Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- PORTADA
- III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
- IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- V.- TEXTO DEL DEBATE
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA EXTRAORDINARIA.
Sesión 15º, en martes 9 de noviembre de 1965
(Especial: de 11 a 20.06 horas)
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES PAPIC Y VALENZUELA VALDERRAMA, DON HECTOR
SECRETARIOS, LOS SEÑORES KAEMPFE Y LARRAIN
INDICE GENERAL DE LA SESION
I.- SUMARIO DEL DEBATE
II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS
III.-ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
B., Acevedo P., Juan AguileraLuis Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Aravena C., José A. Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Barrionuevo B., Raúl Basso e., Osvaldo Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José Tomás Canales C., Gilberto Cancino T., Fernando Cantero P., Manuel Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Corvalán S., Ernesto De la Fuente C., Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fernández A., Sergio Fierro L., Fermín Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Gajardo P., Santiago Galleguillos C., Víctor Garay F., Félix Garcés F., Carlos González M., VíctorGuajardo G., Ernesto Guastavino C., Luis Hamuy B., Mario Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Iglesias e., Ernesto Irureta A., Narciso Jaque A., Duberildo Jaramillo B., Alberto Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig e., Eduardo Laemmermann M., RenatoLavandero I., Jorge Lazo e.. Carmen Lorca R., Gustavo Lorenzini G., Emilio Maluenda C., María Marambio P., Joel Marín M., Gladys Martín M., Luis Martínez C., Juan Meló P., Galvarino Millas e.. Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montt M., Julio RIosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Palestro R., Mario Papic U., Luis Penna M., Marino Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Retamal C., Blanca
Rioseco V., Manuel Robles R., Hugo Rodríguez H., Manuel Rosales G., Carlos Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Stark T., Pedro
El Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo; el Secretario Jefe de Comisiones, señor Larraín Errázuriz, don José Luis, y los Ministros de Hacienda, Trabajo y Previsión Social y Minería, señores Sergio Molina, William Thayer y Eduardo Simián, respectivamente.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposición de los señores Diputados.
CUENTA
Se dio cuenta de:
19-Un Mensaje con el cual S. E. el Presidente de la República somete a consideración del Congreso Nacional, para ser tratado en la actual legislatura extraordinaria de sesiones con el carácter de urgente, un proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para modificar el régimen especial del departamento de Arica establecido en diversas disposiciones legales.
-Quedó en tabla para los efectos de calificar la i/rgencia solicitada. Posterior- mentfí, calificada ésta de "simple", se mandó a ¡a Comisión de Economía y Comercio y a ¡a de Hacienda para los efectos de lo dispnesto en los artículos 61 y 62 del Reglamento.
El señor Papic (Presidente en ejerci-cío) declaró calificada de "simple" la urgencia hecha presente por S. E. el Presidente de la Repíiblica para el despacho del proyecto de ley que modifica el régimen especial establecido para el departamento de Arica en diversas disposiciones legales.
ORDEN DEL DIA
En conformidad al acuerdo adoptado por la Corporación, correspondía continuar ocupándose del proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que faculta al Presidente dé la República para fijar las normas por Jas cuales se regirá el Departamento del Cobre, establecer un Estatuto de Inversiones Mineras y dictar normas sobre sociedades mineras mixtas.
Artículo 22-B
Se encontraba pendiente la discusión y votación del artículo 22-B, propuesto por el Honorable Senado al texto de la ley Nº 11.828.
En esta oportunidad usaron de la palabra los señores Clavel, Meló, Olivares, Monares, Thayer (Ministro del Trabajo y Previsión Social), y Rosales.
El señor Papic {Presidente en ejercicio) suspendió la sesión.
Reanudada la sesión continuó la discusión y usaron de la palabra los señores Phillips, Monares, Argandoña, Olivares, Clavel, Thayer (Ministro del Trabajo y Previsión Social).
Cerrado el debate y puesto en votación el artículo 22-B resultó rechazado por 57 votos contra 48.
Artículo 22-C
Puesto en discusión usó de la palabra el señor Galleguillos Clett.
Cerrado el debate y puesto en votación resultó rechazado por 59 votos contra 36.
Artículo 22-D
Durante la discusión de esta disposición usaron de la palabra los señores Clavel, Phillips, Olivares y Monares.
Cerrado el debate por 59 votos contra 46 se rechazó la enmienda.
Artículo 22-E
Sin debate por 62 votos contra 39 resultó rechazada la modificación.
Artículo 37
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Molina (Ministro de Hacienda) y Phillips.
Cerrado el debate, resultó aprobado por unanimidad.
Artículo 27-A
Sin debate, se aprobó por unanimidad.
Artículo 27-B
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Guajardo, Rodríguez Huenumán, Poblete y Clavel.
Se solicitó petición de votación nominal respecto de este articulo, la que se aprobó por unanimidad.
Cerrado el debate y pliesto en votación nominal, fundaron el voto los señores Cademártori, Corvalán, Gajardo, Galleguillos, Muga, Robles y Camus.
Practicada la votación resultó aprobado el artículo por la unanimidad de 94 votos y 1 abstención.
Votaron por la afirmativa los señores: Acevedo, Aguilera, don Luis; Agurto, Allende, doña Laura; Ansieta, Aravena, don Andrés; Argandoña, Astorga, Aylwin, Barrionuevo, Cabello, Cademártori, Camus, Canales, Cancino, Cardemil, Carvajal, Castilla, Cerda, don Carlos; Cerda, don Eduardo; Clavel, Corvalán, De la Jara, Demarchi, Dip, Doña Juana; Due ñas, Enríquez, doña Inés; Escorza, Fernández, Fuentealba, Fuentes, don César Raúl; Gajardo, Galleguillos, Garay, Garcés, González, Guajardo, Hamuy, Hurtado, don Rubén; Hurtado, don Patricio; Iglesias, Jaque, Jaramillo, Jarpa, Jerez, Koenig, Laemmermann, Lavandero, Lazo, doña Carmen; Lorenzini, Marambio, Marín, doña Gladys; Martin, Martínez, Meló, Millas, Monares, Monckeberg, Montt, Mosquera, Muga, Olivares, Palestro, Papic, Penna, Phillips, Poblete, Pontigo, Retamal, doña Blanca; Robles, Rodríguez, don Manuel; Rosales, Ruiz-Esquide, Saavedra, doña Wilna; Sanhueza, Santibáñez, Sbarbaro, Silva, don Julio; Sívori, Sota, Stark, Tejeda, Téllez, Torres, Valdés, don Arturo; Valdés don -Manuel; Valente, Valenzuela, don Renato; Valenzuela, don Ricardo; Valenzuela, don Héctor, Werner, Zepeda y Zorrilla.
Se abstuvo de votar el señor Aravena, don Jorge.
El señor Papic (Presidente en ejercicio) dio cuenta a la Sala que el Comité Comunista retiró la reclamación deducida contra la conducta de la Mesa.
El señor Presidente en ejercicio, en uso de sus facultades reglamentarias, suspendió la sesión por 15 minutos.
Artículo 27-C
Reanudada la sesión correspondió entrar a considerar el artículo 27-C.
Puesto en discusión ningún señor Diputado usó de la palabra.
Se había solicitado división de votación.
Por unanimidad se aprobó el encabezamiento y el Ni 1 y 2 en votaciones sucesivas.
m 3
Por 45 votos contra 2 resultó aprobado.
Nº 4
Por asentimiento unánime resultó aprobado.
m 5
Puesto en votación se aprobó por 58 votos contra 19.
N"s. 6 y 7
En votaciones sucesivas se aprobaron por unanimidad.
Nº 8
Puesto en votación se aprobó por 49 votos contra 19.
Por unanimidad se aprobó el resto del artículo 27-C.
Artículo 27-D
Sin debate se aprobó por unanimidad.
Artículos 27-E y 27-F
Sin debate, en sucesivas votaciones se aprobaron por asentimiento unánime.
Artículo 27-G
Puesto en votación, usaron de la palabra los señores Monares, Phillips, Valenzuela don Ricardo y Olivares.
A proposición del señor Valenzuela, don Ricardo, por asentimiento unánime, se acordó dirigir oficio, en nombre de la Corporación, a S. E. el Presidente de la República, con el objeto de transmitirle las congratulaciones de esta Corporación con motivo de haber incorporado en el proyecto de ley en debate el "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins", que propendrá al desarrollo de las provincias de O'Higgins y Colchagua.
Cerrado el debate respecto del artículo 27-G y puesto en votación,' resultó aprobado por unanimidad.
Artículos 27-H, I, J, L, M, N y O
Sin debate, en votaciones sucesivas resultaron aprobados por unanimidad cada uno de estos artículos.
Artículo 27-P
Puesto en discusión usó de la palabra el señor Phillips.
Cerrado el debate y puesto en votación resultó aprobado por unanimidad.
Artículo 27-Q y R
En sucesivas votaciones, sin debate, por unanimidad, se aprobaron estos artículos.
Artículo 28
Puesto en discusión usó de la palabra el señor Molina (Ministro de Hacienda).
Cerrado el debate y puesto en votación, se aprobó por unanimidad.
1
Artículo 30
Por unanimidad, sin debate, se aprobó este artículo.
Artículo 30-A
Puesto en discusión, usó de la palabra el señor Lavandero, quien solicitó división de votación.
Puesto en votación el inciso primero resultó aprobado por unanimidad.
Puesto en votación el inciso segundo resultó rechazado por 62 votos contra 27.
Artículo 33
Puesto en votación usó de la palabra el señor Lavandero.
Cerrado el debate y puesto en votación resultó aprobado con el voto en contra del señor Zepeda.
Artículo 33-A
Sin debate puesto en votación resultó rechazado por 63 votos contra 33.
Artículo 37-bis
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Clavel, Molina (Ministro de Hacienda), Lavandero y Zepedºa.
Cerrado el debate, por asentimiento unánime resultó aprobado.
Artículo transitorio nuevo Nº 3
Sin debate por 58 votos contra 36 resultó rechazado el artículo 3º nuevo transitorio que se propone a la ley Nº 11.828.
Artículo 3º (que pasa a ser 2?)
El señor Papic (Presidente en ejercicio) hizo presente a la Sala que la Mesa estimaba que en el artículo 29 propuesto por el Senado, en reemplazo del 3'? de la Cámara, las ideas contenidas en los dos primeros incisos del texto de esta Corporación, corresponden a la idea contenida en el inciso primero del Senado; y que la Mesa estimaba que la idea contenida en la letra b) de la Cámara no está contemplada en el texto del Senado y que ello implica una supresión de dicha letra, cuya enmienda se pondría en votación.
Por no existir acuerdo sobre esta materia, la Mesa planteó la cuestión reglamentaria a la resolución de la Sala en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento.
Puesta en discusión la cuestión usó de la para para impugnar la tesis de la Mesa el señor Rioseco y usaron de la palabra para apoyarla los señores Millas y Lavandero.
Cerrado el debate y puesta en votación la consulta, por 70 votos contra 13 se aprobó la proposición de la Mesa en orden a estimar que procedió votar separadamente la supresión de la letra b).
Puesto en discusión el artículo 3" usaron de la palabra los señores Lavandero, Valente, Simián (Ministro de Minería), Thayer (Ministro de Trabajo y Previsión Social), Argandoña y Lazo, doña Carmen.
A proposición del señor Valente, por asentimiento unánime, se acordó transmitir, en .nombre de la Corporación, las observaciones formuladas por Su Señoría al Contralor General de la República y al señor Ministro de Justicia, con el objeto de que se sirvan investigar las denuncias formuladas relacionadas con la apropiación de pertenencias mineras por parte de la Anaconda Copper Company.
Cerrado el debate, por la unanimidad de 59 votos se aprobó el inciso primero del Senado.
Por la unanimidad de 58 votos se aprobó el inciso segundo.
Por la misma votación se aprobó el inciso tercero.
Por la unanimidad de 58 votos se aprobaron los Nºs. 1, 2 y 3.
Por unanimidad se aprobaron los incisos cuarto y quinto.
Por 60 votos contra 14 se aprobó el inciso sexto.
Por la unanimidad de 58 votos se aprobó la letra a).
Por 59 votos contra 6 se aprobó la letra b) del Senado.
Por la unanimidad de 59 se rechazó la supresión de la letra b).
Por unanimidad se aprobó la letra c) del Senado.
Por la unanimidad de 58 votos se aprobó la letra d).
Letras e) y f)
Por unanimidad, en votaciones sucesivas, resultaron aprobadas.
Letra g)
Puesta en votación resultó rechazada por la unanimidad de 58 votos.
Letras h) e i)
Puestas en votaciones sucesivas se apro- bai'on por unanimidad.
Letra j)
Por 59 votos contra 21 se aprobó el inciso primero.
Por 61 votos contra 32 se rechazó el inciso segundo.
Sin debate, por 55 votos contra 36 se rechazó el artículo 3 ? nuevo del proyecto propuesto por el Senado.
Artículo 4º
Puesto en votación se aprobó por la unanimidad de 53 "ºotos con la abstención de los señores Diputados del Comité Comunista.
Artículo 59
Sin debate resultó aprobado por unanimidad.
Artículo 69
Sin debate, puesto en votación resultó aprobado por la unanimidad de 55 votos.
Artículo 79
Sin debate, por la unanimidad de 56 votos resultó aprobado.
Artículo 8°
Sin debate, por la unanimidad de 56 votos resultó aprobado.
Artículo 9°
Puesto en votación resultó aprobado por la unanimidad de 57 votos.
Artículos 10, 11, 12 y 13
A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó votarlo en conjunto.
Puestos en votación conjunta resultaron aprobados por unanimidad, con la abstención de los Comités Radical, Comunista, Socialista e Independiente.
Artículo 15
Puesto en votación, por 56 votos contra 17 resultó aprobado.
Artículo 5°
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Zepeda, Poblete, Valdés Phillips, Simián (Ministro de Minería), Pontigo, Barrionuevo, Thayer (Ministro de Trabajo y Previsión Social), Lazo, doña Carmen, Penna y Garay.
Cerrado el debate y puesto en votación resultó rechazado por 51 votos contra 31.
Artículo 69
Puesto en discusión usó de la palabra el señor Lavandero.
Cerrado el debate y puesto en votación el encabezamiento, se aprobó por unanimidad.
Letra a)
Puesto en votación se aprobó por asentimiento unánime.
Letra b)
Por 52 votos contra 29 resultó rechazada.
Letra c)
Se pidió división de la votación de la frase "intereses y dividendos".
Puesto en votación sin la frase se aprobó por unanimidad.
Por 53 votos contra 28 se rechazó la inclusión de la frase.
Letra d)
Por unanimidad resultó aprobada.
Letra e)
Por 55 votos contra 20 se rechazó el primer inciso.
Por asentimiento unánime se aprobó el inciso final.
Artículos 79, 89, 9?, 10, 11 y 12
Por unanimidad, sin debate, en sucesivas votaciones se aprobaron las enmiendas a estos artículos.
Sin debate se aprobó el artículo 17 nuevo propuesto por el Senado.
Artículo 13 (pasa a ser 18)
Puesto en votación se aprobó sin debate, por unanimidad.
Artículo 21
Puesto en votación resultó aprobado por unanimidad.
ARTICULOS NUEVOS Artículo 22
Puesto en votación usó de la palabra el
señor Simián (Ministro de Minería) .
Cerrado el debate, por 77 votos contra 6 resultó rechazado.
Artículo 23
Sin debate, por 54 votos contra 28 resultó rechazado.
Artículo 24
Por 55 votos contra 29 se rechazó el artículo.
Artículo 25
Sin debate, por 55 votos contra 28 resultó rechazado el artículo.
Artfculo 26
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Valente, Poblete, Lavandero, Thayer (Ministro de Trabajo y Previsión Social), Lazo, doña Carmen, Barrionuevo y Galleguillos.
Cerrado el debate, por 51 votos contra 27 resultó rechazado el artículo.
Artículo 27
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Monares, Olivares, Clavel, Lavandero y Rosales.
Cerrado el debate y puesto en votación resultó aprobado por unanimidad.
Artículo 28
Durante la discusión de este artículo usaron de la palabra los señores Thayer (Ministro de Trabajo y Previsión Social), Galleguillos, Clavel, Monares, Olivares y Naudon.
Cerrado el debate y puesto en votación el encabezamiento, resultó rechazado por 47 votos contra 26.
Por 53 votos contra 26 resultó rechazado el Nº 1.
Puesto en votación el N"? 2 se rechazó por 53 votos contra 27.
Por 53 votos contra 25 se rechazó el Ni» 3.
Artículo 29
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Robles, Clavel, Lavandero, Thayer (Ministro de Trabajo y Previsión Social), Lazo, doña Carmen, Phillips, Olivares, Galleguillos, Garay.
Cerrado el debate, por 51 votos contra 27 resultó rechazado el artículo 29.
Artículo 30
Puesto en votación usaron de la palabra los señores Phillips, Monares, Clavel y Olivares.
Se solicitó división de votación de la frase final del inciso primero "Las construcciones deben estar terminadas en el plazo de dos años".
Puesto en votación el inciso primero, con exclusión de la frase, resultó aprobado por la unanimidad de 70 votos.
Por 51 votos cantra 25 se rechazó la inclusión de la frase.
Por unanimidad se aprobó el inciso segundo.
Artículo 1º
Por 51 votos contra 26, sin debate, se rechazó el artículo.
Artículos transitorios
Artículo 19
Puesto en discusión usó de la palabra el señor Valente.
Cerrado el debate y puesto en votación, resultó rechazado por la unanimidad de 50 votos.
Artículo 2'?
Puesto en discusión usaron de la pala bra los señores Monares, Olivares, Clavel, Valenzuela Valderrama, Thayer (Ministro de Trabajo y Previsión Social) y Phillips.
La señora Lazo, doña Carmen, apoyada por el Comité Socialista reclamó contra la conducta de la Mesa en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento.
Cerrado el debate y puesto en votación el artículo resultó aprobado por unanimidad.
Artículos 4'? y 5 ?
Sin debate, por unanimidad se aprobaron estos artículos.
Artículo 69
Puesto en discusión usó de la palabra el señor Simián (Ministro de Minería).
Cerrado el debate y puesto en votación resultó rechazado el artículo por 48 votos contra 23.
Artículo 7'?
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Simián (Ministro de Minería), Clavel y Valenzuela Valderrama.
Cei'rado el debate, por 49 votos contra 23 se rechazó el artículo.
Artículo 89
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores Simián (Ministro de Minería), Phillips, Galleguillos Clett, Lavandero y Allende, doña Laura.
Cerrado el debate, por 50 votos contra 23 resultó rechazado el artículo.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su tercer trámite constitucional y se mandaron comunicar al Senado los acuerdos respectivos.
Durante la sesión ej señor Papic (Presidente en ejercicio) aplicó las siguientes medidas disciplinarias: llamado al orden a los señores Meló, Guajardo, Fierro, Cademártori, Phillips, Monares, Gajardo; de "llamado al orden" y "amonestación" a los señores Pontigo, Rosales, Penna, Muga y Valente (3 amonestaciones), y de "llamado al orden", "amonestación" y "censura" a los señores Lavandero (3 amonestaciones y censura 1) ; Monares, Tuma, Olivares, Galleguillos (amonestaciones 5) (censuras 2) ; Acevedo (3 amonestaciones) y (1 censura); Clavel (3 amonestaciones) y (2 censuras) ; Videla (2 amonestaciones) y (1 censura) ; Lorenzini (2 amonestaciones) y (1 censura) ; Palestro (10 llamados al orden), (6 amonestaciones), (6 censuras).
Por haber llegado la hora de término de' la sesión, que se encontraba prorrogada en virtud de los acuerdos adoptados, se levantó ella a las O y 43 minutos del día sábado 23 de octubre de 1965.
Sesión 10º, Extraordinaria, en martes 26 de octubre de 1965. Presidencia de los señores Papic, Phillips y Hurtado, don Patricio. Se abrió a las 16 horas 15 minutos, y asistieron los señores:
Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Correa de Lyon, Silvia Daiber E., Alberto De la Fuente C., Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Gajardo P., Santiago
Pareto G., Luis Penna M., Marino Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Ramírez V., Gustavo Retamal C,, Blanca Robles R., Hugo Rodríguez H., Manuel Rodríguez N., Juan Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sota E., Vicente Tejeda O., Luis Téllez S., Héctor Torres P., Mario Turna M., Juan Urra V., Pedro Valdés Ph., Arturo Valdés S., Manuel Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Videla R., Pedro Werner I., Rodolfo Zepeda C., Hugo Zorrilla C., Enrique
El Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo; el Secretario Jefe de Comisiones, señor Larraín Errázuriz, don José Luis, y el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Gabriel Valdés,
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
Las actas de las sesiones 4® y 6®, extraordinarias, celebradas en martes 19 y miércoles 20 del presente, de 16 a 19.15 horas, quedaron a disposición de los señores Diputados.
CUENTA
Se dio cuenta de:
19-Siete oficios de S. E. el Presidente de la República:
Con el primero, formula observaciones al proyecto de ley que otorga la calidad de empleados a las personas que se desempeñan profesionalmente como mecánicos.
Con los tres siguientes retira las observaciones formuladas a los proyectos de ley despachados por el Congreso Nacional que benefician a las personas que se indican: Jorge Téllez Gómez;
José Santos Roa, y Amalia Huerta Santander.
Con el quinto solicita permiso constitucional para que el señor Ministro de Relaciones Exteriores pueda ausentarse del país, a partir del 28 del mes en curso, para acompañar a S. E. el Presidente de la República en su visita a Mendoza y presidir la delegación de Chile a la Conferencia de Ministros de Relaciones Exteriores que se efectuará en Montevideo, el 3 de noviembre próximo.
-Quedaron en tabla.
Con los dos últimos, incluye en la actual legislatura extraordinaria de sesiones los siguientes proyectos de ley;
El que autoriza a las Municipalidades de Valparaíso y Viña del Mar para contratar empréstitos con el Banco Inter- americano de Desarrollo, con el objeto de realizar un plan de saneamiento de los barrios altos de dichos comunas;
El que autoriza a la Municipalidad de Quintero para contratar empréstitos;
El que concede igual autorización a las Municipalidades de Quilpué, Limache, Villa Alemana, Quillota, Algarrobo, El Quis- co, Llay-Llay y Quintero, y
El que dispone que los dineros provenientes de premios no cobrados por concepto de apuestas mutuas en los hipódromos del país, se invertirán en la construcción de locales escolares en la provincia de Curicó.
-Se mandaroíi tener presente y agregar a los antecedentes de los proyectos respectivos.
29-Tres oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
Del señor Castilla, relativo a diversas irregularidades que se habrían producido en la Oficina de Correos y Telégrafos de Linares;
Del señor Millas, respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la Compañía Chilena de Electricidad, y
De la señorita Paluz y del señor Alvarado, acerca del traslado del Retén Lla- fenco, de la provincia de Cautín.
3"?-Un ofico del señor Ministro de Hacienda, con el que se refiere al que se le dirigió, en nombre del señor Ochagavía, relacionadcjºcon la prórroga del plazo para reclamar de los avalúos fijados a los bienes raíces.
49-Seis oficios del señor Ministro de Agricultra, con los que da respuesta a los que se remitieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, sobre las materias que se señalan:
Del señor Fierro, relativo a la labor que cumple el Instituto de Desarrollo Agropecuario ;
Del señor Morales, don Raúl, respecto de la condonación de las deudas de los pequeños agricultores de Ayacara con el Instituto de Desarrollo Agropecuario;
Del señor Ochagavía, acerca de la celebración de la exposición agrícola de An- cud;
Del señor Valente, relacionado con la concesión de créditos a los colonos de la Corporación de la Reforma Agraria de Arica;
De los señores Rosselot y Sívori, referente a las pérdidas sufridas por los pequeños agricultores acogidos a los beneficios del Instituto de Desarrollo Agropecuario, y
De los señores Fuentealba y Valdés, don Arturo, sobre entrega de semillas a las comunidades agrícolas de Coquimbo.
59-Seis oficios del señor Ministrodel Trabajo y Previsión Social;
Con el primero se refiere al que se le envió, en nombre de la Cámara, relacionado con la designación de un Inspector del Trabajo en las localidades de Illapel, Andacollo, Vicuña y Combarbalá.
Con los cinco restantes contesta los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, sobre las materias que se indican:
Del señor Cantero, relativo a los saldos de precios por la venta de los inmuebles que pertenecían a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional;
Del señor Olave, respecto del despido de trabajadores en la provincia de Valdivia ;
Del señor Silva, don Ramón, acerca del cumplimiento de la ley 6.242 que otorgó la calidad de empleados a los choferes, en relación con los que se desempeñan como tales para la Chile Exploration Company, de Chuquicamata;
Del señor Valente, relacionado con el cumplimiento de las leyes sociales y pre- visionales por parte de las firmas Nizan Motor Co. y Salitrera Victoria, y
De los señores Jarpa, Cerda, don Car- Ios; Rodríguez, don Juan; y señora Retamal, sobre jubilación de determinados obreros de la provincia de Ñuble.
69-Dos oficios del señor Ministro de Minería:
Con el primero se refiere al que se le remtió, en nombre de la Cámara, respecto de la importación y distribución de azufre en el país.
Con el segundo da respuesta al que se le envió, en nombre de los señores Aguilera, don Luis; Laemmermann, Valdés, don Arturo, y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Socialista, acerca de los programas de ese Ministerio para el fomento minero de los departamentos de Andacollo e Illapel.
79-Dos oficios del señor Contralor General de la República, con los que se refiere a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, sobre las materias que se indican :
Del señor Camus, relativo a los problemas que existirían entre la Dirección y algunos profesores del Liceo Fiscal de Quirihue, provincia de Ñuble, y
Del señor Castilla, respecto de la designación de un Inspector de Servicio para que investigue la responsabilidad que podría afectar a funcionarios del Hospital de Parral, con motivo de haberse producido algunos casos de triquinosis en la zona.
-Quedaron a disposicióíi de los señores Diputados.
8°-Un informe de la Comisión de Gobierno Interior, recaído en el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, que otorga diversos beneficios a los empleados y obreros que se desempeñaban en la con- cesión del Servicio de Aseo entregada por la Municipalidad de Providencia.
99-Un informe de la Comisión de Trabajo y Legislación Social, recaído en el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "simple", que deroga el artículo 20 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 15.386, que otorgó a los empleados el derecho a solicitar la liquidación y pago del desahucio, no obstante permanecer en actividad, si han cumplido los requisitos para obtener pensión con sueldo base íntegro.
10.- Una presentación con la cual doña Irma Estay Araya solicita la devolución de los antecedentes acompañados al proyecto de ley que la beneficia.
-Quedaron en tabla.
-Durante el curso de la sesión se dio cuenta de un oficio del Senado con el que se remite un p7~o¡jecto de acuerdo que autoriza al Presidente de la República para ausentarse del país, por el término de cuatro días, a partii- del 28 del actual.
RETIRO DE OBSERVACIONES.
A proposición del señor Phillips (Presidente Accidental), por asentimiento tácito, se acordó acceder a la petición formulada por S. E. el Presidente de la República, en orden a retirar las observaciones formuladas a los proyectos de leyes aprobados por el Congreso Nacional, que conceden beneficios a las siguientes personas:
Don José Pantoja Roa;
Doña Amalia Huerta Santader, y
Don Jorge Téllez Gómez.
A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó acceder a la petición formulada por doña Irma Estay Araya en orden a devolverle los antecedentes acompañados a un proyecto de ley que le concede beneficios. º
Por asentimiento unánime, a proposición del señor Phillips (Presidente Accidental) se acordó considerar la solicitud de permiso constitucional para ausentarse del país formulada por el señor Valdés Subercaseaux (Ministro de Relaciones Exteriores) y concede 20 minutos a cada Comité, a continuación del proyecto sobre liberación de derechos de internación de chasis para la locomoción colectiva particular.
RECLAMACION DE LA CONDUCTA DE LA MESA
Puesta en discusión, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento, usó de la palabra para apoyar la reclamación el señor Olivares y para defender la conducta de la Mesa, el señor Valenzuela Valderrama.
Cerrado el debate y puesta en votación por 54 votos contra 43 resultó rechazada la reclamación.
El señor Phillips (Presidente Accidental) aplicó las siguientes medidas disciplinarias : "de llamado al orden" al señor 'Mosquera y de "llamado al orden" y "amonestación" a los señores Hurtado Pereira, Palestro y Dueñas (2 amonestaciones).
ORDEN DEL DIA.
En primer lugar del Orden del Día correspondió entrar a considerar el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, informado por la Comisión de Hacienda, que concede franquicias aduaneras a la internación de chasis destinados a los servicios de locomoción colectiva particular.
Puesto en discusión general, usaron de la palabra los señores Sota (Diputado Informante) y Valente y por la vía de la interrupción, los señores Basso, señora Lazo, doña Carmen; Videla, Clavel, Enríquez, doña Inés; Fuentealba, Videla, Palestro, De la Fuente, Cademártori, Pontigo y Aguilera.
Por haber llegado la hora de término del Orden del Día quedó pendiente el despacho del proyecto.
CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES.
Con la venia de la Sala se dio cuenta de los siguientes cambios de miembros de Comisiones, los que puestos en votación, resultaron aprobados por unanimidad.
Agricultura y Colonización.
Se aceptó la renuncia del señor Ibáñez y se designó, en su reemplazo, al señor Jarpa.
Especial de la Vivienda.
Se aceptó la renuncia del señor Fuentealba y se designó, en su reemplazo, al señor Martínez Camps.
Especial Plan Camelot.
Se aceptó la renuncia del señor Laem- mermman y se designó, en su reemplazo, al señor Martínez Camps.
Asistencia Médico-Social e Higiene.
Se aceptó la renuncia de la señorita Paluz y se designó, en su reemplazo, al señor Werner.
En conformidad al acuerdo adoptado se entró a considerar el permiso constitucional solicitado por el señor Valdés Súber caseaux (Ministro da Relaciones Exteriores) para ausentarse del país.
Por asentimiento unánime, se acordó incorporar a la Cuenta de la presente sesión y tratar y despachar en las mismas condiciones el Proyecto de Acuerdo remitido por el Honorable Senado, que autoriza a S. E. el Presidente de la República para ausentarse .del país.
Puestos en discusión los permisos, usaron de la palabra los señores: Valdés (Ministro de Relaciones Exteriores), Hurtado Pereira, Zepeda, Martínez Camps, Aravena, don Jorge, Palestro y Godoy TJrrutiá.
Cerrado el debate por 65 votos contra 5 se aprobó el permiso constitucional solicitado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores.
Por 73 votos contra 2 se aprobó el proyecto de acuerdo remitido por el Honorable Senado que autoriza a S. E. el Presidente de la República para ausentarse del país.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto de acuerdo en el Congreso Nacional y en conformidad a los acuerdos adoptados se mandó comunicar al Senado, redactado en los términos siguientes:
Proyecto de acuerdo:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para salir del territorio nacional por un plazo de cuatro días a contar del 28 de octubre de 1965".
El señor Papic (Presidente en ejerci- cicio) aplicó las medidas disciplinarias de "llamado al orden" y "amonestación" al señor Hurtado Pereira.
CAMBIO DE MIEMBRO DE COMISION.
Por asentimiento unánime se acordó dar Cuenta de inmediato del siguiente cambio de miembro de Comisión, que puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad:
Trabajo y Legislación Social.
Se aceptó la reuncia del señor Robles y se designó, en su reemplazo, al señor Acevedo.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), pasó a presidir la sesión en el carácter de accidental el señor Hurtado Pereira.
INCIDENTES.
El primer turno correspondió al Comité Demócrata Cristiano.
El señor Cerda, don Eduardo, usó de la palabra para referirse a la urgente necesidad de proceder a la construcción de obras de defensa para evitar el desborde de los ríos Aconcagua y Putaendo de la provincia de Aconcagua, los que constituyen un peligro para la población.
Su Señoría solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se activen las obras de defensas de las poblaciones cercanas al río en Los Andes, en Curimón, en la localidad de "Quebrada Herrera", que se encuentran amenazadas por las crecidas del río Putaando y, asimismo, las obras de defensa del puente colgante que une Putaendo con la localidad de Cra- nallas.
En seguida, el señor Diputado se refirió a diversos problemas de carácter local que afectan a la provincia de Aconcagua.
Durante su intervención el señor Cerda, don Eduardo, solicitó que se dirigieran los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se destine un bulldo-º zer en forma permanente para trabajar en dos o tres turnos en la zona de Putaendo con el objeto de acelerar los trabajos para evitar las inundaciones en la localidad, por el aumento de caudal del río Putaendo y del Río Aconcagua, que se produce en los meses de noviembre y diciembre.
Al mismo señor Ministro de Estado, en nombre de la Corporación, con el objeto de que se proceda a la construcción de un puente colgante sobre el río Putaendo en el badén de Punta del Olivo.
Por unanimidad, así se acordó.
En seguida, usó de la palabra el señor Cardemil, quien también se refirió a la necesidad de acelerar las obras de ejécu- ción de las defensas en los sectores próximos al río Aconcagua para evitar los daños que podrán ocasionar las crecidas.
Luego, el señor Eduardo Cerda volvió a usar de la palabra para referirse a la conveniencia de proceder a la erradicación de los habitantes de las poblaciones "David García" y "Hermanos Clark", ubicadas en la ciudad de Los Andes, ya que se encuentran en un sector que puede ser inundado por las aguas.
El señor Diputado solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto dé que la Fundación de Viviendas y Asistencia Social y la Corpoi'ación de la Vivienda procedan a adquirir los terrenos necesarios para la erradicación y traslado de los habitantes de las poblaciones referidas.
El señor Diputado se refirió, en seguida al próximo aniversario de la Batalla de Papudo e hizo presente la necesidad de proceder a la ejecución de un plan de obras públicas y adelanto comunal en favor de esa localidad.
El señor Diputado solicitó que se enviaran, en su nombre, los siguientes oficios :
Al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que con ocasión al próximo aniversario de la Batalla Naval de Papudo se proceda a la terminación de las obras de agua potable de las poblaciones Papudo e Yrarrázaval, de esa comuna, y, asimismo,- que se llame a propuestas públicas para la rectificación y ensanche del camino que une Papudo con Zapallár.
Al señor Ministro del Interior con el objeto de que se aceleren los trabajos de instalación de luz eléctrica en la comuna de Papudo.
El señor Eduardo Cerda destacó también la necesidad de dotar de agua potable a la población ubicada en el Cerro Municipal de La Ligua.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas para que la Dirección de Obras Sanitarias dé pronto término a los trabajos de captación de aguas en la localidad de La Ligua para abastecer de dicho elemento a una población de más de 300 familias, ubicada en el Cerro Municipal.
Solicitó, también el señor Cerda, don Eduardo, que se oficiara al señor Ministro de Obras Públicas, en su nombre, para que se proceda a la pavimentación del camino de La Ligua a Cabildo que prestará grandes servicios a la provincia para el transporte de productos agrícolas y minerales del departamento de Petorca hasta la Fundición de Las Ventanas.
Finalmente, el señor Cerda solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que sa sirva disponer la construcción de un puente para peatones sobre el badén del río La Ligua, en la salida de Cabildo a Petorca.
A continuación, el señor Valenzuela Valderrama se refirió al estado en que se encuentra el local en que funciona la Escuela Primaria de Niñas Nº 145, en calle Manuel Rodríguez 932 de esta ciudad, en el cual se están efectuando algunas reparaciones a un ritmo demasiado lento.
El señor Diputado solicitó que se dirigieran oficios, en su nombre, a lo que adhirió la señora Lazo, doña Carmen, a los señores Ministros de Educación Pública y de Obras Públicas con el objeto de que se sirvan arbitrar las medidas necesarias para que se acelere la ejecución de las obras de reparación de la escuela referida.
El turno siguiente correspondió al Comité Radical. El señor Jaque usó de la palabra para referirse a la urgencia existente en reconstruir los locales destinados a las Escuelas N'ºs 1 y 3 de la ciudad de Concepción.
El señor Diputado solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Meló y la señora Carmen Lazo, al señor Ministro de Educación Pública con el objeto de que se sirva dar preferencia a la construcción de los locales referidos y, asimismo, informar a esta Corporación acerca de las medidas que se adoptarán para la solución de este problema.
En seguida el señor Jaque denunció la circunstancia de que al Cuerpo de Bomberos de Concepción no se le estaría pagando la subvención que le corresponde por el primer semestre del año en curso en virtud de lo dispuesto en la ley N'º' 12.027 y el Decreto con Fuerza de Ley Nº 251.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Meló, Agurto y la señora Lazo, doña Carmen, al señor Ministro de Hacienda con el objeto de que se sirva dar instrucciones al señor Tesorero General de la República a fin de que haga los giros necesarios para pagar la subvención que le corresponde por el primer semestre de 1965 al Cuerpo de Bomberos de Concepción.
Destacó el señor Jaque, a continuación, que en la localidad de San Rosendo, provincia de Concepción existe escasez de agua potable, que impide a los Cuerpos de Bomberos intervenir para apagar incendios y por este motivo en un siniestro recientemente acaecido se destruyó una manzana completa de casas.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, a lo que adhirieron los señores Meló, Agurto y Jerez, con el objeto de que con cargo a los recursos que se consultarán en el Presupuesto del año próximo llame a propuestas por intermedio del Departamento de Coinstrucciones de la Dirección de Obras Sanitarias para que a la brevedad posible se hagan los sonda- jes y habilitación de los pozos necesarios para el mejoramiento del servicio de agua potable de San Rosendo.
En seguida, el señor Fuentealba se refirió a la actuación de la policía civil de Ovalle que habría procedido a encuestar en sus hogares a numerosos jóvenes que concurrían a una Convención Nacional del Partido Radical que se efectuará próximamente en la ciudad de Viña del Mar.
El señor Fuentealba se refirió, en seguida, a los efectos y consecuencias de las crecidas de los ríos en la provincia de Coquimbo.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se proceda a efectuar los trabajos para facilitar el acceso hacia el camino real en la provincia de Coquimbo, con el objeto de evitar el aislamiento de los agricultores de la zona a consecuencia de las crecidas de los ríos Limarí, Choapa, Elqui e Illapel.
El turno siguiente correspondió al Comité Comunista. El señor Millas usó de la palabra para referirse a las medidas que habría adoptado la Dirección General de Carabineros en orden a limitar el acceso a los periodistas a las fuentes de informaciones.
El señor Millas solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, a lo que adhirió el Comité Socialista, al señor Ministro del Interior con el objeto de que se sirva informar a esta Corporación al tenor de las peticiones formuladas en ellas.
En seguida, la señora Maluenda, doña María se refirió a los recientes sucesos acaecidos en Santo Domingo y la intervención que habrían tenido las fuerzas armadas de los Estados Unidos de Norteamérica contra la población civil dominicana.
La señora Diputada solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirieron el señor Jaque, la señora Dip, doña Juana y los señores Aravena, don Andrés y el Comité Comunista, para que, con la urgencia que las circunstancias lo exigen, el Gobierno de Chile levante su voz, en representación del pueblo chileno, para defender el derecho del pueblo dominicano de darse su propio destino y dejar establecido que nuestro país estará siempre dispuesto a defender el suyo.
El turno siguiente correspondió al Comité Socialista. La señora Lazo, doña Carmen usó de la palabra para referirse al alza de las tarifas telefónicas decretadas recientemente a partir del mes de septiembre.
Solicitó la señora Diputada que se dirigieran oficios, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Meló, Fuentealba y Laemmerman, a S. E. el Presidente de la República y al señor Ministro del Interior, para que informen acerca de las razones que se tuvieron en vista para alzar en un 21,13% las tarifas telefónicas, sin siquiera haber dado una explicación y que, además, el señor Ministro del Interior remita todos los antecedentes relacionados con la mencionada alza de tarifas.
También la señora Lazo se refirió a las disposiciones del Decreto que estableció la obligación de que los pasajes de micros y buses fueron impresos en los Talleres de Especies Valoradas.
En seguida, el señor Olave usó de la palabra para referirse al grave problema que afecta a los ocupantes de las viviendas de la Población "Abraham Lincoln" con motivo de los elevados dividendos que deben pagar, que exceden de su capacidad económica.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que la Corporación de la Vivienda proceda a rebajar el monto de los dividendos de las viviendas de la ampliación de la población "Abraham Lincoln" en términos que estén más al alcance de los imponentes.
El turno siguiente correspondió al Comité Democrático Nacional. En este tiempo el señor Aravena Carrasco usó de la palabra para referirse a la destinación de fondos para los Centros Universitarios Regionales.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, a lo que adhirieron la señora Lazo, el señor Valdés Phillips y la señora Retamal, a los señores Ministros de Educación Pública y de Hacienda con el objeto de que se sirvan acoger las peticiones contenida sen ellas relativas a otorgar recursos a los Centros Universitarios Regionales.
A continuación el señor Cancino usó de la palabra para referirse a la actuación de la Corporación de Reforma Agraria, del Instituto de Desarrollo Agropecuario y a las observaciones que sobre esta materia formuló el señor Marambio.
A continuación, el señor Santibáñez usó de la palabra, por la vía de la interrupción, para referirse a la actitud asumida por el Gobernador de la comuna de Nogales, frente al Club Deportivo "Pueblo Nuevo" del distrito de "Artificio", quien con criterio político haría discriminaciones en el uso de la cancha del club y obligaría a los deportistas de la localidad a realizar actos deportivos en beneficio del Partido Comunista.
El señor Diputado solicitó que se dirigieran con relación a esta materia los siguientes oficios, en su nombre :
Al señor Ministro de Defensa Nacional, con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para que los deportistas del Club "Pueblo Nuevo" de la localidad de "Artificio", de la comuna de Los Nogales puedan realizar libremente sus ac- tividadas deportivas en las canchas de esa entidad;
Al señor Ministro del Interior para que se sirva investigar los hechos denunciados y, asimismo, adoptar las medidas necesarias para que el Cuerpo de Carabineros de Chile le garantice el libre uso de esa cancha deportiva por los miembros del Club Deportivo "Pueblo Nuevo" de la localidad de Artificio, de la comuna de Los Nogales, de la provincia de Valparaíso.
PETICIONES DE OFICIOS.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 173" del Reglamento los señores Diputados que se indican solicitaron que se enviaran, en sus respectivos nombres, los siguientes oficios:
(Las peticiones de oficios correspondientes a esta parte al acta aparecen al final de los Documentos de la Cuenta del Boletín de la sesión lO'º).
Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba prorrogada en virtud de los acuerdos anteriormente adoptados, se levantó ella a las 20 horas y 55 minutos.Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera C., María Inés Agurto, Fernando Sigo. Ansieta N., Alfonso Alvarado P., Pedro Aravena C., José A. Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Barrionuevo B., Raúl Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José Tomás Canales C., Gilberto Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Coñuepán P., Venancio Daiber E., Alberto De la Fuente C., Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dip de Rodriguez, Juana Dueñas A., Mario línríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fierro L., Fermín Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Gajardo P., Santiago Garay F., Félix Garcés F., Carlos Godoy, U., César González M., Víctor Guajardo G., Ernesto Guastavino C., Luis Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Iglesias e., Ernesto Irureta A., Narciso Jaque A., Duberildo Jaramillo B., Alberto Jarpa V., Miguel Koenig e.. Eduardo Laemmermann M., RenatoLavandero I., Jorge Lazo e., Carmen Lorenzini G., Emilio Maluenda C., María Marín M., Gladys Martín M., Luis Martínez C., Juan Meló P., Galvarino Millas e., Orlando Momberg R., Hardy Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montt M., Julio Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Ochagavía V., Fernando Olave V., Hernán Olivares S., Héctor Palestro R., Mario Papic R., Luis
Pareto G., Luis Penna M., Marino Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Pontigo U., Cipriano Ramírez V., Gustavo Retamal C., Blanca Rioseco V., 3Ianuel Rodríguez H., Manuel Rodríguez N., Juan Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sepúlveda G., Francisco Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Stark T., Pedro Tejeda O., Luis Torres P., Mario Turna M., Juan Valdés P., Arturo Valdés S., Manuel Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., RicardoValenzuela V., Héctor Werner I., Rodolfo Vega V., Osvaldo Zepeda Coll, HugoVidela R., Pedro Zorrilla C., Enrique
El Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y el Secretario Jefe de Comisiones, señor Larraín Errázuriz, don José Luis.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
Las actas de las sesiones 4º y 5º extraordinarias, celebradas en martes 19 y miércoles 20 del presente, respectivamente, de 16 a 19.15 horas, se dieron por aprobadas por no haber merecido observaciones.
CUENTA
Se dio cuenta de;
19-Dos oficios de S. E. el Presidente ;de la República;
Con el primero retira la observación formulada al artículo 8° del proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que establece diversos beneficios en favor del personal del ex Servicio de Explotación de Puertos, actual Empresa Portuaria de Chile.
-Se mandó tener presente y agregarlo a los antecedentes del proyecto en tabla.
Con el segundo hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que otorga franquicias tributarias para la importación de chasis y carrocerías desarmadas, destinadas a la movilización colectiva.
-Quedó en Tabla para, los efectos de calificar la urgencia solicitada. Posteriormente, calificada ésta de "suma", se mandó agregar a los antecedentes del proyecto en Tabla.
2<?-Tres oficios del H. Senado:
Con el primero remite a esta Cámara, donde constitucionalmente debe tener su origen, una moción del H. Senador señor Ferrando, que libera de derechos la internación de la maquinaria necesaria parala instalación de una central hidráulica de energía eléctrica para Lonquimay.
-Quedó a disposición de los señores Diputados para ser suscrita -por alguno de ellos.
Con el segundo comunica los acuerdos adoptados respecto de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que fija normas relativas al trabajo de los obreros auxiliares de bahía.
Con el tercero manifiesta no haber insistido en las modificaciones que introdujo al proyecto de ley que fija normas para el reajuste de los fondos depositados en cuentas de ahorro a plazo en el Banco del Estado de Chile, y que esta Cámara había rechazado.
3°-Cuatro oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con los que da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se señalan:
De la señora Allende, relativo a la extensión del recorrido de los microbuses de la línea Pila-Recoleta hasta la Población El Sauce;
Del señor Castilla, respecto de la detención en Longaví de los trenes de la red sur;
Del señor Guajardo, acerca del traslado de los integrantes de la Sociedad Coral de Magallanes, y
Del señor Valente, relacionado con la ocupación de trabajadores del Sindicato Profesional de Empleados de Bahía y Ribera del puerto de Iquique, en las faenas de embarque y desembarque.
4 ?-Tres oficios del señor Ministro de Educación Pública, con los que contesta los que se te remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
Del señor Acevedo, referente a la construcción de un nuevo local para el funcionamiento de la Escuela Vocacional N ? 28 de San Antonio;
Del señor Dueñas, relativo a la edificación de la segunda etapa de las Escuelas N"s. 6 y 7 de Villa Alegre;
Del señor Fernández, respecto de la necesidad de que se otorgue prioridad a la construcción de un grupo escolar en Lo Espejo;
Del señor Guajardo, acerca del funcionamiento de una escuela en la Población Fitz Roy de la ciudad de Punta Arenas;
Del señor Koenig, relacionado con la edificación del local para la Escuela Consolidada de Lanco, provincia de Valdivia;
Del señor Millas, sobre expropiación de un terreno destinado a la Escuela Industrial de la comuna de Purén;
Del señor Morales, don Raúl, referente a la inclusión de la Escuela N ? 2 de Quin- chao en el plan nacional de edificación escolar;
Del mismo señor Diputado, relativo a la construcción de un local para la Escuela Nº 9 de la localidad de Achao;
Del señor Ochagavía, acerca de la posibilidad de construir un edificio para la Escuela Nº 38 de Curahue, provincia de Chiloé;
Del mismo señor Diputado, referente a la posibilidad de incluir en el plan del año 1966 la construcción de la Escuela Nº 15 de Llicaldad;
Del señor Pontigo, relacionado con el proyecto de edificación de la Escuela Mixta Nº 18 de Compañía Baja, provincia de Coquimbo;
De los señores Ramírez y Werner, sobre creación y construcción de diversos establecimientos educacionales en la provincia de Talca; y
De los señores Agurto, Meló y Montes, relativo a la instalación de una escuela de tipo prefabricado en la localidad de Di- hueno, comuna de Concepción.
5'?-Un oficio del señor Ministro de iVgricultura, con el que se refiere al que se le envió, en nombre del señor Stark, acerca de las instalaciones de dos escuelas agrícolas en el Capex Human del Instituto de Desarrollo Agropecuario, de Los Angeles.
6°-Un oficio del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social con el que contesta los que se le dirigiéron, en nombre de la Cámara y de los señores Agurto y Meló, referente a los despidos colectivos producidos en la Industria Maderera Raleo de Coelemu;
79-Siete oficios del señor Ministro de Salud Pública, con los que da respuesta a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se señalan:
Del señor Cerda, don Carlos, relacionado con la construcción de un nuevo hospital en la comuna de Quirihue;
De la señora Enríquez, referente al proyecto de edificación de un nuevo hospital de la localidad de Coihaique;
De la misma señora Diputada, acerca de diversas necesidades asistenciales del puerto de Corral;
Del señor Osorio, relativo a la habilitación de postas de primeros auxilios en las comunas de Las Coimas, Barrancas y Pu- taendo;
Del señor Rosales, respecto de la construcción del Hospital de Machalí;
Del señor Zorrilla, sobre instalación de una posta en la localidad de Copihue, departamento de Parral; y
Del señor Laemmermann, y de la señora Lazo, y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, relacionado con diversos problemas médico-asistencia- les que afectan al departamento de Arau- co.
59-Un oficio del señor Ministro de Minería, con el que se refiere al que se le dirigió, en nombre del señor Valente, referente a la transferencia de la refinería nacional de lubricantes Dinamic Oil S. A.
6"?-Un oficio del señor Contralor General de la República con el que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Millas, Laemmermann, señora Lazo y señores Diputados pertenecientes a los Comités Parlamentarios de los Partidos Comunista, Demócrata Cristiano y Socialista, acerca de la designación de un Inspector para que practique una investigación en el Departamento de Cooperativas del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
CALIFICACION DE URGENCIA
S. E. el Presidente de la República hizo presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que otorga franquicias aduaneras para la internación de chasis y carrocerías destinados a la movilización colectiva particular.
Con la venia de la Sala usó de la palabra el señor Sota para referirse a la conveniencia de proceder al pronto despacho de este proyecto de ley.
El señor Aravena Carrasco solicitó que se calificara de "suma" la urgencia hecha presente.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio) por asentimiento unánime se acordó calificar de "suma" la urgencia solicitada; tratar y despachar en general el proyecto en la presente sesión dentro del Orden del Día a continuación del proyecto de ley que deroga el artículo 2° de la ley Nº 15.386; conceder hasta 15 minutos a cada Comité; aprobarlo en general y enviarlo a Comisión para nuevo informe con el objeto de tratarlo en particular en el Orden del Día de la sesión ordinaria del martes próximo, 2 de noviembre.
A proposición de señor Papic (Presidente en ejercicio), por asentimiento unánime se prorrogó hasta el término reglamentario el plazo de urgencia del proyecto que modifica la ley Nº 15.076, sobre Estatuto Médico Funcionario.
Por asentimiento unánime se acordó conceder los siguientes tiempos especiales a los señores Laemmermann, 5 minutos ; Acuña, 15 minutos; Ochagavía, 5 minutos; Palestro, 2 minutos; Sepúlveda, don Francisco, 2 minutos; Fierro, 1 minuto; Agurto, 5 minutos y Lavandero, 1 minuto.
INTEGRACION COMISION ESPECIAL
Por asentimiento tácito, se acordó integrar la Comisión Especial Investigadora del Instituto de Investigaciones Geológicas con los siguientes señores Diputados: Argandoña, Astorga, Barrionuevo, Fierro, Fuentealba, Monares, Muga, Ochagavía, Poblete, Robles, Santibáñez, Valdés Phillips y Valente.
En conformidad a los acuerdos adoptados usó de la palabra el señor Laemmermann, quien rindió homenaje al deportista nacional recientemente fallecido don Guillermo Orchard Cortés.
A continuación usó de la palabra el señor Acuña para rendir homenaje a la memoria de don Pedro Aguirre Cerda con motivo de celebrarse el vigésimo séptimo aniversario de su elección como Presidente de la República.
En seguida, el señor Ochagavía se refirió a los efectos nocivos para las actividades económicas del país de la restricción de sobregiros bancarios. El señor Diputado fundamentó un proyecto de ley presentado por Su Señoría por el cual se deja sin efecto el acuerdo adoptado por el Banco Central de Chile sobre restricción a los sobregiros en cuenta corriente ban- caria.
Por no contar con la unanimidad requerida, quedó sin efecto la petición de SSº de recabar a S. E. el Presidente de la República la inclusión en la Convocatoria de dicha iniciativa legal.
El señor Palestro usó de la palabra para solicitar que se tratara a continuación del proyecto sobre internación de chasis, el Mensaje que concede beneficios al personal de la Municipalidad de Providencia.
A proposición del señor Diputado, por asentimiento unánime, se acordó tratar dicho proyecto de ley, concediendo hasta 5 minutos a cada Comité Parlamentario y transcurrido dicho lapso proceder a cerrar el debate y votarlo hasta su total despacho.
En seguida, el señor Sepúlveda, don Francisco se refirió a la urgencia que existe en proceder a aumentar el margen de crédito bancario en la provincia de Chi- loé para el desarrollo y expansión de la actividad comerical y agropecuaria de la zona.
A proposición del señor Diputado, por asentimiento unánime, se acordó dirigir oficio, en nombre de la Corporación, al señor Ministro de Hacienda con el objeto de solicitarle que disponga la creación de una línea de crédito para la provincia de Llan- quihue y el aumento de los depósitos de la Caja de Amortización en el Banco Regional de Llanquihue, de Puerto Montt, para rehabilitar las actividades que se encuentran paralizadas.
El señor Sepúlveda, don Francisco, y el señor Tuma adhirieron a las expresiones vertidas por el señor Acuña a la memoria del señor Pedro Aguirre Cerda.
En seguida, el señor Fierro solicitó se alterara el Orden de la Tabla para despachar en primer lugar los proyectos signados con los Ní's. 13 y 14, sobre beneficios a torneros matriceros y mecánicos, respectivamente.
Por no contar con la unanimidad requerida quedó sin efecto esta proposición.
El señor Papic (Presidente en ejercicio) aplicó las medidas disciplinarias de "llamado al orden", "amonestación" y "censura" al señor Fierro; de "llamado al orden", y "amonestación" al señor Lavandero y de "llamado al orden" al señor Escorza.
A continuación, el señor Agurto usó de la palabra para destacar la angustiosa situación económica en que se encuentran los profesores de la provincia de Concepción que se hallan con sus sueldos impagos por espacio de varios meses.
A proposición del señor Diputado, por asentimiento unánime, se acordó dirigir oficio, en nombre de la Corporación al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que proceda a adoptar las medidas necesarias para proceder al pronto pago de los sueldos que se adeudan a los profesores de la provincia de Concepción.
Finalmente, el señor Lavandero usó de la palabra para referirse al material arqueológico retirado por la Misión Noruega Thor Heyerdhal y llevado al Museo Kon Tiki, da Oslo, el que hasta la fecha no ha sido retornado al país.
A proposición del señor Diputado, por asentimiento unánime, se acordó enViar los siguientes oficios, en nombre de la Corporación :
Al señor Ministro de Educación Pública con los siguientes objetivos:
1.- Informar a esta Corpoi'ación quién autorizó la salida del pais de objetos de valor arqueológico de la Isla de Pascua; si es procedente y legal que por un simple convenio se haya procedido a autorizar el retiro del pais de tales especies y que se envie copia de dicho convenio; que se inicie un sumario para determinar la responsabilidad quG pueda caber al Consejo de Monumentos Nacionales por estos hechos ;
2.- Disponer que el Conservador del Museo Nacional de Historia Nacional, doctora Grete Monstry estudie la manera de recuperar los objetos arqueológicos retirados del país por la Misión Noruega Thor Heyerdhal;
Al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para que la Superintendencia de Aduanas autorice la entrada al país de cuatro cajas con objetos arqueológicos de la Isla de Pascua que se encuentran en las bodegas de los servicios de Aduana para ser entregados al Musso de Historia Natural.
A continuación, los señores Olivares y Valenzuela, don Ricardo, solicitaron 5 y 3 minutos respectivamente. Por unanimidad se acordó otorgar los tiempos solicitados.
El señor Olivares usó de la palabra para referirse a la posición de los señores Diputados de la Democracia Cristiana frente al proyecto de ley que modifica el Estatuto de los Obreros del Cobre.
En seguida, el señor Valenzuela, don Ricardo, usó de la palabra para referirse a las observaciones formuladas por el señor Olivares.
ORDEN DEL DIA
En primer lugar de la Tabla, se entró a considerar el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", informado por la Comisión de Trabajo y Legislación Social, que derogó el artículo 20 de la ley N° 15.386, sobre Revalorización de Pensiones, que estableció el derecho a solicitar el pago del desahucio no obstante permanecer en actividad a los imponentes que hayan cumplido los requisitos para jubilar con sueldo íntegro.
Puesto en discusión general el proyecto usaron de la palabra los señores Escorza (Diputado informante) y por la vía de la interrupción los señores Fuentes, Camus, Valenzuela Sáez, Valenzuela Valderrama, Rioseco, Rodríguez Nadruz y Godoy.
El señor Papic (Presidente en ejercicio) aplicó las medidas disciplinarias de "llamado al orden" a los señores Rioseco y Camus.
Por haber llegado la hora de término del Orden del Día se declaró cerrado el debate.
Durante la discusión general del proyecto se formularon las siguientes indicaciones :
1.- De los señores Camus, Clavel, Fuentes, don Samuel, Ibáñez, Jaque, Rioseco y Rodríguez, don Juan, para reemplazar el texto del proyecto por el siguiente:
"Artículo único.- Establécese un impuesto especial del 1º'º/c sobre el monto de las primas de las pólizas de seguros que emitan las Compañías de Seguros, cualquiera que sea el riesgo que cubran.
Establécese, asimismo, un impuesto especial del \'/c sobre el monto de las operaciones comerciales que realicen dichas Compañías.
Este impuesto incrementará el Fondo de Desahucio de los empleados públicos establecido en el Estatuto Administrativo".
Artículo transitorio
2.- De los señores Clavel y Fuentes, don Samuel y de la señora Enríquez, doña Inés, para suprimirlo.
3.- Del señor Millas, para reemplazar el número "30" por "60".
4.- De los señores Guastavino, Pontigo y Valente, para agregar el siguiente inciso nuevo;
"Sin embargo, aquellos funcionarios que no se desistan tendrán derecho a obtener el pago de su desahucio con arreglo al artículo 20 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 15.380, respetándose, si la hubiere, la fecha de pago fijada por la Tesorería General de la República".
Cerrado el debate y puesto en votación general el proyecto, resultó aprobado por 49 votos contra 17, y se mandó a Comisión para segundo informe.
En virtud del acuerdo adoptado por la Sala se entró a considerar el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, informado por la Comisión de Hacienda, que concede franquicias para la internación de chasis y carrocerías destinados a los servicios de locomoción colectiva particular.
Se había acordado un tiempo especial de 15 minutos por Comité en orden en que solicitaron la palabra.
Puesto en discusión general el proyecto, usaron de la palabra en esta oportunidad los señores Palestro y Aguilera, por el Comité Socialista; Lavandero y González Maertens, en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano; De la Fuente, por el Comité Independiente; el señor Sota (Diputado informante) ; Turna, por 5 minutos, por acuerdo de la Sala; Fuentelba, por el Comité Radical; Guastavino, por el Comité Comunista; González Maertens y Ruiz-Esquide, por el Comité Democrático Nacional.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), por asentimiento unánime, pasó a presidir en el carácter de accidental, el señor Stark.
A proposición del señor Lavandero, por asentimiento tácito, se acordó insertar en la Versión un cuadro sobre la nueva escala de patentes municipales de automóviles.
Durante la discusión del proyecto sobre franquicias a los chasis y carrocerías, por asentimiento unánime, se acordó enviar, a proposición de los señores Diputados que se indican, los siguientes oficios:
El señor De la Fuente, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, en nombre de la Corporación, con el objeto de que se sirva informar a la Cámara de la negociación de compra de 250 motores "Diesel-Cummings" efectuada por la Empresa de Transportes Colectivos del Estado respecto de los cuales se habría pagado la suma de US$ 12.000 por cada uno, equivalente a Eº 50.000 en circunstancias de que su valor sólo sería de US$ 1.000 c/u.
El mismo señor Diputado, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, en nombre de la Corporación, con el objeto de que se sirva informar a la Cámara la forma como se distribuirán por provincias los 1.800 chasis que se internarán al país, con indicación de los que entregarán por provincias, a particulares, a las Municipalidades, colegios y escuelas.
El señor Sota, en nombre de la Corporación, transcribiendo las observaciones formuladas por SSº relativas a la distribución de 1.800 chasis entre las diversas provincias del país.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), por asentimiento unánime, pasó a presidir la sesión en el carácter de accidental la señorita Saavedra, doña Wilna.
Durante la discusión general del proyecto se formularon las siguientes indicaciones que, a proposición de la señorita Saavedra, doña Wilna, por asentimiento tácito, se acordó omitir la lectura de las indicaciones e insertarlas en la Versión Oficial y en el Boletín de Sesiones:
Artículo lí
1) De los señores Naudon, Ibáñez, La- emmerman. Poblete, Clavel, Rioseco y la señora Enríquez, doña Inés, para suprimir en el inciso primero las palabras "y taxibuses".
2) Del señor Tuma, para reemplazar la frase final del inciso primero, desde donde dice "Esta liberación regirá...", por la siguiente: "Gozarán de esta liberación las importaciones que establece esta ley y cuyas solicitudes hayan sido aprobadas por el Banco Central dentro del plazo de dos años, desde la vigencia de la presente ley".
3) Del señor Basso, para agregar la siguiente frase final al inciso primero: "La internación de chasis con motor incorporado para taxibuses no podrá ser superior al 5% de la importación de chasis para buses del servicio urbano."
4) De los señores De la Fuente, Momberg, Phillips, y Zepeda, para suprimir en el inciso tercero, la frase, desde donde dice "con exclusión del impuesto adicional...".
5) De los señores Naudon, Laemmermann, Rioseco, Jaque, Ibáñez y la señora Enríquez, doña Inés, para suprimir el inciso cuarto.
6) De los señores De la Fuente, Momberg, Phillips y Zepeda, para agregar la siguiente frase final al último inciso , "Como asimismo, de los impuestos sobre intereses de los gravámenes establecidos en la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado y en general, de todo impuesto o tributo. Estarán igualmente exentos de todo impuesto, gravamen, derecho o tributo los documentos que se suscriban con ocasión de dicha primera transferencia, tales como por ejemplo, letras de cambio que el comprador acepte, recibos de dinero, escrituras de cancelación total, contratos de prenda, mutuos, prohibición de enajenar, etcétera."
Artículo 29
7) De los señores Naudon, Ibáñez, Basso, Laemmermann, Poblete, Clavel, Fuentealba, Rioseco, Jaque y la señora Enríquez, doña Inés, para sustituir la letra a) por la siguiente :
"a) La internación y primera transferencia de autobuses carrozados destinados a ser adquiridos por empresarios de la locomoción colectiva, que atiendan servicios interprovinciales, con recorridos superiores a 500 kilómetros, o por empresas de turismo o entidades fiscales, que faciliten o fomenten la industria de turismo.
El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes y Dirección de Turismo deberán certificar y calificar el hecho de que las internaciones para las cuales se soliciten estas exenciones reunir los requisitos establecidos en el inciso anterior".
8) Del señor Tuma, para reemplazar la letra b) por la siguiente:
"b) La internación y primera transferencia de autobuses destinados a ser adquiridos por empresas de turismo, empre- sos hoteleras o entidades que faciliten o fomenten la industria del turismo."
9) De los señores Naudon, Clavel, Laemmermann, Fuentealba, Rioseco, Jaque e Ibáñez y de la señora Enríquez, doña Inés, para sustituir la letra, b) por la siguiente:
"b) La internación y primera transferencia de chasis con motor incorporado destinado a ser adquirido por colegios, escuelas, instituciones o entidades educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública o reconocidos como cooperadores de la función educacional del Estado, y destinados exclusivamente a la educación de los educandos del respectivo colegio o institución.
El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y el Ministerio de Educación Pública, deberán certificar el hecho, de que las internaciones y primeras transferencias para las cuales se soliciten estas exenciones reúnen los requisitos establecidos en esta letra."
10) De la señora Enríquez, doña Inés, y de los señores Clavel, Naudon, Rioseco, Jaque, Laemmermann y Fuentealba, para sustituir la letra c) por la siguiente:
"c) La internación y primera transferencia de los chasis armados o desarmados destinados a ser adquiridos por los empresarios de la locomoción colectiva particular que atiendan servicios interprovinciales y cuya internación sea aprobada por la Subsecretaría de Transportes. En todo caso estos chasis deberán ser ca- ri-ozados en Chile."
11) De los señores Aguilera, Sepúlveda, don Francisco, y Olave, para agregar la siguiente frase final a la letra c) : "Se dará prioridad para aquellas solicitudes de provincias que benefician a los servicios de locomoción colectiva intercomunal."
Artículo 39
12) De los señores Lavandero y Sota, para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 39-Los vehículos beneficiados con las exenciones establecidas en la presente ley no podrán ser transferidos sin autorización del Ministerio de Economía. En el caso de enajenarse estos vehículos a cualquier título, dentro de los cinco años contados desde su internación, deberá enterarse previamente, en arcas fiscales, el monto de los derechos y tributos aduaneros correspondientes a las franquicias que otorga esta ley. Quedan solidariamente obligados a este pago todas las personas naturales o jurídicas que intervengan en los actos o contratos respectivos.
Se prohibe el uso o arrendamiento de los vehículos a que se refiere el inciso anterior para fines diversos del servicio de movilización pública. La infracción de esta prohibición será penada con el comiso del vehículo. El vehículo decomisado será rematado y su producto será de beneficio fiscal. El denunciante de cualquiera infracción recibirá como galardón el 30% del producto del remate."
13) De los señores Poblete, Rioseco, Naudon, Ibáñez, Jaque y de la señora Enríquez, doña Inés, para agregar a continuación de la frase "Ministerio de Economía", la siguiente: "y de la Municipalidad respectiva", suprimiendo el punto que sigue a la palabra "Economía".
Artículo 4'?
14) De los señores Lavandero y Sota, para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo 49-Agrégase al D. F. L. N"? 305, de 1960, el siguiente artículo nuevo final:
"Artículo . ..- No obstante lo dispuesto en el artículo 09 del D. F. L. N" 241, de 1960, "Línea Aérea Nacional - Chile" podrá efectuar el transporte de pasajeros a que dicho precepto se refiere en aeronaves extranjeras sobre las cuales haya adquirido o adquiera derecho de uso o goce por arrendamiento o a cualquier otro título."
15) Del señor Valente para agregar, un inciso nuevo que diga:
"La tripulación y el personal de vuelo de estas aeronaves deberá ser de nacionalidad chilena."
Artículo 5°
16) De los señores Clavel, Naudon, Jaque, Basso, Rioseco, Fuentealba, Ibáñez y Laemmermann, pai'a agregar al inciso segundo, la siguiente frase:
"Estas rebajas o supresiones deberán afectar igualmente a los chasis que se importen por la Empresa de Transportes
Colectivos del Estado, y Cooperativas de Empresarios de la locomoción colectiva particular, siempre que se trate de buses."
Artículo 69
17) De los señores De la Fuente, Coñuepán, Oclíagavía. Zepeda y de los señores Poblete, Clavel, Jaque, Ibáñez, Rioseco, Naudon, Laemmermann y señora Enríquez, para suprimirlo.
Artículo 79
18) De los señores Rioseco, Poblete, Basso y señora Enríquez, para suprimirlo.
19) De los señores Clavel, Fuentealba, Ibáñez, Jaque, Cabello, Naudon, Rioseco, Basso, Jarpa, Poblete y señora Enríquez, para sustituirlo por el siguiente:
"Artículo...- Reemplázase en el artículo 23 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 14.171 el grupo uno automóviles particulares y station-wagons.
GRUPO I
Automóviles particulares o station wa- gons.
1) Autom_óviles particulares y station wagons de precio de venta en casas importadoras :
Categoría Valor anual
a) Hasta E<? 2.000 Eº 10
b) De E-? 2.001 hasta 3.000 Eº 20
c) de 3.001 hasta 4.000 Eº 30
d) de 4.001 hasta 5.000 Eº 40
e) de 5.001 hasta 6.000 Eº 55
f) de 6.001 hasta 7.000 66
g) de 7.001 hasta 8.000 E"? 77
h) de 8.001 hasta 9,000 Eº 88
i) de 9.001 hasta 10.000 Eº 99 j) de 10.001 hasta 11.000 Eº 110 k) de 11.001 hasta 12.000 E<? 121 1) de 12.001 hasta 13.000 Eº 132 m) de 13.001 hasta 14.000 Eº 143 n) de 14.001 hasta 15.000 E"? 154 ñ) de 15.001 hasta 16.000 Eº 165 o) superior a 16.000 E"? 176
Esta nueva clasificación comenzará a regir a contar desde el 1° de enero de 1966."
20) De los señores Basso, Poblete y Rioseco y de la señora Enríquez, para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo . ..- Elévase en un 10% el valor de las patentes del Grupo I, automóviles particulares, station wagons, establecidas en el artículo 23 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 14.171."
21) De los señores Pontigo, Guastavino y Valente, para reembplazarlo por el siguiente :
"Artículo. ..- Los automóviles, station wagons y jeeps pagarán una patente equivalente al 2% de su valor para los vehículos que alcancen hasta un valor comercial de ocho sueldos vitales anuales del departamento respectivo, y equivalente al 3% del valor para aquellos vehículos de un valor comercial superior.
Las Municipalidades harán sus cálculos de acuerdo a una tabla de valores comerciales de los vehículos, que anualmente elabora Impuesto Internos..
Los tipos de vehículos no contemplados en este artículo pagarán una patente que se fijará por cada Municipio, en una escala de valores que anualmente deberá aprobarse con los votos favorables de los dos tercios de los Regidores en ejercicio."
22) Del señor Lavandero, para reemplazar la palabra "en casas importadoras" por la expresión "al público".
23) Del mism.o señor Diputado, para agregar después de la expresión "sueldos vitales anuales" lo siguiente "del departamento de Santiago".
24) Del mismo señor Diputado, para reemplazar la frase "porcentaje de sueldos vitales mensuales" por la siguiente "porcentaje de un sueldo vital mensual del departamento de Santiago".
25) Del señor Acevedo, para agregar el siguiente inciso final:
"Los valores que resulten de la aplicación de la escala anterior, no estarán afectos a ningún recargo o impuesto adicional establecidos en leyes generales o especiales."
26) De los señores Ibáñez, Fuentes, don Samuel y Poblete, para agregar el siguiente inciso nuevo:
"A contar desde el 1"? de enero de 1966, el 50% de todos los impuestos fiscales que perciba el Fisco por otorgamiento de patentes de vehículos motorizados será de beneficio de la Municipalidad que otorga la patente respectiva."
Artículos Nuevos:
De los señores Diputados que se indican, para agregar los siguientes:
27) El señor Valente:
"Artícv.lo . ..- Las disposiciones del inciso 59 del artículo 5 ? de la ley 14.824 se aplicarán también, en aquellas zonas en donde rijan las leyes N -'s. 12.937 y 13.039.
Las internaciones de estos vehículos se harán, en todo caso, con informe de la Subsecretaría de Transportes."
28) Del mismo señor Diputado:
"Artículo...- -A contar del 1? de enero
de 1966 y por un plazo de cinco años el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción deberá consultar en el presupuesto ordinario de la Nación los fondos necesarios para adquirir las empresas y vehículos de la locomoción colectiva particular incorporando estos servicios a la Empresa de Transportes Colectivos del Estado".
29) del mismo señor Diputíido:
"Artículo...- Declárase que Arica es
una de las sedes de la industria automotriz. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, conjuntamente con la Corporación de Fomento de la Producción, resolverán, en un plazo no mayor de 12 meses, la autorización para que determinadas industrias de esa zona armen y fabriquen camiones, y vehículos de.sti- nados a la locomoción colectiva del país".
30) Del mismo señor Diputado:
"Artículo...- El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción deberá realizar un estricto estudio de los costos de los repuestos y materiales destinados a los vehículos de locomoción colectiva dictando, cuando proceda, los decretos de rebaja de los precios de venta.
El resultado de estos estudios deberá ser comunicado por el Ministerio señalado a la Cámara de Diputados".
31) De los señores Aguilera, don Luis, Olave y Sepúlveda, don Francisco:
"Artículo...- Las Empresas del Estado, entre ellas Ferrocarriles del Estado, Empresa de Transportes Colectivos del Estado, Empresa Nacional de Minería y Línea Aérea Nacional, deberán comprar de preferencia para sus servicios el petróleo y los subproductos que produce o pueda producir la Empresa Nacional de Petróleo".
32) De los señores Fuentealba, Cabello, Rioseco, Naudon, Poblete, Ibáñez, Aguilera, don Luis, Jaque, Camus, Ponti- ro, Rodríguez, don Juan, Zepeda, Laem- nermann y señora Enríquez, doña Inés:
"Artículo . ..- Los vehículos que se internen con las exenciones establecidas en la presente ley y se destinen a la locomoción colectiva urbana deberán ser distribuidos proporcionalmente entre las diversas provincias del país, en relación con el número de habitantes de cada una de ellas, sin perjuicio de los que se destinen a los servicios interprovinciales".
33) De los señores Godoy, Valente y Acevedo:
"Artículo....- La distribución de chasis o vehículos carrozados se hará, preferentemente, en su primera entrega, a aquellos em.presarios que sólo posean una máquina.
Aquellos que no sean beneficiados en la primera entrega, se les considerará en las siguientes.
Una vez cubiertas las necesidades de los pequeños empresarios se atenderán las aspiraciones de los otros postulantes."
34) De los señores Guastavino y Valente :
"Artículo...- Los beneficios de la presente ley les serán aplicados a todos los taxistas que tengan necesidad de renovar su material".
35) Del señor Astorga:
"Artículo...- Amplíase el artículo 2"? del Título I de la ley 12.937, que autoriza la libre importación con cambio libre bancario, de las maquinarias y elementos citados en este mismo artículo, incorporando a tales beneficios a los chasis y carrocerías desarmadas para buses de pasajeros de la movilización urbana de los departamentos de Pisagua e Iquique y a los buses carrozados que se importen para la movilización interprovincial de pasajeros, desde y hacia la provincia de Ta- rapacá.
El Administrador de la Aduana de Iquique, podrá autorizar la salida de buses de pasajeros a otras zonas del país, por un plazo no superior a seis meses, previa garantía de los mismos y fianza nominal que se determine. Las nuevas autorizaciones temporales, sólo podrán otorgarse cuando los empresarios hayan cumplido con las exigencias señaladas, especialmente, de mantener tales vehículos para la movilización de pasajeros de acuerdo con los permisos otorgados por la Subsecretaría de Transportes y del retorno a la zona liberada dentro del plazo que fijen las autoridades de aduana".
36) De los señores Valente y Guastavino ;
"Artículo...- Autorízase a las Municipalidades para resolver los problemas derivados de la movilización de los escolares, quedando facultadas para hacer la distribución de máquinas de acuerdo al estudio y resoluciones que ellas adopten sobre el particular".
37) De los señores Camus y Acuña:
"Artículo. ..- A los mismos beneficios y
franquicias ya señalados, podrán acoger se las personas de las zonas damnificadas por los terremotos de mayo de 1960 y de marzo de 1965 que deseen importar camiones o camionetas que favorezcan el transporte de mercaderías".
38) De los señores Ibáñez, Fuentes, don Samuel, Rioseco y Camus:
"Artículo...- Los beneficios y exenciones de esta ley se aplicarán también a la importación de automóviles destinados al servicio público que importen los choferes de taxi que teniendo más de 10 años de trabajo en su actividad, sean dueños de un automóvil de un modelo de más de 10 años de uso o no posean automóvil propio.
Ambos hechos serán acreditados por el Sindicato respectivo".
39) De los señores Ibáñez, Fuentealba, Poblete, Acuña, Jarpa, Fuentes, don Samuel y señora Lazo:
"Artículo...- Las Municipalidades ten- trán los beneficios y exenciones del artículo 1||AMPERSAND||quot; para los efectos de poder importar chasis destinados a la movilización colectiva, en especial de los escolares de sus respectivas comunas."
40) Del señor Valente;
"Artículo...- Agrégase el siguiente inciso nuevo a la leti'a a) del artículo 4 ? de la ley N° 14.555;
"Sin embargo, este valor se rebajará, para todos los derechos legales concernientes a la internación, en un 10'r por cada año de antigüedad del vehículo, con un tope de 30%."
Cerrado el debate y puesto en votación general el proyecto resultó aprobado en general y se mandó a Comisión para segundo informe.
CAMBIOS DE MIEMBROS DE COMISIONES.
Con la venia de la Sala se dio cuenta de inmediato de los siguientes cam.bios de miembros de Comisiones, los que puestos en votación resultaron aprobados por unanimidad :
Hacienda.
Se aceptó la renuncia de la señora Lazo, doña Carmen y se designó en su reemplazo, al señor Olave.
Gobierno Interior.
Se aceptó la renuncia del señor Sepúlveda, don Eduardo y se designó, en su 3'eem.plazo, al señor Téllez.
En conformidad al acuerdo adoptado por la Sala correspondió entrar a ocuparse del proyecto de ley, de origen en un Mensaje, informado por la Comisión de Gobierno Interior, que otoi'ga el derecho al pago de quinquenio al personal de empleados y obreros de las concesiones de los Servicios de Aseos y Jardines que pasaron a la plana de la Municipalidad de Providencia.
Se había acordado otorgar un tiempo de cinco minutos a cada Comité Parlamentario en el orden en que solicitare la palabra.
Puesto en discusión general y particular, a la vez el proyecto, usaron de la palabra los señores Ruiz-Esquide, por el Comité Demócrata Cristiano; Lazo, doña Carmen, por el Comité Socialista; Acuña, por el Comité Radical; Aravena Carrasco, por el Comité Democrático Nacional; Millas, por el Comité Com.unista y Monckeberg, por el Comité Independiente.
Cerrado el debate y puesto en votación general el proyecto, resultó aprobado por asentimiento unánime y, en particular, reglamentariamente el artículo único, por no haber sido objeto de indicaciones.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en primer trámite constitucional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, se mandó comunicar al Senado, relactado en los términos siguientes:
Proyecto de ley
Artículo {mico.- Reconócese para las efectos del pago de quinquenios y de desahucio al personal de empleados y obreros que prestaban sus servicios en la concesión del Servicio de Aseo que tenía otorgada la Municipalidad de Providencia y que pasaron a pertenecer a ésta, integrando las respectivas plantas de sus personales, el tiempo que hubieren servido a los distintos concesionarios.
El pago de quinquenios se hará desde la fecha que hubieren enterado el tiempo exigido por la ley para gozar de tales beneficios.
Será suficiente prueba del tiempo servido en las concesiones el certificado de la Caja de Previsión correspondiente, o los antecedentes que existan en la Municipalidad, los que serán apreciados en conciencia por el Alcalde de la misma Corporación, que cumplirá este cometido para los fines establecidos en la presente ley, sin que le afecte responsabilida'º alguna.
CAMBIO DE MIEMBRO DE COMISION.
A proposición de la señorita Saavedra, doña Wilna (Presidenta Accidental), por asentimiento tácito, se acordó dar cuenta del siguiente cambio de miembro de Comisión, el que puesto en votación, resultó aprobado por unanimidad.
Hacienda.
Se aceptó la renuncia del señor Videla y se designó, en su reemplazo, al señor Escorza.
PROYECTO DE ACUERDO.
Por asentimiento unánime, se aprobó el siguiente proyecto de acuerdo:
Tratar y despachar, sin debate, en el primer lugar del Orden del Día de la sesión del martes próximo, 2 de noviembre, las observaciones del Ejecutivo al proyecto de ley que otorga la calidad de empleados para todos los efectos legales, a las personas que se desempeñan como mecánicos.
HORA DE LOS INCIDENTES.
El primer turno correspondió al Comité Independiente. El señor Monckeberg usó de la palabra para referirse a la celebración del noveno aniversario del levantamiento del pueblo húngaro en contra de la dominación rusa, ocurrida el 24 de octubre de 1956 .
El turno siguiente perteneció al Comité Demócrata Cristiano. Usó de la palabra el señor Jaramillo, quien se refirió a la conveniencia de arbitrar las medidas necesarias para pagar los emolumentos que se adeudan al magisterio nacional.
El señor Diputado solicitó que se dirigieran, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Aravena Carrasco, Acuña y Meló, a los señores Ministros de Educación Pública y de Hacienda, con el objeto de que sirvan adoptar las siguientes medidas:
1.- Que a la Sección de Presupuesto de Cuentas Pendientes del Ministerio de Educación Pública se le dé una mayor disponibilidad de fondos, más racional y más de acuerdo con la realidad y que, al mismo tiempo, se estudie un nuevo sistema de pago para terminar la situación angustiosa en que se encuentran miles de funcionarios y maestros, que se hayan impagos,
y
2.- Que se deje sin efecto el artículo 382 del decreto con fuerza de ley N'? 338, de 1960, o en su efecto que se amplíe el plazo de prescripción a diez años.
A continuación el señor Barrionuevo usó de la palabra para referirse a, la conveniencia de instalar una clínica dental en Vallenar para la atención de los centros mineros e industriales de la zona.
El señor Diputado solicitó que se enviara oficio, en su nombre, a' lo que adhirieron los señores Poblete, Carvajal, Fuentes, don César Raúl, señor Ministro de Sa lud Pública con el objeto de que se sirva recabar del señor Vicepresidente Ejecutivo del Servicio Médico Nacional de Empleados la instalación de una clínica dental en la ciudad de Ovalle.
El señor Barrionuevo se refirió luego a la circunstancia de que la Subsecretaría de Transportes habría excluido a la provincia de Atacarna de cuota dentro de la distribución de los 1800 chasis que se importaran al país para la movilización colectiva particular.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción con el objeto de que ellas sean puestas en conocimiento da la Subsecretaría de Transportes para que se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas.
A continuación usó de la palabra el señor Fuentes, don César Raúl, quien se refirió a la conveniencia de proceder a la reparación del local en el que funciona la Escuela N ? 21, de San Carlos.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Educación Pública con el objeto de que se sirva destinar los recursos económicos necesarios para la reparación de la referida localidad ubicada en San Nicolás, del departamento de San Carlos.
En seguida, la señora Retamal, doña Blanca se refirió a la necesidad de resolver en forma definitiva el pi'oblema de la locomoción colectiva que afecta al país.
El turno siguiente perteneció al Comité Radical. El señor Acuña usó de la palabra y concedió una interrupción a la señora Retamal para que prosiguiera sus observaciones.
El señor Acuña usó de la palabra para referirse a diversas necesidades que afectan a la comuna de San Pablo, de la provincia de Osorno.
El señor Diputado durante su intervención solicitó que se transmitieran en su nombre, sus observaciones a los señoi'es Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Educación Pública, de Obi'as Públicas y de Salud Pública, con el objeto de que se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas que sean de la competencia de los respectivos Ministerios sobre necesidades de la comuna de San Pablo, de la provincia de Osorno.
Solicitó, asimismo, que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se sirva recabar de la Dirección de Planeamiento la confección de los planos para la nueva ubicación del pueblo de Trumao.
En seguida, el señor Poblete usó de la palabra para referirse a diversos problemas que afectan a los departamentos de la provincia de Atacama.
El señor Diputado solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Agricultura, a lo que adhirió el señor Carvajal, con el objeto de que se adopten-las medidas necesarias para la aplicación de los proyectos sobre regadío del Valle de Copiapó, en la provincia de Atacama, elaborados por la firma Klei- man y Torres, en 1962 y por la "Ital Con- pulf.
Luego el señor Diputado se refirió a la construcción de una planta resacadora de agua de mar en el pueblo de Chañaral.
Solicitó el señor Diputado ciue se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de ciue se sirva destinar las recursos económicos necesarios para la terminación de dicha obra que resolverá el problema del abastecimiento de agua potable de Chaña- ral.
El señor Acuña usó nuevamente de la palabra y solicitó tiue se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas para que se sirva informar a esta Corporación acerca de la forma en que se llevará a efecto el plan de construcción de caminos trasversales de Osorno a Puerto Octay y de Osorno, pasando por Las Ve gas, a Riachuelo y a Gueyusca.
El señor Laemmermann usó de la palabra, en seguida, para referirse a las dificultades que se han producido en el embarque ferroviario de carbón del mineral de Curanilahue que amenaza en provocar una paralización del yacimiento carBoní- fero "Colico Sur".
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, a lo que adhirió el señor Meló, con el objeto de que se sirva arbitrar las medidas necesarias para solucionar el problema del transporte referido, el que sumado a la restricción de crédito y paralización de otras actividades, podría causar un colapso total de la provincia de Arauco.
El turno siguiente correspondió al Comité Comunista. El señor Meló usó da la palabra para referirse a diversos problemas.
Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de que se sirva dar una pronta solución a los pliegos de peticiones de los sindicatos mineros de Colico Sur, Pilpilco y Victoria de Lebu.
Al señor Ministro de Minería, para que se sirva informar sobre el precio de venta del carbón en sus distintas calidades y calorías, tanto puesto en la bocamina como en Santiago; los valores que paga cada tonelada de carbón en barco, en carro de ferrocarril o en camión, desde la bocamina a Santiago.
Al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que se sirva considerar el envío de un proyecto de ley que permita condonar las deudas de los pequeños agricultores provenientes de créditos otorgados por la Corporación de Reforma Agraria, el Instituto de Desarrollo Agropecuario y otras instituciones para la adquisición de semillas e implementos para el cultivo de la tierra;
Al señor Ministro de Tierras y Colonización, para que por intermedio de la Corporación de Reforma Agraria se sirva remitir a esta Corporación la nómina de los funcionarios de esa Institución que se encuentran en la provincia de Arauco, qué sueldo gana cada uno de ellos y la cantidad y variedad de semillas entregadas y a quiénes se han repartido;
Al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que se sirva disponer la expropiación de nuevos fundos de la pi'ovin- cia de Arauco, tales como "Hei'rera", "Quilachenquín", "Peumo", "Descabezado", "Los Ríos", "Antiquina", "Pilpilco Alto", "Tranaquete", "Lleu-Lleu", "Mundo Nuevo" y otros;
Al señor Ministro del Interior, con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para que no se autorice el uso de la fuerza pública para efectuar los lanzamientos de que están amenazados los campesinos de los fundos referidos precedentemente ;
Al mismo señor Ministro, a lo que adhirieron los señores Laemmermann y Valenzuela, don Ricardo, con el objeto de que se adopten las medidas necesarias para que se mantenga la actual Plaza "Caupoli- cán" de Cañete, que se proyectaría destinar a otros fines y asimismo, que se proceda a erigir en dicha Plaza un monumento al Toqui Caupolicán.
Al señor Ministro del Interior, a lo que adhirieron los señores Laermermann y Valenzuela, don Ricardo, con el objeto de que se sirva destinar los recursos económicos para prestar ayuda a las Municipalidades de Arauco, cuyo estado de falencia les impide cumplir adecuadamente sus funciones.
Al señor Ministro de Obras Públicas, a lo que adhirieron los señores Laemmer- miann y Aravena, don Jorge, y el Comité Demócrata Cristiano, con el objeto de que se destinen los funcionarios necesarios para que la CORVI proceda a entregar títulos de dominio a los actuales ocupantes de terrenos, a título gratuito, en la provincia de Arauco y en el resto del país.
Al señor Ministro del Interior, con el objeto de que sirva adoptar las medidas necesarias para poner a disposición de la
Municipalidad de Curanilahue los recursos económicos indispensables para la ejecución de las siguientes obras:
1.- Ampliación del contrato de obras de pavimentación de la calle Arturo Prat;
2.- Construcción del camino de acceso de Curanilahue-Cañete, paralelo a la ribera del río Curanilahue;
3.- Construcción del puente carretero sobre el río Plegarias;
4.- Canalización del río Curanilahue;
5.- Empalmar pavimento del camino Curanilahue-Concepción con puente carretero sobiºe el río Curanilahue;
6.- Creación de un ítem especial; incorporación a la planta y pago del reajuste de los obreros de vialidad, ex-mineros de Plegarias;
Al señor Ministro de Salud Pública, a lo que adhirieron los señores Laemmermann, Aravena, don Andrés y el Comité Demócrata Cristiano, con el objeto de que se sirva acoger las siguientes peticiones:
1.- Que se aumente la dotación de médicos para los hospitales de Arauco, Curanilahue, Cañete y Lebu y se destine personal médico para el Hospital de Contul- mo; y
2.- Disponer que el equipo móvil del Servicio Nacional de Salud, que está en Lota y Schwager recorra los centros mineros de la provincia de Arauco para examinar a los trabajadoi'es de la zona;
Al señor Ministro de Educación Pública a lo que adhirieron el señor Laerm- mermann y el Comité Demócrata Cristiano, para que se creen Escuelas rurales en reducciones y fundos da la provincia de Ai-auco, tales como Los Ríos, en la comuna de Los Alamos y en la reducción de Choqui, en la comuna de Contulmo y, asimismo, que se proceda a la reparación de la mayoría de los locales de las escuelas rurales de dicha provincia que se encuentran en pésimo estado, tales como las de Pehuén, Los Ríos, etc.
Al señor Ministro del Trabajo y Pi'e- visión Social, a lo que adhirieron los señores Laermmermann, Aravena, don Andrés y el Comité Demócrata Cristiano, con el objeto de que se sirva destinar Inspectores del Trabajo para las localidades de Curanilahue, Arauco y Contuhno, para velar por el incumplimiento de las leyes sociales frente a los numerosos abusos y arbitrariedades que cometerían los patrones;
En seguida, usó de la palabra el señor Agurto, quien continuó sus observaciones relacionadas con la situación en que se encuentra el magisterio del país, qvie se encuentra impago de sus sueldos, especialmente en la provincia de Concepción. En seguida, se refirió SSa. a la necesidad de proceder a la ampliación del local del Liceo Coeducacional de Talcahuano.
Solicitó el señor Diputado que se dirigieran oficios, en su nombre, a lo que adhirió el señor Aravena, don Andrés, a los señores Ministros de Educación Pública y de Obras Públicas, con el objeto de que se sirvan adoptar las medidas necesarias para consultar los recursos económicos requeridos para la ampliación del local del Liceo Coeducacional de lºlcahuano en el Presupuesto del año 1966.
Finalmente, el señor Agurto solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirió el señor Aravena, don Andrés, al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de darle a conocer la resolución adoptada por el señor Rudy Grook, propietario de la Maestranza "Arenal" de Talcahuano, quien ha despedido a los 103 obreros que trabajan en ella, medida ésta que causará graves problemaá a dicho personal y redundará en perjuicio de la provincia.
El turno, siguiente perteneció al Comité Socialista. El señor Aravena, don Andrés, se refirió a los conflictos producidos en los fúñelos de la provincia de Curicó, especialmente en el fundo Los Cristales, de propiedad de la Sucesión López Farfán y a la actitud que habría tenido el administrador señor Hernán del Valle, quien habría recibido a los campesinos armado de una metralleta.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirieron los señores Meló, Agurto, Guastavino, Guajardo y el Comité Demócrata Cristiano, al señor Ministro del Interior con el objeto de que se sirva disponer se investigue en forma acuciosa la procedencia de dicha arma y también, al señor Ministro de Agricultura para que la Corporación de Reforma Agraria proceda a destacar funcionarios de esa institución en los fundos en que se han producido conflictos entre los campesinos y los propietarios.
En seguida, el señor Aravena, don Andrés, se refirió a las condiciones en que son explotados algunos fundos de la provincia de Malleco, que en concepto de Su Señoría serían antieconómica e improductiva.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirió el Comité Demócrata Cristiano, al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que la CORA investigue las condiciones en que son explotados los siguientes fundos de la provincia de Malleco: "Casablanca" y "Las Mercedes" del señor Rosendo Vásquez ; "Huitranlehue", de doña Solange Smitmans de la Fuente; " Santa Clai'a", de don Gerardo Smitmans; "Peleguito", arrendado por el señor Narciso Guidotti; "El Cángulo", de don Benjamín Acevedo; "San Ignacio", "Curaneo" y "Centenario" de la Sucesión Dufeu; "Santa Catalina", "Vega Larga", " Hijuela", de la Sucesión Augusto Smitmans y "Perales" de don Pedro Ernesto Catal.
Finalmente el señor Aravena, don Andrés, se refirió al Socialismo, sus realizaciones, posibilidades y acción en la actual sociedad.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo IT?»? del Reglamento, los señores Diputados que se indican solicitaron que se enviaran los siguientes oficios en sus respectivos nombres:
{Las peticiones de oficios correspon- tes a esta parte del acta aparecen el filial de los Documentos de la Cuenta del Boletín de la Sesión 14º)
Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba prorrogada en virtud de los acuerdos anteriormente adoptados se levantó ella a las 21 horas y 37 minutos.
Sesión 12º, Extraordinaria, en martes 2 de noviembre de 1965. Presidencia de los señores Papic y Cancino. Se abrió a las 16 horas 15 minutos, y asistieron los señores:
Acevedo P., Juan Ibáñez V., JorgeAcuña R., Américo Iglesias C., ErnestoAguilera B., Luis Irureta A., NarcisoAguilera C., María Inés Jaque A., Duberildo Agurto, Fernando Stgo. Jaramillo B., Alberto Alvarado P., Pedro Jerez H., AlbertoAllende G., Laura Koenig C., EduardoAnsieta N., Alfonso Laemmermann M., Re- Aravena C., Jorge nato
Argandoña C., Juan Lavandero I., Jorge Astorga J., Samuel Lazo €., Carmen Aylwin A., Andrés Lorca R., GustavoBasso e.. Osvaldo Maluenda C., MaríaCabello P., Jorge Marambio P., Joel
Cademártori I., José Marín M., Gladys Camus F., José Tomás Martín M., Lttís Canales C., Gilberto Martínez C., Juan Cancino T., Fernando Meló P., Galvarino Cantero P., Manuel Millas C., OrlandoCarvajal A., Arturo Rlonares G., José Cardemil A., Gustavo Montt M., Julio Castilla H., Guido Mosquera R., MarioCerda G., Eduardo Muga G., Pedro Clavel A., Eduardo Naranjo A., OscarCorrea de Lyon, Silvia Naudon A., Alberto Daiber E., Alberto º ,
De la Fuente C., Gabriel V., FernandoDemarchi K., CarlosDip de Rodríguez, Juana 2 "
Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo.
Fernández A., Sergio Fierro L., FermínFuentealba C., Clemente Phillips P., Patricio
Fuentes A., áamuel Poblete G., Orlando
Fuentes V., César Raiil Pontigo U., Cipriano
Gajardo P., Santiago Retamal C., Blanca
Galleguillos C., Víctor Rioseco V., ManuelGaray F., Félix Rodríguez H., Manuel
Godoy U., César Rodríguez N., JuanGonzález M., Víctor Rosales G., CarlosGuajardo G., Ernesto Rosselot J., FernandoGuastavino C., Luis Ruiz-Esquide J., Ma- Hamuy B., Mario riano
Hurtado O'R., Rubén Saavedra C., Wilna
Hurtado P., Patricio Sanhuesa H., FeriandoSantibáñez C., Jorge Valdés P., ArturoSbarbaro C., Víctor Valdés S., ManuelSepúlveda M., Eduardo Valente R., LuisSilva s., Julio Valenzuela L., RenatoSívori A., Carlos Valenzuela S., RicardoSota E., Vicente Valenzuela V., HéctorStark T., Pedro Videla R., PedroSuárez G., Constantino Werner I., RodolfoTejeda O., Luis Zepeda C., HugoTéllez Sh., Héctor Zorrilla C., Enrique Torres P., Mario
El Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y el Secretario Jefe de Comisiones, señor Larraín Errázuriz, don José Luis.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
Las actas de las sesiones 6ºº, 7º y 8º extraordinarias, celebradas en miércoles 20, jueves 21 y viernes 22 de octubre, de 20.30 a 22.30, de 16 a 21.30 y de 10.45 a 13.30 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados.
CUENTA
Se dio cuenta de :
1'?-Un oficio de S. E. el Presidente de la República, con el que formula una indicación al proyectó de ley que consulta normas sobre conservación, protección, utilización y acrecentamiento de la riqueza forestal del país.
-Se mandó tener presente y agregar a los antecedentes del proyecto en Comisión de Agricultura y Colonización.
2 ?-Un oficio del Honorable Senado, con el que comunica no haber insistido en la aprobación de las modificaciones que introdujera al proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para íi- jar las disposiciones por las que se regirá el Departamento del Cobre, establecer el Estatuto de Inversiones Mineras y reglamentar las Sociedades Mixtas Mineras, con excepción de las que señala, en cuya aprobación ha insistido,
-Quedó en Tabla.
3°-Siete oficios del señor Ministro del Interior, con los que da respuesta a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan,- sobre
las materias que se indican:
Del señor Aravena, don Jorge, relativo a la cesantía existente en la provincia de Talca;
Del señor Garcés, respecto del aumento del personal de Carabineros de la ciudad de Curicó;
Del señor Ibáñez, acerca del problema habitacional que afecta a la provincia de Linares;
Del señor Morales, don Raúl, relacionado con la transmisión de telegramas oficiales a las localidades de Chaitén, Futa- leufú y Alto Palena, por medio de las ra- dioestaciones de la Fuerza Aérea de Chile;
Del señor Ochagavía, referente al traslado de las personas que viven a la orilla del mar en la ciudad de Castro;
Del mismo señor Diputado, sobre creación de una estafeta de correos en lo localidad de Terao, provincia de Chiloé;
De los señores Morales, don Raúl, y Sepúlveda, don Francisco, relativo al otorgamiento de una subvención para el Cuerpo de Bomberos de Aisén.
49-Un oficio del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el que da respuesta al que se le dirigió, en nombre del señor Ochagavía, respecto de la habilitación del aeródromo de Pupelde, en Ancud.
5'?-Dos oficios del señor Ministro de Hacienda, con los que se refiere a los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, sobre las materias que se expresan:
Del señor Morales, don Raúl, acerca de la concesión de sobregiros a los clientes: de las instituciones bancarias de la provincia de Chiloé, y
De los señores Millas, Fernández, Sota y señora Correa, relacionado con la realización de un nuevo estudio de los avalúos de los inmuebles que forman la Población San Ramón, de la comuna de La Granja.
69-Un oficio del señor Ministro de Defensa Nacional, con el que da respuesta al que se le remitió,, en nombre del señor Agurto y de los señores Diputados perte necientes al Comité Parlamentario del Partido Comunista, referente a la reincorporación de los dirigentes de la Unión de Obreros Profesionales de los Astilleros y Maestranzas de la Armada, de Tal- cahuano.
79-Diez oficios del señor Ministro de Obras Públicas, con los que contesta los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, sobre las materias que se indican:
Del señor Acuña, relativo a la instalación de servicio de alcantarillado en la calle Armando Barrientos, de la ciudad de Osorno;
Del señor Castilla, respecto de la construcción de poblaciones en las ciudades de Linares, Parral, San Javier y Villa Alegre;
Del señor Garcés, acerca de la dotación de alcantarillado para la localidad de Lontué;
Del señor Guajardo, relacionado con la ejecución de los trabajos de ampliación de los servicios de agua potable y alcantarillado en la localidad de Porvenir, provincia de Magallanes;
Del señor Millas, referentes a la construcción de una población en la comuna de San José de Maipo;
Del mismo señor Diputado, sobre reparación de las viviendas dañadas por el sismo de 28 de marzo del presente año;
De la señora Retamal, relativo a la reconstrucción del edificio del Cuerpo de Bomberos de Collil;
Del señor Torres, respecto de la ampliación de la red de agua potable en la ciudad de Coquimbo;
Del señor Valente, acerca de la suspensión de la firma constructora "SIÑA", del Registro de Contratistas de Obras Públicas; y
De los señores Koenig y Olave, relacionado con la declaración de puerto oficial, del puerto de Las Mulatas, ubicada en la provincia de Valdivia.
89-Dos oficios del señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, con los que se refiere a los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan;
Del señor Ibáñez, referente al otorgamiento de los beneficios contemplados en la ley 15.840 a los obreros dependientes del Ministerio de Obras Públicas; y
Del señor Momberg, relativo a la construcción de una población para los imponentes de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares de la comuna de Pu- cón.
9°-Tres oficios del señor Contralor General de la República:
Con el primero da respuesta al que se le remitió, en nombre de la Cámara, acerca de una investigación para determinar las causas por las que se ha suspendido la entrega gratuita de alimentos a los asegurados del Servicio de Seguro Social.
Con los dos restantes contesta los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, sobre las materias que se indican;
Del señor Acuña, relacionado con diversas irregularidades que se habrían producido en la constitución e integración de las Juntas de Auxilio Escolar y Becas de Osorno y Río Negro, y
Del señor Cademártori, referente a una investigación sobre el procedimiento que emplea la Dirección de Estadística y Censos para calcular el índice del costo de la vida.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
10°-Un informe de la Comisión de Trabajo y Legislación Social recaído en el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, en segundo trámite reglamentario y con urgencia calificada de "simple", que deroga el artículo 20 de la ley 15.386, que otorgó a los empleados el derecho a solicitar el pago de! desahucio, no obstante perinanec-er en actividad, si han cumplido los requisitos para obtener pensión con sueldo base íntegro.
-Quedaron en ToMa.
12°-Un oficio de la Comisión de Go- taierno Interior, con el que comunica haber elegido Presidente al Honorable señor Ruiz-Esquide.
-Se mandó tetier presente y archivar.
13°-Cuatro mociones, con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley;
Los señores Momberg, Ochagavía, Coñuepán, De la Fuente y Zepeda, que deja sin efecto el acuerdo sobre restricciones de los sobregiros en las cuentas corrientes bancarias, adoptado por el Directorio del Banco Central de Chile.
-Se mandó a la Comisión de Hacienda.
Del señor Papic, que autoriza a la Municipalidad de Río Bueno para contratar empréstitos.
-Se mandó a la Comisión de Gobierno Inferior y a la de Hacienda ¡jara los efectos de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Reglamento.
El señcg- Ibáñez, que autoriza una colecta nacional y una emisión de sellos para financiar la erección de un monumento y la construcción de un museo y biblioteca a la memoria del Abate Juan Ignacio Molina.
-Se mandó a la Comisión de Gobierno Interior y Hacienda, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Reglamento.
El señor Fuentes, don Samuel, que concede pensión a doña Juana Palma Muñoz.
-Se mandó a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares.
149-Dos' comunicaciones:
Con la primera, el Secretario de la Facultad de Filosofía y Educación de la Universidad de Chile manifiesta que, a partir de la próxima temporada de enero, se establecerá como sede de bachillerato la ciudad de San Felipe.
Con la segunda, el señor Alcalde de Santiago se refiere al proyecto de acuerdo, aprobado por la Cámara, para denominar una calle de la comuna con el nombre del doctor Albert Schweitzer.
-Se mandaron tener presente y archivar.
Por no contar con la unanimidad, quedaron sin efecto los siguientes acuerdos adoptados por la mayoría de los Comités Parlamentarios:
19-Alterar el orden de la Tabla de la presente sesión y votar, en primer lugar, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que otorga la calidad de empleados, para todas las personas que se desempeñan como mecánicos.
29-Tratar y despachar, a continuación, el proyecto de ley, en quinto trámite constitucional, que autoriza al Presidente de la República para dictar normas con fuerza de ley respecto del Departamento del Cobre, inversiones mineras y sociedades mineras mixtas, con sujeción a las siguientes modalidades:
Cada Comité parlamentario podrá usar de diez minutos, en total, durante la discusión de todas las insistencias del Senado, tiempo que podrá emplearse para referirse a alguna o a todas ellas, a su arbitrio.
Se usará de la palabra en el orden en que ella sea solicitada.
Enterados estos tiempos, se declarará cerrado el debate respecto de todas las insistencias que se encuentren pendientes hasta ese instante, y se procederá a votar el proyecto hasta su total despacho.
39-En seguida, se tratará y despachará el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, coji urgencia calificada de "suma", que concede franquicias aduaneras para la internación de chasis destinados a los servicios particulares de locomoción colectiva de pasajeros. Cada Comité podrá hacer uso de la palabra hasta por cinco minutos en la discusión particular del proyecto, tiempo que podrá usarse, al arbitrio de cada uno, en conjunto o parcialmente respecto de las distintas disposiciones. Transcurridos estos tiempos, se procederá a cerrar el debate y a votar el proyecto, hasta su total despacho.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), por asentimiento uná nime, se acordó votar sin debate, en el primer lugar del Orden del Día de la presente sesión las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que otorga la calidad jurídica de empleados, para todos los efectos legales, a las personas que se desempeñan como mecánicos.
La observación en referencia consistía en el rechazo total del proyecto.
Puesta en votación la observación, resultó rechazada por unanimidad y se acordó insistir en la aprobación del proyecto primitivo con la misma votación.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de la observación en esta rama del Congreso Nacional.
En seguida, correspondió considerar, sobre Tabla, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 del Reglamento, el proyecto de ley, en quinto trámite constitucional, que faculta al Presidente de la República para dictar normas respecto del Departamento del Cobre, inversiones mineras y Sociedades Mineras Mixtas.
Las insistencias del Senado eran las siguientes :
Artículos 19 y 2°
Respecto del artículo signado con el Nº 1, que contiene diversas modificaciones a la ley 11.828, propuesto en sustitución de estos artículos, el Senado ha insistido en la aprobación de la siguiente enmienda a dicha ley, que esa Honorable Cámara ha rechazado:
Artículo 39
La que consiste en suprimirlo.
Artículo 39
Con respecto al acuerdo de esa Honorable Cámara, recaído en la letra b) del artículo 39 de su proyecto, me permito hacer presente a V. E. que el Senado, en el segundo trámite constitucional, sustituyó la totalidad de dicho artículo y, por lo tanto, no adoptó el acuerdo de rechazar la letra referida.
En esta oportunidad, en vista del acuerdo adoptado por esa Honorable Corporación y sólo para los efectos de la tramitación del proyecto, acordó expresaros que debe entenderse que insiste, por unanimidad, en la supresión de la letra mencionada.
Artículos nuevos
Referente al artículo 28, nuevo, que introduce diversas modificaciones al decreto Nº 313, de 15 de mayo de 1956, el Senado ha insistido en las enmiendas signadas con los números 2) y 3).
En consecuencia, el artículo 28, en este trámite, queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 28.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto Nº 313, de 15 de mayo de 1956 :
1) Deróganse el inciso segundo del artículo 14 y el artículo 15, y
2) Sustítúyese el artículo 47 por el siguiente ;
"Ai'tículo 47,-La participación de utilidades para cada obrero, será del 25% de su salario base y demás remuneraciones imponibles que reciba por día de trabajo y no podrá ser inferior al promedio que por este mismo concepto deban recibir, como gratificación, los empleados de la respectiva empresa.
La gratificación de los empleados será del 25% del total ganado en el año por cada uno de ellos, sin la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 146 del Código del Trabajo".
Artículo 39
Sin debate, por 34 votos contra 50, se acordó no insistir en el rechazo de la modificación que consiste en suprimir el artículo 39 de la ley Nº 11.828.
Artículo 39
Por 56 votos contra 33, sin debate, se acordó no insistir en la aprobación de la letra b) del artículo 3||AMPERSAND||quot; de esta Corporación, que la Cámara estimó que el Senado había rechazado.
Artículo 28
Puesta en discusión ¡a supresión de los N'?s 2 y 3 de este artículo, usaron de la palabra los señores Monares, Olivares, Rosales y Naudon.
Cerrado el debate, por asentimiento unánime, se acordó no insistir en la aprobación del N"? 2 del artículo 28, que modifica los artículos 14 y 15 del decreto 313.
Puesta en discusión la insistencia en la supresión del N"? 3 del artículo 28, usaron de la palabra los señores Monares, Olivares, Phillips y Rosales.
Se solicitó la clausura del debate, la que, puesta en votación, resultó aprobada por 50 votos contra 43.
Puesta en votación secreta la insistencia en el Nº 3 del artículo, se acordó no insistir por 7 votos contra 97.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en el Congreso Nacional, y en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, que se pusieron en conocimiento del Senado, se mandó comunicar al Presidente de la República, redactado en los términos siguientes:
Proyecto de ley
"TITULO I
De las modificaciones de la ley 11.828Artículo 19-Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N||AMPERSAND||quot;? 11.828, de 5 de mayo de 1955:
Artículo 19
1) Reemplázase, en la letra a), el guarismo "50%" por "52,5%".
2) Sustituyese, en la letra b), el tercer guarismo "50%" por "52,5%".
3) Reemplázase el inciso tercero, por el siguiente:
"Este impuesto se pagará en dólares de los Estados Unidos de América, salvo que el Presidente de la República, en casos de excepción, autorice su pago en otras monedas, por decreto fundado y previo informe de la Corporación del Cobre."
4) Reemplázase el inciso final, por el siguiente;
"Cuando la producción de esas empresas baje de la producción básica, el impuesto establecido en este artículo será del 85% de la renta imponible para cada una de las empresas, salvo caso de fuerza ma- j'or que calificará la Corporación del Cobre con informe favorable del Consejo de Defensa del Estado."
Artículo 39
Derógase.
Artículo 49
1) Reemplázase su inciso primero por los siguientes:
"Artículo 49-La renta imponible neta se determinará en conformidad a las disposiciones de la ley sobre Impuesto a la Renta vigente a la fecha en que deba efectuarse esa determinación.
Estas empresas no podrán acogerse a beneficios, deduciones o franquicias, sean idénticos o semejantes, que se concedan a los demás contribuyentes de la ley sobre Impuesto a la Renta, cuando ellos ya hayan sido concedidos."
2) Suprímense los incisos tercero y cuarto.
3) Agrégase el siguiente inciso nuevo:
"Los gastos de publicidad o propaganda que las empresas realicen en radios, cines, estaciones' de televisión y diarios, revistas o periódicos, no podrán deducirse en la determinación de la renta imponible."
Artículo 5°
Sustitúyese este artículo, por el siguiente :
"Artículo 59-Las empresas pagarán el impuesto a que se refieren los artículos anteriores en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, de cada año, de acuerdo con una determinación provisional de su renta que hará el Servicio de Impuestos Internos, previo informe de la Corporación del Cobre.
La determinación definitiva de la renta se hará también por el Servicio de Impuestos Internos, previo informe de la Corporación del Cobre, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento del respectivo año calendario. Las diferencias qué resulten en favor del Fisco serán exi- gibles de inmediato, y las que resulten en favor de las empresas serán abonadas al más próximo pago provisional, o a los más próximos, en su caso.
Lo establecido en los incisos anteriores se entenderá sin perjuicio de la facultad del Servicio de Impuestos Internos para efectuar revisiones y reliquidaciones dentro de los plazos establecidos para los demás contribuyentes del impuesto a la renta.
La Corporación del Cobre deberá controlar los costos de las empresas productoras y proporcionará al Servicio de Impuestos Internos todos los antecedentes necesarios para verificarlos, sin perjuicio de las facultades de este Servicio para controlar y para requerir directamente dichos antecedentes.
Se declara que los plazos de prescripción establecidos en los artículos 200 y 201 del Código Tributario comenzarán a correr para las empresas afectas a este artículo, al día siguiente de vencido el plazo-de que dispone el Servicio de Impuestos Internos para fijar la renta definitiva."
Artículo 69
Derógase.
Artículo 79
Sustituyese por el siguiente:
"Artículo 79-Las empresas productoras reservarán para las industrias nacionales y entidades autorizadas, el total del cobre que ellas necesiten en las formas usuales requeridas para su industrialización, previo informe favorable de la Corporación del Cobre, la que lo emitirá después de oír a los industriales manufactureros.
Deberá efectuarse en igual forma reserva respecto del molibdeno contenido en los productos que se obtengan en los pi'oce- sos de beneficio de los minerales de cobre.
La reserva a que se refieren los incisos precedentes será establecida por la Corporación del Cobre considerando la proporcionalidad de las producciones de las empresas y las necesidades de las industrias nacionales y entidades autorizadas.
El Presidente de la República podrá hacer aplicable el sistema de la reserva indicado en los incisos anteriores a los demás subproductos de las empresas productoras de cobre.
Asimismo, el sistema de la reserva podrá aplicarse a los artículos semielabora- dos por la industria manufacturera primaria para satisfacer las necesidades de otras industrias nacionales en conformidad a las definiciones y condiciones que señale su reglamento.
En el ejercicio de las atribuciones que se le otorgan en el presente artículo y los artículos 89 y 99, la Corporación del Cobre deberá proceder de acuerdo con un reglamento que será dictado por el Presidente de la República y que éste podrá modificar cuantas veces lo estime conveniente. Dicho reglamento deberá contener las disposiciones necesarias para que la reserva establecida en el presente artículo favorezca exclusivamente a aquellos artículos en cuyo proceso industrial se opere una efectiva y suficiente incorporación de valores.
El Presidente de la República, para dictar o modificar el reglamento referido en el inciso anterior, deberá oír a los industriales manufactureros."
Artículo 8°
Sustituyese por el siguiente:
"Ar-tículo 8°-El aprovisionamiento de los productos sometidos a reserva de acuerdo con el artículo anterior, deberá satisfacer todas las necesidades de las industrias nacionales y entidades autorizadas para la producción de artículos elaborados, semielaborados u otros productos, de consumo interno o de exportación, que cumplan todos los requisitos fijados por la Corporación del Cobre, de acuerdo con el reglamento a que se refiere el artículo anterior."
Artículo 9°
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 9?-La venta de cobre o productos que contengan molibdeno o de cualquier otro producto sujeto a reserva, a las industrias nacionales del ramo y entidades autorizadas, se efectuará de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Las empresas productoras o elabo- radoras de cobre, previa autorización de la Corporación del Cobre, otorgada de acueVdo al Reglamento, venderán o asegurarán la venta de los productos sujetos a reserva únicamente a aquellas industrias o entidades autorizadas que ya sea en instalaciones propias o de terceros sean capaces o demuestren poder llegar a tener la capacidad de transformar tales productos en artículos elaborados, semielaborados u otros productos que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo anterior.
b) El precio de venta del cobre en sus diversas formas y calidades corresponderá a la equivalencia de valores que resulte para cada operación, en los respectivos lugares de entrega, luego de efectuar a la cotización aceptada por la Corporación del Cobre las deducciones que correspondan a gastos y otros cargos que en caso de venta a la industiña nacional no se efectúen o no procedan.
Cuando se trate de adquisiciones de cobre que efectúen la industria nacional o las entidades autorizadas para producir aquellos artículos a que se refiere la letra anterior, sean para su consumo interno o para la exportación, la Corporación del Cobre aceptará como cotización de ésta, el precio más bajo a que se abastezca la industria de elaboración, manufacture- j'a u otros productos, competitiva en el mercado mundial o cualquiera cotización más favorable, cuando, a juicio de la Corporación, circunstancias especiales así lo aconsejen.
Estas mismas normas se aplicarán a los productos que contengan molibdeno y a los demás subproductos que vendan las empresas productoras a las industrias nacionales y entidades autorizadas.
Cuando se trate de cobre u otros productos destinados al consumo interno, el precio será pagado en moneda corriente y al tipo de conversión del dólar estadounidense que rija para la liquidación del retorno de las empresas productoras.
c) Las empresas productoras facturarán el precio indicado en el inciso ante- i-ior con un descuento de hasta un 10% cuando se trate de ventas de cobre, productos que contengan molibdeno o demás productos sometidos a reserva destinados a la exportación de artículos elaborados u otros productos que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 8º". El Presidente de la República fijará, cuando lo estime conveniente y previo informe favorable de la Corporación del Cobre, el monto del descuento según sea la naturaleza del producto a exportar y el mercado de destino. El descuento indicado en esta letra no importará mayor tributación para las empresas productoras de cobre."
Artículo 10
Derógase.
Artículo 11 Sustitúyese por el siguiente:
"ArtícMo 11.- Libéranse de derechos de internación y demás impuestos que se perciban por intermedio de las Aduanas, las maquinarias que se internen al país por las empresas mineras chilenas, cualquiera que sea su naturaleza, siempre que se destinen en forma permanente a la explotación de las minas o al beneficio de los minerales, y a condición de que dichas empresas hayan propuesto al Presidente de la República y éste haya aprobado el respectivo proyecto de inversión o ampliación de las ya efectuadas.
Este artículo no podrá, en caso alguno, significar disminución de las franquicias o beneficios legales de que goza actualmente la Pequeña Minería."
Artículo 12
Reemplázase por el siguiente;
"Artículo 12.- Las Compañías de la Gran Minería del Cobre venderán al contado sus productos en dólares de Estados Unidos o en otras monedas de libre convertibilidad y retornarán en dólares de los Estados Unidos de América o en monedas de libre convertibilidad las cantidades que necesiten para cubrir la totalidad de sus costos y demás gastos en moneda corriente de Chile, así como los impuestos a la renta que les corresponda y los intereses y amortizaciones de títulos de créditos y las participaciones de acciones que sean o hayan sido del Estado o de organismos del Estado en las sociedades mixtas. No obstante, podrán efectuar, ex- cepcionalmente, la venta y el retorno en otras monedas y condiciones, cuando así lo acuerde o autorice el Presidente de la República, por decreto fundado y previo informe de la Corporación del Cobre.
Las compañías deberán vender las divisas que necesiten para cubrir los costos y demás gastos en moneda corriente en el país, al Banco Central de Chile, el cual estará obligado a adquirirlas al tipo de cambio libre bancario al contado.
Los fondos para cubrir los costos y demás gastos en moneda corriente de Chile, se depositarán mensualmente en cuentas corrientes bancarias en dólares en el Banco Central de Chile, o de acuerdo con las pautas que este organismo señale. Asimismo, se depositarán, de acuerdo con dichas pautas, el primer día hábil de cada mes, las sumas pagaderas en Chile que, según declaración estimativa presentada a la Corporación del Cobre, correspondiere al mes anterior por concepto de impuestos de todas las compañías y de intereses y amortizaciones de títulos de créditos y participación de acciones que sean o hayan sido del Estado u organismos del Estado en las sociedades mixtas. Las compañías girarán, contra dichas cuentas, para el cumplimiento de las obligaciones mencionadas en este artículo.
Además, las Compañías de la Gran Minería deberán mantener en dichas cuentas un saldo mínimo permanente que se convenga entre éstas y el Presidente de la República y que, en ningún caso, podrá ser inferior al 3,5% del monto total del retorno de las compañías, correspondiente al año 1964.
A partir del año 1966, este saldo mínimo aumentará en relación con el incremento de los retornos que deben efectuar las Compañías de la Gran Minería del Cobre, en virtud de este artículo, de tal modo que, en ningún caso, este saldo mínimo podrá ser inferior al 3,5% del monto total de los retornos hechos el año inmediatamente anterior."
Artículo 13
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 13.- Las empresas a que se refieren los artículos 19, 2º y 4"? de esta ley, deberán llevar el total de su contabilidad en Chile, conforme a las leyes vigentes sobre esta materia.
Los gastos que realicen en el exterior sólo podrán ser aceptados para determinar la renta afecta a impuesto, con la verificación y comprobación de la Corpora ción del Cobre, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Impuestos Internos, en especial cuando esos gastos provengan de cargos efectuados por empresas principales, filiales o asociadas respecto de aquéllas que operen en Chile."
Agrégase el siguiente Párrafo II: "De la Reinversión de Utilidades".
Sustituyese el "PARRAFO II del Departamento del Cobre" por el siguiente: "PARRAFO III de la Corporación del Cobre".
Artículo 14
Sustitúyese por el siguiente:
"Artículo 14.- Créase, con personalidad jurídica y con domicilio en la ciudad de Santiago, la Corporación del Cobre de Chile, que se regirá por las disposiciones de la presente ley y de sus reglamentos, en lo que se refiere al ejercicio de sus funciones, facultades, actividad y administración.
La Corporación del Cobre de Chile estará sujeta a la fiscalización de la Con- traloría General de la República y sus funcionarios quedarán afectos a las responsabilidades penales de los funcionarios públicos.
El patrimonio estará formado por los recursos que se otorgan por la presente ley, por los bienes de toda clase que adquiera en el desarrollo o a consecuencia del cumplimiento de sus fines y por los recursos especiales que se le asignan por ley.
Las relaciones de la Corporación del Cobre con el Gobierno se efectuarán a través del Ministerio de Minería".
Artículo 15
Sustitúyese por el siguiente:
"Ariícvlo 15.- Sus funciones serán las siguientes:
1°) Intervenir en el comercio internacional del cobre y de sus subproductos, en la regulación de sus precios, en el man- tpnimiento o ampliación de sus mercado" la mejor distribución de ellos, o para evitar o contrarrestar cualquiera acción que tienda a controlarlos o restringirlos uni- lateralmente.
29) Fomentar al máximo las adquisiciones en Chile y la utilización de servicios en el país, por parte de las Empresas Productoras de Cobre.
En las adquisiciones, incluso en las destinadas a ampliaciones o nuevas instalaciones. se dará preferencia a los productos nacionales.
Para los efectos de la comparación de precios, la Corporación del Cobre, agregará al precio CIF de los productos de procedencia extranjera, el monto que representan los gravámenes que se perciben por las Aduanas, aunque por disposiciones específicas, la internación de estos productos esté liberada del pago de los gravámenes referidos.
39) Fiscalizar las adquisiciones de bienes y la utilización de servicios que las cmnresas productoras de cobre hagan e' el extranjero, a fin de que ellas se limiten a lo indispensable y se hagan en las condiciones menos onerosas que sea posible obtener, pudiendo la Corporación recurrir para estos efectos a la colaboración de las personas o entidades nacionales o extranjeras que estime más adecuadas.
49) Investigar, tanto en el país como en el extranjero, las materias a que se refiere este artículo.
59) Informar a los Poderes Públicos sobre todas las materias relacionadas con la producción, manufactura y comercio del cobre o de sus subproductos, en cualquiera de sus formas, en el país o en el extranjero y, en especial, sobre las condiciones técnicas, sociales, económicas y financieras de la producción nacional, sus mercados, usos y elaboración.
Asimismo, deberá informar, semestral- mente, al Congreso Nacional acerca del menor ingreso fiscal producido con motivo de la aplicación de las franquicias aduaneras y tributarias contempladas en esta ley.
69) Fiscalizar y establecer las condiciones de la producción, manufactura y comercio del cobre o de sus subproductos, tanto en lo que se refiere a sus niveles o volúmenes, posibilidades de expansión, fletes, consumos, precios, ventas, costos y utilidades, como en lo que se refiere a las condiciones sociales, de seguridad y sanitaria de las faenas.
7 ?) Fiscalizar y controlar los costos, el producto de las ventas y utilidades y demás antecedentes ncesarios para fijar la renta afecta a impuesto de las Empresas de la Gran Minería del Cobre y de las sociedades mineras mixtas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la presente ley.
Esta función se podrá extender además a los productores de cobre que determine el Presidente de la República, previo informe de la Corporación del Cobre y del Servicio de Impuestos Internos.
89) Promover la producción de cobre o de sus subproductos, e intervenir en ella, pudiendo para estos efectos, previa autorización del Presidente de la República, formar, participar, o constituir sociedades y en especial las sociedades mineras mixtas.
99) Promover el uso del cobre chileno y de sus subproductos en todos los mercados.
10) Fomentar el desarrollo de la producción y exportaciones de productos manufacturados de cobre, realizando estudios e investigaciones sobre los nuevos usos de las manufacturas de cobre y sus aleaciones, las condiciones de comercialización en los mercados internos y efectuando las gestiones que estén a su alcance para facilitar el ingreso de los pro- dutos industriales a esos mercados.
11) Conocer, en primera instancia, como árbitro, las cuestiones que puedan suscitarse con motivo de la aplicación o interpretación de las excepciones contempladas en los Nºs. 3 y 7 del artículo 136 de la ley 15.575, entre los productores mineros y la Empresa Nacional de Minería u otras empresas nacionales de fundición o refinación.
12) Fiscalizar y establecer las condiciones, sociales y biológicas adecuadas para los trabajadores ºy familiares que desarrollan sus actividades en las empresas productoras y refinadoras dQ cobre.
Para los efectos de lo establecido en el presente artículo y en el artículo 18, las empresas productoras estarán obligadas a proporcionar oportunamente todos los antecedentes e informaciones que les solicite la Corporación del Cobre.
Para el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus facultades, la Corporación del Cobre podrá acordar con el Servicio de Minas del Estado, o con cualquiera otra repartición pública o institución u organismo del Estado, o Corporaciones Públicas, convenios especiales de cooperación, asistencia técnica o prestación de servicios. Tales convenios y las prestaciones de servicios a que den lugar estarán exentos de toda clase de impuestos.
Los gastos que se deriven de estos convenios serán de cargo de la Corporación del Cobre.
La Corporación podrá establecer para el ejercicio de sus funciones, oficinas y sucursales, agencias y filiales, dentro o fuera del territorio de la República."
Agréganse a continuación los siguientes artículos nuevos:
"Artículo 15-A.- Cuando perturbaciones graves en los mercados internacionales así lo aconsejen o en situaciones bélicas mundiales que impidan a los productores efectuar normalmente las ventas de cobre en forma compatible con los inte reses del Estado o en situaciones excep- cionalmente de otro orden que compro- mentan el interés nacional, el Presidente de la República, previo informe de la Corporación del Cobre, podrá decretar, sin excepción alguna, el monopolio del comercio de exportación del cobre chileno y de sus subproductos.
El monopolio deberá dejar a salvo el cumplimiento de los contratos de ventas vigentes a la fecha de su establecimiento y que resulten afectados por éste.
En el término de noventa días a contar de la vigencia de la presente ley, el Presidente de la República dictará el reglamento que estabFece los términos y condiciones del monopolio."
"Artículo 15-B.- Los inversionistas extranjeros correrán los mismos riesgos que los inversionistas nacionales y la protección de sus personas y bienes coi'res- ponde exclusivamente a las leyes y Tribunales de Chile".
Artículo 16
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 16.- Si por circunstancias derivadas del mercado internacional las compañías se vieran obligadas a disminuir su producción, la reducción de las faenas en Chile no podrá ser propor- cionalmente superior a aquella en que las ebmpañías, sus matrices, filiales o asociadas, hayan reducido su producción en las explotaciones que mantengan fuera del país.
Con todo, cualquiera reducción de faenas requerirá la aprobación de la Corporación del Cobre."
Artículo 17
Sustitúyese por el siguiente;
"Artículo 17.- La Corporación del Cobre será administrada por un Directorio compuesto por las siguientes personas:
El Ministro de Minería, quien lo presidirá ;
El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación del Cobre quien lo presidirá en ausencia del Ministro de Minería;
El Subsecretariao de Minería;
Dos representantes del Presidente de la República;
Dos representantes designados por el Directorio del Banco Central, uno de los cuales deberá ser Director de dicha institución ;
El Director de Impuestos Internos;
El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción;
El Gerente de la Empresa Nacional de Minería;
Un representante de las empresas productoras de cobre de la Gran Minería, designado de común acuerdo por éstas;
Un representante de las Sociedades Mineras Mixtas en que el Estado tenga una participación superior al 50% del capital social, designado de común acuerdo por éstas;
Un representante de las actividades de la pequeña minería, designado por el Presidente de la República de una terna que le propongan las Asociaciones de Pequeños Mineros y Pirquineros;
Un representante de los obreros y otro de los empleados de las empresas a cuyos personales se les aplique el Estatuto de Trabajadores del Cobre, que tengan un mínimo de dos añoá de servicios, designados por la Confederación de Trabajadores del Cobre;
Un representante designado por el Consejo de la Sociedad Nacional de Minería, y
Un representante designado por el Directorio del Instituto de Ingenieros de Minas de Chile.
Podrán designar suplentes al Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, el Director de Impuestos Internos y la Confederación de Trabajadores del Cobre.
El Presidente de la República designará al Vicepresidente Ejecutivo, el cual tendrá las prerrogativas que establece el inciso final del artículo 8 ? de la ley Nº 12.033; y será el representante legal y Jefe Administrativo de la Corporación, encargado de dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones que se adopten.
Corresponderá al Fiscal de la Corporación del Cobre, el que deberá ser designado por el Presidente de la República, como funcionario de su confianza, asistir con derecho a voz al Directorio y sus Comisiones.
En caso de fallecimiento, renuncia, ausencia o de cualquier otro impedimento o inhabilidad, el Vicepresidente Ejecutivo será subrogado por el Fiscal de la Corporación del Cobre, y en su defecto por quien designe el Directorio entre los representantes del Presidente de la República.
El Vicepresidente Ejecutivo y los demás miembros del Direcorio durarán dos años en sus funciones y podrán ser renovados o reelegidos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el Presidente de la República podrán poner término anticipadamente a las funciones del Vicepresidente Ejecutivo, previo acuerdo del Senado, y de los Directores de su designación.
El Directorio sólo podrá sesionar con ja mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio y sus acuerdos serán adoptados por la mayoría absoluta que los Directores presentes, salvo en aquellos casos en que la ley o sus reglamentos exijan quó- rum o mayorías especiales.
En caso de empate, lo dirimirá la persona que presida.
Los acuerdos del Directorio serán obligatorios para las empresas a que se refiere la presente ley.
Artículo 18
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 18.- El Directorio de la Corporación del Cobre podrá ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios o convenientes para el ejercicio de las funciones de la Corporación y contraer las obligaciones que tengan relación con ellos.
Especialmente estará facultado para:
a) Determinar las normas con arregk a las cuales la Corporación deberá ejercer sus funciones;
b) Autorizar las exportaciones de cobre y de sus subproductos y las importaciones necesarias para el funcionamiento de las empresas productoras, debiendo dar cuenta al Banco Central de Chile. No se autorizarán importaciones cuando la industria nacional ofrezca artículos compatibles con las necesidades de las empresas productoras, en condiciones razonables, todo lo cual, será calificado por la Corporación;
c) Comprobar y aprobar o denegar los contratos, precios, fletes, seguros y demás modalidades de las ventas y embarques de cobre o de sus subproductos a fin de verificar que ellos se realicen a los precios del mercado respectivo y en las mejores condiciones posibles, como igualmente respecto de los contratos de refinación ;
d) Ejercer el monopolio a que se refiere el artículo 15-A de la presente ley;
e) Vender, exportar y distribuir cobre por su cuenta o en representación de las empresas productoras;
f) Autorizar las compras de cobre o de sus subproductos que requieran las industrias nacionales y las entidades autorizadas ;
g) Designar a sus representantes en las Sociedades Mineras Mixtas, los que deberán ser chilenos;
h) Contraer obligaciones y contratar empréstitos internos o externos en moneda nacional o extranjera, mediante la emisión de bonos o debentures o en cualquiera otra forma.
El servicio de los empréstitos se efectuará en la forma que determine el Presidente de la República.
Toda emisión de bonos o debentures deberá ser autorizada por el Presidente de la República y en la autorización respectiva se podrá otorgar a estos títulos una o más de las franquicias, prerrogativas, exenciones tributarias y garantías de que gozan los bonos fiscales y asimismo se establecerá el plazo de colocación, su monto y ¡a no aplicación de las limitaciones y prohibiciones de la ley Nº 4.657, que estime aconsejable. La garantía del Estado podrá otorgarse Tiasta por el monto de estas obligaciones que haya sido autorizado por ley.
Estos títulos podrán ser tomados total o parcialmente por personas naturales o empresas privadas, nacionales o extranjeras, sin necesidad de ajustarse a Jas normas legales que pueden limitar su adquisición o tenencia; o bien ser colocados en las entidades, organismos o servicios estatales, instituciones fiscales o semifiscales, de administración autónoma, organismos autónomos o empresas autónomas y comerciales del Estado, y no regirán para este efecto las disposiciones prohibitivas o limitativas de las leyes orgánicas respectivas;
i) Pagar en dinero los aportes en las sociedades en que participe, en moneda nacional o extranjera, o en bienes, valores, derechos, obras o servicios, adquirir acciones, hipotecar, dar en prenda y, en general, otorgar las demás garantías que estime necesarias o convenientes para sus propias obligaciones o las de terceros, que tengan relación con el cumplimiento de sus funciones;
j) Actuar como representante de tenedores de bonos o debentures para todos los efectos legales, todo ello sin las limitaciones o prohibiciones establecidas en la ley Nº 4.657;
k) Aceptar mandatos y representaciones de organismos estatales o privados, nacionales o extranjeros, que tengan relación con las funciones y operaciones de la Corporación; ,
1) Delegar en el Vicepresidente Ejecutivo y a petición de éste, en otros Directores o funcionarios de la Institución, o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Directores o funcionarios de la entidad, o ambas a la vez, los cuales actuarán con acuerdo de la mayoría de sus miembros, el conocimiento y resolución de materias determinadas;
m) Presentar al Presidente de la República, anualmente, en la fecha que determine el Ministerio de Hacienda, un presupuesto especial de las entradas que deba percibir la Corporación por concepto de utilidades, intereses o dividendos de las Sociedades Mixtas, y de los gastos e inversiones provenientes de los compromisos financieros relacionados con ellas. El presupuesto definitivo de la Corporación deberá ser aprobado por el Presidente de la República por decreto supremo.
Los fondos necesarios para el servicio de esas obligaciones y que están contemplados en el presupuesto aprobado, serán depositados en una cuenta especial, en moneda nacional o extranjera, en el Banco Central de Chile, sobre la cual podrá girar la Corporación solamente para el pago de sus obligaciones, y
n) Proponer al Presidente de la República las remuneraciones del Vicepresidente Ejecutivo y del Fiscal, que serán fijadas por decreto supremo."
Artículo 18-bis
Reemplázase por el siguiente: "Artículo 18-bis.- En los casos en que el Directorio estuviere en receso o no pudiere sesionar, corresponderá al Vicepresidente Ejecutivo autorizar las exportaciones de cobre o de sus subproductos y las importaciones necesarias para el funcionamiento de las empresas productoras, debiendo dar cuenta al Directorio de la Corporación y al Banco Central, en su oportunidad.
Habrá un Comité Ejecutivo compuesto por el Ministro de Minería o el Subsecretario en ausencia de él, el VicepresidenteEjecutivo de la Corporación, los dos Directores de la Confederación de los Trabajadores del Cobre y un Director representante del Banco Central. Este último será designado por el Directorio de la Corporación.
La Presidencia de este Comité Ejecutivo se ejercerá en la misma forma dispuesta para el Directorio en el artículo 17 de esta ley.
El quorum para sesionar será de tres de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el Ministro, el Subsecretario o el Vicepresidente Ejecutivo.
Los acuerdos deberán adoptarse por la mayoría de los miembros presentes. En caso de empate, lo dirimirá quien presida la sesión.
Este Comité Ejecutivo tendrá competencia exclusiva para:
19) -Contratar a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, al personal necesario para cumplir los objetivos de la Corporación y fijar sus remuneraciones, de acuerdo con el artículo 106 de la ley 10.343, artículo 69 de la ley 11.764 y artículo 37 de la ley Nº 15.575.
El personal permanente de la Corporación tendrá el carácter de empleado particular y les será aplicable lo dispuesto por el artículo 58 de la ley 7.295.
29) Fiscalizar y establecer las condiciones sociales y sanitarias de las faenas mineras.
39) Disponer que las empresas destinen los recursos necesarios y los apliquen en la ejecución de las obras y en la prestación de los servicios que le impongan las leyes en beneficio de sus empleados y obreros, de acuerdo con los planes previamente aprobados por la Corporación.
49) Disponer que las empresas de la Gran Minería y las que exploten yacimientos que antes hayan sido trabajados por las empresas de la Gran Minería, destinen un 1% de las utilidades brutas para la construcción de habitaciones para empleados y obreros y a otras mejoras de sus campamentos que digan relación con el mejoramiento de las condiciones de vida, de acuerdo con los planes previamente aprobados por la Corporación; todos sin perjuicio del o% sobre las utilidades que las mismas empresas deben enterar anualmente en la Corporación de la Vivienda, de acuerdo al artículo 21 de esta ley.
El Comité Ejecutivo no podrá postergar el ejercicio de esta facultad y adoptará las providencias necesarias para que las empresas depositen, dentro de los trenta días siguientes a la determinación definitiva de sus utilidades, el referido 1% en el Banco Central de Chile, con el fin de que sólo puedan girar sobre este depósito con autorización de la Corporación y para los fines contemplados en el inciso anterior.
59- Aplicar sanciones a las empresas por la vía administrativa, previa audiencia de ellas, sin menoscabo de las acciones penales que fueren procedentes, por incumplimiento de la presente ley o de los acuerdos o resoluciones o normas aprobadas por el Directorio y las disposiciones del Comité Ejecutivo, especialmente en los siguientes casos:
a) Infracción en las operaciones de exportación o importación o a las condiciones de contratación aprobadas por la Corporación del Cobre;
b) Retardo en las declaraciones establecidas en la ley o denegación o retardo en el suministro completo de antecedentes solicitados por el Directorio para el cumplimiento de sus funciones y facultades, o suministro de antecedentes o informaciones maliciosas;
c) Retardo en el cumplimiento de los acuerdos que se adopten en virtud de los números 29) y 39) ;
d) Entorpecimiento o denegación de libre acceso a sus oficinas y faenas, para los funcionarios autorizados de la Corporación encargados de revisar los antecedentes u otras materias relacionados con el cumplimiento de las funciones y facultades de la Corporación, y
e) Retardo injustificado en el cumplí- miento de la obligación de entregar, dentro de los plazos fijados por la Corporación, las cuotas de cobre o subproductos, reservados por ésta para la industria manufacturera nacional, ya sea para consumo interno o para exportación, y las que correspondan a las entidades autorizadas.
La sanción consistirá en una multa a beneficio fiscal de hasta 50 sueldos vitales anuales del departamento de Santiago.
El acuerdo del Comité Ejecutivo que decrete la multa tendrá mérito ejecutivo y en el juicio no podrá oponerse otra excepción que la de pago.
El afectado tendrá derecho a reclamar, sin previo pago de la multa o consignación, y el procedimiento de reclamo en tales casos será el que se establece en los artículos 5º y siguientes del Reglamento de la Ley de Cambios Internacionales, decreto supremo Ní" 2, de 2 de enero de 1962, en cuanto le fuere aplicable.
Estas sanciones serán aplicables a las empresas que operen en Chile aun cuando ellas se originen en hechos o en actos de sus representantes o mandatarios en el extranjero.
Si el infractor fuere extranjero, podrá aplicársele por el Presidente de la República la Ley de Residencia.
Las multas que se apliquen en virtud de esta disposición no serán deducibles para los efectos de determinar la renta imponible."
Artículo 19 ,
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 19.- El presupuesto de gastos de la Corporación se financiará mediante una comisión sobre el precio total de las ventas de cobre o de sus subproductos de las empresas productoras afectas a esta ley, que se efectúen anualmente, la que será de hasta un cuarto por ciento, de acuerdo con lo que determine el reglamento. Esta comisión será considerada como gasto para todos los efectos tributarios y estará libre de todo impuesto.
Los excedentes que puedan quedar, una vez cubiertos los gastos de la Corporación en cada año calendario, se aplicarán a for- >mar un fondo de reserva adecuado, en conformidad a las normas que al respecto establezca el Presidente de la República, y los saldos que queden disponibles, después de satisfecho ese propósito, ingresarán a rentas generales de la Nación.
La Corporación del Cobre estará exenta de toda clase de impuestos o contribuciones."
Artículo 20
Derógase.
Artículo 21
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 21.- Sin perjuicio de lo establecido en el Nº 4 del artículo 18-bis, las empresas de la Graíide y Mediana Minerías del Cobre, a contar del 1º de enero de 1966, quedarán afectas al pago del impuesto establecido en el artículo 20 del D.F.L. Nº 285, de 1953.
Las inversiones deberán efectuarse exclusivamente en las provincias en que se hallen instaladas las faenas mineras que originen el impuesto establecido en este artículo. Sin embargo, una vez que se hayan construido suficientes viviendas en estas provincias, se deberá invertir en los mismos fines, no menos del 30% ni más del 33% de los fondos que se originen en Antofag-asta y O'Higgins, en las provincias de Atacama y Colchagua, respectivamente, y el saldo restante podrá destinarse a la construcción de viviendas en otros lugares siempre que sean destinadas exclusivamente a los personales de empleados y obreros de las respectivas empresas."
Artículo 22
Derógase.
Artículo 27
Reemplázanse en el inciso primero, las palabras "del ingreso que produzcan los artículos 1º y 2"? de la presente ley", por las siguientes: "de la participación fiscal en la industria extractiva del cobre".
Sustituyese el párrafo cuarto por el siguiente :
"El saldo será girado en sus tres cuartas partes por el "Instituto CORFO del Norte" y por el "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins", que se crean en los artículos siguientes, y, la cuarta parte restante, será distribuida entre las Municipalidades de las provincias de Ta- rapacá, Antofagasta, Atacama y O'Higgins, en proporción a sus presupuestos ordinarios correspondientes al año inme- diamente anterior.".
Suprímese el párrafo quinto.
Sustituyese en el páraío final, las palabras iniciales: "En el plan que elabore la Corporación se distribuirán los fondos destinados a su financiamiento", por las siguientes: "Los fondos que se otorgan al "Instituto CORFO del Norte" y al "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins" se distribuirán".
Agréganse, a continuación, los siguientes artículos:
"Articulo 27-A.- Suprímense, a contar de la fecha de la presente ley, los Consejos Consultivos de las provincias de Ata- cama, Antofagasta y Tarapacá.
Asimismo, la Corporación de Fomento de la Producción suprimirá, a contar de la fecha de la presente ley, sus departamentos de Tarapacá y Antofagasta, ?in perjuicio de la facultad que tiene esta entidad de crear Agencias en cualquier punto del país, incluso dentro de las provincias aludidas, si circunstancias especiales lo justifican."
"Artículo 27-B.- La Corporación de Fomento de la Producción creará un Departamento Regional, cuya sede será señalada por el Presidente de la República y que tendrá a su cargo el fomento y desarrollo minero, industrial, agrícola, pesquero y comercial de la zona que comprende las provincias de Antofagasta y Ata- cama y los departamentos de Iquique y Pisagua de la provincia de Tarapacá. Dicho Departamento Regional de la Corporación deberá, también, promover el adelanto urbano, el progreso cultural y el bienestar social de los habitantes de las zonas indicadas.
El Departamento que se cree se denominará "Instituto CORFO del Norte". Su acción deberá orientarse hacia el cumplimiento del plan nacional de desarrollo económico en general y, en particular, de los planes regionales o sectoriales que se aprueben para la zona aludida."
"Artícvlo 27-C.- El Instituto CORFO del Norte será dirigido y administrado por un Consejo Resolutivo que se compondrá de los siguientes miemoros:
1) El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, que lo presidirá;
2) El Gerente Ejecutivo del Departamento Regional, quien en ausencia del Vicepresidente Ejecutivo, lo presidirá;
3) El Intendente de la provincia sede del Departamento Regional, quien, para los efectos de esa ley, tendrá la representación de los demás Intendentes de la zona de acción del Departamento. Los Intendentes de las otras provincias comprendidas en el área podrán concurrir a las sesiones del Consejo con derecho a voz y voto;
4) Uno de los Alcaldes de las comunas existentes en el área de acción del Departamento Regional, que será designado directamente por ellos mismos, en la forma que lo determine el Reglamento a que se refiere el artículo 27-F, y que tendrá la representación de todas las comunas del área, sin perjuicio del derecho de los demás Alcaldes de concurrir a las sesiones de ese Consejo, sólo con deercho a voz;
5) Cinco representantes de las Asociaciones o Cámaras Mineras, Pesqueras, Industriales, Agrícolas y Comerciales, res pectivamente, que existan en el área de acción del Departamento Regional, a razón de uno por cada actividad, designado directamente por ellos en la forma que determine el Reglamento a que se refiere el artículo 27-F;
6) Un representante de las Universidades establecidas en la zona, elegido por ellas en la forma que indique el Reglamento ;
7) Un representante de los empleados y un representante de los obreros del área de acción de la entidad, que serán designados por los Sindicatos de la región en la forma que determine el Reglamento. Estos representantes deberán encontrarse domiciliados en el área de acción del Departamento Regional, y
8) Tres representantes del Presidente de la República que serán elegidos libremente por éste.
El Gerente Ejecutivo del Departamento Regional representará legalmente a la Corporación de Fomento de la producción en el área de acción del Departamento y dispondrá de las atribuciones y deberes que le señale el Presidente de la República en el Reglamento a que se refiere el artículo 27-F.
Para el cumplimiento de sus fines el Instituto CORFO del Norte tendrá las más amplias facultades, las que no podrán ser inferiores, conjunta o separadamente, a aquellas de que gozan la Corporación de Fomento de la Producción y la Junta de Adelanto de Arica.
Tales facultades deberán quedar especificadas en un Reglamento que de acuerdo con el Consejo del Instituto, deberá dictar el Presidente de la República dentro de 120 días contados desde la dictación de la presente ley.
El Instituto deberá realizar su acción a través de Gerencias de igual categoría, situadas en I'quique, Antofagasta y Co- piapó.
Asimismo, deberá mantener Agencias en Pisagua, Calama, Tocopilla, Taltal y Vallenar.
Los bienes que posea la Corporación de Fomento de la Producción en las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Ataca- ma, pasarán a incrementar el patrimonio del Instituto CORFO del Norte, como asimismo todos los recursos que dicha Corporación está obligada a invetrir en beneficio de las provincias mencionadas.".
"Artículo 27-D.- El Instituto CORFO del Norte contará, para el cumplimiento de sus finalidades, con los siguientes recursos :
a) Los ingresos a que se refiere el párrafo cuarto del artículo 27, correspondientes a las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama, excluido un porcentaje del 'd'}í de los recursos anuales correspondientes a la provincia de Tarapacá, que ingresará al Presupuesto de la Corporación de Fomento de la Producción y que ésta destinará a los fines señalados en el artículo 27; en el departamento de Arica;
b) Los ingresos del artículo 28, que el Instituto deberá destinar a los fines señalados en esa disposición y a un Plan de Remodelación y progreso urbano de la ciudad de Calama;
c) Los ingresos que produzca la ley Nº 12.058 que se destinarán por el Instituto a los fines que establece esa ley;
d) Un tercio de la participación fiscal establecida en la ley 12.033;
e) Las recuperaciones de los préstamos que la Corporación de Fomento de la Producción haya efectuado para ser invertidos en las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama;
f) Los recursos económicos que el Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción acuerde asignarle para el cumplimiento de planes específicos.
La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición del Instituto CORFO del Norte los recursos a que se refieren las letras a), b), c) y d), tan pronto como los reciba de la Tesorería General de la República.
Los recursos antes indicados se distri buirán entre las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama, en la misma proporción señalada en el párrafo final del artículo 27.".
"Artículo 27-E.- El Instituto, para el cumplimiento de sus fines, operará de acuerdo con la Ley Orgánica de la Corporación de Fomento de la Producción y, además, podrá convenir con cualquier organismo fiscal o semifiscal, con empresas de administración autónoma y con las Municipalidades interesadas, la entrega, erogación, préstamos o aportes de fondos para fines específicos, sin que sean para ello obstáculo las disposiciones orgánicas de las respectivas instituciones.
Las facultades y atribuciones de que disponían los Institutos de Fomento del Norte en virtud de la ley Nº 6.334 y que hasta la fecha de la presente ley correspondían a los departamentos de Tarapacá y Antofagasta de la Corporación de Fomento de la Producción, serán, en lo sucesivo, ejercidas por el Instituto COREO del Norte.".
"Artículo 27-F.- Dentro del plazo de 120 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley, el Presidente de la República dictará un Reglamento que contendrá el Estatuto por el cual se regirá el Instituto COREO del Norte. En dicho Reglamento deberá establecerse:
a) La sede o asiento del Instituto;
b) Las atribuciones y deberes del Consejo Resolutivo y del Gerente Ejecutivo;
c) La forma de nombramiento de los miembros del Consejo, su duración, reemplazos o subrogancias de los Consejeros, quorum, incompatibilidades, prahi- biciones,' dei'echos y remuneraciones;
d) La forma de funcionamiento del Consejo, de las Comisiones del mismo y de su integración y la manera de efectuar delegaciones;
e) La interrelación del Departamento con los demás servicios o entidades de la Administración Pública;
f) La forma y condiciones de elaboración, presentación y aprobación del Presupuesto y Balance Anuales, pudiendo señalar los márgenes de distribución de fondos, en obras de progreso social y fines de fomento.".
"Artículo 27-G.- El Consejo Consultiva de la Provincia de O'Higgins pasará a denominarse "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins" y estará encargado de :
a) Estudiar, disponer, planificar, coordinar y promover todas las obras que se estime necesarias para crear nuevas fuentes de producción o para mejorar las actuales, para impulsar el progreso rural y urbano', para incrementar el comercio y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes.
La confección de estudios, anteproyectos, proyectos, presupuestos y especificaciones, deberá ser solicitada a los organismos fiscales, semifiscales, semifiscales de administración autónoma y autónomos del Estado, los cuales deberán despacharlos dentro del plazo prudencial que en cada caso fije el Consejo Regional;
b) Aprobar, modificar o rechazar los proyectos definitivos solicitados por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins que, en cada caso, y conforme a lo dispuesto en la letra a), presenten los re- refidos organismos;
c) Las obras proyectadas deberán ejecutarse por los diferentes servicios dei Estado, reparticiones u organismos fiscales, semifiscales, semifiscales de administración autónoma y autónomos del Estado. Podrán efectuarse por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins cuando así lo resuelvan los 2/3 de su Consejo, siempre que cuente con los votos favorables de los representantes de la Corporación de Fomento de la Producción y del Ministerio de Obras Públicas;
d) Ordenar la construcción de las obras ya aprobadas y que deban ejecutarse por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins. Llamar a las correspondientes propuestas públicas y resolver sobre ellas fiscalizando a continuación la correcta realización de las obras, y
e) Aprobar préstamos, aportes o donaciones a instituciones públicas o privadas con el acuerdo unánime de todos sus in- teg-rantes.".
"Artículo 27-H.- El Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins tendrá su domicilio en la ciudad de Rancagua y se compondrá de los siguientes miembros:
El Intendente de la Provincia, en representación del Presidente de la República, que lo presidirá;
Un representante de cada Municipalidad de la provincia;
Un representante del Centro para el Progreso de Rancagua;
Un representante de las asociaciones mineras, uno de las asociaciones industriales y uno de las asociaciones agrícolas que funcionen en la provincia;
Un representante de las Cámara de Comercio establecidas en la provincia;
Dos representantes de los sindicatos de empleados y dos de los sindicatos de obreros de la provincia;
Dos representantes designados por la Asociación Provincial de Pobladores;
Dos representantes de la Corporación de Fomento de la Producción, designados por su Vicepresidente, y
Dos representantes del Ministerio de Obras Públicas, designados por el Ministro.
Actuará como Secretario y Ministro de Fe del Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins, el Secretario de la Intendencia de ¡a misma provincia.
Integrarán este Consejo, sólo con derecho a voz, los Ingenieros Provinciales, los Ingenieros Agrónomos Provinciales, los funcionarios técnicos de más alta graduación dependientes de los Ministerios de Obras Públicas, Agricultura y Departamento de Minas y Combustibles, todos con residencia en la provincia.
Los miembros de elección del Consejo, durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelegidos.
En ausencia del Intendente de la provincia, el Consejo será presidido por el funcionario que la Corporación de Fomento designe para este efecto.
El Consejo, para su mejor funcionamiento, podrá distribuir su trabajo en Comisiones. El Presidente, el Vicepresidente y el Secretario, actuarán como Comité Ejecutivo del Consejo, para los efectos de llevar a la práctica los acuerdos del mismo y ejercer las funciones que el Consejo ¡es delegue.
Las sesiones del Consejo requerirán de un quorum no inferior del tercio de sus integrantes.".
"Artículo 27-1.- Los fondos que los artículos 27 y 33 consignan a la provincia de O'Higgins, serán depositados por la Tesorería General de la República en una cuenta especial a nombre del Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins. Este podrá girar con cargo a dichos fondos exclusivamente para los siguientes fines:
a) Aportes a las instituciones del Estado que efecúen obras acordadas por el Consejo;
b) Pago de contratistas por obras ordenadas directamente por el Consejo, y
c) Pagos derivados de la aplicación de ¡a letra e) del artículo 27-G.
No se depositarán en esta cuenta los fondos que el artículo 27 destina a las Municipalidades, los que continuarán siendo entregados por la Corporación de Fomento en proporción de sus'presupuestos.
Ingresarán a esta misma cuenta los intereses y amortizaciones de préstamos hechos por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins y los dividendos de acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales y Establecimientos Hospitalarios, que éste haya suscrito."
"Artículo 21-3.- El Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins elaborará anualmente, en las fechas que fije el Reglamento, un plan de inversiones de los fondos que esta ley le otorga, de acuerdo a los estudios y planes que haya elaborado en virtud del artículo 27-G. Deberá consignar en ese presupuesto de inversiones los compromisos que haya contraído en planes que tengan duración superior a un año.
El Consejo incluirá en sus planes de inversión de los próximos tres años, la construcción de los Hospitales de Rengo y Peumo, de acuerdo a los estudios que haga el Servicio Nacional de Salud. El aporte a esta obra se hará en acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios. Igualmente deberá incluir la reconstrucción del Teatro Municipal de Rengo."
"Artículo 27-K.- Modifícase la ley N ? 15.716, de 1" de octubre de 1964, en su artículo 2?, reemplazando la coma (,) que sigue a "hospitalarios" por un punto (.), y agregando a continuación lo siguiente: "Esta devolución se hará en una cuarta parte cada año, hasta enterar la suma indicada y la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios procederá a invertir de inmediato estos recursos en la construcción del Hospital de San Vicente de Tagua-Tagua."
"Artículo 27-L.- Los fondos de la participación fiscal de la industria extractiva del cobre que, de acuerdo a esta ley, .se asignan al Consejo Regional de Desarrollo de O'Híggins, para obras públicas, no son sustitutivos de los que el Ministerio del ramo debe asignar a esta provincia en sus presupuestos fiscales ordinarios anuales. El Ministerio de Obras Públicas deberá incluir a la provincia de O'Híggins en su presupuesto ordinario anual, en una proporción similar que al resto de las provincias del país."
"Artículo 27-M.- Con cargo a la participación fiscal de la industria extractiva del cobre, la ley de Presupuestos consultará anualmente, como aporte extraordinario a la Corporación de Fomento de la Producción, el 2-c de dichos recursos, de los cuales el 50% se entregará en dólares de los Estados Unidos de América.
Esta suma será sin perjuicio de los recursos que actualmente destina la Corporación de Fomento de la Producción para la investigación pesquera, a través del Instituto de Fomento Pesquero."
"Artículo 27-N.- La Corporación de Fomento de la Producción destinará el aporte que le otorgue el artículo anterior, exclusivamente, a la investigación, fomento y aprovechamiento de los recursos del mar.
Esta investigación, fomento y aprovechamiento deberá hacerse en combinación con la Marina de Chile y con la colaboración de la Universidad de Chile y demás Universidades reconocidas por el Estado. La Corporación de Fomento podrá, además, tener la colaboración de la instituciones, corporaciones, empresas, entidades y personas 2ratura!es o jurídicas que estime necesarias para el objetivo ya indicado, sean éstas nacionales o extranjeras. La Corporación de Fomento podrá, para este efecto, distribuir en la forma más conveniente el aporte que le asigna el artículo anterior, todo sin perjuicio de las prioridades que establece esta ley."
"Artículo 27-0.- Los fondos del aporte extraordinario referido en el artículo 27- M deberán gastarse, primordial y preferentemente, en la investigación y conocimiento del mar y sus recursos, desde Arica hasta la Antártida, y desde el zócalo o talud continental hasta, por lo menos, doscientas millas marinas hacia el oeste.
Esta investigación se dirigirá, fundamentalmente, a los siguientes objetivos:
1) Sondajes y reconocimientos de los fondos del mar;
2) Estudio de las corrientes marinas, sus características y posibles influencias en las modificaciones de la flora y fauna marinas;
3) El estudio de la flora y fauna marinas, con orientación a determinar las causas que originan las variaciones en el p'anktcn y su influencia en la fauna del mar y las aves marinas;
4) El estudio de la vida de los peces, moluscos y otras formas de vida marina,
según sus diferentes especies, en forma de conocer sus arraigamientos, hábitos, reproducción, migraciones, condiciones de vida que les son más favorables, de manera de poder orientar su aprovechamiento racional y precaver su disminución o extinción :
5) El estudio de las posibilidades de creación de viveros o condiciones de vida para la conservación, reproducción, aclimatación u otras formas, de las especies marinas útiles al hombre;
6) La formación de una carta pesquera o mapa ictiológico;
7) El estudio sobre la salinidad dei mar y su influencia en la vida marina;
8) El estudio sobre la vida de las especies marinas a cada profundidad del mar, vsus costumbres, reproducción y posibilidades de aprovechamiento;
9) Las posibilidades de rendimiento y aprovechamiento de las diversas especies marinas, en forma de mantener cada especie como fuente inagotable de producción y explotación, y
10) Toda otra materia o asunto que conduzca al conocimiento del mar de Chile, su fauna y su flora, en forma que pei'- mita obtener de él el máximo provecho, conservándolo como fuente permanente de provisión alimenticia en todas sus especies autóctonas y enriqueciéndolo con la adaptación de otras."
"A)-tíc¡.'sío 27-P.- Para cumplir ¡os objetivos señalados en el artículo anterior, la'Marina de Chile deberá ser provista de los barcos, helicópteros y demás medios e instrumentos que le permitan una colaboración efectiva al pian. Los recursos en moneda extranjera deben destinarse en primer lugar a este objeto-y en plan gradual de equipamiento.
El Reglamento determinará la forma y condiciones en que se prestará la coiabo- ración de ¡a Marina de Chile al plan de investigación, fomento y aprovechamiento de los recursos del mar,"
"Artíciblo 27-Q.- La Corporación de Fomento de la Producción deberá;
1) Dar la conveniente difusión y publicidad al fruto de sus estudios, experiencias e invetsigaciones, en forma que permita su aprovechamiento por las personas y empresas que se dedican a la explotación de los recursos del mar. A estas personas y empresas deberá presentarles también, si fuere requerida para ello, la asesoría técnica necesaria;
2) Difundir y vulgarizar instrucciones y recomendaciones sobre el consumo de los productos del mar y sobre la manera de conservarlos por salazón, ahumación u otras formas;
3) Establecer, progresivamente y en la m.edida de sus íºecursos, un sistema nacional de puertos pesqueros, frigoríficos y transportes de los productos del mar;
4) Crear las condiciones que favorezcan la exportación de los productos del mar;
5) Formar y mantener al día una carta pesquera;
6) Mantener, en combinación con la Marina de Chile, a medida de sus recursos y en plan progresivo, estaciones marítimas permanentes de investigación e información sobre las condiciones meteorológicas, movimiento de los cardúmenes de peces y otros datos útiles para guía de ias personas y empresas dedicadas a la explotación de los recursos de! mar;
7) Determinar los máximos o límites anuales de pesca o caza marítima por zonas y especies y recomendar las vedas que procedan;
8) Formar viveros y poblar nuevos bancos de especies marinas, y
9) Tomar, en general, todas las medidas conducentes a la conservación, reproducción y multiplicación de las especies útiles del mar y a su explotación racio-
n o 1
lia i.
"Artícido 27-R.- La investigación, fomento y aprovechamiento de los productos del mar que esta ley encarga a la Corporación de Fomento de la Producción se extenderá por ésta, también, a los ríos y lagos nacionales."
Artículo 28
Reemplázanse las palabras "de los ingresos que produzcan los impuesto establecidos en los artículos 1'? y 2º", por "de la participación fiscal en la industria extractiva del cobre."
Artículo 30 Suprímese el inciso segundo.
Agrégase a continuación el siguiente artículo:
"Artículo 30-A.- El Tesorero General de la República será responsable del oportuno cumlimiento de las obligaciones que señalan los artículos de este titulo."
Artículo 33Reemplázanse, en el inciso primero, las palabras "del ingreso que produzcan los impuestos establecidos en los artículos 1º y 2"? de la presente ley por "de la participación fiscal en la industria extractiva del cobre."
Agrégase, a continuación, el siguiente artículo:
''Artículo 33-A.- Para los efectos de esta ley y de la ley N'? 13.196, se considerarán como participación fiscal en la industria extractiva del cobre;
a) Los impuestos que deben tributar las empresas de la Gran Minería del Cobre, de acuerdo con los artículos 1º y 2? de la presente ley;
b) Las utilidades que perciba la Corporación de las Sociedades Mineras Mixtas, y
c) Los impuestos que paguen las Sociedades Mineras Mixtas en que tenga participación la Corporación del Cobre, por concepto de impuesto de la Primera
Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta y al impuesto adicional sobre los dividendos que paguen los accionistas de estas sociedades.
Lo anterior no será aplicable a aquellas Sociedades Mixtas cuyos yacimientos se encuentren ubicados en provincias distintas de las mencionadas en el artículo 27, en cuyo caso será el Presidente de la República quien hará la disti'ibución de los ingresos a que se refiere el inciso anterior, contemplando un sistema similar al establecido en este párrafo.
Los saldos de los ingresos referidos que no tengan distribución o que no hayan sido consultados en el Presupuesto a que se refiere la letra m) del articulo 18 de esta ley, ingresarán a fondos generales de ¡a Nación en el plazo y condiciones que establezca eí Presidente de la República."
Agrégase a continuación del artículo 37 el siguiente:
"Artículo 37-bis.- Las Empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre deberán contratar todos sus seguros dentro del país. "
TITULO II
De las inversiones mineras
Artículo 2"-El Presidente de la República podrá otorgar total o parcialmente a las empresas mineras nacionales o extranjeras de cualquier naturaleza, que efectúen inversiones en el país, así como a sus accionistas o acreedores, los beneficios, franquicias y derechos contemplados en el D.F.L. 258, de 1960, en conformidad al procedimiento y normas que en él se señalan.
Para estos efectos, se entenderán como empresas mineras las que tengan por objeto realizar una o más de las siguientes actividades: la exploración, la extracción, la explotación de yacimientos mineros, o el beneficio, concentración, fundición o refinación de productos mineros.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo, los beneficios, franquicias, derechos y obligaciones del D.F.L. Nº 258 y los demás que se contemplan en este artículo podrán establecerse como un régimen único aplicable a los bienes, inversiones y actividades de una empresa o de sus empresas filiales o asociadas que comprenda los establecimientos, faenas existentes y las obras o inversiones ejecutadas o en ejecución, aun cuando sean aportados a otras sociedades, siempre que en el decreto que los establezca sé imponga la obligación de efectuar nuevas inversiones que reúnan todas o alguna de las siguientes características ;
1) Tener por objeto un aumento substancial de la capacidad de producción. En el caso de empresas o grupos de empresas filiales o asociadas que tengan, al tiempo de solicitar este régimen único, una producción anual conjunta superior a 75.000 toneladas métricas de cobre, procederá a otorgarles este beneficio solamente cuando el aumento de la capacidad instalada sea, a lo menos, de un 30 Sf ;
2) Tener por objeto la construcción de plantas de concentración, de beneficio, de fundiciones, o de refinería, que sean complementarias de las instalaciones productivas existentes y con la cual se aumente la respectiva capacidad instalada, a lo menos, en un 50%; o en un porcetnaje menor cuando con el aumento, se complete la totalidad de las capacidades requeridas en cualquiera de los procesos mencionados, y
3) Tener por objeto la aplicación de nuevos sistemas que permitan reducciones de costos, o la iniciación de nuevas ac- vidades o procesos de producción, siempre que guarden proporción con las franquicias solicitadas, a juicio de la Corporación del Cobre.
En el caso que el monto de la nueva inversión exceda lo autorizado en el decreto que contemple el régimen único, dicho exceso podrá gozar de este régimen siempre que cuente con la aprobación del Comité de Inversiones Extranjeras previa verificación de la Corporación del Cobre y que este exceso se haya comunicado por la respectiva Empresa, antes que el total de ias respectivas obras entren en funcionamiento.
Asimismo, con los requisitos del inciso anterior, se podrán incorporar al régimen único por el plazo que le reste, las inversiones complementarias de dichas empresas, autorizadas por decretos posteriores durante la vigencia de dicho régimen.
El Presidente de la República podrá también otorgar a las personas que aporten nuevos capitales provenientes del exterior, a la empresa a la cual se efectúe el aporte o a las Sociedades Mineras Mixtas, y a los socios, accionistas o acreedores de las personas, empresas o sociedades mencionadas, total o parcialmente, una o más de las franquicias que a continuación se indican, las cuales se considerarán, para estos efectos, como disposiciones del D.F.L. Nº 258, de 1960 :
a) El reemplazo, con el carácter de impuesto único e invariable a la renta, de la tasa fija de 50%, del artículo 1 ? de la ley 11.828, por una tasa fija de 52,5% ; y el reemplazo, con el mismo carácter, de la sobretasa variable de dicho artículo por una sobretasa variable de 33% , que se aplicará a las utilidades correspondientes a la producción básica a que se refiere el Decreto Supremo N ? 150, de 3 de octubre de 1956, del Ministerio de Minería, y que se reducirá proporcionalmente al aumento de la producción sobre la cifra básica, a razón de 0,165%º por cada 1% o fracción de aumento de la producción, hasta que el aumento sea de 50°óo- Cuando los aumentos sean superiores al 50de la cifra básica, la sobretasa se reducirá en 0,495% por cada 1% o fracción de aumento hasta que alcancen el 100% de dicha cifra, a partir de cuyo nivel se aplicará sólo el inmpuesto de 52,5',í .
El recargo de 5% sobre el impuesto a las utilidades establecido en el artículo 11 de la ley 14.603 y el impuesto adicional de 8'y establecido en el artículo 26 de la ley Nº 14.688, no se aplicai-án a las empresas a que se otorguen las franquicias del presente artículo;
b) La garantía que no se aplicarán nuevos tributos ni obligaciones, gravámenes o cargas, o aumentos de los mismos existentes, ni rebajas, modificaciones favorables o exenciones o derogaciones de los que eixsten o puedan establecerse que resulten discriminatorios.
Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior se entenderá que no tienen carácter discriminatorio aquellos tributos, gravámenes y cargas de aplicación general a las empresas y actividades económicas del país tanto en su monto, como en su forma de determinación y aplicación.
No se entenderán discriminatorios y no podrán ser invocados ni beneficiar a las personas y empresas a que se refiere este artículo, las excepciones, franquicias, ventajas o garantías que se concedan a grupos determinados de contribuyentes o a una determinada actividad económica;
c) La garantía de la invariabilidad de los artículos 5º, 7°, 8?, 9º, 12 y lo-A de la ley N 11.828 y del Reglamento a que se refiere al artículo lo-A. Igualmente, la invariabilidad del porcentaje de comisión a que se refiere el artículo 19 de la mis- mba ley y, respecto de ¡as sociedades mineras mixtas, de las disposiciones contenidas en el Título III de la presente ley.;
d) La garantía de que el inversionista tendrá derecho a vender las divisas provenientes de sus exportaciones al tipo de cambio que fija para los demás exportadores y de que no podrá aplicársele un tipo de cambio que sea o resulte discriminatorio en la forma contemplada en la letra b) del presente artículo.
Las divisas provenientes de las exportaciones de la Grande y Mediana Minerías del Cobre se liquidarán al tipo de cambio libre bancarío al contado;
e) La franquicia de considerar como gasto, para los efectos tributarios, hasta un medio centavo de dólar estadounidense por cada libra de cobre blister refinado electrolíticamente en nuevas instalaciones propias. Cuando tenga aplicación el régimen único a que se refiere este artículo, esta franquicia podrá extenderse al cobre blister refinado electrolíticamente en las instalaciones realizadas desde la vigencia de la ley N 11.828;
f) La de mantener invariable el derecho a las excepciones contempladas en el artículo 136 de la ley N° 15.575;
g) En el caso de empresas regidas por los artículos 1? y 2"? de la ley N||AMPERSAND||quot;? 11.828, el Presidente de la República podrá, en el respectivo decreto de inversión, disponer que no se apliquen el inciso tercero y las letras a), b) y c) del inciso cuarto del artículo 12 de la ley 15.564. Sin embargo, el impuesto de la ley Nº 11.828 no podrá ser rebajado por estas empresas para los efectos de determinar su renta imponible;
h) Las franquicias que se establecen en el presente artículo se podrán otorgar por ¡os mismos plazos que establece el artículo 30 del D.F.L. Nº 258, de 1960. Sin embargo, en el caso de las Sociedades Mineras Mixtas que tengan por objeto la explotación de yacimientos, antes no explotados, este plazo podrá extenderse hasta por 25 años, tanto respecto de las franquicias del D.F.L. Nº 258, como de las contempladas en este artículo;
i) El Presidente de la República podrá además, otorgar la garantía de considerar como parte de la inversión los gastos de ingeniería y proyectos efectuados en el exterior; de capitalizar los intereses devengados o pagados por el inversionista hasta el primer día del año siguiente a la iniciación de la producción comercial, sobre préstamos contratados para realizar la inversión.
TITULO III
De las SociedoAes Mineras Mixtas.
Artículo 39.- Se entenderá por Sociedades Mineras Mixtas las Sociedades Anónimas en que ía Corporación del Cobre, la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nacional de Electricidad S. A. adquieran, o que a la fecha de la escritura de formación o modificación de la Sociedad tengan un convenio de adquirir, a lo menos, un 25% del capital social. El objeto principal de esas Sociedades será una o más de las siguientes actividades: la exploración, la extracción, la explotación, la producción, el beneficio, o el comercio de minerales, de concentrados, de precipitados y barras de cobre o de metales no ferrosos y de los productos y subproductos que se obtengan o provengan de ellos.
Para los efectos tributarios señalados en el artículo 7º, el carácter de Sociedad Minera Mixta se entenderá adquirido desde la fecha en que se extienda la escritura pública de constitución de la Sociedad Anónima, o de la de aquella a que se haya reducido el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, que haya aprobado la modificación del contrato social, siempre que en ellas se contengan la suscripción de las acciones o el convenio de suscripción o adquisición, suscrito por la Coi'poración del Cobre y ¡o la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nacional de Electricidad S. A.
La Corporación del Cobre, la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa Nacional de Minería, deberán suscribir obligatoriamente las acciones correspondientes a aumentos de capital social, acordado por las Juntas de Accionistas. En caso de que no se dispusieran de los recursos necesarios, el Estado deberá hacer los aportes correspondientes.
Constituida una Sociedad Minera Mixta y suscritas las acciones que le confieren tal naturaleza, no perderá ésta su calidad de tal, si con posterioridad la participación en conjunto de la Coi-poración del Cobre o de la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o de la Empresa Nacional de Electricidad S. A., se redujere a míenos del 25% del capital social, a consecuencia de no haberse suscrito las acciones correspondientes a aumentos de capital social acordados por la Junta de Accionistas o por enajenación de acciones-.
Artícvlo 49.- Las acciones que en las Sociedades Mineras Mixtas tenga la Corporación del Cobre o la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nacional de Electricidad S. A., serán de una serie distinta de la que tengan los demás accionistas mientras aquellas estén inscritas en el Registro de Accionistas a nombre de cualquiera de ellas. Las que sean transferidas a personas distintas de las indicadas, aunque sea con autorización por medio de ley, dejarán de pertenecer a esta serie.
En los Estatutos de estas Sociedades se podrán contemplar diversas series de acciones .
Artículo 5".- En los Estatutos de estas Sociedades se podrá contemplar una serie especial de acciones que no tendrá derecho a voto en las Juntas Ordinarias o Extraordinarias de Accionistas, que serán suscritas en proporción al número de acciones que tenga cada accionista de las otras series, pero en ningún caso el número de estas acciones podrá ser superior al 25% de las acciones con derecho a voto en la Junta de Accionistas. Estas acciones podrán gozar del derecho a pagarse preferentemente de un interés anual sobre su valor nominal de hasta 6,5% con cargo a las utilidades sociales, declarada por la Junta de Accionistas y disponible para dividendos y tendrán un valor nominal igual al de las acciones con derecho a voto.
Artículo 6 ?.- La modificación de los Estatutos, la venta del activo y pasivo, la ena jenación y arrendamiento de las pertenencias mineras y demás bienes raíces y la disolución anticipada de la Sociedad Minera Mixta deberá contar en la Junta General Extraordnaria de Accionistas respectiva con el voto favorable, a lo menos del 807' en conjunto de las acciones de la Corporación, y demás entidades nombradas en el artículo 39.
Artículo 79.- Se faculta al Presidente de la República para eximir, total o parcialmente, de todo impuesto, contribución, derechos o gravámenes:
a) A los socios, accionistas o terceros por los aportes que efectúen a estas Sociedades. De igual exención podrán gozar las empresas cuyos bienes resulten transferidos o enajenados a las Sociedades Mineras Mixtas a consecuencia de aportes o a cualquier otro titulo.
b) A los acreedores de la Corporación del Cobre y demás personas jurídicas nombradas en el artículo 3º por los intereses, del saldo de precio de compraventa de acciones de Sociedades Mineras Mixtas y a los acreedores de las personas jurídicas antes indicadas o de las Sociedades Mineras Mixtas por los intereses de mutuos, empréstitos u otras operaciones de crédito que se convengan para el financiamiento de dichas Sociedades o de sus inversiones.
c) A los actos, contratos o documentos que tengan su origen o sean consecuencia de la compraventa de acciones de las Sociedades Mineras Mixtas por las Corporaciones del Cobre, Fomento de la Producción, Empresa Nacional de Minería o por la Empresa Nacional de Electricidad S. A. o a los contratos destinados a fundir o re- finar en el país o a otros contratos necesarios para su funcionamiento o para la inversión contemplada en el decreto correspondiente.
Las exenciones a que se refiere este artículo se otorgarán por Decreto Supremo, en cada caso en que haya de constituirse una Sociedad Minera Mixta o en que una sociedad anónima existente haya de transformarse en Sociedad Minera Mixta. Este decreto deberá dictarse solamente cuando se encuentre extendida alguna de las escrituras públicas a que se refiere el inciso seg'undo del artículo de este Título.
Este Decreto podrá ser el mismo que aprueba la inversión y, en todo caso, deberá ser dictado previo informe favorable de la Corporación del Cobre, o del Comité de Inversiones Extranjeras, según corresponda.
Artículo 89.- Las Sociedades Mineras Mixtas quedarán sujetas a las disposiciones de la ley Nº 11.828 y sus modificaciones, con excepción de los incisos segundo y siguientes del artículo 1? y de los artículos 29 y 39.
Artículo 99.- La renta líquida imponible de las Sociedades Mineras Mixtas se determinará de acuerdo con las normas establecidas en la Primera Categoría del Título II de la Ley sobre Impuesto a la Renta cuyo texto se contiene en el artículo 59 de la ley Nº 15.564.
La amortización de los bienes que se aporten a una Sociedad Minera Mixta, o los que tenga una sociedad anónima, al transformarse en una Sociedad Minara Mixta, no podrá ser superior al saldo no am.ortizado de esos bienes, según los libros de contabilidad de la sociedad aportante o que figuren en el momento en que la sociedad se transforma.
La Corporación del Cobre determinará en cada caso, el valor de dichos bienes sujetos a amortización en las nuevas Sociedades Minei'as Mixtas.
Artículo 10.- Cada vez que la Corporación del Cobre, la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Enipresa Nacional de Electricidad S. A. desee constituir o adquirid acciones de una Sociedad Minera Mixta mediante la adquisición o celebración de un convenio de adquirir acciones, será necesario que el Estatuto de la referida Sociedad cuente con el informe del Consejo de Defensa del Estado. Dicho informe será también necesario cuando la Corporación del Cobre y demás entidades antes men- clonadas, deseen vender acciones de una Sociedad Minera Mixta. Los informas referidos deberán ser evacuados dentro de un plazo de treinta días.
Artículo 11.- Las Sociedades Mineras Mixtas que continúen la explotación de minerales pertenecientes a empresas de la Gran Minería del Cobre y que deban evacuar los actuales campamentos mineros, deberán construir y facilitar, en los lugares que determinen, locales suficientes para atender las necesidades de los escolares de esos campamentos y se dará preferencia a la construcción ele planteles de enseñanza profesional y técnica.
Asimismo, deberán construir en los mis- m.os lugares casas-habitaciones suficientes para albergar a los funcionarios públicos que a la fecha de la evacuación prestaban servicios en esos campamentos, las que deberán serles ofrecidas en venta en las mismas condiciones en que se transfieren a los empleados y obreros de esas Compañías las casas Que habitan.
Artículo 12,-Las Sociedades Mineras Mixtas que continúen la explotación de minerales que pertenezcan a empresas de la- Gran Minería deberán, corao delegados del Servicio Nacional de Salud, proporcionar a sus em.pleados y obreros atención médica simjilar, en su forma y condiciones, a la que prestaban aquellas empresas.
Artículo 13.- Con el objeto de facilitar el funcionamiento y dirección en el país de las Sociedades Mineras Mixtas que forme la Corporación del Cobre con empresas extranjeras y evitar doble tributación, autorízase al Presidente de la República para fijar el concepto de residente a que se refieren los artículos 3® y 9 ? de la Ley sobra Impuesto a la Renta respecto de los Directores, expertos y técnicos de ellas que tengan domicilio o residan en el extranjero.
Artículo 14.- Reemplázase el inciso primero del artículo 15 del DFL. N ? 258, de 1960, por el siguiente;
"A las empresas establecidas en Chile regidas por la ley N||AMPERSAND||quot;? 11.828, que realicen nuevas inversiones destinadas a la explotación de yacimientos mineros diferentes a los que estaban en explotación al 5 de mayo de 1955, fecha de publicación de la ley Nº 11.828, el Presidente de la República podrá otorgarles, respecto de las nuevas inversiones, las franquicias indicadas y establecidas en el artículo precedente".
TITULO IV
Disposiciones varias
Artículo 15.- Facúltase al Presidente de la República para dictar disposiciones legales tendientes a clasificar y definir las empresas de la actividad minera y fijar todos los efectos legales sin limitación de ninguna especie, de manera que las bases actualmente establecidas no sean un obstáculo para el crecimiento de estas actividades.
Sin embargo, todas aquellas disposiciones relativas al régimen jurídico y tributario de las empresas correspondientes a la Mediana y Pequeña Minerías serán objeto de una ley especial.
A.rtículo 16.- Autorízase al Presidente de la República para crear una persona jurídica que se denominará "Bolsa de Minerales y Metales de Chile", que tendrá como objeto que se efectúen en ella transacciones de toda clase de m.etales y minerales nacionales o extranjeros.
El Presidente de la República determinará su capital, domicilio y duración, y reglamentará sus funciones, organización y administración.
Artículo 17.- Los decretos, reglamentos o cualquiera otra disposición que se dicte en uso de las facultades otorgadas por la presente ley, no podrán, en ningún caso, suprimir, disminuir o suspender los beneficios sociales o económicos o cualesquiera otros de que actualmente disfrutan los trabajadores, empleados y obreros que laboran en las empresas explotadoras del cobre o en las Sociedades Mixtas que se constituyan, sea que dichos beneficios provengan de la aplicación de preceptos legales o de convenios en vigor.
Artículo 18.- Las empresas asociadas, las empresas extranjeras de la Grande y Mediana minerías nacionales, y en general, todas las empresas que se rijan por las disposiciones de la presente ley, que realicen trabajos por intermedio de contratistas particulares, deberán, en todo caso, asegurar a los trabajadores de dichos contratistas condiciones de trabajo, remuneraciones y beneficios sociales iguales a los de ciue disfruten quienes laboran directamente para dichas Empresas.
Artículo 19.- En las obras y faenas que realicen las empresas de la Gran Minería del Cobre, con fondos provenientes de la ley Nº 11.828 y a través de contratista o de subcontratistas, los trabajadores que ocupen deberán gozar de las mismas garantías sociales, económicas y culturales a que tienen derecho los empleados y obreros de los sindicatos del cobre de las empresas antes mencionadas.
El cumplimiento de la disposición anterior deberá ser controlado por la Dirección General del Trabajo.
Articulo 20.- El Banco Central de Chile autorizará al Banco del Estado de Chile y demás bancos particulares para otorgar préstamos a dos años y medio plazo y a un interés del 12% anual, para cancelar las deudas en moneda extranjera que aún tengan los productores de la pequeña minería y de la mediana minería nacional que vendan sus productos íntegramente en el país por intermedio de la Empresa Nacional de Minería u otras empresas compradoras.
Estos préstamos, cuando se trate de deudas a la Empresa Nacional de Minería, se efectuarán con el aval de esta institución.
Artículo 21.- Siempre que se cambie un campamento de una empresa minera que tenga más de 800 obreros o 300 empleados, aquélla deberá construir un lo- ,cal sindical y social para todos los sindicatos de ese mineral que contemplará: auditorium para reuniones y actos culturales, oficinas individuales para cada sindicato, biblioteca, clínica dental, contabilidad y atención jurídica.
Artículo 22.- Introdúcence las siguientes m_odificacionese al decreto N"? 313, de 15 de mayo de 1956:
1) Deróganse el inciso segundo del artículo 14 y el artículo 15, y
2) Sustitúyese el artículo 47 por el siguiente :
"Artículo 47.- La participación de utilidades para cada obrero, será del 25% de su salario base y demás remuneraciones imponibles que reciba por día de trabajo y no podrá ser inferior al promedio que por este mismo concepto deban recibir, como gratificación, los empleados de la respectiva Empresa.
La gratificación de los empleados será del 25% del total ganado en el año por cada uno de ellos, sin la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 146 del Código del Trabajo".
Articulo 23.- La Corporación del Cobre determinará las inversiones que deben realizar las empresas regidas por esta ley, paralelamente con las inversiones o planes de ampliación de las empresas y de preferencia para resolver definitivamente los problemas de asistencia médica y de construcciones de hospitales y postas para prestar atención completa a sus trabajadores y familiares.
En la misma clasificación señalada en el inciso precedente, la Corporación del Cobre determinará las inversiones que deben realizar las empresas en materia de construcción de locales escolares para cubrir las necesidades, tanto de la educación primaria, como de la humanística y técnica. Los establecimientos educacionales de estos centros industriales dependerán del Ministerio de Educación Pública.
Artículos transitorios
Artículo 19-Autorízase al Presidente de la República para transigir, por inter- xnedio del Director Nacional de Impuestos Internos, todos los reclamos y dificultades relacionados con impuestos a la renta y/o utilidades que afecten a las Compañías Andes Copper Mining Co. y Chile Exploration Co., previo inform.e favorable del Consejo de Defensa del Estado, los juicios relacionados con las mismas materias, bajo las siguientes condiciones;
a) Las Compañías reclamantes se desistirán de todos los reclamos y juicios pendientes al 18 de diciembre de 1964;
b) El Fisco, por intermedio del Director de Impuestos Internos, aceptará el desistimiento sin cargo para los reclamantes ;
c) Quedan a firme los pagos y depósitos para reclamos hecho al Pisco por las Compañías en virtud de los giros reclamados a que se refieren las letras anteriores ;
d) Se faculta al Presidente de la República, siempre que los términos de la transacción así lo aconsejen, para disponer que el Servicio de Impuestos Internos no formule ninguna nueva liquidación, giro o cobro, respecto de las rentas de las citadas Compañías por cualquier ejercicio financiero terminado el o antes del 31 de diciembre de 1963;
e) El Presidente de la República, previo informe del Director Nacional de Impuestos Internos, podrá dejar sin efecto las liquidaciones, giros o cobros por diferencia de impuestos notificados a las Compañías con posterioridad al 25 de octubre de 1964, siempre que correspondan al ejercicio financiero del año 1963 o a años anteriores, y
f) El impuesto a la renta correspor- diente al ejercicio 1964 será declarado y pagado por las Compañías, ajustándose al criterio del Servicio de Im.puestos Internos respecto de las materias pendientes releíonadas con liquidaciones u órdenes de pago que hayan sido notificadas o reclamadas y que correspondan al año 1963 o a años anteriores. En caso que las declaraciones y pagos correspondientes al ejercicio 1964 no se hubiesen efectuado de acuerdo a lo dispuesto en esta letra, las Compañías deberán rectificarlas con el fin de ajustarse al criterio anteriormente indicado y efectuar los pagos adicionales que correspondan.
La transacción así acordada deberá ser aprobada por decreto supremo del Ministerio de Hacienda y reducido a escritura pública que estará exenta de todo impuesto y que firmará el Director Nacional de Impuestos Internos y un representante de la Compañía afectada.
Artículo 2º-Se faculta al Presidente de la República paiºa que, dentro del plazo de 120 días contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, proceda a modificar el Estatuto de los Trabajadores del Coljre, decreto Nº 313, oyendo por escrito a la Confederación de Trabajadores del Cobre, dentro del plazo de treinta días, contado de igual manera.
En el ejercicio de esta facultad el Presidente de la República no podrá alterar, en perjuicio de los trabajadores, ninguno de los derechos que el decreto N" 313, de mayo de 1956, contempla para éstos o para las organizaciones sindicales respectivas.
La modificación referida contemplará:
1.- Que en cada centro de trabajo podrá constituirse sólo un sindicato industrial por los obreros que laboren en él y un solo sindicato profesional por los respectivos empleados. Estos sindicatos se regirán por sus Estatutos sociales libremente elaborados por la respectiva asamblea.
Para constituir un sindicato se requerirá la conformidad del 51% a lo menos de los respectivos empleados u obreros del centro de trabajo, y reunido dicho quorum, quedarán automáticamente y en forma obligatoria sindicados todos los obreros o los empleados del centro de trabajo.
2.- Normas sobre conflictos colectivos tendientes a:
a) Reconocer a los trabajadores amplia libertad de petición dentro de la negociación colectiva, tanto en relación con asuntos de carácter económico, como de carácter social, derivados de los contratos de trabajo y de las condiciones de vida en los campamentos, sin otras limitaciones que las que imponga la ley;
b) Reducir el plazo de la negociación colectiva;
c) Dar mayor autoridad al órgano conciliador, el que se integrará por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, el Ministro de Minería y el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación del Cobre, quienes podrán designar suplentes, y
d) Dar mayor eficacia al procedimiento de conciliación.
Artículo 39-Lo dispuesto en la presente ley no podrá significar una innovación en los ingresos consultados en el Cálculo de Entradas del Presupuesto de la Nación correspondiente al año 1965.
Artículo 49-La Corporación del Cobre será la continuadora legal sin interrupción del Departamento del Cobre y le sucederá en todo su patrimonio, bienes, obligaciones y recursos a contar desde la fecha de publicación de la presente ley.
Todas las referencias que las leyes o decretos hagan al Departamento del Cobre se entenderán hechas a la Corporación del Cobre, salvo en cuanto no sean compatibles con la presente ley.
Articulo 59-Hasta la fecha en que la Corporación del Cobre o las otras reparticiones, empresas o entidades que designe el Presidente de la República, adquieran el 51% de las acciones en la sociedad minera mixta que se constituye con el aporte de los bienes pertenecientes a Braden Copper Co., la nueva sociedad minera mixta quedará sometida a todo el régimen tributario sobre utilidades aplicables a Braden Copper Co., como Empresa de la Gran Minería del Cobre.
Para estos efectos, su tributación se determinará proporciolamente sobre la producción vendida y entregada hasta dicha fecha y la sobretasa variable establecida en el artículo 1º de la ley Nº 11,828 se fijará en proporción a la producción obtenida hasta esa misma fecha.
Artículo 6º-Facúltase al Presidente de la República para fijar el texto refundido y definitivo, que llevará número de ley, de la ley 11.828, de 5 de mayo de 1955, y de las disposiciones de la presente ley. Asimismo, facúltase para suprimir aquellos artículos que hayan perdido su oportunidad legal por habérseles dado cumplimiento."
En segundo término, se entró a tratar el proyecto de ley, en segundo trámite reglamentario, informado por la Comisión de Hacienda, que concede franquicias aduaneras para la internación de chasis destinados a los servicios de locomoción colectiva particular de pasajeros.
Correspondía entrar a la discusión parti. cular del proyecto.
Artículo 1"
Puesto en discusión usaron de la palabra los señores De la Fuente, Rioseco, Ibáñez, Valente, Sota (Diputado informante).
Por haber llegado la hora de término se declaró cerrado el debate.
Se había renovado la indicación 1, para suprimir en el inciso primero las palabras "y taxibuses".
Puesto en votación el artículo sin la frase "y taxibuses" resultó aprobado por 54 votos contra 1.
Por 56 votos contra 20 se aprobó la inclusión de la frase "y taxibuses".
Se renovó la indicación signada con el Nº 4, que consiste en suprimir el inciso cuarto, resultó 44 votos contra 33.
Artículo 29
Se renovaron las siguientes indicaciones, para substituir las letras a) y b) respectivamente, por las siguientes:
2) Del señor Turna, para reemplazar la letra b) por la siguiente:
"b) La internación y primera transferencia de autobuses destinados a ser adquiridos por empresas de turismo, empresas hoteleras o entidades que faciliten o fomenten la industria del turismo."
3) De los señores Naudon, Clavel, Laemmermann, Fuentealba, Rioseco e Ibáñez y de la señora Enríquez, doña Inés, para sustituir la letra b) por la siguiente:
"b) La intei-nación y primera transferencia de chasis con motor incorporado destinado a ser adquirido por colegios, escuelas, instituciones o entidades educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública o reconocidos como cooperadores de la función educacional del Estado, y destinados exclusivamente a la educación de los educandos del respectivos colegio o institución.
El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y el Ministerio de Educación Pública, deberán certificar el hecho, de que las internaciones y primeras transferencias para las cuales se soliciten estas exenciones i'eúnen los requisitos establecidos en esta letra."
Puesto en votación el artículo con las indicaciones renovadas resultó rechazado por 34 votos contra 45.
Artículo 3°
Por unanimidad se aprobó el artículo en su forma original.
Artículo 4°
Se renovó la indicación que consiste en agregar el siguiente inciso nuevo:
"La tripulación o el personal de vuelo de estas aeronaves deberá ser de nacionalidad chilena".
Puesto en votación el artículo con la indicación, resultó rechazado por 46 votos contra 35.
Por unanimidad se aprobó el artículo en su forma original.
Artículo 5"?
Por unanimidad resultó aprobado.
Artículo 69
Puesto en votación resultó aprobado con el voto en contra de los señores Zepeda y De la Fuente.
Artículo 7º
Se renovaron con el número reglamentario de firmas las indicaciones signadas con los números 4? y 6?, del tenor siguiente:
4) De los señores Pontigo, Guastavino y Valente, para reemplazarlo por el siguiente:
"Artículo...- Los automóviles, station wagons y jeeps pagarán una patente equivalente al 2% de su valor para los vehículos que alcancen hasta un valor comercial de ocho sueldos vitales anuales del departamento respectivo, y equivalente al 3% del valor para aquellos vehículos de un valor comercial superior.
Las Municipalidades harán sus cálculos de acuerdo a un tabla de valores comerciales de los vehículos, que anualmente elaborará Impuestos Internos.
Los tipos de vehículos no contemplados en este artículo pagarán una patente que se fijará por cada Municipio, en una escala de valores que anualmente deberá aprobarse con los votos favorables de ios dos tercios de los Regidores en ejercicio."
C) De los señores Ibáñez, Fuentes, don Samuel y Poblete, para agregar el siguiente inciso nuevo:
"A contar desde el 1º de enero de 1966, el 50% de todos los Impuestos fiscales que Ijerciba el Fisco por otorgamiento de patentes de vehículos motorizados será de beneficio de la Municipalidad que otorga la patente respectiva."
Puesto en votación el artículo con la indicación Nº 4, se rechazó por 46 votos contra 42.
Puesto en votación, en su forma original, resultó aprobado el artículo por unanimidad.
Por 46 votos contra 37 se rechazó la indicación para consultar un inciso nuevo a este artículo.
Artículos nuevos
Se renovó la indicación 4, del si- fi-uiente tenor, que puesta en votación, resultó rechazada por 48 votos contra 35:
"Articulo...- El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción deberá realizar un estricto estudio de los costos de los repuestos y materiales destinados a los vehículos de locomoción colectiva dictando, cuando proceda, los decretos de rebaja de los precios de venta.
El resultado de estos estudios deberá ser comunicado por el Ministerio señalado a la Cámara de Diputados".
Por 46 votos contra 32, se rechazó la indicación renovada Nº 3; que dice;
"Artículo...- Declárase que Arica es una de las sedes de la industria automotriz. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, conjuntamente con la Corporación de Fomento de la Producción, resolverán, en un plazo no mayor de 12 meses, la autorización para que determinadas industrias de esa zona armen y fabriquen camiones, y vehículos destinados a la locomoción colectiva del país".
Puesta en votación la indicación renovada 14, resultó rechazada por 46 votos contra 32; que es del tenor siguiente;
14) Del señor Valente;
"A)'t¡cido...- Agrégase el siguiente inciso nuevo a la letra a) del articulo 4? de la ley Nº 14.555: ,
"Sin embargo, este valor se rebajará, lºara todos los derechos legales concernientes a la internación, en un lO'/c Por cada año de antigüedad del vehículo, con un tope de 30%."."
Por 46 votos contra 32 se rechazó la indicación Nº 3, del tenor siguiente;
"Artículo...- A contar del 1° de enero de 1966 y por un plazo de cmco años el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción deberá consultar en el presupuesto ordinario de la Nación los fondos necesarios para adquirir las empresas y vehículos de la locomoción colectiva particular incorporando estos servicios a la Empresa de Transportes Colectivos del Estado".
Puesta en votación la indicación renovada Nº 1, resultó rechazada por 47 votos contra 32; la que es del siguiente tenor:
"Artículo...- Las disposiciones del inciso 59 del artículo 5? de la ley 14.824, se aplicarán, también, en aquellas zonas en donde rijan las leyes Nºs 12.937 y 13.039.
Las internaciones de estos vehículos se harán, en todo caso, con informe de la Subsecretaría de Transportes."
Por 46 votos se rechazó la indicación signada con el Nº 7, que dice:
"Artículo...- La distribución de chasis de vehículos carrozados, se hará, preferentemente, en su primera entrega, a aquellos empresarios que sólo posean una máquina.
Aquellos que no sean beneficiados en la primera entrega, se les considerará en las siguientes.
Una vez cubierta las necesidades de los pequeños empresarios se atenderán las aspiraciones de los otros postulantes".
Por 42 votos contra 32, se rechazó la indicación N" 6, del siguiente tenor;
"Artículo....- Los vehículos que se internen con las exenciones establecidas en la presente ley y se destinen a la locomoción colectiva urbana deberán ser distribuidos proporcionalmente entre las diversas provincias del país en relación con el número de habitantes de cada una de ellas, sin perjuicio de los que se destinen a los servicios interprovíncialey".
Por 41 contra 33 se rechazó la indicación N'-' 12, que dice;
"Artículo....- Los beneficios y exenciones de C;íta ley se aplicarán también a la importación de automóviles destinados al servicio público que importen los choferes de taxi que teniendo más de 10 años de trabajo en actividad, sean dueños de un automóvil de un modelo de más de 10 años de uso o no posean automóvil propio.
Ambos hechos serán acreditados por el Sindicato respectivo".
Por 50 votos contra 34, se rechazó la indicación renovada N° 8, que dice:
8) De los señores Guastavino y Valente :
"Aºiículo....- Los beneficios de la presente ley les serán aplicados a todos los taxistas que tengan necesidad de renovar su material".
Por 39 votos contra 34, se rechazó la indicación signada con el Nº 9, que dice:
9) Del señor Astorga:
"Artículo....- Amplíase el artículo 2? del Título I de la ley 12.937, que autoriza ¡a libre importación con cambio libre ban- cario, de las maquinarias y elementos citados en este mismo artículo, incorporando a tales beneficios a los chassis y carrocerías desarmadas para buses de pasajeros de ¡a movilización urbana de los departamentos de Pisagua e Iquique y a los buses carrozados que se importen para la movilización interprovincial de pasajeros, desde y hacia la provincia de Ta- rapacá.
El Administrador de la Aduana de Iquique podrá autorizar la salida de buses de pasajeros a otras zonas del país, por un plazo no superior a seis meses, previa garantía de los mismos y fianza nominal que se determine. Las nuevas autorizaciones temporales, sólo podrán otorgarse cuando los empresarios hayan cumplido con las exigencias señaladas, espe- cialmicnte, de mantener tales vehículos para la movilización de pasajeros de acuerdo con los permisos otorgados por la Su D- secretaría de Transportes y del retorno a la zona liberada dentro del plazo que fijen las autoridades de Aduana".
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, se mando comunicar al Senado, redactado en los términos siguientes:
Proyecto de ley
"Artículo 19-Los impuestos establecidos en el artículo 11 de la ley Nº 12.084, modificado por el artículo 33 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 12.434, por los artículo,? 16 y 17 de la ley Nº 12.462, y cuyo texto actual ha sido fijado' por el artículo 13 de la ley N'? 14.824, no afectarán a las internaciones de chassis con motor incorporado para buses y taxibuses destinados a la movilización colectiva de pasajeros, sea que se importen armados o que se armen en el país. En todo caso, los chassis deberán ser carrozados en Chile. Gozarán de esta liberación las importaciones que establece esta ley y cuyos registros hayan sido aprobados por el Banco Central de Chile dentro del plazo de dos años, desde la vigencia de la presente ley.
La armaduría o fabricación de los vehículos señalados en el inciso anterior estará exenta de los impuestos a que se refiere el inciso tercero del artículo 11 de la ley Nº 12.084 y sus modificaciones.
Se suspende por dos años respecto a la importación de los mismos chassi referidos en los incisos anteriores la aplicación de los derechos y demás gravámenes que se perciben por intermedio de las Aduanas con exclusión del impuesto adicional establecido por el artículo 169 de la ley 13.305.
Las importaciones de carrocerías desarmadas para ser montadas en los chas- sis que se internen conforme a los incisos precedentes, gozarán de las mismas franquicias establecidas para los chassis. A estas operaciones no les serán aplicables las normas establecidas por la lej' N"? 16.101 y el Banco Central de Chile sólo podrá aceptar las solicitudes de im.porta- ción que cuenten con la aprobación previa de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Para que operen las liberaciones tributarias establecidas en este artículo, será previo que la importación cuente con la aprobación del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y que los vehículos sean adquiridos por empresarios de la locomoción colectiva. Municipalidades, Empresa de Transportes Colectivos o Cooperativas de Transportes.
La primera transferencia de los chas- sis referidos y de las carrocerías con que se les dote, estará exenta de los impuestos de la ley 12.120 y sus modificaciones y del impuesto de Cifra de Negocios.
Artículo 29-Gozarán también de todos los beneficios y exenciones aduaneras y tributarias determinados en el artículo anterior:
a) La internación y primera transferencia de autobuses cai'rozados o chassis con motor incorporado destinados a ser adquiridos por colegios, escuelas, instituciones o entidades educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública o reconocidos como cooperadores de la función educacional del Estado, y destinados exclusivamente a la movilización de los educandos del respectivo colegio o institución.
El Ministerio de Economía, Fomento y Rsconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y el Ministerio de Educación Pública, deberán certificar el hecho de que las internaciones y primeras transferencias para las cuales se soliciten estas exenciones reúnen los requisitos establecidos en esta letra.
b) La internación y primera transferencia de autobuses destinados a ser adquiridos por empresas de turismo o entidades fiscales que faciliten o fomenten la industria del turismo.
El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes y Dirección de Turismo, deberán certificar y calificar el hecho de que las internaciones para las cuales se soliciten esas exenciones reúnen los requisitos establecidos en el inciso anterior.
c) La internación y primera transferencia de los autobuses de servicio ínter- provincial cuya internación sea aprobada por la Subsecretaría de Transportes.
Artículo S"?-Los vehículos beneficiados con las exenciones establecidas en la presente ley lio podrán ser transferidos ni dados en arrendamiento sin autorización del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. En el caso de enajenarse estos vehículos a cualquier título, dentro de los cinco años contados desde su internación, deberá enterarse previamente, en arcas fiscales, el monto de los derechos y tributos aduaneros correspondientes a las franquicias que otorga esta ley. Quedan solidariamente obligados a este pago todas las personas naturales o jurídicas que intervengan en los actos o contratos respectivos.
Se prohibe el uso de los vehículos a que se refiere el inciso anterior para fines del servicio de movilización pública. La infracción de esta prohibición será penada con el comiso del vehículo. El vehículo decomisado será rematado y su producto será de beneficio fiscal. El denunciante de cualquiera infracción recibirá como galardón el 30% del producto del remate.
Artículo 4"?- Agrégase al D.F.L. N"? 305, de 1960, el siguiente artículo nuevo final:
"Artículo...- No obstante lo dispuesto en el artículo 9® del D.F.L. Nº 241, de 1960, "Línea Aérea Nacional Chile" podrá efectuar el transporte de pasajeros a que dicho precepto se refiere en aeronaves extranjeras sobre las cuales haya adquirido o adquiera derecho de uso o goce por arrendamiento o a cualquier otro título."
Artículo 5"- Autorízase al Presidente de la República para establecer periódicamente porcentajes mínimos de incorporación de partes y piezas nacionales que deberán alcanzar las armadurías de chasis de camiones y buses. Será aplicable para estos fines lo dispuesto en el artículo 15 de la ley Nº 14.824.
El Presidente de la República podrá, asimismo, rebajar o suprimir los gravámenes arancelarios, impuestos adicionales y, en general, todos los tributos que se perciban por las aduanas y que afecten la internación de partes y piezas conjuntos y subconjuntos destinados a las armadu- rías de los mencionados vehículos.
Artículo 6°- Condónanse todos los impuestos, contribuciones, multas y sanciones de cualquiera naturaleza que desde su formación hasta la fecha adeuden o puedan adeudar las sociedades filiales de la ex Empresa Nacional de Transportes, hoy Empresa de Transportes Colectivos del Estado, que se constituyeron por escritura pública ante el notario Roberto Arria- gada Bruce, con fecha 30 de diciembre de 1950, y que se denominaron "Sociedad Industrial Reencauchadora de Neumáticos Tyresole Limitada" y "Sociedad Imprenta de la Empresa Nacional de Transportes Limitada", modificada la primera mediante las escrituras públicas suscritas ante el notario Julio Lavín, con fecha 25 y 30 de abril de 1953, y la segunda modificada mediante escrituras públicas suscritas ante el mismo notario con fecha 29 y 30 de abril de 1953.
La condonación anterior comprenderá incluso, los impuestos que dichas sociedades, en cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes, hubieren retenido a terceros. Comprenderá, igualmente, toda clase de erogaciones a que pudieren estar obligadas en favor de las Instituciones Fiscales, Semifiscales, Municipales u otras, como, asimismo, las multas o sanciones que pudieren corresponder por el no pago de esas erogaciones.
Libérase también a los representantes legales de estas sociedades de cualquiera sanción que pudiere afectarles por el incumplimiento de las obligaciones mencionadas en los dos incisos anteriores.
Artículo 7"- Reemplázase en el artículo 23 de la ley Nº 14.171 el Grupo I, automóviles particulares y station wagón, por el siguiente:
GRUPO I
Automóviles particulares y station wagons
1) Automóviles particulares y station wagons de precio de venta al público:
Valor actual
Sueldos vitales anuales Porcentaje de un sueldo del Depto. de Santiago vital mensual del
Departamento de Stgo.
Hasta tres
De tres a cuatro
De cuatro a cinco
De cinco a seis
De seis a siete
De siete a ocho
De ocho a nueve
De nueve a diez
De diez a once
De once a doce
De doce a trece
De trece a catorce
De catorce a quince
De quince a dieciséis
De dieciséis a diecisiete
De diecisiete a dieciocho
De dieciocho a diecinueve
De diecinueve a veinte
De veinte a veintiuno
De veintiuno a veintidós
De veintidós a veintitrés
De veintitrés a veinticuatro
De veinticuatro a veinticinco
De veinticinco a veintiséis
De veintiséis a veintisiete
De veintisiete a veintiocho
De veintiocho a veintinueve
De veintinueve a treinta
De treinta a treinta y uno
De treinta y uno a treinta y dos
Superior a treinta y dos
Esta nueva clasificación comenzará a regir a contar del 1° de enero de 1966.
Las Municipalidades harán los cálculos de acuerdo a una tabla de valores comerciales de los vehículos, que anualmente elaborará el Servicio de Impuestos Internos y que deberá ser publicada en el Diario Oficial en el mes de diciembre de cada año para que rija en el año calendario siguiente."
Con la venia de la Sala se dio cuenta y se aprobaron por unanimidad los siguientes cambios de Comisiones:
Investigadora del Petróleo
Se aceptó la renuncia del señor Cerda, don Eduardo y se designó, en su reempla- »ZD, al señor Penna.
Hacienda
Se aceptó la renuncia de la señora Laxo y se designó, en su reemplazo, al señor Olave.
Obras Públicas
Se aceptó la renuncia del señor Giannini y se designó, en su reemplazo, al señor Sepúlveda, don Eduardo.
Constitución, Legislación y Justicia
Se aceptó la renuncia del señor Giannini y se designó, en su reemplazo, al señor Sepúlveda, don Eduardo.
hora de incidentes
El primer turno correspondió al Comité Demócrata Cristiano.
Usó de la palabra la señora Retamal,
doña Blanca, quien destacó la conveniencia de proceder a la colocación de semáforos en la comuna de Quinta Normal con el objeto de evitar la congestión y accidentes del tránsito.
En seguida se refirió a la inconveniencia de emplear motoniveladoras para la reparación de calzadas durante la temporada de verano, sin previamente regar las calles para evitar nubes de polvo y tierra.
Solicitó la señora Diputada que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, solicitándole que el trabajo de las motoniveladoras se haga durante invierno y que cuando sea estrictamente necesario realizarlo en otra época que se rieguen previamente las calles.
El señor Sepúlveda don Eduardo, se refirió a continuación a las proyecciones de la reunión de los Presidentes de Chile y de la República Argentina en la ciudad de Mendoza.
Finalmente, el señor Koenig se refirió a la urgencia de proceder a la instalación de las obras destinadas a dotar de agua potable a la comuna de Futrono, en la provincia de Valdivia, y solicitó se dirigiera oficio, en su nombre, con tal objeto, al señor Ministro de Obras Públicas.
El turno siguiente correspondió al Comité Radical. El señor Rodríguez Nadruz usó de la palabra para referirse a la necesidad de proceder a la pronta construcción del edificio destinado a la Escuela N º 24 de Victoria, en la provincia de Ma- lleco.
El. señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, a lo que adhirió el señor Phillips, al señor Ministro de Educación Pública con el objeto de que se proceda a la pronta ejecución de la referida obra.
El señor Jaque se refirió, en seguida, a la necesidad de construir un nuevo edificio destinado a la Estación Ferroviaria de San Rosendo, provincia de Concepción.
El señor Diputado solicitó se dirigie ra oficio en su nombre, a lo que adhirieron la señora Lazo y el señor Agurto, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que la Empresa de los Feri'ocarriles del Estado incluya en sus planes para el año 1966 la construcción de un nuevo edificio para la Estación ferroviaria de San Rosendo, ubicada en la provincia de Concepción e informe, asimismo, a esta Corporación de las medidas que se adopten en definitiva sobre el particular.
A continuación, el señor Jaque se refirió a la falta de servicio de agua potable en el lugar denominado Petinelli, en Talcahuano, provincia de Concepción.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, a lo que adhirieron la señora Lazo y el señor Agurto con el objeto de que la Dirección de Obras Sanitarias proceda a efectuar a la brevedad posible, los trabajos requeridos para dotar de agua potable a dicha localidad y también informar a la Cámara de la resolución que se adopte sobre el particular.
Luego, el señor Acuña se refirió al pago de la asignación de zona a los servidores públicos de las provincias de Osorno, Valdivia y Llanquihue.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, al señor Ministro de Hacienda a lo que adhirieron los señores Olave y Koenig, con el objeto de que se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas.
El turno siguiente perteneció al Comité Comunista. Dentro de este tiempo usó de la palabra por la vía de la interrupción, el señor Naranjo, quien se refirió a los incidentes policiales acaecidos en los fundos "Los Cristales", y "El Porvenir" ubicados en la provincia de Curicó.
cambio de miembros de comisiones
Por asentimiento unánime se aprobaron los siguientes cambios en el personal de las Comisiones que se indican;
Especial Investigadora del Petróleo
Se aceptó la renuncia del señor Cerda don Eduardo y se designó, en su reemplazo, al señor Penna.
Hacienda
Se aceptó la renuncia de la señora Lazo y se designó en su reemplazo, al señor Olave.
Constitución, Legislación y Justicia
Se aceptó la renuncia del señor Giannini y se designó, en su reemplazo, al señor Sepúlveda, don Eduardo.
Obras Públicas
Se aceptó la renuncia del señor Olave y se designó en su reemplazo al señor Guajardo.
Agricultura y Colonización
Se aceptaron las renuncias de los señores Aravena, don Andrés, y Jarpa y se designaron en su reemplazo, a los señores Guajardo y Fuentealba, respectivamente.
feoyectos de acíjekdo
A proposición del señor Cancino (Presidente Accidental), por asentimiento tácito se declararon sin discusión por ser obvios y sencillos y posteriormente se aprobaron por asentimiento unánime los siguientes proyectos de acuerdo;
Del señor Millas;
"Considerando:
Que el Canal San Joaquín en su recorrido cruza por sectores densamente poblados y que durante las épocas de invierno por las lluvias y los riegos en las otras temporadas del año, ocasiona rebalses que inundan calzadas y en algunos casos deterioran viviendas que por lo general pertenecen a familias de escasos recursos.
Que es un peligroso foco de infecciones, causante de numerosas epidemias, sobre todo en los niños.
Que el presupuesto del presente año asigna el entubamiento de dicho canal la suma de Eº 400.000.
Atendiendo el hecho de que la Dirección de Obras Sanitarias ha terminado el estudio técnico para la ejecución de las obras de entubamiento, cuyo proyecto está asignado con el N"? D.S. 3686-A del archivo de esa Dirección y que el propósito de ella era ejecutar la obra durante el presente año, y considerando que aún no se han solicitado las propuestas para su ejecución es que,
La Honorable Cámara de Diputados acuerda:
Dirigirse al Ministro de Obras Públicas a objeto de que en los meses que restan del presente año imparta las instrucciones administrativas que el caso requiera, a fin de iniciar las obras de entubamiento del Canal San Joaquín".
Del señor Pontigo y el señor Acevedo:
"Considerando:
1°-Que en la provincia de Coquimbo existen centenares de familias de pescadores, cuyos hijos en su mayoría se inclinan a continuar las labores de sus padres;
2.- Que día a día se va desarrollando en forma creciente la pesca como consecuencia del desarrollo que ha alcanzado la industrialización de los productos del mar;
3.- Que gran parte del porvenir económico de la nación reside en el desarrollo racional y científico de la pesca;
4.- Que siendo necesario elevar la calidad técnica de las nuevas generaciones de pescadores y dar a los hijos de éstos la posibilidad de adquirir los conocimientos y las técnicas modernas que el pais necesita, la Honorable Cámara de Diputados aprueba el siguiente
Proyecto de acuerdo:
Enviar oficio al señor Ministro de Educación solicitándole estudie la posibilidad de crear una Escuela Industrial de Pesca en la Comuna de Coquimbo, en el lugar denominado La Herradura, y pueda obtener, además, que en el Presupuesto de la Nación para el año 1966 se consulten las sumas necesarias para adquirir los terrenos y comenzar la construcciión del plantel educacional aludido".
De los señores Pontigo y Millas;
"Considerando:
Que la Comuna de Canela de Mincha no tiene ambulancia en la capital de la comuna;
Que Canela de Mincha es una comuna rural, ubicada a más de sesenta kilómetros de Illapel y de Los Vilos, lugares en que existe un Hospital;
Que se trata de un vasto sector campesino con muy limitados medios de movilización y, que por lo tanto, es absolutamente indispensable y urgente que allí exista una ambulancia, la Honorable Cámara aprueba el siguiente
Proyecto de acuerdo:
Enviar oficio al señor Ministro de Salud Pública solicitándole, en consideración a las razones expuestas, vea la posibilidad de instruir al Servicio Nacional de Salud, para que a la brevedad destine una ambulancia a la Comuna de Canela de Mincha, Provincia de Coquimbo".
Se encontraba en trámite de segunda discusión el siguiente proyecto de acuerdo :
Del señor Godoy Urrutia, apoyado por el señor Millas, Comité Comunista;
"La Honorable Cámara acuerda enviar oficio a quien corresponda para que a la brevedad posible, le informe sobre lo siguiente :
I"?-Nómina completa del personal rentado de las Juntas Nacionales. Provinciales y Locales de Auxilio Escolar y Becas, señalando: a) nombre completo; b) edad; c) estudios; d) actividad anterior; e) papel de antecedentes; f) sueldo; g) función que desempeña; h) horas qu3 trabaja; i) viáticos de que goza; j) cuándo fue licenciado de secundaria.
2°-Relación completa de los beneficios concedidos, indicando desde qué fecha o cuándo se otorgaron: a) desayuno; b) almuerzo escolar; c) vestuario; d) útiles escolares; e) becas y su monto, especificando el colegio que las recibió y si se trata de colegios fiscales o privados (en el último caso, señalar dónde y desde cuándo funciona, el número de alumnos que atiende y el monto de las subvenciones que recibió el año anterior) ; f) préstamos concedidos a universitarios; g) decir qué destino se dará al excedente de este año.
3º-Forma en que está organizado el trabajo de las Juntas, en sus diversos niveles: a) quién y cómo hace las adquisiciones; b) decir si se llama a propuestas públicas o privadas (en caso de haberlas, detallarlas) ; c) cómo y por qué medios se hace la distribución; d) exigencias hechas en los colegios para la recepción; e) copia, de los formularios que se han elaborado; f) cómo se llevan los controles; g) informar si se hacen distribuciones directas e individuales, por órdenes superiores.
4"?-a) Cómo se proyecta hacer, o si ya se está prestando, la atención médico- dental a los estudiantes; b) cuáles son los proyectos sobre colonias escolares; c) qué hay sobre la construcción de dos hogares universitarios proyectados en el presupuesto de este año.
5.- Nómina completa de todos los miembros de las Juntas de Auxilio Escolar y Becas del país, indicando la representación que ostentan.
6.- a) Relación de todos los gastos mandados a efectuar o autorizados por la
Junta Nacional, sea por capítulo de adquisiciones, pasajes y transportes de carga, comisiones y viáticos, menaje para oficinas, etcétera; b) indicar cuál es el estado de situación".
Puesto en votación el proyecto de acuerdo resultó aprobado por 37 votos contra 3.
Se encontraba pendiente la discusión del siguiente proyecto de acuerdo que había quedado también para segunda discusión.
De los señores Garay, Daiber, Koenig, Videla, Valdés Solar y Demarchi apoyados por el Comité Demócrata Cristiano:
"El sistema previsional chileno no es propiamente un sistema homogéneo y meditado. Existen en la actualidad cuarenta y ocho cajas de previsión con casi otras tantas disposiciones diferentes que han introducido la injusticia de crear grupos privilegiados algunos de ellos que francamente son atentatorios de la más elemental equidad social. No deseamos citar casos que son demasiado conocidos.
En resumen, la previsión chilena no responde muchas veces ni a principios justos ni a las posibilidades del desarrollo económico del país. Más aún, las jubilaciones prematuras dadas con tanta generosidad sinifican una verdadera quiebra económica y anarquía socio-previsional.
Sin embargo, la Honorable Cámara ha seguido atendiendo en diversas oportuni- dados peticiones que significan agregar más anarquía.
Existe una Comisión Especial en el Ministerio del Trabajo que está abocada al estudio de una reforma previsional. Es de desear que ella entregue en plazo prudente el resultado de su preocupación.
Como ello es largo, nos permitimos presentar a consideración de la Honorable Cámara el siguiente proyecto de acuerdo:
1°-Solicitar de S. E. el Presidente de la República no enviar ningún proyecto de ley sobre materias previsionales de excepción, haciéndolo solamente en aquellos casos de estricta justicia;
29-Solicitar del señor Ministro del Trabajo que el estudio de una nueva legislación sobre previsión social única sea acelerado lo más posible, como una manera de ordenar definitivamente una materia de tan grande incidencia económica y social".
Puesto en discusión el proyecto usaron de la palabra el señor Koenig para apoyarlo; la señora Lazo y el señor Millas para impugnarlo.
Por haber llegado la hora de térmkio de las votaciones quedó pendiente la discusión de este projºecto.
Prórroga de Incidentes.
En el tiempo del Comité Socialista el señor Naranjo prosiguió sus observaciones relacionadas con los incidentes ocurridos entre los campesinos de algunos fundos de la provincia de Curicó y la Policía.
A proposición del señor Diputado por asentimiento unánime se acordó insertar en la versión y en el Boletín de Sesiones los pliegos de peticiones planteados por los obreros campesinos.
El señor Diputado solicitó se dirigiera oficio, en su nombre a lo que adhirieron los Comités Socialista y Comunista, al señor Ministro de Defensa Nacional con el objeto de que se sirva enviar a esta Corporación una nómina completa de todos ¡os particulares que han sido autorizados para adquirir metralletas españolas marca STAR, modelo Z-45, de 9 mm. y que, asimismo, se autorice a todos los señores parlamentarios de los Comités Comunista y Socialista para adquirir dichas armas y tenerlas en sus respectivas casas.
En seguida usó de la palabra el señor Aguilera .quien solicitó, en su nombre, a lo que adhirieron. los Comités Socialista y Comunista, que se remitieran al señor Ministro del Interior los restos de bombas lacrimógenas que habrían disparado los miembros del Cuerpo de Carabineros a los obreros campesinos de Curicó, en los incidentes policiales que se habrían producido.
Luego el señor Aguilera se refirió a la aplicación y cumplimiento de las leyes Nºs. 15.467 y 15.004 que otorgaron la calidad jurídica de empleados a los torneros, fresadores y matriceros y a los electricistas, respectivamente.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio en su nombre, a lo que adhirió la señora Lazo, al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social con el objeto de que se sirva impartir las instrucciones necesarias para que los beneficios que otorguen dichas leyes sean concedidos por los organismos respectivos a los interesados sin dilaciones, con el objeto de de que se sirva impartir las instrucciones bles gastos por concepto de abogado a quienes deben recurrir.
En seguida, el señor Diputado se refirió a la conveniencia de proceder a la expropiación de algunos fundos ubicados en la zona norte del país.
El señor Diputado solicitó se dirigiera oficio en su nombre, a lo que adhirieron los Comités Comunista y Socialista a S. E. el Presidente de la República con el objeto de que los organismos correspondientes procedan a la expropiación del fundo "Las Cañas", de propiedad del señor Víctor Catán y de la Hacienda "Limáhuida" pertenecientes al señor Vicente Alamos Igualt.
El turno siguiente perteneció al Comité Democrático Nacional. El señor González Maertens se refirió a las conclusiones adoptadas en el reciente Cabildo Abierto celebrado por el comando de Poblaciones ribereñas de Temuco, de la provincia de Cautín.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas.
A continuación usó de la palabra el se-ñor Aravena Carrasco, quien destacó la conveniencia de destinar los recursos económicos necesarios para dar término a la edificación del local destinado al funcionamiento del Colegio Regional de Talca.
El señor Diputado solicitó se dirigieran oficios en su nombre, a lo que adhirió la señora Retamal, doña Blanca, a los señores Ministro de Hacienda y Educación Pública con el objeto de que se sirvan arbitrar las medidas necesarias para el pronto envío de los recursos económicos requeridos para la prosecución de la obra mencionada.
Luego, el señor Aravena destacó la conveniencia de conocer la forma en que opera la reforma agraria y la manera como se explotan los fundos expropiados por la Corporación de la Reforma Agraria.
El señor Diputado solicitó que se dirigiera oficio en su nombre, a lo que adhirieron los señores Acuña, Rodríguez Nadruz, Laemmermman, la señora Lazo y el Comité Democrático Nacional, al señor Ministro de Agricultura con el objeto de que se sirva informar a esta Corporación acerca de la forma en que se están administrando los predios que la CORA ha tomado a su cargo y cuáles son los rendimientos y costos de producción actuales, en comparación con los anteriores. Asimismo, que se dé a conocer la manera cómo se están empleando los fondos de esa institución y si los procedimientos que emplea son realmente beneficiosos o todavía están en un período en el cual no se puede precisar una posición al respecto.
A continuación, por la vía de la interrupción usó de la palabra el señor Valdés Phillips quien se refirió a los proyectos de acuerdo presentados en la sesión ordinaria de hoy por el señor Pontigo.
Peticiones de Oficios.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 del Reglamento, los señores Diputados que se indican, solicitaron que
Acevedo P., Juan Acuña R., Américo Aguilera B., Luis Aguilera C., María Inés Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Ansieta N., Alfonso Arancibia C., Mario Aravena C., Jorge Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Basso e., Osvaldo Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José Tomás Canales C., Gilberto Cancino T., Fernando Cardemil A., Gustavo Carvajal A., Arturo Castilla H., Guido Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Coñuepán P., Venancio Daiber E., Alberto De la Fuente C., Gabriel De la Fuente C., Gabriel Demarchi K., Carlos Dip de Rodríguez, Juana Dueñas A., Mario Enríquez F., Inés Escorza O., José Dgo. Fernández A., Sergio
Fierro L., Fermín Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Gajardo P., Santiago Galleguillos C., Víctor Garay F., Félix Godoy U., César González M., Víctor Guajardo G., Emesto Guastavino C., Luis Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Iglesias e.. Ernesto Irureta A., Narciso Jaque A., Duberildo Jaramillo B., Alberto Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig e., Eduardo Laemmermann M., RenatoLavandero I., Jorge Lazo e., Carmen Lorca R., Gustavo Lorenzini G., Emilio Marambio P., Joel Marín M., Gladys Martín M., Luis Martínez C., JuanRosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Santibáñez C., Jorge Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Tejeda O., Luis Téllez S., Héctor Valdés P., Arturo Valente R., Luis Valenzuela L., Renato Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Viílela R., Pedro Werner I., Rodolfo Zepeda Coll, Hugo Zorrilla C., Enrique
El Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y el Secretario Jefe de Comisiones, señor Larraín Errázuriz, don José Luis.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
Las actas de las sesiones 6'º, 7º y 8º extraordinarias, celebradas en miércoles 20, jueves 21 y viernes 22 de octubre, de 20.30 a 22.30, de 16 a 21.30 y de 10.45 a 13.30 horas, respectivamente, se dieron por aprobadas por no haber merecido observaciones.
CUENTA
Se dio cuenta de:
1"-Tres oficios de S. E. el Presidente de la República:
Con el primero incluj'e en la actual legislatura extraordinaria de sesiones el proyecto de ley que consulta normas sobre urbanización de poblaciones, calles, pasajes y terrenos destinados a la vivienda ¡copular.
-Se mandó tener presente y archivar.
Con el segundo retira las observaciones formuladas al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que beneficia a don Carlos Ramírez Prado.
-Quedó en Tabla.
Con el último formula indicaciones al proyecto de ley que aumenta la planta del personal de Carabineros de Chile, con el objeto de incluir en sus disposiciones al personal de la Dirección General de Investigaciones.
-Se mandó tener ¡'n esente y agregar n los antecedentes del proyecto en Comisión de Gobierno Interior.
2"-Dos oficios del señor Ministro del Interior, con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
Del señor Sepúlveda, don Francisco, relativo a la instalación de alumbrado público en la comuna de Chile Chico, y
Del señor Clavel y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, respecto de la dotación de un teléfono público para la localidad de Quillagua.
3"-Dos oficios del señor Ministro de Justicia, con los que da respuesta a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se señalan, sobre las materias que se expresan:
De la señora Allende, acerca de la habilitación de una Colonia Penal en la Isla Santa María, y
Del señor Rosales, relacionado con la actuación de doña Alicia Meló del Servicio de Asistencia Judicial de San Vicente de Tagua-Tagua;
4°-Dos oficios del señor Ministro de Agricultura, con los que se refiere a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Di]3utados que se mencionan, sobre las materias que se señalan:
Del señor Morales, don Raúl, relativo a la entrega de una subvención para la Sociedad de Agricultores de Chiloé;
Del mismo señor Diputado, respecto de diversas necesidades del Hogar Gabriela Mistral de la localidad de Ayacara, provincia de Chiloé;
5"-Un oficio del señor Ministro de Minería, con el que contesta el que se le envió, en nombre de los señores Valdés, don Arturo y Pontigo, acerca de la posibilidad de reanudar las actividades de la Fábrica de Cemento Juan Soldado, ubicada en la provincia de Coquimbo.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
6®-Tres oficios del señor Contralor General de la República;
Con el primero, comunica que ha tomado i-azón del decreto Nº 381, de 1965, del Ministerio del Trabajo -que ordena la inmediata reanudación de faenas en los fundos Culiprán y Huechún Bajo- con motivo de haber sido insistido por decreto N"? 1770 del Ministerio del Interior, suscrito por todos los señores Ministros de Estado, no obstante la representación que hiciera esa Contraloria por oficio N'? 77.516, de 21 de octubre de 1965.
-Se mandó tener presente y archivar.
Con los dos últimos, da respuesta a los que se le remitieron, en nomibre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
Del señor Ochagavía, relacionado con irregularidades que se habrían producido en la construcción de una Planta Lechera en la ciudad de Ancud, y
De los señores Urzúa, don Iván y Monares, referente a las denuncias formuladas a esa Contraloria por el Consejo Regional de la Pequeña Minería de OTIiggins y Colchagua.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
7°-Un informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto de acuerdo, de origen en un Mensaje, que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo celebrado entre Chile y Ecuador.
-Quedó en Tabla.
8°-Una moción del H. señor Acevedo por la cual se introducen modificaciones a la ley N||AMPERSAND||quot;? 10.383 con respecto a la admisión de imposiciones que no se efectuaron en su oportunidad.
-Se mandó a la Comisión de Trabajo y Legislación Social.
9°-Una moción de los Honorables Diputados señores Acevedo y Rosales por la cual se autoriza a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para ceder a los Consejos que lo soliciten, y para el desarrollo de sus actividades de carácter social, artístico o cultural, algunos inmuebles o sitios.
-Se mandó a la Comisión de Economía y Comercio.
10.- Dos comunicaciones:
Con la primera, la Corporación de Fomento de la Producción, en cumplimiento a lo ordenado por la ley N ? 16.250, remite copia de los contratos celebrados por la Empresa Minera Aisén.
-Se mandó tener presente y archivar.
Con la segunda, la Municipalidad de Ñuñoa se refiere al proyecto de ley que exime de toda contribución a los bienes raíces cuyo avalúo sea inferior a Eº 5.000.
-Se mandó tener presente y archivar.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), se acordó acceder a la petición formulada por S. E. el Presidente de la República en orden a retirar las observaciones formuladas al proyecto de ley que concede beneficios a don Carlos Ramírez Prado.
A proposición del señor Godoy, apoyado por el Comité Comunista, se acordó acceder a la lectura de una comunicación enviada por el Doctor Juan José Arévalo, ex Presidente Constitucional de Guatemala en respuesta de la que se le enviara por acuerdo de la Corporación con motivo del aniversario de la independencia de su país.
A proposición de la Mesa, por asentimiento unánime, se acordó conceder antes de iniciarse el Orden del Día de la presente sesión, los cinco minutos que concede el artículo 18 del Reglamento, al señor Sívori, por haber sido aludido en publicaciones de prensa.
Por asentimiento unánime se acordó conceder diez minutos al señor Sota para referirse al problema del azufre y diez minutos al señor Camus para referirse a un problema de interés general.
En conformidad al acuerdo anterior usó de la palabra el señor Sívori para referirse a la publicación del diario El Clarín que afecta a SSa.
En seguida, el señor Sota se refirió al déficit de azufre existente en el país para abastecer las necesidades de consumo nacional.
A proposición del señor Diputado, por asentimiento unánime, se acordó enviar oficio, en nombre de la Corporación, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que antes de innovar en el precio fijado por la Dirección de Industria y Comercio, se envíen a la Cámara todos los antecedentes que obren en su poder sobre la materia.
En seguida, el señor Camus se refirió a la destinación de fondos provenientes del Convenio sobre Cooperación Técnica y Científica suscrito entre los Gobiernos de Chile y Bélgica, los que se habrían destinado a propaganda política.
Luego, el señor Camus se refirió a la inversión de los fondos destinados a reparación de obras públicas en la provincia de Tarapacá.
Por no contar con la unanimidad requerida quedó sin efecto la proposición para transcribir las observaciones formuladas por SSa. al señor Contralor General de la República para que se sirva investigar los hechos denunciados.
ORDEN DEL DIA
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio) por asentimiento se acordó prorrogar el plazo de urgencias calificadas de "simples", de los siguientes proyectos de leyes;
El que modifica el Estatuto Médico Funcionario, hasta el término del constitucional;
El que legisla sobre rentas de arrendamiento de bienes raíces fiscales, hasta el término del reglamentario;
El que modifica el régimen legal aplicable al departamento de Arica, hasta el término del reglamentario.
En primer lugar de la Tabla se entró a considerar el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "simple", informado por la Comisión de Trabajo y Legislación Social, en segundo trámite reglamentario.
Artículo único
Puesto en discusión particular usó de la palabra el señor Escorza (Diputado Informante) , luego los señores Guastavino, Aguilera y Valenzuela Valderrama y por la vía de la interrupción los señores Fuentes, Clavel y Cardemil.
El señor Papic (Presidente en ejercicio) aplicó las medidas disciplinarias: de "llamado al orden" y "amonestación" al señor Acuña y de "llamado al orden", "amonestación" y "censura" al señor Fuentes.
Durante la intervención del señor Aguilera, por asentimiento unánime, se acordó dirigir oficio, en nombre de la Cámara, a
S. E. el Pi'esidente de la República con el objeto de solicitarle la inclusión en la actual convocatoria del proyecto de ley que concede el derecho a jubilar a los sesenta años de edad a los imponentes del Servicio de Seguro Social.
Cerrado el debate por haber llegado la hora de término del Orden del Dia y puesto en votación el artículo único, resultó aprobado por 48 votos contra 10.
Artículo transitorio
Por la unanimidad de 50 votos se aprobó este artículo.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional, y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, se mandó comunicar al Senado redactado en los términos siguientes:
Proyecto de ley
"Artículo {mico.- Derógase el artículo 20 de la ley N® 15.386, de 11 de diciembre de 1963.
"Artículo transitorio.- Concédese un plazo de 60 días, contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, para que los intei'esados que así lo deseen se desistan, ante la Contraloría General de la República, de las solicitudes de desahucio formuladas de acuerdo con el artículo 20 de la ley 15.386, y que se encuentren en tramitación en dicho organismo, o pendientes de pago en el Servicio de Tesorerías.
Sin embargo, aquellos funcionarios que no se desistan, tendrán derecho a obtener el pago de su desahucio con arreglo al artículo 20 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 15.386, respetándose, si la hubiere, la fecha de pago fijada por la Tesorería General de la República.
El mismo derecho que señala el inciso lºrimero, tendrán los demás beneficiarios del artículo 20".
C.4jVIBIOS de miembros de comisiones
Con la venia de la Sala se dio cuenta del siguiente cambio de miembro de Comisiones, el que puesto en votación resultó aprobado por unanimidad;
Trabajo y Legislación Social
Se dio por aceptada la i-enuncia del señor Acevedo y se designó, en su reemplazo, al señor Robles.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), por asentimiento tácito pasó a presidir en el carácter de accidental, el señor Cancino.
hora de los incidentes
El primer turno correspondió al Comité Independiente. El señor De la Fuente usó de la palabra para referirse a la actuación de los funcionarios del Instituto de Desarrollo Agropecuario y la campaña que ellos estarían realizando en los fundos de la provincia de Malleco.
El turno siguiente correspondió al Comité Demócrata Cristiano. El señor Papic se refirió a la política seguida por el Supremo Gobierno en relación con el petróleo y los costos del gas licuado y excesivas utilidades que percibirían algunas industrias que explotan estas actividades.
Solicitó el señor Diputado que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, a lo que adhirieron los Comité Radical y Democrático Nacional, a los señores Mi- Tiistros del Interior, de Minería y de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que se sirvan acoger las peticiones contenidas en ellas que sean de la competencia de ese Ministerio relacionadas con la política petrolera del país,
A continuación correspondió el turno del Comité Radical. El señor Acuña solí- citó la palabra y concedió una interrupción al señor Fuenzalida quien se refirió a los incidentes acaecidos en el Fundo Los Cristales y El Porvenir de la provincia de Cu- ricó y a las observaciones formuladas en la sesión del día de ayer por el señor Marambio.
Por la vía de ¡a interrupción usó de la palabra el señor De la Fuente, quien rindió homenaje al ex Presidente de la Repúblicadon Jorge Alessandri Rodríguez con motivo de cumplirse un año del término de su mandato presidencial.
En seguida el señor Cancino usó de la palabra para destacar la conveniencia de que se proceda al pago de la asignación de zona a los servidores del Estado de la provincia de Osorno.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas.
Solicitó, también, el señor Acuña, que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social con el objeto de que se sirva informar acerca del monto a que ascendía la deuda pendiente del Fisco con la Caja de Empleados Públicos y Periodistas al 31 de octubre del presente año.
Finalmente, SSa. pidió se oficiara, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de presentarle la conveniencia de que el Presupuesto de la Nación para el año próximo se consulten los recursos económicos necesarios para la terminación del camino de Osorno a Quilaca- huín, por Quemahue.
El turno siguiente correspondió al Comité Comunista. El señor Pontigo usó de la palabra para referirse a diversos problemas y necesidades que afectan a ¡as comunas del departamento de Ovalle, de la provincia de Coquimbo.
Durante su intervención el señor Diputado solicitó que se enviaran, en su nombre, los siguientes oficios:
Al señor Ministro del Interior, transmitiéndole, las observaciones formuladas por SSa. relacionadas con los problemas que afectan a los habitantes de la población "Nueva Esperanza" de la comuna de Ovalle.
Al mismo señor Ministro, con el objeto de que se sirva destinar los recursos necesarios para dotar a las poblaciones "Pa cífico", "El Romeral" y "Jorquera" de la comuna de Ovalle de alumbrado público;
Al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para dotar de agua potable a los pobladores de los barrios periféricos de Ovalle, especialmente Los Silos, para cuyo efecto será preciso otorgar crédito para facilitar el pago de las instalaciones y uniones domiciliarias; .
A los señores Ministros del Interior, de Hacienda y Obras Públicas con el objeto de que se arbitren las medidas necesarias para que la Municipalidad de Ovalle pueda contar con los recursos requeridos para la pavimentación de los pueblos de So- taquí, Huamalata, Las Sossa, La Torre y otros, de la comuna de Ovalle;
Al señor Ministro del Interior, con el objeto de que se sirva disponer la instalación de servicio telefónico en los pueblos de Lagunillas, Cementerio La Chimba, Huamalata, Cerrillos y Pejerreyes.
Al señor Ministro de Salud Pública con el objeto de que se sirva disponer la instalación y funcionamiento de Postas de Primeros Auxilios en los pueblos precedentemente referidos;
Al mismo señor Ministro transmitiéndole sus observaciones relacionadas con la necesidad de mejorar los seindcios médico- asistenciales del departamento de Ovalle;
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para mejorar los servicios de locomoción colectiva de los habitantes de las poblaciones Nueva Esperanza, Canihuante, Bella Vista, Jiménez, El Romeral, Huamalata, La Chimba y otras, del departamento de Ovalle;A los señores Ministros de Obras Públicas y del Trabajo y Previsión Social, transmitiéndole sus observaciones relacionadas con la conveniencia de iniciar la ejecución de algunas obras públicas en el departamento de Ovalle para paliar la ce- sa.ntía provocada por el despido masivo de obreros de las industrias de la zona.
Al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se sirva informar a esta Corporación si en el presupuesto del año próximo se han consultado los fondos necesarios para la ejecución de las obras complementarias de riego del embalse La Paloma;
Al señor Ministro de Agricultura con el objeto de que se proceda a condonar las deudas contraidas por los pequeños campesinos de la provincia de Coquimbo con motivo de los créditos otorgados por el INDAP para la compra de semillas, debido a que por los últimos temporales perdieron todas sus cosechas.
El turno siguiente correspondió al Comité Socialista. El señor Olave usó de la palabra y concedió una interrupción al señor Galleguillos quien se ocupó de analizar numerosos problemas y necesidades que afectan a la provincia de Antofa- gasta.
El señor Galleguillos en el curso de su intervención solicitó que se enviaran, en su nombre, los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se sirva disponer la pronta pavimentación del camino de Ca- lama a Chiu-Chiu y a la construcción o reparación de los caminos a otros sectores o ramales, con el fin de que los pequeños agricultores de la zona precordillera del sector norte de la comuna de Calama puedan tener acceso a los mercados consumidores;
Al señor Ministro de Obras Públicas con el objeto de que se sirva adoptar las medidas necesarias para dotar de agua potable a los pueblos de la zona precordi- llerana norte de la provincia de Tarapacá y especialmente al de Lasaña, para cuyo efecto podría aprovecharse la cañería matriz que abastece a la Compañía Anaconda;
Al señor Ministro de Agricultura con el objeto de que se proporcione asistencia técnica, crediticia, semillas, aperos y elementos para el cultivo y rotación de la tierra a los pequeños agricultores de la provincia de Tarapacá, por intermedio de la CORA e INDAP;
Al señor Ministro de Tierras y Colonización para que a través de los departamentos respectivos se proceda a efectuar la entrega de títulos definitivo de dominio a los ocupantes de terrenos fiscales, por tiempo inmemorial en la provincia de Tarapacá;
Al señor Ministro del Interior para que se proceda a la instalación de teléfonos públicos en la zona precordillerana norte de la provincia de Tarapacá;
Al señor Ministro de Salud Pública, para que a la brevedad posible se proceda a la instalación de postas de primeros auxilios en los pueblos precedentemente referidos;
Al señor Ministro de Educación Pública para que se amplíen de cuarto' a sexto año primario los cursos de las escuelas de la provincia de Tarapacá y, asimismo, que se proceda a la construcción nuevos locales o a la reparación de los existentes que se encuentren en deficientes condiciones;
Al señor Ministro de Hacienda y de Justicia, con el objeto de que se suspenda el procedimiento de cobro judicial de contribuciones de bienes raíces que se ha iniciado contra los ocupantes de la población "Corvallis" de la ciudad de Antofagasta, quienes deban atender a la reparación de sus casas afectadas por la ruptura de una cañería, y se les cobra las contribuciones reajustadas de los años 1963, 1964 y 1965, situación que provocará el remate de las viviendas y afectará a más de 900 familias formadas por empleados, obreros, jubilados y miembros de las Fuerzas Armadas;
Al señor Ministro de Educación Públi- ea transmitiéndole las observaciones de SSa. relacionadas con las necesidades del Instituto Superior de Comercio de Anto- fagasta con el objeto de que se sirva acoger las peticiones contenidas en ellas.
PROYECTOS DE ACUERDO
A proposición del señor Cancino (Presidente Accidental), por asentimiento tácito se declaró sin discusión por ser obvio y sencillo el siguiente proyecto de acuerdo, que puesto en votación, resultó aprobado por la unanimidad de 29 votos :
De la Honorable señor Gladys Marín, apoyada por el Comité Comunista:
"Considerando:
1"?-Que el servicio militar constituye una de las obligaciones fundamentales que la ley impone a los ciudadanos y que recae sobre el sector más joven de la población ;
2'-'-Que este deber patriótico y cívico es cumplido por la juventud de Chile con diligencia y abnegación encomiables, como lo demuestra el crecido número de postulantes que se presentan a las diferentes unidades de nuestras Fuerzas Armadas y como se desprende de las condiciones modestas a veces difíciles en que deben desempeñarse esos jóvenes ciudadanos ;
30-Que el servicio militar se cumple en una elevada proporción por muchachos de extracción social modesta, pertenecientes a las capas obreras y campesinas de bajos ingresos, en circunstancias que, debido a las necesidades económicas del grupo familiar, ya a los 18 y 19 años están aportando a su mantención con su trabajo;
4''-Que si bien los conscriptos reciben cierta remuneración, es menester reconocer que ella es ínfima en relación con el costo de la vida y con las necesidades de la familia, a la que deben abandonar por el lapso de un año en cumplimiento de esta obligación cívica;
59-Que es justo establecer una forma de ayuda para los jóvenes conscriptos, en el sentido de liberación del pago de los servicios de locomoción urbana y rural, lo que redundaría, para muchos de ellos, en la posibilidad de visitar sus familias durante los períodos o días francos y volver con seguridad a las horas de recogerse a sus unidades, y
6'?-Que esta facilidad, siendo de importancia para un gran sector de jóvenes modestos, no tendría mayor incidencia en el financiamiento de los servicios de locomoción, ya que el número de conscriptos es de alrededor de 14.000 muchachos, distribuidos a través de las unidades de la Fuerza Aérea, Ejército y Marina, desde la ciudad de Arica hasta Puerto Montt.
La Honorable Cámara acuerda:
Dirigirse por oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, solicitándole que, a través de los organismos respectivos, se estudie y ponga en prcática, a la brevedad posible, las concesión de pasaje liberado en los vehículos de la locomoción colectiva estatal, municipal y particular, tanto urbana como rural, a los jóvenes que se encuentran cum.- pliendo con el servicio militar en cualquier lugar del país."
Se encontraba pendiente la segunda discusión del siguiente proyecto de acuerdo :
De los señores Daiber, Koenig, Videla, Valdés Solar, Garay y Demarchi, apoyados por el Comité Demócrata Cristiano, que dice:
"El sistema previsional chileno no es propiamente, un sistema homogéneo y meditado. Existen en la actualidad cuarenta y ocho cajas de previsión sometidos a casi otras tantas disposiciones diferentes, que han producido la injusticia de crear grupos privilegiados. Esta situación es francamente atentatoria contra la más elemental equidad social. No deseamos citar casos que son demasiado conocidos.
En resumen, la previsión chilena no responde, muchas veces, ni a principios
justos ni a las posibilidades de desarrollo económico del país. Mas aún, las jubilaciones prematuras otorgadas con tantas generosidad, significan una verdadera quiebra económica y la anarquía socio- previsional.
Sin embargo, la Cámara ha seguido atendiendo en diversas oportunidades diversas peticiones, que significan aumentar dicha anarquía.
Existe una Comisión Especial en el Ministerio del Trabajo, que está abocada al estudio de una Reforma Previsional. Es de desear que ella entregue, en un plazo prudencial el resultado de su trabajo.
Por las razones expuestas, la Cámara de Diputados, acuerda:
19--Solicitar de Su Excelencia el Presidente de la República que no envíe al Parlamento ningún proyecto de ley destinado a seguir legislando en materias pre- visionales de excepción, y que lo haga solamente en aquellos casos de estricta justicia ;
2º -Solicitar del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social que el estudio de una nueva legislación sobre previsión social única sea acelerado lo más posible, como una manera de ordenar definitivamente una materia de tan importante incidencia económica y social."
Restaban dos minutos del discurso del señor Millas, quien usaba de la palabra para impugnarlo.
Cerrado el debate y puesto en votación, resultó rechazado por la unanimidad de 29 votos.
Se encontraba en trámite de segunda discusión el siguiente proyecto de acuerdo, respecto del cual ningún señor Diputado usó de la palabra y que, puesto en votación, resultó aprobado por 16 votos contra 14:
De los señores Millas, Ibáñez, Momberg, Rioseco, Sepúlveda, Phillips, Lorca y Acuña:
"Después de oír las graves denuncias formuladas en la sesión especial convocada con el objeto de "tratar las irregularidades producidas en la Empresa de Comercio Agrícola en la conducción de la política de suministros de alimentos, la Honorable Cámara de Diputados acuerda :
"1"?-Dirigir oficio al señor Contralor General de la República, a fin de que se realice una amplia investigación de todas las negociaciones y compras de alimentos que la ECA ha efectuado en el presente año, que habrían perjudicado notablemente el interés nacional;
"29-Llevar a cabo una sesión extraordinaria el miércoles 27 del presente, de 11 a 13 horas, a la cual se invitará al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que dé una amplia cuenta sobre la política del Gobierno sobre suministros alimenticios, llevada a cabo a través de la ECA, informando sobre las compras de carne de ave y de vacuno en el exterior.".
PRORROGA DE INCIDENTES
El señor Galleguillos continuó sus observaciones relacionadas con problemas de Antofagasta y destacó la conveniencia de poner en marcha la industria del azufre y algunas oficinas salitreras que se encuentran paralizadas.
En seguida, usó de la palabra el señor Olave y concedió una interrupción al señor Hurtado Pereira, quien rindió homenaje al señor Ricardo Boizzard Bastidas, con motivo de haber obtenido el Premio Nacional de Periodismo.
El señor Diputado solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, a lo que adhirieron los Comités Demócrata Cristiano, Socialista y Democrático Nacional, al señor Boizzard, transmitiéndole una nota de congratulaciones por haber sido objeto de tal distinción.
CAMBIO DE MIEMBRO DE COMISION
Con la venia de la Sala se dio cuenta del siguiente cambio de miembro de Co misión, que resultó aprobado por unanimidad :
Economía y Comercio
I
Se aceptó la renuncia del señor Daiber y se designó, en su reemplazo, al señor Muga.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 del Reglamento los señores Diputados que se indican solicitaron que se enviaran, en sus respectivos nombres, los siguientes oficios:
( Las peticiones de oficios correspondientes a esta parte del acta aparecen al final de los Documentos de la Cuenta del Boletín de la sesión 13º).
Por haber llegado la hora de término de la sesión, que se encontraba reglamentariamente prorrogada, se levantó ella a las 19 horas y 3 minutos.
Sesión 14?, Extraordinaria, en miércoles 3 de noviembre de 1965. Presidencia de los señores Papic y Phillips. Se abrió a las 21 horas 15 minutos, y asistieron los señores;
Acevedo P., Juan Aguilera B., Luis Aguilera C., María Inés Agurto, Fernando Stgo. Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Basso e., Osvaldo Cabello P., Jorge Cademártori I., José Camus F., José Tomás Cantero P., Manuel Carvajal A., Arturo Cerda G., Eduardo De la Fuente C., Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dueñas A., Mario Escorza O., José Dgo. Fierro L., Fermín Fuentealba C., Clemente Fuentes V., César Raúl Galleguillos C., VíctorRuiz-Esquide J., Mariano Sbarbaro C., Víctor Sanhueza H., Fernando Sepúlveda M., Eduardo Sota B., Vicente Tejeda O., Luis Valdés P., Arturo Valente R., Luis Valenzuela S., Ricardo Valenzuela V., Héctor Vega V., Osvaldo Videla R., Pedro Zepeda C., Hugo Zorrilla C., Enrique
El Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo, y el Secretario Jefe de Comisiones, señor Larraín Errázuriz, don José Luis.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
No hubo declaración respecto de las actas que correspondía aprobar o dejar a disposicijjn de los señores Diputados.
CUENTA
Se dio cuenta de:
1°-Una presentación suscrita por 31 señores Diputados, con la que solicitan del señor Presidente en ejercicio de la Corporación que cite a sesión para el día de hoy, miércoles 3 de noviembre, de 21. a 23.30 horas, con el objeto de "tratar el conflicto entre la Dirección de la Línea Aérea Nacional y su personal y la actuación de los Servicios del Trabajo frente a otros conflictos".
-Transcrita oportimamente a los señores Diputados, se mandó al archivo.
29-Tres oficios de S. E. el Presidente de la República:
Con el primero, hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que consulta medidas de ayuda y fomento para las industrias elaboradoras de harina y aceite de pescado de las provincias de Tarapacá y Antofagasta;
Con los dos siguientes retira primero y hacº presente la urgencia, en seguida.
para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
El que aumenta la planta del personal de Carabineros de Chile, y
El que consulta normas para estimular las exportaciones.
-Se acordó teim- pr-esente el segundo, y qiíedaívn en tabla los otros dos, para los efectos de calificar las urgencias solicitadas. Posteriormente, calificadas éstas de "siniple", ambos oficios se mandaron agregar a los antecedentes de los proyectos respectivos.
3'º-Dos oficios del Honorable Senado con los que comunica los acuerdos adoptados respecto de las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República a ios siguientes proyectos de ley, despachados por el Congreso Nacional:
El que concede diversos beneficios a los obreros de la Administración Local del Puerto de Valparaíso, y
El que otorga la calidad de empleados particulares a las personas que se desempeñan profesionalmente como mecánicos.
-Se mandaron conumicar a S. E. el Presidente de la República los proyectos de ley respectivos.
4?-Una moción con la cual la señora Retama! inicia un projºecto de ley que autoriza la expropiación de determinados terrenos en la comuna de Barrancas, para destinarlos a la construcción de una piscina y campos deportivos.
-Se mandó a la Comisión de Educación Fisica y Deportes y a la de Hacienda, para los efectos de lo dispuesto en los ar- tícidos 61 y 62 del Reglamento.
El señor Papic (Presidente en ejercicio) declaró calificadas de "simples" las siguientes urgencias hechas presente por S. E. el Presidente de la República para el despacho de los siguientes proyectos de leyes:
1.- El que consulta normas para la ayuda y fomento de las industrias elabo- radoras de harina y aceite de pescado de las provincias de Trapacá y Antofagas- ta;
2.- El que aumenta la planta del personal del Cuerpo de Carabinreso, y
3.- El que consulta norm.as para el fomento de las exportaciones.
INCIDENTES
En conformidad al objeto de la presente sesión, a que había ordenado citar el señor Presidente en ejercicio, motivada en una petición suscrita por 31 señores Diputados correspondía "tratar el conflicto entre la Dirección de la Línea Aérea Nacional y su personal y la actuación de los Servicios del Trabajo frente a otros conflictos".
Dentro de los tiempos de los Comités Comunista, Demócrata Cristiano, Radical, Socialista, Democrático Nacional e Independiente, usaron de la palabra los señores Cademártori, Pareto, Cabello, Naudon y la señora Lazo, por la vía de la in- rrupción; Palestro; Koenig y Pareto y De la Fuente, respectivamente.
En el nuevo tiempo de los Comités Comunista, Demócrata Cristiano y Radical, usaron de la palabra la señora Maluenda, el señor Cantero y la señora Allende; el señor Jerez, la señora Allende, los señores Alvarado, Videla, Sanhueza y señora Retamal, Naudon y, por la vía de la interrupción, el señor Palestro.
El señor Phillips (Presidente Accidental) aplicó las medidas disciplinarías de "llamiado al orden" y "amonestación" a los señores Videla, Dueñas, Guajardo (2 amonestaciones) ; de "llamado al orden", "amonestación" y "censura" a los señores Lorenzini y Jerez.
Artículo 18 del Reglamento
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento, usaron de la palabra hasta por cinco minutos, los señores Lorenzini y De la Fuente.
Por asenti:riiento unánime se acordo conceder hasta dos minutos de inmediato al señor Jerez y a la señora Allende, doña Laura, quienes usaron de la palabra.
Durante la sesión, los señores Diputados que se indican, solicitaron que se enviaran los siguientes oficios;
El señor Pareto, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, en sil nombre, con el objeto de que se sirva enviar a esta Corporación copia del oficio N'' 108, de 29 de enero de 1965, enviado por el señor Vicepresidente Ejecutivo de la Línea Aérea Nacional a esa Secretaría de Estado relacionado con las rentas del personal de la Empresa;
El señor De la Fuente, en nombre de partidos Liberal y Conservador Unido, los siguientes oficios:
A S. E. el Presidente de la República, con el objeto de solicitarle se desista de las acciones legales y judiciales deducidas contra los funcionarios de la LAN y pedirle que se busque una rápida solución al conflicto;
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que envíe la nómina de las personas que han ingresado a la LAN en el último año, con indicación de sus sueldos, salarios, funciones y ulterior destinación;
Al mismo señor Ministro de Estado, oficio, que posteriormente se acordó enviar en nombre de la Corporación, con el objeto de que envíe a la Corporación copia de todas las actas del Consejo de la Línea Aérea Nacional desde que asumió la Vicepresidencia Ejecutiva el señor Eric Campaña.
La señora Maluenda, doña María, a lo que adhirieron los Comités Comunista, Socialista y Radical:
Al señor Ministrode Trabajo y Previsión Social y del Interior, haciéndoles presente la necesidad de buscar isna pronta solución al conflicto del personal tle la Línea Aérea Nacional y representar al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social la conveniencia de adoptar las medidas necesarias para evitar que ios funcionarios del Trabajo respalden la actitud prepotente de los patrones que se niegan a conceder justos aumentos de remuneraciones de los obreros;
El señor Jerez, por asentimiento unánime, en nombre de la Corporación, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que se sirva enviar copias de las actas del Consejo de la Línea Aérea Nacional relacionadas con la adquisición de los aviones "Caravelle".
PROYECTOS DE ACUERDO
A la hora reglamentaria de término de ia feesión se presentaron a la consideración y votación de ia Sala los siguientes proyectos de acuerdo:
Por la vnianimidad de 35 votos se aprobó el siguiente, de los señores Cabello e Ibáñez (Comité Radical) ;
Considerando:
1.- Que el conflicto que afecta al personal de técnicos y mecánicos de LAN es un movimiento netamente gremial, que tiende a obtener un justo mejoramiento económico de ese personal;
-Que el trabajo que desarrolla este personal es de alta especialización y responsabilidad ;
3.- Que sus rentas deben ser reajustadas, por tratarse de trabajos nocturnos, a la intemperie y con elementos peligrosos, como son la gasolina de alto octanaje, corriente eléctrica, etc.
4.- Que el Supremo Gobierno debe atender a la solución de este conficto para evitar efectos posteriores perjudiciales para el país y el prestigio de la Empresa,
La Honorable Cámara acuerda:
a) Solicitar al Supremo Gobierno que por intermedio del Ministerio correspondiente se aboque a la solución del problema surgido en LAN con motivo del paro del personal de técnicos;
b) Hacer presente que debe considerarse un mejoramiento de las rentas del personal en conflicto, en relación a la calidad y responsabilidad de los respectivos grupos de trabajadores;
c) Que no deben tomarse represalias o medidas de tipo disciplinario en contra del personal en conflicto, y
d) Que es necesario desistirse de las querellas que con m.otivo de este conflicto se hayan interpuesto."
-De los señores Fuentealba, Jarpa Rioseco, Ibáñez, Laemmermann, Poblete, Naudon y Cabello:
"Que se dirija oficio al Sr. Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción para que se instruya al Sr. Vicepresidente de la Línea Aérea Nacional a fin que se pague ei salario correspondiente al mes de octubre a los obreros en huelga de esa Institución."
' Por asentimiento unánime resultó aprobado el sigiiiente proyecto de acuerdo:
De los señores Fuentealba, Jarpa, Rioseco, Ibáñez (Comité Radical), Laem.nier- mann, Poblete, Naudon y Cabello, dice:
"Que se dirija oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción para que se instruya al señor Vicepresidente de la Línea Aérea Nacional a fin que se pague el salario correspondiente al n:es de octubre a los obreros en huelga de eºa institución".
Se pidió segunda discusión respecto del siguiente proyecto de acuerdo, la que fue aprobada por 28 votos contra 31:
Presentado por los señores Camus, Pa- lestro (Comité Socialista), De la Fuente y Millas (Comité Comunista). Dice:
Considerando:
-Que se encuentran en pleno desarrollo varias huelgas en el país, que afectan a obreros y empleados, como las de MADECO, INDURA, "Cemento Melón", Fosfato "Pelícano", "Línea Aérea Nacional", trabajadores del cobre, etcétera; movimiento éstos que tienen una finalidad de carácter económico-social, como tami- bién la defensa de legítim.as aspiraciones formuladas oportunamente al Supremo Gobierno y al Parlamento Nacional, como lo es el caso de los trabajadores del cobre, sin que el Supremo Gobierno haya adoptado oportunas medidas, tendientes a darles adecuada solución, evitando su prolongación:
29.- Que esta situación está causando graves daños económicos al país, a los personales en huelga y a sus familias, a la vez que han causado justificada alarma pública por la lentitud de las autoridades del Trabajo, y la tenaz resistencia del propio Gobierno para comprender la jus- teza de las peticiones de los huelguistas, a) neg;irse a aceptar las fórmulas de arreglo que le han sido propuestas;
3'?.- Que el hecho de no darles la solución oportuna y permitir su prolongación, significa pretender cercar por el hambre a los gremios afectados, para que acepten irrisorios aumentos de sueldos y salarios, y, en el caso del cobre, imponer por la fuerza una política que ha sido repudiada por amplios sectores de la ciudadanía por ser lesiva al interés naciona, y
40-Que el Parlamento Nacional, particularmente la Honorable Cámara de Diputados, no puede permanecer impasible frente a estos hechos, que se contraponen con lo que predicara el actual Presidente de la República y la Democracia Cristiana, en el sentido de que los conflictos serían resueltos con máxima rapidez para evitar
los trastornos sociales que el Gobierno debía evitar.
La Honorable Cámara de Diputados, acuerda,
Solicitar de Su Excelencia el Presidente de la República que arbitre urgentes medidas con el fin de darles adecuada solución a los conflictos de obreros y empleados, como los referidos anteriormente, evitando las graves consecuencias que ellos significan para la economía nacional y para las familias de esos personales, y en el caso de los.trabajadores del cobre, que considere la fórmula de arreglo propuesta por la organización que los agrupa, permitiendo así que vuelva la calma y la tranquilidad a los sectores afectados, y a la vez, que se le solicite se sirva informar a la Honorable Corporación, de las medidas que adopte respecto del presente acuerdo que se le transcribe.
Por unanimidad resultó aprobado el siguiente proyecto de acuerdo:
De la señora Lazo y los señores Cademártori, Valente, Aguilera, Millas (Com.i- té Comunista), y Palestro (Comité Socialista), dice:
"La Honorable Cámara acuerda ; Solicitar del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción que la Línea Aérea Nacional solucione el conflicto con su personal sobre la base de atender sus justas peticiones económicas y sociales; el reintegro de todos estos trabajadores sin represalias, el respeto de la organización sindical y el retiro de las querellas interpuestas a raíz de su huelga."
Puesto en votación el siguiente proyecto de acuerdo, resultó aprobado por asentimiento unánime:
De las señoras Lazo y Maluenda y los señores Aguilera, Cantero, Millas (Comité Comunista) y Palestro (Comité Socialista) ,
"La Honorable Cámara acuerda: 1) Expresar al señor Ministro del Trabajo su preocupación por el hecho de que los conflictos sociales se prolongan excesivamente, sin que las autoridades del ramo adopten medidas, asuman iniciativas y promuevan soluciones favorables a las justas reivindicaciones de los obreros y empleados ;
2) Solicitar del señor Ministro del Trabajo que se investiguen las actuaciones del Inspector Departamental del Trabajo de Quillota en el conflicto de "Ingelcil Fo- ram", de Las Ventanas, con su personal; y del Inspector del Trabajo que autorizó el retiro de materiales de la firma INDURA, obligando a los trabajadores a ocupar la fábrica en defensa de sus derechos legales amagados, y
3) Solicitar del señor Ministro del Trabajo que informe a la Honorable Cámara sobre el monto de las ganacias obtenidas por la firma MADECO al no cotizar el 2'ºc para el fondo de retiro de sus obreros, manteniendo al respecto un sistema convencional que se niega a modificar, con lo que obstaculiza la solución del actual conflicto,"
Por 28 votos contra 35, quedó para segunda discusión el siguiente proyecto de acuerdo;
De las señoras Lazo y Allende y los señores Aguilera, Fierro, Olivares. Olave y Palestro (Comité Socialista) :
Considerando:
Que el movimiento gremial que afecta a la LAN, causa serios daños al país y lleva angustia a los hogares de estos trabajadores; en el afán de solucionar a la bre- \ edad este conflicto, la Honorable Cámara acuerda:
Solicitar, de Su Excelencia el Presidente de la República que se otorgue al personal d« la LAN un aguinaldo, con un mínimo de E'? 300."
Puesto en votación el siguiente proyecto de acuerdo se aprobó por la unanimidad de 34 votos:
De las señoras Lazo y Allende y los señores Olave, Aguilera, Fierro, Olivares y Palestro (Comité Socialista) :
"Considerando que la represión ordena da en contra de los trabajadores de la LAN es vejatoria para la dignidad de Quienes sirven con afecto y lealtad un servicio de tanta importancia como la Línea Aérea Nacional, la Honorable Cámara, en resguardo de los trabajadores y sus familias, la H. Cámara de Diputados acuerda: Solicitar del señor Presidente de la República que ordene suspender de inmediato las medidas aplicadas al personal de la LAN en virtud de la Ley de Seguridad Interior del Estado."
En votaciones sucesivas, por unanimidad, se aprobaron los siguientes proyectos de acuerdos:
De la señora Lazo y el señor Palestro (Comité Socialista) ;
"La Honorable Cámara acuerda nombrar una Comisión que estudie a fondo el problema económico de los funcionarios técnicos obreros de la Línea Aérea Nacional."
De los señores Laemmermann, Cabello, De la Fuente, Naudon, Vega y Phillips, Comité Independiente:
"La Honorable Cámara acuerda dirigir oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción para que envíe a la Cámara la nómina de las personas que han ingresado en este último año a la Línea Aérea Nacional, con sus sueldos o salarios, funciones y posteriores destinaciones, como asimismo la copia de todas las actas de las sesiones del Consejo, desde que el actual Vicepresidente asumió sus funciones."
Por haber llegado la hora de término, que se encontraba reglamentariamente prorrogada, se levantó ella a las O hora 1 minuto del día jueves 4 de noviembre de 1965.
IV.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.-OFICIO DEL SENADO.
"N° 9713.- Santiago, 5 de noviembre de 1965.
El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa H. Cámara que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, reemplazando su texto por el siguiente :
Titulo.
Párrafo lº.
Del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Artículo 1°.- Créase el Ministerio "de la Vivienda y Urbanismo", al cual corresponderán las atribuciones y funciones que se le asignan en virtud de la pi'esente ley.
-Artículo 2°.- El Ministerio tendrá a su cargo la política habitacional del país y coordinación de las instituciones que se relacionen con el Gobierno por su intermedio, y, en especial, ejercerá las siguientes funciones :
1°.- Elaborar los planes de viviendas urbanas y rurales, equipamiento comunitario y desarrollo urbano.
2°.- Proyectar, ejecutar y supervigilar todas las obras necesarias para el cumplimiento de sus fines;
3°.- Dictar ordenanzas, reglamentos e instrucciones generales sobre urbanización de terrenos, construcción de viviendas, obras de equipamiento comunitario, desarrollo y planificación urbanos y cooperativas de viviendas;
4°.- Supervigilar todo lo relacionado con la planificación urbana, urbanizaciones, construcciones y aplicación de leyes pertinentes sobre la materia;
5°.- Colaborar con las Municipalidades en la elaboración de programas de construcción de viviendas, desarrollo urbano y equipamiento comunitario;
6°.- Fomentar y supervigilar la edificación de viviendas;
7°.- Estudiar sistemáticamente el mercado interno y externo de los materiales de construcción;
8°.- Participar en la orientación y fijación de una política de precios de los materiales de construcción y en la regulación y control del mercado de los mismos ;
9°.- Realizar y fomentar la investigación científica, el perfeccionamiento profesional y laboral en materia de viviendas, desarrollo urbano y productividad de la construcción;
10.- Fomentar la producción industrial de viviendas y materiales de construcción y la normalización de diseños;
11.- Divulgar los planos de construcción de viviendas, a través de exposiciones u otros medios e investigar la opinión de los usuarios de viviendas;
12.- Fomentar la organización y desarrollo de cooperativas de viviendas, los sistemas de auto-construcción y todo lo relacionado con ellos;
13.- Fomentar y estimular el ahorro y el ci'édito destinados a fines habitacio- nales;
14.- Reglamentar y supervigilar las transacciones y el corretaje de bienes urbanos y viviendas rurales, siempre que éstos se ofrezcan al público como unidades de conjuntos habitacionales o loteos; lo anterior se entenderá sin perjuicio de las facultades que le corresponden al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción en la reglamentación, tuición y supervigilancia del ejercicio de la profesión da Corredores de Propiedades y de Productos, y
15.- En general, conocer y estudiar todos los asuntos, materias y problemas relacionados con la vivienda, obras de equipamiento comunitario y desarrollo urbano.
Artículo 3".- El Ministerio estará constituido por los siguientes Servicios:
a) Subsecretaría;
b) Secretaría Técnica y de Coordinación ;
c) Dirección General de Planificación
d) Dirección General de Obras Urbanas.
Artículo 4º.- La coordinación de las materias que competen a los Servicios, Instituciones de la Vivienda relacionadas con el Gobierno a través de él y de los
Organismos Públicos, se realizará a través del Consejo a que se refiere el Título II del presente texto, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Secretaría Técnica y de Coordinación, por la presente ley.
Artículo 5°.- Las Instituciones que a continuación se indican se relacionarán con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo:
a) Caja Central de Ahorros y Préstamos ;
b) Corporación de Servicios Habitacionales ;
c) Corporación de Mejoramiento Urbano ;
d) Corporación de la Vivienda;
e) Empresa de Agua Potable de Santiago ;
f) Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales;
g) Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios;
h) La Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, e
i) Las demás Empresas de Agua Potable del país.
Párrafo 2°.
De la Subsecretaría.
Artículo 6°.- El Subsecretario es el colaborador inmediato del Ministro y el Jefe Administrativo del Ministerio.
Sus atribuciones y deberes son los que se señalan en la Ley Orgánica de Ministerios, en la presente ley y en las demás disposiciones generales o especiales que le asignen intervención.
Articulo 7°.- La Subsecretaría tendrá las siguientes funciones:
a) Conocer y atender los asuntos jurídicos del Ministerio, y
b) Atender todos los asuntos administrativos.
Párrafo 3°
De la Secretaría Técnica y de Coordinación
Artículo 8 °.- Corresponderá a la Secretaría Técnica y de Coordinación;
a) Asesorar técnicamente al Consejo Nacional de la Vivienda;
b) Asesorar al Ministro en la coordinación de las instituciones relacionadas con el Ministerio y de las entidades nacionales, públicas o privadas, que tengan ingerencia en los problemas de la vivienda, equipamiento comunitario y urbanismo ;
c) Controlar, mediante las informaciones de estadísticas, el cum.plimiiento de los planes y programas fijados por el Ministerio respecto a todas las instituciones relacionadas con él;
d) Estudiar y proponer la racionalización de los servicios y procedimientos aplicados por el Ministerio;
e) Estudiar y proponer las medidas de fomento que corresponden al Ministerio;
f) Efectuar las estudios económicos, tecnológicos, científicos y de productividad que competen al Ministerio;
g) Realizar o encomendar la ejercución de proyectos experimentales que le permitan ensayar las conclusiones emanadas de ¡os estudios;
h) Conservar y divulgar las informaciones que acopie, e
i) Realizar, en general, todos aquellos estudios y acciones que el Ministro le encomiende directamente.
Párrafo 4°
De la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
Articulo 9°.- Corresponderá a la Dirección General de Planificación y Presupuesto :
a) Elaborar y proponer al Ministro los planes nacionales que contendrán especialmente metas, objetivos y normas sobre urbanización, construcción de viviendas, desarrollo y renovación urbanos y equipamiento comunitario;
b) Revisar los planes comunales de desarrollo, los que deberán ser estudiados por i as municipalidades y coordinados con la política de desarrollo urbano formulada por el Ministerio. Los planes comunales de desarrollo se referirán a toda el área comunal. El Reglamento determinará el contenido de éstos y la oportunidad en que se deberán desai-rollar;
c) Prestar asesoría técnica a las Municipalidades si el cumplimiento de los objetivos de los planes lo hace necesario, mediante informaciones o enviando a éstas, a su requerimiento, personal en comisión de servciios para la preparación de los planes indicados en la letra precedente ;
d) Proponer al Ministro la distribución de fondos de complementación o subsidio asignados por la Ley de Presupuestos o leyes especiales para estudios de planificación comunales que realicen las municipalidades de acuerdo a los planes habitacionales;
e) Coordinar con los planes de la vivienda y de desarrollo ux'bano a aquellos qric propongan las instituciones públicas y de la vivienda, las municipalidades o los particulares, y aprobarlos o rechazarlos;
f) Coordinar el programa de equipamiento comunitario y revisar los programas de los Servicios e Instituciones de la Vivienda y de las instituciones públicas que construyan edificios y servicios de utilidad pública, y proponer a! Ministro las modificaciones que sea necesario introducir en dichos programas;
g) Participar en la confección del presupuesto nacional en lo referente al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo asesorando, con este objeto, a la Dirección de Presupuestos. Una vez aprobado el presupuesto nacional de Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y sus Servicios e Instituciones que se relacionan con el Gobierno a través de él, toda modificación interna corresponderá exclusivamente a esta Dirección, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley Orgánica de Presupuestos ;
h) Revisar y proponer al Ministro to dos los programas de inversiones de las instituciones de la vivienda e instituciones públicas que construyan viviendas, edificios y servicios de utilidad pública y proponer la prioridad de ejecución;
i) Proponer al Ministro las normas presupuestarias y de balance de las instituciones relacionadas con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda, para cuya aprobación se requerirá decreto supremo refrendado por el Ministro de Hacienda, y
j) Supervigilar el cumplimiento del presente texto legal y de todas las disposiciones que se refieren a construcciones y urbanizaciones por parte de las Direcciones de Obras Municipales.
Artículo 10.- La Dirección General de Planificación y Presupuesto podrá, para el cumplimiento de los fines del Ministerio, contratar créditos bancarios hasta por un monto no superior a dos duodécimos del presupuesto Anual del Ministerio de la Aºivienda y Urbanismo.
Artículo 11.- La Dirección General de Planificación y Presupuesto estará formada por los siguientes Servicios:
1) Dirección de Planificación Habitacional;
2) Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario;
3) Dirección de Planificación del Desarrollo Urbano, y
4) Dirección de Finanzas.
Párrafo 5°.
De la Dirección General de Obras Urbanas.
Artículo 12.- Corresponderá a la Dirección General de Obras Urbanas:
a) Formular, realizar y ejecutar los programas de obras urbanas de acuerdo a las metas y objetivos indicados por la Dirección de Planificación y Presupuesto:
b) Proponer, al Ministro los Presupuestos anuales de las Direcciones a su cargo;
c). Estudiar, proyectar, construir, reparar, conservar, explotar, mejorar y administrar las obras y servicios de las Direcciones que la integran;
d) Estudiar, proyectar, construir, reparar, conservar, explotar, m.ejorar y administrar las obras y servicios que la legislación haya encomendado o encomiende a cada una de las Direcciones que la integran;
e) Ejercer, a través de los organismos que la constituyen, las funciones y atribuciones que leyes generales o especiales le hayan otorgado o le otorguen, y
f) Aprobar proyectos de urbanización y de in.stalacione3 domiciliarias, incluyendo redes y servicios de agua potable y de alcantarillado, obras de pavimentación y servicios eléctricos, de gas y teléfonos.
Artículo 13.- La Dirección General de Obras Urbanas podrá proceder a la reparación, ampliación y habilitación de locales escolares, guarderías infantiles, edificios médico-asistenciales, sociales, recintos y campos deportivos, plazas de juegos infantiles y, en general, de todas aquellas construcciones que, de una u otra manera, beneficien a la comunidad y que pertenezcan a particulares. El Presidente de la República por Decreto Supremo autorizará la ejecución de las mencionadas obras especificando si ellas se hacen a título oneroso o gratuito; el gasto que demande la aplicación de esta disposición se imputará al Presupuesto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Artículo 14.- La Dirección General de Obras Urbanas estará formada por los siguientes Servicios:
1) Dirección de Servicios Sanitarios;
2) Dirección de Pavimentación Urbana ;
3) Dirección de Equipamiento Comunitario, y
4) Dirección de Oficinas Regionales.
Párrafo 6 °.
De las atribuciones del Secretario General Técnico y de los Directores Generales.
Artículo 13.- A cargo de la Secretaría Técnica y de Coordinación estará un Secretario General, que tendrá la calidad de Jefe de Servicio y que será de la confianza exclusiva del Presidente de la República para los efectos de su nombramiento y remoción.
Al Secretario General Técnico corresponderá :
a) Dirigir, coordinar y fiscalizar la labor de la Secretaría Técnica y de coordinación.
b) Dirigir las relaciones públicas y promover la divulgación e intercambio de informaciones sobre las actividades del Ministerio.
c) Contratar estudios e investigaciones en la forma que indique el Reglamento.
d) Con acuerdo del Ministro, destinar, comisionar y encomendar cometidos al personal de la Secretaría Técnica y de Coordinación, cuando éstos deban llevarse a cabo en distintos Servicios de aquel en que se encuentra nombrado el funcionario.
e) Fijar las normas sobre la información estadística que proporcionará a los Servicios e Instituciones de la Vivienda.
f) Proponer al Ministro las normas sobre adquisiciones, inventarios y control de bienes, las que deberán ser aprobadas por el Presidente de la República, previo informe favorable de la Contraloría General de la República.
g) Ordenar la realización de los estudios y acciones que el Ministro le encomiende directamente.
h) Informar al Ministro sobre la marcha del Servicio a su cargo y sobre las materias que le solicite, e
i) Ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley:
Artículo 16.- A cargo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto estará un Director General que tendrá la calidad de Jefe de Servicio y que será de la confianza exclusiva del Presidente de la República para los efectos de su nombramiento y remoción.
Al Director General de Planificación y Presupuesto corresponderá:
a) Dirigir, coordinar y fiscalizar la labor de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, de sus Servicios dependientes y de aquellos que le encomiende la ley;
b) Autorizado por Decreto Supremo, girará de la Tesorería General de la Repii- blica los fondos presupuestarios destinados al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, consultados en el Presupuesto de i a Nación o en leyes especiales y abrir con ellos, previa autorización de la Contraloría General de la República, cuentas bancarias, contra las cuales podrá girar para los fines establecidos en esta ley;
c) Proponer las normas de contabilidad y rendición de cuentas, las que deberán ser aprobadas por el Presidente de la República, previo informe favorable de la Contraloría General de la República;
d) Contratar estudios y proyectos en la forma que determine el Reglamento;
e) Llevar al día la información sobre los procesos de estudio, proyección, ejecución y avance de cada obra, inversiones en general y" contabilidad de costo de los trabajos;
f) Con acuerdo del Ministro, destinar, comisiones y encomendar cometidos al personal de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, cuando estos deban llevarse a cabo en distintos Servicios de aquel en que se encuentra nombrado el funcionario;
g) Informar mensualmente al Ministro y a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, sobre las necesidades mensuales de fondos para la atención del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las Instituciones administrativamente relacionadas con el Gobierno a través de él;
h) Informar al Ministro sobre la mar-' cha de servicios y sobre las materias que le solicite, e
i) Ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
Artículo 17.- A cargo de la Dirección General de Obras Urbanas estará un Director General que tendrá la calidad de Jefe de Servicio y que será de la confianza exclusiva del Presidente de la República para los efectos de su nombramiento- to y remoción.
Al Director General de Obras Urbanas corresponderá :
a) Dirigir, coordinar y fiscalizar la labor de la Dirección General de Obras Urbanas, de sus servicios dependientes y de aquellos que le encomiende la ley;
b) Abrir cuentas bancarias contra las que podrá girar para los fines establecidos en la ley;
c) Contratar estudios, proyectos y ejecución de obras en la forma que determine el Reglamento;
d) Proponer al Ministro las expropiaciones necesarias para la ejecución de las obras;
e) Con acuerdo del Ministro, destinar, comisionar y encomendar cometidos al personal de la Dirección General de Obras Urbanas, cuando éstas deban llevarse a cabo en distintos servicios de aquél en que se encuentra nombrado el funcionario;
f) Someter, con aprobación del Ministro, al Presidente de la República, la ejecución de obras por el sistema de concesión, cuyas condiciones se fijarán por Decreto Supremo. Estas concesiones no podrán exceder de 20 años y se adjudicarán mediante licitación pública en la forma que establezca el Reglamento;
g) Ordenar a cualquiera de las Direcciones dependientes la ejecución de obras que no sean de su respectiva especialidad, cuando razones de interés público calificadas por el Ministro, así lo aconsejen;
h) Informar al Ministro sobre la marcha de los servicios dependientes y sobre las materias que le solicite, e
i) Ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
Párrafo 7°.
Disposiciones comunes a los párrafos precedentes.
Articulo 18.- La Subsecretaría, la Secretaría Técnica y de Coordinación y las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de Obras Urbanas se sujetarán, en su organización y funcionamiento, a las disposiciones del Reglamento.
Artículo 19.- El Presidente de la República, por Decreto Suprem.o, determinará cuales funciones y atribuciones de las que establecen la ley 15.840 y otras leyes para ¡a Dirección General y Director General de Obras Públicas, para las Direcciones y Directores de Planeamiento, Arquitectura, Obras Sanitarias y Pavimentación Urbana, y para la Fiscalía y el Fiscal del Ministerio de Obras Públicas, corresponderán al Ministerio y a las Instituciones de la Vivienda que se relacionan con el Gobierno a través de él.
Artículo 20.- El Subsecretario, el Secretario General Técnico, los Directores Generales y los Directores, podrán delegar sus atribuciones y obligaciones en funcionarios del Ministerio, previa autorización escrita del Ministro, y en la forma que determine el Reglamento.
Artículo 21.- El ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 2? de la ley N'-' 10.336, modificado por el artículo letra a), de la ley N° 14.832 y por el artículo 29 de la ley 15.840, el Contralor General de la República creará el Subdepartamento de la Vivienda y Urbanismo, a través del cual la Contraloría General ejercerá las atribuciones que te correspondan con respecto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, de la Subsecretaría, de la Secretaría Técnica y de Coordinación, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y de la Dirección General de Obras Urbanas, con excepción de aquellas concernientes al personal y al juzgamiento de las cuentas.
La Contraloría General se pronunciará
dentro del plazo de 180 días sobre las observaciones que le merezcan las rendiciones de cuentas. Transcurrido el plazo señalado, se entenderá aprobada la cuenta o el acto jurídico sobre el cual ha debido pronunciarse, sin jerjuicio de la responsabilidad civil o criminal que nvip- da hacerse efectiva posteriormente, con arreglo a las leyes generales.
Título II.
Del Consejo Nacional de la Vivienda.
Artículo 22.- El Consejo Nacional de la vivienda será una persona jurídica de derecho público que tendrá las facultades y obligaciones que la presente ley determina. Estará integrado por:
1.- El Ministro que lo presidirá;
2.- El Subsecretario del Ministerio;
3.- El Superintendente de Seguridad Social;
4.- Un representante del Ministerio de Educación Pública;
5.- Un representante del Ministerio de Salud Pública;
6.- Un representante del Colegio de Ingenieros ;
7.- Un representante del Colegio de Arquitectos;
8.- Un representante del Colegio de Constructores Civiles;
9.- Dos representantes de los trabajadores designados por la Central Unica de Trabajadores;
10.- Dos representantes del sector empresarial ; uno designado por la Cámara Chilena de la Construcción y el otro por L'i Confederación de la Producción y el Comercio ;
11.- Un representante de la Federación de Cooperativas de Vivi(«ndas, designado directamente por ella;
12.- El Vicepresidente de la Corporación de la Vivienda;
13.- El Vicepresidente de la Corporación de Servicios Habitacionales;
14.- El Presidente de la Caja Central de Ahorros y Préstamos;
15.- -El Vicepresidente de la Corporación de Mejoramiento Ui'bano;
16.- El Secretario General Técnico;
17.- El Director General de Planificación y Presupuesto;
18.- El Director General de Obras Urbanas ;
19.- El Director General de Obras Públicas ;
20.- Tres representantes de la Confederación de Municipalidades, los cuales deberán ser designados por las Municipalidades del Norte, del Centro y del Sur del país, respectivamente;
21.- Dos representantes designados por el Presidente de la República en representación de las Juntas de Vecinos y del sector rural, respectivamente;
22.- Dos representantes de libre elección d®l Presidente de la República;
23.- Un representante del Banco del Estado;
24.- Un representante de la Confederación Mutualista de Chile, y
25.- Un representante del sector de ad- quirentes de viviendas a través de Asociaciones de ahorro y Préstamo, propuesto por la Unión de Juntas Vecinales.
Artículo 23.- El Reglamento determinará la forma en que se designarán los miembros del Consejo que no lo sean en razón del cargo que desempeñen.
Artículo 24.- Corresponderá al Consejo:
a) Servir fie Cuerpo Asesor del Ministro en todas sus funciones relacionadas con la Vivienda;
b) Tomar conocimiento de los informes y estudios de la Secretaría Técnica y de Coordinación sobre el avance y cumplimiento de las metas de los planes;
c) Recomendar al Ministro las medidas que se estimen necesarias para la total y oportuna ejecución de los planes;
d) Recomendar al Ministro todas las medidas que se estimen necesarias para la coordinación de las materias relativas a la vivienda, desarrollo urbano y equipamiento comunitario, y
e) Proponer al Ministro proyectos de ordenanzas, reglamentos, leyes especiales y demás disposiciones que se refieran a la vivienda, a la urbanización y construcciones y a las cooperativas y, en general, a todas las instituciones, industrias y personas jurídicas que tengan relación con las actividades habitacionales.
Artículo 25.- El Presidente de la República reglamentará el funcionamiento del Consejo.
Título III.
De la Corporación de la Vivienda.
Artículo 26.- La Empresa autónoma del Estado denominada Corporación de la Vivienda, estará encargada de la proyección, de la ejecución, de la formación, del loteo, de la urbanización, de la construcción, del equipamiento, de la reestructuración, de la remodelación y de la reconstrucción de barrios, poblaciones, edificios y viviendas en sectores y zonas urbanas o rurales y del fomento de estas actividades dentro de los planes y programas elaborados por el Ministerio.
Artículo 27.- Para la consecución de estos fines el Presidente de la República determinará por Decreto Supremo cuáles atribuciones, funciones y obligaciones de las que actualmente le confieren las leyes corresponderán a esta Institución y cuáles a otros organismos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo o autónomos relacionados con el Gobierno a través de él.
Artículo 28.- La Corporación de la Vivienda estará administrada y dirigida por una Junta Directiva compuesta por cuatro miembros; a) El Ministro, que la presidirá y b) 3 miembros designados por el Presidente de la República, que durarán tres años en sus funciones y que podrán ser reelegidos indefinidamente.
Los Directores de la Junta a que se refiere la letra b), para los efectos de su nombramiento y remoción, serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República.
Uno de los Directores de la Junta será designado Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de la Vivienda por el Presidente de la República y podrá ser privado por éste de sus funciones sin expresión de causas; podrá conservar, en tal caso, su calidad de miembro de la Junta. Será subrogado o suplido por quien designe el Presidente de la República y en defecto de tal designación, automáticamente, por el Director más antiguo en el cargo.
Artículo 29.- El Vicepresidente Ejecutivo será el representante legal, judicial y extranjudicial de la Corporación de la Vivienda. ejecutará y hará cumplir los acuerdos de la Junta Directiva y podrá delegar dicha representación, en las condiciones y con las limitaciones que establezca la Junta Directiva.
Artículo 30.- La Junta deberá celebrar sesión cada vez que fuere necesario y la convoque el Presidente, el Vicepresidente Ejecutivo o lo soliciten, a lo menos, dos de sus miembros.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los asistentes y en caso de empate decidirá el voto del Presidente.
Artículo 31.- El Fiscal, que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República, será el Jefe del Servicio Jurí dico y velará, especialmente, por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rijan a la Corporación de la Vivienda y tendrá, además, las atribuciones que determine la Junta.
El personal de abogados y procuradores de la Fiscalía será nombrado por la Junta, a propuesta del Fiscal.
Articulo 32.- Los Jefes Directivos que determine el Reglamento tendrán derecho a voz en la Junta.
TITULO IV
De la Corporación de Servicios Habitacionales
Artículo 33.- La Corporación de Servicios Habitacionales será una Empresa del Estado con personalidad jurídica, con patrimonio distinto del Fisco, de carácter autónomo, de derecho público, de duración indefinida, con domicilio en la ciudad de Santiago y que se relacionará con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Artículo 34.- Corresponderán a la Corporación de Servicios Habitacionales especialmente las siguientes funciones:
1°.- Educar, orientar en los aspectos habitacionales al grupo familiar y propender a la solución de sus problemas relacionados con la vivienda urbana y rural.
2°.- Cooperar con las instituciones públicas, municipales y particulares en la creación de centros de salud, jardines infantiles, guarderías, escuelas, talleres de oficios, centros de esparcimiento y recreación, cooperativas y demás organizaciones e instituciones destinadas al bienestar de la comunidad en las poblaciones de viviendas económicas, crearlos y ayudar a su financiamiento si fuere necesario.
3°.- Adquirir, asignar, administrar viviendas y sitios e inmuebles en general, urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, darlos en comodato precario y arrendarlos, venderlos y transferirlos.
4°.- Determinar la renta y el precio de los inmuebles de propiedad del Ministerio o de las Instituciones relacionadas con el Gobierno a través de él, para los efectos de su arrendamiento y transferencia a particulares.
5°.- Procurar la solución de los problemas de mejoreros, arrendatarios de pisos y compradores de sitios.
6°.- Conceder préstamos en dinero o en especies, con cargo a su propio presupuesto, en las condiciones generales fijadas por el Reglamento y determinar sus intereses, plazos y servicios.
7°.- Organizar un sistema de seguros mixtos, de vida, incendio, desgravamen y desocupación para los arrendatarios y adquirentes de viviendas y sitios.
8°-Aplicar las disposiciones sobre huertos y jardines familiares.
9°.- Prestar asesoría técnica a particulares en la forma que determine el Reglamento.
10.- En general, desarrollar todas las actividades que digan relación con el bienestar de la población que incidan en el problema habitacional, y
11.- Otorgar a los adquirentes y arrendatarios de viviendas, los subsidios, bonificaciones y subvenciones, primas y seguros establecidos por la legislación vigente y por la presente ley y pagarlos a quien corresponda.
Artículo 35.- La Corporación de Servicios Habitacionales será la sucesora legal de la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, ex Instituto de la Vivienda Rural, para lo cual el activo y pasivo de dicha Fundación se transfieren a la Corporación de Servicios Habitacionales.
No obstante !o dispuesto en el inciso anterior, el Presidente de la República determinará, por Decreto Supremo, cuáles obras de las que tengan en ejecución la Corporación de la Vivienda y la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, serán terminadas por la Corporación de la Vivienda o por la Corporación de Servicios Habitacionales.
Artículo 36.- Por Decreto Supremo el Presidente de la República determinará cuáles funciones, obligaciones y atribuciones de la Fundación de Viviendas corresponderán a otros organismos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo o autónomos relacionados con el Gobierno a través de él.
Artículo 37.- La Corporación de Servicios Habitacionales estará administrada y dirigida por una Junta Directiva compuesta por cuatro miembros: a) el Ministro que la presidirá, y b) 3 miembros designados por el Presidente de la República, que durarán tres años en sus funciones y que podrán ser reelegidos indefinidamente.
Los Directores de la Junta a que se refiere la letra b) para los efectos de su nombramiento y remoción serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República.
Uno de los Directores de la Junta sera designado Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Servicios Habitaciona- les por el Presidente de la República y podrá ser privado por éste de sus funciones con expresión de causa; podrá conservar, en tal caso, su calidad de miembro de la Junta. Será subrogado o suplido por quien designe el Presidente de la República y en defecto de ta! designación, automáticamente por el Director más antiguo en el cargo.
Artículo 38.- El Vicepresidente Ejecutivo será el representante legal, judicial y extrajudicial de la Corporación de Servicios Habitacionales, ejecutará y hará cumplir los acuerdos de la Junta Directiva y podrá delegar dicha representación, en las condiciones y con las limitaciones que establezca la Junta Directiva.
Artículo 39.- La Junta deberá celebrar sesión cada vez que fuere necesario y la convoquen el Presidente, el Vicepresidente Ejecutivo o lo soliciten a lo menos dos de sus miembros.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los asistentes y en caso de empate decidirá el voto del Presidente.
Artículo 40.- El Fiscal, que será de la exclusiva confianza del Presidente de la República, será el Jefe del Servicio Jurídico y velará especialmente por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rijan a la Corporación de Servicios Habitacionales y tendrá, además, las atribuciones que determine la Junta.
El personal de abogados y procuradores de la Fiscalía será nombrado por la Junta a propuesta del Fiscal.
Artículo 41.- Los Jefes Directivos que determine el Reglamento, tendrán derecho a voz en la Junta.
Artículo 42.- La planta y remuneraciones del personal de la Corporación de Servicios Habitacionales se fijarán en la misma forma que para la Corporación de la
Vivienda. Los funcionarios que se traspasen a la Corporación de Servicios Habitacionales provenientes del Ministerio de Obras Públicas o de otras reparticiones, no sufrirán desmedro alguno en sus remuneraciones.
TITULO V
De la Corporación de Mejoramiento UrbanoArtículo
43.- La Empresa Autónoma del Estado denominada Corporación de Mejoramiento Urbano, estará encargada de expropiar, comprar, urbanizar, remodelar, subdividir, transferir, vender y rematar inmuebles dentro o fuera de los límites urbanos; formar una reserva de terreno para abastecer los planes de vivienda, desarrollo urbano y equipamiento comunitario, tanto del sector público como del privado; proponer al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo la fijación, ampliación o reducción de los límites urbanos o de las comunas, la modificación de los Planos Reguladores Comunales o Intercomunales respectivos y el cambio de destinación de los bienes nacionales de uso público que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones; colaborar y asociarse con las municipalidades y con ¡as empresas privadas en la realización de proyectos de desarrollo y mejoramiento urbanos, otorgar créditos para este propósito y supervigilar su realización; fijar, dentro de las áreas urbanas, límites de zonas de mejoramiento urbano y procurar su ordenamiento y desarrollo.
Para la consecución de estos fines, el Presidente de la República determinará por Decreto Supremo, las atribuciones, obligaciones y organización interna que corresponderán a esta Institución.
Artículo 44.- Las Municipalidades podrán destinar fondos del Presupuesto Municipal o contratar empréstitos para la creación de fondos especiales de mejoramiento urbano o para ser aportados a so ciedades mixtas para este fin. Los fondos no invertidos o no comprometidos en un año, podrán ser reinvertidos en la misma operación o en las nuevas que se inicien.
TITULO VI
De la Planta y el Personal
Artículo 45.- Autorízase al Presidente de la República para fijar la Planta y remuneraciones del personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, que redirán a partir del 1º de enero de 1966 y del 1° de enero de 1967.
Artículo 46.- No se aplicará al personal del Ministerio y de las Instituciones administrativamente relacionadas con el Gobierno a través de él, las disposiciones establecidas en el DFL. N"? 68, de 1960.
Artículo 47.- Los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas y los de las instituciones enumeradas en el artículo 10 de esta ley, que pasen a formar parte de las plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo o de las Instituciones relacionadas con el Gobierno a través de él, conservarán su condición jurídica y el régimen previsional de que actualmente gozan.
El resto de los funcionarios que ingresen al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo se regirá por las normas que se establecen en el inciso siguiente, en lo que no sea contrario a la presente ley.
El personal que ingrese a la Corporación de Mejoramiento Urbano y que no se encuentre en la situación señalada en el primer inciso del presente artículo, tendrá la condición jurídica y el régimen previsional similares al que actualmente tiene el personal de la Corporación de la vivienda.
TITULO VII
Disposiciones Generales
Articulo 48.- El Presidente de la República determinará cuáles facultades y obligaciones de las que actualmente poseen el Consejo, el Vicepresidente Ejecutivo, el Fiscal y el Jefe del Departamento de Planeamiento y Estudios Económicos de la Corporación de la Vivienda, y el Consejo, el Presidente, el Gerente y el Fiscal de la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, ex Instituto de la Vivienda Rural, corresponderán al Subsecretario, Secretario General Técnico y a los Directores Generales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, a las Juntas Directivas, Vicepresidentes y Fiscales de la Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales y Corporación de Mejoramiento Urbano.
Artículo 49.- La Corporación de la Vivienda, la Corporación de Servicios Habitacionales y la Corporación de Mejoramiento Urbano estarán exentas de todo impuesto, tasa o contribución fiscal o municipal, directa o indirecta, que se recaude o perciba por Tesorería o Aduanas de la República.
Asimismo, estarán exentos de todo impuesto, tasa, contribución y derecho fiscales y municipales, las operaciones, actos y contratos que ejecuten o celebren, los instrumentos que suscriban o extiendan, los permisos que soliciten y las obras que ejecuten aun en el caso en que la ley permita u ordene trasladar el impuesto.
Las operaciones de compra y venta que efectúen estas instituciones no estarán afectas a impuestos de transferencia o compraventa ni pagarán impuesto a la cifra de negocios por las obras que encomienden.
Para eximirse de los derechos que se recauden o perciban por Aduanas de la República será necesario que la exención se autorice por Decreto Supremo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Artículo 50.- El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y servicios dependientes y las instituciones que se relacionen administrativamente con el Gobierno a través de él, podrán utilizar en las expropiaciones las disposiciones de los textos primitivos de la ley Nº 3.313, o de la ley Nº 5.604.
El avalúo practicado por la Comisión de Hombres Buenos a que se refiere el inciso tercero del artículo único de la citada ley Nº 3.313, será entregado a! Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, servicios dependientes e instituciones administrativamente relacionadas con el Gobierno a través de él, según se trate de expropiaciones acordadas por uno o otros.
Para los efectos de las expropiaciones que efectúe directamente el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el monto de la indemnización que se convenga con los interesados no tendrá limitación de carácter legal.
Artículo 51.- Para los efectos del artículo anterior, decláranse de utilidad pública los inmuebles necesarios para la ejecución de los programas de vivienda, equipamiento comunitario y desarrollo urbano, en general, que apruebe el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y que se efectúen tanto por el Ministerio como por las instituciones que se relacionan administrativamente con el Gobierno a través de él; como asimismo, todos aquellos inmuebles o predios ubicados en los pueblos creados por decretos del Ministerio de Tierras y Colonización y que por carecer de los medios legales pertinentes, sus ocupantes no hayan podido adquirirlos u obtener sus títulos de dominio.
Las expropiaciones se ordenarán por Decreto Supremo o por resolución o acuerdos de las instituciones administrativamente relacionadas con el Gobierno a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, previo informe favorable de este último.
En el texto del Decreto, resolución o acuerdo se designará, cuando corresponda, la Comisión de Hombres Buenos que practicará el avalúo.
Artículo 52.- Las escrituras públicas en virtud de las cuales las instituciones mencionadas adquieran o transfieran el dominio de viviendas o de terrenos destinados a la construcción de viviendas urbanas y rurales, y sus obras de equipamiento comunitario o desarrollo urbano, en general, serán consideradas, para todos los efectos legales, títulos saneados de dominio, libres de gravámenes, prohibiciones, embargos u otras limitaciones de dominio de cualquiera, naturaleza.
Los titulares de créditos garantizados con hipotecas u otros derechos reales que afectaren a los terrenos señalados en el presente artículo, podrán hacerlos valer sobre el valor de adquisiciones de esos predios, entendiéndose subrogados por el ministerio de la ley, dichas hipotecas u otros derechos reales, al valor de adquisición de los mismos terrenos.
La institución adquirente consignará el valor de adquisición, si el predio reconociere gravámenes o prohibiciones, en el Juzgado de Letras correspondiente a la ubicación del terreno, o de cualquiera de los Juzgados si el predio quedare ubicado dentro del territorio jurisdiccional de más de uno de estos Tribunales; junto con efectuar la consignación, acompañará copia del certificado de gravámenes y prohibiciones de 15 años del predio adquirido : y notificará por medio de un aviso publicado en el Diario Oficial de los días primero o quince del mes respectivo, o del día siguiente hábil si alguno de esos días fuere festivo, el hecho de la adquisición del terreno, de la consignación de su valor de adquisición y la nómina de los acreedores que indique el certificado de gravámenes y prohibiciones. El Juzgado resolverá conforme a las normas del juicio sumario en caso de producirse controversia acerca de la persona o personas a quienes deberá girar el valor de la consignación efectuada.
Artículo 53.- Las Municipalidades podrán solicitar a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las instituciones que de él dependan, la expropiación de los predios que sean necesarios para los planes de remodelación urbana y consolidación de dominio en favor de sus actuales ocupantes.
Estas expropiaciones serán de cargo de la respectiva Municipalidad.
Artículo 54.- Los dividendos de los créditos hipotecarios otorgados por las instituciones de la vivienda a que se refiere el artículo 5º de la presente ley, por los organismos de previsión y por las asociaciones de ahorro y préstamo, podrán bonificarse y subvencionarse en la forma, límites y demás condiciones que determine el Reglamento.
El Presupuesto de la Nación consultará anualmente la totalidad de los fondos que sean necesarios para pagar las bonificaciones y las subvenciones correspondientes.
El sistema que se establezca de acuerdo al presente artículo reemplaza al establecido en los artículos 91 y siguientes del DFL. N-? 2, de 1959.
Artículo 55.- Los depósitos efectuados en instituciones de ahorro para la vivienda y los créditos hipotecarios otorgados por las mismas entidades y por los organismos previsionales, se reajustarán anualmente en el porcentaje equivalente a la variación que experimenten los índices de sueldos y salarios o de precios al consumidor, debiendo elegirse la cifra más baja, la cual se rebajará en una unidad y se despreciarán las fracciones.
No obstante, los dividendos se reajustarán en un porcentaje no superior a la tasa de interés corriente bancario vigente al 1° de julio de cada año y su monto bonificado no podrá exceder del 25% de la renta líquida del grupo familiar del deudor, que habite la casa respectiva.
El porcentaje sobre la renta líquida a que se refiere el inciso anterior será de un 20% para las deudas hipotecarias provenientes de ventas de viviendas construidas por la Corporación de la Vivienda o financiadas con préstamos de la Corporación de Servicios Habitacionales o de las Instituciones de Previsión.
Las diferencias que se produzcan en virtud de la aplicación de los límites establecidos en los incisos precedentes, entre el dividendo que pague el deudor en definitiva y el que corresponda de acuerdo al inciso primero de este artículo, se solventarán por el Estado, a través de una bonificación en la forma que determine el Reglamento.
Artículo 56.- El Fisco, las instituciones semifiscales, las empresas fiscales y del Estado y los organismos de administración autónoma y, en general, todas las oficinas o funcionarios pagadores del sector público, como asimismo, la totalidad de los empleadores y patrones del sector privado, estarán obligados a descontar de las remuneraciones y pensiones de sus respectivos funcionarios, empleados, obreros y pensionados, los dividendos a que se encuentran obligados por créditos hipotecarios de carácter habitacional.
Los Jefes de Oficinas y funcionarios pagadores harán los descuentos a que se refiere el inciso anterior, por planilla, y serán responsables del oportuno integro a la respectiva institución acreedora del total mensual que se haya descontado por este procedimiento.
Los empleadores y patrones estarán obligados, asimismo, a integrar en las respectivas instituciones acreedoras, el total mensual que hayan descontado por aplicación del inciso primero de este artículo, lo que deberán hacer dentro de los treinta días del mes siguiente a aquel en que hayan hecho los correspondientes descuentos. El no integro de las sumas descontadas dentro del plazo fijado, será sancionado con las penas que se establecen en el Código Penal por estafas y otros engaños.
Dichos descuentos, que correspondan a los referidos dividendos mensuales, tendrán preferencia sobre otro cualquiera, salvo, únicamente, aquellos que obedezcan a las cotizaciones previsionales, al impuesto a la renta de 2º categoría, al impuesto global complementario y a las retenciones judiciales.
Las demás normas y procedimientos a que deberán ceñirse los obligados a efectuar el descuento en planilla de los referidos dividendos, como para remesar los valores correspondientes a las respectivas instituciones acreedoras, se establecerán por el Presidente de la República mediante un Reglamento especial.
Artículo 57.- Toda obra o construcción ejecutada con fondos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, de sus servicios dependientes o de las instituciones autónomas relacionadas administrativamente con el Gobierno a través de él, como asimismo, los terrenos en que tales obras se levanten y todos los demás bienes muebles destinados a incorporarse a tales obras se considerarán de propiedad y bajo la posesión de las personas jurídicas antedichas, aun en caso de no existir recepción provisional de las obras.
Las obras, construcciones, los terrenos, en que tales obras o construcciones se levanten y todos los demás bienes muebles destinados a incorporarse a tales obras o construcciones, se declaran inembargables para todos los efectos legales, y, por tanto, para los efectos del artículo 61 de la Ley de Quiebras, excepto por las personas, Servicios o Instituciones que encomendaron la ejecución de dichas obras o construcciones.
Artículo 58.- Para los fines previstos en esta ley, el Presidente de la República podrá:
1) Dictar, modificar, complementar, refundir y derogar cualquiera disposición legal de tipo técnico que se refiera a urbanización, loteamiento de terrenos, planificación urbana y comunal, planificación, proyección y construcción de viviendas, equipamiento comunitario y de edificios de utilidad pública;
2) Dictar, modificar y derogar normas de tipo técnico sobre equipamiento, pavimentaciones, agua potable, alcantarillado, teléfonos, instalaciones de servicios eléctricos, de gas y otros y, en general, todos los preceptos que sean necesarios y que se refieran a estas materias.
No obstante, no podrán derogarse las normas que se refieran a la obligación de la Compañía de Teléfonos de Chile a instalar teléfonos públicos en las poblaciones; y las multas actualmente contempladas deberán aplicarse directamente por el Ministerio del Interior cuando, por cualquier conducto, tenga conocimiento del incumplimiento de aquella obligación, dentro del plazo de 30 días.
En el equipamiento comunitario se entenderá comprendido todo lo relacionado con la proyección y construcción de escuelas, guarderías infantiles, edificios médi- cos-asistenciales, administrativos, sociales, pensionados universitarios y estudiantiles, recintos y campos deportivos, plazas, plazas de juegos infantiles, edificios para establecimientos y terminales de movilización colectiva y privada, y, en general, todas aquellas construcciones que, de una u otra manera, beneficien a la comunidad :
3) Dictar, modificar y derogar normas técnicas sobre propiedad horizontal, y
4) Dictar normas generales a los organismos del Estado u organismos en que el Estado tenga participación y a las instituciones de previsión sobre asignación y transferencia de viviendas y otorgamiento de préstamos hipotecarios.
Artículo 59.- Autorízase al Presidente de la República para fijar los textos definitivos de todos los cuerpos legales que se modifican en virtud de la presente ley y para refundir en un texto único, pu- diendo en este texto coordinar, corregir la redacción sin modificar su sentido, sistematizar las disposiciones y alterar la numeración de su articulado, su titulación y ubicación.
Los textos definitivos podrán tener número de ley cuando así lo determine el Presidente de la República.
Artículo 60.- El Presidente de la República de conformidad con las leyes cita das en el artículo 13 de la Ley 14.171'y sus modificaciones posteriores, podrá otorgar título definitivo de dominio, de sitios fiscales situados en las zonas urbanas o suburbanas, en forma gratuita, sin más trámite y otros requisitos, a Cooperativas de viviendas, legalmente constituidas, para su urbanización y posterior construcción de poblaciones para los integrantes de las citadas cooperativas.
Será condición del otorgamiento del título respectivo que la Cooperativa tenga aprobada en principio una operación hipotecaria por parte de la Corporación de Servicios Habitacionales o de Asociaciones de Ahorro y Préstamo, Cajas de Previsión o empresas patronales.
Mientras existan vigentes hipotecas u otros derechos reales constituidos sobre la propiedad en que se ha otorgado título por parte del Fisco, sólo se podrá caducar la concesión otorgada siempre que se respete la validez de los gravámenes constituidos.
Artículo 61.- El Presidente de la República podrá disponer que, en aquellas zonas que hubieren sido declaradas damnificadas de acuerdo al artículo 1º de la ley 16.282, se apliquen normas diferentes de bonificación y reajustes y aun se condonen los préstamos y saldos de precios que se adeuden a la Corporación de la Vivienda.
Artículo 62.- Lo previsto en el artículo precedente podrá hacerse extensivo a las zonas a que se refiere el artículo 6° de la ley Nº 14.171.
Artículo 68.- Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para realizar en las poblaciones marginales de Arica un plan simultáneo de urbanización y autoconstrucción de viviendas.
La Junta podrá conceder préstamos en materiales de construcción y sanitarios, amortizables en un plazo de 10 años y con un interés equivalente al más bajo que cobre la Corporación de la Vivienda por créditos de análoga naturaleza.
Artículo 64.- El Ministerio de Tierras y Colonización procederá, en el plazo de 180 días de la publicación de esta ley, a entregar los terrenos destinados o que se destinen a cooperativas de la vivienda de las provincias de Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo, sin costo alguno para sus adquirentes, quienes podrán, para el solo efecto de obtener préstamos para urbanizarlos, construir hipotecas con la Corporación de la Vivienda, Asociaciones de Ahorro y Préstamo, Cajas de Previsión, empresas patronales, etc.
Este beneficio sólo se otorgará a las cooperativas de viviendas legalizadas por Decreto Supremo.
Artículo 65.- El Ministerio de Tierras y Colonización hará entrega gratuita a sus actuales ocupantes del Cité "Las Camaradas" ubicado en Iquique, calle Obispo Labbé Nºs. 726 al 760, inscrito a nombre del Fisco a fs. 229, Nº 191 del Conservador de Bienes Raíces de Iquique el año 1938.
Los beneficiados deberán constituir una Cooperativa de Vivienda por intermedio de la cual propiciarán la urbanización y construcción de casas en las condiciones señaladas en la presente ley y en el DFL. N° 2 y sus modificaciones posteriores.
Artículo 66.- Declárase que el valor de costo de la Población Ferroviaria de Valdivia, es el que corresponde al total invertido en su construcción por la Caja de Previsión de los Ferrocarriles del Estado al 31 de diciembre de 1961.
Artículo 67.- La Corporación de la Vivienda deberá efectuar en la Problación Corvalis ,de Antofagasta, las mejoras necesarias en las casas de la citada población con el objeto de subsanar los defectos que han sufrido por hundimiento del terreno en que fueron construidas.
Articulo 68.- Autorízase a la Corporación de la Vivienda, a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social o a las instituciones que las sucedan en sus derechos y a las Instituciones de Previsión Social, para convenir con sus deudores hipotecarios, condiciones y modalidades diferentes a las actualmente pactadas para el pago de las deudas provenientes de mutuos hipotecarios o de saldos de precios de venta, adaptándose a los sistemas de reajustes, bonificaciones, subvenciones que se exigen de acuerdo a la presente ley.
Artículo 69.- Modifícase la ley N° 5.604, de 16 de febrero de 1935, en los términos que se indican:
I) Intercálase, en su artículo 20, entre las palabras "superior al" y "señalado por los peritos", el término "promedio";
II) Agréganse, en su artículo 31, antes de las palabras inicíales "Los juicios", estas otras "Las acciones y derechos y", poniendo en singular el artículo "Los";
III) Agrégase, en el inciso primero de su artículo 32, a continuación del sustantivo "gravámenes", el término "embargos", precedido de una coma (,) ;
IV) Agréganse, en el inciso segundo del mismo artículo 32, eliminando el punto final, las siguientes palabras: "y quedan extinguidos", y
V) Sustitúyase su artículo 36, por el siguiente:
"Artícvlo 36.- Los bienes expropiados quedan con título saneado y nadie tendrá acción ni derecho contra ellos por vicios o derechos existentes con anterioridad a la consumación de la expropiación".
Artículo 70.- El Presidente de la República, por Decreto Supremo, determinará en qué instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado, personas jurídicas creadas por la ley en que el Estado tenga aportes de capital o representación, administradas por Consejos o Directorios, tendrá representación el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, por medio del Ministro o de un representante designado por éste.
El Director o Consejero así designado integrará los Directorios o Consejos con las mismas atribuciones, derechos y obligaciones que el resto de los Directores o Consejeros del respectivo organismo.
El Presidente de la República determinará cuáles de las representaciones actuales que tienen el Ministerio de Obras Públicas y sus servicios dependientes, la Corporación de la Vivienda y la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, cesarán en su ejercicio.
Artículo 71.- No será aplicable lo establecido en los artículos 1.749 y 1.754 del Código Civil para que el marido pueda constituir hipoteca sobre la vivienda, local o sitio que éste adquiera, hipoteque o grave en favor de la Corporación de la Vivienda o de la Corporación de Servicios Habitacionales, de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo e Instituciones de Previsión Social.
Artículo 72.- La mujer casada que adquiera hipoteque o grave en la Corporación de la Vivienda o en la Corporación de Servicios Habitacionales, en Asociaciones de Ahorro y Préstamo o Instituciones de Previsión, una vivienda, sitio o local, se considerará separada de bienes para la celebración del contrato correspondiente, y regirán, respecto de ella, todos los derechos que se establecen en el articulo 150 del Código Civil para la mujer casada que ejerce un empleo, oficio, profesión o industria, separados de los de su marido.
Artículo 73.- Reemplázanse los términos "a más tardar el día hábil siguiente de aquél en que sea suscrita", que figuran en el inciso primero del artículo 68 de la ley 14.171, por las siguientes palabras: "dentro de 30 días corridos desde que sea suscrita".
Artículo 74.- Los instrumentos públicos que contengan actos o contratos en que sean partes del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, las instituciones relacionadas con el Gobierno a través de él y las Asociaciones de Ahorro y Préstamos e Instituciones de Previsión Social, podrán extenderse en registros o matrices impresos, litografiados, fotografiados, fotograbados o mecanografiados.
El Presidente de la República dictará las normas relativas a la reglamentación de esta disposición.
Las instituciones referidas en el inciso primero de este artículo, podrán celebrar todos sus actos y contratos, aplicando el procedimiento de escrituración a que se referiere el artículo 68 de la ley N° 14.171.
Artículo 75.- Reemplázase la frase final del inciso primero del artículo 8 del DFL. N° 2, de 1959, agregada a ese cuerpo legal por la letra g) del artículo 1º de la ley Nº 15.163, por la siguiente: "Para el primer reajuste del préstamo hipotecario del saldo de la deuda y de su respectivo dividendo, se aplicará la variación provisional mensual del índice en proporción a los meses transcurridos entre la fecha de otorgamiento del préstamo y la del reajuste."
Artículo 76.- Las instituciones semifiscales, las empresas, servicios u organismos del Estado con personalidad jurídica propia y con administración autónoma, pueden condonar los intereses penales que se hubiesen convenido en los contratos sobre adquisición de bienes, pactados entre dichas entidades.
Artículo 77.- La Corporación de la Vivienda podrá emplear hasta el 10% que recibe del Servicio de Seguro Social, para reparar las viviendas que entrega a los imponentes de dicho Servicio.
Artículo 78.- El Departamento de Indemnizaciones de Obreros Molineros y Panificadores no reajustará los créditos contra sus imponentes provenientes de las adquisiciones y construcciones de las viviendas que forman la Población de Obreros Molineros y Panificadores, ubicada en el departamento Pedro Aguirre Cerda, de la provincia de Santiago.
Esta disposición tendrá el carácter de norma interpretativa de las leyes vigentes aplicables a los respectivos contratos que generaron los expresados créditos.
Artículo 79.- Corresponderá a la Secretaría Técnica y de Coordinación ejercer todas las funciones de la Dirección de Industria y Comercio, en toda la extensión de sus respectivas facultades, en la fijación de precios máximos en los materiales, artículos, productos elaborados y semielaborados de la construcción. El reglamento establecerá las normas sobre fijación de precio de las viviendas que se construyan en conformidad a esta ley, debiendo determinarlo por unidad de metro cuadrado útil, según la clasificación que el efecto se establezca.
Artículo 80.- Por exigirlo el interés nacional facúltase al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo para expropiar los terrenos en aquellas poblaciones que arrienden los pisos, o hayan levantado sus viviendas, regularizándoles sus títulos de dominio, en el mismo valor que el Ministerio haya pagado por la expropiación.
Asimismo, el Ministerio de la Vivienda remodelará y contribuirá a urbanizar las poblaciones señaladas en el inciso primero. Autorízase al Ministerio de Obras Públicas para facilitar, cuando sus servicios lo permitan, la asistencia técnica y de equipo necesarias para cooperar en la urbanización de la poblaciones.
Artículo 81.- Reemplázase en el artículo 15 de la ley 15.641, la frase "Universidad de Chile habilite los campos deportivos "Recoleta" y "Pedro deValdivia Norte de Santiago"; por la siguiente: "Universidad de Chile habilite el estadio "Recoleta", de Santiago, y adquiera los terrenos necesarios para construir otro campo deportivo en la capital".
Artículo 82.- Agrégase al final del artículo 122 de la Ley General de Cooperativas, cuyo texto defintivo fue fijado por D.S. (H) RRA. Nº 20, de 23 de febrero de 1963, inmediatamente después del punto con que termina, lo siguiente:
"Tratándose de Sociedades Auxiliares de Cooperativas de Vivienda, estas normas deberán dictarse previo informe del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y con sujeción a las normas que sobre dicho carácter haya dictado este Ministerio."
Artículo 88.- La provisión de los cargos de empleados administrativos y auxi liares que se han de crear en el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en sus servicios dependientes y en los organismos autónomos relacionados con el Ejecutivo a través de él, se ajustará a los dispuesto en los artículos 49, 50, 51 y 52 del Título II del DFL. 338, en lo que les sean aplicables.
Artículo 84.- Las empresas agrícolas obligadas a aportar el 5% de las utilidades para fines de construcción habitacional, destinarán esa cantidad exclusivamente a la solución del problema habitacional de los trabajadores del predio que aquéllas explotan. Esta destinación exclusiva no tendrá lugar en aquellos predios en que están resueltas íntegramente las necesidades de vivienda, a juicio del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Artículo 85.- El sistema de reajustabilidad de los saldos de precio y de los dividendos a que se refiere el artículo 68 del DFL. Nº 2, de 1959, no se aplicará a aquellas viviendas que al 30 de julio de 1959 estaban en construcción por cuenta de las instituciones de previsión sean o no las indicadas en el artículo 48 del referido DFL. 2, aun cuando dichas viviendas hayan sido asignadas a sus imponentes con posterioridad a esa fecha.
Del mismo beneficio a que se refiere el inciso anterior, gozarán los deudores hipotecarios de aquellas viviendas y poblaciones que las Cajas de Previsión Social hayan transferido a la Corporación de la Vivienda para su terminación.
En ambos casos, las deudas hipotecarias y la forma de servirlas a la respectiva institución de previsión acreedora, a la Corporación de la Vivienda o a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, o al organismo que continúe legalmente a esta última, se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias sobre préstamos hipotecarios vigentes para ellas con anterioridad al 30 de julio de 1959.
En todos aquellos casos en que se hubiesen extendido las correspondientes escrituras de compraventa o préstamos hipotecarios entre el imponente y las instituciones indicadas en el inciso anterior, ajustándose al sistema señalado en el artículo 68 del DFL. N° 2, se procederá de inmediato a modificar el sistema acordado, sometiendo el servicio de las deudas a las nuevas modalidades establecidas en los incisos anteriores, para cuyo efecto se extenderán las escrituras de declaración respectivas.
Artículo 86.- Sustituyese el 8 del artículo 445 del Código de Procedimiento Civil, por el siguiente:
"8º.- El bien raíz que el deudor ocupa con .su familia, siempre que no tenga un avalúo fiscal superior a diez sueldos vitales mensuales, escala a), del departamento de Santiago; los muebles de dormitorio, de comedor y de cocina de uso familiar y la ropa necesaria para el abrigo del deudor, su cónyuge y los hijos que viven a sus expensas.
La inembargabilidad establecida en el inciso precedente no regirá para los bienes raíces respecto de los juicios en que sean parte el Fisco, las Cajas de Previsión y demás organismos regidos por la Ley del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo."
Artículo 87.- Agrégase al artículo 2"? de la ley N° 16.273, el siguiente inciso nuevo, entre los actuales tercero y cuarto:
"La apelación de la sentencia a que se refiere este articulo se concederá siempre en ambos efectos."
Artículo 88.- Condónanse los saldos de deudas que tienen pendientes los empleados y obreros damnificados por el sismo de 4 de septiembre de 1958, a quienes el Servicio de Seguro Social concedió préstamos para reconstrucción y reparación de viviendas y adquisición de muebles y utensilios, en conformidad a lo dispuesto por la ley 13.041. Condónanse también los intereses pendientes de las deudas mencionadas.
Artículo 89°.- Toda asignación definitiva de vivienda realizada por la Corporación de la Vivienda, las instituciones de previsión y la Fundación de Viviendas y Asistencia Social o el organismo que legalmente la continúe, se perfeccionará en el plazo máximo de un año, debiendo otorgarse en este lapso, título definitivo de dominio al asignatario que esté cumpliendo sus obligaciones.
Artículo 90.- Las empresas explotadoras de minerales de hierro deberán mantener en sus campamentos, viviendas adecuadas para los obreros casados y sus familias, y habitaciones para los obreros solteros, en las condiciones que señale el reglamento que deberá dictar el Presidente de la República dentro del plazo de noventa días contado desde la publicación de esta ley.
Articulo 91.- Simultáneamente con la asignación por el Servicio de Seguro Social de viviendas a sus imponentes, se considerará entregada a la respectiva Municipalidad la población en que se hayan producido las asignaciones. El Servicio de Seguro Social deberá cumplir en el plazo de seis meses las obligaciones de urbanización que se encuentren pendientes al momento de dicha entrega. De no hacerlo, podrá realizar las obras respectivas la Municipalidad con cargo al Servicio de Seguro Social.
Articulo 92.- La Dirección de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción podrá demandar judicialmente a todos aquellos propietarios que infrinjan disposiciones de la ley Nº 16.273.
Artículo 93.- Cuando por razón de expropiación realizada para cumplir los fines del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, una persona deba entregar su casa o sitio, el Ministerio de la Vivienda, directamente o a través del organismo expropiador, tendrá la obligación de asignarle previamente una casa o sitio e instalarla en su nueva habitación.
Artículo 94.- Las empresas industriales o comerciales que hayan construido o construyan viviendas para su empleados u obreros fuera del recinto que ellas ocupen, deberán transferirlas a éstos cuando así lo soliciten y siempre que tengan cuatro o más años de antigüedad en el trabajo en la empresa, de acuerdo a un reglamento que deberá dictar el Presidente de la República en el plazo de 180 días, contado desde la publicación de esta ley.
Artículo 95.- Corresponderá a la Secretaría Técnica y de Coordinación la reglamentación de las comunidades de copropietarios de edificios.
Igualmente, corresponderá a la Secretaría Técnica determinar la forma en que deberán calcularse los gastos comunes que irrogue la administración de dichas comunidades. Estas comunidades quedan sometidas al control de la Dirección de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Artículo 96.- Facúltase al Presidente de la República para vender a la Corporación de la Vivienda y a esta institución para transferir al personal del Ejército que ocupa desde 1960 o antes, los departamentos de los colectivos ubicados en San Joaquín 2030 e Ismael Valdés Nº 2821, de la Población Alessandri, comuna de San Miguel, departamento Pedro Aguirre Cerda, de Santiago.
El derecho establecido en el inciso anterior, corresponderá exclusivamente a las personas que no hayan adquirido habitaciones por intermedio de la Corporación de la Vivienda o Cajas de Previsión.
Artículo 97.- Facúltase a la Corporación de la Vivienda para transferir el dominio de los inmuebles respectivos, a los actuales ocupantes de las poblaciones Campamento La Victoria o Feria-Radicación, Nueva La Legua y Legua de Emergencia, de la comuna de San Miguel, y 22 de Julio o San Rafael, de la comuna de La Granja. Dichos inmuebles quedarán gravados en favor de la Corporación de la Vivienda para garantizar el pago en 240 cuotas mensuales iguales, sin intereses, del costo de las obras de urbanización que se hayan financiado por esa institución en esas poblaciones.Artículo 98.- Desaféctanse de su calidad de bienes nacionales de uso público y autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente al Ministerio de Tierras y Colonización los terrenos que ocupan las poblaciones de Playa Negra Norte, Playa Negra Sur, Cerro Verde y Hornos Caleros de la comuna de Penco, departamento de Concepción.
Dentro del plazo de noventa días de perfeccionada la transferencia, el Ministerio de Tierras deberá otorgar títulos de dominio a los actuales ocupantes de las poblaciones señaladas en el inciso anterior.
Artículo 99.- Autorízase al Servicio Nacional de Salud para transferir a sus actuales ocupantes, los sitios en que se levanta la Población "Nueva Esperanza", ubicada en la ciudad de Concepción, provincia del mismo nombre.
Artículo 100.- La Empresa Nacional de Minería deberá transferir gratuitamente a sus actuales ocupantes, dentro del plazo de noventa días contados desde la fecha de vigencia de esta ley, los terrenos que posee en el pueblo de Guayacán, comuna de Coquimbo.
Artículo 101.- Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Corporación de la Vivienda para expropiar los terrenos ocupados por los pobladores del lugar Cerrillos Pobres de Tamaya, en el departamento de Ovalle, provincia de Coquimbo, de propiedad de Aníbal Astorga, para transferirlos a sus actuales ocupantes.
Artículo 102.- Autorízase a la Empresa de Ferrocarriles del Estado para transferir a sus actuales ocupantes, los terrenos y viviendas ubicados en la Estación Choapa, departamento de Illapel, provincia de Coquimbo.
Artículo 103.- Decláranse de utilidad pública los terrenos que se encuentran ubicados en la Población La Colina, de la ciudad de Puerto Montt, provincia de Llanquihue, y facúltase a la Corporación de la Vivienda para expropiarlos y transferirlos a sus actuales ocupantes.
Artículo 104.- El Consejo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares no podrá enajenar a sus imponentes las "viviendas económicas", a un precio superior al de su costo de edificación al que se agregarán el valor proporcional del terreno y el porcentaje por gastos administrativos que corresponda.
Artículo 105.- Las empresas acogidas a los beneficios de las leyes Nºs. 12.937, 18.039 y 15.575 y a los DFL. Nºs. 285 y 266, deberán realizar las inversiones a que dieren lugar las disposiciones del artículo 20 del DFL. N° 288, de 1953, en las provincias en donde se hallen instaladas las respectivas faenas o industrias.
En los casos en que dichas empresas hubieren entregado el aporte directamente a la Corporación de la Vivienda, esta institución deberá realizar las inversiones en las provincias a que se ha hecho referencia en el inciso anterior.
Artículo 106.- Derógase el artículo 21 del Decreto 1.100, del Ministerio de Obras Públicas, de 3 de junio de 1960.
Articulo 107.- Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Corporación de la Vivienda pra expropiar, aplicando las normas de los textos originales de la ley N'? 3.313 o de la ley N° 5.604, el paño de terreno constituido por 30 chacras con una cabida total de 69.075 metros cuadrados y 43 centímetros cuadrados, que forman las manzanas Nºs. 7, 9, 10, 11, 13, 14, 15 y 16 del Barrio Carlos Bories de Punta Arenas, denominado también "Zanjón Río de la Mano", según plano especial protocolizado en la Notaría de don Orlando Godoy Reyes, de Punta Arenas, con el Nº 12, el 24 de marzo de 1936.
Para los efectos de la aplicación de la ley N° 3.313 el avalúo practicado por la Comisión de Hombres Buenos a que se refiere el inciso tercero del artículo único de la citada ley será entregado a la Corporación de la Vivienda.
Una vez practicada la expropiación, autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir el dominio a los actuales ocupantes de los terrenos a que se refiere este artículo.
Artículo 108.- Declárase que las operaciones afectas a las leyes Nºs. 5.579, 6.754, 8.422, 8.674, 9.001, 10.241, 10.254 y 11.464, no estarán sometidas a la reajustabilidad establecida por el artículo 84 del DFL. N° 2, en su texto defintivo, fijado por el Decreto Supremo Nº 1.101, del Ministerio de Obras Públicas, de 18 de julio de 1960.
Artículo 109.- La Municipalidad de Santiago podrá acordar la remodelación de los distintos sectores urbanos de la comuna; conforme a su plano regulador, sometiendo las respectivas áreas a planos especiales sobre construcción, ornato y equipamiento.
Corresponderá al Presidente de la República aprobar mediante decreto supremo los planos especiales de remodelación a que se refiere el inciso anterior.
Artículo 110.- La asignación de E° 0,25 diarios por desgaste de herramientas a que se refiere el artículo 75 de la ley Nº 16.250, del 21 de abril de 1965, tendrá carácter de permanente y se reajustará anualmente en el porcentaje de aumento que experimente el índice de sueldos y salarios, según lo determine la Dirección General de Estadística y Censos.
El Banco del Estado establecerá una línea especial de crédito, en dinero o en especies, por medio de un servicio que se denominará "Fondo de renovación de herramientas para los obreros de la construcción", en el que deberán depositarse obligatoriamente las sumas que corresponda pagar a cada obrero por concepto de la asignación de desgaste a que se refiere el inciso primero del presente artículo.
Las entidades y personas del sector público o privado que deban pagar según la ley, la asignación de desgaste de herramientas a que se refiere el presente artículo, deberán depositar en una oficina del Banco del Estado o en el Servicio de Seguro Social, según lo determine el reglamento, la suma que correspondiere devengar a cada obrero por este concepto, obligación que deberá ser cumplida en la misma fecha que se realice el pago de salarios respectivos o, a lo más, dentro del tercer dia.
El Banco del Estado estará facultado para adquirir herramientas de fabricación nacional, directamente de los fabricantes, para importar herramientas desde el exterior, o para adquirirlas de proveedores en Chile y para fabricar o estimular la fabricación de herramientas a través de sistemas de asociaciones cooperativas.
Las sumas depositadas en el "Fondo de renovación de Herramientas" quedarán registradas en una cuenta de ahorro personal que abrirá el Banco a favor de cada obrero y se reajustarán en un porcentaje equivalente al índice de sueldos y salarios, calculado por la Dirección de Estadística y Censos, cumpliéndose los requisitos y condiciones que determinen los reglamentos.
El Presidente de la República establecerá por reglamento la forma que deberá operar el Fondo que crea en el presente artículo y especialmente todo lo que diga relación con líneas de crédito, prioridades para la obtención de los préstamos, plazos de reintegros, tasas de interés y amortización y garantías. Igualmente, se especificará en el reglamento las características de las herramientas que quedarán comprendidas en las disposiciones de la presenta ley.
Todos los actos y contratos que deban ejecutarse o celebrarse por el Banco del Estado, o entre el Banco del Estado y sus proveedores o sus depositantes, pagarán el 50% de los impuestos, derechos o tasas que correspondan aplicar. Esta exención parcial se aplicará también, en su caso, a los derechos de internación establecidos en el arancel aduanero, a los impuestos que se aplican sobre el valor de las mercaderías según el decreto Nº 2772-43 y sus modificaciones posteriores, a las tasas de carácter aduanero y, en general, a todo gravamen que deba aplicarse en la importación de las herramientas que especifiquen el reglamento de la presente ley.
TITULO VIII
Disposiciones Transitorias
Artículo 1°.- Con el objeto de sufragar los gastos que demande la creación del Ministerio, autorízase al Presidente de la República para efectuar traspasos desde los ítem de las partidas y capítulos consultados en la Ley de Presupuestos para el año 1965, correspondientes a los servicios, reparticiones, organismos e instituciones que pasen a forma parte del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, a las nuevas partidas y capítulos que se creen en virtud de las disposiciones a que dé lugar la aplicación de la presente ley.
En el caso de aquellos ítem de las partidas y capítulos de los servicios, reparticiones, organismos e instituciones que pasen sólo en parte al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el Presidente de la República hará los traspasos proporcionales que correspondan.
Las disposiciones que se dicten en virtud de la presente ley, en todo aquello que tenga relación con ingresos y gastos, se incorporarán a la Ley de Presupuesto Fiscal de Entradas y Gastos de la Nación para el año 1965, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del DFL. N° 47, de 1959.
Articulo 2°.- El Presidente de la República determinará las partidas de los Presupuestos del Ministerio de Obras Públicas, de la Corporación de la Vivienda y de la Fundación de Viviendas y Asistencia Social que se considerarán en lo sucesivo como formando parte del Presupuesto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales y Corporación de Mejoramiento Urbano.
Artículo 3°.- Mientras se procede a la organización del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, y de sus servicios e instituciones, relacionadas con el Gobierno a través de él, podrán ser aplicables las disposiciones de los artículos 50, 51 y 52 a la Corporación de la Vivienda y a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social.
Artículo 4°.- El Presidente de la República determinará el personal del Ministerio de Obras Públicas y sus servicios dependientes que pasarán a formar parte del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y sus servicios dependientes.
Los funcionarios que se traspasen a dicho Ministerio provenientes del de Obras Públicas o de otras reparticiones, no sufrirán desmedro alguno en sus remuneraciones. Respecto de los funcionarios provenientes del Ministerio de Obras Públicas, continuará regiéndoles el DFL. 338, de 1960, en lo que no sea contrario a esta ley y aplicándoseles, en igual forma, los derechos y beneficios contemplados por la ley Nº 15.840, de 1964, especialmente sus artículos 59 letra g), inciso final y decretos reglamentarios; 33 incisos primero a cuarto: 40, inciso final; 41; 45 y 69.
Estos Decretos serán firmados por el Ministro de la Vivienda y Urbanismo y el Ministro de Obras Públicas, por orden del Presidente de la República.
Artículo 5°.- El Presidente de la República determinará la distribución del personal de la Corporación de la Vivienda, Fundación de Viviendas y Asistencia Social que pase al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Corporación de Servicios Habitacionales y Corporación de Mejoramiento Urbano.
Artículo 6°.- Se autoriza al Presidente de la República para efectuar los nombramientos de los cargos directivos del Ministerio, sus Servicios e instituciones relacionadas con el Gobierno a través de él, sin que sea necesario previamente haber establecido su planta inicial.
Se entenderán como cargos Directivos, el Subsecretario, los Directores Generales, Secretario General Técnico, Directores, Je fes de Departamentos y Subdepartamentos y los Jefes Zonales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
En las Instituciones relacionadas con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo se entenderán como Directivos los miembros de las Juntas, los Fiscales, los Jefes de Departamentos y Subdepartamentos y los Jefes Zonales.
El Presidente de la República fijará para este efecto las remuneraciones del personal directivo que designe, ajustándolas a las rentas asignadas a los cargos del mismo grado en la Dirección de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas o de la Corporación de la Vivienda, en su caso.
Artículo 7°.- Se autoriza al Presidente de la República para determinar por Decretos Supremos aquellos bienes corporales, muebles e inmuebles, e incorporales, reales o personales, que son de dominio del Fisco y actualmente en uso del Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Obras Públicas y Servicios dependientes ; de dominio de la Corporación de la Vivienda y de dominio de la Fundación de Viviendas, que pasarán a formar el patrimonio de la Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales. Corporación de Mejoramiento Urbano y del Fisco para ser usados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y por sus Servicios dependientes.
Estos Decretos serán firmados por el Ministro de la Vivienda y Urbanismo y el Ministro de Obras Públicas, por orden del Presidente de la República.
Los Conservadores de Bienes Raíces y de Vehículos Motorizados, a requerimiento del Subsecretario del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, procederán a hacer las inscripciones y anotaciones que correspondan para el perfeccionamiento de la transferencia de los inmuebles y vehículos a que se refiere el artículo anterior.
Igualmente, se determinará por Decretos Supremos firmados por el Subsecretario de la Vivienda y Urbanismo por orden del Presidente de la República, de cargo de quién serán las obligaciones que actualmente graven a la Corporación de la Vivienda, a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social y a la Dirección de Obras Públicas.
Artículo 8°.- Los Consejos Directivos la Corporación de la Vivienda y la Fundación de Viviendas y Asistencia Social subsistirán en sus funciones hasta la designación de las Juntas Directivas de la Corporación de la Vivienda y de la Corporación de Servicios Habitacionales.
Artículo 9°.- Mientras no entren en vigencia y en aplicación los reglamentos sobre reajustabilidad y bonificaciones de las deudas y sus dividendos a que se refiere la presente ley, no se aplicará ningún reajuste para el período anual 1965-1966.
Artículo 10.- Traspásase la suma de Eº 600.000 del ítem 08/02/101 para la ejecución del Convenio del Programa de Asistencia Técnica de Chile - California, del Presupuesto de Capital de la Dirección de Presupuestos, a los ítem que se indican del Presupuesto Corriente del Congreso Nacional :
SENADO
02/01/11
Adquisiciones de bienes durables...........E° 150.000
02/01/14
Difusión y publicaciones......................150.000
Eº 300.000
CAMARA DE DIPUTADOS
02/02/08 .
Gastos del persosonal y fletes.......................................E° 50.000
Atención delegaciones extranjeras y conferencias internacionales....... 50.000
02/02/09
Gastos generales.......................................................100.000
02/02/10
Artículos alimenticios................................................. 30.000
02/02/14
Difusión y publicaciones............................................... 70.000
02/02/23
Varios .................................................................35.000
669) Imprevistos........................................................35.000
02/02/32
Aporte a Organismos Internacionales.....................................15.000
Eº 300.000
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio 32 de fecha 16 de junio de 1965.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.-
(Fdo.) Tomás Reyes Vicuña.- Federico Walker Lete- lier.
2.-OFICIO DEL SENADO
"N'-' 9520.- Santiago, 28 de septiembre de 1965.
En sesión de fecha 14 del actual, el H-. Senador señor Armando Jaramillo se refirió al proyecto de ley que pende de la consideración de esa H. Cámara, sobre jubilación de los obreros a los sesenta años de edad, y pidió al Senado que, en nombre de Su Señoría, se dirigiera oficio a S. E. el Presidente de la H. Cámara de Diputados, transcribiéndole el texto de su intervención.
Adhirieron a esta petición los Honorables Senadores señores Jonás Gómez, en nombre de los Senadores radicales; Salvador Allende y la H. Senadora señora Julieta Campusano.
Envío a V. E. este oficio en nombre de los expresados señores Senadores y acompaño el Diario de Sesiones correspondiente.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Reyes Vicuña.- Pelac/io Figueroa Toro".
3.-OFICIOS DEL SENADO
Oficios del Senado con los que solicita el asentimiento de esta Cámara para enviar al archivo, por haber perdido su oportunidad, los proyectos de ley que benefician a las siguientes personas:
Alba Macuada, Guillermo Alfredo; Al- monacid González, José; Andrade Coloma, Abdón; Balladares Espinoza, Rogelio; Barrios viuda de Rivera, Rebeca; Cabrera de Muñoz, Raquel e hijas; Cortés Urzúa, Gertrudis; Cuevas Vera, Zoila; Díaz Iturrie- ta. José; Farías viuda de Jorquera, Olga Elena; Fernández Cerda, Rodolfo; Flores Alvarez, Roberto; Flores Flores, Erasmo; Garrido viuda de Muñoz, Flora; Hoyl viuda de Letelier, Blanca; Leyton Araneda, Oscar; Matamala Matus, Lisandro; Matu- rana Silva, Telecila; Mayeur Thomas, Elena; Mora viuda de Becham, Raquel; Ne- grete Oyarce, Beatriz; Núñez Muñoz, Antonio; Olivares Arancibia, Jorge; Pacheco Alegría, Manuel Jesús; Paredes Paredes, Víctor; Pérez viuda de Moder, Aída; Ramírez Ramírez, Francisco; Rementería Ibarra, Luis; Rivera Quintana, Juan; Rodríguez Ríos, Bernardo; Rutherford Thomson, Guillermo; Sepúlveda Correa, Alberto; Sommer Rettig, Arnoldo; Soto viuda de Godoy, Berta e hijos; Suci Mansilla, Raúl Romeo; Truffa viuda de Quina, Carmen e hijos; Umaña Mella, Luis; Urrejo- la Mathieu, Josefina, y Vivanco viuda de Bustos, Elisa.
4.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"N'? 3168.- Santiago, 4 de noviembre de 1965.
Por oficio N"? 2025, de 8 de septiembre último, V. E., a petición del H. Diputado señor Raúl Morales Adriasola, tuvo a bien solicitar a esta Secretaría de Estado se adoptaran las medidas necesarias tendien tes a obtener el envío de un transreceptor de 50 a 100 watts a la localidad de Aya- cara, provincia de Chiloé, para completar la instalación de una Radio-Estación.
Sobre el particular, cúmpleme remitir, para su conocimiento y el del H. Parlamentario mencionado, copia del oficio N"? 464/668, de 27 de octubre en curso, por el que la Dirección General de Correos y Telégrafos informa sobre el particular.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán".
5.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"Nº 3169.- Santiago, 4 de noviembre de 1965.
Por oficio N ? 1998, de 7 de septiembre último, V. E., a petición del H. Diputado señor Oscar Naranjo A., tuvo a bien solicitar a esta Secretaría de Estado se adoptaran las medidas necesarias tendientes a obtener la instalación de una Oficina de Correos y Telégrafos en la localidad de Lipimávida, del departamento de Mata- quito, provincia de Curicó.
Sobre el particular, cúmpleme remitirle para su conocimiento y el del H. Parlamentario mencionado, copia del oficio N° 658, de 22 de octubre en curso, por el que la Dirección General de Correos y Telégrafos informa sobre el particular.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Gnzmán".
6.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"Nº 3166.- Santiago, 4 de noviembre de 1965.
Por oficio 148, de 7 de junio del año en curso, V. E. tuvo a bien hacer presente a este Ministerio, a petición del H. Diputado señor Hernán Olave Verdugo, diversas necesidades que afectaban a la ciudad de Valdivia.
Sobre el particular, tengo el agrado de remitir, para su conocimiento y el del H.
Parlamentario micncionado, el oficio N° 2326, de 29 de octubre último, por el cual el Ministerio de Salud Pública informa a este Departamento de Estado sobre entrega del Hospital de Valdivia.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán."
7.-OFICIOS DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR
"N"? 3182.- Santiago, 5 de noviembre de 1965.
Por oficio N"? 978, de 26 de julio último, V. E., a petición de los HH. Diputados señores Américo Acuña R., Eduardo Koenig e., Alberto Daiber E., Julio Montt M. y señorita Margarita Paluz Rivas, tuvo a bien solicitar a esta Secretaría de Estado se adoptaran las medidas necesarias tendientes a obtener un pronunciamiento definitivo de la Dirección General de Servicios Eléctricos, acerca del sistema de tarifas establecido por la Compañía Nacional de Teléfonos de Valdivia.
Sobre el particular me es grato remitir, para su conocimiento y el de los HH. Parlamentarios mencionados, el oficio Nº" 4845, de 17 de septiembre del año en curso, de la Dirección de Servicios Eléctricos.
Al respecto, puedo manifestar asimismo a V. E. que no habrá un nuevo reajuste de tarifas, ya que dicha Compañía se desistió de solicitarlas.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Bernardo Leighton Guzinán".
8.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 1618.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
En respuesta a su oficio del rubro, en virtud del cual el H. Diputadodon Jorge Aravena Carrasco solicitó se dirigiera oficio a esta Secretaría de Estado, en relación con el problema que afecta a los pequeños industriales y agricultores que han contraído obligaciones en monedas extran jeras, me es grato transcribir a V. E. la carta de fecha 16 de septiembre último, del Banco Central, cuyo tenor es el siguiente :
"El artículo 1° de la ley 14.949 dispone que toda persona natural o jurídica que comprobara, a satisfacción del Comité Ejecutivo del Banco Central, integrado además, para estos efectos, por el Superintendente de Bancos y por el Director General de Impuestos Internos, que tenía deudas en moneda extranjera, contraídas antes del 28 de diciembre de 1961, podría adquirir, a medida que esas obligaciones fueran exigibles, a la paridad del cambio libre bancario que rigiera a la fecha de su adquisición, las divisas necesarias para pagar sus compromisos. Los interesados tuvieron un plazo de 60 días para presentar las solicitudes respectivas.
Además, en conformidad a lo establecido en el artículo 2"? de la misma ley, el Presidente de la República emitió pagarés a la orden, en dólares, con un interés anual de 57º, amortizables en un plazo no superior a cinco años, contados desde la fecha de su emisión, en cuotas semestrales iguales. Estos pagarés debían adquirirse sólo por las personas que tuviesen opción a comprar divisas hasta concurrencia del monto necesario para solucionar las obligaciones y en sustitución parcial o total del derecho que les confería el artículo 1° de la ley y su pago debía hacerse por esas personas al contado, por su equivalencia en moneda corriente, al tipo de cambio libre bancario vigente, al momento de hacer el depósito correspondiente.
El Comité Ejecutivo, ampliado en la forma señalada consideró la totalidad de las presentaciones hechas y autorizó a las personas que cumplían las exigencias legales, la adquisición de pagarés para extinguir sus obligaciones. En determinados casos y de acuerdo con sus facultades, permitió el pago de deudas con la recompra del retorno de exportaciones de los peticionarios o de comisiones percibidas en el exterior.
El servicio de los pagarés es efectuado regularmente por la Caja Autónoma de Amortización.
El Banco Central, en consecuencia, ha dado término al mandato de la ley 14.949.
Los peticionarios, cuyas solicitudes fueron rechazadas por no haberse dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la ley han podido, previas determinadas comprobaciones, pagar sus deudas en el exterior a través del mercado de corredores.
Por otra parte, los deudores en moneda extranjera de instituciones bancarias establecidas en el país han tenido el derecho, de acuerdo con lo prescrito en la misma ley, a pagarlas mediante la suscripción, en moneda corriente, a la cotización del cambio libre bancario, de pagarés dólares a un plazo de amortización de dos años y medio y al B'/f del interés anual.
Es así como aquellos que tenían deudas en moneda extranjera contraídas antes del 28 de diciembre de 1961 han podido cancelarlas por su equivalente en moneda corriente, cumpliendo, como es natural, con los requisitos a que se refiere la ley N° 14.949.
Ahora bien, para considerar las observaciones del H. Diputado señor Aravena en sus diversos alcances, debe tenerse presente lo prescrito en el artículo 5º de la Ley Nº 14.949.
En efecto, esta disposición establece que las obligaciones contraídas o que se contraigan por personas domiciliadas en Chile, pagaderas en el país y que derivan de contratos de mutuo, de compraventa o permuta de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; de arrendamiento de bienes raíces y de prestación de servicios, pactadas en moneda extranjera, serán pagadas por su equivalente en moneda corriente al tipo de cambio libre bancario que rija a la fecha del pago. Sin embargo, no se aplicará lo dispuesto anteriormente a los contratos de aiºrendamiento de inmuebles destinados a la habitación o locales comerciales, cuando el arrendatario tenga in gresos en moneda extranj era; a los contratos de trabajo, seguro y transporte hacia o desde el exterior; ni en general a las obligaciones en el exterior."
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Domingo Santa María Sarita Cruz".
9.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 1616.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Me refiero a su oficio N" 2091, de 13 de noviembre del presente año, en virtud de! cual el H. Diputado señor Eduardo Clavel Amión, solicitó se dirigiera oficio en su nombre, a objeto de que se adopten las medidas tendientes a obtener una solución al problema de abastecimiento de alimentos, especialmente de carne, de la provincia de Antofagasta.
Sobre el particular, me es grato transcribir a V. E. el oficio 15380, de la Empresa de Comercio Agrícola, cuyo tenor es el siguiente:
"Al respecto, me permito comunicar a Ud. que la Empresa de Comercio Agrícola se ha preocupado especialmente del problema de abastecimiento en esta provincia a través de su Agencia Zonal en Antofagasta y de sus Sub-Agencias de Calama, San Pedro de Atacama, Taltal y Tocopilla.
En todas estas Agencias expendemos al público los artículos de consumo de primera necesidad, como asimismo se abastece con camiones nuestros las poblaciones marginales de Antofagasta, Calama, Taltal y Tocopilla, haciendo viajes periódicos a ios lugares interiores de la provincia, como Peine, Socaire, Chiu-Chiu, María Elena, Pedro de Valdivia, etc.
También se han firmado acuerdos con las Centrales de Compra y Cámaras de Comercio Minorista por los cuales se entregan estos artículos a los comerciantes afiliados a esas entidades permitiendo así una más amplia distribución de los abastecimientos de que se dispone.
La comparación de las ventas que han tenido por este sistema nuestra Agencia en la provincia de Antofagasta fue de Eº 1.345.709 en todo el año 1964 y en el primer semestre de 1965 a E"? 1.684.565,27, demuestran el incremento de nuestras actividades.
En cuanto a la escasez de carne podemos informarle que este hecho se produjo a causa de los temporales del mes de agosto que cerraron la vía trasandina de So- compa, impidiendo momentáneamente el normal abastecimiento de todo el norte del país. Este problema coincidió con fenómenos similares en la vía Mendoza - Los Andes, lo que obligó a esta Empresa a utilizar todo el flete aéreo que disponía el país en el transporte de carne de Mendoza a Santiago.
Para abastecer al norte, sólo dispusimos de aviones de la Fuerza Aérea de Chile con una capacidad muy limitada de carga, máximo 2,5 toneladas por vuelo y con muy pocos vuelos a la semana.
Por tratarse de carne enfriada producto altamente perecible sólo pudimos utilizar camiones frigoríficos y no simples camiones termos, los que despachamos a Antofagasta aprovechando las instalaciones frigoríficas que tenemos en dicha ciudad.
Al abrirse la vía Socompa se ha solucionado este problema ya que está llegando ganado en pie a Antofagasta en forma normal".
Dios guarde a US. (Fdo.) : Domingo Santa María Santa C7'uz".
10.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"Nº 1617.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Me refiero a su oficio N° 983, de 21 de julio del presente año, en virtud del cual el H. Diputadodon Miguel Jarpa Vallejos, solicitó se dirigiera oficio en su nombre a fin de que se adoptaran las medidas tendientes a obtener que la Industria Azucarera Nacional S. A. acelere los trabajos destinados a instalar una Planta Elabora- dora de Azúcar de Remolacha en la localidad de Cocharcas, departamento de Chi- llán, y estudie la posibilidad de construir una población para empleados y obreros de esa institución, en la ciudad de Chi- llán.
Sobre el particular, me es grato transcribir a US. la parte pertinente del oficio 3912, de 13 de agosto del presente año, de lANSA, cuyo tenor es el siguiente:
"Al respecto me es grato informar a Ud. que ya ha sido resuelta la propuesta de abastecimiento de maquinaria y equipos para dicha planta, recibiendo de parte de la Corporación de Fomento de la Producción la autorización correspondiente. Se han adquirido los terrenos en Cocharcas donde quedará instalada la planta y se tiene avanzados convenios con la Dirección General de Vialidad, Ferrocarriles del Estado y ENDESA para construcción de los caminos de acceso, desvío ferroviario y conexión de energía eléctrica, respectivamente. Próximamente se iniciarán los primeros trabajos en terreno.
Respecto a la construcción de poblaciones de empleados y obreros se han pedido, con colaboración del señor Intendente de la Provincia y del señor Alcalde de Chi- llán, propuestas para la compra de terrenos, permitiéndonos informar que ésta no ha tenido las facilidades que se esperaban y por el contrario, en algunos casos, se están pidiendo precios desorbitados por los propietarios.
Asimismo, nos es grato informar a Ud. que el programa de const.ruccioneí: Je Ui planta lANSA-Ñuble se está desa'Tollan- do dentro de lo previsto.
Dios guarde a US. (Fdo.): Domivf/o Santa María Safita Cruz.
11.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
"N° 1615.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Por oficio Nº 79, de 1º de junio x).iaado, Ud. ha tenido a bien transcribir una petición formulada por el H. Diputadodon Luis Valente Rossi, en el sentido de que la Dirección de Industria y Comercio autorice el funcionamiento de otra panadería en la localidad de Pica, departamento de Iquique, provincia de Tarapacá, en virtud de que la que existe no alcanza a satisfacer las necesidades de sus habitantes.
Al respecto, cúmpleme poner en conocimiento de US. que, consultada la Dirección señalada, se ha podido establecer que no hay ninguna petición pendiente para establecer una panadería en la localidad indicada y que en el caso de que se presentare, este Ministerio hará los estudios one correspondan.
Dios guarde a US. (Fdo.) : Dommnºi Santa María Santa Cruz".
12.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA
"Nº 1413.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Ha recibido este Ministerio su oficio 2459, por el que, a solicitud del H. Diputadodon Fernando Ochagavía Valdés se pide se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que se designe Tesorero Comunal de Puqueldón, Chiloé.
Al respecto, de acuerdo con lo informado por la Tesorería General de la República, puedo manifestar a V. E. que por Resolución de Tesorerías 188, de 20 de septiembre del año en curso, actualmente en trámite, fue nombrado Tesorero Comunal de esa localidad el funcionario don Francisco Gómez Barría.
Por otra parte, debo hacer presente a V. E. que por Resolución Interna de dicho Servicio N" 218, de 26 de julio ppdo., se ordenó al Tesorero Comunal de Chon- chi, señor Agustín Macías V., atender la Oficina de Puqueldón una vez a la semana, entretanto asumía el titular.
Es cuanto puedo comunicar a V. E. sobre el particular.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Sergio Molina Silva".
13.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA
"N'-' 1414.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio N"? 2585, de 25 de octubre del año en curso, en el que el H. Diputadodon Fernando Rosselot Jaramillo, solicita se tomen las medidas conducentes con el fin de obtener que el Banco del Estado de Chile establezca una Oficina en la localidad de Los Sauces de la Provincia de Ma- lleco.
Sobre el particular, debo manifestar a V. E. que, por oficio N"? 654, de 8 de junio del presente año, este Ministerio dio respuesta a una petición en el mismo sentido.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Sergio Molina Silva".
14.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 3132.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable DiputadoD. Américo Acuña Rosas, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a solucionar diversos problemas educacionales de la provincia de Osorno:
Al respecto, tengo el agrado de informar a US. lo siguiente:
] ?-Se han pedido informaciones al señor Director Provincial de Educación de Osorno, para concretar la medida de crear una Escuela Quinta con Internado en el recinto de la Estación Ferroviaria de la localidad de Entre Lagos, para lo cual ya se cuenta con una extensión de 7 hecáreas de terreno.
29-Se hace presente que en el Departamento de Osorno, en la localidad de Pu- yehue, se creó la Escuela Granja Renovada Nº 82, por Decreto Nº 14200 de 20 de agosto último.
3"?-La ampliación del local de la Escuela N'? 7, ubicada en Corte Alto y la construcción de un local para la Escuela de Colegual, ambas del departamento de Río Negro, serán sometidas a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, con el objeto de ver la posibilidad de llevarlas a efecto, en la medida que los recursos económicos lo permitan.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Jiiayi Góviez Millas".
15.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 2977.- Santiago, 28 de octubre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable DiputadoD. Eduardo Clavel Amión, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesari;º tendientes a obtener la construcción de un local para el funcionamiento de la Escuela N"? 2 de Antofagasta.
Al respecto, tengo el agrado de manifestar a Ud. que esta petición será sometida a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, con el objeto de ver la posibilidad de acceder a ella en la medida que los recursos económicos lo permitan.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) ; Juan Gómez Millas".
16.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"N° 3142.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del H. DiputadoD. Carlos Garcés Fernández, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a obtener las medidas necesarias tendientes a resolver diversos problemas educacionales de las provincias de Curicó y Talca.
Al respecto, tengo el agrado de informar a US. lo siguiente:
1°-Se llamará a concurso para proveer el cargo de directora de la Escuela N'-' 8 de Mataquito, ubicada en Hualañé, inmediatamente que se tramite el decreto de traslado de D. Elena Hernández Rey que servía este cargo.
2"?-Se pidió al señor Director Provincial de Educación de Curicó, la revisión de la planta del personal de la Escuela 8 en referencia, para establecer si se justifican las 3 nuevas plazas de profesores que se solicitan.
3°-En este Ministerio no se han recibido antecedentes sobre la conducta funcionaría del subdirector de la Escuela N ? 8 de Mataquito, D. Héctor Oyarzún Leiva.
4"?-Referente a construcción y ampliación de locares para escuelas de la provincia de Curicó, éstas serán sometidas a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, con el objeto de ver la posibilidad de atenderlas en la medida que los recursos económicos lo permitan.
59-El profesor de la Escuela de ||AMPERSAND||quot;La Huerta", departamento de Mataquito, D. Jorge Basoalto, debe enviar una solicitud por conducto regular, pidiendo cambio de horario.
69-No hay interesados normalistas ni licenciados en humanidades, por ocupar la vacante existente en la Escuela N"? 27 de Mataquito, ubicada en Hualañé. Se ofrecerá este cargo a los licenciados del presente año.
La Escuela no funciona actualmente, debido a que su DirectorD. Miguel Pavez González, se encuentra con licencia médica, hasta fines del presente mes.
79-El Supremo Gobierno fijó el Calendario Escolar, pero, dada la importancia de la celebración del centenario de la fundación de la localidad de Licahtén, este Ministerio estima que procede una participación especial de las escuelas en los actos conmemorativos aludidos.
8º"-Los recursos para el Desayuno y Almuerzo en las escuelas del departamento de Mataquito, son proporcionados por la Junta de Auxilio Escolar y Becas.
9°-Próximamente se hará una visita de inspección al Liceo de Niñas de Talca, a fin de verificar los hechos denunciados respecto a la conducta funcionaría de la Inspectora General del Internado del establecimiento, doña Hilda Villarroel.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
17.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"N ? 3128.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable DiputadoD. Carlos Garcés Fernández, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a solucionar algunos problemas de establecimientos educacionales de Lontué.
Al respecto, tengo el agrado de informar a US. lo siguiente:
1°-La ampliación de los locales de la Escuela Coeducacional y del Liceo de Lontué, será sometida a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, con el objeto de ver la posibilidad de llevarla a efecto, en las medidas que los recursos económicos lo permitan.
2 ?-Sobre el aumento de dotación de profesores de la Escuela Nº 14 del mismo departamento, tengo que manifestar a US. que por el momento, no es necesario dicho aumento, por cuanto el establecimiento cuenta con el número de profesores suficientes para atender la población escolar de la localidad.
3 ?-La construcción de un Grupo Escolar y de un local para la Escuela Nº 28, ubicada en Isla de Lontué, también será sometida a estudio por la Comisión antes mencionada.
Saluda atentamente a US'. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
18.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 3131.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable DiputadoD. JorgeIbáñez Vergara, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener la ampliación del edificio destinado al funcionamiento de la Escuela Mixta N"? 14, ubicada en la Población Arrau Méndez de la ciudad de Parral.
Al respecto, tengo el agrado de manifestar a US. que esta petición será sometida a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolaras, con el objeto de ver la posibilidad de atenderla en la medida que los recursos económicos lo permitan.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
19.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"N"? 2979.- Santiago. 28 de octubre de 1965.
El Honorable señor Diputadodon José Monares Góraez solicitó se dirigiera oficio a este Ministerio en orden a que se infor- m,e sobre el nombramiento de doña Eugenia Guillermina Avila Aedo como Inspectora Grado 9 ? del Liceo de Niñas de Ran- cagua.
Sobre la materia, cúmpleme expresar a Ud. que lamentablemente los nombramientos de personal administrativo sólo pueden regir desde la fecha en que se comunique a los interesados la total tramitación del decreto o resolución que acuerde tal medida, o desde la fecha de dictación del respectivo decreto, siempre que en estos se disponga expresamente que el interesado debe asumir de inmediato el empleo por razones impostergables de buen servicio, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 139 del D.F.L. 338, de 1960.
Al respecto, se impartieron instrucciones precisas a los Directores de Servicios, a fin de evitar que los Jefes de establecimientos pongan en funciones al personal que proponen, antes de conocer la resolución de la Superioridad, y evitar los inconvenientes y perjuicios que afectan a los interesados.
En consecuencia, no es posible rectificar el Decreto Nº 7456, de 14 de junio de 1965, que nombra a doña Eugenia G. Avila Aedo, por cuanto contraviene las disposiciones contenidas en el citado Art. 139 del D.F.L. 338, de 1960.
Saluda atentamente a Ud. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
20.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"N'? 3130.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable DiputadoD. Raúl Morales Adriasola, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a solucionar problemas educacionales de la localidad de Mechuque, de la provincia de Chiloé.
Al respecto, tengo el agrado de informar a US. lo siguiente:
1'º'-La ampliación de la Escuela N'-' 34 de la localidad de Mechuque fue solicitada a la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, para que una vez que se realice esta ampliación se procederá a crear una Escuela Hogar, tal como se solicita.
2'º-La Dirección de Educación Profesional está preparando un informe nacional sobre redistribución y creación de es pecialidades de las Escuelas Industriales el cual servirá de base al Gobierno para la creación de Escuelas Industriales en el país. En base a este informe se determinará si es posible crear una Escuela de Pesca en la localidad de Mechuque.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
21.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 3127.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable DiputadoD. Eduardo Osorio Pardo, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a resolver problemas educacionales de la Comuna de Pe- torca.
Al respecto, tengo el agrado de informar a US. lo siguiente:
1.- Por telegramas Nºs. 681 y 682 de 24 de septiembre ppdo., se instruyó al Director Provincial de Educación respectivo, para que formulara indicaciones de personal para las Escuelas N'ºº's. 30, 31 y 40 del Departamento de Petorca, con autorización para que dicho persona! asuma de inmediato sus funciones.
2.- El desayuno escolar lo otorga la Junta de Auxilio Escolar y Becas, de la localidad correspondiente.
Saluda atentamente a Ud. (Fdo.) : Juan Gómez Millas."
22.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 3145.- Santiago, 4 de noviembre de 1965.
En respuesta a oficio 1529 de fecha 17 de agosto del año en curso, relacionado con peticiones de construcciones escolares, formuladas por el H. Diputado señor Luis Papic Ramos, me es grato manifestar a Ud. lo siguiente:
El reemplazo de las Escuelas Nº 10 y 11 de la localidad de San José de la Mari- quina ubicada en la provincia de Valdivia, será estudiado por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares a fin de incluir su programación en planes futuros.
Sin otro particular saluda atte. a Ud. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
23.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 3143.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable Diputadodon Enrique Zorrilla Concha, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas tendientes a obtener la creación de una Escuela en la localidad de Cuyu- millaco, del departamento de Parral.
Al respecto, tengo el agrado de manifestar a US. lo siguiente;
Este Ministerio está de acuerdo con el H. Diputado señor Zorrilla, en el sentido de que es necesario crear una escuela primaria en la localidad de Cuyumillaco, ya que existe una población de 50 niños en edad escolar.
El vecino de este pueblo, D. Manuel Manderos Aravena, ofreció una cuadra de terreno para construir en él, un local para que funcione la escuela, pero esta donación aún no se ha formulado. En consecuencia, una vez que estos terrenos pasen a este Ministerio, podrá crearse la escuela que se solicita.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
24.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Nº 3129.- Santiago, 2 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable Diputadodon Enrique Zorrilla Concha, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a solucionar diversos problemas educacionales del departamento de Parral.
Al respecto, me permito manifestar a Ud. que estas peticiones serán sometidas a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, con el objeto de ver la posibilidad de atenderlas en la medida que los recursos económicos lo permitan.
En lo que se refiere a las creaciones de RTados vocacionales y plazas de porteros, se harán siempre que las disponibilidades presupuestarias del próximo año así lo dispongan.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Jvmi Gómez Millas".
25.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"N"? 3133.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Esa Honorable Corporación ha solicitado por oficio de la referencia y a petición del Honorable Diputadodon Enrique Zorrilla Concha, se oficie a esta Secretaría de Estado en orden a que se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener la construcción y reparaciones en diversas escuelas de la provincia de Linares.
Al respecto, cúmpleme manifestar a US. que estas peticiones serán sometidas a estudio por la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares, con el objeto de ver la posibilidad de atenderlas en la medida que los recursos económicos lo permitan.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
26.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"Ni 2978.- Santiago, 28 de octubre de 1965.
El Honorable Diputadodon Enrique Zorrilla Concha, solicitó se dirigiera oficio a este Ministerio en orden a obtener la pronta ampliación de la construcción de la Escuela de Piguchén en el Departamento de Parral.
Al respecto, cúmpleme expresar a US. que dicha Escuela ha sido ampliada en 4 aulas, casa de profesor y cocina.
Es cuanto puedo informar a US. sobre lo solicitado por el Honorable señor DiputadoZorrilla.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas."
27.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA
"N" 2976.- Santiago, 28 de octubre de 1965.
En respuesta a su oficio, enviado a este Ministerio a petición de los Honorables Diputados señores Clemente Fuentealba Caamaño, Arturo Valdés Phillips y Hernán Olave Verdugo, y la Honorable señora Diputadadoña Carmen Lazo Carrera, solicitaron que se adopten las medidas tendientes a obtener el pago de los sueldos que se adeudarían a los profesores, como, asimismo, que se cursen los decretos de nombramiento de los profesores primarios y secundarios contratados, manifestando a US. que, regularmente se están enviando para su tramitación definitiva por la Contraloría General de la República numerosos decretos que afectan a este personal, ya que al respecto se han impartido las instrucciones dando especia"! énfasis a este trabajo.
Una vez tramitados por el organismo Contralor, los habilitados correspondientes estarán en condiciones de proceder a su pago.
Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Juan Gómez Millas".
28.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
865.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S'. N"? 1.167, de 21 de septiembre de 1965, por medio del cual tiene a bien poner en conocimiento de esta Secretaría de Estado, la aprobación del Proyecto de Acuerdo relacionado con los préstamos para reparaciones de los daños causados por el temporal, en construcciones destinadas a la habitación a que se refiere el punto .S"? del oficio citado.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, la que por oficio N"? 2752, de 21 de septiembre ppdo., ha informado lo que sigue:
"El Honorable Consejo de la Institución ha adoptado ya los acuerdos relacionados con la ayuda y beneficios que, de conformidad al Art. 10 de la Ley N" 16.282 de 28 de julio del presente año, le corresponde a esta Corporación proporcionar, mediante préstamos en dinero o en materiales, a las personas damnificadas por efecto de los temporales".
"Al mismo tiempo, se han impartido instrucciones precisas a los Sub-Departamen- tos; Delegaciones Regionales y Oficinas Locales dependientes de este Organismo, con jurisdicción en las zonas declaradas de emergencia por el Decreto Supremo N° 1409 del Ministerio del Interior, para el estricto cumplimiento de tales acuerdos tan pronto se dicte el decreto respectivo que reglamenta su aplicación".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S. (Edo.) : Modesto Collados Núñez".
29.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
"Nº 868.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. N"? 1.638, de 23 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, se adopten Uus medidas necesarias tendientes a obtener el desarrollo de un plan de construcciones habitacio- nales en la provincia de Bío-Bío.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, la que por oficio N° 21.929, de 7 de octubre en curso, ha informado lo que sigue:
"...que los futuros planes de la Corporación de la Vivienda han acogido gran parte de las solicitudes de viviendas de dichas pí'ovincias".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S. (Edo.) : Modesto Collados Niniez".
30.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
"N º' 862.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. N° 764, de 17 de julio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaria de Estado, en nombre del H. Diputadodon Guido Castilla Hernández, se construya una planta para el tratamiento de las aguas servidas en la comuna de Parral, provincia de Linares.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que en el Plan Quinquenal de Inversiones de la Dirección de Obras Sanitarias para los años 1965-1970 no fue posible consultar fondos para esta obra, ya que, desde el punto de vista sanitario no reviste la gravedad que presenta en otras ciudades del país, a las que debió dárseles preferencia.
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
31.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
"N® 866.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. N"? 1.561, de 18 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaria de Estado, en nombre del H. Diputadodon Eduardo Koenig C., se informe acerca de todos los antecedentes que se relacionan con la instalación de servicio de agua potable en la localidad de Reumén, provincia fle Valdivia.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que en el Plan de Obras del año próximo, se consulta la iniciación de los trabajos de instalación de dicho servicio.
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S. (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
32.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 864.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V, S. N'º 1144, de 3 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar a este Ministerio en nombre del Honorable Diputadodon Fernando Ochagavía Valdés, se adopten las medidas tendientes a obtener que se destinen los recursos necesarios para reparar el puente "Gamboa", ubicado en la ciudad de Castro, de la provincia de Chiloé.
Sobre el particular, puedo informar a V. S. que el 20 de septiembre último se abrieron las propuestas públicas correspondientes para la construcción definitiva de dicho puente. Por tal motivo no se hará ningún trabajo de conservación del puente actual.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) ; Modesto Collados Núñez".
33.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"N'? 863.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. 1,142 de 3 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Luis Papic E., se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que se continúen los trabajos de ampliación de las obras de pavimentación urbana en la ciudad de La Unión.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que en la primera quincena del mes de diciembre próximo, se abrirán las propuestas para la reiniciación de las citadas obras.
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
34.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"N ? 860.- Santiago, 3 noviembre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. N" 591, de 6 de julio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar a esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Jorge Santibáñez Ceardi, se le informe acei'ca de la instalación de servicios de agua potable en las localidades de Nogales, El Melón, Artificio y El Belloto, del Departamento de Quillota.
Sobre el particular puedo informar a V. S. lo siguiente;
Agua Potable de Nogales.
a) Fecha de iniciación: 22 de julio de 1965.
b) Fecha de término: 22 de marzo de 1966.
c) Monto de las obras: Eº 281.172,14 Agua Potable de El Melón.
Gran parte de la población de El Melón está abastecida de agua potable por un servicio perteneciente a Empresas Industrial El Melón S. A.
El Departamento de Estudios de la Dirección de Obras Sanitarias, enviará en breve un Ingeniero para que determine la necesidad de un mejoramiento de ese Servicio.
Agua Potable de Artificio.
a) Fecha de iniciación: agosto de 1966, (aproximadamente).
b) Fecha de término: agosto de 1957 (aproximadamente).
c) Monto de las obras: Eº 250.000.
Agua Potable de El Belloto.
a) Fecha de iniciación: 9 de enero de 1964.
b) Fecha de término : 9 de abril de 1965.
c) Monto de las obras: E"? 408.924,30.
Es cuanto puedo informar a V. S. sobre la materia.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Nvñez".
35.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 861.- Santiago, 3 noviembre de 1965.
Me refiero al ofició de V. S. N" 739º de 14 de julio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Fernando Sotomayor García, se informe acerca de cuáles poblaciones construidas por la Corporación de la Vivienda sufrieron daños con motivo del sismo ocurrido el día 28 de marzo último.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito, ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Corporación, la que por oficio N"? 22.326, de 13 de octubre en curso, ha informado lo que sigue:
" me es grato proporcionar a US.
los antecedentes que se refieren a la nómina de las poblaciones construidas por la Corporación de la Vivienda en las Provincias afectadas por el sismo del 28 de marzo último."
"En los cuadros que se adjuntan, se incluye el total de los datos que son de interés para el Honorable Diputado señor Fernando Sotomayor García".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
36.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
867.- Santiago, 3 de noviembre de
1965.
Me refiero a! oficio de V. S. N" 1.616, de 23 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre de los Honorables Diputados señores Pedro Stark T,, Fernando Buzeta G., Galvarino Meló P., Víctor González M. y la Honorable Diputadadoña Carmen Lazo C., se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que la Corporación de la Vivienda dé preferencia a la reparación y a la construcción de inmuebles, especialmente de poblaciones marginales, en la provincia de Bio-Bío.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia de dicha Corporación, la que por oficio N° 21.920, de 7 de octubre en curso, ha informado lo que sigue.
" que los futuros planes de la
Corporación de la Vivienda han acogido gran parte de las solicitudes de viviendas de dicha provincia".
Asimismo, se hizo extensiva dicha petición a la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, la que por oficio Nº 1.549, de 9 de septiembre ppdo., informó lo siguiente :
"Al respecto, puedo informarle que esta Institución está construyendo 300 viviendas en la ciudad de Los Angeles".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
37.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TIERRAS Y COLONIZACION.
"N'º 6831.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
En respuesta al oficio de US., N"? 250, de 15 de junio del año en curso, puedo informarle que los ocupantes de la Poblaciones "Juan Papic" y "Juan Antonio Mat- ta" de Antofagasta, tienen resuelta, en su gran mayoría sus peticiones de títulos gratuitos, al haberse dictado los correspondientes decretos supremos de concesión.
Existen algunos casos sin resolver en atención a que los propios interesados no han completado la documentación exigida reglamentariamente y a medida que se solucione esta situación se les otorgarán los títulos respectivos.
Es cuanto puedo informar a US. sobre el particular.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Hugo Trivelli F."
38.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N° 2084.- Santiago, 8 de noviembre de 1965.
Por oficio N"? 583 de 6 de julio último V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputadodon Guido Castilla Hernández, que este Ministerio adopte las medidas necesarias tendientes a obtener que se construya una población destinada a los imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas en Linares, para solucionar el grave problema habitacional que afecta a dicha ciudad.
En respuesta, tengo el agrado de manifestarle que en los estudios del Plan Habitacional para el año 1966 que realizará la citada Caja y la Corporación de la Vivienda se verá la posibilidad de construir un grupo de viviendas en la ciudad de Linares.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : William Thayer Arteaga".
39.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 2036.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Por nota Nº 2568, recibida el 27 de octubre último, V. E. se ha servido solicitar, a petición de la Honorable Diputadadoña Gladys Marín Millie, que este Ministerio requiera del Servicio de Seguro Social la designación de Inspectores para que fiscalicen el cumplimiento de las leyes sociales por parte de los propietarios de las Haciendas Las Mercedes y el Rosario de Naltagua; los Fundos Santa Inés, La Arquería y Miraflores, y las Viñas La Pa- tagua. La Patagüita, Las Diucas, Caram- pangue. El Corte, El Pito, Naguayán, San Miguel, Bertero, Santa Ema y La Quinta, ubicadas en la localidad de Isla de Maipo, del departamento de Talagante.
En respuesta, me permito expresarle que con esta misma fecha he solicitado a la Dirección del Servicio en referencia que disponga la fiscalización de los predios agrícolas anteriormente mencionados e informe a esta Secretaría de Estado sobre sus resultados, lo que pondré en su conocimiento oportunamente.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : William Thayer Arteaga".
40.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 2082.- Santiago, 8 de noviembre de 1965.
Por oficio Nº 2322 de 6 de octubre último, V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputadodon Fernando Ochagavía Valdés, que este Ministerio adopte las medidas necesarias tendientes a obtener que la Caja de Previsión de Empleados Particulares extienda a la provincia de Chiloé los beneficios que ha otorgado a imponentes de otras zonas afectadas por los temporales.
En respuesta, lamento tener que expresarle que dicha Institución ha informado a esta Secretaría de Estado que carece de disponibilidad presupuestaria para financiar nuevas operaciones de préstamos para imponentes de otras provincias.
Dios guarde a V. S.
(Edo.) : William Thayer Arteaga".
41.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 2086.- Santiago, 8 de noviembre de 1S65.
Por oficio N"? 14 de 28 de mayo del presente año V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputado don CiprianoPontigo Urrutia, que esta Secretaría de Estado adopte las medidas tendientes a obtener que la firma Anglo Chilena Asphalte, encargada de la construcción del camino que une a las localidades de Puerto Oscuro y de Combarbalá, provincia de Coquimbo, dé cumplimiento a las normas de seguridad industrial para con sus funcionarios.
En dicho oficio V. E. hizo además presente que en el campamento destinado a los obreros no se dispone de casino o comedor; no existen elementos de primeros auxilios; no hay separación entre las habitaciones de los empleados casados y solteros; los operadores de maquinarias abiertas no tienen protección para efectuar sus trabajos; su traslado se realiza en camiones descubiertos; etc.
En respuesta me permito expresar que la Inspección Provincial del Trabajo de La Serena, a quien se encomendó las diligencias del caso, ha informado lo si- guieiite:
"El Inspector viajó a Combarbalá y permaneció allí los días 9, 10 y 11. Informa que se entrevistó separadamente con varios empleados y obreros. Pudo comprobar que no había reclamaciones en contra de la Anglo Chilean Asphalte. Los obreros reciben como salario mínimo E° 5,44 diarios, esto es, lo que se ha fijado como ta- rifado de la construcción. El 10 como era día Viernes, se procedió al pago de los salarios, operación que presenció el Inspector a lo largo del camino, pues la obra es muy extensa. En esta oportunidad revisó planillas y revisó sobres de pago. Este funcionario expresa que las imposiciones al Servicio de Seguro Social y las asignaciones familiares están al día. Revisó los campamentos y los estim.a buenos. Existe separación entre empleados casados y solteros y lo mismo entre obreros casados y solteros. La movilización del personal hacia las faenas y el regreso a sus puntos de partida se efectúa en camiones con baranda. Existe casino de obreros, pero debido a la extensión de la obra, ellos han solicitado que se les permita comer en los puntos donde se está laborando. Comprobó también que existe botiquín."
"Entre las omisiones pudo verificar que falta el Reglamento Interno correspondiente para los 43 obreros y para los 14 empleados. Tampoco se ha dotado de cascos de protección. El Inspector manifiesta que los exigió de inmediato y envió instrucciones escritas para subsanar estos incumplimientos con un plazo de 8 días para cumplirlos".
Debo agregarle además que, con respecto a las obligaciones previsionales, el Servicio de Seguro Social ha informado que Anglo Chilean Asphalte es la firma que mejor cumple en la localidad de Combar- balá con la obligación de cancelar mes a mes las imposiciones y la asignación familiar a sus obreros.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Williani Thayer Arteaga".
42.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
'Nº 2035.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
For oficio N"? 2574 recibido el 28 de octubre último, V. E. se ha servido solicitar, a petición de los Honorables Diu- tados señores Américo Acuña Rosas y Francisco Sepúlveda Gutiérrez que esta Secretaría de Estado adopte las medidas necesarias tendientes a obtener que la Caja de Previsión de Empleados Particulares construya un grupo habitacional destinado a sus imponentes en la comuna de Llan- quihue.
En respuesta, me permito poner en su conocimiento que he requerido a dicha Institución un estudio de la petición formulada, en atención a lo cual tan pronto este Ministerio reciba el informe-correspondiente me será muy grato volver sobre el particular.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) ; William Thayer Arteaga".
43.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N'º 2085.- Santiago, 8 de noviembre de 1965.
Por oficio N'? 2671, recibido el 3 de noviembre en curso V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputadodon Luis Tejeda Oliva, que esta Secretaría de Estado adopte las medidas ten- diantes a obtener la expropiación del terreno de propiedad de la Sucesión José de la R. Valencia Seguel, ubicado en la localidad de Negrete, departamento de Nacimiento, con el propósito de instalar en él la Posta Médica del Servicio de Seguro Social.
En respuesta, me permito expresarle que con esta misma fecha estoy enviando el oficio N° 267 de esa Honorable Cámara al Ministerio de Salud por corresponder a dicha Secretaría de Estado resolver la petición formulada por el señor Parlamentario citado.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : William Thayer Arteaga".
44.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N"? 1280.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
En relación a los oficios individualizados en la referencia, por los cuales la Honorable Cámara de Diputados, a petición del Honorable DiputadoValente Rossi, solicita se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener se pague el reajuste del 38,4% a los empleados de Archivos, Notarías y Conservadores de Bienes Raíces, cúmpleme expresar a V. E. lo siguiente:
La Dirección del Trabajo por oficio 7488, ha manifestado que, "por Minuta Postal Nº 377, de fecha 13 de septiembre de 1965, esta Dirección del Trabajo requirió informe a todas las Inspeciones Provinciales del país sobre el pago del reajuste a los empleados anteriormente mencionados, ordenándose la aplicacrón de multa administrativa a los infractores'.'
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : William Thayer Arteaga".
45.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 1281.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Tengo el agrado de informar a V. E. que el oficio N"? 2552, de esa Honorable Corporación, ha sido enviado al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, por correspondeiie y que se ha solicitado in forme directamente a V. E. sobre la materia.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : William Thayer Arteaga".
46.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERIA.
"N"? 992.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Tengo el agrado de acusar recibo de su oficio Nº 2593 de 25 de octubre último, en el que a nombre del Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi y del Comité Parlamentario del Partido Socialista, se sirve transmitir las observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi, relacionadas con diversos problemas de carácter político internacional, de las que este Ministerio ha tomado debido conocimiento.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Eduardo Swiián Gallet."
47.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE MINERIA.
"Nº 996.- Santiago, 3 de noviembre de 1965.
Por oficio 2603 de 26 de octubre último, dirigido a este Ministerio a petición del Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi, se ha solicitado informe acerca de las razones por las cuales, hasta el momento, no se ha autorizado el traslado del Campamento Marisol de la Oficina Salitrera Iris-Granja, de la Comuna de Iqui- que, a una nueva ubicación dentro del mismo sector.
Sobre el particular, puedo informar a V. E. que dicho traslado no se ha autorizado todavía por cuanto está pendiente la respuesta del Honorable Consejo de Defensa del Estado a una consulta que se le ha hecho en orden a si el cambio de ubicación de esa oficina salitrera no se opone al concepto de "actual oficina" que se contiene en el inciso 2'? del artículo 80 de la Ley 12.033, y que es uno de los requisitos que deben cumplirse para que el propietario de la misma oficina pueda trabajar los terrenos salitrales adyacentes al Campamento Marisol.
Por otra parte, debo informar a V. E. que sólo en los primeros días del mes de octubre ppdo. se llegó a acuerdo con el propietario de aquella oficina sobre las condiciones en que se i'eanudaría el trabajo en ella, especialmente en lo relativo a las inversiones de carácter habitacional y a los resguardos sociales para el caso de una posible paralización.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Eduardo Simián Gallet."
48.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"N° 81087.- Santiago, 4 de noviembre de 1965.
Materia: Sobre competencia de Ta Junta Clasificadora de Empleados y Obreros en materia de dependientes particulares de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado.
Antecedentes: La Empresa de Transportes Colectivos del Estado, informando a requerimiento de esta Contraloría General en la consulta formulada por la Honorable Cámara de Diputados, hecha a solicitud del Honorable Diputadodon José Cademártori I., ha rechazado la intervención de la Junta Clasificadora de Empleados y Obreros, sosteniendo su incompetencia para pronunciarse sobre la calidad de empleados u obreros de los mayordomos de patio y rondines de esa Empresa. Se basa dicha solicitud en que los Empleados de la Empresa deben reunir los requisitos que señala su ley orgánica y el Estatuto Administrativo, no siendo suficiente, en concecuencia, la mera determinación de que en su actividad, predomine el esfuerzo intelectual sobre el físico. La declaración, pues, de que algún obrero pudiera ser calificado de empleado de acuerdo con la clasificación que esa Junta está facultada para hacer no ejercería ninguna influencia en cuanto a la condición de ese servidor dentro de la Empresa, sobre todo si él no reúne las condiciones que las leyes administrativas exigen para ser nombrado como tal. En cuanto a los obreros, éstos se rigen por el Código del Trabajo.
Consideraciones: Fuera de los em.plea- clos regidos por el DFL. 338, de 1960, 1?. Empi'esa puede, sin embargo, de acuerdo con la letra j) del artículo de la ley Orgánica DFL. N"? 169, de 1960, "celebrar contratos de trabajo con empleados y obreros regidos por el Código del Trabajo cuando, a su juicio, las necesidades del servicio lo requieran". Los argumentos para rehusar la intervención de la Junta Clasificadora si bien tienen validez en cuanto a los empleados de su planta, no la tienen, en cambio, tratándose de los servidores que pueden ser objeto de contratación por parte del Director de la Empresa y cuyo estatuto es el Código del Trabajo.
Es evidente que, en este caso, no habiendo hecho distinción la Ley Orgánica de la Empresa respecto de la calidad que en algún caso deba atribuirse a la persona contratada, ella deberá regirse por la clasificación que efectúa el propio Código del Trabajo que constituye su estatuto y por la autoridad que ese texto contempla. De otro modo se estaría radicando en el propio Director de la Empresa la capacidad para determinar por sí mismo la calidad vulnerando precisamente el régimen instituido por dicho cuerpo legal. El Director, a este respecto, no tiene otra atribución que determinar cuándo las necesidades de la Empresa requieren de los servicios de la persona cuya contratación está calificando para hacer.
A mayor abundamiento, el artículo 109 Ni' 2 del Código del Trabajo señala que las disposiciones del Título IV del Libro Primero de ese Código, que trata del contrato para empleados particulares y cuyo Párrafo II se refiere a su clasificación por parte de la Junta referida, no se aplicarán "a los empleados de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y demás empresas fiscales de administración independiente, a quienes se aplicará, no obstante, este Título en aquellos puntos que no estén reglados en las leyes especiales de las respectivas empresas".
Como en la materia no existe regla alguna en la Ley Orgánica de la Empresa de que se trata, ella queda regulada por las normas indicadas determinando de este modo la competencia de la Junta Clasificadora de Empleados y Obreros para hacer la calificación referida.
Conclusión: Corresponde a la Junta Clasificadora de Empleados y Obreros a que se refiere el artículo 111 del Código del Trabajo, la determinación de la calidad de empleado u obrero respecto de los dependientes de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado que su Director está facultado para contratar de acuerdo con la letra j) del artículo 7 ? de su Ley Orgánica DFL. Nº 169, de 1960.
Transcríbase a la Empresa de Transportes Colectivos del Estado y a la Junta Clasificadora de Empleados y Obreros.
Dios guarde a V. E.
(Edo.) : Enrique Silva Cimma".
49.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"Nº 80768.- Santiago, 8 de noviembre de 1965.
Materia. Si el personal de empleados y obreros de la Dirección de Obras Sanitarias que presta servicios en Valdivia tiene derecho a percibir un 15 d® gratificación de zona.
Antecedentes. La Honorable Cámara de Diputados solicita un pronunciamiento de esta Contraloría General sobre la materia indicada.
Consideraciones. En conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 del Estatuto Administrativo y 6º de la ley N° 16.068, sobre Presupuesto Fiscal para el año 1965, los empleados de la Dirección de Obras
Sanitarias que prestan sus servicios en el departamento de Valdivia y en la localidad de Llifén, de la provincia de Valdivia, tienen derecho al 15% de gratificación de zona durante el año 1965, y los que trabajan en la localidad de Huahún de dicha provincia, a un 40% por el mismo concepto.
El personal de operarios de carácter permanante de la Dirección de Obras Sanitarias, afecto al decreto ley Nº 572, de 1932 y a la ley Nº 7147, de 1942, radicado en las localidades antes señaladas, tiene derecho a la gratificación de zona en los mismos términos que los empleados, por cuanto el artículo 77 de la ley Nº 15.840 declara aplicable a estos obreros el Título 11 del Estatuto Administrativo, en el cual queda comprendido el párrafo 11 que se refiere al beneficio aludido.
Finalmente, cabe señalar que los demás obreros de la Dirección de Obras Sanitarias que trabajan en las comunas de Valdivia, Corral, Panguipulli, Futrono, Los Lagos, San José de la Mariquina y en la localidad de Llifén, de la provincia de Valdivia, tienen derecho a un 15% de gratificación de zona y los que presfen servicios en la localidad de Huahún, de la misma provincia, a un 40% por el mismo concepto, en virtud de lo establecido en los artículos 1"? de la ley N||AMPERSAND||quot;? 14.812 y 16 de la ley N||AMPERSAND||lt;? 14.999.
En efecto, el primero de los preceptos citados otorgó dicho beneficio, a contar desde el 1"? de julio y hasta el 31 de diciembre de 1961, a los obreros de los servicios fiscales, entre otros, que trabajen en las localidades indicadas y en los porcentajes ya señalados. Posteriormente, el artículo 16 de la ley N||AMPERSAND||quot;? 14.999 dispuso que el personal a que se refiere la ley Nº 14.812 tendrá derecho a percibir asignación de zona en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella y que este beneficio se pagará a contar del 1º de enero de 1962.
Como puede advertirse, el artículo 16 de la ley 14.999 le dio a ese beneficio el carácter de permanante y dispuso que el personal a que ella se refiere percibiría la gratificación de zona "en la misma forma y condiciones que el personal de la Administración Pública con derecho a ella", o sea, de acuerdo con las normas contempladas en el artículo 86 del Estatuto Administrativo, en relación con la Ley Anual de Presupuesto.
Ahora bien, como la Ley sobre Presupuesto para el año 1965 mantuvo los más- mos porcentajes de gratificación de zona contemplados en la ley N ? 14.812, debe concluirse que los obreros de la Dirección de Obras Sanitarias no comprendidos en el artículo 77 de la Ley N||AMPERSAND||quot; 15.840 que trabajen en las localidades de la provincia de Valdivia señaladas en el artículo I"? de la ley N||AMPERSAND||quot;? 14.812, tienen derecho durante el año 1965 a un 15% de gratificación de zona, con excepción de aquéllos que presten servicios en la localidad de Huahún a los cuales les corresponde un 40%.
Conclusiones. 1?) Los empleados de la Dirección de Obras Sanitarias que prestan servicios en el departamento de Valdivia y en la localidad de Llifén de la provincia de Valdivia tienen derecho durante el año 1965 a un porcentaje de un 15%c de gratificación de zona y a los que trabajan en la localidad de Huahún de dicha provincia les corresponde un 40% por el mismo concepto.
29) El personal de operarios de carácter permanente de la Dirección de Obras Sanitarias, afecto al decreto ley 527, de 1932 y a la ley Nº 7147, de 1942, radicado en las localidades antes señaladas de la provincia de Valdivia, tiene derecho a la gratificación de zona en los mismos términos que los empleados.
3°) Los obreros de la Dirección de Obras Sanitarias no comprendidos en la conclusión anterior que trabajan en las comunas de Valdivia, Corral, Panguipulli, Futrono, Los Lagos, San José de la Mari- quina y en la localidad de Llifén, de la pro vincia de Valdivia, tienen derecho durante el año 1965 a 15 de gratificación de zona y los que prestan servicios en la localidad de Huahún, de la misma provincia, a un 40/'- por dicho concepto.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Enrique Silva Cimnia".
50.-INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR
"Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior pasa a informa el proyecto, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "simple", por el cual se aumenta la Planta del Personal del Cuerpo de Carabineros de Chile y se destinan recursos para la construcción de cuarteles.
Durante la discusión del proyecto, la Comisión contó con la colaboración del señor Subsecretario de Salud Pública, don Guillermo Boizard; de los Generales del Cuerpo de Carabineros de Chile, señores Augusto Sobarzo y Guillermo Moreno; del Auditor General de dicha institución señor Héctor Videla; del Jefe de Personal del Ministerio del Interior don Jorge Ulloa; y el Director de la Oficina del Presupuesto don Edgardo Boenninger. Además, la Comisión escuchó al Presidente y al Secretario del Colegio de Practicantes de Chile, señores Diógenes Cerda Paredes y Eduardo Ramírez Carrasco, respectivamente.
Dado el aumento creciente y progresivo que ha experimentado la población del país en los últimos años, que se manifiesta especialmente en la concentración de habitantes en la periferia de las ciudades en poblaciones denominadas marginales, el Cuerpo de Carabineros de Chile ha visto resentida su labor por la falta de personal no obstante la abnegación y esfuerzo desempeñado por Oficiales y Tropa para aumentar su eficiencia y actividad. Es así como ha incorporado las más modernas técnicas policiales y con un concepto dinámico del servicio, la Jefatura ha adoptado las medidas para ir trasladando y concentrando el personal en las zonas o regiones en que su presencia es más necesaria de acuerdo con el desenvolvimiento demográfico y económico que experimentan. Estas acertadas medidas han permitido paliar el problema que representa la falta de proporcionalidad existente entre el aumento del personal de Carabineros y el crecimiento de la población. Más aún, no obstante lo anterior ha debido el personal de Carabineros asumir labores ajenas a la función policial, como son la de servir de Ministros de Fe; desempeñar ciertos cargos públicos: e incluso, ejecutar actos de fiscalización propios de otros organismos del Estado, como una mejor forma de servir a la comunidad. Estos hechos, laudables desde todo punto de vista, han producido consecuencias institucionales inconvenientes, puesto que muchas labores de mando no han podido ser desempeñadas por Oficiales, por carecerse de las plazas necesarias, las cuales han sido ejecutada por Suboficiales, situación que jerárquicamente no es aconsejable mantener.
Con el objeto de remediar esta anómala situación, el Ejecutivo propone en el Mensaje en estudio la creación de un mínimo de mil plazas a contrata, en los grados de Suboficial Mayor a Cabo, y de setenta plazas en los grados de Mayor a Teniente, con las cuales se pretende paliar, por lo menos en parte, el problema existente.
Correlativamente, destina recursos el proyecto, del orden de los E° 2.800.000.- para construir nuevos cuarteles o reparar los existentes.
El Mensaje consulta, además, otras ideas que se analizarán en el curso de este informe, cuando se entre al estudio de cada disposición en particular, que dicen relación con ciertos aspectos previsionales; medidas tendientes a permitir la permanencia en servicio activo durante un mayor tiempo a los elementos más capacitados; solución legal a ciertos problemas que es necesario superar para poner en marcha el convenio entre el Cuerpo de Carabineros de Chile y el Servicio Nacional de Salud, tendiente a prestar atención médica a la población en lugares aislados e inhóspitos.
El artículo 1° enumera el número de plazas, en los distintos grados, en que se aumenta la actual planta de la Institución, tanto entre Oficiales como entre Suboficiales.
En este artículo, la Comisión introdujo un inciso que pasó a ser inciso final, por el cual se autoriza la destinación de alguna de estas plazas a la contratación del personal profesional y técnico necesario para la mejor utilización de las técnicas policíacas modernas y para el mejor funcionamiento de los servicios dependientes de la Institución. Se hizo presente que esta disposición permitirá a la Jefatura de Carabineros poder contratar en grados más altos que los que actualmente tienen a técnicos y profesionales, como ingenieros, mecánicos, radiooperadores etc., los cuales hoy en día, por falta de autorización legal, están asimilados a grados bajos del escalafón, lo que hace que sus remuneraciones no sean lo suficientemente atractivas como para evitar el permanente éxodo hacia otras actividades, tanto públicas como privadas.
El artículo 2° destina la suma de Eº 2.800.000 para la realización de un plan extraordinario de construcción de cuarteles en la provincia de Santiago con el propósito de superar la situación de emergencia que existe en la actualidad.
A indicación de numerosos miembros de la Comisión se consultó, también, en este artículo un inciso que tiende a precisar el carácter de extraordinario de este plan respecto de la provincia de Santiago, el cual, consecuencialmente, se llevará a cabo sin perjuicio de las inversiones en el mismo rubro consultadas para el futuro inmediato por el Ministerio de Obras Públicas en el resto de las provincias del país.
Sobre el particular, los miembros del Cuerpo de Carabineros de Chile asistentes, expresaron que existía un plan nacional de construcción de cuarteles que contaba con recursos suficientes como para garantizar la ejecución de estas obras en aquellas zonas en que se requirieren con mayor urgencia de acuerdo con la calificación que de la misma haga la Jefatura del servicio.
El artículo 3°, que guarda estrecha relación con el artículo 4°, tiene por objeto fundamental introducir varias modificaciones al texto definitivo de la Ley de Retiro y Montepío del personal de Carabineros de Chile, contenido en el D.F.L. 299, de 1953, con el propósito de permitir al personal permanecer en servicio activo un mayor tiempo que en la actualidad y poder, en esta forma, entregar a la Institución y al país su experiencia, capacidad y preparación, durante el mayor lapso posible como una manera de encarar esta falta de personal que ha motivado el proyecto en estudio.
En efecto, en la actualidad para optar por el retiro voluntario el personal de Carabineros puede computar el tiempo servido fuera de la Institución, como asimismo, los abonos por accidentes en actos de servicio, desafiliaciones cubiertas por la ley de continuidad de la previsión, y otros. En estas circunstancias, pueden solicitar su retiro funcionarios que sin haber servido la totalidad del tiempo en el Cuerpo, se encuentran en situación de seguir haciéndolo con provecho, dada su capacidad y preparación. Asimismo, otros que han computado treinta y cinco años de servicios, no todos los cuales han sido servidos dentro de la Institución, que no desean retirarse y desean permanecer un mayor tiempo en ella, se ven impedidos de hacerlo al tener que ser llamados a retiro en forma obligada por disposición del artículo 26, letra f), del D.F.L. antes citado.
Estas situaciones han hecho llegar a la conclusión que es necesario y recomendable dar la oportunidad a los buenos funcionarios para permanecer en actividad el mayor tiempo aconsejable, lo que se obtiene con esta exigencia de que los tiempos aludidos en las disposiciones que se modifican sean efectivamente servidos en el Cuerpo de Carabineros de Chile.
Como una consecuencia de lo anterior, se aumenta en cinco años el límite máximo de edad para permanecer en actividad, con la finalidad de concordar el texto con las modificaciones que se introducen, como asimismo, se suprime el artículo 32, por no justificarse la facultad que en él se otorgaba, cual era la de permitir al General Director retener durante cinco años a las personas que hubieren cumplido el límite máximo de edad.
Diversos señores Diputados hicieron presente su inquietud ante la posibilidad de que la aprobación de estas modificaciones propuestas, significaran un cercenamiento en los actuales derechos previsionales adquiridos por los funcionarios de Carabineros, y que en muchos casos son comunes a la Administración Pública, como los abonos por accidentes en actos de servicios y otros, servicios prestados con anterioridad al ingreso a la Institución, desafiliaciones cubiertas por la Ley de Continuidad de la Previsión, etc. Con tal objeto, se aprobó por unanimidad una indicación tendiente a aclarar y precisar que el exacto sentido de las modificaciones antes analizadas no era otro que el de darle la oportunidad a los que quisieran permanecer en situación de actividad, de hacerlo y, que aquellos que no lo desearen pudieren hacer uso de todos los años de servicios computables, tanto para su jubilación como para el montepío, en caso de ser llamado a retiro o solicitarlo voluntariamente.
El artículo 5º del proyecto tiene por objeto facultar a la Dirección General de Carabineros para que pueda autorizar a su personal para realizar labores distintas de sus funciones específicas, ya que en la actualidad sólo podían desempeñarse en cargos del Gobierno Interior del Estado y en calidad de Ministros de Fe como Oficiales de Registro Civil, en determinados casos. La modificación propuesta deroga la disposición restrictiva contenida en el artículo 9° de la ley 16.068.
El artículo 6º tiene el carácter de declarativo con el objeto de superar reparos opuestos por la Contraloría General de la República al pago de viáticos al personal de Carabineros, al haber sido calculado en forma errónea y pagados con anterioridad a la autorización legal respectiva. Por lo demás, en la mayoría de los casos, existirá imposibilidad de reintegrar lo indebidamente percibido por tal concepto, pues muchos de los benefidiarios se encuentran en situación de retiro.
Por el artículo 7° se corrige una omisión involuntaria en que se incurrió en la ley Nº 12.428, artículo 13 al dejar al margen del beneficio que significa la tramitación de los expedientes de retiro, montepío y otros, por parte de la Sección Pensiones de la Dirección General de Carabineros, a los ex Policías Fiscales y Comunales y sus familiares.
El artículo 8° del proyecto tiene por objeto regularizar la situación que se presenta en el escalafón de practicantes de la Planta de Carabineros, en la cual, por falta de profesionales de esta especie debidamente titulados, existen numerosas vacantes sin proveer. Además, este problema se verá agravado por la puesta en marcha del convenio suscrito entre el Cuerpo de Carabineros de Chile y el Servicio Nacional de Salud sobre prestaciones asistenciales en lugares alejados y carentes de atención médica, para lo cual la Jefatura ha dispuesto la realización de cursos en el Hospital de Carabineros con el objeto de preparar el personal que deberá operar los Puestos de Socorros que se instalarán en los cuarteles, el cual carecerá de la autorización legal para desempeñar dicha función paramédica, a menos que se obvie el problema en la forma en que lo propone la disposición legal en estudio y que tiene como finalidad principal otorgar dicha autorización legal, para permitir el ejercicio de las funciones para las cuales han sido preparados a aquellos funcionarios de Carabineros egresados de los Cursos de Auxiliares de Enfermería que sean aprobados en un examen de competencia.
A proposición de diversos señores Diputados que da acogida parcial a una petición formulada por el señor Presidente del Colegio de Practicantes de Chile, la Comisión aprobó una indicación tendiente a permitir la inscripción de los profesionales que en ella se enumeran, en los registros del Colegio, previo examen de competencia rendido ante la o las Comisiones que se indican en el inciso final.
El inciso final también fue agregado por la Comisión y tiene por objeto otorgar la posibilidad a las personas que se desempeñan en esa función, de optar al título de Practicantes, para lo cual otorga un nuevo plazo para acogerse al beneficio establecido en el artículo transitorio de la ley N° 15.226.
El artículo 9º, en su inciso primero, otorga autorización para ejercer a los Prácticos en Primeros Auxilios; y en su inciso segundo, le fija la esfera de sus funciones profesionales, entre las cuales merece destacarse las de fomento y protección de la salud y las de educación sanitaria, que son privativas del Servicio Nacional de Salud.
Finalmente, el artículo 10° imputa el gasto que demanda el cumplimiento de esta ley, que es del orden de E° 6.838.800, al mayor rendimiento que se produzca en la Cuenta A-63d)) del Cálculo de Entradas de la Nación y que en el período de enero a agosto del presente año alcanza a Eº 4.494.215,07 lo cual permite, fundadamente, asegurar que el gasto de esta ley se encuentre debidamente financiado.
Por razones obvias, la Comisión rechazó el artículo final del Mensaje que se refería a la fecha de vigencia de la ley.
En mérito de los antecedentes expuestos, la Comisión de Gobierno Interior acordó recomendar la aprobación del proyecto en informe, redactado en los siguientes términos:
Proyecto de ley
"Artículo 1°.- Auméntase la Planta de Carabineros de Chile, fijada por el D.F.L. Nº 118, de 1960, en las siguientes plazas del Servicio de Orden y Seguridad:
10 Mayores, IVº categoría,
20 Capitantes, grado 1°,
40 Tenientes, grado 3°,
10 Suboficiales Mayores, grado 4º,
30 Sargentos 1ºs., grado 6°,
60 Vicesargentos lºs, grado 8°,
100 Sargentos 2°s., grado 9°, y
800 Cabos, grado 11.
Podrá destinarse algunas de estas plazas a la contratación de personal profesional y técnico para la institución.
Artículo 2°.- Destínase en el Presupuesto de Gastos del año 1966, del Ministerio de Obras Públicas, la suma de Eº 2.800.000 para la construcción de Cuarteles de Carabineros en los lugares de la provincia de Santiago que determine el Ministerio del Interior, previo informe de la Dirección General de Carabineros.
La destinación del inciso anterior es sin perjuicio de la inversión que debe efectuar el Ministerio de Obras Públicas en el resto de las provincias del país, conforme a los recursos del Presupuesto de la Nación del año 1966.
Artículo 3°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a los artículos que se señalan del D.F.L. Nº 299, de 1953:
Artículo 26°
1) Agregar en su letra c), después de la palabra "servicios", el vocablo "efectivos";
2) Sustituir en su letra f) la expresión "treinta y cinco", por "treinta y ocho".
Artículo 30
1) Agregar en su letra b), después de la palabra "servicios", el vocablo "efectivo";
2) Agregar en la letra c), después de la palabra "servicios", la frase "efectivos computables para el retiro", y
3) Sustituir en la letra d) la expresión "cincuenta y cinco", por "sesenta".
Artículo 32
Suprímese.
Artículo 4.- Agrégase el siguiente artículo 47 al D.F.L. N° 299, de 3 de agosto de 1953;
"Artículo 47.- No obstante lo dispuesto en la letra c) del artículo 26 y en la letra b) del artículo 30, el personal que no alcanzare a enterar los años de servicios efectivos exigidos en dichas disposiciones, podrá solicitar su retiro voluntario de la institución, pero en este caso será facultativo de la autorización administrativa que corresponda concederlo o denegarlo.
El personal cuyo retiro se disponga en virtud de lo establecido en el inciso precedente, y siempre que cumpla con el requisito del artículo 12, podrá iniciar su expediente de jubilación pudiendo computar todos los servicios o abonos válidos para este efecto.
Artículo 5°.- Derógase el inciso primero del artículo 9° de la ley Nº 16.068.
Artículo 6°.- Se declara que el artículo 70° de la ley Nº 15.575, rige a contar desde el 1° de enero de 1964 para el personal de Carabineros de Chile.
Articulo 7°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 13 de la ley Nº 12.428, de 1957;
a) Agrégase en el inciso primero, a continuación de "Carabineros de Chile", la frase " y de los ex policías Fiscales y Comunales", suprimiendo el punto (.) después de "servicios".
Artículo 8°.- Agrégase el siguiente inciso nuevo al artículo 3° de la ley Nº 15.22, de 1963:
"El Servicio Nacional de Salud otorgará, asimismo, la autorización definitiva a que se refiere el presente artículo, a los Egresados de los Cursos de Auxiliares de Enfermería, cuyo funcionamiento disponga la Dirección General de Carabineros en el Hospital de la Institución.
Los Egresados de la Escuela de Enfermeros de la Armada, creada por Decreto Supremo Nº 934, de 29 de marzo de 1942, del Ministerio de Defensa Nacional; los Auxiliares de Enfermería y los Enfermeros Egresados de la Escuela de Sanidad Naval; los Auxiliares de Sanidad Militar y los Auxiliares de Enfermería y Prácticos en Primeros Auxilios de Carabineros de Chile, podrán inscribirse en los Registros del Colegio de Practicantes de Chile, adquiriendo todos los derechos y obligaciones establecidos en la ley Nº 12.441, de 4 de marzo de 1957.
Los Egresados de los cursos indicados en el inciso anterior deberán ser aprobados en un examen de competencia ante las comisiones que señala la letra c) del artículo 9° de la ley Nº 14.904.
Concédese un nuevo plazo, de un año, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, para acogerse a los beneficios del artículo transitorio de la ley Nº 15.226.
Artículo 9°.- El personal de Carabineros, con título de "Prácticos en Primeros Auxilios", que sea o haya sido aprobado en exámenes por el Servicio Nacional de Salud, para la atención de los Puestos de Socorro que funcionen en Cuarteles de Carabineros, quedarán autorizadas para desempeñarse en ellos.
Las funciones que en tal sentido cumpla, quedan limitadas a intervenciones de emergencia, de primeros auxilios, inyecciones, cumplimiento de programas de vacunación, acciones mínimas de higiene ambiental, control de alimentos y traslados de enfermos, sin perjuicio de las de fomento y protección de la salud y educación sanitaria que le corresponda. En todo caso, contará para su cometido con la asistencia y asesoramiento técnico del Servicio Nacional de Salud.
Artículo 10º.- El gasto que demande esta ley se imputará al mayor rendimiento que se produzca en la Cuenta A-63-d) del Cálculo de Entradas de la Nación..
Sala de Comisión, a 2 de noviembre de 1965.
Acordado en sesiones de fechas 28 de octubre y 2 del presente, con asistencia de los señores Ruiz Esquide (Presidente), Agurto, Cardemil, Carvajal, Fuentes don Samuel, Jaque, Palestro, Santibáñez, Suárez, Warner y Téllez.
Se designó Diputado Informante al H. señor Téllez.-
(Fdo.) Fernando Parga Santalices, Secretario Accidental".
51.-INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA.
"Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda pasa a informar un proyecto de ley, originado en un Mensaje del trámite de "simple" urgencia, e informado por la Comisión de Gobierno Interior, por el cual se aumenta las plantas del personal del Cuerpo de Carabineros de Chile y el de la Dirección General de Investigaciones y se consultan recursos económicos para la construcción de cuarteles para el servicio de la primera de dichas instituciones.
Asesoraron a la Comisión en el despacho del proyecto los señores Andrés Zaldívar Larraín (Subsecretario de Hacienda), Coronel Guillermo Márquez Castillo (Jefe Subrogante del Servicio Administrativo del Cuerpo de Carabineros), Gustavo Reyes Rubio (Abogado-Jefe de la Dirección General de Carabineros), Jorge Ulloa (Jefe del Departamento de Orden Público del Ministerio del Interior) y Ernesto Melinasky Faivovich (Abogado de la Dirección General de Investigaciones).
Los objetivos de la iniciativa legal en informe han sido latamente analizados en el dictamen evacuado sobre el particular por la Comisión Técnica y, en síntesis, ellos tienen por finalidad crear un mínimo de mil plazas a contrata, en los grados de Suboficial Mayor a Cabo, y de setenta plazas en los grados de Mayor a Teniente, dentro del servicio de Carabineros, con lo que se pretende abordar simplemente una solución de emergencia para el grave problema que significa la falta de proporcionalidad existente entre el aumento del personal de seguridad y el crecimiento demográfico del país, lo que representa un desamparo casi absoluto de las grandes concentraciones de habitantes que se producen en las poblaciones marginales situadas en la periferia de las ciudades más importantes del territorio nacional.
En segundo término, el proyecto destina la suma de dos millones ochocientos mil escudos para financiar un plan extraordinario de construcción de nuevos locales destinados al funcionamiento de cuarteles del Cuerpo de Carabineros que, originalmente, el artículo 2º circunscribía a la atención de las necesidades de la provincia de Santiago.
La Comisión Informante, sin desconocer en absoluto la dramática situación que afecta a los habitantes de la principal y más densamente poblada provincia nacional, no consideró útil consignar expresamente en la ley dicha limitación y prefirió dejar al propio servicio de Carabineros que técnicamente determine los lugares más indicados para la construcción de los nuevos cuarteles, lo que no es dable proveer o ser determinado previamente por el legislador.
Estrechamente vinculada con la finalidad anterior, la Comisión de Hacienda aprobó una indicación modificatoria del artículo 10 relativo al financiamiento del proyecto- tendiente a aprovechar el posible excedente del rendimiento de la fuente de recursos consultada en la citada disposición, en la construcción de cuarteles y dependencias de Carabineros en las provincias que señale el Ministerio del Interior, previo informe de la Dirección General de Carabineros.
La Comisión suprimió, además, el inciso segundo del artículo 1º, que establecía que de las 1.070 plazas que se creaban en la planta del Servicio de Orden y Seguridad de Carabineros, la Dirección del Cuerpo podía destinar algunas de ellas a la contratación de personal profesional y técnico para la institución, en consideración de que, si bien es cierto que la citada autorización respondía a la manifiesta necesidad de evitar el peligroso éxodo del personal altamente especializado, la solución de este problema debía proponerla el Supremo Gobierno por medio de una planta separada y no mediante la utilización de plazas destinadas a paliar las urgentes necesidades del Servicio de Orden y Seguridad.
La Comisión de Hacienda conoció y prestó su aprobación, en este trámite reglamentario, a una serie de indicaciones del Ejecutivo tendientes a aumentar, asimismo, las plantas del personal de la Dirección General de Investigaciones y reglamentar algunas situaciones internas de esa Dirección.
El Supremo Gobierno expresa que es un hecho suficientemente conocido que la población nacional ha aumentado considerablemente en los últimos 30 años y, sin embargo, el personal de la Dirección General de Investigaciones no ha aumentado sus dotaciones y por el contrario, las ha disminuido con la aplicación de algunos Decretos con Fuerza de Ley, lo que ha significado que muchas unidades del Servicio han tenido que dejar de funcionar y otras funcionan con tan reducido personal, que de continuar en ese terreno, también deberán ser suprimidas.
Agrega el Ejecutivo que es su ánimo hacer más científica la labor del personal dependiente de la Dirección General de Investigaciones, tanto en la investigación de los delitos, como en su represión, para lo cual debe contar con personal especializado, de que actualmente no dispone, tales como sociólogos y sicólogos en calidad de peritos policiales.
Estas indicaciones consultan además diversas situaciones del personal de Investigaciones que arrienda casa fiscal y que debe pagar además de la renta de arrendamiento las contribuciones territoriales lo que significa que los funcionarios deben servir obligaciones que con sus actuales remuneraciones no se encuentran en condiciones de solventar.
Para solucionar este problema el proyecto consulta una disposición que coloca al personal de Investigaciones en igualdad de condiciones de otros servicios públicos, tanto en lo que respecta a las rentas de arrendamiento como a la exención del pago de contribuciones territoriales.
Por otro lado se desea encuadrar la distribución de la planta de la Dirección de Investigaciones sujeta a las disposiciones del Estatuto Médico Funcionario a las proposiciones que ella misma señale y no a la que erróneamente se determinó en la ley N° 15.143.
Se persigue además poner término a algunas injusticias que resultan de la aplicación de las actuales normas del servicio de Investigaciones, respecto de los funcionarios sancionados por haber cometido faltas administrativas, ya que éstas los persiguen a través de toda su carrera, lo que hace que las medidas disciplinarias en lugar de ser un correctivo, constituyen un serio obstáculo en la carrera funcionaría.
Propone también el Ejecutivo, en este orden de materias, y como un medio de estimular a los funcionarios del Servicio de Investigaciones que realmente trabajan y exponer su vida a diario, promociones excepcionales por méritos extraordinarios en casos de iniciativa personal, inteligencia o gran valor, mediante los cuales se logra aclarar crímenes de trascendencia nacional o delitos calificados en el orden público o defensa del Estado.
Finalmente se consultan diversas innovaciones respecto de la Escuela Técnica de Investigaciones, cuyas principales ideas podrían sintetizarse en los siguientes puntos:
1°.- Exigencia de licencia secundaria para el ingreso a la Escuela Técnica;
2°.- Los cursos de aspirantes a detectives, aumentan su duración a dos períodos escolares completos, mediando entre cada uno un período de vacaciones de 60 días por lo menos;
3°.- Se propone, excepcionalmente, el funcionamiento de cursos extraordinarios, dos al año, como máximo, que cubra las vacantes mientras los aspirantes completan su instrucción;
4°.- Las personas que sean llamadas a cursos extraordinarios deberán reunir los mismos requisitos de estudios, pero por ser mucho más simple su preparación, no recibirán nombramiento ni título de detective, sino de ayudantes policiales, deberán permanecer 18 meses, por lo menos, en el desempeño de estas funciones y sólo una vez aprobados en un examen de capacitación podrán llegar a ser detectives y ser nombrados en tal calidad.
El mayor gasto que significa las diversas disposiciones del proyecto asciende, por el presente año, a la cantidad de 3.410.000 escudos, que se descompone en los siguientes rubros:
a) Eº 550.000 aumento planta personal de Carabineros;
b) Eº 2.800.000 construcción de Cuarteles;
c) Eº 60.000 costo aumento planta Investigaciones.
Para el futuro, costo anual de los aumentos de plantas, representa E° 3.300.000 en Carabineros y Eº 747.000 en Investigaciones, aproximadamente.
Se financia este mayor gasto con las entradas provenientes del rendimiento de la cuenta A-63-d), que se refiere al impuesto a la internación de vehículos motorizados destinados al transporte de pasajeros, y que ascienden hasta el mes de agosto del presente año, según certificado expedido por la Contraloría General de la República, a la cantidad de Eº 4.494.215,07.
El rendimiento de la referida cuenta depende exclusivamente de la política que adopte el Supremo Gobierno en materia de importaciones, de modo que su estimación no puede preverse en el momento de confeccionarse el Presupuesto de Entradas de la Nación, lo que significa, en consecuencia, que dicha cuenta no se consigne en el respectivo Cálculo anual.
En mérito de las consideraciones someramente analizadas, debido al procedimiento establecido por la Sala para su despacho en el día de hoy, y de las que en su oportunidad dará a conocer a la Sala el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda acordó recomendar a la Honorable Cámara la aprobación del proyecto en informe, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1°.
Suprimir el inciso segundo.
Artículo 2°.
En su inciso primero, suprimir la expresión "de la provincia de Santiago".
Artículos nuevos a continuación del Artículo 9°.
Consultar los siguientes:
"Artículo....- Auméntase las Plantas de la Dirección General de Investigaciones fijadas por el artículo 1° de la Ley número 15.143, modificado por el articulo 17 de la Ley 15.634, en la siguiente forma:
Categoría Designación N°
o Grado EE.
PLANTA DIRECTIVA POLICIAL . .
4° C. Prefectos.....................3
5° C. Subprefectos..................3
PLANTA DIRECTIVA PROFESIONAL
4º C. Perito Sociólogo Policial......1
4º C. Perito Sicólogo Policial.......1
5º C. Perito Sociólogo Policial......1
5º C. Perito Sicólogo Policial.......1
7º C. Sicólogo.......................1
1° Gr. Ayudantes Peritos Sociólogos...2
1° Gr. Ayudantes Peritos Sicólogos....2
PLANTA DIRECTIVA TECNICA
4º C. Relacionador Público...........1
4º C. Contador Jefe Departamento
de Contabilidad................1
PLANTA ADMINISTRATIVA POLICIAL
2° Gr. Detectives 1ºs................25
7° Gr. Detectives 4°s................20
PLANTA ADMINISTRATIVA
6º C. Oficiales 1ºs..................7
7º C. Oficiales 3ºs..................4
PLANTA OFICIALES DE CONTABILIDAD
5º C. Oficiales de Contabilidad......2
6º C. Oficiales de Contabilidad......1
7º C. Oficiales de Contabilidad......2
1° Gr. Oficiales de Contabilidad......2
2° Gr. Oficiales de Contabilidad......2
3° Gr. Oficiales de Contabilidad......2
PLANTA DE SERVICIOS MENORES
b) Choferes.
8° Gr. Choferes 3ros.................15
9º Gr. Choferes 5ros.................12
c) Auxiliares
8° Gr. Auxiliares 1ros................4
9° Gr. Auxiliares 2dos................4
"Artículo....- El Contador Jefe del Departamento de Contabilidad del Servicio de Investigaciones tendrá todos los deberes y atribuciones en el D.F.L. Nº 106, de 1960, quedando sujeto, además, a la supervigilancia técnica de la Oficina de Presupuestos del Ministerio del Interior."
"Artículo....- Para el nombramiento de Peritos se preferirá a los interesados que posean título universitario, sean técnicos, colegiados o que hayan realizado cursos de especialización debidamente calificados."
"Artículo....- El personal de- la Dirección General de Investigaciones que arriende casas fiscales o del Servicio, esta)"á exento de la obligación de pagar contribuciones territoriales durante todo el plazo de arrendamiento u ocupación."
"Artículo....- El personal de la Dirección General de Investigaciones que ocupe casa fiscal o proporcionada por el Fisco, pagará una renta de arrendamiento que so cancelará con descuento de sus remuneraciones y que variará, según las condiciones de la propiedad que ocupe, sin que su monto pueda exceder del 10% de su sueldo base.
El porcentaje de descuento será determinado anualmente a proposición de la Dirección General de Investigaciones, por Decreto del Ministerio del Interior, refrendado por el Ministro de Hacienda.
El producto de los descuentos establecidos en el presente articulo, se destinará exclusivamente a la ampliación, conservación, reparación y alhajamiento de esas propiedades, a la adquisición o construcción de otras nuevas.
La Tesorería General de la República contabilizará en una cuenta especial, el producto de los descuentos a que se refiere este artículo y sus fondos serán girados sólo por medio de decreto supremo.
No se aplicará este descuento al personal que tenga la atención y cuidado del edificio mismo y demás bienes fiscales que en él se guarden."
"Artículo....- Los cargos de profesionales afectos a la Ley 15.076 que contempla el artículo 1° de la ley 15.143, se distribuirán en los diferentes grados, de acuerdo con las proporciones que establece el artículo 7° de la Ley 15.076."
"Artículo....- Suprímese para el personal del Servicio de Investigaciones afecto a la Ley 15.076, las limitaciones de radio o jurisdicción territorial que fijan los colegios médicos para la atención profesional a domicilio de los funcionarios de la Institución y sus familiares."
"Artículo....- Los funcionarios que perdieren el derecho a ascender como efecto de una medida disciplinaria, una vez que vuelvan a ser calificados en Lista Uno, ocuparán, en el escalafón de su grado, la ubicación que le hubiere correspondido como si no hubieren sido sancionados.
"Artículo....- No obstante la aplicación de las disposiciones legales sobre ascenso del personal de Investigaciones, el Supremo Gobierno, a proposición del Director General de Investigaciones, podrá, excepcionalmente, ascender hasta un grado al personal de Jefes y Oficiales y hasta dos grados a los subalternos, cuando en e! desempeño de sus funciones policiales hayan realizado individualmente y como consecuencia de su personal iniciativa, inteligencia o valor extraordinario, actuaciones meritorias por las cuales se logre aclarar crímenes de trascendencia nacional o delitos de importancia para la seguridad del orden público o defensa del Estado, comprobados por medio del Sumario Administrativo, aprobado por la Contraloría General de la República.
Estos ascensos sólo podrán efectuarse una vez como funcionario subalterno y otra en la categoría de Oficial o Jefe tenga o no cumplidos el beneficiado, los requisitos que se exigen para su ascenso".
"Artículo....- Substituyese el artículo 11 de la Ley 11.743, por el siguiente:
Para ingresar a la Escuela Técnica de Investigaciones se requerirá licencia secundaria. Sólo en el caso que no se presentaren interesados al Concurso de ingreso podrá admitirse interesados que tengan cursados satisfactoriamente el 5° año de humanidades.
No podrán ingresar a la Planta Policial del Servicio de Investigaciones ninguna persona que no hubiera terminado satisfactoriamente sus estudios en la Escuela Técnica del Servicio.
"Articulo....- El curso regular de instrucción para los Aspirantes a Detectives será de dos períodos escolares anuales, mediando entre cada uno de ellos un término de vacaciones de 60 días por lo menos".
Artículo 10
Reemplazarlo por el siguiente:
"Articulo 10.- El gasto que demande esta ley por el presente año se imputará al rendimiento de la Cuenta A-63-d) del Cálculo de Entradas de la Nación. Si se produjere excedente se destinará a la construcción de cuarteles y dependencias de Carabineros en las provincias que determine el Ministerio del Interior, previo informe de la Dirección General de Carabineros".
Artículos transitorios
Consultar los siguientes;
"Articulo 1°.- Suprímense los siguientes cargos de la planta de la Oficina de Presupuesto del Ministerio del Interior, creada por el D.E.L. N° 106 de 1960:
Planta Directiva, Profesional y Técnica
6º Categoría.
Planta Administrativa
Grado 3° 1
Grado 5° 2
Grado 7° 1
Grado 9° 1.
Artículo 2°.- El cargo creado en la Planta Directiva Técnica Contador Jefe del Departamento de Contabilidad, será ocupado por el actual Jefe de Presupuestos de la Dirección General de Investigaciones.
Los cargos creados para Oficiales de Contabilidad será ocupado por los actuales oficiales de presupuesto que se desempeñan en la Dirección General de Investigaciones.
Articulo 3°.- Los Oficiales de Presupuestos en actual servicio en la Dirección General de Investigaciones, deberán ser encasillados en los cargos que se crean en esta Ley y tanto ellos como el Contador Jefe que se menciona en el inciso 1° del artículo anterior, podrán traspasar sus imposiciones previsionales desde cualquiera Caja de Previsión a la de Carabineros de Chile, debiendo solicitar el traspaso dentro del término de 60 días contado desde la fecha de su encasillamiento. Este encasillamiento no significará ascenso para los efectos del artículo 59 del D.F.L. 338 de 1960.
El personal que se acoja a lo dispuesto en este artículo tendrá derecho a computar como servicio en Investigaciones, todo el tiempo que haya trabajado en otras reparticiones públicas.
Articulo 4°.- Mientras egresan de la Escuela Técnica los Aspirantes a Detectives, de cursos completos y cuando las vacantes de Detectives lo hagan absolutamente necesario para el buen servicio, el Director General de Investigaciones podrá disponer el funcionamiento de cursos acelerados de Aspirantes, de tiempo reducido. Los postulantes de estos cursos deberán reunir los mismos requisitos de estudios que los de cursos ordinarios.
Los Ayudantes Policiales deberán permanecer en sus cargos, durante 18 meses por lo menos y para que puedan ser ascendidos a detectives 3ºs grado 8º administrativo, deberán ser aprobados en un examen de capacitación policial, rendido en la Escuela Técnica de Investigaciones, oportunidad en que se les otorgará, además, el título y diploma de Detectives.
Artículo 5°.- Las horas de clases señaladas en la Planta de la Escuela Técnica, corresponden a los cursos de funcionamiento normal y ordinario.
Para los cursos acelerados podrá designarse profesores a contrata o funcionarios idóneos del Servicio que puedan efectuarlos y cuyas remuneraciones se cancelarán con cargo al ítem "Honorario, Contratos y otras remuneraciones" o el que la Ley de Presupuesto cada año determine.
Articulo 6°.- El Presidente de la República reglamentará lo relacionado con los cursos acelerados, tanto en lo que respecta a su duración, funcionamiento y examen de capacitación policial.
Sala de la Comisión, a 9 de noviembre de 1965.
Acordado en sesión de fecha de ayer con asistencia de los señores Lavandero (Presidente), Cademártori, Escorza, Irureta, Muga, Penna, Poblete y Sota.
Se designó diputado informante al Honorable señor Lavandero.
(Fdo.) ; Jaime de Larraechea, Secretario."
52.-PETICIONES DE OFICIOS
Los señores Diputados que se indican, en conformidad a lo dispuesto en el artícu- do 173 del Reglamento, solicitaron que, en sus respectivos nombres, se enviaran los siguientes oficios:
El señor Argandoña:
Al señor Ministro de Educación Pública a objeto de que se tomen las medidas necesarias para dar satisfacción a las necesidades apremiantes del Liceo de Hombres 2 con Coeducación de Antofagas- ta;
Al señor Ministro de Educación Pública exponiéndole la necesidad de la construcción del nuevo edificio para la Escuela Superior Nº 2 de Niñas, de Antofagas- ta;
Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole la construcción, ampliación y mobiliario para la Escuela Industrial de Calama;
Al señor Ministro de Educación Pública para que se solucionen los problemas que atañen al Liceo de Hombres de Calama.
El señor Cademártori:
Al señor Ministro de Obras Públicas a fin de que remita el presupuesto de zarpa y soleras pai'a la Cooperativa "Once de Enero" de Santiago.
Al señor Ministro del Interior solicitándole el presupuesto de alumbrado para la Cooperativa "Once de Enero", de Santiago;
Al señor Ministro del Interior a fin de disponer de vigilancia de carabineros en las escuelas ubicadas en el sector de la Población Juan Antonio Ríos;
Al señor Ministro del Interior a objeto de que se curse lo planteado por la Junta de Vecinos de la Población Nueva Antofa- gasta, referente a urbanización, alcantarillado, etc.;
Al señor Ministro del Interior pidiendo informes sobre la construcción de una Plaza de Juegos Infantiles en la calle Bajeles esquina Fidel Monje de la Población Juan Antonio Ríos;
Al señor Ministro de Obras Públicas sobre el presupuesto de alcantarillado para la Cooperativa "Once de Enero", de Santiago, Población Esperanza;
Al señor Ministro de Obras Públicas para que informe sobre la recuperación de terrenos al lado de la Parroquia en la Población Juan Antonio Ríos, Sector 2-C;
Al señor Ministro de Obras Públicas pidiéndole se destinen los fondos necesarios para la construcción de una Tenencia en la Población Juan Antonio Ríos; se informe sobre el proyecto elaborado por los arquitectos Ponte y Cristi, y para que se sirva informar sobre la reparación de los cierres en el Canal La Punta;
Al señor Ministro de Educación Pública referente a la construcción de la Escuela de Párvulos N"? 299, en la calle Camero, entre Salomón Sack e Industria Vestex, Sector 3-A de la Población Juan Antonio Ríos;
Al señor Ministro de Educación Pública a fin de que se repare con urgencia el local en que funciona la Escuela 48 de Ñuñoa;
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre las medidas que se han adoptado para solucionar el problema de falta de locomoción en la Población Juan Antonio Ríos;
Al señor Ministro de Salud Pública con el objeto de que se instale una Policlínica para el Sector 2-C de la Población Juan Antonio Ríos; y
Al señor Ministro de Salud Pública para que emita un informe sobre cuándo se comenzará a reparar las Copas de Abastecimiento de Agua en la Población Juan Antonio Ríos;
El señor Cantero, al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social para que se sirva disponer lo necesario en el caso de la denuncia formulada contra la panadería "París", en San Francisco de Lima, provincia de Valparaíso.
El señor De la Fuente;
Al señor Ministro de Agricultura exponiéndole los inconvenientes surgidos por el traslado de la oficina Indap Zonal de Bío- Bío y Malleco, que se encuentra ubicada en Angol, a Bío-Bío; y
Al señor Ministro de Obras Públicas explicándole la imperiosa necesidad de contar con los fondos necesarios para la construcción de la tercera etapa del canal Bío- Bío Sur.
El señor Garcés, a los señores Minis tros del Interior, de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social sobre problemas relacionados con la provincia le Curicój y de competencia de sus respectivas carteras.
El señor Guastavino:
Al señor Ministro de Obras Públicas para que se sirva disponer lo necesario para resolver los problemas que afectan a Is Población O'Higgins de El Melón, en la provincia de Valparaíso;
Al señor Ministro del Interior a objeto de que se solucionen algunos problemas que afectan a la Población Gómez Carroño, de Viña del Mar.
Al señor Ministro de Educación Pública para que se sirva informar sobre la construcción de la escuela en la ijoblación Gómez Carreño, en Viña del Mar.
El señor Jarpa:
Al señor Ministro de Obras Públicas solicitándole que los ocupantes de las viviendas de la Población Purén N"? 1 de Chillán queden exentas del pago de contribución por espacio de diez años;
AI señor Ministro de Educación Pública a fin de que la Escuela Consolidada de Yungay cuente con un edificio definitivo que reúna las condiciones pedagógicas.
Al señor Ministro de Obras Públicas a objeto de solicitarle se haga realidad la sentida necesidad que tienen los vecinos de Rucapequén y Subdelegación de Nebu- co de regar sus tierras con las aguas del tranque Diguillín;
Al señor Ministro de Educación Pública a objeto de que sea acogido favorablemente la petición del Centro de Padres y el Comité de Vecinos de Adelanto de Qui- riquina, Bulnes, Provincia de Ñuble; y
Al señor Ministro de Educación Pública para que se envíen, a la brevedad posible, las cortinas solicitadas a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para la Escuela Nº 36, República Federal de Alemania, ubicada en la ciudad de Chillán.
El señor Jaque:
Al señor Ministro de Educación Pública para que se solucionen los problemas del Liceo Fiscal Coeducacional de Talcahuano;
y
Al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole tenga a bien acceder a la petición del Comité de Pobladores de la "Población Villa Alegre" de Coronel.
La señora Marín:
Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social para que se sirva disponer se realice una investigación sobre los graves inconvenientes que afectan a los copropietarios y habitantes del edificio ubicado en Avenida Bernardo O'Higgins con Avenida Ricardo Cumming;
A! señor Ministro de Agricultura pai'a que proceda a expropiar el predio denominado Hacienda "Chicauma", ubicada en la comuna de Lampa, departamento de Santiago.
A los señores Ministros de Hacienda y Obras Públicas para que se sirvan adoptar las medidas conducentes que permitan la solución del problema que se le presenta al edificio mvinicipal de Renca;
El señor Millas, al señor Ministro de Obras Públicas solicitándole dé cumplimiento a las disposiciones legales que le obligan a vender sus casas a los pobladores, en distintas poblaciones.
. El señor Ochagavía:
Al señor Ministro de Defensa Nacional para que se estudie la posibilidad de constituir nn faro e instalar una boya en la entrada del canal Puquitén entre las islas Guaileca y la isla Ascensión, departamento de Castro; y
Al señor Ministro de Agricultura pidiéndole que autorice la reconstrucción del baño para ovejas que existe actualmente en la localidad de Astilleros, comuna de Dalcahue, provincia de Chiloé.
El señor Papic, a S. E. el Presidente de la República con el objeto de que incluya en la convocatoria el proyecto que autoriza a la Municipalidad de Los Andes, para contratar empréstitos.
El señor Pontigo; al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción a objeto de que se sirva informarlo sobre la posible construcción de la Planta Elabora- dora de fibra de carbón en Los Vilos.
El señor Rosales:
Al señor Ministro del Interior a objeto de que se sirva disponer lo necesario con el fin de que se instale un teléfono público en la Población Granja Estadio de Ran- cagua; y
Al señor Ministro de Obras Públicas para que se realicen los estudios respectivos a fin de dotar de agua potable a ía población denominada El Litoral, ubicada al norte de la ciudad de Rancagua.
El señor Sívori :
Al señor Ministro de Educación Pública pidiéndole se tomen las medidas del caso para que se cree en el departamento de Curacautin, una Escuela Hogar;
Al señor Ministro de Obras Públicas solicitándole se destinen los fondos necesarios para efectuar reparaciones en los caminos interciudades y transversales del departamento de Curacautin;
Al señor Ministro de Obras Públicas a objeto de que se construya en la comuna de Lonquimay, departamento de Curacautin, un puente sobre el río Bío-Bío, en el paso Tucapel;
Al señor Ministro de Obras Públicas pai-a que, si lo tiene a bien, se sirva disponer los fondos necesarios a fin de que en la comuna de Lonquimay se instale una planta para agua potable y servicio de alcantarillado;
Al señor Ministro de Obras Públicas a objeto de que se sirva dar las instrucciones del caso para que se dé solución a los problemas más urgentes de la Planta de Agua Potable de Curacautin;
Al señor Ministro del Interior con el objeto se construya en la localidad de Cura- cautín un edificio especial para Correos y Telégrafos, en el sitio fiscal ubicado a continuación del edificio comprado para las oficinas públicas.
Al señor Ministro del Interior, a objeto de que se proceda a instalar servicio telefónico en la localidad de Lonquimay; y
Al señor Ministro de Economía solicitándole la creación de un hotel de turismo en el departamento de Curacautin.
El señor Zorrilla:
Al señor Ministro de Defensa Nacional solicitándole estudie la posibilidad de dotar a la ciudad de Parral de un gimnasio cubierto;
Al señor Ministro de Defensa Nacional para que se dote a la ciudad de Linares de un gimnasio techado;
Al señor Ministro de Educación Pública a objeto de que se estudie la posibilidad de solucionar los problemas que afectan a la Escuela N"? 36 de Abranquil, en la comuna de Yerbas Buenas; y
Al señor Ministro de Obras Públicas informándole la necesidad que existe de construir un puente sobre el río Ancoa, en el lugar denominado Vega de Ancoa sobre el camino de Linares.
De los señores Galleguillos y Robles, el señor Ministro de Trabajo y Previsión Social para que se sirva informar sobre Ja situación que se estaría produciendo con respecto a las pensiones de orfandad.
De los señores Meló, Agurto y Montes, a los Ministros del Interior y Obras Públicas a fin de que tengan a bien estudiar la posibilidad de hacer el traslado de 30 obreros de Vialidad, para las obras municipales de la Ilustre Municipalidad de Cu- ranilahue.
V.- TEXTO DEL DEBATE
-Se abrió la sesión a las 11 horas.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
Las actas de las sesiones 2º, 10°, 11º, 12º, 13º y 14º, están a disposición de Los señores Diputados.
Se va a dar lectura a la Cuenta.
-El señor Prosecretario subrogante da, cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).- Terminada la Cuenta.
1.-SESION SECRETA
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se constituye la Sala en sesión secreta.
-Se constituyó la Sala en sesión secreta.
2.-PRORROGA DEL PLAZO PARA INFORMAR UN PROYECTO DE LEY.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se constituye la Sala en sesión pública.
En el Orden del Día, solicito el asentimiento de la Sala para prorrogar hasta el término del constitucional, el plazo para informar el proyecto de ley, con urgencia calificada de "simple", sobre arrendamiento de bienes raíces fiscales.
Si le parece a la Sala, se prorrogará el plazo referido.
Acordado.
3.-LIBERTAD DEL PERIODISTA FEDERICO ALVAREZ. TELEGRAMA AL SEÑOR PRESIDENTE DE VENEZUELA.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Diversos Comités han hecho llegar a la Mesa una petición para que se envíe en nombre de la Cámara, un telegrama al Presidente de Venezuela, señor Raúl Leoni, solicitándole y reiterándole la libertad del periodista Federico Alvarez, que fue estudiante en la Escuela de Periodismo en Chile.
Si le parece a la Honorable Cámara, se enviará la nota en la forma solicitada.
Acordado.
4.-PREFERENCIA PARA USAR DE LA PALABRA.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento de la Sala para conceder cinco minutos a la Honorable señora Dip, para rendir un homenaje. Acordado.
Solicito el asentimiento unánime de La Sala para conceder de inmediato al Honorable señor Momberg los 5 minutos que le corresponden de acuerdo con el artículo 18 del Reglamento, para hacerse cargo de alusiones personales.
Acordado.
5.-HOMENAJE AL TENIENTE DE CARABINEROS SEÑOR HERNAN MERINO CORREA.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra la señora Dip.
La señora DIP (poniéndose de pie).-
Honorable Cámara, los ingratos incidentes fronterizos con la República Argentina han tenido como resultado doloroso para nuestro país, el luto de una de las más caracterizadas instituciones nacionales. Me refiero al Cuerpo de Carabineros de Chile, benemérita organización que, a través de sus múltiples actividades de bien social y resguardo del orden público, se ha granjeado, con justa razón, la admiración y gratitud de nuestra soberanía.
Por ello, considero un deber ineludible de nuestra parte rendir, en esta ocasión, un merecido homenaje, que, cual tributo de auténtica adhesión, llegue hasta el Cuerpo de Carabineros de Chile, en los dolorosos momentos en que sus verdes pabellones se inclinan reverentes ante el holocausto heroico de la valiosa y joven vida del oficial chileno Hernán Merino Correa, ultimado por la gendarmería argentina en Laguna del Desierto, en el extremo sur de la provincia de Aisén.
Sin perder la tranquila serenidad y altivez que nos da la posesión del derecho y la razón, es necesario, en estos delicados momentos que vive nuestro país, objeto de una inicua provocación, agravada con el derramamiento de sangre, respaldar la firme y viril actitud de aquellos fieles servidores públicos que son los Carabineros de Chile, para asociarnos, junto al sentir unánime de la ciudadanía, a su duelo, expresando de este modo, públicamente los sentimientos de la República chilena, afectada por la muerte de uno de sus oficiales y por los injustos vejámenes infligidos a tres miembros más de la institución.
La actitud asumida por la gendarmería argentina constituye, evidentemente, una incalificable agresión y, a la vez, una flagrante violación del acuerdo del 6 de noviembre. El resultado de estos hechos significa para nuestro país el amargo tributo de un mártir, caído en aras de su riguroso concepto del deber y en la defensa de la soberanía e intereses nacionales.
La actitud altiva y heroica del oficial Merino Correa es un ejemplo que dignifica 3a tradición de soberanía patria de nuestra tierra, y sitúa al Cuerpo de Carabineros de Chile en el sólido sitial de sacrificio invariable, que siempre ha mantenido esta institución, cuyo tributo generoso de mártires que han ofrendado sus vidas al deber y al amor patrio, es elocuente y decidor.
Es posible que el tiempo, ese factor inconmensurable del olvido y la serenidad, logre afincar en nuestro país y en el pueblo, el reposo necesario para estas amargas horas de incertidumbre y pesar. Pero en el corazón de los chilenos renacerá siempre el recuerdo imperecedero de su mártir, adalid de la paz y la integración latinoamericanas, caído en aras del deber luchando por la soberanía de Chile en defensa de los intereses nacionales.
155 años de independencia han pretendido ser pisoteados por la gendarmería argentina, y una vida joven, pletórica de ilusiones y esperanzas, ha caído en el curso de estos deleznables sucesos. Su sangre será, indiscutiblemente, la simiente de fe y grandeza ciudadana que seguirá impulsando a nuestro pueblo a luchar tenazmente por su soberanía. Y nuestro Gobierno, de acuerdo con la tradición de nuestra patria, amante de la paz y del derecho, sabrá también, en estas difíciles horas, resguardar con firmeza la dignidad y soberanía nacionales.
En el espíritu de su nuevo mártir, el Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa, rindo mi emocionado homenaje de respeto, admiración y afecto al Cuerpo de Carabineros de Chile, tributándole la expresión de la solidaridad del pueblo chileno y de la nunca desmentida sensibilidad patriótica de la mujer chilena; homenaje que, por mi intermedio, rinden también todos los Diputados de la Democracia Cristiana.
He dicho, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar al Cuerpo de Carabineros de Chile, en nombre de la Cámara, un oficio en que se transcribirá el homenaje rendido por la Honorable señora Juana Dip.
¿Habría acuerdo?
Acordada.
El señor GARAY.-
Y que también se envíe una nota de condolencia a la señora madre del teniente Merino, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Muy bien.
6.-RESPUESTA A UNA ALUSION PERSONAL HECHA EN SESION ANTERIOR. ARTICULO 18 DEL REGLAMENTO
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Momberg.
El señor MOMBERG.-
Señor Presidente, el Honorable señor Lorenizini, en mi ausencia, creyó del caso presentar ante la Honorable Cámara una versión, muy suya, de algunos hechos acontecidos en Temuco, en el recinto donde se celebraba la última Exposición Ganadera e Industrial de la zona.
Hasta aquí, no valdría la pena ocuparse de la relación hecha por el Honorable señor Lorenzini. Pero el Honorable colega, junto con reiterar injurias, que son conocidas, en contra de los agricultores de Cautín, añadió calificaciones sobre mi persona, diciendo que yo era "un pelele en manos de mis electores", y agregó palabras que, por respeto a la Honorable Cámara, no repito, en contra de los diarios "El Austral" y "El Gong", de Temuco.
Comprendo que, para el Honorable señor Lorenzini, sea inspiración de pensamientos y de palabras soeces el hecho de que el parlamentario que habla, en su función de Diputado, defienda el derecho de propiedad y a los agricultores progresistas de Cautín; pero me parece "desorbitado" que a esto añada el ataque virulento en .contra de prestigiosos rotativos editados en Temuco, que son expresión de los anhelos y esperanzas de progreso de la zona y del país.
Pero donde el Honorable señor Lorenzini colmó toda medida, es en la falta de respeto que, para esta Honorable Cámara, implican las palabras por él pronunciadas, que llegaron hasta el menosprecio del sentimiento más respetable que debe inspirar siempre a un hombre íntegro y cabal: la consideración a la mujer, por su condición de tal. Por mucho que le cieguen la amargura y el odio, el Honorable Diputado no podía ignorar que su exposición era escuchada por mujeres que, además, son sus colegas en el Parlamento.
La intervención que comento del Honorable señor Lorenzini sólo puede merecer el repudio de todos los sectores de la Honorable Cámara. Ello, en defensa del prestigio de esta rama del Parlamento y, por qué no decirlo, de esa condición, tan chilena, que es la primera para ser caballero y realmente un hombre: el respeto a la mujer en todas las circunstancias.
Tengo conocimiento de que este repudio se ha exteriorizado por muchos; que él está presente en el pensamiento de todos los señores Diputados y, más allá de estas murallas, en la opinión pública, incluso en los sectores del partido del Honorable señor Lorenzini; y que, en Cautín, no desean otra cosa que no verlo más en la provincia.
Termino, señor Presidente, expresando mi enérgica protesta por las palabras del Honorable señor Lerenzini. Así creo cumplir con mi obligación de contribuir a la mantención de la respetabilidad de la Honorable Cámara ante la ciudadanía, que desea que la responsabilidad y la seriedad sean el sello de las actuaciones y de las palabras de quienes somos parlamentarios, en virtud de la voluntad del pueblo que nos ha enviado a esta Honorable Cámara.
El señor ACEVEDO.-
¿Qué dijo el señor Lorenzini?
El señor MOMBERG.-
Honorable señor Lorenzini, yo no hubiera querido...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¡Honorable señor Acevedo!
El señor MOMBERG.-
...llegar hasta esto, que evidentemente...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Momberg, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
El señor MOMBERG.-
Señor Presidente, en realidad, esa noche leí en la versión las expresiones que muchas de sus palabra fueron corregidas, como es natural y lógico; pero algunos de sus términos salieron en la publicación.
Yo considero que la manera de actuar del Honorable señor Lorenzini es censurable. No tengo por qué constituirme en crítico de Su Señoría. Y si en esta oportunidad lo hago, se debe a que me aludió personalmente.
Estoy plenamente consciente de que tanto en la Honorable Cámara como en otros sectores, muchos ciudadanos no estarán de acuerdo con la manera de proceder del Honorable colega.
Quiero agregar algunas palabras más: creo que mis Honorables colegas, en su recorrido por las distintas regiones del país y en su contacto con la ciudadanía, en más de alguna ocasión habrán escuchado o leído en la prensa, portavoz de la opinión pública, expresiones como ésta: "Parece que el Parlamento se ha transformado en un conventillo". A nosotros nos cabe la enorme responsabilidad de venir a este recinto a exteriorizar nuestras inquietudes, con prescindencia de términos impropios, incluso al discutir divergencias de orden interno que podemos tener entre unos y otros. Para expresar nuestros puntos de vista tenemos muchísimas formas. Pero hay una que no nos está permitida a nosotros. Al elegirnos sus representantes en el Parlamento por medio de sus votos, la ciudadanía ha tenido en vista una sola pauta; que el parlamentario es un hombre que pertenece a un partido, y que, si fue elegido, ello se debe a que se destacó por sobre los demás candidatos que se presentaron. Y esa voluntad popular se ha manifestado en los hombres que la hemos venido a representar en el Parlamento, cualesquiera sean su ideología, su condición o sus principios. Algunos están en la verdad y otros, probablemente, están equivocados; pero estas son cosas que no vamos a discutir. En una cosa, evidentemente, considero que no estoy errado: en considerar que en el Parlamento, donde está expresada la voluntad democrática del pueblo de Chile, hay términos que no se pueden emplear en los debates, ni menos aceptar que salgan en la versión destinada a la opinión pública, ya que tales expresiones constituyen no sólo un desprestigio para el Parlamento chileno...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Permítame, señor Diputado. Ha terminado el tiempo concedido a Su Señoría.
ORDEN DEL DIA
7.-AUMENTO DE LA PLANTA DEL CUERPO DE CARABINEROS. OFICIO EN NOMBRE DE LA CAMARA
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En virtud del acuerdo de la Honorable Cámara, corresponde ocuparse del proyecto de ley, con urgencia calificada de "simple", informado por las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda, que aumenta la planta del personal del Cuerpo de Carabineros de Chile.
Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior es el Honorable señor Téllez, y de la de Hacienda, el Honorable señor Lavandero.
-Los informes de las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda aparecen entre los Documentos de la Cuenta, de este Boletín de Sesiones.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En discusión general el proyecto.
El señor TELLEZ.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TELLEZ.-
Señor Presidente, la Comisión de Gobierno Interior tomó conocimiento y pasa a informar ahora, por mi intermedio, un proyecto originado en un Mensaje del Ejecutivo y con tramitación de urgencia calificada de "simple", mediante el cual se aumenta la planta del personal de Carabineros de Chile y se destinan recursos especiales para la construcción extraordinaria de cuarteles. Durante su discusión en la Comisión de Hacienda el Ejecutivo presentó una indicación, para aumentar también la planta del personal de los Servicios de Investigaciones. Sobre este último aspecto ha informado la Comisión de Hacienda.
Durante la discusión del proyecto, la Comisión de Gobierno Interior contó con la colaboración del señor Subsecretario de Salud, Pública, don Guillermo Boizard Urrutia; de los Generales de Carabineros, señores Augusto Sobarzo y Guillermo Moreno; del Auditor General de Carabineros, don Héctor Videla; del Jefe de Personal del Ministerio del Interior, don Jorge Ulloa; del Director del Presupuesto, don Edgardo Boenninger. Además, la Comisión escuchó al Presidente y al Secretario del Colegio de Practicantes de Chile, señores Diógenes Cerda y Eduardo Ramírez.
Las razones permanentes y de carácter general, en que se fundamenta este proyecto, son las siguientes:
En primer término, el aumento acelerado de la población del país, que significa un retroceso en la proporción que debe existir entre funcionarios de Carabineros y el número de habitantes. Al respecto, me permito hacer presente que en 1940, cuando Chile tenía una población de 5.023.439 habitantes, el Cuerpo de Carabineros tenía una planta de 17.707 funcionarios; en consecuencia, existía un carabinero por cada 282 habitantes. Veinte años después, en 1960, cuando la población de Chile subió a 7.374.000 habitantes, la planta de carabineros era de 21.199 funcionarios, lo cual representa una proporción de 348 habitantes por carabinero. En la actualidad, cuando la población de Chile puede calcularse, en forma prudencial, entre 8.800.000 ' a 9.000.000, el personal de carabineros asciende a 22.779 funcionarios, de modo que hay una proporción de 420 a 430 habitantes por carabineros. Se ve claramente, entonces que la proporción de habitantes por carabinero va subiendo.
En el número de funcionarios de Carabineros se incluye al personal civil y de labores auxiliares, que no desempeñan funciones de orden y seguridad, de suerte que los porcentajes carabinero-población deben ser más elevados.
En segundo término, los funcionarios de Carabineros, cuyas labores específicas son la vigilancia, previsión e investigación de delito, han sido obligados por leyes, decretos y otras disposiciones a desarrollar trabajos que no son propiamente policiales. Entre ellos podemos señalar los siguientes: a) labores de guardias forestales; b) actuaciones como ministros de fe en juicios del Trabajo, de los Juzgados de Policía Local, de los Juzgados de Menores, etcétera; c) labores de ministros de fe para integrar Comisiones Inscriptoras en los Registros Electorales; ch) labores de fiscalización y control, y de notificaciones derivadas de la Ley de Alcoholes y Bebidas Alcohólicas; d) atención de Postas de Auxilio y otras labores sanitarias como vacunaciones, etcétera, según convenio con el Servicio Nacional de Salud; e) trabajos de auxilio en actos de inspección y obtención del cumplimiento de resoluciones de la Dirección de Industria y Comercio; f) fiscalización de la Ley de Pesca y Caza; g) intervención en la inspección y control de la ley de Educación Primaria Obligatoria, del trabajo nocturno en las panaderías, del cierre uniforme del comercio los sábados en la tarde, etcétera. Como es fácil comprender, todas estas labores recargan y distorsionan el trabajo específico que debe realizar el Cuerpo de Carabineros; pero sus funcionarios las cumplen diligentemente, con alto sentido del deber y de civismo.
El proyecto en discusión pretende, por deseo de la Dirección General de Carabineros, dar un trato preferencial, en cuanto al aumento de la planta y construcción de locales y retenes, a la provincia de Santiago, ya que el enorme aumento de sus habitantes y la expansión territorial de las poblaciones han ocasionado dificultades administrativas y funcionarías en diversas zonas y barrios de la capital.
En el proyecto se contempla la creación de setenta plazas de oficiales, con grados de Teniente a Mayor, y mil plazas para funcionarios a contrata, con grados de Cabo a Suboficial Mayor, en las proporciones que corresponda. Además, destina la suma de dos millones ochocientos mil escudos para la construcción de nuevos cuarteles...
El señor ACEVEDO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor TELLEZ.-
...de Carabineros en los lugares que determine el Ministerio del Interior, previo informe de la Dirección General de Carabineros.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, solicito una interrupción.
El señor TELLEZ.-
Todo lo expresado anteriormente...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, Honorable Diputado? El Honorable señor Acevedo le solicita una interrupción.
El señor TELLEZ.-
Se la concedo con mucho gusto.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable Diputado.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, deseo preguntar al señor Diputado informante el alcance que tiene el último inciso del artículo 1, al que se acaba de referir y que dice como sigue:
"Podrá destinarse algunas de estas plazas a la contratación de personal profesional y técnico para la institución". En el informe de la Comisión de Gobierno Interior se dice, respecto de este inciso, que "se autoriza la destinación de algunas de estas plazas a la contratación del personal profesional y técnico necesario para la mejor utilización de las técnicas policíacas modernas".
No sé si el señor Diputado informante tenga algunos antecedentes respecto de estas nuevas técnicas policiales destinadas a modernizar el servicio. En realidad, no se dice si se adquirirán armamentos, o están encaminadas a mejorar sus medios de movilización o se traducirá en una mayor vigilancia. No sé si Su Señoría, como Diputado informante? tiene algunos antecedentes que nos permitan conocer, en forma más precisa, el significado de este último inciso del artículo 1°.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor TELLEZ.-
Debo hacer presente al Honorable Diputado que la Comisión de Hacienda suprimió este inciso, al que, con posterioridad, se referirá el Honorable señor Lavandero.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Me concede una interrupción, Honorable colega ?
El señor TELLEZ.-
Con mucho gusto.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Frente a la resolución adoptada por la Comisión de Hacienda, de suprimir el inciso final del artículo 1°, quiero manifestar que en el informe de la Comisión de Gobierno Interior se hacen presentes las razones que ella tuvo, para aprobarlo, a petición especial de la Dirección General de Carabineros. En efecto, en el citado informe se dice lo siguiente: "Se hizo presente que esta disposición permitirá a la Jefatura de Carabineros poder contratar, en grados más altos que los que actualmente tienen, a técnicos y profesionales, como ingenieros, mecánicos, radioperadores..." En este aspecto de los mecánicos y radio- operadores, el Reglamento de Carabineros exige que estos funcionarios, que son elementos técnicos indispensables -como lo es un buen mecánico para atender las maquinarias de los radiopatrullas y de todos los elementos mecanizados que este Cuerpo tiene-, no pueden servir con un grado superior al de carabineros o cabo. Es el mismo caso que pasa con los radio- operadores, cuya ausencia, hoy por hoy, se ha dejado sentir en la zona sur, donde no hay otro medio de comunicaciones que no sea el avión, porque no tienen radio- operadores. Nadie quiere trabajar en Carabineros de Chile con el grado de cabo, porque en la actividad particular encuentra mucho mejor campo para aprovechar sus conocimientos técnicos. Por esta razón, como le consta al señor Presidente y al señor Diputado informante, la Comisión de Gobierno Interior acogió la petición de la Dirección para disponer de este personal contratado en condiciones especiales, porque se trata de técnicos o profesionales.
En distintas leyes, nosotros hemos sentado este precedente. En efecto, acabamos de rechazar, por unanimidad, el veto del Presidente de la República respecto de una disposición aprobada por el Congreso tendiente a dar a los mecánicos un tratamiento distinto al que se da a los obreros corrientes que trabajan en esta rama. Igual cosa sucedió respecto de los fresadores, matriceros y otros técnicos de los Ferrocarriles del Estado y de la industria privada. De ahí que me extraña especialmente -tal vez no hubo participación de Carabineros de Chile en la Comisión de Hacienda- que ésta haya rechazado el inciso final del articulo 1º del proyecto, solicitado de modo expreso por los señores Generales que concurrieron a la Comisión a defender este planteamiento, pues son ellos los que palpan las dificultades para contratar personal especializado.
Este es el origen del inciso final del artículo 1º del proyecto. Tengo entendido que la Honorable Cámara tendrá que rechazar la modificación de Hacienda por las razones que acabo de dar. El acuerdo tomado por la Comisión no altera en absoluto el proyecto propuesto por la Dirección General de Carabineros con el patrocinio del Gobierno.
Es cuanto deseaba explicar.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor TELLEZ.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Lavandero, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, puede usar de la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, con posterioridad, y en nombre de la Comisión de Hacienda, debo informar este proyecto a la Honorable Cámara. Sin embargo, como el Honorable señor Acevedo ha solicitado una información, la que, en cierto modo, ha sido complementada con los antecedentes del Honorable señor Samuel Fuentes, quiero señalar que la Comisión de Hacienda estimó necesario suprimir este inciso final del artículo 1º, a pesar de creer conveniente la existencia de una planta técnica que contemplara a estos funcionarios profesionales. Debo citar el caso de algunos abogados que se encuentran en calidad de simples carabineros para poder ser considerados dentro de la planta. En realidad, se trata de una evidente irregularidad. Este es un personal afecto a la planta del Servicio de Orden y Seguridad de Carabineros que debería estar incluido en las plazas del Servicio Técnico y Profesional.
Como parlamentarios, carecemos de iniciativa para crear plantas, y es evidente que no podíamos formular indicación para establecer el reemplazo correspondiente.
Por lo demás, como ya se ha dicho, una indicación de esta naturaleza debe plantearse por el propio Ejecutivo. No obstante, quiero señalar al Honorable señor Samuel Fuentes que un representante de Carabineros de Chile y otro del Ministerio del Interior fueron llamados por la Comisión de Hacienda y asistieron a ella. Y, examinada la cuestión a fondo, pudo advertirse que en las condiciones en que estaba presentada la indicación en cuestión, a pesar de la buena intención de los miembros de la Comisión de Gobierno Interior y el deseo de la de Hacienda de solucionar este problema, en realidad se iba a causar un perjuicio en vez de un beneficio, porque alteraba la creación de las plazas de "Orden y Servicio", a que se hace referencia en el proyecto: la contratación de mil en los grados de Suboficial Mayor a Cabo y de setenta en el de oficiales.
Por estas consideraciones, la Comisión de Hacienda, con conocimiento cabal de la opinión de los funcionarios del Cuerpo de Carabineros, que manifestaron su acuerdo para el rechazo de esta indicación, procedió a ello. En todo caso, esto se hizo en el entendido de que el Ejecutivo enviaría una indicación sobre la materia más adelante.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el señor Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior.
El señor TELLEZ.-
Señor Presidente, he concedido una interrupción al Honorable señor Samuel Fuentes.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede usar de la interrupción Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, en mi opinión, esta indicación no requiere iniciativa del Ejecutivo, por cuanto es muy claro el concepto que dice "... podrá destinarse algunas de estas plazas". Sin duda alguna él se está refiriendo a las que crea el Mensaje del Presidente de la República, en que se aumentan las plazas de Carabineros de Chile.
Al respecto, el General Augusto Sobarzo manifestó en la Comisión de Gobierno Interior que era posible, por ejemplo, que el abogado a que se refería el Honorable señor Lavandero pudiera ser considerado entre uno de los cuarenta tenientes grado tercero, cuyas plazas crea el proyecto; que dos los mecánicos podrían ser igualmente considerados en la creación de plazas en el grado de Suboficial Mayor, ya que ello no significaba ninguna alteración. En tal caso, en vez de crearse diez plazas de Suboficiales Mayores de Tropa, se esblecerían ocho de tropa y dos de técnicos. Este fue el planteamiento del General Sobarzo en la Comisión de Gobierno Interior.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el Honorable señor Téllez.
¿Me permite, Su Señoría? El Honorable señor Acevedo le solicita una interrupción.
El señor TELLEZ.-
Con todo agrado se la concedo.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, deseo insistir en esta materia. Quiero hacer presente que el inciso primero del articulo 1° del proyecto, habla de aumentar la Planta de Carabineros de Chile en 10 mayores, 20 Capitanes, 40 Tenientes, grado 3°, 10 Suboficiales Mayores, grado 4º, 30 Sargentos, 60 Vicesargentos, 100 Sargentos 2ºs. y 800 Cabos, grado 11.
Es decir, y como muy bien hace notar el Honorable señor Lavandero, el inciso final del artículo 1° sobre personal técnico o profesional, viene a contradecir lo dispuesto en el inciso primero, al otorgar una facultad tan amplia, ya que estatuye que "podrán destinarse algunas de estas plazas a la contratación de personal profesional y técnico para la institución".
Ha manifestado el Honorable señor Fuentes, don Samuel, que se trata de algunos cargos de tipo profesional. Evidentemente. En el informe también se especifican esos cargos de tipo profesional, pero asimismo se hace referencia a cargos relacionados con técnicas policiales modernas.
En consecuencia, si la Honorable Cámara le prestara su aprobación al informe de la Comisión de Gobierno Interior con este inciso segundo, desvirtuaría totalmente el inciso primero del artículo 1º y, con ello, el Mensaje del Ejecutivo.
Esto hace variar fundamentalmente la iniciativa de aumentar en 1.000 plazas el personal de tropa y en 70 plazas el personal de Oficiales.
Eso es todo.
El señor LAVANDERO.-
Así lo consideró la Comisión de Hacienda.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el Honorable señor Téllez.
El señor TELLEZ.-
Le concedo una interrupción al Honorable señor Lavandero.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable Diputado.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, las apreciaciones del Honorable señor Acevedo me ahorran todo comentario porque es la misma explicación que iba a dar al Honorable señor Fuentes, don Samuel.
En todo caso, la Cámara de Diputados no puede crear en la planta técnica los cargos a que ha hecho referencia el Honorable señor Fuentes por carecer de iniciativa sobre la materia.
De ahí que la Comisión de Gobierno Interior estimara conveniente asimilar este personal y la planta del Servicio de Orden y Seguridad. Pero al hacerlo así, desvirtuaba, como lo ha señalado con toda propiedad el Honorable señor Acevedo, el propósito mismo del artículo 1º.
El señor TELLEZ.-
Le concedo una interrupción al Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede usar de la interrupción el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE (don Mariano).-
Señor Presidente, no voy a entrar en polémica con el Honorable señor Acevedo, porque la explicación dada por el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda es perfectamente atendible.
No ha existido el ánimo en la Comisión de Gobierno Interior de querer desvirtuar el proyecto. Se trata, simplemente, de crear al tenor de lo manifestado por el mismo Cuerpo de Carabineros, no más de diez o quince cargos técnicos, de imprescindible necesidad, como lo ha dicho el Honorable señor Samuel Fuentes.
El señor ACEVEDO.-
Debió haberlo señalado...
El señor RUIZ-ESQUIDE (don Mariano).-
El objetivo fundamentalmente era ése. No hay duda que las razones de la Comisión de Hacienda son atendibles, pero también lo son las que tuvo la Comisión de Gobierno Interior, en orden a satisfacer, de alguna manera, una necesidad imprescindible del Cuerpo de Carabineros de Chile, como lo expresaron los altos jefes que asistieron a las reuniones y cuyos planteamientos contaron, en general, con el apoyo unánime de la Comisión.
Nada más.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el Honorable señor Téllez.
El señor FUENTES (don Samuel).-
¿Me concede una interrupción. Honorable colega?
El señor TELLEZ.-
Con mucho gusto.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Fuentes.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, el Honorable señor Acevedo ha planteado las razones por las que no es posible contratar personal con grado superior. Pero en la práctica quienes ocupan las plazas de carabineros, o sea personal de tropa, son abogados, ingenieros, mecánicos y radioperadores, que no cumplen servicio en la calle, por estar desempeñando precisamente las funciones de orden técnico o profesional para las cuales fueron contratados.
Por eso, ¿ qué se perseguía con el inciso segundo? Estimular a los profesionales que en la actualidad necesita el Cuerpo de Carabineros, lo que no se ha logrado hasta el momento, como lo acaba de decir el señor Presidente de la Comisión de Gobierno Interior. Por estas razones, la Comisión estimó conveniente aprobar el inciso segundo, que fue redactado por los propios Generales de Carabineros, y que tiene por objeto estimular en este caso, como ya lo hemos hecho para diversos personales en otras leyes, al profesional que, por necesidades imperiosas, desempeña sus funciones con el grado de carabinero. En esta situación se halla, por ejemplo, el radioperador egresado de una escuela técnica, que ocupa una plaza de carabinero, corneo lo manifestaran los Honorables señores Lavandero y Acevedo. De esta manera se falte a las disposiciones elementales del reglamento de la Dirección General de Carabineros, porque se permite a profesionales ocupar plazas destinadas a un personal que debe cumplir su función en la calle en resguardo del orden público.
Ese era el objeto del inciso segundo: estimular al personal técnico, porque tenemos el precedente de verdaderas batallas libradas en favor de profesionales que, en condiciones similares a éstas, trabajan en ferrocarriles o en actividades particulares.
Ahora, de nuevo estamos frente a una contradicción, porque, por ejemplo, radio- operadores, que actualmente ocupan plazas de personal de tropa, seguirán en las mismas condiciones, pero desempeñando los nuevos servicios técnicos con que cuenta el Cuerpo de Carabineros. Es decir, el problema siempre subsistirá, pues no se acepta la solución que proponemos de establecer técnicas con grado superior al de carabinero.
Este es el problema que planteo, para que la Cámara lo juzgue en el momento oportuno.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, sin entrar en polémica, en el planteamiento del Honorable colega señor Samuel Fuentes tampoco se advierte la solución ; porque la misma irregularidad que hay para contratar un abogado en una plaza de carabinero, existiría al contratarlo como cabo, teniente o general. Por eso, para contratar a un profesional, en la forma que lo desea su Señoría, sería necesario asignarlo a la planta profesional o técnica.
Reconocemos la necesidad -y así lo hemos señalado- de que el Cuerpo de Carabineros disponga de personal técnico y profesional, pero en la forma como está redactado el inciso segundo, sólo se desvirtúa el propósito del artículo 1°, como lo ha reconocido el propio General que asesoró a la Comisión de Hacienda. Comprendemos el espíritu que informa al Honorable señor Fuentes, pero si lo aceptamos en estas condiciones, se distorsionaría la finalidad del inciso primero.
Concuerdo en que es necesario una planta para el personal técnico y profesional de Carabineros, que guarde una verdadera concatenación con el desempeño de la función, porque es ilógico, como lo ha reconocido el Honorable señor Samuel Fuentes, que haya abogados, ingenieros, mecánicos, o radioperadores como carabineros, como lo sería también en el grado de cabo, teniente o capitán.
El señor CLAVEL.-
¿Me permite?
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Lavandero, el Honorable señor Clavel le solicita una interrupción.
El señor LAVANDERO.-
Con todo agrado.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, de lo expresado por el Honorable señor Lavandero se desprende que en Carabineros no hay una planta técnica; que los abogados, ingenieros y mecánicos son todos carabineros, y que el proyecto sólo tiene por objeto aumentar la dotación del Cuerpo de Carabineros, que bastante falta hace. Pero la anormalidad señalada por el Honorable señor Samuel Fuentes, que cada día, por las mayores exigencias de orden técnico, se van presentando en la institución, hay ciue corregirlas. El Cuerpo de Carabineros ya no es hoy el conjunto policial de que, con sus grandes bigotes, sólo estaba destinado a resguardar el orden de las calles. Hoy debe cumplir también funciones técnicas. Día a día la institución se perfecciona con nuevos instrumentos que necesitan personal especializado.
En todo caso el Senado, como lo ha estado haciendo hasta ahora, en un mejor estudio de este proyecto, solucionará esta dificultad, pues es indispensable que el Cuerpo de Carabineros cuente con una planta de personal destinado exclusivamente al desempeño de funciones técnicas.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Santibáñez solicita una interrupción al señor Diputado informante.
El señor TELLEZ.-
Con todo agrado.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Señor Presidente, quiero hacer constar que el inciso segundo, tan discutido, se agregó a petición expresa del General de Carabineros que asistió a la Comisión de Gobierno Interior, quien, incluso contribuyó a redactarlo. Su objeto no es otro que solucionar el problema que con los profesionales se ha venido presentando desde hace tiempo en la institución.
En consecuencia, salvo que posteriormente se haya disentido de este propósito como me informa el Honorable señor Lavandero, lo razonable sería mantener el inciso segundo en la forma solicitada por el Cuerpo de Carabineros, sin perjuicio de que un nuevo estudio más acucioso y detenido, con mayor tiempo, nos permita encontrar la solución definitiva al problema .
En todo caso, una solución provisoria como ésta, redundará en un mejor servicio del Cuerpo de Carabineros.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor TELLEZ.-
Señor Presidente, como ya lo expresara, el artículo 1º del proyecto tiene por objeto aumentar las plazas de carabineros, y el 2º, destinar fondos para la edificación de nuevos cuarteles.
Por los artículos 3° y 4° se modifican diversas disposiciones del decreto con fuerza de ley N ? 299, del año 1953, para permitir al personal de Carabineros una mayor permanencia en el servicio activo, a fin de entregar a la institución y al país su preparación, experiencia y capacidad como una manera de encarar la falta de personal.
Por el 59 se deroga el artículo 9º de la ley Nº 16.068, restrictivo de las labores que actualmente desarrolla el Cuerpo de Carabineros.
Por el artículo 6°, que tiene un carácter meramente declarativo, se superan algunos reparos opuestos por la Contraloría General de la República a los viáticos del personal de Carabineros, que fueron calculados en forma errónea y pagados con anterioridad a la autorización legal respectiva. Por lo demás, en la mayoría de los casos, existía la imposibilidad de reintegrar lo percibido indebidamente, pues muchos de los beneficiados se han retirado de la Institución.
Por el artículo 7° se corrige una omisión involuntaria del artículo 13 de la ley N º 12.428, que dejó al margen del beneficio de la tramitación de los expedientes de retiro y montepío a los ex policías fiscales y comunales y sus familias.
Por el artículo 8° se regulariza la situación de los practicantes de Carabineros, y por el 2? se autoriza a los prácticos en primeros auxilios para ejercer sus funciones profesionales dentro de la esfera que le fija la ley.
Finalmente, por el artículo 10º se dispone que el gasto que demande, el presente proyecto de ley se imputará al mayor rendimiento que se produzca en la Cuenta A-63-d) del Cálculo de Entradas de la Nación, con lo cual queda asegurado el financiamiento de esta plausible iniciativa.
En consideración a todo lo expuesto, la Comisión de Gobierno Interior solicita de la Honorable Cámara la aprobación del proyecto en debate.
Nada más, señor Presidente.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, a fin de apresurar el pronto despacho de este proyecto de ley, seré muy breve en más consideraciones.
El señor VALENTE.-
Ojalá, para que el proyecto se despache pronto.
El señor LAVANDERO.-
Como Su Señoría no asistió a las sesiones de la Comisión de Hacienda, no sabe que hemos hecho todo lo posible por despacharlo con la mayor rapidez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Lavandero, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa y evitar los diálogos.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Valente, llamo al orden a Su Señoría.
El señor LAVANDERO.-
Las modificaciones introducidas por la Comisión de Hacienda al proyecto en debate son sencillas. En primer lugar, el inciso segundo del artículo 1°, que tanto se ha discutido, se suprimió con el consentimiento del General Sobarzo, que después de analizar en profundidad los antecedentes, coincidió con el representante del Ministerio del Interior en que la mantención del inciso perjudicaba al propio Cuerpo de Carabineros. No obstante, considerando el propósito que se perseguía, la Comisión acordó enviar oficio al Ejecutivo, a fin de que por medio de una indicación se proponga incorporar a los profesionales técnicos en una planta especial.
En el artículo segundo se introdujo una modificación, más bien de detalle, en cuanto al uso de los dos millones ochocientos mil escudos, que se destinaban a la construcción de nuevos cuarteles en la provincia de Santiago. Con motivo de los problemas fronterizos surgidos en estos últimos días, la Comisión consideró que el Cuerpo de Carabineros podría necesitar con urgencia construir cuarteles en la zona sur. Por tal motivo, suprimió, en el inciso primero del artículo 2°, la expresión "de la provincia de Santiago". De esta manera el Ministerio del Interior y la Dirección General de Carabineros, quedan en libertad para destinar los recursos a la construcción de cuarteles en la zona sur.
Pasaré, a continuación, a informar el financiamiento del proyecto.
El costo de este proyecto se financia con los ingresos de la cuenta A-63-d), que ascienden hasta el 31 de agosto del presente año a la cantidad de 4.500.000 escudos, aproximadamente. El mayor gasto que significan las diversas disposiciones de esta iniciativa alcanza a la suma de 3.410.000 escudos, que se descompone en los siguientes rubros: 550.000 escudos para aumentar la planta del personal de Carabineros; 2.800.000 escudos para la construcción de cuarteles, y 60.000 escudos para aumentar la planta de Investigaciones. O sea, quedaría un remanente dé alrededor de 1 millón de escudos, sin perjuicio del que se produzca entre el 31 de agosto y el 31 de diciembre de 1965 que es imposible estimar con exactitud en estos momentos, pero que fluctuará entre mil y dos mil millones de pesos. Esta suma, que no pasará a rentas generales de la Nación, queda a disposición del Cuerpo de Carabineros, para completar la construcción de sus cuarteles en las provincias donde se estime conveniente, de acuerdo con los planes del Ministerio del Interior y de la Dirección General del Servicio.
Finalmente, se aprobó una indicación para ampliar la planta del Servicio de Investigaciones, cuyo costo sería de 60 mil escudos. Se crean 119 plazas, que se distribuyen entre las distintas plantas del servicio. Esta medida obedece a dos razones : primero, a la necesidad de dotar de personal a todas las Prefecturas, y segundo, a que el Gobierno está interesado en aumentar la eficiencia técnica y agilizar el Servicio de Investigaciones. Se establecen, además, una serie de disposiciones que tienden a regularizar la situación interna de Investigaciones.
Debo agregar que Diputados de los distintos Comités, suscribimos y presentamos una indicación que dispone que la Corporación de la Vivienda, dentro del plazo de 60 días contados desde la vigencia de la presente ley, entregará a la madre del ex Teniente de Carabineros muerto en acto de servicio, Hernán Merino Correa, es decir, a doña Ana Correa De la Fuente de Merino, una vivienda a título gratuito y con cargo a sus propios recursos, de un valor no superior a las 10.000 unidades reajustables, en el lugar que determine la beneficiarla, siempre que esté contemplado dentro de los planes de construcción de esa entidad.
De esta manera, queremos demostrar nuestro reconocimiento y gratitud a este valeroso Oficial de Carabineros, que murió por defender la soberanía de nuestra nación.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
¡ Asesinado por los "gorilas" argentinos!
El señor LAVANDERO.-
La indicación pudo haber sido más amplia y establecer otros beneficios en favor de los demás carabineros heridos y de los familiares del Teniente Merino. Pero, seguramente, ella habría requerido un estudio más acucioso y tal vez el informe de la Comisión de Solicitudes Particulares, o un estudio más a fondo y acucioso de la propia Comisión de Hacienda.
A fin de remediar esta situación, ruego al señor Presidente que tenga a bien recabar el asentimiento de la Cámara, para dirigir un oficio al Ejecutivo, en nombre de la Corporación, solicitándole el envío de un proyecto de ley que otorgue los más amplios beneficios a los familiares del Teniente Merino y a los carabineros heridos en estos sucesos que han conmovido al país.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara, para enviar, en su nombre, el oficio a que se ha referido el Honorable señor Lavandero.
Acordado.
El señor GARAY.-
¿Me permite una interrupción. Honorable Diputado?
El señor LAVANDERO.-
Con todo agrado. Honorable colega.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia del Honorable señor Lavandero, tiene la palabra Su Señoría.
El señor GARAY.-
Señor Presidente, el Honorable -Señor Téllez se refirió a la necesidad de aumentar la dotación de carabineros.
No debemos olvidar que la población chilena está aumentando a un ritmo de más o menos 250 mil personas por año. Es decir, cada cuatro años aumenta en un millón de habitantes. En este momento, de acuerdo con datos biodemográficos, la población de Chile es superior a los 9 millones de habitantes. Si consideramos que la dotación de Carabineros era insuficiente ya hace muchos años atrás, con mayor razón lo es ahora y lo seguirá siendo en el futuro. Por eso, sería conveniente establecer una disposición que permitiera, anualmente, en forma casi automática, incrementar la dotación de carabineros.
Por razones constitucionales, los parlamentarios no podemos formular indicaciones en el sentido indicado. Por eso, he remitido una carta, muy breve, al señor Ministro del Interior, en la cual le propongo que en el segundo trámite constitucional de este proyecto, el Ejecutivo presente una indicación para agregar, al final del artículo 1°, el siguiente inciso:
"Asimismo, autorízase al Presidente de la República para aumentar la dotación del Cuerpo de Carabineros de Chile en 500 plazas anuales durante los próximos diez años".
El aumento vegetativo de la población de nuestro país es tan grande, que estas nuevas plazas que ahora se crean serán insuficientes a muy corto plazo.
Por eso, espero que el señor Ministro tenga a bien acoger mi petición. Estimo que, de esa manera, se daría solución automática a este problema y también al que planteaba el Honorable señor Fuentes, don Samuel.
Es efectivo que hay médicos con simple grado de carabineros. Considero indigno que haya profesionales en tales condiciones. Por tal motivo, estimo que en ese nuevo inciso del artículo 1°, podría incluirse una disposición tendiente a resolver en forma definitiva la situación de tantos profesionales y técnicos que actualmente están contratados como simples carabineros.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene ¡a palabra el Honorable señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas votaremos favorablemente el proyecto en debate, por el cual se aumenta la planta del personal del Cuerpo de Carabineros de Chile, y que tiene su origen en un Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.
Sin embargo, la Comisión de Hacienda aprobó una indicación que contiene diversas disposiciones por las cuales se crean también nuevas plazas en los Servicios de Investigaciones.
Aquí se ha rendido homenaje al Cuerpo de Carabineros de Chile. Pero la Comisión de Hacienda, que debería preocuparse de mejorar la situación social de estos servidores, no ha considerado las indicaciones que hemos formulado sobre la materia.
Desde hace muchos años, el personal de Carabineros ha estado solicitando que se le dé un tratamiento igual al de los funcionarios del Servicio de Investigaciones y Prisiones. Quieren que se les otorgue bonificación por riesgo profesional, aun cuando represente un mínimo porcentaje de sus rentas.
Por tal motivo, presentamos una indicación, que esperamos que la Comisión de Hacienda apruebe en su segundo informe, por la cual se faculta al Presidente de la República para que, dentro de 180 días, desde vigencia de esta ley, envíe un proyecto, debidamente financiado, que establezca una bonificación por riesgo profesional de los Carabineros de Chile.
Además, señor Presidente, la jornada de trabajo de estos funcionarios no tiene límite, pues a veces permanecen en servicio hasta 24 horas seguidas.
No hace mucho, en Estados Unidos hubo una huelga policial, para lograr que se limitara a 8 horas la duración de su jornada.
En nuestro país, los carabineros trabajan 8, 10, 12, 14 ó 20 horas diarias.
Por estas razones, hemos presentado una indicación para fijar en 8 horas el tiempo máximo que puede permanecer en servicio un carabinero. Si la jornada se prolonga, se considerará trabajo extraordinario, por el cual recibirá una asignación especial.
También se ha dicho que es necesario dotar al Cuerpo de Carabineros de equipo moderno.
Seguimos viendo cómo en las Tenencias de grandes ciudades los funcionarios de Carabineros hacen servicio de vigilancia a caballo, en circunstancias que debieran disponer de vehículos motorizados. Estamos de acuerdo en que el caballo debe ser utilizado en las zonas fronterizas, donde no hay caminos de acceso, Pero es deplorable que esto ocurra en ciudades tales como La Serena y Coquimbo, con más de cien mil habitantes. Allí es necesario reemplazar los caballos por "jeeps" o furgones.
Los socialistas creemos que, de esa manera, el Cuerpo de Carabineros puede desempeñar sus labores en forma mucho más eficaz.
Por otra parte, hemos podido comprobar que cuando un carabinero se retira del servicio, tiene que aguardar diez meses para que le paguen el desahucio. Por ello, espero que la Comisión de Hacienda, cuando este proyecto vuelva a ella para su segundo informe, apruebe una indicación destinada a fijar un plazo de 60 días para el pago del desahucio. No es posible que el interesado tenga que esperar diez o doce meses para percibir este beneficio.
De lo contrario, habría que introducir esta disposición en el Senado. En esta forma, la Cámara, una vez más, tendría que aprobar después un precepto que per- rectamente podríamos incorporar en este primer trámite constitucional.
Ojalá que la Comisión de Hacienda acoja todas estas indicaciones, no porque sean de estos bancos, sino porque están inspiradas en el propósito de mejorar la situación de los funcionarios del Cuerpo de Carabineros.
Este personal no puede formular peticiones ni reclamar. Incluso se sabe que se le ocupa en servicios extraordinarios. Estamos informados de que hay oficiales que emplean a sus subordinados en servicios domésticos. Esos carabineros no pueden hacer la denuncia respectiva, pero a nosotros nos constan estos hechos. Esto tiene que terminar.
Señor Presidente, las indicaciones que hemos presentado, tienden a mejorar el proyecto, razón por la cual creemos que serán acogidas.
También apoyaremos la indicación del Honorable señor Lavandero, tendiente a donar una casa a la familia del Oficial mártir, Teniente Merino. Ya la Cámara concedió un beneficio similar a las víctimas de la escampavía Janequeo.
Termino, insistiendo en que se acojan todas o la mayoría de nuestras indicaciones y no se las declare improcedentes, como ha ocurrido en otras oportunidades, pese a que se indica el financiamiento adecuado.
El señor LAVANDERO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra del señor Diputado informante.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, yo comparto el planteamiento del Honorable señor Aguilera: este proyecto tiene urgencia, por razones obvias. Es evidente que cada uno de nosotros podría presentar varias indicaciones para tratar de mejorarlo. Sin embargo, creo que ello retardaría su despacho. Por eso, pienso que se podría presentar otra iniciativa que recogiera todas las ideas, que aquí e han expresado. O bien, este proyecto podría tratarse y votarse en esta sesión con las indicaciones que se han presentado, siempre que no fuera necesario un segundo informe y excluyendo aquellas que requieran informe de la Comisión de Hacienda.
La Cámara de Diputados bien sabe que este proyecto tiene extrema urgencia por las razones que se señalaron en la sesión anterior.
Por último, tratar de mejorar el proyecto con otras indicaciones, dilataría excesivamente su despacho, con lo cual no haríamos otra cosa que perjudicar al propio Cuerpo de Carabineros.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
La Mesa hace presente a la Honorable Cámara que el tiempo destinado al Orden del Día termina a las 18.27 minutos, y que están inscritos para usar de la palabra los Honorables señores Carvajal, Ruiz-Esquide; Santibáñez, Ibáñez y Samuel Fuentes.
El señor PARETO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Carvajal.
El señor CARVAJAL.-
Señor Presidente, los Diputados Comunistas...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite Honorable Diputado?
La Mesa advierte a la Honorable Cámara que si no se vota en general el proyecto antes de las 18 horas 27 minutos, quedará pendiente.
Puede continuar el Honorable señor Carvajal.
El señor CARVAJAL.-
Los Diputados comunistas estamos de acuerdo en que se aumente la planta del personal del Cuerpo de Carabineros, pero queremos dejar constancia, al mismo tiempo, de que no deseamos que este personal sea utilizado como fuerza de choque, para reprimir los movimientos huelguísticos, como ha sucedido en las huelgas de estudiantes y trabajadores y como ocurrió en el conflicto de los obreros portuarios de Valparaíso. Estamos de acuerdo con las disposiciones del proyecto que se refieren a esta materia, pero no así con la resolución adoptada por la Comisión de Hacienda en orden a aumentar las plazas del personal del Servicio de Investigaciones.
También estamos de acuerdo con la destinación de fondos para la construcción de cuarteles de Carabineros, siempre que éstos sean construidos en las zonas más apartadas de las poblaciones urbanas y rurales. Al respecto, puedo manifestar que la Municipalidad de Iquique donó al Cuerpo de Carabineros un terreno para construir un retén; pero, como han faltado recursos, él continúa sin edificar.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señor Presidente, solicito una interrupción.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Carvajal, el Honorable señor Jorge Aravena le solicita una interrupción.
El señor CARVAJAL.-
No deseo conceder interrupciones, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Carvajal no desea ser interrumpido.
El señor ARAVENA don Jorge).-
Sólo quería proponer que se prorrogara la hora, para alcanzar a despachar este proyecto.
El señor CARVAJAL.-
Como digo, estamos de acuerdo con la destinación de E° 2.800.000 para la construcción de cuarteles de Carabineros. En la Comisión de Hacienda se propuso, en un comienzo, emplear este dinero en la construcción de retenes de Carabineros sólo en la provincia de Santiago; pero finalmente, logramos modificar esa disposición ampliando el alcance de la disposición pertinente.
Si se aumentara esa cantidad de dinero, podríamos satisfacer las aspiraciones de las distintas provincias en tal sentido. Creemos también que es necesario construir escuelas en los sectores rurales.
Por otra parte, estimamos que debe autorizarse al personal de practicantes de Carabineros para desempeñarse en los Puestos de Socorros que funcionan en el Cuartel de Carabineros; posteriormente, previo examen ante el Servicio Nacional de Salud, podrán trabajar fuera de ellos en la ciudad o los departamentos correspondientes.
Además, estamos de acuerdo en que estos practicantes puedan inscribirse en los Registros del (Colegio de Practicantes de Chile.
Queremos, también declarar que apoyaremos la idea de reconocer al personal de Carabineros, para los efectos de la jubilación, los años de afiliación en otras instituciones de previsión, acumulando estos años a los servicios prestados en Carabineros.
Termino diciendo que los Diputados de estos bancos estamos de acuerdo con el aumento del personal de planta de (Carabineros de Chile.
He cedido una interrupción al Honorable colega Galleguillos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
.Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Galleguillos.
El señor GALLEGUILLOS.-
Señor Presidente, como lo ha manifestado mi Honorable colega Carvajal, los Diputados comunistas estamos de acuerdo con este proyecto. Debemos recordar que en el período pasado se trató también un proyecto que aumentaba la planta de Oficiales de Carabineros. En esa oportunidad, manifestamos que con la creación de nuevas plazas, tanto en la planta del personal de tropa como en la de Oficiales, no se iba a resolver el problema de la delincuencia, porque para ello era necesario tomar medidas de otra naturaleza como la de incrementar el desarrollo industrial del país, con el objeto de disminuir la cesantía incorporando al trabajo a todos aquellos obreros que actualmente no tienen dónde ganarse el sustento.
Por otra parte, manifestábamos también que era necesario dar al Cuerpo de Carabineros los elementos necesarios que necesitan para cumplir sus funciones; incluso presentamos indicación en el sentido de reducir las horas de los turnos que deben hacer los Carabineros; pero ella fue rechazada por la mayoría de Gobierno de ese entonces.
Asimismo, dijimos que muchas veces era preferible levantar una escuela para educar a los niños y crearles una mentalidad que les permita desenvolverse en la sociedad, antes que construir cuarteles de Carabineros...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Lavandero, ruego a Su Señoría tomar asiento.
El señor GALLEGUILLOS.-
Manifestamos que si bien esos cuarteles eran necesarios ; con ello no se resolverían los problemas fundamentales de nuestro pueblo, que son de orden educacional y económico.
Nosotros dijimos también, cuando el General Queirolo sostenía que era baja la dotación de los servicios de policía uniformada y civil de nuestro país si la comparábamos con el número de policías que tiene Nueva York, que eso revelaba un hechos curioso que confirmaba nuestra apreciación; que en esa ciudad, donde según el señor Queirolo actúa un cuerpo de policía muy perfeccionado, existían también los mayores focos de delincuencia, los mayores vicios...
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Que se prorrogue el tiempo, señor Presidente
El señor GALLEGUILLOS.-
... donde es alarmante el contrabando, el uso de la mariguarra y otras drogas heroicas. Incluso, ello ha traído como consecuencia que esos vicios se hayan extendido a nuestros países, en los cuales ha ido en aumento el uso de esos estimulantes. A la vez, existe gran corrupción en la propia policía de Estados Unidos como se vió ,en el caso del asesinato del PresidenteJohn Kenneddy.
Los Diputados de estos bancos apoyaremos este proyecto, pero, como decía el Honorable señor Carvajal, nos extraña que en la Comisión de Hacienda se hayan incorporado disposiciones destinadas a aumentar la planta de la Dirección General de Investigaciones.
No nos parece correcto que se haya aprovechado la circunstancia de aprobarse por la Comisión de Gobierno Interior el proyecto que favorece al Cuerpo de Carabineros, para aumentar la planta del personal del Servicio de Investigaciones. En el hecho se creará una mayor fuerza policial que más que perseguir a los delincuentes, servirá para reprimir el movimiento sindical y popular chileno, como se ha visto en Valparaíso, en el norte y en el campo chileno. Por esa razón, apoyaremos solamente el aumento de la dotación del Cuerpo de Carabineros.
El señor CARVAJAL.-
Concedo una interrupción a la Honorable señora Maluenda, señor Presidente.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Que no se pasen de la hora, señor Presidente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
Tiene la palabra la Honorable señora Maluenda.
La señora MALUENDA.-
Señor Presidente, tal como se ha señalado, los parlamentarios comunistas votaremos favorablemente este proyecto. Pero desearíamos hacer hincapié en que es imprescindible eliminar de las prácticas del Cuerpo de Carabineros métodos brutales de represión utilizados permanentemente. Me ha tocado ver muy de cerca el trato dado a estudiantes en movimientos plenamente justificados realizados por ellos, como el realizado a raíz de la agresión a la República Dominicana o el efectuado con motivo del alza de las tarifas de la locomoción colectiva.
Lamento traer a colación un problema de tipo personal, pero me he visto en la obligación de hacer una denuncia ante la Justicia Militar por trato brutal en la persona de mi hija, estudiante del Instituto Pedagógico, que fue golpeada brutalmente por las fuerzas de Carabineros. Estas cosas, indudablemente, no prestigian a este Servicio y no contribuyen a que pueda desarrollar su labor de mantención del orden, que es la que le corresponde específicamente. Por eso, junto con votar favorablemente este proyecto, los Diputados comunistas solicitamos que se tomen las medidas tendientes a evitar estos actos brutales.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señora Diputada? Ha terminado el tiempo del Comité Comunista.
Ha llegado a su término el tiempo destinado al Orden del Día.
Varios señores DIPUTADOS.-
Votemos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar en general el proyecto...
El señor CLAVEL.-
Y que pase a Comisión para segundo informe, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
... omitir la votación secreta y enviarlo a Comisión para su segundo informe.
¿Habría acuerdo?
Varios señores DIPUTADOS.-
Conforme, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Acordado.
Solicito el asentimiento de la Sala para omitir la lectura de las indicaciones presentadas; fijar como plazo para el segundo informe hasta el miércoles 17 del presente, día en que vence el término reglamentario..
Varios señores DIPUTADOS.-
Insertando todas las indicaciones, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
. .. y para insertar en la Versión Oficial las indicaciones formuladas.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará en general.
Aprobado.
Volverá a Comisión para su segundo informe.
-Las indicaciones formuladas al proyecto, a que se refiere el acuerdo anterior, son las siguientes:
"Artículo 3°
De los señores Rodríguez, Nadruz, Ibáñez, Naudon, Cabello, Laemmermann, Fuentes Andrades, Camus, Martínez, Fuentealba, Basso y Clavel, para agregar el siguiente inciso:
"Para estos efectos se considerará como servicios efectivos el tiempo de abono de que tratan los artículos 1.5, 16 y 17 del Párrafo II del Título II del D.F.L. 299, de 1953."
Artículos nuevos
De los mismos señores Aguilera, don Luis, Olave, Olivares; Lazo, doña Carmen; Allende, doña Laura y Dueñas, para agregar el siguiente:
"Artículo...- Los servicios nocturnos que cumplan los personales del Cuerpo de Carabineros, deberá el Supremo Gobierno estudiar un financiamiento para concederles un 20'f sobre sus sueldos bases."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente:
"Articulo.- El Ministerio del Interior arbitrará las medidas conducentes a dotar de vehículos -de preferencia jepp, furgones y motocicletas- a las Comisarías y Retenes en provincias."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente:
"Artículo ....- Los servicios de Carabineros no podrán ser superiores a una jornada de ocho horas de trabajo y las horas extraordinarias les serán canceladas con un recargo del 50% sobre el sueldo base."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente :
"Artículo ...- Facúltase al Presidente de la República para destinar un mayor número de vehículos motorizados para efectuar la vigilancia policial en las principales carreteras y caminos del país."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente;
"Articulo....- El personal que jubile o .sea llamado a retiro, percibirá su desahucio dentro de los sesenta días siguientes al alejamiento de la Institución."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente;
"Articulo ....- Facúltase al Presidente de la República para buscar en el plazo de 180 días, un financiamiento que permita otorgar una Bonificación de Riesgo Profesional al Cuerpo de Carabineros, en las mismas condiciones que la tiene el personal de los Servicios de Investigaciones y de Prisiones."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente;
"Artículo ....- Facúltase a la Caja de Previsión de Carabineros para vender las ca.sas a sus actuales ocupantes, en especial aquellas que dicha Caja haya adquirido por intermedio de la Corporación de la Vivienda".
De los señores Aguilera, don Luis, Olave ; Lazo, doña Carmen; Olivares y Dueñas, para agregar el siguiente:
"Artículo ....- Apliqúese un impuesto de un 20% sobre los valores que se cobran en los estacionamientos privados de vehículos, para financiar y ampliar en el país los hogares de menores que sostiene el Cuerpo de Carabineros.
Las Municipalidades tendrán a su cargo el cobro de este impuesto que depositarán en una cuenta especial en arcas fiscales para tal objeto."
De los señores Valente y Carvajal, para agregar el siguiente:
"Artículo ....- La Junta de Adelanto de Arica deberá destinar en sus presupuestos de 1966 y 1967 la suma de 50.000 cada año para construir la Escuela-Hogar que mantiene el Cuerpo de Carabineros de esa ciudad."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente:
"Artículo ....- La Caja de Previsión de Carabineros de Chile deberá otorgar, antes del 31 de diciembre de 1965, los títulos de dominio a los adquirentes de viviendas de ¡as poblaciones El Golfito, Arica y Pacifico de Arica, destinadas a los imponentes de ese Instituto Previsional."
De los señores Lavandero, Penna, Phillips; Saavedra, doña Wilna; Montt; Dip, doña Juana, Maluenda, doña María; Monckeberg, Jerez; Allende, doña Laura y Aguilera, doña María Inés, para agregar el siguiente;
"Artículo ....- La Corporación de la vivienda, dentro del plazo de sesenta días contado desde la vigencia de la presente ley, transferirá a título gratuito y con cargo a sus propios recursos a la madre de! ex Teniente de Carabineros de Chile, muerto en acto del servicio, don Hernán Merino Correa, doña Ana Correa de la Fuente viuda de Merino, una vivienda de un valor no superior a 10.000 unidades reajustables, en el lugar que determine la beneficiaria y siempre que esté contemplada su ubicación dentro de los planes de construcción de la Corporación de la Vivienda.
Esta donación no estará sujeta a insinuación y estará exenta del impuesto a las donaciones.
El beneficio establecido en este artículo es sin perjuicio de los derechos que las leyes y reglamentos contemplan en favor de los imponentes de la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile. El inmueble así transferido será inembargable y no podrá ser enajenado ni gravado sin autorización previa del Consejo de la Corporación de la Vivienda dentro del plazo de diez años contado desde la fecha de la inscripción del dominio."
De los señores Hurtado, don Patricio, Buzeta, Silva Solar, Sanhueza, Lavandero, Jerez; Dip, doña Juana, y Retamal, doña Blanca, para agregar el siguiente:
"Artículo ....- Asciéndese, por gracia, al grado de General de Carabineros, al Teniente de Carabinerosdon Hernán Merino Correa, héroe de Laguna del Desierto.
El mayor gasto que origine este artículo se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
De los señores Cabello, Naudon, Ibáñez, Laemmermann, Basso, Rodríguez Nadruz, Fuentes, don Samuel, Camus, Fuentealba, Martínez y Clavel, para agregar el siguiente ;
"Artículo ....- Agrégase en la letra e) del artículo 17 de la ley N° 15.249, después de la palabra "determinado", la frase "o haya cumplido treinta o más años de servicios."
Agrégase, además, el siguiente inciso a la citada letra e):
"A este beneficio tendrán derecho los jubilados que a la fecha de acogerse a retiro reunían los requisitos indicados, como también las montepiadas cuyos causantes se encontraban en iguales condiciones. En ningún caso la renta será superior a la primera categoría."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente:
"Artículo...Sustitúyese el artículo 13 de la ley N° 12.428, por el siguiente: "Artículo 13.- Establécese en la Dirección General de Carabineros la Sección "Pensiones", que tendrá a su cargo la tramitación, liquidación, confección y firma de las Resoluciones que recaigan en los expedientes de retiro, pensiones, montepíos, desahucios, asignaciones familiares y devolución de imposiciones del personal de Carabineros de Chile y de los ex Policías Fiscales y Comunales o de sus beneficiarios legales."
De los señores Cabello, Ibáñez, Naudon, Laemmermann, Basso, Fuentes, don Samuel, Rodríguez Nadruz, Camus, Poblete, Martínez y Clavel, para agregar el siguiente:
"Articulo ....- Agréganse al inciso tercero del artículo 1° al inciso último del articulo 2° de la ley N° 12,428, de 19 de enero de 1957, después de las palabras "Defensa Nacional", la frase "y de la Caja de Previsión de Carabineros."
Asimismo, agrégase una "s", como última letra, a las palabras "dicha Caja", que existen al final de cada uno de los inciso indicados."
De los mismos señores Diputados, para agregar el siguiente:
"Artículo....- Suprímese en el artículo 6º de la ley N° 15.575, de 15 de mayo de 1964, después de la frase "Carabineros de Chile", las siguientes: "Sólo cuando compruebe a lo menos 30 años de servicios efectivos en las respectivas Instituciones ya se trate del jubilado o del causante", debiendo reemplazarse por: "conforme 'el número de quinquenios reconocidos de que se encontraban en posesión a la fecha de 'a promulgación de esta ley".
Las modificaciones impuestas al señalado artículo 6° regirán a contar desde la fecha de su promulgación."
De los señores Guastavino y Cantero, para agregar el siguiente:
"Artículo ....- La Caja de Previsión de Carabineros procederá a vender las casas de su propiedad a los miembros de la Institución que actualmente las ocupan."
INCIDENTES
8.-LABOR DE LA UNION DE CAMPESINOS CRISTIANOS.- ALCANCE A UNA NOTA DE LA CONFEDERACION DE TRABAJADORES DEL COBRE
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio)-Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, Honorable Diputado?
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para que pase a presidir la sesión el Honorable Diputado señor Héctor Valenzuela Valderrama.
Acordado.
Puede continuar Su Señoría.
-El señor Héctor Valenzuela Valderrama pasa a presidir la sesión.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, en el diario "El Siglo", del sábado 6 de noviembre, aparece una carta firmada por dirigentes de la Confederación de Trabajadores del Cobre, en respuesta a una nota que le enviaron los dirigentes de la ' Unión de Campesinos Cristianos de Aconcagua" y de diferentes sindicatos de campesinos de dicha ciudad. Ellos enviaron la nota a los trabajadores del cobre para pedirles que pusieran término a su huelga, basándose en la gran diferencia de salarios que tienen los obreros del cobre con los que perciben los campesinos, y en vista de la difícil situación de éstos últimos.
En lugar de dar una respuesta maciza, los dirigentes de la Confederación de Trabajadores del Cobre han contestado "políticamente", tratando, en primer lugar, de divisionistas a la Unión de Campesinos Cristianos; luego, injurian a mi padre y, por último, en forma vedada, dicen falsedades respecto a mi persona.
Quiero referirme primero, en forma muy rápida, a la labor de la Unión de Campesinos Cristianos, pues a continuación el Honorable señor Lorenzini, dará una respuesta en nombre de esa institución.
Deseo hacerlo basándome en la gran actuación que han tenido los dirigentes de la Unión de Campesinos Cristianos en la provincia de Aconcagua, en defensa de los campesinos y en la organización de comités y sindicatos en diferentes fundos. Hasta el momento, hay 27 sindicatos constituidos en la provincia de Aconcagua, que son el fruto de la labor realizada, principalmente, por la Unión de Campesinos Cristianos, por la ANOC, etcétera, en defensa de los campesinos.
Llamo la atención sobre este ataque, porque no es sino una muestra de la incapacidad de ciertos sectores, que anteriormente tuvieron todas las herramientas para lograr esta organización, pero no lo hicieron.
Desde esta alta tribuna, pues, doy mi más amplio apoyo a los dirigentes de la Unión de Campesinos Cristianos, quienes, repito, no hacen una labor divisionista, sino, al revés, una labor de efectiva defensa del campesinado.
En segundo lugar, en esta publicación, de la que me he impuesto sólo hace pocos momentos, se injuria a mi padre. ¿Por qué se dirigen a él y no nombran, en cambio, al Diputado que habla? Precisamente, porque, a través de las injurias contra él, llegan a mi persona.
He hablado con el colega Héctor Olivares, dirigente del cobre -desgraciadamente, no está presente en la Sala-, a quien le agradezco las palabras que tuvo denantes para mi persona. Me ha indicado que él no tuvo ninguna participación en la redacción de esta respuesta.
Puede haber diferencias de criterio muy grandes entre un padre y un hijo, como es el caso presente. Respeto a la posición de mi padre, como la de los colegas de los distintos partidos, pero por ningún motivo puedo aceptar que se lancen injurias sobre él.
En tercer lugar, en la declaración de los dirigentes de la Confederación de Trabajadores del Cobre, en forma velada, se dice; "Por otra parte, Aconcagua es una zona muy apta para la reforma agraria. Como ustedes saben, hay en esa provincia un Diputado que pertenece al partido de Gobierno, que es dueño de una fabulosa extensión de terrenos cultivables."
Parece que lo fabuloso está en la mente de quien dio esa noticia. Puedo informar que, efectivamente, tengo un predio de sólo 90 hectáreas bajo canal y de 80 hectáreas de cerros, con una pendiente mínima de 30 v , totalmente incultivales. Como el resto de la zona, estas 90 hectáreas son da riego ocasional: en ciertos años, se puede regar la totalidad, y en otros, sólo una pequeña parte. Este es el gran problema de toda la región. Sabemos que, los próximos años, será solucionado de manera integral por el Gobierno, con la construcción de los embalses respectivos. Además, estas obras de riego las pagarán los propietarios con tierra, y no como ha sucedido hasta hoy, puesto que los dueños han incrementado su patrimonio con las inversiones que ha hecho el Estado para regarles la totalidad de sus tierras y que ellos han pagado a largo plazo. Es decir, se ha usado el dinero de todos los chilenos en beneficio de unos pocos.
Hago lo posible por explotar mi predio en la mejor forma. No pretendo decir que soy un buen agricultor, ni mucho menos. Eso lo dirán los técnicos y peritos que quieran visitarlo, en la comuna de Cabildo. Pero sí puedo enumerar algunas de las condiciones que tienen en él los campesinos. El salario mínimo es cinco escudos diarios, más las regalías. Fuera de eso, tienen participación del 15% sobre las utilidades del predio, talaje, cercos, casas, jornada de ocho horas de lunes a viernes y, media jornada el sábado. Sé que no son condiciones óptimas; pero, modestamente, las creo superiores a las existentes en el resto del país. Son las mínimas con las cuales los campesinos pueden vivir con dignidad.
En lugar de hacer estas acusaciones, absurdas, podrían indicarles a sus compañeros que defendieran a otros dirigentes, como el presidente del comité del fundo Illalolén, de filiación comunista. Este campesino fue despedido por quien fue jefe departamental de Petorca de la candidatura presidencial del Honorable Senador Salvador Allende, el señor Orlando Rodríguez Gimeno. ¿Sabe la Cámbara por qué motivo fue despedido? Por haber dejado su trabajo para asistir al Congreso de la CUT. Como nosotros no defendemos a un campesino o a otro por su filiación política, puesto que, única y exclusivamente, atendemos a si su causa es justa o injusta, el camarada Rodolfo Cepeda, Jefe Departamental del INDAP, ha tomado la defensa de este obrero, que no ha sido defendido por sus compañeros. Incluso anoche, en el mineral de Cerro Negro, pude comprobar que se había despedido a un obrero, secretario del Partido Demócrata Cristiano loca!, y no había sido defendido. No estoy contra esos dirigentes, ni contra ningún otro, pero estimo que la causa del trabajador debe ser defendida siempre, sea por quien fuere despedido y sea cual fuere su filiación política. Este es, por lo menos, nuestro pensamiento.
Ante esta publicación, tengo la tranquilidad de contar con el apoyo de los campesinos, que conocen mi posición y me dieron una alta votación en marzo, permitiéndome superar con creces la cifra repartidora de Aconcagua, a pesar de los ataques de todo orden que me fueron dirigidos por los sectores de ambos extremos, especialmente de la extrema derecha, entre los que sobresalieron los del ex diputadoEluchans y del Senador Pedro Ibáñez.
Seguiremos adelante, con indestructible empeño, en los planes de promoción campesina y de reforma agraria, para bien de los campesinos y del país entero, pese a quien pesare y, con toda seguridad, con el apoyo pleno de todos los compañeros de la Cámara que son agricultores, porque, si están con la posición de ¡a Democracia Cristiana, es porque la estiman justa, y la impulsarán, cualesquiera que fueren los problemas que para alguno de ellos pudiere significar. Ninguno de nosotros ha venido a la Cámara a defender posiciones personales, sino el programa de nuestro Partido y del Gobierno.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Muy bien!
9.-ALUSION PERSONAL.- RESPUESTA A OBSERVACIONES FORMULADAS EN LA PRESENTE SESION
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Quedan siete minutos al Comité Demócrata Cristiano.
El señor LORENZINI.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidetnal).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORENZINI.-
¡Señor Presidente, denantes oí hablar mucho de caballerosidad. He pensado un poco en la historia del concepto y en lo que ha significado a través del tiempo.
Si mal no recuerdo, la caballerosidad era una concepción integral de la vida del hombre que buscaba, sobre todo, la justicia, la defensa de la viuda, del huérfano, del desvalido. Caballero era el hombre que se jugaba la vida por "desfacer entuertos", el que, por encima de su egoísmo persona!, ponía el interés de la comunidad, de la patria y de los débiles.
Andando el tiempo, la caballerosidad fue anquilosándose y su fuerza vital se fue transformando en lo intrascendente, en lo aparente, en la hipocresía de la apariencia. Entonces, la caballerosidad consistió en dejar pasar a una dama primero por la puerta, sin pensar que, en algunos casos, la verdadera caballerosidad exige que el hombre pase primero, para arrostrar el peligro. Se fue convirtiendo en una forma de sacarse el sombrero e incluso una manera de tocar el timbre, como en Inglaterra, donde, para ser caballero, había que dar un determinado número de timbrazos.
Como hombre de este tiempo, el señor Momberg entiende la caballerosidad en lo externo, en lo aparente, y no en lo profundo, en lo trascendental, en lo creador, en lo estrictamente humano. Según leí en un diario, él ha declarado que, por salir en defensa de la ética parlamentaria, fue amenazado de muerte. En verdad, no sé hasta dónde fue o no amenazado de muerte; pero, si algún disgusto pasó, ello fue solamente porque tuvo la mala suerte de "copuchar" delante de personas de mi confianza, lo que es muy distinto.
El señor Momberg se ha arrogado la defensa de la ética parlamentaria. Esto no me parece justo. Creo que su proceder no ha sido ni caballeroso ni ético, por las razones que voy a exponer. El ha dicho que actúa en defensa de los intereses de los agricultores. ¿A cuáles agricultores defiende? Como lo he dicho en Toltén y lo repetiré hasta el cansancio, yo rindo homenaje al verdadero empresario agrícola, al que produce y trabaja la tierra. Pero a los otros, a los que no son realmente agricultores, sino meros tenedores de la tierra, les doy un tratamiento muy duro. Como ejemplo de estos últimos, están los que rodean al pueblo de Toltén. Esos son los que defiende el señor Momberg.
El señor MOMBERG.-
No los defiendo.
El señor LORENZINI.-
Esos hombres fueron los únicos a quienes yo traté mal, porque -hay que decirlo en esta hora trágica que está viviendo el país-son los grandes y eternos traidores de Chile. Son los mismos que "se farrearon" el potencial económico del salitre en Europa; los mismos que han destruido la capacidad productora de la agricultura chilena; los mismos que -y esto es mucho más grave-- han aniquilado el capital humano que hoy nos permitiría ser un país mucho más poderoso y hacer realidad la leyenda de nuestro escudo: "Por la razón o la fuerza".
A esos grandes traidores de la historia defiende el señor Momberg. Yo ataqué y descalifiqué a patrones como Avelino Mora, dueño del fundo El Pino, de 800 hectáreas, en el cual hay solamente 3 trabajadores; como doña Adriana Chacón, propietaria del predio Collico, de 340 hectáreas donde no hay ni uno solo obrero; como Gerardo Haiman, poseedor de un fundo denominado también Collico, de ,250 hectáreas en el que existen similares condiciones. Estos fundos prácticamente rodean a un pueblo de 80 familias campesinas que no tienen trabajo alguno y que están viviendo gracias a la audacia, a la imaginación y espíritu creador de un revolucionario, de un sacerdote que es el héroe de la región el "don Camilo" del sur de Chile. Me refiero al padre Alejandro, que habló en el congreso campesino y fue violentamente atacado por la gente de derecha. Esos son los agricultores que he atacado y que seguiré atacando, mientras me quede voz. Considero que ser caballero y chileno significa reconocer que estos hombres son desleales a la patria y perjudiciales al país.
El señor MOMBERG.-
A ésos no los conozco, ni los defiendo.
El señor LORENZINI.-
El colega dice que no los defiende. Voy a leer lo que dije en aquella oportunidad y que se ivjblicó en su propio diario; "El Austral"
El señor MOMBERG.-
No es diario mío.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidenta).-
Honorable señor Momberg, si Su Señoría desea una interrupción, le ruego solicitarla a través de la Mesa.
El señor LORENZINI.-
Yo dije lo siguiente :...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente accidental).-
¿Me permite. Honorable señor Lorenzini? La Honorable Diputada señora Maluenda le solicita una interrupción.
El señor LORENZINI.-
No tengo inconveniente en concedérsela, siempre que sea con cargo al tiempo de su Comité.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente accidental).-
Solicito la venía de la Sala para que la Diputada señora Maluenda haga uso de la interrupción con cargo al tiempo Del Comité Comunista.
No hay acuerdo.
El señor PARETO.-
¿Quién no lo dio?
El señor LORENZINI.-
Entonces, no podría concedérsela, porque me quedaría sin tiempo.
El señor PARETO.-
¿Por qué no pide de nuevo el asentimiento de la Sala, señor Presidente ?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente accidental).-
Solícito nuevamente el asentimiento de la Sala para que la Honorable Diputada señora Maluenda pueda usar de la interrupción concedida por el Honorable señor Lorenzini, sin cargo al tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora MALUENDA.-
Señor Presidente, en todas las intervenciones en defensa de los campesinos, estamos plenamente de acuerdo con el señor Lorenzini. Toda la trayectoria de nuestro partido no entraña otra cosa que defender los intereses de los explotados contra los explotadores. Nada más lejos de nuestra posición que la que representa el señor Momberg.
Pero, junto con esto, deseo expresarle al señor Lorenzini que no es agradable, ni honroso para nuestra Cámara, utilizar términos groseros dentro de este recinto. No se trata de una actitud de puritanismo. Respetamos el auténtico y vigoroso lenguaje del pueblo, cuando es usado oportunamente, donde corresponde, cuando una situación así lo exige. Este hemiciclo no es, precisamente, el lugar más adecuado para emplear términos como los que, desgraciadamente, hemos escuchado mas de una vez. Hay razones, hay principios que impiden proferir cualquier palabra grosera, figure o no en el diccionario, en esta Honorable Cámara.
Eso es todo y muchas gracias.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Muy bien!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Puede continuar el Honorable señor Lorenzini. La Mesa hace presente que restan dos minutos al Comité de Su Señoría.
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, respeto la opinión de la Honorable colega, pero creo que, a veces, las situaciones requieren términos firmes.
Como decía, en la misma publicación que apareció en el diario referido, hice un distingo entre el latifundista que explota la tierra y el que no la explota. Porque existe quien le paga al que trabaja su campo y lo tiene bien, y a ese latifundista le rendí homenaje. Pero ¡cuidadito con llamarse "empresario" el que ... no repito lo demás para que no me critique la Honorable colega.
Es decir, señor Presidente, yo ataqué precisamente a los otros, a los que no explotan la tierra, a quienes no cumplen con los trabajadores. A esos ataqué y, al transformarse en su defensor, el Honorable señor Momberg ha estado defendiendo a la hez de los latifundistas de Chile, a quienes debe despreciarse.
Dejo de lado la respuesta del Honorable señor Momberg, quien, por lo demás, fue muy bien defendido en un editorial firmado por S. R. C., en el que lo instaba a continuar. Más adelante, este señor, que le quiere hacer volver el color a la cara a! Honorable colega...
El señor MOMBERG.-
El color no me lo quita nadie todavía. Honorable Diputado.
El señor LORENZNI.-
Nadie le iba a disparar al Honorable señor Momberg.
El señor Kovacs había regresado al país 60 días antes de la elección. Es decir, como la Derecha no puede perseguir en Temuco a] Diputado que habla, se ha ensañado con un hombre digno, capaz y generoso. Tendré que ir a instalarme en esa ciudad para que me ataquen y no hagan "pagar el pato" a quien no tiene la culpa, porque no le ha cabido ninguna responsabilidad en los hechos.
10.-IRREGULARIDAD EN EL PAGO DE SALARIOS EN EL FUNDO "EL REGOCIJO DE SAN RAFAEL, PROVINCIA DE TALCA
El señor LORENZINI.-
Señor Presidente, deseo denunciar un hecho que ocurre en mi provincia. En el fundo "El Regocijo", de San Rafael, su propietario, el señor Raúl Alvarado Pérez, paga a los trabajadores en cartuchos vacíos, en blanco, como Sus Señorías podrán observar. No diría nada si en estos sobres, si así pudiera llamárseles, se indicara los días trabajados, los descuentos, el monto de la asignación familiar y una serie de otros datos para que los obreros tuvieran antecedentes de lo que reciben.
No voy a leer el nombre de la persona que figura en este sobre, porque sería igual que despedirlo. A continuación sólo dice: "un mes de jornal, 52.67 escudos" ..., asignación, tanto; total, tanto. Es decir, este hombre no sabe qué recibe ni podría reclamar con estos cambuchos ...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
11.-NECESIDADES DE LA PROVINCIA DE COQUIMBO.- PETICION DE OFICIOS
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité Radical.
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTEALBA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, quiero referirme a un problema gravísimo que se está presentando en los distintos valles del Norte Chico en las provincias de Coquimbo y Atacama, con motivo de los deshielos provocados por los calores de esta primavera.
En esta zona, en el presente año se ha acumulado en la cordillera más nieve que en temporadas anteriores. Esta circunstancia, unida al desnivel del curso de los ríos, que es excesivo en esta región de los valles transversales, está produciendo un perjuicio que es necesario corregir. Como el calor se está acentuando, el deshielo hace aumentar el caudal de los ríos en forma tan extraordinaria...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
¡ Honorables Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio!
El señor FUENTEALBA.-
...que la velocidad de la corriente está desviando el curso de los ríos y casi todos están saliendo de madre, lo que se observa en toda la zona.
Pero ahora quiero referirme sólo a dos casos de la provincia de Coquimbo, que pude conocer personalmente este fin de semana. En el valle del río Hurtado, departamento de Ovalle, hay un pueblo llamado Samo Alto. Sus tierras de cultivo se encuentran en peligro de ser inundadas. El enorme caudal está perjudicando las tomas de los canales y arrastra gran parte de ese terreno.
Los habitantes de ese valle carecen de los recursos necesarios para arrendar un "bulldozer" y efectuar los trabajos indispensables en el lecho del río a fin de canalizarlo y llevar las aguas hacia el centro del río, para no perjudicar, así, ninguna ribera. Esta labor se podría hacer en seis u ocho días con la maquinaria adecuada.
Por estas razones, deseo pedir que, en nombre de la Cámara o del Comité Radical, se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que el Departamento de Defensa Fluvial tome las medidas necesarias para corregir en esta parte el perjuicio que está ocasionando la crecida del río Hurtado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar, en nombre de la Corporación, el oficio a que ha hecho referencia el Honorable señor Fuentealba.
Acordado.
El señor FUENTEALBA.-
El otro caso que mencioné es el relacionado con el río Choapa, en la parte que lo cruza el puente de Huentelauquén, donde se está realizando un trabajo, por orden del Departamento de Vialidad, para defender el camino en la parte sur. En la ejecución de esta obra se está desviando el curso de las aguas del río Choapa, lo cual perjudica a la comunidad de Huentelauquén, compuesta por 70 personas, aproximadamente, pues ya se ha destruido, en parte, la toma del canal y, más adelante, cuando aumenten los calores, su caudal seguramente arrastrará tierra de sus pequeños predios. Esto sería grave para esta gente, pues ya sufrió grandes perjuicios a raíz de los temporales ocurridos en agosto último.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Pre- presenta a los profesores secundarios, preferido a un problema muy grave que se presente a los profesores secundarios, primarios, industriales y de escuelas técnicas.
Estamos a fines de año y aún no han percibido sus sueldos la mayoría de los maestros nombrados en el presente año, en razón de no haber sido cursados sus nombramientos, traslados o resoluciones de horas de clases. Incluso algunas escuelas particulares modestas de la provincia de Coquimbo que funcionan en los pueblos rurales todavía no han recibido las subvenciones correspondientes al año 1964.
En favor de estos profesores, gente modesta que solo vive de su trabajo, solicito del señor Presidente se sirva dirigir oficio nuevamente al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que se tomen las medidas para que sean cursados cuanto antes los nombramientos aludidos y puedan verificarse las pagos correspondientes durante este año.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría...
El señor VALDES (don Arturo).-
Y en mi nombre, señor Presidente.
El señor KOENIG.-
También en mi nombre.
El señor JARAMILLO.-
Pido se agregue mi nombre, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
... y en nombre de los señores Diputados que lo han solicitado.
El señor GODOY URRUTIA.-
¿Por qué no se manda en nombre de la Cámara, señor Presidente?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
No hay número en la Sala para tomar acuerdos, Honorable Diputado.
El señor GODOY URRUTIA.-
Entonces, pido se envíe también en nombre del Comité Comunista.
El señor JARAMILLO.-
Que se envíe oficio a la Contraloría, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por el Honorable señor Fuentealba, en su nombre y en el de los señores Diputados que así lo han pedido.
12.-HOMENAJE A LA UNION SOVIETICA EN EL 18º ANIVERSARIO DE LA REVOLUCION SOCIALISTA
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Ofrezco la palabra al Comité Radical.
Ofrezco la palabra.
El señor GODOY URRUTIA.-
¿Me permite una interrupción. Honorable señor Fuentealba?
El señor FUENTEALBA.-
Con todo agrado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Godoy dentro del tiempo del Comité Radical.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, en nombre de los Diputados comunistas me corresponde esta tarde, en medio de los hechos tormentosos de estos últimos días, en medio de la atmósfera eminentemente revolucionaria por la cual está pasando la humanidad, subrayar que, hace dos días, se ha cumplido el 48° aniversario de la revolución socialista que engendró el primer Estado obrero-campe- sino, abriendo una nueva era a los hombres de trabajo.Cuando los creadores del socialismo científico. Carlos Marx y Federico Engels, publicaron, hace 117 años, el histórico "Manifiesto Comunista", que terminaba con la inolvidable exhortación; "Los proletarios sólo tienen cadenas que perder ; en cambio, un mundo por ganar", y el primer tomo de la obra cumbre, "El Capital", en 1867, y los tomos siguientes, bajo la dirección de Engels, los años 1885 y 1894, apenas si había en todo el mundo algunos centenares de comunistas. Hoy pasan de cincuenta millones los hombres y sus mujeres de todos los confines de la tierra que militan bajo las banderas del Socialismo científico.El discípulo y sucesor de los maestros inmortales, Nicolás Lenin, no solamente completó las tesis de "El Capital", sino que le tocó enjuiciar la etapa superior, más agresiva e inhumana del sistema capitalista, el imperialismo, que durante muchos años ha metido en su puño de hierro a tantos pueblos, despojándolos de sus riquezas, esclavizándolos políticamente y sumiendo a los pueblos en la desgracia de esas guerras.A Lenin le correspondió otro mérito: el haber echado las bases de un partido de nuevo tipo, el Partido Comunista, "destacamento de vanguardia del proletariado". Gracias a este partido, pudo vencer la Revolución de Octubre, el año glorioso de 1917, cuando Europa venia saliendo de la primera guerra mundial.La nobleza y burguesía rusas, desalojadas del poder, durante los primeros días, se preguntaban: "¿Cuánto tiempo podrá mantenerse en el poder un gobierno constituido por cocheros y cocineras?". La historia y los hechos se encargan de dar la respuesta: apenas si faltan dos años para que el proletariado, la nueva clase homogénea y revolucionaria, cumpla medio siglo en el ejercicio del poder y en la construcción de la nueva sociedad, la sociedad socialista, un tránsito hacia el comunismo.Cuando los trabajadores tienen oportunidad de alcanzar, a través de la organización, de la lucha, del heroísmo, la oportunidad de ganar para ellos el poder, se ofrecen situaciones para demostrar su extraordinaria capacidad creadora.El Secretario General de nuestro partido, camarada Luís Corvalán, en su discurso del domingo último, en el Teatro Portugal, de Santiago, sobre esta materia, decía: "La Revolución de Octubre y toda la historia de la Unión Soviética, así como la historia de todos los países socialistas, la epopeya de Cuba y el ejemplo de las naciones de Asia y Africa liberadas del colonialismo, demuestran la capacidad del hombre común de vencer todas las dificultades cuando se ponen en movimiento las inconmensurables fuerzas de los pueblos."El mismo, agregaba: "La historia dice en forma clara que sólo cuando los revolucionarios de verdad llegan al Poder, cuando la clase obrera toma la dirección de los países, cuando se aplica una política revolucionaria y no reformista y conciliatoria, entonces se hace una revolución auténtica y se resuelven los problemas de los pueblos."Nunca han dicho los hombres y mujeres de la Unión Soviética que ellos han logrado forjar una sociedad perfecta; al contrario, con su clásica modestia, sencillez y veracidad, han dicho siempre que tienen clara conciencia de que les falta todavía mucho por recorrer, no obstante que hoy constituyen la segunda potencia mundial y que en muchos campos, como el científico, están a la cabeza de todas las naciones.El desarrollo prodigioso del mundo socialista ha podido apreciarlo, en el curso de estas últimas semanas, una nutrida delegación del Parlamento chileno, a cuyo frente se halla el Presidente de la Cámara de Diputados, nuestro colega Eugenio Ballesteros.
Al regreso de ellos, se espera que digan la verdad, esto es, lo que objetivamente vieron, sin que los prejuicios ni ¡os temores deformen su visión.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
¿Me permite. Honorable Diputado?
Ha terminado el tiempo del Comité Radical.
El turno siguiente corresponde al Comité Comunista, dentro del cual Su Señoría puede continuar.
El señor GODOY URRUTIA.-
Señor Presidente, aseguran que los árabes del desierto tienen una sentencia, según la cual las palmeras le dicen a los viajeros: "Sigue tu camino, que nosotras nada te vamos a contar". Esto es lo que sucede, generalmente, cuando se conoce un nuevo país. Apenas logramos conocer la costra la superficie de él. Con mayor razón, cuando se trata de un país que vive explotando la industria del turismo, como dijo una vez Marañón, éste tiene que tapar sus miserias, cubrir sus desnudeces, apelar al colorete para ocultar la palidez de la tisis, de la pobreza y la miseria; simular lo que no son y lo que no tienen.
La Unión Soviética abre su corazón a toda la gente honrada del mundo que la quiera conocer de cerca. El hombre común de aquel gran país acostumbra decirle a los visitantes: "Cuando usted regrese, no pedimos otra cosa que en su país diga lo que ha visto, que diga la verdad. Nosotros no creemos en quienes se limitan a elogiar o denigrar. No nos molesta la crítica. Nos ayuda; necesitamos de ella". Son esos hombres los que, aplicando rigurosamente el método de la crítica y la autocrítica, están corrigiendo, transformando, superando constantemente las formas alcanzadas, en un proceso de cambios continuo, incesante, de aquella gran sociedad que, como dijo uno de los primeros latinoamericanos que llegó a la Unión Soviética después de la Revolución de Octubre, el uruguayo Adolfo Agorio: "La U.R.S.S. no es el paraíso que cuentan los fanáticos, ni el infierno, que describen sus enemigos, sino un inmenso laboratorio donde se están experimentando, en escala gigantesca, nuevas formas de convivencia humana y social".
El inmenso poderío y grandeza del Estado soviético y del resto del campo socialista, que florece en la Europa Central y que se vuelca hacia el Asía, el Africa y aún hacia América Latina, simbolizada por la gloriosa Cuba socialista, bloqueada y acosada por el monstruo que la acecha a tiro de cañón, en la humanidad de hoy, constituyen el baluarte de la paz y la mejor garantía y respaldo para los pueblos que luchan por liberarse del colonialismo y del atraso, por conquistar su independencia económica definitiva y por hacer los cambios revolucionarios,, que han de transformar su estructura y echar las bases del progreso y de la felicidad para todos sus hijos.
Vivimos una época eminentemente revolucionaria, tanto en lo social, como en lo político, en lo económico, en lo científico. Invitamos a nuestros colegas a reparar en el siguiente hecho: la revolución francesa no habría sido posible sin el invento coetáneo de la máquina a vapor el año 1800. Fue primero el descubrimiento de esta energía y, luego, su aplicación en la técnica, lo que permitió crear en Inglaterra la llamada "revolución industrial", muy trágica al comienzo, porque a medida de que las máquinas entraban a los viejos talleres artesanales, los obreros eran despedidos y lanzados a la cesantía y a la miseria, fenómeno propio del capitalismo, que lo seguimos todavía experimentando y sufriendo en el mundo, cuando la ciencia y el hombre acaba de descubrir una nueva fuerza: la fuerza atómica. En efecto, se ha liberado la energía del átomo, que multiplica por millones de veces la fuerza de todas las fuentes energéticas que el hombre conocía y utilizaba. Si esta fuerza se aplica a los fines de la creación, de la sociedad, del hombre, podemos estar seguros de que no pasará mucho tiempo para que se recuerde que las ocho o seis horas de trabajo eran jornadas agotadoras que cerraban el camino del perfeccionamiento y de! bienestar a millones y millones de seres humanos. Lo importante es que la máquina trabaje para el bienestar del hombre, que las fuerzas de la naturaleza, domeñadas por el hombre, se pongan al servicio de él, de la humanidad, de la paz, del progreso; y no, como desgraciadamente lo seguimos viendo en el dramático desafío al cual el mundo de hoy hace frente, esta fuerza insospechada, en cuanto a sus consecuencias y poder, gravite, fundamentalmente, como una amenaza contra el hombre, empleada en la fabricación de armas de alto poder destructivo, lo cual resulta tan absurdo como si al emplearse la electricidad, según un sabio soviético, ella se hubiera aplicado sólo en la silla eléctrica, donde terminan su vida algunos delincuentes o algunas víctimas del imperialismo, como los obreros Saceo y Vanzetti, o el matrimonio de los Rosenberg.
Por eso, es nuestra convicción que la Unión Soviética, obligada por circunstancias que le son hostiles, pues se sigue conspirando contra la paz y atentando contra el desarrollo y la vida del primer país socialista, para proteger sus fronteras, su integridad territorial, se ha visto obligada a destinar parte de su poder económico a la construcción y perfeccionamiento de este tipo de armas. Pero, al mismo tiempo, sin que ello importe una contradicción, la URSS invita a todo el mundo, a través de las Naciones Unidas, al desarme, a crear las condiciones que permitan asegurar para siempre la paz entre todos los seres.
Señor Presidente, en esta Honorable Corporación, donde se han levantado, hasta hace poco, tantas voces atacando y anatematizando al socialismo, difamando sus principios y sus prácticas, tejiendo una red tenebrosa de infamias y mentiras, haciendo del anticomunismo y del antisovietismo toda una industria lucrativa, cumplimos el deber honroso de saludar al pueblo soviético y a su gobierno, a sus artistas y hombres de ciencia, a sus estadistas extraídos de la vertiente inagotable de su pueblo, a su representación diplomática en nuestro país. Cumplimos, digo, el deber de saludarlos en el nuevo aniversario que acaba de cumplir el día 7 la Revolución de Octubre. Rendimos este homenaje, en nombre del Partido Comunista, de la clase obrera chilena y de todos los hombres de pensamiento democrático y de avanzada de nuestro país.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha llegado la hora de votar los proyectos de acuerdo.
Restan tres minutos al Comité Comunista.
13.-CONSTITUCION DE LA SALA EN SESIÓN SECRETA. SUSPENSION DE LA SESION
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Señores Diputados, debido a que en la sesión secreta que celebramos hoy se presentaron dos proyectos de acuerdo, la Sala debe constituirse nuevamente en sesión secreta para tratarlos.
Se suspende la sesión por dos minutos, a fin de hacer despejar tribunas y galerías.
-Se constituyó la Sala en sesión secreta.
14.-CAMBIOS EN LAS COMISIONES
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se constituye la Sala en sesión pública.
Se va a dar cuenta de algunos cambios de miembros de Comisiones.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
El señor Garay renuncia a la Comisión de Economía y Comercio. Se propone en su reemplazo al señor Buzeta.
El señor Guastavino renuncia a la Comisión de Economía y Comercio. Se propone en su reemplazo al señor Valente.
El señor Valenzuela, don Ricardo, renuncia a la Comisión Mixta de Presupuesto. Se propone en su reemplazo al señor Sota.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobarán los cambios propuestos.
Aprobados.
15.-PROYECTOS DE ACUERDO OBVIOS Y SENCILLOS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se va a dar lectura a los proyectos de acuerdo.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
La señora Maluenda y el señor Acevedo, apoyados por el Comité Comunista, presentan el siguiente proyecto de acuerdo:
"Honorable Cámara:
Los imponentes de la Caja de Empleados Particulares que habitan en la Unidad Vecinal "Portales", están sufriendo desde hace varios meses las consecuencias derivadas de la no terminación de muchas de la viviendas, de la mala calidad de la construcción de las mismas y las interminables tramitaciones con que se ha estrellado la Junta de Vecinos de dicha unidad vecinal, cuando ha planteado ante los organismos pertinentes sus graves problemas.
El terremoto del 28 de marzo del presente año y los últimos temporales han dejado más en evidencia estos problemas, que en muchos de sus aspectos entrañan incluso peligro para la vida de los habitantes de la Unidad Vecinal "Portales".
Por otra parte, los imponentes de la Caja de Empleados Particulares que habitan la mencionada población, tienen serias situaciones que resolver de tipo legal, administrativo y de urbanización, junto con las urgentes reparaciones que requieren las habitaciones.
Por las razones expuestas, sometemos a ];i aprobación de la Honorable Cámara, el siguiente proyecto de acuerdo:
1°.- Facultar a la Comisión Especial de la Vivienda para que escuche a la Junta de Vecinos de la Unidad Vecinal "Portales" y a todos los afectados de dicha unidad, con el objeto de que conozca todos los antecedentes del caso y realice una investigación que permita esclarecer qué personas u organismos son responsables de las dificultades y problemas que están sufriendo los habitantes de la Unidad Vecinal "Portales". La Comisión Especial de la Vivienda, al término de esta investigación, pondrá en conocimiento de la Corporación el informe correspondiente.
2°.- Oficiar a la Superintendencia de Seguridad Social solicitando la fecha exacta en que se iniciaron las obras de la construcción de la Unidad Vecinal "Portales" ; el estado de edificación en que se encontraba al 30 de julio de 1959, y la fecha en que la Caja de Empleados Particulares solicitó los permisos correspondientes."
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo por ser obvio y sencillo.
Acordado.
El señor LAVANDERO.-
Pido que se vote.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, no hubo quorum.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
-Efectuada nuevamente la votación en forma económica, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 36 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobado el proyecto de acuerdo.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante),-
Los señores Fuentes, don César Raúl; Valenzuela Valderrama, don Héctor, y Valenzuela, don Ricardo, apoyados por el Comité Demócrata Cristiano, presentan el siguiente proyecto de acuerdo:
"(Considerando;1) Que las tierras del departamento de Itata de la provincia de Ñuble sufren actualmente un proceso de erosión de extrema gravedad, y
2) Que por tal motivo la agricultura itateña se encuentra en una etapa crítica de desarrollo y corre el riesgo manifiesto de deteriorarse irreversiblemente a corto plazo si no se detiene la erosión a la brevedad posible, la Honorable Cámara acuerda;
Hacer presente estas observaciones al señor Ministro de Agricultura y, especialmente, a la Dirección de Forestación y solicitarles que de inmediato se inicien los estudios y se proceda a forestar, reforestar, empastar y aplicar todas las medidas conducentes a detener la erosión, habilitar y asegurar las condiciones eficientes de la agricultura del departamento de Itata.
"
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo por ser obvio y sencillo.
El señor LAVANDERO.-
No, señor Presidente; que se vote.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En votación.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
E]1 señor PAPIC (Presidente en ejercicio).- Si le parece a la Honorable Cámara, por ser obvio y sencillo, se declarará sin discusión.
Acordado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Se va a dar lectura a otro proyecto de acuerdo.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
Proyecto de acuerdo de los señores Garay, Héctor Valenzuela, Téllez, Sbarbaro, Ricardo Valenzuela, Pareto y de la señora Retamal, apoyados por el Comité Demócrata Cristiano:
"Teniendo presentes los incalificables atropellos de la gendarmería argentina en Laguna del Desierto, en los que fuera inmolado el Teniente de Carabineros, don Hernán Merino Correa, la Honorable Cámara de Diputados acuerda:
Expresar sus condolencias a la señora madre del inmolado, doña Ana Correa de Merino, y a sus familiares, haciéndoles presente el dolor del pueblo chileno."
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra, por un minuto, al Honorable señor Ricardo Valenzuela.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA (don Ricardo).-
Señor Presidente, a propósito de este proyecto de acuerdo y como la Cámara mañana también celebrará sesión, sería muy justo y lógico que se facultara a la Mesa para designar una Comisión que concurra, en nombre de la Honorable Cámara, a los funerales del Oficial de Carabineros que perdió su vida defendiendo el honor de nuestra Nación.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Cámara, se aprobará la proposición que acaba de formular el Honorable señor Ricardo Valenzuela.
Aprobada.
La señora LAZO.-
Pido la palabra por un minuto, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra, por un minuto, a la Honorable señora Lazo.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, yo también quiero aprovechar la oportunidad de este proyecto de acuerdo, para pedir se dirija oficio a Su Excelencia el Presidente de la República, a fin de que, con la mayor brevedad posible, se fije la fecha de la colecta nacional destinada a reunir fondos para la erección de un monumento al carabinero.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para acoger la petición de la Honorable señora Lazo.
Acordado.
Si le parece a la Sala, se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo.
Acordado.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Terminado el tiempo destinado a la votación de los proyectos de acuerdo.
16.-PROBLEMAS QUE AFECTAN A LAS ESCUELAS DE LA COMUNA DE NAVIDAD, PROVINCIA DE SANTIAGO.- PETICION DE OFICIO
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En la Hora de Incidentes, quedan tres minutos al Comité Comunista.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Antes de conceder la palabra a Su Señoría, solicito el asentimiento unánime de la Sala para que pase a presidir la sesión el Honorable señor Héctor Valenzuela.
Acordado.
-El señor Héctor Valenzuela pasa a presidir la sesión.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra el Honorable señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente si el problema educacional es grave en los sectores urbanos, más lo es en los rurales.
En la comuna de Navidad hay 17 escuelas primarias ubicadas en lugares muy apartados, por lo que la población escolar tiene enormes dificultades para llegar puntualmente a sus horas dé clases, pues en algunas partes no hay medios de locomoción. A esta molesta situación de largos viajes hay que agregar que en casi todos estos establecimientos no hay ni siquiera agua potable con qué aplacar la sed producida por las enormes caminatas.
Como a los estudiantes primarios de estos lugares, por razones económicas, no les es posible continuar sus estudios en Santiago, el Supremo Gobierno ha decretado que la escuela pública ubicada en la cabecera de la comuna de Navidad, se transforme en un establecimiento experimental con estudio.- s por ahora, hasta el primer año de humanidades. A fin de que la matrícula alcance a todos los niños de la comuna, se le ha dado el carácter de internado y externado.
Por el momento, el número de alumnos externos es de sesenta, los que, posiblemente, en el próximo año, pasarán de ciento. Desgraciadamente, no se han tomado todavía las medidas necesarias para atender debidamente el alojamiento y la alimentación de estos educandos.
Por estas razones, pido se envíe oficio al señor Ministro de Educación, con el objeto de que disponga los fondos necesarios para la construcción de un pabellón provisorio, destinado al alojamiento de los alumnos internos. Asimismo, solicito que se solucione el problema de la alimentación.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Se enviará al señor Ministro de Educación el oficio solicitado por Su Señoría.
Ha terminado el tiempo del Comité Comunista.
17.-SITUACION DE LOS INSPECTORES DE LA LOCOMOCION COLECTIVA DE SANTIAGO.- PETICION DE OFICIO
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité Socialista.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, hace pocos días se entrevistaron conmigo los representantes de más de tres mil trabajadores del sector más explotado de la capital: los inspectores de la locomoción colectiva de Santiago. Este personal, generalmente es tomado a prueba, por tres o cuatro meses, con un sueldo de 80 a 100 escudos mensuales, sin previsión ni con trato de trabajo alguno. Pasado este período se le notifica que no sirven y se vuelve a contratar nuevo personal.
Pues bien, este gremio, en un memorándum que ahorra todo comentario, dice lo siguiente:
"Trabajo de un inspector en garita:
"Llegar a las 5.40 horas para ordenar el trabajo del día; a las 6 horas despachar las máquinas, hacer la planilla de trabajo a los pilotos (choferes) para control de empresarios; cobrar las cuotas a las máquinas; cobrar las vueltas a las máquinas; vender boletos; recaudar todo el día dinero y hacer prácticamente el trabajo de un cajero de banco, sin perder un solo centésimo, porque si no lo tiene que reponer de su bolsillo. Soportar los insultos y garabatos de los empresarios, porque en parte uno tiene que cumplir los reglamentos internos de la línea. Si el inspector quiere cumplir el reglamento de transporte, los empresarios inmediatamente lo llaman a la oficina de la Asociación para su despido inmediato. Debido a esto, muchos compañeros han tenido que dejar su empleo." Me acompañan una lista de personas despedidas.
En seguida se agrega:
"La mayoría de estos antecedentes los hemos mandado a Transportes, sin tener ninguna respuesta, ya que nuestro trabajo como inspector, con la autoridad necesaria -que es lo que ellos reclaman-, vendría a mejorar el servicio de locomoción colectiva de Santiago en un 70%."
"En la línea Bernardo O'Higgins (una de las más grandes de Santiago), variante (2), recorrido, calle Radal N° 220 comuna de Quinta Normal, trabajan 26 a 30 máquinas diarias; dotación 42 máquinas controladas por transporte. Horario de este recorrido: Según la línea tiene que demorarse 55 minutos en éste; pero lo hacen en 1 hora 20, lo cual es demasiado jugar con la paciencia del público, que es el que paga".
"Venta de boletos: de 300 a 360 por vueltas en el día".
"Entradas: 1.200 boletos a Eº 0,12, con un total de E° 144".
"Gastos: Bencina, 22 litros por vuelta, con un total de Eº 19; 20% para el chofer, Eº 30; Planilla, Eº 3,80; Aseo, Eº 0,50; "Planillero, E° 0,15. Total de gastos, E° 52,45. Entradas, Eº 144. Saldo líquido que arroja una máquina de esta línea diariamente, Eº 92,45".
Lo mismo ocurre en las variantes. Por ejemplo: "Variantes 3 y 4. Este recorrido empieza en Plaza Lautaro, comuna de Quinta Normal, trabajan 50 máquinas, duración de recorrido 2,10 horas, venta de boletos por vuelta 300 a 360, Eº 37 y dan 5 ó 6 vueltas diarias".
"Venta de boletos 1.400 a Eº 0,12, E° 178".
A continuación, figuran los gastos de planilla y bencina.
Señor Presidente, en varias ocasiones he ocupado la atención de la Cámara para hablar de la locomoción colectiva y pedir al Gobierno la solución de este problema, pero hasta la fecha nada hemos conseguido.
Y la situación es grave, porque los empresarios de la locomoción, incluso engañan a las autoridades, como quedó comprobado a través de las declaraciones de los funcionarios de Transportes, que, a un requerimiento de la Diputada que habla, informaron que se estaba cumpliendo con las obligaciones de tipo laboral. Esto no es efectivo. Lo que ocurre es que los empresarios hicieron la mascarada de contratar a dos choferes por máquina durante un mes, mientras duraba la inspección extraordinaria de carabineros, pero después han continuado con uno, que trabaja 16 horas diarias.
Por estas razones, en nombre de la Cámara solicito se envíe oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que el señor Director de Transporte y Tránsito Público se sirva darnos a conocer el problema de los inspectores, que sólo por necesidad entran a trabajar a las líneas de la locomoción colectiva. Se ha dado el caso de un funcionario que estaba con permiso médico por 6 días y que recibió en su casa la visita del empresario para comunicarle el término de su contrato de trabajo.
Por eso, como este gremio no cuenta con ninguna garantía, desean que la Dirección de Transporte y Tránsito Público se preocupe de velar por su situación, a fin de que ellos, a su vez, puedan ejercer un verdadero control sobre el servicio de movilización colectiva e informar al Gobierno de las entradas reales de los empresarios.
Señor Presidente, si en este momento no hay número en la Sala para enviar el oficio que he solicitado en nombre de la Cámara, pido que se remita, por lo menos, en nombre del Comité Socialista.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Se enviará el oficio, transcribiendo las observaciones de Su Señoría a través del Ministerio correspondiente, al señor Director de Transporte y Tránsito Público, en nombre del Comité Socialista.
18.-PROBLEMAS DE LA UNIDAO VECINAL PORTALES" DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL, PROVINCIA DE SANTIAGO.- PETICION DE OFICIOS.
La señora LAZO.-
Concedo una interrupción a la Honorable señora Allende.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra la Honorable señora Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, pensaba referirme en forma bastante extensa a los problemas de la Unidad Vecinal "Portales", ubicada en Quinta Norma!; pero después de la presentación del proyecto de acuerdo de la señora María Maluenda, voy a hacer sólo una reseña de lo que a mí me ha correspondido ver.
La semana pasada visité la Unidad y quedé realmente impresionada de la desidia de las autoridades que no han ordenado arreglar o reconstruir las casas deterioradas a raíz del sismo.
En el mes de abril visitó la Unidad un inspector de la Municipalidad de Santiago y emitió un informe que, en sus partes fundamentales, expresa !o siguiente:
"Procede, en consecuencia, ordenar la demolición de: cortavistas, vigas exteriores, tramos de escaleras y losa de techumbre de las mismas". En otra parte dice: "además, debido a la situación de inminente peligro de futuros derrumbes en las cajas de escaleras y en todas sus estructuras anexas, para la vida de los moradores de esos edificios que, por otra parte, no tienen recepción de esos departamentos, procedería decretar, además, la inmediata inhabilidad de los referidos inmuebles, conforme al artículo 20 de la Ley General de Construcciones y Urbanizaciones".
Pese a que este informe fue emitido en el mes de abril del presente año, todavía no se ha hecho ninguna reparación. En mi visita pude ver, por ejemplo, la pésima calidad de las cortavistas que separan los balcones, y traje un pedazo para demostrar que están sujetas nada más que por milagro. En las especificaciones se había establecido, al parecer, que estas cortavistas debían ser de concreto armado, con estructura metálica. Sin embargo, en la mayoría de los departamentos han sido ejecutadas nada más que con yeso y una capa de cemento, de un peso tan enorme que, en verdad, al caerse, podrían producir la muerte de cualquiera persona. Pero siguen ahí, a pesar del peligro que entrañan, ya que sólo hay que tocarlas para que se muevan y caigan.
Han pasado ya tantos meses y no se ha tomado en cuenta el informe técnico a que hice referencia, pues nada se ha hecho para demoler lo que corresponde ni arreglar lo susceptible de mejora.
En verdad hay falta de responsabilidad en los constructores, por lo cual los imponentes de la Unidad Vecinal "Portales" se sienten verdaderamente estafados.
Primeramente, sus viviendas sufrieron los efectos del sismo; después, los deterioros causados por los temporales. Estos departamentos fueron entregados hace varios años y, tan pronto se ocuparon, los imponentes empezaron a quejarse de filtraciones en los techos, pues éstos se pasaban constantemente con las lluvias. Pero estos defectos no se han subsanado, por lo cual estas personas han tenido que arreglar los techos por su propia cuenta, colocando fonolitas, a fin de poder protegerse en parte. Tuve oportunidad de ver una casa que debió ser desalojada, porque sus murallas están completamente reblandecidas a causa de la humedad provocada por las lluvias.
Se trata de gente modesta, que han hecho un gran esfuerzo para adquirir estas viviendas. Ellos se sienten estafados y conscientes de que nadie los respalda, porque están reclamando, inútilmente, desde hace tantos meses, que les reparen sus casas. En la prensa han aparecido numerosas informaciones sobre esta misma materia. Sin embargo, hasta la fecha no se ha efectuado ningún trabajo efectivo.
El 27 de octubre pasado, nuevamente visitó esa población un inspector de la municipalidad. Aquí tengo el texto de su informe, que voy a leer. Dice así:
"Señor Jefe: "A petición del señor Luis Andreu, dirigente de la Junta de Vecinos de la Unidad Portales, visité nuevamente los diferentes bloques de edificios de la Unidad Portales (interior Quinta Normal).
"En la visita que hiciera el 29 de septiembre del presente año, efectivamente vi obreros trabajando, e interrogué a un empleado de la Caja de Empleados Particulares destacado en ésa, quien me informó que los trabajos durarán aproximadamente unos 15 días más.
"Pero, acompañado del señor Andreu, observé en detalle lo que se había hecho y solamente eran parches en las grietas y aberturas, los cuales con los permanentes movimientos de tierra (que no percibe el ser humano) nuevamente han quedado al descubierto los destrozos del 28 de marzo de 1965.
"Incluso se me mostró esta vez algunos departamentos que tuvieron que ser evacuados por sus moradores y que están desocupados, los que presentan murallas que se mueven peligrosamente con el solo impulso de la mano.
"Existen una infinidad de cortavistas sueltos, que de un momento a otro se vendrán al suelo.
"Las vigas de las casas de escaleras, que se afirman solamente con la mezcla con la cual fueron parchadas para disimular las grietas, no han sido demolidas como se ordena y en cualquier instante se desplomarán.
"En resumen, todos los puntos exigidos por el Departamento de Obras en oficio N° 1.438 de 14 de abril de 1965, presentan el mismo cuadro de simulación y engaño, sin haber cumplido en absoluto con lo que se ordenaba.
Como no poseo estudios técnicos, no estoy en condiciones de dar un claro y mayor detalle, razón por la cual solicito a usted se envíe el expediente de Obras para la continuación de su trám.ite y se ordene a la Caja cumplir con las exigencias de los Decretos Alcadicios N°s. 530, del 20 de abril del 65, y 614, del 29 de abril del 65.
Saluda a Ud.
(Fdo.) : Miguel Muñoz, Inspector".
Como se desprende de este informe, peligra la vida de esos moradores por el estado en que se encuentran sus habitaciones. Sin embargo, continúa pasando el tiempo sin que se adopte ninguna medida. Por eso, si ocurre una desgracia, la responsabilidad va a recaer sobre estas autoridades que no han cumplido con su deber.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
¿Me permite. Honorable Diputada?
¿Se Señoría ha solicitado que se envíe un oficio, o que se transcriban sus observaciones?
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, en atención a los antecedentes emanados de organismos oficiales, que demuestran graves deficiencias y anomalías en la construcción de la unidad vecinal "Portales", solicito que se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas, a fin de que se efectúe una minuciosa investigación al respecto, para comprobar las condiciones de seguridad del referido conjunto habitacional y se ordene realizar, con la máxima rapidez y por cuenta de las instituciones fiscales que corresponda, las reparaciones mencionadas; además, para que se determinen las responsabilidades administrativas y funcionarías del caso y las omisiones contractuales en que pudiere haberse incurrido, impetrándose la aplicación de las sanciones e indemnizaciones a que hubiere lugar.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Se enviará al señor Ministro de Obras Públicas el oficio solicitado por Su Señoría.
La señora ALLENDE.-
Pido también que se dirija oficio al señor Contralor General de la República, con el objeto de que se determinen las responsabilidades que puedan caber por la mala calidad de la construcción, se establezca si ella estuvo de acuerdo con las especificaciones técnicas que exigieron, en esa oportunidad, la Caja de Previsión de Empleados
Particulares o la Corporación de la Vivienda, y se investigue por qué se autorizó...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
¿Me permite, Honorable Diputada? Ha terminado el tiempo del Comité Socialista.
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, pido que se me prorrogue el tiempo, para terminar mis observaciones respecto del último oficio.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
No hay quórum en la Sala para adoptar acuerdos. Honorable Diputada.
19.-OBJETIVOS Y CARACTERISTICAS DE LA REFORMA AGRARIA.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité Democrático Nacional.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señor Presidente, recuerdo que alguien dijo: "América Latina es una novela sin autor". El argumento está compuesto por los anhelos, las luchas, fracasos, engaños, esperanzas y desilusiones de los campesinos. Porque América Latina es fundamentalmente rural, como lo es en gran parte su cultura y manera de vivir.
Concuerdo totalmente con este pensamiento. No obstante, considero que para escribir sobre algo tan interesante, es indispensable hacer un análisis que permita descubrir las raíces de donde parten los éxitos y fracasos de esta lucha que se viene librando desde la época en que el pueblo, iniciara su emancipación hasta nuestro tiempo, en que aún no logra sobreponerse a las contingencias adversas de una sociedad mal constituida desde la base misma.
En América Latina predominan paralelamente el latifundismo y el minifundio, ambos antieconómicos, anacrónicos, reliquias de regímenes sociales superados en los países con una industria debidamente organizada.
El latifundio ha conducido a la formación de una casta oligárquica terrateniente que detenta o pretende mantener el poder y no es ajena al afán de mover a grupos militaristas para asestar golpes de Estado, frustra las tentativas de reformas, y, muy a menudo, se une con elementos que intentan, con metralletas, frenar o, más bien, desvirtuar toda tentativa seria y profunda de darle una solución a este problema básico de los pueblos de este continente.
La reforma agraria es indispensable para el progreso de un país, tanto con el fin de dar tierra a los campesinos aptos y responsables que carecen de ella, como para evitar que aquéllos que poseen más de lo necesario, mantengan una oligarquía que paraliza el avance social y económico del pueblo.
No obstante lo anterior, debe tenerse presente que la reforma agraria debe hacerse con el objeto de que el pueblo pueda comer mejor y para permitir una industrialización equilibrada y crear una clase media rural que sea la base de una democracia auténtica y estable.
Yo estimo que debe tenerse mucho cuidado con las reformas agrarias, ya que éstas no siempre están inspiradas en sanos y elevados propósitos. Bien sabemos que hay dos clases de reforma agraria: la que se hace para mejorar las condiciones de vida de los campesinos, para reparar una injusticia a menudo secular, para estabilizar la democracia y dar una base sólida a la industrialización, y aquélla que se realiza con otros fines muy distintos.
El problema agrario y campesino no es una cuestión que afecte solamente a los tenedores de la tierra. Atañe a todas las clases sociales, por motivos económicos y políticos. Aun cuando éstos no existieran, las afectaría por el sencillo motivo de que ricos y pobres, campesinos y gente de ciudad, intelectuales y analfabetos, grandes, chicos, hombres o mujeres, todos comen y todos necesitan alimentos para subsistir.
La distribución de la tierra no es tampoco el quid del problema agrario. No basta dar la tierra a quien la trabaja. Para trabajar la tierra se necesita casa en que vivir, aperos, herramientas y máquinas con qué labrar, animales que ayuden en las labores, semillas, abonos, desinfectantes para sembrar y tener éxito en las cosechas, medios de transporte y mercados donde vender los productos. También es indispensable contar con los medios económicos para mantener a la familia, atender el pago de salarios y derechos sociales de quienes ejecutan las labores de siembra, cosecha y transporte.
Más aún, es preciso que la solución del problema agrario no signifique hambre ; desesperación para quienes están impulsados por ese natural anhelo del hombre de poseer la tierra. O sea, no debe implicar una injusticia de mayor envergadura, Como la de perjudicar a toda la sociedad, al crear un desequilibrio en la producción aun mayor que el existente.
Hace poco tiempo, me permití decir en esta Cámara que era peligroso incorporar hombres a la tierra, cuando existe una agricultura anémica y falta de rentabilidad.
Yo creo que se requiere gran cuidado para llevar adelante una reforma tan sustancial como lo es la agraria, porque los resultados no son tan simples y halagadores como los que suelen describir quienes ignoran el problema o aquellos otros que, aunque lo conocen, están más por el juego político que por el verdadero interés de los campesinos.
De ahí que lo fundamental, en toda reforma agraria, sea el modo de ejecutarla. Si se aplica democráticamente y teniendo en cuenta que por encima de todo debe estar el interés nacional y el respeto de todas las libertades, se puede tener la seguridad de que ella será fructífera. Si se aplica con métodos totalitarios, en que la violencia y el atropello rompen la tranquilidad social, procedimientos que en otros tiempos han significado regueros de sangre, entonces la reforma agraria deja de ser tal, para convertirse en tiranía sobre los campesinos y restaurar un nuevo feudalismo, esta vez del Estado, tan oscuro y nefasto para el campesino como el que otrora mantuvieran los señores privilegiados que eran dueños de las vidas y los bienes.
La historia nos entrega claros ejemplos de lo que ha sucedido y actualmente acontece en el mundo con respecto al problema agrario. Recordemos el movimiento de los Jacquerie, de Francia, y de los labrieros ingleses, que seguían al predicadorWicleff, así como los de Bohemia a Juan Huss. Esto desembocó en la Revolución Francesa de 1789, que abolió los privilegios de la nobleza, suprimió la servidumbre y la esclavitud, transformó a los siervos feudales en campesinos propietarios y formó una clase media agrícola, que dio estabilidad al país y afianzó la democracia. Lo mismo ocurrió en muchos otros países europeos después de terminada la guerra de 1914-1918. En ellos, la reforma agraria se hacía necesaria por motivos diversos, pero en todos se sobrepuso el espíritu de justicia y, a la vez, la eficacia económica.
Y más tarde, en febrero de 1917, cuando cayó el régimen zarista de Rusia, el Gobierno democrático de Frente Nacional, comenzó a preparar de inmediato una reforma agraria. Después, en octubre de 1917, cuando los bolcheviques (o sea, los mayoritarios), tomaron el poder, lo primero que hicieron fue promulgar una ley dando la tierra a los campesinos y fraccionando los latifundios. Claro está que los campesinos de este país no tuvieron la misma suerte que los de Francia que pasaron a ser dueños absolutos de la tierra.
Sin entrar en mayores detalles sobre un proceso tan interesante, tal vez el más trascendental de los acontecimientos sociales del mundo, sólo debo decir que el problema agrario se encaró en una forma distinta, diametralmente opuesta a la expresión tan divulgada de "que la- tierra es para el que la trabaja". En efecto, allí los campesinos no son dueños de la tierra, la que está en manos del Estado y manejada por la burocracia.
No tengo la intención de hacer una crítica. Sólo me limito a recordar un hecho histórico, para señalar los diferentes sistemas de explotación del agro, para sacar deducciones que nos permitan enfocar nuestro problema agrario en forma que esté más de acuerdo con nuestra idiosincracia y particular conformación política, social y económica.
El Presidente Freí decía en días pasados, en forma categórica, que se llevará adelante la reforma agraria, pese a todos los inconvenientes que se presenten, y que pronto enviarán el proyecto correspondiente al Parlamento.
Por mi parte, y en nombre del Partido Democrático Nacional, debo hacer presente que estamos totalmente de acuerdo con dicha iniciativa, y que colaboraremos leal y sinceramente para que ella sea ley de la República cuanto antes, no sin antes expresar nuestro particular punto de vista al respecto, ya que doctrinariamente propugnamos una reforma agraria auténticamente democrática, mediante Ta cual el hombre sea dueño de la tierra, y encuadrada dentro del respeto al derecho y la justicia, sin atropello, ni violencia que perturben la paz social. No queremos una reforma agraria totalitaria, basada en consignas y propagandas que, a menudo, son demagógicas, ya que no se plantean sobre bases técnicas y fórmulas económicas adecuadas.
Propugnamos un cambio que satisfaga las aspiraciones seculares del campesinado, "tierra para el que la trabaja", pero dueño de ella con toda potestad, y no aquélla que lo convierte de nuevo en un elemento dependiente, un sumiso ejecutor de las órdenes de una nueva clase privilegiada que reemplaza a! actual elemento patronal, cual es la burocracia estatal.
Los Demócratas Nacionales tenemos fe en que el proyecto de reforma agraria que enviará el Ejecutivo estará encuadrado dentro de las normas que me he permitido señalar, sin que ello signifique por razón alguna la frustración de las esperanzas de un grupo social que añora tomar en sus manos la tierra para hacerla rendir los frutos que puedan asegurar un mejor equilibrio en el plano económico, en el político y en el social.
Esperamos, pues, que no demore en llegar a la Honorable Cámara el anunciado proyecto sobre reforma agraria, prometido por Su Excelencia el Presidente de la República, don Eduardo Frei. Estamos seguros que ha de enviarlo lo más pronto posible, para que así también se produzca tranquilidad en quienes auguran que se tratará de un descontrolado despojo. Deseamos que se cumpla la promesa del Presidente de la República, para proceder a despachar una ley que es tan necesaria a la economía de nuestro país.
20.-UNIDAD DE LOS TRABAJADORES DEL AGRO. POSICION DE GREMIOS DE CAMPESINOS FRENTE A PROBLEMAS DE LOS TRABAJADORES DEL COBRE.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Lorenzini, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente Accidental).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Lorenzini.
El señor LORENZINI-¿Cuántos minutos le quedan al Comité Democrático Nacional, señor Presidente?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA don Héctor (Presidente Accidental).-
Le quedan cuatro minutos, Honorable Diputado.
El señor LORENZINI-
Señor Presidente, en Chile no puede haber campesinos de primera clase y otros de segunda clase. En nuestro país todos ellos tienen derecho a buscar los cauces que estimen convenientes para hacer la revolución y la reforma agraria.
Tampoco debe existir divisionismo entre los trabajadores. Lo curioso es que precisamente quienes hablan de unidad fomentan la división y llaman "divisionistas" a los que no tienen exactamente su mismo pensamiento.
Es lógico que los campesinos tengan en este momento diferentes inspiraciones ideológicas: unos creen en la continuidad del alma, en la inmortalidad; y otros en un materialismo filosófico, más o menos confuso, de que todo termina con la materia, con la muerte. Es indudable que al pedir aumento de salario el problema es idéntico para el campesino que cree lo uno o lo otro; pero su visión del mundo, los objetivos definidos y trascendentales que buscan estos campesinos a través de la reforma agraria, del sindicalismo y la lucha, son diferentes. Por eso, la unidad debe lograrse tratando de no denigrar a todos los que no piensan en la misma forma que uno de los dos sectores.
Me refiero en concreto al diario "El Siglo",' el cual es "divisionista" porque llama campesinos de segunda clase a un grupo que no piensa igual que ellos en un problema como el del cobre. Puede ser que los campesinos de Aconcagua y la Confederación Nacional de Campesinos estén equivocados. Es posible. Pero difíciles divisionistas porque tienen una posición y un pensamiento distintos, eso es hacer divisionismo.
La unidad debe conseguirse no con el sometimiento de todos los trabajadores de Chile a una sola ideología, férrea y dictatorial, sino dentro de la libertad a que tiene derecho la persona humana. Esto hay que conseguirlo, y lo conseguiremos. Y cada vez que los compañeros que no pertenezcan a h; Confederación Nacional de Campesinos pidan colaboración y adhesión para programas concretos, la encontrarán, siempre que coincidamos en la apreciación de sus objetivos.
Mucho se habla de divisionismo, pero, repito, la única manera de obtener la unidad es respetando la personalidad y la libertad. No se trata de poner a la gente dentro de un "zapato chino", sino que todos, voluntariamente y convencidos, vayan encontrando un camino que muchas veces es común, en otras ocasiones podrá diferir y a veces será contradictorio. Y esto se obtendrá sólo en la medida en que todos los chilenos tengamos amplitud de criterio y creamos en la democracia, la cual tiene sus riesgos, indudablemente. Existe el peligro, por ejemplo, de que algunos campesinos, amparándose en la libertad, sean "amarillos" y traidores al movimiento sindical. Pero, conociendo como conozco a los campesinos de mi tierra; conociendo su valor, su tenacidad, sus esfuerzos, sus ansias de bienestar y de justicia, estoy seguro de que nunca los patrones tendrían de su lado a campesinos que traicionen a sus compañeros. Podrá haber casos aislados, como ha sucedido, en que algunos "venden" a sus compañeros en los tribunales de justicia para asegurar su estabilidad en el fundo o para conseguir cualquiera otra granjeria. Pero hasta ahora no se ha visto el caso de sindicatos campesinos que hayan entregado sus banderas de reinvindicación y de justicia a los patrones. Es importante, sumamente importante,...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA don Héctor (Presidente Accidental).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Democrático Nacional.
Como ha llegado la hora de término, se levanta la sesión.
-Se levantó la sesión a las 20 horas 8 minutos.
Javier Palominos Gálvez,
Jefe de Redacción de Sesiones.