria calificar a los campesinos, medieros y arrendatarios adquirentes de la tierra, así como aprobar las condiciones del contrato que para la transferencia de las respectivas parcelas celebren con los propietarios. El plazo para pagar el saldo de precio, si lo hubiere, se determinará sobre la base de la capacidad de pago de los campesinos, no pudiendo exceder de 15 años, a menos que las partes acuerden un plazo mayor.
En el caso de no existir en el predio que se trate de dividir, hijuelar o parcelar, campesinos suficientes para adquirir las parcelas que se formen, se dará preferencia para adquirir el resto de ellas a los campesinos, arrendatarios y medieros del predio que hayan trabajado en él menos de tres años. En caso que aún quedaren parcelas sobrantes, se podrán enajenar a otros campesinos, arrendatarios o medieros, aun cuando no sean vivientes del predio que se trate.
Para los efectos de esta ley, se entenderá como campesino al obrero o empleado cuyo trabajo habitual y continuo se realice en el campo.
En caso de dividir un predio rústico de una superficie superior a 80 hectáreas con autorización del Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria, los adquirentes de las parcelas que se formen dentro de la parte del predio de libre dis-
posición del propietario, no podrán desahuciar a los empleados y obreros agrícolas de dicho predio, dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de su adquisición, sin previa autorización de la Inspección del Trabajo que corresponda, la que sólo se podrá otorgar en casos calificados y previo pago de una indemnización equivalente a dos años de sueldo o salario que perciba el empleado u obrero respectivo. No tendrán derecho a esta indemnización los campesinos que adquieran las parcelas provenientes de la división del predio.
Artículo 3°-La Corporación de la Reforma Agraria y el Instituto de Desarrollo Agropecuario podrán prestar asistencia técnica y crediticia en forma preferente a los campesinos, arrendatarios y medieros que adquieren este tipo de parcelas, con el fin de asegurarles el buen resultado de la explotación de sus predios, siempre que estén constituidos en cooperativas o en comités de pequeños propietarios.
Dichos campesinos, medieros y arrendatarios adquirentes de las parcelas no podrán dividirlas, ni enajenarlas dentro del plazo de 15 años contado desde la inscripción del respectivo título de dominio, sin previa autorización de la Corporación de la Reforma Agraria.
Artículo 4º-Todo acto ejecutado y contrato celebrado en contravención a las normas contenidas en el artículo 1º de la presente ley es nulo y, además, el propietario del predio dividido incurrirá en una multa, a beneficio de la Corporación de la Reforma Agraria, equivalente al 20% del avalúo total del predio para los efectos de la contribución territorial vigente a la fecha del acto o contrato en que consta la división. Cada uno de los adquirentes de las parcelas que se formen será solidariamente responsable con el propietario del pago de esta multa. La aplicación y cobro de ella se sujetará a las normas
establecidas en las letras a) a e), inclusive, del artículo 50 de la ley Nº 15.020.
Los Notarios no podrán autorizar las escrituras en que conste algún acto que dé origen a una enajenación o adjudicación de parte de un predio rústico de más de 80 hectáreas o la totalidad de éste dividido en partes, ni los Conservadores de Bienes Raíces podrán inscribir los respectivos títulos sin que previamente se acredite que el Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria ha otorgado la autorización referida, la que deberá insertarse en la correspondiente escritura. No obstante, si la referida Corporación autorizare la división, parcelación o hijuelación de un predio rústico en forma condicionada, los Conservadores de Bienes Raíces no podrán inscribir los respectivos títulos sin que previamente se les exhiba un certificado otorgado por dicha Institución en que conste que se ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la resolución respectiva.
Los Notarios y Conservadores que contravinieren las disposiciones contenidas en este artículo serán sancionados en la forma establecida en el artículo 441 del Código Orgánico de Tribunales. En caso de duda deberán requerir, previamente, informe a la Corporación de la Reforma Agraria.
La Corporación de la Reforma Agraria será titular de la acción de nulidad establecida en el presente artículo, sin perjuicio de la que corresponda a otros titulares.
Artículo 5º-A contar desde la fecha de vigencia de la presente ley la Dirección Nacional de Impuestos Internos no dará curso a las liquidaciones de impuestos que gravaren la transferencia de los predios rústicos a que se refiere el artículo 1º de la presente ley, sin que se acredite que el Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria ha otorgado previamente la autorización referida en dicho artículo.
Artículo 6º-Lo dispuesto en el artícu-
lo 1º de la presente ley no será aplicable a las comunidades agrícolas de las provincias de Coquimbo y Atacama, regidas por el D.F.L. RRA. Nº 19, de 1963, ni a las comunidades de las provincias de Santiago, Valparaíso y Aconcagua que tengan las mismas características que las de Coquimbo y Atacama, ni a las tierras comunes indígenas regidas por la ley Nº 14.511, ni a las comunidades constituidas por el D.L. Nº 153, de 1932. Tampoco será aplicable a las divisiones que se hagan por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la Corporación de la Vivienda o por el Instituto de la Vivienda Rural, ni a la división de tierras fiscales que se efectúe a través del Ministerio de Tierras y Colonización, ni a las divisiones o subdivisiones de predios rústicos urbanos que apruebe la Dirección de Obras Urbanas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo destinadas a ser íntegramente urbanizadas, en conformidad a las ordenanzas y reglamentos respectivos, ni a las autorizadas por las instituciones del Estado en conformidad a la ley.
Tampoco queda sujeta a dicha obligación la enajenación de parte de un predio rústico hecha al Fisco o a instituciones o empresas del Estado.
Artículo 7º-Reemplázanse los incisos tercero y cuarto del artículo 62 de la ley Nº 15.020, por los siguientes:
"Asimismo, prohíbese la división, parcelación o hijuelación de terrenos forestales o de aptitud exclusivamente forestal, sin previa autorización del Director de Agricultura y Pesca del Ministerio de Agricultura.
Será nulo todo acto ejecutado y contrato celebrado en contravención a esta disposición y, además, se sancionará al propietario del predio dividido, con una multa a beneficio fiscal, equivalente al 20% del avalúo del predio, vigente para los efectos de la constribución territorial. Esta multa se aplicará de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 50.
Los Notarios no podrán autorizar las escrituras donde conste algún acto de enajenación o adjudicación de parte de un predio rústico o la totalidad de éste dividido en partes, ni los Conservadores de Bienes Raíces podrán inscribir los respectivos títulos sin que previamente se acredite haberse otorgado la autorización referida, la que deberá insertarse en la correspondiente escritura.
En el caso que la Dirección de Agricultura y Pesca autorice la división de un predio basado en el hecho de que el adquirente tiene otra propiedad agrícola cuya explotación se complemente con la anterior, éste no podrá enajenarlo sin autorización de la Dirección de Agricultura y Pesca. Esta prohibición deberá inscribirse en el Registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
En caso que el adquirente no cumpla con las requisitos exigidos en la resolución, dentro del plazo que ésta señale, será sancionado con una multa equivalente al valor de uno hasta veinte sueldos vitales mensuales para empleado particular de la Industria y del Comercio del Departamento de Santiago, la que podrá ser reiterada en caso de persistir el incumplimiento. Esta multa se aplicará conforme al procedimiento referido en el inciso tercero.
Lo dispuesto en el presente artículo no se aplicará a las divisiones, hijuelaciones y parcelaciones que hayan sido aprobadas previamente por la Corporación de la Reforma Agraria.
Los Notarios y Conservadores que contravinieren las disposiciones contenidas en este artículo, serán sancionados en la forma establecida en el artículo 441 del Código Orgánico de Tribunales. En caso de duda, deberán previamente requerir informe al Director de Agricultura y Pesca."
Artículo 8º-Declárase que la referencia hecha al inciso primero en el inciso segundo del artículo 63 de la ley Nº
15.020, debe entenderse hecha al inciso primero del artículo 62 de dicha ley.
Artículo 9º-Sustituyese el inciso cuarto del artículo 46 de la ley Nº 15.020 y el inciso tercero del artículo 1º del D.F.L. RRA. Nº 2, de 1963, por el siguiente:
"Lo dispuesto en los incisos anteriores será aplicable a los contratos de mediería, salvo en lo que se refiere al plazo que no podrá ser inferior a 3 años. No será aplicable a los arrendatarios de bodegas u otras construcciones para establecer warrants."
Artículo 10.- Los plazos de los contratos de arrendamientos de predios rústicos incluidos los destinados a chacarería y de los contratos de mediería, vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley, se entenderán prorrogados, por el plazo necesario para completar los señalados en los artículos 46 de la ley Nº 15.020 y 1º del D.F.L. RRA. Nº 2, de 1963, con la modificación establecida en el artículo anterior. En caso de transferencia del predio, la obligación de respetar el plazo del arrendamiento o aparcería, pesará también sobre el adquirente.
Artículo 11.- La Corporación de la Reforma Agraria (CORA) no podrá extender autorización para hijuelar o parcelar cualquier predio agrícola, sin la comprobación que el vendedor esté al día en el cumplimiento de las leyes sociales vigentes de los empleados y obreros agrícolas del predio.
Artículo 12.- Si el objetivo de la división de un predio rústico, es el de destinar parte de él a un explotación o destinación no agrícola, no regirán las disposiciones de la presente ley; pero su división deberá ser autorizada por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo en el caso de destinarse a nuevas poblaciones o huertos familiares; del Ministerio de Obras Públicas, si se va a destinar a un fin industrial y del Ministerio de Minería, si se trata de instalar un establecimiento minero. En todo caso, los Ministerios respectivos solicitarán informe pre-
vio a la Corporación de la Reforma Agraria."
Correspondía, en conformidad a los acuerdos adaptados al iniciarse la presente sesión, ocuparse, hasta su total despacho, de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto aprobado por el Congreso Nacional, que modifica el Código del Trabajo en lo relativo a la forma de poner término a los contratos de trabajo de empleados y obreros.
Las observaciones consistían en lo siguiente :
Artículo 7º
Sustitúyese la frase "haya o no constancia en autos de las notificaciones efectuadas", cambiando la coma que la precede por un punto seguido, por la siguiente: "Si no hubiere constancia en autos de estar notificada una de las partes, el Juez se cerciorará si la omisión es fácilmente subsanable y sólo en caso de no serlo fijará día y hora para el nuevo comparendo."
Agregar la siguiente frase final al inciso segundo:
"Además, se dirigirá al demandado, por Secretaría, carta certificada."
Artículo 8º
Intercálase entre las frases "no podrá ser inferior a un mes" y "por años de servicios", la siguiente: "de remuneraciones imponibles".
Artículo 9°
Elimínanse los guarismos "I" y "II" que se consultan en este artículo, antes de los incisos primero y cuarto, respectivamente.
Artículo 10
Se suprime el inciso tercero de este artículo.
Artículo 17
Se sustituye en el inciso segundo de este artículo, la frase "al fmandamiento de los Servicios del Trabajo", por la siguiente: "a beneficio fiscal".
Artículo 19
Se reemplaza este artículo por el siguiente :
"Artículo 19.- La Inspección del Trabajo podrá exigir a cualquier patrón o empleador, que cuente con más de cinco dependientes, que registre un domicilio en dicha Oficina, donde podrán hacérsele las notificaciones para todos los efectos de las leyes sociales.'
Artículo 6º
Se intercala la frase "de remuneraciones" entre las frases "una indemnización extraordinaria de un mes" y "por años de servicios".
A indicación del señor Acevedo, por unanimidad, se acordó completar los acuerdos adoptados durante la presente sesión para el despacho de estas observaciones concediéndose a cada Comité Parlamentario un tiempo de 10 minutos, del que podrán usar para referirse a una o todas las observaciones, a su arbitrio.
Cerrado el debate, correspondía discutir y votar las observaciones en referencia.
Artículo 7º
Puestas en discusión las observaciones a este artículo, usaron de la palabra los señores Tejeda y Valenzuela Labbé.
Se acordó votar en conjunto las dos observaciones.
Cerrado el debate, y puestas en votación, resultaron aprobadas por 34 votos contra 12.
Artículo 8º
Puesta en votación, la observación, usó de la palabra el señor Valenzuela Labbé.
Cerrado el debate, y puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobada por unanimidad.
Artículo 9º
Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobabada por unanimidad.
Artículo 10
Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobabada por 27 votos contra 21.
Artículo 17
Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobada por 28 votos contra 17.
Artículo 19
Puesta en discusión la observación, usaron de la palabra los señores Tejeda, Valenzuela Labbé y Valenzuela Valderrama.
Cerrado el debate, se acordó por unanimidad rechazar la observación a este artículo e insistir en la disposición primitiva.
Artículo 6º transitorio
Sin debate, puesta en votación la observación a este articulo, resultó aprobada por asentimiento unánime.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de las observaciones mencionadas en esta rama del Congreso Nacional, y se mandaron comunicar al Honorable Senado los acuerdos respectivos.
Terminado el tiempo del Orden del Día, correspondía entrar a la Hora de Incidentes.
CAMBIOS EN EL PERSONAL DE COMISIONES
A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por asentimiento unánime, se acordó dar cuenta de los siguientes cambios en el personal de Comisiones, los que, posteriormente, puestos en votación, resultaron aprobados por unanimidad.
Constitución, Legislación y Justicia
Se aceptó la renuncia del señor Urra y se designó en su reemplazo al señor Arancibia.
Relaciones Exteriores
Se aceptó la renuncia del señor Giannini y se designó en su reemplazo a la señorita Saavedra.
Hacienda
Se aceptó la renuncia de los señores Póblete y Naudon, y se designó en su reemplazo a los señores Acuña y Rioseco, respectivamente.
Educación Pública
Se aceptó la renuncia del señor Acuña y se designó en su reemplazo al señor Poblete.
Defensa Nacional
Se aceptó la renuncia del señor Agurto y se designó en su reemplazo al señor
Montes.
Trabajo y Previsión Social
Se aceptó la renuncia de la señora Enríquez y se designó en su reemplazo al señor Fuentes Andrades.
Asistencia Médico-Social e Higiene
Se aceptó la renuncia de la señorita Saavedra y se designó en su reemplazo al señor Montt.
Agricultura y Colonización
Se aceptó la renuncia de los señores Marambio, Laemmermann y Jarpa y se designó en su reemplazo a los señores Guajardo, Cabello y Fuentealba, respectivamente.
Economía y Comercio
Se aceptó la renuncia del señor Fuentes Venegas y se designó en su reemplazo al señor Montt.
Especial de El Salvador
Se aceptó la renuncia de los señores Garcés y Zepeda y se designó en su reemplazo a la señora Aguilera, doña María Inés, y al señor Momberg, respectivamente.
Correspondía, a continuación, iniciar la Hora de Incidentes.
INCIDENTES
En la Hora de Incidentes el primer turno correspondía al Comité Demócrata Cristiano.
Usó de la palabra el señor Garay para referirse al desconocimiento de la soberanía chilena en el valle de California, provincia de Chiloé, por parte del personal de la Gendarmería argentina.
Solicitó que, en su nombre, se transmitieran su observaciones a los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, con el fin de que se sirvan acoger las peticiones expuestas en dichas observaciones.
Asimismo, solicito se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Relaciones Exteriores con el objeto de que se sirva hacer llegar las observaciones mencionadas al Tribunal Arbitral de Londres, especialmente, a los jueces señores Kirwan y Papworth.
En seguida usó de la palabra la señora Dip, quien analizó el aporte hecho por la colonia árabe al desarrollo de la nación chilena y a la alusión hecha por un señor Senador a la colonia mencionada.
El turno siguiente pertenecía al Comité Radical.
En él, intervino el señor Fuentealba, quien se refirió a las deficiencias que existen en las obras de reparación de la Carretera Panamericana, en la provincia de Coquimbo.
Solicitó se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Aguilera, don Luis, y Valdés, don Arturo, al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se sirva informar sobre la responsabilidad que le incumbe a la firma Longhi en las deficiencias que existirían en los trabajos de reparación de la Carretera Panamericana, en el sector de la provincia de Coquimbo, y que se originarían en la baja calidad del material utilizado en dichos trabajos.
En seguida, el señor Diputado se refirió a diversos problemas que afectan a la provincia de Coquimbo.
Solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Agricultura, con
el fin de que se indique, por intermedio de la Corporación de la Reforma Agraria, a los campesinos del pueblo "El Parqui", de la provincia de Coquimbo, el lugar en que serán radicados, a la brevedad posible, puesto que esos trabajadores serán privados de los terrenos que actualmente poseen a consecuencia de las obras de construcción del Embalse "La Paloma", en la referida provincia.
Al señor Ministro de Minería, a lo que adhirieron los señores Valdés Phillips y Aguilera Páez, con el objeto de que se designe una comisión de técnicos que estudie minuciosamente, en el terreno mismo, la existencia de minerales de hierro en la mina El Dorado, de la Compañía Minera Santa Fe, en la provincia de Coquimbo, por cuanto la empresa propietaria pretendería paralizar las faenas aduciendo como motivo principal de esta medida, la falta de atractivo comercial de dicha explotación minera.
Al señor Ministro de Educación Pública, a lo que adhirieron los señores Valdés Phillips, Retamal, doña Blanca; Koenig, Aguilera Páez y Valenzuela Labbé con el objeto de que se sirva disponer el rápido despacho de los decretos que destinan fondos para el pago de las subvenciones que se adeudan a las Escuelas Particulares Rurales de la provincia de Coquimbo, y el envío de esos fondos, a la brevedad posible, a los establecimientos afectados por el retardo que existe en dicho pago.
Con la venia del Comité, intervino el señor Aguilera Páez, para referirse a las observaciones de la señora Dip, sobre el aporte de la colonia árabe al progreso del país.
El turno siguiente correspondía al Comité Comunista.
Usó de la palabra el señor Cantero, quien se refirió a la huelga estudiantil que mantienen actualmente los alumnos de la Universidad Técnica Federico Santa María.
Solicitó, que en su nombre, a lo que ad-
hirieron los señores Turna, Parra, Koenig, Santibáñez, Dip, doña Juana; Valdés Phillips y Rosselot, se dirigiera oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que, en uso de las facultades legales de que está investido dicho Secretario de Estado, interponga sus valiosas influencias para que se solucione en forma rápida y ecuánime, de acuerdo con las aspiraciones e intereses de los estudiantes, el conflicto huelguístico existente en la Universidad Técnica Federico Santa María, de Valparaíso.
Con la venia del Comité, intervino el señor Santibáñez para adherir a las observaciones del señor Cantero y a las peticiones de los estudiantes de la Universidad mencionada.
El turno siguiente pertenecía al Comité Socialista.
En él, usó de la palabra el señor Aguilera Páez para referirse al alza del precio de la energía eléctrica y del gas licuado en la provincia de Coquimbo.
Solicitó se dirigieran, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Valdés Prillips y Fuentealba, los siguientes oficios:
Al señor Ministro del Interior, transmitiéndole sus observaciones, con el objeto de que se sirva acoger las peticiones expuestas en ellas e informar sobre las materias que se mencionan.
Al mismo señor Secretario de Estado, transmitiéndole sus observaciones, con el fin de que se sirva acoger las peticiones formuladas en ellas tendientes a impedir el otorgamiento del alza de precios solicitadas por la Compañía Distribuidora de Gas Licuado para la provincia de Coquimbo.
Al mismo señor Ministro, transmitiéndole sus observaciones, con el objeto de que se sirva obtener de la Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA) un informe sobre los diversos antecedentes que se solicitan en dichas observaciones respecto del precio del kilowatt-hora
que se cobra actualmente en la provincia
de Coquimbo.
En seguida, el señor Aguilera solicitó que se enviaran oficios en su nombre, a lo que adhirieron los señores Olave y Fuentelaba, a S. E. el Presidente de la República y al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que se sirvan considerar la necesidad de enviar a la brevedad posible, al Congreso Nacional el proyecto de ley que concede el derecho a continuar percibiendo asignación familiar a los campesinos de los fundos expropiados por la Corporación de la Reforma Agraria, como, asimismo, el derecho a la jubilación por intermedio del Servicio de Seguro Social.
En seguida, usó de la palabra el señor Turna para referirse al incumplimiento de las leyes sociales en el departamento de Villarrica, en la provincia de Cautín, y a la necesidad de aumentar el personal de los Servicios del Trabajo en esa zona.
Solicitó que se transmitieran, en su nombre, sus observaciones al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el fin de que se sirva acoger las peticiones expuestas en ellas.
El turno siguiente correspondía al Comité Democrático Nacional.
Acevedo P., JuanAcuña R., AméricoAgurto, Fernando Stgo. Ansieta N., Alfonso Arancibia C, MarioAravena C, José A. Argandoña C, JuanAstorga J., Samuel Barrionuevo B., Raúl Buzeta G., Fernando Cabello P., JorgeCamus F., José Tomás Canales C, GilbertoCantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Castilla H., GuidoCerda A., Carlos
Usó de la palabra el señor Koenig, quien concedió una interrupción al señor Rosselot. Dicho señor Diputado se refirió a la construcción del Embalse de Collipulli, en la provincia de Malleeo, y a la procedencia de las modificaciones introducida ulteriormente al proyecto elaborado para efectuar dichos trabajos.
Con la venia del Comité, usó de la palabra el señor De la Jara, para referirse a la prevención de incendios de bosques en la zona sur del país, especialmente, en la provincia de Bío-Bío.
Solicitó se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro del Interior, expresándole su felicitación por la labor desarrollada por la Brigada Forestal, y solicitándole, al mismo tiempo, la creación
de un grupo de instrucción forestal base en la ciudad de Mulchén, con el fin de aprovechar el equipo, implementos y experiencia obtenidas sobre la materia en la presente temporada.
PETICIONES DE OFICIOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 173 del. Reglamento, los señores Diputados que se indican solicitaron se dirigieran, en sus respectivos nombres, los siguientes oficios:
(Las peticiones de oficios correspondientes a esta parte del Acta, aparecen al final de los Documentos de la Cuenta del Boletín de la Sesión 66ª).
Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba reglamentariamente prorrogada, se levantó ésta a las 21 horas, 56 minutos.
Sesión 67ª Extraordinaria, en miércoles 23 de marzo de 1966. Presidencia de los señores Ballesteros e Isla. Se abrió a las 16 horas 15 minutos, y asistieron los señores:
Cerda G., Eduardo De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Fernández A., Sergio Fuentealba C, Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Galleguillos C, Víctor Garay F., Félix Godoy U., César González M., Víctor Guajardo G., Ernesto Iglesias C, Ernesto Isla H., José Manuel Jarpa V., Miguel
Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Maluenda C, María Marambio P., Joel Marín M., Gladys Millas C, Orlando Momberg R., Hardy Montes M., Jorge Montt M., Julio Morales A., Carlos Morales A., Raúl Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Olave V., Hernán Osorio P., Eduardo Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Retamal C, Blanca Rioseco V., Manuel Rodríguez H., Manuel Rosales G., Carlos Rosselot J., FernandoRuiz-Esquide J., Mariano Saavedra C, Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C, Jorge Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Silva U., Ramón Sívori A., Carlos Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Tejeda O., Luis Téllez S., Héctor Tuma M., Juan Valdés P., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Zepeda Coll, Hugo Zorrilla C, Enrique
El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, y el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo.
ACTAS DE LA SESIONES ANTERIORES:
El acta de la sesión 65ª extraordinaria, celebrada en miércoles 16 de marzo, de 16 a 19.15 horas, se dio por aprobada poíno haber merecido observaciones.
CUENTA.
Sé dio cuenta de:
1º-Dos oficios de S. E. el Presidente de la República con los que hace presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
El que autoriza al Presidente de la República para modificar el régimen especial del departamento de Arica establecido en diversas disposiciones legales;
El que establece normas relativas a la
fabricación, montaje, importación y exportación de vehículos motorizados y sus repuestos y accesorios;
El que establece el régimen aplicable a los sindicatos agrícolas.
-Quedaron en Tabla para los efectos de calificar las urgencias solicitadas. Posteriormente, se mandaron agregar a los antecedentes de los proyectos respectivos en Comisiones de Hacienda, de Economía y Comercio y de Trabajo y Legislación Social, respectiva mente.
2º-Un oficio del H. Senado con el que comunica haber aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera esta Cámara, el proyecto de ley que prorroga la vigencia de las disposiciones sobre rentas de arrendamiento señaladas en la ley Nº 16.273.
-Se mandó comunicar a S. E. el Presidente de la República el proyecto de ley respectivo y archivar los antecedentes.
2º-Un oficio del señor Ministro del Interior con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Rosales, sobre detención arbitraria en que habría incurrido el Cuerpo de Carabineros de Codegua;
3º- Un oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Valente, relativo al otorgamiento de préstamos a los parcele-ros del sector Alto Hospicio Sur, del departamento de Iquique.
5º-Los oficios del señor Ministro de Hacienda:
Con el primero se refiere al que se le remitió, en nombre de la Cámara, respecto del monto de los seguros contratados en Chile por las compañías de la gran minería del cobre;
Con el segundo contesta el que se le envió, en nombre de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Socialista, acerca de los intereses que tienen los señores Juan, Nico-
lás y Saba Yarur Lolas en las diversas empresas comerciales e industriales del país.
6º- Un oficio del señor Ministro de Obras Públicas con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre de la señora Enríqüez, referente al abastecimiento de agua potable en la comuna de Corral.
7º-Siete oficios del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, relacionados con las materias que se indican:
Del señor Castilla, sobre construcción de un edificio para el funcionamiento del Servicio de Seguro Social en la localidad de Longaví;
Del señor Godoy, relativo a la fiscalización de los servicios del trabajo en los establecimientos Oriente, Waldorf, Granja La Cartuja y Casino Audax Italiano;
Del señor Guastavino, respecto del incumplimiento del acta de avenimiento del Fundo Caqui-Olivo, de la comuna de Nogales;
Del señor Sanhueza, acerca de la fiscalización del cumplimiento de la ley Nº 11.999, denominada "de sábado inglés";
Del señor Rosales, referente al desahucio de empleados y obreros del mineral "El Teniente";
De los señores Valdés, don Arturo, señora Retamal y señor Pontigo, relacionado con el cumplimiento de las leyes sociales y el estado de la contabilidad del fundo "La Viñita", de la comuna de Vicuña; y
De los señores Melo, Aravena, don José Andrés, y Laemmermann y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, sobre la necesidad de designar Inspectores del Trabajo en las localidades de Curanilahue, Arauco y Contulmo.
8º-Un oficio del señor Ministro de Salud Pública con el que contesta el que se le envió, en nombre del señor Garcés, relativo a la instalación de postas de pri-
meros auxilios en las localidades de Santa Rosa y La Isla, de la comuna de Lontué y Lo Valdivia, de Sagrada Familia.
9º-Ocho oficios del señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se señalan:
Del señor Aravena, don Jorge, referente a la pavimentación de aceras y calzadas en el Barrio Norte de la ciudad de Talca;
Del señor Fuentealba, relativo a la construcción de una Población en Combarbalá;
De la señora Marín, acerca de la situación de las personas que arriendan viviendas en la ciudad de Santiago;
Del señor Millas, relacionado con la expropiación de terrenos para radicar a diversas familias de la Población "23 de enero", de la comuna de Ñuñoa;
Del mismo señor Diputado, respecto de la construcción de un grupo habitacional para las familias allegadas de la Población La Victoria, de la comuna de San Miguel;
Del mismo señor Diputado, sobre el abastecimiento de agua potable de la Población José María Caro, del departamento PresidenteAguirre Cerda;
Del señor Morales, don Raúl, referente a la entrega a sus actuales ocupantes de las casas que forman la Población Explotadora Tierra del Fuego, de Punta Arenas; y
De las señoras Dip y Retamal, y del señor Acevedo y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Democrático Nacional, relativo a la destinación de recursos para la ejecución de obras públicas en Pomaire;
10º-Un oficio del señor Contralor General de la República, con el que se refiere al que se le remitió, en nombre de la Cámara, con el objeto de solicitarle la nómina de funcionarios contratados en la Administración Pública durante el presente año.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
11.- Un informe de la Comisión de Educación Pública, recaído en el proyecto de ley remitido por el Senado, que dispone que los dineros provenientes de premios no cobrados por concepto de apuestas mutuas, en los diversos hipódromos del país, se invertirán en la construcción de locales escolares de la provincia de Curicó.
12.- Un oficio de la Comisión de Economía y Comercio con el que solicita se recabe el acuerdo de la Corporación para dirigir oficio a S. E. el Presidente de la República con el objeto de pedir la derogación del decreto de alza del precio de diversos artículos textiles, por encontrarse pendiente la investigación encomendada a dicha Comisión acerca de la situación de monopolio en que se encontraría la industria textil.
-Quedaron en Tabla.
13.- Un oficio de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia con el que comunica haber elegido Presidente el H. señor Fernández.
-Se mandó tener presente y archivar.
CALIFICACION DE URGENCIAS
A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por 32 votos contra 20, se acordó calificar de "suma" la urgencia hecha presente por S. E. el Presidente de la República para el despacho del proyecto de ley que modifica el régimen especial del departamento de Arica, establecido en disposiciones legales especiales.
Por no haberse solicitado otra calificación, el señor Ballesteros (Presidente), declaró calificadas de "simples" las urgencias hechas presente para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
El que establece normas relativas a la fabricación, montaje, importación y exportación de vehículos motorizados y sus repuestos y accesorios, y
El que establece el régimen aplicable a los sindicatos agrícolas.
PETICION DE LA COMISION DE ECONOMIA Y COMERCIO
A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por unanimidad se accedió a la solicitud de la Comisión de Economía y Comercio en orden a dirigir oficio en nombre de la Cámara a S. E. el Presidente de la República con el objeto de pedirle la derogación del decreto que alzó el precio de diversos artículos textiles, por encontrarse pendiente en dicha Comisión la investigación encomendada sobre la situación de monopolio en que se encontraría esa industria.
HOMENAJES A LOS SEÑORES FRANCISCO
URREJOLA, CARLOS VALDOVINOS Y PEDRO
POBLETE VERA
En cumplimiento de un acuerdo anterior, correspondía rendir homenaje a la memoria de los señores Carlos Valdovinos, Francisco Urrejola y Pedro Poblete Vera, ex-Ministro de Estado, ex-Presidente de la Corporación y ex-Diputado, respectivamente.
Usaron de la palabra para rendir homenaje a la memoria del señor Carlos Valdovinos, los señores De la Fuente, Millas, Valenzuela Sáez, Palestro, y Morales Adriasola; los señores Laemmermann, Zepeda y Ochagavía, para rendir homenaje a la memoria del señor Francisco Urrejola; y Phillips, Basso, González Maertens, Fuentes Venegas y Sepúlveda Gutiérrez, para rendir homenaje a la memoria del señor Pedro Poblete Vera.
Por unanimidad, se acordó enviar notas de condolencias a la familia y al Partido a que pertenecían los señores Valdovinos, Urrejola y Poblete.
Con la venia de la Sala, el señor Silva Solar rindió homenaje a la memoria del sacerdote señor Camilo Torres, muerto hace algún tiempo en Colombia.
Con la venia de la Sala, el señor Stark solicitó el acuerdo de la Corporación para contratar, con cargo a los fondos disponibles, técnicos contables para el estudio de costos en la investigación de la industria textil sometida al conocimiento de la Comisión de Economía y Comercio.
El señor Ballesteros (Presidente) declaró que dicha petición sería remitida a la Comisión de Policía Interior y Reglamento, la que ya se había pronunciado acerca de dicha materia.
ORDEN DEL DIA
En el Orden del Día, correspondía, en primer lugar, ocuparse de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que aumenta la planta del personal de Carabineros de Chile, con trámite de urgencia calificada de "suma".
Las observaciones consistían en lo siguiente :
Artículo 1º
Sustitúyese el grado "8º" asignado a los 30 Sargentos cuyas plazas se crean, por grado "6º".
Artículo 3º
Agrégase el siguiente inciso nuevo al artículo 23 del DFL. Nº 213:
"El Médico Director del Hospital de Carabineros gozará de las mismas asignaciones que correspondan a un Director de Hospital Categoría A del Servicio Nacional de Salud, calculadas sobre sus remuneraciones imponibles debiendo cumplir jor-
nada completa de trabajo y no desempeñar otros cargos públicos, fiscales o municipales rentados, excepto los docentes, siempre que sean en Carabineros de Chile".
Artículo 7º
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 7º.- Las notificaciones de las resoluciones dictadas por los Jueces de Policia Local serán cumplidas, en lo sucesivo, por los funcionarios municipales que designe el respectivo Alcalde, a petición del Juzgado de Policía Local que corresponda.
Dichas notificaciones podrán encomendarse al personal del Cuerpo de Carabineros en aquellas comunas en que las funciones de Juez de Policía Local se encuentren desempeñadas por los Alcaldes, en conformidad a lo establecido en la Ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local".
Agréganse los siguientes artículos nuevos:
"Artículo . . .- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4º de la ley Nº 14.853:
a) Reemplázase el inciso segundo por el
siguiente :
"La Junta funcionaría en la Oficina del Registro Civil respectivo y estará integrada por el Oficial del Registro Civil que corresponda al lugar de su funcionamiento, quien la presidirá y por un Delegado de la Dirección del Registro Electoral, que actuará como Secretario".
Suprímense los incisos terceros y
Agrégase al inciso cuarto a continuación de las expresiones "de la administración pública", suprimiendo el punto final, lo siguiente: "o municipal".
d) Reemplázase el inciso séptimo por
el siguiente:
"Si por circunstancias debidamente calificadas por la Dirección del Registro Electoral no fuere posible integrar las Juntas con ninguno de los miembros mencio-
nados en el inciso segundo podrá el Presidente de la República, mediante Decreto fundado, disponer que las inscripciones se hagan sólo por el respectivo Oficial del Registro Civil, en cuyo caso las referencias que hace la ley. a las Juntas Inscriptoras y a los Presidentes y miembros de las mismas, se entenderán hechas a ese Oficial".
"Artículo . . .- Autorízase al Presidente de la República para que dentro del plazo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, proceda a modificar la organización, las plantas y remuneraciones del personal y la composición del Consejo de la Caja de Previsión de Carabineros de Chile, con las atribuciones, garantías y limitaciones que se establecieron en los artículos 2º, 3º y 4º, de la ley 15.474, de 20 de enero de 1964, no pudiendo la planta de dicho instituto previsional experimentar aumentos de personal en relación con las actuales".
"Artículo . . .- Autorízase al Presidente de la República para que proceda a incorporar las nuevas plazas creadas por la presente ley en el Cuerpo de Carabineros en la planta de la Institución, establecida en el DFL. Nº 118, de 1960. La planta definitiva será fijada por decreto supremo dentro del plazo de noventa días, contados desde la fecha de publicación de la presente ley".
"Artículo . . .- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 7.996, de 9 de noviembre de 1944:
En el artículo 1º reemplázase por una coma el punto final, agregándose a continuación la siguiente frase: "con excepción del personal del Servicio de Prisiones", y
Agrégase como inciso segundo del artículo 1º el siguiente:
"Sin embargo, este último personal estará obligado a contratar un seguro de vida en su propia Mutualidad, de acuerdo a las condiciones que se contemplen en un Reglamento que deberá dictar el Presidente de la República dentro del plazo de cien-
to veinte días, contado desde la fecha de vigencia de la presente ley".
Puestas en discusión las observaciones mencionadas, usaron de la palabra los señores Palestro y Acevedo.
Cerrado el debate, se procedió a votar dichas observaciones.
Artículo 1º
Sin debate, puesta en votación la observación a este artículo, resultó aprobada por unanimidad.
Artículo 3º
Puesta en discusión la observación a este artículo, usó de la palabra el señor Palestro.
Cerrado el debate, puesta en votación, previo acuerdo para omitir la votación secreta en todos los casos en que procediere, resultó aprobada la observación por asentimiento unánime.
Artículo 7º
Puesta en discusión la observación a este artículo, usaron de la palabra los señores Maira, Palestro, Millas, Fuentes Venegas y Morales Abarzúa.
Cerrado el debate, puesta en votación la observación resultó rechazada por unanimidad y en la misma forma se acordó no insistir en la disposición primitiva.
ler. Artículo nuevo
Sin debate, puesto en votación el primer artículo nuevo propuesto, resultó aprobado por 28 votos contra 2.
2º artículo nuevo
Sin debate, puesto en votación este artículo nuevo resultó aprobado por unanimidad.
3er. artículo nuevo
Sin debate, puesto en votación, por asentimiento unánime, resultó aprobado este artículo.
4º artículo nuevo
Puesto en discusión, usaron de la palabra los señores Pereira, Valenzuela, Sáez, en una interrupción; Morales Abarzúa, De la Fuente, Palestro, Valdés Phillips y Acevedo.
Cerrado el debate, puesto en votación el artículo resultó aprobado por unanimidad.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de dichas observaciones en esta rama del Congreso Nacional, y se mandaron comunicar los acuerdos respectivos al H. Senado.
A indicación del señor Ballesteros (Presidente), por unanimidad, se acordó votar al término del Orden del Día de la presente sesión, el proyecto devuelto con modificaciones por el H. Senado, que otorga recursos al Club de Abogados de Chile.
Correspondía, a continuación, tratar el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Cooperación Técnica suscrito entre los Gobiernos de Chile y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con trámite de urgencia calificada de "simple", e informado por la Comisión de Relaciones Exteriores.
Puesto en discusión general, usó de la palabra en primer lugar la señora Correa (Diputada Informante), y el señor Cantero.
Cerrado el debate, puesto en votación el proyecto de acuerdo, resultó aprobado por asentimiento unánime.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto de acuerdo en su trámite constitucional, y en conformidad a ios acuerdos adoptados, se mandó comunicar al H. Senado, redactado en los términos siguientes:
Proyecto de Acuerdo:
"Artículo único.- Apruébase el Acuerdo sobre Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, suscrito en Santiago el 8 de enero de 1966".
En seguida, procedía tratar en el Orden del Día, el proyecto de acuerdo, con trámite de urgencia calificada de "simple", e informado por la Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se aprueba el Convenio de Cooperación Científica y Técnica suscrito entre los Gobiernos de Chile y del Estado de Israel.
Puesto en discusión general el proyecto de acuerdo, usó de la palabra el señor Zorrilla (Diputado informante).
Cerrado el debate, puesto en votación, resultó aprobado por asentimiento unánime.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto de acuerdo mencionado, en el primer trámite constitucional, y en conformidad a los acuerdos adoptados, se mandó comunicar al Honorable Senado, redactado en los términos siguientes:
Proyecto de acuerdo:
"Artículo único.- Apruébase el Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Estado de Israel, suscrito en Jerusalén el 29 de diciembre de . 1965."
En conformidad al acuerdo de la Sala, correspondía votar las modificaciones del Senado al proyecto de ley que concede recursos al Club de Abogados de Chile.
Las modificaciones eran las siguientes:
Artículo 2º
Ha sustituido las palabras finales "Club de Abogados de Chile" por "Colegio de Abogados de Chile".
A continuación, ha agregado como artículo 3º, el siguiente, nuevo:
''Artículo 3º-Agrégase, al artículo 13 de la ley Nº 4.409, de 11 de septiembre de 1928, que crea el Colegio de Abogados, la siguiente letra 1):
"1) A subvencionar a instituciones o corporaciones de abogados para el cumplimiento y satisfacción de sus fines societarios o gremiales.".".
Artículo 3º
Ha pasado a ser artículo 4º, reemplazado por el siguiente:
"Artículo 4º-ElColegio de Abogados de Chile, sin perjuicio de la facultad contemplada en la letra L) del artículo 13 de la ley Nº 4.409, otorgará, anualmente, una subvención al Club de Abogados de Chile, hasta por la suma que se obtenga de la aplicación del artículo 1º de la presente ley, y siempre que éste destine estos fondos a pagar la deuda contraída con la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por compra de las oficinas Nºs. 1.030, 1.031, 1.103 y 1.126 al 1.132, ambas inclusive, del edificio de calle Huérfanos 1147, de Santiago, y a la transformación adecuada de su sede social, adquisición de bienes muebles para el alhaja-miento de la misma y al cumplimiento de sus fines estatutarios.".
Artículo 4º
Ha pasado a ser artículo 5º.
Ha reemplazado la palabra "ocupe" por "ocupen" y ha intercalado antes de "el Club de Abogados de Chile", las siguientes: "el Colegio de Abogados y".
Procedía poner en votación, sin debate, dischas modificaciones:
Artículo 2º
Puesta en votación la primera modificación a este artículo, resultó rechazada por asentimiento unánime.
Puesta en votación la segunda modificación al mismo artículo, resultó aprobada por unanimidad.
Artículo 3º
Puesta en votación la modificación a este artículo, resultó rechazada por unanimidad.
Artículo 4º
Puestas en votaciones sucesivas, las dos modificaciones introducidas a este artículo, resultaron aprobadas por asentimiento unánime.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto de ley mencionado en el 3er. trámite constitucional, y se mandaron comunicar los acuerlos respectivos al Honorable Senado.
Por no haber acuerdo unánime de la Sala, no prosperó la indicación formulada para tratar, sin debate, de inmediato, el proyecto de ley, en 3er. trámite constitucional, que condona el impuesto a la producción de vinos de la zona de Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco.
Terminado el Orden del Día, procedía iniciar la Hora de los Incidentes.
CAMBIOS EN EL PERSONAL DE COMISIONES
A indicación del señor Ballesteros (Presidente) , por asentimiento unánime, se acordó dar cuenta de los siguientes cambios en el presonal de Comisiones, los que, posteriormente, puestos en votación, resultaron aprobados por unanimidad:
Gobierno Interior
Se aceptó la renuncia del señor De la Fuente y se designó en su reemplazo al señor Lorca Rojas.
Hacienda
Se aceptó la renuncia del señor Fuentes Venegas y se designó en su reemplazo al señor Videla.
Agricultura y Colonización
Se aceptó la renuncia del señor Sotomayor y se designó en su reemplazo al señor Rosselot.
Economía y Comercio
Se aceptó la renuncia del señor Ochagavía y se designó en su reemplazo al señor Momberg.
Especial de la Vivienda
Se aceptó la renuncia de la señorita Saavedra y se designó en su reemplazo al señor Castilla.
En seguida, por no existir asentimiento unánime, no se accedió a la petición formulada para tratar de inmediato, sin debate, las modificaciones introducidas por
el Honorable Senado al proyecto de ley que condona el impuesto a la producción de vinos que se aplica a los vitiviniculturas de Maule, Ñuble, Concepción, Bío-Bío y Malleco.
INCIDENTES
Correspondía iniciar la Hora de los Incidentes.
El primer turno pertenecía al Comité Independiente.
Usó de la palabra, en primer término, el señor Momberg para referirse a los problemas derivados de la situación en que se encuentran determinadas obras públicas de la provincia de Cautín.
Solicitó se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que se sirva informar sobre la situación en que actualmente se encuentran las obras de construcción del edificio del Banco del Estado de Chile, proyectado en la ciudad de Temuco, cuya obra gruesa estará terminada dentro de 30 días, puesto que, según informaciones fidedignas, la institución habría desistido de proseguir la ejecución del cuerpo de 10 pisos del mencionado edificio, destinado a departamentos, lo que originaría serios inconvenientes, entre los que pueden señalarse la cesantía de numerosos obreros que laboran en los trabajos de construcción.
En seguida, el señor Diputado solicitó los siguientes oficios.
Al señor Ministro de Obras Públicas, en su nombre, con el objeto de que se sirva informar sobre la posibilidad que existiría de suspender las obras de ejecución del nuevo puente carretero sobre el río Cautín, en la Carretera Panamericana Sur, por falta de fondos para su prosecución, puesto que al ser efectivo este hecho, se originarían graves problemas que es aconsejable evitar, especialmente, el que se re-
fiere a la cesantía de numerosos obreros que laboran en esos trabajos.
Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en su nombre, transmitiéndole las observaciones formuladas por Su Señoría sobre problemas que afectan a los postulantes a ocupantes de la Población "Evaristo Marín', de Temuco, con el objeto de que se sirva adoptar las medidas indispensables para que la Corporación de la Vivienda, informe sobre la situación en que quedarán los postulantes que fueron selecionados, primitivamente, para ocupar las viviendas mencionadas en dichas observaciones.
Con la venia del Comité, usó de la palabra el señor Camus, quien se refirió a diversos problemas que afectan a los departamentos de San Carlos e Itata, de la provincia de Ñuble.
Solicitó se dirigieran, en su nombre, los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Obras Públicas para hacerle presente, en primer término, el retardo con que se dio respuesta al oficio enviado por la Cámara sobre construcción del camino de San Carlos a San Fabián de Alico, en el mes de junio de 1965, y luego, con el fin de que informe acerca del estado en que se encuentran los estudios para la ejecución de la obra mencionada, indicándose, al mismo tiempo, la fecha aproximada en que ella se iniciaría, como, asimismo, se informe sobre el curso de los trabajos de pavimentación del camino de Cocharcas a Cobquecura, cuyo primer tramo, de 12 kilómetros, está terminado, indicándose, también, el financia-miento de esta obra y los motivos que han determinado su suspensión.
Al señor Ministro de Educación Públi-na, con el objeto de que la Escuela de Llohué, Nº 63, del departamento de Itata, no sea trasladada a otro lugar y, por el contrario, sea instalada en el edificio que gratuitamente ha sido cedido para su funcionamiento, el que reúne las condiciones adecuadas para la enseñanza primaria, sin costo alguno para el Fisco.
El turno siguiente correspondía al Comité Demócrata Cristiano.
Usó de la palabra el señor Zorrilla, quien se refirió a las transformaciones estructurales que está experimentando el país.
Por haber llegado la hora de término de la sesión, correspondía votar los proyectos de acuerdos.
CAMBIO DE MIEMBRO DE COMISION
A indicación del señor Isla (Vicepresidente) , por unanimidad, se acordó dar cuenta del siguiente cambio de miembro de la siguiente Comisión, el que, posteriormente, puesto en votación, resultó aprobado.
Agricultura y Colonización
Se aceptó la renuncia del señor Cancino y se designó en su reemplazo al señor
Urra.
Proyectos de acuerdos:
A indicación del señor Isla (Vicepresidente), por asentimiento unánime, se declaró sin discusión por ser obvio y sencillo, y posteriormente, puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad, el siguiente proyecto de acuerdo:
Proyecto de acuerdo:
Del señor Millas apoyado por el señor Acevedo, Comité Comunista:
"Considerando:
1º-Que en la comuna de San Miguel, de la provincia de Santiago, existe la Población Nueva Atacama constituida ilegalmente en la ex chacra Atacama y en que habitan 300 familias en sitios vendidos a precios elevadísimos, sin ninguna urbanización y al margen de todas las disposiciones legales;
2º-Que la Intendencia de Santiago y la Municipalidad de San Miguel han de-
nunciado a la Justicia el loteo irregular de esta población y en el Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de San Miguel ingreso con el Nº 23.202, el 20 de julio de 1965, una causa por estafa contra el loteador, iniciada por el Abogado Jefe de la Defensa Municipal de San Miguel;
3º-Que estos hechos han producido alarma pública y amenazan la salubridad de una vasta zona de esa populosa comuna;
La Honorable Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar al Excelentísimo señor Presidente de la Corte Suprema la designación de un Ministro en visita para avocarse la causa indicada".
Puesta en votación, a indicación del señor Isla (Vicepresidente), la declaración de obvio y sencillo del siguiente proyecto de acuerdo, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 16 votos, quedando en consecuencia, para segunda discusión el proyecto de acuerdo.
Considerando:
Que los trabajadores manuales de la construcción, por la naturaleza misma de su trabajo, se ven huérfanos de la protección que la actual legislación del trabajo presta a otros sectores laborales, motivo por el cual el Ejecutivo, a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, debe adoptar las normas legales y reglamentarias de la legislación laboral vigente a las modalidades del trabajo en dichas faenas;
Que los trabajadores de la industria de la construcción son, lo que podríamos llamar, obreros nómades, ya que van de una obra a otra, es decir su trabajo es transitorio, lo que motiva obligadas cesantías periódicas con las consiguientes pérdidas de salarios y pérdidas de derechos previsionales, lo que provoca angustia económica y, a menudo, los mantiene en conflictos laborales;
Que con el propósito de mejorar las condiciones de trabajo de este vasto sector de trabajadores, por orden ministerial Nº 12 de 30 de mayo de 1963 se creó una Comisión Tripartita formada por representantes estatales, empresariales y laborales, la cual estableció el Tarifado Nacional de la Construcción y estableció también una serie de beneficios para los trabajadores;
Que en la práctica se ha visto que estas medidas adolecen de ciertas fallas que permiten al sector patronal no aplicarlas; y que, además, sería necesario complementarlas con otras referentes a condiciones y relaciones de trabajo; problemas de empleo; previsión y bienestar; higiene y seguridad industriales y otras convenientes de abordar.
Por estas consideraciones y conscientes de la necesidad de dar pronta solución a estos problemas, me permito someter a la consideración de la Honorable Cámara, el siguiente
Proyecto de acuerdo:
"La Honorable Cámara acuerda dirigirse al señor Ministro del Trabajo a objeto de que se decrete la constitución de una Comisión Bipartita Permanente y Adhonorem, con la representación igualitaria de los sectores laborales y empresarial, presidida por una autoridad del trabajo, que se encargue de realizar los estudios necesarios para establecer las normas adecuadas a las especiales características del trabajo en el ramo de la construcción.
"Los representantes laborales deberán ser designados por la Federación Industrial de la Edificación, Maderas y Materiales de Construcción (F.I.E.M.C.).".
Por 17 votos contra 15, quedó para segunda discusión el siguiente proyecto de acuerdo:
Considerando:
Que, la Ley Nº 16.392 que fija normas sobre construcción, urbanización y otorgamiento de Títulos de Dominio, expresa
en su artículo 33 lo siguiente: "El Consejo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares no podrá enajenar a sus imponentes las viviendas económicas a un precio superior al de su costo de edificación, al que agregarán el valor proporcional del terreno y el porcentaje por gastos de administración que corresponda."
Que, en consecuencia, cabría también efectuar las rebajas de precios de venta a los adquirentes Empart de la Población Lord Cochrane de Valparaíso, cuyos departamentos han sido entregados a los imponentes en valores fijados, similares en la cotización de precios, a los edificios de lujo levantados por particulares en el centro de Viña del Mar, ya que se les está cobrando a razón de Eº 465 el m2. construido.
Que, los mismos departamentos, en una justa política fueron asignados por la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional en Eº 14.000 y la CORVI los ha vendido a imponentes de cuentas de ahorro a precios muy inferiores a los que asignó Empart, que les ha fijado precios de Eº 37.000 y Eº 39.000.
Que, frente a dicha situación y teniendo presente la dispuesto en el artículo 39 de la Ley Nº 16.282, de 28 de julio de 1965, que dice: "El Presidente de la República dentro del plazo de sesenta días dictará las normas que procedan con el fin de que todas las instituciones de previsión uniformen los precios de venta de casas y viviendas a su imponentes", cuya reglamentación fue publicada en el Diario Oficial con fecha 9 de octubre de 1965, es que
La Honorable Cámara de Diputados acuerda:
Dirigirse al señor Ministro de Vivienda y Urbanismo para que se disponga poner en vigencia a contar del presente mes, el nuevo sistema de cobros de dividendos hipotecarios, según lo establecido en la Ley Nº 16.391, en su artículo Nº 55, de fecha 16 de diciembre de 1965, crea al Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
PRORROGA DE INCIDENTES
Continuó con el uso de la palabra el señor Zorrilla, quien prosiguió sus observaciones sobre las proyecciones sociales y económicas de los cambios estructurales en Chile y la implantación de la jornada única.
En seguida, usó de la palabra el señor Valdés Phillips para referirse a diversos problemas que afectan a la población de la provincia de Coquimbo.
Solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Relaciones Exteriores, con el objeto de que se sirva hacer llegar la felicitación de Su Señoría a la Organización Europea para la Investigación Astronómica del Hemisferio Austral (ESO), por su valiosa contribución al desarrollo científico de Chile y al progreso de una importante zona del país, como es la provincia de Coquimbo, en la que se ha instalado, en fecha reciente, el Observatorio Astronómico de "La Silla".
Al señor Ministro del Interior, con el, objeto de que se sirva informar a la Cámara sobre los términos de los contratos de distribución de gas licuado en la provincia de Coquimbo, y las obligaciones impuestas en ellos para las firmas distribuidoras de este proyecto.
Al respecto, debe hacerse presente al señor Ministro que la Cámara acordó anteriormente solicitarle que, antes de autorizar cualquier alza de este producto, deberían enviarse los antecedentes respectivos.
Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se dote de agua potable a las 130 casas que forman la Población "Illapel Nº 2", de la localidad de Illapel, cuyos ocupantes enfrentan un serio problema sanitario a consecuencia de la falta de este elemental servicio.
El turno siguiente correspondía al Comité Radical.
Usó de la palabra el señor Jarpa para referirse a disversas necesidades del departamento de Chillán, en la provincia de Ñuble.
Solicitó que, en su nombre, se dirigieran los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Salud, a lo que adhirió el Comité Socialista, transmitiéndole sus observaciones, con el objeto de que se sirva intervenir ante la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios para evitar que se reduzcan los trabajos de ampliación del Hospital de Chillán.
Al señor Ministro de Obras Públicas, transmitiéndole sus observaciones, con el objeto de que se sirva disponer la entrega a la brevedad posible, de los fondos suficientes al Arquitecto Provincial de. Ñuble, para las obras de reparación y construcción del Anexo del Liceo de Niñas de Chillán.
Al mismo señor Ministro, a lo que adhirieron los señores Zorrilla y Retamal, doña Blanca; con el objeto de que se sirva disponer el envío a la Oficina de Vialidad de Ñuble, de camiones tolvas de seis toneladas, destinados a la reparación de caminos en esa zona, puesto que dicha provincia carece de este tipo de maquinarias indispensables para la conservación de carreteras.
Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, a lo que adhirieron los señores Zorrilla y Retamal, doña Blanca; con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para que la Corporación de la Vivienda proceda a distribuir las 184 casas de la Población "Kennedy", de Chillán, entre los postulantes que cumplieron con las exigencias establecidas en el Reglamento respectivo.
Al señor Ministro de Educación Pública, a lo que adhirieron los señores Zorrilla y Retamal, doña Blanca; transmitiéndole sus observaciones, con el objeto de que se sirva considerar la necesidad de crear en le distrito de Quinchamalí, del departamento de Chillán, un séptimo año en la Escuela Nº 15, que serviría como centro escolar para recibir alumnos provenientes del 6º año de preparatorias de
las diversas Escuelas Primarias del sector, que son numerosas.
En seguida, usó de la palabra el señor Naudon para referirse a la construcción de una planta de celulosa en el departamento de Constitución, provincia de Maule.
Solicitó que, en su nombre, se dirigiera oficio a S. E. el Presidente de la República, con el objeto de que se sirva apresurar los trámites del Convenio suscrito recientemente entre los gobiernos de Chile y Francia para el otorgamiento de un préstamo por cincuenta millones de dólares al país, destinado a la construcción de una planta de celulosa en la provincia de Maule, puesto que esta obra industrial permitirá absorber la numerosa cesantía que existe en esa zona y estimulará el desarrollo de diversas actividades productoras.
A continuación, intervino el señor Rio-seco para referirse a la construcción de locales escolares en la provincia de Bío-Bío.
Solicitó se dirigieran, en su nombre, los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Educación Pública, a lo que adhirió el señor Tejeda, con el objeto de que se sirva considerar la necesidad de incluir en el plan de construcciones escolares del año en curso, el edificio de la Escuela Nº 1, de Mulchén, que actualmente funciona en "barracones" insalubres.
Al mismo señor Ministro y al del Interior, a lo que adhirió el señor Tejeda, con el objeto de que se sirvan disponer la iniciación de las obras de construcción de los edificios destinados al Instituto Comercial y la Escuela Nº 2, de la ciudad de Los Angeles, en los terrenos adquiridos para esta finalidad.
Con la venia del Comité, usó de la palabra el señor Fuentes Andrade, para analizar el problema del retardo en el pago de las subvenciones fiscales a las escuelas particulares del país.
Solicitó que, en su nombre, se dirigie-
ran oficios a los señores Ministros de Hacienda y de Educación Pública, con el objeto de que informen a la Cámara sobre la fecha y forma en que el Gobierno procederá a pagar a los establecimientos de la enseñanza particular las subvenciones que se les adeudan desde 1964, para que éstos puedan, a su vez, pagar a los profesores que en ellos sirven, sus remuneraciones ya que estos servidores no disfrutarían de beneficios previsionales, circunstancia que agrava la situación en que se encuentran con motivo de dicho retardo.
El turno siguiente pertenecía al Comité Comunista.
En él, el señor Tejeda se refirió a diversas necesidades de las comunas de Laja y Los Angeles, en la provincia de Bío-Bío.
Solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Rioseco, Jarpa y Retamal, doña Blanca; se transmitieran sus observaciones sobre problemas que afectan a la comuna de Laja, provincia de Bío-Bío, a los señores Ministros de Obras Públicas, de Economía, Fomento y Reconstrucción, y de Educación Pública, con el objeto de que se sirvan acoger peticiones contenidas en dichas observaciones.
Solicitó que, en su nombre, a los que adhirieron los señores Jarja y Rioseco, se transmitieran sus observaciones acerca de problemas asistenciales que afectan a la comuna de Laja, provincia de Bío-Bío, al señor Ministro de Salud, con el objeto de que se sirva acoger las peticiones expuestas en ellas.
Asimismo, pidió que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Rioseco, se transmitieran sus observaciones sobre necesidades carcelarias en la comuna de Laja, al señor Ministro de Justicia, con el objeto de que se sirva disponer su transcripción al señor Director General de Prisiones, para la solución de los problemas en ellas expuestos.
Finalmente, el señor Tejeda solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el se-
ñor Rioseco, se transmitieran sus observaciones sobre problemas asistenciales que afectan a la ciudad de Los Angeles, al señor Ministro de Salud Pública, con el fin de que se sirva considerar los problemas expuestos en dichas observaciones.
En seguida, usó de la palabra el señor Agurto, para referirse a la construcción de diversas obras públicas en la provincia de Ñuble.
Solicitó que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Camus, se dirigieran los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se sirva disponer la realización de los estudios correspondientes para la construcción de un camino definitivo entre la localidad de Ninhue y la de Coelemu, en la provincia de Ñuble.
Al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que se estudie la posibilidad de construir una Escuela Pública en el pueblo denominado Antequereo, de la provincia de Ñuble, pues allí viven numerosos niños que deben asistir a establecimientos escolares ubicados a gran distancia de sus hogares.
En seguida, usó de la palabra el señor Cantero, para referirse a la solución de la huelga de los trabajadores de la Compañía Pesquera "Róbinson Crusoe", de Valparaíso.
Solicitó el señor Diputado que, en su nombre, a lo que adhirió el señor Dueñas, se dirigiera oficio al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, con el fin de que se sirva adoptar todas las medidas indispensables para solucionar rápidamente el conflicto señalado, que afecta a obreros que disfrutan de salarios exiguos.
El turno siguiente correspondía al Comité Socialista.
Usó de la palabra el señor Olave, para referirse a los sucesos acaecidos en el mineral "El Salvador", el día 11 del mes en curso.
Solicitó que, en su nombre, a lo que adhirieron los Comités Comunista y Socialista, se transmitieran sus observacio-
nes al señor Ministro de Defensa Nacional, con el fin de que se sirva hacerlas llegar al Fiscal Militar que instruye el proceso por tan lamentables acontecimientos.
PETICIONES DE OFICIO
(Las peticiones de oficios corres-pon-dientes a esta parte del acta aparecen al final de los Documentos de la Cuenta del Boletín de la sesión 67ª).
Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba reglamenta-mente prorrogada, se levantó ésta a las 20 horas, 23 minutos.
Sesión 68ª Extraordinaria, en miércoles 23 de marzo de 1966. Presidente del señor Isla. Se abrió a las 21 horas 30 minutos, y asistieron los señores:
Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera C, María Inés Aguilera C, María Inés Agurto, Fernando Stgo. Arancibia C, Mario Aravena C, José A. Argandoña C, Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C, Osvaldo Buzeta G., Fernando Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Canales C, Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Correa de Lyon, Silvia De la Fuente C, Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., CarlosDip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Fernández A., Sergio Fuentealba C, Clemente Fuentes A., Samuel
Fuentes V., César Raúl Galleguillos C, Víctor Gajardo P., Santiago Garcés F., Carlos Giannini I., Osvaldo Godoy U., César González M., Víctor Guajardo G., Ernesto Ibáñez V., Jorge Iglesias C, Ernesto Isla H., José Manuel Jaque A., Duberildo Jaramillo B., Alberto Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Lacoste N., Graciela Laemmermann M., Renato Lavandero I., Jorge Lorca R., Gustavo Lorca V., Alfredo Maira A., Luis Maluenda C, María Marín M., Gladys Martín M., Luis Martínez C, Juan Melo P., Galvarino Millas C, Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Montes M., Jorge Montt M., Julio Morales A., Carlos Mosquera R., Mario Muga G., PedroSilva S., Julio Silva U., Ramón Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Sotomayor G., Fernando Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Tejeda O., Luis Téllez S., Héctor Torres P., Mario Turna M., Juan Valdés P., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Videla R., Pedro Zepeda C, Hugo Zorrilla C, EnriqueNaranjo A., Oscar Naudon A., Alberto Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Osorio P., Eduardo Palestro R., Mario Parra A., Bosco Penna M., Marino Pereira B., Santiago Phillips P., Patricio Retamal C, Blanca Rioseco V., Manuel Rodríguez H., Manuel Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando Saavedra C, Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C, Jorge Sbarbaro C, Víctor Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo
El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, y el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados.
CUENTA
Se dio cuenta de:
1º-Una presentación suscrita por 29 señores Diputados, con la que solicitan del señor Presidente de la Corporación que cite a sesión para el día de hoy, miércoles 23 de marzo, de 21.15 a 23.15 horas, con el objeto de "analizar y pronunciarse en relación con los ataques proferidos por el Primer Ministro deCuba, don Fidel Castro, en contra del pueblo de Chile y de sus instituciones democráticas".
-Transcrita oportunamente <http://oportn.nam.ente>a los señores Diputados, se mandó al archivo.
En conformidad con el objeto de la sesión, a que había ordenado citar el señor Ballesteros (Presidente), a petición de 29
señores Diputados, correspondía ocuparse de "analizar y pronunciarse en relación con los ataques proferidos por el Primer Ministro deCuba, don Fidel Castro, en contra del pueblo de Chile y de sus instituciones democráticas".
En los turnos correspondientes a los Comités Demócrata Cristiano, Radical, Comunista, Socialista, Democrático Nacional e Independiente, usaron de la palabra, respectivamente, los señores Ruiz-Esquide, Morales Abarzúa, Montes, Ara-vena Cabezas, Mosquera y Ruiz-Esquide y Maira, en sucesivas interrupciones; y Phillips, y Rioseco, Silva Ulloa y Ansieta, en sucesivas interrupciones.
En el nuevo tiempo que correspondió al Comité Demócrata Cristiano, usaron de la palabra los señores Castilla y Ansieta, en una interrupción.
Al término de la sesión, se puso en votación el siguiente proyecto de acuerdo, el que, a indicación del Comité Comunista, quedó para segunda discusión, por 24 votos contra 39.
"Considerando:
Que con lo expuesto en la presente sesión especial, ha quedado en evidencia:
1º-Que Fidel Castro, Jefe del actual Gobierno de Cuba, traicionó los postulados de su Movimiento 26 de Julio, expuestos en diversos documentos públicos, y que las palabras textuales del propio Castro, hablan de sentido humanista en el Gobierno del pueblo; de política propia, alejada del "capitalismo que mata de hambre a los pueblos y del comunista que busca resolver los problemas económicos, suprimiendo las libertades", y en lugar de lo prometido, ha dado, junto a algunas conquistas, paredón para sus adversarios y oprobiosa servidumbre de Cuba a Rusia Soviética.
2º-Que son precisamente estas graves inconsecuencias -que pesan sobre el pueblo cubano-, las que restan a Fidel Cas-
tro toda solvencia moral para referirse a la democracia de Chile y al Presidente elegido en elecciones libres,
La Honorable Cámara acuerda:
Rechazar con desprecio los ataques proferidos por Fidel Castro en contra del pueblo de Chile, del Presidente de los chilenos, Excmo. señor Eduardo Frei, y de las instituciones democráticas del país.
Manifestar nuestro anhelo de que el digno pueblo cubano se vea libre de la dictadura personalista y caudillesca del señor Castro."
Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba reglamentariamente prorrogada, se levantó ésta a las 23 horas 22 minutos.
IV.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00127.- Santiago, 29 de marzo de 1966.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
1.- El que crea en el Servicio de Aduanas, una Auditoría y un Centro de Procesamiento de Datos. (Boletín Nº 1.033 de la Honorable Cámara de Diputados) ; y
2.- El que modifica la ley Nº 16.229, sobre pensiones de montepío para diversos familiares de los ex parlamentarios. (Boletín Nº 1.078 de la Honorable Cámara de Diputados).
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guz-man."
2.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00128.- Santiago, 29 de marzo de 1966.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, el proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para permutar con el Obispado de Rancagua un terreno fiscal ubicado en la Población Rancagua Sur, de esa comuna. (Boletín Nº 10.324-S de la Honorable Cámara de Diputados).
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Freí Montalva.- Bernardo Leighton Guzmán."
3.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 0407.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que reajusta las remuneraciones del personal de los sectores público y privado, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1º
En su inciso final ha agregado, a continuación de las palabras "trabajos extraordinarios", lo siguiente, precedido de una coma (,) : "bonificaciones por producción, gratificación nocturna, asignación de casa, prima por kilometraje,".
Artículo 2º
Ha sido rechazado.
Artículo 3º
Ha pasado a ser 2º.
Su inciso final ha sido rechazado.
Artículo 4º Ha sido rechazado.
Artículo 5º Ha pasado a ser 3º, sin enmiendas.
Artículo 6º
Ha pasado a ser 4º.
En su inciso primero ha agregado la siguiente frase final, sustituyendo el punto (.) por una coma (,) : "y el otorgado por decreto de Relaciones Nº 29, de 3 de enero de 1966.".
Artículo 7º
Ha pasado a ser 5º, sin enmiendas.
Como artículo 6º, ha aprobado el inciso segundo del artículo 13 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
Artículo 8º
Ha pasado a ser 7º, sustituyéndose la referencia a la ley "Nº 11.496" por otra a la ley "Nº 11.469".
Artículo 9º
Ha pasado a ser 8º, reemplazándose, en su inciso segundo, el guarismo "120" por "60".
Artículos 10 y 11
Han pasado a ser 9º y 10, respectivamente, sin enmiendas.
Artículo 12
Ha pasado a ser artículo 273, con las enmiendas que se indicarán en su oportunidad.
Artículo 13
Su inciso primero ha pasado a ser ar-
tículo 60, con las enmiendas que se indicarán en su oportunidad.
Su inciso segundo pasó a ser artículo 6º, sin enmiendas, según se indicó anteriormente.
En el epígrafe del Párrafo 2º, ha reemplazado "profesores" por "Ministerio de Educación Pública".
Artículo 14
Ha pasado a ser 11, con las siguientes enmiendas:
En su letra a) ha suprimido la palabra "fecha", las dos veces que figura; ha sustituido la conjunción "y" que sigue a "3 de julio de 1964" por una coma (,) y ha intercalado la preposición "a" antes de "la Resolución Nº 577".
Sus letras b) y c) han sido reemplazadas por las siguientes:
"b) Un 19% al personal de obreros afectos a las letras a) y b) del artículo 2º del Párrafo I -Definiciones- del decreto supremo (H) Nº 4.467, de 12 de junio de 1956, y a los movilizadores manuales del puerto de Arica afectos al Acta de Convenio de Arica. Este porcentaje se aplicará, respectivamente, al tarifado base existente al 31 de diciembre de 1964, del decreto supremo (H) Nº 4.467, de 1956, y al tarifado vigente al 31 de diciembre de 1964, del Acta de Convenio del Puerto de Arica;"
"c) Un 15% al personal señalado en el decreto supremo (E) Nº 484, Subsecretaría de Transportes, de 24 de agosto de 1961; decreto supremo (E) Nº 516, Subsecretaría de Transportes, de 23 de agosto de 1962; la resolución Nº 1.246, de la Empresa Portuaria de Chile, de 25 de junio de 1964, y las remuneraciones de las plantas mecanizadas de San Antonio y Valparaíso. El personal de obreros de la letra c) del artículo 2º del Párrafo I -Definiciones- del decreto supremo (H) Nº 4.467, de 1956, incrementarán sus remuneraciones en un 15%, que para calcularlo se considerará como que los obreros
de las letras a) y b) del artículo 2º del Párrafo I de este decreto supremo han recibido un 15% de reajuste sobre sus remuneraciones vigentes al 31 de diciembre de 1964, y no un 19%, como lo establece la letra b) del presente artículo, para luego aplicar, según los casos, los recargos que establece el subtítulo II -Tarifado para los movilizadores mecánicos- del Párrafo III -Tarifado- del decreto supremo mencionado."
En su inciso final ha intercalado, después de "aplicarán", las palabras "según corresponda", entre comas; ha reemplazado la conjunción "y" que precede a "la Resolución Nº 577", por "a", y ha sustituido "y Resolución Nº 519" por "a la Resolución Nº 569"; ha intercalado, antes de "de 1965", lo siguiente: "de la Empresa Portuaria de Chile," y ha reemplazado la parte final desde donde dice: "al tarifado base existente. . ., etc.", por lo siguiente: "y a otras remuneraciones imponibles vigentes no establecidas en las letras a), b) y c) del presente artículo, y en cuanto al decreto supremo (H) Nº 4.467, de 1956, y al tarifado vigente al 31 de diciembre de 1964, del Acta de Convenio del Puerto de Arica, se aplicarán los porcentajes en la forma indicada en las letras b) y c) del presente artículo.".
Artículo 15
Ha pasado a ser 12.
En su letra a), ha reemplazado las palabras "Párrafo 1º del artículo 2º, del decreto supremo (H) Nº 4.467, de 12 de junio de 1956, del mismo decreto.", por estas obras: "artículo 2º del Párrafo I-Definiciones- del decreto supremo (H) número 4.467, de 12 de junio de 1956.".
Ha sustituido su letra b) por la siguiente :
"b) Reajustase en 15% las remuneraciones del personal de obreros de la letra c) del artículo 2º del Párrafo I -Definiciones- del decreto supremo (H) número 4.467, de 1956, ya incrementadas en la
forma indicada en la letra c) del artículo anterior de la presente ley, para luego aplicar, según corresponda, los recargos que establece el subtítulo II -Tarifado para los movilizadores mecánicos- del Párrafo III -Tarifado- del decreto supremo mencionado. Declárase que a este personal se le aplica una sola vez el subtítulo II del Párrafo III -Tarifado- del decreto supremo (H) Nº 4.467, de 1956, para los efectos de calcular la remuneración efectiva que les corresponda percibir. También el 15% de reajuste será aplicado al personal señalado en el decreto supremo (E) Nº 484, Subsecretaría de Transportes, de 24 de agosto de 1961; en el decreto supremo (E) Nº 561, Subsecretaría de Transportes, de 23 de agosto de 1962; a la Resolución Nº 1.246, de la Empresa Portuaria de Chile, de 25 de junio de 1964, y las Resoluciones de los Obreros de las plantas mecanizadas de los puertos de San Antonio y Valparaíso;".
En su letra c), ha suprimido la palabra "fecha".
En su letra e) ha intercalado, entre "las" y "horas extraordinarias", las palabras "remuneraciones por", y entre "horas extraordinarias" y "a contar", la frase siguiente: "y otras remuneraciones imponibles vigentes no establecidas en las letras a), b), c) y d) del presente artículo,".
Ha agregado el siguiente inciso final, nuevo:
"Las plantas, encasillamientos y escalafones a que se refiere el inciso anterior, deberán ser confeccionados de acuerdo al D.F.L. 338, de 1960.".
A continuación, como artículo 13, nuevo, ha aprobado el siguiente:
"Artículo 13.- Reajústanse en un 22%, a contar del 1º de enero de 1966, las tarifas por hora con que se remuneran las horas extraordinarias del personal a que
se refiere el decreto supremo del Ministerio de Hacienda Nº 3.236, de 1954.".
Artículo 16
Ha pasado a ser 14.
En su inciso primero ha agregado, después de "decreto supremo", el término "fundado".
Artículo 17
Ha pasado a ser 15, sustituido por el siguiente :
"Artículo 15.- Dentro del plazo de 120 días de la publicación de esta ley, el Director de la Empresa Portuaria de Chile propondrá las plantas de su personal de obreros, de acuerdo con las normas especiales de los artículos 34 y 35 de la ley Nº 15.702, de 22 de septiembre de 1964.".
Artículo 18
Ha pasado a ser 16, sin enmiendas. Como artículo 17, ha aprobado el 131 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
Seguidamente, como artículos 18, 19, 20 y 21, respectivamente, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 18.- Autorízase a la Empresa Portuaria de Chile para aportar la diferencia del mayor gasto que signifiquen las plantas administrativas y auxiliares del personal de empleados de dicho organismo, en cumplimiento de lo dispuetso en los artículos 34 de la ley 15.702, y 7º, inciso tercero, de la ley Nº 16.250.".
"Artículo 19.- Declárase que los incisos once, doce, trece y diecinueve del artículo 7º de la ley Nº 16.250 son permanentes y, en consecuencia, las cantidades que resultaron de aplicar en el año 1965 los porcentajes allí establecidos serán reajustadas a contar del 1º de enero de 1966 en un 25%.
Las sumas resultantes de aplicar este reajuste deberán destinarse a los mismos fines a que se refieren los incisos mencionados.
Facúltase al Director de la Empresa Portuaria de Chile para reglamentar, junto con una comisión de obreros portuarios nombrada por la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios de Chile la administración y distribución de los fondos provenientes del Plan Habitacional del artículo 7º de la ley Nº 16.250, para hacer más expedita su aplicación.".
"Artículo 20.- Reajústanse en un 22% las bonificaciones compensatorias establecidas por los decretos supremos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes Nºs 642, de 1962, y 209, 486 y 505, de 1965, a contar del 1º de enero de 1966.".
"Artículo 21.- Desglósase del Fondo Especial a que se refiere el inciso noveno del artículo 7º, de la ley Nº 16.250, las sumas correspondientes al 38,4% de las remuneraciones imponibles devengadas durante el año 1964 por los obreros de la Empresa Portuaria de Chile que cesaron en sus funciones el 1º de julio de 1965, de conformidad al Acta de Acuerdo suscrita con el Director de la Empresa Portuaria de Chile, con fecha 31 de julio de 1965, para poner fin al conflicto portuario suscitado en esa fecha.
A los obreros a que se refiere el inciso anterior, se les incrementará directamente sobre sus remuneraciones imponibles el reajuste del 38,4%, a contar desde el 1º de enero de 1965.
No se aplicará a este personal la distribución establecida por el artículo 7º de la ley Nº 16.250.
Las sumas del Fondo Especial, ya mencionado, invertidas por el Director de la Empresa Portuaria de Chile en el cumplimiento de otras obligaciones, será de cargo del Presupuesto de la Empresa.".
Artículo 19
Ha pasado a ser 22.
Como inciso segundo, nuevo, ha intercalado el siguiente:
"Esta asignación, a partir de la misma fecha, será de un 30% para el personal que ocupe los cargos consultados hasta el grado 10, inclusive, de la Planta Docente de la Dirección de Educación Primaria y Normal; para los Subdirectores de escuelas primarias de 1ª clase; para el personal consultado hasta el grado 9º, inclusive, da la Planta Docente de la Dirección de Educación Secundaria; y para el personal consultado hasta el grado 8º, inclusive, de la Planta Docente de la Dirección de Educación Profesional.".
En su inciso segundo, que ahora ha pasado a ser tercero, ha sustituido la frase "aplicarán los artículos 1º y 2º" por esta otra: "aplicará el artículo 1º".
Su inciso final ha sido reemplazado por el siguiente:
"Para la aplicación del artículo 1º de la presente ley al personal docente del Ministerio de Educación Pública, se considerarán separadamente los cargos compatibles.".
A continuación, como artículo 23, ha aprobado el artículo 150 de esa Honorable Cámara, sustituido por el siguiente:
"Artículo 23.- Los profesores de escuelas particulares, cuyos locales y dotaciones sean donados o cedidos en comodato al Fisco por un plazo mínimo de cinco años, podrán ser designados interinamente para que continúen sirviendo en dichos establecimientos, siempre que acrediten estar en posesión de la licencia secundaria y que se hayan desempeñado en la respectiva escuela un período escolar a lo menos.".
Seguidamente, como artículos 24, 25, 26 y 27, respectivamente, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 24.- A los funcionarios de las Plantas Directivas, Profesionales y Técnicas de la Dirección de Bibliotecas, Archi-
vos y Museos, les será aplicable lo dispuesto en el artículo 17 de la ley Nº 14.453, desde el 1º de julio de 1966.".
"Artículo 25.- Reemplázase en el inciso segundo, del artículo 239 del D.F.L. 338, de 1960, la frase: "en el próximo concurso, y así sucesivamente hasta completar tres años", por la siguiente: "sin perjuicio de que las necesidades del servicio aconsejen declarar su caducidad".".
"Artículo 26.- La expresión "personal titulado" comprenderá tanto al personal docente con título de profesor cuanto a los que estuvieren en posesión del título o grado universitario correspondiente a profesiones en cuyos estudios se hayan adquirido los conocimientos propios de la asignatura o especialidad que desempeñen y siempre que la Universidad no otorgue título de profesor para la enseñanza de esas asignaturas.".
"Artículo 27.- La Corporación de la Vivienda transferirá gratuitamente al Fisco, Ministerio de Educación Pública, 25 viviendas ubicadas en Rancagua, las que serán destinadas al uso y habitación del profesorado primario cuyas escuelas fueron trasladadas de Sewell a esa ciudad.
Este derecho se hará exensivo a los familiares de los respectivos profesores y subsistirá mientras éstos se desempeñan en escuelas fiscales de Rancagua.
Las viviendas que se desocupen por traslado de sus destinatarios se concederán en uso y habitación conforme a las normas del artículo 251 del Estatuto Administrativo.".
Artículo 20
Ha pasado a ser 28.
En el inciso que se reemplaza por el número 1), ha suprimido las palabras "de antecedentes" y la preposición "de", que sigue a "menos".
En el número 2) ha agregado lo siguiente, sustituyendo el punto (.) final por un punto y coma (;) : "y reemplázase el inciso final por el siguiente:
"Al profesional funcionario reincorporado se le reconocerá la antigüedad que tenía en el momento de la opción.".
En el número 3), ha reemplazado "Suprimir" por "Suprímense".
En el número 5) ha sustituido "Derogar" por "Derógase".
En el número 6) ha reemplazado "suprimir" por "suprímese".
En el número 7) ha sustituido "Suprimir" por "Suprímese".
En el número 8) ha reemplazado "Sustituir" por "Sustitúyese".
En este mismo número 8), en el inciso segundo de la letra b) del artículo 11 que se sustituye, ha reemplazado la frase "una vez acordados por el Honorable Consejo de Salud, los montos de cada una de las asignaciones de la letra b), la facultad para concederlas", por la siguente: "la facultad de conceder esta asignación de acuerdo con el Reglamento,".
En el número 9) ha reemplazado "Suprimir" por "Suprímese".
En el número 10) ha reemplazado "Sustituir" por "Sustitúyese".
En el número 11) ha sustituido "suprimir" por "suprímese".
En el número 12) ha reemplazado su encabezamiento que dice: "Agregar en el artículo 15, un inciso que diga", por el siguiente: "Agrégase al artículo 15 el siguiente inciso:".
El número 13) ha sido sustituido por el siguiente:
"13) En el inciso segundo del artículo 16 suprímese la frase final: "a menos de percibir la asignación especial a que se refiere la letra a) del artículo 11", y reemplázase la coma que la precede por un punto.".
En el número 14) ha reemplazado "agregar" por "agrégase" y ha suprimido las comillas (") que figuran al final del primer inciso del artículo nuevo que se propone, y las ha agregado al final del inciso segundo de ese artículo.
En el número 15) ha reemplazado "Sustituir" por "Sustitúyese", y en el in-
ciso segundo del artículo 39, cuyo reemplazo efectúa, ha suprimido la frase que dice: "y además 60 años de edad", y ha agregado el siguiente inciso final, nuevo, a este artículo 39:
"El excedente sobre el 60% de las asignaciones establecidas en el artículo 11 y las demás remuneraciones que no se consideren en el cálculo de las pensiones de jubilación, no serán imponibles.".
El número 16) ha sido reemplazado por el siguiente:
"16) En el inciso segundo del artículo 45 suprímese la frase final: "el que durante el período de adiestramiento se aumentará con la asignación contemplada en la letra a) del artículo 11".
En el inciso tercero del mismo artículo suprímese la frase: "del grado 5º, más la asignación señalada en el inciso anterior".
En el inciso cuarto, agregado por el artículo 156 de la ley 16.250, de 21 de abril de 1965, suprímese asimismo la frase final : "más la asignación establecida en la letra a) del artículo 11 de esta ley".".
En el número 17) ha reemplazado las palabras "que perciba el" por la frase "remuneración total que corresponda al".
En el número 18), en el artículo que agrega la letra b), ha reemplazado las palabras iniciales "Los Servicios" por "las instituciones empleadoras", y "Servicio" por "Institución".
Seguidamente, como artículos 29 y 30, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 29.- Se declara que los profesionales afectos a la ley 15.076 que desempeñan labores docentes en la Universidad de Chile y que por efecto de transformaciones de cargos de 3 en 4 horas, o de 4 en 6, hubiesen incurrido en incompatibilidades horarias, bajo el imperio de la ley 10.223, se les considerará como si hubiesen gozado de extensión horaria."
"Artículo 30.- Facúltase al Presidente de la República para fijar el texto refundido de la ley Nº 15.076 y sus modificaciones, incluidas las contempladas en el
artículo 28 de la presente ley.".
A continuación, como artículo 31, ha aprobado el 125 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
Seguidamente, ha consultado el epígrafe rorrespondiente al Párrafo 3º, sin modificaciones.
Artículo 21
Ha pasado a ser 32.
En su inciso segundo, ha sustituido la referencia al artículo20" por otra al artículo 28".
Artículos 22 y 23
Han pasado a ser 33 y 34, respectivamente, sin enmiendas.
A continuación, ha sustituido el epígrafe del Párrafo 4º, que dice: "Aporte a instituciones", por el siguiente: "Aportes a instituciones y Servicios y modificaciones presupuestarias.".
Artículo 24
Ha pasado a ser 35.
Ha sustituido la mención al ítem "07/05/28.2" por la siguiente: "07/05/ 28:5".
En su inciso segundo, entre "alterar" y "las remuneraciones", ha intercalado lo siguiente, precedido de una coma (,) : "de acuerdo con los porcentajes establecidos en la presente ley,".
Artículos 25, 26 y 27
Han pasado a ser 36, 37 y 38, respectivamente, sin enmiendas.
A continuación, ha aprobado como artículo 39, el siguiente, nuevo:
"Artículo 39.- Concédese a la Universidad de Chile la cantidad de Eº 350.000, para ser destinados a terminar la construcción del Colegio Regional de Talca y a la ampliación de sus estudios universitarios."
Artículo 28
Ha pasado a ser 40.
Ha agregado el siguiente inciso final: "El personal de las Universidades reconocidas por el Estado tendrá el mismo reajuste de sus sueldos y salarios que el señalado para el Sector Público. En consecuencia, este personal no disfrutará del aumento de remuneraciones del Sector Privado establecido en el artículo... ni de los reajustes señalado para los empleados particulares en la ley Nº 7.295.".
Artículo 29
Ha pasado a ser 41, sustituyéndose la cifra "389.000" por "462.300".
A continuación, como artículo 42, ha aprobado el 37 de esa Honorable Cámara, intercalando en su letra d), después de "Servicio de Impuestos Internos", lo siguiente: "y Tesorerías".
Seguidamente, como artículo 43, ha aprobado el 38 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
A continuación, como artículo 44, ha aprobado el 117 de esa Honorable Cámara, reemplazando la palabra inicial "Intercalar" por "Intercálase".
En seguida, como artículos 45, 46 y 47, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente :
"Artículo 45.- Se declara que el exceso de Eº 592.076,39 pagado a la Dirección de Pavimentación de Santiago con cargo a la Cuenta F-16-a al 31 de diciembre de 1964, que se encuentra contabilizado en la Cuenta "Deudores Varios" de la Contraloria General de la República, será de cargo al ítem 08/01/38 del Presupuesto vigente.".
"Artículo 46.- Agrégase al inciso tercero del artículo 8º de la ley Nº 15.564, sustituyendo el punto final por un punto y como, lo siguiente: "y deberá pagarse por el Fisco a las respectivas Corporaciones en tres cuotas, en el año presupuestario correspondiente, según liquidación que se practicará de los ingresos percibidos al 30 de abril, al 31 de agosto y al 31 de diciembre de cada año. El pago de cada cuota deberá hacerse dentro de los treinta días siguientes a cada una de las fechas señaladas anteriormente.".
"Artículo 47.- La Tesorería General de la República girará, a favor de las Municipalidades, en calidad de anticipo, antes del 30 de junio del presente año, el 50% de las sumas que les corresponda percibir durante el año por concepto de contribución territorial respecto de los bienes raíces de avalúos inferiores a Eº 5.000. Este anticipo deberá ser reintegrado por las Municipalidades antes del 31 de diciembre de 1966.".
A continuación, como artículo 48, nuevo, ha aprobado el siguiente:
"Artículo 48. -Sustitúyese el inciso cuarto del artículo 42 del D.F.L. Nº 47, de 1959, por el siguiente:
"Los traspasos a que se refieren los incisos anteriores, se podrán realizar también desde y hacia cualquier ítem de transferencia y se autorizarán sin perjuicio de la limitación que establece el artículo 72, Nº 10, de la Constitución Política, y sólo podrán efectuarse en el segundo semestre del ejercicio presupuestario.".".
En seguida, como artículo 49, ha aprobado el 31 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
Como artículo 50, ha aprobado el 126 de esa Honorable Cámara, sin modificaciones.
Como artículos 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57
y 58, nuevos, ha aprobado los siguientes, respectivamente.
"Artículo 51.- Reemplázase, en el artículo 28, inciso primero, de la ley Nº 16.406, el guarismo "6" por "4" y en el inciso cuarto, el guarismo "6.4" por "4.2".
En el inciso primero del artículo 80 de la mismo ley, intercálase la conjunción "y" entre las palabras "bien raíz" y "mobiliario"."
"Artículo 52.- Suprímese en la ley Nº 16.406, en la glosa del ítem 08/03/04, la frase "veinte personas asimiladas a categoría o grado y" y reemplázase el guarismo "220" por "240 personas"."
"Artículo 53.- Créase el ítem 12 "Consumos de Gas, Electricidad, Agua y Teléfonos" en el Presupuesto Corriente en monedas extranjeras convertidas a dólares de las Subsecretarías de Guerra, Marina y Aviación, para 1966.
Autorízase a efectuar traspasos del ítem 09 de los capítulos mencionados en el inciso anterior y del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, al ítem 12 de estos mismos capítulos, sin sujeción a la norma contemplada en el inciso 4º del artículo 42 del D.F.L. Nº 47, de 1959.
Traspásase en el ítem 17/01/28 la suma de Eº 100.000, desde el Nº 2) Derechos
de Aduana al Nº 1) Empresa Nacional de Petróleos para Derechos de Aduana.".
"Artículo 54.- Con cargo al Presupuesto de Capital en moneda corriente para 1966, la Secretaría y Administración General de Educación podrá cancelar los compromisos contraídos de acuerdo al decreto de Educación Nº 7.809, de 1963.".
"Artículo 55.- Supleméntase en 600 mli escudos el ítem del Presupuesto Corriente, en moneda nacional del Servicio de Aduanas, 08/04/04, para el solo efecto de cancelación de trabajos extraordinarios a los funcionarios del referido Servicio.".
"Artículo 56. -- Traspásase del ítem 14/02/103 del Presupuesto de Capital en moneda nacional de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales del Ministerio de Tierras y Colonización la suma de 800 mil escudos al Presupuesto Corriente en moneda nacional del mismo Ministerio, según el siguiente detalle:
Al ítem 14/01/04 Eº 20.000
Al ítem 14/01/05 1.400
Al ítem 14/02/04 537.400
Al ítem 14/02/05 74.300
Al ítem 14/03/04 150.000
Al ítem 14/03/05 4.900
Al ítem 14/04/04 12.000
TOTAL Eº 800.000
"Artículo 57.- Declárase bien invertida por la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, la cantidad de Eº 23.503.90 imputables al ítem 05/07/12 mantención y reparaciones, del decreto de Interior Nº 1.656, de 28 de septiembre de 1965.".
"Artículo 58.- Destínase a la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, una subvención de cinco mil escudos.".
Seguidamente, ha sustituido el epígrafe del Párrafo 5º que dice: "Otras disposiciones relativas a este Título, por el siguien-
te: "Normas sobre plantas y remuneraciones del sector público y sobre Municipalidades".
Artículo 30
Ha pasado a ser 5º, sin enmiendas.
Artículo 31
Pasó a ser artículo 49, sin enmiendas, según se señaló anteriormente.
A continuación, como artículo 60, ha aprobado el inciso primero del artículo 13 de esa H. Cámara, según se señaló anteriormente, sustituido por los siguientes:
"Artículo 60.- Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 46 de la ley Nº 8.282, 74 del D. F.L. Nº 256, de 1953, y 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960, se declara que los funcionarios en actividad a la fecha de la presente ley de los Servicios Fiscales, regidos por el D.F.L. Nº 40, de 23 de noviembre de 1959 y sus modificaciones posteriores, que hubieren ascendido o asciendan o hubieren sido nombrados para un cargo de la exclusiva confianza del Presidente de la República cuando gozaban de algunos de los beneficios indicados en los artículos citados, no han perdido por el ascenso o nombramiento el derecho al sueldo del grado superior, con las limitaciones establecidas en las disposiciones referidas.
Lo dispuesto en el inciso anterior no tendrá aplicación respecto de los funcionarios que dentro de los tres años siguientes a la fecha en que hubieren sido ascendidos, obtuvieron un nuevo ascenso.
Sin embargo, se declara que los funcionarios regidos por el decreto supremo de Hacienda Nº 2, de 15 de febrero de 1963, actualmente en actividad, que hubieran ascendido, sin estar gozando al momento del ascenso de los beneficios establecidos en las disposiciones mencionadas en el in-
ciso primero, no han perdido el tiempo acumulado al momento de cada ascenso y hasta el 1º de enero de 1963, los que se computarán para los fines de aplicar dichos beneficios.
Los beneficios que deriven de la aplicación del presente artículo se establecen con las siguientes limitaciones:
Los funcionarios que al 1º de enero de 1966 no se encontraban gozando del sueldo correspondiente a su grado o categoría superior, tendrán derecho a percibir solamente hasta dos diferencias, de aquellas que concede este artículo;
Los funcionarios que, a la misma fecha, se encontraban gozando del sueldo correspondiente al grado o categoría inmediatamente superior, tendrán derecho a percibir solamente hasta una diferencia;
Los funcionarios que en igual fecha se encontraban gozando del sueldo correspondiente a dos grados o categorías superiores, no tendrán derecho a los beneficios que establece el presente artículo:
La aplicación de este artículo no dará lugar al cobro de diferencia alguna por el período anterior al 1º de enero de 1966;
y
e) Este artículo se aplicará por una sola vez.".
Seguidamente, como artículo 61, ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 61.- Facúltase al Servicio de Seguro Social para efectuar las contrataciones del personal de Servicios Menores que estaba en funciones al 6 de abril de 1960, debiendo asimilarlos a los últimos grados del D.F.L. Nº 40, de 1959.".
A continuación, como artículo 62 ha aprobado el 147 de esa H. Cámara, con las siguientes enmiendas:
Ha sustituido "ley Nº 15.475", por "ley Nº 15.966, de 12 de diciembre de 1964." y
la conjunción "y" que sigue a "semifiscales" por una coma (,), y ha agregado la siguiente frase final: "y de las Municipalidades", suprimiendo el punto (.) que sigue a "autónoma".
Como artículo 63 ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 63.- El tiempo mínimo de feriado a que tendrá derecho el personal de enfermería, matronas y auxiliares de enfermería del Servicio Nacional de Salud será de 25 días hábiles.".
Seguidamente, como artículos 64 y 65, ha aprobado los artículos 122 y 123 de esa H. Cámara, respectivamente, sin enmiendas.
A continuación, como artículo 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77 y 78; respectivamente, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 66.- Condónase lo percibido por el personal de Servicios Menores del Servicio de Seguro Social, por aplicación del artículo 20 de la ley Nº 7.295, entre el 6 de abril de 1960 y el mes de junio de 1964. Esta condonación, en ningún caso, obligará al Servicio a devolver suma alguna por los descuentos que se hayan hecho hasta la fecha de la publicación de la presente ley.".
"Artículo 67.- Condónase al personal administrativo y de servicios menores de la Empresa Marítima del Estado, los valores que adeudaría por concepto de la errónea aplicación de los artículos 18 y 19 de la ley Nº 7.295, a contar del 1º de enero de 1962 y leyes 15.575 y 16.250.
Aclárase que la forma en que la Empresa Marítima del Estado ha cancelado los sueldos del personal administrativo y de
servicios menores desde 1962 al 3 de junio de 1965 está correctamente aplicada.".
"Artículo 68.- Condónase el préstamo de Eº 100, otorgado al personal de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado en septiembre de 1965. El gasto que demande esta condonación será de cargo fiscal.".
"Artículo 69.- Se declara que el personal de la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas no estará afecto a los descuentos establecidos en el artículo 144 del Estatuto Administrativo, por el tiempo no trabajado hasta el 31 de diciembre de 1965.".
"Artículo 70.- Condónase el saldo del préstamo de Eº 200 que los obreros y empleados de la Oficina Salitrera Victoria percibieron como compensación por los días de huelga del año 1965.
El saldo materia de la condonación será el que corresponda pagar a estos trabajadores en el año 1966.".
"Artículo 71.- Autorízase a las Municipalidades para condonar los anticipos que a cuenta de futuros aumentos de remuneraciones hubieren concedido a sus personales de obreros y empleados con motivo de Fiestas Patrias y Navidad de 1965.".
"Artículo 72.- Condónase al personal de empleados y obreros de las Municipalidades del país los pagos que hubieren sido reparados por la Contraloría General de la República correspondientes al año 1965, con motivo de las observaciones que hubiere formulado por reajustes de sueldos, asignaciones familiares, sobresueldos y gratificaciones o por mala interpretación o aplicación legal para estos mismos efectos.
Libérase, asimismo, de toda responsabilidad a los Alcaldes, Regidores y funcionarios municipales que hubieren intervenido en el acuerdo o en su ejecución posterior.".
"Artículo 73.- Hácese extensivo a los Alcaldes y Secretarios de Alcaldía lo dispuesto en el artículo 10 de la ley Nº 16.433 y se declara que hasta la fecha en él indicada quedarán sin efecto los reparos, aunque éstos no hubieren sido todavía formulados por la Contraloría General de la República.".
"Artículo 74.- Intercálase al artículo 14 de la ley Nº 11.469, a continuación de la expresión "Administrador del Teatro Municipal", lo siguiente: "Estadio, Ferias y Mercados, el Director de Parques y Jardines, Bellas Artes,".".
"Artículo 75.- Agrégase al artículo 100 de la ley 11.860, lo siguiente: "y deberán figurar en la planta Municipal respectiva en el grado 1º, a lo menos, de la escala contemplada en el artículo 27 de la ley 11.469.".".
Artículo 76.- Las Municipalidades en las que algunos de los funcionarios señalados en el artículo 99 de la ley 11.860, no tuvieren el grado que se establece para ellos en esta ley, deberán efectuar inmediatamente que ésta entre en vigencia, el ajuste de los grados del funcionario correspondiente, al grado mínimo establecido por esta ley.
Para estos efectos, no regirán las limitaciones señaladas en los artículos 30, 32 y 35 de la ley 11.469, quedando facultadas las Municipalidades para modificar los presupuestos, a fin de consultar los nuevos egresos que sean consecuencia de la modificación establecida en esta ley.".
"Artículo 11.- Sustituyese en el inciso cuarto del artículo 27 de la ley Nº 11.469 las frases "cada cinco años" y "cincuenta por ciento", por "cada tres años" y "sesenta por ciento", respectivamente.
Sustitúyese en el artículo 105 de la ley Nº 11.860, las frases "con cinco años" y "cada nuevos cinco años", por "cada tres años" en ambos casos, y el guarismo "50%" por "60%".
Agrégase como inciso segundo de este mismo artículo, lo siguiente: "Los aumentos antes señalados serán considerados sueldos bases para todos los efectos legales.".".
"Artículo 78.- Los empleados de la Municipalidad de Santiago que desempeñan funciones para las cuales se requiere estar en posesión de un título profesional o técnico, cuyos empleos deban ser atendidos durante toda la jornada diaria de trabajo, tendrán una remuneración que no podrá ser inferior a la que perciban en los mismos grados los profesionales de la Dirección de Pavimentación de Santiago dependiente de la misma Municipalidad, incluido el 30% de asignación de estímulo que a esos funcionarios beneficia.
La diferencia de remuneraciones que resulte de aplicar esta disposición, se cancelará aumentando el sueldo base en la proporción que permita dar cumplimiento a lo establecido en el inciso anterior.".
A continuación, como artículo 79 ha aprobado el 124 de esa H. Cámara, sustituyendo las palabras "diciembre de" por "el año".
Seguidamente, como artículo 80 y 81, respectivamente, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 80.- Declárase válido, para todos los efectos legales, el acuerdo de la Municipalidad de Providencia adoptado con fecha 7 de agosto de 1962, ratificado por la Asamblea Provincial subrogante por Decreto Nº 190, de 8 de noviembre del mismo año, en virtud del cual se otorgó a los empleados de dicha Municipalidad un aumento del 20% de sus sueldos.".
"Artículo 81.- Autorízase a los Tesoreros Municipales y/o a los habilitados para efectuar mensualmente en las planillas de pago de los empleados y obreros municipales los descuentos correspondientes a las cuotas de la Asociación Nacional de Empleados Municipales y de la Unión de Obreros Municipales de Chile, cuyo producto deberá entregarse a estas instituciones dentro del plazo de ocho días de la fecha del descuento.".
Como artículo 82, ha aprobado el 148 de esa H. Cámara, con las siguientes enmiendas :
En su encabezamiento ha intercalado, entre "y de Comedores" y "de la Cámara de Diputados", lo siguiente: "del Senado y".
Entre el encabezamiento y el epígrafe "Escalafón del Servicio", ha intercalado lo que sigue:
"SENADO
Escalafón de Servicio
3 Oficiales de Sala 2ºs.
3 Oficiales de Sala 3ºs.
2 Guardianes 1ºs.
2 Guardianes 2ºs.
Escalafón de Comedores
2 Mozos 1ºs.
2 Mozos 2ºs.
Mozos 3ºs.
Coperos
CAMARA DE DIPUTADOS".
A continuación, como artículos 83, 84, 85 y 86, respectivamente, ha aprobado los siguientes artículos nuevos:
"Artículo 83.- Intercálase en el artículo 6º de la ley Nº 13.609, entre las palabras "Sala" y la forma verbal "será", la expresión "Jefe de la Redacción, Jefe de la Oficina de Informaciones y Secretarios de Comisiones".".
"Artículo 84.- Agrégase en el artículo 20, inciso segundo, de la ley Nº 14.453, después de los términos "Administración Pública" las palabras "al Congreso Nacional" .
Para todos los efectos legales se entenderá como definición técnica de "Bibliotecario" la establecida por las convenciones internacionales, especialmente la de la Organización Internacional del Trabajo en su "Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones".".
"Artículo 85.- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. Nº 247, de 30 de marzo de 1960 :
a) Reemplazar el artículo 30 por el siguiente :
"Artículo 30.- El funcionario del Banco que designe el Directorio desempeñará las funciones de Secretario del Directorio y del Comité Ejecutivo y actuará como Ministro de Fe para atestiguar la veracidad de las actuaciones y de los documentos del Banco.
En caso de ausencia, vacancia o imposibilidad para ejercer el cargo será subrogado por el funcionario que corresponda, según el orden que al efecto señale el Directorio."
b) Reemplazar la letra c) del artículo
37, por lo siguiente:
"El Gerente General por el funcionario del Banco que le corresponda subrogarlo según el orden que al efecto señale el Directorio con el voto conforme de siete Directores, a lo menos.".
c) Se deroga el artículo 6º transitorio de la ley Nº 16.433.".
"Artículo 86.- El Superintendente de Bancos, al ejercitar las facultades a que se remite el actual artículo 155 del D.F.L. Nº 251, de 1931, lo hará en las mismas condiciones que esa disposición establece para el Superintendente de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio.".
Seguidamente, como artículo 87, ha aprobado el 132 de esa Honorable Cámara, con las siguientes modificaciones:
Su inciso primero ha sido sustituido por el siguiente:
"Artículo 87.- Modifícase a contar del 1º de julio de 1966, la gratificación de zona fijada en el artículo 5º de la ley Nº 16.406 en la siguiente forma:
En el rubro "Provincia de Valdivia" agrégase la siguiente frase: "El personal que preste sus servicios en los Departamentos de La Unión y Río Bueno, tendrá el 10%".
En el rubro "Provincia de Osorno" agregar el guarismo "10%".
Reemplázanse en la provincia de Chiloé los guarismos "20%", "60%" y
a) "100%" por "30%", "70%" y "110%", respectivamente.
Provincia de Llanquihue se crea con 10%.
Provincia de Aisén, aumenta a 70%.".
Como inciso final, nuevo, ha aprobado el siguiente:
"En el mismo artículo, pero con vigencia desde el 1° de enero de 1966, reemplázase en la provincia de Magallanes el nombre "Tamana" por "Yamana", en el conjunto de lugares con gratificación de 100%.".
Artículo 32
Ha pasado a ser 88.
En su inciso segundo ha sustituido "la 6ª categoría" por "el grado 5º".
Su inciso final ha sido reemplazado por el siguiente:
"Desde la vigencia de la presente ley, los Alcaldes de las diversas comunas del país, con excepción de los rentados que designe el Presidente de la República, disfrutarán de la siguiente asignación mensual:
Alcaldes de comunas cabeceras
de provincia Eº 450
Alcaldes de comunas cabeceras de departamento 404
Alcaldes del resto de las comunas del país 325".
Artículo 33
Ha pasado a ser 89.
Su inciso penúltimo ha sido rechazado.
Como artículo 90 ha aprobado el siguiente:
"Artículo 90.- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. Nº 218, de 1960:
a) Suprímense los siguientes cargos
contemplados en la Planta Directiva, Profesional y Técnica:
Asesor Coordinador (1) . . 2ª Categoría
Vista de Aduana 3ª CategoríaIngeniero Comercial o Civil 4ª Categoría
Elimínase el vocablo "Bibliotecario", contemplado en la 5ª Categoría Administrativa y la frase "Taquígrafo-Dactilógrafo", de la 6ª Categoría de la misma Planta.
Derógase la disposición contenida en el artículo 22 de la ley Nº 15.364, y sustitúyese el inciso primero del artículo 5º del D.F.L. Nº 218, de 1960, por el siguiente:
"Declárase Directivo el cargo de jefe del Departamento Financiero;.
d) Créanse los siguientes cargos:
2 cargos de 5ª Categoría en la Planta Adminisrativa, y
2 cargos de 6ª Categoría en la Planta Administrativa.
e) Las promociones que se originen con estas modificaciones, no se considerarán ascensos y, en consecuencia, no les afectará lo dispuesto en el artículo 64 del
D.F.L. Nº 338, de 1960, ni les hará perder el derecho que se establece en los artículos 59 y 60 de dicho texto legal".
Seguidamente, como artículo 91, ha aprobado el 127 de esa Honorable Cámara, sustituyendo en su inciso segundo la frase "ejerza en Carabineros de Chile" por "desempeñe".
Artículos 34 y 35
Han pasado a ser 92 y 93, respectivamente, sin enmiendas.
Como artículo 94 ha aprobado el 129 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
A continuación, como artículos 95, 96 y 97, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente.
"Artículo 95.- Facúltase al Presidente de la República para modificar el D.S. Nº 2, publicado en el Diario Oficial de 16 de mayo de 1963, en la forma que sigue:
1.- Para agregar en el artículo 4º, a continuación de los términos Punta Arenas, reemplazando el punto (.), por un punto y coma (;) y separadamente lo siguiente :
"Décimaquinta, con sede en la ciudad de Santiago".
2.- Para reemplazar en el artículo 52, que fija la planta del Servicio, los siguientes números en 3ª Categoría, Administradores de Zona (14) por (15) y el total 68 por 69; en 4ª Categoría, Jefes de Fiscalización Zonal (14) por (15), Subadministradores de Zona (14) por (15), el total 108 por 110 y el total general de la Planta Directiva, Profesional y Técnica 2087 por 2090".
"Artículo 96.- Modifícase como sigue el decreto supremo de Hacienda Nº 2, de 15 de febrero de 1963, Estatuto Orgánico del Servicio de Impuestos Internos:
1) Reemplázanse las letras "f", "k" y
"1" del artículo 32, por las siguientes:
"f) Químico: título de Licenciado en Química, Químico Industrial, Químico Farmacéutico o IngenieroQuímico".
"k) Licencia Secundaria o Licencia de Estudios Comerciales".
"1) Personal de Máquinas de Contabilidad y Estadística: Licencia Secundaria o Licencia de Estudios Comerciales y haber sido aprobado en un curso de Programación, Operación o Perforación de Contabilidad mecanizada.
Estos requisitos no serán exigibles al personal actualmente en funciones".
Reemplázase en el artículo 37 la palabra "Enólogo" por "Químico Enólogo", y en el artículo 52, en la 4ª Categoría de la Planta Directiva, Profesional y Técnica, el cargo de "Enólogo" por "Químico Enólogo".
Suprímese en el artículo 46, la expresión "al 18 de diciembre de 1962".".
"Artículo 97.- Los profesionales indicados en el artículo 34, letra b), del decreto supremo Nº 2, de 15 de febrero de 1963, con un mínimo de quince años de servicios, podrán inscribirse en el Registro contemplado en el artículo 134 del decreto Nº 3.355, de 13 de octubre de 1943, creado por el decreto Nº 4.884, de 30 de mayo de 1953".
Artículo 36
Ha pasado a ser 98.
Ha agregado, en punto seguido, la siguiente frase final: "Para aplicar la disposición del inciso primero, deberá previamente llamarse a concurso mediante publicación en el Diario Oficial".".
Artículos 37 y 38
Han pasado a ser 42 y 43, respectivamente, según se indicó anteriormente, en los términos ya señalados.
Artículo 39
Ha pasado a ser 113, en los términos que se indicarán oportunamente.
A continuación, como artículos 99, 100 y 101, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 99.- Sustituyese en el artículo 2º del D.F.L. Nº 214, de 1960, la expresión "Secretario General Abogado" por "Secretario General".".
"Artículo 100.- Los funcionarios de la Administración Pública que debido a fusión de Servicios, o por reestructuración de ellos, hayan pasado a contratados, después de haber servido en la planta permanente de los mismos Servicios por espacio de quince años o más y que después de haber trabajado ininterrumpidamente como contratados hayan pasado
nuevamente a la planta permanente de la misma repartición, tendrán derecho a que se les considere, para todos los efectos legales, como si el tiempo servido hubiere sido en la planta permanente".
"Artículo 101.- Agrégase al artículo 20 del D.F.L. Nº 338, de 1960, la siguiente letra c) :
"c) No obstante, las vacantes que se produzcan en las escalas de categorías, desde la 4ª Categoría inclusive, de la Planta Directiva, Profesional y Técnica y en las categorías de la Planta Administrativa, serán proveídas por ascenso de los funcionarios y por estricto orden de escalafón, igualmente tratándose de promociones desde la Planta Administrativa a la Planta Directiva, con la sola excepción de los cargos de especialidad profesional o técnica y sólo en caso de que no existan en la repartición funcionarios en posesión de los requisitos".
Como artículo 102, ha aprobado el 15 de esa Honorable Cámara, consultando el siguiente inciso segundo, nuevo:
"Asimismo, tendrán preferencia para ocupar empleos vacantes en el último grado de las Plantas de Servicios Menores de la Administración Civil del Estado, los obreros a jornal del respectivo Servicio".
En seguida, como artículos 103, 104, 105, 106, 107 y 108, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 103.- Los funcionarios del Servicio de Prisiones que hubieren tenido derecho al ascenso entre el 4 de julio de 1965 y la dictación del artículo 11 de la ley N 16.432, de 23 de febrero de 1966, podrán ser promovidos sin la exigencia del curso de perfeccionamiento establecido en el artículo 8? de la ley Nº 14.867, de 1962.
Este artículo regirá para el solo efecto de llenar las vacantes producidas entre las fechas señaladas en el inciso precedente".
"Artículo 104.- Autorízase al Consejo de la Línea Aérea Nacional para ratificar, por mayoría de los dos tercios de los Consejeros en ejercicio, como legal, el régimen estable de compensación económica, por trabajos en jornada nocturna y la gratificación que concedió a su personal de empleados y obreros, en sesión de fecha 17 de noviembre de 1965. Dicha ratificación autorizaría el pago de los beneficios aludidos con efecto retroactivo al 4 de noviembre de 1965".
"Artículo 105.- Declárase, para todos los efectos legales, que el personal designado en las plantas de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, fijadas por decreto Nº 9.138, de 1964, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y que con anterioridad a esa designación prestaba servicios en calidad de contratado por cuenta de los promitentes compradores de las propiedades ofrecidas en venta por dicha institución, tiene derecho a percibir por planilla suplementaria, a contar del 20 de enero de 1964, la diferencia de remuneración producida por su encasillamiento en los términos establecidos por el inciso tercero del artículo 2º transitorio de la ley Nº 15.474|;.
"Artículo 106.- La Empresa de Transportes Colectivos del Estado otorgará, a título gratuito, pases libres para viajar en sus servicios de locomoción colectiva urbana e interurbana al personal de las plantas de Servicios Menores contratado para el cumplimiento de funciones como mensajeros o estafetas".
"Artículo 107.- Aplícase al personal de operadores de grúas, de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, las disposiciones de las leyes Nºs 12.953 y 15.276, a contar del 12 de diciembre de 1964".
"Artículo 108.- Los obreros de los Ministerios de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo y de sus servicios dependientes, que desempeñan cargos directivos en las Federaciones o Asociaciones nacionales o provinciales de ese personal, podrán recibir el salario completo
correspondiente a las jornadas de trabajo, aunque se ausenten de sus funciones para atender asuntos de su representación gremial".
Artículo 40 Ha pasado a ser 109, sin enmiendas.
En seguida, ha aprobado como artículos 110, 111 y 112, los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 110.- Se declara que las sumas percibidas por concepto de horas extraordinarias durante el año 1965 por los funcionarios a que se refiere el decreto supremo de Hacienda Nº 2, de 15 de febrero de 1963, el D.F.L. Nº 106 y el D.F.L. Nº 218, ambos de 1960, no serán computadas para los efectos de lo establecido en los artículos 36 a 46 de la ley Nº 8.419, sustituida por al artículo 5º de la ley Nº 15.564.
"Artículo 111.- Reemplázase el artículo 30 del Decreto Supremo Nº 2, de 15 de febrero de 1963, Estatuto Orgánico del Servicio de Impuestos Internos, por el siguiente:
"Artículo 30.- Los Oficiales desempeñarán funciones administrativas, en atención de contribuyentes y labores fiscaliza-doras en general, cuando la Dirección del Servicio así lo determine".".
"Artículo 112.- Reemplázase el artículo 29 del decreto supremo Nº 4, de 25 de julio de 1963, modificado por el artículo 68 de la ley Nº 15.575, de 15 de mayo de 1964, por el siguiente:
"Artículo 29.- Para los efectos de la ubicación de los funcionarios de la misma categoría o grado, en el escalafón de méritos, se determinará la ubicación preferente de un empleado considerando los factores que a continuación se expresan, entendiéndose que, cuando existe igualdad en alguno o algunos de ellos, se deci- dirá por el siguiente orden de prelación:
a)Puntaje de la calificación;
b)Antigüedad en el respectivo escalafón ;
c)Antigüedad en el Servicio;
d) Antigüedad en la Administración Pública;
e) Decisión del Jefe Superior del Servicio".
Seguidamente ha intercalado el siguiente epígrafe:
"TITULO II
Normas sobre previsión".
Como artículo 113, ha aprobado el 39 de esa Honorable Cámara, según se indicó anteriormente, sin enmiendas.
Como artículo 114, ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 114.- Agrégase, en el inciso primero del artículo 44 de la ley Nº 8.569, sustituyendo el punto final por una coma, la siguiente frase final: "o que se encuentran incapacitados física o mentalmente, mientras dure la incapacidad, y sin limitación alguna de edad".
Artículo 41 Ha pasado a ser 115, sin enmiendas.
Como artículos 116 y 117, respectivamente, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 116.- Suprímese el inciso tercero del artículo 32 de la ley 10.662, mo-
dificada por la ley 14.910 y refundida por la ley 16.259, de 11 de junio de 1965". "Artículo 117.- Los imponentes a que se refiere el artículo 33 de la ley 10.662, que hubieren obtenido pensión de vejez o invalidez, tendrán derecho a percibir, a contar desde la fecha de promulgación de la presente ley, el total de los beneficios si la concurrencia del Servicio de Seguro Social no alcanzare para completarlo".
Artículo 42
Ha pasado a ser 118.
A continuación de "asegurados y" ha agregado las palabras "el de las", y después de "letras a) y b", lo siguiente: "del artículo 35|.
Como artículo 119 y 120, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 119.- Modifícase el artículo 19 de la ley Nº 6.037, orgánica de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, modificada por las leyes Nºs 7.759 y 11.859, en la forma siguiente:
1.- Sustituyese en el inciso primero la expresión "tres años" por "doce meses";
2.- Sustituyese en el inciso segundo la expresión "cuatro "años" por "veinticuatro meses";
3.- Sustituyese en el inciso tercero la cifra "36" por "12";
4.- Sustitúyense los incisos cuarto y quinto por los siguientes:
"Sin embargo, después que el imponente cumpla 28 años de servicios computa-bles para su jubilación los sueldos sobre los cuales se continuarán efectuando los aportes a que se refieren las letras a), b) y d) del artículo 4°, no podrán tener crecimientos ni decrecimientos anuales, para estos efectos, superiores al porcentaje en que se aumente el sueldo vital escala a)
para los empleados particulares del departamento de Santiago. En los casos de reajustes de remuneraciones que se deriven de convenios colectivos, fallos arbitrales o actas de avenimiento que pongan fin a un conflicto colectivo, el porcentaje máximo de crecimiento o decrecimiento anual corresponderá al porcentaje de aumento que se fije en cada uno de estos casos.
Igualmente, si un imponente fuere declarado inválido o se acogiere a jubilación por edad, la Caja considerará, como máximo, el mismo crecimiento o decrecimiento anual señalado en el inciso anterior de los sueldos sobre los cuales se hubiere cotizado durante los últimos veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la fecha de declaración de invalidez o fecha desde la cual rija la jubilación por edad", y
5.- Sustituyese en el inciso final la cifra "6" por "8".".
"Artículo 120.- El monto de las pensiones de jubilación de los imponentes a que se refiere el artículo 33 de la ley 10.662, será igual a tantos treinta avos de salario base mensual, establecido en el artículo 6º de la ley 10.662, modificada por la ley .11.772, como años de servicios reconocidos tenga el beneficiario".
Artículo 43 Ha pasado a ser 121, sin enmiendas.
Artículo 44 Ha sido rechazado.
Como artículos 122 123 y 124 ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 122.- Introdúcese el siguiente artículo a la Ley Orgánica de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nº 6.037, de 5 de marzo de 1937:
"Artículo 26 bis.- Los Oficiales de Máquinas de la Marina Mercante Nacional, calificados como tales por la autoridad marítima, tendrán derecho, para los efectos del cómputo y cálculo del beneficio de la jubilación, a un abono de un año por cada cinco de servicios efectivos prestados en la Marina Mercante Nacional.
Este abono se financiará con una imposición adicional de un 1% sobre las remuneraciones imponibles de cargo del imponente y que podrá ser aumentada por el Consejo de la Caja, hasta un 2%, si las necesidades del financiamiento lo requieren y previo informe favorable de la Superintendencia de Seguridad Social".".
"Artículo 123.- Establécese, a contar desde la fecha de la vigencia de esta ley, en favor de los imponentes de la Sección Tripulantes de Naves y Operarios Marítimos de la Caja de la Marina Mercante Nacional, el derecho a jubilar por antigüedad. Para obtener jubilación por la causal mencionada, los imponentes deberán acreditar a lo menos treinta años de servicios reconocidos".
"Artículo 124.- Los actuales imponentes que perciban pensión de retiro de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, y que a la fecha de la presente ley tengan el carácter de imponentes activos de las Secciones de Oficiales, Empleados y Tripulantes de Naves y Operarios Marítimos de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, podrán renunciar a la pensión de retiro u otros derechos de que disfruten en ese Instituto y sumar el tiempo de imposiciones de aquella Caja, con el fin de acogerse a los beneficios que otorgan las leyes Nºs 6.037, 7.759, 10.662 y 10.772, y demás que las modifiquen o complementen.
La renuncia, empero, no importará para el imponente, gravamen de ninguna naturaleza y el derecho para acogerse a los beneficios de las leyes citadas precedentemente, deberá impetrarse en el
término de tres meses, a contar desde la fecha de promulgación de la presente ley".
Artículo 45
Ha pasado a ser 125.
Entre la forma verbal "tenían", y las palabras "como mínimo", ha intercalado el pronombre "aquéllas", seguido de una coma (,).
Artículos 46, 47 y 48
Han sido rechazados.
Seguidamente, como artículo 126 y 127, ha aprobado los siguientes, nuevos:
"Artículo 126.- Declárase, interpretando el inciso segundo del artículo 25 de la ley Nº 15.386, que la exención de imposiciones en él contemplada se refiere, exclusivamente, a aquéllas destinadas al financiamiento de pensiones, debiendo efectuarse el resto en conformidad a las reglas generales vigentes".
"Artículo 127.- Una vez aplicadas las disposiciones de la ley Nº 15.386, las pensiones de jubilación y las de montepío en la proporción correspondiente, que paga la Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República, no podrán ser inferiores al 75% del sueldo íntegro imponible de que goza actualmente o goce en el futuro el titular del empleo, igual o similar al que desempeñaba el pensionado al momento de obtener el beneficio de jubilación.
Si el cargo no existiere al momento del reajuste, la respectiva Municipalidad o la Caja, con acuerdo de su Consejo, según el caso, determinarán el grado o empleo equivalente que servirá de base para aplicar dicho reajuste".
Como artículo 128 ha aprobado el 118 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
En seguida, como artículos 129, 130, 131 y 132 ha aprobado los artículos 136, 137, 138 y 139 de esa Honorable Cámara, respectivamente, sin enmiendas.
Como artículo 113 ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 133.- La Caja de Empleados Públicos y Periodistas dará facilidades para el pago de las deudas que por concepto de reintegros o íntegros y deudas por imposiciones hayan contraído los Regidores y ex Regidores al acogerse a los beneficios que las leyes previsionales les otorgaron y cuyo plazo no podrá ser inferior a 60 mensualidades".
Como artículos 134, 135 y 136, ha aprobado los artículos 142, 144 y 145 de esa Honorable Cámara, respectivamente, sin enmiendas.
A continuación, como artículo 137, nuevo, ha aprobado el siguiente:
"Artículo 137.- Reemplázase en el artículo 5º de la ley Nº 16.274 la expresión "4% anual" por 16% anual".
Como artículo 138 ha aprobado el 149 de la esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
Seguidamente, como artículos 139 a 145, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 139.- Aplícase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 13.305, en el sentido de que el monto del anticipo no podrá ser inferior al 50% de la última
remuneración imponible y siempre que no sobrepase al total de las imposiciones".
''Artículo 140.- Declárase que el artículo 31 de la ley 10.475, fue derogado por el artículo 4º de la ley 10.986".
"Artículo 141.- Agrégase a la letra d) del artículo 33 de la ley Nº 10.475, suprimiendo el punto final, lo siguiente: "o de hasta un mes de pensión a los jubilados y pensionados de viudez".
Un decreto reglamentario fijará los requisitos, normas y garantías de la total devolución del beneficio señalado en el inciso anterior, y la Caja de Previsión de Empleados Particulares, previo conocimiento de la Superintendencia de Seguridad Social, determinará la modificación o ítem del Presupuesto de la Caja, con cargo al cual se financiará este beneficio".
"Artículo 142.- Agrégase, a continuación del inciso primero del artículo 10 del D.S. Nº 2.626, del Ministerio de Hacienda, de 2 de noviembre de 1965, lo siguiente, sustituyendo el punto aparte por punto seguido:
"No se considerarán beneficiarios de la ley, para estos efectos, las participaciones de los empleados y sus respectivas Cajas de Previsión".".
"Artículo 143.- Sustituyese en el artículo 7?, Nº 8, de la ley Nº 11.219, la frase "cada cinco años" por "cada dos años", y suprímese en el artículo 26 de esta misma ley, las frases "con más de tres años".
"Artículo 144.- Las imposiciones que no se enteren en las Cajas de Previsión en la oportunidad que las respectivas leyes señalan, devengarán un interés penal del 3% mensual por cada mes o fracción de mes de atraso, sin perjuicio de las demás sanciones que las referidas leyes señalen.
Deróganse todas las disposiciones legales que sean contrarias a lo dispuesto en el presente artículo.
Este artículo regirá 90 días después de la publicación de esta ley en el Diario Oficial".
"Artículo 145.- Los empleados que el 19 de febrero de 1966, pertenecían al personal de la Fábrica de Abonos Fosfatados "Pelícano", de la Compañía Salitrera Tarapacá y Antofagasta, en la provincia de Coquimbo, y que a la fecha de la publicación de la presente ley tuvieren más de 50 años de edad, podrán acogerse a los beneficio de la jubilación, siempre que cuenten con más de 20 años de imposiciones en instituciones de previsión.
Los obreros que a la misma fecha pertenecían al personal de dicha Fábrica, y que a la fecha de la publicación de la presente ley tuvieran más de 50 años de edad, podrán acogerse a los beneficios de la vejez, siempre que cuenten con más de 1.400 semanas de imposiciones en el Servicio de Seguro Social.
El financiamiento necesario para cumplir con la disposición precedente se hará con cargo el ítem 13/01/1/27.1 del Presupuesto Ordinario del Ministerio de Agricultura, contemplado en la Ley de Presupuestos".
Como artículo 146, ha aprobado el artículo transitorio de esa Honorable Cámara, con las siguientes enmiendas:
En su inciso primero, ha reemplazado la expresión "actualmente" por "o hayan desempeñado".
Como inciso final, nuevo, ha agregado el siguiente:
"Estas mismas personas podrán, además, acogerse a las franquicias contenidas en el presente artículo, para integrar a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas el monto de las imposiciones que no hubieren efectuado por servicios prestados, con anterioridad al desempeño del cargo de Ministro de Estado, en la Administración Pública, Poder Judicial, Congreso Nacional, Instituciones Semifiscales, Empresas y Organismos Autónomos y Municipalidades".
Seguidamente, como artículos 147, 148 y 149 ha' aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 147.- Reemplázase el inciso segundo del artículo 16 del D.F.L. 169, de 1960, por el siguiente: "La remuneración a que se refiere este artículo tendrá el carácter de sueldo imponible, para los efectos previsionales".
"Artículo 148.- Auméntase en 1% la comisión que se descuenta sobre el monto de las apuestas en los distintos hipódromos del país, a beneficio de las Cajas de Previsión de Empleados Hípicos, de los Departamentos de Bienestar de empleados, de los empleados y de los cuidadores de caballos.
Este porcentaje se distribuirá en la siguiente forma:
Un 0,65% que se entregará a las respectivas Cajas de Previsión de Empleados, para la creación de un fondo que tendrá por objeto bonificar mensualmente las pensiones de jubilación y montepíos, considerando solamente los años de servicios efectivamente trabajados en los hipódromos, el que se regirá por un reglamento que elaborarán en un plazo de 60 días los respectivos Consejos de las Cajas;
Un 0,20% que cada uno de los hipódromos distribuirá entre sus empleados por reunión en la forma que convenga con este personal;
Un 0,05% que se destinará a crear y desarrollar los Departamentos de Bienestar de los empleados por reunión de los hipódromos, y que serán administrados por las Directivas de los Sindicatos de Empleados de los respectivos hipódromos. Estos fondos serán administrados por el Directorio del Sindicato con mayor número de socios y de más antigua formación;
Agrégase un 0,10% que establece el artículo 3º en su número 3, letra e), del D.S. Nº 2.626 del Ministerio de Hacienda, de 2 de noviembre de 1965, que se destina al pago de las asignaciones o bonifi-
a) caciones a favor de los cuidadores de caballos".
"Artículo 149.- El personal dependiente del Ministerio de Educación Pública, que se acoja a jubilación con más de treinta años de servicios, tendrá derecho a que se le compute la bonificación concedida por el artículo 19 de la ley 15.386, sobre Revalorización de Pensiones".
A continuación ha consultado el Título II "Reajuste Sector Privado" como Título III, sin enmiendas en su epígrafe.
Artículo 49
Ha pasado a ser 150, sustituido por el siguiente:
"Artículo 150.- A contar desde el 1º de enero de 1966 los sueldos y salarios imponibles mensuales, que se paguen en dinero efectivo, vigentes al 31 de diciembre de 1965 del sector privado, se reajustarán en un 40%. Este reajuste se aplicará también a los sueldos y salarios y otras remuneraciones fijadas en convenios, avenimientos o fallos arbitrales desde el 1º de enero de 1966.
Se aplicará el mismo porcentaje para los efectos del reajuste a que se refiere el artículo 40, letra d), de la ley Nº 15.386.
A contar del 1º de enero de 1966, las pensiones y los sueldos imponibles de los periodistas al 31 de diciembre de 1965 serán reajustados en los mismos porcentajes que esta ley señala para el sector privado, sin perjuicio de la aplicación de la ley 14.837 que fija sueldos mínimos para los periodistas en las diversas escalas y clases a contar del 1º de enero de 1966, según acuerdo de la Comisión Central Mixta de Sueldos.".
Como artículo 151, ha aprobado el siguiente, nuevo
"Artículo 151.- Restablécese, a contar desde el 1º de enero de 1966, las disposi-
ciones de la ley Nº 7.295, de 22 de octubre de 1942, que se refieren al cálculo de los reajustes automáticos de sueldos para el sector privado, derogándose los artículos 1º y 2? de la ley Nº 13.305, de 6 de abril de 1959, y los que sobre esta misma materia se contienen en la ley Nº 12.006, de 23 de enero de 1956.
A contar desde el 1º de enero de 1967, el cálculo del porcentaje de alza del índice de precios al consumidor deberá establecerse, para los efectos del reajuste de sueldos del sector privado, mediante encuestas que se harán con participación de un representante designado por la Confederación de Empleados Particulares de Chile, de un funcionario del Ministerio del Trabajo y de otro designado por la Comisión Central Mixta de Sueldos.
Desde la vigencia de esta ley, los sueldos vitales del sector privado no tendrán ningún alcance para los sueldos mínimos o vitales de la Administración Pública".
Artículo 50 Ha pasado a ser 152, sin enmiendas.
Artículo 51
Ha pasado a ser 153.
En su inciso primero ha sustituido "incluida" por "indicada", y la referencia al artículo ;49" por otra al artículo 150".
Artículo 52
Ha pasado a ser 154, sin enmiendas.
Como artículo 155, ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 155.- Sin perjuicio de las leyes vigentes sobre la materia, concédese inamovilidad por el período de un año a contar del 31 de diciembre de 1965, a los empleados de los servicios de Notarías,
Conservadores de Bienes Raíces, Comercio y Minas y Archivos Judiciales del país que se encontraban en funciones a esa fecha.".
Artículo 53
Ha pasado a ser 156, sin enmiendas.
Artículo 54
Su inciso primero ha pasado a ser artículo 157, sin enmiendas.
Su inciso segundo pasó a ser artículo 158 en los términos que se señalarán en seguida.
Como artículo 158 ha aprobado el inciso segundo del artículo 54 de esa Honorable Cámara, según se indicó, reemplazando la palabra inicial "Aquellas" por "Artículo 158. Las remuneraciones".
Artículo 55
Ha pasado a ser 159.
Su inciso primero ha sido sustituido por el siguiente:
"Artículo 159.- Los salarios vigentes al 31 de diciembre de 1965 de los obreros agrícolas se reajustarán en un 40%".
Ha agregado el siguiente inciso final, nuevo:
"Los obreros agrícolas que en los días de lluvia se presenten a su trabajo percibirán su salario y regalías en las mismas condiciones que si se tratara de días normales".
Artículo 56
Ha pasado a ser 160, sustituyéndose "mayo" por "enero".
Artículo 57
Ha pasado a ser 161, sin enmiendas.
Artículo 58
Ha pasado a ser 162.
El guarismo "25,9%" ha sido reemplazado por "40%", y la coma (') que sigue por un punto (.).
Ha suprimido la frase final desde donde dice: "o en el porcentaje"...".
Artículo 59
Ha sido rechazado.
Artículo 60
Ha pasado a ser 163, sustituyéndose el guarismo "25,9%" por "40%".
Seguidamente, como artículos 164 y 165 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente.
"Artículo 164.- Para los efectos de la fijación anual de los salarios de los trabajadores de la construcción, créase una Comisión de Salario de la Construcción integrada por cuatro representantes de la Cámara Chilena de la Construcción, de los cuales tres actuarán en propiedad y uno como suplente, cuatro representantes de la Federación Industrial de la Edificación, la Madera y Materiales de Construcción (FIEMCO) que actuarán en las mismas condiciones que los anteriores, y un representante de la Dirección del Trabajo que la presidirá, sin tener este último derecho a voto.
La Comisión de Salario de la Construcción elaborará anualmente, basándose en encuestas directas, el Tarifado Nacional de la Construcción que tendrá validez legal para todos los efectos".
Artículo 165.- Para los efectos de la fijación anual de los sueldos y salarios de
los trabajadores de la pequeña y mediana minerías, créase una Comisión de Salario Minero integrada por tres representantes de los trabajadores designados por la Federación Nacional Minera, tres representantes de los patrones designados por la Sociedad Nacional de Minería y un representante de la Dirección del Trabajo que la presidirá, sin tener este último derecho a voto.
La Comisión de Salario Minero elaborará anualmente en base a encuestas directas el Sueldo Vital Minero para obreros y empleados.".
Artículo 61
Ha pasado a ser 166.
Como inciso segundo, nuevo, ha agregado el siguiente:
"La obligación prevista en este artículo será optativa para los Periodistas colegiados que a la fecha de la promulgación de la presente ley, desempeñen cargos o funciones de Relaciones Públicas en Organismos del Estado, Servicios autónomos, municipales o empresas privadas y que sean imponentes de otras Cajas de Previsión".
Artículo 62
Ha pasado a ser 157.
Ha sustituido la frase que dice: "sueldo base diario o el sueldo asignado al turno se reajustará en un 25,9%, por la siguiente: "reajuste se aplicará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 150 de la presente ley".
Artículo 63
Ha pasado a ser 168.
Ha reemplazado la frase "el Título II y se aplicarán a los sueldos y salarios bases" por "este Título".
A continuación, como artículo 169, 170 y 171 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 169.- Agrégase al final del inciso primero del artículo 18 de la ley 15.263, después de un punto seguido, la siguiente disposición: "Para la computación de los trienios se considerará, indistintamente la antigüedad por servicios, dentro de la educación fiscal o particular."."
"Artículo 170.- Sustituyese el inciso segundo del artículo 18 de la ley 15.263, por el siguiente: "Desde la misma fecha dejarán de aplicarse a los profesores a que se refiere este artículo, las disposiciones sobre reajuste de sueldos y trienios contenidas en la ley 10.518".
"Artículo 171.- Agrégase al artículo 156 de la ley Nº 11.256, sobre Alcoholes y Bebidas Alcohólicas, el siguiente inciso:
"No obstante lo dispuesto en los incisos precedentes y en aquellas ciudades en que el Supremo Gobierno aplique disposiciones sobre jornada continua de trabajo, los establecimientos clasificados en las letras F) e I) del artículo 130 no podrán expender bebidas alcohólicas entre las 16 y las 19 horas."."
A continuación ha consultado el Título III "Disposiciones comunes al reajuste del sector público y privado", como Título IV, y sustituyendo en su epígrafe las palabras "del sector público y privado" por lo siguiente: "de los sectores público y privado".
Artículo 64
Ha pasado a ser 172, sin enmiendas.
Artículo 65
Ha pasado a ser 173, sustituido por el siguiente:
"Artículo 173.- La primera diferencia de reajuste que establece la presente ley o que se obtenga mediante convenios, avenimientos o fallos arbitrales, no ingresará a las Cajas de Previsión y se pagará a los beneficiados".
Artículo 66
Ha pasado a ser 272 con las enmiendas que se indicarán en su oportunidad.
Artículo 67
Ha pasado a ser 174, sin enmiendas.
Como artículo 175, ha aprobado el sigílente, nuevo:
"Artículo 175.- La diferencia de reajuste desde enero a la fecha de la publicación de la presente ley, deberá pagarse a los beneficiarios de una sola vez y en un plazo no superior a treinta días.".
A continuación ha consultado el Título IV como Título V, sin otra enmienda.
Artículo 88
Ha pasado a ser 176, sustituido por el siguiente:
"Artículo 176.- Los precios de los artículos y servicios de primera necesidad o de uso o consumo habitual, no podrán ser alzados durante el año 1966 en más de un 13% sobre los vigentes al 31 de diciembre de 1965 y en ningún caso en más de un 35% sobre los vigentes al 31 de diciembre de 1964.
Decláranse de primera necesidad todos los artículos y servicios que sirvan de base a la determinación del índice de precios al consumidor".
A continuación, como artículo 177 ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 177.- Los productores y distribuidores mayoristas de los artículos señalados en la disposición anterior que, por cualquier procedimiento, se nieguen injustificadamente a mantener un ritmo normal de producción, matengan "stocks" ocultos o especulen en los precios, produciendo con esto deficiencias en el abastecimiento de la población, serán sancionados en la forma prevista en los artículos 5º, 6º y 25, letra d), del Decreto Nº 1.262, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 18 de noviembre de 1953.".
Artículo 69
Ha pasado a ser 178, sustituyendo, en su inciso primero, la palabra "precedente" por el guarismo "176".
Artículo 70
Ha pasado a ser 179, sin enmiendas.
Artículo 71
Ha pasado a ser 180.
Ha sustituido "Ministerio de Economía" por "Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.".
Artículo 72
Ha pasado a ser 181, sustituido por el siguiente:
"Artículo 181.- Los comerciantes mayoristas y minoristas no podrán aumentar los precios de los artículos de primera necesidad o de uso o consumo habitual, que cobraban al 31 de diciembre de 1965, o los fijados por la autoridad que estuvieren vigentes en esa fecha, sino después que fueren reajustados los precios básicos de los productos que expendan y en una proporción no superior al reajuste de dichos precios básicos.
En todo caso, los aumentos de precio
sólo entrarán en vigencia una vez que la Dirección de Industria y Comercio conozca las correspondientes listas de precios reajustados que los comerciantes referidos deberán presentar a dicho organismo. Si después de conocidas las listas de precios, la Dirección de Industria y Comercio comprobare que ellas contenían errores o falsedades, podrá modificarlas, sin perjuicio de aplicar al infractor las sanciones que correspondan".
Artículo 73
Ha pasado a ser 182, sin enmiendas.
Artículo 74
Ha pasado a ser 183, reemplazando el punto final por una coma y agregando lo siguiente: "Fomento y Reconstrucción, cuando se trate de aumentos de dichos precios o tarifas.".
Artículo 75
Ha pasado a ser 184, sustituido por el siguiente:
"Artículo 184.- La Dirección de Industria y Comercio podrá estudiar los costos y precios de todos los artículos y servicios, estén o no declarados de primera necesidad, exigir declaraciones juradas o cualquiera información relativa a ellos, y la presentación de libros de contabilidad u otros documentos mercantiles".
Artículo 76
Ha pasado a ser 185, sin enmiendas.
Artículo 77
Ha pasado a ser 186.
Como inciso segundo, ha intercalado el siguiente, nuevo:
"Estos sistemas deberán fijarse de acuerdo con la Dirección de Impuestos In-
ternos, a fin de que la contabilidad del contribuyente pueda servir para los fines tributarios, los de control de precios y los demás exigidos por las leyes".
Artículo 78
Ha pasado a ser 200, en los términos que se indicarán oportunamente.
Artículo 79 Ha pasado a ser 187.
En su inciso primero ha sustituido las palabras "y serán castigadas" por estas otras: "Fomento y Reconstrucción, y serán sancionadas".
Artículo 80
Ha sido rechazado.
Artículo 81
Ha pasado a ser 183, sustituido por el siguiente:
"Artículo 188.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 4.694, de 1929, modificada por la ley Nº 11.234, de 1953:
Reemplázase, en el inciso primero del artículo 1º, la frase final: "al término medio del interés corriente bancario en el semestre anterior", por la siguiente: "el interés corriente que fija semestralmente el Banco Central de Chile".
Reemplázase el inciso segundo del mismo artículo por el siguiente:
"El Banco Central de Chile dará a conocer el interés corriente por publicación que hará en el Diario Oficial".
c) Reemplázase el artículo 6º por el siguiente :
"Artículo 6º- Todas las referencias contenidas en textos legales, reglamentarios contractuales al interés corriente bancario, se entenderán hechas a la tasa
de interés que se fije de acuerdo con el artículo primero de esta ley".
d) Reemplázase el artículo transitorio por el siguiente:
"Artículo transitorio.- La tasa de interés dada a conocer por la Superintendencia de Bancos en publicación efectuada en el Diario Oficial de 15 de enero de 1966, continuará vigente hasta la fecha en que el Banco Central ejercite por primera vez la facultad que se le confiere en el artículo 1º".".
Artículo 82
Ha pasado a ser 189.
En su inciso primero, ha reemplazado la coma (,) que sigue a "complementar" por la conjunción "y", y ha suprimido las palabras "y modificar".
Ha rechazado sus incisos tercero y final.
Artículo 83
Ha pasado a ser 190.
En su inciso primero ha sustituido la frase "o prestación de cualquier artículo o" por "al contado de cualquier artículo o producto, o la persona que evite o resista la prestación de cualquier", y la palabra "declarado" por "declarados".
Al final de este mismo inciso ha agregado la siguiente frase, sustituyendo el punto (.) que sigue a "mínimo" por una coma (,) : "salvo que el inculpado pruebe que lo hizo justificadamente.".
Artículo 84
Ha pasado a ser 191, suprimiendo las palabras "de derecho" y sustituyendo la preposición "a", que sigue a "respecto", por "de".
Artículo 85 Ha pasado a ser 192, sustituyendo "sus
grados mínimo a medio" por "cualquiera de sus grados".
Artículos 86, 87 y 88
Han sido rechazados.
Artículo 89 Ha pasado a ser 193, sin enmiendas.
Artículo 90 Ha sido rechazado.
A continuación, como artículo 194, ha aprobado el 120 de esa Honorable Cámara, con las siguientes enmiendas:
Ha sustituido "los colegios particulares" por "cada colegio particular" y "podrán" por "podrá".
Seguidamente, como artículos 195, 196, 197, 198 y 199 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 195.- Reemplázase en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 16.438 la frase: "y el 31 de marzo de 1966", por la siguiente: "y el 31 de diciembre de 1966."."
"Artículo 196.- Los artículos de primera necesidad o de uso o consumo habitual que se expendan envasados, deberán tener impresos o anotados en otra forma inalterable en sus envases el precio máximo de venta al consumidor.
La exigencia señalada en el inciso anterior será obligatoria para los productores o fabricantes desde 90 días después de la fecha de publicación de la presente ley.
Las infracciones en que incurran los comerciantes y los productores o fabricantes serán sancionadas por la Dirección de Industria y Comercio de acuerdo con sus facultades legales".
"Artículo 197.- Decláranse artículos de uso o consumo habitual y sométense al régimen de fijación de precios, los repuestos, accesorios, combustibles, lubricantes y demás implementos de fabricación nacional o extranjera que empleen para su mantención y funcionamiento los vehículos motorizados del transporte de pasajeros y de carga, destinados al servicio público. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción fijará los precios correspondientes en el plazo de noventa días, contado desde la vigencia de la presente ley.
Los fabricantes de los productos nacionales o los importadores de los productos mencionados en el inciso precedente estarán obligados a vender directamente a las Cooperativas de empresarios del transporte público de pasajeros y carga cuando éstos lo soliciten y sólo para el abastecimiento de sus asociados, los repuestos, accesorios, combustibles, lubricantes y demás implementos de uso o consumo en los vehículos motorizados. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción dictará las normas por las cuales deberá regirse esta comercialización, por Decreto Supremo, en el plazo de noventa días a contar de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial".
Artículo 198.- Las mercaderías que se importen en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, al amparo de las franquicias de la ley 12.008 y sus modificaciones, estarán en adelante sometidas a control de precios por parte de la Dirección de Industria y Comercio, organismo que no podrá autorizar márgenes de comercialización superiores a los establecidos para el resto del país. El Banco Central de Chile, Servicios de Aduana e Impuestos Internos y la Empresa Portuaria de Chile, de las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, proporcionarán a la Dirección de Industria y Comercio todos los antecedentes y documentos que esta requiera para ejercer debidamente el control de precios que se establece".
"Artículo 199.- Los comerciantes en Ferias Libres de todo el país podrán desarrollar sus actividades en días domingos o festivos, sin perjuicio que fijen un día de la semana para su descanso periódico".
Como se dijo anteriormente, ha consultado como artículo 200 el 78 de esa Honorable Cámara, con la sola modificación de sustituir "los que", las dos veces que figura, por "quienes".
En seguida ha consultado el Título V "Del financiamiento" como Título VI, sin otra enmienda.
Artículo 91 Ha pasado a ser 201, sin enmiendas.
Artículo 92 Ha pasado a ser 202.
En el inciso cuarto del número 14 que sustituye, ha reemplazado "éstos" por "éste".
Sus incisos quinto, sexto y séptimo han sido sustituidos por el siguiente:
"Cada uno de los ejemplares de las letras de cambio deberá extenderse en los formularios que lleven un timbre fijo. Este timbre será de Eº 1,50 para las letras de cambio hasta de Eº 300, y de Eº 3 para las de un monto superior".
Como inciso final, nuevo, de este número 14 que se reemplaza, ha aprobado el siguiente:
"Las letras de cambio destinadas a garantizar el pago diferido de los créditos externos llevarán un impuesto único de un 1% sobre su valor de giro, el que se aplicará por una sola vez sobre su monto
total, aun cuando las letras de cambio no se remitan al extranjero".
Artículos 93 y 94
Han sido rechazados.
Seguidamente, como artículo 203 ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 203.- En el artículo 109, inciso cuarto, de la ley Nº 16.250, intercálase entre la fecha "1965" y la coma (,), las palabras "y siguientes".
Esta disposición regirá desde el año tributario 1965".
Artículo 95
Ha pasado a ser 204, sustituido por el siguiente:
"Artículo 204.- Reemplázase la Nomenclatura utilizada en la ley Nº 4.321 por la adoptada por el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas. El Presidente de la República dictará las reglas nacionales necesarias para la correcta interpretación y aplicación del Arancel que se establezca en cumplimiento de la presente ley.
Con el objeto de adaptar la nomenclatura y de actualizar su texto conforme a las necesidades del comercio exterior del país, el Presidente de la República podrá desglosar sus partidas y modificar dichos desgloses cuando lo estime necesario: con estas mismas finalidades podrá incorporar a la nomenclatura las modificaciones que apruebe el Consejo de Cooperación Aduanera.
El Presidente de la República deberá refundir en derechos específicos y/o en ad valorem los actuales derechos, impuestos y demás gravámenes de cualquiera naturaleza que se perciben por interme-
dio de las Aduanas, incluyendo el costo del depósito de importación. La aplicación de esta disposición no podrá significar una diferencia superior al 5% en relación a la incidencia total de los referidos gravámenes.
En caso de incluirse el costo del depósito de importación al refundir los gravámenes e impuestos aduaneros, no podrá establecerse el mencionado depósito en relación con la importación de las mercaderías que hubieren sido afectadas por ese recargo".
Artículos 96, 97 y 98
Han sido sustituidos por los siguientes:
"Artículo 205.- Para los efectos de la aplicación permanente del Arancel que se dicte en conformidad a la presente ley, el Presidente de la República tendrá las facultades actualmente vigentes en el artículo 9º de la ley Nº 4.321, modificado por el artículo 163 de la ley Nº 13.305 y según el texto siguiente:
El Presidente de la República queda facultado para suspender o rebajar, cuando las necesidades del país así lo aconsejen, los derechos, impuestos y demás gravámenes que se apliquen por intermedio de las Aduanas, que afecten la internación de artículos de primera necesidad o indispensables para la salud pública.
Autorízase, asimismo, al Presidente de la República para alzar hasta en un cincuenta por ciento (50%) los derechos, impuestos y demás gravámenes a que se refiere el inciso anterior, que incidan en la internación de artículos análogos a los que el país produzca en cantidad suficiente para su abastecimiento o cuando las necesidades de protección de la balanza de pagos así lo requieran.
El Presidente de la República podrá derogar las modificaciones que en virtud de los incisos anteriores hayan sufrido los gravámenes en referencia".
Artículo 99 Ha sido rechazado.
Artículo 100
Ha pasado a ser 206.
Su inciso primero ha sido rechazado.
En su inciso segundo ha sustituido "considerarse" por "considerar"; "establezcan" por "establecen"; "la zona" por "a las zonas"; ha intercalado la preposición "a" antes de la frase "la persona o entidad", y ha reemplazado la frase final "en cuanto ello sea posible, a las normas de esta ley" y la coma (,) que la precede, por lo siguiente: "al Arancel que se establezca en conformidad a esta ley. El ejercicio de esta facultad no podrá significar, en ningún caso, un aumento de los gravámenes que actualmente se aplican a estos regímenes especiales".
Artículo 101
Ha pasado a ser 207, sustituido por el siguiente:
"Artículo 207.- El Presidente de la República deberá poner en vigencia el Arancel Aduanero dentro del plazo de 180 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.
A contar de la fecha de vigencia del Arancel, deróganse el artículo 169 de la ley Nº 13.305; los impuestos ad-valorem a que se refiere el Decreto de Hacienda Nº 2.772, de 1943, y sus modificaciones; la ley Nº 4.321, de 1928, actual Arancel Aduanero; los impuestos que se perciben por intermedio de las Aduanas establecidos por el artículo 11 de la ley Nº 12.034 y sus modificaciones; los derechos consulares que gravan los conocimientos de embarque y las facturas comerciales; el impuesto de embarque y desembarque establecido en la ley Nº 3.852 y el impuesto a la descarga por puerto marítimo del artículo 131 de la ley Nº 13.305; y los
impuestos adicionales establecidos por el D.F.L. Nº 206, de 1960".
A continuación, como artículos 208, 209, 210, 211, 212, 213 y 214 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 208.- Facúltase al Presidente de la República para renegociar los Tratados Comerciales suscritos por Chile y poner en vigencia las ventajas resultantes de estas renegociaciones, a objeto de dar aplicación al nuevo Arancel que se dicte en uso de las facultades que confiere esta ley, debiendo procurar que se mantengan los tratamientos de favor convenidos".
"Artículo 209.- La nacionalización de mercaderías extranjeras que se efectúe a través de las Aduanas de la República estará afecta a una Tasa de Despacho equivalente al dos por ciento (2%) de su valor CIF siempre que la mercadería respectiva se encuentre exenta de derechos de impuestos que afecten su importación.
Se exceptúan del pago de esta Tasa de Despacho las siguientes importaciones: a) Las mercaderías liberadas de derechos e impuestos en virtud de la aplicación de tratados comerciales suscritos por Chile; b) las importaciones a que se refiere la ley Nº 3.427, de 1918; c) las de equipajes de viajeros, tripulantes y arrieros de acuerdo con las partidas 1903 y 1903-B del Arancel Aduanero y d) las que el Presidente de la República declare expresamente exentas de esta tasa cuando su pago deba realizarse con cargo a fondos del presupuesto fiscal.
Las excepciones contempladas en estas disposiciones serán las únicas y no regirán respecto de esta tasa las normas legales que establecen o establezcan exenciones de prestaciones o impuestos aduaneros".
"Artículo 210.- Autorízase al Superintendente de Aduanas para enajenar en remate público las mercaderías que estén en condiciones de ser rematadas en conformidad a las disposiciones legales vigentes y que se encuentren depositadas en recintos de la Empresa Portuaria de Chile, de las Aduanas del país o bajo potestad aduanera, incluyendo aquellas de importación prohibida y que tengan el carácter de decomisadas, requisadas o expresa o presuntivamente abandonadas.
El Superintendente de Aduanas dispondrá las medidas necesarias para que las mercaderías enajenadas puedan ser identificadas, con fines de fiscalización.
En toda transferencia a cualquier título, de mercaderías nacionalizadas cuya importación estuviere prohibida será de obligación de quien las enajenare emitir factura o boleta nominativa cuyo control existirá a cargo del Servicio de Impuestos Internos".
"Artículo 211.- En toda venta que afectúe la Aduana se entenderán incluidos en el precio o monto de adjudicación, respectivamente, todos los impuestos, comisiones y gastos anexos que pudieren afectar a dichas compraventas".
"Artículo 212.- Las sumas correspondientes al derecho de martillo se fijarán como máximo para los remates de aduana en un ocho por ciento (8%) y serán entregadas por la Aduana a la Dirección General del Crédito Prendario y de Martillo".
Artículo 213.- El producto de los remates una vez deducidos los gastos que causen, entendiéndose por tales los originados por comisión de martillo, avisos, propaganda, impresión de catálogos y otros relativos a la preparación, realización y afinamiento de las mismas, será distribuido en el siguiente orden:
a) Un diez por ciento (10%) en favor de los denunciantes y aprehensores de mercaderías decomisadas por las cuales no les hubiere correspondido percibir previamente un galardón;
Un diez por ciento (10%) para el dueño de las mercaderías presuntivamente abandonadas que quedará a disposición del interesado en los mismos términos y condiciones generales previstas en el inciso final del artículo 182 de la Ordenanza de Aduanas;
Un diez por ciento (10%) como único pago por concepto de almacenaje de mercaderías en recintos no aduaneros, cualquiera que sea la tasa devengada, de acuerdo al Reglamento que el Presidente de la República dictará para aplicar la presente ley;
Un veinte por ciento (20%) para ser destinado a los fines previstos en el artículo 41, letra n), de la Ordenanza de Aduanas, incluyéndose a los funcionarios afectos al D.F.L. 218, de 1960, y
Dos millones de escudos (Eº 2.000.000.- ) para la construcción, ampliación, reparación, conservación y adquisición de inmuebles para el Servicio de Aduanas; para la concurrencia de los aportes asignados al Servicio de Aduanas para gastos operacionales que tengan por objeto la represión del contrabando y del fraude aduanero, y para la instrucción del personal del Servicio de Aduanas, a través de la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas, Especialidad en Administración Aduanera, o en otros organismos.
Los fondos que ingresen por estos remates se depositarán en una cuenta especial que se abrirá para el efecto en la Tesorería General de la República".
"Artículo 214.- La inversión de los fondos se hará por el Superintendente de Aduanas previo acuerdo de la Junta Ge-general y con certificación de existencia de fondos por la Tesorería General de la República, con cargo a la cuenta en referencia.
El Superintendentede Aduanas rendirá cuenta del empleo de estos fondos directamente a la Contraloría General de la República".
A continuación, como artículo 215, ha aprobado el 123 de esa Honorable Cámara, sin enmiendas.
Seguidamente, como artículos 216, 217 y 218 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 216.- Sustitúyese el inciso final del artículo 23 de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, por el siguiente:
"Sin embargo, en el caso de las letras de cambio el impuesto será de cargo del girador y responderán solidariamente de su pago éste, el aceptante y el tenedor."."
"Artículo 217.- Aclárase que el mayor gasto fiscal que significa la presente ley se complementa con la aplicación a contar del año tributario 1966 de las modificaciones contenidas en el artículo 10 de la ley Nº 13.433, y con las demás disposiciones tributarias de dicha ley".
' Artículo 218.- Agrégase al inciso tercero de la letra j) del artículo 39 del D. F.L. 247, de 1960, agregado por el artículo 16 de la ley Nº 16.282, de 1965, después de las palabras "en caso de estimarlo conveniente", en punto seguido, la frase: "Asimismo, no obstante lo dispuesto en el inciso primero, podrá emitir los títulos a que se refiere esta letra sin sujeción a plazo".
A continuación ha consultado el Título VI como Título VII, sin otra modificación en su epígrafe.
Artículos 102 y 103
Han pasado a ser 219 y 220, respectivamente, sin enmiendas.
Seguidamente, como artículos 221 a 234, ambos inclusive, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 221.- Agrégase al final del inciso primero del artículo 61 del D.F.L. Nº 338, de 1960, reemplazando el último punto aparte por una coma (,), la siguiente frase: "o que desempeñándose como Abogado o Contador, sin que exista incompatibilidad en el Servicio a que pertenecen para ejercer particularmente la profesión fuera del horario, el ascenso le signifique un cambio de residencia.".".
'Artículo 222.- Lo dispuesto en el artículo 75 del D.F.L. Nº 338, de 1960, modificado por el artículo 6º de la ley 14.406 será aplicable al personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, de la Corporación de la Vivienda, de la Corporación de Servicios Habitacionales y de la Corporación de Mejoramiento Urbano. Esta disposición regirá a partir del 1º de enero de 1966".
"Artículo 223.- Agrégase al artículo 96 del D.F.L. 338, de 1960, el siguiente inciso :
"La mujer empleada también tendrá derecho a licencia médica con goce de todas sus remuneraciones por enfermedad recuperable de sus hijos menores de cinco años de edad, durante el tiempo que aquella dure, lo que se acreditará mediante certificado médico autorizado por el Servicio Médico Nacional de Empleados".
"Artículo 224.- Declárase que los dirigentes provinciales y los miembros del Tribunal Nacional de Disciplina de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales "ANEF", están afectos a lo dispuesto en los incisos tercero y cuarto del artículo 100 del D.F.L. 338, de 1960".
' Artículo 225.- Declárase que el artículo 101 del D.F.L. 338, de 1960, rige también cuando uno de los cónyuges desempeña el cargo de Diputado o Senador, en cuyo caso se tendrá la ciudad de Santiago como residencia de éste".
"Artículo 226.- A los obreros permanentes del Ministerio de Obras Públicas y sus Servicios dependientes se les aplicará lo dispuesto en el artículo 144 del D.F.L.
Nº 338, de 1960, y asimismo el Párrafo Cuarto del Título Cuarto del mismo cuerpo legal, como condición previa a la aplicación de cualquier sanción, en cuyo caso el Jefe respectivo podrá aplicar cualquiera de las medidas disciplinarias contempladas en el artículo 177 del D.F.L. Nº 338, de 1960".
"Artículo 227.- Reemplázase el punto aparte del inciso primero del artículo 176 del Estatuto Administrativo, D.F.L. 338, de 1960, por una coma, agregando a continuación lo siguiente: "conservando todos sus derechos y beneficios legales y previsionales, como si hubiere estado en actividad.".".
"Artículo 228.- Reemplázase el artículo 378 del D.F.L. 338, de 1960, por el siguiente :
'Artículo 378.- El nombramiento del personal secundario o de servicios menores se regirá por Ib dispuesto en el presente Estatuto."."
Artículo 229.- Agrégase al final del artículo 143 del D.F.L. 338, de 1960, después de la palabra "mediodía", lo siguiente: "de igual tratamiento gozarán para todos los efectos legales los funcionarios que se desempeñen como operadores, perforadores y supervisores de sistemas mecanizados de contabilidad o estadística".
"Artículo 230.- Dentro del plazo de 120 días contado desde la vigencia de esta ley, el Ejecutivo deberá presentar al Congreso Nacional un proyecto de ley que contenga nuevas normas de calificación para los empleados regidos por el Estatuto Administrativo".
"Artículo 231.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
1º-Reemplázase en el artículo 442 la última frase que dice: "se considerará que los obreros desisten de organizarse en sindicato", por la siguiente; "se considerará como tal al Directorio Provisional, por el término de seis meses desde su designación, vencido el cual se considera-
rá que los obreros desisten de organizarse en sindicato".
Agrégase a este mismo artículo los siguientes incisos nuevos:
"Tanto los miembros del Directorio Provisional como los de los Directorios Definitivos no podrán ser suspendidos ni separados de su trabajo, sino en la forma y por las causales señaladas en el artículo 439.
Esta garantía se entenderá prorrogada hasta seis meses después de haber dejado el cargo de Director, siempre que la cesación en él no hubiere sido motivada por censura u otra medida disciplinaria acordada reglamentariamente por la asamblea del Sindicato".
2º-Reemplázase en el artículo 443 la referencia "al artículo anterior", por "al artículo 441".
3º-Intercálase en el artículo 463 la palabra "grave" a continuación de la palabra "violación".
4º-Agrégase en el inciso tercero del artículo 471, en punto seguido, lo siguiente: "Los miembros de esta delegación no podrán ser despedidos, trasladados o suspendidos durante la tramitación de un conflicto colectivo y hasta un año contado desde su terminación, sino en la forma y por las causas señaladas en el artículo 439, siempre que el conflicto se promueva en conformidad a las disposiciones de este Título".
5º-Derógase el artículo 431.
6º-Reemplázanse en el inciso primero del artículo 433 las palabras "veinte" y "un año" por "quince" y "seis meses", respectivamente, y elimínase la frase final que dice: "A lo menos diez obreros deben saber leer y escribir.".
En el inciso segundo del mismo artículo, sustitúyense los números "doscientos" y "ciento cincuenta" por "cien" y "setenta y cinco", respectivamente.
7º-Agrégase al artículo 437 el siguiente inciso:
"Obtenida la personalidad jurídica del
sindicato; se considerarán sindicados todos los obreros del fundo respectivo.".
"Artículo 232.- Destínase a bien nacional de uso público una faja de terrenos fiscales de la calle Catedral de la ciudad de Santiago, entre las calles Bandera y Morandé de la comuna, departamento y provincia de Santiago, que se encuentran ocupados por los jardines del Congreso Nacional cuya cabida es de 351,85 metros cuadrados constituida por un frente de 113,50 metros que da a la calzada de la calle Catedral y por un fondo de 3,10 metros, que forma parte del bien raíz fiscal inscrito a fs. 646 Nº 1.043 del Registro de Propiedad de Santiago del año 1904.
La Municipalidad de Santiago ejecutará todos los trabajos necesarios para la ampliación de la calle Catedral con los terrenos indicados, como, asimismo, aquellos a que dé lugar el traslado de la reja que hoy cierra los jardines del Congreso Nacional a su nueva ubicación, arreglos de jardines y cañerías, etc., todos los cuales serán de su costo".
"Artículo 233.- El Tesorero General de la República pondrá, dentro del plazo de 90 días, a disposición de la Tesorería del Senado la suma de Eº 2.600.000, con el fin de adquirir terrenos, pedir propuestas, especificaciones y otros gastos necesarios, tendientes a construir un edificio destinado a ampliar los servicios, oficinas y dependencias del Senado".
"Artículo 234.- Se declara que el reajuste de los sueldos y remuneraciones derivado de la aplicación de las normas sobre sueldo o salario vital no constituye aumento para los efectos de integrar en la respectiva Caja de Previsión la primera diferencia que corresponde percibir a dichos institutos en conformidad a sus leyes orgánicas, como tampoco constituye aumento la mayor imposición que por la misma causa corresponda enterar a los imponentes".
Artículo 104
Ha pasado a ser 235.
Su inciso primero ha sido sustituido por el siguiente:
"Artículo 235.- Restablécese a contar del 1º de marzo de 1966 y hasta el 1º de marzo de 1970, la imposición adicional establecida en el artículo 49 de la ley Nº 14.171 y sus modificaciones posteriores".
Ha agregado el siguiente inciso final, nuevo:
"La imposición adicional establecida por este artículo y que corresponda al período comprendido entre el 1º de marzo de 1966 y la fecha de publicación de la presente ley, podrá ser depositada en las respectivas instituciones de previsión conjuntamente con la imposición previsional correspondiente al mes siguiente a la fecha de publicación de la presente ley.".
Artículo 105
Ha pasado a ser 236.
En su inciso primero, letra a), ha reemplazado el punto y coma por una coma y ha agregado lo siguiente: "uno designado por la Central Unica de Trabajadores y uno designado por la Confederación de Empleados Particulares de Chile, y".
En su letra b) ha reemplazado la conjunción "y" por lo siguiente": "designado por la Confederación Nacional de Cooperativas de Viviendas.".
Su letra c) y el inciso final han sido rechazados.
Seguidamente, como artículos 237 y 238 ha aprobado los artículos 157 y 133 de esa Honorable Cámara, respectivamente, sin enmiendas.
Artículo 106 Ha pasado a ser 239, sin enmiendas.
Como artículo 240, nuevo, ha aprobado el siguiente:
"Artículo 240.- Autorízase a la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas para recaudar directamente todos los derechos, gravámenes, multas, depósitos de garantía y otros pagos que deban efectuarse en virtud de la Ley General de Servicios Eléctricos, Ley de Servicios de Gas y sus reglamentos.
Las sumas recaudadas en virtud de esta disposición se depositarán semanal-mente en la Tesorería Comunal que corresponda".
Artículos 107 y 108
Han pasado a ser 241 y 242, sin enmiendas, respectivamente.
Seguidamente, ha aprobado el siguiente artículo nuevo:
"Artículo 243.- Las faenas de estiba y desestiba de mercaderías destinadas a los Servicios de la Administración Pública, Congreso Nacional, Poder Judicial, Contraloría General de la República, Instituciones Semifiscales, Organismos o Instituciones funcionalmente descentralizadas o Empresas u Organismos Autónomos del Estado, sin cargo para éstos, podrán realizarse por la Empresa Portuaria de Chile, siempre que sea requerida por quien reciba o embarque las mercaderías. Para estos efectos, la Empresa Portuaria de Chile deberá contratar estibadores de conformidad con los convenios acordados en el puerto respectivo entre el Sindicato de Estibadores y la Cámara Marítima, cada vez que no sea posible la operación entera-
mente mecanizada en la estiba y desestiba de la carga."
Artículo 109
Ha pasado a ser 244, sustituido por el siguiente:
"Artículo 244.- Por las mercaderías que remitan o reciban los Servicios de la Administración Pública, Congreso Nacional, Poder Judicial, Contraloría General de la República, Instituciones Semifiscales,. organismos o instituciones funcional-mente descentralizadas o Empresas u Organismos Autónomos del Estado que sean despachados por Agentes Generales de Aduana, se podrá pagar como máximo a estos Agentes una tarifa equivalente al 30% de la establecida en el respectivo Arancel para los despachos generales.
En el caso de que los mencionados Servicios, Empresas o Instituciones señaladas en el inciso anterior contraten Agentes especiales para el despacho de sus mercaderías, el honorario máximo que podrá pagárseles se determinará de acuerdo con la limitación señalada en el inciso precedente, salvo que la contratación se haga asimilándola a un grado o categoría de su planta."
Artículo 110
Ha pasado a ser 245, sin enmiendas.
A continuación, como artículos 246, 247 y 248 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 246.- Facúltase al Presidente de la República para emitir bonos o pagarés de Tesorería a seis años plazo y hasta por la suma total de Eº 50.000.000 que ganarán un interés anual del 12% y podrán ser adquiridos por el Banco del Estado de Chile, pudiendo a su vez negociarlos mediante descuentos u otra forma de negociación por el Banco Central de Chile,
sin que rijan para este efecto las limitaciones que pudieran existir en las leyes orgánicas de estas instituciones. Estos pagarés o bonos deberán ser emitidos con el objeto de cancelar el Fisco al Banco del Estado de Chile las obligaciones pendientes con motivo de las bonificaciones por fertilizantes que son de cargo del Fisco y que le adeuda hasta la fecha al Banco del Estado.
La amortización se hará en cuotas anuales iguales, pagándose los intereses vencidos a la fecha que corresponda cancelar cada cuota.
Facúltase igualmente al Presidente de la República para emitir bonos o pagarés a tres años plazo y hasta por la suma de Eº 15.000.000 que ganarán un interés anual del 12% y podrán ser adquiridos por las personas a quienes se les adeude la bonificación por fertilizantes durante el período que va del 1º de octubre de 1963 al 30 de septiembre de 1965, en cancelación de ella. Estos bonos o pagarés no serán negociables y se amortizarán en cuotas anuales iguales con los intereses vencidos que se pagarán junto con cada cuota.
El Presidente de la República dictará un Decreto Reglamentario dentro del plazo de 90 días, que establezca respecto de los pagarés y bonos a 6 y 3 años plazo, las características de los títulos, emisión, procedimiento para la colocación entre los particulares y demás formalidades de procedimiento que sean necesarias para su utilización."
"Artículo 247.- El Subsecretario de Educación podrá delegar en los Directores Generales o Provinciales, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de la ley Nº 14.832, la facultad establecida en el artículo 87 de la ley Nº 16.406|.
"Artículo 248.- Agrégase el siguiente inciso nuevo al artículo 259 del D.F.L. 338 de 1960:
"En el caso de que en una misma Escuela Normal existan dos o más promociones de alumnos por aplicación de planes de estudio diferentes, este beneficio se concederá separadamente a cada grupo de licenciados.".
Lo dispuesto en el inciso precedente será aplicable a los egresados de los cursos paralelos de las Escuelas Normales realizados durante 1965."
Artículo 111 Ha pasado a ser 249, sin enmiendas.
Artículo 112 Ha pasado a ser 250, sin enmiendas.
Artículo 113 Ha sido rechazado.
Seguidamente, como artículo 251 y 252 ha aprobado los siguientes, nuevos, respetivamente :
"Artículo 251.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto con Fuerza de Ley Nº R.R.A. 12, publicado en el Diario Oficial de 10 de abril de 1963:
Agrégase al artículo 31, como inciso segundo, el siguiente :
"Las liquidaciones, practicadas por el Vicepresidente Ejecutivo, de las obligaciones a favor del Instituto de Desarrollo Agropecuario, proveniente de los créditos otorgados en virtud del Nº 1 del artículo 4º y que se hayan hecho exigibles, tendrán mérito ejecutivo desde que la resolución respectiva haya sido notificada al deudor por carta certificada, Se entenderá que dicha resolución ha sido notificada desde el momento en que la carta certificada haya sido depositada en la respectiva oficina del Correo. El Vicepresidente Ejecutivo podrá delegar esta función en empleados superiores de la Institución de acuerdo con lo dispuesto en la letra j) del artículo 17."."
"Artículo 252.- Se autoriza al Presidente de la República para transferir gratuitamente al Instituto de Desarrollo Agropecuario los bienes muebles y maquinarias que pasaron a propiedad del Estado al término de la existencia legal del ex Departamento Técnico Interamericano de Cooperación Agrícola, en virtud de lo dispuesto en la cláusula IV del Acuerdo aprobado por decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 392, de 26 de junio de 1951."
Artículo 114
Ha pasado a ser 253, sustituyendo la palabra "Agréguense" por "Agréganse".
A continuación, como artículos 254, 255, 256 y 257 ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente :
"Artículo 254.- Modifícase el Nº 7 del artículo 22 de la Ley de la Renta, agregado por el artículo 122 de la ley 16.250, colocándose un punto seguido después de la palabra "fiscales" y suprimiéndose la frase "sólo en cuanto no excedan del 2% de la renta imponible de la empresa."."
"Artículo 255.- Agrégase al artículo 46 de la Ley de Renta la siguiente frase final: "También podrán deducirse de la renta bruta las donaciones cuyo único fin sea la realización de programas de instrucción técnica, profesional o universitaria en el país, ya sean privados o fiscales."
"Artículo 256.- Agrégase al artículo 60 de la Ley de la Renta un inciso final del siguiente tenor:
"Los contribuyentes afectos al impuesto de este artículo podrán efectuar la rebaja establecida en la parte final del artículo 46."."
"Artículo 257.- Autorízase al Director de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para que, con cargo a la suma asignada a dicha Empresa en el Presupuesto
de la Nación, otorgue al Consejo Obrero Ferroviario de la Maestranza Central de San Bernardo, un préstamo de hasta cien mil escudos (Eº 100.000), que el referido Consejo deberá invertir en la terminación de la construcción de su sede social y deportiva. Este préstamo se pagará mediante descuentos en planillas de sueldos de los obreros afiliados al Consejo Ferroviario de San Bernardo, en el plazo y condiciones, intereses y garantías que determine el Director de la Empresa."
Artículo 115
Ha pasado a ser 258, sin enmiendas.
Artículo 116
Ha sido rechazado.
Artículos 117 y 118
Pasaron a ser artículos 44 y 128, respectivamente, en los términos indicados en su oportunidad.
Artículo 119
Ha pasado a ser 259, sin enmiendas.
Seguidamente, como artículos 260, 261, 262, 263 y 264, ha aprobado los siguientes, nuevos, respectivamente:
"Artículo 260.- Autorízase a la Universidad Católica de Valparaíso, para que, dentro del plazo de 18 meses contado desde la fecha de publicación de la presnte ley, importe al país, con las liberaciones y de acuerdo a las demás normas contenidas en la ley Nº 11.519, los equipos, materiales y elementos que requiere para renovar, mantener y ampliar sus servicios audiovisuales, hasta por un valor equivalente a US$ 400.000 de precio FOB. Estos equipos, materiales y elementos podrán
adquirirse en el extranjero, al contado o con crédito que contrate para estos efectos, pagaderos en un plazo no mayor de diez años."
"Artículo 261.- Declárase que las disposiciones de la ley 8.834, de 14 de agosto de 1947, son aplicables a las instituciones, agrupaciones, asociaciones o clubes deportivos nacionales o extranjeros que no persigan fines de lucro particular para sus dirigentes o asociados."
"Artículo 262.- Agrégase a la ley 8.834 de 14 de agosto de 1947, el siguiente artículo :
"Artículo 2 A.- Las instituciones a que se refiere el artículo 1º de la presente ley y los clubes deportivos gozarán de la exención a que se refiere el Nº 14 del artículo 32 de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, contenida en el artículo 96 de la ley 16.250, de 21 de abril de 1965, sin necesidad de que un decreto supremo así lo declare y siempre que esas instituciones y clubes deportivos se encuentren inscritos en la Dirección de Deportes del Estado."
"Artículo 263.- Declárase que el bien raíz de propiedad fiscal destinado para sede social de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales "ANEF", otorgado por la ley Nº 15.575, está y ha estado exento de impuesto territorial a beneficio fiscal."
"Artículo 264.- Exímese de todos los impuestos, contribuciones y gravámenes a beneficio fiscal al bien raíz de propiedad de la Asociación Nacional de Empleados de Impuestos Internos, ubicado en calle Cienfuegos Nº 56 y 58, comuna de Santiago, inscrito en el Conservador de Bienes Raíces a fojas 20.551 bajo el número 22.426, con fecha 5 de noviembre de 1965".
Artículo 120
Pasó a ser 194, en los términos indicados oportunamente.
Artículo 121
Ha sido rechazado.
Artículos 122, 123, 124 y 125
Pasaron a ser 64, 65, 79 y 31, respectivamente, en los términos indicados en su oportunidad.
Artículo 126
Ha pasado a ser 50, según se indicó, sin enmiendas.
Artículo 127
Pasó a ser 91, según se señaló anteriormente, sin enmiendas.
Artículo 128
Pasó a ser 215, como se indicó anteriormente.
Artículo 129
Pasó a ser 94, según se indicó en su oportunidad, sin enmiendas.
Artículo 130
Ha pasado a ser 265, sin enmiendas.
Artículos 131, 132 y 133
Han pasado a ser artículos 17, 87 y 238 respectivamente, según se indicó oportunamente, en los términos que en cada caso se expresaron.
Seguidamente, como artículo 266 ha aprobado el 155 de esa H. Cámara, sustituyendo la palabra "aplicarse" por "aplicársele".
A continuación ha aprobado los siguientes artículos nuevos, con los números 267 y 268, respectivamente:
"Artículo 267.- Agrégase al artículo 41 de la ley 15.386 el siguiente inciso nuevo:
"Sin embargo, los dos representantes de los jubilados en los Consejos de la Caja Central de la Sección de Oficiales y Empleados de la Sección Tripulantes de la Caja de la Marina Mercante serán elegidos en votación directa de entre quienes obtengan las más altas mayorías. Las convocatorias para las elecciones serán fijadas por los Consejeros respectivos 30 días después de la promulgación de la presente ley y cada vez que sea preciso renovar los cargos por vacancia."."
"Artículo 268.- Agrégase al artículo 5º de la ley 6.037, la siguiente letra h) :
"h) Un representante designado por los Empleados de Bahía, Fluviales y Lacustres, con matrícula otorgada por la Autoridad Marítima.".".
Como artículo 269, ha aprobado el 156 de esa H. Cámara, sin enmiendas.
Artículo 134 Ha pasado a ser 270, sin enmiendas.
Artículo 135
Ha sido rechazado.
Artículos 136, 137, 138 y 139
Pasaron a ser artículos 129, 130, 131 y 132 respectivamente, según se indicó oportunamente, en los términos que en cada caso se expresaron.
Artículos 140 y 141
Han sido rechazados.
Artículo 142
Pasó a ser artículo 134, según se indicó, sin enmiendas.
Artículo 143
Ha sido rechazado.
Artículos 144 y 145
Pasaron a ser artículos 135 y 136, respectivamente, según se indicó anteriormente, en los términos señalados para cada caso.
Artículo 146
Ha sido rechazado.
Artículos 147, 148, 149 y 150
Pasaron a ser artículos 62, 82,. 138 y 23 respectivamente, según se indicó oportunamente, en los términos que se señaló para cada caso.
Artículos 151 y 152
Han sido rechazados.
Artículo 153
Pasó a ser 102, según se indicó en su oportunidad, en los términos que se señalaron.
Artículo 154
Ha sido rechazado.
Artículos 155, 156 y 157
Pasaron a ser artículos 266, 269 y 237 respectivamente, según se indicó en su oportunidad, en los términos señalados para cada caso.
Artículo 158 Ha pasado a ser 271.
El encabezamiento de su inciso primero ha sido redactado en los términos siguientes :
"Artículo 271.- Con el objeto de que lo destinen a la compra y alhajamiento de un bien raíz en Santiago, se autoriza, por una sola vez, a los siguientes sindicatos de la actividad minera a efectuar un descuento por planilla equivalente a un día de salario base por cada socio:"
Al final de la nómina de sindicatos, ha sustituido la coma (,) que sigue a "Sindicato Industrial Compañía Minera Aisén (Puerto Cristal)" por un punto (.).
Como consecuencia de la redacción dada al encabezamiento, se ha eliminado toda la frase que sigue a "Sindicato Industrial Compañía Minera Aisén (Puerto Cristal)".
Como artículo 272, ha aprobado el 66 de esa H. Cámara, sustituyéndose en él las palabras "o dotar de" por "y alhajar".
Seuidamente, como artículo 273, ha aprobado el 12 de esa H. Cámara, según se indicó oportunamente, con las siguientes enmiendas:
Ha iniciado con minúscula las palabras "Personalidad Jurídica"; a continuación de ellas y antes de "a la Asociación", ha intercalado "a la Confederación de Empleados Particulares de Chile,"; después de "Municipalidades de Chile" ha agregado "y Federación Nacional de Trabajadores Portuarios de Chile"; ha sustituido "ambas" por "las" y ha intercalado, luego de "instituciones", las palabras "ya indicadas".
Como artículos 274 y 275, nuevos, respectivamente, ha aprobado los siguientes:
"Artículo 274.- Concédese personalidad jurídica a la institución denominada
"Federación de Tripulantes de Chile" y a la cual podrán pertenecer todos los Sindicatos de Tripulantes de la Marina Mercante, sean ellos de Alta Mar, Fluviales, Lacustres o de Naves Especiales. Esta Federación podrá representar en todos sus actos a los Sindicatos pertenecientes a ella.
En todo lo demás estará sujeta a las disposiciones del Código del Trabajo referentes a las Federaciones de Sindicatos Profesionales."
"Artículo 275.- Las Universidades deberán publicar en el mes de junio de cada año un presupuesto de ingresos y gastos del año respectivo y un balance correspondiente al año calendario anterior. El Presidente de la República, previo informe de INSORA, Instituto de Administración de la Universidad de Chile, establecerá las normas para la confección de estos presupuestos y balances con mira a determinar, además, el costo de la educación de los alumnos en cada una de las escuelas universitarias."
Artículo transitorio
Pasó a ser artículo 146, en los términos indicados en su oportunidad.
Lo que tengo a honra decir a V. E. en contestación a vuestro oficio Nº 607, de fecha 28 de enero ppdo.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Reyes Vicuña.- Pelagio Figueroa Toro.
4.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"Nº 1067.- Santiago, 24 de marzo de 1966.
V. E., a petición del H. Diputado señor Orlando Poblete, ha enviado el oficio Nº 4271, fechado el 2 de febrero del año en curso, por el cual solicita se remita a la
consideración del H. Congreso Nacional un proyecto de ley que autorice a la Corporación de Fomento de la Producción para otorgar caución a la Municipalidad de Copiapó, con el fin de que ésta pueda adquirir vehículos destinados al servicio de aseo de la Comuna, con cargo a los recursos que la ley Nº 11.828 concede a las Municipalidades de las provincias productoras de cobre.
Al respecto, tengo el honor de comunicar a V. E. que por oficios Nºs. 48 y 49, de 20 de enero del presente año, fue incluido en el actual período extraordinario de sesiones del H. Congreso Nacional el proyecto de ley de anterior referencia.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán".
5.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 470.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
En respuesta a su oficio del rubro me es grato comunicar a V. E. que la Empresa Nacional de Electricidad, por oficio Nº 3103, de 14 de marzo del año en curso, se refiere a la materia señalada por el H. Diputado señor Fermín Fierro Luengo.
Sírvase encontrar adjunto el oficio alu-oficio aludido.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Sergio Molina S."
6.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 469.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
En respuesta a su oficio del rubro me es grato comunicar a V. E. que la Empresa Nacional de Electricidad S. A., por oficio Nº 3219 de 21 de marzo del año en curso, se refiere a la materia señalada por el H. Diputado señor Mario Fuenzalida Mandriaza.
Sírvase encontrar adjunto oficio aludido.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Sergio Molina S."
7.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 256.- Santiago, 23 de marzo de 1966.
Me refiero al oficio Nº 4252, de 2 de febrero ppdo., de esa H. Cámara de Diputados, recaído en una indicación del H. señor Diputadodon Duberildo Jaque Araneda, tendiente a obtener la autorización necesaria para que la Asociación de Dueños de Camiones de Coronel, Provincia de Concepción, pueda importar el número de camiones que se indicó en una nómina que habría remitido a este Ministerio.
Sobre el particular, me permito manifestar a US. que en este Ministerio no se ha recibido la nota de la Asociación de Dueños de Camiones de Coronel, habiéndose solicitado a esta institución el envío de una copia de la petición.
Dios guarde a US. (Fdo.) : Domingo Santa María Santa Cruz".
8.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 259.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
Me refiero al oficio de US. Nº 3829 de 10 de enero del año en curso, por medio del cual se pone en conocimiento de esta Secretaría de Estado la petición formulada por el H. Diputado señor Cipriano Pontigo Urrutia, en orden a obtener que la Línea Aérea Nacional establezca un Servicio Aéreo entre las ciudades de La Serena y San Juan, República Argentina.
Sobre la materia señalada precedentemente me permito poner en conocimiento de US., que la Línea Aérea Nacional informando la petición formulada por el H.
Diputado señor Cipriano Pontigo Urrutia, expresa a este Ministerio que la Empresa Línea Aérea Nacional, no está en condiciones de efectuar el Servicio solicitado por no contar con la disponibilidad de material de vuelo necesario para tal objeto. Sin embargo, Línea Aérea Nacional expresa que tendrá presente la solicitud formulada para acciones futuras.
Es cuanto puedo informar a US. con respecto al oficio señalado al rubro.
Dios guarde a US. (Fdo.) : Domingo Santa María Santa Cruz".
9.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA
"Nº 623.- Santiago, 28 de marzo de 1966.
Con oficio Nº 3255, de fecha 29 de noviembre último, esa H. Cámara de Diputados se dirigió a esta Secretaría de Estado solicitando se investigaran las causas que habrían producido retardo en la tramitación del proceso incoado en contra de don Enrique Motto Arenas, al mismo tiempo que pedía se levantara el embargo que afectaría a sus derechos de autor.
Al respecto, cúmpleme transcribir a V. E. el texto del oficio Nº 291, de fecha 16 del presente, de la Excma. Corte Suprema, dando respuesta a este Ministerio sobre la situación antes señalada :
"En respuesta a su oficio Nº 2479, de 22 de diciembre último, transcribo a V. S. el informe de la Corte de Apelaciones de Santiago :
"Santiago, 18 de febrero de 1966.- En relación con los oficios de V. E. Nºs. 02244 y 00056, de 27 de diciembre último y 10 de enero del año en curso (Antecedentes C-46-65), cúmpleme informar al Excmo. Tribunal que el proceso seguido ante el Segundo Juzgado del Crimen de este departamento, Rol Nº 61.589, en contra de Enrique Motto Arenas (Chito Fa-
ro), por el delito de injurias graves con publicidad, fue fallado por el Juez Subrogante, doña Myrtha Fuentes Zambra, con fecha 24 de noviembre del año pasado, absolviendo de la acusación al nombrado Motto Arenas, el cual obtuvo su libertad provisional bajo fianza simple, el día siguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 360 del Código de Procedimiento Penal. La referida sentencia se encuentra apelada por los querellantes y con decreto "en relación", dictado el 4 de diciembre último. Aun cuando la referida causa se inició el 17 de junio de 1963, por denuncia del ex Rector de la Universidad de Chile, don Juan Gómez Millas y posteriormente, numerosos empleados del Departamento del Derecho de Autor, interpusieron querella por el mismo delito, no se advierte que el proceso haya sufrido retraso en su tramitación, si se considera el tiempo que permaneció en esta Corte para conocer de recursos deducidos por el reo y el querellante y aún en la Excma. Corte, que acogiendo un recurso de queja dejó sin efecto la resolución que le había concebido el reo la libertad provisional bajo fianza. Ese lapso comprende, aproximadamente, desde septiembre a diciembre de 1963 y desde abril a octubre de 1964. El reo Motto fue declarado rebelde por resolución de 23 de abril de 1965; se presentó voluntariamente al Juzgado el 14 de junio del mismo año y se declaró cerrado el sumario el 22 de septiembre. De la acusación judicial y de la particular se le confirió traslado al reo el 15 de octubre de 1965 y éste las contestó el 19 de noviembre último, dictándose sentencia, como ya se ha dicho, el 24 del mismo mes. Es todo cuanto puedo informar al Excmo. Tribunal. Dios guarde a V. E.- Gustavo Chamorro Garrido, Presidente de la Sala de Verano.- Santiago Aguirre Amaya, Secretario".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Pedro J.Rodríguez González".
10.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
"Nº 381.- Santiago, 28 de marzo de 1966.
Cúmpleme dar respuesta al oficio Nº 4.114, de 25 de enero del año en curso de esa Honorable Cámara, mediante el cual se transcribe una petición del H. Diputado señor Luis Valente Rossi tendiente a que el señor Gobernador Marítimo de Talcahuano fiscalice el cumplimiento de la ley Nº 16.372, de 23 de noviembre de 1965, relativa a las labores que les corresponde ejecutar a los marineros auxiliares de bahía.
Dicha petición se basaría en la denuncia formulada al H. Diputado señor Va-lente por el Sindicato de Marineros Auxiliares de Bahía de Talcahuano, en el sentido de que dicho funcionario se negaría a cumplir la citada disposición legal.
La Dirección del Litoral y de Marina Mercante, informando al respecto, expresa que el 23 de noviembre de 1965, fecha de la promulgación de la ley Nº 16.372, dio instrucciones a todas las autoridades marítimas para que se le diera cumplimiento. En esa oportunidad se señaló expresamente que en los puertos donde no existía dotación de Marineros Auxiliares de Bahía fijada por la Oficina de Contratación respectiva (OCOBA), continuarían ejerciendo estos trabajos los mismos obreros marítimos que los estaban desempeñando hasta esa fecha, mientras se determinara legalmente su dotación.
Dispuso, además, que una Comisión se constituyera en visita de inspección en la Gobernación Marítima de Talcahuano, a fin de dar solución a los problemas que se presentaban en este puerto y en los puertos de San Vicente y Lirquén, derivados de la aplicación de esta ley, habiéndose constatado lo siguiente:
a) Ni en Talcahuano, ni en San Vicente, ni en Lirquén existe dotación de Mari-
neros Auxiliares de Bahía legalmente constituidos;
El Sindicato de Talcahuano se hace llamar indebidamente "Sindicato de Marineros Auxiliares de Bahía de Talcahuano", en circunstancias que el Decreto Supremo (Justicia) Nº 6.460 de 1958, que le otorgó personalidad jurídica, lo denomina "Sindicato Profesional de Ayudantes de Faenas Marítimas Auxiliares de Bahía del Departamento de Talcahuano", y así está establecido, también, en sus Estatutos aprobados por el mismo decreto;
En Talcahuano existe solamente la matrícula de "Ayudante de Faenas Marítimas Auxiliares de Bahía" en el número de 26, que es insuficiente para atender las faenas de dicho puerto, lo que obliga generalmente a la autoridad marítima a extender permisos eventuales, a fin de no dificultar las normales labores del puerto. A pesar de ello, este gremio pretende tomar, además, a su cargo, las faenas de los puertos de San Vicente y Lirquén bajo pretexto de que en Talcahuano existe poco trabajo, en circunstancias que la estadística señala que en este último recalan 20 naves extranjeras mensualmente que solicitan marineros auxiliares de bahía;
En San Vicente no existe matrícula de Marineros Auxiliares de Bahía, y cuando se requieren los servicios de éstos, que son esporádicos, las faenas son ejecutadas por 20 jornaleros de mar, de acuerdo con lo dispuesto por la Oficina de Contratación (OCOBA) en Acta de fecha 3 de diciembre de 1952;
En Lirquén existen 13 auxiliares de bahía, que atienden las faenas marítimas, en virtud del Acta de Acuerdo firmada el 31 de diciembre de 1964, entre la Cámara Marítima de Talcahuano y el Gremio de Auxiliares de Bahía de Penco y Lirquén.
Por lo expuesto, estima este Ministerio que la denuncia hecha por el Sindicato de
Auxiliares de Bahía de Talcahuano al H. Diputado señor Valente, es absolutamente infundada y carece de seriedad, ya que según se ha evidenciado, las autoridades marítimas de Talcahuano, San Vicente y Lirquén han actuado en cumplimiento a las directivas emanadas por la Dirección del Litoral y de Marina Mercante, quien a su vez, se ha limitado a obrar de acuerdo a la legislación y reglamentaciones vigentes sobre la materia, ciñéndose estrictamente a ellas.
Cábeme hacer presente a V. E. que el problema planteado por los Auxiliares de Bahía de Talcahuano, relativo a que se les permita ejercer su trabajo en otros puertos, compete exclusivamente a los organismos del Trabajo y a las Oficinas de Contratación de Obreros de Bahía respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Juan de Dios Carmona Peralta".
11.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
"Nº 207.- Santiago, 26 de marzo de 1966.
Me refiero al oficio de V. S. Nº 4118, de 25 de enero del presente año, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del H. Diputadodon Enrique Zorrilla Concha, se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener la construcción de un paso inferior en el cruce de la línea férrea denominado "Barboza", ubicado en el extremo norte de la ciudad de San Javier, departamento de Loncomilla.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que no es posible acceder a lo solicitado, por cuanto, esta obra, no está contemplada en los planos del año en curso.
Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Edmundo Pérez Zujovic".
12.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA
"Nº 593.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
Me es grato dar respuesta al Oficio Nº 2627, de 26 de octubre último, mediante el cual SS. tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio petición formulada por el Honorable Diputadodon Joel Marambio Páez, en el sentido de que se remita a esa H. Cámara, una nómina de los funcionarios designados en el Instituto de Desarrollo Agropecuario, desde el 4 de noviembre de 1964 al 30 de septiembre de 1965, con indicación de su sede, viáticos que perciben y antecedentes de cada uno de ellos.
Sobre el particular, me permito remitir a SS., en hoja adjunta, nómina de los funcionarios designados en el período indicado, en que se señala el lugar de su destino, rentas y fechas de ingreso.
Debo hacer presente a SS., que hasta antes de noviembre de 1964, el Instituto de Desarrollo Agropecuario trabajó aprovechando los servicios del personal del Ministerio de Agricultura, el que debía realizar trabajos en esa doble calidad. Desde enero de 1965, Indap adquirió una estructura independiente del Ministerio, como las otras Corporaciones que existen, debiendo contratar el personal necesario para la realización de sus objetivos propios. Fue indispensable sustituir a los funcionarios del Ministerio qye trabajaban en Indap por nuevo personal, lo que significó el aumento de su respectiva planta.
Los viáticos que percibe el personal en comisión de servicios, corresponden al porcentaje determinado en los artículos 73 y 149 del D.F.L. Nº 338, de abril de 1960, disposiciones que se complementan con la que determina el viático mínimo acordado por el H. Consejo al aprobar anualmente la Planta del Personal del Instituto.
En cuanto a los requisitos de ingreso que han debido cumplir dichas personas, son los que están contenidos en el R.R.A. Nº 22, de abril de 1963, Estatuto del Personal del Instituto de Desarrollo Agropecuario y que, en parte, son los mismos exigidos en el D.F.L. Nº 338, para el personal de la Administración Civil del Estado, de los cuales ha tomado nota la Contraloría General de la República al tramitarse las resoluciones de nombramiento respectivas.
En lo que respecta al uso de los vehículos de Indap, debo señalar a SS. que esa Corporación tiene las instrucciones pertinentes en el sentido de que el personal se abstenga de usarlos los días sábado en la tarde, domingo y festivos, conforme a lo dispuesto por la ley y, a menos que razones de servicio exijan otra cosa.
Sobre esta materia, y en relación con el uso de vehículos en la provincia de Col-chagua en días festivos, la Vicepresidencia de Indap ha informado a este Ministerio que "por excepción se han utilizado en algunas de esas ocasiones, porque los funcionarios han debido asistir en razones de sus obligaciones, a reuniones de campesinos fuera de las horas o días en que normalmente desarrollan sus labores".
Saluda atentamente a SS. (Fdo.) : Hugo Trivelli F."
13.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA
"Nº 594.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
Me es grato dar respuesta al Oficio Nº 4306, de 9 de febrero ppdo., mediante el cual SS. tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio petición formulada por el Honorable Diputadodon Luis Va-lente Rossi, en el sentido de que el Instituto de Desarrollo Agropecuario conceda ayuda a los agricultores del Valle de Pica, afectados por una plaga que habría
destruido la producción frutícola de la zona.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a SS., que el mencionado Instituto en nota de fecha 16 del presente mes, informa que se ha instruido a la Dirección de la Primera Zona, cuyas oficinas están ubicadas en calle Sotomayor Nº 540, de Arica, para que atienda la petición formulada por el Honorable señor Valente Rossi.
Saluda atentamente a SS. (Fdo.) : Hugo Trivelli F."
14.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 344.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
Tengo la honra de responder el oficio mencionado en la referencia, por medio del cual V. E. tuvo a bien darme a conocer solicitud del H. Diputadodon Luis Va-lente Rossi, en orden a que se designe un Inspector para que se investigue la denuncia formulada por el H. Parlamentario en contra de la Empresa Pesquera Nicolás Queirolo y la firma explotadora de yacimientos mineros de propiedad del señor Antonio Weinborn Perea.
Solicitados los informes del caso a la Dirección del Trabajo, ésta ha informado por oficio Nº 2328, cuyo texto tengo el agrado de transcribir a V. E. para su conocimiento y el del H. Diputado señor Valente Rossi:
"1º-Empresa Pesquera Nicolás Queirolo y Cía.- Cuenta con un total de nueve empleados y 17 obreros, repartidos entre su barco pesquero y su planta elaborado-ra de harina y aceite de pescado, con todos los cuales ha celebrado el respectivo contrato de trabajo. Los sueldos y salarios del personal se encuentran al día. En cuanto a las imposiciones previsionales, éstas han sido integradas hasta el mes de diciembre de 1965 inclusive y las de enero y febrero de este año serán efectuadas
en el curso del presente mes de marzo.
"2.- Empresa Explotadora de Yacimientos Mineros del señor Antonio Weinborn Perea, denominada Casa Grande. - Ubicada en la Pampa de Camarones, Arica, cuenta en la actualidad con un total de 17 obreros, cuyos salarios se encuentran al día. Las imposiciones al Servicio de Seguro Social han sido integradas hasta el mes de diciembre de 1965 y en cuanto a los meses de enero y febrero de este año serán canceladas en el curso del mes de marzo. Las asignaciones familiares están, asimismo, canceladas hasta el mismo mes de las imposiciones.
"Ambas empresas cuentan con sus respectivas pólizas de accidentes del trabajo y, en genera!, cumplen con las disposiciones legales vigentes".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
15.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Oficio Nº 631.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
En relación a su oficio Nº 3557, de 15-XII. 65, mediante el cual socilita una investigación sobre las condiciones de vida de los obreros que trabajan en el fundo de propiedad de don Nelson Ramos Tapia, ubicado en Lo Valdivia, Comuna de Sagrada Familia, según petición del H. DiputadoD. Carlos Garcés F., puedo manifestar a V. E. lo siguiente :
Cumpliendo instrucciones de este Ministerio y de la Superioridad del Servicio Nacional de Salud, la Zona VII de Salud dispuso visitas de inspección y emplazó al propietario para que diera solución a los problemas sanitarios existentes. A continuación me permito transcribir la parte pertinente del Oficio Nº 880, de 24 de febrero de 1966, de la VI Zona, que señala:
"La Oficina de Higiene Ambiental de Curicó con fecha 31 de enero de 1966 se constituyó en visita en la propiedad del señor Ramos Tapia y no les fue posible
abordar el problema porque el señor Ramos se encontraba ausente en Santiago.
"En una segunda visita de Inspección el día 7 del presente mes, se notificó dándole un plazo de 120 días para la solución de los problemas sanitarios en las 14 viviendas ubicadas en el fundo del señor Ramos Tapia".
Saluda atentamente a V. E. (Fdo.).- Dr. Ramón Valdivieso D."
16.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 629.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
Me refiero a su oficio Nº 4089, de 25 de enero último, en el cual V. E. comunica a esta Secretaría de Estado la petición del H. Diputado señor Carlos Garcés Fernández, para obtener la instalación de una Posta de Primeros Auxilios en la localidad de Los Queñes, de la provincia de Curicó.
Sobre el particular, siento manifestar a V. E. que por el momento no es posible considerar la creación de esta obra mientras no se complete el programa de construcciones hospitalarias en lugares con mayor prioridad.
Por otra parte, cúmpleme informarle que en Los Queñes, funciona actualmente, en el local de la Escuela una Posta atendida diariamente en las tardes por un auxiliar y cada 15 días por un médico.
Todas estas razones no hacen estrictamente indispensable instalar una nueva Posta de Primeros Auxilios en Los Queñes. Con todo, se estudiará en el futuro la posibilidad de atender la petición del H. Diputado señor Carlos Garcés F.
Saluda atentamente a V. E. (Fdo.).- Ramón Valdivieso Delaunay".
17.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 630.- Santiago, 25 de marzo de 1966.
Por oficio Nº 2952, de 10 de noviembre ppdo. V. E. a solicitado del H. Diputado señor Miguel Jarpa Vallejos, da a conocer a este Ministerio la petición para que se instale una Posta de Primeros Auxilios en la zona de San Vicente, de la localidad de Zapallar, comuna de El Carmen, de la provincia de Ñuble.
Al respecto, me permito informar a V. E. que en el Programa de Construcciones Hospitalarias para el presente año, se proyecta incluir esta obra en los términos solicitados por el H. Diputado señor Miguel Jarpa Vallejos.
Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay".
18.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERIA
"Nº 296.- Santiago, 24 de marzo de 1966.
Tengo el agrado de acusar recibo de su oficio Nº 4389, de 16 de marzo en curso, por el cual a petición del H. Diputado señor Raúl Morales Adriasola, se sirve solicitar la reiniciación de la explotación aurífera en el departamento de Tierra del Fuego.
Al respecto, cúmpleme comunicar a V. E. que con esta misma fecha, se han solicitado los estudios correspondientes al Servicio de Minas del Estado.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Simián Gallet".
19.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"Nº 21388.- Santiago, 25 de mayo de 1966.
En cumplimiento de lo prescrito en el artículo 1? de la ley Nº 7727, acompaño a V. E. copia del decreto Nº 137, del Ministerio de Agricultura, de 15 de marzo de 1966, que ordena a la Tesorería General de la República poner a disposición de ese Ministerio, la suma de un millón qui-
nientos mil escudos (Eº 1.500.000), para que dicha Secretaría de Estado atienda a través del Departamento de Defensa Agrícola, los gastos que originen los planes y medidas que se adopten, destinados a combatir los efectos producidos por las diversas plagas y enfermedades de los vegetales. Estos fondos se deducen de aquellos que autoriza la referida ley 7727.
El infrascrito ha tomado razón del decreto de la suma, por encontrarse comprendido dentro de los términos del Nº 10 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Enrique Silva Cimma".
20.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"Nº738.- Santiago, 24 de marzo de 1966.
Tengo el agrado de adjuntar a V. E. el Informe sobre el Ejercicio Financiero Fiscal correspondiente al año 1965 y el Estado de la Hacienda Pública al 31 de diciembre del mismo año.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Enrique Silva Cimma".
21.-OFICIO DE LA COMISION DE TRABAJO Y LEGISLACION SOCIAL
"Nº 56.- Santiago, 29 de marzo de 1966.
La Comisión de Trabajo y Legislación Social, en sesión celebrada en el día de ayer, acordó dirigir oficio a V. E. con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva recabar el asentimiento de la Confederación para tramitar a las Comisiones Unidas de Asistencia Médico-Social e Higiene y de Trabajo y Legislación Social, el proyecto de ley que legisla sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Me permito hacer presente a V. E. que la Comisión al adoptar este acuerdo, tu-
vo en vista la circunstancia de que las materias técnicas que contiene dicha iniciativa legal, desde el punto de vista médico, son secundarias, si se considera el hecho de que este proyecto incorpora todo lo relacionado con los accidentes del trabajo al sistema de la seguridad social.
Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Héctor Valenzuela Valderrama, Presidente. - Raúl Guerrero Guerrero, Secretario de Comisiones".
22.-MOCIÓN DEL SEÑOR MONTT, DON JULIO
"Honorable Cámara:
Con los documentos que acompaño, que acreditan la donación de un vehículo donado por la Iglesia Filadelfia Tenhult, Suecia, a la Iglesia Evangélica Asamblea de Dios de la ciudad de Osorno, inicio un proyecto de ley para obtener la liberación de los derechos aduaneros de este vehículo.
Artículo único.- Libérase de todos los derechos aduaneros y portuarios al vehículo tipo Camioneta Rural, marca Volvo 210, modelo P-21134 A, motor Nº 212525, chasis Nº 48600, color verde, que ha donado la Iglesia Filadelfia, Tenhult, Suecia, a la Iglesia Evangélica Asamblea de Dios, con sede en Osorno para ser usado exclusivamente en el trabajo, beneficencia, obras sociales y enseñanza religiosa que desarrolla esta Iglesia en el país.
(Fdo.) : Julio Montt Momberg".
23.-MOCIÓN DEL SEÑOR VALENTE
"Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Juan Francisco Campos, el derecho a los beneficios establecidos en la Ley Nº 16.035.
(Fdo.) : Luis Valente Rossi".
24.-TELEGRAMA
De la Confederación de Dueños de Camiones de Chile con el que se refiere al proyecto de ley sobre reajuste de remuneraciones de los sectores público y privado, en lo que se relaciona con una disposición que beneficia a ese gremio.
V.-TEXTO DEL DEBATE
-Se abrió la sesión a las 16 horas 15 minutos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
Las Actas de las sesiones 66ª, 67ª y 68ª, quedan a disposición de los señores Diputados.
-Se dará lectura a la Cuenta.
-El señor Prosecretario da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría.
El señor BALLESTEROS (Presidente).- Terminada la Cuenta.
1.-CALIFICACION DE URGENCIAS.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
El que crea en el Servicio de Aduanas una Auditoría y un Centro de Procesamiento de Datos, y
El que modifica la ley Nº 16.229, sobre pensiones de montepío para las viudas e hijas de los ex parlamentarios.
Si le parece a la Sala, se calificarán de simples las urgencias hechas presentes.
Acordado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Comisión de Trabajo y Legislación Social solicita el acuerdo de la Cámara para tramitar a las Comisiones Unidas de Asistencia Médico-Social e Higiene y de Trabajo y Legislación Social, el proyecto de ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Si le parece a la Sala, se accederá a esta petición.
-Un señor DIPUTADO.- No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
2.-PREFERENCIA PARA USAR DE LA PALABRA.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable señor Buzeta solicita tres minutos para hacer una petición. Si le parece a la Sala, se concederá el tiempo solicitado.
Acordado.
3.-ELECCIÓN DE SEGUNDO VICEPRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento Interno de la Corporación, debe procederse a elegir Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados.
En votación secreta, por el sistema de cédulas.
-Verificado el escrutinio:
El señor CAÑAS (Secretario).-
Resultado de la votación:
Por el señor Carlos Sívori Alzérreca, 47 votos; por el señor Luis Papic Ramos, 13 votos; por la señora Inés Enríquez Frodden, 12 votos; por el señor Alfredo Lorca Valencia, 1 voto; en blanco, 4 votos.
Total de votos emitidos, 77; cédulas escrutadas, 77.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En consecuencia, queda elegido Segundo Vicepresidente de la Corporación, el Honorable Diputado don Carlos Sívori Alzérreca.
-Aplausos en la Sala.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego al Honorable señor Sívori pasar a ocupar su lugar en la Mesa.
-El señor Sívori pasa a ocupar su lugar en la Mesa de la Presidencia.
-Aplausos en la Sala.
4.-CAMBIO DE CULTIVOS PRODUCIDOS EN FUNDOS DE LA COMUNA DE QUILICURA,PROVINCIA DE SANTIAGO.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En conformidad con el acuerdo de la Honorable Corporación, tiene la palabra hasta por tres minutos, el Honorable señor Buzeta.
El señor BUZETA.-
Señor Presidente, quiero agradecer la gentileza de la Honorable Cámara al permitirme hacer uso de la palabra durante tres minutos, en los cuales deseo referirme a un problema que se está presentando en la comuna de Quilicura, el que, si no es considerado de inmediato por los señores Ministros de Agricultura y de Economía, Fomento y Reconstrucción, puede provocar en unos meses más dificultades de consumo en la provincia de Santiago.
Veinticuatro fundos de esa zona, que representan unas 1.500 cuadras regadas, se han dedicado durante los últimos años al cultivo de hortalizas.
Sus dueños están ahora despidiendo trabajadores y cancelando los contratos que tienen con más o menos 300 medieros y chacareros, quienes, a su vez, ocupan alrededor de 900 obreros, a fin de dedicarse exclusivamente a siembras de trigo y a la engorda de ganado.
Como esta comuna es la que abastece fundamentalmente de hortalizas a Santiago, quiero solicitar al señor Presidente que se dirija oficio a los señores Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Agricultura, a fin de que de inmediato adopten las medidas del caso para solucionar este problema y, de esa manera, evitar que en algunos meses más el público consumidor se vea abocado a la falta de abastecimiento suficiente de productos tan esenciales como son las verduras.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala, a fin de remitir a los señores Ministros indicados un oficio por intermedio de cual se hagan presentes las observaciones del Honorable señor Buzeta.
El señor OCHAGAVIA.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
Oportunamente, se recabará el acuerdo en la Hora de Incidentes, pues ahora se requiere unanimidad.
5.-MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 15.467, QUE OTORGO LA CALIDAD DE EMPLEADOS PARTICULARES A LOS TORNEROS, MATRICEROS Y FRESADORES.- PREFERENCIA PARA TRATAR LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable señor Clavel solicita que se le conceda un minuto.
Si le parece a la Sala, se accederá al tiempo solicitado.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, en la sesión del 16 de marzo se comenzaron a tratar las observaciones del Ejecutivo al proyecto que modifican la ley Nº 15.467, que otorgó la calidad de empleados particulares a los torneros, matriceros y fresadores.
Ahora bien, como ese sector de trabajadores tiene gran interés por conocer el texto definitivo de dicho proyecto de ley, solicito que se despache antes de estudiar las modificaciones del Senado al proyecto de reajustes.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de votar inmediatamente las observaciones pendientes en el proyecto aludido.
Acordado.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir las dos votaciones secretas que proceden en el proyecto a que acaba de hacer referencia la Mesa.
Acordado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la observación del Ejecutivo, que consiste en suprimir el artículo 3º del proyecto.
-Efectuada la votación, en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 27 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la observación del Ejecutivo.
En votación la observación del Ejecutivo que consiste en suprimir el artículo 5º del proyecto.
Si le parece a la Cámara, se rechazará la observación y se insistirá en la disposición aprobada por el Congreso.
Acordado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Terminada la discusión de las observaciones.
El señor CLAVEL.-
Muchas gracias, señor Presidente.
ORDEN DEL DIA
6.-REAJUSTE DE REMUNERACIONES DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO Y POLITICA DE PRECIOS. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorables señores Diputados, se va a dar lectura a una proposición de la Mesa.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La Mesa se permite proponer a la Sala la adopción de los siguientes acuerdos, destinados a establecer un procedimiento especial, con sujeción al cual se discutirían y votarían las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que reajusta las remuneraciones de los funcionarios, empleados y obreros de los sectores público y privado y fija una política de precios, que, en conformidad con el artículo 203 del Reglamento, deben tratarse y despacharse sobre Tabla en esta sesión, en la cual se dio cuenta de ellas:
a) Otorgar a cada Comité parlamentario hasta 30 minutos en total para que los señores Diputados que a él pertenezcan puedan intervenir en el debate de estas modificaciones.
Este término es sin perjuicio del que se ocupe por la Mesa durante el despacho del proyecto para dar lectura a algún texto destinado a conocer el alcance de la enmienda u otros antecedentes que sean necesarios a este mismo efecto.
El tiempo anterior se entiende también sin perjuicio del que ocupen los señores Ministros de Estado que deseen intervenir en el debate.
Los señores Diputados usarán de la palabra en el orden que la soliciten y por el tiempo que estimen conveniente en cada uno de los casos, hasta enterar el total del término máximo de 30 minutos ya indicado.
Transcurridos los términos señalados se declarará cerrado el debate para precederse, en seguida, a votar las modificaciones que resten hasta el total despacho del proyecto en su tercer trámite constitucional.
Las interrupciones que se otorguen durante la discusión serán de cargo del tiempo del Diputado que la solicite.
Se omitirá el trámite de votación secreta en todos los casos en que fuere reglamentariamente procedente y el Orden del Día de la presente sesión se entenderá prorrogado todo el tiempo que fuere necesario para dar cumplimiento a estos acuerdos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán los acuerdos leídos.
El señor SILVA ULLOA.-
No, señor Presidente.
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hay oposición.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra al Honorable señor Silva Ulloa por un minuto...
El señor LORCA (don Alfredo).-
Yo también solicito un minuto, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
...y al Honorable señor Alfredo Lorca, por el mismo tiempo.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Silva.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas tenemos interés en que la Honorable Cámara despache las modificaciones introducidas por el Honorable Senado en el proyecto de reajuste de los sectores público y privado en el día de hoy, de manera que al oponerme a la proposición de la Mesa, no nos guía ningún espíritu obstruccionista. Sin embargo, creemos que otorgar media hora a cada Comité cuando deben discutirse y votarse 350 modificaciones, resulta completamente injustificado.
Colocándonos en un término muy prudencial, consideramos que debería acordarse, por lo menos, una hora para cada Comité.
Además, estimamos que a estos acuerdos falta agregar la suspensión de la Hora de Incidentes de esta sesión, la cual podría trasladarse a la del martes próximo.
No es posible que este acuerdo, adoptado para despachar este proyecto hoy día y según el cual sesionaremos en el mejor de los casos hasta las 4 ó 5 de la madrugada obligue al personal de la Corporación a quedarse aún más tiempo por la Hora de Incidentes.
Luego, señor Presidente, si es preciso, amanecernos y estar hasta las 8 de la mañana, estamos dispuestos a hacerlo, procediendo en esta forma, que no es exagerada. Y, naturalmente, si la sesión se prolonga más allá de las 2 de la madrugada, podríamos, incluso, complementar el acuerdo autorizando a la Mesa para suspender la sesión del miércoles, por cuanto, naturalmente todo el mundo va a estar trasnochado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Alfredo Lorca.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, los Diputados democratacristianos tenemos interés, como todos los trabajadores públicos y privados del país, en que este proyecto se despache cuanto antes. De acuerdo con el Reglamento, el debate debe cerrarse a las 6 de la tarde y empezar a esa hora a votar las modificaciones.
Con el objeto de posibilitar el despacho de este proyecto por la Cámara en el día de hoy y por el Senado mañana, la Mesa ha propuesto conceder media hora a cada Comité, lo cual significa sesionar hasta las 2 ó 3 de la mañana, por lo menos.
La solución planteada por los Diputados socialistas es diferente e implica dilatar un trámite del proyecto de reajustes hasta la otra semana, por cuanto el Senado no trataría esta materia de inmediato. Por eso, nosotros nos oponemos a ella.
Hemos aceptado que se otorgue media hora por Comité, pero si los Honorables colegas no están de acuerdo, deseamos que se aplique el Reglamento.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito nuevamente el asentimiento de la Sala para dar por aprobadas las proposiciones de la Mesa, con la modificación sugerida por el Honorable señor Silva Ulloa, en orden a agregar el tiempo de la Hora de Incidentes a la sesión ordinaria del próximo martes...
El señor VALENTE.-
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
...sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento, cuando proceda.
El señor MORALES (don Carlos).-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se procederá en conformidad al Reglamento de la Corporación.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MILLAS.-
Se podría citar a una reunión de Comités.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Sobre el particular, hay un Reglamento que regula la forma como deben tratarse los proyectos. La Mesa ha querido conceder mayor tiempo a los Comités, pero hubo oposición.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Corresponde ocuparse de las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley que reajusta las remuneraciones de los sectores público y privado y establece normas sobre una política de precios.
-El oficio del Senado aparece entre los Documentos de la Cuenta de este Boletín de Sesiones.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión la modificación del Senado al artículo 1º del proyecto.
El señor RIOSECO.-
El Reglamento dice diez minutos por cada modificación.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Corresponde votación secreta.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la votación secreta.
El señor MORALES (don Carlos).-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
En votación secreta...
El señor CLAVEL.-
Recabe nuevamente el asentimiento, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Vuelvo a solicitar el asentimiento unánime...
El señor ARAVENA (don Jorge).-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
En votación secreta la modificación introducida por el Senado al artículo 1°.
-Efectuada la votación en forma secreta, por el sistema de balotas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos; por la negativa, 8 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación del Senado.
En discusión la modificación del Senado que consiste en rechazar el artículo 2º del proyecto.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, según nuestro concepto, el Honorable Senado ha procedido bien cuando rechazó el artículo 2º aprobado por la Cámara, considerando que en el precepto a que prestó su aquiescencia esta Corporación se establece una discriminación con respecto al monto del reajuste para el sector público.
Hace pocos minutos, he escuchado a los Honorables colegas señores Silva Ulloa y Lorca, expresar el interés de los sectores políticos que representan por despachar rápidamente este artículo y todo el proyecto. Nosotros coincidimos en ese planteamiento, pero lamentamos profundamente que, por no haberse propuesto una fórmula que satisfaga los deseos de todos los sectores de esta Cámara, vayamos a aprobar verdaderos disparates.
No habrá oportunidad de discutir ninguna de las muchas disposiciones propuestas por el Gobierno, ni tampoco ninguna de las muchas indicaciones que aprobó el Senado. Este artículo 2º, por ejemplo, requiere de un análisis sereno, como también aquél que aumenta las remuneraciones del sector privado en el 40% ; el que establece fueros ; subvenciones; regímenes arancelarios; nuevos tributos, disposiciones relacionadas con las empresas del cobre, etcétera. En fin, se trata de una verdadera Torre de Babel.
A mi modo de ver, la Mesa debería hacer un esfuerzo por resolver esta situación, citar a los Comités parlamentarios y proponer una fórmula que nos permita expresar nuestras opiniones. Si fuera necesario, podríamos trabajar hasta la madrugada o, durante uno o dos días, expresar nuestros puntos de vista acerca de las modificaciones introducidas por el Senado en este proyecto.
Por estas razones, ruego al señor Presidente se sirva recabar el acuerdo de la Cámara a fin de solicitar un procedimiento que permita a cada Comité parlamentario expresar su opinión acerca de esta materia.
Por último, debo manifestar que apoyaremos el criterio del Senado en esta disposición, porque termina con las discriminaciones establecidas en el artículo 2º despachado por la Cámara...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Como cuestión previa, la Mesa debe hacer presente que consultó, sin necesidad de reunión, a todos los Comités de la Cámara respecto de la proposición formulada anteriormente.
El señor CANTERO.-
No fui consultado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable señor Acevedo es Comité, igual que Su Señoría, y a él se le consultó acerca de ese procedimiento.
El señor ACEVEDO.-
No he sido consultado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Su Señoría no puede negar un hecho. Debo hacerle presente que conoció la proposición de la Mesa.
El señor ACEVEDO.-
Yo he preguntado, pero no he estado de acuerdo con el procedimiento indicado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Una cosa es que Su Señoría no esté de acuerdo con él y otra es que lo haya desconocido.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO.-
No he sido consultado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa debe insistir en que ha tenido el mayor deseo de que puedan debatirse, con amplitud, todas las modificaciones introducidas por el Senado. Para eso, y en el ánimo de que pueda despacharse este proyecto y quede en condiciones de ser conocido por el Senado, en su eventual cuarto trámite constitucional, en el curso de la presente semana, la Mesa formuló la proposición de conceder treinta minutos a cada Comité parlamentario.
El señor ACEVEDO.-
¡Esa es la proposición de "El Mercurio"¡
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡No existe ninguna proposición de "El Mercurio"! ¡No sea insolente, Su Señoría!
El señor ACEVEDO.-
El insolente, en todo caso, es Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa quiere citar brevemente, por media hora, a una reunión de Comités. Con tal objeto, recabará el asentimiento de la Sala para suspender la sesión por dicho tiempo. En esta reunión se tratará de obtener un acuerdo respecto de esta materia. Si no fuera posible, la Mesa, que debe respetar los derechos de los señores Diputados, no sólo de un sector político, sino de todos, deberá cumplir con las normas que prescribe el Reglamento. O sea, de acuerdo con el artículo 203 del Reglamento, deberá discutirse y votarse este proyecto en la presente sesión, en virtud de haber sido despachado en su primer trámite Constitucional con "suma urgencia".
En consecuencia, la Mesa se permite recabar el asentimiento de la Sala a fin de suspender la sesión durante treinta minutos...
El señor LORCA (don Alfredo).-
¿Me permite señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
...para celebrar una reunión de Comités y tratar de obtener un acuerdo sobre la materia.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito la venia de la Sala para conceder la palabra al Honorable señor Lorca, don Alfredo.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Quiero decir, señor Presidente, que no se trata de que nos engañemos con los Diputados de Oposición.
En la reunión de Comités, nosotros vamos a aceptar la posición de la Mesa, que consiste en conceder media hora a cada Comité para el despacho del proyecto, aun cuando esto signifique que debemos sesionar hasta las dos o tres de la madrugada.
Si Sus Señorías desean perder media hora, no tengo inconveniente en aceptar que se celebre una reunión de Comité, pero -repito -no vamos a aceptar otro procedimiento que el propuesto por la Mesa...
El señor ACEVEDO.-
¡No sea prepotente!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Sala ha escuchado la posición de uno de los señores Comités. Como para alterar el procedimiento antes propuesto se necesita la unanimidad de los Comités, es imposible llegar a cualquier acuerdo...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Por lo tanto la Sala continuará considerando el proyecto en la forma prescrita en el Reglamento.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, respecto del artículo 2º.
El señor RIOSECO.-
En relación con el artículo 2º, que ha creado este curioso problema de desinteligencia entre la Mesa y el Comité de la Democracia Cristiana....
El señor LORCA (don Alfredo).-
No existe ningún desacuerdo. ¡Pierde el tiempo Su Señoría!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
No sé a qué tiempo se refiere Su Señoría.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Al suyo.
El señor CASTILLA.-
¡Su Señoría pertenece al tiempo pasado!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Pereira. Honorable señor Castilla, ruego a Sus Señorías se sirvan guardar silencio.
Puede continuar el Honorable señor Rioseco.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡Está atrasado en noticias Su Señoría!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Fuentes, don Samuel!
El señor RIOSECO.-
El representante de la "Patria Joven", que ha tenido la audacia de hablar de tiempo pasado...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a Su Señoría referirse al artículo en discusión.
El señor RIOSECO.-
...plantea claramente la cuestión.
El Presidente de la Cámara, Honorable señor Ballesteros, y el Honorable señor Lorca, Comité de la Democracia Cristiana, son Diputados antiguos y saben, perfectamente, que en esta clase de proyectos en los cuales, como vemos, el artículo 2º se refiere a una materia, diferentes artículos de otras y, en algunos casos, de materias que no tienen ninguna conexión entre sí, la costumbre -sana costumbre, aunque sea del tiempo pasado, porque cualquier tiempo pasado fue mejor...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Así es. Lo dice el poeta.
El señor RIOSECO.-
...consistía en otorgar tiempo para su discusión por materias, y no treinta minutos o una hora, como se pretende hacer en esta oportunidad. Por ejemplo, en la especie, se legisla respecto del reajuste de los sectores públicos y privado, del financiamiento, y se contemplan disposiciones de la más diversa índole...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Pero el proyecto se encuentra en tercer trámite Constitucional.
El señor RIOSECO.-
Efectivamente, está en su tercer trámite. Pero la Mesa tiene muy mala memoria...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Señor Diputado, la Mesa sabe perfectamente que, durante el tercer trámite constitucional de los proyectos que ha despachado esta Cámara, normalmente se han votado en la Sala las modificaciones del Senado, y no se concedieron tiempos especiales para debatirlas. En cambio, sí se otorgaron durante el primer y segundo trámites constitucionales de los proyectos.
El señor RIOSECO.-
Es frágil la memoria de los Honorables Diputados de la Democracia Cristiana.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Lo es la de Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
Ruego al señor Presidente se sirva hacer respetar mi derecho.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa hace presente a Su Señoría que debe referirse a la materia en debate.
El señor RIOSECO.-
La verdad de las cosas es que, si analizáramos la totalidad de las disposiciones despachadas en esta clase de proyecto sobre reajuste de remuneraciones, de los cuales hemos debatido, por lo menos, uno al año, siempre hemos visto que se han concedido tiempos especiales, durante el tercer trámite constitucional del respectivo proyecto.
Por mi parte, tengo muy buena memoria, porque algo significa que me haya metido en la cabeza los siete tomos del texto de Anatomía de Testut, para afirmar a Su Señoría que siempre se han otorgado tiempos especiales para debatir cada una de las distintas materias a que se refieren los proyectos que se encuentran en tercer trámite constitucional.
Por lo demás, ha quedado de manifiesto
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Pereira, ruego a Su Señoría tomar asiento!
El señor RIOSECO.-
...la soberbia e intransigencia de la Democracia Cristiana, pues sus representantes han dicho que sólo aceptarán el procedimiento, propuesto por ellos para el debate del proyecto, o ninguno, sin escuchar razonamiento de ninguna clase...
El señor LORCA (don Alfredo).-
Hemos cambiado ideas durante toda esta mañana respecto de esa materia. Pero Su Señoría, tal vez, estaba durmiendo...
El señor RIOSECO.-
El hecho de no aceptar ninguna clase de opiniones contrarias a su opinión y de no variar en absoluto su criterio, pone de manifiesto uno de los hechos más graves que, en este momento, afectan a nuestra democracia.
El señor GARAY.-
El Honorable señor Lorca, don Alfredo, está haciendo uso de un derecho, al dar a conocer su opinión, como Comité.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
Ello demuestra el predominio exclusivo de un partido en el seno de esta Honorable Cámara, el que no acepta insinuaciones de ninguna especie.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa tiene el derecho de aplicar a Su Señoría las disposiciones del Reglamento, que lo obligan a referirse a la materia en debate.
El señor RIOSECO.-
Me voy a referir, de inmediato a la materia en debate.
Decía que las cosas han llegado a tal extremo, que el señor Presidente de la Cámara, faltando al Reglamento, se ha permitido tratar de "insolente" al Honorable señor Acevedo, sin que nadie proteste, en circunstancias que lo único que puede hacer, de acuerdo con nuestro Reglamento, es llamarlo al orden, censurarlo, amonestarlo o aplicarle otras medidas.
Sin embargo, en esta oportunidad, el señor Presidente de la Cámara ha tenido la osadía de llamar "insolente" a un señor Diputado, faltando gravemente a sus responsabilidades como Presidente de la Corporación.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hago presente a los señores Diputados que la Mesa no necesita defensores, pues está cumpliendo con los disposiciones del Reglamento.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la supresión del artículo 2º propuesto por el Senado.
Corresponde votarlo en forma secreta.
-Efectuada la votación en forma secreta, por el sistema de balotas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 43 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En discusión la modificación al artículo 3º, que consiste en rechazar su inciso final.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente) .-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, quiero recordar al Honorable señor Rioseco y a todos los señores parlamentarios que critican nuestra actitud de oposición a un debate amplio en este tercer trámite constitucional, que el proyecto de reajuste de remuneraciones para 1965, siendo Presidente de esta Corporación el Honorable señor Morales Adriasola y jefe del Comité Radical el distinguido colega Rioseco, se empezó a votar en particular a partir de las 18 horas. De suerte que la memoria de Sus Señorías no ha sido feliz en este momento.
Aquí tengo la versión de esa sesión y puedo leerla.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Pido que se tenga conmigo la misma benevolencia que se tuvo con el Honorable señor Rioseco.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que el Honorable señor Alfredo Lorca pueda referirse a otra materia.
El señor CLAVEL.-
No, señor Presidente.
El señor RIOSECO.-
Siempre que se me permita contestarle...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Agradezco la gentileza del Honorable señor Clavel, pero ya expresé lo que deseaba decir a Sus Señorías.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rioseco; y, a continuación, el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, en la misma forma incidental en que el Honorable señor Lorca se ha referido a otra materia, quiero manifestar, aunque la Mesa me llame la atención, que se ha invocado el precedente de un proyecto que en aquella oportunidad no produjo el desacuerdo que hay en este momento entre el Senado y la Cámara. De tal manera que es correcta mi aseveración.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable se-por Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, poner en parangón la magnitud del proyecto en debate con el que dio origen a la ley Nº 16.250, es como comparar la gordura con la hinchazón, porque, a pesar de la importancia de sus disposiciones, su articulado no contenía tanta diversidad de materias como éste, las que interesa conocer, y que han sido originadas en indicaciones formuladas por el Ejecutivo y por los señores Senadores en el segundo trámite constitucional. Conviene recordar que fue la Cámara la que, por unanimidad, invitó al Senado a formar una Comisión Mixta para estudiar la manera de despachar los proyectos que en tercer trámite constitucional traían incorporadas materias distintas de las aprobadas en su primer trámite constitucional.
De tal manera que nosotros, al haber pedido un tiempo muy limitado para despachar este proyecto, hemos demostrado nuestra buena fe y el deseo de que, efectivamente, legislemos con rapidez, aunque esta celeridad está limitada por la eficiencia de la labor legislativa. Pues bien, los Diputados de estos bancos, sin perjuicio de nuestro propósito de contribuir al pronto despacho de esta iniciativa, queremos analizar el alcance de este proyecto que va a tener efectos permanentes. Y eso no lo podemos hacer en breves segundos.
Por eso, en resguardo de los intereses de los trabajadores y de todos los sectores de la ciudadanía, habíamos formulado la proposición que no ha sido aceptada por el Comité democratacristiano. Las comparaciones que han hecho algunos Honorables colegas de esos bancos no tienen ninguna atinencia con la materia en discusión. Por las razones expuestas, en el artículo 3º vamos a votar por el criterio del Senado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela, don Ricardo.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, los Diputados de la Democracia Cristiana vamos a votar en contra de la modificación del Senado, por cuanto el rechazo del último inciso del artículo 3º significará un perjuicio evidente para los empleados y obreros de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, para los funcionarios del Servicio Nacional de Salud provenientes de la ex Caja de Seguro Obligatorio y para el personal del Instituto Bacteriológico de Chile. Por lo tanto, consecuentes con nuestros principios, no podemos aceptar el criterio del Senado, pues él afecta las rentas de esos personales, que son muy esforzados, y ganan muy poco.
En consecuencia, votaremos en favor de la disposición ya aprobada por la Cámara.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, la supresión del inciso final del artículo 3º, propuesta por el Senado, tiene relación directa con la modificación de esa misma Corporación, que consiste en eliminar el artículo 2º. Cuando se discutió este proyecto en su primer trámite constitucional, fuimos partidarios de rechazar los artículos 1º y 2º por estimar que el porcentaje de aumento era exiguo y no satisfacía las aspiraciones de los empleados públicos, semifiscales y de las empresas de administración autónoma.
La información que ha dado el Honorable señor Ricardo Valenzuela sobre lo que sucedería en el caso de que se rechazara el inciso final de este artículo, no es aplicable a los ex funcionarios de Ferrocarriles del Estado, ni del Servicio de Seguros Social. En efecto, al suprimirse este inciso, quedaría simplemente vigente establecido en los artículos 1º y 2º; vale decir, no resultaría afectado el personal que ha mencionado el Honorable señor Ricardo Valenzuela.
Así como antes hemos rechazado el bajo porcentaje de reajuste de las remuneraciones, por ser irreal y acomodado a la política del Gobierno de congelación de sueldos y salarios, ahora vamos a apoyar el criterio del Senado. De esta manera seremos consecuentes con la posición que hemos sustentado al rechazar el articulado del proyecto que otorga un exiguo porcentaje de aumento a estos personales.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría en el tiempo de su segundo discurso.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Muy brevemente quiero expresar que lamento que el Honorable señor Va-lente no esté en conocimiento de que este personal se paga por planilla normal y, a la vez, recibe un excedente pequeño por planilla suplementaria. En caso de que se suprima este inciso final, no gozarán de este último beneficio. Por eso, votaremos en favor del artículo 3º tal como lo despachó la Honorable Cámara.
Quería dar esta explicación al Honorable señor Valente, por la deferencia que debemos tenernos los parlamentarios.
El señor ESCORZA.-
Pido la palabra.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Escorza; y, a continuación, el Honorable señor Valente.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, también quiero aclarar que en el caso del personal de los Ferrocarriles del Estado, los efectos del reajuste operarían respecto de todas las remuneraciones. La supresión del inciso final del artículo 3º beneficiaría solamente al personal de sueldos bajos. Como lo señaló muy bien el Honorable señor Valenzuela, don Ricardo, perjudicaría a los ferroviarios, como igualmente al personal del Servicio Nacional de Salud. Esa es la razón por la cual insistiremos en la mantención de este inciso.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, creo que el alcance del artículo 3º es suficientemente claro. De acuerdo con el inciso final de esta disposición, "en ambos casos -los señalados en los incisos primero y segundo- deberán considerarse estas remuneraciones para los efectos de calcular el porcentaje adicional a que se refieren las letrás b) y c) del artículo 2º de la presente ley". En verdad, estas letras indican el modo en que deberá operar la ley para aplicar el reajuste del 25%. Es decir, en ningún caso dicho inciso significa un beneficio para este personal.
Según la argumentación del Honorable señor Escorza, quiere decir que la aberración, si la hay, consiste en otorgar un reajuste del 15% y del 25% a un personal que gana remuneraciones muy bajas, como lo han reconocido los Honorables colegas Valenzuela, don Ricardo, y Escorza.
Nosotros estimamos que el reajuste a este personal debería hacerse con el mismo criterio que tuvo el Senado cuando reajustó las remuneraciones del sector privado y de los campesinos, beneficiados con este proyecto no en un 25%, sino en el 40%. Consideramos que ése es el reajuste que debió darse al sector público, en vez de esta fórmula buscada por los Honorables señores Escorza y Valenzuela, don Ricardo, para justificar la aplicación del 25% y del 15%, porcentajes absolutamente irreales y en desacuerdo con el alza del costo de la vida.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ESCORZA.-
Pido la palabra."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ríoseco; y, a continuación, el Honorable señor Escorza, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor RIOSECO.-
Quiero hacer, muy brevemente, una rectificación de hechos.
En la época citada por el Honorable señor Alfredo Lorca, cuando se tramitó la ley Nº 16.250, el año 1965, ya no era Comité de mi partido; había dejado de serlo aproximadamente un año atrás.
Por otra parte, he sostenido que, cuando la Falange Nacional o la Democracia Cristiana eran Oposición, siempre hicieron valer su derecho a un tiempo determinado para discutir, en el tercer trámite constitucional de estos proyectos de reajustes "misceláneos", como se los ha denominado, las distintas materias incorporadas en su texto, porque era necesario formarse un concepto cabal acerca de ellas.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Escorza, dentro del tiempo de su segundo discurso.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, quiero aclarar que las directivas gremiales piden permanentemente que se deje establecido en las leyes de reajustes que estos aumentos alcanzan a las remuneraciones anexas, porque son de estímulo de la producción.
En segundo lugar, la Contraloría ya se ha pronunciado en varias oportunidades al respecto.
Si no se procediera de acuerdo con este criterio, la ley quedaría trunca y la Contraloría objetaría esta situación.
Esa es la materia en debate y no la que está señalando el Honorable señor Va-lente. Por eso, le digo a Su Señoría que trate de leer mejor el artículo para poder opinar sobre él.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Corresponde votación secreta.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
¿No se puede omitir, señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo, Honorable Diputado.
En votación secreta la modificación del Senado, que consiste en suprimir el inciso final del artículo 3º.
-Efectuada la votación en forma secreta, por el sistema de balotas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 45 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En conformidad con el Reglamento, la Mesa debería declarar cerrado el debate en este instante. Sin embargo, ha consultado a los diferentes Comités, a fin de insistir en su proposición primitiva, con la enmienda de elevar de 30 a 45 minutos el tiempo asignado a cada Comité.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Aunque no he sido consultado, no me opondré, para facilitar la labor del señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa agradece el gesto de Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
¿Y la Hora de Incidentes?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se agregará a la sesión ordinaria del martes próximo. De lo contrario, tendría que desarrollarse a avanzadas horas de la madrugada.
El señor VIDELA.-
¿Y se omitirán las votaciones secretas?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ese punto está incluido en la proposición. Las únicas enmiendas son el aumento del tiempo de cada Comité y el traslado de la Hora de Incidentes.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la proposición de la Mesa, modificada en esa forma.
Aprobada.
El señor RIOSECO.-
¿Y se suspenderá la sesión de mañana?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Según se vaya desarrollando esta sesión, se verá si se suspende o no la de mañana.
El señor RIOSECO.-
O sea, como dijo el señor Silva Ulloa, si esta sesión pasa de las 2 de la madrugada...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, la Mesa solicitará oportunamente el acuerdo para suspender la sesión ordinaria de mañana.
Acordado.
En consecuencia, corresponde discutir la modificación del artículo 4º, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En discusión la modificación del artículo 6º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 6 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la modificación del artículo 8º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la modificación del artículo 9º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión las modificaciones del artículo 12.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la, negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazadas las modificaciones.
En discusión las modificaciones del artículo 13, cuyo inciso primero ha pasado a ser artículo 60.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el cambio de ubicación de este precepto.
Acordado.
En votación la modificación que consiste en sustituir el inciso primero del artículo 13 por los que figuran en el boletín.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación.
El inciso segundo del artículo 13 pasa a ser artículo 6°, sin enmiendas.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará este cambio de ubicación.
Acordado.
En votación el nuevo epígrafe propuesto por el Senado para el Párrafo 2º.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión las modificaciones del artículo 14, que ha pasado a ser 11.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán las enmiendas del Senado.
Aprobarías.
En discusión las modificaciones del artículo 15 que ha pasado a ser 12.
El señor VIDELA.-
Debe votarse por incisos.
El señor ACEVEDO.-
Es concordante con el artículo anterior.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se votarán separadamente los incisos.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la modificación que consiste en reemplazar, en la letra a) de este artículo las palabras "Párrafo 1º del artículo 2º, del Decreto Supremo (Hacienda) Nº 4.467, de 12 de junio de 1956 del mismo decreto", por: "artículo 2º del Párrafo I -Definiciones- del Decreto Supremo (Hacienda) Nº 4.467, de 12 de junio de 1956."
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación que consiste en substituir la letra b).
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación que consiste en suprimir la palabra "fecha", en la letra c).
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación que consiste en intercalar, en la letra e), entre el vocablo "las" y la expresión "horas extraordinarias", las palabras "remuneraciones por".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación que consiste en intercalar, en la misma letra e) entre las expresiones "horas extraordinarias" y "a contar", la frase siguiente: "y otras remuneraciones imponibles vigentes no establecidas en las letras a), b), c) y d) del presente artículo."
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación, la modificación que consiste en agregar el siguiente inciso final:
"Las plantas, encasillamientos y escalafones a que se refiere el inciso anterior, deberán ser confeccionados de acuerdo con el D.F.L. 338, de 1960."
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 36 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el inciso final propuesto por el Senado.
En discusión el artículo 13, nuevo, agregado por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión la modificación del artículo 16, que ha pasado a ser 14 en el proyecto aprobado por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión la modificación que consiste en sustituir el texto del artículo 17, que ha pasado a ser 15.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 18, 19 y 20 nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados, sin debate, por asentimiento tácito.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 21, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor BALLESTEROS (Presiden-te).-
Rechazado el artículo.
En discusión las modificaciones al artículo 19, que ha pasado a ser 22.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor VIDELA.-
Que se vote por incisos, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se votará separadamente cada una de las enmiendas introducidas por el Senado en este artículo.
En votación la modificación que consiste en intercalar un inciso segundo, nuevo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación del inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, que consiste en sustituir la frase "aplicarán los artículos 1º y 2º" por la siguiente: "aplicará el artículo 1º".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos por la negativa, 30 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En votación la enmienda que consiste en reemplazar el inciso final.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 24, 25, 26 y 27, nuevos, propuestos por el Honorable Senado, fueron aprobados, sin debate, por asentimiento tácito.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión las modificaciones del artículo 20, que ha pasado a ser 28.
Se discutirán en conjunto las modificaciones y se votarán en forma separada, como corresponde reglamentariamente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Se votará, en primer lugar, la modificación que consiste en suprimir, en el inciso que se reemplaza por el número 1), las palabras "de antecedentes" y la preposición "de", que sigue a la expresión "menos".
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
En votación la modificación que consiste en agregar, en el número 2), la frase:
"y reemplázase el inciso final por el siguiente:
"Al profesional funcionario reincorporado se le reconocerá la antigüedad que tenía en el momento de la opción".
Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobada.
En el Nº 3, se reemplaza la expresión "Suprimir" por "Suprímense".
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se dará por aprobada la modificación.
Acordado.
Igualmente, se darán por aprobadas las modificaciones o enmiendas hechas a los números 5, 6 y 7.
Acordado.
En el Nº 8 se reemplaza la palabra "Sustituir", por "Sustitúyese".
En votación.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobada esta modificación.
Acordado.
En el mismo Nº 8 en el inciso 2º de la letra b) del artículo 11 que se sustituye, se reemplaza la frase: "una vez acordados por el Honorable Consejo de Salud, los montos de cada una de las asignaciones de la letra b), la facultad para concederlas", por la siguiente: "la facultad de conceder esta asignación de acuerdo con el Reglamento,"
En votación la modificación del Senado.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán también las modificaciones del Senado a los Nºs. 9, 10 y 11, que son de índole gramatical.
Acordado.
En votación la modificación del Senado al Nº 12 del artículo 20, que consiste en reemplazar su encabezamiento por el siguiente: "Agrégase al artículo 15 el siguiente inciso:"
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación del Senado, que es de orden exclusivamente gramatical.
Acordado.
En votación la modificación del Nº 13, que ha sido sustituido por el que aparece en el boletín.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobada.
Acordado.
En votación la modificación al Nº 14, que consiste en reemplazar "agregar", por "agrégase"; y en cambiar de ubicación unas comillas.
Sí le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación del Senado.
Acordado.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Qué esfuerzo mental el del Senado!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Así es.
En votación la modificación del Nº 15, que consiste en reemplazar la forma verbal "Sustituir", por "Sustitúyese".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Acordado.
En el mismo Nº 15) el Senado propone suprimir en el inciso segundo del artículo 39, al que sustituye la frase: "y además 60 años de edad."
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se dará por aprobada.
Acordado.
¿Habría acuerdo para dar por aprobadas todas las demás modificaciones del Senado a este artículo?
Acordado.
En discusión la modificación del Senado que consiste en agregar un artículo nuevo, con el número 29.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se dará por aprobado el artículo 29, nuevo.
Acordado.
En discusión el artículo 30, nuevo, que propone el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se dará por aprobado.
Acordado.
En discusión las modificaciones del Senado al artículo 21, que ha pasado a ser 32, enmendándose la referencia al artículo 20" por otra al artículo 28" de la ley o al que corresponda según lo que se acuerde.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el cambio de la referencia.
Acordado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará también la sustitución propuesta por el Senado al epígrafe del párrafo IV.
Aprobada.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aceptará también el cambio de glosa que se luce en el artículo 24, que ha pasado a ser 35.
Acordado.
En discusión la modificación del Senado, que consiste en agregar al inciso segundo del artículo 24, entre las palabras "alterar" y "las remuneraciones", la frase: "de acuerdo con los porcentajes establecidos en la presente ley".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación.
Aprobada.
En discusión la modificación que consiste en agregar un artículo 39 nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación.
Aprobada.
En discusión la modificación del artículo 28, que pasa a ser 40 y que consiste en agregar un inciso final nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el inciso final que propone el Senado.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada, la votación en forma económica dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 10 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el inciso final.
En discusión la modificación del artículo 29, que consiste en aumentar el monto de la cifra asignada.
Si le parece a la Cámara, se dará por aprobada.
Acordado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión la modificación que consiste en agregar un artículo con el número 45.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo 45, nuevo.
Aprobado.
En discusión la modificación que consiste en agregar un artículo nuevo con el número 46.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se dará por aprobado el artículo 46, nuevo.
El señor VIDELA.-
¡Votación, señor Presidente!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo 46, nuevo.
En discusión el artículo 47, nuevo, por nuestro por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo 47, nuevo.
El señor VIDELA.-
¡Votación, señor Presidente!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 2 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado.
En discusión el artículo 48, nuevo, aprobado por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos; por la negativa, 6 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57 y 58, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados, sin debate y por asentimiento tácito.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la sustitución propuesta por el Senado del epígrafe del párrafo 5º.
Acordado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el cambio de ubicación propuesto por el Senado para el artículo 31 del proyecto.
Acordado.
En discusión el artículo 61, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
-Por acuerdo posterior de la Sala, adoptado a continuación del pronunciamiento recaído en el artículo 248, nuevo, se acordó insertar el siguiente alcance hecho por el señor horca, don Alfredo, respecto del artículo 61:
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, la Asociación Nacional de Empleados Auxiliares del Servicio de Seguro Social, me ha solicitado que, para los efectos de la historia del establecimiento fidedigno de la ley, se aclare que la aplicación del artículo 61, nuevo, tiene por objeto normalizar, definitivamente, la situación del personal de servicios menores de la institución, y que la Contraloría General de la República deberá tomar razón de las contrataciones, en orden correlativo, de los años 1960 a 1964, las que de hecho, dejarán sin efecto las resoluciones de 1963, que actualmente se encuentran en ese organismo contralor.
Los dirigentes de los empleados auxiliares del Servicio de Seguro Social, que ya estuvieron en la Contraloría, me han pedido que diga estas palabras, con el fin de precisar el alcance de la disposición aprobada.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 63, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, el Senado, con un hondo sentido de justicia, ha aprobado para este personal del Servicio Nacional de Salud un feriado de 25 días hábiles.
Todos sabemos que a estos funcionarios se les exigen estudios superiores; tanto las enfermeras como las matronas deben poseer título universitario para ocupar sus cargos y los auxiliares de enfermería necesitan haber rendido 4º año de humanidades y haber completado un curso adicional de un año de duración, es decir, deben cumplir el aprendizaje de una técnica perfecta. No obstante, el personal de enfermería es, probablemente, el más mal rentado dentro de la Administración Pública.
Este artículo no corrige el problema de las bajas rentas de este personal. Sabemos que muchos auxiliares de enfermería apenas alcanzan a ganar un sueldo vital, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley Nº 13.305, la cual estableció que ningún funcionario público puede ganar menos de esa suma. Lo más graves que fuera de tener rentas extraordinariamente bajas, su trabajo les impone enormes sacrificios. En efecto, deben cumplir turnos nocturnos dos y hasta tres veces por semana y trabajar a menudo los sábados, domingos y festivos. Es decir, ya en este aspecto están en desventaja con relación a otros sectores de la Administración Pública, que tienen derecho al descanso en los domingos y festivos y no realizan turnos de noche. Con frecuencia, estos auxiliares sólo logran percibir la remuneración vital mínima con horas extraordinarias y con el pago correspondiente a los recargos por trabajo nocturno. De manera que, por lo menos, hay un principio de equidad en conceder a tan sufrido personal un feriado mínimo de 25 días hábiles.
Desgraciadamente, por no contar con iniciativa en materia de gastos públicos, el Senado no ha podido hacer verdadera justicia a estos trabajadores, elevando sus rentas al nivel que les corresponde, pues, indudablemente, sus estudios, conocimientos y capacidad están muy por encima de los de muchos funcionarios similares que gozan de mejores rentas. Como digo, las enfermeras y matronas del Servicio Nacional de Salud requieren título universitario para su desempeño, y a los auxiliares de enfermería se les exige 4º año de humanidades más un curso de un año de duración para la especialización correspondiente. Por eso, es lamentable que el Congreso no tenga iniciativa para hacerles definitivamente justicia.
Por estas razones, los Diputados radicales apoyamos la proposición del Senado y esperamos que un nuevo proyecto de ley permita corregir definitivamente la mala situación económica del personal aludido.
Nada más.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, concordamos con el Senado en la necesidad de introducir este artículo. Nos parece de extrema justicia otorgar al personal de enfermeras, matronas y auxiliares de enfermería un feriado mínimo de 25 días hábiles. Todos conocemos la forma en que trabaja el personal beneficiado con esta disposición y los sacrificios que debe realizar para poder cumplir sus funciones.
Si bien es cierto que las remuneraciones de este sector no se aumentan en la proporción que merecen ser reajustadas, por lo menos concederles un descanso de 25 días hábiles significa una compensación no sólo a su abnegada labor anual en el Servicio Nacional de Salud, sino, además, un tratamiento adecuado para paliar el agotamiento que el desempeño de sus funciones les produce.
Los Diputados comunistas vamos a dar nuestros votos favorables para aprobar esta iniciativa del Senado, que hace justicia al personal de enfermeras, matronas y auxiliares del Servicio Nacional de Salud.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Palestro; y, a continuación, el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, nosotros, los Diputados socialistas vamos a apoyar también el artículo nuevo introducido por el Senado, que tiende a dar 25 días hábiles de vacaciones al personal de enfermeras, matronas y auxiliares.
La verdad es que quienes vivimos en comunas populares entendemos y comprendemos plenamente la justicia que encierra esta disposición. Hay hospitales del Servicio Nacional de Salud, como el "Barros Luco" y el "Trudeau", con todas sus dependencias, los cuales sirven a las poblaciones más densas de la capital de Chile, como son las pertenecientes al sector sur de la provincia de Santiago, que, a pesar del noble y gran espíritu de sacrificio de este personal, desgraciadamente tan mal pagado y rentado, no dan, prácticamente, abasto.
Nosotros quisiéramos, más adelante, poder rechazar algunos artículos aprobados por la Cámara de Diputados y modificados por el Senado o por indicaciones del Ejecutivo, con el objeto preciso, como aquí se ha reconocido, de hacer justicia a personal tan esforzado y, repito, tan mal rentado como el que se desempeña en el Servicio Nacional de Salud.
De ahí que los Diputados socialistas también votaremos favorablemente este artículo, que, por lo menos en este aspecto, representa un tratamiento recto para estos trabajadores.
Nada más.
La señorita LACOSTE.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa; y, a continuación, la Honorable señorita Lacoste.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, el Honorable señor Palestro ha expresado la opinión de los Diputados socialistas frente a este artículo y yo la reafirmo.
Lo único que debo esclarecer es la limitación de este artículo, pues está destinado sólo al personal del Servicio Nacional de Salud.
Termino señalando que nosotros esperamos que la Honorable Cámara apruebe este artículo. Como seguramente Su
Excelencia el Presidente de la República observará este proyecto, ojalá formule un veto que haga extensiva esta disposición al personal de los hospitales particulares del país.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señorita Lacoste.
La señorita LACOSTE.-
Señor Presidente, quiero dejar constancia de que nuestro partido está de acuerdo con lo manifestado por algunos Honorables colegas, respecto a la justicia de este artículo. Sin embargo, quiero recoger las insinuaciones hechas para nivelar los sueldos y salarios.
Los Diputados democratacristianos también estamos de acuerdo en eso, pero esperamos tener los recursos necesarios para no sólo reajustar las remuneraciones de los gremios que ganan extraordinariamente poco, sino las de todos aquellos que confían, a través de la reestructuración, obtener una mejor situación económica.
Nada más, señor Presidente.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor ESCORZA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero; y, a continuación, el Honorable señor Escorza.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, nosotros compartimos, evidentemente, las aspiraciones económicas de los sectores más postergados. Y, precisamente, anhelamos darles mejores remuneraciones a los funcionarios cuyos sueldos o salarios son bajos.
Por eso, junto con la Honorable Diputada democratacristiana que acaba de hacer uso de la palabra, estamos muy interesados en establecer la carrera funcionaría, que, evidentemente, colocará en un mismo nivel a los servicios de la Administración Pública, y permitirá resolver este problema de los sectores de bajas rentas y de servicios postergados.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Escorza.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, la Democracia Cristiana y el Gobierno han considerado la situación económica del personal beneficiado con esta disposición dentro del enfoque general de las remuneraciones de la Administración Pública y de los servicios descentralizados. Y, justamente, para equiparar la función y evaluación del cargo que desempeñan los empleados y obreros de distintas reparticiones, se estudia el establecimiento de la carrera funcionaría.
Luego, quiero recordar a los Honorables colegas que el feriado progresivo ya fue establecido en el Estatuto Administrativo. De manera que este problema está resuelto. ,
Sería una injusticia, en cierta medida, conceder un feriado parejo a este personal, en circunstancias que las vacaciones progresivas se otorgan de acuerdo con los años de servicio. Sería perjudicar a unos y beneficiar a otros.
Aprobar esta disposición, sin considerar el aspecto general de la Administración Pública y de otros servidores tan importantes como los que en estos instantes nos preocupan, representaría, evidentemente, una relativa injusticia.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, extraño las palabras de los Honorables señores Escorza y Lavandero sobre esta materia.
No veo por qué se pretende postergar hasta el establecimiento de la carrera funcionaría a estos auxiliares de enfermería que apenas ganan un sueldo vital; que para recibir tal remuneración deben trabajar horas extraordinarias; que tienen 4º año de humanidades, más un año de estudios bastante profundos sobre la materia y la práctica correspondiente. No veo tampoco por qué hablar de evaluación de funciones. ¿Acaso la importancia de estas labores no están definidas claramente por el hecho de tener que tratar con seres enfermos y exigírseles preparación técnica? A las matronas y enfermeras se les requiere un título universitario, y a los auxiliares de enfermería, repito, 4º año de humanidades más un año de estudios especiales.
En consecuencia, el hecho concreto es que requieren un sueldo superior al vital.
El señor ESCORZA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, lamento tener que rebatir a un distinguido profesional médico como es el Honorable señor Rioseco.
Mi Honorable colega sabe que, si bien es cierto, este personal labora con mucho sacrificio, también es efectivo que igual abnegación y dificultades de trabajo tiene el de servicios menores, que representa el grupo más numeroso de funcionarios de la Salud.
Como este artículo crea privilegios que ocasionarán perjuicios dentro del Servicio Nacional de Salud, los Diputados democratacristianos lo rechazaremos.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GARAY.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GARAY.-
Señor Presidente, no habría querido hacer uso de la palabra en este debate.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Escorza!
El señor GARAY.-
Sin embargo, deseo manifestar que comparto plenamente la inquietud expresada por todos los sectores de esta Corporación respecto de las remuneraciones del personal del Servicio Nacional de Salud, las cuales, indudablemente, son las más bajas del país.
Quien ingrese a la carrera médica o paramédica, aún en las posiciones más modestas, creyendo que va a descansar, está equivocado. Desde el Director General hasta el último portero del Servicio Nacional de Salud trabajan intensamente. Existen muchas disposiciones de excepción para el personal del Servicio, por las cuales se les conceden franquicias para tomar un feriado más largo que el corriente. No obstante, yo quiero recordar a la Honorable Cámara que, en este sentido, se han cometido algunos excesos, que no conviene seguir repitiendo.
Actualmente, hay alrededor de 8 mil auxiliares de enfermería en el Servicio Nacional de Salud, 1.400 enfermeras universitarias y alrededor de 400 matronas, a lo largo del país. Si pensamos que el total de funcionarios del Servicio Nacional de Salud asciende a cerca de 40 mil, y que este grupo representa alrededor de 10 mil, significa que al 25% del personal de este organismo se le quiere dar la franquicia de un feriado legal de 25 días hábiles.
Señor Presidente, quienes hemos estado en el Servicio Nacional de Salud en cargos de cierta responsabilidad, dirigiendo establecimientos de bastante importancia -y no podría negar la efectividad de las palabras del Honorable señor Palestro, porque conozco el inmenso movimiento que tiene el Hospital Barros Luco en la comuna de San Miguel, pero son excepciones- podríamos convenir en la necesidad que hay de que se estudie un sistema para dar a determinado personal de auxiliares, matronas, enfermeras y personales de otras actividades del Servicio, algunas franquicias en este aspecto; pero, hacerlo así, "al boleo", creo que no es serio.
Se produciría una serie enorme de dificultades, entre otras, buscar el financiamiento necesario para pagar el personal de reemplazo, y este dinero, caso de los 10 mil funcionarios, es sumamente difícil encontrar. Además, las enfermeras universitarias y matronas son extraordinariamente escasas en el país, de manera que aumentarles a un mínimo de 25 días hábiles estas vacaciones, me parece que no habría con qué ni con quiénes reemplazarlas.
Por otra parte, debo recordar que ni siquiera los médicos, dentistas ni farmacéuticos gozan de esta franquicia, pues, estos profesionales están afectos al Estatuto del Médico Funcionario. De acuerdo con este cuerpo legal, al cumplir 15 años de servicios, tienen derecho a 15 días de feriado; a los 20 años, 20 días; y, después, 25 días.
Por eso, y comprendiendo perfectamente bien la intención del Senado, me voy a oponer a la aprobación del artículo, porque he vivido esta realidad gremial, y veo que sólo se trata de dar una solución de "parche". Creo que tenemos la obligación de dar servicio, haciendo trabajar más a estas auxiliares y, en general, a todo el personal, y no hacer demagogia.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
La verdad, señor Presidente, es que la suerte de este artículo, que tuvo su origen en el Senado, está sellada. Pero nosotros quisiéramos escuchar de parte de los opositores argumentos serios y consistentes.
Con el perdón de la Mesa, deseo manifestar que los argumentos dados por el Honorable señor Garay para oponerse...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los Honorables Diputados se sirvan guardar silencio.
El señor SILVA ULLOA.-
... nuestro pueblo los califica con un proverbio muy sabio y ladino. Constituye la oposición de los Honorables colegas la política del "perro del hortelano", porque no tienen la personalidad para decir "nos oponemos por esta razón", y dan como argumento de que lo hacen porque no abarca a todo el personal. La verdad es que es un poco infantil.
Señalé en mi primer discurso sobre la materia, que estábamos dispuestos a discutirlo y ampliarlo, si fuera necesario...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
... pero, en ningún caso nos opondremos a la modificación que ha propuesto el Senado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 66, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará el artículo propuesto.
Aprobado.
En discusión el artículo 67, nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara...
El señor VALENTE.-
Podría aprobarse igual hasta el artículo 74, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa advierte que, respecto del artículo anterior, la referencia a la ley Nº 7.925 es errónea, porque debiera decir ley Nº 7.295. Al parecer, hay un error en la transcripción del Senado. En todo caso, solicito se le otorgue facultad a la Mesa para realizar el cambio de referencia oportunamente, si fuera posible.
Si le parece a la Honorable Cámara, así se acordará.
Acordado.
En votación el artículo 67, nuevo, propuesto por el Senado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 68, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 69, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
El señor DAIBER.-
Que se vote, señor-Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo nuevo propuesto por el Honorable Senado.
En discusión el artículo 70.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Sí le parece a la Honorable Cámara...
El señor VIDELA.-
Pido que se vote, señor Presidente.
El señor LAVANDERO.-
Pido que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma eco-nómica, dio el siguiente resultado: por la afirmativo., 17 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo 70, nuevo, del Senado.
En discusión el artículo 71, nuevo.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas votaremos favorablemente el artículo 71, nuevo, introducido por el Honorable Senado.
Los que conocemos cómo realizan sus actividades los personales de las Municipalidades y los bajos sueldos que perciben sus empleados y obreros, sabemos que, permanentemente, ellos se ven obligados a solicitar algunos anticipos, a cuenta de futuros aumentos de remuneraciones, a las respectivas Corporaciones edilicias.
Esto ha ocurrido especialmente, con ocasión de Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo, en que, por lo menos algunos Alcaldes y Regidores que tienen suficiente sensibilidad para comprender, aquilatar y avaluar en sus verdaderas dimensiones la crisis económica que afecta a los trabajadores, en general, y, sobre todo, a los empleados y obreros municipales, han autorizado algunos anticipos, con lo cual se han expuesto a los reparos de la Contraloría General de la República y aún, en muchos casos, a la cárcel, por haber votado favorablemente estas peticiones de anticipos.
Señor Presidente, los que conocemos "las pellejerías" de orden económico que pasan estos personales municipales, estimamos que la aprobación del artículo nuevo en debate sería una manera, en primer lugar, de guardar las espaldas a los Alcaldes y Regidores que tuvieron sensibilidad -repito- para comprender los problemas de sus trabajadores, y, en segundo lugar, para no recargar con el descuentos de los anticipos concedidos, los esmirriados sueldos y salarios que ellos perciben.
Por estas razones, solicitamos el apoyo de la Honorable Cámara y anunciamos nuestros votos favorables a. este artículo 71, nuevo, del Honorable Senado, en la seguridad de que, en esta forma, estaremos, en primer lugar, resguardando las espaldas de los Regidores y Alcaldes que votaron favorablemente la concesión de estos anticipos y, en segundo término, evitando, en cierto modo, que se dé un zarpazo más a los ya raquíticos sueldos que perciben los empleados y obreros municipales.
El señor VIDELA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIDELA.-
Señor Presidente, los sueldos que tienen los personales de las Municipalidades, indudablemente, son bajos, exiguos; pero también es cierto que ellas existen para prestar servicios en la comuna, y ocurre, en la actualidad, que el ciento por ciento de las Municipalidades chilenas están pagando, por concepto de sueldos y salarios, más del ochenta por ciento de las entradas que perciben, incluso hay algunas que están destinando a ese rubro hasta el noventa y cinco por ciento de sus ingresos, es decir, son organismos comunales destinados exclusivamente a la atención de sus empleados.
Los que queremos salvar la autonomía de las Municipalidades, los que hemos sido Regidores y Alcaldes, durante cierto tiempo, estamos interesados fundamentalmente en que las corporaciones edilicias presten servicios y sigan existiendo.
Estas son las razones que aconsejan no recargar a las Municipalidades con mayores pagos, tales como anticipos, o con nuevos aumentos de sueldos de los funcionarios, sin darles financiamiento previo. Creo que debemos estudiar una ley que dé financiamiento a las Municipalidades para mejorar los sueldos de sus empleados; pero no debemos gravar aún más sus escasos presupuestos.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente.-
Tiene la palabra el Honorable señor Fuentes, don Samuel, quien la había solicitado con anterioridad; y, a continuación, el Honorable señor Palestro.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, lamento profundamente la contradicción que se observa en la actitud de los Diputados de la Democracia Cristiana.
El señor VIDELA.-
No se oye, Honorable colega.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Voy a repetir.
Yo lamento profundamente la contradicción que se observa en los Diputados de la Democracia Cristiana. En efecto, hace un par de segundos, solamente, han dado su aprobación a tres artículos que significan condonación de beneficios entregados a distintos personales.
Ahora, so pretexto de que las Municipalidades no tendrían financiamiento, sostienen que debe ser rechazada esta idea del Honorable Senado, el cual ha demostrado un poco más de sensibilidad que muchos Diputados. Durante la discusión de este proyecto de ley, nosotros estuvimos planteando la idea, junto con algunos Honorables colegas del Frente de Acción. Popular, de establecer estas condonaciones como una manera de compensar la cerrada negativa que existió para conceder algunos anticipos, a fines del año pasado, con ocasión de Pascua y Año Nuevo, pues esto ya se había hecho tradicional. Y la contradicción es más notable si se considera que, cuando Sus Señorías eran oposición, impulsaban toda idea que significara condonación de gratificaciones, préstamos, etcétera. Sin embargo, hoy que están en el Gobierno y tienen abrumadora mayoría en la Honorable Cámara, adoptan una actitud que es totalmente distinta de la anterior.
Nosotros vamos a aprobar el artículo propuesto por el Senado, que significa condonar las deudas que los funcionarios pudieran haber contraído como anticipo, en las distintas Municipalidades. Con eso no se debilitará el aseo y el ornato de las ciudades, porque esos fondos ya fueron desembolsados por estos organismos.
Debo recordar a Sus Señorías lo que sucedió cuando concurrieron representantes de la Conferencia de Municipalidades, tanto a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados como a la del Senado para pedir que se les otorgaran recursos, señalando, al mismo tiempo, las fuentes de donde se podían obtener. Aquí en la Cámara se les negó la posibilidad de pagar el aumento de sueldos a los funcionarios de las Municipalidades. Afortunadamente, el Senado ha introducido un artículo, según el cual la Tesorería General de la República girará a favor de las Municipalidades, en calidad de anticipo, antes del 30 de junio del presente año, el 50% de las sumas que les corresponda recibir durante el año por concepto de contribución territorial respecto de los bienes raíces allí indicados, lo que les permitirá hacer frente al aumento de remuneraciones consultado en esta ley.
Por estas razones, votaremos favorablemente el artículo 71 propuesto por el Senado.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente.-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, la verdad es que extraño las palabras del Honorable señor Pedro Videla, ya que todos los que hemos pertenecido a las Municipalidades sabemos que la Contraloría General de la República está, permanentemente, como su nombre lo indica, controlando la inversión que de sus presupuestos hacen dichos organismos. De manera que, las distintas corporaciones municipales no pueden alterar los porcentajes fijos establecidos por la ley para el pago de sueldos y salarios de su personal.
Por eso, como decía, extraño que mi Honorable colega haya afirmado que las municipalidades estén destinando hasta el 80 ó 90% de sus ingresos en el pago de sueldos y salarios. Nos parece que eso constituye una exageración, porque resultaría que los contribuyentes estarían trabajando sólo para entregar dinero a las Municipalidades, con el objeto indicado.
Pero existen corporaciones edilicias, como la de San Miguel, cuyas finanzas se manejan en forma ordenada y honesta, donde se cuida el capital humano constituido por los obreros y empleados, como también se atiende el progreso de la comuna. Pues bien, allí jamás la Contraloría General de la República ha formulado reparos en cuanto a la inversión de sus fondos, ni por haberse producido irregularidades de ninguna especie. Esto se puede decir respecto de muchas otras Municipalidades del país.
No creemos que, por el hecho de mantenerse los porcentajes fijados por la ley, para el pago de sueldos y salarios de sus personales, de los cuales no pueden salirse las Municipalidades, ello signifique que van a olvidar la labor fundamental que están llamadas a cumplir, cual es la de proporcionar obras de progreso y adelanto a la comunidad.
Por lo demás, es preciso destacar que, cuando las Municipalidades conceden aguinaldos extraordinarios, o anticipos a cuenta de futuros aumentos de remuneraciones a sus empleados y obreros, ellos alcanzan a sumas tan pequeñas, que no afectan sus respectivos presupuestos, destinados a realizar las obras de adelanto y progreso comunal que todos conocemos.
Nada más.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Había solicitado la palabra el Honorable señor Videla. Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor VIDELA.-
Señor Presidente, para corroborar lo que manifesté hace algunos instantes respecto del porcentaje de sus presupuestos que deben destinar las Municipalidades al pago de sueldos y salarios, solicito que se envíe oficio, en nombre de la Cámara, al señor Ministro del Interior, a fin de que nos indique cuál es el porcentaje que se acuerda a las Municipalidades, por ejemplo, a la de Viña del Mar, con el objeto indicado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para enviar, en nombre de la Corporación, el oficio a que se ha referido el Honorable señor Videla.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra, sobre el envío del oficio, señor Presidente. Deseo hacer una consulta sobre su objetivo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, desearía saber con qué objeto el Honorable señor Videla propone solicitar esta información. Si la Municipalidad de Viña del Mar, como las del resto del país, está desfinanciada, ¿el Honorable colega se compromete, como Diputado de Gobierno, a darles financiamiento a todas las Municipalidades de Chile? ¿Es este el objetivo de su petición?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Votemos la petición. ¡Para qué la vamos a analizar!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar, en su nombre, el oficio solicitado por el Honorable señor Videla.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
No hay acuerdo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Hay oposición.
Ofrezco la palabra sobre el artículo 71, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para conceder la palabra al Honorable señor Acevedo, quien desea referirse a este mismo artículo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, sólo quiero hacer presente a los Honorables colegas que el rechazo de este artículo 71 propuesto por el Senado significa que los empleados y obreros municipales deberán pagar de los sueldos y salarios que actualmente perciben los anticipos que se les concedieron con motivo de Fiestas Patrias y Navidad. La autorización contemplada en este artículo para condonar dichos anticipos es, prácticamente, una facultad de la cual podrá hacer uso cada Municipio con relación a sus recursos. No se trata de imponer una obligación perentoria a las Municipalidades. En cambio, la aprobación de este artículo significa beneficiar al personal de aquellas Municipalidades que están en condiciones de hacer uso de esta autorización que les entrega el artículo 71 propuesto por el Senado.
En consecuencia, ruego a los Honorables colegas se sirvan prestar sus votos favorables a este artículo.
Eso es todo.
El señor FUENZALIDA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENZALIDA.-
Señor Presidente, estoy de acuerdo con el planteamiento del Honorable señor Videla, en el sentido de que es necesario legislar, de una vez por todas, para otorgar mayores recursos a las Municipalidades. Pero no me parece lógico establecer una disposición de esta especie, pues se prestará para que algunos Alcaldes y Regidores, con el fin de hacerse simpáticos a los empleados y obreros municipales, procedan a condonarles estos anticipos.
Dice el Honorable señor Palestro que los Regidores de Oposición, que han tenido mayor sensibilidad, han concedido estos anticipos. Pues bien, debo decirle que recientemente estuve en Porvenir donde la Municipalidad está en manos de la Oposición, de la extrema Izquierda, y allí no les pagan a los empleados y obreros ni siquiera sus sueldos y salarios, desde el mes de enero, a pesar de toda la sensibilidad social que dicen tener...
El señor PALESTRO.-
Porque no tienen plata...
El señor FUENZALIDA.-
De manera que no es cuestión de sensibilidad, sino de ordenamiento en las finanzas municipales.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
En votación el artículo 71 nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo 71.
En discusión el artículo 72 nuevo, propuesto por el Senado.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Me anticipo a hacer presente a la Honorable Cámara que el artículo 72 también se refiere al personal de empleados y obreros de las Municipalidades del país, pues establece que se les condonará, aquellas sumas que hubieren percibido por concepto de reajustes de sueldos, asignaciones familiares, sobresueldos y gratificaciones. O sea, se pretende beneficiar, directamente, a aquellos funcionarios municipales, empleados u obreros, que se encuentren en estas circunstancias.
En el caso de ser rechazado este artículo, propuesto por el Senado, igual que en el caso anterior, tendrían que salir del bolsillo de estos trabajadores esos dineros, que les han sido entregados por dichos conceptos.
Los Diputados comunistas votaremos favorablemente este artículo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa 29 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo 72, nuevo, propuesto por el Senado.
En discusión el artículo 73, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas votaremos favorablemente este artículo nuevo propuesto por el Senado.
Al respecto, quiero recordar que, aquéllos que hemos desempeñado el cargo de Alcalde, sabemos que, cuando uno de éstos desea hacer alguna obra de adelanto o realizar un trabajo que signifique progreso para su comuna, está, generalmente, caminando por la "cuerda floja" o se encuentra ante el "filo de la navaja" en relación con los reparos que, en cualquier instante, puede formularle la Contraloría General de la República.
También, quiero recordar a los Honorables colegas democratacristianos que, hace años, fue muy comentado -y muchos parlamentarios de aquella época salimos en su defensa- el caso del ex Alcalde de la ciudad de Temuco, don Ricardo Ferrando, de filiación democratacristiana. No sé si es el actual Senador de ese partido. Pero, en todo caso, estuvo largo tiempo detenido, justamente, por haber concedido algunas franquicias al personal de ese Municipio.
Debo agregar que, a raíz de los sismos del año 1960, estuvo detenido el ex regidor Azócar, Alcalde de la comuna de Lota, simplemente, por comprender que su labor como autoridad popular era, en esos instantes, la de prestar ayuda rápida y efectiva a los ciudadanos de dicha comuna, que estaba en desgracia. Estuvo detenido cerca de dos años por haber distraído fondos de un ítem -por lo cual se le culpó del delito de malversación de fondos públicos- para destinarlos a ir en ayuda de los familiares de las víctimas del terremoto, entregándoles servicios funerarios gratuitos. Esto le significó, repito, casi dos años de detención en la cárcel. Por eso, creo que estas disposiciones relacionadas con los Alcaldes y Regidores y las Municipalidades, no deben ser tratadas con la frivolidad con que se está haciendo, rechazándolas, simplemente, porque vienen del Senado. Eso no significa seriedad. Se olvidan hechos y acontecimientos recaídos en hombres de las pro-pias filas del partido del Gobierno que, en este instante, rechaza este artículo.
He sido Alcalde y, por eso, apoyo todo aquello que tienda a facilitar la labor de las Municipalidades y a cubrir las espaldas de los hombres que, con sentido de bien público, adoptan medidas para hacer progresar sus comunas.
Debo agregar que, cuando nos correspondió actual en la Municipalidad de San Miguel, siempre se presentaron inspectores de la Contraloría; pero jamás encontraron nada reñido con la moral o con el correcto desempeño de sus miembros. Sin embargo, vivíamos en el temor de que, en cualquier instante, al Alcalde o a los Regidores de los partidos populares les "cayera la teja", como se dice en buen chileno, y fueran a dar con sus huesos en la cárcel.
Por estas razones, votaremos favorablemente el artículo 73, propuesto por el Senado.
El señor VIDELA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIDELA.-
Señor Presidente, los Diputados de la Democracia Cristiana votaremos favorablemente el artículo 73 por las razones que aquí se han manifestado, y que son absolutamente ciertas.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 73, nuevo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 74, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
El señor LAVANDERO.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación, en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 43 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo 74, nuevo.
En discusión el artículo 75, nuevo.
El señor ACEVEDO.-
¿Qué dice el artículo 100 de la ley 11.860?
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se dejará pendiente la discusión y votación del artículo 75, nuevo, mientras se busca el texto de la disposición legal.
Acordado.
En discusión el artículo 76, nuevo.
El señor SILVA ULLOA.-
También hay que dejarlo pendiente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, también se dejará pendiente.
Acordado.
En discusión el artículo 77, nuevo.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La ley Nº 11.469 se refiere al Estatuto de los Empleados Municipales de la República, y el artículo 77, nuevo, modifica el artículo 27 de ese cuerpo legal cambiando los quinquenios por trienios y el porcentaje de 50% por 60%.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
El señor LAVANDERO.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa. 17 votos; por la negativa, 42 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
El señor Secretario va a leer la disposición a que se refiere el artículo 75, nuevo.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 100 de la ley 11.860 dice: "Los funcionarios a que se refiere el artículo anterior, de las Municipalidades de Santiago y Valparaíso, gozarán de un sueldo anual mínimo de treinta mil pesos, y los de las Municipalidades de Iquique y Antofagasta de veinticuatro mil pesos."
Los funcionarios a que se refiere el artículo anterior son los Alcaldes nombrados por el Presidente de la República; los Secretarios Municipales y de las Alcaldías; los Tesoreros y los Abogados, que tienen obligación de asistir a las sesiones de la Corporación con derecho a voz, pero sin voto.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 36 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 76, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
El señor GARAY.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, lo votos; por la negativa, 39 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 78, nuevo.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas votaremos favorablemente el artículo 78 propuesto por el Senado por estimar que es de estricta justicia nivelar las rentas de los profesionales y técnicos de la Municipalidad de Santiago con las que perciben, en los mismos grados, los profesionales de la Dirección de Pavimentación de Santiago, que dependen de la misma Corporación.
A los señores parlamentarios les ha llegado un cuadro de las rentas de ambos personales, en el que se comparan los sueldos de los profesionales de la Dirección de Pavimentación, incluyendo el 35% de asignación de estímulo, con los de los profesionales y técnicos de la Municipalidad, incluyendo asignación de título, asignación de estímulo, el 21,37% de quinquenios promediados, más gratificación. En él se aprecian las enormes diferencias que existen entre las rentas de funcionarios de igual grado que desempeñan similares tareas. Así, en el grado 2, los de la Dirección de Pavimentación ganan 2.611 escudos; los de la Municipalidad, 1.138 escudos; en el grado 3, los primeros ganan 2.350, y los segundos, 1.100 escudos; y, así, sucesivamente. Incluso se establecen diferencias de hasta ciento por ciento para profesionales de la misma Municipalidad que desarrollan similares labores y que exhiben iguales títulos universitarios, y similar capacidad, por supuesto.
Por considerar que el artículo 78 es de estricta justicia, y por estimar que su aplicación no significará un gasto muy oneroso para la Municipalidad de Santiago, ya que el número de los profesionales beneficiados sólo alcanza a 196, los Diputados socialistas lo votaremos favorablemente.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Morales.
El señor PARETO.-
Yo la pedí primero, señor Presidente.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, no tengo ningún inconveniente en que use de la palabra en primer lugar el Honorable señor Pareto. Por lo demás, Su Señoría la pidió antes que yo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pareto.
El señor PARETO.-
Seré muy breve, señor Presidente.
Es indudable que las diferencias de rentas que hay en muchos de los escalafones de la Municipalidad de Santiago, se debe a la anarquía imperante en los diferentes servicios que dependen de ella.
Lo planteado por mi Honorable colega señor Palestro respecto de la Dirección de Pavimentación de Santiago, con relación a otros departamentos municipales, es totalmente cierto.
En el artículo 78 se incluyó los denominados técnicos, lo que, desgraciadamente, desfinanciará el presupuesto de la Municipalidad de Santiago. Este artículo, como está, cuesta, aproximadamente, un millón 800 mil escudos.
Yo lamento tener que rechazarlo, aunque con ello cometa una injusticia, pero hay departamentos en que las rentas de los profesionales están totalmente desniveladas; no así las de los técnicos, que están en una escala especial dentro de las Municipalidades. La verdad es que si sólo se hubiera contemplado a los profesionales de todos los departamentos, especialmente a los de Obras Públicas de la Municipalidad de Santiago, ésta, con sus propios recursos estaría en condiciones de pagarlos, porque actualmente, como no están acogidas a las disposiciones de la Dirección de Pavimentación, trabajan dos horas. Pero la Corporación Edilicia se ve en la obligación de contratar profesionales, que cuestan mucho más caro que si tuviera que nivelar los sueldos a seis horas de trabajo.
Por eso, cuando la nivelación sea exclusivamente para los profesionales, no nos opondremos a que se haga con cargo a las municipalidades.
Los Diputados que hemos sido Regidores estamos obligados, más que nunca, a estudiar una legislación completa sobre rentas municipales, que saque a estas corporaciones de la crisis económicas por que atraviesan. Vale la pena señalar que en todas ellas hay un desnivel exagerado entre las rentas de determinados grados. Mientras los funcionarios de grado 1º o 2º gozan de una renta superior a dos mil escudos mensuales, los de grados inferiores perciben remuneraciones horrorosamente bajas. Los funcionarios de grados 14 al 16 no alcanzan a ganar un sueldo vital. Pareciera que la legislación municipal se hubiera dictado siempre al alcance sólo de los grados superiores, olvidando que las rentas de los obreros son muy bajas, en circunstancias que el trabajo de éstos es muy duro, especialmente el de los que recolectan las basuras en las calles. Estos trabajadores son muy escasos y en muchas Municipalidades no los hay, porque el trabajo, repito, es muy duro y desagradable.
Esto nos obliga a buscar una solución definitiva a estos problemas. En estos momentos, ninguna Municipalidad está en condiciones de adquirir los elementos modernos para ejecutar este trabajo. Incluso hay Municipios cuyos recursos económicos no han aumentado en la misma proporción que la superficie y el número de habitantes de las respectivas comunas.
Además, también tenemos que pedir que el Fisco pague lo que le adeuda a las Municipalidades, para que éstas puedan cumplir sus compromisos.
El señor MORALES (don Carlos).-
Eso es. El Fisco debe pagarles.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PARETO.-
No se trata de criticar a éste o a otro régimen. La verdad es que todos los gobiernos les han adeudado sumas siderales. Basta recordar que en 1953, cuando yo era Regidor, el Fisco le debía a la Municipalidad de Santiago la suma de seis mil millones de pesos. En el período pasado, la deuda nunca bajó de ocho a diez mil millones. Creo que en la actualidad, también el Fisco le adeuda a esa Corporación Edilicia.
Por eso, tenemos que buscar definitivamente la gran solución y estudiar, en forma seria y acuciosa, la reforma del sistema de financiamiento de las Municipalidades.
Ellas están en quiebra por falta de recursos, porque, a través de distintas legislaciones, les hemos reducido sus atribuciones. Llegará el día en que no tendrán otra finalidad que la de otorgar patentes, desvirtuándose así el fundamento mismo de su existencia.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Carlos Morales.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, deseo anunciar los votos favorables de los Diputados radicales al artículo 78 aprobado por el Honorable Senado. Al discutirse esta materia, tenemos entendido que se propusieron algunas fuentes de financiamiento y que aquéllas que en forma particular se entregaron a la consideración del Senado, si no fueron definitivamente aprobadas, por lo menos se tomaron en cuenta para dar a los empleados profesionales de la Municipalidad de Santiago un tratamiento similar al de los de la Dirección de Pavimentación.
Mi Honorable colega señor Pareto, con quien hemos conversado sobre el problema de los profesionales de la Municipalidad de Santiago, a fin de buscarle una solución, ha objetado el artículo, porque como en él están considerados los técnicos, el gasto sería de 1.800.000 escudos, que no los tendría esa Corporación.
Entiendo que en este trámite constitucional del proyecto, la Cámara no podría eliminar del artículo 78 la palabra "técnico". Pero, de todas maneras, quiero dejar planteada esta idea, porque debemos encontrarle una solución al problema que afecta a este personal al que se refiere el artículo 78.
En todo caso, lo votaremos favorablemente, porque si no hay financiamiento para considerar a los técnicos, Su Excelencia el Presidente de la República podrá vetarlo y proponer una fórmula que permita entregar los escasos recursos que se necesitan para dar este beneficio a los empleados de la Municipalidad de Santiago que desempeñan funciones profesionales o técnicas.
El señor PALESTRO.-
Pino la palabra.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Palestro; y, a continuación, el Honorable señor Pareto.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, aquí se ha expresado el deseo de apoyar este artículo 78. Como se ha hablado del problema del financiamiento, creo necesario hacer presente que este personal entregó en el Senado una proposición sobre la materia.
Para financiar esta justa petición, acogida por la mayoría del Senado, el personal propuso agregar el siguiente artículo a continuación del que se debate;
"Artículo...- Sustitúyense los incisos 39 y 40 de la letra i) del artículo 87 Título III de la ley 15.575, de 15 de mayo de 1964, por el siguiente: "El derecho municipal se enterará en la Tesorería Comunal o Municipal donde tenga su asiento el Notario que autoriza la transferencia".
"Fíjase en 45,80 escudos el valor actual del derecho municipal a que se refiere la letra a) del Nº 11 del cuadro anexo Nº 3 de la ley Nº 11.704, de 18 de noviembre de 1954.
A continuación, se dan los siguientes argumentos para justificar el financiamiento: "a) Actualmente el aviso luminoso, cuyo derecho sube por la presente indicación, asciende a Eº 3.70 por metro cuadrado, en circunstancias que el aviso no luminoso tiene un derecho municipal de Eº 22,90 por metro cuadrado;
"b) El aviso luminoso es voluntario y sólo lo colocan las grandes firmas comerciales, no influyendo, en consecuencia, en el presupuesto del público consumidor y, por tanto, no tiene incidencia en el alza del costo de la vida;
"c) Un aviso luminoso, que es permanente como elemento de propaganda, cancelaría un derecho municipal de Eº 45,80 al año por metro cuadrado, en circunstancias que un aviso de un cuarto de página en un diario, por un día vale Eº 550.
"d) Se normalizaría una injusticia legal, por cuanto el comerciante más modesto, que no cuenta con recursos para hacer una propaganda por medio de avisos luminosos, paga más que aquel que posee un poder económico mayor y que le permite distraer fondos en este tipo de propaganda permanente y de mayor efectividad en la época presente.
"En otras palabras, actualmente, el económicamente más débil, paga más y el más poderoso, paga menos."
Esta es la fundamentación de este artículo 78, que votaremos favorablemente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pareto.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, es indiscutible la bondad de los argumentos que aquí se han dado. Lamentablemente, la proposición del Honorable señor Carlos Morales no procede reglamentariamente. Esto nos obliga a pronunciarnos en contra del criterio del Senado. Posteriormente, el Ejecutivo -por la vía del veto- podría remediar esta situación previo estudio del costo que esto significa para la Municipalidad de Santiago. Según los antecedentes de que dispongo, en el Departamento de Obras Municipales los arquitectos trabajan dos horas, de acuerdo con el reglamento municipal. Esto obliga al Alcalde de Santiago a contratar, a honorarios, a otros profesionales, lo que implica un mayor gasto. Esta disposición obliga a los profesionales de la Dirección de Obras Municipales a cumplir el mismo horario de trabajo que aquéllos que se desempeñan en la Dirección de Pavimentación de Santiago.
Por eso, creemos que el señor Ministro de Hacienda, que ha escuchado el debate en esta Cámara, con los antecedentes en la mano, podrá corregir, por la vía del veto, esta situación. Estoy seguro de que estudiará el problema, para no dejar desfinanciadas a las Municipalidades. Por eso votaremos en contra de esta modificación, a fin de que el Ejecutivo, por la vía del veto aditivo o sustitutivo, incorpore una disposición sobre esta materia.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 78 nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 29 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo 78 nuevo.
En discusión el artículo 80 nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará el artículo 80 nuevo.
Aprobado.
En discusión el artículo 81 nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación...
El señor LAVANDERO.-
¡Que se vote!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Durante la votación:
El señor ACEVEDO.-
Concuerda con lo que se aprobó antes.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 83, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, nosotros votaremos favorablemente el artículo 83.
Sin embargo, para la historia fidedigna de la ley, deseamos dejar establecido que, en este artículo, también estarían incluidos los Redactores, los cuales tienen igual categoría que los Secretarios de Comisiones. En consecuencia su renuncia también debería considerarse como no voluntaria para los efectos provisionales y demás beneficios sociales.
Nada más.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo 83.
Aprobado.
El señor MORALES (don Carlos).-
Que se deje constancia de la observación del Honorable colega.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 84, 85 y 86, nuevos, propuestos por el Honorable Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión las modificaciones del artículo 32 aprobado por la Cámara.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera enmienda, que reemplaza la frase "la 6ª categoría", por "el grado 5º".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la primera enmienda.
En votación la segunda enmienda, que consiste en reemplazar el inciso final.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de conceder la palabra al Honorable señor Silva Ulloa. Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, en el primer trámite constitucional, la Cámara asignó la renta de la 6ª categoría a los cargos de Subdelegados, que antes, salvo contadas excepciones, eran honoríficos. El Senado la rebajó al grado 5º. Pero la mayoría de la Cámara ha estimado conveniente rechazar esta modificación.
En seguida, tenemos la situación de los Alcaldes. De acuerdo con el inciso propuesto por el Senado, éstos percibirían 450 escudos, en el caso de las comunas cabeceras de provincia; 404 escudos, en el de las comunas cabeceras de departamento; y 325 escudos, en el de las demás co-munas del país.
En primer lugar, a mí me parece que la renta de la 6ª categoría asignada a los Subdelegados es mucho mayor que la propuesta para los Alcaldes. En segundo término, en muchas ocasiones los Subdelegados desempeñan funciones exclusivamente decorativas, sólo con el fin de cumplir una disposición constitucional. En cambio, los Alcaldes desarrollan labores efectivas y, con excepción de los de Santiago, Valparaíso y Viña del Mar, son generados mediante el voto popular.
Por eso, para que haya siquiera una mínima consecuencia entre una y otra cosa, creo indispensable aprobar el nuevo inciso final del artículo 32. Nada más.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para reabrir el debate sobre esta modificación.
-Varios señores DIPUTADOS.- No hay acuerdo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Hay oposición.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pero habló otro Diputado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Fuentes, la Mesa debió solicitar el asentimiento de la Cámara para conceder la palabra al Honorable señor Silva Ulloa. En esta oportunidad, desgraciadamente, no ha habido acuerdo para concederla a Su Señoría.
En votación la segunda enmienda del artículo 32, que consiste en substituir su inciso final.
-Durante la votación:
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡Qué precedente más funesto! ¡Agentes políticos analfabetos serán pagados con fondos fiscales!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¡Honorable señor Fuentes!
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la enmienda.
En discusión la modificación del artículo 33, que consiste en suprimir su penúltimo inciso.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, nosotros votaremos en contra de esta enmienda propuesta por el Senado. Creemos que debe mantenerse la disposición aprobada por la Cámara.
Quiero dar un último argumento a favor de la disposición votada anteriormente, que esperamos sea insistida por el Senado. Hay comunas donde el Alcalde recibe una renta de dos o tres mil pesos. En esas mismas comunas, cuatro o cinco Subdelegados...
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡Agentes políticos!
El señor SILVA ULLOA.-
...ganarán el sueldo de la 6ª categoría de la Administración Pública. Me parece que entre una y otra función hay una diferencia abismante.
Concedo una interrupción al Honorable señor Palestro.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, deseo manifestar nuestra extrañeza, nuestro asombro, por el rechazo del inciso final del artículo 32, propuesto por el Senado. Yo apelo, más que nada, a los colegas que han sido Regidores. Ellos conocen la situación de los Alcaldes. En la comuna de San Miguel, por ejemplo, que actualmente tiene un presupuesto anual de 8 mil millones de pesos, el Alcalde gana 8 mil pesos mensuales.
El señor LAVANDERO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor PALESTRO.-
¿Cómo es posible que se pretenda comparar la labor del Alcalde, que debe cuidar de las propiedades, de los bienes del Municipio, e impulsar el progreso de la comuna, con la de un Subdelegado, que en la mayoría de los casos, por no decir en el ciento por ciento de los casos, no es más que un elemento decorativo? No quiero prejuzgar, como aquí se ha hecho, en el sentido de que los Subdelegados ganarán un sueldo superior al de los propios Alcaldes, simplemente por servir de agentes políticos al Partido de Gobierno, por hacer labor política en la comuna.
Dejo establecida esta inconsecuencia, este criterio abismante de la mayoría democratacristiana de la Cámara.
Nada más.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero; a continuación, queda inscrito el Honorable señor Ibáñez.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, me parece que está en debate la modificación del artículo 33.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Así es.
El señor RIOSECO.-
¡Esto es zoológico!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Rioseco, ruego a Su Señoría mantener la serenidad.
El señor RIOSECO.-
¡Son fieras!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable Diputado, ruego a Su Señoría dar el ejemplo.
El señor LAVANDERO.-
En todo caso, respecto a lo dicho por el Honorable señor Palestro sobre el artículo anterior, deseo señalar que estamos de acuerdo en otorgar una remuneración a los Alcaldes; pero, desgraciadamente, hay que regular este sueldo en relación con los gastos de representación que ellos tienen. El Ejecutivo está estudiando un proyecto sobre esta materia.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LAVANDERO.-
Nosotros votaremos favorablemente la modificación que consiste en rechazar el penúltimo inciso del artículo 33.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ibáñez.
El señor IBAÑEZ.-
Señor Presidente, aunque está en debate únicamente la supresión del penúltimo inciso, queremos referirnos también al resto del artículo 33, porque contiene algunas injusticias.
El inciso primero de este artículo establece que los servicios "Cerro San Cristóbal" y "Jardín Zoológico" se refundirán en uno solo, denominado "Parque Metropolitano de Santiago".
Los actuales jefes de estos servicios tienen asignada en este momento la 6ª categoría, porque ambas reparticiones son más o menos del mismo nivel. Sin embargo, en el nuevo servicio, a uno de ellos, se le asigna la 3ª categoría y al otro se lo mantiene en la 6ª.
¿Dónde está la injusticia de este artículo? En que, en este instante, ambos funcionarios tienen la calidad de jefes de servicio y, de acuerdo con los beneficios previsionales, pueden jubilar con renta reajustable. Al mantener en la 6ª categoría al jefe del Jardín Zoológico, se le priva de la condición de jefe de servicio y se lo convierte en un funcionario más.
A primera vista, esto parece haber sido estudiado en forma precipitada por el Ejecutivo, y a esta altura, sólo podría ser remediado mediante el veto presidencial. Como está presente el señor Ministro de Hacienda, yo quisiera que estas observaciones se consideraran para ese veto eventual, a fin de no cometer esta extraordinaria injusticia respecto de un funcionario que hoy tiene la calidad de jefe de servicio y mañana pasará a ser un empleado subalterno. La injusticia resulta mucho más evidente si se considera que al otro jefe de servicio se le asignará ahora la 3ª categoría.
Nosotros no quisiéramos sospechar que a este nuevo jefe de servicio, que ha sido nombrado recientemente, se le quiere beneficiar en forma especial. Probablemente, el nuevo servicio requiere tener un jefe de esta categoría. Pero ello no autoriza, en modo alguno, que el otro funcionario, del mismo nivel, sea mantenido en la 6ª categoría, con los perjuicios ya señalados.
Por otra parte, vamos a votar en contra de la supresión del penúltimo inciso de este artículo, el cual establece que los funcionarios del actual servicio "Cerro San Cristóbal" pasarán a imponer en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Si se aceptara la proposición del Senado, se cometería otra injusticia evidente. Los funcionarios del Jardín Zoológico ya son imponentes de esta Caja. Ahora, tanto los del "Cerro San Cristóbal" como los del Jardín Zoológico pertenecerán a un solo servicio. Sin embargo, la mitad de ellos serán imponentes de la Caja, y los otros, no.
Anunciamos nuestros votos contrarios a la proposición del Senado y, respecto del jefe del Jardín Zoológico, solicitamos que nuestras observaciones sean consideradas en un eventual veto del Ejecutivo.
Gracias.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Referente a esta modificación...
El señor LORCA (don Alfredo).-
Solicito una interrupción, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Fuentes, el Honorable señor Lorca, don Alfredo, le solicita una interrupción.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Su Señoría puede hablar en el tiempo de su Comité. Hace un instante, se me negó el derecho a usar de la palabra para dejar constancia de mi protesta, porque me di cuenta de que, anticipadamente, existía el propósito de los Honorables Diputados de la Democracia Cristiana de rechazar esta iniciativa del Senado, donde fue aprobada por unanimidad, para entregar un mísero sueldo a los distintos Alcaldes de las comunas del país.
Pero, con un criterio que no me atrevo a calificar, porque es asombroso, los Diputados de la Democracia Cristiana estiman que la labor de un subdelegado, semianalfabeto, porque ahora se podrá desempeñar en este cargo sin haber rendido el 4º año de Humanidades, es superior a la de un Alcalde, quien tiene la responsabilidad de administrar millones de escudos. En realidad es asombroso...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡Cuando se callen, continuaré...!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señalaba, señor Presidente...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Me alegro, señor Presidente.
Decía que deseaba dejar constancia del criterio de los Honorables legisladores de la Democracia Cristiana...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorables señores Diputados, ruego a Sus Señorías se sirvan guardar silencio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Su Señoría habla aquí solamente para anunciar proyectos destinados a solucionar problemas. ¿Y dónde están las soluciones?
El señor LAVANDERO.-
¡Esa es una insolencia!
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Cuál es la insolencia?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Cómo no se da cuenta de que los subdelegados percibirán renta de 6ª categoría, en circunstancias que ni siquiera necesitarán haber rendido 4º año de Humanidades?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Escorza, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Sin embargo, a los Alcaldes, que dirigen las distintas comunas del país y han sido elegidos por voluntad popular, se les niega el derecho a percibir un sueldo.
Debo dejar constancia de mi asombro por esta actitud de los Diputados de la Democracia Cristiana...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Honorable señor Sepúlveda, don Eduardo, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Lamento que el señor Ministro de Hacienda haya permitido que a los subdelegados se les asigne un sueldo, en circunstancias que no efectúan ninguna labor útil y son sólo verdaderos agentes políticos. ¡Eso es lo que va a ocurrir con los subdelegados del país!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la enmienda del Senado al artículo 33, que consiste en rechazar su inciso penúltimo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 16 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobada la modificación.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 90, 95, 96 y 97, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 36, que ha pasado a ser 98.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, cuando se discutió este artículo en la Comisión de Hacienda, y luego en el seno de esta Honorable Cámara, se expresó que no sería exigible el título de ingeniero civil o comercial cuando no hubiere profesionales de esa especialidad interesados en desempeñar los cargos de Jefe y Subjefe del Departamento de Adquisiciones de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado. Y se dijo que muchas veces se había llamado a concurso a través del "Diario Oficial" y que nadie se había presentado.
Hicimos fe de lo expresado en aquella oportunidad; no recuerdo bien si por el Ministro o Subsecretario de Hacienda, pero insistimos en la necesidad de continuar llamando a concurso por intermedio del "Diario Oficial", con el objeto de que esta disposición legal no permitiera burlar la exigencia del título profesional para cargos de tanta importancia como éstos. De manera que, haciendo fe y haciendo honor a la palabra de los representantes del Ejecutivo, creemos necesario agregar la frase propuesta por el Senado para que este artículo quede perfectamente claro y no sirva para satisfacer la voracidad de los militantes del partido único de Gobierno, ya que, poco a poco, se están eliminando los requisitos para optar a los cargos públicos.
Así es como para ciertos cargos se ha suprimido incluso el requisito de haber cursado el 4º año de Humanidades, como es el caso de los subdelegados; o sea, no se exige saber leer y escribir, ni siquiera estar inscrito en los Registros Electorales. En estas circunstancias, y dada la seriedad de los cargos por desempeñar, es necesario llamar a concurso para que exista una prueba fehaciente, por parte de la Contraloría General de la República, de que se han cumplido todos los requisitos legales para llenar las vacantes con profesionales idóneos, y sólo en caso de no haber ingenieros civiles o comerciales interesados, podrán optar al concurso las personas que no posean ese título.
Nada más, señor Presidente.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Solamente deseo decir que, en realidad, la misma explicación se dio en las Comisiones de Hacienda de la Cámara y del Senado. Lo que pasó es que el Senado fue menos caballeroso que Sus Señorías y decidió dejar expresa constancia de la necesidad de llamar previamente a concurso. Como dije, se dio igual explicación en el Senado. La agregación propuesta no es necesaria, pero no hay ningún inconveniente en aprobarla.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Rioseco.
El señor ACEVEDO.-
Así es que en el Senado no fueron caballerosos. . .
El señor RIOSECO.-
En realidad, aquí no fuimos tan "caballerosos", como dice el señor Ministro de Hacienda, porque solicitamos tanto en la Comisión como...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
...en la Cámara que quedase constancia de la necesidad de llamar a concurso para que la Contraloría General de la República, no pudiera hacer objeciones. Pero el partido único de Gobierno rechazó la indicación que presentamos en la Comisión de Hacienda.
Es necesario aprobar la parte final de la disposición, porque, de lo contrario, podría interpretarse como que el cargo no es concursable y podría nombrarse a cualquiera persona, aun cuando existieran ingenieros civiles o comerciales idóneos interesados en optar a él.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación al artículo 36.
Aprobada.
En discusión la modificación del artículo 37, que ha pasado a ser 42.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la modificación que consiste en agregar un artículo 99 nuevo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el cambio de ubicación del artículo.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Previamente la Mesa está solicitando que se apruebe el cambio de ubicación del artículo 99.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 89 nuevo propuesto por el Senado.
El señor SILVA ULLOA.-
Que se lea la disposición a que se refiere el artículo, señor Presidente.
El señor ACEVEDO.-
Porque estas disposiciones, como las pensiones de gracia, deben tener nombre...
El señor VALENTE.-
Naturalmente, que se aclare a quién beneficia. ¿Cómo se llama?
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, desearía que se leyera la disposición a que se refiere el artículo 99, para saber en qué cargo y de cuál repartición pública también se suprimirá el requisito del título de abogado para ejercer el puesto de Secretario General. Porque en este proyecto de ley seguimos viendo que se trata de disminuir los requisitos para optar a determinados cargos públicos de cierta jerarquía.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El decreto con fuerza de ley Nº 214, de 1960, declara en reorganización la Casa de Moneda de Chile y fija las plantas y remuneraciones de sus funcionarios. En el artículo 2º que fija la planta directiva, profesional y técnica, figura el cargo de Secretario General Abogado. Dispone:
"5ª categoría.- Secretario General Abogado (1), Jefe del Departamento de Adquisiciones y Abastecimiento (1), Jefe del Departamento de Contabilidad (1)".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 38 votos; por la, negativa, 7 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 100, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 101, nuevo, que propone el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación...
Un señor DIPUTADO.-
Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos; por la negativa, 42 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 103, 104 y 105, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 106, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
El señor LAVANDERO.-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 36 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo 106, nuevo.
En discusión el artículo 107, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
La Mesa advierte a la Sala que, verificados los textos de las leyes citadas en este precepto, aparece claramente que la última, o sea, la ley Nº 15.276, ha sido citada erróneamente, ya que ella trata de la autorización para efectuar la llamada "Operación Unitas" en el territorio nacional.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo 107, facultando a la Mesa para corregir este error del Senado.
Acordado.
En discusión el artículo 108, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, los Diputados radicales aprobaremos el artículo 108, propuesto por el Honorable Senado, por estimarlo de evidente justicia. En efecto, esta disposición establece, simplemente, que los obreros de los Ministerios de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo y de sus servicios dependientes podrán percibir su salario completo cuando deban ausentarse de sus funciones para atender asuntos de exclusiva representación gremial.
Como ya el Congreso ha despachado algunas leyes que han concedido el mismo beneficio a otros dirigentes gremiales, no veo ningún inconveniente en aprobar también esta norma que favorece a obreros de esos Ministerios que desempeñan cargos gremiales.
Por estas razones y en virtud, además, de que el personal de estos Ministerios está comenzando sólo ahora a organizarse gremialmente, los Diputados radicales votaremos favorablemente la disposición en debate.
Nada más, señor Presidente.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, sólo deseo expresar nuestro apoyo a este artículo, que autoriza a los dirigentes obreros del Ministerio de Obras Públicas y del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para realizar, en forma más libre, sin el perjuicio económico que les irrogue el abandono de sus funciones, el desempeño de su representación gremial, en servicio de sus compañeros que han depositado en ellos esta responsabilidad de dirigir sus organizaciones sindicales.
Esta garantía establecida en el artículo introducido por el Senado, existe ya en casi todas las grandes industrias privadas o particulares en favor de los dirigentes sindicales. Actualmente, como me apunta el Honorable Diputado, compañero Silva Ulloa, también en muchos organismos fiscales se ha establecido. Por lo tanto, no se trata aquí sino de extender una facultad ya concedida al sector privado, industrial o comercial, a los servicios fiscales; en este caso, a los Ministerios de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo.
De ahí que anunciemos los votos favorables de los Diputados socialistas a este artículo.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, deseo hacer presente que la disposición del Código del Trabajo referente a los dirigentes sindicales permite que los empleadores les concedan los permisos necesarios cuando deban actuar en representación del gremio que representan en ejercicio del cargo que desempeñan. Por lo tanto, es lógico que los dirigentes obreros de los Ministerios de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo dispongan también del tiempo necesario para dedicarse al desempeño de sus cargos de dirigentes gremiales, sin pérdida de sus salarios. En consecuencia, los Diputados comunistas daremos nuestros votos favorables a este artículo despachado por el Honorable Senado.
El señor PEREIRA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PEREIRA.-
Señor Presidente, quiero dejar establecido que, en verdad, este artículo ha venido, en cierta forma, a perjudicar el fuero que han obtenido los dirigentes gremiales de la Federación de Obras Públicas. En todo caso, dejo establecido, para el evento de que esta disposición fuere rechazada, que los dirigentes gremiales pertenecientes a este servicio y a quienes alcanza el fuero gremial establecido en el artículo 100 del Estatuto Administrativo, tienen derecho a recibir sus remuneraciones sin ninguna rebaja por ausencias motivadas por obligaciones de su representación gremial, porque ese fuero tiene por objeto darles facilidades para el desempeño de su función gremial. De manera que estimo redundante este artículo. Por consiguiente, para el caso de que pueda ser rechazado, quiero que quede claramente establecido que ello no afectará la situación de los dirigentes gremiales de los Ministerios de Obras Públicas y de la Vivienda y Urbanismo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 29 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 110, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 111 y 112, nuevos; el epígrafe "TITULO II.- Normas sobre previsión"; el cambio de ubicación del artículo 39, que pasa a ser 113, sin enmiendas, y el artículo 114, nuevo, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 116, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
El señor LAVANDERO.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 4 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 117, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 33 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión las modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 42, que ha pasado a ser 118.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Aquí está el financiamiento que reclamaba el señor Escorza, señor Presidente.
Si se aprueba un aumento del monto de las imposiciones de los asegurados y de los patrones, establecidas en las letras a) y b) del artículo 35 de la ley Nº 10.662, podría beneficiarse notablemente el financiamiento. En consecuencia, ruego al señor Presidente que solicite el asentimiento de la Sala para reabrir el debate respecto del artículo anterior y, de este modo, dar por aprobados estos dos artículos.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para proceder en la forma pedida por el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor LAVANDERO.-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
En votación las modificaciones del artículo 42, que pasa a ser 118.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos; por la negativa, 33 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazadas las modificaciones.
En discusión el artículo 119, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 120, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 38 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión la modificación del Senado que consiste en rechazar el artículo 44.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Durante la votación:
El señor ACEVEDO.-
Sus Señorías lo aprobaron en el primer trámite y ahora votan por su rechazo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa,, 10 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación del Senado.
En discusión el artículo 122, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 123, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 124, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión las modificaciones del Senado al artículo 45.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
El artículo 45 es de indudable justicia. Sin embargo, a juicio de los Diputados de estos bancos, adolece de un error que no podemos corregir en estos instantes.
En la disposición aquí mencionada se establece que tienen derecho a pensión de viudez asistencial vitalicia las viudas de los asegurados fallecidos, activos o pensionados en la ex Caja de Seguro Obligatorio, que al 7 de diciembre de 1952 tenían, como mínimo, 55 años de edad.
Puede ocurrir que una viuda tenía 54 años de edad a esa fecha; naturalmente, no gozaría del beneficio que establece este artículo. En este instante esa mujer tendría 65 años de edad y ya no se le podría otorgar tal pensión.
Por eso, señor Presidente, he intervenido en este debate para solicitar que se envíe oficio con la transcripción de mis observaciones, a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de que se sirva considerarlas al formular las observaciones que, con toda seguridad, hará al proyecto despachado por el Congreso Nacional. De este modo, por la vía del veto se podría modificar el precepto que nos ocupa, a fin de otorgar estos beneficios a las viudas de ex imponentes del Servicio de Seguro Social que al 7 de diciembre de de 1952, tenían 55 años de edad y a las que, habiéndolos cumplido con posterioridad, conserven todavía ese mismo estado civil.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, los Diputados democratacristianos votaremos favorablemente la modificación en debate, en el entendido de que, por la vía del veto, se va a regularizar la situación que ha señalado el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación del Honorable Senado al artículo 45 y se enviará, oficio en nombre de la Corporación al Ejecutivo, en los términos que ha indicado el Honorable señor Silva Ulloa.
Acordado.
En discusión la modificación del Senado al artículo 46, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 13 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la modificación del Senado que consiste en rechazar el artículo 47 aprobado por la Honorable Cámara.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por ¡a negativa, 13 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la modificación del Senado al artículo 48, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos; por la negativa, 14 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión el artículo 126, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor SILVA ULLOA.-
Que se lea la disposición de la ley Nº 15.386 a que se hace referencia en este artículo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco ¡a palabra.
Cerrado el debate.
Se va a dar lectura a la disposición a que se hace referencia en este artículo que propone el Senado.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 25 de la ley Nº 15.386, sobre revalorización de pensiones, dice lo siguiente:
"A contar desde la vigencia de la presente ley, ninguna persona podrá jubilar ni obtener pensiones con una renta superior a ocho sueldos vitales, escala a) del departamento de Santiago.
"Se declara exenta de imposiciones la parte de las rentas superiores al tope máximo que se fija en el inciso precedente para el otorgamiento de pensiones."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo 126, nuevo, que propone el Senado.
Un señor DIPUTADO.-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hay oposición.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 3 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 127, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 133, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo.
Aprobado.
Si le parece a la Sala, se suspenderá la sesión hasta las 22 horas.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Por qué no seguimos?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Habría acuerdo para suspender la sesión?
El señor PALESTRO.-
En una media hora más.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se suspenderá la sesión hasta las 22 horas.
Acordado.
Se suspende la sesión.
-Se suspendió la sesión.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Continúa la sesión.
Se suspende la sesión por quince minutos.
-Se suspendió la sesión.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
En discusión el artículo 137 nuevo propuesto por el Senado. Figura en la página 58ª del boletín.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, ¿por qué no se lee la disposición?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara se dará lectura a la disposición correspondiente.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Ella es el artículo 5º de la ley Nº 16.274, que hace extensivos los beneficios del artículo 8º de la ley Nº 10.475, a los Contadores que tengan más de 40 años de ejercicio profesional. Dispone:
"Las personas que se acojan a lo dispuesto en el artículo 3º declararán una renta imponible, la que no podrá ser inferior a un sueldo vital, escala a) del departamento de Santiago ni superior a tres y deberán hacer las imposiciones que correspondan al régimen de imponentes voluntarios a que se refiere el artículo 30 de la ley Nº 10.475.
"Por los años que se reconozcan en virtud de lo dispuesto por el artículo 3º, deberán integrar imposiciones equivalentes al 22,33% de la renta declarada, más un interés simple del 6% anual, presumiéndose que han gozado de rentas inferiores a la declarada según una escala descendente del 4%" -aquí incide la enmienda- "cada año, y hasta por el término de 20 años anteriores.
"En ningún caso, las pensiones que se otorguen en virtud de lo dispuesto en el presente artículo podrán ser superiores a tres sueldos vitales, escala a) del departamento de Santiago."
El señor VALENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se reabrirá debate sobre este artículo.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Esta modificación ha sido pedido por los Contadores que por ley gozan de una jubilación especial por haber cumplido 40 años de servicios profesionales. Su objeto es hacer menos oneroso el integro de imposiciones a la Caja de Empleados Particulares, que la ley Nº 16.274 fijaba sobre sueldos vitales vigentes al tiempo del reconocimiento, amortizada o rebajada en un 4% anual. Esta circunstancia, obligaba a los Contadores a enterar imposiciones, por años de servicio en la profesión, que fluctuaban entre Eº 22.000 y Eº 30.000. De esta manera, la jubilación se transforma en un aporte, en vez del disfrute de un beneficio.
La disposición aprobada por el Senado, que ha sido puesta en conocimiento de la Superintendencia de Seguridad Social, no significará gasto para la Caja, sino un aporte menor de los que se acojan a sus beneficios.
En consecuencia, es justo aprobar la modificación del Senado para que tenga una aplicación práctica.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 139 propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 140.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor ACEVEDO.-
Pido que se lea la disposición, porque el número de la ley aparece borrado en el boletín.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Es la ley Nº 10.986, sobre continuidad de la previsión.
El señor ACEVEDO.-
De todas maneras, pido que se lea la disposición.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se dejará pendiente la votación de este artículo, mientras se busca el texto de la ley.
Acordado.
En discusión el artículo 141, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se va a leer la disposición a que hace referencia el artículo 140.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 31 de la ley 10.475 sobre jubilación de empleados particulares dice: "El imponente que deje de serlo y pasare a otra institución de previsión conservará su derecho a las pensiones que establece esta ley y para los efectos del cómputo de antigüedad se sumarán los años de imposiciones en las otras instituciones de previsión social que no sean paralelos.
"Para determinar el sueldo base, las remuneraciones percibidas serán certificadas por la Caja o Cajas a que hubiere estado afiliado el ex imponente. Los lapsos de cesantía, si los hubiere, serán computados de acuerdo con lo establecido en el artículo 9º.
"Las pensiones de antigüedad y vejez se concederán en relación con los años de imposiciones en la Caja de Empleados Particulares y organismos auxiliares; estas instituciones concurrirán al pago de la pensión en proporción con los años de afiliación. Los años a que se refiere la letra b) del artículo 13 serán de cargo de la Caja de Empleados Particulares.
"Las pensiones de invalidez y montepío se reducirán en la cantidad que los beneficiarios perciban de las demás Cajas de Previsión.
"Las pensiones que se otorguen en virtud de este artículo estarán sujetas a lo dispuesto en los artículos 20, 22 y 24."
Y la otra ley de continuidad de la previsión establece normas distintas de la leída.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime para reabrir el debate, porque estaba cerrado.
Si le parece a la Cámara, se acordará.
Acordado.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Yo tengo una sola duda. Yo no sé de quién es esta disposición, si del Ejecutivo o del Senado...
El señor VIDELA.-
Del Ejecutivo, pero apoyado por los Senadores.
El señor SILVA ULLOA.-
Lo cierto es que se trata de una disposición de orden declarativo. Y si se ha querido incorporarla en esta ley, es porque debe haber algunos casos que no han sido resueltos conforme a la norma del artículo 31 de la ley Nº 10.475. Entonces, como aprobaremos un precepto, repito, de orden declarativo, quiero dejar establecido, en la historia de esta ley, que en ningún caso esta disposición afectará a las pensiones que se hubieren otorgado en conformidad con el artículo 31 de la ley Nº 10.475, porque de lo contrario, estaríamos atentando en contra del patrimonio de esos pensionados.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Salvo que fuera más beneficioso el nuevo régimen...
El señor SILVA ULLOA.-
Indudablemente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
... porque en ese caso, si la disposición a que alude Su Señoría fuera declarativa y más beneficiosa que el nuevo régimen, los estaríamos perjudicando.
Si le parece a la Honorable Cámara, se dará lectura a la otra disposición para aclarar mejor la materia.
Acordado.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 4º de la ley Nº 10.986, sobre continuidad de la previsión dice: "El tiempo durante el cual se integren o reintegren imposiciones de conformidad a los artículos anteriores, será computable para todos los efectos legales dentro de la institución de previsión en la cual se encuentren acogido el imponente a la fecha de impetrar los beneficios. Los derechos de los imponentes se regularán de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica de aquella Caja de Previsión en la cual éstos se encuentren afiliados al momento de ejercitarlos. Las Cajas de Previsión con régimen de jubilación y montepío, o cualquiera de ellos, concurrirán al pago de los beneficios de los imponentes en proporción a los períodos durante los cuales éstos hubieren hecho o reintegrado imposiciones en ellas."
Esto es lo que deroga el artículo 31 del proyecto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, no quiero gastar mucho más de mi tiempo. Pero veamos lo que ocurre en el siguiente caso. Un imponente de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares queda cesante a septiembre de 1952 fecha de vigencia de la ley Nº 10.475, sobre continuidad de la previsión, pero es contratado como obrero; aplicando el artículo 31 de la ley en referencia, esta persona tendrá que completar con años servidos como obrero la antigüedad para obtener la jubilación con treinta y cinco años de servicios. Naturalmente, él obtiene o puede obtener este beneficio de acuerdo con el artículo 31 de la ley Nº 10.475. En cambio, de acuerdo con el artículo 4º de la ley Nº 10.986, podría jubilar de acuerdo con las normas del Servicio de Seguro Social que prescriben la jubilación sólo por invalidez o por haber cumplido sesenta y cinco años de edad. De manera que no son cosas muy parecidas.
En este instante, no tenemos facultad para formular indicaciones y no podemos corregir este artículo. Por mi parte, he querido hacer esta declaración y acepto el complemento hecho por el señor Presidente, para que, en caso de ser aprobado este artículo, quede en la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, después de las observaciones de nuestro Honorable colega señor Silva Ulloa y de lo expresado por el señor Presidente de la Corporación, los Diputados democratacristianos aprobaremos el artículo 140, confiados en que por la vía del veto se aclarará su alcance para evitar confusiones, porque, efectivamente, no corresponde al pensamiento exacto del Ejecutivo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo con los alcances...
El señor VALENTE.-
Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos: por la negativa, 12 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 142, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la, negativa, 34 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 143 y 144, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 145 propuesto por el Senado.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, me agradaría que algún señor Diputado de Gobierno me precisara el alcance de esta disposición. En sus primeros incisos establece el beneficio de la jubilación para el personal que trabajó en la Fábrica de Abonos Fosfatados "Pelícano" de la
Compañía Salitrera Tarapacá y Antofagasta, en la provincia de Coquimbo. En su último inciso dispone que el financiamiento necesario para cumplir esta disposición sea con cargo al ítem 13/01/1/27.1, del Presupuesto Ordinario del Ministerio de Agricultura.
Sí bien es justo que, al cerrarse esta fábrica, esos trabajadores reciban la indemnización correspondiente, no es menos cierto que el ítem con que se trata de financiarla corresponde a una bonificación de abono adeudada desde 1963 hasta la fecha. En consecuencia, me agradaría conocer el alcance de este artículo y cómo va a pagar el Fisco la deuda. Sabemos que la mora en el pago de las contribuciones y otros tributos está gravada con el 3% mensual, en circunstancias que las deudas del Fisco con particulares no están sujetas a ninguna clase de ellos; no tienen ninguna bonificación ni reajuste.
Como esta disposición resulta un tanto confusa e injusta, espero que algún señor Diputado explique a la Sala su verdadero alcance.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Terminó el Honorable señor Phillips?
El señor PHILLIPS.-
Por el momento, sí, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Seré muy breve.
Los Diputados socialistas entendemos que, si la disposición se financia este año con cargo al ítem 13/01/1/27.1 del Presupuesto Ordinario del Ministerio de Agricultura, en los futuros tendrá que consultarse uno especial en el Presupuesto General, porque, de lo contrario, resultaría desfinanciada. Como el precepto del Senado no lo dice, nosotros lo dejamos establecido en la historia de la ley, a fin de que en el Presupuesto de 1967 se establezca un ítem que permita al Servicio de Seguro Social cumplir con la obligación que le impone este artículo.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, la disposición en debate es justa; pero, en lo que no estamos de acuerdo es en su financiamiento.
En la actualidad, se adeuda, por el concepto ya señalado, una suma muy superior al 100% de la cantidad asignada a este ítem del Ministerio de Agricultura. En consecuencia, resulta absurdo sustraer recursos de esos fondos destinados al pago de una deuda.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, es exacto lo aseverado por nuestro Honorable colega señor Phillips, respecto al financiamiento. Como ha dicho el Honorable señor Silva Ulloa, este año el beneficio se financiará con cargo al ítem 13/01/1/27.1 del Presupuesto Ordinario del Ministerio de Agricultura. Este es un problema de justicia.
La Superintendencia de Seguridad Social ha sostenido que no debería haberse incorporado esta disposición; pero, como hay que dar una solución justa a este problema, se ha buscado un financiamiento de emergencia. Este es el alcance del artículo que estamos discutiendo.
Los Diputados de la Democracia Cristiana votaremos favorablemente esta disposición, dejando establecido que con ella se pretende hacer justicia a un sector de trabajadores, y que se estudiará después el modo adecuado de financiarla en el futuro.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión el artículo 147.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo 147.
En discusión el artículo 148.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor VIDELA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Palestro; y, a continuación, el Honorable señor Videla.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas apoyaremos el artículo 148 introducido por el Senado. Aunque no somos partidarios de este tipo de entretenciones, que generalmente las financia el obrero y el empleado, sabemos que un gran número de personas laboran y viven de ellas.
El artículo en debate aumenta en un 1% la comisión que se descuenta sobre el monto de las apuestas en los distintos hipódromos del país. A nadie se le obliga a jugar en los hipódromos. Un antiguo proverbio dice: "Al que quiere celeste que le cueste". Es cierto también que con esta disposición se fomenta aún más esta actividad, que para muchos parlamentarios no es agradable, aunque por nuestra situación económica aceptaríamos cualquier "datito" que nos dieran. En todo caso, de acuerdo con el estudio realizado por los interesados y los Honorables señores Senadores que propiciaron esta indicación en el Senado, creemos que este 1% beneficia a las Cajas de Previsión de Empleados Hípicos, a los Departamentos de Bienestar de empleados y a los empleados y cuidadores de caballos.
Nosotros votaremos favorablemente este artículo, y pedimos a los Honorables colegas que procedan en la misma forma. En el fondo, esta disposición hace justicia al numerosísimo personal que labora en estas actividades, incorporadas a las costumbres -buenas o malas- de nuestro país.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Videla.
El señor VIDELA.-
Señor Presidente, este artículo 148 recarga en 1% la comisión que se descuenta sobre el monto de las apuestas mutuas y beneficia, fundamentalmente, a las Cajas de Previsión de Empleados Hípicos, que están permanentemente desfinanciadas, y también a los cuidadores de caballos, que son los más abandonados dentro del gremio hípico.
Los Diputados democratacristianos, antes de escuchar las claras y precisas palabras del Honorable señor Palestro, ya habíamos acordado apoyar esta disposición, porque creemos que es de toda justicia hacerlo y porque estimamos que debe mejorarse la previsión del gremio de trabajadores hípicos.
Por estas razones, votaremos favorablemente este artículo.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, en la tarde de hoy nos visitaron varios sectores que trabajan en la hípica nacional, especialmente preparadores, jinetes y cuidadores de caballos. Llegaron hasta aquí con el propósito de solicitarnos que rechazáramos este artículo, porque el espectáculo hípico no lo producen los empleados de los hipódromos, sino, justamente, los preparadores, jinetes, cuidadores y herradores de caballos...
El señor VIDELA.-
Y los caballos.
El señor MORALES (don Carlos).-
... y los caballos, como dice mi Honorable colega señor Videla.
Ellos nos plantearon la necesidad de rechazar este artículo, porque hace poco tiempo, en virtud del decreto supremo Nº 2.626, del Ministerio de Hacienda, de 2 de noviembre de 1965, se estableció una nueva distribución de los fondos que ingresan por concepto de impuestos en la hípica nacional.
El artículo 148 destina el 0,65% de este 1% adicional a las respectivas Cajas de Previsión de Empleados. No se toman en cuenta las Cajas de Previsión de Preparadores y jinetes, que son justamente los que están expuestos a mayores riesgos por las dificultades que presenta el desempeño de su trabajo. En seguida, el 0,20% se distribuye entre los empleados que trabajan en los hipódromos. O sea, en estas dos letras se olvida a los cuidadores, herradores, preparadores y jinetes.
Después, el 0,05% se destina a crear y desarrollar los Departamentos de Bienestar de los empleados. Y, finalmente, con el propósito de darle alguna expresión social a la modificación, se asigna el 0,10% en favor de los cuidadores de caballos.
Como ya lo manifesté, los representantes de los cuidadores, jinetes y preparadores nos pidieron que votáramos en contra de este artículo, porque tampoco se puede olvidar que el espectáculo hípico de nuestro país -como bien se ha dicho aquí- es el más gravado de la hípica mundial. Además, nos advirtieron que ya el artículo 140 había gravado con el 2% las entradas del Hipódromo Chile y del Club Hípico de Santiago, con un fin de alto contenido social.
Seguramente, la argumentación que estoy haciendo no la repetiré cuando se analice ese artículo. ¿Por qué? Porque ahí se le entregan recursos al Servicio de Seguro Social para incrementar el fondo de asistencia social, a fin de otorgar pensiones de vejez a aquellas personas mayores de 65 años no afectos a ninguna previsión y carentes de recursos.
Si gravamos con el 1% la comisión, en el artículo en estudio, y con el 2% las apuestas mutuas, en el 140, con toda seguridad, se resentirá el espectáculo hípico y disminuirán las ingentes entradas que produce. Además, hay otros interesados en esto, que son, justamente, los apostadores. Si restringimos la posibilidad de hacer apuestas, perjudicaremos a todas las instituciones que en la actualidad se benefician con el espectáculo hípico.
Estas palabras no las digo sino a petición de parte. Los interesados llegaron hoy hasta acá, a solicitarnos que rechazáramos el artículo 148. La Honorable Cámara verá qué resuelve sobre esta materia. Nosotros votaremos de acuerdo con este razonamiento, porque este artículo no beneficia a todo el gremio, sino sólo a quienes, según mi entender, son los mejor rentados, los que tienen mejor régimen previsional. Ellos son, precisamente, los empleados, que trabajan los domingos, o sábados, y cuando hay carreras extraordinarias. En cambio, los jinetes, los preparadores, los cuidadores de caballos y los herradores trabajan todos los días de la semana.
No es justo que se les cercenen las entradas a quienes más trabajan, para entregarlas a los que menos se sacrifican en la actividad hípica.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se encuentran inscritos para intervenir en el debate los Honorables señores Monares y Palestro.
Tiene la palabra el Honorable señor Monares.
El señor MONARES.-
Señor Presidente, algunos años atrás, trabajé en el Club Hípico de Santiago, para costear mis estudios, de manera que conozco un poco el problema en su interior.
El colega don Carlos Morales ha expresado, en forma pesimista, que el 1% sobre las comisiones de apuestas mutuas es un recargo excesivo. Esto no es tan efectivo. No creo que el 1% sobre los tributos actuales vaya a dañar en forma tan seria a la hípica nacional.
En este caso, este porcentaje tiene un fin social que nosotros compartimos ampliamente. Tal vez su distribución no sea la más adecuada, deja al margen a algunos gremios relacionados con la hípica. Pero tengo entendido que el Ejecutivo hará un estudio más profundo y serio sobre esta materia. Bien puede ser que, después de ese estudio, se haga una nueva distribución y se corrija cualquier injusticia.
Quiero recordar que la mayor parte de los empleados de los hipódromos atienden otras ocupaciones durante la semana y sacrifican los domingos trabajando en esta actividad. No tienen ningún día de descanso en la semana y, necesariamente, deben condicionar sus vacaciones al trabajo que realizan en estas instituciones. En gran número, son estudiantes que costean sus estudios con estas entradas. Gracias a la seriedad con que han administrado sus fondos, su Caja de Previsión es una de las mejores del país. Por eso, nos parece justo que este 1% vaya a beneficiarlos.
Termino manifestando que, después de un estudio más acabado y con otros antecedentes, el Ejecutivo podrá proponernos, en el veto, una distribución que comprenda a todos los gremios que tienen alguna relación con la hípica nacional.
Concedo una interrupción al Honorable señor Ricardo Valenzuela.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, en el evento de que el artículo 148 sea aprobado por la Cámara y se convierta en ley, quiero hacer presente, que la Comisión de Educación discutió un proyecto del SenadorRaúl Gormaz, aprobado por el Senado, por medio del cual se destinan las apuestas mutuas no cobradas a la construcción de establecimientos educacionales.
En atención a que estos fondos estaban destinados a convenios de los trabajadores de los hipódromos, para mejorar, precisamente, sus pensiones de jubilación, la Comisión estimó inoportuno el despacho de esta iniciativa. Pero como, a través del artículo 148, se obviaría, se solucionaría este problema, creo que, en un tiempo más, podríamos considerar de nuevo este interesante proyecto del Honorable Senador Gormaz, que podría proporcionar fondos para construir nuevos establecimientos educacionales.
Hago esta observación, porque es atinente al artículo que estamos discutiendo ya que, por justicia hacia los trabajadores de la hípica, la Comisión de Educación Pública consideraré que no debía aprobar ese proyecto.
Agradezco al Honorable señor Mona-res la interrupción que me ha concedido.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Palestro; a continuación, están inscritos la Honorable señorita Lacoste y el Honorable señor Buzeta.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, nosotros estamos plenamente de acuerdo con las palabras del Diputado señor Carlos Morales Abarzúa, que reflejan con exactitud nuestro pensamiento sobre la distribución de este porcentaje. Pero, a esta altura de la tramitación del proyecto, nos vemos fatalmente obligados a aprobar o rechazar el artículo. No tenemos otra alternativa. Los colegas de la Democracia Cristiana, con la buena voluntad que los caracteriza, nos amenazan con que, en el veto o en un nuevo proyecto, podrá arreglarse este problema. La verdad es que rechazar esta disposición sería aplicar la política del "perro del hortelano": no comer ni dejar comer. Como lo dijimos al principio, nosotros la vamos a votar favorablemente.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señorita Lacoste.
La señorita LACOSTE.-
Señor Presidente, es indudable que en el artículo en debate hay una omisión importante. No figuran en él los jinetes, los preparadores, los porteros ni, en general, los obreros de los hipódromos.
Solicito que, junto con aprobar esta disposición, la Cámara envíe un oficio al Ejecutivo, a fin de que, en una redistribución, se considere a todo el personal de los hipódromos, especialmente a los jinetes, que son el gremio que menos gana dentro de la hípica, ya que, aunque parezca increíble, perciben sólo alrededor de medio sueldo vital mensual.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Buzeta.
El señor BUZETA.-
Señor Presidente, sólo deseo confirmar lo que han expresado varios Honorables colegas. Concuerdo con el Honorable señor Palestro en que, para no dificultar el despacho del proyecto, es conveniente aprobar el artículo tal como está. Asimismo, creo que hay consenso para proceder en la forma propuesta por la Honorable señorita Lacoste, esto es, para solicitar del Ejecutivo que nos proponga una nueva distribución, a fin de beneficiar a todas las personas que trabajan en las actividades hípicas del país.
Nada más.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, nosotros concordamos plenamente con lo sustentado por el Honorable señor Carlos Morales. La historia de las disposiciones que han gravado las apuestas mutuas demuestra que el exceso de tributación acarrea siempre un aumento de los "cartilleros". El juego clandestino se hace atractivo cuando el impuesto es muy alto.
Si se quiere mejorar la condición de la gente que efectivamente trabaja para la hípica, como son los preparadores, los jinetes, los cuidadores de caballos, hay que decirlo en el artículo.
Contrariamente a lo que aquí se ha sostenido, esta disposición favorece a los empleados, que trabajan sólo un día a la semana dentro de esta actividad. En consecuencia, la distribución debería ser totalmente distinta.
Nada más.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Por eso la Honorable señorita La-coste ha solicitado el envío de un oficio al Ejecutivo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo 148, nuevo, y se remitirá un oficio al Ejecutivo, para que en las observaciones que eventualmente pudiera formular al proyecto, considere una redistribución que favorezca a todos los trabajadores hípicos.
Acordado.
En discusión el artículo 149, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, los Diputados de estos bancos consideramos justo el artículo 149, que permite al personal dependiente del Ministerio de Educación Pública computar, para los efectos de la jubilación, la bonificación otorgada por el artículo 19 de la ley Nº 15.386.
Esto es concordante con una disposición de otro proyecto aprobado recientemente por la Honorable Cámara. Me refiero a la bonificación de permanencia de que disfrutarán los miembros de las Fuerzas Armadas. Si algo es bueno para el personal uniformado, tiene que serlo también para el personal dependiente del Ministerio de Educación Pública.
En esta forma, lograremos que estos funcionarios sirvan más de 30 años y se retiren con la bonificación máxima, para abrir campo a las nuevas generaciones.
Nada más.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, los Diputados radicales concordamos plenamente con esta disposición. Pero, tal como se ha procedido en el caso del artículo anterior, nos agradaría que se enviara un oficio al Ejecutivo, a fin de solicitarle que el beneficio que se propone dar al personal del Ministerio de Educación Pública se extienda a todos los funcionarios afectos al artículo 19 de la ley Nº 15.386. Como es sabido, todos los imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas jubilan con el promedio de los 36 últimos sueldos. Nada más justo, entonces, que otorgarles a todos ellos este beneficio para los efectos de la jubilación.
Nada más.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, como lo han indicado los Honorables colegas, el artículo 19 de la ley Nº 15.386 concede a los imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y entre ellos, a los funcionarios dependientes, del Ministerio de Educación Pública, a que se refiere, en concreto, el artículo 149, una bonificación equivalente al 5% de su renta por cada año trabajado después de los 30 de servicio, con un máximo del 25%.
En consecuencia, aquellos funcionarios con una antigüedad de 35 años de servicios tendrán aumentada su renta en un 25%, pero este porcentaje solamente lo perciben mientras están en servicio. Cuando se acogen a jubilación, lo cual es natural después de haber trabajado 35 ó 36 años, se les rebaja este 25% de sus sueldos.
Los Diputados comunistas consideramos de la mayor justicia este artículo introducido por el Senado, porque permite que la bonificación percibida por aquellos funcionarios que se mantienen en servicio activo a pesar de tener los requisitos para jubilar, les sea considerada al acogerse a jubilación. En consecuencia, nosotros votaremos favorablemente esta norma.
El señor VIDELA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIDELA.-
Señor Presidente, creemos que se debe rechazar este artículo, porque es absurdo y discriminatorio.
Es absurdo, porque computa para la jubilación un beneficio establecido en la ley Nº 15.386, precisamente para favorecer a los funcionarios que no jubilaran y se mantuvieran en actividad. Para ellos se creó este beneficio. Ahora el Senado quiere extenderlo a quienes jubilan, lo cual es absurdo.
Y es discriminatorio, porque solamente se otorga al personal del Ministerio de Educación Pública y no a todos los imponentes.
Por ser absurdo y discriminatorio, votaremos en contra de este artículo.
El señor MONTES.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, quiero decir tan sólo que precisamente en el argumento del Honorable señor Pedro Videla basamos nuestra confianza en que este artículo sea aprobado. En realidad, esas personas han podido jubilar a los 30 años de servicios; pero han seguido trabajando y se les paga esta bonificación. Sin embargo, llegará un momento, inevitablemente, en que por cualquier circunstancia deberán jubilar, acogerse a retiro.
Nos parece injusto que a aquellas personas que han tenido la posibilidad, repito, de jubilar a una edad determinada, pero han preferido continuar trabajando para contribuir al desarrollo de la educación, como en el caso de los maestros, y finalmente han llegado a una edad que los obliga a retirarse, se les reste una parte importante de sus rentas por el sólo hecho de acogerse a descanso.
Por eso, insistimos en la justicia del planteamiento del artículo 149, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor VIDELA.-
Se les premia por trabajar.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, quisiera que el Honorable señor Videla nos explicara cuál fue su criterio -yo no lo conozco- para votar favorablemente la bonificación de permanencia de las Fuerzas Armadas. El precepto que estableció esa bonificación, me parece que el artículo 4º del proyecto respectivo, tiene la misma filosofía que se pretende aplicar ahora para el personal del Ministerio de Educación Pública. Cuando los funcionarios de las Fuerzas Armadas jubilan con más de 30 años de servicios válidos para el retiro, entre los cuales se consideran los dos años de estudio en las Escuelas Militar o Naval, conservan la bonificación de permanencia, que viene a ser el sustituto, complemento o sinónimo de la bonificación establecida en el artículo 19 de la ley Nº 15.386.
Creo que debemos tener una sola conducta con el personal que presta servicios en la Administración Pública, lleve uniforme o no.
El señor VIDELA.-
Son totalmente diferentes.
El señor SILVA ULLOA.-
No son diferentes, Honorable colega.
Esperamos que este artículo propuesto por el Honorable Senado sea votado favorablemente por los Diputados de Gobierno, ya que, de lo contrario, no habrá ley sobre la materia.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, es indudable que esta disposición tiende a beneficiar al personal del magisterio que, a pesar de haber cumplido los requisitos para jubilar, ha continuado trabajando para suplir la carencia de profesores que hay en el país, especialmente en la educación secundaria.
Esta bonificación fue establecida como una especie de estímulo para aquellos maestros que habían cumplido el tiempo para jubilar, a fin de que pudieran percibir una mayor remuneración y, con este atractivo, siguieran trabajando, porque no había suficientes profesores para atender la creación de nuevos cursos.
Esta disposición es similar a la propuesta para las Fuerzas Armadas. Me parece justo que estas personas que han cumplido 30 años de trabajo y han continuado prestando servicios que el país necesita, perciban también esta bonificación una vez que se acojan a jubilación.
En consecuencia, nosotros votaremos afirmativamente.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa. 18 votos; por la negativa, 33 voto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión la modificación al artículo 49, que ha pasado a ser 150.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, pienso que el artículo 150 del Senado, que reemplaza el 49 aprobado por la Cámara, es quizás la norma de mayor contenido social de todas las aprobadas en segundo trámite constitucional.
Por este artículo se pretende, simplemente, aumentar los sueldos y salarios del sector privado en un 40%, con relación a los vigentes al 31 de diciembre de 1965.
Yo sé que esta disposición no será aprobada por la Cámara; no tengo ninguna duda de que se argumentará que es contraria al proceso antiinflacionista, que no debe haber discriminación, y se darán todas aquellas razones que hemos escuchado en otras oportunidades a los Diputados de Gobierno. Sin embargo, quiero hacer resaltar algunas antinomias que hemos observado en este último tiempo.
Para el sector público se pretende dar un reajuste de un 25,9%, correspondiente al 100% del alza del costo de la vida, cifra muy discutible, por lo demás, pero el Supremo Gobierno propone aumentar las remuneraciones de las Fuerzas Armadas en 40% o quizás más y las de los profesores en más del 25%, en circunstancias que el 25,9% de reajuste para los empleados fiscales resultará, en el hecho, mucho menos, debido a que tampoco se aprobará la modificación del Senado tendiente a que la primera diferencia de sueldo vaya a manos del empleado y no a la Caja, indicación que los Diputados de Gobierno seguramente rechazarán...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
No prejuzgo, porque estoy argumentando sobre la base de antecedentes legislativos, y cuando llegue la votación mis palabras se verán confirmadas.
Además, si restamos al reajuste la primera diferencia de sueldo, el aumento del impuesto a la renta, que el empleado debe pagar por planilla, el global complementario, la renta mínima presunta, veremos que, en realidad, el incremento para el sector público no será superior al 21 o 22%.
En este artículo se propone un reajuste de un 40% para el sector privado. ¿Qué significa esto? Que en vez de aumentar el sueldo vital de 1965, que era de Eº 207, a Eº 260, y aceptar el 25% de reajuste propuesto por el Ejecutivo, el Senado decidió elevarlo a Eº 290 mensuales, con lo cual nosotros concordamos. ¿Qué son Eº 290 mensuales? ¿Alcanza un hombre soltero -no uno casado y con familia- a vivir con Eº 290? ¿Puede pagar arriendo, comer, vestirse, disponer de dinero para ir al cine, para comprar diarios, libros, etcétera? Imposible. Vive sumido en la miseria, que va aumentando como consecuencia de estos mejoramientos de sueldos tan pequeños que se están entregando en este proyecto de reajuste...
El señor LAVANDERO.-
¡Superiores a reajustes pasados!
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Esa cantinela se la he oído muchas veces a algunos Diputados de Gobierno! El Partido Radical, cuando fue Gobierno...
El señor LAVANDERO.-
¡Dio Eº 11!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
...entregó por ley reajustes de sueldos equivalentes al alza del costo de la vida.
El señor LAVANDERO.-
¡Eº 11!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorables señores Diputados!
El señor MORALES (don Carlos).-
Me refiero a la época en que fuimos Gobierno nosotros. Hablo de reajustes de sueldos automáticos, aun cuando nunca tuvimos 82 Diputados. ¡Ya hubiéramos querido tener al Presidente de Chile, a todos los Ministros, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, asesores y además, 82 Diputados! ¡De haberlos tenido, Sus Señorías verían qué régimen social tendríamos ahora!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Escorza!
El señor MORALES (don Carlos).-
Ahora, con todo el aparato de propaganda, con toda la prensa, la radio, la televisión, con los bombos y platillos el Gobierno, con los asesores políticos y económicos, propone nuevas disposiciones como la aprobada en favor de los subdelegados ...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Lavandero, llamo al orden a Su Señoría!
El señor MORALES (don Carlos).-
...y de los asesores políticos que tendrán ahora 6ª categoría...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Lavandero!
El señor MORALES (don Carlos).-
...en tanto que el resto de los empleados públicos, con 15 ó 20 años de trabajo, tienen grado 8, 10 o 12. En cambio, a los asesores políticos del Gobierno, que pueden ser analfabetos, se les asigna la sexta categoría, o se les da una renta de cerca de E9 500... ¡El Partido Radical dio reajustes automáticos...!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Lavandero, cada Comité dispone de tiempo para hacer observaciones!
El señor MORALES (don Carlos).-
Señor Presidente, el Honorable señor Lavandero, como Presidente de la Comisión de Hacienda, debería tratar de conocer algo en materias de orden legislativo. Ser ignorante es no tener conocimiento de algo...
-Hablan varios señores Diputados a la vez. .
El señor MORALES (don Carlos).-
...y él está demostrando no tener el más mínimo conocimiento sobre lo que ha sido la historia legislativa del país. Le repito que estudie, que se informe, que vaya a la Biblioteca y lea esa historia. Ahí encontrará leyes patrocinadas por radicales.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Gobiernos radicales como el de Aguirre Cerda y otros Presidentes que tuvo el partido daban reajustes automáticos por ley, de acuerdo con el alza del costo de la vida!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Y sepa el señor Lavandero, Presidente de la Comisión de Hacienda, que en Ahumada 254, oficina 905, hay un estudio de abogado donde se atiende al pueblo desde hace 20 años; lo poco y nada que tengo se lo debo honradamente a mi profesión; no soy dueño de fundos ni he recibido herencias como Su Señoría
¡No soy propietario de tierras!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate!
Ruego serenidad a los señores Diputados.
El señor MORALES (don Carlos).-
Ningún Presidente de Comisión de esta Cámara -la más mala de las Cámaras de Diputados que ha tenido la República...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
... jamás había demostrado tanta falta de conocimientos...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
... como el señor Lavandero. Por eso, cuando el Honorable Diputado señor Bosco Parra decía, refiriéndose ai Senado: "Llamemos a una nueva elección", el Honorable señor Phillips respondió: "Conforme, siempre que también renuncien los Diputados y se hagan nuevas elecciones".
¿Por qué no vamos a ese pleito? ¿Por qué no renunciamos todos, a ver, si se cumple lo que afirman?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Se están beneficiando con la "masacre" del Salvador...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ESCORZA.-
¡Acuérdese del campo de concentración de Pisagua...!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Escorza, ruego a Su Señoría tomar asiento!
El señor MORALES (don Carlos).-
...se mancharon las manos con sangre...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Diputados, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate.
¡Honorable señor Garay!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorables señores Diputados!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
...Hablando de los campos de concentración de Pueblo Hundido. ¿Y la "masacre" de El Salvador, donde había mujeres y hombres indefensos?
Yo creo, señor Presidente...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorables señores Diputados!
Honorable señor Escorza, llamo al orden a Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Creo que la norma aprobada por el Senado, en este proyecto de ley de reajuste, para el sector...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Garay!
El señor MORALES (don Carlos).-
... privado, es realmente una norma de toda justicia, que debe ser también aprobada para el sector público.
Yo no voy a citar discursos hechos por Diputados democratacristianos que, antes, pasaron por estos bancos y ahora ascendieron al Senado. Allá están los señores Gumucio, Musalem y otros señores Senadores. ¿Qué decían antes aquí? ¡Cómo criticaban un proyecto de ley que no concediera un reajuste en la proporción que ellos proponían! Y, ahora, como son Gobierno, como alguien dijo, actúan en forma distinta. Y Sus Señorías, porque son también Gobierno, van a rechazar este artículo.
Pero nosotros hacemos presente, a través de nuestra intervención en este debate, que lo vamos a apoyar no sólo porque viene aprobado de la otra rama del Poder Legislativo, sino porque lo consideramos de estricta justicia...
El señor LAVANDERO.-
¡De donde "los viejos"...!
El señor MORALES (don Carlos).-
Sí, de donde "los viejos" como el Honorable Senador señor Musalem, boxeador del otro "ring". Pero esos viejos están opinando con un criterio más juvenil que los señores de la "Patria Joven" que se sientan aquí.
Señor Presidente, concedo una interrupción al Honorable colega señor Fuentes.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Fuentes, don Samuel.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Lorca!
¡Honorable señor Garay!
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, quiero recordar...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Garay, ruego a Su Señoría guardar silencio y respetar el derecho del orador!
El señor FUENTES (don Samuel).-
Quiero recordar, corroborando lo dicho por el Honorable señor Carlos Morales, las palabras de un Senador de la Democracia Cristiana, pronunciadas en este hemiciclo, cuando fue Diputado en el año 1964, durante la discusión de la ley Nº 15.575. Señaló ese Diputado -el Honorable señor Gumucio- que el sueldo vital para el sector privado, para cuyo reajuste teníamos iniciativa, debía ser de 307 escudos, de acuerdo con el alza del costo de la vida. De haberse aprobado la indicación del Honorable señor Gumucio, en aquel entonces, y aplicando la teoría de la determinación del reajuste de acuerdo con el alza del costo de la vida, el año pasado el sueldo vital debió ser de 424 escudos, que representa un 38,4% -porcentaje en que se estimó el alza del costo de la vida-, aplicado al de 1964 que proponía el ex Diputado a que me refiero; y, en el presente año, con un índice de alza de un 25%, debe ser el sueldo vital, según el planteamiento categórico, defendido con calor, del Honorable señor Gumucio en la época que señale, de 530 escudos. Pues bien, la Democracia Cristiana, al rechazar este artículo del Senado, no hace otra cosa que fijar el sueldo vital en la mitad, 271 escudos, en vez de los 530 escudos que correspondía con arreglo a lo que entonces pedía uno de sus Diputados, hoy Senador.
He pensado que si el señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción ha autorizado, hasta el momento, más de ciento cincuenta alzas, que benefician justamente a la industria, al comercio y, en general, a las actividades particulares, ello ha sido porque considera acertada esta idea de aumentar el sueldo vital de los empleados particulares para el presente año siquiera en un 40%, a fin de que guarde relación con el aumento de las remuneraciones del personal de las Fuerzas Armadas.
Porque hay que considerar también que los empleados particulares no tienen escalafones, ni categorías de ninguna clase, que les permita obtener beneficios como el que acaba de darse a 290 agentes políticos del régimen, cuales son los subdelegados, que percibirán una renta de más de 300 escudos mensuales, sólo por ser representantes del Ejecutivo.
-Un señor DIPUTADO.- ¡Los subdelegados sirven al país!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Por eso extraño la actitud de los Diputados de la Democracia Cristiana y de su Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, a quien ya no se llama "Santa María", sino, simplemente "María", porque su mano ha dejado de ser santa, pues ha firmado cuanto decreto de alza se le ha presentado.
Tanto es así, que ha ocurrido el caso de que parlamentarios de la propia Democracia Cristiana, partido al cual pertenecen este Ministro y el Gobierno, ya han manifestado públicamente su disconformidad con la última alza de precio de todos los artículos textiles, alza que, ciertamente, recae sobre todos los asalariados.
Por eso, aunque sea por consideraciones de carácter humano, creo que esta modificación debe ser aprobada por unanimidad, porque ya la industria y el comercio, con las generosas alzas autorizadas por el señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, han absorbido este 40% de aumento de los sueldos y están, por tanto, en condiciones de financiar hasta un reajuste de un 100%, dada la generosidad, repito, con que el Supremo Gobierno ha tratado al sector privado.
Esto es lo que quería manifestar, señor Presidente. Y espero que los Honorables colegas de la Democracia Cristiana que, en una gran mayoría, han sido dirigentes de los empleados particulares de todas las actividades, recapaciten en lo que van a hacer, aunque hayan recibido instrucciones del Supremo Gobierno y, especialmente, del señor Ministro de Hacienda, para votar en contra de esta disposición del Senado. Como son parlamentarios "del pueblo", según lo manifiestan, en cada oportunidad, en todas las concentraciones públicas que se realizan, creo que, en esta ocasión, recapacitarán y votarán en conciencia esta modificación del Senado.
Nada más, señor Presidente.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, lamento, en primer lugar, que mi estimado amigo, don Carlos Morales, en un debate que no tenía por qué llevar al plano personal, haya pretendido señalarme algunas cosas que no vienen al caso y sobre las cuales seguramente está, me imagino, sin información.
El señor MORALES (don Carlos).-
Yo me defiendo solamente. Me hablaban del automóvil...
El señor LAVANDERO.-
Lamento que nuestro Honorable colega Carlos Morales, que sé que es inteligente...
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Muchas gracias!
El señor LAVANDERO.-
...un hombre que incluso viste con gusto, sin que podamos decir que es una persona rebuscada, ni relamida, que es un hombre a quien nadie podría achacar falta de honradez, porque lo sé un hombre de esfuerzo, que se ha levantado desde un modesto puesto de oficial de juzgado para convertirse en un excelente Diputado, con un automóvil extraordinariamente macanudo, en el que se pasea por las calles de Santiago. . .
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, no veo a qué viene al debate este asunto.
Le ruego a Su Señoría referirse a la materia que está en discusión.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, por el aprecio que siento hacia mi estimado colega, le ruego que no sigamos en el terreno personal. Considero que, en esta oportunidad, debemos abocarnos al estudio de los problemas de carácter contingente que nos presenta el proyecto de reajustes.
Sin embargo, no puedo dejar pasar algunas afirmaciones totalmente injustas de mi Honorable colega. A propósito de su aseveración de que nosotros estamos otorgando un reajuste escuálido, hay que recordar que en el Gobierno anterior se concedió un reajuste de apenas 11 escudos; y, en otra oportunidad, un aumento compensatorio sólo por algunos meses del año, cosas que no ha hecho nunca este Gobierno.
Por otra parte, como el Honorable señor Fuentes manifestó que el Ministro señor Santa María se ha encargado de firmar toda clase de alzas, deseo recordarle que el ex Ministro de Economía, señor Escobar, se caracterizó por enfrentar el problema de las alzas con un criterio extraordinariamente exagerado, que no puede compararse con el del actual Secretario de Estado en la misma Cartera. En realidad, podría decirse que los chilenos tienen mala memoria y que hay algunos que, posiblemente, se limpian su calzado no en un lustrín de la Plaza de Armas, sino en el "Cajón" del Maipo, por lo grande de sus zapatos. Sin embargo, hay muchos que tienen buena memoria, los cuales deben hacer justicia a este Gobierno, que ha otorgado reajustes equivalentes al ciento por ciento del alza del costo de la vida y aumentos en la asignación familiar como nunca antes se habían concedido.
Por estas razones, considero que algunas apreciaciones hechas en esta oportunidad son sólo políticas y no tienen seriedad, ni están basadas en antecedentes económicos suficientes como para ser formuladas responsablemente.
Nada más, señor Presidente.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas votaremos favorablemente la sustitución que ha hecho el Senado del artículo 49 aprobado por la Honorable Cámara, que ha pasado a ser 150.
En el primer trámite constitucional de este proyecto, y antes que la Honorable Cámara conociera el proyecto de reajuste de las Fuerzas Armadas y Carabineros, expresamos que esta compensación que se daba a los trabajadores del sector privado, que es donde tenemos iniciativa para mejorar remuneraciones, por el deterioro que habían sufrido sus sueldos y salarios debido al alza del costo de la vida, era injusta, y que las bases consideradas para determinar el índice de precios al consumidor eran arbitrarias. En efecto, la disposición aprobada por la Honorable Cámara, que otorgaba un reajuste de 25% a las remuneraciones equivalentes a tres sueldos vitales, y un reajuste del 15% a las mayores, significaba concederle al sector privado un reajuste medio del orden del 20%. Como el alza del costo de la vida fue inmensamente superior al 25,9% que había determinado la Dirección General de Estadística y Censos, en esa oportunidad expresamos nuestra esperanza de que el Senado corrigiera esta aberración.
Así ha ocurrido. Con todo, nos parece que el Senado se quedó corto, porque hay
nuevos antecedentes que agregar a los que pudimos proporcionar entonces. Desde luego, el más importante es el hecho de que el reajuste de las Fuerzas Armadas y Carabineros es superior, pues si es de un 25% general, hay que tomar en consideración que está adicionado con una bonificación de permanencia, imponible, que sirve para la jubilación, equivalente al 13% sobre los sueldos reajustados. Por lo tanto, como mínimo, las Fuerzas Armadas y Carabineros tendrán un reajuste de un 41,25%, no del 38%, como se ha sostenido. Porque no es lo mismo aplicar porcentajes sobre porcentajes, que sumar porcentajes.
Pero hay que agregar más. Sabemos que, con la mayoría que está operando en el Congreso Nacional, se va a establecer que el primer aumento que obtengan los trabajadores del sector privado pase a las Cajas de Previsión. Naturalmente, esto significa reducir en 8,33% el reajuste del año 1966. Además, si consideramos -cosa que no es arbitraria, porque la discutimos aquí y está en los anales del Congreso- que el proyecto de reajuste de las Fuerzas Armadas y de Carabineros se financia exclusivamente con impuestos indirectos, que recargan los precios al consumidor, paralelamente a la aprobación de estos aumentos de remuneraciones para los sectores público y privado, que son justos y cuyo despacho nosotros queremos acelerar, se producirá, según nuestros cálculos, un alza del costo de la vida de cerca de un 10%, que el señor Ministro de Hacienda estima será sólo del 5%.
En consecuencia, el reajuste real que recibirán los trabajadores ni siquiera será del 15%; será ligeramente superior al 10% ; y esto dando de barato que el índice de precios al consumidor está bien determinado. Entonces, resulta que el aumento no alcanzará a cubrir siquiera el 50% del alza del costo de la vida, como lo estableció la ley Nº 12.006, del año 1956, sino muy poco más del 30%. Estos son antecedentes indiscutibles y argumentos que no podrán destruir los colegas de la Democracia Cristiana, aun cuando utilicen todos los recursos de la dialéctica.
Como en este mismo proyecto se sanciona una política laboral que elimina el derecho de petición de los trabajadores organizados, estableciendo un arbitraje obligatorio, según el cual no se puede obtener un porcentaje de aumento mayor que el del índice del costo de la vida fijado por la Dirección de Estadística. Con este sistema se va a producir una situación similar a la señalada por un político de gran figuración durante el siglo pasado. En el Senado de la República, y es cuestión de revisar los anales de esa Alta Corporación, dijo, refiriéndose a este centenario proceso de desvalorización monetaria y de alza del costo de la vida, que mientras los pobres, los rotos, recortaban las carabinas para robar a los ricos, los ricos recortaban los pesos para robar a los pobres.
El señor LORENZINI-
¿Lo dijo el cura de Catapilco?
El señor SILVA ULLOA.-
No; fue el señor Isidoro Errázuriz. Si Su Señoría no lo ha leído, le recomiendo que lo haga.
Ahora, señor Presidente, con esta política de remuneraciones y de orden laboral impuesta por el Supremo Gobierno se va a repetir tal situación. Nosotros no deseamos que vuelvan a ocurrir acontecimientos tan desgraciados como los de El Salvador; pero conocemos las reacciones de los obreros, porque hemos surgido a la vida pública, precisamente, compartiendo sus luchas.
Esperamos que se imponga la razón y que los trabajadores puedan obtener, por las vías legales correspondientes, una justa remuneración al esfuerzo que gasta en las actividades nacionales de producción, la cual necesita estimularse. Con tal objeto, hemos presentado indicaciones para hacerlos partícipes en las utilidades de las grandes empresas, que día a día se incrementan. Desgraciadamente, estas iniciativas nuestras, que modifican artículos del Código del Trabajo, relacionados con la participación de utilidades y gratificaciones, han sido rechazadas por la misma mayoría que ahora se pronunciará respecto de este artículo 150.
No hallamos cómo encontrar el camino que permita hacer justicia y traer tranquilidad al país, porque aquí no imperan las razones, sino las órdenes que se reciben. Y, a pesar de que sabemos que muchos colegas de la Democracia Cristiana -con quienes hemos compartido tareas y actividades en nuestras funciones de dirigentes gremiales- en su fuero interno no pueden estar de acuerdo con esta política, por disciplina deberán apoyarla.
Sin embargo, tendrá que llegar el momento en el que la conciencia de Chile se imponga y las mayorías nacionales organizadas puedan hacer comprender al Gobierno que está siguiendo una política errada.
Entretanto, votaremos favorablemente la sustitución propuesta por el Honorable Senado de este artículo 49.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del Comité Socialista.
El señor ESCORZA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Escorza; y, a continuación, los Honorables señores Valente y Fuentes, don César Raúl.
El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, quiero declarar que la Democracia Cristiana, el Gobierno y sus parlamentarios, tienen conciencia clara de la situación en que viven los trabajadores en general, como consecuencia de la pérdida de poder adquisitivo de sus sueldos y salarios. Esto lo sabemos todos, especialmente quienes hemos estado luchando junto a ellos más de 20 años.
Sin embargo, estimo que, en este aspecto, debemos aclarar ciertos conceptos vertidos. Deseo hacerlo con la máxima tranquilidad.
Este Gobierno se comprometió a elevar el poder adquisitivo de las remuneraciones de todos los trabajadores; y lo está haciendo desde el momento en que, tan pronto asumió las tareas gubernativas, concedió un reajuste equivalente al ciento por ciento del alza del costo de la vida. Jamás ha considerado siquiera la posibilidad de dar reajustes inferiores al aumento del índice de precios. El Gobierno lo ha declarado reiteradamente así. Extraño que muchos Honorables colegas -aun cuando respeto su posición- insistan en sostener que los reajustes otorgados son inferiores al porcentaje de alza del costo de la vida, en circunstancia que se ha dicho ya, en forma majadera, que el índice de precios continúa determinándose exactamente por los mismos procedimientos con que se viene fijando desde hace muchos años, sistema que no se ha querido modificar, por motivo alguno, hasta este instante, para evitar que los parlamentarios de Oposición puedan enjuiciar a este Gobierno, al proceso revolucionario que estamos viviendo, acusándolo de usar medios antojadizos con el fin de eludir su responsabilidad en esta materia.
Si los Honorables colegas radicales hacen memoria, -no señalo esto con el ánimo de justificar una posición ni por el mero afán de reseñar hechos pasados- recordarán que, en el año 1951, en el Gobierno del señor Gabriel González Videla se dictó la ley Nº 10.343, mencionada por el Honorable colega señor Carlos Morales, la cual fijó, como reajuste automático, el 90% del aumento del costo de la vida. Nosotros estamos de acuerdo con el sistema de reajustes automáticos; no queremos que iniciativas de esta naturaleza motiven discusiones de tres meses en el Senado, como ha ocurrido ahora. Esa Alta Corporación ha discutido este proyecto durante 90 días, en circunstancias que los trabajadores necesitaban su despacho rápido; y lo ha hecho por cuestiones estrictamente políticas, sin considerar la miseria de los asalariados ni los problemas que esta demora les causan.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ESCORZA.-
Por lo tanto, señor Presidente, cuando se están formulando ciertos cargos a este Gobierno por su política de remuneraciones, es conveniente hacer luz sobre hechos pasados, a fin de que quienes sostenemos este criterio podamos demostrar la inconsecuencia de las críticas que hoy se hacen en relación con la posición antes adoptada frente a este problema.
Posteriormente, se estableció un reajuste del 75% del alza del costo de la vida.
También quiero recordar al Honorable señor Silva Ulloa -a quien respeto mucho- que en el Gobierno del señor Ibáñez, en el que participó su partido, el Socialista, se llegó a reajustar los sueldos hasta en un 60% del alza del costo de la vida. Y, un año, simplemente no hubo reajuste. En consecuencia, no se pueden aceptar, en este momento argumentos destinados sólo a atacar a un Gobierno que está haciendo las cosas con el único propósito de resolver alguna vez el problema principal de los trabajadores, mediante la defensa del poder adquisitivo de sus sueldos y salarios.
Vuelvo a repetir: nos interesa el apoyo de los empleados y obreros, porque nuestra revolución la estamos desarrollando en forma consciente y responsable y, por ello, queremos el apoyo popular en esa misma medida.
Cuando el Honorable señor Acuña rasga sus vestiduras y critica el porcentaje actual de aumento, olvida que él apoyó en esta misma Sala un reajuste de sólo E° 11. Actitudes como las del Honorable colega en realidad no se entienden.
Yo deseo que levantemos el prestigio de los debates de esta Honorable Cámara. Ojalá nuestras expresiones sean siempre elevadas y animadas del espíritu de presentar argumentos positivos, de encontrar financiamientos adecuados y de buscar fórmulas de solución, pero sobre la base del respeto mutuo y de la defensa digna de nuestras posiciones.
Yo respeto la actitud de los Honorables colegas cuando hablan de nacionalización del cobre. Pero hay muchos hechos cuyo significado está revelándose sólo ahora. Hay compañías interesadas en mantener ciertos conflictos, en los cuales, a la vez, hay intenciones políticas. Entonces, ¿a dónde vamos a parar? Nosotros también caminamos hacia la nacionalización del cobre; pero la hacemos a través de un proceso distinto.
Por eso, quiero declarar que no nos oponemos a que las empresas del sector privado estimulen sus niveles de producción dándoles mayores reajustes a los trabajadores, de acuerdo con sus entradas. Pero el Gobierno ha fijado en forma categórica una política de remuneraciones cuyo objetivo central es respetar los reajustes del ciento por ciento del alza del costo de la vida para todos los asalariados.
Para nosotros, vuelvo a repetir, la defensa del poder adquisitivo de sueldos y salarios constituye la preocupación máxima y será uno de los principales temas que los parlamentarios democratacristianos trataremos en las reuniones que se efectuarán los días 1, 2 y 3 del próximo mes. Estamos constantemente considerando esta materia, porque somos un movimiento de sensibilidad social, de doctrina cristiana. En consecuencia, no aceptamos emplazamientos hechos con propósitos vedados. Queremos que la opinión pública y los trabajadores de todo el país sepan que nosotros estamos legislando con el propósito estricto de realizar una política de remuneraciones que se ajuste a una política integral y no distorsionada, y a quienes desean que rompamos con el pueblo; a los que tratan de evitar que cumplamos con él, les declaramos, una vez más, que se equivocan: el pueblo está con nuestro movimiento y nosotros estamos con él.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valente.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, nos alegramos de que el Honorable Senado...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio!
El señor VALENTE.-
...haya modificado el artículo 49 aprobado por la Cámara de Diputados, en lo que respecta a aumentar el porcentaje de reajuste para el sector privado del 25,9 al 40%.
Nos alegramos, repito, porque la modificación propuesta por esa Alta Corporación coincide plenamente con la posición que sostuvimos en el primer trámite constitucional de este proyecto. Señalamos, en aquella oportunidad, que formular indicación para otorgar un aumento del 40% no constituía una posición demagógica, sino, por el contrario, era una posición realista. Tan realista resultó, que el Gobierno, días después de enviar a la Cámara de Diputados el proyecto de reajuste para los sectores público y privado, reconoció la justicia del porcentaje indicado por nosotros al remitir un mensaje sobre remuneraciones de las Fuerzas Armadas que establecía un 41,25% de aumento, tal cual lo ha señalado el Honorable colega señor Silva Ulloa.
En esa ocasión, nosotros recordamos cómo en esta Sala, siendo Oposición la Democracia Cristiana, escuchamos a sus Diputados de aquel entonces las mismas argumentaciones que hemos sostenido en esta oportunidad, y afirmamos que los actuales parlamentarios democratacristianos se encuentran en una posición demagógica, al defender una tesis contraria a la que mantenían antes de ser Gobierno.
Recordamos, además, que el propio Senador señor Gumucio, entonces Diputado, planteo en el año 1961 la necesidad de otorgar un sueldo vital de Eº 307. Ahora, en conformidad con lo propuesto por los Diputados y Senadores del FRAP, al aumentar en 40% el sueldo vital, se llega a una cantidad cercana a los Eº 280. Es decir, después de dos años todavía estamos por debajo de la proposición hecha por el Diputado de esa época -hoy Senador- señor Gumucio.
Hicimos presente también cómo el señor Freí, planteando en el Senado de la República su posición frente a un proyecto de reajustes, destacó su toda disconformidad con el índice del costo de la vida entregado por la Dirección de Industrias y Comercio.
El señor PEREIRA.-
¿Qué porcentaje ofrecía el Gobierno de esa época?
El señor VALENTE.-
El Gobierno de la época proponía entregar un reajuste igual al 100% del alza del costo de la vida...
El señor PEREIRA.-
¡Eso no es efectivo!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENTE.-
...y no de acuerdo con el índice determinado por la Dirección General de Estadística y Censos. El entonces Senador señor Frei, sostuvo que, para él, era mucho más valioso concurrir al mercado y observar los precios de los artículos de primera necesidad, que aceptar los porcentajes oficiales fijados por las estadísticas de los organismos estatales.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENTE.-
Señalábamos, también, señor Presidente, los datos entregados por la Central Única de Trabajadores en un folleto que oportunamente hizo llegar a los señores Diputados, don-
de, haciendo fe en las cifras entregadas por la CORFO, se expresa que, en los últimos doce años, la inversión nacional había sido del orden de los 22 mil millones de escudos y, en cambio, la desvalorización monetaria, la disminución del poder adquisitivo, había llegado a 23 mil millones de escudos. Como conclusión, la Central Única de Trabajadores afirma que, durante los últimos doce años, el menor poder adquisitivo de los asalariados había repercutido en la economía nacional.
Es decir, ningún sector capitalista ni inversionista había aportado fondos o había hecho inversiones para impulsar la actividad económica durante los últimos años. Sin embargo, ahora se nos viene a decir que, para contener el proceso inflacionista y para defender el poder adquisitivo de la moneda, se están entregando estos reajustes miserables.
¿Cómo se nos puede venir a hablar de que se quiere contener el proceso inflacionista, cuando este Gobierno está recurriendo a la misma receta que se comenzó a aplicar en el año 1953, por recomendación del Fondo Monetario Internacional?
El señor Ministro de Hacienda acaba de firmar, hace pocos días, la segunda carta-intención que entrega el control de la economía nacional al Fondo Monetario Internacional. Sin embargo, se nos viene a hablar de contener el proceso inflacionista restringiendo los reajustes de sueldos y salarios, en circunstancias que los balances que se han publicado, durante los últimos días, en los diarios de la capital, señalan para los monopolios nacionales, como Summar y Yarur, utilidades superiores en un 100% y, a veces, mucho más a las obtenidas el año pasado.
¿Acaso para estos monopolios no rigen los reajustes de 38,4, de 40 ó de 25,9%? ¿Está en vigencia, o no, la disposición ya aprobada en la Honorable Cámara y ratificada por el Senado, de aumentar los precios sólo en un 13%, y no en mayor proporción?
¿Acaso CHILECTRA no acaba de declarar una utilidad de treinta y dos millones de escudos? ¿Acaso la Kennecott, que opera en Chile, y que ahora, en virtud de los convenios del cobre, es socia del Estado chileno, no acusa utilidades que nunca en su vida de actividades financieras, había obtenido, lo que le permite aumentar los porcentajes de participación de sus accionistas, de cinco dólares treinta y nueve centavos?
¿Acaso solamente se puede contener la inflación regulando y conteniendo los reajustes de sueldos y salarios? La propia Universidad de Chile, en un estudio minucioso, ha señalado la falsedad de que un aumento superior al ciento por ciento del alza del costo de la vida signifique impulsar la inflación en nuestro país; y ha expuesto argumentos de fondo, que conoce muy bien el señor Ministro de Hacienda, porque ese estudio fue hecho, justamente, por la Facultad de Economía, de la cual hasta hace poco fue Decano. En ese estudio se expresa que los reajustes superiores al ciento por ciento no son factor de inflación, no contribuyen a aumentarla.
Manteniendo nuestra posición de siempre, nosotros apoyaremos la modificación del Senado; vale decir, votaremos favorablemente el 40% de reajuste, en substitución del 25,9%, cifra arbitraria que no compensa el alza real del costo de la vida, de acuerdo con las cifras que hemos examinado en forma exhaustiva.
Nada más, señor Presidente.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
Perdón, está inscrito el Honorable señor Fuentes, don César Raúl.
El señor FUENTES (don César Raúl). -
No tengo inconveniente en que el Honorable colega haga uso de la palabra, en la inteligencia de que quedo inscrito a continuación.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor
Valenzuela, don Ricardo; queda inscrito, para hacer uso de la palabra a continuación, el Honorable señor Fuentes, don César Raúl.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, he escuchado, con mucho interés, las observaciones formuladas por varios Honorables colegas de distintos bancos de esta Corporación.
Al respecto, estimo que el saneamiento de la economía de un país tiene que basarse, indudablemente, en realizaciones muy precisas, muy concretas. Se puede ver esto en los estudios sobre los países socialistas; lo podemos observar en algunos países capitalistas, y también en una economía de transición, como la nuestra, en que de un sistema capitalista, como el que ha imperado siempre en Chile, se pasa a los fundamentos de una economía nueva, comunitaria, que está al servicio del hombre, del ser humano, y no del espíritu de lucro. Pero, para eso, es indudable que se requiere realizar una política que signifique, efectivamente, un beneficio para la masa trabajadora. Y este beneficio no se consigue, si no obtenemos, en todos los medios económicos, una acción que termine definitivamente con el cáncer de la inflación que afecta a nuestro país, haciendo ilusorios todos los aumentos de sueldos y salarios de los trabajadores. ¿Qué ganan los empleados con que se les otorguen porcentajes de aumento equis o más equis, cuando la realidad de los hechos demuestra que ellos no significan nada, por el aumento del proceso inflacionario?
Pues bien, este Gobierno ha realizado su acción con responsabilidad y, en este sentido no niego que puedan haberse cometido algunos errores. Pero debemos tener presente que "errar es humano" y que son seres humanos los que actúan en la vida política. En todo caso, esos errores se están rectificando y se rectificarán, porque vivimos en una democracia, donde todos los chilenos tenemos la posibilidad de expresar nuestras opiniones y criticar la actuación de los Gobernantes.
En este momento, quiero referirme especialmente a un problema que, a mi juicio, es de vital importancia considerar en el análisis de la materia que estamos discutiendo: el ingreso real de la clase trabajadora de nuestro país.
En 1964, durante los dos primeros meses de gobierno del señor Eduardo Frei, el ingreso real -promedio anual- fue de 80.9.
En 1965, primer año de gobierno del señor Eduardo Frei, el ingreso real aumentó en promedio anual, a 90.7, lo que significa una variación, en promedio anual, del 12.1% del ingreso real de los trabajadores. ..
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite Honorable Diputado?
Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Ricardo Valenzuela.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría puede continuar el Honorable señor Ricardo Valenzuela.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
En los dos primeros meses de este año, es decir, en enero y febrero de 1966, tenemos un aumento del 99.8 y del 97.0. Si consideramos los planes que el Gobierno tiene hasta fines de año, el ingreso será del 93.5, lo que significará un promedio de variación del 3.1% sobre el año 1965. Pero debemos considerar también a quiénes favorece este mayor ingreso real.
Durante la última campaña presidencial, a cuyo término fue elegido Presidente de la República el Excelentísimo señor Eduardo Frei, la Democracia Cristiana expresó que quería llegar a la nivelación, de abajo hacia arriba, de las clases trabajadoras de nuestro país, es decir, a darles mejores condiciones de vida a los más pobres. Tal como lo ha manifestado el Honorable señor Escorza, empezamos a aplicar de inmediato una política que ha significado un mayor beneficio para aquéllos de nuestros conciudadanos que tradicionalmente han sido los eternos explotados: las masas campesinas.
Pues bien, esta política de carácter económico ha permitido que el ingreso real del sector agrícola, que en 1984 alcanzó a 80.9, se elevara, en 1965, o sea, en pleno gobierno de la Democracia Cristiana, a. 99.1. Esto implica un aumento del ingreso promedio real de 22.5%, que nunca en la historia de nuestro país habían tenido esos trabajadores, que carecen de organizaciones sindicales, que en su inmensa mayoría no saben leer ni escribir y que siempre han laborado con sus espaldas encorvadas hacia la tierra, explotados por los latifundistas. El gobierno de la Democracia Cristiana le ha dado este ingreso real a la clase campesina, el cual, indudablemente, significa un progreso efectivo y evidente en el nivel de vida que ella tiene.
Según cálculos realizados sobre la base de la aplicación de la política económica mencionada, durante 1966 los campesinos tendrán un ingreso real de 105,3. Como la variación del ingreso fue de 22.5% en 1965, respecto del año 1964, y en 1966 alcanzará a un 6.3% en relación a 1965, esto significa que se está llevando a efecto una verdadera política de redistribución de la riqueza nacional; una política destinada a elevar el nivel de vida de las clases trabajadoras. Pero los recursos necesarios para efectuar esto tienen que provenir de alguna parte y saldrán, precisamente...
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡De la clase media!
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
… de los grandes potentados que hay en Chile.
El gobierno empezó por impulsar una política en ese sentido, estableciendo el impuesto patrimonial, con el objeto de que la gente adinerada pagara realmente los tributos que les corresponde. Esta es la verdad. La redistribución de la riqueza debe hacerse de tal manera que ésta no quede en manos de los grandes potentados, sino que vaya hacia las clases más modestas de nuestro país.
Pero no es sólo esto, porque también tenemos el problema de los salarios invisibles ¿Qué son los salarios invisibles? Están representados por la política educacional de la Democracia Cristiana que les dio a los hijos de los campesinos la posibilidad de educarse. En el año 1965, que acaba de terminar, no hubo un solo niño en edad escolar, que no tuviera. la posibilidad de ingresar a un establecimiento de educación primaria.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Hemos realizado un plan de construcción de escuelas que nunca se había llevado a efecto desde el tiempo de Balmaceda.
Hemos hecho una labor de promoción del magisterio nacional como jamás había existido en nuestro país. Se está realizando todo esto con los defectos propios de toda labor de magnitud que se está empezando a ejecutar.
La Junta de Auxilio Escolar y Becas es un organismo que está dando desayuno y almuerzo, todos los días a los hijos de los campesinos; se les da carne y pescado.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA (Don Ricardo).-
Este es el pan que les da el Estado a los hijos de los campesinos, lo que jamás había sucedido en Chile. El actual Gobierno está realizando esta labor, le está dando posibilidades de vestirse a los hijos de los campesinos a través de la Junta de Auxilio Escolar y Becas. Por otra parte, se está realizando una intensa po-
lítica de promoción del pueblo; están constituyéndose, como nunca había sucedido en Chile, las Juntas de Vecinos, los Centros de Madres y las Juntas de Campesinos, cuya obra ya es posible apreciar. Esto, unido al incremento de la construcción de habitaciones, les significa adquirir una mayor consideración en el orden social y la posibilidad de mejores condiciones de vida en sus hogares.
Por eso, esta noche, después de escuchar las palabras de mis Honorables colegas, quiero levantar los cargos formulados contra el Gobierno de la Democracia Cristiana.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Tengo aquí los cuadros de ingreso real, y sus variaciones, que se reflejan en el sector campesino y también algo que es muy importante: los cuadros estadísticos, que representan las curvas que se refieren a sueldos y salarios, en relación con los ingresos de los propietarios y de los empresarios...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
¡Ruego a Sus Señorías se sirvan escucharme!
La curva que representa los salarios ha sobrepasado la línea que muestro, de los ingresos de los propietarios y de los empresarios. El gráfico pone de manifiesto, efectivamente, la labor de orden social y económico del Gobierno de la Democracia Cristiana.
Señor Presidente, solicito de Su Señoría que recabe el asentimiento de la Cámara con el objeto de insertar en la versión oficial de la presente sesión, los cuadros a que me he referido, para que puedan ser conocidos por la opinión pública...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Creo que algunos Honorables colegas, cegados por la pasión política, van a
negar estos hechos, pero, a la postre, tendrá que imponerse la verdad, porque ésta es efectivamente la realidad; ésta es la política económica que está realizando este gobierno, que nosotros impulsaremos cada vez más para lograr, en esta forma., hacer realidad el ideal propio de la Democracia Cristiana, esto es, hacer justicia a los trabajadores.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara a fin de insertar...
El señor CLAVEL.-
¡No, señor Presidente, porque esos datos son falsos!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
Puede continuar el Honorable señor Aravena, don Jorge.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
El señor Ministro me ha solicitado una interrupción que le concedo con gusto, pero con cargo a su tiempo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el señor Ministro.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, podría dar muchos antecedentes que abonan la posición del Gobierno desde el punto de vista de las estadísticas y de la realidad. Pero voy a esgrimir un argumento que no es de carácter estadístico económico, sino que se desprende de algo que Sus Señorías entienden muy bien: me refiero a la estadística de los votos nacionales.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Cualquiera de los Honorables Diputados presentes en esta Sala tendrá que reconocer que, en las oportunidades en que el país ha debido expresar su opinión mayoritaria, lo ha hecho, clara y decididamente, por una posición.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
¿Cuánto costó la última elección en Valparaíso, señor Ministro? Podría darnos ese dato ya que está hablando de elecciones.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Podría demostrar, como lo he hecho en varias oportunidades en esta Cámara y en el Senado, con antecedentes irrefutables, que ha habido un mejoramiento del ingreso real de los asalariados, en promedio, en el año 1965, en relación con 1964, de más del 12%. Al respecto, como dato ilustrativo, debo hacer presente que en veinte países, entre los cuales se cuentan los del área socialista, el que más ha aumentado el ingreso real de los asalariados, en el promedio de dos o tres años, sólo alcanzó un índice del 7%. No tengo, en este momento, los antecedentes del caso respecto de cada país, para darlos a conocer en esta Sala, pero puedo enviarlos a la Cámara para que se examinen.
Por otra parte, ha habido, en un solo año, un cambio significativo en la participación en el ingreso nacional entre el sector asalariado y el de propietarios. Además, se ha casi duplicado el ritmo de incremento de la tasa de desarrollo en el país, en el primer año de Gobierno del Presidente Frei. Y, por otro lado, cualesquiera que sean los argumentos que se sostengan, y pese a quien pese -nadie ha demostrado lo contrario-, el ritmo de la inflación ha disminuido sustancialmente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACUÑA.-
¿Cómo ha aumentado la cesantía?
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
El aumento de la ocupación ha sido considerable durante el año 1965. También se lo podemos demostrar al Honorable Diputado, con los informes del Instituto de Economía.
Por otra parte, podemos manifestar que, a raíz de una encuesta realizada en el Gran Santiago, se ha comprobado, en todos los niveles, que los ingresos se han trasladado hacia los estratos superiores de las familias de más bajos ingresos, en mayor proporción que a las de ingresos medios y altos. De manera que ha habido, realmente, una redistribución en el ingreso nacional que creo que nadie puede discutir, seriamente, con antecedentes reales.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Ministro?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Señor Ministro, el Honorable señor Silva Ulloa le ha solicitado una interrupción. ¿Se la concede Su Señoría?
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Con todo agrado, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito la venia de la Sala, a fin de que el señor Silva Ulloa pueda hacer uso de la interrupción, ya que está agotado el tiempo del Comité Socialista.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
El señor Ministro es muy hábil para esgrimir argumentos, pero yo quisiera que profundizara un poco en esta materia.
Desde luego, según él, el mejoramiento de la remuneración real de los sectores de bajas rentas, es efectivo, en perjuicio de los sectores de rentas media y superior; de manera que no se puede hablar de una redistribución efectiva del ingreso, porque resulta que se está redistribuyendo, de acuerdo con la teoría del señor Ministro, precisamente, entre los mismos sectores de trabajadores. Pero cuando se adopta una política de esta naturaleza, es necesario, indudablemente, propender –y en esto hemos sido categóricos, permanentemente,- a la redistribución del ingreso en todas las capas de nuestra sociedad. Pues bien, cuando se implanta una política congelatoria de remuneraciones, ello significa, al analizar el término medio de las de todos los trabajadores del país, que han perdido capacidad real de poder adquisitivo, que otro sector ha estado ganando lo que esta pérdida ha significado. Eso lo demuestran y comprueban los balances de las grandes empresas que, de acuerdo con la ley, deben ser publicados en el "Diario Oficial". Yo no he podido ver que una empresa haya dejado de incrementar sus utilidades, en porcentajes muy superiores al alza del costo de la vida. Esta es la política general de carácter económico, y al analizarla parcialmente se incurre -y el señor Ministro lo sabe-, en un error garrafal.
Señor Presidente, nosotros admitimos, porque no somos de aquellos obsecados que no reconocen los hechos, que, durante estos 14 meses de Gobierno del Excelentísimo señor Frei, las remuneraciones de los obreros campesinos han tenido un incremento superior al término medio de las de los demás trabajadores. Nadie podría desconocer ese hecho. Pero sucede que eso no es todo. Sólo se trata de un sector de nuestra población de trabajadores ...
El señor AYLWIN (don Andrés).-
El más importante; casi el 40%.
El señor SILVA ULLOA.-
Pero ocurre que sus remuneraciones eran demasiado bajas. Si Su Señoría parte de la base de que los obreros campesinos ganaban de doscientos a trescientos pesos diarios, y que ahora perciben de dos a tres mil, claro está, señor Diputado, que, analizado sólo ese hecho, ese sector ha obtenido -perdóneme, señor Presidente, que me haya dirigido directamente al Honorable señor Andrés Aylwin- un incremento extraordinario de su poder de compra. Pero es evidente que, en la dinámica de nuestra economía, si que al que se le daba una muy escasa remuneración, actualmente se le otorga un aumento de uno o diez milésimos de escudo, siempre seguirá siendo un ciudadano postergado, un hombre sin capacidad de compra. Por eso, apreciados los datos parcialmente, es indudable que esto aparece como un incremento real de su poder adquisitivo, en la proporción de uno a diez. Pero éste no es el caso de los trabajadores chilenos. La verdad es que, efectivamente, la generalidad de los asalariados de nuestro país -y aquí tenemos que considerar los actuales niveles de los trabajadores- ha perdido en su poder de compra.
Señor Presidente, sabemos que este problema económico de Chile daría una lata discusión, lo que no podemos hacer en estos instantes. Pero, indudablemente, sería muy conveniente analizar esta materia a la brevedad posible.
Nosotros sostenemos con buenos argumentos que la política económica general del país es mala. Estamos dispuestos a demostrarlo. Por ejemplo, hemos afirmado que estamos sometidos a los dictados del Fondo Monetario Internacional. Al hacerlo, no sólo podemos invocar nuestros propios argumentos, que ya hemos expuesto en otras ocasiones. Podríamos citar los discursos de Senadores y Diputados de la Democracia Cristiana de períodos legislativos anteriores, en los cuales criticaron, en una forma violenta, como nosotros no lo hemos hecho, la carta-intención que obliga a firmar el Fondo Monetario Internacional para conceder préstamos a los países subdesarrollados. Podríamos ir mucho más lejos; pero, indudablemente, la verdad sólo se puede encontrar -cuando se exhiben todos' los antecedentes respecto de esta materia, en forma parcial.
Sin el ánimo de abusar de la generosidad del señor Ministro, quiero contestar, muy brevemente, una afirmación formulada por nuestro estimado colega el Honorable señor Escorza. El manifestó que nosotros habíamos apoyado al señor Ibáñez y patrocinado reajustes muy inferiores al alza real del costo de la vida.
Quiero recordarle al Honorable señor Escorza que, en esa época, nosotros formábamos el Partido Socialista Popular. Apoyamos al señor Ibáñez en su elección y compartimos responsabilidades de Gobierno por unos cinco o seis meses. Después nos retiramos del Gobierno y pasamos a formar parte de la Oposición. Tengo documentos en mi mano, firmados por los Comités de todos los partidos que tenían representación, en aquella época, en esta Corporación, que prueban que la en-entonces Falange Nacional compartió con nosotros el propósito de fijar una línea política, económica y social en la Honorable Cámara.
Pero nosotros salimos del Gobierno, Honorable señor Escorza, no por un hecho como el que ocurrió en "El Salvador", sino por uno más leve: porque el Gobierno pretendió imponer a los trabajadores de la Oficina "Pedro de Valdivia" un reajuste que nosotros consideramos arbitrario, como también estimamos que lo es el que se otorga por este proyecto de ley. Pero durante nuestra breve permanencia en el Gobierno dejamos algunas realizaciones, a las que nos referiremos en futuros discursos, para no quitar más tiempo al señor Ministro.
Por ahora voy a recordar a Su Señoría que fue obra nuestra la creación del Banco del Estado, el establecimiento del salario mínimo campesino, que no existía, y el beneficio de la asignación familiar obrera; y que en los cortos meses de permanencia en el Gobierno, estructuramos una política en el orden económico y social, que permitió al países impulsar su desarrollo.
Por eso, los términos empleados por el Honorable señor Escorza respecto de la participación responsable que tuvimos en ese Gobierno, se convierte en un verdadero "bumerang" para los democratacristianos.
Pocos meses estuvimos en ese Gobierno,. En cambio, Diputados que ahora se sientan en los bancos democratacristianos, lo hicieron durante los seis años. Recuerdo, por ejemplo, que nuestra Honorable colega la señora Juana Dip fue una ibañista de extraordinario mérito en el Cuarto Distrito de Santiago. También fueron ibañistas los Honorables señores Félix Caray, Mario Hamuy, Rubén Hurtado, Jorge Lavandero, Luis Martín, Luis Pareto...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
... Víctor Sbarbaro, en ese tiempo militante del Partido Democrático Nacional, Carlos Sívori, hoy promovido al cargo de Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados. El Honorable señor Pedro Stark también anduvo en las huestes ibañistas.
El señor STARK.-
No, Honorable Diputado...
-Habla varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
También fueron ibañistas los Honorables señores Valdés Solar, Aravena Carrasco, ex primer Presidente del Banco del Estado y ex Ministro del Interior...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
... González Maertens...
El señor SILVA ULLOA.-
Por último, para no abusar más de la interrupción que se me ha concedido, quiero agregar que hay Honorables colegas democratacristianos que participaron en el Frente Democrático. El Honorable señor Barrio-nuevo fue Diputado liberal; y el Honorable señor Sotomayor, conservador unido. Por lo tanto, hay que tener mucho cuidado con algunas expresiones, porque pueden convertirse en un "bumerang".
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
Dejo aclaradas estas cosas, y agradezco al señor
Ministro la interrupción que me concedió.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
El Honorable señor Acevedo también fue ibañista.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados hacer las rectificaciones al final de la sesión
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, en realidad, con esta larga interrupción casi me pierdo de la parte sustantiva del debate. Sin embargo, me voy a referir a dos aspectos de las observaciones hechas por el Honorable señor Silva Ulloa al iniciar su intervención.
En primer lugar, reconocer, con la honestidad que lo caracteriza, que el Gobierno ha hecho, efectivamente, una redistribución de ingresos en favor de más del 30% de la población, constituida por el campesinado de Chile. Y extraño que se lamente de ello...
El señor SILVA ULLOA.-
No me lamento.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
...porque dice que lo hemos hecho a costa de otros sectores. Y aquí viene la segunda observación. Dice que mi análisis es parcial. En realidad, Su Señoría comete un error de apreciación, porque, al dar las cifras de distribución de ingresos, comparé el total del sector asalariado, con el total de los ingresos del sector de propietarios. Las cifras de participación de salarios, tomando como base 1960, arrojan un incremento entre los años 1964 y 1965, de 121,3 a 138. En cambio, el ingreso de la propiedad subió sólo de 127,8 a 130,9. Esto significa que el porcentaje de incremento para el sector asalariado, sin contar los aportes patronales a la previsión social, que también tuvieron un sustancial aumento, fue mucho más alto que el experimentado por las rentas totales de la propiedad. Esto refleja una distribución del ingreso en favor de todos los asalariados.
Ahora bien, dentro de los distintos grupos que componen los asalariados, efectivamente ha habido un aumento porcentual en el sector agrario y, en su conjunto, en todo el sector obrero. Esto está perfectamente de acuerdo con la política social que el Gobierno impulsa para favorecer, en mayor proporción, el incremento del ingreso de esos sectores de más bajas rentas.
Mi análisis no es parcial. He analizado el conjunto, es decir, el total de las rentas de la propiedad comparadas con las del trabajo. De tal manera, que la afirmación del Honorable señor Silva Ulloa peca de parcialidad, porque no ha tenido a la vista cifras que puedan probar lo contrario.
En segundo término, hizo una afirmación, una casi acusación; dijo que nuestro Gobierno es manejado por el Fondo Monetario Internacional. Yo pregunto: ¿cuántos señores parlamentarios leyeron la carta-intención al Fondo Monetario Internacional? Y los que lo hicieron, ¿leyeron previamente la exposición que hice ante el Congreso Nacional en noviembre de los años 1964 y 1965? Si las leyeron habrán podido apreciar que no hay ninguna novedad en la carta-intención. Ante el Congreso y el país puedo decir lo que el Gobierno hará en un año determinado con un organismo internacional. No tengo ningún inconveniente en hacerlo. Si hubiera alguna contradicción u omisión -y desafío a los señores parlamentarios a que las busquen-, estoy dispuesto a dilucidarla en la Cámara o en cualquier otro lugar. No he firmado nada con ningún organismo internacional o gobierno extranjero que no haya dicho en el Congreso Nacional. De tal manera que hay una diferencia fundamental entre aquellos gobiernos que, subrepticiamente, firmaban cartas-intención y las que yo he firmado, porque en el momento de entregarlas a los organismos internacionales, personalmente las daba a la publicidad. Incluso, en rueda de periodistas, he pedido que se hagan las consultas u observaciones que pudieran contradecir lo dicho a la opinión pública chilena.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Ministro?
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BUZETA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Phillips; y, a continuación, el Honorable señor Buzeta.
El señor PHILLIPS.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, debo dar una explicación a la Honorable Cámara.
Por los antecedentes que se me han proporcionado en estos instantes tengo que aclarar que en la información que di denantes incluí, erróneamente, tres Honorable colegas.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
Pero como tengo por costumbre actuar honestamente, si he incurrido en un error, me apresuro a corregirlo.
Por eso no tengo inconveniente en declarar que la Honorable señora Dip y los Honorables señores Stark y Garay no debían figurar en la nómina que di a conocer.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLPS.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Clavel, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría tiene la palabra el Honorable señor Clavel.
Advierto a Su Señoría que dispone de un minuto en el tiempo del Comité Radical.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, creo que el Honorable señor Silva Ulloa no alcanzó a terminar la lista de ibañistas y de los que pertenecieron a otros regímenes.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
Si lo hubiera hecho, habría concluido con el nombre del señor Ministro de Hacienda, que fue sin duda un funcionario influyente en la Administración del señor Alessandri.
La señora DIP.- ¿Y qué tiene que ver eso?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
Respecto de las observaciones del Honorable señor Ricardo Valenzuela...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Radical. El que desde este instante ocupe Su Señoría se imputará al Comité Independiente.
El señor CLAVEL.-
El Honorable señor Ricardo Valenzuela decía que los sacrificios debían ser compartidos, y que en forma muy especial deberían recaer sobre los que poseen grandes fortunas.
Su Señoría sabe cómo la Comisión de Economía y Comercio de esta Cámara, en la semana recién pasada se impuso, con asombro de que el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción había autorizado un alza del 13% para los productos textiles, y como a la misma Comisión le fue rechazada por la de Policía Interior y Reglamento, una autorización para contratar técnicos contables, a fin de verificar, de una vez por todas, las verdaderas utilidades de estas empresas.
En cambio, sin ningún estudio serio ni responsable, el señor Ministro de Economía autorizaba un alza del 13%, que salió en un "Diario Oficial" de la semana pasada. ¿En qué quedamos? ¿Dónde está la equivalencia del sacrificio que se le pide al pueblo, cuando todos sabemos que el Ministerio de Economía, tiene "manga ancha" para las alzas? ¡Si los propios Diputados de la Democracia Cristiana lo hacen notar en cada ocasión!
El señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción se ha burlado de una Comisión responsable y técnica, como es la de Economía y Comercio, que estaba estudiando los costos y el problema relativo al monopolio de estas industrias textiles.
No deseo abusar de la interrupción que me ha concedido mi Honorable colega señor Phillips, pero quiero recordarle a la Honorable Cámara las palabras del actual Presidente de la República, durante la campaña presidencial. Manifestaba entonces que la dueña de casa era la que calculaba el costo de la vida con la canasta que llevaba al mercado y con los productos que traía en ella.
Señor Presidente, quiero preguntarles a mis Honorables colegas de la Democracia Cristiana: ¿cuándo mandan a sus esposas a comprar...?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
... o cuando Sus Señorías van a comprar, no sienten que están representando una farsa, engañando al electorado, al que le prometieron una cosa distinta?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
Si Sus Señorías palparan de la realidad, deberían otorgar el reajuste del 40%, en atención al alza efectiva del costo de la vida.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Serán borradas de la versión las expresiones antirreglamentarias.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
-Perdóneme, señor Presidente, pero no le oí.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Serán borradas de la versión las expresiones antirreglamentarias. Su Señoría no puede suponer intenciones.
El señor CLAVEL.-
Su Señoría está facultado para borrarlas.
Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, el señor Ministro de Hacienda me ha solicitado una interrupción.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, deseaba decir solamente que mi carrera funcionaría se inició durante la presidenciade don Gabriel González Videla...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa ruega al señor Ministro que colabore con ella y evite todo este historial que, en realidad, no viene al caso.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Yo pido que se haga claridad, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa recuerda a los señores Diputados que están en debate las modificaciones del Senado al artículo 49.
Puede continuar el señor Ministro.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Quería terminar diciendo que no me molestan las posibles acusaciones que se me puedan hacer. Por el contrario, me enorgullece haber ingresado a la
Administración Pública en el Gobierno del señor González Videla.
Además, quiero recordar que fui nombrado Director de Presupuestos en el Gobierno del señor Ibáñez y fui confirmado en este cargo en el Gobierno del señor Alessandri. Enteré dieciséis años al servicio del Estado antes de ser Ministro de Hacienda. Conocí y trabajé con dieciocho Ministros de Hacienda...
El señor CLAVEL.-
¡Aprendió harto Su Señoría!
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
...de tal manera que quería dejar en claro que, en realidad, mi carrera funcionaria no pertenece a un Gobierno determinado. Como funcionario público, he servido a la Administración del Estado. Esto, además, me ha permitido conocer lo que han hecho y lo que han pretendido realizar los anteriores Gobiernos.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Esa es una lección objetiva. ¿Qué les parece a Sus Señorías?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Yo no voy a agregar nombres a la nómina de parlamentarios a que dio lectura, hace un momento, el Honorable señor Silva Ulloa, porque sería de mal gusto. Cada uno tiene su conciencia. Pero al señor Ministro de Hacienda, a quien con todo respeto considero mi amigo, le quiero manifestar que no considero acertada su referencia a un Gobierno anterior, porque, si bien Su Señoría ingresó en la Administración Pública durante el régimen del señor González Videla, también es cierto que en aquel tiempo era Ministro de Hacienda el señor Alessandri.
-Un señor DIPUTADO.- ¿Cómo salió del Ministerio?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Ruego a los señores Diputados guardar silencio!
Puede continuar Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
No me voy a referir a la situación económica del país, porque ello significaría entrar en un debate larguísimo.
Naturalmente, como podrá darse cuenta la Honorable Cámara, las cosas han cambiado. Quienes sostuvieron en el período pasado un criterio, hoy plantean lo contrario, porque ahora son Gobierno. Nos dan la razón acerca de la necesidad de que haya estabilidad monetaria y respecto a los sacrificios que debe hacer el país...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
Lo dijimos cientos de veces. Lo hicimos siempre presente, y no nos quisieron creer.
Ahora que son Gobierno, los mismos que gritaron y pusieron carteles en las plazas de Chile; los mismos que colaboraron con los gremios, hoy se ven obligados a actuar en forma distinta, porque deben tomar el peso de lo que significa la inflación en nuestro país. Ahora comparten nuestra posición e insisten en que debe haber estabilidad económica, tal como siempre lo sostuvimos nosotros.- No quiero profundizar en esta materia, porque sería motivo de un extenso debate que nos llevaría a analizar la forma en que se han invertido los fondos públicos, los déficit presupuestarios indicados por la Contraloría General de la República y una serie de otros problemas, que prefiero dejar para otra oportunidad.
Nada más.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¡Lo podemos poner como un epitafio, ahora que murió su partido!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Buzeta.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
¿Me concede una interrupción?
El señor BUZETA.-
Señor Presidente, antes de conceder una interrupción al Honorable señor Fuentes, quiero referirme muy brevemente a dos o tres materias que se han abordado durante este debate.
Respecto a algunas de ellas, podemos coincidir con la posición de otros Honorables colegas.
Pero también se ha aludido a lo que estamos haciendo los Diputados de la Democracia Cristiana en esta Honorable Cámara.
Al respecto, quiero recordar, por ejemplo, que los Diputados de estos bancos presentamos una indicación en este proyecto, destinada precisamente a limitar las excesivas utilidades de los Bancos.
Asimismo, como lo ha reconocido el Honorable señor Silva, hemos impulsado diversas iniciativas en favor de los campesinos. Si no hemos hecho todo lo que quisiéramos, por lo menos, en esta primera etapa, estamos empeñados en mejorar las condiciones de vida de los trabajadores del campo.
Además, nadie se sentiría más feliz que nosotros sí, para compensar la desvalorización de la moneda, pudiéramos dar a los asalariados mayores reajustes. Nosotros aprobaríamos un 40% de aumento de remuneraciones, o un porcentaje mayor. Pero estamos sujetos a una política económica determinada, que debemos respetar.
Se ha afirmado que los Diputados de la Democracia Cristiana no hemos protestado por algunas alzas, lo que es inexacto. Yo quiero levantar también un falso cargo que se formula a nuestra colectividad, de la cual se dice que es un partido fascista. La mejor demostración de la democracia interna que impera en nuestro partido, es que se nos permite levantar nuestra voz y formular críticas.
Este ataque que se nos hace se está volviendo en contra de nuestros detractores. Lo que ocurre dentro de nuestro partido es una prueba de que queremos efectivamente mantener dentro de él la democracia. De esta manera, quiero desvirtuar la acusación que se ha formulado en el sentido que el nuestro es un partido fascista.
Concedo una interrupción al Honorable señor Fuentes.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Fuentes.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo dejar perfectamente en claro que el Honorable señor Phillips no tiene razón al afirmar que nosotros hemos asumido una actitud distinta de la que tuvimos cuando no estábamos en el Gobierno.
Precisamente, nuestra posición, durante la campaña presidencial última, fue absolutamente clara en cuanto a la política de remuneraciones. Dijimos que concederíamos aumentos de sueldos y salarios equivalentes al 100% del alza del costo de la vida; y esto lo estamos cumpliendo en la actualidad.
Estamos utilizando el mismo sistema empleado hasta ahora para determinar el índice del costo de la vida. Pueden discutirse las bondades de este sistema, pero nuestras promesas las formulamos basándonos en el que regía en ese momento. Como estamos apremiados por el tiempo, sólo quiero referirme, en esta ocasión, a un hecho que ya ha sido aclarado en esta Honorable Cámara.
Yo me quejo responsablemente
El señor ACEVEDO.-
¿De qué se queja, Honorable colega?
El señor FUENTES (don César Raúl).-
...de la actitud de todos aquellos parlamentarios de la Oposición que, al comparar el proyecto de reajuste que estamos discutiendo ahora, con la iniciativa legal que aumenta las remuneraciones de las Fuerzas Armadas, se olvidan de algo que es fundamental. Se dice que el reajuste cercano al 40% concedido a las Fuerzas Armadas deja a éstas en situación ventajosa respecto a los sectores público y privado. Pero se olvidan quienes así argumentan que las remuneraciones actuales son inferiores a las de aquéllos. Los datos proporcionados en la Comisión de Defensa Nacional así lo demuestran. Como recordarán los Honorables colegas miembros de esa Comisión -en todo caso, ahí están las Actas para corroborarlo-, la mayor parte de este personal sólo ahora ganará el sueldo vital con el reajuste del 25%, más la bonificación de permanencia del 13%, más la asignación de rancho y otros beneficios. De modo que se ha hecho estricta justicia con las rentas más bajas. Las remuneraciones más altas de los miembros de las Fuerzas Armadas no alcanzan a mil escudos.
El señor SILVA ULLOA.-
Excluidos los quinquenios.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Incluidos los quinquenios. Cuando en la Comisión de Defensa Nacional se conocieron estos datos fidedignos, sus integrantes no los impugnaron.
Yo lamento que los Honorables señores Silva Ulloa, Morales, don Carlos, y otros Honorables colegas, no hayan tenido en cuenta estas informaciones al analizar el problema. Por eso, han formulado apreciaciones parciales e inexactas.
Por la limitación del tiempo, no me referiré a otros aspectos.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, quiero manifestarle al Honorable señor Fuentes, don César Raúl, que nadie, en la Honorable Cámara, ha sostenido que no debe dárseles a las Fuerzas Armadas el reajuste consultado en el proyecto respectivo. Seguramente, algunos sectores consideran que tales aumentos son todavía insuficientes, si se los compara con los sueldos de los nuevos funcionarios de la Corporación de la Reforma Agraria y del Instituto de Desarrollo Agropecuario.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡De los "asesores"!
El señor PHILLIPS.-
Lo que yo he dicho es que Sus Señorías tuvieron antes una actitud distinta de la de ahora. No manifesté que no habían cumplido las promesas formuladas durante la campaña presidencial.
Voy a citar algunos ejemplos. Cuando en el Congreso nosotros propugnábamos que la primera diferencia de sueldo, por concepto de reajuste, fuera a las Cajas de Previsión respectivas, para que éstas no se desfinanciaran, la Democracia Cristiana, nos calificaba de reaccionarios.
El Honorable señor Alfredo Lorca, hoy día Comité Demócrata Cristiano. . .
El señor ACEVEDO.-
¡Y "Jefe de la Plaza"!
El señor PHILLIPS.-
... encabezaba las indicaciones en tal sentido, como queda en evidencia leyendo los Boletines de la Cámara. Sin embargo, ahora que están en el Gobierno quieren que estas diferencias vayan a las Cajas para no quebrarlas. ¿Quiénes tenían la razón cuando defendían este principio? Nosotros; y, sin embargo, nos tildaban de reaccionarios.
Veamos lo que pasaba con los proyectos de reajustes de sueldos y salarios en años anteriores. Permanentemente, los señores Gumucio, Lorca y Musalem presentaban indicaciones para aumentar el reajuste que el Ejectuivo proponía para el sector privado. Por dar la misma razón que hoy día esgrime el Ejecutivo -no producir distorsión entre ambos sectores- éramos tildados de reaccionarios. Esto viene a demostrar que nosotros teníamos la razón. No he dicho que no hayan cumplido lo que ofrecieron en la campaña presidencial. No es eso. Sólo he recordado hechos indiscutibles, registrados en los anales del Parlamento.
Muchas gracias.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
La Mesa desea explicar la forma en que se votará esta disposición. El Senado ha comunicado la substitución del artículo
49 por el que figura con el número 150. Pero, en realidad, sólo ha substituido los tres primeros incisos del 49 por los tres primeros del 150, ya que, en el último inciso, ha limitado a hacer dos agregados, que se votarán separadamente.
Por lo tanto, la Mesa pondrá en votación, en primer lugar, el reemplazo de los tres primeros incisos del artículo 49 por los tres primeros del 150.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pero el Senado ha substituido también todo el inciso final.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No, Honorable Diputado. La Mesa ha estudiado el precepto y ha llegado a la conclusión de que el inciso final, como podrá advertirlo Su Señoría, sólo tiene dos agregados, que son las palabras "las pensiones y", después de "enero de 1966", y la expresión "esta ley señala para el sector privado", a continuación de "porcentajes que". Estos agregados no pueden considerarse como una enmienda total y deben votarse separadamente. La Mesa procederá en este sentido, porque la forma en que el Senado comunica sus acuerdos no obliga a la Cámara.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Es un error de la Mesa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Error del Senado.
En votación la substitución de los tres primeros incisos del artículo 49 por los tres primeros del 150.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 44 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la substitución propuesta por el Senado.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán las enmiendas del inciso final, que realmente benefician a los periodistas.
El señor VALENTE.-
¿Cuáles son?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa ya las dio a conocer. En todo caso, las va a repetir.
Las modificaciones consisten en agregar las palabras "las pensiones y", después de "enero de 1966", y la expresión "esta ley señala para el sector privado", después de "porcentaje que".
Si le parece a la Cámara, se aprobarán las enmiendas del inciso final.
Aprobadas.
7.-SUSPENSION DE LA SESION
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa propone a la Honorable Cámara la adopción del siguiente acuerdo: prorrogar la presente sesión hasta las 16 horas de hoy miércoles, y suspenderla de inmediato, para reanudarla a las 11 horas.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
Se suspende la sesión.
-Se suspendió a las 0 horas 50 minutos del miércoles 30.
-Se reanudó la sesión a las 11 horas del miércoles 30.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Continúa la sesión.
Se suspende por 15 minutos.
-Se suspendió la sesión.
8.-REAJUSTE DE LAS REMUNERACIONES DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO Y FIJACION DE UNA POLITICA DE PRECIOS.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Ruego a los señores Diputados tomar asiento.
En discusión el artículo 151, nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Cierre el debate, señor Presidente. ¿Qué más espera?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Podría fracasar la sesión.
El señor FUENTES (don Samuel).-
No, hay número.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Tienen 82 Diputados!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 21 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
Ruego a los señores Diputados no abandonar la Sala, porque no habrá quórum para votar.
En discusión las modificaciones del Senado al artículo 51, que consisten en substituir en el inciso primero la palabra "incluida" por "indicada", y la referencia al artículo ;49" por otra al artículo 150".
En todo caso, la referencia tendrá que hacerse al artículo que corresponda.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán las enmiendas.
Aprobadas.
En discusión el artículo 155, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado.
El señor CLAVEL.-
No nos consulte más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación del Senado, que consiste en establecer como artículo 157, sin enmiendas, el inciso primero del artículo 54.
Acordado.
-Un señor DIPUTADO.- ¿En qué página está?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En la página 65 del boletín, señor Diputado.
El señor ACEVEDO.-
¡No saben ni en qué página están los artículos que están aprobando!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la modificación del Senado, que consiste en establecer como artículo 158 el inciso primero del artículo 54, reemplazando la palabra inicial "Aquellas" por "Artículo 158. Las remuneraciones".
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la primera modificación del Senado al artículo 55 del proyecto que pasa a ser artículo 159.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
En votación la modificación siguiente, que consiste en agregar un nuevo inciso final al artículo 55.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la modificación del artículo 56, que pasa a ser artículo 160.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, la modificación introducida por el Honorable Senado en el artículo 56, que ha pasado a ser 160, consistente en el cambio de "mayo" por "enero", tiene por objeto que el reajuste de salarios para los obreros agrícolas se haga a partir del 1° de enero. Porque ocurre, en la práctica, que el sector campesino, que es el que percibe los más bajos salarios, durante los primeros cuatro meses del año tiene que afrontar la competencia con el poder adquisitivo mayor de otros sectores que obtuvieron su reajuste económico desde enero. Vale decir que en los primeros cuatro meses del año deben enfrentar el poder de compra de la mayor renta de un sector numerosísimo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
El señor ACEVEDO.-
En consecuencia, la modificación introducida por el Honorable Senado tiene por objeto permitir que el sector de los obreros agrícolas perciba este mejoramiento económico también a partir del 1º de enero. Por eso, los Diputados comunistas la votaremos favorablemente.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, en oportunidades anteriores hemos sostenido que el reajuste para el trabajador agrícola debía regir a partir de enero, y no de mayo. Es conveniente que así sea, porque los aumentos de salarios de muchos sectores campesinos han sido ya dados a partir de enero. En consecuencia, no veo cuál es la razón técnica para que este reajuste rija sólo a partir de mayo, cuando es sabido que el exceso de trabajo en el campo se produce a comienzos de enero y se prolonga hasta abril, si bien ello depende en cierta medida, de la zona. En consecuencia, es justo que el sector de los obreros agrícolas perciba el reajuste de sus salarios a partir de enero.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, el Honorable señor Phillips me ha concedido una interrupción.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia del Honorable señor Phillips, tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, abundando en los argumentos que se han dado aquí, la verdad de las cosas es que en varias zonas el reajuste del salario vital agrícola y los aumentos de remuneraciones a los campesinos se han hecho a contar de los primeros días del mes que se señala en esta modificación del Senado. Porque, precisamente, el alza más violenta del costo de la vida se produjo, justamente, en los primeros meses de este año. Es decir, los decretos de alza de precios de todos los artículos de primera necesidad fueron cursados en los meses de enero y febrero. En efecto, el gobierno, a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción autorizó en esos días el alza del precio del aceite, del azúcar, de la harina y demás productos de primera necesidad, incluso los textiles, como me anota un Honorable colega.
Naturalmente, esas alzas de los artículos de primera necesidad están pesando muy fuertemente sobre el campesinado y no hay razón alguna para crear esa discriminación entre los dos sectores.
Por eso, estimamos que debe aceptarse el criterio del Senado, en virtud de las razones que se han dado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
He terminado, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 19 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Qué lástima!
El señor ACEVEDO.-
¡Gran victoria!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión las modificaciones del Senado al artículo 58, que pasa a ser 162.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera enmienda, que consiste en reemplazar, el guarismo "25,9%" por "40%", y la coma (,) que sigue, por un punto (.).
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
En votación la segunda enmienda, que consiste en suprimir la frase final, desde donde dice: "o en el porcentaje..."
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda del Senado.
En discusión la modificación del Senado al artículo 59, que consiste en rechazarlo.
El señor MONTES.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, como es sabido, uno de los artículos que promovió una discusión más apasionada en la Cámara, en el primer trámite constitucional de este proyecto, fue, precisamente, éste. Los Diputados comunistas expresamos nuestro reconocimiento al Senado por rechazar, por amplia mayoría, esta disposición aprobada por la Cámara. Con ello hace justicia, a nuestro juicio, a los trabajadores chilenos, pues así se elimina del proyecto una de las más brutales agresiones contra el movimiento organizado de nuestro país.
Tal como se dijo cuando fue analizado en el primer trámite constitucional, el artículo en referencia, en la práctica y en los hechos, elimina el derecho de petición y de huelga, por cuanto establece un sistema para resolver los problemas laborales y las controversias entre el capital y el trabajo, a través de la intervención del Estado o del Gobierno, mediante la creación de un tribunal arbitral con tal objeto. Con ello se asegura al Ejecutivo la aplicación de su política económica y se impide a las organizaciones de trabajadores obtener aumentos o porcentajes de aumentos superiores a los determinados por ellas o por la ley.
Escuchamos ayer con mucha atención las expresiones de algunos señores Diputados de la Democracia Cristiana sobre determinados artículos.
El Honorable señor Escorza, entre otros, expresó que a la Democracia Cristiana y a él, como Diputado de Gobierno, les interesaba el apoyo de los trabajadores. Creemos que esta afirmación corresponde a la realidad, a los anhelos y a las perspectivas del partido de Gobierno, como a los anhelos y perspectivas de todas las actividades políticas que actúan en la vida nacional. Pero consideramos que no se logra el apoyo de las mayorías nacionales adoptando medidas como las que, en estos instantes, comentamos, las cuales a nuestro juicio, corresponden a la aplicación de una política elaborada en los círculos directivos del Ejecutivo, la que, de un tiempo a esta parte, se pretende aplicar con particular rudeza en nuestro país.
Estimamos que, aun cuando este artículo fue propuesto antes de ese Consejo de Gabinete de Viña del Mar, donde se resolvió ya públicamente lo que podría denominarse como un "golpe de timón" en la política del Gobierno, o sea, la determinación de aplicar una política de "mano dura" en nuestro país, su texto corresponde por entero a los lineamientos trazados para conducir al país hacia una política que, como expresáramos en otra oportunidad, no es original ni es nueva. Ya en el año 1928, o poco antes, esta misma senda fue iniciada por el General Ibáñez, gobernante de Chile en aquella época, quien la describió con la famosa frase de "su Gobierno aplicaría el termocauterio arriba y abajo". Y la práctica, la vida, la realidad de los hechos, demostraron que el termocauterio fue aplicado sólo a los de abajo por ese Presidente.
Tenemos la impresión, de que esta reedición de esa política de "mano dura" no es original. Nos recuerda aquella época y aquellos intentos de la aplicación del termocauterio. Ahora, como entonces, las disposiciones que significan la aplicación de una política de "mano dura" se vuelven sólo en contra de la gente de abajo y no resuelven, en último término, los problemas que enfrentan el país y las grandes mayorías nacionales.
Al llevar al plano sindical esta política represiva, al aplicarla contra los sectores organizados y más conscientes de la clase obrera, se pretende eliminar la resistencia gremial de los trabajadores contra esa política que no corresponde a sus intereses y que, por el contrario, a nuestro juicio -y los hechos también así lo están demostrando-, se desliza por una peligrosa pendiente reaccionaria.
La señora RETAMAL.-
Está equivocado...
El señor MONTES.-
Nosotros hablamos de represión por el contenido de este artículo. La represión no sólo se manifiesta de un modo violento -como en "El Salvador", donde ocurrieron hechos que han sido recordados en la Honorable Cámara durante la discusión de este proyecto-, sino también se expresa en la tendencia a impedir por la fuerza que los trabajadores puedan lograr la satisfacción de sus reivindicaciones legítimas y justas. Y decimos "por la fuerza", pues nadie podrá concluir que, si es aprobado este artículo, si sus disposiciones pasan a ser ley, los trabajadores organizados aceptarán que les sean aplicadas, que no van a luchar por superar las contingencias derivadas de esas disposiciones, que no van a defender con todas sus fuerzas y en la medida de sus posibilidades el derecho de obtener remuneraciones más justas.
Aprobar una disposición de esta naturaleza, a nuestro juicio, es atender contra la marcha democrática de la nación; es llevar a los trabajadores a adoptar posiciones que, en más de una oportunidad, lamentaremos más adelante. Las disposiciones adoptadas por el Supremo Gobierno durante la huelga del cobre; la declaratoria de zonas de emergencia en determinados lugares; la designación de Jefes de Plaza para controlar el orden y velar por la tranquilidad pública, pueden, quizás, aparecer para los espíritus más desaprensivos, como medidas basadas en buenas intenciones. Nosotros creemos que ellas han obedecido, precisamente, a la aplicación consecuente de esta política reaccionaria, que tiende a crear situaciones violentas, a agudizar los problemas de nuestro país, con el objeto de "pescar a río revuelto", para utilidad de los reaccionarios".
Esas medidas dieron como fruto trágico la muerte de obreros y mujeres en El Salvador. Según se ha dicho, nadie pensaba que ello pudiera suceder; de acuerdo con lo que se ha expresado en diversos tonos, ni un solo sector, ni un hombre, deseó que esos hechos se produjeran. Sin embargo, cuando se adoptan medidas como las que estamos analizando, similares a las aplicadas durante la huelga del cobre, los hechos, mucho más porfiados que las intenciones de cualquier autoridad, indican que ellas llevan inevitablemente a las dolorosas consecuencias que todos hemos lamentado.
Por este motivo, creo que la decisión del Senado de rechazar este artículo debe ser objeto de meditación, incluso para quienes participando de la filosofía, doctrina y dirección que el gobierno impone, no están de acuerdo con la adopción de determinadas medidas, con la peligrosa inclinación que, de un tiempo a esta parte, ciertos sectores vienen impulsando en la conducción de la política chilena.
Hemos dicho que este artículo tiende a impedir que los trabajadores puedan pasar la barrera fijada por el Gobierno en materia de reajustes. En los hechos, apoya las posiciones económicas de los empresarios nacionales. Elimina el derecho de huelga; el Ejecutivo y los patrones, en último término, se erigen en los árbitros supremos de los intereses de los trabajadores.
El señor LORCA (don Alfredo).-
¡El gobierno de ahora es el gobierno del pueblo!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Lorca, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor LORCA (don Alfredo).-
En Rusia no hay huelga, Honorable colega.
El señor MONTES.-
Nosotros acogemos la intención de las palabras del Honorable Diputado señor Alfredo Lorca. También anhelaríamos que ellas correspondieran a los hechos; porque estamos analizando hechos y vemos que, desgraciadamente, éstos no corresponden a las palabras, a las buenas intenciones, ni a las esperanzas que -no dudamos- muchas personalidades, sectores, vastas capas de nuestro país, que han apoyado al PresidenteFrei, y que siguen, en este instante, el camino señalado por la Democracia Cristiana, han puesto en la gestión gubernativa del actual Mandatario.
Sin embargo, pese a esas aspiraciones, a esos buenos propósitos y deseos, los parlamentarios de estas bancas -los de los partidos populares- nos estrellamos con la dura realidad, la cual señala un camino diferente del que manifestara aquí el Honorable señor Alfredo Lorca, en orden a que éste es el gobierno del pueblo. ¿Cómo conciliar una afirmación semejante con las disposiciones del artículo 59?
El señor LORCA (don Alfredo).-
¡Vaya a Temuco!
El señor MONTES.-
Sí, podríamos ir a Temuco. El Presidente tuvo allá bastante gente para escucharle hablar. Asistió al acto una gran masa; pero ¿cómo podrían convencernos de la conveniencia de las disposiciones del artículo 59, cuando tiende a eliminar el sagrado derecho de los obreros de participar libremente en los conflictos con los patrones, según su fuerza y su organización.
El señor MONTT.-
¡Eso no es efectivo!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTES.-
Esta política se basa en la peregrina y reaccionaria teoría manifestada aquí, en la discusión del primer informe de este proyecto, de que en nuestro país existen grupos privilegiados de trabajadores que ganan salarios excesivos, que es necesario limitar, con el objeto de entregar esos recursos a aquellos que tienen salarios inferiores al de esos supuestos sectores privilegiados, precediéndose así a una "redistribución" de la renta nacional.
Es el problema que analizaba el Honorable Diputado señor Silva Ulloa. Se trata de conseguir una redistribución de la renta percibida por los sectores asalariados de nuestro país...
El señor PARRA.-
¿Para qué repite eso Su Señoría, cuando quedó demostrado que no es así? ¡El señor Ministro lo refutó!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Parra, ruego a Su Señoría no interrumpir!
El señor MONTES.-
Señor Presidente, la intervención del señor Ministro no refutó los hechos básicos sostenidos por el Honorable señor Silva Ulloa, en orden a que esta política se orienta a provocar una redistribución de la renta de aquellos sectores de trabajadores denominados privilegiados por el actual régimen en favor de los que obtienen menores entradas o ingresos...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Parra! ¡Honorable señor Pereira!
El señor PARRA.-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega?
El señor MONTES.-
… y la prueba de esa aseveración se dio. Las utilidades del gran sector capitalista nacional han sido incrementadas. Las ganancias de los bancos, de las empresas imperialistas, de los grandes monopolios han tomado un volumen enorme. Y ese aumento, ¿de dónde sale? ¿Cómo se produce este extraordinario fenómeno que el señor Ministro pretendió analizar anoche?
La verdad, es que las expresiones del Honorable señor Silva Ulloa no dejaron lugar a dudas de que efectivamente este proceso de incremento de las utilidades de las empresas comerciales y bancarias se produce.
Los trabajadores de Huachipato presentarán su pliego de peticiones el 1º de abril, solicitando un porcentaje de reajuste superior al 100% del alza del costo de la vida señalado por la Dirección de Estadística y Censos para el año inmediatamente anterior. ¿Qué va a ocurrir con este pliego presentado por los trabajadores de Huachipato? En primer término, que a ellos se les va a considerar privilegiados, como se ha hecho con los trabajadores del cobre. En seguida, que, de aprobarse este artículo, todo el peso y el aparato del Estado se descargará sobre estos trabajadores, y el gobierno y las empresas en conjunto van a adoptar todas las medidas tendientes a derrotar al personal, a impedir que los trabajadores puedan obtener un porcentaje que, teniendo en cuenta los altos rendimientos de la empresa, su productividad actual, es posible lograr. Entonces, se va a producir, probablemente, el caso de un enfrenta-miento del gobierno y las empresas, por un lado, con los trabajadores, por el otro, que puede traer dramáticas consecuencias, como aquéllas que tanto han lamentado los diversos sectores de la Honorable Cámara, derivadas de conflicto de El Salvador.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, si el Supremo Gobierno y el Honorable señor Lorca, don Alfredo, pretenden obtener la aprobación de este artículo 59 y coartar por este medio el derecho de huelga de los trabajadores, éstos tendrán que luchar por sus reivindicaciones y, entonces, serán el Supremo Gobierno y el Honorable señor Lorca los que estarán induciendo a los trabajadores a adoptar una posición de resistencia ante las medidas represivas contenidas en este artículo.
Que no se venga a decir, después, como algunos Honorables Diputados lo hacen, con el estilo ramplón que los caracteriza, que serían Diputados de estos bancos, el movimiento popular, Moscú o Cuba los que estarían induciendo a los trabajadores...
El señor MOSQUERA.-
¿Cuál movimiento popular?
El señor MONTES.-
... a adoptar una posición de resistencia en defensa de sus derechos amenazados.
-Hablan varios señores Diputados a 1a vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, esta política de clases que se propicia no considera en nada los intereses de los asalariados chilenos. Esta es la realidad, y ella ha sido expresada no sólo por los reaccionarios que actúan, hablan y argumentan en el seno de este Parlamento, sino también por aquellos órganos de publicidad que, como "El Mercurio" y "El Diario Ilustrado", representan los peores intereses en nuestro país y constituyen la expresión, la voz y el pensamiento de sectores políticos que son contrarios a todo cambio, que se oponen a una política verdaderamente popular y tiende a evitar toda posibilidad de reformas destinadas a beneficiar en algún grado, a nuestro pueblo.
Ellos pretenden volver atrás en el camino de las reformas que -insistimos- beneficien al pueblo, con el objeto de aplicar una política que reedite, en nuestro país, las peores actuaciones de la reacción chilena.
Señor Presidente, al hablar de este modo, llamamos la atención de la Honorable Cámara sobre los peligros que pueden surgir en nuestro país como consecuencia de la agresión contra el movimiento obrero, contenida en el artículo 59, y que fuera rechazado por el Senado.
No serán, por lo tanto, ni los comunistas, ni los socialistas, ni la Central Única de Trabajadores, ni los obreros organizados en poderosos sindicatos, los responsables de las consecuencias que entraña la aplicación del artículo en discusión. Que aquellos que propugnan la aprobación de este artículo, aquéllos que lo votarán favorablemente, carguen con la responsabilidad de la pendiente reaccionaria, cada vez más inclinada, por la cual, desgraciadamente, algunos sectores de gobierno se van deslizando.
Nosotros no dudamos, sin embargo, de que las fuerzas de la clase obrera organizada, de nuestro pueblo -y al decir esto no hacemos distingos de partidos políticos, de organizaciones partidistas- tienen su opinión. Estimamos que la inmensa mayoría nacional, ubicada en diversas trincheras de orden partidista, no está de acuerdo con esta medida, con este camino, con esta dirección, y que, tarde o temprano, se impondrá el buen juicio, se seguirá un camino correcto, y los trabajadores, a cuya cabeza está la clase obrera organizada, continuarán librando los combates que los llevarán hacia su verdadera liberación.
Eso es todo.
El señor LORENZINI-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Comité de Su Señoría carece de tiempo, señor Diputado.
El señor MOSQUERA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MOSQUERA-
Señor Presidente, a los Diputados de mi Partido, no les causa preocupación realmente lo que acaba de manifestar el Honorable señor Montes, ni menos las expresiones de los Diputados del Partido Radical.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
...Es el pueblo el que está opinando...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Cambien al orador!
El señor MOSQUERA.-
... en estos instantes, cuando se modifica el Código del Trabajo: el artículo en discusión establece, respecto de ...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio.
El señor MOSQUERA.-
... las huelgas en actividades esenciales, que "se puede decretar, simplemente, la reanudación de faenas".
Pues bien, en esta disposición se abre la posibilidad de que después de declarada la huelga, en un tribunal, en el cual por primera vez participarán los trabajadores en iguales condiciones que el patrón, se pueda buscar un avenimiento y dictar las resoluciones, que no podrán fijar condiciones inferiores a las que tenían antes de iniciarse el movimiento. Esto es lo que deseamos los trabajadores, y no los activistas de algunos partidos que no entienden lo que es una huelga, porque nunca han trabajado.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Nosotros estamos conscientes de que este movimiento está cumpliendo el programa que se trazó el pueblo, y la población tiene cabal conocimiento de ello.
¿Cómo puede decirse aquí que no existe libertad sindical? ¿Cómo pueden tener cara los Diputados comunistas para afirmar tal cosa? ¿Por qué, no dicen que en Cuba, en Rusia y en todos los países satélites no existe libertad sindical ni de trabajo, como tampoco el derecho de huelga?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO.-
Que se retiren esas expresiones.
El señor MILLAS.-
Que se retiren las expresiones antiparlamentarias, señor Presidente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías se sirvan guardar silencio. La Mesa hará retirar las expresiones antiparlamentarias.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Algún día teníamos que decir esto. El pueblo de Chile, señor Presidente, sabe que los parlamentarios comunistas no representan al pueblo...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Ellos no representan al pueblo ni lo han representado jamás, porque no sienten realmente lo que él significa. A nosotros no nos pueden confundir con el Partido Radical ni con la Derecha, porque somos ciento por ciento trabajadores, lo que prometimos al pueblo lo cumpliremos...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Muchos de aquéllos que nos han calificado de reaccionarios han vivido toda su vida a costa de los trabajadores.
Al Honorable señor Carlos Morales, que anda en un Impala, le molesta que lo traten de reaccionario. Por mi parte, quiero manifestarle que somos responsables del cumplimiento del programa que ofrecimos al pueblo y que éste aprobó. De esta política tendremos que rendirle cuenta al pueblo de Chile después de seis años de actuación. Sus Señorías no pueden criticar este movimiento, porque aquí hay hombres que han entregado su vida no al servicio de un partido, sino de la clase obrera. Por eso, nosotros comprendemos lo que el pueblo quiere. Ofrecimos otorgar reajustes del ciento por ciento del alza del costo de la vida...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
... prometimos respetar los derechos de los trabajadores...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
¡Qué vienen a hablar aquí de "masacre" en "El Salvador" los Diputados del Partido Radical. Partido, que ha relegado a Pisagua a los trabajadores y que se caracteriza por su prepotencia hacia el pueblo!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego al Honorable señor Mosquera dirigirse a la Mesa.
-Hablan varios señores Diputados a la, vez.
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, el dirigente que habla...
El señor MORALES (don Carlos).-
Subdelegado. . .
El señor MOSQUERA.-
...fue perseguido durante cincuenta días por un Gobierno reaccionario...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
...y tuvo que permanecer escondido, junto con otros trabajadores, para evitar ser detenido.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Esto es lo que les duele a Sus Señorías; esto que les estoy recordando,
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan tomar asiento.
La Mesa hace presente que hará retirar de la versión las expresiones antiparlamentarias vertidas por el Honorable señor Mosquera.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Stark, ruego a Su Señoría tomar asiento.
El señor MONTES.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, en la provincia de Concepción, que represento en esta Honorable Cámara, tuve oportunidad de conocer a un obrero de la usina de Huachipato...
El señor MOSQUERA.-
Dirigente sindical elegido por los trabajadores.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Mosquera, ruego a Su Señoría no interrumpir.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Mosquera, ruego a Su Señoría conservar la serenidad.
¡Honorable señor Pereira!
Honorable señor Lavandero, está haciendo uso de la palabra el Honorable señor Montes.
El señor GARAY.-
Para ser respetado hay que respetar.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Garay! ¡Honorable señor Lavandero!
Puede continuar el Honorable señor Montes.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
El Reglamento establece algunas sanciones para estos casos.
El señor GARAY.-
Le faltaron el respeto al Honorable señor Mosquera...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Garay, ruego a Su Señoría guardar silencio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Turna! ¡Honorable señor Garay!
Puede continuar haciendo uso de la palabra el Honorable señor Montes.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TUMA.-
¿Por qué lo dejan hablar?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Tuma; llamo al orden a Su Señoría.
Está haciendo uso de la palabra el Honorable señor Montes.
El señor MONTES.-
Decía, señor Presidente, que en la usina de Huachipato conocí a un obrero...
El señor MOSQUERA.-
¡Llamado Mosquera y aquí está!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Turna! ¡Honorable señor Mosquera!
Puede continuar el Honorable señor Montes.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, ocurre que hay Diputados que desean que se preocupen de ellos y se desesperan cuando no sucede así.
Como digo, señor Presidente, conocí a un obrero en la usina de Huachipato, a quien...
El señor PEREIRA.-
¿Su Señoría trabajó ahí?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Mosquera, ruego a Su Señoría no interrumpir ¡Honorable señor Mosquera!
El señor FERNANDEZ.-
¿A qué artículo se está refiriendo?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Mosquera, llamo al orden a Su Señoría.
El señor MONTES.-
...por su carácter exaltado...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Pereira!
El señor MONTES.-
...por su manera de ser, por sus intervenciones absolutamente descontroladas,
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, la Mesa hará retirar las expresiones contrarias al Reglamento.
¡Honorable señor Dueñas!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FERNANDEZ.-
Que se refiera a la materia en debate, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Turna!
El señor MONTES.-
Me estoy refiriendo a ese obrero de Huachipato, al que sus compañeros
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, la Mesa lo llama al orden...
El señor GARAY.-
Debe haber sido un comunista, entonces.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio y tomar asiento.
El señor MONTES.-
Ese obrero, señor Presidente, fue dirigente de Huachipato.
El señor MOSQUERA.-
Pero no dirigente de salón.
El señor MONTES.-
En seguida, fue Regidor en la comuna de Concepción...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Sí, señor Diputado, fui Regidor.
El señor MONTES.-
Pero ocurría lo siguiente...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTES.-
...que mientras desempeñaba su cargo de Regidor, la empresa...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable Diputado, la Mesa debe advertir a Su Señoría que está en debate el artículo 59.
El señor MONTES.-
Así lo he entendido, señor Presidente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTES.-
¡La empresa le pagaba el salario gratis, sin trabajar!
El señor MOSQUERA.-
He denunciado las maniobras del Partido Comunista. Eso ha molestado a Su Señoría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa no puede tolerar expresiones como las empleadas por Su Señoría. Le ruego ceñirse al Reglamento.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Garay! ¡Ruego a Su Señoría guardar silencio.
¡Honorable señor Pereira!
El señor MONTES.-
Ese es el dirigente que, en la mañana de hoy, ha pretendido...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOSQUERA.-
Invito a Su Señoría a ver las planillas de pago, en que constan los horas trabajadas en la empresa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Garay!
La Mesa hará respetar el Reglamento. Se eliminarán de la versión todas las expresiones antiparlamentarias.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Garay, ¡Amonesto a Su Señoría!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Garay, vuelvo a amonestar a Su Señoría!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTES.-
... lanzar expresiones
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MONTES.-
... como las que hemos oído...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡La Mesa hace presente a Su Señoría que, de acuerdo con el Reglamento, no se incluirán en la versión los términos antiparlamentarios vertidos por Su Señoría!
-Hablan varios señores Diputados a la, vez.
El señor MONTES.-
... y no guarda un mínimo de compostura en este debate
¡El Honorable DiputadoMario Mosquera pretende con fundir nuestra actitud. Pero nosotros le replicamos
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio.
¡Honorable señor Lavandero!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Lavandero, llamo al orden a Su Señoría. Le ruego tomar asiento.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Mosquera!
¡Honorable señor Garay!
La Mesa advierte que, de acuerdo con el Reglamento, y tal como se ha hecho en oportunidades anteriores, no se incluirán en la versión todas las expresiones antiparlamentarias.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro, y, a continuación, el Honorable señor Phillips.
-Los puntos suspensivos corresponden a expresiones suprimidas en conformidad con el artículo 12 del Reglamento.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡¡Honorable señor Lavandero!
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, con la venia de la Sala, deseo volver al artículo 59 del proyecto en discusión. Esta disposición ha sido examinada con distintos matices de pasión, y yo quiero centrar el problema en su verdadero alcance.
En primer término, deseo reiterar que este artículo no importa una modificación o alteración de las normas vigentes sobre el derecho de huelga, sino que implica una modificación y un perfeccionamiento sustancial de los efectos que, en la actualidad, tiene el decreto de reanudación de faenas contemplado en la legislación vigente y que por su imperfección ha demostrado, a través de largos años de vigencia, una serie de limitaciones e inconvenientes.
Sabe la Honorable Cámara que en la legislación actual, tanto el Código del Trabajo como la Ley de Seguridad Interior del Estado, otorgan facultades al Poder Ejecutivo para decretar la reanudación de faenas con un procedimiento que pone término a la huelga propiamente tal; subsiste el estado de conflicto, pero termina la huelga. En la legislación vigente es absolutamente claro y no controvertido el hecho de que la huelga tiene una forma de terminación y una limitación decisiva a través del mecanismo de la reanudación de faenas, mecanismo vigente desde hace mucho tiempo en el Código del Trabajo, y que fue introducido en la Ley de Seguridad Interior del Estado mediante la aprobación prácticamente unánime de todos los sectores políticos, como lo saben los señores Diputados aquí presentes. Esa disposición, que es el artículo 38, fue aprobada con una votación -e incluso lo recordó anteriormente un señor Diputado- casi unánime en el Parlamento.
¿Cuál es la innovación que introduce el artículo en discusión?
La innovación introducida se refiere a que en la actual legislación, decretada la reanudación de faenas y terminada, por consiguiente, la huelga, subsiste un conflicto sin destino en que las facultades que la ley asigna al interventor -que debe llevar adelante las gestiones para poner término al conflicto, que continúa como tal, pero sin el respaldo de huelga-, son facultades que han merecido discusión, en cuanto a su alcance, significación y eficacia.
Lo que este artículo pretende, esencial y fundamentalmente -lo demás son detalles-, es que exista un procedimiento eficaz para que, frente a un hecho de tan grave alcance, como es la suspensión o término de una huelga que la actual legislación contempla, lo que siga sea un mecanismo jurídico con participación de las partes interesadas. Ello permitirá dar solución eficaz y real al problema planteado, mediante el acopio de antecedentes, informaciones y demás elementos que den seguridad, ya que un pronunciamiento arbitral pondrá término a un conflicto que, de otra manera, no tiene solución sensata ni posible.
Hace poco tiempo, ha terminado, por ejemplo, la intervención que se decretó, a petición de los empleados, en el Firts National City Bank, de Santiago, la que duró prácticamente un año, porque las facultades del interventor son sumamente limitadas.
Por consiguiente, yo deseo que, al discutirse este artículo, las objeciones se sitúen en el plano de lo que efectivamente ocurre, en torno de lo que esta disposición realmente establece, y no alrededor de problemas que no se refieren a la materia sobre la cual se legisla en estos instantes. Si lo que se desea es que no existan facultades en manos del Poder Ejecutivo para decretar reanudación de faenas, ése es un tema que cabe discutir y analizar, pero respecto de lo cual no se debe culpar al actual Gobierno, ya que dichas facultades fueron establecidas, hace mucho tiempo, en la Ley de Seguridad Interior del Estado, por otras mayorías políticas y, hasta este momento, no han sido rebatidas o discutidas por nadie.
Por lo demás, si se trata de discutir que las facultades establecidas en este artículo, para permitir que, en el evento de la suspensión de una huelga, exista un determinado procedimiento, que también pueda poner término eficazmente a los conflictos; si se considera que estas facultades son o no suficientes, o que deben tener otras perspectivas, el gobierno está dispuesto a hacerlo y, personalmente, el Ministro del Trabajo y Previsión Social está interesado en conocer cualquier tipo de sugerencias que conduzcan a un perfeccionamiento de la disposición propuesta, aprobada por la Honorable Cámara, rechazada por el Senado y que pronto se someterá a votación.
Pero, me parece que, de una vez por todas, en aras de la claridad del debate, debemos dejar definitivamente establecido que esta disposición se refiere a un mecanismo para resolver el conflicto, que subsiste una vez decretada la reanudación de faenas. Por lo tanto, no implica ninguna innovación en cuanto a limitación del derecho de huelga; si alguna innovación implica es que la legislación en vigencia permite al Ejecutivo decretar la reanudación de faenas, incluso al día siguiente de producido un conflicto que afecta a actividades vitales; en cambio, este artículo aparece estableciendo un procedimiento especial en que esa limitación sólo pueda regir quince días después de haberse hecho efectiva la huelga. O sea, se trata de un procedimiento especial que no afecta a los obreros, y que abre nuevos cauces y mejores perspectivas de solución de los conflictos, corrigiendo las imperfecciones contenidas en las disposiciones vigentes.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Agradezco la gentileza del Comité Independiente, que me ha concedido cinco minutos de su tiempo. Ello me permitirá expresar el criterio de los diputados socialistas frente a esta disposición. Si nos resta algún tiempo, también lo haremos respecto de otras disposiciones importantes, que aún quedan por discutirse.
Señor Presidente, el artículo 59 del proyecto aprobado por la Honorable Cámara en el primer trámite constitucional limita, en el hecho, el derecho de huelga a un plazo no superior a quince días. Creo que las explicaciones del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social han sido insuficientes frente a este proyecto. Porque él ha sostenido, de acuerdo con la redacción de la disposición, que se trataría de encontrar un procedimiento encaminado a agilizar la solución de los conflictos del trabajo; pero ha olvidado analizar la composición del tribunal arbitral que deberá resolverlos. De acuerdo con este artículo, estará integrado por dos representantes de los trabajadores, dos de la empresa, y por un representante del Gobierno. De manera que no es aventurado anticipar cuáles serán las resoluciones de dicho tribunal arbitral, ya que nosotros sabemos perfectamente bien cuál es la política de remuneraciones impulsada por el gobierno.
Por eso, desde la presentación del pliego de peticiones, la solución del conflicto queda encajonada a un reajuste del 100% del alza del costo de la vida, en el período de vigencia del convenio, porque habrá tres representantes del tribunal que tendrán interés, naturalmente, en que así ocurra. De esta manera, los trabajadores no tendrán ninguna posibilidad de mejoramiento económico.
Este es el hecho. Por eso rechazamos el artículo de la Cámara y votamos con el criterio del Senado.
Pero hay más. Permanentemente escuchamos decir a los colegas de la Democracia Cristiana que ellos son los representantes del pueblo; que se han generado en las organizaciones sindicales y que tienen el mandato de cumplir un programa de "revolución en libertad". Los hechos demuestran que el programa de la revolución en libertad es demasiado precario, porque, si se mantiene el "status" actual, los trabajadores no tendrán posibilidad alguna de mejorar sus rentas. Supuesto que el índice de precios al consumidor estuviera bien determinado, la revolución en libertad ofrece a la inmensa mayoría de los chilenos sólo la posibilidad de seguir en las mismas condiciones actuales, y como el índice del alza del costo de la vida es arbitrario y no corresponde a la realidad, resulta que año tras año "los trabajadores irán perdiendo capacidad real de compra y, naturalmente, el único capital que poseen: su trabajo.
Con estas consideraciones, un poco desordenadas por el escaso tiempo de que disponemos, caricaturizamos la "Revolución en Libertad", pero los asalariados ya irán aprendiendo la lección para el futuro. No es por casualidad ni por masoquismo que los trabajadores han prolongado, por meses, innumerables conflictos, sino porque están conscientes de que la política laboral y de remuneraciones del Gobierno de la Democracia Cristiana es negativa, restrictiva y atenta contra los compromisos internacionales suscritos por Chile, pues frustra sus legítimas aspiraciones de mejorar efectivamente sus condiciones de vida.
Por eso votaremos favorablemente el rechazo del Senado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, los Diputados de estos bancos ya fijamos nuestra posición en el primer trámite constitucional. De más estaría ahora insistir en nuestros puntos de vista.
En todo caso, voy a usar de la palabra, en forma muy breve, y naturalmente en un tono y lenguaje muy distintos del usado hace unos momentos en la Sala, para desvirtuar ciertas afirmaciones que afectan a los parlamentarios de Derecha. No creo que para discutir un artículo, sobre una base seria y responsable, según el señor Ministro del Trabajo, sea necesario recurrir al insulto, a la diatriba, que indiscutiblemente prostituyen nuestro sistema democrático.
Quiero recordar al señor Ministro del Trabajo que las disposiciones de la Ley de Seguridad Interior del Estado fueron aprobadas por Diputados democratacristianos y frapistas. No es, en consecuencia, obra del Gobierno anterior. En seguida, ninguna disposición como la que ahora se debate fue aprobada durante la Administración del señor Alessandri.
Es cuanto tenía que decir, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, considero que la trascendencia de este artículo y algunas observaciones hechas hacen indispensable un breve comentario adicional.
Me parece haber dejado definitivamente en claro, a pesar de la intervención del Honorable señor Silva Ulloa, que este artículo se relaciona con el procedimiento posterior al término de la huelga y no propiamente con una nueva limitación a las huelgas en nuestro país. He expresado, y quiero reiterarlo, que en la actual legislación, desde el primer instante después de hacerse efectiva una huelga o un paro en actividades vitales -que no hay para qué denunciar y detallar ahora- existe facultad legal para poner término a la huelga mediante un decreto de reanudación de faenas.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Presidente?
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
No tengo ningún inconveniente en concederla si la Mesa lo autoriza.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se concederá la interrupción en el tiempo del señor Ministro, ya que el Comité Socialista ha agotado todo su tiempo.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, creo que el señor Ministro ha incurrido en un error, porque el plazo de 15 días se da con posterioridad a la solución de la huelga. Si está solucionada, ¿qué cometido cumplirá el Tribunal Arbitral?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, parece que el Honorable señor Silva Ulloa no ha entendido mi explicación o yo no me he expresado bien.
Aprovechando la posibilidad de esclarecer los hechos, repito que la actual legislación, aprobada con los votos, entre otros, del Partido Socialista, establecen la facultad del Poder Ejecutivo para decretar la reanudación de faenas y poner término a la huelga, incluso en el momento inmediatamente posterior al instante en que se ha declarado, sin limitación alguna de plazo.
Eso es lo que está en vigencia. Ahora, ¿cuál es la novedad que introduce este artículo y que en ningún caso implica limitación al derecho de huelga? Establece un nuevo procedimiento para solucionar un conflicto pendiente, aun cuando la huelga haya terminado con la reanudación de faenas. Por consiguiente, se trata de obtener una nueva vía para algo que no tiene solución con la legislación actual.
Para ser más exacto -y sobre este particular llamo la atención del Honorable señor Silva Ulloa y de los señores parlamentarios de Izquierda que objetan este artículo- las actuales disposiciones sobre reanudación de faenas, que de acuerdo con la Constitución contemplan el interés del Estado y de la colectividad por sobre los intereses particulares, aseguran que el Poder Ejecutivo pueda imponer la reanudación de faenas, aun cuando exista un conflicto pendiente, sin huelga.
El artículo en debate establece que el Estado, en el momento de hacerse predominar el interés superior del país por sobre los intereses particulares, se atenga, considere y respete el de los trabajadores en conflicto; que busque un procedimiento para examinar la situación de éstos; que revise la contabilidad de las empresas, que pida informes y antecedentes, y, finalmente, que un organismo imparcial y competente emita un fallo definitivo sobre el problema, aun cuando los trabajadores hayan perdido o entregado, de conformidad con la legislación actual, el arma de la huelga como elemento de su negociación colectiva.
Lo que esta disposición agrega -entendámoslo bien- es un elemento nuevo; el respeto al problema pendiente que generó el conflicto. El Estado ya estaba resguardado por la disposición vigente, que permite decretar la reanudación de faenas. Pero hay algo más en cuanto al plazo de 15 días.
La aplicación de este ejercicio o facultad entra a ser discrecional. Por ejemplo, el conflicto de los trabajadores de El Teniente, que hasta el momento lleva 90 días, por la importancia que tiene podría haber sido objeto de un decreto de reanudación de faenas al día siguiente de haberse hecho efectiva la huelga. La legislación vigente lo contempla, y entiendo que nadie podría discutir esta facultad.
Ahora bien, la disposición que se discute innova el procedimiento, que no podrá utilizarse sino después de transcurrido por lo menos un plazo de 15 días desde la fecha en que se hizo efectiva la huelga.
Por consiguiente, respecto del derecho de huelga, esta disposición, lejos de agregar un elemento limitativo a ésta, contempla una cierta limitación en la facultad que actualmente tiene el Poder Ejecutivo para ponerle término, y agrega un factor de extraordinaria importancia: considerar el interés particular comprometido en el conflicto, que en nuestro concepto el decreto de reanudación de faenas no contempla en forma adecuada.
Por último, no quiero dejar pasar una observación, aun cuando entiendo que respecto de ella el señor Ministro de Hacienda ya se ha referido en oportunidades anteriores.
Si de lo que se trata es objetar la política de remuneraciones del Supremo Gobierno, si se estima que el uso que el Ejecutivo hará de lo dispuesto en el número 4 de este artículo 59, que se refiere a la posibilidad de que el Tribunal Arbitral conceda reajustes superiores al ciento por ciento del alza del costo de la vida en los casos de excepción que en él se contemplan, no resulta compatible ni armonizable con otro tipo de política de remuneraciones que otros sectores políticos desean que se establezca, ése es un problema absolutamente ajeno a la disposición que estamos discutiendo. Es un problema de aceptar o no una política de remuneraciones, pero no de aceptar o rechazar un procedimiento que permita una fórmula más efectiva, equitativa y pronta para solucionar conflictos que en la actualidad se prolongan indefinidamente sin que se decrete reanudación de faenas por respeto al derecho de los trabajadores; porque el derecho del Estado, la actual legislación lo contempla y asegura; en cambio, el derecho de los trabajadores no está adecuadamente contemplado en la legislación, aprobada anteriormente por unanimidad, pero que la experiencia de los años demuestra que debe ser perfeccionada y corregida.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Señor Ministro, por intermedio de la Mesa, el señor Rodríguez Nadruz le solicita una interrupción.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Yo también, señor Presidente.
El señor THAYER (Ministro de Trabajo y Previsión Social).-
No tengo inconveniente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia del señor Ministro, puede hacer uso de una interrupción el señor Rodríguez Nadruz.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Muchas gracias, señor Ministro.
Señor Presidente, en el primer trámite de este proyecto, mí partido -por mi intermedio- fijó su posición contraria a esta disposición legal. Por eso, apoyaremos la modificación del Senado.
He escuchado atentamente al señor Ministro y, como abogado, debo reconocer que, efectivamente, existen disposiciones legales sobre reanudación de faenas, tanto en el Código del Trabajo como en la Ley de Seguridad Interior del Estado. También es efectivo que esta última fue aprobada por unanimidad en esta Honorable Cámara. En esa oportunidad, no participó ningún parlamentario del Partido Comunista, porque la Ley sobre Seguridad Interior del Estado reemplazó a la Ley de Defensa Permanente de la Democracia, llamada también "Ley Maldita", durante cuya vigencia esta colectividad estaba proscrita. En consecuencia, no tenía representación en el Congreso.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¿Por qué no existía, Honorable Diputado?
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Durante la discusión de este proyecto en el primer trámite constitucional, manifesté que, así como se nos atribuye a los radicales la dictación de la Ley de Defensa Permanente de la Democracia, no es menos cierto que el mismo partido contribuyó a su derogación. Agregué que, en todo caso, se vaciaron en la Ley sobre Seguridad Interior del Estado, disposiciones que contenía la Ley de Defensa Permanente de la Democracia. Dije que, por lo tanto, ningún señor parlamentario podía enrostrar errores cometidos en el pasado, porque hoy día estamos viendo las consecuencias derivadas de la mantención de esas disposiciones restrictivas.
Efectivamente, como lo sostiene el señor Ministro, la reanudación de faenas es facultad del Ejecutivo, de acuerdo con el procedimiento del Código del Trabajo o de la Ley sobre Seguridad Interior del Estado. Pero el señor Ministro omitió señalar la diferencia sustancial que existe entre la legislación vigente y la que se propone aprobar.
De acuerdo con la actual legislación, decretada por parte del Gobierno la reanudación de faenas, con las limitaciones que establece la ley y cuando lo exige el interés general, se designa un interventor, el cual debe buscar solución al problema laboral que creó la huelga.
En el proyecto en debate se establece otra cosa: el arbitraje obligatorio. Y nuestro país ha suscrito convenios internacionales mediante los cuales se ha comprometido a no establecer esta clase de arbitraje.
Deseo recordar que Su Excelencia el Presidente de la República, señor Eduardo Frei, y el propio señor Ministrodel Trabajo y Previsión Social, en el mes de agosto último, al formular observaciones a un proyecto de ley sobre sindicación campesina, aprobado por el Congreso Nacional, consignaron en el veto el criterio del Gobierno, adverso al arbitraje obligatorio establecido en nuestra legislación sobre sindicación campesina. En consecuencia, me llama la atención que ahora, en el proyecto que nos ocupa, se establezca el arbitraje obligatorio.
En conferencias internacionales a las cuales ha asistido Chile, se ha repudiado el arbitraje obligatorio, porque es una forma de trabajo obligatorio. Es posible que nuestro país no haya ratificado los acuerdos respectivos. En verdad, no lo recuerdo con exactitud en este momento, porque no tengo los antecedentes del caso. Pero, en estos convenios se rechaza el arbitraje obligatorio que, en el fondo, significa - repito- un trabajo obligatorio.
Nosotros no estamos de acuerdo con este sistema y por eso votamos en contra de esta disposición en la Cámara, lo mismo que muchos otros Honorables Diputados. El Senado también se opone a ella.
He querido señalar la diferencia que existe entre la dictación de un decreto de reanudación de faenas y la designación de un interventor, encargado de encontrar solución al problema laboral planteado, y el sistema del arbitraje obligatorio.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, ...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Rodríguez, el señor Ministro desea recuperar su derecho.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Quisiera terminar mis observaciones, señor Presidente.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Deseo recuperar mi derecho apenas termine su intervención el Honorable señor Diputado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Rodríguez.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
El Tribunal que se contempla en esta legislación está formado por dos representantes del sector patronal y dos de la clase laboral, sean empleados u obreros.
El quinto miembro de este Tribunal, o sea, el que va a decidir el fallo, es designado por el Ministro del Trabajo, o sea, por el Ejecutivo.
Por consiguiente, el fallo dependerá de la opinión del representante del Gobierno. Por lo tanto, el hecho de que los patrones y los trabajadores estén representados en el Tribunal, a mi juicio, no tiene realmente alcance jurídico, porque, en realidad, la mayoría la va a formar el representante del Ejecutivo.
Actualmente, decretada la reanudación de faenas, también interviene el representante del Ejecutivo, con la facultad de buscar la solución al conflicto. La diferencia estriba en que las partes no están obligadas a acatar la solución que proponga.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Ministro.
El señor SANTIBAÑEZ.-
¿Me permite, señor Ministro?
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
A continuación, señor Diputado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
A continuación, el Honorable señor Santibáñez podrá hacer uso de la interrupción concedida.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente, seré sumamente breve. Me parece muy importante el examen que ha hecho el Honorable señor Rodríguez.
La intervención de Su Señoría me permite precisar un segundo punto, que, tal vez, no había quedado suficientemente esclarecido.
En la actual legislación, el interventor busca la solución del conflicto. Pero, como lo ha demostrado la experiencia, corresponde preguntarse: ¿y si no la encuentra? En tal caso, no tiene ninguna facultad adicional para resolverlo. Por otra parte, sus atribuciones son sumamente limitadas. Por consiguiente, el sistema actual, en que un funcionario designado por el Ejecutivo busca la solución cuando los trabajadores, por la reanudación de faenas ya han perdido la herramienta de la huelga, lo consideramos evidentemente imperfecto.
En segundo lugar, se ha expresado aquí que el arbitraje obligatorio implica el trabajo obligatorio. Lo que involucra trabajo obligatorio es la reanudación de faenas en los términos contemplados en el artículo 38 de la Ley de Seguridad Interior del Estado. Esa es la disposición que prescribe que los trabajadores deberán integrarse al trabajo en determinadas condiciones. El arbitraje contemplado en la disposición en debate no agrega nada a la legislación vigente, que es la que establece la obligación de trabajar cuando se decreta la reanudación de faenas. Esta obligación proviene del artículo 38 de la Ley de Seguridad Interior del Estado, que el Honorable señor Rodríguez, don Juan, ha recordado, hace algunos instantes.
El señor Diputado manifestó, además, que la solución propuesta no será satisfactoria, porque el Presidente del Tribunal que será designado por el Ejecutivo, estará en contra de los trabajadores, ya que sostendrá una posición contraria a ellos...
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
No he dicho eso, señor Ministro.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
...y no dará garantías, precisamente, por ser nombrado por el Ejecutivo.
Tradicionalmente, todo Tribunal Arbitral pluripersonal está integrado en forma tripartita y su presidencia corresponde a la persona designada por el Ejecutivo. Así lo establece, por lo demás, el Código del Trabajo.
Los conflictos del trabajo no están llamados fundamentalmente a debatir o resolver problemas relativos al alza del costo de la vida. Creo que son otros los problemas propios del conflicto del trabajo.
La política de reajustes debe ser fijada en forma nacional por la ley. Luego, en ella participa el Poder Legislativo.
El resto de los problemas quedarán sometidos al conocimiento del Tribunal Arbitral, de acuerdo con las facultades establecidas en el artículo 50. Incluso, a ese organismo le corresponderá pronunciarse sobre las excepciones a esa política de reajuste determinada por el alza del costo de la vida. Esto también lo dispone el artículo 59 en su Nº 4º.
No deseo quitar más tiempo a la Honorable Cámara. He concedido una interrupción al Honorable señor Santibáñez.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Con la venia del señor Ministro, tiene la palabra el Honorable señor Santibáñez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Señor Presidente, he solicitado esta interrupción, para referirme a un asunto que vale la pena dejar claramente establecido en la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
Durante la discusión de este artículo, en el primer trámite constitucional de este proyecto, señalamos la importancia de esta disposición, que permitirá al Poder Ejecutivo intervenir las empresas e imponerse de su contabilidad, documentos y demás antecedentes, a fin de establecer de modo más fidedigno sus costos, sus utilidades y las remuneraciones que puedan pagar a sus personales.
Esta facultad que se ha concedido al Poder Ejecutivo en forma tan categórica y precisa será el arma más poderosa que tendrán los trabajadores para saber exactamente el poder económico real de las empresas. Este es el comienzo. Después, pueden dictarse nuevas disposiciones que, sin lugar a dudas también aprobaremos en los próximos años. De esta manera, y de acuerdo con los resultados prácticos obtenidos, se puede ir perfeccionando esta legislación, a fin de que el Estado contrate a las empresas y contrarreste el poder omnímodo de los sectores privilegiados de este país.
Mediante esta disposición, que tiene su origen en una indicación presentada en la Cámara, se pondrá un arma efectiva en manos de los trabajadores. Esta puede ser la mejor palanca para hacerles justicia y quebrar el poder económico y la prepotencia de las grandes empresas, que muchas veces se niegan a reconocer los legítimos derechos de los trabajadores y, en diversas ocasiones, también desconocen la autoridad del Estado.
Esto es cuanto quería decir, porque es extraordinariamente importante que se sepa.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que el Honorable señor Lorenzini pueda hacer uso de una interrupción que había solicitado del señor Ministro.
El señor ACEVEDO.-
No hay acuerdo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Hay oposición.
Puede continuar el señor Ministro.
El señor THAYER (Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
He terminado, señor Presidente.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Lorenzini.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, de la sola lectura del artículo 59 el señor Silva Ulloa ha sacado una serie de conclusiones, con gran parte de las cuales estoy plenamente de acuerdo.
A mi juicio, la redacción del artículo 59 no es afortunada, porque da la impresión de que la aspiración máxima de los trabajadores es llegar a obtener un reajuste igual al ciento por ciento del alza del costo de la vida. Aquí se llega a la médula fundamental del régimen capitalista, a algo que no ha sido solucionado definitivamente en ningún país democrático, que es encontrar la forma más conveniente para que los intereses de los trabajadores -obreros, empleados y campesinos- tengan una adecuada expresión.
Yo discrepo de lo dicho por el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social. Me parece que él ha expresado su opinión personal sobre esta materia, pero que yo sepa, la Democracia Cristiana no ha adoptado resolución alguna en el sentido de que los sindicatos no deben intervenir enérgicamente en la fijación de los precios, sino que éstos deben determinarse a través de la legislación, de la Cámara. La política de precios podrá fijarse, tal vez, en esta forma, cuando los trabajadores tengan una debida representación parlamentaria. En Chile, el pueblo participa con el voto; pero son muy pocos los campesinos, obreros y empleados que llegan a la Cámara, y en manera alguna en proporción a lo que representan en el país.
No me preocupa mucho la dictación de decretos de reanudación de faenas. Hasta el momento, los campesinos no tienen derecho a huelga. Sin embargo, estoy convencido de que este derecho, más que en la ley, se gana en la realidad. Debemos tener conciencia de que no siempre gobernará el actual Presidente de la República. No sabemos quién puede venir en el futuro. Pero, si un conjunto de trabajadores pide algo justo y positivo, aunque el gobierno que venga aplique medidas represivas contra ellos, no habrá nadie que los obligue a reanudar las faenas. Los trabajadores son poderosos y tienen una concepción clara de lo que desean. Como algo transitorio, el artículo es útil en este momento, porque este ciento por ciento es sólo una etapa previa en la normalización del costo de la vida, para en seguida pasar en forma ordenada, a la segunda etapa, a la reforma de la empresa, la cual, según mi criterio, no puede ser otra cosa que la participación de los obreros, no sólo en sus utilidades y en su dirección, sino en su propiedad misma.
En este sentido, el artículo es plenamente satisfactorio, porque lo aplicará el actual Gobierno, que ha demostrado respetar los derechos de los trabajadores y tener interés en que ellos participen en la economía nacional.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede continuar el Honorable señor Jorge Aravena.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
He terminado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la enmienda que consiste en rechazar el artículo 59.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la enmienda.
En discusión la modificación del artículo 60.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 35 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la modificación.
En discusión el artículo 164, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 33 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 165, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión la modificación del artículo 61.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la modificación del artículo 62.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la modificación.
En discusión la modificación del artículo 63.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 169, 170 y 171, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación del epígrafe del título III, que ha pasado a ser IV.
Acordado.
En discusión la modificación del artículo 65, que ha pasado a ser 173.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
El señor LAVANDERO.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la modificación.
En discusión la modificación del artículo 66, que ha pasado a ser 272.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobada.
En discusión el artículo 175, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
En discusión las modificaciones del artículo 68, que ha pasado a ser 176.
La Mesa estima que el Senado ha substituido el artículo 68 por el inciso primero del 176 y que el inciso segundo de éste es nuevo, por lo cual será votado separadamente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará la primera enmienda del artículo 68, que consiste en substituirlo por el inciso primero del 176.
El señor LAVANDERO.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 39 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la primera enmienda.
En votación el inciso nuevo introducido por el Honorable Senado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 177 nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión la modificación al artículo 69, que ha pasado a ser 178 y consiste en sustituir en su inciso primero, la palabra "precedente" por el guarismo "176".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la modificación al artículo 71, que ha pasado a ser 180.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la sustitución del artículo 72, que ha pasado a ser 181, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación.
Aprobada.
El artículo 73 ha pasado a ser 182, sin enmiendas.
En discusión la modificación al artículo 74, que ha pasado a ser 183.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión la modificación que consiste en sustituir el artículo 75, que ha pasado a ser 184.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara se aprobará.
Aprobada.
El artículo 76 ha pasado a ser 185, sin enmiendas.
En discusión la modificación de Senado que consiste en intercalar un inciso segundo, nuevo, en el artículo 77, que ha pasado a ser 186.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo con la modificación.
El señor PHILLIPS.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 2 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobada la modificación del Senado.
-Puestas en discusión y votación sucesivamente, las enmiendas introducidas por el Senado en los artículos 78 y 79 de la Cámara, fueron aprobadas por asentimiento tácito.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión la modificación al artículo 80, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
El señor ACEVEDO.-
Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 17 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión la enmienda al artículo 81 que ha pasado a ser 188 y consiste en sustituir su texto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 15 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión el artículo 82, que ha pasado a ser 189.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación las enmiendas al inciso primero.
-Durante la votación:
El señor MORALES (don Carlos).-
Son de redacción.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Casi nada: la redacción varía toda la sustancia.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 38 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada las modificaciones al inciso primero.
En vocación la enmienda que consiste en suprimir el inciso tercero.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 39 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la supresión del inciso tercero.
En votación la modificación que consiste en rechazar el inciso final.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Rechazada.
En discusión el artículo 83, que ha pasado a ser 190.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se votarán en conjunto las modificaciones a este artículo.
Acordado.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán.
Aprobadas.
En discusión el artículo 84, que ha pasado a ser 191.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán las modificaciones.
El señor MORALES (don Carlos).-
No, señor Presidente. Que se vote.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos; por la negativa, 12 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobadas las modificaciones del Senado.
En discusión las modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 85, que ha pasado a ser 192.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán.
Acordado.
En discusión la modificación introducida por el Senado en el artículo 86, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Acordado.
En discusión la modificación introducida por el Senado en el artículo 87, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Acordado.
En discusión la modificación introducida por el Senado en el artículo 88, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Durante la votación.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Ahí están los mayores especuladores! ¡Ese artículo afecta a los grandes intereses económicos!
-Un señor DIPUTADO.- ¡Qué vergüenza!
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 40 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la modificación.
El señor BASSO.-
¡Menos mal!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión la modificación del Senado al artículo 90, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra. Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. Se va a repetir, por el sistema de sentados y de pie.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema de sentados y de pie, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 20 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobada la modificación.
En discusión el artículo 195, nuevo.
El señor DUEÑAS.-
Pido que se dé lectura a la disposición a que se hace referencia en el artículo, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Se va a dar lectura a la disposición de la ley Nº 16.438, que fija el alcance del artículo en discusión.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 16.438, que autoriza al Presidente de la República para fijar a petición del interesado, las rentas de arrendamiento de los bienes raíces que señala y modifica las leyes que indica, dice:
"Las rentas determinadas de conformidad al inciso anterior, regirán durante el período comprendido entre el 1º de enero de 1965 y el 31 de marzo de 1966".
El inciso primero dice: "Autorízase al Presidente de la República, o a quienes corresponda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 del D.F.L. Nº 336, de 1953, y el artículo 2º de la ley Nº 15.241, para fijar, a petición del interesado, las rentas de arrendamiento de los bienes raíces fiscales destinados a fines habitacionales, en un monto no inferior a un 11% del valor del avalúo vigente durante el año 1964 para los efectos del pago de la contribución territorial".
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión el artículo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo 195, nuevo.
Aprobado.
En discusión el artículo 196, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 197, nuevo.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, es indiscutible que, en este tercer trámite constitucional del proyecto, no corresponde a la Honorable Cámara otra cosa que aprobar o rechazar las modificaciones del Senado.
En este caso, naturalmente, la Honorable Cámara aprobará el artículo 197, nuevo, del Senado; pero, a mi modo de ver, el Gobierno debería tomar nota de dos pequeñas observaciones sobre esta materia.
La primera se refiere a la necesidad de que esta disposición sea de carácter general y no solamente aplicable a empresas del Estado, como la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, o particularmente, a través de las cooperativas correspondientes. Si se quiere fijar precios a los repuestos y accesorios de vehículos motorizados, esta medida debe ser general, porque, de lo contrario, se van a producir abusos.
La segunda observación es la de que el Gobierno debe fijar el precio del dólar en moneda nacional, en este caso, de modo que los interesados puedan multiplicar, por este coeficiente, el valor de que tengan en el extranjero los repuestos, para que exista una concordancia con los precios que van a tener estos accesorios en moneda nacional. Si no se procede en esta forma, también se van a producir nuevos abusos.
Es cuanto quería expresar, señor Presidente.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
¿Dentro del tiempo de qué Comité?
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Excúseme, Honorable señor Lavandero. Me informa el señor Secretario que ha terminado el tiempo de que dispone el Comité Demócrata Cristiano.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Deseo conceder una interrupción al Honorable señor Lavandero, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, nosotros vamos a aprobar el artículo nuevo en debate, a pesar de que estamos conscientes de las dificultades que puede traer la mecánica misma de su aplicación. Pero creemos que se trata de una disposición de extraordinaria importancia. Además, esperamos que, dentro de los próximos días, la Corporación apruebe un proyecto de ley que actualmente se encuentra en la Comisión de Hacienda, y en el cual se hace una referencia completa y general al problema de los repuestos de vehículos motorizados.
El señor CLAVEL.-
¿Cuál es ese proyecto?
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RIOSECO.-
¡Hace tiempo que Su Señoría no va a la Comisión de Hacienda!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¿El Honorable señor Rioseco desea usar de la palabra?
-Varios señores DIPUTADOS.- ¡No tiene tiempo!
El señor RIOSECO.-
Con todo gusto, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra al Honorable señor Rioseco.
-Varios señores DIPUTADOS.- ¡No!
El señor ISLA (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 197, nuevo
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 198 y 199, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento de la Honorable Cámara para suspender esta sesión hasta las 14,30 horas.
¿Habría acuerdo para ello?
-Varios señores DIPUTADOS.- Conforme.
-Otros señores DIPUTADOS.- No, señor Presidente; hasta las 15 horas.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para suspender la presente sesión hasta las 15 horas.
Varios señores DIPUTADOS.-
Muy bien.
Otros señores DIPUTADOS.- Eso sí.
Acordado.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Advierto a la Honorable Cámara que la sesión está prorrogada hasta el total despacho del proyecto.
Se suspende la sesión hasta las 15 horas.
-Se suspendió la sesión.
-Se reanudó la sesión a las 15 horas.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Continúa la sesión.
En discusión la enmiendas introducidas por el Honorable Senado en el artículo 92, que ha pasado a ser 202.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán.
Aprobadas.
Si le parece a la Sala, también se aprobará el inciso final, nuevo, del número 14 del artículo 1º de la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, que se reemplaza por este artículo 92.
El señor PHILLIPS.-
No, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 1 voto.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
aprobada la enmienda.
En discusión la modificación del Senado que consiste en suprimir el artículo 93.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Han votado solamente dieciséis señores Diputados.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará la modificación.
Acordado.
En discusión la modificación del Honorable Senado que consiste en suprimir el artículo 94.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Acordado.
En discusión el artículo 203, nuevo.
El señor SILVA ULLOA.-
Que se lea la disposición a que se hace referencia en este artículo, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Se va a leer la disposición legal pertinente. Es el artículo 109, inciso cuarto, de la ley Nº 16.250.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 109 de la ley Nº 16.250 en su inciso cuarto dice: A las personas afectas al impuesto anual único establecido en el inciso primero y a los propietarios de hasta dos camiones destinados al flete de carga y afectos al artículo 6º de la ley Nº 12.084, se les presumirá, para los efectos de los impuestos global complementario y adicional correspondientes al año tributario 1965, una renta mínima equivalente a dos sueldos vitales anuales por cada vehículo."
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará el artículo nuevo.
Aprobado.
En discusión la modificación del artículo 95, que ha pasado a ser 204.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la modificación.
Acordado.
En discusión el artículo 205 del Senado, que sustituye los artículos 96, 97 y 98 del proyecto de la Cámara.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo sustitutivo del Senado.
Acordado.
En discusión la modificación del Honorable Senado que consiste en suprimir el artículo 99.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la modificación del Senado.
Acordado.
En discusión las modificaciones del artículo 100.
El señor VIDELA.-
Por incisos, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Se discutirán en conjunto las modificaciones y se votarán separadamente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera modificación del artículo, que consiste en suprimir su inciso primero.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Rechazada la primera modificación del Senado al artículo 100.
En votación la modificación del inciso segundo, que consiste en sustituir la palabra "considerarse" por "considerar".
Si le parece a la Honorable Cámara, y no se pide votación, se aprobará.
Acordado.
En votación la modificación del Senado al mismo inciso segundo que consiste en sustituir el vocablo "establezcan" por "establecen".
El señor VIDELA.-
Todas las modificaciones del inciso segundo ...
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la enmienda.
Aprobada.
En votación el resto de las modificaciones introducidas por el Senado en este artículo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el resto de las enmiendas.
Acordado.
-Puestos en discusión y votación, sucesivamente, los artículos 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 216 y 217, nuevos, propuestos por el Senado, fueron aprobados por asentimiento tácito.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 218, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara se aprobará el artículo 218, nuevo.
El señor VALENTE.-
Que se vote, señor Presidente.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
En votación.
-Efectuada la votación, en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 14 votos.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo 218 nuevo, introducido por el Senado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 221, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 7 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 222 nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 223, nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 224 nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, en el primer trámite constitucional del proyecto este artículo fue latamente discutido. Se sostuvieron dos tesis, una por el Honorable señor Carlos Morales y la otra por el Honorable señor Pereira, quien, desgraciadamente, no está en la Sala.
El señor PARETO.-
Lo mandamos a buscar, si quiere.
El señor PHILLIPS.-
¡Ojalá!
Señor Presidente, parece que los gremios han insistido en la posición sostenida por el Honorable señor Carlos Morales en aquella oportunidad, ya que en el proyecto del Senado figura nuevamente esta disposición. Incluso se ha agregado en ella a los miembros del Tribunal Nacional de Disciplina de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, "ANEF".
Dadas las funciones que desempeñan los miembros del Tribunal Nacional de Disciplina, es indispensable que tengan las mismas garantías que los dirigentes provinciales.
En consecuencia, vamos a votar afirmativamente este artículo nuevo.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Durante la votación.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Hay una carta de la propia "ANEF"! El Honorable Diputado señor Pereira patrocinó esto ante el Senado, Hay una carta de la directiva...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 225 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 226 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 227 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 228 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 35 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 229 nuevo, propuesto por el Senado.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, este artículo es de entera justicia. Entiendo que su inclusión en el proyecto fue pedida por los señores Diputados democratacristianos y que los señores Ministros accedieron a ello.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
El señor PHILLIPS.-
Parece que el Honorable señor Videla llegó un poco cambiado de su viaje a Cuba: está "colérico", se muestra un tanto ofuscado; no sé lo que le pasa. Hace tantas lunas que faltaba al Hemiciclo. Ha vuelto con nuevos fulgores.
Señor Presidente, junto con aprobar esta disposición, que mejorará la situación económica de muchos funcionarios, considero conveniente preocuparnos de favorecer también en igual sentido al personal del Servicio Nacional de Salud que presta servicios de arsenaleras en los hospitales. Como se trata de un personal especializado, debe pasar a la planta técnica del Servicio. El señor Ministro de Hacienda me ha hecho saber en el día de ayer que el Gobierno hará indicación en otro proyecto a fin de concretar esta aspiración.
Los Diputados de estos bancos votaremos favorablemente la disposición en debate, como también, en su oportunidad, la que acabo de mencionar, por considerarlas de toda justicia.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Lavandero, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, los Diputados democratacristianos vamos a apoyar este artículo para que sea ley, a fin de uniformar criterios en relación con diversos funcionarios de la Administración Pública que están en esta categoría.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 229, nuevo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 230 nuevo, propuesto por el Senador.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 231 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Durante la votación:
El señor VIDELA.-
Sobre esta materia hay un proyecto completo aprobado, señor Presidente.
El señor SILVA ULLOA.-
El Honorable señor Videla está haciendo méritos.
-Hablan curios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Hay que legislar seriamente.
-efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 232 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 233 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Rechazado.
En discusión el artículo 234 nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
El señor LAVANDERO.-
No., señor Presidente. Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos; por la negativa, 29 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión las modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 104 del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se votarán en conjunto las modificaciones.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENTE.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la primera enmienda, que consiste en sustituir el inciso primero del artículo 104.
-Efectuada la rotación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 5 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la enmienda.
En votación la segunda enmienda introducida por el Senado en este artículo, que consiste en agregar un inciso final, nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 10 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la enmienda.
En discusión las modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 105.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera de las enmiendas, que consiste en reemplazar, en la letra a), el punto y coma por una coma, agregando lo siguiente: "uno designado por la Central Única de Trabajadores y uno designado por la Confederación de Empleados Particulares de Chile, y".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
En votación la segunda modificación, que consiste en reemplazar, en la letra b), la conjunción "y" por lo siguiente: "designado por la Confederación Nacional de Cooperativas de Viviendas".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda del Senado.
En votación la tercera modificación, que consiste en suprimir la letra c) del artículo 105.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
En votación la última de las modificaciones que consiste en suprimir el inciso final del mismo artículo.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Rechazada.
En discusión la modificación del Senado que consiste en agregar, un articulo nuevo, con el número 240.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara y si no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 243, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor VALENTE.-
Pido se me conceda un minuto para referirme a esta materia, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Honorable señor Valente solicita se le conceda un minuto.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, deseo llamar la atención de la Honorable Cámara acerca de la forma en que está redactado el artículo 243.
Es buena la intención que tuvo el Senado al agregar el artículo en debate, según se desprende de su contenido; pero la forma en que está redactado puede inducir a diversas interpretaciones, con graves perjuicios para la Empresa Portuaria de Chile.
De acuerdo con el artículo 31 del D.F. L. Nº 290, todos los servicios o gastos que no sean de cargo de la Empresa Portuaria o de los particulares lo serán del Fisco. Pues bien, cuando se expresa en el artículo 243 que las faenas de estiba y desestiba de mercaderías destinadas a los Servicios, Empresas o Instituciones allí señaladas serán sin cargo para ellas, no se establece quién deberá pagar el trabajo de los estibadores que se contraten para desempeñar esas labores. En consecuencia, aparece como que se entregaría una subvención a los monopolios navieros, los cuales estarían, prácticamente, liberados de pagar esas obligaciones. Por lo tanto, puede resultar que esas faenas de estiba y desestiba, que deben realizarse tanto en el puerto como en los barcos, sean de cargo de la Empresa Portuaria o del Fisco.
Deseo hacer presente esta situación a la Honorable Cámara, a fin de que, en el caso de ser aprobado este artículo, se remita oficio a Su Excelencia el Presidente de la República a fin de que, por la vía del veto, se aclare y precise el verdadero alcance de esta disposición.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
De acuerdo con lo expresado por el Honorable señor Valente, parece ser que en este artículo se pretende liberar de la obligación de pagar las faenas allí señaladas a los Servicios, Empresas o Instituciones mencionadas en esta disposición, y no a las empresas particulares. Sin embargo, de su redacción podría desprenderse que dichas empresas también resultarían beneficiadas.
El señor VALENTE.-
Exactamente, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
De manera que, si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará el artículo o, en caso de ser aprobada, se remitirá un oficio al Ejecutivo para que se sirva precisar su verdadero alcance.
Acordado.
En votación el artículo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 8 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
Si le parece a la Honorable Cámara, se enviará oficio al Ejecutivo, en los términos señalados anteriormente.
Acordado.
En discusión la modificación del Senado al artículo 109 del proyecto que consiste en sustituir su texto por el que aparece en el boletín, con el Nº 244.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará la modificación.
Aprobada.
En discusión el artículo 246 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 8 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 247 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 248, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, solicito la palabra, por un minuto, con el objeto de hacer un alcance al artículo 61 nuevo, ya aprobado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se concederá la palabra, por un minuto, al Honorable señor Alfredo Lorca.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
-Después de haber hecho uso de la palabra el señor Alfredo Lorca:
El señor MONTES.-
Que se inserten en la parte correspondiente de la versión las observaciones del Honorable señor Lorca, señor Presidente.
El señor PARETO.-
Que se remita oficio a la Contraloría.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MORALES (don Carlos).-
Si nosotros hubiéramos pedido la palabra para hacer el alcance que ha hecho el Honorable señor Lorca, seguramente no habría habido acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para insertar las observaciones del Honorable señor Alfredo Lorca en la parte del debate de la sesión en que la Sala aprobó el artículo 61 del proyecto.
Acordado.
-En virtud del acuerdo anterior, las observaciones del señor Alfredo Lorca figuran a continuación del pronunciamiento de la Sala sobre el artículo 61.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión la modificación del Senado que consiste en rechazar el artículo 113.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
El señor VIDELA.-
Se rechaza la supresión hecha por el Senado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Exactamente; por lo tanto, se conserva el artículo.
Acordado.
En discusión el artículo 251 nuevo propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor ACUÑA.-
Pido que se lea el artículo 31 del decreto con fuerza de ley Nº R.R.A. 12 que se modifica por el artículo nuevo en discusión.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se dejará pendiente este artículo mientras se busca el texto a que ha hecho referencia el Honorable señor Acuña.
Acordado.
En discusión el artículo 252, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión la modificación que consiste en cambiar términos gramaticales en el artículo 114.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión el artículo 254, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor VALENTE.-
Pido que se lea la disposición que se modifica en virtud de este artículo nuevo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se va a leer la disposición.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 122, de la ley Nº 16.250, dice:
"Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley sobre Impuesto a la Renta, cuyo texto fue fijado por el artículo 5º de la ley Nº 15.564.
El señor SILVA ULLOA.-
Lo que se modifica es el Nº 7 del artículo 25.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Exactamente, señor Diputado.
"I) Agrégase al artículo 25 el siguiente número:
"7º.- Las donaciones cuyo único fin sea la realización de programas de instrucción técnica, profesional o universitaria en el país, ya sean privados o fiscales, sólo en cuanto no excedan del 2% de la renta imponible de la empresa. Esta disposición no será aplicada a las empresas afectas a la ley Nº 11.828.
"Las donaciones a que se refiere el inciso anterior no requerirán el trámite de la insinuación y estarán exentas de toda clase de impuestos.
"II) Agrégase en el artículo 62 los siguientes incisos:
"No obstante, la citada tasa será de 10% cuando se trate de remuneraciones provenientes exclusivamente del trabajo o habilidad de personas, percibidas por las personas naturales o extranjeras a que se refiere el inciso anterior, sólo cuando éstas hubieren desarrollado en Chile actividades científicas, culturales o deportivas. Este impuesto deberá ser retenido y pagado antes de que dichas personas se ausenten del país, por quien o quienes contrataron sus servicios.
"Esta disposición regirá a contar de la publicación de la presente ley".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La disposición en vigencia establece un límite en el caso de estas donaciones. Lo que propone el Senado es eliminar el límite del 2%.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica,, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 5 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
Se va a leer la disposición a que se refiere el artículo 251, nuevo, que había quedado pendiente.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El artículo 31 del decreto con fuerza de ley Nº R.R.A. 12, publicado en el "Diario Oficial" de 10 de abril de 1963 y al cual se agrega un inciso segundo, dice:
"Se aplicarán al Instituto las disposiciones que reglamentan la competencia y el procedimiento en los juicios sobre cobros de dinero del Departamento Hipotecario del Banco del Estado de Chile".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Durante la votación:
El señor ACUÑA.-
Este artículo perjudica a los pequeños agricultores.
Señor Presidente, ¿podría concederme la palabra?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Está cerrado el debate, Honorable Diputado.
-Efectuada la, votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 8 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 255, nuevo.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra, por un minuto, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Honorable Cámara para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Silva Ulloa.
Acordado.
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Agradezco la deferencia de la Honorable Cámara.
Señor Presidente, estimo que este artículo es extremadamente peligroso, porque permitirá deducir de la renta bruta cualquier cantidad de las donaciones que se hagan para la educación.
Eso se prestará para un verdadero negocio. Por ejemplo, si por una pequeña cantidad un contribuyente queda afecto a una tasa superior, conociendo su contabilidad podrá donar esa cantidad para quedar gravado con una tasa inferior del impuesto global complementario, con lo cual naturalmente, el ingreso fiscal disminuirá en forma extraordinaria.
Yo no sé quién fue el autor de esta indicación, pero me parece que será un vehículo demasiado fácil de utilizar para eludir el cumplimiento de la ley de la Renta en el impuesto global complementario. Por eso votaremos en contra de esta disposición.
El señor ANSIETA.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala, para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Ansieta.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ANSIETA,-
Señor Presidente, los Diputados de estos bancos votaremos favorablemente esta disposición, pero concordamos con el Honorable señor Silva Ulloa, en que, evidentemente, no es posible establecer una disposición ilimitada. De ahí que, esperamos que, por la vía del veto, el Ejecutivo establezca un límite al monto de lo que podrá deducirse de la renta bruta en estos casos.
De todos modos, consideramos que esta disposición es fundamental para el desarrollo e incremento de la educación universitaria, la que permanentemente se ve abocada al problema de la falta de financiamiento.
Por esta razón, votaremos favorablemente esta disposición, confiados en que, por la vía del veto, se limitará el monto que se podrá deducir de la renta bruta.
El señor RIOSECO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala, para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Rioseco.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoria.
El señor RIOSECO.-
Señor Presidente, la verdad es que hay una inconsecuencia en las palabras del Honorable señor Ansieta. La Cámara, con los votos de la Democracia Cristiana acaba de aprobar el artículo 254, nuevo del Senado por el cual se suprime el límite que debe quedar afecto en el caso de ciertas donaciones.
De manera que si ése es el criterio de los Honorables colegas, podríamos reponer la disposición.
Para que haya concordancia entre las palabras del Honorable señor Ansieta y el espíritu de la Sala en esta materia, tendría que mantenerse esa limitación; así no habría para qué recurrir al veto.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa advierte que la disposición anterior se refiere a la insinuación de las donaciones, y ésta a las donaciones mismas.
-Efectuada la votación en forma eco-vómica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 8 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 256, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 5 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 257, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Le concedo una interrupción al Honorable señor Videla.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Videla.
El señor VIDELA.-
Señor Presidente, deseo anunciar los votos favorables de la Democracia Cristiana a este artículo 257, porque satisface una vieja aspiración del Consejo Obrero Ferroviario de la Maestranza Central de San Bernardo. Esta organización, con mucho esfuerzo, ha levantado en San Bernardo su sede social y deportiva. Para terminar esta construcción, que es un orgullo para la gente de esa localidad, se le ha pedido un préstamo de Eº 100.000 a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. Esta obra es desde todo punto de vista favorable a esa ciudad y a dicho gremio. Por lo tanto, los Diputados de la Democracia Cristiana votaremos favorablemente este artículo.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¡Qué bonito!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo propuesto por el Senado.
Aprobado.
En discusión la modificación del Senado al artículo 116, que consiste en rechazarlo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma eco-nómica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 36 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado. Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación del Senado al artículo 117, que es meramente gramatical.
Aprobada.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la enmienda del Senado al artículo 118, que lo cambia de ubicación.
Aprobada.
En discusión la modificación del Senado que consiste en agregar un artículo nuevo con el número 260.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se concederá un minuto al Honorable señor Santibáñez.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Señor Presidente, este artículo significa la posibilidad de dar televisión a la provincia de Aconcagua, al sur de la provincia de Coquimbo, y ampliar la existente en la de Valparaíso. Es decir, permitirá impulsar activamente el desarrollo cultural y educativo de esta zona.
Por otra parte, este beneficio que se otorga a la Universidad Católica de Valparaíso representa una justa retribución a un establecimiento que está incorporado a la comunidad nacional en forma plena, como lo prueba la existencia del Instituto del Mar, del liceo gratuito "Rubén Castro", donde se educan más de mil estudiantes; de la Escuela Agrícola Experimental de La Palma, con 3.500 alumnos; y de las Escuelas Técnicas y Politécnicas. Además, cabe hacer presente que la Universidad Católica de Valparaíso fue la organizadora del primer Congreso de Televisión Educacional.
Por estas razones, solicitamos que se apruebe este artículo propuesto por el Senado.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará el artículo.
El señor MONTES.-
Con la abstención de los Diputados comunistas.
El señor SILVA ULLOA.-
Y de los socialistas.
El señor MORALES (don Carlos).-
También de los radicales.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Mejor que se vote.
El señor BUZETA.-
Sigue el sectarismo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 39 votos; por la negativa, 2 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo.
En discusión el artículo 261, nuevo, propuesto por el Senado.
Se va a dar lectura a las disposiciones a que alude dicho precepto.
Si le parece a la Cámara, se dejará pendiente este artículo y el que sigue, ya que en ambos se citan las mismas disposiciones, mientras se busca el texto legal correspondiente.
Acordado.
En discusión el artículo 263 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 264 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
En discusión las modificaciones del Senado al artículo 120 del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Se votará primero la modificación que consiste en el cambio de ubicación del artículo.
Si le parece a la Cámara, se aprobará esta modificación.
Aprobada.
En votación la segunda enmienda, que consiste en sustituir las palabras "los colegios particulares" por "cada colegio particular".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se rechazará, con la misma votación, la otra modificación del Senado, que consiste en sustituir "podrán" por "podrá". Esta enmienda es consecuencia de la anterior.
Rechazada.
Se va a dar lectura a las disposiciones legales a que aluden los artículos 261 y 262 nuevos, cuya discusión quedó pendiente.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La ley Nº 8.834 declara exentas de los impuestos que menciona a las instituciones deportivas con personalidad jurídica.
Dice esta ley:
"Artículo 1º.- "Las instituciones con personalidad jurídica, asociaciones y agrupaciones cuyo fin sea la práctica, fomento o difusión de la cultura física o de los deportes, cuyos dirigentes o asociados no persigan fines de lucro particular, estarán exentas de los impuestos sobre la renta de tercera categoría y global complementario. Igualmente, dichas instituciones estarán exentas del impuesto que establece el artículo 7º del decreto de Hacienda 2.772, publicado en el "Diario Oficial" de 3 de septiembre de 1943, que publicó el texto definitivo y refundido de la Ley sobre Impuesto a la Internación, a la Producción y a la Cifra de Negocios.
"Artículo 2º.-.Las entradas a espectáculos públicos deportivos que ofrezcan las instituciones a que se refiere el artículo anterior, estarán exentas del impuesto que establece la letra a) del artículo 2º de la ley Nº 5.172;.
"Artículo 3º.- No gozarán de los beneficios establecidos en esta ley las empresas que organicen espectáculos deportivos con fines distintos a los señalados en el artículo 1º.
"Artículo 4º.- Para gozar de los beneficios de esta ley será necesario que las instituciones a que ella se refiere se inscriban en la Dirección General de Impuestos Internos y justifiquen ante ella que cumplen con los requisitos que esta misma ley exige.
"Artículo 5º.- Condónanse a las instituciones de que trata el artículo 1º de esta ley las sumas que estén adeudando por concepto de los impuestos, cuya exención se establece en las disposiciones precedentes".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión el artículo 261 nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si Se parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En discusión el artículo 262 nuevo, propuesto por el Senado.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Qué dice la disposición que se cita?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Es la misma ley a que se dio lectura, Honorable Diputado. El Senado agregó un artículo nuevo a esa ley.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión la modificación del Senado que consiste en suprimir el artículo 121 del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 38 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación del Senado.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán los cambios de ubicación propuestos por el Senado para los artículos 122 y 123, que han pasado a ser 64 y 65, respectivamente.
Acordado.
En discusión la modificación del Senado al artículo 124, que ha pasado a ser 79.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el cambio de ubicación.
Acordado.
En discusión la modificación que consiste en sustituir en este artículo 124 las palabras "diciembre de" por "el año".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
Si le parece a la Sala, se aprobarán los cambios de ubicación propuestos por el Senado pura los artículos 125, 126 y 127.
Aprobados.
En discusión la modificación del artículo 127, que consiste en sustituir la frase "ejerza en Carabineros de Chile" por "desempeñe".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán los cambios de ubicación propuestos por el Senado para los artículos 128, 129 130, 131 y 132.
Aprobados.
En discusión las enmiendas del artículo 132, que ha pasado a ser artículo 87. Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión las enmiendas del artículo 132, que ha pasado a ser artículo 87.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera enmienda, que consiste en substituir el inciso primero.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la enmienda que consiste en agregar un inciso final.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
El Honorable señor Pereira ha solicitado que se le conceda un minuto.'
¿Habría acuerdo para concedérselo?
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PEREIRA.-
Señor Presidente, deseo solicitar de Su Señoría que recabe el asentimiento unánime de la Cámara con el objeto de que se reconsidere el artículo 224, que ya fue rechazado.
Esta disposición, incorporada en el Senado de la República, amplía a los dirigentes provinciales y a los miembros del Tribunal Nacional de Disciplina de la "ANEF" el fuero establecido en el artículo 100 del Estatuto Administrativo.
Por una información equivocada, parlamentarios de estos bancos pensaron que este beneficio alcanzaba también a las directivas provinciales de las asociaciones adheridas a la "ANEF", lo que, evidentemente, habría involucrado dar inamovilidad a casi el 50% de la Administración Pública. Sin embargo, después de conversar con dirigentes nacionales de la "ANEF" el fuero establecido en el ar-Ministro de Hacienda, se ha establecido que la disposición se refiere a los miembros del Tribunal Nacional de Disciplina, que son cinco, de los cuales tres son jubilados y uno ya tiene este mismo fuero, y a los de los consejos provinciales, que se componen de siete personas. Por lo tanto, este precepto podría alcanzar, en tocio el país, a un máximo de 170 funcionarios públicos, de un total de 35.000. Es justo hacer extensivo a estas personas el fuero otorgado a los dirigentes gremiales.
Cuando se discutió un artículo similar, en el primer trámite constitucional de este proyecto, el DiputadoAlfredo Lorca y el que habla tomamos un compromiso con los compañeros dirigentes nacionales de la "ANEF", en orden a apoyar una disposición...
-Hablan varios señores Diputados a, la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo de que disponía Su Señoría.
El señor PEREIRA.-
Pido que se reconsidere y se apruebe el artículo 224.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de ¡a Sala a fin de reabrir debate respecto del artículo 224 y someterlo nuevamente a votación.
El señor PHILLIPS.-
Y a discusión.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
A discusión y votación.
El señor RIOSECO-
Que se den tiempos especiales a los Comités para referirse a él.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
El señor OLAVE.-
Nadie se ha opuesto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hubo oposición, Honorable Diputado, y la Mesa la notó oportunamente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio.
La Mesa requirió oportunamente el asentimiento de la Sala para reabrir el debate, lo que sólo puede acordarse por unanimidad. La oposición de cualquier señor Diputado, como ocurrió en este caso, hace imposible reabrirlo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No obstante, corno una deferencia a los señores Diputados, solicito, por última vez, el asentimiento unánime de la Cámara, a fin de reabrir el debate para votar el artículo 224.
El señor PHILLIPS.-
Y discutirlo
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa advierte que cualquier condicionamiento significa negativa.
Si le parece a la Sala, se procederá en la forma propuesta por la Mesa.
Acordado.
En votación el artículo 224.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobado.
Si le parece a la Sala, se aprobará el cambio de ubicación propuesto por el Senado para el artículo 133.
Aprobado.
En discusión el artículo 267, nuevo, propuesto por el Senado.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, di mi asentimiento para que se tratara de nuevo el artículo que se acaba de aprobar. Sin embargo, lamento que no se haya debatido, como lo pedí. Lo lógico era discutirlo.
Yo sostuve la necesidad de aprobarlo en la forma en que venía del Senado. La Democracia Cristiana lo rechazó. El señor Pereira no estaba en la Sala en ese momento.
Una vez más, se ha repetido lo que siempre ocurre en la Cámara: los Diputados democratacristianos dicen una cosa, aprueban otra diferente y después piden la reapertura del debate para deshacer el entuerto.
Las razones que di eran valederas. El artículo debió haberse aprobado denantes, y no ahora, con la prepotencia de costumbre.
Nada más.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 267, nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo.
En discusión el artículo 258, nuevo, propuesto por el Senado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobado.
Si le parece a la Sala, se aprobará el cambio de ubicación propuesto por el Senado para el artículo 134.
Aprobado.
En discusión la modificación que consiste en rechazar el artículo 135.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la modificación.
Si le parece a la Sala, se aprobarán los cambios de ubicación de los artículos 136, 137, 138 y 139.
Aprobados.
En discusión la enmienda que consiste en rechazar el artículo 140.
El Honorable señor Valente ha solicitado que se le conceda un minuto para referirse a esta materia.
Si le parece a la Sala, se le concederá.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, es lamentable que el Senado haya rechazado el artículo 140, aprobado por la Cámara, ya que otorga a aquellas personas mayores de 65 años que carecen de previsión, el derecho a gozar de la pensión mínima que concede el Servicio de Seguro Social.
Tengo a mano un informe, pedido por mí y firmado por el actuario de ese organismo, donde se manifiesta que el financiamiento proporcionado por este artículo permitiría entregar 25 mil jubilaciones del año a los ancianos que carecen de este beneficio.
Junto con pedir a la Honorable Cámara la restitución del artículo 140, solicito que esta parte del informe se inserte en la versión, para conocimiento de los interesados.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para insertar en la versión, a continuación de las palabras del señor Valente, el informe a que él se ha referido.
El señor LAVANDERO.-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hay oposición.
En votación la enmienda que consiste en rechazar el artículo 140.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
En discusión la enmienda que consiste en rechazar el artículo 141.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 12 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el cambio de ubicación del artículo 142, que ha pasado a ser 134.
Aprobado.
En discusión la enmienda que consiste en rechazar el artículo 143.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el cambio de ubicación de los artículos 144 y 145, que han pasado a ser 135 y 136, respectivamente.
Aprobado.
En discusión la enmienda que consiste en rechazar el artículo 146.
El señor MORALES (don Carlos).-
Pido que se dé lectura a la disposición que menciona el artículo, señor Presidente.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Es la ley sobre congelación de rentas de arrendamiento, señor Diputado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Sobre esta materia recayó pronunciamiento del Congreso en una ley especial, Honorable Diputado. Está publicada.
El señor MORALES (don Carlos).-
Conforme.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la enmienda propuesta por el Senado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En discusión las enmiendas al artículo 147, que ha pasado a ser 62.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán.
Aprobadas.
En discusión las modificaciones al artículo 148, que ha pasado a ser 82.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán.
Aprobadas.
El artículo 149 ha pasado a ser 138, sin modificaciones.
En discusión la enmienda que consiste en sustituir el artículo 150, que pasa a ser 23.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para conceder la palabra, hasta por un minuto, al Honorable señor Fuentes.
Aprobado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Únicamente deseo recordar que, durante el primer trámite constitucional, este artículo fue aprobado por unanimidad, como una manera de contribuir a que los profesores particulares recibieran los beneficios que les corresponden, con mayor rapidez.
El Senado ha introducido una modificación que, a mi juicio, reduce los beneficios mencionados sólo a un sector de los profesores particulares.
En muchas ocasiones y por unanimidad de esta Honorable Cámara, se ha pedido a los señores Ministros de Hacienda y de Educación Pública mayor prontitud en el pago de las subvenciones, a fin de que los profesores particulares perciban sus sueldos con oportunidad.
Actualmente se hallan en tramitación los decretos de pago por el trabajo que realizaron estos profesores durante el segundo semestre de 1964 y el primer semestre de 1965. De modo que, por no haberse pagado aún las subvenciones con cargo a 1964 y 1965, miles de profesores particulares no han recibido la totalidad de lo que les adeuda el Fisco. .
Por estas razones, como una manera de obviar estas dificultades, y en atención a que la Honorable Cámara aprobó por unanimidad este artículo en el trámite anterior, esperamos que ahora se rechace la modificación del Senado.
Nada más, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se rechazará la sustitución propuesta por el Senado.
Aprobado.
El señor VALENTE.-
Nosotros votamos negativamente, señor Presidente. Su Señoría no miró hacia nuestros bancos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa mira hacia todos los sectores, señor Diputado; seguramente no se percató de la oposición de Sus Señorías.
En todo caso, con la venia de la Sala, se tomará la votación.
Acordado.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos; por la negativa, 38 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
En discusión la modificación que consiste en rechazar el artículo 151.
El señor VALENTE.-
Que se lea la disposición, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se dará lectura a la disposición, tan pronto como lleguen los textos legales; queda pendiente el artículo.
En discusión la enmienda que consiste en rechazar el artículo 152.
El señor RODRIGUEZ (don Manuel).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RODRIGUEZ (don Manuel).-
Señor Presidente, sólo deseo anunciar los votos favorables de la Democracia Cristiana, ya que este artículo satisface una aspiración muy sentida de los obreros que trabajan en la extracción de materiales de construcción en el río Cachapoal. Además, la Municipalidad únicamente asumirá el papel de patrón para conceder beneficios previsionales a los obreros.
Por estas razones, votaremos favorablemente el artículo 152.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
O sea, Sus Señorías rechazarán la enmienda del Senado.
El señor RODRIGUEZ (don Manuel).-
Exactamente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará la enmienda que suprime el artículo.
Acordado.
En discusión la modificación del artículo 153, que ha pasado a ser 102
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el cambio de ubicación del artículo 153.
Aprobado.
En discusión la modificación al artículo 153, que ha pasado a ser 102.
-Efectuada la votación en forma económica, la Mesa tuvo dudas sobre su resaltado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa tiene dudas sobre el resultado-de la votación. Se repetirá por el sistema de sentados y de pie.
-Repetida la votación por el sistema de sentados y de pie, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 21 votos; polla negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda.
Se leerá la disposición a que alude el artículo 151.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La ley Nº 16.406, a que se refiere el artículo 151, es la de Presupuestos de la Nación vigente. Su artículo 67 dice:
"Los contratos del personal docente dependiente del Ministerio de Educación Pública, nombrado a contrata hasta el 31 de diciembre del año 1965, con cargo al ítem 09 01100.1, se entenderán prorrogados por todo el año 1966, salvo aquéllos a los cuales se ponga término mediante decreto supremo fundado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En discusión la modificación que consiste en rechazar el artículo 151.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 16 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la enmienda.
En discusión la modificación al artículo 154, que consiste en suprimirlo.
El señor VALENTE.-
¿De qué se trata?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se leerá la disposición a que se refiere este artículo.
El señor MONTES.-
Dejémoslo pendiente. Sigamos considerando las demás enmiendas.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se dejará pendiente esta enmienda.
Acordado.
En discusión la modificación al artículo 155, que ha pasado a ser 266, que consiste en sustituir la palabra "aplicarse"
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada
Si le parece a la Sala, se aprobará el cambio de ubicación de los artículos 156 y 157.
Aprobados.
En discusión las enmiendas al artículo 158, que ha pasado a ser 271, que consisten en sustituir el encabezamiento del inciso primero y en reemplazar, al final de la nómina de sindicatos, la coma (,) que sigue a "Sindicato Industrial Compañía Minera Aisén (Puerto Cristal)" por un punto (.).
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán.
El señor LAVANDERO.-
Que se voten, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quórum.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Han votado solamente 18 señores Diputados.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay quórum. Se repetirá la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Por qué no explica, señor Presidente, la votación?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se está votando de la siguiente manera: los señores Diputados que acepten la modificación del Senado, que consiste en incluir en el encabezamiento del artículo el párrafo que aparece al final de la disposición, votarán afirmativamente. Quienes la rechacen, votarán negativamente.
En votación.
-(Durante la votación):
El señor VALENTE.-
Es un mero cambio de redacción.
El señor PEREIRA.-
Hay que destruir el centralismo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la enmienda del Senado.
Se va a dar lectura a las disposiciones a que alude el artículo 154.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La ley Nº 14.996, que sustituye y aclara el artículo 303 del Código del Trabajo y dice en su artículo único: "Sustitúyese el artículo 303, del Código del Trabajo por el siguiente: "Artículo 303.- Las acciones para reclamar las prestaciones, indemnizaciones, rentas o pensiones por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, prescribirán en el término de cinco años, a contar desde la fecha del accidente o desde que se constató la enfermedad. En el caso de la silicosis, el plazo de prescripción será de quince años, contados desde que se constató la enfermedad.
"Esta prescripción no correrá contra los menores de dieciséis años".
"Artículo transitorio.- Los beneficios concedidos por la presente ley se harán extensivos a aquellos individuos afectados por incapacidad permanente total debida a enfermedad profesional, que hayan quedado al margen de los beneficios de la legislación anteriormente vigente, por prescripción de los derechos en los plazos establecidos en los artículos 299 a 303 del Código del Trabajo. Corresponderá al interesado probar que ha sido afectado por esa prescripción.
"Estas pensiones serán de un monto igual a la pensión mínima de incapacidad total y se reajustarán de acuerdo con las normas legales generales".
Es decir, se amplía el plazo, que ya había sido ampliado por otra ley anterior.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 19 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la enmienda del Senado.
En discusión la modificación del Senado que consiste en agregar un artículo 274, nuevo.
Ofrezco la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me concede un minuto, señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara a fin de conceder un minuto al señor Silva Ulloa.
No hay acuerdo.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
He concedido una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Muchas gracias, Honorable colega.
Señor Presidente, quiero dejar de manifiesto ante la Honorable Cámara que el Honorable colega Lavandero, que está dirigiendo las votaciones de los Diputados democratacristianos, incurre en errores garrafales; porque en la votación del último artículo tratado, el 154, en lo referente a los silicosis, el Honorable colega...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara a fin de que el señor Silva Ulloa pueda usar de la palabra para referirse a esta materia.
Acordado.
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, me estoy refiriendo al artículo...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En todo caso, la Mesa prefiere que Su Señoría haga uso de la palabra con la anuencia que, con todo agrado, le ha dado la Sala.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, el Honorable señor Lavandero expresaba que había otro proyecto mejor en la Comisión de Asistencia Médico-Social e Higiene de la Cámara. Pues bien, deseo señalar al Honorable Diputado que la materia de la propia ley Nº 15.477 se refiere, precisamente, a los silicosos que no disfrutan de pensión y tienen una invalidez equivalentes o superior al 50%; y que su prórroga está resuelta en las modificaciones o aclaraciones de la ley Nº
16.250, que ya fueron despachadas por el Congreso Nacional.
Por consiguiente, la ilustración de nuestro colega para intervenir en este debate y, sobre todo, para dirigir y orientar la votación de la Democracia Cristiana, no puede ser más fatal.
Nada más. Muchas gracias.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Lavandero, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de una interrupción al Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, agradezco la gentileza del Honorable señor Phillips.
No deseo entrar en una discusión personal con el Honorable señor Silva Ulloa. Pero quiero señalar que la referencia que ha hecho...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa recaba el asentimiento unánime de la Sala, a fin de permitir que Su Señoría pueda...
El señor LORCA (don Alfredo).-
Con la misma deferencia.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
...referirse a una materia extraña al debate, con la misma deferencia del caso anterior.
Acordado.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, en primer lugar, debo declarar que, si bien es cierto que he venido dirigiendo la votación en la mayoría de los artículos del proyecto, la verdad es que en el debate del artículo que ha mencionado el Honorable señor Silva Ulloa no he hecho uso de la palabra. De tal manera...
El señor SILVA ULLOA.-
¡Se opuso!
El señor LAVANDERO.-
... que las apreciaciones de Su Señoría son injustificadas. Por eso, no acepto la imputación antojadiza que Su Señoría me hizo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LAVANDERO.-
En consecuencia, por estos dos motivos- primero, porque no he hecho uso de la palabra y, segundo, porque no puedo aceptar lo que el Honorable señor Silva Ulloa ha dicho respecto a la forma cómo se ha llevado adelante la votación de este proyecto- rechazo las expresiones del Honorable Diputado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
No quiero torcer el rumbo del debate. Pero el hecho es que, al tratarse el artículo 154, que se refiere al caso de la silicosis, yo escuché al señor Lavandero cuando dijo que en la Comisión de Asistencia Médico-Social e Higiene había un proyecto aprobado sobre la materia. Yo no sé si este párrafo de su declaración, hecha "sotto voce", ha quedado en la versión taquigráfica; pero yo lo oí...
El señor LAVANDERO.-
Eso es otra cosa.
El señor SILVA ULLOA.-
En esto no hay manera de demostrar lo contrario.
En seguida, señor Presidente, tenemos lo que ha ocurrido respecto al artículo que se refería a la ANEF. En este caso, nosotros, todos los integrantes de esta Cámara, hemos dado la posibilidad para reabrir el debate a raíz de una votación manejada por el Honorable señor Lavandero.
Por lo tanto, no he incurrido en falsedad, ni he sido insolente. He señalado hechos que, naturalmente, dejan en posición desmedrada al Honorable colega.
Muchas gracias.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, es indiscutible que lo interesante era la aprobación del artículo, punto que se debía ventilar.
Es natural también que, dentro de los partidos, haya una persona que estudie más detenidamente cada artículo que se va a votar y resuelva en qué forma deben hacerlo sus correligionarios.
No veo que haya ninguna ofensa en ello. Al contrario, creo que si hay una persona encargada por una entidad política de manejar y dirigir las votaciones, es porque se trata de un hombre que conoce la materia y "se la puede". Ahora, si la forma de llevarla es mala, ya es cuestión de criterio, señor Presidente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de poder conceder la palabra al Honorable señor Lavandero.
¿Habría acuerdo?.
-Varios señores DIPUTADOS.- ¡No, señor Presidente!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
En discusión el artículo 274, nuevo, del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Acordado.
Si le parece a la Honorable Cámara se aprobará, igualmente, el cambio de ubicación del artículo 1º transitorio, que ha pasado a ser artículo 146 permanente.
Acordado.
Corresponde votar, a continuación, la modificación del inciso primero del artículo 156, que consiste en reemplazar la expresión: "actualmente", por "o hayan desempeñado".
Si le parece a la Honorable Cámara se aprobará.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
El Honorable señor Alfredo Lorca me ha pedido una interrupción, y se la concedo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede usar de la interrupción concedida el Honorable señor Lorca.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Agradezco esta posibilidad que me brinda el Honorable señor Phillips para recoger algunas palabras del Honorable señor Silva Ulloa. Quisiera decirle al Honorable colega que, cuando un Diputado nuestro dirige la votación, la medida de su éxito en ello es el resultado que tenga el proyecto de ley en debate. Naturalmente, ese resultado puede ser para el distinguido colega un "error garrafal". Pero ocurre que constituimos la mayoría y hemos ganado todas las votaciones…
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Como digo, hemos ganado todas las votaciones, incluso con el apoyo, aunque no sea crea, del Honorable señor Palestro, presente en la Sala, y de Diputados comunistas y socialistas. Eso quiere decir que estamos legislando muy bien. Así, pues, los "errores garrafales" son del Honorable señor Silva Ulloa, que no comprende que ésta es la manera de legislar, con esta mayoría parlamentaria.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
Honorable colega...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa advierte a la Honorable Cámara que quedan dos votaciones más, de manera que podemos darnos el agrado, con la venia de la Sala, de escuchar al Honorable señor Silva Ulloa.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, en respuesta a lo dicho por el Honorable colega señor Lorca, puedo observarle que en la votación de este mismo proyecto, en varias ocasiones, muchos Honorables colegas de la Democracia Cristiana han votado en contra de las instrucciones que recibieron del Honorable señor Lavandero, y son testigos de lo que digo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, como ya estamos al final del despacho del proyecto, quiero ocupar dos minutos, no más, para referirme a una publicación de prensa. Ni siquiera voy a asilarme en el derecho que me confiere el Reglamento...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Creo que habría asentimiento unánime de la Honorable Cámara para que Su Señoría se refiera a dicha publicación.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, en "La Nación" de hoy día se publica una información que dice que los Diputados socialistas habíamos pretendido obstruir el despacho de este proyecto, en su tercer trámite constitucional.
El señor CLAVEL.-
Efectivamente, "La Nación" lo dijo hoy día.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¡Honorable señor Montt! ¡Honorable señor Clavel! ¡Honorable señor Lorca, don Alfredo!
El señor SILVA ULLOA.-
Quiero levantar este cargo precisamente con el testimonio de todos los Honorables colegas que han participado en la discusión de este proyecto, sea cual fuere el punto de vista adoptado frente a sus preceptos.
La verdad es que los Diputados socialistas nos opusimos a la proposición de la Mesa sólo para disponer de una hora. Los hechos han demostrado que nuestra pretensión era muy modesta en relación con la magnitud del trabajo que hemos debido realizar. En seguida, propusimos que no se suspendiera la sesión en la noche, continuando la discusión hasta el despacho total del proyecto. ¿Qué ocurrió, señor Presidente? Que todos los Honorables colegas estimaron, a la una de la mañana de hoy, con justicia, que ya se había trabajado con exceso, que no estábamos en condiciones de analizar cuanto debíamos resolver con nuestros votos, y pidieron, como se acordó, que se suspendiera la sesión.
-Un señor DIPUTADO.- Por unanimidad.
El señor SILVA ULLOA.-
Efectivamente, lo acordamos por unanimidad.
De manera que aquí está la contestación a esa información.
Hemos dado toda clase de facilidades, hemos sido consecuentes con todos los Honorables colegas y respetamos ese deseo de que el trabajo legislativo se haga en forma racional. Esperamos que próximamente se constituya la Comisión Mixta que la Cámara y el Senado han acordado formar, para evitar que nos encontremos abocados a situaciones como las que hoy han ocurrido.
El hecho de que cierta prensa trate de presentarnos como actuando de una u otra forma nos tiene, por supuesto, sin cuidado, porque con nuestras actitudes probamos nuestra devoción por defender los intereses de los trabajadores, y que no nos importan las horas de sacrificios que debamos destinar al cumplimiento de nuestra obligación.
Nada más, y muchas gracias.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, no deseo dirigir el debate. Sin embargo, el Honorable señor Lavandero, primero, y, luego, el Honorable señor Alfredo Lorca me han solicitado interrupciones, las cuales concedo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, en relación con las palabras del Honorable señor Silva Ulloa sobre el artículo 274, que otorgaba personalidad jurídica a la Federación de Tripulantes de Chile, debo manifestar que los Diputados democratacristianos no nos oponíamos de tal atributo por la vía administrativa, pues sus representantes pueden así solicitarla y obtenerla. ¿Y por qué razón? En primer lugar, estoy seguro de que el hecho de concedérsela por ley no les va a significar a la postre absolutamente nada. Luego, existe la obligación de presentar los estatutos correspondientes a las autoridades administrativas, pues así se puede fiscalizar y comprobar que la institución persigue los mismos fines para los cuales solicita la personalidad jurídica. Es evidente que, al dársele por ley, no podrán presentar sus estatutos. Aún más. . .
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aun cuando sea tarde, la Mesa solicita el asentimiento unánime de la Sala a fin de que el Honorable señor Lavandero pueda referirse a una materia sobre la cual ya se pronuncio la Cámara.
El señor LAVANDERO.-
Ya voy a terminar, señor Presidente.
El señor ACUÑA.-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
El señor LAVANDERO.-
Por último...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Lamentablemente, Honorable Diputado, no existe acuerdo para concederle la palabra.
-Puede continuar el Honorable señor Phillips.
El señor PHILLIPS.-
El Honorable señor Lorca me solicitó una interrupción. Espero que sea la última.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Lorca.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, en cuanto a la observación del Honorable colega Ramón Silva Ulloa sobre la información de "La Nación", como Jefe de Comité, debo manifestar que ese diario representa...
-Un señor DIPUTADO.- No es ésa la materia en debate.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, ¿por qué no solicita el asentimiento de la Sala para poder aclarar este asunto?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala a fin de que el Honorable señor Lorca pueda continuar sus observaciones.
Acordado.
Puede continuar Su Señoría.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Señor Presidente, no es mi ánimo promover una polémica sobre hechos tan claros. Sin embargo, "La Nación" representa la opinión del Gobierno, el cual, para nosotros, es el Gobierno de los trabajadores del país.
-Hablan varios señores Diputados a la, vez.
El señor LORCA (don Alfredo).-
La información de ayer de "La Nación", se debe, probablemente, al hecho de que en la memoria del periodista estaba aún presente la actitud obstruccionista demostrada por los Diputados del Partido Socialista cuando se retiraron en masa de esta Honorable Cámara, durante la discusión del primer trámite constitucional de este proyecto sobre reajustes para los sectores público y privado.
El señor PALESTRO.-
Tuvimos nuestras razones.
El señor LORCA (don Alfredo).-
Seguramente el redactor de "La Nación" recordó esa actitud discutible de los Honorables colegas del Partido Socialista, de retirarse de la Sala en forma poco democrática y creyó, entonces,...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Alfredo).-
...que, cuando los parlamentarios socialistas se opusieron a que se discutiera el proyecto de ley en la sesión de ayer, estaban en esa misma política obstruccionista. No hay duda de que esta tarde han demostrado que no es así.
Pero quiero respaldar al diario "La Nación", a pesar de los gritos del Honorable señor Dueñas, a quien pocas veces oigo hablar. Creo interpretar lealmente la justicia de la información.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del Comité Independiente.
En votación la enmienda del Senado al artículo 1º transitorio que consiste en cambiar las expresiones "actualmente" por "o hayan desempeñado".
Si le parece a la Cámara se aprobará.
Acordado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el inciso final.
El señor MONTES.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la enmienda que agrega un inciso final.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 14 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobada la enmienda.
Terminada la discusión de las modificaciones del Senado.
9.-CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Cámara para dar cuenta de algunos cambios de miembros de Comisiones.
Acordado.
El señor KAEMPFE (Prosecretario).-
Han sido propuestos los siguientes cambios en las Comisiones que se van a indicar:
En la Comisión de Gobierno Interior, el del señor Fuenzalida por el señor Jerez;
en la Comisión de Hacienda, el del señor Sota por el señor Garcés;
en la Comisión de Trabajo y Legislación Social, el del señor Robles por el señor Acevedo;
y en la Comisión de Agricultura y Colonización, el de los señores Fuentealba y Urra por los señores Jarpa y Alvarado, respectivamente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se aprobarán las renuncias y los reemplazos propuestos.
Aprobados.
Solicito nuevamente el asentimiento de la Cámara a fin de considerar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado en el proyecto de ley mencionado anteriormente.
El señor ACEVEDO.-
No hay acuerdo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hay oposición.
Habiéndose cumplido el objeto de la presente sesión, se levanta.
-Se levantó la sesión a las 17 horas 10 minutos del miércoles 30.
Roberto Guerrero Guerrero, Subjefe de la Redacción de Sesiones