Labor Parlamentaria

Diario de sesiones

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Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha

Índice
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • VIII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
      • DEBATE
        • PERMISO
          • Jorge Ivan Ulloa Aguillon
      • DEBATE
        • PERMISO
          • Rene Fernando Saffirio Espinoza
    • IX. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
      • PETICIÓN DE OFICIO : Adriana Munoz D'albora
      • PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
      • PETICIÓN DE OFICIO : Andrea Molina Oliva
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Schilling Rodriguez
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Schilling Rodriguez
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Schilling Rodriguez
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Schilling Rodriguez
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcelo Schilling Rodriguez
      • PETICIÓN DE OFICIO : Ernesto Silva Mendez
      • PETICIÓN DE OFICIO : Jose Perez Arriagada
      • PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Abel Jarpa Wevar
      • PETICIÓN DE OFICIO : Victor Marcelo Torres Jeldes
      • PETICIÓN DE OFICIO : Lautaro Carmona Soto
      • PETICIÓN DE OFICIO : Lautaro Carmona Soto
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Espinosa Monardes
      • PETICIÓN DE OFICIO : Marcos Espinosa Monardes
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
      • ACUERDOS DE LOS COMITÉS
      • SALUDO A DELEGACIÓN DE EXPARLAMENTARIOS DE LA REPÚBLICA DE CANADÁ
      • SALUDO A FUNCIONARIOS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
      • FIJACIÓN DE HORA DE FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES
      • PERMISOS CONSTITUCIONALES
        • DEBATE
          • PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
            • Patricio Vallespin Lopez
        • DEBATE
          • PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
            • Clemira Pacheco Rivas
    • V. ORDEN DEL DÍA
      • NORMATIVA SOBRE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE (Observaciones del Presidente de la República . Boletín N° (6190-19)
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
        • INTERVENCIÓN : Ramon Farias Ponce
        • INTERVENCIÓN : Juan Carlos Latorre Carmona
        • INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
        • INTERVENCIÓN : Cristian Letelier Aguilar
        • INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
        • INTERVENCIÓN : Ximena Vidal Lazaro
        • INTERVENCIÓN : Gaspar Alberto Rivas Sanchez
        • INTERVENCIÓN : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
      • PERFECCIONAMIENTO DE ROL FISCALIZADOR DEL CONCEJO, DE LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y DE LA GESTIÓN MUNICIPAL (Tercer trámite constitucional. Boletín N° 8210-06)
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
        • INTERVENCIÓN : Ignacio Urrutia Bonilla
        • INTERVENCIÓN : Alberto Robles Pantoja
        • INTERVENCIÓN : Eduardo Antonio Cerda Garcia
        • INTERVENCIÓN : Rene Manuel Garcia Garcia
        • INTERVENCIÓN : Alejandra Sepulveda Orbenes
        • INTERVENCIÓN : Lautaro Carmona Soto
        • INTERVENCIÓN : Denise Pascal Allende
        • INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
        • INTERVENCIÓN : Luis Segundo Lemus Aracena
        • DEBATE
      • CREACIÓN DE COMISIÓN DE VALORES Y SEGUROS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9015-05)
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Javier Ignacio Macaya Danus
        • INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
        • INTERVENCIÓN : Ernesto Silva Mendez
        • INTERVENCIÓN : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
        • INTERVENCIÓN : Jorge Burgos Varela
        • INTERVENCIÓN : Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
      • CREACIÓN DE CONSEJO DE ESTABILIDAD FINANCIERA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9178-05)
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
        • INTERVENCIÓN : Enrique Jaramillo Becker
        • DEBATE
        • DEBATE
        • DEBATE
      • OTORGAMIENTO DE BONO DE APOYO A FAMILIAS NUMEROSAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9040-31)
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Andrea Molina Oliva
        • INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
        • INTERVENCIÓN : Marcelo Schilling Rodriguez
        • INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
        • INTERVENCIÓN : Sergio Aguilo Melo
        • INTERVENCIÓN : Marcelo Diaz Diaz
      • MODIFICACIÓN DE LEY N° 19.882 PARA ESTABLECIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES PARA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO Y OTORGAMIENTO DE OTROS BENEFICIOS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9228-05)
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Miodrag Arturo Marinovic Solo De Zaldivar
        • DEBATE
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • VI. ANEXO DE SESIÓN
      • INFORMACIÓN SOBRE PROCESOS ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS CON LICITACIÓN INTERNACIONAL DE LOTES EN PARQUE NACIONAL VILLARRICA. (Oficios)
      • INFORMACIÓN SOBRE EX FUNCIONARIOS DE LA ARMADA DE CHILE ACTUALMENTE CONTRATADOS EN EL SERVICIO NACIONAL DE PESCA (Oficio)
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
      • DEBATE
        • AUTOR DE UN DOCUMENTO
          • Clemira Pacheco Rivas
          • Denise Pascal Allende
          • Cristian Campos Jara
          • Lautaro Carmona Soto
          • Patricio Vallespin Lopez
      • DEBATE
        • AUTOR DE UN DOCUMENTO
          • Jorge Eduardo Sabag Villalobos
          • Fuad Eduardo Chahin Valenzuela
          • Enrique Jaramillo Becker
          • Carlos Abel Jarpa Wevar
          • Rosauro Martinez Labbe
          • Sergio Ojeda Uribe
          • Frank Carlos Sauerbaum Munoz
          • Gabriel Silber Romo
          • Enrique Van Rysselberghe Herrera
          • German Verdugo Soto
      • Informe sobre participación de delegación de diputados que concurrió a la 22 reunión anual del Foro Parlamentario Asia Pacífico, efectuada en Puerto Vallarta, México, del 12 al 15 de enero de 2014
        • AUTOR DE INFORME DE DELEGACIÓN PARLAMENTARIA
          • Pedro Araya Guerrero
          • Roberto Delmastro Naso
          • Fidel Edgardo Espinoza Sandoval
          • Rodrigo Gonzalez Torres
          • Roberto Leon Ramirez
          • Ivan Norambuena Farias
          • Marco Antonio Nunez Lozano
          • Alejandro Santana Tirachini
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • VIII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.
    • IX. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
    • V. ORDEN DEL DÍA
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • VI. ANEXO DE SESIÓN
    • CIERRE DE LA SESIÓN
    • VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.

REPÚBLICA DE CHILE

CÁMARA DE DIPUTADOS

LEGISLATURA 361ª

Sesión 115ª, en martes 21 de enero de 2014

(Ordinaria, de 11.13 a 15.47 horas)

Presidencia de los señores Eluchans Urenda, don Edmundo; Godoy Ibáñez, don Joaquín, y Delmastro Naso, don Roberto.

Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.

Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.

ÍNDICE

I.- ASISTENCIA

II.- APERTURA DE LA SESIÓN

III.- ACTAS

IV.- CUENTA

V.- ORDEN DEL DÍA

VI.- ANEXO DE SESIÓN

VII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA

VIII.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA

IX.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.

ÍNDICE GENERAL

Pág.

I. ASISTENCIA 11

II. APERTURA DE LA SESIÓN 15

III. ACTAS 15

IV. CUENTA 15

ACUERDOS DE LOS COMITÉS 17

SALUDO A DELEGACIÓN DE EXPARLAMENTARIOS DE LA REPÚBLICA DE CANADÁ 18

SALUDO A FUNCIONARIOS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ 18

FIJACIÓN DE HORA DE FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES 19

PERMISOS CONSTITUCIONALES 20

V. ORDEN DEL DÍA 21

NORMATIVA SOBRE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE (Observaciones del Presidente de la República. Boletín N° 6190-19) 21

PERFECCIONAMIENTO DE ROL FISCALIZADOR DEL CONCEJO, DE LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y DE LA GESTIÓN MUNICIPAL (Tercer trámite constitucional. Boletín N° 8210-06) 45

CREACIÓN DE COMISIÓN DE VALORES Y SEGUROS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9015-05) 56

CREACIÓN DE CONSEJO DE ESTABILIDAD FINANCIERA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9178-05) 77

OTORGAMIENTO DE BONO DE APOYO A FAMILIAS NUMEROSAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9040-31) 84

MODIFICACIÓN DE LEY N° 19.882 PARA ESTABLECIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES PARA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO Y OTORGAMIENTO DE OTROS BENEFICIOS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9228-05) 94

VI. ANEXO DE SESIÓN 99

COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES 99

INFORMACIÓN SOBRE PROCESOS ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS CON LICITACIÓN INTERNACIONAL DE LOTES EN PARQUE NACIONAL VILLARRICA. (Oficios) 99

INFORMACIÓN SOBRE EXFUNCIONARIOS DE LA ARMADA DE CHILE ACTUALMENTE CONTRATADOS EN EL SERVICIO NACIONAL DE PESCA (Oficio) 100

VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 102

1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con el que inicia un proyecto de ley que crea el legado presidencial. (Boletín N° 9241-04) 102

2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para facilitar el intercambio recíproco de información con otros países. (Boletín N° 9242-10) 104

Pág.

3. Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con el que inicia un proyecto de acuerdo que aprueba el acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave, suscrito en Washington, D.C., el 30 de mayo de 2013. (Boletín N° 9243-10) 109

4. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (Boletines N°s. 9040-31, 8210-06, 7963-06) 118

5. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley orgánica de los tribunales tributarios y aduaneros. (boletín Nº 8662-05) 119

6. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que crea el Consejo de Estabilidad Financiera. (boletín Nº 9178-05) 137

7. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto de ley que modifica el seguro de cesantía de la ley n° 19.728 (boletín n° 9126-13-1). 154

8. Informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana y de Drogas recaído en el proyecto de ley que agrava las penas por los delitos de daños en cámaras de televigilancia, vehículos motorizados u otros bienes destinados a implementar planes de seguridad pública. (boletín N° 7290-25). 169

9. Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Pacheco y Pascal y de los diputados señores Campos; Carmona y Vallespín, que establece medidas obligatorias de mitigación, prevención, pesquisa y combate inicial de incendios forestales. (boletín N° 9239-12) 174

10. Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Sabag, Chahín; Jaramillo, Jarpa; Martínez, Ojeda, Sauerbaum, Silber, Van Rysselberghe y Verdugo, que declara la Fiesta de San Sebastián de Yumbel, como patrimonio cultural inmaterial de la Nación. (boletín N° 9240-24) 179

11. Informe sobre participación de delegación de diputados que concurrió a la 22 reunión anual del Foro Parlamentario Asia Pacífico, efectuada en Puerto Vallarta, México, del 12 al 15 de enero de 2014 180

12. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol N° 2.437-13-INA 189

VIII. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA.

1. Informe:

- Del Ejecutivo de la Evaluación de la Ley N° 20.000 que “Sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas” (G 172) A disposición de las señoras diputadas y señores diputados.

2. Notas:

- Del diputado señor Vallespín, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 18 de enero de 2014 en curso para dirigirse a Alemania y Austria.

- De la diputada señora Pacheco, quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días a contar del 19 de enero de 2014 en curso para dirigirse a Bélgica.

- Del diputado señor Ulloa, por la cual informa que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Corporación, se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días a contar del 16 de enero próximo pasado, para dirigirse a Roma, Italia.

- Del diputado señor Saffirio

Respuestas a oficios.

Contraloría Geneneral de la República

- Diputado Robles, Fiscalizar e investigar la actuación del Ministerio Educación respecto de los recursos que ha entregado a los sostenedores de establecimientos educacionales, en especial, con posteridad a la fecha dispuesta en el artículo 1º transitorio del decreto con fuerza del ley N° 2, de 2010, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, individualizándolos, en particular los de la Región de Atacama, remitiendo todo otro antecedente relevante sobre el particular, como, por ejemplo, tanto su acreditación ante el citado ministerio como su adecuación a la normativa vigente, informando sus resultados a esta Corporación. (2577 al 8303).

Ministerio de Defensa Nacional

- Diputada Molina doña Andrea, Informe acerca de la situación en que se encuentran los integrantes de la Agrupación de Soldados Conscriptos movilizados con ocasión del pronunciamiento militar de 1973, al tenor de la solicitud adjunta. (10 al 13781).

- Diputado Espinoza don Fidel, Remitir los resultados de las fiscalizaciones sobre la situación denunciada por la Federación de Sindicatos Marítimos (12 al 12505).

Ministerio de Obras Públicas

- Diputado Sabag, Posibilidad de considerar una vía de alternativa al peaje que se construirá en la autopista concesionada que unirá Concepción con Cabrero, en el sector de Puentes Negros, evaluando su costo para incluirlo en el proyecto correspondiente. (165 al 11968).

- Diputado De Urresti, Construcción de pasarelas peatonales sobre la Ruta 5, en el sector Rotonda, en la comuna de Los Lagos, Región de Los Ríos, especialmente frente a la Villa Cayumapu; remita el cronograma; y, considere informar a la comunidad sobre las acciones dispuestas. (166 al 10589).

- Diputado De Urresti, Reitera las peticiones contenidas en el oficio 10.589, de 2 de abril del presente año, referidas a la construcción de pasarelas en el sector Rotonda, en la comuna de Los Lagos, Región de Los Ríos, especialmente frente a la Villa Cayumapu y en los sectores de El Trébol y San Pedro. (166 al 12937).

- Diputado Cerda, Informe a esta corporación sobre las medidas que se adoptarán en el corto y largo plazo para mejorar el acceso por la Ruta E-35 a la localidad de Artificio de la comuna de Cabildo, Región de Valparaíso. (167 al 11291).

- Diputado Rivas, Solicita informe sobre las materias que se precisan en la solicitud adjunta, en relación con las medidas de seguridad del camino internacional que une a las ciudades de Los Andes y Mendoza. (169 al 10493).

- Diputado Espinoza don Fidel, Solicita informe si existe un cronograma definitivo para la nueva licitación del aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, en consideración del próximo vencimiento del contrato con el actual concesionario. (170 al 9888).

- Diputado Von Mühlenbrock, Requiere informar sobre aquellas localidades que, desde el punto de vista de las comunicaciones, se encuentran aisladas en la Región de Los Ríos; y, además, disponer se estudie dotar a esos lugares de adecuada conectividad con los grandes centros urbanos de la zona. (171 al 9284).

- Diputado Sandoval, Efectividad de que personas del Valle Chacabuco habrían procedido a enterrar vigas de propiedad fiscal sin contar con las autorizaciones correspondientes. (174 al 12816).

- Diputado De Urresti, Proyecto de instalación de banderas bicentenario en cada una de las capitales regionales del país. (175 al 12263).

- Diputado Rincón , Solicita tenga a bien informar sobre el proyecto de construcción de la nueva ruta Rancagua-Lo Miranda-California y Doñihue, de la Región de O’Higgins. (176 al 12676).

- Diputado Díaz don Marcelo, Costo total de las reparaciones efectuadas a la fachada del inmueble institucional del Ministerio y de la construcción del edificio anexo, incluyendo las partidas presupuestarias involucradas considerando las reasignaciones y ampliaciones respectivas. (177 al 12086).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Remitirle copia de la carta de la Comisión por defensa del valle de Quilicura, en la que realizan varias observaciones a la respuesta enviada por el Ministerio de Obras Públicas al oficio N° 6668, de 18 de mayo pasado, concerniente al proyecto de la carretera de la fruta. Se anexa documentación relacionada con la materia objeto de este oficio. (178 al 3890).

- Diputado Chahin, Estado de tramitación del proyecto de construcción de una pasarela peatonal sobre el Río Biobío en el sector de Rucañanco-Liucura, comuna de Lonquimay. (189 al 12929).

Ministerio de Agricultura

- Diputado Cerda, Posibilidad de incorporar las localidades de Pullally y Catapilco en la zona de catástrofe decretada para la provincia de Petorca, que permita disponer de mayores recursos a favor de los pequeños y medianos agricultores que han sufrido graves daños en sus productos debido a las últimas heladas caídas en la zona (50 al 13105).

Ministerio de Trabajo y Previsión Social

- Diputado Espinosa don Marcos, Situación en la que se encuentra la propiedad ubicada en calle Bolívar N° 1218 de la ciudad de Tocopilla y los alcances del proceso de licitación que está en curso. (16402 al 13360).

Ministerio de Salud

- Diputado Rojas , Informe respecto de las causas que ocasionaron el fallecimiento de un joven mientras rendía la prueba Simce de educación física en el colegio San José de Antofagasta (1 al 13618).

- Diputada Sepúlveda doña Alejandra, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de incorporar en el Programa de Obesidad Mórbida al señor Andrés del Carmen Pinto Rubio. (4211 al 13382).

- Diputado Chahín , Situación que afecta a la señora Margarita Luz Ramírez Jara de la comuna de Curacautín, quien requiere de una intervención quirúrgica urgente por un posible cáncer a la tiroides y ha solicitado ser incorporada la lista de espera del hospital de Temuco desde 2009, arbitrando las medidas que sean pertinentes para otorgarle una solución. (4212 al 13076).

- Diputado Chahín , Posibilidad de agilizar los trámites médicos pendientes, desde hace varios años, de las señoras Carmen Martínez Valdebenito, María Isolina Riquelme Sandoval, Irma Rut Jara Béjar, Carmen Gloria Huilipán Mariano y Nataly Acuña Soto, todas de la Región de La Araucanía. (4213 al 12916).

- Diputado Castro, Razones del atraso en la entrega del nuevo hospital de Rancagua, la fecha definitiva que se proyecta para la misma, y acerca de las deficiencias en su nuevo sistema informático (4215 al 13522).

- Diputado Robles, Posibilidad de disponer la hospitalización del señor José Villalobos, vecino de la Población Caldera Sur Oriente de la comuna de Caldera, en un establecimiento de salud con el propósito de otorgarle tratamiento para su esquizofrenia. (4216 al 13012).

- Diputado Jarpa, Diputado Harboe, Postergación de firma de contrato de concesión de Hospital Herminda Martín de la comuna de Chillán (4218 al 13679).

- Diputada Pascal doña Denise, Informe respecto de las razones por las cuales en el proyecto de ley de Presupuestos para el año 2014 no se han considerado los fondos para la construcción del anunciado Hospital de Melipilla (4219 al 13624).

- Diputada Pascal doña Denise, Informe respecto de las razones por las cuales en el proyecto de ley de Presupuestos para el año 2014 no se han considerado los fondos para la construcción del anunciado Hospital de Melipilla (4219 al 13625).

Ministerio de Minería

- Proyecto de Acuerdo 735, “Solicita a S.E. el Presidente de la República que remita a tramitación una iniciativa de ley que regule el ejercicio de la reserva estatal del litio.” 14.

Ministerio de Desarrollo Social

- Diputado Chahín , Agilización de evaluación técnica de proyecto de agua potable rural en sector Coihueco, comuna de Vilcún (25 al 13277).

- Diputado Rosales, Posibilidad de contribuir, a través de los Ministerios de Salud o de Desarrollo Social, con los fondos que faltan a su familia para intervenir quirúrgicamente en una clínica privada de Santiago a la joven Josefa de la Fuente Gómez, quien sufre la enfermedad Aplasia Medular Severa. (26 al 5407).

Intendencias

- Diputado Díaz don Marcelo, Factibilidad de ejecutar un proyecto de mejoramiento del camino “Piedra del Buitre” que une el sector de Las Compañías de la comuna de La Serena con la Ruta 5 en dirección hacia la comuna de La Higuera. (172 al 12885).

- Diputado Sandoval, Veracidad de que personas del Valle Chacabuco habrían procedido a enterrar vigas de propiedad fiscal sin contar con las autorizaciones correspondientes. (174 al 12812).

Servicios

- Diputado Espinoza don Fidel, Informar sobre los resultados de las fiscalizaciones efectuadas por el servicio a su cargo, en relación con los derechos laborales de 80 ex trabajadores de la empresa salmonera Pacific Fish, ubicada en la comuna de Los Muermos de la Región de Los Lagos. (136 al 12350).

- Diputado Robles, Necesidad de exigir estudio de impacto ambiental para autorizar el funcionamiento de empresas que procesen plomo y, en particular remite los balances de masa de la fundición que mantiene la empresa Tecnorec en el sector de Aguas Buenas, de San Antonio, en la V Región y su correspondencia con la información del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos, precisando el número de baterías recicladas, la cantidad de plomo, ácido y plástico extraído y el destino de los desechos. (140023 al 13614).

IX. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.

- Diputada Muñoz doña Adriana, Informe a esta Cámara sobre las razones por la cuales la Escuela Forjadores de Chile de la localidad de Guangualí, Los Vilos, no ha podido obtener el reconocimiento oficial para su curso multinivel prekinder-kínder y, la forma en que podría facilitarse o agilizarse la obtención de dicho reconocimiento. (14036 de 15/01/2014). A Ministerio de Educación.

- Diputada Molina doña Andrea, Informe a esta Cámara sobre la factibilidad de que se apruebe la petición para gestionar la paralización en el pago de contribuciones a propiedades que no cuenten con alcantarillado ni agua potable en el sector de Marbella-Aguas Blancas, comuna de Maitencillo, frente al caso de que ésta solicitud se pudiera rechazar, solicito me indique con claridad las razones. (14037 de 15/01/2014). A directora servicio regional de Valparaíso del Servicio de Impuestos Internos.

- Diputada Molina doña Andrea, Informe a esta Cámara sobre la solución que pueda darse a la cooperativa de abastecimiento y distribución de agua potable, alcantarillado y saneamiento “Las casas de Pucalán”, ubicada en la comuna de Nogales, para que las instalaciones que ellos administran les puedan ser entregadas en dominio. (14039 de 15/01/2014). A directora (s) regional de Obras Públicas.

- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de buscar una solución para los alumnos de enfermería de la Universidad del Mar, los cuales fueron informados por parte del departamento de finanzas de la institución que el Crédito con Aval del Estado no se canceló por completo. (14040 de 15/01/2014). A Ministerio de Educación.

- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara sobre la presunta violación de Derechos Fundamentales, Sociales y Humanos que denuncia el Consejo zona sur austral de la Marina mercante Nacional en la solicitud adjunta. (14041 de 15/01/2014). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de buscar una solución a la Agrupación de Artesanos frente a la solicitud presentada a este municipio y que se comprometió a gestionar. (14042 de 15/01/2014). A alcalde Ilustre Municipalidad de Villa Alemana .

- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara sobre las medidas que se adoptarán respecto a la situación que afecta a don Víctor Gonzalez Miranda. (14043 de 15/01/2014). A Varios.

- Diputado Schilling, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de que ud intervenga ante la empresa Esval para que repare los daños causados en la calle Esmeralda de la Comuna de Villa Alemana. (14044 de 15/01/2014). A Ministerio de Obras Públicas.

- Diputado Silva, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de implementar las medidas de salubridad, higiene y seguridad necesarias, con la finalidad de poner término a la situación que afecta a los vecinos del sector de Vital Apoquindo con La Quebrada, en la comuna de Las Condes. (14045 de 15/01/2014). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

- Diputado Pérez don José, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de habilitar un recinto de votación en el pueblo de Trupán, de la comuna de Tucapel. (14046 de 15/01/2014). A presidente del consejo directivo del Servicio Electoral.

- Diputado Jarpa, Informe a esta Cámara sobre la posibilidad de realizar un seguimiento de la situación que afecta a la señora Gloria Moya Miqueles, funcionaria del Servicio Nacional de Turismo, quien no ha podido acogerse al beneficio de jubilación, contemplado en la ley N° 20.374 sobre incentivo al retiro voluntario. (14047 de 15/01/2014). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

- Diputado Torres , Informe sobre la situación que afecta a extrabajadores portuarios de San Antonio, los cuales después de recibir sus pensiones de gracia habrían quedado sin cobertura del Fondo Nacional de Salud, indicando si se tiene contemplada una posible solución a su problemática. (14048 de 16/01/2014). A servicios.

- Diputado Carmona, Informe los motivos por los cuales fue contratado el señor Alexis Gabriel León León como Jefe Nacional de la Unidad de Organismos Capacitadores y Compra de Cursos, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, quien habría renunciado en los primeros días del mes de enero del presente año, indicando además, si fue la persona más idónea para ocupar ese cargo atendido los antecedentes que eventualmente pesarían sobre él y de ser posible, ordene una investigación sobre el ejercicio del cargo durante su período. (14049 de 16/01/2014). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

- Diputado Carmona, Informe los motivos por los cuales fue contratado el señor Alexis Gabriel León León como jefe nacional de la Unidad de Organismos Capacitadores y Compra de Cursos, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, quien habría renunciado en los primeros días del mes de enero del presente año, indicando además, si fue la persona más idónea para ocupar ese cargo atendido los antecedentes que eventualmente pesarían sobre él y de ser posible, ordene una investigación sobre el ejercicio del cargo durante su período. (14050 de 16/01/2014). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

- Diputado Espinosa don Marcos, Informe sobre los recursos y subsidios disponibles para viviendas básicas destinados a la comuna de Tocopilla (14061 de 16/01/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

- Diputado Espinosa don Marcos, Informe sobre la posibilidad de realizar una fiscalización en el Centro de Diálisis Renacer “Villanueva y Vargas Limitada”, respecto al cumplimiento de los requisitos que debe tener para operar como prestador de salud y el desarrollo de su gestión. (14063 de 16/01/2014). A intendencias.

I. ASISTENCIA

-Asistieron los siguientes señores diputados:

NOMBRE

Aguiló Melo, Sergio

Alinco Bustos René

Álvarez-Salamanca Ramírez, Pedro Pablo

Andrade Lara, Osvaldo

Araya Guerrero, Pedro

Arenas Hödar, Gonzalo

Ascencio Mansilla, Gabriel

Auth Stewart, Pepe

Baltolú Rasera, Nino

Barros Montero, Ramón

Bauer Jouanne, Eugenio

Bertolino Rendic, Mario

Browne Urrejola, Pedro

Burgos Varela, Jorge

Calderón Bassi, Giovanni

Cardemil Herrera, Alberto

Carmona Soto, Lautaro

Cerda García, Eduardo

Cornejo González, Aldo

Cristi Marfil, María Angélica

Chahín Valenzuela, Fuad

De Urresti Longton, Alfonso

Delmastro Naso, Roberto

Díaz Díaz, Marcelo

Edwards Silva, José Manuel

Eluchans Urenda, Edmundo

Espinosa Monardes, Marcos

Espinoza Sandoval, Fidel

Estay Peñaloza, Enrique

Farías Ponce, Ramón

García García, René Manuel

Girardi Lavín, Cristina

Godoy Ibáñez, Joaquín

Goic Boroevic, Carolina

González Torres, Rodrigo

Gutiérrez Gálvez, Hugo

Gutiérrez Pino, Romilio

Hales Dib, Patricio

Harboe Bascuñán, Felipe

Hasbún Selume, Gustavo

Hernández Hernández, Javier

Hoffmann Opazo, María José

Isasi Barbieri, Marta

Jaramillo Becker, Enrique

Jarpa Wevar, Carlos Abel

Jiménez Fuentes, Tucapel

Kast Rist, José Antonio

Kort Garriga, Issa Farid

Latorre Carmona, Juan Carlos

Lemus Aracena, Luis

León Ramírez, Roberto

Letelier Aguilar, Cristián

Lorenzini Basso, Pablo

Macaya Danús, Javier

Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag

Martínez Labbé, Rosauro

Melero Abaroa, Patricio

Molina Oliva, Andrea

Monckeberg Díaz, Nicolás

Monsalve Benavides, Manuel

Montes Cisternas, Carlos

Morales Muñoz Celso

Moreira Barros, Iván

Muñoz D'Albora, Adriana

Nogueira Fernández, Claudia

Norambuena Farías, Iván

Núñez Lozano, Marco Antonio

Ojeda Uribe, Sergio

Ortiz Novoa, José Miguel

Pascal Allende, Denise

Pérez Arriagada, José

Pérez Lahsen, Leopoldo

Recondo Lavanderos, Carlos

Rincón González, Ricardo

Rivas Sánchez, Gaspar

Robles Pantoja, Alberto

Rojas Molina, Manuel

Rosales Guzmán, Joel

Rubilar Barahona, Karla

Saa Díaz, María Antonieta

Sabag Villalobos, Jorge

Sabat Fernández, Marcela

Saffirio Espinoza, René

Sandoval Plaza, David

Sauerbaum Muñoz, Frank

Schilling Rodríguez, Marcelo

Sepúlveda Orbenes, Alejandra

Silber Romo, Gabriel

Silva Méndez, Ernesto

Squella Ovalle, Arturo

Tarud Daccarett, Jorge

Torres Jeldes, Víctor

Tuma Zedan, Joaquín

Turres Figueroa, Marisol

Urrutia Bonilla, Ignacio

Van Rysselberghe Herrera, Enrique

Velásquez Seguel, Pedro

Venegas Cárdenas, Mario

Vidal Lázaro, Ximena

Vilches Guzmán, Carlos

Von Mühlenbrock Zamora, Gastón

Walker Prieto, Matías

Ward Edwards, Felipe

Zalaquett Said, Mónica

-Concurrieron, además, el ministro de Hacienda subrogante, señor Julio Dittborn Cordua, y el ministro secretario general de la Presidencia , señor Cristián Larroulet Vignau.

-Se contó con la asistencia, también, del subsecretario del Ministerio de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton Palma.

-Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes los diputados señores Cristián Campos Jara, Guillermo Ceroni Fuentes y Jorge UIlloa Aguillón.

-Por encontrarse con permiso constitucional no asistieron los diputados señores Fernando Meza Moncada, Clemira Pacheco Rivas, Alejandro Santana Tirachini, Guillermo Teillier Del Valle, Patricio Vallespín López y Germán Verdugo Soto.-

II. APERTURA DE LA SESIÓN

-Se abrió la sesión a las 11.13 horas.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.

III. ACTAS

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).- El acta de la sesión 108ª se declara aprobada.

El acta de la sesión 109ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.

IV. CUENTA

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.

-El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.

El señor ESPINOZA (don Fidel).- Señor Presidente , solicito que cite a reunión de Comités, sin suspender la sesión.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Cito a reunión de Comités.

El señor LORENZINI.- Señor Presidente, pido la palabra sobre la Cuenta.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra, su señoría.

El señor LORENZINI.- Señor Presidente , en el número 10 de la Cuenta se consigna el informe ejecutivo de la evaluación de la Ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, de manera que quiero aprovechar de destacar la importancia de la labor que realiza el Comité de Evaluación de la Ley de la Cámara de Diputados.

Esa instancia, conformada por los diputados señores Ceroni, De Urresti, Gutiérrez, don Hugo; Gutiérrez, don Romilio; Monckeberg, don Nicolás; Robles, y por la diputada señora Alejandra Sepúlveda, ha revisado seis cuerpos legales. En este caso, elaboró un informe con sugerencias a la Comisión de Salud, integrada, entre otros, por el diputado señor Accorsi, con un análisis de la ley N° 20.000, conocida como Ley de Drogas.

Ayer, en forma pública, dimos a conocer que se trata de un informe muy profundo, el que se efectuó a través de todo Chile, con participación de los representantes de las organizaciones, las policías, las fiscalías y del Ministerio de Salud. El Poder Judicial , a través de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, envió un informe muy completo, en el cual se incluyen materias como el microtráfico de drogas y los usos medicinales de la cannabis, que tiene gran importancia. Seguramente, durante este año, debatiremos un proyecto de ley sobre la materia.

De manera que considero muy interesante el trabajo llevado a cabo por la Cámara de Diputados, en una acción inédita en el mundo, de hacer una evaluación de las leyes a posteriori, una vez que están implementadas.

Recomiendo a los parlamentarios que lean el informe porque sin lugar a dudas será un tema a futuro en la Cámara de Diputados.

He dicho.

-o-

El señor DELMASTRO.- Informo a la Sala que hoy está de cumpleaños nuestro Presidente, don Edmundo Eluchans.

-Aplausos.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Muchas gracias, señoras diputadas y señores diputados.

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente , solicito que recabe del Ejecutivo información sobre el estado en que se encuentra el informe de auditoría sobre la reconstrucción. Cuando se aprobó el proyecto de Ley de Presupuestos para 2014, la elaboración de ese informe fue uno de los elementos importantes a concretar. Pensé que iba a informarse, entre otras cosas, sobre quiénes estaban llevando a cabo la auditoría. El plazo tope es el 28 de febrero.

Por ello, pido que se informe en qué estado se encuentra el cumplimiento de esa norma de la Ley de Presupuestos para 2014.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Se enviará un oficio en los términos solicitados por su señoría.

Se suspende la sesión por cinco minutos.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

ACUERDOS DE LOS COMITÉS

El señor ELUCHANS (Presidente).- Continúa la sesión.

El señor Secretario dará lectura a los acuerdos de los Comités.

El señor LANDEROS ( Secretario ).- Reunidos los Jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la Presidencia del diputado señor Edmundo Eluchans y con la asistencia de los diputados señores Delmastro, Espinosa, don Marcos; Espinoza, don Fidel; García, Gutiérrez, don Hugo; Hasbún, Marinovic, Núñez, Pérez, don Leopoldo; Rincón, Urrutia y Venegas, adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

1. Tomar conocimiento de las Tablas de las sesiones ordinarias de la semana, las cuales figuran en los pupitres electrónicos de los señores diputados.

2. Para la discusión de las observaciones del Presidente de la República al proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre, limitar a cinco minutos el tiempo de cada discurso. La Secretaría entregará una minuta respecto de la forma en que se votarán las observaciones del Presidente de la República .

3. En la discusión del proyecto de ley que perfecciona el rol fiscalizador del concejo; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales, permitir un discurso de cinco minutos por bancada.

4. Votar en la presente sesión, sin discusión y después de rendido el informe correspondiente, el proyecto de ley que modifica el Título II de la ley N° 19.882, con el objeto de fijar condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario, por el período que indica, y otorga otros beneficios por retiro.

5. Suspender el tiempo destinado a los proyectos de acuerdo e Incidentes de la presente sesión y agregarlo al Orden del Día, manteniendo el funcionamiento de la Comisión Especial de Solicitudes de Información y Antecedentes Específicos a los Organismos de la Administración del Estado.

6. Considerar sobre Tabla, en la sesión de mañana, el proyecto de acuerdo N° 993, que solicita al Ministerio de Educación la presentación de la fiesta de San Sebastián de Yumbel al Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Convención de la Unesco.

7. En la discusión del informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que establece normas sobre actividades de lobby, que se votará en la sesión de mañana, permitir hasta seis discursos de cinco minutos cada uno.

8. En relación con el proyecto que establece en nuevo Código Procesal Civil (Boletín N° 8197-07), cerrar las inscripciones con los diputados inscritos hasta este momento, salvo aquellos que sean miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que podrán inscribirse hasta mañana.

9. Adelantar a las 18.30 la hora de inicio de las sesiones especiales pedidas de hoy y de mañana.

10. Autorizar el ingreso a la Sala del subsecretario de Telecomunicaciones, señor Jorge Atton, durante la discusión del proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre.

11. Respecto de la sesión especial pedida del miércoles 22 de enero, permitir el ingreso a la Sala de los señores Ramiro Mendoza, contralor general de la República ; Sergio Urrejola, presidente del Consejo de Defensa del Estado , y Daniel Platovsky, director del diario La Nación.

12. Trasladar al primer lugar de la Tabla de la sesión del jueves 23 de enero el informe de la Comisión Especial sobre Política Antártica Chilena. Se concederán cinco minutos al diputado informante y, con posterioridad, se procederá a votar.

13. Realizar una sesión especial la próxima semana, en hora y día que se comunicarán oportunamente, con el objeto de escuchar la exposición del ministro de Relaciones Exteriores sobre el veredicto de la Corte Internacional de Justicia de La Haya relacionado con el diferendo marítimo con Perú. Para su discusión se concederá un tiempo de 15 minutos por bancada.

SALUDO A DELEGACIÓN DE EXPARLAMENTARIOS DE LA REPÚBLICA DE CANADÁ

El señor ELUCHANS (Presidente).- Quiero saludar a una delegación de la Asociación Canadiense de Exparlamentarios, que se encuentra en la tribuna de honor.

La delegación es encabezada por su presidente , el señor Léo Duguay, y está acompañada por la secretaria política de la embajada de Canadá en nuestro país, la señora Annie Lafontaine.

-Aplausos.

SALUDO A FUNCIONARIOS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ

El señor GODOY ( Vicepresidente ).- Señores diputados, en nuestra Tribuna de Honor se encuentran presentes el secretario general de la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, señor José Pedro Montero, y el oficial mayor del Congreso de la República del Perú, señor Javier Ángeles Illmann, acompañado por los señores César Delgado, Herbert Fritas y Edwin Bustamante, funcionarios del Congreso de la República del Perú, quienes vienen a analizar nuestro sistema computacional y la forma en que legislamos.

Sean todos muy bienvenidos a nuestra Corporación.

-Aplausos.

FIJACIÓN DE HORA DE FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES

El señor ELUCHANS (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para que las Comisiones comiencen a sesionar a partir de las 16.15 horas.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

-o-

El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, pido la palabra para plantear un asunto de Reglamento.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , en relación con el proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre, las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones se pronunciaron respecto de las observaciones a este proyecto y declararon su inadmisibilidad. Dicha inadmisibilidad está fundada en que el veto se sale del marco de las ideas matrices del proyecto. Cuando se formuló esta observación en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, me correspondió plantearlo, y sostuve que el veto afecta gravemente las facultades legislativas del Congreso Nacional. Ese es el cuestionamiento de fondo y no las normas específicas que se incorporan.

Podemos estar de acuerdo en el conjunto de las 28 modificaciones que introduce el veto, pero en lo que no podemos estar de acuerdo -y por eso quiero hacer esta suerte de téngase presente- es en que el Ejecutivo , después de aprobado un proyecto de ley por la vía del veto, incorpore normas que están fuera de las ideas matrices, porque eso claramente permite declarar la inadmisibilidad del conjunto de las observaciones propuestas por el Presidente de la República .

He sido informado de que se ha producido un acuerdo respecto de una cantidad importante de observaciones, pero, reitero, quiero dejar sentado como precedente que esto significa retomar -no quiero herir susceptibilidades- la antigua práctica de los resquicios legales, que tanto daño hizo a las facultades del Congreso Nacional.

No quisiera que esto ocurriera sin que fuera mencionado.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , usted tiene todo el derecho a manifestar su opinión, pero hay quienes discrepamos de ella, porque estimamos que el veto no se aparta de las ideas matrices del proyecto. Tal como usted ha señalado se produjo un acuerdo político.

La votación la vamos a llevar a cabo de manera ordenada. Hay algunas disposiciones que fueron objeto de veto respecto de las cuales la Mesa va a confirmar su inadmisibilidad, pero hay otras que la Mesa sostiene que son admisibles y serán sometidas a votación cuando corresponda.

El acuerdo de los Comités respecto de este proyecto es que cada diputado tiene derecho a hablar hasta por cinco minutos.

-o-

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente , sobre la Cuenta quiero hacer otro planteamiento.

Entiendo que los informes de las comisiones investigadoras deben ser votados antes del 11 de marzo. No sé cuántos informes ya se encuentran listos. Quizás sería bueno dejar un momento solo para votarlos, porque de lo contrario, todo el trabajo realizado pierde su valor.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , tiene usted toda la razón.

He solicitado a la Secretaría que nos entregue un detalle completo, a fin de entregar esa información a más tardar en la primera sesión de mañana.

PERMISOS CONSTITUCIONALES

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Si le parece a la Sala, se accedería a la petición formulada por el diputado señor Patricio Vallespín que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del día 18 de enero del presente año, para dirigirse a Alemania y Austria.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Si le parece a la Sala, se accedería a la petición formulada por la diputada señora Clemira Pacheco que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 35 del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar del día 19 de enero del presenta año, para dirigirse a Bélgica.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

V. ORDEN DEL DÍA

NORMATIVA SOBRE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE (Observaciones del Presidente de la República . Boletín N° (6190-19)

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde tratar las observaciones de su excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre.

Diputado informante de las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor Marcelo Díaz.

Antecedentes:

-Observaciones de S.E. el Presidente de la Repúbica al proyecto que permite la introducción de la televisión digital terrestre, sesión 88ª de la actual legislatura, en 20 de noviembre de 2012. Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de las Comisiones Unidas de Constitución y Obras Públicas sobre observaciones de S. E. el Presidente de la República al proyecto que permite la introducción de la televisión digital terrestre, sesión 112ª de la actual legislatura, en 14 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 9.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor DÍAZ (de pie).-

Señor Presidente , en representación de las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, vengo a informar sobre los fundamentos que la mayoría de los integrantes de estas Comisiones tuvieron en vista para adoptar la decisión de declarar la inadmisibilidad de la totalidad de las observaciones formuladas por su excelencia el Presidente de la República al texto aprobado por el Congreso Nacional para el proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre.

Como primera aproximación a los fundamentos tenidos en cuenta para la decisión mayoritaria adoptada por las Comisiones Unidas, cabe señalar que la Corporación acordó el trámite de Comisiones Unidas para tratar dichas observaciones; a su vez, convinieron en invitar a sus sesiones a especialistas y a representantes de actores y de entidades gremiales relacionadas con el quehacer televisivo, a fin de que dieran a conocer su parecer sobre los distintos puntos del veto.

Muchos argumentos se dieron en favor de la admisibilidad al abrirse el debate sobre el punto, pero ellos no fueron suficientes para contrarrestar la afirmación de que las observaciones presidenciales se redactaron en conocimiento de la decisión del Tribunal Constitucional, acerca del requerimiento presentado por diputados afines al Gobierno y que solo prosperó parcialmente respecto de un tema. La detallada descripción de la cronología que efectuó el profesor señor Zapata acerca de esa circunstancia, así lo demostró.

La extensión del veto excede el uso general que se ha dado a la atribución presidencial, por cuanto altera el espíritu y la letra de la Constitución Política y de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, ya que pretende resolver cuestiones que ya fueron zanjadas por el Parlamento, tras un largo debate de años, y por el propio Tribunal Constitucional

Este proceder demuestra un talante abusivo por cuanto pretende salvar lo que no se pudo obtener durante las votaciones en las dos ramas del Congreso, en la Comisión Mixta y en el mismo Tribunal Constitucional. Constituye una vía indebida para la obtención de un fin político, sentando así un mal precedente para el futuro, toda vez que la admisibilidad de las observaciones implicaría aceptar la prerrogativa presidencial para pasar por alto no solo un prolongado debate legislativo, sino que también lo resuelto por el Tribunal Constitucional, valiéndose para ello de un veto redactado en conocimiento de la sentencia de esa magistratura, recaída, como se ha dicho, en una presentación de parlamentarios de Gobierno.

Ya lo señaló el profesor señor Zúñiga al sostener que la circunstancia de que por la vía del veto se pretendiera reponer los efectos que la sentencia recaída en el requerimiento mencionado evitó, convertía el control de constitucionalidad de los proyectos de ley, ejercido por el Tribunal, en un acto del todo inoficioso.

No parece necesario, por ejemplo, entrar al fondo de las observaciones para percatarse que el trato que se da a la televisión nacional la convierte en un ente subsidiario de negocios privados que no presta utilidad pública alguna, criterio, por lo demás, que fue compartido por los representantes de las distintas entidades gremiales y movimientos relacionados con el trabajo televisivo que concurrieron a entregar sus opiniones.

En opinión de la mayoría de la comisión, parte importante de los 28 vetos presentados por el Presidente de la República se alejan de las ideas matrices, por lo que son inadmisibles. Esa fue la declaración que formuló la comisión en votación mayoritaria.

Por todo lo anterior, las Comisiones Unidas, sin entrar al mérito de las observaciones, estimaron, por decisión mayoritaria, inadmisibles todos los puntos del veto y, en tal sentido, recomiendan que así lo declare esta Corporación.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

En discusión.

Tiene la palabra el diputado señor Ramón Farías.

El señor FARÍAS.-

Señor Presidente, varias observaciones de este veto son bastante discutibles.

Todavía no puedo entender por qué se empuja al Presidente de la República a arriesgarse de esta manera, echándose al bolsillo el trabajo de más de cinco años realizado por la Cámara de Diputados y el Senado respecto de un proyecto tan importante como este, que permite la introducción de la televisión digital terrestre en el país.

No sé quiénes asesoran al Presidente de la República en el sentido de decirle, por ejemplo, que las infracciones a las leyes laborales de los artistas y otras deben ser sacadas de esta iniciativa, en circunstancias de que fue un acuerdo que logramos entre todas las partes después de muchas y largas negociaciones. Como resultado de ellas, todo el mundo estuvo de acuerdo, oposición y oficialismo, incluso el subsecretario y ministros, en que eso debería quedar establecido en la ley de televisión digital terrestre.

No entiendo cómo le plantean al Presidente de la República , por ejemplo, que la segunda señal de Televisión Nacional debe sacarse de esta disposición cuando después de todo lo que discutimos llegamos a la conclusión de que ese canal debe ser un medio de comunicación a las órdenes de la sociedad. Para ello, debe tener la suficiente apertura y posibilidad de entregar a todos un servicio mucho más social que económico. Obviamente, no podemos aceptar esa parte del veto, porque la segunda señal de la televisión nacional no dice relación con una cosa comercial, sino con una cuestión social, con el objetivo de entregar, a través de esa señal, mayor cabida a los canales de las regiones.

No se entiende una serie de otros temas que trata este veto, relacionados con los que, de una u otra manera, habíamos acordado entre todos. Sin embargo, es posible incorporar otras materias, como la de “los pueblos originarios”, frase que se agrega en el párrafo primero de la letra d) del N° 1), después de la expresión “y la juventud”, en el ámbito del correcto funcionamiento de los servicios de televisión. Esto produce un equilibrio, porque este tema fue suprimido del párrafo sexto de la letra d) del número 1).

Al ver las 28 disposiciones de este proyecto que se ponen en discusión porque han sido objeto de veto, siento que han tratado de forzarnos a algo que no queríamos ni queremos hacer, que es rechazarlas completamente, porque se está desconociendo el trabajo realizado durante cinco años por el Congreso Nacional.

No es prudente que el Gobierno, a pocos meses de dejar su administración, esté tratando de cambiar algo que hemos analizado y respecto de lo cual y llegado a profundos acuerdos. Al respecto, conversamos con representantes de la Asociación Nacional de Televisión (Anatel, y de la Corporación de Actores de Chile, a fin de llegar a un buen acuerdo y a una mejor ley.

Para la historia fidedigna de esta ley, me gustaría dejar consignado que esta iniciativa tendrá que ser modificada muy luego, porque ya está muy atrasada. Comenzó a debatirse hace cinco años, transcurso en el que la televisión ha cambiado bastante. También han cambiado las formas de llegar al público. Por eso, cuanto antes la aprobemos, más pronto tendremos que actualizarla.

Vamos a votar de acuerdo al mérito de cada una de las disposiciones que han sido objeto de vetos.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Carlos Latorre.

El señor LATORRE .-

Señor Presidente , en primer lugar, quiero manifestar que resulta sorprendente que el país todavía no tenga una ley sobre televisión digital terrestre. Los años en que este proyecto estuvo en el Congreso Nacional probablemente se pueden justificar, en función de que se abordaban puntos cuya dificultad para lograr consensos han quedado en evidencia.

Sin embargo, el solo hecho de que Chile carezca de un marco legal dentro del cual se desarrolle en el futuro la televisión digital, constituye una falencia grave para el país, pues tiene un impacto no solo respecto de toda la ciudadanía y de distintas instituciones, sino que también marca una situación bastante deficitaria en relación con lo que ocurre en otros países.

Quizás el esfuerzo realizado durante el último año, tanto por las Comisiones Unidas de Constitución y Obras Públicas de la Cámara como por la Comisión Mixta, fue para intentar tener en nuestro país prontamente una ley de televisión digital.

Por eso, cuando termina su trámite con algunos puntos que fueron temas de debate, pero siempre con la intención de llegar a acuerdos en torno a las normas más complejas, resulta sorprendente que el Ejecutivo mande al Congreso Nacional un veto cuya constitucionalidad, inevitablemente, fue materia de discusión en las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. Además, con posterioridad, se obliga, -probablemente para que se cumpla el primer objetivo, cual es contar con una ley de televisión digital- a la conveniencia de ver cómo el Gobierno puede variar su disposición respecto de este veto de manera que no parezca, como lo señalaron algunos diputados, como una forma abusiva de intervenir en un proceso legislativo cuando este ha llegado a su etapa final. De ese modo, entonces, poco antes de que se promulgue la ley, surge un veto que renueva la discusión sobre puntos que ya habíamos resuelto.

Por eso, en un momento determinado las bancadas aceptaron entrar a dialogar para ver si era posible llegar a un acuerdo con el Ejecutivo .

Mi bancada me encargó abordar esta discusión sin comprometer acuerdos, a menos que, con posterioridad, fueran ratificados quienes tienen la responsabilidad de dirigir el trabajo de nuestras bancadas.

Si el Ejecutivo está dispuesto a aceptar la inadmisibilidad de diez puntos bastante relevantes de los veintiocho que mandó, estaríamos en condiciones de lograr un acuerdo sobre sus observaciones.

Los alcances efectuados a ciertos puntos, algunos de los cuales se refirió el diputado Ramón Farías, los que comparto, y que aparecían como inconvenientes para ser tratadas de nuevo como temas de discusión en el texto del proyecto que introduce la televisión digital y que hoy aparecen como inadmisibles, ahora permiten llegar a un acuerdo.

Por último, deseo agregar que en el acuerdo político acordamos declarar inadmisibles los numerales 3, 4, 7, 10, 13, 17, 18, 19 y 28 de las observaciones del Presidente de la República al proyecto de ley en comento.

Dejo constancia de que en la medida en que lleguemos a acuerdo sobre estos puntos, podemos darle salida, definitivamente, al proyecto de ley que permite la introducción de la televisión digital en nuestro país.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado don Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.-

Señor Presidente , comparto las opiniones vertidas por los diputados Fa-rías y Latorre, en el sentido de que este veto amenaza con trastocar el fondo del proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional.

Después de una larga tramitación en sede legislativa, de cinco años de debate en que la iniciativa incluso pasó por Comisión Mixta, tiempo durante el cual el Ejecutivo , que es el que tiene el impulso legislativo, fue un actor protagónico, pero nunca hizo cuestionamientos respecto de muchas de las normas que ha observado mediante el veto, y sobre todo habiéndose conocido un hecho relevante, como es que el veto fue redactado con conocimiento del fallo adverso del Tribunal Constitucional al requerimiento presentado por diputados de la Alianza, como quedó demostrado en la sesión de las Comisiones Unidas que analizaron estas observaciones del Presidente , nos parece que estamos ante un intento de utilización abusiva, excesiva y arbitraria de la facultad presidencial, porque intenta convertir la institución del veto no en un procedimiento de corrección legislativa, sino que en una cuarta instancia dentro del proceso de formación de la ley. En efecto, a la tramitación en la Cámara Diputados, a la tramitación en el Senado y al pronunciamiento del Tribunal Constitucional ahora se pretende sumar el veto para, por esa vía, cambiar elementos radicales, centrales de lo resuelto por el Parlamento.

Soy de aquellos que cree que este proyecto de ley sobre televisión digital no es perfecto, porque como país no tuvimos la capacidad, particularmente como Parlamento, de incorporar en la discusión más presencia de la opinión pública, de la ciudadanía, de los actores sociales, para que la iniciativa recogiera de manera más clara y nítida los intereses no solo de los operadores, de los concesionarios, del empresariado asociado al mundo de la televisión, sino también los intereses de la sociedad.

Ello era relevante, si se considera que el proyecto contiene un reconocimiento fundamental: que el espectro radioeléctrico es un bien que pertenece al conjunto de la nación, que el Estado lo administra en nombre de todos los chilenos, que son sus legítimos y absolutos propietarios, y que solo lo entrega en concesión a un conjunto de actores privados para que cumpla una función de entretenimiento, comercial, pero también pública, carga que no solo afecta al canal estatal, sino que a todos los beneficiados con un hecho singular y limitado, como es la entrega de una concesión de televisión, que es un medio potente, poderoso, muy relevante de la sociedad contemporánea para incidir, para crear opinión, para crear hechos, por lo que la sociedad, puede, por medio de leyes, establecer regulaciones a través del Congreso Nacional.

Esta no es una ley perfecta, pero de aprobarse el veto -estamos todavía a la espera de la votación- cambiaríamos normas esenciales del proyecto que representan un avance importante en materia de televisión digital.

Hemos tenido, a instancias del Gobierno -debemos reconocerlo- largas conversaciones para intentar alcanzar un acuerdo que modifique la decisión de las Comisiones Unidas de Constitución y de Obras Públicas, en cuanto a declarar la inadmisibilidad del veto por no ajustarse a las ideas matrices del proyecto, como la propia ley orgánica del Congreso lo establece, pero, como siempre he dicho, y lo quiero reiterar acá, hay líneas rojas desde las cuales no estamos dispuestos a retroceder:

En primer lugar, la protección irrestricta de los derechos laborales y la propiedad intelectual de quienes trabajan en la televisión y, por tanto, la mantención de todas aquellas normas que los garantizan y cautelan.

En segundo lugar, que se mantenga la norma que establece que se debe fijar como piso, no como techo, la emisión de al menos cuatro horas de programación cultural.

En tercer lugar, que no se cercenen las atribuciones de la Fiscalía Nacional Económica respecto de los procesos de renovación de concesiones.

En cuarto lugar, que las normas de pluralismo relativo a los programas políticos, de debate y de noticias se mantengan, porque son espacios relevantes a través de los cuales se informa la opinión pública. Quizás en las cifras no soy preciso, pero ayer me entregaron un dato que señala que el 75 por ciento de los chilenos se informa solo por la televisión, y el otro 25 por ciento también ve televisión, señor Presidente.

En consecuencia, cuando hablamos de televisión, nos estamos refiriendo a un medio poderoso para transmitir información y para generar o construir opinión, por lo que debe dar ciertas garantías de pluralismo y objetividad, de manera tal que los canales cumplan con la obligación que tienen de entregar información que permita que los chilenos se formen opinión a partir de hechos y no una opinión deformada a partir de una línea editorial determinada.

En quinto lugar, mantener las campañas de utilidad pública, que son esenciales, fundamentales, vitales. Si convenimos en que la gente se informa a través de este medio de comunicación, es crítico en cuanto no restringir esta posibilidad a los casos que señala el veto.

En consecuencia, hay un conjunto de cuestionamientos planteados que me parece serán resueltos de manera satisfactoria, lo que nos permitiría no acompañar, por cierto, el veto, pero sí llegar a un acuerdo que permita que este proyecto de ley sea despachado a la brevedad, pero, insisto, respetando estas consideraciones que he vertido y para nosotros que son fundamentales, esenciales e intransables.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Cristian Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente , me alegra mucho el anuncio que acaba de hacer en esta Sala el diputado Latorre en orden a que habrá un acuerdo político para por lo menos aprobar 10 de los 28 puntos que contiene el veto al proyecto de ley sobre televisión digital. Sin embargo, ello no impide que hagamos presente nuestra opinión en favor de la admisibilidad de las observaciones presentadas por el Presidente de la República a la iniciativa, en uso de sus facultades constitucionales.

Es bueno recordar lo que establecen la Constitución y la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional sobre la materia, pues facultan al Presidente de la República , en caso de que desapruebe un proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional, a devolverlo a la Cámara de origen con las observaciones que estime convenientes, siempre que, como dispone el artículo 32 de la mencionada ley orgánica constitucional, dichas observaciones no se aparten de la ideas matrices o fundamentales del proyecto.

Tal como lo planteé y ratifiqué con mi voto en las sesiones de las Comisiones Unidas de Constitución y de Obras Públicas, considero que el veto debió declararse admisible, porque el Presidente de la República actuó conforme a las facultades que le otorgan la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

Las observaciones presidenciales contienen cinco puntos que a nuestro juicio son medulares.

En primer lugar, el pluralismo. La supresión que propone el Presidente de la República de las oraciones “promover en los contenidos entregados” y “excluyendo aquellos que atenten contra los mismos”, en el segundo párrafo del texto al que hace referencia la letra d) del numeral 1) del artículo 1° del proyecto, sin lugar a dudas se ajusta a la Constitución.

Quizás es la primera vez que al Presidente de la República se le termina el plazo de 30 días para vetar un proyecto y eso coincide con la dictación de una resolución del Tribunal Constitucional que declara que un proyecto, en alguna de sus partes, no es ni constitucional ni inconstitucional, sino que toma una tercera vía, que consiste en hacerle algunos reparos de fondo.

Sin embargo, cabe hacer presente que para la historia constitucional de Chile es muy importante establecer que quizás sea la primera vez que el Tribunal Constitucional, sometido a esta situación, se refiere al veto, como ocurre en el considerando 10 de su mentada sentencia, en que señala claramente, en referencia al veto, que no se remitirá a lo señalado por el Presidente de la República y que respeta la facultad que tiene su Excelencia, quien administra el Estado, para hacer uso de dicho instrumento.

En consideración a lo expresado, me parece que con las observaciones del Presidente de la República , el pluralismo queda muy bien resguardado, con respeto y sujeción a la Constitución Política,

En segundo término, las campañas de interés público o de utilidad pública también se consideran un veto supresivo y a esto se refiere el fallo del Tribunal Constitucional cuando señala en el considerando 10, que el reciente veto introducido por el Ejecutivo al proyecto implica transformar muchas de las objeciones planteadas en cuestiones de mérito, puesto que se solucionan dentro de la dinámica legislativa. Eso dice el Tribunal Constitucional.

Por lo tanto, cuando se restringe o ajusta a los intereses públicos y a la utilidad pública en este veto, a nuestro juicio, también se está adecuando a los requerimientos de los derechos fundamentales de todos los chilenos en esta materia.

El otro punto, que es de mucho interés, es la segunda concesión que se le da a Televisión Nacional. Aquí debemos tener presente, los que defendemos la libre iniciativa privada, que la segunda concesión de Televisión Nacional va a restringir mucho a la iniciativa privada en materia de televisión.

No quiero ni siquiera recordar lo que sucede en la provincia de Melipilla, donde existen tres o cuatro canales o iniciativas privadas en esta materia, las que, sin lugar a dudas, habiendo una segunda señal de Televisión Nacional, van a ser ciertamente muy perjudicadas. Hoy, fuertemente, y hace falta, por ejemplo, en la provincia de Talagante, un canal de televisión que permita a los privados tener este canal y administrarlo conforme con la ley de televisión. Pero también es importante el hecho de que el público o el usuario tenga noticias locales y sea más pluralista en relación con las noticias e informaciones que se den.

Por eso, la segunda concesión que se da a Televisión Nacional nos parece una situación que merece bastante atención y que debiera discutirse. Además, está en el veto.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Concluyo su tiempo, señor diputado .

El señor LETELIER.-

Por tales razones, me alegro de este acuerdo político. Por último, quiero señalar que el veto, que tanto se discutió y que estableció la admisibilidad, se ajustó a derecho y a la Constitución y, al mismo tiempo, respeta las facultades del Presidente de la República en cuanto a su naturaleza.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.

El señor RINCÓN.-

Señor Presidente , quiero partir suscribiendo una parte de lo dicho por el diputado señor René Saffirio , porque el Ejecutivo tiene la facultad de veto reservada en la Constitución Política de la República. Pero el punto de plantear un veto sobre cualquier materia, incluida la posibilidad del Ejecutivo de turno -hoy es el gobierno del Presidente Sebastián Piñera-, incluso alejándose de las ideas matrices del proyecto, es algo que no compartimos.

Por lo tanto, una regla basal que debe ser respetada en el debate es el proceso de tramitación legislativa, en la que además de los trámites en la Cámara de origen, en la Cámara revisora y, eventualmente, un tercer trámite y comisión mixta, también está el veto. Pero ese no es el punto en discusión. Lo que está en debate es si se puede vetar cualquier materia. Nosotros creemos que no. Y en la medida en que hemos trabajado con el Ejecutivo un acuerdo que tiende a despejar esa discusión, creemos que es un avance. Porque si la Mesa -el Presidente lo sabe y ahí va a concurrir con un rol importante en el proceso de votación- recoge las inadmisibilidades sobre temas que nosotros creemos que se alejan de las ideas matrices o derechamente ponen en jaque derechos que son fundamentales para los trabajadores -creemos que no va a ser así, porque entendemos que se van a recoger varias inadmisibilidades-, ese punto a nuestro juicio se despeja.

Pero la pregunta del diputado René Saffirio , de una u otra forma, tiene una respuesta en la forma en que hemos concordado, porque fue tema que se discutió en las Comisiones Unidas de Constitución y Obras Públicas que, en tal carácter, esta Sala encomendó como comisiones técnicas para informarnos del veto. Entonces, lo primero es que fue un buen acuerdo, en términos de que el veto no se viera directamente en Sala.

Creo que el subsecretario don Jorge Atton , quien ha estado presente y ha seguido el curso de todo el debate, puede ratificar ello, y sería bueno que lo hiciera. Fue un buen acuerdo que no pasara el veto directo a Sala, y que, por lo tanto, sobre todo por su extensión y complejidad, no solo jurídica y técnica además, pasara a estas Comisiones Unidas técnicas especializadas para informar a la Sala. Y a partir de ello construir acuerdos en algo que para nosotros era fundamental y que dice relación con que hay cosas que, o se alejaban de la idea matriz o se alejaban del acuerdo original alcanzado en la propia Comisión Mixta.

De una u otra forma, con algunos bemoles, hemos ido construyendo un acuerdo -y en ello han participado diversos parlamentarios de distintas bancadas- para ver hoy este veto de televisión digital, lo que permite allanar una solución que, dicho sea de paso, también es importante para que nuestro país se incorpore definitivamente a la televisión digital. No puede hacerlo aún, porque no hay legislación. En eso, todos -no le hago un cargo al Gobierno-, de una u otra forma, nos hemos demorado más allá de lo que debiera haber sido una Carta Gantt de tiempo legislativo adecuada para un tema que es complejo, que es de impacto, y que también debiera terminar beneficiando en todo sentido a los telespectadores y a la ciudadanía, incluida no solo la entretención, sino también la información y el acceso a la información y a programas culturales de calidad con el debido resguardo de las capacidades de creatividad de nuestros actores y actrices del mundo de la televisión que, con su talento e ingenio, contribuyen a la producción de material televisivo nacional en distintos ámbitos y espacios, y que de una u otra forma el proyecto de ley ha tendido a garantizar sobre la base de que queda mucho por construir. Este es uno de aquellos proyectos de ley que, en el curso de su ejecución, vamos a tener que observar a través de nuestro sistema especial de monitoreo de aplicación de la ley.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Ximena Vidal.

La señora VIDAL (doña Ximena).-

Señor Presidente , luego de tomar en cuenta las observaciones formuladas por mis colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, creo que la esencia del trabajo en el Congreso Nacional es apreciar la diferencia de las visiones políticas que dan cuenta de la diversidad de pensamiento de una sociedad.

Mi intervención, por tanto, se conecta con el sentido integral de la ley de televisión digital que hemos discutido durante tanto tiempo, con la presencia y participación activa de las distintas organizaciones gremiales, sociales, económicas y culturales relacionadas con las concesionarias y con los actores de primer plano que ejecutan las políticas de la televisión. Y la demora de esta discusión ha tenido que ver con los múltiples intereses en juego, como se dijo anteriormente. Acá hay diferencias de visiones de país; aquí se demoró mucho esta discusión no solamente por los intereses económicos que hay detrás, sino también por los intereses culturales y sociales que representamos muchos de los que estamos en esta Sala. Por eso se dio una discusión vasta y rica, pero también difícil.

Desde mi punto de vista, antes del veto habíamos ganado una visión ciudadana que defendía principalmente los derechos laborales de los artistas y de muchos actores que trabajan en la televisión; pero no solo eso, ya que también se hablaba de una televisión pluralista. Sin embargo, con el veto eso quedó en fojas cero.

Por eso, es importante que el Gobierno se haya allanado a dialogar sobre esos puntos tan relevantes no solo para los actores protagónicos, que son los concesionarios que manejarán la televisión, sino que también pensando en los trabajadores de la televisión y en el público, que no tienen una voz suficientemente fuerte como para ser escuchados en esta discusión. Y efectivamente ellos fueron escuchados y, por lo tanto, tomados en cuenta. En ese sentido, quiero rescatar la posibilidad de generar esa forma de discusión, para posteriormente aprobar los puntos que acordaremos en esta sesión.

Como indicó el diputado Saffirio , podríamos haber ido por todo. Pero, en aras de un debate que tiene que ver con la sociedad que queremos construir y en la cual se tomen realmente en cuenta todos los puntos de vista, contaremos con ese acuerdo previo mediante el cual se garantiza, entre muchas cosas, el pluralismo de la televisión que necesitamos. De todos modos, cabe recordar que el proyecto no zanja el ideal de televisión pública por la cual muchos queremos luchar.

Como se indicó, tampoco queda absolutamente cerrado el tema de la televisión digital, pero es un paso que debemos dar. Tomando en cuenta la discusión que hemos tenido, ya es hora de que salgamos adelante con la televisión digital desde el punto de vista tecnológico, tema en el cual el subsecretario Atton ha trabajado arduamente.

He dicho.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Gaspar Rivas.

El señor RIVAS .-

Señor Presidente , durante la discusión del veto al proyecto sobre televisión digital en nuestro país, hemos analizado diversos temas que se están barajando en los 28 puntos que lo conforman. Se ha hablado respecto del pluralismo y de la posibilidad de tener una mejor calidad en la televisión nacional. Sin duda, son temas tremendamente primordiales.

Sin embargo, como se ha mencionado, quiero destacar y centrar mi intervención, más allá de los conceptos abstractos como el pluralismo o la mejor calidad de televisión, en un aspecto real y concreto: el factor humano. En otras palabras, me refiero a las personas que están detrás de la televisión que vemos diariamente y a cómo se va desarrollando el país a través de ella. En particular, se trata de los actores y las actrices del país, los cuales están siendo eventualmente perjudicados por algunas disposiciones del veto específicamente el 3° y el 18°.

Para justificar dichos vetos, se ha expresado que ellos tienen sus derechos laborales totalmente resguardados con la actual legislación laboral. No obstante, lo más extraño y llamativo es que la ley laboral que se aplica a todos los chilenos en el territorio nacional no se emplea en el caso de los actores y las actrices que trabajan en los canales de televisión chilenos. Ellos están constantemente bajo amenaza de ser despedidos y sometidos a regímenes legales contractuales, entre comillas, totalmente distintos y absolutamente precarios, pues no tienen derechos laborales ni una serie de garantías de seguridad social de la que gozan otros trabajadores en el país. En mi opinión, decir que los vetos 3° y 18° que afectan a ellos, aduciendo que en nuestro país existe una legislación laboral que no se cumple y que es letra muerta para el gremio de los actores y las actrices, es un muy mal fundamento.

En ese sentido, anuncio que no consideraré admisibles los vetos 3° y 18°, por lo menos en defensa y en garantía de los derechos de los actores y las actrices de nuestro país.

He dicho.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahin.

El señor CHAHIN.-

Señor Presidente , me parecía bastante difícil comprender el veto cuando ingresó, porque después de tanta discusión -aprovecho la oportunidad para reconocer el rol del subsecretario Jorge Atton por estar siempre dispuesto a dialogar- se fue avanzando para aprobar una ley de televisión digital que no solo incorporara una nueva tecnología, sino que también democratizara la televisión en el país y avanzara en términos del pluralismo y de resguardar a los trabajadores del medio televisivo, especialmente a los artistas. Sin embargo, nos encontramos con ese extenso veto que sin duda me parece abusivo, por cuanto, al menos en la forma como se ha generado, ha extralimitado las facultades del Presidente de la República como colegislador. Por lo tanto, nuestra primera tentación era resguardar nuestros derechos como Poder Legislativo y, en consecuencia, alegar la inadmisibilidad del veto en cada uno de sus numerales.

También es importante que prime el bien común para que seamos capaces de ir construyendo un acuerdo. En ese sentido, quiero felicitar a los parlamentarios que trabajaron y formaron parte de ese acuerdo, que hoy, de alguna manera, nos permite distinguir entre las normas que consideramos inadmisibles, porque votarlas o discutirlas como veto atentan contra la idea matriz del proyecto, como, por ejemplo, aquella que significaba un retroceso y que generaba una situación de vulnerabilidad y de precariedad respecto de los trabajadores y artistas. Sin embargo, hay otras disposiciones que nos parecen importantes de discutir y que se perfeccionan con el veto presentado.

Por intermedio de su señoría, aprovechando la oportunidad de que se encuentra presente en la Sala el subsecretario Atton -y es el motivo central de mi intervención, porque no es un proyecto en el cual trabajé y tampoco integré ninguna de las comisiones que se abocaron al conocimiento del veto-, quiero que él me explique, de manera precisa, el alcance del veto aditivo N° 1 en relación con el veto N° 5, el cual es supresivo. Si bien en el veto aditivo N° 1 se agrega la frase “los pueblos originarios”, después de la expresión “y la juventud”, que nos parece adecuado, cuando se define el concepto de correcto funcionamiento de los servicios, relativo al permanente respeto de los pueblos originarios, entre otros, a través de la programación, en el veto supresivo N° 5 se suprime el párrafo sexto de la letra d) del número 1 del artículo 1°, que señala: “Asimismo, se entenderá el correcto funcionamiento como el respeto y la promoción, a través de su programación, de los derechos, culturas, lenguas y dignidad de los pueblos originarios, la no discriminación y su expresión en la igualdad de derechos y trato entre los pueblos.”

Me parece bastante más completa, rica y comprensiva, la norma que se elimina por el veto supresivo número 5 que la que se incorpora a través del veto aditivo número 1, en que, simplemente, se agrega la frase “los pueblos originarios”. Por consiguiente, como está planteado el veto aditivo número 1, al incluir a los pueblos originarios, no compensa. No es un traslado de la norma, porque el veto supresivo número 5, a mi juicio, suprime un inciso bastante más completo e integral, porque no solo se refiere a los derechos individuales, sino también a ciertos aspectos que son parte de los derechos colectivos de los pueblos, como es el derecho a su cultura, lengua y dignidad.

Por lo tanto, señor Presidente , me gustaría que el subsecretario me pudiera aclarar el sentido de esta modificación.

He dicho.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el señor subsecretario.

El señor ATTON ( Subsecretario de Telecomunicaciones ).-

Señor Presidente , primero, respecto de lo que planteó el diputado Rincón , esto de no venir a la Sala a ver directamente lo admisible o no del veto nos pareció bastante bien. Chile, efectivamente, requiere de una ley de televisión digital. Lo hemos dicho reiteradamente; estamos atrasados en más de diez años.

Por lo tanto, como Ejecutivo , agradezco a todos los diputados que negociaron y acordaron hacer factible una ley sobre televisión digital. Reiteramos este acuerdo en todas sus partes y solicitamos que sea aprobado por esta Cámara de Diputados.

Ahora, respecto del planteamiento del diputado Chahin, efectivamente, si uno va al inciso cuarto del proyecto de ley, donde se está agregando la expresión “pueblos originarios”, es mucho más completo desde el punto de vista de que es un conjunto de lo que se entiende por correcto funcionamiento.

Este tema se discutió en varias Comisiones y lo que se está eliminando lo agregamos en el inciso cuarto, donde queda mucho más completo, porque habla de la Constitución, del pluralismo, del respeto a la dignidad de los pueblos, en términos genéricos se refiere a todos los pueblos originarios. Por consiguiente, desde el punto de vista del ordenamiento de técnica legislativa, queda mucho mejor ese inciso que separado en otro que solo hacía referencia a la promoción de la programación.

Esa es la razón. Es un tema de técnica legislativa y usted diputado, que es abogado, es más experto que yo.

Gracias, señor Presidente.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las observaciones del Presidente de la República en los siguientes términos:

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar las observaciones de su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que permite la introducción de la televisión digital terrestre.

Ruego a los señores diputados y a las señoras diputadas que pongan atención, porque se trata de una votación compleja que requiere cierto grado de concentración.

Las Comisiones Unidas de Constitución, Legislación y Justicia y de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones declararon inadmisibles todas las observaciones de su excelencia el Presidente de la República a este proyecto de ley.

En virtud del acuerdo político que existe en relación con esta iniciativa, la Mesa declara inadmisibles las observaciones recaídas en los números 3), 4), 6), 7), 10), 13), 17), 18), 19), 22) y 28), y admisibles las recaídas en los numerales restantes.

El señor HARBOE.-

Pido la palabra.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra su señoría.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , ¿podría explicar en que se basó la Mesa para declarar admisibles algunas observaciones e inadmisibles otras?

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Podría hacerlo, pero tendría que ir explicando una a una cada fundamentación.

En todo caso, le hago presente que existe un acuerdo político sobre la materia, firmado por todas las bancadas -incluidas las de Gobierno- y el Ejecutivo. De manera que lo único que pretende la Mesa es facilitar el cumplimiento del acuerdo.

Tiene la palabra el diputado señor Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , el problema es que, según entiendo, un acuerdo político tiene por objetivo resolver cuestiones de fondo.

A juicio de algunos diputados, en este caso existe una objeción formal -es el argumento que tuvimos en consideración en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara-, puesto que el ejercicio del veto presidencial y la incorporación de un conjunto de artículos que no fueron discutidos durante la tramitación legislativa del proyecto adolece de un vicio de constitucionalidad, lo que constituye una cuestión de forma muy delicada.

Por eso, si la Mesa ha decidido declarar admisibles algunas observaciones e inadmisibles otras, mi pregunta es qué fundamento jurídico tuvo en consideración la Mesa para proceder de tal forma.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Señor diputado , para los efectos de contestar su pregunta lo importante es explicar el fundamento que tuvo la Mesa para declarar admisibles algunas observaciones. Respecto del fundamento que tuvo en vista para declarar inadmisibles otras, solo cabe señalar que la Mesa sencillamente no está de acuerdo con que se hayan apartado de la idea matriz del proyecto.

Si su señoría quiere que la Sala vote la admisibilidad de las observaciones declaradas inadmisibles, está en todo su derecho. Así determinaremos si son o no admisibles.

El señor MELERO.-

¿Quién firmó el acuerdo político por el PPD? Podría informárselo al diputado Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , quiero explicarle al diputado Melero que los acuerdos políticos son para cumplirlos. Desde un comienzo planteé que mi inquietud tiene que ver con un problema constitucional de forma.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Señor diputado , no está en discusión su derecho a plantear un cuestionamiento sobre el particular. Por eso, corresponde votar la declaración de admisibilidad de las observaciones que acabo de mencionar. Los diputados que voten a favor apoyan la admisibilidad de las mismas.

Tiene la palabra el diputado Nicolás Monckeberg.

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-

Señor Presidente , entiendo que nadie ha objetado la declaración de admisibilidad de las observaciones que usted mencionó.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

¡La está objetando el diputado Harboe!

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-

¿Pidió votación?

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Sí, el diputado Harboe está pidiendo votación.

El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-

No está pidiendo eso, señor Presidente .

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , creo que es importante dejar establecida nuestra opinión sobre la materia.

No he pedido votación; solo he señalado que me parece poco prudente que la Mesa establezca diferencia entre observaciones que corresponden al mismo veto.

Gracias, señor Presidente.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Cristián Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, ¿por qué no votamos la admisibilidad de las 28 observaciones del Presidente de la República?

Gracias, señor Presidente.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Señor diputado, finalmente, ha quedado claro que no hay discusión al respecto ni solicitud de que se vote la admisibilidad de las observaciones. En consecuencia, lo que corresponde es votar su contenido.

Respecto de las observaciones contenidas en los números 1), 8), 9), 12), 14), 15), 16), 20), 23), 24), 25) y 26), reitero que existe acuerdo político para votarlas en conjunto y para aprobarlas.

Hago presente a la Sala que para su aprobación se requiere el voto conforme de la mayo-ría absoluta de los diputados en ejercicio, es decir, 58 votos.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Fa-rías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Araya Guerrero Pedro; Harboe Bascuñán Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra.

-Se abstuvo la diputada señora Muñoz D’Albora Adriana.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Corresponde votar los cinco numerales restantes.

En votación el número 2), que suprime en el párrafo segundo de la letra d) del número 1), las frases “promover en los contenidos entregados” y “, excluyendo aquellos que atenten contra los mismos”, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 58 señoras y señores diputados.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 35 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Torres Jeldes Víctor; Venegas Cárdenas Mario; Walker Prieto Matías.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Jiménez Fuentes Tucapel; Lorenzini Basso Pablo; Muñoz D’Albora Adriana.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Por lo tanto, en virtud de lo preceptuado en el artículo 73 de la Constitución Política, corresponde que la Cámara resuelva si insiste en el texto del proyecto aprobado por ella, que consta en la página 2 del boletín comparado, para lo cual se requiere el voto favorable de los dos tercios de los diputados presentes.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 42 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Por no haberse alcanzado el quorum requerido, se da por aprobada la observación del Ejecutivo.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Urrutia Bonilla Ignacio; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Walker Prieto Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Velásquez Seguel Pedro; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Se abstuvo la diputada señora Muñoz D’Albora Adriana.

El señor LATORRE.-

Pido la palabra.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra su señoría.

El señor LATORRE.- Señor Presidente , no quiero iniciar una discusión sobre esta materia, sino solo hacer presente que no se está cumpliendo el acuerdo adoptado por las distintas bancadas. De acuerdo con él, de no alcanzarse los quorum correspondientes se garantizaría mantener el texto aprobado por la Cámara.

Pues bien, en virtud de la votación que se acaba de producir nos quedamos sin texto, lo que no es compatible con el acuerdo político señalado.

-Hablan varios señores diputados a la vez.

El señor DÍAZ.-

Señor Presidente , de acuerdo con el resultado de la votación, ¿cómo quedaría el texto definitivo?

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Diputado Latorre, hemos analizado su consulta con Secretaría y no hay ninguna duda: se suprime la frase que el veto quería que se suprimiera. Si me permite efectuar una disquisición técnica, no es que se haya aprobado el veto, sino que no se reunieron los dos tercios necesarios para insistir en el texto contrario al mismo.

Corresponde votar el número 5, que suprime el párrafo sexto de la letra d) del número 1).

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 49 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Fa-rías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Se abstuvo el diputado señor Rivas Sánchez Gaspar.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

No habiéndose alcanzado el quorum requerido, en virtud de lo preceptuado en el artículo 73 de la Constitución Política de la República, corresponde que la Cámara de Diputados resuelva si insiste en el texto del proyecto aprobado por ella, que consta en la página 3 del comparado, para lo que se requiere del voto favorable de dos tercios de sus miembros presentes.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 44 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

No habiéndose alcanzado el quorum requerido de dos tercios de los presentes, se suprime el objeto del veto supresivo.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Se abstuvo el diputado señor Harboe Bascuñán Felipe

.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar el número 11, que sustituye en el párrafo primero de la letra f) del número 8), la frase que señala: “al sentido simbólico y a la dimensión artística, los dedicados a las artes o a las ciencias y” por la siguiente: “a la dimensión artística o científica y a”, el que requiere para su aprobación del voto favorable de 58 señoras diputadas y señores diputados.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 45 votos; por la negativa, 51 votos. No hubo abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

No habiéndose alcanzado el quorum requerido, en virtud de lo preceptuado en el artículo 73 de la Constitución Política de la República, corresponde que la Cámara de Diputados resuelva si insiste en el texto del proyecto aprobado por ella, que consta en la página 12 del comparado, para lo que se requiere del voto favorable de los dos tercios de los miembros presentes.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 42 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

No se alcanzó el quorum requerido de dos tercios. En consecuencia, solo se suprime la frase a que he hecho referencia.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

Se abstuvo el diputado señor Harboe Bascuñán Felipe.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación el número 21, que suprime la frase “ni las entidades religiosas regidas por la ley N° 19.638” contenida en el nuevo artículo 15 ter de la ley N° 18.838, incorporado por el número 15 del proyecto de ley.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 14 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Carmona Soto Lautaro; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Girardi Lavín Cristina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Lemus Aracena Luis; Muñoz D’Albora Adriana; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Schilling Rodríguez Marcelo; Venegas Cárdenas Mario.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Harboe Bascuñán Felipe; Pascal Allende Denise.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar el número 27), que suprime en la letra a) del número 29), que incorpora un nuevo número 1 al artículo 47 de la ley N° 18.838, que modifica, a su vez, la ley N° 18.168, la siguiente frase “a) su uso y goce está orientado a satisfacer necesidades públicas y colectivas de toda la sociedad,”.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 47 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Harboe Bascuñán Felipe; Rivas Sánchez Gaspar.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

No habiéndose alcanzado el quorum requerido, en virtud de lo preceptuado en el artículo 73 de la Constitución Política de la República, corresponde que la Cámara de Diputados resuelva si insiste en el texto del proyecto aprobado por ella, que consta en las páginas 43 y 44 del comparado, para lo que se requiere del voto favorable de dos tercios de sus miembros presentes.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 48 votos; por la negativa, 46 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

No habiéndose alcanzado el quorum requerido, se entiende suprimida la frase señalada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Walker Prieto Matías.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Se abstuvo el diputado señor Harboe Bascuñán Felipe.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Despachado el proyecto.

PERFECCIONAMIENTO DE ROL FISCALIZADOR DEL CONCEJO, DE LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y DE LA GESTIÓN MUNICIPAL (Tercer trámite constitucional. Boletín N° 8210-06)

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Corresponde tratar las modificaciones del Senado al proyecto de ley que perfecciona el rol fiscalizador del concejo; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 114ª de la actual legislatura, en 16 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 9.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, en primer lugar, el diputado Sergio Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente , han pasado casi cuatro años desde que presentamos aquí un proyecto de acuerdo para modernizar el rol de los concejales en cuanto al ejercicio de su función fiscalizadora.

Han pasado también dos años desde que el actual gobierno presentó el proyecto de ley, recogiendo muchos de los conceptos de ese proyecto de acuerdo que no eran más que las demandas e inquietudes expresadas durante muchos años por los concejales para hacer más fluido y eficaz su trabajo. Constituye esto una forma de centralizar el poder y la acción de los servicios del Estado en el país, adecuar las funciones a los nuevos requerimientos de la tarea municipal, fortaleciendo su trabajo mediante la entrega de nuevas atribuciones, en especial la fiscalización y presentación de iniciativas.

Señor Presidente , hay una serie de modificaciones que amplían las facultades e iniciativas de fiscalización y entregan nuevos y mayores recursos para que los concejales puedan desempeñar su cargo de manera eficiente. Y una serie de otras facultades que en el escaso tiempo me es imposible expresarlas.

El Senado, prácticamente acogió todas las inquietudes y demandas de los concejales. Por ejemplo, se les aumentó la asignación adicional por asistencia de al menos el 75 por ciento del año calendario y también la dieta de 7,8 a 15,6 unidades tributarias, respectivamente.

Señor Presidente , estimamos de justicia este aumento, aunque es precario frente al alto costo que significa el ejercicio del cargo de concejal, con todos sus deberes, funciones y compromisos con la comunidad. No es lo óptimo -pensamos-, pero es un gran paso para obtener en el futuro una contraprestación que esté más de acuerdo con sus reales exigencias en el ejercicio de su cargo. Y no nos digan que es un exceso, que no debiera existir reajuste. La función del Estado debe estar integralmente resguardada por los mismos mecanismos y recursos que el Estado posee. La ejecución de las tareas por las autoridades del Estado, en este caso por los concejales, debe estar lo suficientemente respaldada con los recursos necesarios para la eficacia de sus funciones y la cobertura de los gastos en que incurren. Nada está de más cuando se trata de una acción concreta de los organismos del Estado que cuenten con los recursos necesarios. La comunidad se siente atendida y mayormente servida. Hay concejales modestos, que no cuentan con recursos suficientes, pero que con su gran espíritu de servicio hacen esfuerzos para cumplir con su tema. El Estado no puede permitir que por falta de una dieta adecuada o recursos suficientes no se pueda cumplir, con eficiencia y prontitud, la función más clara, concreta y cercana a la gente como es la que desempeña el concejal.

Señor Presidente, voy a votar favorablemente las modificaciones introducidas por el Senado, porque creo que responden en gran parte a las exigencias, demandas e inquietudes de los concejales del país.

He dicho.

-Aplausos en las tribunas.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia.

El señor URRUTIA.-

Señor Presidente , tuvimos una larga discusión sobre este proyecto cuando pasó por esta Cámara en primer trámite constitucional y, al final, aprobamos prácticamente todo, salvo lo relativo a la dieta de los concejales. En esa oportunidad, el guarismo de la dieta para concejal lo rechazamos con la idea de que en el Senado se aumentara significativamente en relación con la propuesta inicial de la Cámara de Diputados. Si uno revisa las modificaciones del Senado, están referidas principalmente a la dieta; las otras constituyen agregados menores. Y el Senado repone lo que rechazó la Cámara, y aumenta a 30 por ciento la dieta de los concejales, lo que dista bastante de lo que nos plantearon los propios concejales cuando nos visitaron durante el primer trámite constitucional, en que nos hablaban de un reajuste de 50 por ciento. Al final, terminó siendo de 30 por ciento.

Y tenemos que analizar qué es más conveniente. He hablado con varios concejales de mi zona, especialmente de la comuna de Retiro, quienes me llamaron la semana pasada para saber en qué estaba este proyecto, y les dije que había dos posibilidades: una, aprobar lo que dice el Senado -que empezaría a regir una vez promulgada la ley; por lo tanto, no se extendería más su tramitación en el Congreso Nacional-, con el 30 por ciento de reajuste, y la otra, rechazarlo.

En el caso de que se rechazara esa propuesta del Senado, el proyecto iría a Comisión Mixta de senadores y diputados. Ahora, ¿cuál es el problema que se presenta en relación con la Comisión Mixta? Que el Congreso Nacional entra en receso en febrero y, por lo tanto, dicha Comisión Mixta no sesionaría hasta fines de marzo. Además, es probable que en la Comisión Mixta se pueda conseguir algo, o tal vez nada. No lo sabemos, porque asume un nuevo gobierno, llegan nuevos parlamentarios -no todos, pero muchos lo son- y no tenemos la certeza de que en la Comisión Mixta, con nuevos integrantes, se vaya a mejorar la propuesta del Senado.

Por lo tanto, ante esa incertidumbre, a mi juicio, más vale pájaro en mano que ciento volando, como dice el refrán. Mi impresión es que es preferible aprobar lo que aprobó el Senado, porque existe el riesgo de que tengamos que esperar dos meses para que se constituya la Comisión Mixta y, en consecuencia, se postergará la promulgación de la ley, lo que también retrasará la entrega del aumento.

Por eso, soy partidario de aprobar la propuesta del Senado.

He dicho.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.

El señor ROBLES.-

Señor Presidente , el proyecto es un avance, toda vez que perfecciona la facultad fiscalizadora de los concejales; también establece como incompatibilidad para ejercer el cargo de concejal la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes del alcalde de la misma municipalidad. En varias municipalidades se ha dado el caso de que hijos o la cónyuge del alcalde han sido electos concejales. Esto disminuye la capacidad de control o fiscalización. Con todo, hay algunos temas que nuestra legislación debe corregir y que el Senado, aunque lo planteamos en la oportunidad anterior, no ha logrado resolver, como, por ejemplo, que la capacidad de fiscalización de los concejales sea unipersonal, como la que tenemos los diputados de la república en el ejercicio de nuestras funciones. Cada uno de nosotros, por sí, puede fiscalizar a un determinado órgano del Estado. No veo por qué los concejales deban hacerlo a través del concejo, porque a veces se dan mayorías que no permiten una fiscalización adecuada. A mi juicio, cada concejal debiera ser capaz de solicitar toda la información que requiere, en la forma y en la oportunidad que quiera, para fiscalizar la acción del alcalde y, si la ocasión lo amerita, también requerir que la Contraloría u otro estamento facultado sancione al alcalde que no ha hecho bien su trabajo. Por eso, debe entregarse mayor capacidad de fiscalización a los concejales. A mi juicio, hay que entregarles más herramientas para poder intervenir en cada municipio.

Para nosotros es importante entregar mayor poder local a los municipios, pero esto requiere también mayor control ciudadano y, por ende, mayor posibilidad de control y fiscalización de parte de los concejales.

Los radicales hemos planteado temas relevantes para apoyar la gestión a nivel local. Por eso, vamos a votar para que se amplíen las prerrogativas que tienen los concejales.

Ha dicho.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Cerda.

El señor CERDA.-

Señor Presidente, quiero anunciar nuestro voto favorable a las modificaciones del Senado, para que cuanto antes se convierta en ley de la república.

Respecto del reajuste de las dietas de los concejales, hemos trabajado durante más de un año en esta discusión y los diputados democratacristianos apoyamos plenamente la demanda de aumentarlas en 50 por ciento. Sin embargo, en los acuerdos con el Gobierno, no fue posible llegar más allá del 30 por ciento, lo que la incrementa a 15,6 UTM, es decir, un poco más de 600.000 pesos.

La labor de los concejales gira en forma permanente en torno a las municipalidades. Por eso, este verdadero servicio a la comunidad merece el reajuste de sus dietas, el que -reitero- debió ser mayor.

Con todo, quiero hacer un público reconocimiento a don Marco Espinoza, concejal de La Florida , quien ha sido un permanente defensor de los concejales y que prácticamente ha vivido en el Congreso Nacional, para prestarnos asesoría y ayuda. Por eso, Marco Espinoza merece nuestro reconocimiento, así como el público reconocimiento de todos los concejales de Chile.

Por lo tanto, aprobaremos el proyecto, que en algo mejora la situación de los concejales de Chile.

He dicho.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García.

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente , en las campañas políticas, muchos de quienes fueron Presidentes de la República señalaban que los municipios eran las manos de las comunas. Y de verdad creo que lo son. Por eso, pienso que estamos perdiendo una oportunidad histórica para hacer una gran reforma al sistema municipal. Todos aplaudimos el aumento de 30 por ciento de las dietas de los concejales. No sé si será poco o mucho. ¡Pero no tiene acceso a salud y previsión! Es cierto que aumentamos el sueldo y van a quedar felices, pero ¿qué pasa con ese concejal que también tiene necesidades como todos los ciudadanos?

Por otra parte, muchos municipios pequeños no son capaces de pagar el sueldo a los alcaldes y concejales. Entonces, me pregunto por qué no hacemos una reforma para que todas las autoridades elegidas democráticamente sean pagadas por el Estado, como lo son los senadores, diputados y ministros. Pero hay más. Dado que las plantas de funcionarios municipales son insuficientes, los alcaldes contratan personal a honorarios, que a veces ganan hasta tres veces más que los funcionarios de planta. Esto tampoco es justo. Repito: estamos perdiendo una gran oportunidad de mejorar el sistema municipal.

La pregunta sobre si los concejales están dispuestos a esperar los dos meses para llegar a un acuerdo en una Comisión Mixta no podemos responderla nosotros, sino que ellos. Ellos deberían decirnos si esperan los dos meses o si prefieren que el reajuste se aplique cuanto antes. Nada sacamos con alabar al Senado, porque subió un 30 por ciento, ni aplaudir al otro porque pide un 50 por ciento. La verdad es que va a quedar en 30 por ciento, que es la cifra que aprobó el Senado. Lo que no se dice a los concejales es que son los gobiernos los que tienen que tener la voluntad política para aumentar los sueldos, porque son gastos para la nación y ningún parlamentario tiene atribuciones en tal sentido.

Por lo tanto, ¿qué podemos reclamar? ¿Que no hubo voluntad política de subir la dieta a los concejales? ¿De cuánto estamos hablando? ¿De 180.000 o 200.000 pesos? ¿Acaso los concejales son autoridades de segunda categoría? ¡No! ¡Son las primeras autoridades, ya que forman parte de los “parlamentos chicos” que manejan los destinos de las comunas! En consecuencia, merecen el mayor de los respetos, por lo menos de mi parte.

No se trata de hacer discursos para congraciarse con los concejales de las comunas que conforman los distritos que representamos cada uno de nosotros en la Cámara. Los concejales han hablado con todos los parlamentarios. Desgraciadamente, no se tuvo la voluntad para darles lo que se merecen.

(Aplausos)

Así y todo, no nos queda más alternativa que votar favorablemente. Nos ponen en una encrucijada. Me gustaría haber debatido más sobre esta materia con los concejales, con las asociaciones gremiales de los concejales y con los funcionarios municipales, para definir en conjunto esta materia, con el objeto de, por ejemplo, dejar establecida en la ley la forma en que se van a reajustar las dietas de los concejales, en lugar de despachar un proyecto cada vez que sea necesario incrementarlas.

(Aplausos)

Va a pasar lo mismo que con el reajuste del salario mínimo, en que todos hablamos lo mismo cada año.

Respeto mucho a los concejales, porque sé que todos hacen un gran trabajo. Dicen que a los concejales no se les da dieta, sino un poco de dinero para financiar su movilización. ¡Qué falta de respeto! ¡Y se les exige que estén parados en la puerta de la municipalidad durante las veinticuatro horas! Pero la verdad es que tienen que realizar dos o tres trabajos más para poder llevar el sustento a sus familias.

(Aplausos)

Por lo tanto, si miramos el tema fríamente y sin ánimo molestar, creo que se perdió la oportunidad histórica que tanto han buscado nuestros concejales.

Para terminar, quiero recordar que cualquier persona puede revisar la ficha histórica de todos los parlamentarios. En mi caso, cualquiera podrá comprobar que cuando integré la Cámara de Diputados por primera vez, hace veinte años, los primeros proyectos que presenté, que el Ejecutivo no quiso patrocinar, fueron los siguientes: uno, para que los concejales tuvieran derecho a salud y a un buen sueldo, y el segundo, para que las parvularias y los profesores jubilaran con treinta años de servicio, porque no me imagino a parvularias de 60 años con veinticinco niños que cuelgan de sus faldas en una calle.

Por eso considero que se han perdido oportunidades históricas para mejorar la situación y dar la dignidad que merecen los concejales, que son elegidos por la voluntad popular.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente , en primer lugar, saludo en forma muy especial a los concejales que nos acompañan en las tribunas y a los que están viendo esta sesión televisada en forma directa, quienes nos han pedido que votemos a favor del proyecto de ley.

Esto va más allá de los recursos y del incremento de la dieta de los concejales, ya que tiene que ver con el rol que ejercen en el poder local.

Quiero profundizar mi planteamiento. Esto tiene que ver con mejorar la fiscalización, con fortalecer la institucionalidad local y con el rol fiscalizador del concejo y de la Contraloría General de la República.

Aprovecho la presencia de un alcalde en las tribunas para decir que la ciudadanía tiene la sensación de que el alcalde hace absolutamente lo que quiere y que no hay contraparte en los concejos municipales.

Por eso, para nosotros, para el fortalecimiento de la democracia, para el mejoramiento de la institucionalidad local, pero también para mejorar la gestión, la transparencia y la probidad, es fundamental y urgente tener concejales empoderados. No hay equilibrio entre un alcalde que tiene todos los poderes y un concejo con facultades minimizadas. Además, comparto lo dicho por el diputado Robles, cual es que los concejales no tienen capacidad individual para fiscalizar, sino que deben hacerlo en forma colectiva, lo que impide un equilibrio de poderes.

Si el Presidente tuviese todo el poder y el Legislativo no tuviese facultades para fiscalizar, ese desequilibrio de poderes no permitiría mejorar la gestión del Ejecutivo ni dar signos potentes de transparencia y probidad.

Para nosotros resulta muy importante la gestión local, la capacidad de entregar soluciones a la gente.

Estamos obligados a votar a favor del proyecto, pero tenemos que seguir avanzando -el concejal Espinoza lo sabe muy bien-, para entregar poder efectivo a los concejales. Y espero que sea así.

El incremento de la dieta de los concejales es una consecuencia directa del aumento de sus funciones, de que tienen que hacer mejor su trabajo y de que la gestión municipal tiene que mejorar. Pero lo más importante es que tienen que creer en su rol de fiscalización, ya que representan la voz de los ciudadanos de las comunas. No es posible que los alcaldes hagan lo que quieran, porque los concejales también son elegidos democráticamente, porque son la contraparte y la voz de la ciudadanía. Entonces, ustedes deben creerse el cuento y ejercer el rol para el cual la ciudadanía les entregó su confianza. ¡Que nadie los compre -perdónenme por decirlo sin anestesia- con carguitos para familiares o favores de otra índole!

(Aplausos)

Con todo el cariño que les tengo, porque trabajo con muchos concejales, a los que considero mi cable a tierra, les quiero decir que para nosotros es fundamental seguir avanzando en entregar facultades individuales y colectivas de fiscalización a los concejales y que, al mismo tiempo, se empoderen de sus cargos, porque para la ciudadanía son la contraparte de los alcaldes.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.

El señor CARMONA.-

Señor Presidente , a propósito del tratamiento de este proyecto, nos farreamos la oportunidad de haber avanzado seriamente en profundizar el proceso de democratización plena de nuestra sociedad.

Lo digo así porque el municipio es el eslabón más próximo a la ciudadanía, es la representación de Estado que tiene un vínculo regular y directo con los habitantes de un espacio geográfico determinado, la comuna, desde donde podrían encauzar de mejor manera las inquietudes y las propuestas, y de canalizar en forma vinculante y eficaz lo que podemos llamar participación ciudadana en relación con distintos temas.

En ese contexto, la propuesta en debate -respecto de la cual anuncio que la vamos a respaldar- podría haberse planteado en una forma mucho más global, porque no se trata solo de una suerte de pliego reivindicativo que busque incrementar las dietas de los concejales para financiar su labor y, por tanto, también del concejo, debido a la importancia de ese eslabón del Estado en la sociedad.

Me parece que queda pendiente la gran reforma que haga posible el reconocimiento de la vocación y de la consagración del trabajo de los concejales hacia la ciudadanía. Los concejales no tienen horario, razón por la que un vecino puede recurrir a ellos a las 2 de la madrugada, a las 10 de la mañana o a las 3 de la tarde y siempre están ahí para servir. Sin embargo, ese rol, esa actitud y esa vocación de servicio no es reconocida, porque la competencia de los concejales se ve debilitada por las exageradas facultades de los alcaldes.

Por las razones mencionadas y porque constituye un reconocimiento a la labor de los concejales, anuncio que votaré a favor las modificaciones del Senado.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Denise Pascal.

La señora PASCAL (doña Denise).-

Señor Presidente , me alegra que estemos tramitando el aumento de las asignaciones de las dietas de los concejales, porque se trata de una proposición muy justa.

A todos nos gustaría que la dieta que perciben fuera mucho mejor y que tuvieran la posibilidad de acceder al sistema integrado de pensiones y de salud, porque en muchos casos los concejales siguen ocupando ese cargo hasta muy avanzada edad, debido a que no tienen la posibilidad de retirarse en mejores condiciones.

Respecto del rol de fiscalización que a través del proyecto modificado por el Senado se entrega al concejo, es importante tener en cuenta la incompatibilidad que existe entre el cargo de concejal y de miembro de organizaciones sociales y civiles; un concejal no puede cumplir ambas funciones.

Una de las disposiciones que encuentro más positiva es la que establece la prohibición de que haya un grado de consanguinidad directa entre el alcalde y un concejal, porque eso inhabilita su rol de fiscalización.

Asimismo, dentro de los planteamientos que se han hecho es importante destacar el establecimiento de responsabilidades administrativas y políticas del alcalde, el cual cesará en su cargo cuando no cumpla con las responsabilidades inherentes a este, cuando no esté presente en sus funciones y cuando los municipios adeuden las cotizaciones previsionales de sus funcionarios.

Por último, quiero señalar que las enmiendas del Senado son positivas, pero aún existe la deuda de estudiar a fondo los roles de los concejales y la forma en que se deben administrar los municipios en el siglo XXI, porque cada día se les asignan más responsabilidades, pero se les entregan menos recursos para cumplir con sus funciones.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente , en la Comisión de Hacienda se señaló que era de justicia mejorar las dietas de los concejales, porque, al igual que los alcaldes y los parlamentarios, trabajan en favor de la sociedad, pero con recursos económicos muy menores, a pesar de que se encuentran sometidos a una presión constante de parte de la ciudadanía, la que desconoce cuál es su realidad.

Como quedó en el pasado la discusión respecto de si los concejales eran autoridades comunales, hoy todos están dispuestos a apoyar este pequeño incremento económico, que aumentará la dieta a 15,6 unidades tributarias mensuales para los concejales, pero dicho aumento aún no permite dignificar a una autoridad establecida como tal en la Constitución Política.

(Aplausos)

A lo mejor no voy a ganar los aplausos de los concejales que se encuentran en las tribunas con lo que voy a señalar, pero quiero que quede en la historia fidedigna del establecimiento de la ley mi protesta en cuanto a que lo que se propone en el proyecto de ley modificado por el Senado no es lo que requieren esas autoridades comunales.

Perdónenme si me exaspero en señalar la conclusión a la que he llegado, pero si no se plantea ningún voto de protesta respecto de esa situación no se podrá solicitar la revisión de la ley dentro de un año. Solo se les está dando lo mínimo.

Por último, quiero recordar que la Cámara de Diputados rechazó la propuesta económica contenida en la iniciativa, pero esta fue repuesta en los mismos términos en el Senado, situación que no queríamos que ocurriera, por la dignidad que merecen los concejales, razón por la que anuncio que votaré en contra las enmiendas del Senado.

He dicho.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Luis Lemus.

El señor LEMUS.-

Señor Presidente , para ser justo, quiero hacer un reconocimiento al empeño que ha puesto la directiva de los concejales del país para sacar adelante este proyecto que ha sido enmendado por el Senado, el cual forma parte de un compromiso del Presidente Piñera con esas autoridades comunales, que por fin se aprobará al final de su mandato.

Siempre ha sido un anhelo de los concejales perfeccionar el rol fiscalizador del concejo, porque esa materia dice relación con sus funciones y atribuciones, pero también habían puesto su acento respecto de la necesidad de reajustar su dieta, porque es muy exigua.

La tramitación de la iniciativa tuvo muchos tropiezos, porque se confundió el debate de ambas materias, pero luego de una amplia discusión por fin se pudo despejar el problema.

Sé que lo propuesto no refleja las aspiraciones de los concejales en cuanto a la dieta. Pero tampoco ese es el centro del debate. Hoy se ha dado una discusión muy fuerte sobre el incremento de la dieta de nuestros concejales, lo cual, en justicia, está bien pedido; pero debemos decir que también hay una discusión importante sobre la creación de plantas en municipios pequeños.

También debemos destacar la mayor exigencia que se establece para ser concejal: haber aprobado la enseñanza media. En la actualidad, para ser Presidente de la República no se exige ese nivel de escolaridad. Sin embargo, se exige para ser candidato a concejal.

Los funcionarios que son profesionales del sistema de educación o del sistema de salud que dependen del municipio no podrán ser concejales porque se establece una incompatibilidad entre ambas funciones.

Por lo tanto, habrá mayores exigencias.

Pido a la Sala, especialmente a mi bancada, que apoyen el proyecto, porque es de mucha justicia por lo que han hecho los concejales por el país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que perfecciona el rol fiscalizador del concejo, fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.

El señor ARAYA.-

Señor Presidente , me inhabilitaré de votar el proyecto en virtud de lo preceptuado en el artículo 5° B de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

La señora RUBILAR (doña Karla).-

Señor Presidente , también me inhabilitaré de votar conforme al artículo señalado.

El señor BROWNE.-

Señor Presidente , también me inhabilito de votar.

-Varios señores diputados levantan la mano.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Además de los diputados que lo han señalado, se inhabilitan de votar el proyecto las diputadas Marcela Sabat, Cristina Girardi, María Antonieta Saa y los diputados señores Enrique Jaramillo, Osvaldo Andrade, Pedro Velásquez, José Miguel Ortiz, Rodrigo González, Joel Rosales y Felipe Ward.

Hago presente a la Sala que las enmiendas introducidas inciden en materias propias de ley orgánica constitucional, por lo que para cuya aprobación se requiere del voto conforme de 65 señoras diputadas y señores diputados.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

AguilóMelo Sergio; Alinco Bustos René; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan

Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Despachado el proyecto.

CREACIÓN DE COMISIÓN DE VALORES Y SEGUROS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9015-05)

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que crea la Comisión de Valores y Seguros.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Javier Macaya.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 43ª de la actual legislatura, en 3 de julio de 2013. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 108ª de la actual legislatura, en 7 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 10.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor MACAYA (de pie).-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley que crea una nueva institucionalidad para la entidad encargada de la supervisión de los mercados de valores y seguros, transformando la actual Superintendencia en una Comisión de Valores y Seguros, e introduciendo mejoras relevantes en materia de gobierno corporativo y de procesos regulatorios y sancionatorios.

Durante el estudio del proyecto, expusieron en la Comisión el ministro de Hacienda , señor Felipe Larraín ; el superintendente de Valores y Seguros, señor Fernando Coloma ; la coordinadora de Mercado de Capitales, del Ministerio de Hacienda, señora Rosario Celedón ; el exintegrante de la Comisión Desormeaux, señor Alejandro Ferreiro ; la directora de la Asociación de Funcionarios de la Superintendencia de Valores y Seguros, señora María Angélica Jiménez ; y la directora del Programa Legislativo del Instituto Libertad y Desarrollo , señora Natalia González .

Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa

En los fundamentos de la iniciativa consignados en el mensaje, se hace presente que los mercados de valores y seguros han experimentado una intensa transformación a nivel mundial, la que se ha caracterizado por la eliminación de barreras al libre movimiento de capitales, un mayor respeto a los principios de mercado, la ampliación del abanico de instrumentos financieros disponibles, la desaparición de las fronteras entre los sectores tradicionales, banca, seguros y valores, y la innovación tecnológica, a lo que se suma la aparición de nuevos tipos de participantes (por ejemplo, fondos de cobertura o hedge funds y firmas de capital privado o private equity firms) y un rol cada vez más importante de los conglomerados financieros.

Desde el punto de vista económico, nuestro país, al igual que el resto del mundo, ha sido testigo de estas nuevas tendencias en los mercados, que han cambiado su fisonomía y también las necesidades en el ámbito regulatorio, y de una mayor fragilidad del sistema financiero a nivel mundial.

Nuestro mercado de capitales también ha evolucionado en términos de internacionalización e integración, exhibiendo actualmente una alta presencia de compañías extranjeras y de conglomerados financieros.

La Comisión de Supervisión y Regulación Financiera, conocida como Comisión Desormeaux, conformada por un grupo de expertos independientes, efectuó recomendaciones con miras a efectuar una serie de reformas institucionales, de modo de garantizar un mercado de capitales transparente, solvente, con una adecuada protección de consumidores e inversionistas y acorde con las necesidades de Chile para el siglo XXI.

En la actualidad, la Superintendencia de Valores y Seguros cumple el rol de velar por el desarrollo de un segmento importante del mercado financiero local. Es la entidad encargada por ley de regular, fiscalizar y supervisar más de 7.000 entidades que operan en los mercados de valores y seguros, incluyendo las entidades que emiten títulos de oferta pública, tales como efectos de comercio, bonos y acciones; determinadas empresas públicas que se encuentran sujetas a sus normas, administradoras de fondos patrimoniales, corredores y agentes de valores, bolsas de valores y de productos, las empresas depositarias de valores, entidades de contraparte central y cámaras de compensación, compañías de seguros, corredores y liquidadores de seguro, asesores previsionales, entre otras.

Si bien es cierto que esta estructura ha respondido de manera adecuada a la reciente crisis internacional y a los desafíos que le ha correspondido enfrentar, y que la Superintendencia cuenta con una sólida reputación y un reconocido prestigio nacional e internacional, por su perfil esencialmente técnico, este diseño institucional supone ciertas debilidades adicionales derivadas a la sola evolución de los mercados, las cuales se intenta mitigar a través del proyecto de ley en informe.

Antecedentes presupuestarios y financieros

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 1 de julio de 2013, señala los efectos del proyecto sobre el presupuesto fiscal en razón del aumento de 16 cargos, lo que contempla la creación del Consejo, la Unidad Especializada de Investigación, y el reforzamiento de las Divisiones de Regulación de Seguros y Valores, como se detalla a continuación:

Comité Directivo: el consejo contará con cuatro comisionados, de acuerdo con el artículo 8°, letras a) y b). El cargo de presidente de la Comisión será asumido por el superintendente.

Unidad Especializada de Investigación: esta unidad requerirá de un fiscal que tendrá la calidad de abogado senior; tres abogados y dos analistas financieros, de acuerdo con el artículo 22.

División de Regulación de Seguros y de Valores: se reforzarán, respectivamente, con un jefe de Análisis del Impacto Regulatorio y dos analistas financieros, para la evaluación del impacto regulatorio de la nueva normativa y su publicación en consulta pública, según lo establecido en artículo 20° letra i).

Asimila remuneraciones del presidente de la Comisión a la del superintendente de Bancos e Instituciones Financieras.

Considerando lo expuesto precedentemente, se estima un mayor costo de 652 millones de pesos, de los cuales 637 millones de pesos son de carácter permanente, asociados a remuneraciones. Por otra parte, los gastos por una vez totalizan 15 millones de pesos, los cuales están asociados a la adquisición de mobiliario y equipos computacionales para los nuevos funcionarios.

El informe financiero, de fecha 15 de octubre de 2013, relativo a las indicaciones al proyecto, señala que ellas implican un mayor gasto fiscal de 87 millones de pesos correspondiente al incremento de las remuneraciones de los cuatro comisionados.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Valores y Seguros, y en lo que no alcanzare, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público. Para los años siguientes se consultará en los presupuestos anuales de la Comisión.

Discusión general

El señor Felipe Larraín hizo hincapié en que los antecedentes de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) datan del año 1931, cuando se fusionó la Superintendencia de Compañías de Seguros con la Inspección General de Sociedades Anónimas y Operaciones Bursátiles.

En 1980, se dictó la ley orgánica de la SVS, en virtud de la cual se estableció como una institución autónoma, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda y que tiene por objeto la superior fiscalización de las actividades y entidades de los mercados de valores y de seguros de Chile. Se estructura, por tanto, con un gobierno unipersonal y de exclusiva confianza del Presidente de la República .

El señor Ministro agregó que la SVS es una institución de reconocido perfil técnico e independencia, por lo que, al generarse una nueva institucionalidad, es importante que esas características se mantengan.

Asimismo, enfatizó que se propone crear una Comisión de Valores y Seguros que sustituya la actual estructura de gobierno corporativo unipersonal de la SVS.

Agregó que dentro de los objetivos centrales del proyecto está dotar a esta entidad fiscalizadora de mayor autonomía y estabilidad, aislando su función de ciclos políticos; mejorar la transparencia en la dictación de la normativa, y profundizar la efectividad y garantías del debido proceso en los procedimientos sancionatorios.

En relación con las mejoras al gobierno corporativo de la SVS, el proyecto propone reemplazar la figura del superintendente de exclusiva confianza del Presidente de la República por un ente colegiado: la Comisión de Valores y Seguros.

Dentro de las mejoras al proceso regulatorio, se busca elevar los estándares de transparencia regulatoria y la posibilidad de que un órgano colegiado dé confianza al Congreso de ampliar las atribuciones normativas de la Comisión.

En cuanto a las mejoras al proceso sancionatorio, se propone reforzar las garantías del debido proceso, potenciando una oportuna revisión judicial.

Asimismo, se mantiene el enfoque de supervisión de tipo institucional, por la vía de introducir cambios en materias claves para un adecuado funcionamiento del fiscalizador y regulador del mercado de valores y seguros.

La Comisión estaría regida por un órgano colegiado; de esta forma, se moderniza la estructura de gobierno de la Superintendencia.

En el mecanismo de designación de los consejeros interviene el Ejecutivo y el Senado, estableciéndose una renovación por parcialidades, lo que busca potenciar la continuidad de la gestión de la Comisión, aislar su labor de ciclos políticos, como ya lo mencioné, y facilitar la renovación en la dirección institucional.

Entre las funciones del Consejo se encuentran las siguientes: establecer las políticas de funcionamiento de la Comisión de Valores y Seguros; definir la estructura y la organización interna de la Comisión; aprobar las contrataciones y remociones de los principales funcionarios; aprobar la solicitud de presupuesto de la institución; velar por el cumplimiento de las normas aplicables a la institución; acordar normas para la regulación de entidades y mercados fiscalizados; proponer al ministro de Hacienda proyectos de ley y reglamentos; determinar la aplicación de sanciones a entidades y personas fiscalizadas, y aprobar la adhesión de la Comisión a organismos y convenios nacionales e internacionales.

El proyecto de ley también establece las funciones del presidente de la Comisión , una de las cuales es la conducción de las relaciones de la Comisión con el Gobierno y con organismos internacionales. En el fondo, se trata de que sea su representante, con todas las funciones y atribuciones inherentes a un jefe de servicio, salvo aquellas que, obviamente, sean propias del concejo y de otros organismos que delegue este proyecto de ley.

En cuanto a las mejoras al procedimiento sancionatorio que conlleva esta iniciativa, el señor Larraín explicó que la regulación del actual procedimiento sancionatorio está contemplado en forma escueta en la Ley Orgánica de la Superintendencia, recayendo sobre la misma persona -en este caso, el superintendente- las tareas de formular cargos y dictar resoluciones sancionatorias. Sin embargo, estas resoluciones pueden ser revisadas en instancias judiciales posteriores vía reclamación de multa o ilegalidad.

Consideró que es posible separar los roles, manteniendo el proceso dentro de la estructura orgánica de la Superintendencia, de manera que la formulación de cargos sea independiente del superintendente, tarea que sería asumida por el fiscal de Valores y Seguros. De esta manera, se separa la función investigativa del rol sancionatorio propiamente tal. En este caso, la potestad sancionatoria quedará radicada en la comisión, y la investigación y levantamiento de cargos, en el fiscal de Valores y Seguros.

El modelo propuesto aislará la función investigativa del rol sancionatorio y asegurará el debido proceso de los regulados, garantizando además el principio de la doble instancia jurisdiccional.

Respecto de las mejoras, en lo que se refiere a la revisión judicial de las sanciones impuestas por la Comisión, se contempla un mecanismo más expedito de revisión judicial de las sanciones impuestas por la Comisión y se elimina la obligación de consignar parte de la multa para poder presentar el recurso de reclamación. De esta forma, se establece el recurso directo ante la corte de apelaciones respectiva, en lugar de hacerlo ante los juzgados civiles, como ocurre hoy. Esta medida permitirá acortar la duración de los procesos que, en total, pueden tardar más de ocho años.

El señor Fernando Coloma puntualizó que la misión de la Superintendencia de Valores y Seguros es contribuir al desarrollo de los mercados de valores y seguros, mediante una regulación y fiscalización eficientes que faciliten la participación de los agentes del mercado y promuevan el cuidado de la fe pública y el resguardo de los derechos de los inversionistas y de los asegurados.

Respecto del equipo humano que trabaja actualmente en la Superintendencia, a diciembre de 2012, sus funcionarios eran 307, de los cuales 85 son profesionales, con un promedio de edad de 43 años. Del total de funcionarios, el 52,4 por ciento son mujeres y el 47,6 por ciento restante son hombres. El promedio de antigüedad es de 12 años.

El diputado señor Auth solicitó al superintendente su opinión acerca del carácter part time que tienen los consejeros de la Comisión, versus la dedicación exclusiva del presidente del Consejo , considerando que la dieta de los consejeros equivale al 50 por ciento de la remuneración que percibe el presidente , según lo propone el mensaje.

El señor Coloma manifestó que estaba de acuerdo con que el cargo de consejero no fuera de dedicación exclusiva, característica que a su juicio sí debe tener el presidente del Consejo , atendido el gran número de materias que debe revisar diariamente y respecto de las cuales debe tomar decisiones.

Por lo tanto, el rol de los consejeros queda circunscrito a las materias más relevantes, como las que dicen relación con el tema normativo, con los procesos sancionatorios, lo que contribuye a la agilidad de la Comisión de Valores y Seguros y permite que en la Comisión trabajen profesionales part time. Además, esto permitirá que un mayor número de profesionales quieran asumir estos cargos.

En cuanto a la dieta que se les asigna -equivalente al 50 por ciento de la del presidente-, consideró que es insuficiente, en particular por el número de inhabilidades que establece el proyecto para el cargo.

En respuesta a las inquietudes y consultas planteadas por los integrantes de la Comisión relacionadas con el proyecto, el ministro de Hacienda señaló, en primer lugar, que la forma de designación del presidente y de los miembros del Consejo de la Comisión de Valores y Seguros sigue el modelo del Consejo de Alta Dirección Pública, incluso en lo que respecta al carácter part time de los comisionados. Entendiendo las preocupaciones plantadas al respecto, manifestó su disposición a estudiar modificaciones en esta materia, a fin de establecer, por ejemplo, que el nombramiento del presidente de la Comisión sea efectuado mediante el mecanismo de Alta Dirección Pública.

El diputado señor Montes opinó que, así como un cuerpo colegiado al mando de la Comisión de Valores y Seguros presenta ventajas en lo que atañe a responsabilidad técnica y administrativa frente a los sujetos fiscalizados, hay también una dimensión de responsabilidad política que hace aconsejable que su presidente sea designado por el Presidente de la República .

Al pedirle que entregara su opinión sobre la materia, el ministro Felipe Larraín afirmó que esa era precisamente una de las razones que se tuvieron en cuenta para proponer la forma de designación establecida en el proyecto de ley, aparte de considerar que, no obstante su carácter técnico, la Comisión de Valores y Seguros se relacionará con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda y, por tanto, es deseable que exista cierta sintonía política entre su máxima autoridad y el Presidente de la República .

En cuanto al carácter part time de los comisionados, señaló que el tema fue consultado con el actual superintendente de Valores y Seguros, llegándose a la conclusión de que no se requiere que trabajen a tiempo completo. Requerido sobre la posibilidad de que el tiempo disponible lo dediquen a asesorar a los propios sujetos fiscalizados, recordó que el proyecto incorpora una serie de incompatibilidades que harían imposible tal situación, quedándoles solo la posibilidad de ejercer la docencia.

El ministro de Hacienda concibió al consejo de la Comisión de Valores y Seguros como un órgano dotado de funciones normativas e interpretativas, pues para la función administrativa estaría el personal asignado a él bajo la dirección de su presidente.

A propósito de las indicaciones que formuló el Ejecutivo , la señora Rosario Calderón destacó que este ha tratado de hacerse cargo de la mayoría de las observaciones planteadas por los parlamentarios miembros de la Comisión, como por los invitados que asistieron a ella.

Entendiendo que el proyecto versa sobre el gobierno corporativo de la Superintendencia de Valores y Seguros, mejora el procedimiento sancionatorio y se refiere a algunos asuntos regulatorios, sostuvo que una primera inquietud recogida en las indicaciones del Presidente de la República dice relación con la necesidad de reforzar la idea de que la Comisión de Valores y Seguros será la encargada de tomar las decisiones institucionales y de ejercer las facultades normativas y la potestad sancionatoria. Asimismo, se ha considerado conveniente reforzar la idea de que la labor de los comisionados no es esporádica, sino permanente. En tal sentido, se establece con claridad que será la Comisión, formada por cinco integrantes, la que, por acuerdos de mayoría, deberá adoptar todas las decisiones relacionadas con la política institucional y con el ejercicio de las facultades antes mencionadas. Luego, se fija un catálogo de funciones que determina qué materias competen a la Comisión y cuáles a su presidente. Para reflejar la dinámica de trabajo continuo que se espera de la Comisión de Valores y Seguros, se dispone que ella, al igual que el consejo del Banco Central, deberá sesionar ordinariamente al menos una vez por semana y extraordinariamente cuando lo disponga su presidente o lo soliciten, por lo menos, dos comisionados.

Con el fin de profundizar la autonomía de la Comisión y su alejamiento de los vaivenes políticos, se propone eliminar la facultad del Presidente de la República para remover unilateralmente al presidente de la Comisión una vez nombrado, homologando las causales de su remoción con las que rigen para los demás comisionados. Consultada al respecto, la señora Celedón acotó que se exploraron otras fórmulas de nombramiento, pero que se optó por la establecida en el proyecto, por estimarse necesario, junto con alguna consideración de tipo político, que se debía generar cierta coordinación entre el presidente de la Comisión y el gobierno de turno, para los efectos de implementar políticas de supervisión o de regulación financiera y, sobre todo, porque los comisionados que deberá ratificar el Senado serán siempre dos, de manera que será mucho más difícil generar un nombre de consenso si también se incluyera en esa propuesta al candidato a presidente del organismo.

En lo que atañe a la diferencia de remuneraciones entre el presidente de la Comisión de Valores y Seguros y los demás comisionados, se recogió también la inquietud planteada en el seno de la Comisión de Hacienda, por lo que se elevó la remuneración mensual de estos al 75 por ciento de la correspondiente a aquel, en consideración a la mayor dedicación -casi exclusiva- que se exige a los comisionados y a la calidad de jefe de servicio del presidente.

Otro tema que se recogió en las indicaciones del Ejecutivo , gracias al trabajo de los técnicos del Ministerio de Hacienda, dice relación con el catálogo de incompatibilidades entre el cargo de presidente o comisionado de la CVS y el ejercicio de otras funciones en el ámbito público o privado que pudieran generar conflictos de interés, como la participación en asociaciones gremiales o la postulación a cargos de elección popular. En este punto, fue muy relevante el aporte de don Alejandro Ferreiro, pues muchas de sus sugerencias fueron recogidas.

Al efecto, se propone consagrar en el proyecto el estándar más estricto existente sobre la materia respecto del presidente , complementando el régimen de inhabilidades a que estarán sujetos los comisionados con la obligación de abstenerse de votar en todas aquellas materias en que pudieran tener interés ellos o sus parientes más cercanos, o personas relacionadas a ellos, al igual que en el caso de los directores de sociedades anónimas, inhabilidades que están establecidas en la ley N° 18.046.

En lo que se refiere al procedimiento sancionatorio, se observó que la sujeción del fiscal a un convenio de desempeño individual podría generar incentivos perversos en la formulación de cargos y aplicación de sanciones contra los supervisados, afectando la garantía del debido proceso. Por ello, se propuso eliminar el convenio de desempeño individual (CDI), manteniendo simplemente un quorum alto para poder reemplazar al fiscal.

Un último tema que fue planteado por la Asociación de Funcionarios de la Superintendencia de Valores y Seguros es el relativo al régimen laboral a que estará afecto el personal de la futura CVS, señalándose en el proyecto que no debería haber cambio alguno en la situación jurídica, administrativa, económica y laboral de los funcionarios de la Superintendencia con motivo de su traspaso a la Comisión. No obstante, se ha llegado a la conclusión de que sería conveniente explicitar que dicho régimen laboral se encuentra regulado por un estatuto propio, funcional a la categoría de fiscalizadores que tienen los funcionarios de la SVS, para lo cual se formuló una indicación al proyecto.

El proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión de Hacienda.

En la discusión en particular del proyecto se formularon las indicaciones del Ejecutivo antes comentadas, así como de los diputados señores Auth, don Pepe ; Jaramillo, don Enrique ; Lorenzini, don Pablo ; Macaya, don Javier; Marinovic, don Miodrag ; Monsalve, don Manuel ; Ortiz, don José Miguel ; Santana, don Alejandro , y Silva, don Ernesto , que se detallan en el informe.

A proposición del diputado señor Silva, la Comisión acordó votar separadamente la indicación formulada por los diputados señores Jaramillo y Lorenzini para reemplazar, en la letra b) del artículo 8°, contenido en el Título II de que trata el artículo 1º, único, Nº 9) del proyecto, la palabra “Senado” por “Cámara de Diputados”, las tres veces que aparece, la cual fue rechazada por 1 voto a favor y 7 votos en contra.

A continuación, se acordó votar conjuntamente todo el articulado del proyecto, con las indicaciones del Ejecutivo al numeral 9), artículos 8º, 11, 14, 15, 17, 20, epígrafe del párrafo segundo, y artículos 22, 24 y 26 del Título II del decreto ley Nº 3.538, que se sustituye, y al numeral 25), ambos del artículo 1º, y las indicaciones de los diputados señores Auth , Macaya, Marinovic , Monsalve , Ortiz y Silva, según el caso, al numeral 6), letra f), y al numeral 9), artículos 7º, 11, 14, 16, 20, 22 y 23 del Título II del decreto ley Nº 3.538, que se sustituye, ambos del artículo 1º del proyecto, y de los diputados señores Jaramillo y Lorenzini para agregar un nuevo artículo 7º transitorio.

Puesto en votación el texto del proyecto propuesto por el Ejecutivo, con las indicaciones mencionadas, fue aprobado por unanimidad.

Tratado y acordado en sesiones de fechas 10 de julio, 13 y 27 de agosto, 3, 4 y 10 de septiembre, 8 de octubre, 19 de noviembre y 11 de diciembre de 2013, con la asistencia de los diputados señores Marinovic , Silva, Godoy , Auth , Delmastro , Jaramillo , Lorenzini , Macaya, señora Molina , doña Andrea ; y de los señores Montes, Monsalve , Ortiz , Pérez, don Leopoldo ; Recondo , Robles , Santana , Verdugo y Von Mühlenbrock , según consta en las actas respectivas.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Para iniciar el debate sobre el proyecto, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente , en primer lugar, saludo a don Julio Dittborn , aquí presente, gran economista, que ha logrado ser parte importante de tantos proyectos que la Comisión de Hacienda ha debido tratar. Su presencia nos da una confianza enorme, la cual se ganó en la Cámara de Diputados.

¿En qué consiste el proyecto que acaba de ser informado? Esta iniciativa crea la Comisión de Valores y Seguros, la cual será dirigida por un órgano colegiado que el proyecto denomina como Consejo de Valores, bajo el supuesto de que la incorporación de este tipo de gobierno asegura una mayor reflexión, estabilidad y visión complementaria en el ejercicio de poderes discrecionales, lo que permitiría que progresivamente se le otorgue a la Comisión de Valores y Seguros una mayor capacidad regulatoria.

De hecho, ya son varias las leyes que se han dictado para regular el mercado de capitales y para perfeccionar los instrumentos que ahí se están utilizando gracias a que han sido aprobados en esta Sala.

El actual proyecto tiene como principal objetivo modificar la estructura unipersonal que posee la Superintendencia, el principal ente fiscalizador del mercado de valores y seguros. A través de la iniciativa, ella pasa a convertirse en un ente pluripersonal, en que pueden evitarse los conflictos de intereses y hay una responsabilidad compartida, puesto que hasta hoy recae todo en una sola persona. Queremos desconcentrarlo para que un grupo de personas especializadas, a partir de esta ley, asuman la responsabilidad regulatoria y sancionatoria que posee la Superintendencia y que se denominará Comisión de Valores y Seguros.

Por otra parte, se mejora el proceso sancionatorio por la vía de explicitar los principios y etapas del procedimiento aplicable con toda claridad en la ley y centralizar las funciones de una investigación administrativa y formulación de cargos en una unidad transversal.

Además se contempla la creación de una unidad especializada, que será la encargada de llevar a cabo los procesos de investigación y levantamiento de cargos, a cargo de un fiscal. También se amplían las facultades investigativas y de recopilación de información para facilitar los procesos sancionatorios, al requerir acceso a la información sobre operaciones bancarias. Incluso, se faculta a la Comisión para intercambiar esta información con entidades regulatorias de otros países. Esto requiere una meditación más profunda sobre el tema de los mercados de capitales, puesto que entra a operar una nueva entidad regulatoria que se relaciona con países con los que tenemos tratados comerciales.

En la Comisión voté favorablemente este proyecto, ya que considero necesario el fortalecimiento y la modernización de esta entidad investigadora, sancionatoria y regulatoria en materia de valores y de seguros. Sin embargo, me manifesté en desacuerdo con que todas las nominaciones de los integrantes de la Comisión, partiendo por el presidente , que es un cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República . Si queremos una instancia autónoma e independiente en la toma de decisiones en esta materia, debemos apartarla de la influencia que pueda tener sobre ella el titular de uno de los poderes del Estado.

Por eso, considero importante escuchar la reflexión de los colegas economistas interesados en el mercado de valores.

Con el diputado Pablo Lorenzini presentamos una indicación para que sea la Cámara de Diputados y no el Senado quien dé la aprobación para los cuatro integrantes de la comisión que la componen, además del presidente , en el entendido de que en la Cámara de Diputados hay una mayor representación de sectores políticos que en el Senado. Lamentablemente, esa indicación fue rechazada. O sea, nosotros mismos nos quitamos el poder. ¡Qué curioso! ¡La posición de la Cámara de Diputados fue rechazada en la Comisión de Hacienda! ¡Es algo increíble! ¡Rechazaron lo que presentamos como indicación para que la Cámara de Diputados, en lugar del Senado, aprobara a los cuatro integrantes de la Comisión de Valores y Seguros!

Este proyecto puede ser mejorado al entregarle una dirección colegiada y mayor número de funcionarios a la entidad fiscalizadora y regulatoria, que debería propender a un mejor mercado de valores y seguros, a algo más moderno y acorde con los cambios que se están produciendo a nivel global.

Espero que así sea, por el bien, seguridad, sanidad y transparencia de nuestros mercados, hoy tan de moda y tan vilipendiados.

He dicho.

El señor GODOY (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ernesto Silva.

El señor SILVA .-

Señor Presidente , ¿por qué razón se presentó este proyecto de ley que crea la Comisión de Valores y Seguros?

Hace algún tiempo, algunos planteaban que teníamos una inflación de superintendencias. Otros, que las superintendencias eran muy ochenteras, que su gobierno corporativo y su institucionalidad no calzaban con los problemas actuales.

Solo a modo de ejemplo, quiero señalar que la Comisión de Valores y Seguros fiscaliza a más de 7.200 entidades y, además, a personas. Su modelo descansa en la institucionalidad de una autoridad unipersonal, sin los contrapesos adecuados.

En los últimos años, en el Congreso Nacional hemos discutido sobre muchas superintendencias: en materia educacional, de telecomunicaciones, de seguridad minera -que fue rechazada-, de previsión y seguridad social y, ahora, sobre valores y seguros.

Hasta antes de la presentación de esta iniciativa, en todos los casos se mantuvo el modelo antiguo tradicional, caracterizado por una superintendencia unipersonal, pocos mecanismos de control y sin un gobierno corporativo que pueda mirar los desafíos hacia adelante.

Se debatieron muchos caminos acerca de cómo debía ser la superintendencia. El Gobierno, a través del trabajo del Ministerio de Hacienda, eligió el de la Comisión de Valores y Seguros, lo que se venía pidiendo desde hace mucho tiempo. Por lo tanto, este proyecto obedece a la necesidad de avanzar hacia una institucionalidad más moderna y completa en la manera de supervigilar mercados tan complejos como el área de valores y seguros.

Es de esperar que este sea un punto de partida, porque si lo hacemos bien puede servir para la creación de otras superintendencias el día de mañana, tal como se ha manifestado en esta Sala y se analizó ampliamente en la Comisión.

Respecto del contenido, los cambios centrales son los siguientes: pasamos de una autoridad unipersonal a un esquema en que hay un consejo, que está conformado por cinco integrantes, cuyo presidente será designado por el Presidente de la República , pero que no será removible por él, sino por el consejo, con un quorum muy alto: cuatro de los cinco miembros.

Los otros cuatro integrantes tienen un proceso de nombramiento similar al de la Alta Dirección Pública. Son nombrados por el Senado, a proposición del Presidente de la República , con el acuerdo de los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio. Duran seis años en sus cargos y se renuevan por parcialidad.

Quiero detenerme en la indicación planteada por los diputados Lorenzini y Jaramillo , mediante la cual proponían que esta Cámara participara del nombramiento de esos cuatro comisionados. Naturalmente, nos gustaría que la institución a la que pertenecemos tuviera participación en dicho nombramiento. Pero existe una poderosa razón por la que nos opusimos: porque la Cámara de Diputados tiene un rol fiscalizador, que no tiene el Senado. Por eso, consideramos adecuado apoyar la propuesta del Ejecutivo. Para cuidar el rol de las corporaciones, corresponde que el nombramiento lo haga el Senado y la fiscalización la realice la Cámara de Diputados. Esa es la explicación por la cual nos pareció más adecuado el mecanismo propuesto por el proyecto de ley que la indicación anteriormente aludida.

Lo primero destacable es que se pasa de una autoridad unipersonal a un organismo colegiado. Por lo tanto, hay control entre pares, una revisión y una mirada diferente para supervigilar a una industria y a un sector tan complejo, como el mercado de valores.

Lo segundo, como bien lo expresaron el diputado informante y quien me antecedió en el uso de la palabra, es que termina este rol acusador y, al mismo tiempo, de toma de decisiones, como lo hemos visto en los últimos meses respecto del superintendente. Se separa la acusación e investigación de la sanción. Por ende, se crea la figura del fiscal.

Para la historia fidedigna de la ley -como dice el diputado Ortiz -, quiero dejar consignado que esta nueva figura generó un amplio debate en la Comisión, por el cuidado con que debe analizarse el rol del fiscal. Incluso, esa discusión llevó a la eliminación del convenio de desempeño del fiscal por la preocupación que pudiéramos tener respecto de remociones arbitrarias.

Invito a la Cámara de Diputados a seguir en el tiempo el diseño institucional de este proyecto y a revisar su funcionamiento después de dos años, porque es un cambio muy importante.

Junto con avanzar en el gobierno colegiado y en la definición de un rol nuevo para el fiscal, acá se introdujeron dos o tres temas muy relevantes. El primero se refiere a que las facultades normativas y regulatorias quedaron radicadas en la Comisión de Valores. Lo especificamos más en la discusión de la Comisión de Hacienda y en las indicaciones. La razón es que no haya tantos espacios de discrecionalidad, como han aparecido en otras iniciativas. Es muy relevante que eso quedara resguardado.

El segundo es fundamental. Por primera vez establecemos en una institucionalidad como la Comisión de Valores, la creación de un sistema de evaluación de impacto regulatorio, que incorpora algo que se ha insinuado en otros proyectos de ley, pero que acá se recoge de manera sustancial. Se pide un estándar distinto a la Comisión de Valores y Seguros para dictar regulación. Debe tener fundamentos y realizar análisis de los impactos esperados que se pueden producir al dictar una determinada norma.

Esto significará un cambio trascendental, porque una de las formas de disminuir la discrecionalidad que puede tener una autoridad es por la vía de exigirle en la ley que antes de dictar una norma tenga que hacer objetivos los criterios por los cuales la dictará, los impactos esperados y los elementos que ha tenido en consideración.

Este es un aporte fundamental en lo que tiene que ver con la mejora institucional, y espero que lo recojamos.

Por último, me gustaría destacar que este proyecto de ley es un avance. En muchos temas no quedamos conformes ciento por ciento. No obstante, esperamos que se apruebe en general y en particular, y que el próximo gobierno lo incorpore dentro de sus prioridades legislativas, de manera que se lleve a cabo su discusión en el Senado, porque es un gran aporte. Además, como lo expresó el diputado informante , tuvo un amplio y buen debate, en el que fue enriquecido, y contó con una acogida transversal en la Comisión de Hacienda de la Cámara. En este contexto, como dije, espero que sea aprobado.

Por otro lado, valoro que el Ministerio de Hacienda haya recogido los comentarios que planteamos diputados, lo que se tradujo en la presentación de indicaciones.

Por todo lo anterior, la UDI votará favorablemente.

He dicho.

El señor GODOY ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.

El señor RINCÓN.-

Señor Presidente , tengo una opinión discrepante respecto de este proyecto de ley. Sinceramente, no creo que el problema se pueda reducir a un cambio de gobierno corporativo, como se nos propone, aunque considero un avance pasar de una institución más bien unipersonal a una que contaré con una estructura bastante más colegiada.

Por otra parte, si analizamos el informe elaborado por la Comisión Desormeaux respecto de esta materia, veremos que trató muchos de estos temas, pero -primera cuestión de fondo- una parte importante de las conclusiones que contiene ese informe no fue recogida en el proyecto de ley.

Sé que en dicho informe, en cuya elaboración intervinieron destacados economistas, se incluyeron muchas observaciones, sugerencias o potenciamientos de institucionalidad que no tienen relación directa con la superintendencia que estamos analizando -incluso, había algunos análisis colaterales respecto de la Superintendencia de Pensiones-; pero en lo que atañe a esta discusión legislativa, contiene conclusiones interesantes que debieron ser incluidas. Por ello, me parece que sería positivo que el informe Desormeaux, que supongo debe haber estado presente en el debate de la Comisión de Hacienda, también lo tengamos entre los antecedentes de este debate de la Sala.

Entonces, primera cosa: hay conclusiones del informe de la Comisión Deormeaux que no fueron recogidas en el proyecto y que debieran haberse incluido.

Segundo punto: me parece que estamos frente a un tema demasiado importante como para que el Ejecutivo pretenda abusar nuevamente, como ha sido su tónica, de la calificación de urgencia de discusión inmediata o de suma urgencia, y, por esa vía, acelerar la discusión de esta iniciativa. Este no es cualquier proyecto de ley, por lo que, salvo un hecho insólito, no veo cómo podría llegar a ser ley de la república durante esta legislatura. Si el Ejecutivo pretende eso, comete un error garrafal, porque, en la práctica, la actual legislatura termina esta semana, ya que la sesión que realizaremos la próxima semana tiene por objeto tratar solo el veredicto de la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, respecto de nuestro diferendo limítrofe con Perú. No debatiremos temas propiamente legislativos. Un proyecto tan importante como el que estamos debatiendo, requiere más información, análisis, conocimiento y debate.

Dicho eso, no obstante considerar que muchas veces el Ejecutivo hace abuso de las calificaciones de urgencia, como ocurre en este caso, reconozco que, obviamente, está haciendo uso de una facultad legal, y se la reconozco, como corresponde. Sin embargo, no creo que con ello se estén sentando buenas bases institucionales en el tratamiento de este proyecto de ley.

He dicho -también lo manifestó el diputado informante - que esta iniciativa cambia la institucionalidad. Pasaremos a una estructura colegiada que tendrá, entre otras responsabilidades, la de crear las bases para que el legislador, descansando en la imparcialidad y especialización del organismo de supervisión, en la medida en que las necesidades del mercado lo hagan necesario, conceda al regulador de valores y seguros atribuciones más amplias para actuar con eficacia frente a mercados en constante evolución.

El tema del riesgo sistémico, que fue incluido en el informe de la Comisión Desormeaux, es uno de los que, en mi opinión, no fue suficientemente abordado en el proyecto. Es lo que desprendo de la literalidad de su redacción, pero lo pongo como un problema tangencial.

Otro de los objetivos es fortalecer la imparcialidad y el debido proceso en las resoluciones de las causas sancionatorias por infracción a la legislación del mercado de valores y seguros; pero, ¡ojo con que se nos pretenda hacer creer que habrá doble instancia jurisdiccional! En esta Corporación hay muchos abogados, así que seamos bien precisos en los términos. Si queremos tener una instancia administrativa y otra jurisdiccional, digámoslo así; pero no intenten venir con “pomadas” en cuanto a que se establece doble instancia jurisdiccional, porque la sede administrativa no es instancia jurisdiccional. En este proyecto se establece que la primera instancia será administrativa; luego se podrá recurrir a la corte de apelaciones respectiva. Sí, ahí sí habrá instancia jurisdiccional; pero no vengamos a sentar aquí, y menos en un informe de la Comisión de Hacienda, porque es sumamente delicado, que el proyecto establece doble instancia jurisdiccional. Eso no es así, porque, repito -no lo puede desvirtuar el Ejecutivo -, la primera instancia que considera la iniciativa es netamente administrativa.

Por consiguiente, a mi juicio y a juicio de varios, no se garantiza el debido proceso, como se nos pretende hacer creer. Esta es otra de las razones por las que me opongo al proyecto. Son temas sumamente delicados. En cualquier ámbito, la garantía del debido proceso debe ser una realidad, no un simple axioma o una nominalidad de declaraciones de texto que no se ve corroborada en la realidad ni en las disposiciones de un proyecto como el que estamos discutiendo que, supuestamente, aprobaremos en esta Sala.

Lo repito, la instancia administrativa no es instancia jurisdiccional.

En el proceso de institucionalización se incluye, además -a mi juicio, no acertadamente-, para los efectos del mercado de valores y seguros, la opción de que la regulación de esta actividad económica se haga a través de normas administrativas, dictadas por órganos técnicos especializados de la Administración, creados por ley, cuyos conocimientos nadie discute en ese ámbito. Pero, a mi juicio, se estaría interpretando el sentido de la expresión “regulación legal” establecida en el número 21° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y no necesariamente entendiendo que la misma obliga a regular el desarrollo de las actividades económicas, al menos en sus aspectos sustantivos, siempre por medio de una ley.

Entonces, habría una invasión de la potestad legislativa. Hago reserva de constitucionalidad respecto de este punto y anuncio un eventual requerimiento al Tribunal Constitucional. Recuerden que la semana pasada esta Sala, respecto de un reglamento, aprobó, por primera vez en veinticuatro años, presentar un requerimiento de inconstitucionalidad. ¡Ojo con eso!

Creo que esto deberá ser objeto de discusión en esta Sala y de una resolución de la Corporación, para garantizar la reserva legal que la Constitución establece respecto del desarrollo de actividades económicas y quién puede regularlas sustantivamente.

El proyecto, señor Presidente , propone que la comisión formule los proyectos de ley y que dicte la regulación general sobre la materia. Puedo entender que esa Comisión, técnica y especializada, asesora del Presidente de la República , formule proyectos de ley, en el entendido de que estos serán debatidos, discutidos y aprobados en el Congreso Nacional. Hasta ahí vamos bien; pero no pueden pretender que dicte la regulación general el mismo ente que formula los proyectos de ley, sin establecer hasta dónde llega esa competencia. Es una manga demasiado ancha, que el Poder Legislativo no debe permitir en una materia tan sensible. En ninguna parte de la norma se establece un límite claro entre las materias que serán siempre y en todo caso de reserva legal y aquellas que serán de competencia del órgano regulador. No lo dice, no establece la diferencia.

Según lo preceptuado en la letra i) del nuevo artículo 20 del decreto ley N° 3.538 propuesto en el proyecto, parece que la definición de los ámbitos de trabajo de la Comisión y del Comité en materia regulatoria se establecerá en el reglamento. Se trata de una potestad reglamentaria que, a mi juicio, es demasiado amplia. No estoy dispuesto a delegar tanto.

Y podemos seguir. Si vemos lo que le corresponde a la Comisión de Valores y Seguros, como proponer al Presidente de la República , a través del Ministerio de Hacienda, una serie de normas, y después al consejo respectivo, que se instalará en conformidad a lo que señale su reglamento interno de funcionamiento, nuevamente estaríamos entregando a la potestad reglamentaria interna la normativa que se impartirá, que, obviamente, deberá contener los fundamentos que hagan necesaria su dictación, incluida una definición adecuada del problema que se pretende abordar, la justificación de la intervención regulatoria, la evaluación de dicha regulación, así como aquellos estudios o informes en que se apoye, en los casos que corresponda o sea posible, todo de acuerdo con lo que señale el reglamento interno de funcionamiento del consejo, que no conocemos.

Dicha normativa, salvo en casos debidamente calificados por el consejo -no sabemos cuáles-, deberá ser puesta en consulta pública, para lo cual, antes de la dictación de la misma, se dará a conocer una versión en borrador en el sistema web de la comisión, de forma que, existiendo esa posibilidad, se establezcan los mecanismos más adecuados para que el consejo pueda recibir y estudiar las observaciones que formule el público.

¡Ojo!, porque son temas técnicos, especializados, respecto de los cuales los ciudadanos de nuestro país estarán en condiciones de hacer comentarios. No es tan sencillo.

¿Es acaso este un mecanismo de legitimización compensatorio de una regulación puramente administrativa que incluso puede invadir potestades legislativas? Dejo abierta la pregunta, porque es el mismo sistema utilizado por esta Administración respecto del decreto supremo N° 153, que esta Sala, la semana pasada, aprobó impugnar por inconstitucional, requerimiento que se presentó el jueves de la semana pasada en el Tribunal Constitucional.

Dictar y modificar el reglamento interno, como ya he dicho, está entre las facultades del Consejo. Además, cuenta con la de definir las normas legales y reglamentarias que se propondrán al Presidente de la República . En eso, en general, no tenemos problemas. Pero es una normativa, la legal, la reglamentaria, que difícilmente, una y otra, podrán ser cuestionadas por el público a través de la página web que se habilite al efecto -ya lo he dicho y lo reitero-, toda vez que se trata de normas técnicas y especializadas de la CVS.

Y agrega en la letra n) del citado artículo 20: “Resolver acerca de la suscripción o celebración de convenios o memorándum de entendimiento con organismos o entidades internacionales, para la cooperación técnica, intercambio de información, capacitación y asistencia recíproca, en materias de su competencia, y respecto de la integración de los organismos o entidades nacionales e internacionales que estime conveniente para el cumplimiento de sus fines,”.

Considero que esto invade la potestad presidencial en el ámbito de la celebración de tratados y que, por lo tanto, también vulnera la Constitución Política.

Si dispusiera de más tiempo, podría entregar varios ejemplos más sobre lo que considero un proyecto de ley insuficiente, para no decir extrañamente elaborado por este Ejecutivo.

Voy a votar en contra el proyecto de ley.

He dicho.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.

El señor BURGOS.-

Señor Presidente , califico el proyecto en estudio de manera distinta a como lo hizo mi jefe de bancada -más allá de su legítima posición y de las interesantes consideraciones que hizo respecto del tema del debido proceso-, porque es un avance no ajeno a la Cámara de Diputados. Quiero recordar un par de elementos demostrativos en ese sentido.

No me atrevo a hablar de primera vez, pero por lo menos la primera vez en que recuerdo que hubo una posición unánime de la Cámara -el ministro se va a acordar, porque fue miembro de esa Comisión-, fue con ocasión de la denominada investigación del caso Inverlink, en cuyas conclusiones señalamos que el estatuto orgánico de la Superintendencia de Valores era más bien decimonónico y no decía relación con lo que pasaba hoy en los mercados. Propusimos cambios bien sustanciales, muchos de los cuales están recogidos.

Con ocasión de otra investigación, en la que coincidentemente también participó el señor ministro , sobre el mercado de valores -recuerdo que se llevó a cabo en las postrimerías del primer gobierno de la Presidenta Bachelet -, hicimos las mismas consideraciones. Ese informe no fue unánime, pero en esa parte no tengo dudas de que hubo unanimidad.

Como me recordaba el diputado Fuad Chahin , en el informe del caso La Polar -investigación que se hizo durante la actual legislatura- también se hizo la misma consideración, aun con más detalles. Ese informe está lleno de consideraciones, incluso encargadas por la Bolsa de Comercio, sobre la necesidad de introducir cambios. Algunos de ellos, a mi juicio, se recogen de manera correcta en el proyecto en estudio, como dijeron los diputados Jaramillo y Silva, en el sentido de que se quita el carácter discrecional a una sola persona en relación con algunas decisiones. Asimismo, acompañar esto con un consejo nombrado en la forma en que se señala me parece interesante.

Algunos diputados opinábamos que el Presidente de la Comisión , quien tendrá la calidad de jefe del servicio, debiera ser nombrado de la misma forma que los demás comisionados. Hay razones para sostener que es bueno que haya una relación directa con el Presidente de la República . En fin, es un tema opinable.

Reitero que el proyecto representa un avance, por lo que tiene sentido apoyarlo.

Quiero hacer un par de consideraciones más.

Se hace mención a un proyecto que fue criticado por el diputado Rincón . En ese sentido, respaldo la posición de terminar con uno de los trámites respecto de las reclamaciones. La única reclamación que quedaba con el trámite en los juzgados civiles de primera instancia era la relativa a la SVS. No existe ese trámite respecto de la Superintendencia de Pensiones, de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras; en fin, de ninguna otra Superintendencia. En el caso en comento, había un trámite más que aletargaba brutalmente las cosas por el retraso de nuestra justicia civil. Al respecto, mañana esperamos dar un paso sustancial con la aprobación de la reforma al Código Procesal Civil.

Deseo hacer un recuerdo, a propósito de que, como se sabe, la Cámara tiene pocas atribuciones legislativas. Hace unos siete años se presentó una moción en estos mismos términos, por varios de los diputados que estamos en la Sala -por ejemplo, Carlos Montes y el entonces diputado y hoy ministro subrogante de Hacienda , para eliminar este trámite. Sin embargo, distintos ministros de Hacienda -el actual y también los anteriores- nunca consideraron la posibilidad de otorgar patrocinio a ese proyecto. Y ahora, como suele ocurrir con todos los Ejecutivos -espero que con el que venga no se repita- no queda ningún recuerdo de dicha moción de parlamentarios. Ha sido una tradición. Es otro elemento más del presidencialismo exacerbado existente en nuestro país.

Como una última consideración, quiero señalar que en el informe Desormeaux había cosas más profundas. Por lo tanto, esta habría sido una buena oportunidad legislativo-procesal para haberlas tomado en cuenta.

Como me recordaba el diputado Carlos Montes , el otro proyecto que se tratará hoy -no sé si ya se vio-, relacionado con el Consejo de Estabilidad Financiera, va en la dirección correcta. Ambas materias podrían haber sido tratadas en un solo proyecto.

Pero, volviendo al informe Desormeaux, a mi juicio en él había cuestiones interesantes, no solo orgánicas, relativas a ciertos elementos que hubiera sido bueno tomar en consideración.

Creo que aún faltan algunas cuestiones relativas a una mejor regulación; no necesariamente más, sino, reitero, mejor regulación. Siguen existiendo situaciones complejas en materia de tipificación y de cuestiones civiles, y en particular de cuestiones penales. Hay ciertas leyes con artículos mal propuestos y de difícil aplicación. Como siempre lo recuerdo, existe una situación muy rara: desde que existe una norma relativa, por ejemplo, al delito de información privilegiada -en su primera versión debe de tener cuarenta años-, no hay ningún caso de condena definitiva en un juicio oral, ni tampoco en el proceso penal antiguo. Hay ciertas formalizaciones respecto de las cuales se ha tenido que aceptar salidas alternativas. No hace mucho tiempo, hubo una en relación con una fusión frustrada, pero se cuentan con los dedos de las manos. Al respecto, creo que no nos podemos hacer los lesos como sociedad respecto de una cuestión que está pasando. Esta era una buena oportunidad para haber avanzado más en ese sentido. Creo que hay que apoyar el proyecto tal como está, pero deseo enfatizar que se perdió una buena oportunidad, porque estos proyectos son complejos de presentar y analizar.

Voy a decir algo más bien brutalmente: la inmensa mayoría de los chilenos, con razón o sin ella -a veces, creo que con sin razón-, creemos que en las operaciones de Bolsa hay chanchullos. Eso no puede ser, porque le hace mal al país. Los propios informes de autorregulación lo han indicado.

Entonces, tenemos un problema: si realmente queremos ser una plataforma financiera importante, que nuestras inversiones entren por la Bolsa, tenemos que hacernos cargo de que hay un problema de trasparencia. Tal como nos hemos hecho cargo consistentemente de la trasparencia en temas públicos -por cierto que faltan cosas-, debemos paralelamente hacerlo en relación con este tipo de relaciones privadas, porque hay una sensación compleja. No hace mucho, con ocasión de una de las comisiones, recordaba que un gerente general de InverChile, la entonces corredora de valores más importante del país -ese señor después se retiro-, decía casi textualmente hace cuatro o cinco años en el diario La Tercera que la gente no se imagina la cantidad de casos de información privilegiada que hay en Chile. Eso lo decía un ex gerente general de una de la corredora de Bolsa más importante.

En consecuencia, sabemos que nuestro mercado no es todo lo transparente que debería ser. Cualquier reforma orgánica profunda sobre estas disposiciones, requiere asumir este tema, que no se abordo en esta oportunidad. Por lo tanto, el tema queda pendiente.

No obstante, creo que hay que concurrir con el voto favorable a este proyecto de ley.

He dicho.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Fuad Chahin.

El señor CHAHIN.-

Señor Presidente , en los últimos años, nuestro país ha sido testigo de que en su mercado de valores se ha generado un conjunto de situaciones indeseables, de abusos y de conflictos de intereses. Eso lo hemos visto de manera reciente, por ejemplo, en el caso Cascadas, en el de La Polar, en el de Enersis. En suma, nos podemos dar cuenta de que falta muchísima regulación y una mayor capacidad de fiscalización en este complejo mercado, el cual está lleno de conflictos de intereses y, habitualmente, se encuentran espacios para el abuso contra los minoritarios e institucionales. Así, hemos visto que gran parte de los malos resultados de las administradoras de fondos de pensiones muchas veces se explica por la sobreexposición a empresas donde se han generado malas prácticas, lo que a veces también ocurre con los agentes de valores, que recomiendan invertir en una institución determinada, en circunstancias de que ellos están sacando sus inversiones de allí o tienen interés por su cartera propia.

En realidad, falta transparencia en este mercado. Es una realidad que he conversado con el ministro y el subsecretario. En ese sentido, soy autor de un proyecto de ley que busca mejorar la calidad de la información y la transparencia en los agentes de valores. En este complejo mercado, es muy importante tener un buen sistema de regulación, de supervisión, de fiscalización y, por cierto, de sanciones administrativas.

Una de las conclusiones de la Comisión Investigadora del caso La Polar, presidida por el diputado Arenas , fue justamente cambiar el sistema de supervisión y acoger las recomendaciones del informe de la Comisión Desormeaux, que no están plenamente recogidas en este proyecto. En eso tiene razón el diputado Ricardo Rincón , pero, sin duda, la iniciativa constituye un avance.

Asimismo, me gustaría que no solamente tuviéramos un cuerpo colegiado. Personalmente, no me complica el hecho de que el Presidente de la Comisión sea nombrado por el Presidente de la República , porque la verdadera independencia no está dada por el mecanismo de nombramiento, sino por el de remoción. En la medida que la mantención en ese cargo no dependerá de la voluntad de la autoridad política, eso le da independencia. La colegiatura entrega mayor objetividad, imparcialidad, profesionalismo, etcétera. Por lo tanto, esa está lejos de complicarme. Me hubiese preocupado si se lo pudiera remover del cargo por la sola voluntad de la autoridad política. Ahí, quizá, estaría en cuestión la independencia. Sin embargo, me parece bien planteada la forma como aparece en el proyecto.

Por cierto, me gustaría que los cambios fueran mucho mayores. En la Comisión se planteó la posibilidad de pasar a un mecanismo de twin peaks, que es de supervisión por objetivos. Eso sería bastante mejor que seguir avanzando en la línea de establecer instituciones reguladoras y fiscalizadoras por áreas o de acuerdo con el sector de la economía que se está supervisando. A mi juicio, el cambio más profundo o radical que deberíamos hacer es pasar a la supervisión por objetivo, por ejemplo, una superintendencia o comisión que se preocupara de la estabilidad y la solvencia de las empresas reguladas; otra, de su vinculación con sus clientes, etcétera. Eso debería ser totalmente distinto de lo que hoy tenemos. No cabe duda de que deberíamos avanzar hacia allá, porque ese modelo ha demostrado ser el más eficaz. Se generan tensiones en los propios organismos y, por lo tanto, entre un objetivo y otro. Por eso, es mejor tener un sistema de supervisión por objetivos y no por área.

De todas maneras, a pesar de que el proyecto tiene insuficiencias, baches, y de que existe la necesidad, como país, de cambiar el sistema en su conjunto -creo que lo perfecto es enemigo de lo bueno-, esta iniciativa es mejor que lo que tenemos, porque constituye un avance sustantivo. Además, de alguna manera se complementa con el proyecto que crea el Consejo de Estabilidad Financiera.

Por lo tanto -insisto-, considero que esta es una buena iniciativa. En su momento, en la Comisión Investigadora del caso La Polar votamos a favor sobre la necesidad de contar con una legislación de esta índole. En consecuencia, como soy coherente con lo que voté en esa oportunidad, votaré favorablemente este proyecto. Sin embargo, quiero dejar en claro que aquí no se abordan los temas más profundos de falta de transparencia en los mercados ni los cambios estructurales e institucionales que se requieren, como es -reitero- pasar completamente a un sistema de supervisión por objetivos.

He dicho.

El señor DELMASTRO ( Vicepresidente ).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Corresponde votar el proyecto de ley que crea la Comisión de Valores y Seguros.

Hago presente a la Sala que este proyecto fue calificado con discusión inmediata y que se han presentado muchas indicaciones.

En consecuencia, para facilitar el trabajo de los diputados, propongo votar hoy el proyecto en general y mañana en particular, junto con una minuta ordenada y explicativa de las indicaciones sobre las que habrá que pronunciarse.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

En votación general el proyecto de ley que crea la Comisión de Valores y Seguros, con la salvedad del numeral 6), letra f), en relación con la letra e), párrafos quinto y séptimo del artículo 4° del decreto ley N° 3.538, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros, por tratar materias propias de ley de quorum calificado; y de los numerales 4), literal a), 6), literal f), párrafo 3° del artículo 4°, 9) en relación con los artículos 7°, 8°, 13, 20 y 32 del decreto ley N° 3.538, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros; numerales 16), 17) en relación con el artículo 20, y 24) en relación con el artículo 75, ambos del citado decreto ley, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional, todos del artículo único del proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 83 votos; por la negativa, 11 votos. Hubo 1 abstención.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

AlincoBustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo Ma-ría José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

AguilóMelo Sergio; Ascencio Mansilla Gabriel; Carmona Soto Lautaro; Cornejo González Aldo; De Urresti Longton Alfonso; Espinoza Sandoval Fidel; Gutiérrez Gálvez Hugo; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo; Torres Jeldes Víctor.

-Se abstuvo la diputada señora Goic Boroevic Carolina.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación el numeral 6), literal f), en relación con la letra e), párrafos 5° y 7° del artículo 4° del decreto ley N° 3.538, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros, del artículo único del proyecto, cuya aprobación requiere del voto favorable de 58 señoras y señores diputados.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

AlincoBustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

AguilóMelo Sergio; Ascencio Mansilla Gabriel; Carmona Soto Lautaro; Cornejo González Aldo; Gutiérrez Gálvez Hugo; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo; Torres Jeldes Víctor.

-Se abstuvieron los diputados señores:

GoicBoroevic Carolina; Pascal Allende Denise; Venegas Cárdenas Mario.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación general los numerales 4), literal a), 6) literal f), párrafo 3° del artículo 4°, 9) en relación con los artículos 7°, 8°, 13, 20 y 32 del decreto ley N° 3.538, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros; numerales 16), 17) en relación con el artículo 60, y 24) en relación con el artículo 75, ambos del citado decreto ley, todos del artículo único del proyecto, que requieren para su aprobación del voto favorable de 65 señoras y señores diputados.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 10 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobados.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

AlincoBustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

AguilóMelo Sergio; Ascencio Mansilla Gabriel; Carmona Soto Lautaro; De Urresti Longton Alfonso; Espinoza Sandoval Fidel; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

GoicBoroevic Carolina; Pascal Allende Denise.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado en general el proyecto.

En la sesión de mañana lo votaremos en particular, luego de conocer las indicaciones.

CREACIÓN DE CONSEJO DE ESTABILIDAD FINANCIERA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9178-05)

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que crea el Consejo de Estabilidad Financiera.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Carlos Montes.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 97ª de la actual legislatura, en 3 de diciembre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 5.

-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 6 de este boletín de sesiones.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor MONTES (de pie).-

Señor Presidente , en representación de la Comisión de Hacienda, paso a informar sobre el proyecto de ley que consiste en crear el Consejo de Estabilidad Financiera, para contribuir de mejor forma a cautelar la estabilidad financiera de la economía chilena.

El sector financiero ha experimentado una intensa transformación a nivel mundial, la que se ha caracterizado por la internacionalización e integración de los mercados, el desdibujamiento de las fronteras entre los sectores tradicionales, la ampliación del abanico de instrumentos financieros, la aparición de nuevos tipos de participantes y el creciente rol de los conglomerados financieros.

Chile no ha estado ajeno a dicha realidad. La mayor integración e interconexión entre los actores del sistema financiero plantean importantes desafíos regulatorios a nivel internacional y local.

Los cambios descritos en el sector financiero implican un aumento de los riesgos sistémicos, es decir, de aquellos riesgos que afectan al sistema financiero en su conjunto. En contraposición, la estabilidad financiera puede entenderse como una situación en la cual los mercados financieros operan de forma fluida, permitiendo un adecuado acceso al financiamiento por parte de las empresas y las personas, facilitando, de esta manera, el funcionamiento eficiente de la economía.

En los últimos años, diversos organismos internacionales han instado por la creación de instancias destinadas a monitorear y prevenir riesgos de carácter sistémico y avanzar en la supervisión de los conglomerados financieros.

En 2010, el ministro de Hacienda nombró, una Comisión ad honorem sobre Reforma a la Regulación y Supervisión Financiera, conocida como “Comisión Desormeaux”, conformada por un grupo de expertos independientes, a la cual se le encomendó el análisis del sistema de regulación y supervisión del mercado financiero a fin de proponer posibles medidas de perfeccionamiento.

Si bien desde hace varios años existían en nuestro país ciertas instancias bilaterales o multilaterales de coordinación entre las autoridades regulatorias, como el Comité de Superintendentes del Sector Financiero, en funcionamiento desde 2001, ellas no contaban con un marco legal ordenado y exhaustivo. Más importante, respondían a objetivos distintos al manejo de riesgos sistémicos y situaciones de crisis financieras, por lo que resultaba del todo necesario crear una institución específica, con un marco regulatorio adecuado para esos fines.

En consecuencia, se creó el Consejo de Estabilidad Financiera, también llamado Consejo CEF como instancia de coordinación e intercambio de información para la prevención de eventuales crisis ocasionadas por riesgos sistémicos en el sector financiero.

El principal objetivo del proyecto es consolidar y fortalecer la institucionalidad del Consejo de Estabilidad Financiera, que hoy existe en los hechos, mediante su establecimiento por ley. Ello contribuye a darle continuidad institucional y a cautelar de mejor forma la estabilidad financiera de la economía chilena.

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos señala que el proyecto no irrogará un mayor gasto fiscal.

El ministro Felipe Larraín señaló que países como Canadá, Estados Unidos de América, Reino Unido, Australia, Malasia , Indonesia , México y estados de la zona euro han implementado iniciativas para velar por la estabilidad financiera y prevenir los riesgos sistémicos y las crisis económicas.

Si bien es posible distinguir diferencias importantes en términos de los mandatos específicos, funciones, ámbito de competencia, participación y liderazgo, todos los organismos e instituciones encargados de tales objetivos comparten un rol en la detección y evaluación de riesgos para la estabilidad financiera y en la coordinación para amortiguar esos riesgos.

En los últimos años, diversos organismos internacionales, como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la OCDE, han instado a Chile a crear una instancia de monitoreo y prevención de riesgos de carácter sistémico.

La misión del CEF es propiciar los mecanismos de coordinación e intercambio de información necesarios para preservar la integridad y solidez del sistema financiero; evaluar y administrar los riesgos sistémicos; facilitar la resolución de situaciones críticas que involucren el ejercicio de las funciones y atribuciones de los órganos competentes, y recomendar políticas que contribuyan a la macroestabilidad financiera. A modo de ejemplo, puedo citar el caso Cascadas, que es una señal al conjunto de la economía sobre un posible riesgo. Este Consejo analiza actualmente casos como ese y otras señales que van surgiendo del mercado.

El Consejo está integrado por el ministro de Hacienda, quien lo preside; el superintendente de Valores y Seguros, el superintendente de Bancos e Instituciones Financieras y el superintendente de Pensiones. El presidente del Banco Central de Chile asiste permanentemente en calidad de invitado.

El Consejo sesiona una vez al mes y cuenta con el apoyo de una secretaría técnica proporcionada por el Ministerio de Hacienda.

El Consejo es definido como un organismo consultivo encargado de facilitar la coordinación técnica y el intercambio de información para la prevención y el manejo de los riesgos sistémicos.

Uno de los mayores problemas actuales del sistema al no estar establecido por ley es el hecho de que se intercambia información propia de alguna de las superintendencias, pero no de las otras.

Se establecen con claridad las atribuciones del Consejo para encargar estudios o efectuar recomendaciones de políticas que contribuyan a la estabilidad financiera, y solicitar información a cada una de las superintendencias que lo componen.

Se establece, además, que, a fin de respetar la autonomía de sus participantes, las atribuciones del Consejo son sin perjuicio de las competencias de sus miembros. Cada uno de los integrantes tiene su propia competencia, su propia responsabilidad y sus propias facultades. Lo que hace el Consejo no reemplaza eso. Las opiniones o recomendaciones del Consejo no son vinculantes.

En definitiva, se trata de una iniciativa de suma relevancia para fortalecer los mecanismos de coordinación e intercambio de información necesarios para preservar la integridad y solidez de nuestro sistema financiero, permitiendo fortalecer la institucionalidad y facilitar la coordinación, resguardar la autonomía legal de las instituciones técnicas, ampliar las posibilidades de compartir información y permitir a los supervisores acceder a mayor información respecto de los conglomerados financieros.

Como se mencionaba en el proyecto anterior, ha habido distintas situaciones en que los conglomerados financieros no han tenido una supervisión de conjunto.

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados presentes, señores Auth , Jaramillo , Marinovic , Montes, Ortiz , Recondo , Robles y Von Mühlenbrock .

Se presentaron algunas indicaciones que precisan algunas cuestiones del proyecto, las cuales figuran en el informe.

Es cuanto puedo informar a la Sala.

He dicho.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado Jaramillo.

El señor JARAMILLO.-

Señor Presidente , quiero dejar en claro una situación que salió en la discusión de la comisión.

Aquí no se compromete el principio fundamental de la autonomía de las entidades que componen el Consejo de Estabilidad Financiera. Es algo que podría haberse tornado un poquito complejo. Por eso, que quede claro que la propuesta de la Comisión de Hacienda fue muy terminante en cuanto a no comprometer el principio fundamental de la autonomía de las entidades que van a participar en el Consejo de Estabilidad Financiera.

Señor Presidente, quería agregar esto por ser de importancia.

He dicho.

El señor DELMASTRO ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el ministro de Hacienda subrogante, señor Julio Dittborn.

El señor DITTBORN ( ministro de Hacienda subrogante).-

Señor Presidente , agradezco a los dos diputados informantes -tanto al del proyecto en estudio como al anterior- lo completo de sus intervenciones. También agradezco a los señores diputados que han participado en el debate, sus propuestas de mejoras, como asimismo las críticas a los dos proyectos que se han discutido en esta Sala.

Obviamente, los proyectos nunca solucionan todos los problemas, en este caso, del mercado financiero -que uno quisiera que se solucionaran-, pero hay bastante consenso en esta Sala de que se trata de dos proyectos que van en la dirección correcta.

El primero de ellos, que crea la Comisión de Valores y Seguros, fortalece la institucionalidad y la independiza -diría- del Ejecutivo , al establecer que ahora será una Comisión, no una persona, la autoridad máxima de la institución.

Me parece que este proyecto va en la dirección de lo que nos han recomendado los organismos internacionales, como la OCDE, el Fondo Monetario Internacional, y creo que también va en la dirección de la institucionalidad del Banco Central, que ha sido reconocida por todos en el sentido de que no solo goza de independencia, sino que, además, es un consejo profesional que se renueva y está muy capacitado en estas materias. Queremos tener una Comisión de Valores y Seguros que copie todo lo bueno que tiene la institucionalidad del Banco Central.

No quiero repetir más el contenido del proyecto, porque ya ha sido largamente expuesto. Solamente quiero decir que el Consejo de Estabilidad Financiera -como lo decía el diputado Montes-, es una institución que ya existe, que está funcionando basada en un decreto que se dictó hace varios años, lo cual hoy estamos institucionalizando por ley. Esto tiene una serie de ventajas. No solo es un legado institucional, sino que, además, permite a este Consejo pedir información a las superintendencias. Hoy eso está sujeto a reserva, y solo la ley permite al Consejo y a las superintendencias dar a conocer información al Consejo de Estabilidad Financiera.

De manera que estamos hablando de una institucionalidad existente que se perfecciona por la existencia de una ley y que permitirá a futuro evitar los riesgos sistémicos. Al respecto, sabemos que en los mercados de capitales hay una interrelación muy cercana entre las distintas instituciones, llámense bancos, compañías de seguro, AFP. Por eso, es evidente que requerimos una regulación macro, que tenga una visión global, y no solo regulaciones micro respecto de cada institución o cada parcialidad del mercado de capitales en particular.

Son dos proyectos importantes para el mercado de capitales chilenos que apuntan en la dirección correcta.

Quiero, una vez más, agradecer a todos los diputados que, desde sus distintos puntos de vista, han valorado o han hecho críticas a estos dos proyectos.

Muchas gracias, señor Presidente.

He dicho.

El señor DELMASTRO (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el proyecto en los siguientes términos:

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación general el proyecto de ley que crea el Consejo de Estabilidad Financiera, con la salvedad del inciso primero del artículo 6°, por tratar materias propias de ley de quorum calificado, y del inciso tercero del artículo 1°, el párrafo segundo del número 1 del artículo 2°, el párrafo segundo del número 2 del artículo 2°, el inciso segundo del artículo 6° y el artículo 10 por tratar materias propias de ley orgánica constitucional.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Carmona Soto Lautaro; Gutiérrez Gálvez Hugo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Aguiló Melo Sergio; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación general el inciso primero del artículo 6° por tratar materias propias de ley de quorum calificado, cuya aprobación requiere del voto favorable de 58 señoras diputadas y señores diputados.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 3 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votó por la negativa el diputado señor Gutiérrez Gálvez Hugo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Aguiló Melo Sergio; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación general el inciso tercero del artículo 1°, el párrafo segundo del número 1 del artículo 2°, el párrafo segundo del número 2 del artículo 2°, el inciso segundo del artículo 6° y el artículo 10, que requieren para su aprobación del voto favorable de 65 señoras y señores diputados.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 4 abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobados.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

-Votó por la negativa el diputado señor Gutiérrez Gálvez Hugo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Aguiló Melo Sergio; Carmona Soto Lautaro; Lorenzini Basso Pablo; Rincón González Ricardo.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Si le parece a la Sala, el proyecto también se dará por aprobado en particular con la misma votación, dejándose constancia de haberse alcanzado en cada caso el quorum constitucional requerido.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Despachado el proyecto.

OTORGAMIENTO DE BONO DE APOYO A FAMILIAS NUMEROSAS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9040-31)

El señor DELMASTRO ( Vicepresidente ).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que otorga un bono de apoyo a familias numerosas.

Diputados informantes de la Comisión de Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social, y de la Comisión de Hacienda, son la señora Andrea Molina y el señor José Miguel Ortiz, respectivamente.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 51ª de la actual legislatura, en 31 de julio de 2013. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social, sesión 112ª de la actual legislatura, en 14 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 8.

-Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 114ª de la actual legislatura, en 16 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 13.

El señor DELMASTRO ( Vicepresidente ).- Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social.

La señora MOLINA , doña Andrea (de pie).- Señor Presidente , en nombre de la Comisión de la Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social, paso a informar sobre el proyecto que consiste en otorgar un bono, de cargo fiscal, para las madres a partir de su tercer hijo o hija, o padres solteros, divorciados o viudos que por filiación adoptiva tengan un tercer hijo o hija o más.

Para acceder a este beneficio, el nacimiento o la adopción debe haberse producido a contar del 1 de enero del 2014 o de la fecha de publicación de la ley si esta data fuera posterior a aquella.

Durante el estudio del proyecto, expusieron en la Comisión el señor Bruno Baranda , ministro de Desarrollo Social ; la señora Soledad Arellano , subsecretaria de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social, y el señor Álvaro Cruz , integrante de la Red de Familias Numerosas.

Antecedentes generales de la iniciativa.

Se argumenta en el mensaje que para toda nación que se proyecta hacia el desarrollo social y económico, la fecundidad es uno de los componentes del crecimiento demográfico con mayor incidencia en las modificaciones de la población. De acuerdo a las cifras del Servicio de Registro Civil e Identificación, nuestro país ha sufrido cambios demográficos significativos en las últimas décadas. En efecto, existe una clara tendencia decreciente en el registro de nacimientos. Si durante 1990 se inscribieron 387094 niños, en el 2012 se realizaron 254.573 inscripciones. Las familias en los distintos niveles socioeconómicos están optando por tener menos hijos.

Hoy estamos ante a una población joven que disminuye en el tiempo, y una población adulta que crece progresivamente. Según los expertos, entre los factores que han incidido en la brusca caída de las cifras se encuentra la creciente incorporación de la mujer al mercado laboral, aumentando con ello sus posibilidades de desarrollo educacional, académico y laboral, y los cada vez mayores niveles de escolaridad.

El proyecto crea un bono destinado a las madres que tengan un tercer hijo o hija, o más, de filiación por naturaleza o adoptiva, y a los padres solteros, divorciados o viudos que, por filiación adoptiva, tengan un tercer hijo o hija o más. Este bono se otorgará respecto de los nacimientos y adopciones producidos a contar del 1 de enero de 2014 o de la fecha de publicación de la ley si esta fuere posterior a la primera. El bono ascenderá a la suma de 100.000 pesos por el tercer hijo o hija, 150.000 pesos por el cuarto hijo o hija, y 200.000 pesos a contar del quinto hijo o hija. Este se concederá por una sola vez, será de cargo fiscal, no será imponible ni tributable, no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal, ni se encontrará afecto a descuento alguno, y no será considerado subsidio periódico para efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 20.595.

Discusión general.

El ministro Bruno Baranda destacó el compromiso del Gobierno con el fortalecimiento de las familias y el apoyo a las mujeres, a través de distintos proyectos de ley, iniciativas, planes y programas que han permitido generar ciertas políticas públicas con ese objeto.

Otra iniciativa pronatalidad y de apoyo a las familias es la que busca conciliar la vida familiar con el trabajo. Destacan en este aspecto la extensión del permiso posnatal de tres a seis meses y prácticamente al ciento por ciento de las mujeres trabajadoras, en especial a las temporeras, que no tenían acceso al subsidio correspondiente. Además, los padres han asumido mayor responsabilidad en la crianza de los hijos, beneficiándose unas 125.000 mujeres con la ley de corresponsabilidad parental. Por último, cabe mencionar el Programa de 4 a 7, también del Sernam, que está disponible para aquellas familias con niños de entre 6 y 12 años de edad cuyos padres necesitan trabajar y no tienen con quien dejar a sus hijos en las tardes. Al término del presente año, este programa habrá atendido en torno a los 9.200 niños, lo que significa unas seiscientas familias o mujeres jefas de hogar.

Por otra parte, se ha buscado emparejar la cancha para las familias a través del aumento de cobertura de la educación preescolar: la obligatoriedad del kínder, la extensión de la subvención escolar a jardines infantiles, el aumento de cupos para salas cuna y jardines infantiles, el acceso y permanencia garantizados de los niños para aquellas familias que ya tengan un hijo en el mismo establecimiento de enseñanza parvularia, entre otras medidas.

Finalmente, como una forma de reconocer el valor de la familia y la maternidad, el Gobierno impulsó el otorgamiento del bono Bodas de Oro a las parejas que cumplieran cincuenta o más años de matrimonio, la ampliación de cobertura y acceso a tratamientos contra la infertilidad, que pasarán de 235, en 2010, a casi 1.500 el año en curso, y el bono de apoyo a las familias numerosas que ahora se propone.

Respondiendo a sendas interrogantes de los diputados señores Sabag y Accorsi , el ministro añadió que el bono en comento es para todas la madres, independiente del nivel de vulnerabilidad social que puedan tener, por lo que no se requerirá contar con Ficha de Protección Social. La solicitud deberá presentarse en el plazo de un año contado desde la fecha de inscripción de la filiación en el Servicio de Registro Civil e Identificación, y, una vez otorgado el bono, deberá cobrarse en el plazo de seis meses, contado desde que se emita la resolución que ordene su pago. La postulación podrá hacerse de forma presencial o por vía electrónica, y se estima que la cantidad de bonos a pagar fluctuará en torno a 52.000 por año.

El diputado señor Accorsi preguntó qué otras políticas públicas ha diseñado el Ministerio de Desarrollo Social para apoyar a las familias numerosas, porque fomentar el nacimiento de hijos debe ir acompañado de una educación sexual responsable y un adecuado control de la natalidad, entre otras medidas.

El ministro señor Baranda señaló que el pilar Dignidad del Subsistema Ingreso Ético Familiar contempla el pago de una transferencia no condicionada a las familias pobres, que consiste en un monto base más un monto variable en función del número de hijos menores de 18 años. Las transferencias por logros, como la escolaridad y el control de salud, también tienen relación con el número de hijos. En consecuencia, si bien la política social del Gobierno no está orientada a proteger en mayor medida a las familias numerosas, muchos programas contemplan recursos suficientes para apoyarlas. En esa lógica se encuadran también el kínder obligatorio o la universalización del derecho a sala cuna, a los cuales se suma el bono que ahora se propone, que no es suficiente, pero que viene a aportar un granito de arena al reconocimiento de aquellas familias que deben enfrentar mayores costos como consecuencia de la llegada de un nuevo hijo.

Puesto en votación particular el proyecto, fue aprobado por 5 votos a favor y una abstención. Votaron por la afirmativa la diputada señora Andrea Molina y los diputados señores Pedro Álvarez-Salamanca , Roberto Delmastro , Romilio Gutiérrez y Jorge Sabag . Se abstuvo la diputada señora Clemira Pacheco , por estimar que el bono de que trata el proyecto debiera complementarse con políticas de apoyo de largo plazo a las familias numerosas.

Tratado y acordado en sesiones de fechas 9 de octubre de 2013 y 8 de enero de 2014, con la asistencia de las diputadas señoras Clemira Pacheco ( Presidenta ) y Andrea Molina, y de los diputados señores Enrique Accorsi , Pedro Álvarez-Salamanca , Roberto Delmastro , Romilio Gutiérrez , Rosauro Martínez y Jorge Sabag , según consta en las actas respectivas.

Es cuanto corresponde informar a la Sala.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor ORTIZ (de pie).- Señor Presidente , el 21 de Mayo pasado, el Presidente Piñera dio a conocer ante el país la preocupación que existía por la reducción de la natalidad en nuestra Patria. Debido a eso, se comprometió a la entrega de un bono para cada chilena que tenga un tercer, cuarto o quinto hijo nacido vivo.

Por eso, en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar sobre el proyecto que otorga un bono, de cargo fiscal, para las madres a partir de su tercer hijo o hija, o padres solteros, divorciados o viudos que, por filiación adoptiva, tengan un tercer hijo o hija o más. Para acceder a este beneficio, el nacimiento o la adopción deben haberse producido a contar del 1 de enero de 2014 o de la fecha de publicación de la ley si esta data fuera posterior a aquella.

De acuerdo con las cifras aportadas por el Servicio de Registro Civil e Identificación, nuestro país ha sufrido cambios demográficos significativos en las últimas décadas. En efecto, existe una clara tendencia decreciente en el registro de nacimientos. Si durante 1990 se inscribieron 387.094 niños, en 2012 se realizaron 254.573 inscripciones. Las familias en los distintos niveles socioeconómicos están optando por tener menos hijos.

Del mismo modo, el Informe de Situación de Salud en las Américas, Indicadores Básicos de 2012, de la Organización Panamericana de la Salud, indicó que en nuestro país la tasa global de fecundidad es de 1,8 hijos por mujer, cifra considerablemente inferior a los 3,6 hijos por mujer de 1970.

Lo anterior es preocupante si se considera que la tasa de recambio poblacional equivale a 2,1 hijos por mujer, lo que implica que los hijos nacidos por cada mujer no alcanzarían para renovar la población una vez fallecidos sus progenitores. De mantenerse esta tendencia, en el mediano plazo la población de Chile en lugar de crecer, se reducirá.

Sin embargo, para ser muy objetivo en la entrega del informe de la Comisión de Hacienda, debo señalar que los especialistas sobre el tema expresaron que la iniciativa es insuficiente y parcial, ya que el fomento de la natalidad no se logra por la vía de los bonos. El apoyo a las familias numerosas y vulnerables requiere políticas de protección social más integrales que el bono que propone el Gobierno.

Por su parte, el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos con fecha 17 de julio de 2013, señala que el mayor gasto fiscal que irroga la aplicación del proyecto, durante el primer año de su entrada en vigencia, considerando su efecto año completo, es de 7.149 millones de pesos y que se financiará con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público.

En el debate de la Comisión, el señor Bruno Baranda explicó que el proyecto no tiene por objeto incentivar la natalidad o revertir la curva decreciente de ella, sino que es parte de una serie de planes, medidas y programas que el Gobierno ha ido implementando para enfrentar precisamente esa evolución sociológica, entre los cuales destaca la obligatoriedad de la educación preescolar, ampliación de la cobertura de salas cuna y el posnatal parental. En consecuencia, la iniciativa constituye un reconocimiento a las familias numerosas, de las cuales el 80 por ciento se encuentra en el 60 por ciento más vulnerable de la población.

Sostuvo que el 45 por ciento de las familias con tercer hijo está en el primer quintil, que el 56 por ciento de las familias con cuarto hijo pertenece al primer quintil y que el 77 por ciento de las familias con cinco o más hijos está en el primer quintil, vale decir, en el sector más vulnerable del país.

Consultado por varios señores diputados acerca de los beneficiarios del bono, el ministro explicó que el proyecto es de carácter universal y que incluye no solo a los padres de filiación natural, sino también a los adoptivos. En el caso de un matrimonio que tenga hijos en forma natural o adopte, será siempre la madre la beneficiaria del bono. Ahora, si la adopción la realiza en forma individual una mujer soltera, viuda o divorciada, o un hombre soltero, viudo o divorciado, será beneficiario esa mujer o ese hombre que adopte. Por último, si la adopción la realiza una pareja de hecho, será beneficiario el hombre o la mujer que legalmente tenga la calidad de adoptante, puesto que en nuestra legislación la única posibilidad que tiene una pareja que convive es adoptar en forma individual como soltero, viudo o divorciado; de ahí la redacción de la letra b) del artículo 5° del proyecto.

Por su parte, el diputado señor Lorenzini manifestó que el beneficio del proyecto debía destinarse a los sectores más vulnerables de la población, por lo cual sugirió limitar los beneficiarios a quienes no superasen un nivel de ingresos equivalente al millón de pesos. Además, planteó una observación al financiamiento del proyecto, ya que para hacer coherente el artículo 2° transitorio con el informe técnico, debía remitirse aquel solo a la partida Tesoro Público.

Para tal efecto, presentamos indicaciones en la discusión particular con el diputado señor Pablo Lorenzini, en el siguiente sentido:

En primer lugar, al artículo 1°, para agregar en su inciso primero, después de la palabra “madres”, la frase “cuyos ingresos no superen el millón de pesos”.

En segundo lugar, al artículo 4°, para agregar en su inciso segundo, después de las palabras “efecto legal”, la frase “siempre y cuando el monto tributable no exceda de un millón de pesos”.

Los diputados señores Pepe Auth , Enrique Jaramillo , Alberto Robles y quien habla expresamos que no debía tener carácter universal, sino que debía focalizarse para la gente de ingresos no superiores a un millón de pesos, porque, de lo contrario, se aumentarían las grandes diferencias que existen entre los ingresos de las personas.

Lamentablemente, declararon inadmisible esta indicación por versar sobre materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 65 de la Constitución Política.

Solicitada la reconsideración de la declaración de inadmisibilidad, fue puesta en votación, siendo ratificada por 6 votos a favor y 3 votos en contra.

La tercera indicación que planteé con el diputado Lorenzini señalaba lo siguiente: al artículo segundo transitorio, para eliminar la frase “con el presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social y, en lo que faltare,”. Al respecto, el Ejecutivo expresó su acuerdo, por lo que se procedió a votar la totalidad del proyecto con la indicación ad referéndum del Ejecutivo al artículo segundo transitorio, siendo aprobado por 7 votos a favor y 2 abstenciones.

Tratado y acordado en sesión de 15 de enero de 2014, con la asistencia de los diputados señores Miodrag Marinovic ( Presidente ), Pepe Auth, José Manuel Edwards , Enrique Jaramillo , Pablo Lorenzini , Javier Macaya , José Miguel Ortiz, Carlos Recondo , Alberto Robles , Ernesto Silva y Gastón von Mühlenbrock .

Es cuanto corresponde informar sobre la materia.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Como se informó al inicio de la sesión, se acordó tratar y votar hoy el proyecto de ley que modifica el Título II de la ley N° 19.882, con el objeto de fijar condiciones especiales para la bonificación por retiro por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro.

Como hay cuatro diputados inscritos para hablar en relación con el proyecto que estamos discutiendo ahora, que otorga un bono de apoyo a familias numerosas, vamos a dejar su debate y votación para mañana.

En consecuencia, ahora correspondería ocuparnos del informe de la Comisión de Hacienda, a cargo del diputado Marinovic, acerca del proyecto de ley que fija condiciones especiales para bonificación por retiro voluntario.

El señor SCHILLING.- señor Presidente, pido la palabra.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Schilling.

El señor SCHILLING .- Señor Presidente , en su momento voté con todo gusto por usted para que presidiera la Cámara y, en la segunda ocasión, volví a votar por usted con todo gusto y convicción.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Estoy doblemente agradecido, señor diputado.

El señor SCHILLING .- Pero, señor Presidente , considero que esa confianza no ha sido burlada necesariamente por usted, pero estimo que el trabajo que están realizando los Comités con usted para ordenar las Tablas y las sesiones de la Sala es completamente absurdo, como sucede con la citación de hoy, en que figuran ocho proyectos que, se supone, deberíamos despachar hoy.

No me quejo de que se pudo profundizar más en el debate de esas iniciativas, pero considero que eso es completamente excesivo. Le pido que cite a una segunda sesión para hoy, que cancele la de las 19.30 horas y que ponga en la Tabla de esa segunda sesión lo que acordaron en los Comités.

No me gusta este modo de hacer las cosas. Además, creo que la falta de respeto hacia la Cámara de Diputados linda con lo absurdo, porque el proyecto de ley cuyo informe acaba de ser rendido, mediante el que se propone el otorgamiento de un bono de apoyo a familias numerosas, será debatido para las calendas griegas, en circunstancias de que debería discutirse ahora, en caliente. Esa situación constituye una burla.

De manera que sugiero al Ejecutivo que en vez de proponer la entrega de un bono de 100.000 pesos por el tercer hijo nacido vivo, se otorgue un monto similar a todas las parejas de Chile para que compren viagra, velas y sustancias aromáticas -preservativos no, porque se trata de hacer florecer el número de chilenas y de chilenos-, con el objeto de que se genere el ambiente propicio para hacer crecer la familia.

En consecuencia, pido que se revise la forma en que se está determinando la cantidad de iniciativas de ley que deben ser tratadas en la Sala.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- En relación con lo planteado por el diputado señor Schilling, debo recordar que no compete a la Cámara de Diputados la calificación de las urgencias con las que deben ser tratados los proyectos de ley.

El acuerdo unánime de los Comités Parlamentarios fue votar y despachar hoy la iniciativa que modifica la ley N° 19.882, mediante la cual se propone el establecimiento de condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario y el otorgamiento de otros beneficios, con el objeto de que sea tratada por el Senado hoy en la tarde, además de rendir hoy el informe y discutir en la sesión ordinaria de mañana el proyecto de ley que otorga un bono de apoyo a familias numerosas.

Tiene la palabra el diputado señor Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente , en los veintitrés años que llevo como diputado el Ejecutivo jamás había fijado tantas calificaciones de “discusión inmediata” como lo ha hecho en el último tiempo. De allí que la labor de la Mesa de la Corporación es defender el trabajo de la Sala y hacer ver al Ejecutivo que lo que está haciendo no corresponde.

Debido a lo señalado, comparto plenamente lo planteado por el diputado señor Schilling , en cuanto a que lo que se ha hecho no es razonable, porque nunca había ocurrido que se presione el trabajo legislativo de la forma en que se ha hecho en los últimos días.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , usted sabe que en la reforma constitucional de 2005 se intentó establecer que la calificación de las urgencias de los proyectos de ley las pudiera determinar la Cámara de Diputados, pero esa proposición no se aprobó, de manera que el Ejecutivo es el que las califica.

El señor MONTES.- Señor Presidente , el mecanismo que ha utilizado la Cámara de Diputados para evitar la situación que hoy nos complica ha sido no permitir que se trate en la Sala una iniciativa calificada de “discusión inmediata” que no ha cumplido el trámite que obliga rendir el informe de la Comisión de Hacienda, situación que obliga al Ejecutivo a replantear la urgencia. Por lo tanto, lo único que pido es que en los pocos días de trabajo legislativo que nos quedan antes del receso legislativo usted defienda el trabajo de la Sala, porque lo que ha ocurrido en materia de urgencias no es razonable.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Trato de hacerlo a diario, señor diputado.

Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa.

La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente , también quiero expresar mi malestar.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señora diputada , si va a insistir en lo mismo no le podré otorgar el uso de la palabra.

La señora SAA (doña María Antonieta).- ¿Por qué, señor Presidente ? ¿Dónde queda la libertad de expresión si me impide hacer uso de la palabra?

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señora diputada , no es el momento de plantear lo que usted ha señalado, de modo que le ruego me permita continuar con la sesión.

La señora SAA (doña María Antonieta).- Señor Presidente , hay una serie de proyectos de ley que ingresaron hoy a las Comisiones técnicas respectivas y que se quiere que se voten mañana, lo que resulta imposible e inadmisible.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Aguiló.

El señor AGUILÓ.- Señor Presidente , quiero aprovechar la presencia en la Sala del ministro secretario general de la Presidencia para referirme a la situación que se ha producido en materia de urgencias.

El señor ELUCHANS (Presidente).- No corresponde, señor diputado.

El señor AGUILÓ.- Señor Presidente , deseo referirme a una situación que dice relación estricta con un punto de Reglamento, porque el Ejecutivo ha impuesto que mañana se discuta, en una sola sesión, el proyecto de ley que establece el Código Procesal Civil, en circunstancias de que se trata de una iniciativa que consta de más de quinientos artículos y que nunca antes ha sido tratado por la Sala. Con todo -repito-, se quiere que se vote en general y en particular.

El señor ELUCHANS (Presidente).- No corresponde que le otorgue el uso de la palabra respecto de esa materia, señor diputado.

El señor AGUILÓ.- Señor Presidente , no me quite el uso de la palabra, porque quiero hacer un planteamiento en mi calidad de jefe de Comité Parlamentario .

El señor ELUCHANS (Presidente).- Señor diputado, le ruego que contribuya a que podamos continuar con el desarrollo de la sesión.

El señor AGUILÓ.- Muy bien, termino de inmediato.

Por su intermedio, lo único que solicito al ministro Larroulet es que el Ejecutivo retire la urgencia a ese proyecto, porque tiene más de quinientos artículos, con el objeto de que pueda ser tratado en forma racional y se puedan presentar indicaciones. De lo contrario, será imposible que pueda ser discutido por esta Sala.

He dicho.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Aparentemente, su señoría no está debidamente informado respecto del proyecto, puesto que lleva dos años de tramitación en la Cámara de Diputados y no ha sido objeto de calificación de urgencia por parte del Ejecutivo. La decisión de continuar con su discusión y votarlo mañana fue adoptada por los Comités Parlamentarios.

El señor AGUILÓ.- No es así, señor Presidente .

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente , a usted le consta que cuando integraba la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, durante este período legislativo, en múltiples ocasiones nos ocurrió que se pidió a esa instancia que despachara con urgencia algunos proyectos sometidos a su consideración, porque no había iniciativas para incluir en la tabla de sesiones de Sala, debido a que no se les había hecho presente la calificación de urgencia. Esa situación no ocurrió una vez, sino cientos de veces en los últimos cuatro año, puesto que el Ejecutivo no tenía proyectos para ser discutidos.

Por otra parte, cabe señalar que la semana pasada celebramos dos reuniones de Comités sin suspender la sesión de Sala.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , permítame que lo interrumpa, pero quiero recordar que usted, como miembro de los Comités Parlamentarios, sabe que al menos un par de veces por semana nos reunimos y discutimos esas materias. Por lo tanto, le ruego que debatamos este punto mañana, para continuar con el desarrollo de la sesión.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente , lo que planteo es un asunto reglamentario, porque la semana pasada, en reunión de Comités Parlamentarios, la que no fue presidida por usted -porque no se encontraba presente- acordamos, entre otras cosas, …

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- ¿Sabe usted dónde me encontraba?

El señor DÍAZ.- Sí, lo sé. No tengo inconveniente alguno en que no haya estado en el país, pero el hecho es que no presidió esa reunión de Comités. Así las cosas, no sé si está al tanto de que los jefes de los Comités Parlamentarios acordamos, por unanimidad, solicitar al Ejecutivo que retire el exceso del proyectos de ley con calificación de “discusión inmediata” que ha hecho presente a dos semanas del inicio del receso legislativo.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , no puedo permitir que insista acerca de un aspecto que no es resorte nuestro, sino del Ejecutivo. Podemos representar nuestra molestia, si así se acuerda, pero no tenemos la capacidad de ir más allá.

El señor DÍAZ.- ¿Puedo terminar, señor Presidente?

El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra su señoría.

El señor DÍAZ.- Conozco lo que establece el Reglamento de nuestra Corporación, así como las disposiciones de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- Señor diputado , si usted va a hacer un aporte, puede seguir hablando.

El señor DÍAZ.- Usted lo calificará como quiera, pero yo lo voy a intentar.

El artículo 106 del Reglamento de la Corporación establece materias relacionadas con el Orden del Día.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Señor diputado, lo lamento, pero no es el momento de discutir el punto. Corresponde continuar con la sesión.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente , pido que cite a reunión de Comités y que suspenda la sesión.

El señor ELUCHANS (Presidente).- Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor ELUCHANS (Presidente).- Continúa la sesión.

El señor ROBLES.- Señor Presidente , ¿qué acordaron los Comités?

El señor ELUCHANS ( Presidente ).- No hay acuerdos, señor diputado . No hay nada que informar.

MODIFICACIÓN DE LEY N° 19.882 PARA ESTABLECIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES PARA BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO Y OTORGAMIENTO DE OTROS BENEFICIOS (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9228-05)

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Título II de la ley N° 19.882, con el objeto de fijar condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica y otorga otros beneficios por retiro.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Miodrag Marinovic.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 109ª de la actual legislatura, en 7 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 114ª de la actual legislatura, en 16 de enero de 2014. Documentos de la Cuenta N° 14.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor MARINOVIC (de pie).-

Señor Presidente , en nombre de la Comisión de Hacienda paso a informar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Título II de la ley N° 19.882, con el objeto de fijar condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica, y otorga otros beneficios por retiro.

Durante el estudio de la iniciativa expusieron en la Comisión el ministro de Hacienda , señor Felipe Larraín ; el presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), señor Raúl de la Puente , y el primer vicepresidente nacional de la ANEF, señor Jorge Consales .

Este es un informe muy esperado por los trabajadores del sector público, por lo que pido la mayor atención a los colegas diputados y a las colegas diputadas.

En la minuta que los diputados tienen a su disposición se adjunta el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, en el que se indican los costos que el proyecto implica para 2014 y 2015, respectivamente, y el costo total de ambos años.

Durante el debate del proyecto en la Comisión, el ministro de Hacienda explicó que la iniciativa tiene por objetivo mejorar las condiciones de retiro voluntario de los funcionarios públicos en los siguientes términos:

En primer lugar, en relación con la bonificación por retiro establecida en la ley N° 19.882, que consiste en un mes de remuneración imponible por cada dos años de servicio, con tope de 90 unidades de fomento, se aumenta el número máximo de meses de la bonificación de nueve meses en el caso de los hombres y de diez meses en el de las mujeres, a once meses para hombres y mujeres, sin diferenciación. Es un beneficio para los funcionarios que se encuentran en servicio activo en el sector público.

En segundo lugar, se entrega una bonificación adicional de 395 unidades de fomento por una sola vez para los funcionarios que cumplan los requisitos de bonificación por retiro de la ley N° 19.882, señalados en el punto anterior, y que se acojan a esta, siempre que tengan veinte años de servicio en la Administración Pública y se encuentren afiliados al sistema previsional establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.

En tercer lugar, acceso al bono poslaboral de la ley N° 20.305. Se establece que el personal que recibe la bonificación adicional tendrá derecho a presentar la solicitud para acceder a este bono dentro de los nuevos plazos que se disponen en el proyecto de ley.

En cuarto lugar, se entrega una bonificación por antigüedad para los funcionarios que perciban la bonificación adicional, que consiste en un bono de 10 unidades de fomento por cada año de servicio por sobre los cuarenta años, con tope de 100 unidades de fomento.

En quinto lugar, se otorga un bono especial de permanencia para los funcionarios de las plantas profesionales, directivos, fiscalizadores y jefaturas, y aquellos asimilados, o que reciban la bonificación adicional del artículo 3º del decreto ley N° 479, de 1974. Este bono será de 5 unidades de fomento por cada año de servicio por sobre los veinte años, con un tope de 100 unidades de fomento.

En sexto lugar, se entrega un bono de 395 unidades de fomento para los exfuncionarios que se hubieren retirado entre el 1 de enero de 2011 y el día anterior a la publicación de la ley, siempre que hubieren percibido la bonificación de la ley N° 19.882, tuvieran veinte años de servicio en la Administración del Estado y se encuentren afiliados al sistema de pensiones establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.

También accederán a este beneficio los funcionarios cuyo contrato de trabajo hubiere terminado por la aplicación de la causal del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo.

En séptimo lugar, se faculta a los jefes de servicio para solicitar la renuncia de los funcionarios que se desempeñen en cargos de planta o a contrata y que al 31 de julio de 2010 tenían cumplidos 60 años de edad las mujeres y 65 años de edad los hombres, previa visación de la Dirección de Presupuestos, hasta el número de funcionarios correspondientes por los cupos que establece el artículo 12 del proyecto, esto es, 596 personas en total.

Por último, se otorgan hasta 200 cupos para el personal activo, de planta o a contrata que al 31 de julio de 2010 tenía cumplidos 60 años de edad las mujeres y 65 años de edad los hombres, que aun cuando cumplan los requisitos para acogerse a retiro bajo la ley N° 20.212 no lo hicieron. Estos funcionarios tendrán derecho a una bonificación por retiro voluntario y a la bonificación adicional de 395 UF, siempre que cumplan con los requisitos de la bonificación establecida en esta iniciativa.

La Comisión de Hacienda, mayoritariamente, solicitó al ministro de Hacienda un estudio para incorporar al beneficio del artículo 11 a 59 personas de algunos ámbitos del sector público que quedaron excluidas.

Puesto en votación en general y en particular, el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes, señores Pepe Auth, Miodrag Marinovic, Carlos Montes, José Miguel Ortiz, Carlos Recondo y Alberto Robles.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.-

Señor Presidente , quiero plantear una situación que debemos resolver.

Las sesiones de comisiones están programadas para las 16 horas. Dado que en esta sesión tendremos una votación extensa, solicito que recabe el acuerdo de la Sala para que el inicio del trabajo de las comisiones se prorrogue por lo menos hasta las 16.30 horas.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

Señor diputado , sugiero que tomemos ese acuerdo al término de las votaciones, dependiendo de a qué hora este se produzca, porque no sabemos cuánto nos vamos a demorar. Creo que eso es lo más conveniente. Procederemos a las votaciones en algunos minutos más.

El señor SAFFIRIO.-

Perdón, señor Presidente , pero son las 15.20 horas. ¿No parece razonable resolverlo ahora?

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para acceder a la petición del diputado señor René Saffirio?

No hay acuerdo.

Sugiero que resolvamos el asunto después de la votación, diputado Saffirio.

Tiene la palabra el diputado señor Alberto Robles.

El señor ROBLES.-

Señor Presidente , quiero saber si el Ejecutivo presentó la indicación a este último proyecto, a lo cual se comprometió en la Comisión de Hacienda, a solicitud de esa instancia.

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

El señor subsecretario de Hacienda me informa que esa indicación se presentará en la sesión del Senado de esta tarde porque, de lo contrario, la votación del proyecto en la Sala demoraría mucho y tendríamos que pronunciarnos sobre la materia en la sesión del jueves.

El señor SILBER.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Tiene la palabra su señoría.

El señor SILBER.-

Señor Presidente, solo para dejar constancia que por un problema de salud concordé un pareo verbal con la diputada Marisol Turres.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Gracias por la información, señor diputado.

Quiero informar a la Sala respecto de una solicitud que me han formulado algunos diputados, en cuanto a que votemos sin discusión el informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que regula la venta de videojuegos excesivamente violentos a menores de 18 años y exige control parental a consolas. El informe no tiene urgencia y figura en el séptimo lugar de la Tabla.

¿Habría acuerdo para votarlo?

No hay acuerdo.

En consecuencia, será incluido en la Tabla de una próxima sesión.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor ELUCHANS ( Presidente ).-

En votación general el proyecto de ley que modifica el Título II de la ley N° 19.882, con el objeto de fijar condiciones especiales para la bonificación por retiro voluntario por el período que indica, y otorga otros beneficios por retiro.

Hago presente a la Sala que el articulado de esta iniciativa regula materias de ley simple o común.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 97 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

AguilóMelo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Arenas Hödar Gonzalo; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Calderón Bassi Giovanni; Cardemil Herrera Alberto; Carmona Soto Lautaro; Cerda García Eduardo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; Goic Boroevic Carolina; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Moreira Barros Iván; Muñoz D’Albora Adriana; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Sandoval Plaza David; Sauerbaum Muñoz Frank; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Matías; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.

El señor ELUCHANS (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones queda también aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

-Se levantó la sesión a las 15.47 horas.

TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,

Jefe de la Redacción de Sesiones.

VI. ANEXO DE SESIÓN

COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES

-Se abrió la sesión a las 14.15 horas.

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.

INFORMACIÓN SOBRE PROCESOS ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS CON LICITACIÓN INTERNACIONAL DE LOTES EN PARQUE NACIONAL VILLARRICA. (Oficios)

El señor ASCENCIO (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente , el Servicio Nacional de Turismo, la Corporación Nacional Forestal y el Ministerio de Agricultura convocaron a una licitación internacional para entregar en concesión nueve lotes ubicados en el Parque Nacional Villarrica, en la Región de La Araucanía.

En principio esto no debiera llamarnos la atención; lo que extraña es que la publicación se hizo el 15 de enero y se otorga un plazo de 16 días, es decir hasta el 31 de enero, para que los oferentes nacionales y extranjeros elaboren sus proyectos de inversión y presenten sus propuestas. Estamos hablando del parque nacional más importante de la Región de La Araucanía.

Llama profundamente la atención que en las postrimerías del actual Gobierno se tome una decisión de esta naturaleza. Desde mi punto de vista, todo indica que en el momento en que se llamó a licitación el resultado ya estaba resuelto, porque ninguna empresa seria, nacional o extranjera, se va a presentar a una licitación en la que se le otorga tan poco plazo para elaborar un proyecto que, según lo informado por el director nacional del Sernatur , supondrá una inversión del orden de los 10 millones de dólares.

En consecuencia, solicito que se oficie al Contralor General de la República, para que fiscalice esta licitación y nos informe acerca de los procesos administrativos llevados adelante en el marco de dicho proceso.

Asimismo, solicito que se oficie al ministro de Agricultura , para que nos explique latamente los procesos administrativos realizados en dicha cartera en relación con esta licitación y, en los mismos términos, al director del Servicio Nacional de Turismo y, especialmente, al director ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal , porque, dada la condición de parque nacional de esos terrenos, a esta institución le corresponde la administración de ese bien público, que es propiedad de todos los chilenos.

He dicho.

El señor GUTIÉRREZ, don Hugo ( Presidente accidental ).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.

INFORMACIÓN SOBRE EX FUNCIONARIOS DE LA ARMADA DE CHILE ACTUALMENTE CONTRATADOS EN EL SERVICIO NACIONAL DE PESCA (Oficio)

El señor SAFFIRIO ( Presidente accidental ).- Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).- Señor Presidente , solicito que se oficie al director del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura , señor Juan Luis Ansoleaga Bengoechea , para que nos informe acerca de la siguiente situación que paso a relatar.

Según he sido informado, en el Sernapesca hay un número importante de exfuncionarios de la Armada de Chile que hoy se desempeñan en distintos niveles de esa institución. Entre los nombres de los que dispongo figura uno que me causa profunda preocupación: el del director regional de Pesca de Arica y Parinacota, señor Jaime Weidenslaufer Ovalle , ingeniero naval, quien antes del golpe de Estado fuera integrante del grupo de extrema derecha Patria y Libertad. Como subteniente de Infantería de Marina estuvo asignado a Isla Dawson, donde era conocido con el apelativo de “El sicópata” a causa del maltrato que propinaba a los presos políticos recluidos en ese lugar. Posteriormente, este señor siguió desempeñándose en la Armada de Chile, institución en la cual era conocido como “El Nazi”.

Entre los funcionarios del Sernapesca que se vinculan con la Armada de Chile también están el director nacional de Pesca , señor Juan Luís Ansoleaga , ingeniero naval mecánico; don Héctor Orlando Oyarzún , jefe de gabinete del director nacional de Pesca , quien fue capitán de navío; la señora Ana María Urrutia , subdirectora nacional de Pesca, quien está casada con un exfuncionario de la Armada; el director regional de Pesca de La Araucanía , señor Cristián Bordachar Moraga , quien fuera capitán de navío; el director regional de Pesca de Magallanes , don Manuel Díaz Herrera ; el jefe de Unidad de Desarrollo de Personas , don Gastón Lillo Núñez ; el encargado de la Unidad de Auditoría, don Leonidas Valenzuela Rivera ; el jefe de Fiscalización de la Dirección Regional de la Octava Región , don Emilio Monsálvez Quinteros , exinfante de Marina; el auxiliar a disposición del director nacional -una especie de mocito-, don Héctor Luna , quien cumplía la misma función en la Armada, y los encargados del Fondo de Fomento de Pesca Artesanal, señores Manuel Carrasco Campos y Gabriel Ramos Vilches. Como puede apreciarse, el gobierno, al parecer, ha convertido al Sernapesca en una especie de feudo de la Armada.

No objeto el hecho de que la gente pueda acceder a un trabajo digno. Con todo, solicito que se oficie al director del Servicio Nacional de Pesca para que nos informe cuántos exfuncionarios de la Armada se desempeñan actualmente en ese servicio; que nos remita la nómina completa de ellos; que nos indique el tipo de contrato y si fueron seleccionados y contratados mediante concurso o mediante contratación directa. Asimismo, que nos informe el monto de sus remuneraciones, el cargo o función que en la actualidad desempeñan, el año de ingreso al servicio y, lo más importante, si alguno de ellos percibe una pensión u otro beneficio del Estado. Tenemos conocimiento de que todos esos servidores del Sernapesca reciben una pensión por haber sido funcionarios de la Armada, aparte de otras por haber formado parte de una serie de instituciones consultoras del Sernapesca, circunstancia por la cual también recibirían honorarios.

Como nos parece que esta situación es delicada, espero que el director del Sernapesca nos informe sobre el particular.

He dicho.

El señor SAFFIRIO ( Presidente accidental ).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.

-

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

-Se levantó la sesión a las 14.22 horas.

TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,

Jefe de la Redacción de Sesiones.

VII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA

1. Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con el que inicia un proyecto de ley que crea el legado presidencial. (Boletín N° 9241-04)

“Honorable Cámara:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto establecer un sistema mediante el cual se recopile y proteja el legado de los Presidentes de la República.

I. ANTECEDENTES

En la historia política de nuestro país, pocas instituciones tienen tanta relevancia y gravitación como la Presidencia de la República . Desde los comienzos de nuestra vida republicana el Presidente ha venido ejerciendo, casi ininterrumpidamente, un rol central en la trayectoria de nuestra patria, lo cual no deja de ser sorprendente, considerando que se trata de una figura política que ha sufrido transformaciones con el paso de los años, así como en sus relaciones con los demás poderes del Estado.

Como principal antecedente histórico en el cargo, encontramos a los gobernadores del período colonial, quienes, por su función de presidir la Real Audiencia, recibían el nombre de “Presidentes de la Real Audiencia”, pero también, de manera más sencilla, “Presidentes de Chile”.

Con la llegada de las guerras de independencia, el cargo desaparece por un breve lapso de tiempo, siendo remplazado primeramente por las juntas de gobierno, y luego por la figura del “Director Supremo”, más ligado a la dirección del Ejército. Ocuparon el cargo con tal denominación don Francisco de la Lastra, don Bernardo O’Higgins y don Ramón Freire.

Sin embargo, en 1826 el Congreso Nacional determinó denominar como “ Presidente de la República ” al jefe del gobierno, nombrando a don Manuel Blanco Encalada en dicha investidura, quien sería la primera persona en ocupar la Presidencia de la República con la nomenclatura que hoy conocemos. Luego, la Constitución de 1828, en su artículo 60, recogió, por primera vez en un texto constitucional, este modo de designar a la más alta autoridad del país, disponiendo que “el Supremo Poder Ejecutivo será ejercido por un ciudadano chileno de nacimiento, de edad de más de treinta años, con la denominación de Presidente de la República de Chile .”.

Desde entonces, el Presidente de la República ha ejercido invariablemente una doble función de Jefe de Gobierno y Jefe de Estado , y así lo entiende también nuestra actual Constitución Política de la República , al establecer, en su artículo 24, que “el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República , quien es el Jefe de Estado ”.

En una medida importante, varias dimensiones de la historia de nuestro país pueden ser trazadas atendiendo a la obra de los Presidentes de la República , tanto durante aquellos períodos en que el cargo ejerció menor gravitación en el acontecer de la vida política del país, como en aquellos momentos en que el Presidente de la República ha gozado de mayor preponderancia. En todo momento pueden encontrarse figuras emblemáticas ocupando esta posición, provenientes de la derecha, del centro o de la izquierda política; de la aristocracia o de la clase media y apelando, en muchas ocasiones, al mundo popular; personajes que se han visto favorecidos por períodos de paz y bonanza, o bien, que han debido enfrentar momentos de crisis y conflicto; propendiendo, a veces, a una convivencia armoniosa con los demás poderes del Estado, o enfrascándose, otras veces, en complejas e incluso cruentas luchas en contra de ellos.

En todos los casos, conviene que los chilenos sepamos guardar una debida memoria de estas importantes personalidades, ya sea para enorgullecernos de sus logros y victorias, ya sea para aprender de sus errores. En efecto, en la vida y desempeño de cada uno de los Presidentes de la República podemos leer las problemáticas, los anhelos, las maneras de entender el mundo y los ideales que marcaron la vida pública y privada del país que entonces tuvieron el privilegio de dirigir, ofreciendo una perspectiva privilegiada para juzgar y comprender los afanes, preocupaciones y conquistas del Chile de sus tiempos.

II. CONTENIDO DEL PROYECTO

Habida cuenta de lo anterior, nuestro gobierno ha estimado necesario establecer un sistema mediante el cual se recopile y proteja el legado de los Presidentes de la República para las generaciones futuras, fortaleciendo de este modo la memoria histórica respecto de las figuras que han ocupado la primera investidura de nuestro país.

Para ello, se propone la creación de un “Legado Presidencial”, compuesto por todos los discursos, fotografías, archivos audiovisuales, mensajes enviados al Congreso Nacional, leyes promulgadas, publicaciones, oficios y correspondencia oficial que hayan sido elaborados durante el mandato de cada Presidente , así como también aquellos otros documentos que determine un reglamento dictado por el Ministerio de Educación y que cada Presidente , en razón de la relevancia histórica de los mismos, ponga a disposición de la comunidad, para su conocimiento. Se compondrá también, de aquellos objetos representativos de la investidura del Presidente de la República , o que se hayan adquirido en virtud de ella y que cada Presidente entregue, voluntariamente, al Museo Histórico Nacional, para su custodia, exhibición y difusión.

De este modo, el proyecto plantea dos vías para lograr su cometido.

En primer término, cada Presidente deberá entregar los documentos que componen el Legado a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, que será el organismo encargado de la catalogación, conservación y resguardo de los documentos. Se propone además, la elaboración de un respaldo digital de los documentos y archivos que, según la ley y su reglamento, formen parte del “Legado Presidencial”, que será publicado en un repositorio digital que para estos efectos disponga la referida Dirección.

Así también, se plantea la necesidad de contar con un espacio físico que albergue los objetos significativos que cada Presidente haya recibido con motivo de su cargo o que sean representativos de éste y que, luego de su mandato, quieran dar a conocer a la ciudadanía, voluntariamente. Por ello, la presente iniciativa establece que será misión del Museo Histórico Nacional custodiar, exhibir y difundir dichos objetos.

Cabe hacer presente que el proyecto de ley dispone que sus disposiciones entren en vigencia a partir del próximo mandato presidencial, sin perjuicio de que, de manera voluntaria, puedan colaborar también los ex Presidentes de la República.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley que crea el Legado Presidencial:

“Artículo 1°.-Créase el Legado Presidencial, el que estará compuesto por los discursos, fotografías, archivos audiovisuales, mensajes enviados al Congreso Nacional, leyes promulgadas, publicaciones, oficios y correspondencia oficial que hayan sido elaborados durante el mandato del Presidente de la República , así como también aquellos otros documentos que determine un reglamento dictado por el Ministerio de Educación y que, cada Presidente en razón de la relevancia histórica de los mismos, ponga a disposición de la comunidad, para su conocimiento.

Podrán formar parte de este legado, todos aquellos objetos significativos, que sean representativos de la investidura de Presidente de la República o que se hayan adquirido en virtud de ella.

Artículo 2°.-Será la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos el organismo encargado de la catalogación, conservación y resguardo de los documentos a que se refiere el inciso primero del artículo anterior.

Para estos efectos, el Presidente de la República deberá, al término de su mandato, hacer entrega a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos de los documentos que lo componen, debiendo este organismo, además, publicar este legado en un repositorio digital.

Los objetos representativos de la investidura de Presidente de la República a que se refiere el inciso segundo del artículo 1°, podrán entregarse por cada Presidente , al término de su mandato, para su custodia, exhibición y difusión en el Museo Histórico Nacional.”.

Artículo segundo.- Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, al artículo 21 del Decreto con Fuerza de Ley N° 5200:

“El Museo Histórico Nacional será, además, el encargado de custodiar, exhibir y difundir aquella parte del legado de los ex Presidentes de la República , en conformidad con lo dispuesto en la ley que crea el Legado Presidencial y su reglamento.”.

Artículo transitorio.- La presente ley comenzará a regir a contar del periodo presidencial siguiente a la fecha de su publicación.

Los ex Presidentes de la República podrán voluntariamente cumplir con este mandato.”.

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia ; CAROLINA SCHMIDT ZALDÍVAR, Ministra de Educación .”

2. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para facilitar el intercambiorecíproco de información con otros países. (Boletín N° 9242-10)

“Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que tiene por objeto modificar la Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Decreto Ley 2.460, de 1979, que dicta la Ley Orgánica de Policía de Investigaciones de Chile, la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros y el artículo 4° de la Ley N° 19.477, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de permitir el intercambio recíproco de información relativa a datos personales con otros países con los que existan tratados internacionales ratificados y vigentes.

I. ANTECEDENTES

El fenómeno migratorio, lejos de ser un elemento nuevo en el mundo, ha sido un factor que ha contribuido a la supervivencia humana, permitiendo tanto el poblamiento del globo terráqueo en los términos hoy conocidos, como el conocimiento de diversas realidades y culturas que enriquecen el acervo de la experiencia humana.

El traslado de personas entre diferentes estados y continentes, ha obedecido a motivaciones de diversa índole. Necesidades alimentarias o circunstancias climatológicas se cuentan como primeras razones de generación de movimientos de grupos humanos; acontecimientos históricos provocados por el hombre, principalmente conflictos bélicos entre estados, guerras civiles y persecuciones políticas también han contribuido a la movilidad de importantes colectividades; la búsqueda de mejores expectativas de vida, desarrollo y emprendimiento, también han sido razones de peso para un permanente cambio de asentamiento transnacional. A las causas de migración esbozadas se añaden en las últimas décadas, con especial fuerza, los avances tecnológicos y el abaratamiento de los medios de movilización, que acortan los tiempos de traslado de grandes distancias y aumentan las posibilidades de uso de los mismos, que adquieren aún mayor relevancia en un contexto de mejoramiento de las condiciones económicas que permiten a las personas conocer otros espacios físicos, lugares de estudio y realidades culturales, sea por intereses turísticos, académicos o de otra índole.

Las condiciones, circunstancias e incentivos existentes para el viajero, han producido un exponencial aumento de traslados de índole internacional, que han multiplicado notablemente la movilidad de turistas, estudiantes y empresarios entre diferentes estados y continentes.

En paralelo a la mayor movilidad descrita, consideraciones económicas internas y de seguridad implementadas por las naciones en función de la prevención de hechos delictivos, han ido generando una cultura de control migratorio que, en ocasiones, ha sido cuestionada en función de las motivaciones y duración de las estadías pretendidas por los viajeros, pues se traduce en un control excesivo.

En ese contexto, resulta deseable, en un mundo globalizado y frente a las facilidades de traslado, la implementación de políticas tendientes a la liberalización de las restricciones migratorias, fundado en el principio de confianza en el viajero. Esa forma de facilitar la movilidad de las personas, permitiendo con mayor amplitud el ingreso a los países con que se tenga un intenso intercambio, permite ir superando la lógica de desconfianza hacia los visitantes extranjeros. Naturalmente, la materialización de este principio exige los resguardos necesarios para su acertada aplicación y positivos efectos, mediante mecanismos excepcionales que hagan conciliable el mentado principio de confianza con un control migratorio ejercido de manera racional y proporcionada.

La Alianza del Pacífico.

El principio de superación de barreras para el viajero y la excepcionalidad de sus limitaciones, fundados en la confianza que se va forjando entre países que cuentan con lazos de intercambio de largo aliento, permiten la celebración de acuerdos de cooperación, que van de la mano con la tendencia mundial e inevitable de integración global, no sólo en una dimensión económica, sino también y fundamentalmente, en una dimensión social y cultural, contexto en el que la libertad de tránsito juega un rol fundamental.

En este escenario, con la Declaración de Lima del 28 de abril del 2011, se dio inicio a la Alianza del Pacífico, instrumento que tiene por finalidad profundizar la integración entre los países signatarios y definir acciones conjuntas para la vinculación comercial con Asia Pacífico, sobre la base de los acuerdos comerciales bilaterales existentes entre los Estados parte. Expresamente la citada declaración, junto con poner el acento en «alentar la integración regional, así como un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad» de las economías de sus países, a la vez impulsa a los países a «avanzar progresivamente hacia el objetivo de alcanzar la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas».

Bajo esas directrices, que trascienden el ámbito meramente comercial, luego de la Declaración de Lima se dio inicio a la realización de una serie de cumbres tendientes a establecer acuerdos destinados a poner en funcionamiento aquella asociación. Tras la ronda de citas entre los países firmantes, el 6 de junio de 2012, en el cerro Paranal, en el desierto de Atacama de nuestro país, se constituyó formalmente la Alianza, con la firma del tratado respectivo por los presidentes de Chile, Colombia, México y Perú.

Entre los aspectos más relevantes asociados a la superación de las barreras para el viajero, destaca la eliminación de visas entre los países que conforman dicha Alianza, a partir del 1 de noviembre de 2012.

En ese mismo escenario, destaca el acuerdo relativo a la instalación de embajadas y consulados comunes que permitan brindar a los ciudadanos de los estados parte los servicios diplomáticos que fueren necesarios. Así, en la declaración de la VII Cumbre de la Alianza del Pacífico, realizada en Cali, en mayo de 2013, se pone especial énfasis en la trascendencia de la apertura de la embajada compartida entre Chile, Colombia, México y Perú en Ghana; también el acuerdo entre Chile y Colombia de compartir embajadas en Argelia y Marruecos; y entre Colombia y Perú de compartir una embajada en Vietnam.

En la misma Cumbre, se destaca la creación de una visa especial para promover el turismo de ciudadanos de países dentro de la región que no forman parte del tratado, así como los lineamientos para la inclusión de nuevos países, habiendo comenzado Costa Rica su proceso de adhesión con ayuda de un grupo de trabajo.

De esta forma, la eliminación de trabas para el transporte de personas entre los países que forman parte de nuestro continente y que han suscrito el instrumento referido, ha encontrado consagración positiva en los acuerdos citados. Sin embargo, la liberalización de estas barreras no puede dejar desprovisto de todo control a la movilidad internacional, razón por la cual Colombia, México, Chile y Perú, para reducir la posibilidad de que la delincuencia aproveche esta ventaja migratoria, trabajan en una plataforma para intercambiar información de quienes viajan de un país a otro, a fin de conciliar el viaje sin necesidad de visa, pero con el debido resguardo de la seguridad migratoria.

El programa Visa Waiver.

Con la finalidad de facilitar la movilidad de las personas, sea por motivos turísticos o de negocios, el Gobierno Norteamericano ha creado el Programa de exención de visa, también conocido como Visa Waiver Program, el que autoriza el ingreso a los Estados Unidos sin necesidad de visa a los ciudadanos de países que mantienen una baja tasa de inmigración ilegal, siempre que el motivo del viaje consista en turismo o negocios, y la duración de la estadía no supere los 90 días. El programa fue establecido en 1986 con la finalidad de promocionar mejores relaciones entre los Estados Unidos y los países con los que tiene estrecha relación, suprimiendo barreras de viaje innecesarias y estimulando la industria del turismo y el intercambio de negocios.

En función de los generosos lazos de cooperación, intercambio comercial, cultural y académico con Estados Unidos, para nuestro país constituye un importante acontecimiento la eventual incorporación a este programa, a efectos de potenciar ese intercambio. Actualmente, son 37 los países que han sido incorporados al mismo, y recientemente, en junio del presente año, el Gobierno Norteamericano ha anunciado la nominación de Chile como postulante oficial al programa, pudiendo concretarse su designación a partir de 2014, una vez que se cumplan determinados hitos que permitan armonizar el libre tráfico de viajeros con los resguardos necesarios propios de un sistema migratorio, cuya seguridad mínima beneficie a ambos países.

Es así que en la línea de estos compromisos, se ha remitido al Congreso Nacional el proyecto de ley que modifica las disposiciones introducidas por la Ley N° 19.948, que crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravío, robo o hurto de la cédula de identidad y de otros documentos de identificación (boletín N° 9166-07). La iniciativa promueve la eliminación de la posibilidad de efectuar el bloqueo temporal del pasaporte, reservando para ellos únicamente la institución del “bloqueo definitivo”. Ello, a fin de asimilar nuestra legislación interna a las regulaciones imperantes en la mayoría de los países con reconocidos estándares de seguridad en materia de documentos de viaje, las que no contemplan una figura de revocación temporal de pasaportes.

A esa propuesta legislativa, tendiente a fijar reglas legales que implican la adopción de medidas que garanticen la seguridad necesaria que se debe prever para el libre tráfico de viajeros, deben añadirse aquellas que faciliten el intercambio de información entre nuestro país y los Gobiernos de las Naciones con quienes existan o se celebren acuerdos en tal sentido, en especial en tanto establezcan la eliminación de barreras migratorias, de tal modo de cumplir con la obligada armonía entre los principios de libre tránsito y control migratorio. En tal sentido destaca el Acuerdo en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave suscrito por Chile y Estados Unidos con fecha 30 de mayo de 2013, el que debe ser aprobado por nuestro Congreso Nacional y para cuya eficacia también resulta necesario introducir las modificaciones legales que se contemplan en el presente proyecto de ley.

II. OBJETIVO DEL PROYECTO

La presente iniciativa legal tiene por objetivo introducir modificaciones a nuestra legislación interna que permitan el intercambio de información con los Gobiernos de otros Estados, con quienes se hubiere suscrito acuerdos internacionales en tal sentido. Lo anterior, en el entendido de que tales intercambios de información se efectúan sobre bases de reciprocidad y persiguiendo por ende, el beneficio de ambas partes.

Dichas modificaciones, facilitadoras en general de una más eficiente investigación y prevención de delitos que trascienden las fronteras, permitirán también particularmente contar con los resguardos necesarios para otorgar seguridad en el proceso de eliminación de las barreras migratorias que nuestro país hubiere pactado o acuerde en el futuro.

III. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

Las adecuaciones normativas propuestas por el presente proyecto de ley tienden a permitir el intercambio de información de carácter personal, en los términos que lo prevean tratados internacionales vigentes.

Concretamente, se propone en primer término la modificación de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, en los dos siguientes sentidos:

a) Se incorpora, en su artículo 4°, una nueva causal habilitante para el tratamiento de datos personales. En concreto, junto con las autorizaciones actualmente previstas y que son las que surgen de la misma ley, de otras disposiciones legales o del consentimiento expreso del titular de los datos, se agrega como nueva posibilidad aquellas autorizaciones que aparezcan expresamente contempladas en tratados internacionales debidamente suscritos y ratificados por nuestro país.

b) Se incorpora, en su artículo 21, a través de un nuevo inciso final, una excepción a la regla que fija su inciso primero, que obliga a los organismos públicos que sometan a tratamiento datos personales relativos a condenas por delitos, infracciones administrativas o faltas disciplinarias, no comunicarlos una vez prescrita la acción penal o administrativa, o cumplida o prescrita la sanción o la pena.

Actualmente, existe en el inciso segundo de la disposición citada una excepción a la regla anterior, para los casos en que esa información les sea solicitada por los tribunales de Justicia u otros organismos públicos dentro del ámbito de su competencia.

En este sentido, la propuesta incorpora una nueva regla de excepción, en virtud de la cual se deberá entregar dicha información por los organismos públicos cuando ella sea requerida en cumplimiento de disposiciones contenidas en tratados internacionales debidamente suscritos y ratificados por Chile.

En segundo lugar, se propone por la iniciativa la modificación de artículo 5º del Decreto Ley 2.460, de 1979, que dicta la Ley Orgánica de Policía de Investigaciones de Chile, a fin de añadir entre las funciones de la Policía Civil, prestar la colaboración necesaria en el cumplimiento de acuerdos o convenios internacionales vigentes suscritos con otros países, incluyendo el intercambio de datos personales.

Del mismo modo, y en armonía con la modificación anterior, el proyecto incorpora en el artículo 3° de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, como función de la Policía Uniformada, prestar igual colaboración para cumplir los acuerdos o convenios internacionales vigentes.

Finalmente, y a efectos de asegurar la eficacia en el fin buscado por la presente iniciativa, también se agrega igual función de colaboración en el artículo 4° de la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación.

En mérito de lo precedentemente expuesto, someto a vuestra consideración, el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, en los siguientes términos:

a) Incorpórase, en el inciso primero de su artículo 4°, tras el punto aparte que pasa a ser seguido, la siguiente oración: “Asimismo, el tratamiento de datos personales será procedente en virtud de autorizaciones que aparezcan expresamente contempladas en tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile.”.

b) Incorpórase, en su artículo 5º, inciso sexto, a continuación de la palabra “internacionales”, la frase “u organismos gubernamentales”, seguido de una coma (,).

c) Agrégase, en su artículo 21, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Del mismo modo, exceptúanse los casos en que la información antes indicada sea solicitada por Organismos Gubernamentales de otros países, con los cuales existan tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile, los que en todo caso deberán guardar la debida reserva o secreto.”.

Artículo 2º Modifícase el artículo 5º del Decreto Ley 2.460, de 1979, que dicta la Ley Orgánica de Policía de Investigaciones de Chile, intercalando tras la expresión “en lo criminal;” la siguiente oración: “prestar la colaboración y proporcionar la información necesaria en cumplimiento de tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile, incluyendo el intercambio de datos personales”, seguido de un punto y coma (;).

Artículo 3°.- Intercálase, en el artículo 3° de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros, el siguiente inciso séptimo, pasando el actual a ser octavo:

“Corresponderá a la Institución prestar la colaboración y proporcionar la información necesaria en cumplimiento de tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile, incluyendo el intercambio de datos personales.”

Artículo 4°.- Intercálase, en el artículo 4° de la Ley N° 19.477, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación, el siguiente numeral 10, pasando el actual a ser 11.:

“10. Corresponderá al Servicio prestar la colaboración y proporcionar la información necesaria en cumplimiento de tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile, incluyendo el intercambio de datos personales.”

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; ANDRÉS CHADWICK PIÑERA, Ministro del Interior ; ALFREDO MORENO CHARME, Ministro de Relaciones Exteriores ; TOMÁS FLORES JAÑA, Ministro de Economía , Fomento y Turismo (S); JUAN IGNACIO PIÑA ROCHEFORT, Ministro de Justicia (S).”

3. Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un proyecto de acuerdo que aprueba el acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave, suscrito en Washington, D.C., el 30 de mayo de 2013. (Boletín N° 9243-10)

“Honorable Cámara de Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Esta-dos Unidos de América en Materia de Incremento de la Coopera-ción en la Prevención y Combate del Delito Grave, suscrito en Washington, D.C., el 30 de mayo de 2013.

I. ANTECEDENTES

En un mundo globalizado e interdependiente como el actual, los Estados han tendido a establecer políticas para liberalizar las restricciones migratorias suprimiendo barreras, pero sin descuidar la prevención de hechos delictivos, sobre todo tomando en consideración el fenómeno del crimen transnacional. De allí que la mayor circulación de personas, bienes, servicios y capitales debe ir acompañada de mecanismos de cooperación entre los países para compatibilizar esa mayor facilidad de tras-lado y movilidad con la debida protección de la seguridad migratoria.

Chile y Estados Unidos celebraron el Acuerdo que ahora sometemos a la consideración de Vuestras Señorías para permitir el intercambio recíproco de información en materia de datos personales y así prevenir e investigar hechos delictivos. Lo anterior, en el marco de las negociaciones relativas al ingreso de Chile al Programa de Exención de Visa de la Administración estadounidense, conocido como Visa Waiver Program, el que autoriza el ingreso a los Estados Unidos de América sin necesidad de visa a los ciudadanos de países que mantienen una baja tasa de inmigración ilegal, con la finalidad de facilitar la movilidad de las personas, sea por motivos de turismo o de negocios, y cuya estadía no supere los 90 días.

Entre los países que han suscrito convenios de esta naturaleza con Estados Unidos se cuentan Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Malta, Nueva Zelandia, Países Bajos, Portugal, Re-pública Checa, República de Corea, Singapur y Suiza.

El texto del Acuerdo sigue muy de cerca la Convención de Prüm suscrita el 2005 por países miembros de la Unión Europea, con la finalidad de incrementar la cooperación transfronteriza en el combate del terrorismo, el crimen transnacional y la inmigración ilegal.

La idea central que subyace en el Acuerdo que se somete a la aprobación del H. Congreso Nacional, es la de reafirmar nuestro compromiso con aquellos instrumentos de cooperación destinados a elevar los estándares de seguridad internacional en una época en que el crimen transnacional es una realidad que no puede ser soslayada. Así, lo que se busca es armonizar el libre tráfico de viajeros con los resguardos necesarios propios de un sistema migratorio, cuya seguridad mínima beneficie a ambos países.

Con la finalidad antes indicada, el presente Acuerdo establece un procedimiento que, una vez en vigencia, permitirá que Chile y Estados Unidos puedan compartir in-formación de sus respectivas bases de datos para la prevención y combate de la actividad delictual.

Específicamente, las disposiciones del Acuerdo se refieren a la posibilidad de que una de las Partes, cuando circunstancias legalmente válidas así lo ameriten, pueda iniciar un proceso destinado a identificar si las huellas dactilares de una persona determinada sometida a alguna investigación figuran en las bases de datos criminales de la otra Parte. Solo en caso de producirse una coincidencia, será posible proceder a efectuar otras consultas sobre el individuo a través de los canales de asistencia penal mutua y compartir información relevante en la materia. El procedimiento solo tendrá lugar, sobre la base de una estricta reciprocidad, tratándose de aquellos delitos que este instrumento califica de graves, esto es, las conductas punibles bajo el derecho de las Partes con una pena privativa de libertad superior a un año.

Si bien el articulado del Acuerdo considera la consulta de perfiles de ADN, estableciendo un procedimiento muy semejante al antes descrito para la consulta de da-tos a partir de huellas dactilares, la entrada en vigor de tales disposiciones se deja en suspenso mientras ambas Partes no declaren expresamente que están en condiciones de ejecutar tales Artículos sobre la base de la reciprocidad.

Las Partes podrán también intercambiar información criminal de manera voluntaria o espontánea, sin que medie una petición de la otra Parte.

El Acuerdo contiene una serie de normas sobre manejo, intercambio y retención de información, destinadas a asegurar la protección de los datos y la privacidad de las personas en ambos países. Todo esto con pleno respeto a la normativa vigente en cada uno de los Estados Parte.

Constituye en consecuencia el Acuerdo un importante complemento de las herramientas ya existentes para el combate de la actividad delictual y facilitará a nuestro país evitar que quienes hayan cometido delitos en Estados Unidos puedan llegar a encontrar refugio en Chile.

Mediante la firma y aprobación del presente Acuerdo, Chile, según ya se anticipara, cumple además uno de los requisitos fundamentales para el ingreso al Programa de Exención de Visas de Estados Unidos.

Ese país inició en 2008 la negociación y firma de este tipo de convenios, en primer lugar con aquellos Estados que ya participaban en dicho programa, y en segundo lugar, con aquellos Estados que postulan a participar en el mismo y cumplen los diferentes requisitos objetivos de selección. La medida se inserta en el contexto de los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, que determinaron la aprobación de modificaciones legislativas en Estados Unidos orientadas al fortalecimiento de su seguridad interior. Entre tales disposiciones nuevas se cuenta la necesidad de que los países que deseen mantenerse o ingresar al Visa Waiver Program suscriban un convenio de cooperación en la prevención y combate del delito grave.

Finalmente, cabe precisar que la cooperación que dispone este instrumento se verificará en los términos que lo permitan los respectivos ordenamientos internos de ambos Estados. En razón de ello, conjuntamente con este proyecto de acuerdo se ingresará al Congreso Nacional un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para facilitar el intercambio de información con los gobiernos de otros Estados, con quienes se hubiere suscrito acuerdos internacionales de igual naturaleza, sobre la base del principio de reciprocidad.

II. ESTRUCTURA Y CONTENIDO

El Acuerdo se encuentra estructurado por un Preámbulo, que da cuenta de las con-sideraciones que tuvieron las Partes para celebrarlo, y 24 Artículos en los cuales se contienen las normas dispositivas y finales del mismo.

ARTÍCULADO

1. Definiciones

El Artículo 1 establece las “Definiciones” necesarias para la aplicación del Acuerdo, entre ellas “Perfiles de ADN”, “Datos personales”, “Procesamiento de datos personales”, “Datos de referencia” y “Delito grave”, que se define a estos efectos “como una conducta constitutiva de delito punible bajo el derecho interno de las Partes con una pena privativa de libertad cuya duración máxima sea superior a un año o una pena más alta”.

2. Objeto y Alcance de este Acuerdo

El Artículo 2, que se titula “Objeto y Alcance de este Acuerdo”, consigna, en su numeral 1, el propósito del Acuerdo, cual es estrechar la cooperación entre las Partes para prevenir y combatir el delito grave.

Luego, su numeral 2, indica que las facultades de consulta señaladas en él serán usadas sólo para fines de detección, prevención e investigación del delito grave y solo si circunstancias específicas y legalmente válidas relacionadas con una persona determinada dieran motivo para consultar si dicha persona podría cometer o ha cometido un delito grave.

3. Datos sobre huellas dactilares

El Artículo 3, denominado “Datos sobre huellas dactilares”, prevé, para los efectos de ejecutar el Acuerdo, que las Partes garantizarán la disponibilidad de datos de referencia en los sistemas nacionales auto-matizados de identificación de huellas dactilares, pero únicamente aquellos establecidos para la detección, prevención e investigación de delitos, y que los datos de referencia solo incluirán los datos sobre huellas dactilares y un código de referencia.

4. Consulta automatizada de datos sobre huellas dactilares

El Artículo 4 aborda, seguidamente, la “Consulta automatizada de datos sobre huellas dactilares”, estipulándose, en su numeral 1, que para la detección, prevención e investigación del delito grave cada Parte autorizará a los puntos de contacto de la otra Parte, para que accedan a los datos de referencia del sistema automatizado de identificación de huellas dactilares que se hubiera establecido para dichos efectos, pudiendo realizar consultas automatizadas de comparación de datos de las mismas. Las consultas podrán realizarse solo sobre la base de casos individuales y de conformidad con el derecho interno de la Parte consultante.

Seguidamente, el numeral 2 regula la manera como se verificará la comparación de datos sobre las huellas dactilares entre los puntos de contacto nacionales consultantes.

A su turno, el numeral 3 prevé que los puntos nacionales requeridos podrán, cuando se les solicite, efectuar un análisis más detallado con el objeto de confirmar si los datos sobre huellas dactilares coinciden con los datos de referencia en poder de la Parte a cargo del archivo.

5. Medios alternativos de consulta usando datos de identificación

El Artículo 5, intitulado “Medios alternativos de consulta usando datos de identificación”, preceptúa que mientras Chile no tenga un sistema de identificación de huellas dactilares plenamente operativo y automatizado vinculado con antecedentes penales individuales y esté en condiciones de proporcionar a los Estados Unidos un acceso automatizado a ese sistema, facilitará un medio alternativo de consulta en los términos que en ésta disposición se especifican.

6. Entrega de datos personales adicionales y otra información

El Artículo 6, relativo a la “Entrega de datos personales adicionales y otra información”, dispone que si los procedimientos de consultas anteriormente descritos en los Artículos 4 y 5 muestran una coincidencia entre datos sobre huellas dactilares, la entrega de datos persona-les adicionales disponibles y de otra in-formación relacionados con los datos de referencia se regirá por el derecho interno, incluidas las normas sobre asistencia legal, de la Parte requerida y será entregada en los términos del Artículo 7.

7. Puntos de contacto nacionales y acuerdos de ejecución

El Artículo 7, bajo la denominación de “Puntos de contacto nacionales y acuerdos de ejecución”, consigna en el numeral 1 el deber de las Partes de designar a uno o más puntos de contacto nacionales a los efectos de la entrega de datos a los que se refieren los Artículos 4 y 5 y a la posterior entrega de datos personales adicionales y de otra información establecida en el Artículo 6. El punto de contacto proporcionará tales datos conforme al derecho interno de la Parte que lo haya designado como tal. Al efecto, no será necesario usar otros me-dios de asistencia legal disponibles, a me-nos que se requiera, como por ejemplo, para autenticar datos para fines de su admisibilidad en causas judiciales de la Parte requirente.

Más adelante el numeral 2 indica que los detalles técnicos y de procedimiento de las consultas realizadas conforme a los artículos 4 y 5 serán establecidos en uno o más acuerdos o convenios de implementación.

8. Consulta automatizada de perfiles de ADN

El Artículo 8, titulado “Consulta automatizada de perfiles de ADN”, en su numeral 1 prevé que si el derecho interno de ambas Partes lo permitiera y habiendo obtenido las autorizaciones exigidas, las Partes podrán, sobre la base de reciprocidad, otorgar al punto de contacto de cada una de ellas, a los que se refiere el Artículo 10, acceso a los datos de referencia que se encuentren en sus archivos de análisis de ADN, con la facultad de efectuar consultas automatizadas mediante la comparación de perfiles de ADN, para los efectos de la detección, prevención e investigación del de-lito grave. Estas consultas podrán ser he-chas solo en casos individuales.

A su vez, el numeral 2 regula que si una consulta automatizada demostrara que el perfil de ADN proporcionado coincide con un perfil de ADN ingresado en los archivos de la otra Parte, el punto de contacto nacional consultante recibirá, mediante una notificación automatizada, los datos de referencia para los cuales se haya encontrado una coincidencia. Si no se hallare ninguna, se dará notificación automatizada de este hecho.

Cabe destacar que el numeral 2 del Artículo 24 del Acuerdo, señala que las disposiciones contenidas en este Artículo 8 y los dos que siguen, solo entrarán en vigencia una vez que se celebren los acuerdos complementarios a los que se refiere el Artículo 10 y con posterioridad a un inter-cambio de notas que indique que cada Parte está en condiciones de ejecutar tales Artículos y siempre y cuando las leyes de los dos países permitan el tipo de análisis establecido en los Artículos 8 a 10.

9. Entrega de datos personales adicionales y otra información

El Artículo 9, relativo a la “Entrega de datos personales adicionales y otra información”, indica que si el procedimiento sobre consulta automatizada de perfiles de ADN mencionado en el artículo precedente mostrara una coincidencia entre perfiles de ADN, la entrega de cualquier dato personal adicional y otra información relacionadas con los datos de referencia se regirá por el derecho interno de la parte requerida, incluidas las normas de asistencia legal, y se llevará a efecto conforme a lo establecido por el Artículo 10.

10. Puntos de contacto nacional y acuerdos e implementación

El Artículo 10, sobre “Puntos de con-tacto nacional y acuerdos de implementación”, puntualiza, en su numeral 1, que para los efectos de la entrega de datos de referencia que se encuentren en sus archivos de análisis de ADN y la posterior entrega de datos personales adicionales y otra información, establecidas en los Artículos 8 y 9, cada Parte designará a un punto de contacto nacional. El punto de contacto proporcionará tales datos conforme al derecho interno de la Parte que lo haya designado como punto de contacto. En todo caso, no será necesario usar otros medios de asistencia legal disponibles a menos que se requiera, como por ejemplo para autenticar los datos para fines de su admisibilidad en causas judiciales de la Parte requirente.

El numeral 2 alude a que los detalles técnicos y procedimientos de consultas realizadas conforme al artículo 8 serán establecidos en uno o más acuerdos o convenios de implementación.

11. Entrega de datos personales y otra información para detectar, prevenir y combatir el delito grave y el terrorismo

El Artículo 11, bajo el título “Entrega de datos personales y otra información para detectar, prevenir y combatir el delito grave y el terrorismo”, contempla en el numeral 1 que para la detección, prevención e investigación del delito grave y del terrorismo, las Partes podrán, en observancia de su respectivo derecho interno y en casos individuales, incluso sin que le sea solicitado, entregar al punto de contacto nacional de la otra Parte, al que se refiere en el numeral 4 de este Artículo, los datos personales que se especifican en el numeral 2 de este Artículo, siempre que ello fuera necesario debido a que existen circunstancias específicas, que dan motivos para considerar que él o los titulares de los datos: a) cometerán o han cometido delitos terroristas o relacionados con grupos o asociaciones terroristas, o participarán o han participado en tales delitos o conductas según ellas se definen en el derecho interno de la Parte que proporciona los da-tos; o b) están recibiendo o han recibido capacitación para cometer los delitos mencionados en el literal a) anterior; o c) cometerán o han cometido un delito grave o participan en un grupo o asociación criminal organizada.

Luego, el numeral 2 precisa que los datos personales a ser entregados pueden incluir, si estuvieran disponibles, apellidos, nombres de pila, nombres anteriores, otros nombres, alias, escritura alternativa de nombres, sexo, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad actual o pasada, número de pasaporte, números de otros documentos de identidad y datos dactilares, así como una descripción de cualquier condena o de las circunstancias que fundamenten la apreciación mencionada en el numeral 1 de este Artículo.

Seguidamente, el numeral 3 previene que además de los datos personales señalados en el numeral anterior, las Partes podrán proporcionarse datos no personales relacionados con los delitos indicados en el numeral 1 de este Artículo.

Finalmente, el numeral 4 alude a que cada Parte designará a uno o más puntos de contacto nacionales para intercambiar con los puntos de contacto de la otra Parte, los datos personales y otra información en virtud de este Artículo.

12. Privacidad y protección de datos

El Artículo 12, sobre “Privacidad y protección de datos”, establece en el numeral 1 que las Partes reconocen que el manejo y procesamiento de los datos personales que adquieran de cada uno es de vital importancia para preservar la confianza en la implementación de este Acuerdo.

El numeral 2, a su vez, indica que las Partes se comprometen a tramitar los datos personales en forma justa y de conformidad con sus respectivas leyes y: a) garantizar que los datos personales proporcionados sean adecuados y pertinentes a los fines específicos de la transferencia; b) conservar los datos personales solo el tiempo que fuere necesario para los fines específicos para los que se proporcionaron o procesaron adicionalmente tales datos, conforme a lo dispuesto en este Acuerdo; c) velar por que el almacenamiento de datos recibidos de la otra Parte sea compatible con el fin de la transferencia y el alcance de este Acuerdo, conforme a lo indicado en el Artículo 2; y d) garantizar que posibles so-licitudes de la información personal sean informadas oportunamente a la Parte receptora de modo que se adopten las medidas correctivas que procedan.

Por último, el numeral 3 previene que este Acuerdo no dará origen a derechos de ningún particular, incluido el derecho a obtener, suprimir o excluir cualquier prueba o impedir el intercambio de datos personales. Sin embargo, los derechos que existen en forma independiente de este Acuerdo, no se verán afectados.

13. Limitaciones a la tramitación con miras a proteger los datos personales y otra información

El Artículo 13 se refiere a las “Limitaciones a la tramitación con miras a proteger los datos personales y otra información”, consignando en el numeral 1 que sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del mismo Artículo, cada Parte podrá procesar los datos ya obtenidos en virtud de es-te Acuerdo: a) para los fines de sus investigaciones penales, iniciadas conforme a su derecho interno en el ejercicio de una atribución oficial autorizada; b) para evitar una amenaza grave a su seguridad pública. Una amenaza es grave si existe una conexión directa entre ella y un posible daño a la seguridad pública; c) en sus causas judiciales o administrativas de índole no penal directamente relacionadas con las investigaciones mencionadas en la letra (a) anterior; o d) para cualquier otro fin, solo con el previo consentimiento de la otra Parte, otorgado en conformidad con su derecho interno.

El numeral 2 regula que las Partes no comunicarán datos proporcionados conforme a este Acuerdo a ningún tercer Estado, organismo internacional o entidad privada sin el consentimiento de la Parte que haya proporcionado los datos y sin los resguardos pertinentes.

Más adelante, el numeral 3 indica que la Parte que provea la información podrá, caso a caso, imponer condiciones respecto del uso que la Parte receptora pueda dar a tal información. Si la parte receptora acepta los mismos, estará obligada a res-petar dichas condiciones.

Luego, el numeral 4 establece que la Parte que provea la información no podrá imponer como condición para la entrega de información en virtud de lo señalado en el numeral 3 de este Artículo, restricciones genéricas a la Parte Receptora sobre los criterios legales para procesar datos personales.

A su vez, el numeral 5 dispone que una Parte podrá hacer una consulta automatizada de los archivos de huellas dactilares o de ADN de la otra Parte conforme a lo dispuesto por los Artículos 4 u 8 y procesar los datos recibidos en respuesta a dicha consulta, incluida la comunicación de si existe o no una coincidencia, solo con el objeto de: a) establecer si los perfiles de ADN o datos sobre huellas dactilares comparados coinciden; b) preparar y elevar una solicitud adicional de asistencia en cumplimiento del derecho interno, incluidas las normas de asistencia jurídica, si tales datos coinciden; o c) conservar registros, conforme a lo exigido o permitido por su derecho interno.

Por último, el numeral 6 regula que la Parte que administre el archivo podrá pro-cesar los datos proporcionados por la Parte consultante en el curso de una consulta automatizada efectuada de acuerdo a los Artículos 4 y 8, únicamente cuando esto sea necesario para fines comparativos, proporcionando respuestas automatizadas a la consulta o la mantención de registros con-forme al Artículo 15. Los datos proporcionados para efectos comparativos se eliminarán inmediatamente después de ser compara-dos o de que se responda automatizadamente a las consultas, a menos que se requiera de un mayor procesamiento para los fines mencionados en el numeral 5, letras (b) o (c) de este Artículo.

14. Corrección, bloqueo y eliminación de datos

El Artículo 14 alude a la “Corrección, bloqueo y eliminación de datos”. Su numeral 1 indica que a solicitud de la Parte pro-veedora, la Parte receptora estará obligada a corregir, actualizar, bloquear o eliminar, con arreglo a su derecho interno, los datos recibidos en virtud de este Acuerdo, en las siguientes circunstancias: a) cuando la Parte proveedora notifique a la Parte receptora que su derecho interno le exige corregir, actualizar, bloquear o eliminar datos recibidos conforme a este Acuerdo; b) cuando esa información sea claramente inexacta o incompleta; y c) cuando la recopilación o procesamiento posterior de datos viole este Acuerdo o las leyes aplicables a la Parte que ha proporcionado los datos.

El numeral 2 contempla que cuando una Parte tome conocimiento de que los datos que ha recibido de la otra Parte en virtud del Acuerdo son inexactos, deberá adoptar todas las medidas apropiadas para evitar depender erróneamente de tales datos, las que en particular incluirán complementar, actualizar, eliminar o corregir dichos da-tos.

Por último, el numeral 3 indica que cada Parte notificará a la otra si tomare conocimiento de que datos importantes que ha transmitido a la otra Parte o ha recibido de la otra Parte en virtud de este Acuerdo, son inexactos, poco confiables o si dichos datos suscitan dudas significativas.

15. Documentación

El Artículo 15 regula la “Documentación”, indicando, en el numeral 1, el deber de cada Parte de mantener un registro de transmisión y recibo de los datos comunicados a la otra Parte en virtud de este Acuerdo. Dicho registro servirá para: a) garantizar un efectivo control de la protección de datos conforme al derecho in-terno de la Parte respectiva; b) permitir a las Partes hacer un ejercicio efectivo de los derechos que se les otorgaren conforme a los artículos 14 y 18; y c) garantizar la seguridad de los datos.

El numeral 2 indica que el registro incluirá: a) información sobre los datos suministrados; b) la fecha de entrega; y c) el receptor de los datos en caso de que éstos sean proporcionados a otras entidades.

A su turno, el numeral 3 prevé el deber de proteger el registro con medidas apropiadas contra su uso inadecuado y otras formas de uso indebido y será conservado por un período de dos años. Luego del período de conservación, el registro se borrará en forma inmediata, a menos que ello contraviniere el derecho interno, incluidas las normas pertinentes de protección y conservación de datos.

16. Seguridad de datos

El Artículo 16 apunta a la “Seguridad de los datos” y en su numeral 1 establece que las Partes han de velar por que se adopten las medidas técnicas y se empleen los medios organizacionales necesarios para proteger los datos personales contra una destrucción accidental o ilegal, pérdida accidental o divulgación, alteración o acceso no autorizado o cualquier forma no autorizada de procesamiento. Al respecto, las Partes deberán, en particular, adoptar las medidas razonables para garantizar que solo las personas autorizadas para acceder a los datos personales tengan acceso a los mismos.

Seguidamente, el numeral 2 precisa que los acuerdos o convenios de implementación que rijan las procedimientos de consulta automatizada de huellas dactilares y archivos de ADN conforme a los Artículos 4 y 8 establecerán: a) el uso apropiado de moderna tecnología para garantizar la protección, seguridad, confidencialidad e integralidad de los datos; b) el uso de procedimientos de codificación y autorización reconocidos por las autoridades competentes cuando se haga uso de redes de acceso general; y c) un mecanismo para garantizar que solo se efectúen consultas permitidas.

17. Transparencia-Entrega de información a los titulares de los datos

El Artículo 17, bajo el título “Transparencia-Entrega de información a los titulares de los datos”, consigna en el numeral 1 que nada de lo contenido en este Acuerdo se interpretará como una manera de interferir con las obligaciones legales de las Partes, según lo dispuesto en sus respectivas leyes, de proporcionar a los titulares de los datos información con respecto a los fines de procesamiento y la identidad del controlador de datos, los receptores o categorías de receptores, la existencia de los derechos de acceso y de rectificación de datos que le conciernan a el o la titular y cualquier información adicionaltal y como los fundamentos legales de la operación de procesamiento para la que se requieren los datos, los plazos de almacenamiento de la información y el derecho a recurrir- en la medida que dicha información adicional sea necesaria, habida cuenta de los fines y circunstancias específicas en que los datos se procesen, para garantizar un justo procesamiento con res-pecto a los titulares de los datos.

En su numeral 2 preceptúa que la información aludida en el numeral precedentemente señalado puede ser denegada conforme con las respectivas leyes de las Partes, incluyendo el caso que la entrega de información pudiera poner en riesgo: a) los fines de procesamiento de la información; b) las investigaciones y acciones judiciales tramitadas por autoridades competentes de las Partes; o c) los derechos y libertades de terceros.

18. Información

El Artículo 18, referido a la “Información”, dispone que, previa solicitud, la Parte receptora informará a la Parte pro-veedora respecto del procesamiento de los datos proporcionados y el resultado obtenido. La Parte receptora garantizará que su respuesta sea comunicada oportunamente a la Parte proveedora.

19. Relación con otros Acuerdos y el Derecho Interno

El Artículo 19 regula la “Relación con otros Acuerdos y el Derecho Interno”, indicando que ninguna disposición del Acuerdo se interpretará de modo de restringir o perjudicar las cláusulas de algún tratado, otro acuerdo, relaciones de trabajo en materia policial o leyes internas que auto-ricen el intercambio de información entre las Partes.

20. Consultas

El Artículo 20, denominado “Consultas”, prevé en su numeral 1 que las Partes realizarán consultas periódicas mutuas sobre la implementación de las cláusulas de este Acuerdo. A su vez, el numeral 2 norma que en caso de existir cualquier diferencia respecto de la interpretación o aplicación de este Acuerdo, las Partes se consultarán mutuamente a objeto de facilitar su solución.

21. Modificaciones

El Artículo 22, sobre “Modificaciones”, indica en su numeral 1 que las Partes realizarán consultas respecto de la modificación del presente Acuerdo, a solicitud de cualquiera de ellas y, en su numeral 2, que el Acuerdo podrá ser modificado en cualquier momento, mediante acuerdo escrito de las Partes.

22. Denuncia del Acuerdo

El Artículo 23, que se refiere a la “Denuncia del Acuerdo”, indica que éste podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes mediante un aviso por escrito a la otra Parte con seis meses de anticipación y que, sin embargo, las disposiciones del mismo seguirán siendo aplicadas respecto de los datos proporcionados antes de dicha denuncia.

23. Entrada en vigor

El artículo 24 regula la entrada en vigor del Acuerdo, disponiendo, en su numeral 1, que entrará en vigor, con excepción de los Artículos 8 a 10, en la fecha de la última nota que concluya el canje de notas diplomáticas entre las Partes, en las que se indique que cada una ha adoptado todas las medidas necesarias para ejecutar el Acuerdo, lo que puede incluir la promulgación de normas legales. Este canje se llevará a cabo cuando las leyes de ambas Partes permitan el tipo de intercambio con-templado por el Acuerdo, con excepción de los Artículos 8 a 10.

Por último, el numeral 2 consigna que los Artículos 8 a 10 del Acuerdo entrarán en vigor luego de celebrar los acuerdos o convenios de implementación mencionados en el Artículo 10 y en la fecha de la última nota que concluya el canje de notas diplomáticas entre las Partes, en que se indique que cada Parte está en condiciones de ejecutar tales artículos sobre la base de reciprocidad. Este intercambio se producirá si las leyes de ambas Partes permiten el tipo de análisis de ADN contemplado por los Artículos 8 a 10.

En mérito de lo expuesto y atendido a que este Acuerdo bilateral entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Esta-dos Unidos de América se suma a otros instrumentos jurídicos celebrados por el Esta-do en la lucha contra el crimen internacional organizado, solicito a Vuestras Señorías aprobar el siguiente

PROYECTO DE ACUERDO

“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el “Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América en Materia de Incremento de la Cooperación en la Prevención y Combate del Delito Grave, suscrito en Washington, D.C., el 30 de mayo de 2013”.

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; ANDRÉS CHADWICK PIÑERA, Ministro del Interior y Seguridad Pública; ALFREDO MORENO CHARME, Ministro de Relaciones Exteriores ; JUAN CARLOS JOBET ELUCHANS, Ministro de Justicia (S).”

4. Oficio de S.E. el Presidente de la República.(Boletines N°s. 9040-31, 8210-06, 7963-06)

“Honorable Cámara de Diputados:

Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:

9040-31

Otorga un bono de apoyo a familias numerosas

8210-06

Perfecciona el rol fiscalizador del concejo; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.

7963-06

Relativo al fortalecimiento de la regionalización del país.

Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales –incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “discusión inmediata”

Dios guarde a V.E.

(Fdo.): SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República ; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia .”

5. Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley orgánica de los tribunales tributarios y aduaneros. (boletín Nº 8662-05)

?Honorable Senado:

La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en un mensaje de S.E. el Presidente de la República .

Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración de don Julio Dittborn Cordua, Subsecretario de Hacienda ; don Miguel Zamora Rendic, Coordinador de Políticas Tributarias y don José Domingo Peñafiel Zañartu, asesor jurídico, ambos del Ministerio de Hacienda; doña Paulina González Vergara, Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, don Sergio Vera Aparicio, Presidente de la Asociación Nacional de Magistrados Tributarios y Aduaneros de Chile, don Oscar Meriño Maturana, Vicepresidente de la Asociación mencionada, don Andrés Schiappacasse Rudolphy, Jefe de la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros y don Héctor Mery Romero, abogado representante de la Fundación Jaime Guzmán.

Para el despacho de esta iniciativa, el Jefe del Estado ha hecho presente la urgencia, la que ha calificado de suma para todos sus trámites constitucionales, por lo que esta Corporación cuenta con un plazo de quince días corridos para afinar su tramitación, término que vence el 22 de enero en curso por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala el 7 de enero recién pasado.

I. IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

La idea central del proyecto tiene por objeto reducir las plantas de los Tribunales Tributarios y Aduaneros que señala; reemplazar las salas de Corte de Apelaciones con dedicación exclusiva para el conocimiento de causas tributarias por salas de conocimiento preferente, corregir algunos errores en que se incurrió en las disposiciones de la ley N° 20.322 y establecer un derecho de opción de cambio de jurisdicción para los litigantes de los procesos que se ventilan ante la antigua justicia tributaria o aduanera.

Con tal objeto introduce las pertinentes modificaciones en la ley N° 20.322, en el Código Orgánico de Tribunales y en el Código Tributario.

Tal idea es propia de ley al tenor de lo establecido en los artículos 63 N°s. 1, 2, 3 y 14 de la Constitución Política, en relación con los artículos 65 inciso cuarto N° 2 y 77 de la misma Carta Fundamental.

II. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

Para los efectos de lo establecido en los números 3°, 4°, 5°, 6° y 7° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:

1.- Que se aprobó la idea de legislar por unanimidad, con los votos de los diputados señores Pedro Araya, Jorge Burgos, Giovanni Calderón, Alberto Cardemil, Cristián Letelier, Cristián Mönckeberg y Arturo Squella.

2.- Que los artículos 1°, 2° y 3° N° 2, letra a) tienen rango de ley orgánica constitucional por incidir en la organización y atribuciones de los tribunales de justicia conforme lo establece el artículo 77 de la Constitución Política.

Igual calificación efectuó el Senado.

3.- Que la totalidad del proyecto es de la competencia de la Comisión de Hacienda por su incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado y por razones de contexto.

4.- Que no hubo artículos o indicaciones rechazados por la Comisión.

5.- Que se aprobó el proyecto en los mismos términos propuestos por el Senado.

III. DIPUTADO INFORMANTE

Se designó diputado informante al señor Felipe Harboe Bascuñán.

IV. ANTECEDENTES

1.- El mensaje señala que la ley N° 20.322 contempló una instalación progresiva en cuatro años para la total implementación de los Tribunales Tributarios y Aduaneros en el país, quedando pendiente a la fecha de envío a tramitación de esta iniciativa, únicamente la etapa final a concretarse en febrero de 2013 para la instalación de los tribunales en Rancagua, Valparaíso y Santiago.

Explica que si bien la instalación ha sido exitosa, ha podido comprobarse que el número de causas que se había proyectado ingresarían, ha sido sustancialmente menor y esta sobreestimación ha significado que las plantas de personal sean mayores que las estrictamente necesarias. Asimismo, respecto de los tribunales cuya instalación, entonces, se encontraba pendiente, nuevas estimaciones demostrarían que la cantidad proyectada también sería menor, señalando por la vía ejemplar, que para la Región Metropolitana, de alrededor de diez mil causas proyectadas, los ingresos no pasarían en el año 2013 de mil quinientos.

Por ello, para evitar incurrir en costos innecesarios, se proponía reducir el tamaño de las plantas correspondientes a estos tribunales en Arica, Iquique, Copiapó, Santiago, Valparaíso, Rancagua, Talca, Concepción, Valdivia, Puerto Montt y Punta Arenas, conformándolas a las proyecciones efectuadas.

Igualmente, y por razones similares, se contempla reemplazar las salas exclusivas en materia tributaria y aduanera de las Cortes de Apelaciones de San Miguel, Concepción y Valparaíso, por salas de conocimiento preferente para este tipo de causas.

Asimismo, se introduce otra modificación para que quienes tengan causas pendientes tramitándose ante la antigua justicia tributaria y aduanera, es decir, los directores regionales del Servicio de Impuestos Internos o la correspondiente autoridad aduanera, como jueces de primera instancia, puedan optar porque dichas causas sean conocidas desde un comienzo, lo que significará iniciarlas nuevamente, por los Tribunales Tributarios y Aduaneros que correspondan a su jurisdicción. En estos casos, agrega el mensaje, como se trata de una opción y con el objeto de ajustarse a la ley, los reajustes e intereses devengados al ejercer la opción, no se interrumpirán ni se suspenderán durante la tramitación del nuevo juicio. En todo caso, el ejercicio de esta opción significará la radicación definitiva de la causa en el correspondiente tribunal.

Explica, a continuación el mensaje, que la reducción del personal de planta en los tribunales ya instalados, no operará de inmediato sino que una vez que se produzca la vacancia por causas legales del cargo que este proyecto suprime. No obstante, en forma excepcional, en el caso de los tribunales de Arica, Iquique y Concepción la disminución de cargos será inmediata como consecuencia de encontrarse ya vacantes en razón de no haberse provistos por ser innecesarios.

En el caso de los tribunales aún no instalados a esa fecha, las reducciones de cargos se producen siguiendo las nuevas estimaciones de ingresos, situación que afectará a los tribunales de la Región Metropolitana, Valparaíso y Rancagua.

Agrega el mensaje que se perfeccionan, además, las disposiciones sobre subrogación de jueces y secretarios abogados, se introduce la opción para reiniciar las causas ante la nueva judicatura y se proponen normas destinadas a dar mayor eficacia en la jurisdicción territorial de los tribunales de la Región Metropolitana.

Con el mismo objetivo anterior, se introducen modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales destinadas ajustar el número de jueces y relatores de las Cortes de Apelaciones de Santiago, San Miguel, Valparaíso y Concepción, así como el número de salas que verán estas materias, estableciéndose que solamente en Santiago habrá una sala con dedicación exclusiva y, en cambio, en las demás Cortes salas de conocimiento preferente.

2.- El Código Orgánico de Tribunales en sus artículos 56, 59, 61 y 66 trata del número de Ministros de las Cortes de Apelaciones; el número de relatores de las mismas; el número de salas en que se dividen para el conocimiento de las causas, y la forma en que conocerán, ya sea en sala o en pleno, respectivamente.

3.- El Código Tributario.

Su artículo 132 se refiere al procedimiento para conocer de los reclamos de los contribuyentes en contra de las resoluciones del Servicio de Impuestos Internos, ocupándose su inciso undécimo de la inadmisibilidad de antecedentes por parte del reclamante y de las excusas que éste puede argumentar.

Su artículo 147 señala que no será necesario el pago de los impuestos, intereses y sanciones para interponer una reclamación contra el Servicio de Impuestos Internos, pudiendo el Director Regional disponer la suspensión total o parcial del cobro judicial de los mismos por un plazo determinado, facultad que podrá ejercer aun cuando no medie reclamación.

Su artículo 161 dispone que corresponderá al Tribunal Tributario y Aduanero la aplicación de sanciones que no consistan en penas privativas de libertad, agregando el párrafo segundo de su número 3° que en el caso de adoptarse medidas conservativas para evitar la pérdida o extravío de antecedentes probatorios de la infracción, podrá ocurrirse en contra de ellas ante el juez de letras civil que corresponda.

El inciso final de este artículo se refiere al caso de las sanciones que el Código sanciona con multa y penas privativas de libertad, disponiendo que el Servicio deberá recopilar los antecedentes que servirán de fundamento a la decisión del Director, quien podrá ordenar la aposición de sellos y la incautación de documentos relacionados con el giro del negocio del presunto infractor, medidas en contra de las que podrá ocurrirse ante el juez de letras civil de turno del domicilio del contribuyente.

V. INTERVENCIONES RECIBIDAS POR LA COMISIÓN

Durante el análisis de este proyecto, la Comisión recibió el parecer de las siguientes personas:

1.- Don Julio Dittborn Cordua, Subsecretario de Hacienda , explicó que esta iniciativa introducía modificaciones en la ley N° 20.322, que fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera, la que en su momento respondió a una solicitud de todos los sectores políticos y que recogió recomendaciones efectuadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en el sentido de crear tribunales tributarios y aduaneros.

Señaló que tales tribunales se implementaron, de acuerdo a esa ley, en forma gradual, terminándose ese proceso en el verano recién pasado, con la creación de cuatro tribunales en la Región Metropolitana. Expresó que la ley citada sobreestimó el número de causas tributarias y aduaneras que ingresarían a los nuevos tribunales, como consecuencia de que los estudios realizados en forma previa supusieron, erradamente, que se produciría un masivo traslado de los reclamos de los contribuyentes ante el Servicio de Impuesto Internos hacia los nuevos tribunales, algo que se produjo pero en muy baja cantidad. A su juicio, el magro traslado habría sido la consecuencia de que el Servicio conserva la facultad administrativa de acoger las peticiones o quejas de los contribuyentes y procura por esa vía darles solución.

Conforme a lo anterior, la primera corrección que pretende introducir este proyecto, elimina en total diez cargos de planta en aquellos tribunales de regiones que ya llevan dos o tres años de funcionamiento, cargos que en su gran mayoría no fueron proveídos por ser innecesarios debido al escaso ingreso de causas en esas judicaturas, razón por la cual no se veía que dicha supresión pudiera afectar las funciones de esos tribunales.

Exhibió, en seguida, un cuadro en que se señalaban los cargos a suprimir, explicando que todos ellos correspondían al área administrativa, de apoyo a la tarea judicial. Conforme al señalado cuadro, del total de 137 funcionarios se bajaba a 127, produciéndose una disminución de dos cargos en la Primera Región ; uno en la Tercera; uno en la Séptima; dos en la Octava, y uno en las Décima; Duodécima, Décimo Cuarta y Décimo Quinta Regiones. Agregó que los cargos que se pretendía suprimir correspondían a los tribunales de Arica, Iquique, Copiapó, Talca, Concepción, Valdivia, Puerto Montt y Punta Arenas. En todo caso, esta disminución no procedería de inmediato sino una vez que el cargo eliminado quedara vacante de acuerdo a las causales legales.

La segunda corrección consistía en facultar a los contribuyentes que tienen causas pendientes ante el Servicio de Impuestos Internos, permitirles optar porque sus diferendos puedan tramitarse ante la nueva justicia tributaria. Explicó que esta medida no se había contemplado en la ley N° 20.322, disponiéndose que sólo las causas que se iniciaran con posterioridad a la entrada en funciones de los nuevos tribunales, podrían ser conocidas por éstos. Agregó que esta posibilidad de optar que se establecía, permitiría a quienes tengan sus causas radicadas ante los Directores Regionales del Servicio o ante el Director Nacional, que prefieran que ellas sean tramitadas ante tribunales independientes, plegarse al nuevo sistema.

Ante la prevención formulada por el diputado señor Burgos, acerca de que uno de los aspectos que más se había cuestionado acerca de esta iniciativa, era que la disminución que se proponía también afectaría a los tribunales que aún no se habían implementado a la época de presentación del proyecto, respecto de los cuales, a diferencia de los que ya estaban en funciones, no existían antecedentes acerca del flujo efectivo de causas que deberían conocer, el señor Subsecretario explicó que ello ya se había tratado durante el primer trámite en el Senado, porque cuando eso ocurrió aún no se establecían los tribunales de la Región Metropolitana y de Valparaíso. Por ello, no pareciendo posible proyectar los mismos bajos ingresos generados en el resto de las regiones y, por lo contrario, precaviendo lo que podría suceder como consecuencia de la mayor concentración de empresas en la zona central, se había presentado una indicación para excluir la disminución de cargos en los tribunales de la zona citada.

2.- Don Miguel Zamora Rendic, coordinador de políticas tributarias del Ministerio de Hacienda, refiriéndose al derecho de opción que se establecía y que había mencionado el Subsecretario, señaló que ello había tenido buena acogida entre los interesados por la indudable ventaja que representaba poder ventilar sus causas ante tribunales independientes.

En cuanto al contenido del proyecto, señaló que se corregían diversos errores y se introducían mejoras en la ley N° 20.322, entre las que destacó lo siguiente:

1° Se extendía la competencia territorial del Primer y Segundo Tribunal de la Región Metropolitana a la comuna de Isla de Maipo, la que por un olvido no se incluyó en la ley mencionada. Este olvido había traído como consecuencia que una empresa domiciliada en esa comuna, no tuviera un tribunal al que recurrir por cuanto los de la Región Metropolitana no tenían competencia sobre ese territorio.

2° Se establecía un sistema de subrogancia entre los jueces de carácter recíproco y atendiendo a su funcionamiento en pares, es decir, por ejemplo, el tribunal de la Segunda Región será subrogado por el de la Tercera y éste por el de la Segunda.

3° Se agregaban disposiciones sobre subrogación de los secretarios abogados de los tribunales.

4° Se ampliaba la competencia en materia aduanera a los cuatro tribunales de la Región Metropolitana, la que actualmente se entrega sólo al Primer Tribunal , circunstancia que permitirá una mejor distribución de la carga de trabajo.

5° Se efectúa un reordenamiento de las comunas correspondientes a la jurisdicción territorial de cada tribunal y se divide la Región Metropolitana en dos grandes porciones territoriales: Santiago Poniente y Santiago Oriente respecto de las cuales los tribunales pares funcionan con competencia común, correspondiendo el Primer y Segundo Tribunal a la primera microzona y el Tercero y Cuarto a la segunda.

Explicó que esta nueva distribución de las competencias había tenido una buena acogida de los jueces de la Región Metropolitana, toda vez que durante el tiempo que llevan instalados los tribunales, se había podido constatar que como consecuencia de la distribución territorial de las comunas y la asignación de competencia de los tribunales sobre los contribuyentes domiciliados en ellas, el Tercer Tribunal había concentrado el conocimiento de la mayor parte de las causas y el Cuarto Tribunal tenía un ingreso diez veces inferior al de este último.

6° Se modificaban los requisitos para el cargo de profesional experto, respecto del cual se exigía actualmente contar con el título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración. La modificación rebajaba esta exigencia a sólo ocho semestres de duración, principalmente, como una forma de favorecer a los contadores, los que constituyen la mayoría de los profesionales expertos en temas tributarios y aduaneros y cuyas carreras tienen una duración de ocho semestres, salvo una sola excepción.

7° Se establece que las autorizaciones de las comisiones de servicios de los jueces tributarios corresponderán al Presidente de la respectiva Corte de Apelaciones y se eleva a la calidad de ley el conocimiento preferente en materia tributaria que, en los hechos, ha tenido la sala tributaria de la Corte de Apelaciones de Concepción.

8° Se introduce una norma de resguardo a favor de los contribuyentes en el uso de sus documentos en los juicios tributarios y se precisan los plazos para apelar en los procedimientos especiales regidos por el Código Tributario.

Ante la consulta del diputado señor Burgos acerca de las razones que justifican las modificaciones que se introducen en el Código Orgánico de Tribunales y que incluyen la disminución de miembros de las Cortes de Valparaíso, San Miguel y Concepción como también de relatores, explicó que al dictarse la ley N° 20.322 se había esperado un incremento explosivo de causas tributarias para la Corte de Santiago y para las tres mencionadas, razón por la que se había dispuesto que tuvieran una sala de dedicación exclusiva a materias tributarias, debiendo las demás Cortes tener salas de conocimiento preferente. Como el aumento esperado no se produjo, se justifica la disminución que se propone. En el caso específico de la Corte de Concepción, la sala exclusiva había funcionado, en los hechos, desde dos años antes a la presentación de este proyecto, sólo como sala preferente, por lo que el proyecto no hacía otra cosa más que reconocer tal situación. En el caso de Santiago, como se esperaba una situación distinta, se mantuvo la sala exclusiva en la Corte.

Ante una nueva consulta del diputado señor Cardemil ante lo impropio que parecía que la sala exclusiva de la Corte de Concepción hubiera funcionado en el hecho sólo como sala preferente, siendo que la ley disponía que funcionara como exclusiva, señaló que se había interpretado que el carácter exclusivo no significaba que fuera excluyente de las demás materias de su competencia.

Agregó que la ley había modificado también el Código Tributario para disponer que la Corte de Apelaciones que tuviere jurisdicción sobre el lugar en que estuviere instalado el tribunal de primera instancia, sería la competente para conocer de las apelaciones que se dedujeran en materia tributaria, sin tener en consideración el domicilio del contribuyente. Lo anterior había significado que como consecuencia de haber quedado instalados los cuatro tribunales tributarios de la Región Metropolitana en las comunas de Santiago y Providencia, la Corte de San Miguel se había quedado sin competencia sobre la materia. Esa sería la razón por la que se adecuaría el número de ministros que requiere.

Sobre este punto, el abogado señor Mery hizo presente que como consecuencia de no haberse producido el considerable aumento de ingresos que se esperaba en materia tributaria, la Corte Suprema había adoptado, dentro de sus facultades de gobierno judicial, una serie de medidas que hacían imposible cumplir con las modificaciones introducidas por la ley N° 20.322. En el caso específico de la undécima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que debiera dedicarse exclusivamente a materias tributarias, sus tres ministros atendían, separadamente, uno a dictar sentencias en materia criminal, otro a causas de derechos humanos y, el tercero, a cargo de las causas de los exonerados. Por lo tanto, el propósito que se tuvo en vista para nombrarlos con un objetivo concreto, no se ha cumplido y la sala se ha conformado con los subrogantes que tienen dedicación exclusiva y por abogados integrantes.

3.- Don Sergio Vera Aparicio, Presidente de la Asociación Nacional de Magistrados Tributarios y Aduaneros de Chile (ANMTTACH), inició su intervención reconociendo que el proyecto subsanaba las carencias de la ley N° 20.322, agregando que no tenía objeciones respecto de materias tales como:

-Las reglas de subrogación de los secretarios.

-La regulación de los permisos y feriados de los jueces tributarios y aduaneros, que exige la autorización de la Corte respectiva, lo que es lógico porque se trata del superior jerárquico.

-Las modificaciones referidas a algunas Cortes de Apelaciones en lo referente a la supresión de salas especializadas.

-La modificación de los requisitos exigibles para la contratación de los profesionales expertos, toda vez que la exigencia de carreras con diez semestres de duración, dificulta la contratación para esos cargos de personas con título de contadores auditores, cuya carrera dura precisamente ocho semestres.

-El derecho de opción que se establece a favor de los contribuyentes que tienen causas pendientes ante las autoridades tributarias, permitiéndoles seguir en ese sistema o someter el conocimiento de esos asuntos a los tribunales tributarios y aduaneros, en el marco de independencia e imparcialidad que han demostrado durante su funcionamiento.

-El sistema de turnos en la Región Metropolitana, aún cuando creía necesario clarificar el problema de la competencia de las Cortes de Santiago y de San Miguel, lo que podría resolverse por la vía de un auto acordado de la Corte Suprema, a fin de evitar problemas como el que se presenta a la magistrado del Tercer Juzgado de la Región Metropolitana , que no tiene claro acerca de quién debe pronunciarse sobre sus permisos administrativos, calificaciones y vacaciones.

En cuanto a la reducción de cargos, que como ya se ha dicho son en total diez, correspondientes a siete auxiliares, dos resolutores y un administrativo, señaló que la Asociación era contraria por diversas razones, entre las que mencionó el hecho de que cada vez se registraban más ingresos, habiendo alcanzado la cuantía general de los asuntos a una cifra nominal de más de ocho billones de pesos, lo que llevaba a pensar que con el tiempo debería potenciarse a estos tribunales y ampliar su competencia al conocimiento de asuntos que hoy tratan los juzgados de policía local o los tribunales ordinarios. En todo caso, estimaba que en este instante la reducción de planta que se proyectaba no sería tan compleja, por cuanto se evitó la disminución que pensó efectuarse en los tribunales de la Región Metropolitana, de Valparaíso y de Rancagua, todos los que actualmente tienen una gran carga de trabajo, siendo necesario para funcionar adecuadamente que las judicaturas cuenten con tecnología y personal suficiente. Además de lo anterior, el hecho de que los cargos que se suprimen quedaran en extinción, significaba que quienes los ocupan hoy, podrían dejarlos en cinco años más, por lo que dicha reducción no constituiría un problema patente en este momento. En consecuencia, aun cuando siendo la Asociación contraria a la reducción propuesta, no tendría objeto dejar de avanzar en los aspectos positivos reseñados.

Expresó no estar de acuerdo con que la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros dependiera del Ministerio de Hacienda, Secretaría de Estado que controla a los dos principales litigantes de los juicios que conocen los Tribunales Tributarios, como son el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio Nacional de Aduanas. A su juicio, a futuro debería pensarse en la alternativa planteada por el mismo Subsecretario señor Dittborn en sus tiempos de diputado , en el sentido de que dicho organismo tuviera carácter transitorio y que estos tribunales pasaran a depender del Poder Judicial . Podría también pensarse en la creación de una Corte Nacional Tributaria, orientada a unificar la jurisprudencia emanada de estos Tribunales a fin de que haya certeza jurídica y puedan los inversores mirar a Chile como una plataforma de inversión internacional hacia Latinoamérica.

Ante una consulta del diputado señor Ceroni, quien, reflexionando acerca del hecho que las Cortes de Apelaciones cuyos integrantes, por lo general, no son especialistas en materia tributaria, deban resolver sobre estos temas, circunstancia que lo hacía comprender la aspiración de la Asociación en orden a contar con una Corte Nacional Tributaria que unificara jurisprudencia y diera mayor certeza jurídica sobre las reglas que se deben plantear a los inversionistas extranjeros, lo que lo llevó a mostrar interés en conocer la experiencia de la judicatura tributaria en relación con los fallos de las Cortes en materias de su competencia, el mismo señor Vera, reconociendo la excepcional preparación de los ministros de las Cortes, señaló que los temas tributarios estaban en constante evolución y eran de gran complejidad, lo que se reflejaba en las normas de tributación internacional que se aplicaban en el país, en los tratados y en las interpretaciones de la ley tributaria.

Hizo presente que en los análisis que efectúan las universidades o la academia de las sentencias que se publican en la página web del Servicio de Impuestos Internos, es posible encontrar fallos contradictorios emanados de distintas Cortes, aceptando, por ejemplo, algunos que la nulidad de derecho público sea conocida por los tribunales tributarios y aduaneros y otros no, todo lo cual genera falta de certeza jurídica. Lo anterior lo llevaba a apoyar, a título personal, la creación de una Corte nacional que reemplazara la sala especializada que se mantendrá en la corte santiaguina, y que se encargara de conocer las apelaciones que se interpongan en el país, a fin de garantizar certidumbre a todos los actores nacionales e internacionales.

Explicó que a los jueces tributarios les agradaba su trabajo y tenían interés en entregar lo más útil al país en la mejor forma, por ello, aún cuando la materia tributaria era compleja, pensaban que tribunales especializados requerían una corte que compartiera esa característica, que se integrara por ministros elegidos entre los jueces tributarios, la que estaría más habilitada para conocer de los asuntos, contribuiría a hacer más expedito el sistema y haría justicia a la carrera funcionaria.

Refiriéndose, luego, a la estructura de estos tribunales, señaló que debería entendérsela como transitoria, toda vez que hay funcionarios en la planta con grado XX que no tienen parangón con el Poder Judicial en el que la carrera comienza en el grado XVII, grado este último que es el que tienen los administrativos de los tribunales tributarios que, si estuvieran en el Poder Judicial , figurarían en el grado XIII. Estas diferencias hacían que fuera fácil que personas capacitadas en materia tributaria emigraran al sector privado, como ya había sucedido con el juez de Antofagasta , quien fue rápidamente contratado por una importante firma auditora, seguramente en mejores condiciones. Señaló que había más funcionarios que esperaban también retirarse luego de haber recibido una gran capacitación, cosa que sucedía por el hecho de no tener una carrera funcionaria. Terminó señalando que si pertenecieran al Poder Judicial tendrían, además, la posibilidad de participar en los cursos de habilitación para jueces que imparte la Academia Judicial.

4.- Don Oscar Meriño Maturana, Vicepresidente de la Asociación Nacional de Magistrados Tributarios y Aduaneros de Chile, explicó que se desempeñaba como titular del Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana en el que se tramitaba el 80% de las causas por reclamos tributarios, lo que constituía una fuerte carga de trabajo, problema de distribución entre los distintos tribunales que este proyecto pretendía enfrentar. Creía que si bien podrían haberse efectuado algunos ajustes en relación con las plantas de los tribunales, resultaba importante que se lo aprobara en este trámite.

Ante una consulta del diputado señor Ceroni acerca de la carga de trabajo de estos tribunales, señaló que de acuerdo a las proyecciones del Servicio de Impuestos Internos, se emitirían este año 30.000 liquidaciones centralizadas, 3.000 auditorías, 12.000 reclamos de avalúos y 30.000 denuncias, lo que significaba un total de 75.000 potenciales reclamos ante los tribunales.

5.- Doña Paulina González Vergara, Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia, explicó que este proyecto se había trabajado en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda y que, en términos generales, se apoyaba la iniciativa porque obedecía a criterios de funcionalidad y de eficiencia, por cuanto la carga de trabajo proyectada se había sobreestimado, aún cuando persistían ciertas disparidades al interior de los tribunales tributarios y aduaneros de la Región Metropolitana.

En lo que se refería a la supresión de cargos, recordó que la iniciativa original era bastante más ambiciosa por cuanto se eliminaban 37 cargos, incluyendo en ellos jueces y resolutores, pero que, en definitiva, se había reducido solamente a diez, supresión que se justificaba por la carga de trabajo que efectivamente tenían y por las proyecciones que existían. No obstante lo anterior, el Ministerio de Justicia, atendiendo a la estabilidad de las personas que ocupan cargos que no se encuentran vacantes, había incluido una norma transitoria por la que se disponía que la modificación de las plantas en lo que se refería a la supresión de cargos que estuvieren siendo servidos, se produciría una vez que quedaren vacantes por causas legales, es decir, renuncia o destitución, y aquellos que estuvieren efectivamente vacantes se eliminarían de inmediato.

Explicó que en el caso de la Región Metropolitana, respecto de los cuatro tribunales tributarios y aduaneros se había establecido una competencia geográfica específica, es decir, cada tribunal comprendía determinadas comunas, lo que se había traducido en una disparidad en los cargos. De aquí, entonces, que la iniciativa repartiera las comunas en dos grandes grupos, asignándolas en conjunto al Primer y Segundo Tribunal, por un parte y al Tercero y Cuarto, por otra, de tal modo de racionalizar la cantidad de causas en función de la capacidad instalada. Agregó que en lo que se refería a la distribución interna se aplicaría un procedimiento objetivo y racional que determinaría la Corte de Apelaciones de Santiago mediante un auto acordado. Aclaró que el Cuarto Tribunal tenía dos jueces, pero funcionaba con carácter de unipersonal y no de colegiado.

En lo que se refería al conocimiento en segunda instancia de estas causas, señaló que en atención al número de ingresos y a las proyecciones existentes en cuanto a los recursos que podrían presentarse, se estimó que no eran necesarias las salas especializadas en las Cortes de Valparaíso, de Concepción y de San Miguel, estableciéndose, en cambio, siguiendo el criterio expresado por la Corte Suprema, no el conocimiento exclusivo de asuntos tributarios por estas salas sino únicamente una atención preferente respecto de tales materias.

Respecto a lo que se había afirmado en cuanto a la necesidad de que existiera un tribunal de segunda instancia especializado, integrado por quienes hubieren sido jueces tributarios, dado que los integrantes de las Cortes actuales carecen de la experticia específica para tratar temas tributarios y aduaneros, señaló que dicha tendencia se encontraba en retirada en el derecho comparado y que se estimaba peligroso su establecimiento pues si se requiriera un nivel tan elevado de conocimientos específicos, podría sostenerse la necesidad de tener que contar, por ejemplo, con cortes especializadas en materia de responsabilidad médica o de la construcción. Explicó que frente a este tipo de requerimientos se había optado por impulsar el establecimiento de salas o tribunales integrados no solo por abogados sino también por ingenieros, como sucedía en el caso del Panel de Expertos de la Ley General de Servicios Eléctricos y en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Señaló que en el ámbito procesal civil se había optado por fortalecer a los grupos de apoyo de los ministros de las cortes de apelaciones, ya que había casos en que cada ministro contaba con un equipo de abogados o de expertos en otras profesiones que les prestaban asesoría. No creía que el análisis de esta materia debiera darse únicamente en el aspecto tributario y aduanero, sino que también en otros que exigieran un cierto grado de experticia y en que podría faltar apoyo a los jueces de segunda instancia, materia que, en todo caso, debería tratarse en el contexto de la reforma procesal civil, al abordar la parte orgánica.

En lo que se refería a la Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, señaló que le parecería extraño que dependiese del Poder Judicial por cuanto ningún otro tribunal que forme parte de ese Poder del Estado cuenta con un órgano semejante. Por ello creía más apropiado que siguiera siendo una dependencia funcionalmente desconcentrada de la Subsecretaría de Hacienda .

El abogado señor Mery coincidiendo con las expresiones de la representante del Ejecutivo en lo relativo a la necesidad de tribunales especializados en segunda instancia, recordó que cuando se trató el proyecto de ley que creó los tribunales ambientales, se planteó, más que establecer una corte especializada o un diseño institucional de tribunales de alzada, reglar un recurso con determinadas particularidades. Al igual que la representante del Ejecutivo, creía que tanta particularidad de la justicia desde el punto de vista orgánico, podía no ser conveniente, especialmente si se consideraba que por la vía de los recursos una corte de apelaciones, sin tanto especialización como la que tienen los tribunales de primera instancia, podía efectuar el correspondiente control de legalidad, algo que, en principio, no exigía una especialidad tan completa.

VI. SÍNTESIS DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

De conformidad a lo establecido en el número 2° del artículo 289 del Reglamento de la Corporación, el texto aprobado por el Senado consta de tres artículos permanentes y tres transitorios:

Por el número 1) de su artículo 1° introduce seis modificaciones en el artículo primero de la ley N° 20.322, que fija el texto de la Ley Orgánica de Tribunales Tributarios y Aduaneros:

Por su letra a):

-sustituye los incisos segundo y tercero del artículo 3° para unir los tribunales tributarios y aduaneros de la Región Metropolitana en dos grupos; primero con segundo y tercero con cuarto, teniendo cada grupo competencia común sobre las comunas que en cada caso se indican

-sujeta la distribución de causas dentro de cada grupo a un procedimiento objetivo y general que establecerá la Corte de Apelaciones de Santiago por medio de un auto acordado.

-como consecuencia de lo anterior, suprime el inciso cuarto, que se refiere también a la distribución de causas.

Por su letra b) sustituye el inciso primero del artículo 4° para establecer las plantas de los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

Por su letra c) introduce dos modificaciones en el artículo 6°:

-rebaja la exigencia para los profesionales expertos de haber cursado una carrera de diez semestres de duración, por una de ocho semestres.

-suprime la exigencia de que a lo menos un profesional experto de los tribunales de la I y V Regiones y Primer Tribunal de la Región Metropolitana, deben acreditar conocimientos en materia aduanera.

Por su letra d) modifica el artículo 10:

-establece reciprocidad en la subrogación de los tribunales tributarios y aduaneros, subrogándose entre sí por pares, es decir, el de la II Región será subrogado por el de la III y el de este último por el de la II.

-establece reglas para la subrogación del secretario abogado de estos tribunales.

Por su letra e) modifica el artículo 13 para incluir las comisiones de servicios del juez tributario, entre las acciones que deben ser autorizadas por el Presidente de la respectiva Corte de Apelaciones.

Por su letra f) modifica la planta de personal de los Tribunales Tributarios y Aduaneros, reduciéndola en diez cargos.

Por el número 2 de su artículo 1° modifica el artículo noveno de la ley N° 20.322 para suprimir en las plantas de las Cortes de Apelaciones de San Miguel y de Valparaíso los cargos de un oficial 2°, grado 12 y un oficial 6° de sala, grado 16.

Por el número 3 de su artículo 1° introduce las siguientes modificaciones en el artículo 1° transitorio de la ley N° 20.322

-Por su letra a) agrega en el inciso primero un párrafo final para establecer el derecho del contribuyente que tuviere causas pendientes ante la autoridad tributaria, optar porque ella sea conocida por el correspondiente Tribunal Tributario y Aduanero.

-Por su letra b) intercala tres nuevos incisos a continuación del primero para señalar el procedimiento aplicable para el ejercicio de la opción

Por el número 4 de su artículo 1° agrega en el artículo 4° transitorio de la ley N° 20.322, dos nuevo párrafos para establecer el derecho de quienes tuvieren causas pendientes de resolución ante el Director Regional o Administrador de Aduanas respectivo, o reclamaciones de multas ante la Junta General de Aduanas, optar porque estas cuestiones se sometan al conocimiento del correspondiente Tribunal Tributario y Aduanero, aplicando similar procedimiento al señalado en la letra b) anterior.

Por el artículo 2° introduce cuatro modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:

-Por su letra a) modifica los números 3° y 4° del artículo 56 para disminuir el número de ministros de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de 19 a 16 y de la Corte de Apelaciones de San Miguel de 22 a 19.

-Por su letra b) modifica el artículo 59 para disminuir el número de relatores de la Corte de Apelaciones de San Miguel de 13 a 12.

-Por su letra c) introduce dos modificaciones en el artículo 61:

Por la primera modifica el inciso primero para disminuir el número de salas en que se divide la Corte de Apelaciones de Valparaíso de 6 a 5 y de la Corte de Apelaciones de San Miguel de 7 a 6.

Por la segunda sustituye los incisos segundo y tercero para establecer que se preferirá para la integración de las salas exclusivas o preferentes a aquellos ministros que posean conocimientos especializados en materia tributaria y aduanera, salvo en el caso de la Corte de Santiago en que los ministros necesariamente deberán poseer dichos conocimientos.

-Por su letra d) sustituye el inciso séptimo del artículo 66 para establecer que la Corte de Apelaciones de Santiago deberá designar una de sus salas para que conozca exclusivamente de los asuntos tributarios y aduaneros que se promuevan.

Por el artículo 3° introduce tres modificaciones en el Código Tributario:

- Por su número 1) modifica el artículo 132 para permitir que dentro del procedimiento de reclamo, pueda el reclamante excusarse de no haber acompañado la documentación que le solicitara el Servicio de Impuestos Internos, por el hecho de haber solicitado prórroga al Servicio del plazo original para contestar la citación y ella no le haya sido concedida o se le hubiere fijado un plazo inferior.

-Por su número 2) introduce dos modificaciones en el artículo 147:

Por la primera modifica el inciso tercero para dejar en manos del Tribunal Tributario y Aduanero la facultad de disponer la suspensión total o parcial del cobro judicial de un impuesto.

Por la segunda sustituye el inciso cuarto para disponer que la facultad anterior podrá ser ejercida por el Director Regional cuando no se presentare reclamación.

Por su número 3) introduce dos modificaciones en el artículo 161, que trata del procedimiento por las sanciones aplicables a infracciones tributarias que no tengan pena privativa de libertad:

-Por la primera, agrega en el párrafo segundo del número 3°, en lo relativo a la concesión de medidas conservativas destinadas a evitar que desaparezcan antecedentes de prueba, que el plazo para apelar de la concesión de tales medidas será de quince días a contar de la notificación de la sentencia.

-Por la segunda, en lo que se refiere a las infracciones que se sancionan con multas y penas privativas de libertad, específicamente respecto de las medidas que puede disponer el Director del Servicio para llevar a efecto la recopilación de antecedentes, consistentes en la aposición de sellos y la incautación de libros de contabilidad, agrega en el inciso final de este artículo, que contra las medidas señaladas podrá apelarse en el plazo de quince días a contar desde la notificación de la sentencia.

Por el artículo 1° transitorio, establece que la modificación de las plantas de los Tribunales Tributarios en lo que se refiere a los cargos que están siendo servidos actualmente, se producirá una vez que el cargo que se suprime quede vacante por las causales legales.

Por el artículo 2° transitorio, plantea que, en lo referente a la exigencia de 5 años de antigüedad que debe tener el funcionario que deba subrogar al secretario abogado a falta de resolutor y profesional experto que sea abogado, sólo será aplicable a contar del 1 de febrero de 2018. Antes de tal fecha la antigüedad mínima será de dos años.

Por el artículo 3° transitorio, establece que la opción para que las causas tributarias que se hallaren pendientes ante la antigua justicia tributaria, pasen a ser conocidas por los Tribunales Tributarios y Aduaneros, podrá ser ejercida dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación como ley de este proyecto en el Diario Oficial.

VII. DISCUSIÓN DEL PROYECTO

a.- Discusión general

La Comisión coincidió plenamente con lo fines perseguidos por esta iniciativa y, sin mayor debate, procedió a aprobar la idea de legislar por unanimidad, con los votos de los diputados señores Pedro Araya, Jorge Burgos, Giovanni Calderón, Alberto Cardemil, Cristián Letelier, Cristián Mönckeberg y Arturo Squella.

b.- Discusión particular

No teniendo reparos que formular, la Comisión procedió a aprobar sin debate, por unanimidad, en los mismos términos propuestos por el Senado, cada una de las disposiciones del proyecto, con los votos de los diputados señores Burgos, Calderón, Cardemil, Ceroni, Harboe, Cristián Mönckeberg y Squella.

-o-

Por las razones señaladas y por las que dará a conocer oportunamente el señor diputado informante , esta Comisión recomienda aprobar el proyecto de conformidad al siguiente texto:

“PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley Nº 20.322, que fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera, de la siguiente manera:

1) Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo primero, que contiene el texto de la ley orgánica de tribunales tributarios y aduaneros:

a) Modifícase el artículo 3º del modo que sigue:

i) Sustitúyense los incisos segundo y tercero, por los siguientes:

“Con asiento en la Región Metropolitana de Santiago, créanse los siguientes Tribunales Tributarios y Aduaneros:

Primer y Segundo Tribunal, cada uno con un juez y cuyo territorio jurisdiccional será el de las comunas de Santiago, Independencia, Recoleta, Cerro Navia, Colina, Curacaví, Estación Central, Huechuraba, Lampa, Lo Prado, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal , Renca, Til Til, Conchalí, Maipú, Cerrillos, Padre Hurtado , Peñaflor, Talagante, El Monte, Melipilla, San Pedro, Alhué, Isla de Maipo y María Pinto.

Tercer Tribunal, con un juez, y Cuarto Tribunal, con dos jueces, cuyo territorio jurisdiccional será el de las comunas de San Miguel, La Cisterna, San Joaquín, Pedro Aguirre Cerda, Lo Espejo, La Granja, San Ramón, La Pintana, San Bernardo, Calera de Tango, Buin, Paine, El Bosque, Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, Ñuñoa, La Reina, Macul, Peñalolén, La Florida, Puente Alto, Pirque y San José de Maipo.

La distribución de las causas entre el Primer y Segundo Tribunal, por un lado, y entre el Tercer y Cuarto Tribunal, por otro, todos de la Región Metropolitana, se realizará de acuerdo a un procedimiento objetivo y general que deberá ser establecido mediante auto acordado por la Corte de Apelaciones de Santiago.”.

ii) Suprímese el inciso cuarto.

b) Sustitúyese el inciso primero del artículo 4°, por el siguiente:

“Artículo 4°.- Los Tribunales Tributarios y Aduaneros tendrán las siguientes plantas:

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO I REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

2

Resolutor

2

Profesional Experto

2

Administrativo

1

Total planta

8

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO II y IV REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Profesional Experto

1

Administrativo

1

Auxiliar

1

Total planta

5

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO V REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado Tributario

1

Secretario Abogado Aduanero

1

Resolutor

6

Profesional Experto

2

Administrativo

2

Auxiliar

1

Total planta

14

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO VI y IX REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Resolutor

1

Profesional Experto

1

Administrativo

1

Auxiliar

1

Total planta

6

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO VII y X REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Resolutor

1

Profesional Experto

1

Administrativo

1

Total planta

5

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO VIII REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Resolutor

2

Profesional Experto

1

Administrativo

1

Auxiliar

1

Total planta

7

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO III, XII, XIV y XV REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Profesional Experto

1

Administrativo

1

Total planta

4

TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO XI REGIÓN

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Administrativo

1

Auxiliar

1

Total planta

4

PRIMER TRIBUNAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado Tributario

1

Secretario Abogado Aduanero

1

Resolutor

7

Profesional Experto

2

Administrativo

2

Auxiliar

1

Total planta

15

SEGUNDO Y TERCER TRIBUNAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

1

Secretario Abogado

1

Resolutor

3

Profesional Experto

1

Administrativo

2

Auxiliar

1

Total planta

9

CUARTO TRIBUNAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Cargos

N° de Cargos

Juez Tributario y Aduanero

2

Secretario Abogado

1

Resolutor

4

Profesional Experto

3

Administrativo

2

Auxiliar

1

Total planta

13”.

c) Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 6º:

i) Sustitúyese, en el inciso tercero, la palabra “diez” por el término “ocho”.

ii) Suprímese el inciso cuarto.

d) Modifícase el artículo 10 del modo que sigue:

i) Reemplázase el inciso tercero por el siguiente:

“A falta o inhabilidad de todos los anteriores, subrogará el secretario abogado del Tribunal Tributario y Aduanero que se indica en la tabla siguiente. A falta o inhabilidad del secretario abogado de este último tribunal, subrogará el juez del mismo. En todo caso, la subrogación de los tribunales indicados en la tabla será recíproca entre los mismos; así, por ejemplo, al VII Tribunal lo subrogará el VI Tribunal, y a este último lo subrogará el VII Tribunal:

XV Región I Región

II Región III Región

IV Región V Región

VI Región VII Región

VIII Región IX Región

X Región XIV Región

XI Región XII Región

1° Tribunal Región Metropolitana 2° Tribunal Región Metropolitana

3° Tribunal Región Metropolitana 4° Tribunal Región Metropolitana”.

ii) Incorpórase el siguiente inciso final:

“La subrogación del secretario abogado corresponderá al funcionario que se desempeñe como resolutor del mismo tribunal. Si hubiere más de uno, subrogará el más antiguo de ellos. Si hubiere dos o más con la misma antigüedad, corresponderá la subrogación a aquel de ellos que el respectivo juez haya determinado. En ausencia de los anteriores, subrogará el profesional experto que sea abogado, salvo que no exista profesional experto abogado, en cuyo caso podrá subrogar un funcionario del mismo tribunal con al menos 5 años de antigüedad en el cargo y que sea designado por el juez. A falta o inhabilidad de éstos, subrogará quien decida el Presidente de la Corte de Apelaciones en cuyo territorio jurisdiccional tenga asiento el tribunal que requiere la subrogación, debiendo ser abogado el funcionario que elija para tales efectos y no pudiendo este funcionario subrogar en caso alguno al juez si fuesen aplicables a su vez las normas de subrogación de los incisos primero a cuarto anteriores.”.

e) Intercálase, en el artículo 13, a continuación de la palabra “feriado”, la expresión “, comisiones de servicio”.

f) Reemplázase la tabla del artículo 25, por la siguiente:

“ ”.

Cargos

N° de Cargos

Grados

Juez Tributario y Aduanero

19

V

Secretario Abogado

21

VII

Resolutor

31

X

Profesional Experto

22

X

Administrativo

23

XVII

Auxiliar

11

XX

Total planta

127

2) Suprímese, en el artículo noveno, la expresión “, San Miguel, Valparaíso”.

3) Modifícase el artículo 2º transitorio de la siguiente forma:

a) Agrégase, en el inciso primero, la siguiente oración final: “No obstante lo anterior, a opción del contribuyente reclamante, estas causas podrán ser sometidas al conocimiento de los Tribunales Tributarios y Aduaneros que, una vez instalados, sean competentes de acuerdo a esta ley para conocer dichas causas.”.

b) Incorpóranse los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto:

“Para los efectos anteriores, el reclamante comunicará al Director Regional del Servicio de Impuestos Internos , en su calidad de juez tributario, del ejercicio de la opción, debiendo quedar constancia de la misma en el expediente respectivo. En este caso, el tribunal deberá resolver dicha presentación sin más trámite y enviará el expediente al Tribunal Tributario y Aduanero correspondiente, produciéndose el desasimiento del primer tribunal.

Una vez recibido el expediente por el Tribunal Tributario y Aduanero, el reclamante deberá cumplir con lo prescrito en el inciso segundo del artículo 129 del Código Tributario, dentro del plazo de cinco días contado desde la recepción del expediente. Cumplido lo anterior, se tendrá por interpuesto el reclamo original, reiniciándose su tramitación de acuerdo al nuevo procedimiento que establece esta ley.

En caso de verificarse lo anterior, y para efectos del inciso final del artículo 201 del Código Tributario, se entenderá que el Servicio de Impuestos Internos ha estado impedido de girar desde la interposición del reclamo original. Asimismo, los reajustes e intereses devengados durante la tramitación del reclamo ante el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos correspondiente, continuarán devengándose durante la tramitación del juicio ante el Tribunal Tributario y Aduanero, sin solución de continuidad.”.

4) Agréganse, en el artículo 4° transitorio, las siguientes oraciones finales: “No obstante lo anterior, a opción del reclamante, los reclamos de cargos deducidos conforme al artículo 117 de la Ordenanza de Aduanas en vigor con anterioridad a la vigencia de esta ley, y que estén actualmente pendientes de ser resueltos ante el Director Regional o Administrador de Aduanas respectivo, podrán someterse al conocimiento del Tribunal Tributario y Aduanero correspondiente. Igual opción existirá respecto de la reclamación de multas deducida conforme al artículo 186 de dicho cuerpo legal, vigente con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente ley y que estén actualmente pendientes ante la Junta General de Aduanas. La opción referida se ceñirá a lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 2° transitorio, debiendo entenderse que las referencias hechas en dichos incisos a los Directores Regionales del Servicio de Impuestos Internos corresponden a los Directores Regionales de Aduana , Administradores de Aduana o Junta General de Aduanas, según corresponda. Asimismo, la referencia al inciso segundo del artículo 129 del Código Tributario debe entenderse hecha al inciso final del artículo 122 de la referida Ordenanza de Aduanas.”.

Artículo 2°. Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales:

a) Reemplázanse, en el artículo 56, los números 3º y 4° por los siguientes:

“3°. La Corte de Apelaciones de Valparaíso tendrá dieciséis miembros;

4°. Las Cortes de Apelaciones de San Miguel y Concepción tendrán diecinueve miembros, y”.

b) Sustitúyese, en el número 5º del artículo 59, la palabra “trece” por “doce”.

c) Modifícase el artículo 61 en los siguientes términos:

i) Sustitúyese, en el inciso primero, la frase “las Cortes de Apelaciones de Valparaíso y Concepción en seis salas; la Corte de Apelaciones de San Miguel en siete salas;”, por la siguiente: “la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en cinco salas; las Cortes de Apelaciones de Concepción y San Miguel, en seis salas,”.

ii) Reemplázanse los incisos segundo y tercero, por los siguientes:

“No obstante, para los efectos de lo dispuesto en los incisos séptimo y noveno del artículo 66, las Cortes de Apelaciones designarán cada dos años, mediante auto acordado, a los miembros del tribunal que deberán integrar la sala a la que corresponda el conocimiento, en forma exclusiva o preferente, de los asuntos tributarios y aduaneros. Se preferirá para su integración a aquellos ministros que posean conocimientos especializados en estas materias, salvo en el caso del inciso séptimo del referido artículo, en el que los ministros deberán necesariamente poseer dichos conocimientos.

Para la acreditación de los conocimientos especializados a que se refiere el inciso anterior, se deberá contar con cursos de perfeccionamiento o postgrado sobre la materia.”.

d) Sustitúyese el inciso séptimo del artículo 66, por el siguiente:

“La Corte de Apelaciones de Santiago designará una de sus salas para que conozca exclusivamente de los asuntos tributarios y aduaneros que se promuevan. Dicha designación se efectuará mediante auto acordado que se dictará cada dos años.”.

Artículo 3º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Tributario, cuyo texto se encuentra contenido en el artículo 1° del decreto ley N° 830, de 1974:

1) Agrégase, en el inciso undécimo del artículo 132, a continuación de la palabra “imputables”, la siguiente frase final: “, incluyendo el caso de haber solicitado prórroga al Servicio del plazo original para contestar la referida citación y ella no fue concedida o lo fue por un plazo inferior al solicitado”.

2) Modifícase el artículo 147 del siguiente modo:

a) Sustitúyense, en el inciso tercero, las palabras “Director Regional” por la expresión “Tribunal Tributario y Aduanero”.

b) Reemplázase el inciso cuarto, por el siguiente:

“Cuando no se presentare reclamación, la facultad mencionada en el inciso anterior podrá ser ejercida por el Director Regional .”.

3) Modifícase el artículo 161 en la siguiente forma:

a) Agrégase, en el párrafo segundo del número 3° del inciso primero, la siguiente oración final: “El plazo para apelar será de 15 días, contado desde la notificación de la sentencia.”.

b) Incorpórase, en el inciso final, la siguiente oración final: “El plazo para apelar será de 15 días, contado desde la notificación de la sentencia.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- La modificación de las plantas de los Tribunales Tributarios y Aduaneros dispuesta por la letra b) del número 1) del artículo 1° de la presente ley, respecto de los cargos que a la fecha de su publicación se encontraren siendo servidos, se producirá una vez que el cargo respectivo quedare vacante por las causales legales correspondientes.

Artículo segundo.- Lo señalado en el numeral ii) de la letra d) del número 1) del artículo 1º, que incorpora un nuevo inciso final al artículo 10 de la ley Nº 20.322, en lo referente al requisito de los años de antigüedad en el cargo que debe tener el funcionario del tribunal para subrogar al secretario abogado correspondiente, será exigible a contar del 1º de febrero del año 2018. Con anterioridad a esa fecha, dicho funcionario deberá tener una antigüedad mínima de dos años en el cargo.

Artículo tercero.- La opción a que se refieren los números 3) y 4) del artículo 1º sólo podrá ser ejercida dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

-o-

Sala de la Comisión, a 7 de enero de 2014

Acordado en sesiones de fechas 17 de diciembre de 2013 y 7 de enero de 2014 con la asistencia de los diputados señor Cristián Mönckeberg Bruner ( Presidente ), señora Marisol Turres Figueroa y señores Pedro Araya Guerrero, Jorge Burgos Varela, Giovanni Calderón Bassi, Alberto Cardemil Herrera, Guillermo Ceroni Fuentes, Marcelo Díaz Díaz, Felipe Harboe Bascuñán, Cristián Letelier Aguilar, Ricardo Rincón González y Arturo Squella Ovalle.

(Fdo.): EUGENIO FOSTER MORENO, Abogado Secretario de la Comisión ”.

6. Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley que crea el Consejo de Estabilidad Financiera. (boletín Nº 9178-05)

“Honorable Cámara:

La Comisión de Hacienda informa, en primer trámite constitucional y en primero reglamentario, con urgencia calificada de “suma” y de “discusión inmediata”, según el caso, el proyecto mencionado en el epígrafe, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República .

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:

1°) Que la idea matriz o fundamental del proyecto en informe consiste en crear el Consejo de Estabilidad Financiera para contribuir de mejor forma a cautelar la estabilidad financiera de la economía chilena.

2°) Que el inciso tercero del artículo 1°, el párrafo segundo del número 1 del artículo 2°, el párrafo segundo del número 2 del artículo 2°, el inciso segundo del artículo 6° y el artículo 10 tienen rango de ley orgánica constitucional en relación con el artículo 108 de la Constitución Política y el inciso primero del artículo 6° tiene rango de quórum calificado, en relación con el inciso segundo del artículo 8° de la Constitución Política.

3°) Que el proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los Diputados señores Auth, don Pepe; Jaramillo, don Enrique; Marinovic, don Miodrag; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto, y Von Mühlenbrock, don Gastón.

4°) Que Diputado Informante se designó al señor Montes, don Carlos.

-o-

Asistieron a la Comisión durante el estudio del proyecto los señores Felipe Larraín, Ministro de Hacienda ; Julio Dittborn, Subsecretario de Hacienda ; Rodrigo Vergara, Presidente del Banco Central ; la señora Rosario Celedón, Coordinadora de Mercado de Capitales ; Francisco Moreno, Coordinador Legislativo , y Miguel Zamora, Coordinador de Políticas Tributarias, todos del Ministerio de Hacienda; Luis Opazo, Gerente de Estabilidad Financiera y Luis Álvarez, Gerente de Comunicaciones, ambos del Banco Central.

II. ANTECEDENTES GENERALES

A. Antecedentes de hecho y de mérito que justifican la iniciativa

En el Mensaje se sostiene que en los últimos años, el sector financiero ha experimentado una intensa transformación a nivel mundial, la que se ha caracterizado por la internacionalización e integración de los mercados, el desdibujamiento de las fronteras entre los sectores tradicionales, la ampliación del abanico de instrumentos financieros, la aparición de nuevos tipos de participantes y el creciente rol de los conglomerados financieros.

Chile no ha estado ajeno a dicha realidad. El sector financiero chileno ha experimentado un importante desarrollo en las últimas décadas y si bien aún se advierten desafíos relevantes en cuanto a profundidad y sofisticación en relación con otros mercados, éste exhibe una alta presencia de compañías transnacionales, una línea divisoria cada vez más difusa entre los diversos productos disponibles y una creciente relevancia de los llamados conglomerados financieros.

Los elementos anteriormente expuestos, en especial la mayor integración e interconexión entre los actores del sistema financiero, plantean importantes desafíos regulatorios a nivel internacional y local.

Los cambios descritos en el sector financiero implican un aumento de los riesgos sistémicos, es decir, de aquellos riesgos que afectan al sistema financiero en su conjunto. La insolvencia de una o más instituciones de importancia sistémica, ya sea por su tamaño o su interconexión con el resto del sistema, así como fallas en mercados o infraestructuras claves, tales como los sistemas de pagos y los de compensación y liquidación, tienen la capacidad de debilitar y comprometer seriamente el funcionamiento general del sistema, incluyendo el de pagos, siendo este tipo de eventualidades lo que tradicionalmente se entiende por riesgo sistémico.

En contraposición, la estabilidad financiera puede entenderse como una situación en la cual los mercados financieros operan de forma fluida, permitiendo un adecuado acceso al financiamiento por parte de las empresas y de las personas, facilitando, de esta manera, el funcionamiento eficiente de la economía en su conjunto.

La mitigación del riesgo sistémico debiese ser un objetivo primordial de todo modelo de regulación y supervisión financiera. El logro de dicho objetivo requiere del establecimiento de mecanismos para prevenir que problemas financieros se conviertan en amenazas a la estabilidad del sistema como un todo. Sin embargo, resulta complejo evaluar los riesgos sistémicos asociados a los distintos eventos o situaciones de mercado y la información que se necesita para llevarlo a cabo de manera correcta se encuentra dispersa. Esto plantea innegables limitaciones y desafíos para los reguladores del sistema financiero. Así, para efectos de velar por la estabilidad financiera, la coordinación y el intercambio de información entre las distintas autoridades del mercado financiero resultan fundamentales.

En los últimos años, diversos organismos internacionales han instado por la creación de instancias destinadas a monitorear y prevenir riesgos de carácter sistémico y avanzar en la supervisión de los conglomerados financieros, incluyendo el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y el G20.

En 2010, el Ministerio de Hacienda nombró una Comisión ad-honorem sobre Reforma a la Regulación y Supervisión Financiera, conocida como “Comisión Desormeaux”, conformada por un grupo de expertos independientes, a la cual se le encomendó el análisis del sistema de regulación y supervisión del mercado financiero a fin de proponer posibles perfeccionamientos, con miras a efectuar una serie de reformas institucionales y recoger lecciones de la reciente crisis internacional.

El informe de la Comisión Desormeaux, publicado en 2011, dejó en evidencia la necesidad de fortalecer las herramientas, instancias y facultades disponibles en nuestro país para el manejo de riesgos sistémicos y para afrontar los más recientes desafíos.

Si bien desde hace varios años existían en nuestro país ciertas instancias bilaterales o multilaterales de coordinación entre las autoridades regulatorias, como el Comité de Superintendentes del Sector Financiero, en funcionamiento desde 2001, éstas no contaban con un marco legal ordenado y exhaustivo. Más importante, respondían a objetivos distintos al manejo de riesgos sistémicos y situaciones de crisis financieras, por lo que resultaba del todo necesario crear una institución específica, con un marco regulatorio adecuado, para esos fines.

En consecuencia, se creó el Consejo de Estabilidad Financiera, también llamado Consejo o CEF, como instancia de coordinación e intercambio de información para la prevención de eventuales crisis ocasionadas por riesgos sistémicos en el sector financiero.

B. Disposiciones legales que se modifican por el proyecto

1) Ley General de Bancos, cuyo texto refundido, sistematizado y concordado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997.

2) Decreto ley N° 3.538, de 1980, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros.

3) Decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, Estatuto Orgánico de la Superintendencia de Pensiones.

4) Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, contenida en la ley N° 18.840.

5) Artículos 246 y 247 del Código Penal, que sancionas las infracciones a la obligación de reserva.

C. Objetivo y contenido del proyecto

El principal objetivo del proyecto es el de consolidar y fortalecer la institucionalidad del Consejo de Estabilidad Financiera, mediante su establecimiento por ley. Ello contribuye a darle continuidad institucional y a cautelar de mejor forma la estabilidad financiera de la economía chilena.

Asimismo, con el objeto de procurar el mejor desarrollo de la labor del Consejo de Estabilidad Financiera, se proponen algunos perfeccionamientos que le facilitarán a éste el cumplimiento de sus tareas.

El primero de estos perfeccionamientos consiste en establecer la obligación para cada Superintendencia de procurar una coordinación efectiva con los demás órganos regulatorios financieros, profundizando así en las obligaciones administrativas de eficacia, eficiencia y coordinación en el ejercicio de las funciones públicas. Para darle una forma concreta a esta obligación, se propone que la coordinación se efectúe a través del Consejo de Estabilidad Financiera, comprometiendo la participación de las Superintendencias en las reuniones y análisis del Consejo y sus grupos de trabajo, así como el deber de comunicar a éste sus iniciativas regulatorias, de manera de poder analizar coordinadamente su posible impacto sistémico.

El segundo perfeccionamiento que se plantea introducir es otorgar a las Superintendencias facultades para solicitar a las entidades fiscalizadas antecedentes sobre la situación financiera de todas aquellas personas o entidades que pertenezcan a su mismo grupo empresarial, así como información conducente a determinar las relaciones de propiedad o control y operaciones entre ellas. Lo anterior, con el objeto de evaluar los riesgos derivados de la situación financiera de las entidades sujetas a la fiscalización de las Superintendencias, lo cual resulta coherente con el enfoque de una supervisión basada en riesgos, el cual ha venido incorporándose por las entidades reguladoras durante los últimos años. De forma complementaria, estas facultades permitirían avanzar hacia un adecuado monitoreo de los riesgos a la estabilidad del sistema financiero provenientes de los conglomerados financieros.

Un perfeccionamiento adicional consiste en otorgar facultades legales expresas para compartir información en el marco del Consejo de Estabilidad Financiera, incluyendo a los integrantes de sus grupos de trabajo y a la Secretaría Técnica.

Para un adecuado funcionamiento y el logro de los objetivos del Consejo de Estabilidad Financiera se requiere que no sólo las máximas autoridades puedan compartir la información, explicitando que el personal de las instituciones que participan en esta instancia también pueda acceder a ella. Este cambio se sustenta en el hecho que, actualmente, las leyes orgánicas de las Superintendencias que participan en el Consejo de Estabilidad Financiera contienen prohibiciones de compartir información para sus funcionarios, amparadas bajo sanciones penales. Este hecho naturalmente afecta el intercambio oportuno de información relevante para cumplir con el mandato del Consejo de Estabilidad Financiera. Si bien existen autorizaciones legales vigentes para compartir información, tales como el artículo 18 bis de la Ley General de Bancos o el artículo 14 de la misma ley, éstas tienen una cobertura limitada.

De esta manera, es necesario un cambio legal que permita adecuar el ámbito de personas que pueden compartir información en el marco de éste, extendiendo al personal relevante la autorización de compartir información entre sí. Para garantizar el buen uso de esta información, la autorización afectará solamente a quienes desempeñen funciones en el Consejo de Estabilidad Financiera y, en caso de tratarse de información sujeta a reserva, quienes la reciban o tengan acceso a ella, deberán conservarla en el mismo carácter.

El último perfeccionamiento necesario para el eficaz funcionamiento del Consejo de Estabilidad Financiera consiste en otorgar temporalmente el carácter de reservado a todos las deliberaciones e informes del CEF, así como a los análisis y estudios que se reciban o generen en éste, sus grupos de trabajo o la Secretaría Técnica.

Finalmente, cabe señalar que, tal como sucede con el actual Consejo de Estabilidad Financiera, desde su instauración por vía administrativa, se propone alcanzar los objetivos de la nueva entidad sin comprometer el principio fundamental de la autonomía institucional de las entidades que la integran, elemento indispensable para dar estabilidad y certeza jurídica a sus participantes. De esta forma, las atribuciones que asigna este proyecto al Consejo de Estabilidad Financiera son sin prejuicio de las competencias otorgadas a sus participantes por sus respectivas leyes orgánicas, por lo que las opiniones o recomendaciones emanadas del Consejo no serán vinculantes.

En cuanto al contenido del proyecto de ley, se crea el Consejo de Estabilidad Financiera, sobre la base de las siguientes disposiciones:

a. Se establece el Consejo de Estabilidad Financiera, como organismo consultivo encargado de facilitar la coordinación técnica y el intercambio de información para la prevención y el manejo de situaciones que puedan importar riesgo sistémico.

b. Se detallan las principales atribuciones del Consejo de Estabilidad Financiera, que consisten en solicitar a las superintendencias que lo componen información, incluso sujeta a reserva, y que ésta pueda ser compartida en el contexto del CEF, conservando su carácter de reservada por quienes la reciban; encargar estudios o efectuar recomendaciones, para poder efectuar seguimiento a los mercados financieros. Lo anterior, respetándose las competencias otorgadas a sus participantes por sus respectivas leyes orgánicas, no siendo vinculantes las opiniones o recomendaciones emanadas del Consejo. Ello en aras de respetar y proteger la autonomía de las distintas superintendencias, establecida en sus respectivas leyes orgánicas. Señala además, que para el mejor cumplimiento de sus funciones, la información reservada podrá ser compartida en el ámbito del trabajo del Consejo de Estabilidad Financiera, manteniéndose dicho carácter.

c. Se establece la participación de los Superintendentes y del Ministro de Hacienda en el referido Consejo, así como la de funcionarios o asesores de las Superintendencias, para el trabajo que se requiera en el marco del Consejo de Estabilidad Financiera. Asimismo, se establece la obligación de las superintendencias de informar al Consejo sobre las iniciativas legales o administrativas y de las situaciones de su sector que puedan tener implicancias sistémicas, sin que ello afecte la autonomía institucional en el ejercicio de las facultades propias de las Superintendencias.

d. Se establecen reglas de funcionamiento interno del Consejo de Estabilidad Financiera, respecto a la asistencia a sesiones, deliberaciones, elaboración de informes, constitución de grupos de trabajo y temas administrativos correspondientes a la Secretaría Técnica.

e. Se dispone que todas las deliberaciones del CEF, así como los informes, análisis o estudios que se reciban o generen en éste, sus grupos de trabajo o la Secretaría Técnica, se considerarán temporalmente reservados, atendiendo a la naturaleza y objeto de las funciones del Consejo. Esta práctica es común en instancias similares en otros países, resultando necesario el carácter reservado de la información por cuanto su mera divulgación puede contribuir a generar o intensificar los eventuales riesgos sistémicos.

No obstante, el CEF podrá difundir la información cuando ello favorezca la estabilidad financiera.

Se efectúan las adecuaciones necesarias en las leyes orgánicas de las Superintendencias y del Banco Central de Chile, en armonía con las disposiciones que crean el Consejo de Estabilidad Financiera descritas más arriba, las cuales son necesarias para el funcionamiento más eficaz de dicho Consejo. Al efecto, se introducen las modificaciones pertinentes en las leyes orgánicas de las Superintendencias de Bancos e Instituciones Financieras, de Valores y Seguros, y de Pensiones, respectivamente, para efectos de facultarlas para solicitar información que les permita una adecuada supervisión de las entidades sujetas a su fiscalización bajo un enfoque basado en riesgos.

Asimismo, se efectúan las adecuaciones necesarias en la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile con el fin de explicitar la forma en la cual participará esta institución en el Consejo de Estabilidad Financiera.

Se imponen sanciones penales a quienes cometan la infracción a las obligaciones de reserva impuestas en esta ley.

Finalmente, se dispone que el financiamiento de los costos que origine la aplicación de la ley, se incorporará a los respectivos presupuestos anuales de las instituciones participantes en el Consejo de Estabilidad Financiera.

D. Antecedentes presupuestarios y financieros

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 29 de julio de 2013, señala que el proyecto no irrogará un mayor gasto fiscal.

III. DISCUSIÓN DEL PROYECTO

A. Discusión general

El señor Felipe Larraín explicó que el objetivo de esta iniciativa es otorgarle rango legal al Consejo de Estabilidad Financiera, CEF, organismo creado el año 2011 mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, y fortalecer y consolidar su institucionalidad.

En este contexto, adujo, que países como Canadá, Estados Unidos, Reino Unido, Australia, Malasia, Indonesia, México y Estados de la zona euro han implementado iniciativas para velar por la estabilidad financiera y prevenir los riesgos sistémicos.

Si bien es posible distinguir diferencias importantes en términos de los mandatos específicos, funciones, ámbito de competencia, participación y liderazgo, todos los organismos e instituciones encargados de tales objetivos comparten un rol en la detección y evaluación de riesgos para la estabilidad financiera y en la coordinación para amortiguar estos riesgos.

En los últimos años, sostuvo, diversos organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la OCDE han instado a Chile a crear una instancia de monitoreo y prevención de riesgos de carácter sistémico. Por su parte, la Comisión de Reforma a la Regulación y Supervisión Financiera (Comisión Desormeaux) conformada por expertos independientes, propuso también la creación de un Consejo de Estabilidad Financiera para “velar por la integridad y solidez del sistema financiero”.

Agregó que, en el marco de la Agenda de Mercado de Capitales Bicentenario, el Ministerio de Hacienda decidió crear por decreto supremo el Consejo de Estabilidad Financiera siguiendo las recomendaciones internacionales y de la Comisión de Reforma a la Regulación y Supervisión Financiera, como una comisión asesora del Ministerio de Hacienda. Con su creación, precisó, por primera vez existe en Chile un órgano colectivo encargado de identificar riesgos sistémicos y amenazas a la estabilidad financiera.

La misión del CEF es propiciar los mecanismos de coordinación e intercambio de información necesarios para:

-Preservar la integridad y solidez del sistema financiero.

-Evaluar y administrar los riesgos sistémicos.

-Facilitar la resolución de situaciones críticas que involucren el ejercicio de las funciones y atribuciones de los órganos competentes.

-Recomendar políticas que contribuyan a la macro-estabilidad financiera.

Este Consejo está integrado por el Ministro de Hacienda, quien lo preside, el Superintendente de Valores y Seguros, el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras, y el Superintendente de Pensiones. El Presidente del Banco Central de Chile asiste permanentemente en calidad de invitado. El Consejo sesiona una vez al mes y cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica, proporcionada por el Ministerio de Hacienda.

Luego de casi 2 años de funcionamiento, con reuniones mensuales y grupos de trabajo permanentes, -de conglomerado y mercado inmobiliario-, el Consejo de Estabilidad Financiera ha probado ser una valiosa instancia de análisis y coordinación.

Esta instancia permite tener una mirada integrada y un diagnóstico común sobre las fuentes de riesgo en la primera línea de la toma de decisiones, contribuyendo, además, a facilitar, en caso de necesidad, la resolución de situaciones críticas.

Pero esta experiencia acumulada también reveló la necesidad de introducir algunos perfeccionamientos al marco institucional del CEF y a las leyes orgánicas de las Superintendencias, para que este Consejo pueda desempeñar su labor a cabalidad. Por ello, agregó, el Gobierno considera de suma importancia la consolidación y fortalecimiento de esta instancia, razón por la cual ha enviado al Congreso Nacional este proyecto de ley que le da rango legal al Consejo de Estabilidad Financiera.

En cuanto al contenido del proyecto de ley, se define al CEF como un organismo consultivo, encargado de facilitar la coordinación técnica y el intercambio de información para la prevención y el manejo de los riesgos sistémicos. Para estos efectos, se establecen con claridad las atribuciones del CEF para encargar estudios o efectuar recomendaciones de política que contribuyan a la estabilidad financiera, y solicitar información a las Superintendencias que lo componen. Se establece además que, a fin de respetar la autonomía de sus participantes, las atribuciones del CEF son sin perjuicio de las competencias de sus miembros, por lo que las opiniones o recomendaciones emanadas del CEF no son vinculantes.

Además, el proyecto considera que para un adecuado funcionamiento del CEF requiere que las instituciones que participan de éste puedan intercambiar información. Sin embargo, en la actualidad, el marco legal sólo permite compartir información reservada bajo autorización legal expresa, con los destinatarios especificados en la ley y bajo su responsabilidad, de forma tal que existe una tensión entre la necesidad del CEF de recibir información y la prohibición de compartirla de sus participantes, lo que hace necesario un cambio legal.

En este sentido, precisó, el proyecto de ley establece que el CEF podrá solicitar información que pueda ser necesaria para identificar o evaluar posibles riesgos sistémicos, incluso aquella información sujeta a reserva. La información solicitada podrá ser compartida en sus sesiones, en los grupos de trabajo o con la Secretaría Técnica.

La información de carácter reservada que se reciba deberá conservarse en ese mismo carácter, sujeto a sanciones administrativas y penales, de forma de garantizar su adecuado uso.

Con respecto al objetivo común de velar por la estabilidad financiera, señaló el señor Ministro que en la actualidad, no todos los supervisores tienen el mandato explícito de velar por la estabilidad del sistema financiero, de manera tal que los esfuerzos individuales de los supervisores (coherentes con su mandato micro-prudencial) no garantizan cautelar adecuadamente los riesgos a nivel agregado.

Por ello, una mirada integrada, cuyo foco sean los riesgos sistémicos, es clave, aseveró.

Para cumplir este objetivo, y a fin de reforzar el objetivo común de los integrantes del CEF de velar por la estabilidad financiera, se establece la obligación para cada Superintendencia de:

1. Procurar una coordinación efectiva con los demás órganos regulatorios financieros, comprometiendo la participación de éstas en las reuniones y análisis del CEF y sus grupos de trabajo, y de

2. Comunicar al CEF sus iniciativas regulatorias y las situaciones de su sector que puedan tener implicancias sistémicas, de manera de evaluar su impacto.

A fin de resguardar la naturaleza del trabajo del CEF, se dispone que sus deliberaciones, así como los informes, análisis o estudios de sus grupos de trabajo o de la Secretaría Técnica, se considerarán reservados, atendiendo a la naturaleza y objeto de las funciones del Consejo. Sin perjuicio de ello, el CEF podrá difundir la información cuando ello favorezca la estabilidad financiera. Por lo tanto, el CEF propenderá a la máxima divulgación que considere posible, para dar cumplimiento a los principios de publicidad y transparencia de la información pública, sin provocar efectos perjudiciales en el mercado.

Esta práctica es común en instancias similares en otros países, resultando necesario el carácter reservado de la información por cuanto su mera divulgación podría causar un efecto disruptivo en el mercado y acelerar o incluso provocar los eventos de crisis que se intentan mitigar.

Asimismo, el proyecto contempla modificaciones a las leyes orgánicas de las Superintendencias a fin de reforzar las facultades de estos organismos para solicitar a las entidades fiscalizadas antecedentes sobre la situación financiera de todas aquellas personas o entidades que pertenezcan a su mismo grupo empresarial, así como información conducente a determinar las relaciones de propiedad o control y operaciones entre ellas.

Ello permitirá contar con una visión más acabada de las fuentes de riesgo sistémico. De forma complementaria, estas facultades permitirían avanzar en el monitoreo de los riesgos provenientes de los conglomerados financieros.

En conclusión, destacó que se trata de una iniciativa de suma relevancia para fortalecer los mecanismos de coordinación e intercambio de información necesarios para preservar la integridad y solidez de nuestro sistema financiero, permitiendo fortalecer la institucionalidad y facilitar la coordinación; resguardar la autonomía legal de las instituciones técnicas; ampliar las posibilidades de compartir información y permitir a los supervisores acceder a mayor información respecto de los conglomerados financieros.

El Presidente del Banco Central, don Rodrigo Vergara, manifestó que los ejes centrales del proyecto de ley en comento consisten en:

a) Fortalecer la institucionalidad actual del Consejo de Estabilidad Financiera (CEF), que fue creado por decreto supremo Nº 953, del año 2011;

b) Facilitar el intercambio de información entre los miembros del CEF, que son el Ministerio de Hacienda, las Superintendencias de Bancos e Instituciones Financieras, de Valores y Seguros y de Pensiones, y el Banco Central que actúa como asesor, y

c) Mejorar las facultades para recolectar información sobre los conglomerados financieros.

Añadió que el CEF responde a la creciente necesidad de abordar coordinadamente la gestación y control de riesgos de carácter sistémico, como fue el caso de la crisis subprime, que puso de manifiesto los elevados grados de complejidad e interconexión de los sistemas financieros. Por lo demás, la naturaleza eminentemente dinámica del sector sugiere que dichos elementos podrían continuar creciendo en importancia. Luego, la identificación y solución de potenciales fuentes de riesgo sistémico requiere la interacción de instituciones y autoridades especializadas en la vigilancia de una amplia gama de intermediarios financieros. En otras palabras, en los sistemas financieros actuales se hace cada vez más necesario tener una visión de conjunto de los intermediarios e imponer regulaciones macro-prudenciales. El mecanismo más frecuentemente utilizado para incorporar estas dimensiones ha sido desarrollar o perfeccionar instancias institucionales que permitan a los supervisores, a los bancos centrales y a los gobiernos interactuar y coordinar sus funciones y acciones de estabilización de los sistemas financieros. En ese contexto, y como una manera de dar la continuidad necesaria al trabajo desarrollado en Chile con ese propósito, el Banco Central comparte la idea del Ejecutivo de formalizar el CEF mediante una ley.

Postuló que los perfeccionamientos en términos de facilitar el intercambio de información, así como de mejorar la información de conglomerados, potenciarán el rol del CEF. Al efecto, el proyecto establece que el CEF podrá solicitar información necesaria para identificar o evaluar posibles riesgos sistémicos, incluso aquella información sujeta a reserva que posean las instituciones partícipes, la que podrá ser compartida en sus sesiones, grupos de trabajo o con la Secretaría Técnica. Esto es positivo, ya que la disponibilidad de dicha información es esencial para una adecuada evaluación e implementación de medidas macro-prudenciales y, sin embargo, actualmente, el mecanismo para compartir información es menos expedito. En todo caso, el proyecto de ley resguarda legalmente la reserva de la información provista por sus partícipes. Por otra parte, la disponibilidad de mayor información a nivel de conglomerados permitirá avanzar en un área de especial relevancia en materia de estabilidad financiera.

Planteó enseguida que este tipo de iniciativas se enmarca dentro de las buenas prácticas internacionales en materia financiera. De hecho, existen diversas experiencias de este tipo de comités a nivel internacional, como por ejemplo, en Australia, Estados Unidos, Indonesia, Malasia, México, Reino Unido y práctica-mente todos los países de la zona euro. Los elementos comunes a dichos comités son la detección y evaluación de riesgos para la estabilidad financiera y la coordinación de políticas para mitigar dichos riesgos. Además, en todas estas instancias participa el Banco Central, por la visión macroeconómica y de mercado que puede aportar, y porque en muchos casos tiene facultades supervisoras o reguladoras. Sin embargo, también existen diferencias importantes en sus mandatos específicos, funciones, perímetro, participación y liderazgo. Así, hay comités que sólo dan recomendaciones (casos de Australia, Indonesia, México, Chile) y otros que poseen facultades normativas (Estados Unidos, Malasia y Reino Unido). Algunos son presididos por el Ministro de Hacienda (México, Chile) y otros por el Banco Central ( Australia ). Unos se encuentran establecidos por ley (Reino Unido, México, Malasia) y otros por acuerdos de cooperación ( Australia ). Las ventajas o desventajas de estos distintos diseños aún están por evaluarse, toda vez que buena parte de estas iniciativas surgen post crisis subprime, pero es importante destacar que todos los países desarrollados tienen estas instancias de coordinación.

Destacó el Presidente del Banco Central que la experiencia del CEF en Chile ha sido positiva, ya que ha cumplido su rol, constituyéndose en una institución donde confluyen la visión macro-financiera de riesgos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda con el análisis sectorial de las superintendencias financieras. Esto se ha materializado, por ejemplo, en los siguientes aspectos:

-Grupo Sector Inmobiliario. El CEF, a partir del Informe de Estabilidad Financiera que advirtió eventuales vulnerabilidades en el sector, creó un grupo ad-hoc para mejorar los indicadores sectoriales y realizar un catastro de las medidas macro-prudenciales disponibles. Fruto de ello, la SBIF puso recientemente en consulta un perfeccionamiento a la norma de provisiones en el sector inmobiliario.

-Grupo Conglomerados. El grupo creado para estos fines elaboró una ruta de trabajo que contempla, en el corto plazo, mejorar la información disponible (aquí se inserta el proyecto de ley en estudio) y análisis de conglomerados en Chile (a través del Comité de Superintendentes); en el corto y mediano plazo, la evaluación de límites normativos de exposición a partes relacionadas (nueva norma SBIF) y, posteriormente, posibles avances hacia una normativa de conglo-merados.

-Monitoreo. El CEF ha servido como instancia de análisis de eventos locales, así como de las potenciales implicancias de desarrollos en los mercados internacionales (por ejemplo, la normalización de estímulos monetarios en Estados Unidos).

En cuanto al diseño del organismo que el proyecto propone, explicó el señor Vergara que se ha optado, en primer lugar, por un esquema de coordinación, donde el CEF no tiene facultades regulatorias. Las decisiones prudenciales y de supervisión siguen en manos de los supervisores sectoriales (SBIF, SP y SVS), lo cual tiene ventajas en términos de autonomía y accountability, ya que el mayor peligro de hacer que las recomendaciones del CEF sean vinculantes es que se diluya la responsabilidad de los distintos entes reguladores. Por su parte, las consideraciones sistémicas se incorporan por iniciativa de los participantes, gatilladas por la discusión de riesgos en el CEF o, eventualmente, recogiendo una recomendación explícita de este Consejo. Por ejemplo, provisiones hipotecarias asociadas a relación deuda-garantía. Las potenciales complejidades de este esquema son que algún miembro no reaccione con la celeridad necesaria, pero la conducción y el diseño del CEF debieran propender a minimizar los riesgos de este esquema, por ejemplo, fortaleciendo análisis y prontitud en la detección de riesgos, y política comunicacional.

En segundo lugar, se ha optado por un esquema en el cual participa el Ministro de Hacienda . Esto tiene ventajas dado el rol que juegan las iniciativas legislativas en la mitigación de los riesgos financieros y el que le cabe al Fisco en la resolución de eventos críticos en el sistema financiero, en tanto que los desafíos de esta opción se asocian al horizonte político, que eventualmente pudiese afectar las decisiones del Poder Ejecutivo . Este desafío puede abordarse mediante una mayor autonomía de las superintendencias, tema que aparece en forma reiterada en las recomendaciones del FMI y otras instituciones internacionales, y que ha estado presente en la discusión interna desde hace un tiempo.

En tercer lugar, un desafío importante del CEF es comunicacional. Por un lado, es importante que el CEF sea capaz de responder frente al mercado, a la opinión pública y a las autoridades. Este punto es especialmente relevante si se sugieren medidas de política, lo cual minimiza el riesgo de una eventual respuesta lenta. Por otra parte, no puede ignorarse que el mero hecho de discutir riesgos en el CEF puede generar repercusiones de mercado. Este es un tema complejo, cuya solución no es simple, y el equilibrio de estos elementos requiere de experiencia y aprendizaje en estas materias. En todo caso, es importante mencionar que el proyecto de ley resguarda la reserva de las deliberaciones e información del CEF, por los costos que puede tener su difusión.

En resumen, señaló el expositor que el CEF se enmarca dentro de las buenas prácticas internacionales en materia financiera; que el rol de este tipo de comités debiera ser cada vez más relevante por la creciente interconexión y complejidad del sistema financiero, y que el funcionamiento del CEF en Chile ha sido positivo, por lo que el BCCh apoya el fortalecimiento de esta instancia mediante la ley en proyecto.

El Diputado señor Montes preguntó cómo puede el CEF aproximarse al análisis de fenómenos microeconómicos para prevenir riesgos sistémicos. Recordó los casos de Isacruz e Inverlink que, siendo aislados, terminaron provocando consecuencias a nivel macroeconómico. Asimismo, consultó si el Ministerio de Hacienda recibe información sobre lavado de dinero de parte de la UAF y si comparte esa información con los miembros del CEF, así como la relativa al Fondo de Estabilidad Económica y Social (FEES) y a los recursos destinados a las Fuerzas Armadas. Por último, preguntó si está bien resguardada en el proyecto la información agregada que el CEF maneja, dado el valor que ella podría tener para el mercado.

El Ministro de Hacienda señaló que la UAF es una entidad que está bajo la supervisión de la Cartera a su cargo, por lo que tiene acceso permanente a la información que ella recibe, aunque no es un reporte que revise con mucha frecuencia, pero hasta ahora no existen antecedentes de que haya lavado de dinero y, si lo hubiera, se podrían tener señales de alerta temprana sobre la materia.

Con respecto al FEES, sostuvo que la información relativa al mismo es pública, pero no la relativa al Fondo de Contingencia Estratégica (de Defensa), el cual pasó hace un par de años a ser gestionado por el Banco Central, pero bajo la responsabilidad del Ministerio de Hacienda, que delegó en aquél su administra¬ción.

Confirmó que la información obtenida por el CEF es muy delicada y que, de salir a la luz pública algunas hipótesis de trabajo que éste se plantea, podrían generar reacciones de mercado muy adversas. Por ello, es muy importante, y así se establece en el proyecto, mantener en reserva tales antecedentes e hipótesis, sin perjuicio de que el CEF pueda hacer públicas sus deliberaciones y conclusiones mediante la liberación de sus actas treinta días después de las respectivas sesiones.

Reiteró, finalmente, que el CEF analiza temas puntuales sólo en la medida en que generen riesgos sistémicos, como puede ser la quiebra de una empresa en función de su tamaño, sus relaciones de mercado, etcétera, pero en general lo que allí se analiza son los conglomerados financieros, entendiendo por tales aquéllos que tienen intereses en distintas áreas del sector financiero, como por ejemplo, banca, seguros y administración de fondos de pensiones. En este sentido, una de las cosas que se ha logrado en los dos años de operación administrativa del CEF y que se espera continúe después de su consagración legal, es que los distintos supervisores tengan también una mirada sistémica sobre los entes regulados, aunque no pertenezcan al ámbito de sus atribuciones específicas.

El Diputado señor Montes preguntó si el CEF analizó el caso Cascadas o el cierre de Madeco, a lo que el Ministro respondió que recibió antecedentes de parte de la SVS, pero los consideró situaciones de mercado que no revisten riesgo sistémico.

El Presidente del Banco Central señaló que los riesgos microeconómicos aislados no debieran ser objeto de análisis por parte del CEF, a menos que estén interconectados, pues entonces se transforman en riesgos sistémicos. Aclaró, sin embargo, que lo que se persigue es que los integrantes del organismo se coordinen entre sí para compartir información, que es lo que se requiere en el mundo financiero moderno, pero en ningún caso transformarlos en un ente superior autónomo.

Con respecto a la autonomía del Ministro de Hacienda en cuanto presidente del CEF, observó que la participación del Banco Central en calidad de invitado responde a una petición del propio instituto emisor, pues su Fiscalía planteó la dificultad de integrarlo como miembro de un comité presidido por Hacienda, y que hay una serie de iniciativas destinadas a dar mayor autonomía a cada una de las superintendencias, por lo que el CEF debe verse sólo como una instancia de coordinación e intercambio de información.

B. Discusión particular

Los Diputados señores Silva, Macaya, Lorenzini y Ortiz presentaron las siguientes indicaciones:

- Al artículo 7°, que agrega un inciso final nuevo al artículo 16 de la Ley General de Bancos, cuyo texto refundido, sistematizado y concordado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 3:

1. Para agregar entre las palabras “requerirles” y “a estas” lo siguiente, entre comas (,): “fundadamente”.

2. Para incorporar a continuación de la palabra “empresarial,”, la primera vez que aparece, la siguiente frase: “que pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada,”.

Para agregar la siguiente oración a continuación de la frase final, de manera que el punto aparte y final pasa a ser punto seguido: “La información y antecedentes recabados por la Superintendencia en conformidad a este inciso quedaran sujetos al régimen y a las obligaciones de reserva contemplados en esta ley.”.

-Al artículo 8°, que agrega un inciso final nuevo a la letra d) del artículo 4 del decreto ley N°. 3.538, de 1980, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros:

1. Para agregar entre las palabras “requerirles” y “a estas” lo siguiente, entre comas (,): “fundadamente”.

2. Para incorporar a continuación de la palabra “empresarial,”, la primera vez que aparece, la siguiente frase: “que pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada,”.

3. Para agregar la siguiente oración a continuación de la frase final, de manera que el punto aparte y final pasa a ser punto seguido: “La información y antecedentes recabados por la Superintendencia en conformidad a este inciso quedaran sujetos al régimen y a las obligaciones de reserva contemplados en esta ley.”.

-Al artículo 9°, que agrega un inciso final nuevo a la letra h) del artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, Estatuto Orgánico de la Superintendencia de Pensiones:

1. Para agregar entre las palabras “requerirles” y “a estas” lo siguiente, entre comas (,): “fundadamente”.

2. Para incorporar a continuación de la palabra “empresarial,”, la primera vez que aparece, la siguiente frase: “que pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada,”.

3. Para agregar la siguiente oración a continuación de la frase final, de manera que el punto aparte y final pasa a ser punto seguido: “La información y antecedentes recabados por la Superintendencia en conformidad a este inciso quedaran sujetos al régimen y a las obligaciones de reserva contemplados en la ley N° 20.255.”.

El Diputado señor Silva explicó que estas indicaciones tienen por objeto, en primer lugar, acotar el requerimiento de información que puede solicitar la autoridad administrativa -Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, Superintendencia de Valores y Seguros y Superintendencia de Pensiones- a las entidades sujetas a su fiscalización, al establecer que dicho requerimiento se haga “fundadamente”.

En segundo lugar, delimitar el tipo de información que pueden solicitar las Superintendencias ya individualizadas, al prescribir que se trata de información que “pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada”, concepto utilizado en la industria del mercado de valores.

Por último, como este proyecto permite a la autoridad administrativa requerir información a instituciones no fiscalizadas, se estima prudente que la información y antecedentes recabados por las Superintendencias queden sujetos al régimen de reserva regulado en las leyes correspondientes.

Los Diputados señores Lorenzini, Ortiz, y Silva propusieron que cada seis meses el Presidente del Consejo acudiera a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados a informar respecto de las actividades realizadas en dicho período por el Consejo.

El señor Ministro de Hacienda concordó con los señores Diputados, sugiriendo que la comparecencia del Presidente de la CEF sea una vez al año y no cada seis meses.

Se concordó, en consecuencia, con dos indicaciones del siguiente tenor:

1) Para intercalar, en el artículo 6°, entre el actual inciso segundo y el inciso final, el siguiente inciso tercero:

“Sin perjuicio de lo anterior, el presidente del CEF deberá concurrir anualmente a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados con el objeto de informar sobre aspectos generales de las actividades del CEF, en sesión secreta.”

2) Para agregar el siguiente título IV:

TÍTULO IV

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo transitorio.- La obligación de concurrencia establecida en el inciso tercero del artículo 6° de esta ley deberá realizarse, por primera vez, dentro del año calendario de su publicación.”.

Puesta en votación la totalidad del proyecto con las indicaciones parlamentarias antes consignadas, fue aprobado por la unanimidad de los Diputados presentes señores Edwards, don José Manuel; Lorenzini, don Pablo; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Silva, don Ernesto, y Von Mühlenbrock, don Gastón.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN

Ninguno.

V. ARTÍCULOS QUE NO FUERON APROBADOS POR UNANIMIDAD

Ninguno.

Se han introducido al proyecto modificaciones formales que se recogen en el texto propuesto a continuación.

VI. TEXTO APROBADO O RECHAZADO POR LA COMISIÓN

En virtud de lo antes expuesto y de los antecedentes que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

TÍTULO I

DEL CONSEJO DE ESTABILIDAD FINANCIERA

Artículo 1°.- Créase el Consejo de Estabilidad Financiera, organismo consultivo dependiente del Ministerio de Hacienda, en adelante indistintamente “Consejo” o “CEF”, cuya función consistirá en facilitar la coordinación técnica y el intercambio de información entre sus participantes, en materias relativas a la prevención y el manejo de situaciones que puedan importar riesgo para el sistema financiero, con el objeto de contribuir de ese modo a cautelar la estabilidad financiera de la economía chilena.

El Consejo estará integrado por el Ministro de Hacienda, quien lo presidirá, el Superintendente de Valores y Seguros, el Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras y el Superintendente de Pensiones.

El Consejo contará con la asesoría permanente del Banco Central en todas las materias que digan relación con sus funciones, para lo cual su Presidente podrá participar en todas las sesiones del CEF con derecho a voz y a imponerse de toda la información y materias que se analicen en el Consejo, en conformidad a lo previsto por el artículo 4º de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, contenida en el ARTÍCULO PRIMERO de la ley Nº 18.840.

El Consejo de Estabilidad Financiera funcionará en la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, la que le proveerá su Secretaría Técnica, la infraestructura y los recursos humanos y materiales necesarios para su adecuado funcionamiento.

Artículo 2º.- El Consejo de Estabilidad Financiera contará con las siguientes atribuciones:

1. Solicitar a la Secretaría Técnica, a las Superintendencias de Valores y Seguros, de Pensiones y de Bancos e Instituciones Financieras, en adelante conjuntamente las “Superintendencias sectoriales”, la realización de estudios que permitan monitorear la estabilidad del sistema financiero, así como contratar dichos estudios con terceros a través de la Secretaría Técnica.

Asimismo, el Banco Central de Chile, en cumplimiento de su rol asesor, podrá efectuar análisis o estudios con dicha finalidad según lo establezca el Consejo del Banco.

2. Solicitar a las Superintendencias sectoriales cualquier información, incluso sujeta a reserva, que pueda ser necesaria para identificar o evaluar posibles riesgos para la estabilidad financiera y que esté disponible en dichos servicios o que éstos puedan solicitar de conformidad con las leyes aplicables.

El Banco Central de Chile podrá también proporcionar la información que se le solicite en los términos que se contemplan en su legislación institucional.

Las disposiciones legales, reglamentarias, contractuales o de cualquier otra índole sobre reserva no impedirán dar cumplimiento a las solicitudes del presente numeral. En consecuencia, la información proporcionada en conformidad a esta ley eximirá de toda responsabilidad legal a quienes la entreguen.

La información que se reciba en virtud de este numeral sólo podrá ser compartida con quienes participen en las sesiones del CEF o de los grupos de trabajo que se constituyan por el Consejo, así como con quienes ejerzan funciones de Secretaría Técnica , en el contexto de las labores del Consejo. Cuando la información compartida sea sujeta a reserva, deberá mantenerse en este carácter por quienes la conozcan en el ámbito del CEF, mencionadas en el párrafo precedente. En el caso de infringir esta prohibición, se aplicará lo dispuesto en el artículo 11 de esta ley.

3. Recomendar a los servicios u organismos competentes políticas que contribuyan a la estabilidad financiera y proponer a las Superintendencias sectoriales orientaciones o directrices con tal objeto.

4. Efectuar las demás solicitudes de información y recomendaciones necesarias para el cumplimiento de su función, prevista en el artículo 1° de esta ley.

Las atribuciones del Consejo de Estabilidad Financiera son sin perjuicio de las competencias otorgadas a sus participantes por sus respectivas leyes orgánicas. Conforme a lo anterior, las opiniones o recomendaciones emanadas del Consejo no serán vinculantes.

En caso que las recomendaciones de política o regulación incidan o se relacionen con el ejercicio de las facultades del Banco Central de Chile, se procederá de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de su Ley Orgánica Constitucional, por intermedio del Ministro de Hacienda .

Artículo 3°.- Con el objetivo de procurar el mejor desempeño de la labor del CEF, las Superintendencias sectoriales y el Ministerio de Hacienda deberán comprometer su participación en el referido Consejo y en los grupos de trabajo que se constituyan por éste, así como la tramitación y despacho de las solicitudes de información o estudios que el CEF encomiende en el marco de sus competencias legales.

Asimismo, con este propósito, las respectivas Superintendencias deberán informar al Consejo acerca de sus iniciativas legales o administrativas y de las situaciones de su sector que puedan tener implicancias sistémicas, sin que ello afecte su autonomía en el ejercicio de sus facultades.

Artículo 4°.- El Consejo sesionará con la asistencia de al menos tres de sus miembros, entre los que se deberá contar el Ministro de Hacienda o su representante, de conformidad a lo establecido en el inciso siguiente.

En caso de ausencia o impedimento de alguno de los participantes del CEF, ya sea de sus miembros referidos en el inciso segundo del artículo 1° de esta ley o del Presidente del Banco Central , en la condición prevista en el inciso tercero del mismo artículo, asistirá a la sesión el subrogante legal o bien quien el participante indique especialmente al Consejo o a la Secretaría Técnica. Asimismo, los participantes del CEF podrán asistir acompañados por las personas y de la forma que indique el reglamento interno de funcionamiento del CEF.

Artículo 5º.- El Consejo determinará, en un reglamento interno, las normas sobre citación a las sesiones, deliberaciones, elaboración de informes, constitución de grupos de trabajo, y las demás normas que requiera para su funcionamiento interno.

La Secretaría Técnica efectuará las citaciones pertinentes a cada sesión del CEF, levantará y archivará actas de las sesiones, coordinará el funcionamiento de los grupos de trabajo interinstitucionales que se conformen por el Consejo en las materias de su competencia, contratará estudios a solicitud del Consejo y realizará las demás tareas que le encargue el propio Consejo.

Artículo 6º.- Atendida la naturaleza y objeto de las funciones del CEF establecidas en la presente ley, y para los efectos de cautelar el debido cumplimiento de las mismas, considerando que la publicidad de las materias tratadas por éste pudiere afectar la estabilidad financiera, perjudicando así el interés nacional del país en materia económica, serán reservadas sus deliberaciones e informes, así como los análisis o estudios que se reciban o generen en el CEF, sus grupos de trabajo o la Secretaría Técnica en el cumplimiento de sus funciones, salvo que se divulguen de acuerdo al inciso siguiente. Los actos declarados reservados por este artículo, mantendrán ese carácter por el término señalado en el inciso segundo del artículo 22 de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.

Lo dispuesto en el inciso anterior no obstará a que el Consejo pueda difundir los informes que emita y la información o documentación que genere en el ámbito de sus competencias, cuando resuelva que ello propende al cumplimiento de su objeto y funciones, lo cual será determinado por el mismo Consejo con la opinión favorable del representante del Banco Central de Chile, tratándose de materias que digan relación con las funciones de éste.

Sin perjuicio de lo anterior, el presidente del CEF deberá concurrir anualmente a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados con el objeto de informar sobre aspectos generales de las actividades del CEF, en sesión secreta.

En todo caso, el Consejo no podrá difundir la información sujeta a reserva que reciba de conformidad con la presente ley.

TÍTULO II

OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 7º.- Agrégase en el artículo 16 de la Ley General de Bancos, cuyo texto refundido, sistematizado y concordado fue fijado en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1997, el siguiente inciso final:

“A su vez, con el objeto de evaluar los riesgos de la situación financiera de las entidades sujetas a su fiscalización, la Superintendencia podrá requerirles fundadamente a éstas antecedentes sobre la situación financiera de todas aquellas personas o entidades que pertenezcan a su mismo grupo empresarial, que pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada, así como información conducente a determinar las relaciones de propiedad o control y operaciones entre ellas. Para efectos de lo dispuesto en este inciso, se define grupo empresarial de acuerdo a los términos establecidos en el artículo 96 y siguientes de la ley Nº 18.045, sobre Mercado de Valores. La información y antecedentes recabados por la Superintendencia en conformidad a este inciso quedaran sujetos al régimen y a las obligaciones de reserva contemplados en esta ley.”.

Artículo 8º.- Agrégase, en la letra d) del artículo 4°, del decreto ley N° 3.538 de 1980, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros, el siguiente inciso final:

“A su vez, con el objeto de evaluar los riesgos a la situación financiera de las entidades sujetas a su fiscalización, la Superintendencia podrá requerirles fundadamente a éstas antecedentes sobre la situación financiera de todas aquellas personas o entidades que pertenezcan a su mismo grupo empresarial, que pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada, así como información conducente a determinar las relaciones de propiedad o control y operaciones entre ellas. Para efectos de lo dispuesto en este inciso, se define grupo empresarial de acuerdo a los términos establecidos en el artículo 96 y siguientes de la ley Nº 18.045, sobre Mercado de Valores. La información y antecedentes recabados por la Superintendencia en conformidad a este inciso quedaran sujetos al régimen y a las obligaciones de reserva contemplados en esta ley.”.

Artículo 9º.- Agrégase, en la letra h) del artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980, Estatuto Orgánico de la Superintendencia de Pensiones, el siguiente inciso final:

“A su vez, con el objeto de evaluar los riesgos a la situación financiera de las entidades sujetas a su fiscalización, la Superintendencia podrá requerirles fundadamente a éstas antecedentes sobre la situación financiera de todas aquellas personas o entidades que pertenezcan a su mismo grupo empresarial, que pudieren comprometer, en forma significativa, la situación financiera de la entidad fiscalizada, así como información conducente a determinar las relaciones de propiedad o control y operaciones entre ellas. Para efectos de lo dispuesto en este inciso, se define grupo empresarial de acuerdo a los términos establecidos en el artículo 96 y siguientes de la ley Nº 18.045, sobre Mercado de Valores. La información y antecedentes recabados por la Superintendencia en conformidad a este inciso quedaran sujetos al régimen y a las obligaciones de reserva contemplados en la ley N° 20.255.”.

Artículo 10.- Agrégase, al final del inciso tercero del artículo 66 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, contenida en el ARTÍCULO PRIMERO de la ley N° 18.840, luego del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Por su parte, la citada reserva no se aplicará en caso que el Consejo de Estabilidad Financiera, con el solo objeto de prevenir situaciones que puedan importar riesgo sistémico para la estabilidad del sistema financiero, solicite al Banco contar con antecedentes específicos que requiera para el desempeño de sus competencias legales.”.

TÍTULO III

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 11.- La infracción a las obligaciones de reserva impuestas en esta ley, serán sancionadas con las penas previstas en los artículos 246 y 247 del Código Penal, cualquiera sea la calidad o estatuto que le sea aplicable al infractor.

Artículo 12.- El costo anual que se origine por la aplicación de esta ley, se financiará con los recursos que se contemplen en el presupuesto de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, de la Superintendencia de Valores y Seguros, de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y de la Superintendencia de Pensiones y, en lo que no fuere posible, con cargo a aquellos que se consulten en la Partida Presupuestaria Tesoro Público del año correspondiente.

TÍTULO IV

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo transitorio.- La obligación de concurrencia establecida en el inciso tercero del artículo 6° de esta ley deberá realizarse, por primera vez, dentro del año calendario de su publicación.”.

Tratado y acordado en sesiones de fechas 17 de diciembre de 2013; 8 y 15 de enero de 2014, con la asistencia de los Diputados señores Marinovic, don Miodrag ( Presidente ); Silva, don Ernesto ( Presidente Accidental ); Auth, don Pepe; Godoy, don Joaquín (Edwards, don José Manuel); Jaramillo, don Enrique; Lorenzini, don Pablo; Macaya, don Javier; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Recondo, don Carlos; Robles, don Alberto; Sabat, doña Marcela; Santana, don Alejandro, y Von Mühlenbrock, don Gastón (Sandoval, don David), según consta en las actas respectivas.

Sala de la Comisión, a 20 de enero de 2014.

(Fdo.): JAVIER ROSSELOT JARAMILLO, Abogado Secretario de la Comisión ”.

7. Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído enel proyecto de ley que modifica el seguro de cesantía de la ley n° 19.728(boletín n° 9126-13-1).

“Honorable Cámara:

Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República , que modifica el Seguro de Cesantía de la ley N° 19.728, calificado con urgencia “suma”, contenido en el Boletín N° 9126-13.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Juan Carlos Jobet Eluchans, el señor Subsecretario de Previsión Social, don Augusto Iglesias Palau, y don Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República y se encuentra calificada con “suma” urgencia.

2.- Discusión general.

El proyecto fue aprobado, en general, por 4 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones.

(Votaron a favor la Diputada señora Vidal, doña Ximena, y los Diputados señores Bertolino, don Mario; Jiménez, don Tucapel y Salaberry, don Felipe. Se abstuvieron la señora Muñoz, doña Adriana, y el señor Andrade, don Osvaldo).

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, sólo el numeral 5) de su artículo primero requiere ser aprobado con quórum calificado, pues regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, según lo dispone el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

4.- Diputado Informante .

La Comisión designó al señor Diputado , don Tucapel Jiménez Fuentes, en tal calidad.

II. ANTECEDENTES GENERALES.

El proyecto que la Comisión de Trabajo y Seguridad Social somete a vuestro conocimiento apunta a perfeccionar el funcionamiento del seguro de cesantía establecido en la Ley N° 19.728.

1.- Consideraciones preliminares.-

Expresa el Mensaje que, el empleo es la herramienta fundamental para superar la pobreza y terminar con la desigualdad en Chile. En consecuencia, agrega, asegurar y aumentar el acceso al empleo a todo quien quiera trabajar ha sido uno de los mayores desafíos que se ha propuesto el Gobierno. Manifiesta que las cifras dan cuenta de lo avanzado en este ámbito. En los últimos tres años se han creado más de 810 mil nuevos empleos en el país, más de la mitad de los cuales han sido para mujeres, lo que ha permitido incrementar la baja participación laboral femenina. Como resultado de la creación de empleo, actualmente sólo 5,7% de nuestra fuerza laboral está desempleada.

Asegura, del mismo modo, que no basta con crear nuevos empleos. Estos deben ser empleos de calidad, formales, con contrato, que permitan dar seguridad y estabilidad tanto a los trabajadores como a sus familias. Desde esta perspectiva, también se observan avances importantes. Así, del total de nuevos empleos creados, un 70% son empleos asalariados y, de éstos, 87,4% corresponden a empleos con contrato escrito, lo que significa un avance de 4,8 puntos porcentuales con respecto al inicio del gobierno.

Expresa, asimismo, que aun cuando las políticas que se han implementado a favor del empleo apuntan en el sentido correcto y están rindiendo frutos, se necesita, al mismo tiempo, proteger a nuestros trabajadores que quedan en condición de cesantía, para ayudarlos a encontrar, en el menor tiempo posible, un nuevo puesto de trabajo desde el cual puedan desplegar sus potencialidades y talentos, evitando ser atrapados en las redes del asistencialismo. Añade que esta es una de las razones por las cuales el Gobierno ha considerado pertinente mejorar los beneficios del Seguro de Cesantía.

Hace presente que, luego de más de diez años de operación, el Seguro de Cesantía se ha consolidado como un instrumento de protección social que otorga beneficios a los trabajadores afiliados durante los períodos de cesantía. En sus años de funcionamiento, el Seguro ha respondido satisfactoriamente a la mayor demanda por protección económica durante ciclos económicos negativos, y frente a la situación derivada de la catástrofe del 27 de febrero del año 2010.

Respecto de los resultados del Seguro de Cesantía, manifiesta que los montos acumulados en las Cuentas Individuales por Cesantía superan los cinco mil millones de dólares (julio de 2013). En el caso del Fondo de Cesantía Solidario, superan los dos mil millones de dólares. En los últimos dos años las Cuentas Individuales y el Fondo de Cesantía Solidario han mostrado una tasa de crecimiento anual promedio de 29% y 34% real, respectivamente. Tales valores son el resultado de una sostenida acumulación de recursos en ambos Fondos desde la creación del sistema, que se explica por una baja relación entre sus respectivos egresos e ingresos: 50% para las Cuentas Individuales y 12% para el Fondo Solidario (julio de 2013).

Finaliza, señalando que, en atención a estos montos y a las proyecciones de acumulación y uso futuro de ambos Fondos, se ha concluido que es posible aumentar los beneficios con cargo a éstos, sin comprometer la solvencia ni la viabilidad financiera del Seguro de Cesantía, según se da cuenta en el estudio realizado de conformidad al artículo 37 de la Ley N° 19.728.

2.- Objetivo del Proyecto.-

Señala el Mensaje que el objetivo principal del presente proyecto de ley es mejorar la protección económica de los trabajadores afiliados al Seguro de Cesantía que pierden su trabajo.

Agrega que esta iniciativa coincide con muchas de las propuestas que ha hecho durante los últimos años la Comisión de Usuarios del Seguro de Cesantía, instancia en la que participan organizaciones de trabajadores y empleadores. Además, la propuesta reconoce el incremento que han registrado las remuneraciones reales en el país y busca, consecuentemente, que el monto del beneficio percibido durante el período de cesantía represente una ayuda económica efectiva para el trabajador desempleado, preservando, al mismo tiempo, los incentivos a la búsqueda de empleo.

Por otra parte, añade, desde la creación del Seguro se ha observado un bajo uso del Fondo de Cesantía Solidario. Así, un importante porcentaje de los trabajadores que calificaban con los requisitos generales de acceso al momento de solicitar beneficios, no optaron por éste, recibiendo entonces prestaciones financiadas exclusivamente desde su Cuenta Individual por Cesantía. Por ejemplo, durante el año 2012 un 63% de las solicitudes con opción al Fondo Solidario, optaron por la Cuenta Individual por Cesantía. En este contexto, la tasa de uso del Fondo de Cesantía Solidario se ha mantenido baja durante todo el periodo de existencia del seguro, lo que se ha traducido en que sólo 13 de cada cien personas que perdieron su empleo y hubiesen calificado para acceder a los beneficios de este Fondo, pidieron efectivamente beneficios con cargo a él.

Continúa señalando que lo anterior se explica, en parte, por el insuficiente monto de los beneficios ofrecidos por el Fondo de Cesantía Solidario, que dependen en forma directa de los valores superiores e inferiores a que están sujetas las prestaciones correspondientes, actualmente de 234.794 y 108.747 pesos, para el primer mes, valores que van descendiendo hasta llegar a 140.877 y 59.317 pesos, para el quinto mes de pago del beneficio. Dichos topes no se aplican en el caso de giros con cargo a la Cuenta Individual por Cesantía.

Adicionalmente, manifiesta, existen reglas especiales de acceso y uso del Fondo de Cesantía Solidario, una de las cuales limita el número de veces en que se puede optar por dicho Fondo a dos en un período de cinco años. Así, cada vez que el trabajador cesante opta por el Fondo Solidario, dicho acceso contabiliza en la medida que genere pagos con cargo a dicho Fondo, cualquiera sea el número efectivo de pagos que reciba.

El presente proyecto de ley, agrega, busca entonces mejorar el monto de los beneficios ofrecidos por el Fondo de Cesantía Solidario, incrementando los valores superiores e inferiores a que están sujetos estos pagos, así como las tasas de reemplazo de los beneficios. Adicionalmente, se flexibiliza la regla de acceso al Fondo Solidario, para evitar que cada vez que el trabajador cesante opta por el Fondo Solidario y recibe algún pago con cargo a éste, agote una de sus opciones de acceso, aun cuando no reciba la totalidad de los pagos que contempla la ley.

En otro ámbito, añade, conforme a la normativa actual, los beneficios del seguro de cesantía no están sujetos al pago de cotizaciones previsionales lo que, en el caso del sistema de pensiones, afecta negativamente el monto de la pensión futura de los trabajadores cesantes. Para avanzar en la solución de este problema, el presente proyecto de ley propone el financiamiento de las cotizaciones previsionales en los períodos de cesantía, con cargo al Fondo de Cesantía Solidario para quienes opten por recibir beneficios financiados con recursos de este Fondo.

3.- Contenido del Proyecto.-

En virtud de lo señalado, el presente proyecto de ley propone las siguientes reformas al seguro de cesantía de la ley N° 19.728:

a) Se incrementan las tasas de reemplazo de los beneficios financiados tanto con el saldo de la Cuenta Individual por Cesantía, como con el Fondo de Cesantía Solidario, para los primeros tres giros a que tengan derecho los trabajadores, pasando desde 50%, 45% y 40%, a 70%, 55% y 45%, respectivamente.

Respecto de la Cuenta Individual por Cesantía, se incrementa la tasa de reemplazo para el giro correspondiente al séptimo mes o superior, desde un 20% a un 25%. Lo anterior, para homologarla a la tasa de reemplazo del Fondo de Cesantía Solidario.

b) Se incrementan los valores superiores e inferiores de los beneficios con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, señalados en el artículo 25 de la Ley N° 19.728: para el primer giro, desde 234.794 a 525.000 pesos el límite superior, y desde 108.747 a 147.000 pesos el límite inferior.

c) Se financian las cotizaciones previsionales de pensiones de aquellos trabajadores que tengan derecho y hayan optado por percibir beneficios con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Dichas cotizaciones serán calculadas en función del monto de la prestación por cesantía a que tenga derecho el trabajador en el mes correspondiente, independiente de si esa prestación es financiada con cargo a la Cuenta Individual o al Fondo de Cesantía Solidario. El financiamiento consistirá en el pago de la cotización del 10% para pensiones y de la cotización para el seguro de invalidez y sobrevivencia. Estas cotizaciones no estarán afectas al pago de comisiones a las administradoras de fondos de pensiones.

d) Se flexibiliza la restricción del número de accesos al Fondo de Cesantía Solidario, pasando desde 2 veces en 5 años, a 10 pagos en 6 años.

e) Se elimina la disposición actual que establece la posibilidad de hacer un último giro desde la Cuenta Individual por Cesantía, correspondiente al mes en que el trabajador dejó de ser cesante.

f) Se modifica la fecha de reajuste de los valores superiores e inferiores de las prestaciones con cargo al Fondo Solidario, desde febrero a marzo de cada año, considerando que durante los primeros días de febrero no está disponible el valor del Índice de Remuneraciones Reales.

g) Se corrige un error de cita en el artículo 65 de la ley, respecto al artículo 73 de la Ley N° 19.518, que fija nuevo estatuto de capacitación y empleo.

III. MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.

En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto es perfeccionar el funcionamiento del seguro de cesantía establecido en la Ley N° 19.728.

Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en tres artículos permanentes.

IV. ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUORUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, sólo el numeral 5) de su artículo primero requiere ser aprobado con quórum calificado, pues regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, según lo dispone el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

V. DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISION.

Vuestra Comisión, además de los representantes del Ejecutivo señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Juan Carlos Jobet Eluchans, señor Subsecretario de Previsión Social, don Augusto Iglesias Palau, y don Francisco Del Río Correa, Asesor Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, recibió a los señores Fernando Alvear Artaza, Gerente General, y Pablo Bobic Concha, Asesor Legal, ambos de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC); a la señora Julia Requena Castillo y a los señores Guillermo Salinas Vargas y José Hermosilla Ramírez, Consejeros Nacionales de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).

VI. ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, el numeral 5) de su artículo 1° requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por tener incidencia en materia financiera y presupuestaria del Estado.

VII. DISCUSIÓN GENERAL

El proyecto en informe fue aprobado en general, por vuestra Comisión, en su sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2013, con el voto favorable (4) de la Diputada señora Vidal, doña Ximena, y de los Diputados señores Bertolino; Jiménez y Salaberry. Se abstuvieron la señora Muñoz, doña Adriana, y el señor Andrade.

En el transcurso de su discusión general, que se inició el martes 8 de octubre del año recién pasado, el Ejecutivo , través del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Juan Carlos Jobet Eluchans, además de refrendar los fundamentos contenidos en el Mensaje que dio origen a este proyecto en informe, hizo presente que la presente iniciativa tiene por objeto perfeccionar el funcionamiento del seguro de cesantía establecido en la Ley N° 19.728.

El señor Ministro manifestó , asimismo, que en la actualidad para cualquier causal de término de la relación laboral, los trabajadores tienen derecho a beneficios con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía siempre que: en el caso de trabajadores a plazo indefinido, registren al menos 12 cotizaciones desde su afiliación al seguro o desde el último giro; en el caso de trabajadores de plazo fijo, registren 6 cotizaciones desde afiliación del seguro o desde el último giro. Al respecto, agregó, se pueden hacer tantos retiros como permita el saldo. A su vez, se contempla un Fondo de Cesantía Solidario, que opera cuando el saldo es insuficiente en la cuenta individual para financiar los beneficios. Para acceder a él se requiere registrar al menos 12 cotizaciones mensuales desde su afiliación al seguro o desde que se devengó el último giro, en los últimos 24 meses antes del despido, y 3 cotizaciones continuas con el mismo empleador. En este caso, se puede recibir prestaciones más de dos veces en un período de cinco años

Asimismo, el señor Jobet señaló que el seguro lo administra una sociedad anónima de giro único, escogida por licitación, a través de un Contrato de administración que se adjudica por diez años. Las obligaciones del administrador dicen relación con administrar el Fondo de Cuenta Individual y el solidario; recaudar cotizaciones; otorgar y administrar las prestaciones que señala la ley; debe tener a disposición del público una red de 50 centros de atención. Asimismo, en la respectiva licitación, los proponentes pueden hacer oferta de servicios adicionales.

Por otra parte, el señor Ministro expresó que la estructura de comisiones queda definida en las Bases de Licitación. El nivel de las comisiones se define según el resultado de la licitación: Primera licitación: 0,6% de fondos administrados y Segunda licitación: 0,49% de fondos administrados. Además, si la rentabilidad semestral es mayor al rendimiento de un benchmark, se puede incrementar comisión base en 10%. Si es menor que el retorno del benchmark, la comisión base se reduce en 10%.

El señor Jobet manifestó, del mismo modo, que el proyecto de ley cuya tramitación se ha dado inicio, tiene por objeto mejorar la protección económica de los trabajadores afiliados al Seguro de Cesantía que pierden su trabajo, en la medida en que la iniciativa reconoce un incremento en las remuneraciones reales del país. En efecto, las reservas del seguro de cesantía han crecido muy por sobre lo proyectado desde su creación, por lo que la acumulación de recursos permite financiar mejores beneficios y a un costo menor, sin comprometer la solvencia del sistema. Esta opinión coincide con la de la Comisión de Usuarios del Seguro de Cesantía que, reiteradamente, y en consideración a la alta acumulación de recursos, ha propuesto que se mejoren los beneficios del seguro.

En concreto, añadió, el proyecto de ley contempla, en primer lugar, un aumento en los porcentajes de remuneración. En efecto, para los tres primeros pagos con cargo al FCS en el caso de Contratos Indefinidos y dos pagos en el caso de Contratos Plazo Fijo – Obra o Faena. En segundo lugar, el aumento en el monto de los beneficios mínimos y máximos en el caso que se use el FC. De este modo, los Trabajadores a plazo indefinido, tendrán un tope máximo del beneficio correspondiente a $525.000 (equivalente a 70% de $750.000. Esta última cantidad corresponde al nuevo valor implícito tope de remuneración que se usa para el cálculo de los beneficios. Valor implícito actual es aprox. $470.000). El valor inferior es equivalente al 25% del salario mínimo ($210.000). Los montos se reajustan anualmente según IPC e Índice de Remuneraciones Reales.

Hizo presente que, en el caso de los trabajadores a plazo fijo, se fijaría un aumento en el monto de los beneficios mínimos y máximos en el caso que se use el FCS. Los montos se reajustan anualmente según IPC e IRR.

Por otra parte, señaló que el proyecto contempla cambiar el límite de acceso al Fondo Solidario a 10 pagos en 6 años (Para estos efectos no se considera los dos pagos adicionales en caso de alta cesantía que contempla la ley). Asimismo, el proyecto contempla hacer imponible para pensiones los beneficios del seguro de cesantía. En efecto, las cotizaciones se financiarían con cargo al Fondo Solidario, sin afectar el monto del beneficio que recibe el trabajador cesante. Se pagaría cotizaciones solo en el caso de beneficiarios que, teniendo derecho, opten por hacer uso del Fondo de Cesantía Solidario. Las cotizaciones incluirían el aporte a la cuenta individual (10%) más el seguro de invalidez y sobrevivencia (1,26%). Dichas cotizaciones serán calculadas en función del monto de la prestación correspondiente. Las AFP no podrían cobrar comisiones por la recaudación de estas cotizaciones.

Adicionalmente, agregó, la iniciativa propone que en el mes cuando el trabajador cesante pierda dicha calidad, por encontrar trabajo, la prestación del seguro de cesantía se pagará en forma proporcional a los días no trabajados. Si el número de días no trabajados es igual o mayor a 25 días, se pagará la prestación completa. Se establece una formula de compensación para el administrador del seguro, por menor acumulación de fondos como resultado de estas reformas (comisión que cobra es % de fondos administrados, más premio/castigo por mayor/ menor rentabilidad semestral respecto a benchmark)

Finalmente, el señor Jobet indicó que la Superintendencia de Pensiones estimó el impacto de los cambios propuestos sobre el nivel del Fondo de Cesantía Solidario durante los próximos 10 años, en las siguientes formas: aumentarían las tasas de uso para todo el periodo de proyección (posterior a la reforma) en 3,2 veces para los contratos a plazo indefinido (de 14% a 46%) y en 7,7 veces para los contrato plazo fijo (de 7% a 54%). Asimismo, se supone una crisis económica de dos años (que comienza un año después de la reforma). Durante la misma disminuye el número de cotizantes (hasta un 15%), y aumentan las tasas de uso del seguro, aproximadamente en un 50% para los contratos indefinidos (a 67% en promedio durante la crisis) y en un 25% en el caso de los contratos a plazo fijo (a 68% en promedio durante la crisis), por sobre el aumento permanente.

Concluyó expresando que, en materia de resultados, sin crisis económica, 3 años después de la reforma, el saldo del FCS disminuye un 31% respecto a la proyección sin reforma. 5 años después de las reformas, saldo cae 42%. 9 años después de la reforma, decrece 48%. Con crisis económica: en el punto más duro de la crisis (dos años después de la reforma), el saldo del FCS disminuye 22% respecto a la proyección con reforma y sin crisis económica En resumen: los cambios propuestos no amenazan la sustentabilidad de largo plazo del FCS, lo cual se explica principalmente por la magnitud del fondo ya acumulado.

A propósito de consultas de los señores Vilches, Jiménez y Andrade, el Ministro Jobet indicó que la reducción del 3% a 2% de la cotización, se logra bajando la cotización que hacen los empleadores a la cuenta individual de los trabajadores. En este sentido, el Ministro afirmó que esta reducción no tendrá efecto en el fondo solidario, sin perjuicio de que esta reforma generará mayor uso del seguro. Hizo presente, asimismo, que los dineros del fondo se invierten en instrumentos de renta fija de bajo riesgo y que tienen reglas de inversión estrictamente legales. La señora Berstein agregó que en el caso de la administración de estos fondos, la ley establece una cartera de referencia explícita con la cual el administrador del fondo debe competir a fin de obtener mayores ganancias y evitar sanciones. Por último, indicó que el proyecto tiene por objeto mejorar los beneficios contenidos en el seguro de cesantía sin modificar o revisar la cobertura del mismo. Asimismo, recordó que las trabajadoras de casa particular tienen una cotización especial con derecho a una indemnización a todo evento. En relación a los trabajadores del sector público, el Ministro insistió en que este proyecto no contempla la revisión de la cobertura del beneficio.

Para continuar con el estudio del proyecto, la Comisión recibió a los señores Fernando Alvear Artaza, Gerente General, y Pablo Bobic Concha, Asesor Legal, ambos de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC).

El señor Alvear manifestó que la iniciativa legal es muy bienvenida por el empresariado, quien desde hace ya varios años viene abogando, junto con los trabajadores, por la ampliación de los beneficios del seguro. En efecto, indicó que la magnitud de los recursos acumulados en los distintos fondos, y muy especialmente en el correspondiente a las cuentas individuales de los trabajadores, sumado a la persistente tasa de crecimiento anual de los mismos, y los resultados de los distintos estudios actuariales encomendados por la Administradora de Fondos del Seguro de Cesantía y la Superintendencia de Pensiones, al simular el comportamiento de los fondos frente a escenarios de profundas crisis en el empleo, les permiten apoyar de manera decidida la propuesta contenida en el presente proyecto de ley.

En este contexto, agregó, el sostenido y alto crecimiento del Fondo Solidario de este seguro, permite realizar una reforma sustantiva que permitiría otorgar mayores y mejores beneficios a los trabajadores que tienen que enfrentar la cesantía. En tal sentido, la CPC manifestó estar de acuerdo con elevar el tope de los actuales $ 380.000 a $750.000, de manera que aumente sustantivamente el número de trabajadores que se beneficien con esta medida; elevar la tasa de reemplazo, sobre todo en los dos primeros meses de cesantía, partiendo de un 70% para el primer mes; establecer una nueva modalidad de copago, de manera que el Fondo Solidario concurra a financiar desde el primer mes la cesantía, y permita al trabajador no ocupar el 100% de su Cuenta de Capitalización Individual; reducir el aporte de tos empleadores al Fondo Solidario cuando la relación laboral se extienda por más de 24 meses.

Al respecto, el señor Alvear sugirió considerar que se sustituya el aporte del 1,6% que se efectúa a las cuentas individuales de los trabajadores en el seguro de cesantía, para que en caso de desvinculación por necesidades de la empresa, el trabajador reciba íntegra la indemnización por años de servicio, sin descuento alguno por este concepto.

Por su parte, el señor Bobic manifestó que la CPC apoyaría un marco legal permanente que ofrezca una batería de instrumentos para proteger al empleo frente a cualquier situación, que tenga por causa eventual una crisis económica o sea producto de algún desastre natural. Las medidas contempladas en la nueva norma debieran, a su juicio, activarse automática y focalizadamente cada vez que la tasa nacional, regional o sectorial de desempleo publicada por el INE - si la hubiere - exceda en un punto porcentual el promedio de dicha tasa, correspondiente a los cuatro años anteriores publicados por ese Instituto, y/o, cada vez que, previa solicitud conjunta de la CUT y la CPC, una comisión compuesta por expertos - Decanos de las Facultades de Economía de tres universidades nacionales de reconocido prestigio - determine que se está frente a una crisis en el empleo, o bien, existan elementos suficientes para proyectar que ésta sería inminente y que tendría efectos nacionales, regionales o que afectarían a uno o más sectores económicos.

A su vez, proponen, para los casos en que se active la norma de protección del empleo, que se constituya una comisión técnica tripartita encargada de dar seguimiento a la efectividad en la implementación de las distintas medidas, así como de analizar los distintos indicadores económicos oficiales o de entidades de reconocido prestigio. De igual manera, proponen la ampliación del permiso de capacitación, de modo tal que los trabajadores con jornada completa, si así libremente lo acuerdan con su empleador, puedan reducir sus horas de trabajo; en cuyo caso el trabajador tendría derecho a una remuneración que no podría ser inferior a la proporción de la jornada trabajada, la que sería cancelada por su empleador. Los trabajadores referidos tendrían derecho a acceder a los cursos de capacitación durante las horas en que hayan pactado la reducción de horas de trabajo, estableciéndose que si al vencimiento del plazo acordado la empresa desvincula al trabajador, la remuneración que debiera considerarse para el cálculo de todos los beneficios laborales, sería la que tenía el trabajador antes de pactar la reducción de su jornada laboral. Las medidas de protección del empleo contempladas en esta nueva norma debieran mantenerse vigentes hasta que sean superadas las circunstancias que le dieron origen, velando por la recuperación de la calidad de los empleos.

A continuación, en su sesión de fecha 10 de diciembre del año 2013, la Comisión recibió a la señora Julia Requena Castillo y a los señores Guillermo Salinas Vargas y José Hermosilla Ramírez, Consejeros Nacionales de la Central Unitaria de Trabajadores, quienes manifestaron que a la luz de los resultados verificados por el Comité de Usuarios del Seguro de Cesantía, el sistema llegó a tener un crecimiento anual de 30%, sin que ello repercutiera en mayores beneficios para los trabajadores. En este sentido, y considerando que el sistema no tiene por objeto la acumulación de riqueza, se hace indispensable elevar las prestaciones y disminuir los costos del seguro.

Sin perjuicio de lo anterior, el señor Salinas criticó la falta de voluntad política del Gobierno para ello, en atención a que un acuerdo entre la CUT, la CPC y el Gobierno ya se había alcanzado en esta materia desde el inicio del período presidencial. Asimismo, lamentó que a solo meses de iniciarse un nuevo Gobierno, se haya presentado un proyecto de ley, cuya calificación de urgencia y su vinculación directa con el proyecto relacionado con salas cunas, no permita realizar un debate serio y acabado acerca de las distintas aristas de las modificaciones legales.

En concreto, el señor Salinas indicó que la CUT está de acuerdo con todo aquello que implique aumento de beneficios y mejoras en las tasas de reemplazo. Sin embargo, manifestó que el proyecto no contempla una serie de puntos en los cuales hubo acuerdo y otros que requieren de corrección, como, por ejemplo, la omisión en que incurre en relación con eliminar el descuento del 1,8% del aporte de los empleadores a las cuentas individuales en el finiquito del trabajador. Asimismo, la solución que el proyecto plantea en relación a las lagunas previsionales, en la medida en que sólo contempla dar integridad a dichas lagunas con cargo al fondo solidario para aquellos trabajadores que hicieron uso del mismo, lo cual no resolvería el problema. En opinión de la CUT, las lagunas previsionales deberían ser cubiertas por el fondo solidario para todo trabajador que quede cesante hasta que deja de estarlo.

Por otro lado, añadió que el proyecto plantea eliminar el último giro de la cuenta individual correspondiente al mes en que el trabajador dejó de ser cesante, lo que, en opinión de la CUT, es complejo, entendiendo que el trabajador también podría dejar de ser cesante en la mitad del mes, por tanto, dicha eliminación debiese ser proporcional y ajustada a la realidad laboral del trabajador.

Finalmente, el señor Salinas lamentó que el proyecto no resuelva el anhelo de la incorporación del trabajador del sector público al seguro de cesantía.

En la sesión del día 17 de diciembre recién pasado, la Comisión recibió nuevamente al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Juan Carlos Jobet Eluchans, quién se refirió a los comentarios y opiniones formuladas al proyecto tanto por parte de la CPC como de la CUT, destacando que dichas instituciones hayan reconocido que el sistema se encuentra sobre financiado y que efectivamente permite disponer de recursos suficientes, generando espacio para aumentar los beneficios a las personas afiliadas al seguro.

Respecto a la crítica de la CUT en atención al momento en que el proyecto de ley fue presentado al Congreso, el señor Jobet indicó que pueden tener razón en el sentido de que la discusión se había producido hace algún tiempo en el seno de la Comisión de Usuarios; sin embargo, poco se puede hacer al respecto ahora, salvo avanzar en su discusión dentro de lo razonable.

En relación al descuento de los aportes del empleador a la cuenta individual del trabajador cuando éste ha sido despedido por necesidades de la empresa u otras causales que dieran derecho a indemnización, el señor Ministro indicó que toda la discusión respecto a la modificación de las tasas de cotización que realizan tanto empleadores como trabajadores para financiar el seguro de cesantía, no ha sido incluido en este proyecto de ley, sino en aquel que dice relación con salas cuna (Boletín N° 9087-13). Dicho esto, el señor Jobet indicó que en el mencionado proyecto de salas cuna, se realiza una reducción de un 1% de la cotización que hacen los empleadores a la cuenta individual de los trabajadores, es decir, aprobado dicho proyecto, el descuento en comento será menor.

Respecto a las lagunas previsionales, el señor Ministro indicó que el proyecto dispone que aquellos trabajadores que opten por usar el fondo solidario tendrán derecho a que dicho fondo aporte el 10% a su cuenta de AFP, sin que las Administradoras puedan cobrar comisiones.

En relación al último giro con cargo al seguro, el proyecto plantea que se pagará proporcionalmente dependiendo del día en que el trabajador deje de ser cesante. Al respecto el señor Ministro indicó que es posible que la CUT haya tenido una versión no actualizada de la iniciativa al criticar este punto en la medida en que la situación se encontraría resuelta.

En relación a la crítica de la CUT en orden a no incorporar a los trabajadores del sector público a la cobertura del seguro, el señor Ministro manifestó su intención de avanzar en la discusión de la materia pero en un proyecto de ley distinto, evitando que dicha discusión entorpezca el despacho de la presente iniciativa.

Finalmente, respecto a la exposición de la CPC, el señor Ministro indicó que dicha institución habría manifestado estar de acuerdo con la presente iniciativa, sin perjuicio de que manifestó también críticas similares en relación a las urgencias y los plazos de presentación del proyecto.

Por su parte, las señoras y señores Diputados integrantes de esta instancia legislativa manifestaron su conformidad con la iniciativa legal en análisis, haciendo presente que ella perfecciona y mejora la protección económica de los trabajadores afiliados al Seguro de Cesantía que pierden su trabajo, ayudándolos a encontrar, en el menor tiempo posible, un nuevo puesto de trabajo desde el cual puedan desplegar sus potencialidades y talentos, evitando ser atrapados en las redes del asistencialismo.

VIII. SÍNTESIS DE LAS OPINIONES DISIDENTES AL ACUERDO ADOPTADO EN LA VOTACIÓN EN GENERAL.

No hubo en el seno de vuestra Comisión opiniones disidentes al acuerdo adoptado en la votación en general.

IX. DISCUSIÓN PARTICULAR.

Finalmente, en su sesión de fecha 14 de enero último, y previo a someter a votación particular el proyecto, vuestra Comisión recibió al señor Augusto Iglesias Palau, Subsecretario de Previsión Social ; la señora Ximena Quintanilla Domínguez, Analista de la División de Estudios de la Superintendencia de Pensiones y a la señora Marcia Salinas Bruna, Jefa del Departamento de Análisis de la Superintendencia de Seguridad Social , con el objeto de aclarar diversas dudas e inquietudes que habrían surgido a propósito de las exposiciones de la CPC y de la CUT y refrendar las explicaciones entregadas por el señor Ministro del Trabajo y Previsión Social anteriormente.

En relación a las críticas planteadas por la CUT en sesiones anteriores, respecto a la solución que el proyecto otorga a las lagunas previsionales, el señor Iglesias manifestó que la iniciativa prescribe que el trabajador va a recibir el pago de cotizaciones previsionales no sólo cuando sea beneficiario del fondo de cesantía solidario sino cuando tenga derecho al mismo. En otras palabras, el trabajador recibirá el pago previsional, con cargo al fondo solidario, aun cuando el beneficio del seguro se esté financiando en base a su cuenta individual.

Respecto a la crítica de la CUT relacionada con la eliminación del último giro de la cuenta individual correspondiente al mes en que el trabajador dejó de ser cesante, la cual en opinión de la Central Unitaria de Trabajadores debería ser proporcional y ajustada a la realidad laboral de cada trabajador, el señor Iglesias indicó que ese tema ya se encontraría resuelto por el texto del proyecto de ley que señala literalmente: “si el trabajador estuvo cesante una parte del mes calendario, la prestación se pagará en forma proporcional; no obstante si dicho periodo alcanzare 25 o más días en el mes respectivo, la prestación se pagará completa”.

Ante diversas consultas de señores parlamentarios respecto a los 10 pagos en 5 años que establece la iniciativa y a la solución que otorga el proyecto al problema de las lagunas previsionales, el señor Subsecretario manifestó que la ley actual establece que el acceso al fondo de cesantía solidario está limitado a 2 veces en 5 años, lo cual evidentemente ha despertado críticas por parte de los trabajadores. En atención a lo anterior, la presente iniciativa modifica esta situación, estableciendo la posibilidad del trabajador de acceder al beneficio, pudiendo optar a 10 pagos en un periodo de 6 años. Respecto a las lagunas previsionales, el señor Iglesias aclaró que los trabajadores financian los beneficios del fondo de cesantía solidario con cargo a su cuenta individual, y en subsidio con cargo al fondo solidario. Adicionalmente, el trabajador puede optar por no acceder al fondo de cesantía solidario en base a las restricciones existentes en cuanto a las cantidades de pago en determinados años. Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto prescribe que si el trabajador tiene derecho al fondo de cesantía solidario y opta por acceder a los beneficios del fondo, comienza a recibir el pago de cotizaciones previsionales aún cuando los beneficios se estén pagando con cargo a su cuenta individual.

Sometido a discusión particular el proyecto de ley, la Comisión adoptó los siguientes acuerdos respecto de su texto:

“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 19.728, que establece el Seguro Obligatorio de Cesantía:

1) Reemplázase la tabla del tercer inciso del artículo 15 por la siguiente:

Meses

Porcentaje promedio remuneraciones últimos 6 ó 12 meses de cotizaciones, según corresponda

Primero

70%

Segundo

55%

Tercero

45%

Cuarto

35%

Quinto

30%

Sexto

25%

Séptimo o superior

25%

2) Modifícase el artículo 16 en el siguiente sentido:

a) Agrégase, al final del inciso primero, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), lo siguiente: “Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° de esta ley.”

b) Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente:

“En todo caso, si el trabajador estuvo cesante una parte del mes calendario, la prestación se pagará en forma proporcional. No obstante, si dicho período alcanzare 25 o más días en el mes respectivo, la prestación se pagará completa.”

c) Elimínase el inciso tercero.

3) Reemplázase el inciso segundo del artículo 24 por el siguiente:

“Con todo, un trabajador no podrá recibir más de diez pagos de prestaciones financiadas parcial o totalmente con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en un período de 6 años.”

4) Modifícase el artículo 25 de la siguiente forma:

a) Reemplázase la tabla del inciso primero por la siguiente:

MESES

PORCENTAJE PROMEDIO REMUNERACIONES ÚLTIMOS 12 MESES

VALOR SUPERIOR

VALOR INFERIOR

Primero

Segundo

Tercero

Cuarto

Quinto

70%

55%

45%

35%

30%

$525.000

$412.500

$337.500

$262.500

$225.000

$147.000

$115.500

$94.500

$73.500

$63.000

b) Reemplázase, en el inciso segundo, la expresión “para los meses cuarto y quinto en la tabla establecida en el inciso anterior” y el punto final (.), por lo siguiente: “en la tabla siguiente:”.

c) Intercálase entre el actual inciso segundo y el inciso tercero, la siguiente tabla:

MESES

PORCENTAJE PROMEDIO REMUNERACIONES ÚLTIMOS 12 MESES

VALOR SUPERIOR

VALOR INFERIOR

Primero

Segundo

50%

40%

$375.000

$300.000

$ 105.000

$ 84.000

d) Intercálase al inicio del inciso tercero, entre las expresiones “Aquellos beneficiarios” y “que estén”, lo siguiente: “en virtud de un contrato de duración indefinida”.

e) Reemplázase la tabla del inciso tercero por la siguiente:

MESES

PORCENTAJE PROMEDIO REMUNERACIONES ÚLTIMOS 12 MESES

VALOR SUPERIOR

VALOR INFERIOR

Sexto

25%

$187.500

$ 52.500

Séptimo

25%

$187.500

$ 52.500

f) Agrégase al final del inciso cuarto, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Estos giros adicionales, así como los señalados en el inciso anterior, no se considerarán para el número máximo de pagos de prestaciones establecido en el inciso segundo del artículo 24.”.

g) Reemplázase en la primera oración del inciso quinto la expresión “primero y tercero” por “primero, segundo y tercero”, y reemplázase la palabra “febrero” por “marzo”.

5) Agrégase a continuación del artículo 25 bis, el siguiente artículo 25 ter nuevo:

“Artículo 25 ter.- El Fondo de Cesantía Solidario financiará las cotizaciones de pensiones establecidas en el inciso primero del artículo 17 del D.L. N° 3.500, de 1980, y la cotización destinada al financiamiento del seguro de invalidez y sobrevivencia establecida en el mismo artículo, de los trabajadores que han manifestado su opción de recibir beneficios con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Estas cotizaciones se calcularán sobre el monto de la prestación que le corresponda al trabajador y sólo surtirán efecto para la obtención de los beneficios que establece el sistema de pensiones del citado decreto ley. El depósito de estas cotizaciones, que deberá ser enterado por la Sociedad Administradora del Fondo, no estará afecto al cobro de comisiones por parte de la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente.”

6) Reemplázase en el artículo 65 el guarismo “78” por “73”.”.

-Sometido a votación fue aprobado por 8 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor la señora Vidal, doña Ximena, y los señores Andrade, Baltolu, Barros, Bertolino, Jiménez, Monckeberg, don Nicolás, y Salaberry).

“Artículo 2° La Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía tendrá derecho a una retribución adicional a la que se refiere el artículo 30 de la Ley N° 19.728.

La retribución adicional se determinará calculando, para los meses que resten de vigencia del contrato, la comisión base contemplada en el artículo 30 de la Ley N° 19.728 por los recursos del Fondo de Cesantía y del Fondo de Cesantía Solidario que se destinen al pago de los beneficios a que se refiere la presente ley, que reciban aquellos beneficiarios que no hubiesen tenido derecho a tales prestaciones antes de su entrada en vigencia o que correspondan a un mayor monto de prestaciones.

La retribución establecida en este artículo se devengará a contar de la entrada en vigencia de esta ley y hasta el término del contrato de administración del Seguro de Cesantía y se pagará con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en los plazos y en la forma que determine la Superintendencia de Pensiones, mediante norma de carácter general.”.

-Sometido a votación fue aprobado por 6 votos a favor, uno en contra y una abstención.

(Votaron a favor los señores Baltolu, Barros, Bertolino, Jiménez, Monckeberg, don Nicolás, y Salaberry. En contra lo hizo el señor Andrade, y se abstuvo la señora Vidal, doña Ximena).

“Artículo 3°.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del cuarto mes contado desde su publicación en el Diario Oficial.”.

-Sometido a votación fue aprobado por 8 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor la señora Vidal, doña Ximena, y los señores Andrade, Baltolu, Barros, Bertolino, Jiménez, Monckeberg, don Nicolás, y Salaberry).

X. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.

No existen disposiciones en tal situación.

-o-

Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que os dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante , vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social os recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 19.728, que establece el Seguro Obligatorio de Cesantía:

1) Reemplázase la tabla del tercer inciso del artículo 15 por la siguiente:

Meses

Porcentaje promedio remuneraciones últimos 6 ó 12 meses de cotizaciones, según corresponda

Primero

70%

Segundo

55%

Tercero

45%

Cuarto

35%

Quinto

30%

Sexto

25%

Séptimo o superior

25%

2) Modifícase el artículo 16 en el siguiente sentido:

a) Agrégase, al final del inciso primero, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), lo siguiente: “Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° de esta ley.”

b) Sustitúyese el inciso segundo por el siguiente:

“En todo caso, si el trabajador estuvo cesante una parte del mes calendario, la prestación se pagará en forma proporcional. No obstante, si dicho período alcanzare 25 o más días en el mes respectivo, la prestación se pagará completa.”

c) Elimínase el inciso tercero.

3) Reemplázase el inciso segundo del artículo 24 por el siguiente:

“Con todo, un trabajador no podrá recibir más de diez pagos de prestaciones financiadas parcial o totalmente con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en un período de 6 años.”

4) Modifícase el artículo 25 de la siguiente forma:

a) Reemplázase la tabla del inciso primero por la siguiente:

MESES

PORCENTAJE PROMEDIO REMUNERACIONES ÚLTIMOS 12 MESES

VALOR SUPERIOR

VALOR INFERIOR

Primero

Segundo

Tercero

Cuarto

Quinto

70%

55%

45%

35%

30%

$ 525.000

$ 412.500

$ 337.500

$ 262.500

$ 225.000

$ 147.000

$ 115.500

$ 94.500

$ 73.500

$ 63.000

b) Reemplázase, en el inciso segundo, la expresión “para los meses cuarto y quinto en la tabla establecida en el inciso anterior” y el punto final (.), por lo siguiente: “en la tabla siguiente:”.

c) Intercálase entre el actual inciso segundo y el inciso tercero, la siguiente tabla:

MESES

PORCENTAJE PROMEDIO REMUNERACIONES ÚLTIMOS 12 MESES

VALOR SUPERIOR

VALOR INFERIOR

Primero

Segundo

50%

40%

$ 375.000

$ 300.000

$ 105.000

$ 84.000

d) Intercálase al inicio del inciso tercero, entre las expresiones “Aquellos beneficiarios” y “que estén”, lo siguiente: “en virtud de un contrato de duración indefinida”.

e) Reemplázase la tabla del inciso tercero por la siguiente:

MESES

PORCENTAJE PROMEDIO REMUNERACIONES ÚLTIMOS 12 MESES

VALOR SUPERIOR

VALOR INFERIOR

Sexto

25%

$ 187.500

$ 52.500

Séptimo

25%

$1 87.500

$ 52.500

f) Agrégase al final del inciso cuarto, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: “Estos giros adicionales, así como los señalados en el inciso anterior, no se considerarán para el número máximo de pagos de prestaciones establecido en el inciso segundo del artículo 24.”

g) Reemplázase en la primera oración del inciso quinto la expresión “primero y tercero” por “primero, segundo y tercero”, y reemplázase la palabra “febrero” por “marzo”.

5) Agrégase a continuación del artículo 25 bis, el siguiente artículo 25 ter nuevo:

“Artículo 25 ter.- El Fondo de Cesantía Solidario financiará las cotizaciones de pensiones establecidas en el inciso primero del artículo 17 del D.L. N° 3.500, de 1980, y la cotización destinada al financiamiento del seguro de invalidez y sobrevivencia establecida en el mismo artículo, de los trabajadores que han manifestado su opción de recibir beneficios con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Estas cotizaciones se calcularán sobre el monto de la prestación que le corresponda al trabajador y sólo surtirán efecto para la obtención de los beneficios que establece el sistema de pensiones del citado decreto ley. El depósito de estas cotizaciones, que deberá ser enterado por la Sociedad Administradora del Fondo, no estará afecto al cobro de comisiones por parte de la Administradora de Fondos de Pensiones correspondiente.”

6) Reemplázase en el artículo 65 el guarismo “78” por “73”.

Artículo 2°.- La Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía tendrá derecho a una retribución adicional a la que se refiere el artículo 30 de la Ley N° 19.728.

La retribución adicional se determinará calculando, para los meses que resten de vigencia del contrato, la comisión base contemplada en el artículo 30 de la Ley N° 19.728 por los recursos del Fondo de Cesantía y del Fondo de Cesantía Solidario que se destinen al pago de los beneficios a que se refiere la presente ley, que reciban aquellos beneficiarios que no hubiesen tenido derecho a tales prestaciones antes de su entrada en vigencia o que correspondan a un mayor monto de prestaciones.

La retribución establecida en este artículo se devengará a contar de la entrada en vigencia de esta ley y hasta el término del contrato de administración del Seguro de Cesantía y se pagará con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en los plazos y en la forma que determine la Superintendencia de Pensiones, mediante norma de carácter general.

Artículo 3°.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del cuarto mes contado desde su publicación en el Diario Oficial.”.

-o-

Se designó diputado informante , a don Tucapel Jimenez Fuentes.

Sala de la Comisión, a 14 de enero de 2014.

Acordado en sesiones de 8 de octubre, 19 de noviembre y 10 y 17 de diciembre de 2013, y 14 de enero del año en curso, con asistencia de las Diputadas señoras Goic, doña Carolina; Muñoz, doña Adriana, y Vidal, doña Ximena, y de los Diputados señores Andrade; Baltolu; Barros; Bertolino; Gutiérrez, don Romilio; Jiménez; Monckeberg, don Nicolás; Saffirio; Salaberry y Vilches.

(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado, Secretario de la Comisión .”

8. Informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana y de Drogas recaído en el proyecto de ley que agrava las penas por los delitos de daños en cámaras de televigilancia, vehículos motorizados u otros bienes destinados a implementar planes de seguridad pública. (boletín N° 7290-25).

“Honorable Cámara:

La Comisión de Seguridad Ciudadana y de Drogas viene en informar el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, que tiene su origen en una moción de las diputadas señoras María Angélica Cristi, Andrea Molina, señorita Marcela Sabat y Mónica Zalaquett; y de los diputados señores Gustavo Hasbún, José Antonio Kast, Iván Moreira, Felipe Salaberry, Carlos Vilches y Felipe Ward.

Durante el tratamiento del proyecto de ley, la Comisión contó con la asistencia y participación de las siguientes autoridades y especialistas: a) De Carabineros de Chile, el jefe de la V Zona, general Julio Pineda, y el teniente coronel (J), Rodrigo Zapico; b) el Presidente del departamento de ciencias penales de la escuela de derecho de la Universidad de Valparaíso, señor Waldo del Villar.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.

Las ideas matrices del proyecto son las siguientes:

a) Incorporar como una modalidad específica del delito de daño aquel que recae en cámaras de televigilancia y, en general, en los equipos destinados a implementar planes de seguridad pública.

b) Sancionar como una falta el daño provocado en alguno de los equipos antes aludidos cuando la cuantía del perjuicio no excede determinado monto.

2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

No existen normas que revistan tal carácter.

3.- NORMAS QUE REQUIEREN TRÁMITE DE HACIENDA.

El proyecto no tiene normas que requieran ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4.- APROBACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO.

Sometido a votación general, el proyecto fue aprobado por asentimiento unánime, con los votos de la diputada señora María Angélica Cristi y de los diputados señores Cristián Letelier, Cristián Monckeberg, Arturo Squella y Matías Walker.

5.- DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó Diputada informante a la señora María Angélica Cristi.

II. ANTECEDENTES.

Según expresan los autores del proyecto, en el marco de los planes preventivos o de seguridad pública que desarrollan las autoridades (sean locales, centrales o policiales), las cámaras de televigilancia y otros dispositivos constituyen un instrumento eficaz, no sólo para prevenir el delito, sino también como un elemento probatorio para perseguir posteriormente a quienes han delinquido. Agregan que tales dispositivos, y en particular las cámaras de vigilancia, han sido objeto de atentados por parte de delincuentes, ya sea destruyéndolas o dejándolas inutilizadas, con lo cual se afecta la seguridad de la ciudadanía.

Al decir de quienes patrocinan el proyecto, los atentados contra los equipos de vigilancia no tienen asignada una pena específica, sino que son sancionados por asimilación “residual” al delito de daños, contemplado en el artículo 484 y siguientes del Código Penal, que asignan a dicha figura delictiva penas privativas de libertad que van de 61 días a 5 años, dependiendo de la cuantía de los daños provocados, sin perjuicio de la aplicación de una multa, de cuantía variable, dependiendo también de la magnitud de los daños causados. Es importante destacar que si los daños provocados son de un avalúo inferior a 1 unidad tributaria mensual (UTM), la conducta deja de ser un delito y pasa a ser una falta, cuya sanción o pena consiste únicamente en multa, no admitiendo por consiguiente la privación de libertad del condenado. Tampoco es posible, al tenor del artículo 9°del Código Penal, que la falta sea sancionada cuando alcanza sólo el grado de tentativa o frustrada.

De acuerdo a los antecedentes expuestos, los autores del proyecto concluyen que la destrucción y, en general, cualquier forma de atentado contra los dispositivos de vigilancia, prevención o seguridad, no recibe actualmente una sanción adecuada, y por tal motivo no se está disuadiendo la comisión de ilícitos de esta naturaleza.

III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.

A) En General

Durante la discusión general del proyecto de ley en informe, la Comisión escuchó a las siguientes personas:

1) Jefe de la V Zona de Carabineros, general Julio Pineda, y teniente coronel (J) Rodrigo Zapico

El Jefe de la V Zona de Carabineros de Chile , general Julio Pineda, afirmó que las cámaras de televigilancia, instaladas principalmente por los municipios, constituyen una herramienta de apoyo imprescindible para la labor que realiza la institución policial en materia de seguridad ciudadana. En efecto, a través de ellas se puede determinar muchas veces a la persona del delincuente, por lo que representan un medio de prueba muy eficaz sobre la participación punible, que abarca una amplia gama de delitos, y no solo aquellos contra la propiedad.

Sin perjuicio de respaldar esta iniciativa de ley, propuso complementarla incorporando los dispositivos de seguridad utilizados por los privados, como los bancos, las industrias, el comercio, etc., porque cumplen el mismo propósito, es decir, contribuir a la seguridad ciudadana. Además, de acuerdo a la ley N°19.303 tales dispositivos deben estar inscritos ante Carabineros a través del sistema alfa 2, toda vez que las entidades privadas están insertas en los planes de seguridad que impulsa el organismo policial.

Agregó que otro aspecto que debería comprender la modificación del artículo 485 del Código Penal es la situación, de frecuente ocurrencia, que consiste en inutilizar los dispositivos de seguridad, sin provocar en ellos un daño, al menos de forma aparente. Es lo que sucede, por ejemplo, cuando se descalibra o se lanza pintura a las cámaras de vigilancia.

Finalmente, manifestó estar de acuerdo con la pena que se asigna al delito de daño.

Por su parte, el teniente coronel (J) Rodrigo Zapico subrayó la idea expuesta por el general Pineda, en cuanto a la conveniencia de que se tipifique como delito de daño la inutilización de los aparatos de seguridad antes mencionados, pues el efecto que se produce es análogo a la destrucción: pierden su operatividad. Tanto si se destruyen como si se les arroja pintura o se descalibran las cámaras, se priva a la policía de un medio adecuado para resguardar el orden. Sin embargo, el ministerio público considera que en estos casos no hay delito de daño.

2) Presidente del departamento de ciencias penales de la escuela de derecho de la Universidad de Valparaíso, señor Waldo del Villar

El profesor del Villar se mostró de acuerdo en incluir dentro de la categoría de daños calificados los que afectan a las cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y demás implementos que se ocupan en los planes de seguridad pública. Junto con lo anterior, sugirió modificar el artículo 485 del Código Penal, en el sentido de rebajar el “piso” de 40 unidades tributarias mensuales (UTM), que exige la norma como monto mínimo de los daños provocados para hacer aplicable la pena privativa de libertad y la multa que establece al efecto. A su juicio, dicho monto debería reducirse a unas 15 UTM, para así poder sancionar los daños de menor cuantía.

Por otra parte, opinó que no sería necesaria una mención expresa en el proyecto a los implementos de seguridad utilizados por los particulares, pues cumplen el mismo propósito que aquellos instalados por las autoridades, a saber, velar por la seguridad pública. Con todo, para despejar cualquier duda al respecto, podría señalarse que el tipo penal también comprende a las cámaras de televigilancia pertenecientes a entidades particulares.

-o-

Durante la discusión general, el proyecto en informe suscitó las siguientes opiniones de parte de los integrantes de la Comisión.

La diputada señora María Angélica Cristi indicó que el proyecto de ley es necesario, fundamentalmente por dos razones. La primera de ellas es que las cámaras de televigilancia han demostrado ser un medio muy eficaz para prevenir la delincuencia e identificar a los delincuentes que actúan en calles, centros comerciales, etc. Estas cámaras se han convertido en un medio de prueba muy importante de la comisión de delitos. Por otra parte, se estima que los daños provocados en los vehículos policiales ascienden anualmente a unos 2 mil millones de pesos, con el consiguiente impacto presupuestario que conlleva la reposición o reparación (según el caso) de aquellos, lo que justifica tipificar como un delito específico de daño el atentado contra esta clase de bienes fiscales.

Sometido a votación general, el proyecto fue aprobado por asentimiento unánime, según se indicó en el capítulo de las constancias reglamentarias.

B) En Particular

Durante la discusión y votación en particular de la iniciativa, la Comisión adoptó los siguientes acuerdos:

Artículo único

Consta de dos numerales, que introducen sendas modificaciones en el Código Penal, según pasa a examinarse:

N° 1

Incorpora el siguiente numeral 9° en el artículo 485 del Código Penal, que castiga con la pena de reclusión menor en su grado medio a máximo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales (15 UTM) a quien causare alguno de los daños que especifica, y cuyo monto excede de cuarenta (40) UTM.

El numeral nuevo que se propone incorporar dice textualmente:

“Agrégase el siguiente numeral 9° en el artículo 485 del Código Penal:

“9° En cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y cualquier otro bien destinado a implementar planes de seguridad pública.”.

La norma transcrita fue objeto de una indicación de la diputada señora Cristi y del diputado señor Squella, aprobada por asentimiento unánime, con la participación de sus autores y de los diputados señores Schilling, Silva y Walker, que la reemplaza por la siguiente:

“Incorpórase el siguiente numeral 8° en el Código Penal, pasando el actual 8° a ser numeral 9°:

“8° En cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y o cualquier otro bien destinado a la seguridad pública o privada.”.

Según explicó la diputada señora Cristi, la indicación recoge las observaciones planteadas por los invitados, en cuanto a la conveniencia de incorporar expresamente en el proyecto los dispositivos de seguridad orientados a fortalecer la seguridad privada, porque en definitiva también apuntan a la seguridad ciudadana.

N° 2

Este numeral del artículo único del proyecto incorpora una modificación en el numeral 21 del artículo 495 del citado Código; precepto que castiga con multa de una (1) UTM al que intencionalmente o con negligencia culpable cause daño que no exceda de una (1) UTM en bienes públicos o particulares.

El texto del numeral en referencia es del tenor que se reproduce a continuación:

“Agrégase el siguiente inciso segundo en el numeral 21 del artículo 495 del Código Penal:

“Si los daños se producen en cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y cualquier otro bien destinado a implementar planes de seguridad pública, se aplicará la pena de prisión en su grado mínimo a medio y multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia, se aplicará la pena de prisión en grado máximo. Se sancionará también la falta frustrada y la tentativa, conforme a las definiciones del artículo 7°.”.

Esta disposición fue, asimismo, objeto de una indicación de los diputados antes individualizados, aprobada por idéntica votación que la anterior, y que sustituye su texto por el que sigue:

“Incorpórase el siguiente inciso segundo en el numeral 21 del artículo 495 del Código Penal:

“Sin embargo, si los daños se producen en cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y o cualquier otro bien destinado a la seguridad pública o privada, se aplicará una multa de 4 a 10 unidades tributarias mensuales.”.

Según se explicó en el seno de la Comisión, la indicación en comento persigue los siguientes objetivos: 1) Modificar el monto mínimo y máximo de la multa en la hipótesis descrita, elevándolos de 1 a 4, y de 4 a 10 UTM, respectivamente, con lo cual se quiere dejar de manifiesto el disvalor de la falta, consistente en dañar los dispositivos de seguridad; 2) Incorporar, en armonía con la indicación recaída en el artículo 485, el concepto de seguridad privada, por el motivo consignado; y c) Efectuar otros ajustes de fondo en la redacción, en armonía con el resto del artículo 495 y el sistema penal, eliminando específicamente la pena de prisión para este tipo de falta y su punibilidad en los grados de tentativa y frustrada.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS.

No hay.

-o-

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente la Diputada Informante , esta Comisión recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1) Agrégase el siguiente numeral 8° en el artículo 485, pasando el actual 8° a ser numeral 9°:

“8° En cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y o cualquier otro bien destinado a la seguridad pública o privada.”.

2) Incorpórase el siguiente inciso segundo en el numeral 21 del artículo 495:

“Sin embargo, si los daños se producen en cámaras de televigilancia, vehículos motorizados y o cualquier otro bien destinado a la seguridad pública o privada, se aplicará una multa de 4 a 10 unidades tributarias mensuales.”.”.

-o-

Se designó Diputada informante a la señora María Angélica Cristi.

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones celebradas los días 11 y 18 de diciembre de 2013; y 15 de enero de 2014, con la asistencia de las diputadas señora María Angélica Cristi y señorita Marcela Sabat; y de los diputados señores Alfonso De Urresti, Cristián Letelier, Cristián Monckeberg, Marcelo Schilling, Gabriel Silber, Ernesto Silva, Arturo Squella y Matías Walker.

También estuvo presente el diputado señor Jorge Sabag.

Sala de la Comisión, a 17 de enero de 2014

(Fdo.): JUAN CARLOS HERRERA INFANTE, Secretario Abogado de la Comisión.”

Proyecto iniciado en moción de las diputadas señoras Pacheco y Pascal y de los diputados señores Campos; Carmona y Vallespín, que establece medidas obligatorias de mitigación, prevención, pesquisa y combate inicial de incendios forestales. (boletín N° 9239-12) “Vistos. Lo dispuesto en los artículos 1°, 19° y 63° de la Constitución Política de la República; en la ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente; en el decreto Ley 2.565 de 1979, del Ministerio de Agricultura y en los decretos 733 de 1982 del Ministerio del Interior y N° 4.363, del Ministerio de Tierras y Colonización, del año 1931, Ley de Bosques.

Considerando.

1.- Que los incendios forestales ocasionan enormes pérdidas y riesgos. Cada año, particularmente en la época estival, el país se ve conmocionado por enormes siniestros que destruyen miles de hectáreas de plantaciones agrícolas y forestales, afectando también viviendas e incluso, quitando la vida o causando lesiones a brigadistas o residentes.

Las estadísticas de la Corporación Nacional Forestal ilustran claramente la habitualidad, magnitud y efectos de estos siniestros.

Al respecto, puede comprobarse que si bien el área afectada registra importantes variaciones como consecuencia del acaecimiento de algunos incendios de gran magnitud, el número de éstos resulta bastante constante.

2.- Que al costo económico de viviendas, especies vegetales e instalaciones industriales dañadas, debe sumarse el gasto en que se incurre en el combate de estos siniestros, especialmente por parte del Estado, a través de las brigadas de CONAF y también aquéllas establecidas por particulares.

3.- Que, lamentablemente, pese a que esta dramática realidad resulta reiterada en el tiempo y en algunas zonas de nuestro territorio, nuestro país carece de exigencias relevantes tendientes a la prevención de los siniestros forestales. Por el contrario, las medidas de mitigación, prevención, pesquisa y combate inicial resultan voluntarias.

4.- Que debe considerarse, además, los efectos de la incorporación de monocultivos tales como el pino y eucaliptus altamente inflamables, al tiempo de utilizar en forma intensiva los recursos hídricos de las napas subterráneas y cauces colindantes, lo que afecta tanto la producción agrícola en sitios aledaños como el combate de incendios.

5.- Que creemos que la gravedad de estos hechos y su habitualidad amerita adoptar medidas más enérgicas tendientes a evitar la ocurrencia de estos siniestros y minimizar sus efectos.

Con ese objeto, es indispensable establecer exigencias más rigurosas para los propietarios de predios de naturaleza forestal.

Al respecto, la Conaf ha sugerido en su Manual Medidas Prediales de Protección de incendios Forestales, editado el 2006, tres acciones fundamentales que los responsables de áreas de riesgo pueden elaborar para contribuir a minimizar los peligros de ocurrencia de siniestros, a saber:

-Prevención y Mitigación del Riesgo: Conjunto de medidas destinadas a intervenir en el Riesgo, vale decir, previas a la ocurrencia del incendio forestal, a fin de evitarlo (Prevención) y, de no ser posible, reducir al máximo los efectos potenciales (Mitigación) sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.

-Detección y aviso oportuno: Conjunto de medidas destinadas a detectar oportunamente un foco y dar aviso rápido a CONAF. Es importante recalcar que las acciones de combate aumentan su dificultad según el tiempo transcurrido, por lo tanto, es fundamental una detección y aviso en el menor tiempo posible.

-Primer ataque: Conjunto de medidas destinadas a combatir en su inicio el fuego, con el objetivo de evitar que aumente de superficie y complejidad. Es el primer trabajo de extinción que se efectúa en un incendio. Una vez que se ha dado el aviso correspondiente, en espera de los recursos (Conaf u otros), se pueden establecer mecanismos para enfrentar la situación.

6.- Que creemos que este tipo de acciones deberían constituir una exigencia y no sólo una recomendación, por lo que proponemos incorporarlas en la Ley de Bosques, acorde al peligro existente y a los daños que se provocan los incendios forestales.

Si bien ellos pueden implicar costos para los propietarios, ellos resultan moderados y razonables considerando el nivel de riesgo existente, e; rol social de la propiedad, los márgenes de rentabilidad de la silvicultura, el uso intensivo de agua que generan y los beneficios con que el Estado favorece a dicha actividad.

7.- Que la ley 20.653, publicada en febrero de 2013, aumentó la penalidad para conductas de en forma dolosa o negligente ocasiones incendios, agravándolas en caso de tratarse de áreas silvestres protegidas. Sin embargo, no innovó en materia de prevención.

8.- Que la presente moción viene a complementar la propuesta del Diputado José Pérez Arriagada, contenida en el Boletín 8164-01, que modifica decreto ley N° 2.565 de 1979, sobre terrenos forestales en materia de habilitación de cortafuegos.

Por lo anterior, los diputados que suscriben vienen en proponer el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Incorpórese, en el decreto N° 4.363, del Ministerio de Tierras y Colonización, del año 1931, Ley de Bosques, los artículos 21 bis, 21 ter, 21 quater, 21 quinquies, 21 sexies y artículo transitorio siguientes:

Artículo 21 bis.- Los propietarios de predios de aptitud forestal serán responsables de implementar las medidas indispensables para prevenir y mitigar el riesgo de incendios en sus sitios y su propagación a terrenos colindantes.

Con este objeto deberán adoptar las siguientes acciones:

1.- Elaborar un croquis simple que considere:

a) Los recursos y bienes que pueden ser afectados por el fuego,

b) Las principales fuentes potenciales de origen de incendios forestales, y

c) Datos generales de referencia del lugar.

Lo anterior considerará la existencia de senderos, caminos y vías internas, líneas férreas, tendido eléctrico balnearios, zonas de picnic o camping y poblados cercanos, construcciones y cursos de agua.

2.- Un cuadro explicativo de dicho croquis con la localización de los sectores críticos desde donde pueden originarse los incendios, expresados en coordenadas UTM, y la causa probable de un incendio forestal, contemplando, asimismo, las medidas de prevención y mitigación que se implementarán.

Una copia de dichos documentos deberá ser entregados en el Cuerpo de Bomberos correspondiente al domicilio y en la municipalidad respectiva, debiendo actualizarse cada 5 años y con ocasión de cualquiera modificación relevante en los riesgos.

Artículo 21 ter.- Entre las medidas destinadas a prevenir o mitigar el riesgo de siniestros que deberán implementarse se incluirán:

a) Instalación de cercos para impedir el tránsito de personas o vehículos desde sectores de uso y tránsito hacia el bosque o cubierta vegetal a proteger.

b) Instalación de letreros con señalización, advertencias y medidas básicas de prevención.

c) Prohibición de fogatas o quemas.

d) Limpieza de senderos y vías en sectores de uso intensivo.

e) Habilitación y mantención de cortafuegos en lugares aledaños a sitios de permanencia habitual y tránsito de personas o vehículos; en los linderos de los predios y en las cercanías de cursos de agua.

Artículo 21 quater.- Se entenderá por cortafuego el sector de terreno desprovisto natural o artificialmente de vegetación con el objeto de detener o reducir la propagación del fuego. En casos calificados, podrá cumplir ese mismo objetivo el establecimiento de una cubierta vegetal de especies ignífugas.

Deberá habilitarse un cortafuego de al menos 6 metros de ancho en los siguientes lugares:

a) En los alrededores de la carpeta de rodado de vías internas o caminos públicos.

b) En los alrededores de líneas férreas.

c) En los linderos que separen el predio del inmueble contiguo.

d) En las cercanías de cursos de agua.

e) En el perímetro de zonas de uso intensivo con fines turísticos, residenciales, industriales, comerciales o de tránsito que involucren un mayor riesgo.

Un reglamento establecerá las características de los cortafuegos, pudiendo aumentar su extensión hasta el triple de lo señalado considerando las especies plantadas, la pendiente del terreno y otros factores de riesgo.

Artículo 21 quinquies.- El propietario deberá implementar, además, medidas para la detección, pesquisa y comunicación de siniestros, tales como:

a) Casetas de observación en altura.

b) Personal de vigilancia.

c) Cámaras, sensores u otros dispositivos.

Dichos elementos deberán disponer de equipos de comunicación que permitan la información oportuna de los focos iniciales de incendios forestales.

Corresponderá, asimismo, al propietario disponer de recursos humanos capacitados, elementos y planes de acción para el primer ataque al fuego en caso de producirse un siniestro.

Un reglamento establecerá las características y magnitud de estas medidas y exigencias de personal en atención a la extensión de los terrenos, vegetación existente, características topográficas, usos y otros riesgos.

Artículo 21 sexies.- Las medidas y acciones a que se refieren los dos artículos precedentes podrán ser implementadas en conjunto por los diversos propietarios de inmuebles colindantes.

La infracción de las disposiciones contenidas en los artículos 21 bis a 21 quinquies precedentes será sancionada con una multa de diez a cincuenta unidades tributarias mensuales.

Artículo transitorio.- Las exigencias contenidas en los artículos 21 bis a 21 quinquies serán exigibles seis meses después de la publicación de esta ley.

Los reglamentos respectivos podrán, además, establecer plazos graduales, de hasta dos años adicionales, para la implementación de las medidas para la detección, pesquisa y comunicación y la capacitación de personal de combate de siniestros a que alude el artículo 21 quinquies.

Proyecto iniciado en moción de los diputados señores Sabag, Chahín;Jaramillo, Jarpa; Martínez, Ojeda, Sauerbaum, Silber, Van Rysselberghe y Verdugo, que declara la Fiesta de San Sebastián de Yumbel, como patrimonio cultural inmaterial de la Nación. (boletín N° 9240-24)

“Considerando:

1.- La relevancia religiosa, histórica y cultural de la Fiesta de San Sebastián que se celebra todos los años en la ciudad de Yumbel, los días 20 de enero y 20 de marzo;

2.- La necesidad de preservar y promover esta expresión de la Región del Bío-Bío, que ha llegado a convertirse en la principal fiesta religiosa de la zona sur y una de las mas importantes del país.

3.- La cantidad de personas que concurren en peregrinación a celebrar la fiesta de San Sebastián, asciende a más de 500 mil personas sólo el 20 de enero, que es la festividad de este mártir cristiano, a los que se agrega una cifra similar en los llamados “20 chico”, que corresponde al 20 de marzo, y otra cantidad en los días previos y posteriores a la fecha original de celebración, con lo que es posible estimar que la concurrencia total sobrepasa el millón de personas, lo que da cuenta de la importancia de esta fiesta.

4.- San Sebastián fue un soldado romano convertido al catolicismo durante el emperador Diocleciano. El año 288 fue descubierto, y emplazado a elegir entre su oficio y su fe ,este eligió la segunda, por lo que se le condenó a morir atravesado por flechas, que es la imagen más popular que se tiene de él. Sin embargo, sobrevivió al martirio y, una vez curado de sus heridas volvió a presentarse ante el Emperador, quien ordenó que fuera azotado hasta la muerte.

5.- La imagen que se venera en Yumbel fue tallada en cedro y fue llevada originalmente a Chillán por los españoles para la primera capilla de esa ciudad, pero cuando la ciudad fue destruida durante la guerra de Arauco los soldados que huyeron hacia Concepción la dejaron escondida cerca del Fuerte de Yumbel. Cuando se reconstruyó Chillán, los yumbelinos se opusieron a su traslado argumentando el “derecho de hallazgo” y la disputa se mantuvo hasta que un juez eclesiástico le dio en 1663 la razón a Yumbel.

La imagen se mantuvo en una ermita hasta que se creó la primera parroquia en 1757, en la plaza fuerte. En 1859 se construyó el actual templo, frente a la plaza de Yumbel, el que ha sido reconstruido tras los terremotos de 1939, 1960 y 2010, lo que da cuenta de la voluntad de los vecinos por proteger su patrimonio.

6.- Como fruto de la creciente toma de consciencia de la Humanidad respecto a la necesidad de conservar sus bienes culturales, y la necesidad de incluir dentro de esta protección al patrimonio inmaterial, la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) aprobó en su 32° reunión de octubre del 2003 la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, mediante el cual se busca sensibilizar, promover la cooperación, respetar y salvaguardar este tipo de patrimonio, que comprende las tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma; las artes del espectáculo; los usos sociales, rituales y actos festivos; los conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo; y las técnicas artesanales tradicionales.

Chile ratificó esta Convención el 10 de diciembre de 2008 y como Estado adherente tiene la posibilidad de incluir sus manifestaciones culturales en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad que define la Convención, así como a postular proyectos al Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondiente.

En consideración a todo lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°:- Declárase la Fiesta de San Sebastián de Yumbel como patrimonio cultural inmaterial de la Nación, reconociendo su importancia religiosa, cultural, social y popular en la comuna de Yumbel y en el conjunto de la Región del Bío-Bío y de la zona sur de nuestro país.

Artículo 2°.- El Consejo de Cultura de la Región del Bío-Bío podrá promover y difundir esta fiesta tanto a nivel nacional como internacional y prestar su asistencia para otorgar las mayores facilidades posibles a su realización.

Artículo 3°.- Respecto de la Fiesta de San Sebastián de Yumbel, será aplicable la normativa contemplada en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural e Inmaterial, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), y promulgada en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2009.

Informe sobre participación de delegación de diputados que concurrió a la 22 reunión anual del Foro Parlamentario Asia Pacífico, efectuada en Puerto Vallarta, México, del 12 al 15 de enero de 2014

“Honorable Cámara.

Tengo a honra informar acerca de la participación de la delegación de diputados que concurrió a la 22 Reunión Anual del Foro Parlamentario Asia Pacífico, efectuada en Puerto Vallarta, en México entre el 12 y el 16 de enero de 2014, integrada por los diputados señores Pedro Araya, Roberto Delmastro, en representación del Presidente de la Cámara de Diputados; Fidel Espinoza, Rodrigo González, Roberto León, Iván Norambuena, Marco Antonio Núñez, (miembro del Comité Ejecutivo de la APPF) y Alejandro Santana.

I. FORO PARLAMENTARIO ASIA PACIFICO.

Sus principales objetivos son promover una mayor identificación regional y fomentar la cooperación en temas como la paz, la libertad, la democracia y la prosperidad.

Asimismo, en lo que se refiere a la cooperación abierta y no exclusiva para la expansión del libre comercio e inversiones, el desarrollo sostenible e intercambio de prácticas y experiencias de los países de la región en las temáticas propias del Foro.

Así también, en campos de la cooperación no militar, especialmente en cuestiones relativas a la paz regional y la seguridad; la preservación y promoción de las diversas culturas de los pueblos de la región.

Integrada por los parlamentarios nacionales de las regiones de Asia y del Pacífico, en particular, por los países miembros de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (Asean), del grupo del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico(APEC) y del Foro del Pacífico Sur, quienes promueven el diálogo activo entre los parlamentarios de la región, que comparten los objetivos y principios de la organización, como se expresa en la Declaración de Tokio.

Las reuniones se llevan a cabo en forma anual, y los lugares en que se realizan, van alternándose entre los diversos países que lo conforman y por tanto la secretaria también es asumida por el país anfitrión.

Ostenta el cargo de Presidente honorario el ex Ministro de Japón señor Yasuhiro Nakasone.

Los acuerdos se adoptan por unanimidad y cada país miembro tiene derecho a un voto.

II. COMITÉ EJECUTIVO.

Concurrió el diputado señor Núñez, en su calidad de integrante del Comité Ejecutivo y representante de América Latina.

-Se constató la participación de 334 participantes, entre parlamentarios y funcionarios.

-Se dio conformidad a la agenda y programa de la versión vigésimo segunda del Foro.

-Se acordó realizar el próximo Foro en Ecuador, en el mes de enero, de 2015.

III. AGENDA.

La agenda de la 22° Reunión contempló, como es habitual los siguientes grandes temas y subtemas:

1.- PRIMERA SESIÓN PLENARIA: TEMAS POLÍTICOS Y DE SEGURIDAD.

-Paz y estabilidad en la Región Asia Pacífico.

-Combate al terrorismo, el narcotráfico y el crimen organizado.

-Situación en la Península Coreana.

-Situación en Siria y Egipto.

-Foro Regional Asean (ARF)

-Transparencia y combate a la corrupción.

-Los movimientos sociales y políticos en Medio Oriente.

De acuerdo con la modalidad de trabajo del Foro Parlamentario, correspondía que cada país enviará proyectos de resolución sobre los temas de la agenda.

De esta manera, se enviaron 5 proyectos de resolución, como se resume a continuación:

A-T ransparencia y combate a la corrupción.

El proyecto de resolución enviado, incorpora los siguientes aspectos en su parte resolutiva:

1.- Evaluar el cumplimiento de la Resolución sobre la Lucha Contra la Corrupción, presentada por la Federación Rusa, y aprobada el año 2009.

2.- Dar a conocer las investigaciones realizadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) sobre la transparencia e integridad del sector público y del sector empresarial.

3.- Requerir antecedentes relativos a la contratación pública al interior de los países miembros y la existencia de cohecho a funcionarios extranjeros.

4.- Mejorar la infraestructura de información y comunicaciones, sentar las bases de la tecnología de comunicaciones, y establecer marcos para permitir el uso apropiado y eficaz de las mismas.

5.- Estar abiertos a instrumentos, como la Convención contra la corrupción de la ONU y otros existentes.

6.- Aclarar los principios para los gobiernos corporativos y las directrices para las empresas multinacionales.

7.- Establecer una legislación uniforme en tareas comunes como indica uno de los principios básicos de la Declaración de Valparaíso. La complejidad de las relaciones internacionales, tanto públicas como privadas, hace necesario buscar ciertas reglas comunes que protejan a la gente como a los bienes.

El diputado señor Fidel Espinoza durante su intervención en el tema de la transparencia y el combate a la corrupción, inició sus palabras agradeciendo la hospitalidad del Senado de México y resaltando la excelente organización del Foro.

Entrando en la temática propia del debate, resaltó los temas abordados en la primera reunión, sobre política y seguridad, como también los temas donde la Cámara de Diputados propuso proyectos de resolución, como se comentará en cada caso.

En primer término se refirió al significado de la palabra “corrupción” y concluyó señalando que se refería al mal uso del poder por parte de los funcionarios públicos cuyo objetivo era obtener ventajas que tienen implicancias en distintos ámbitos como son el cultural, social, la ayuda alimentaria etc.

En ese sentido, tuvo a la vista las contrataciones públicas, identificada como la actividad gubernamental más vulnerable a la corrupción, en cuanto actúan los sectores público y privado. Para ambos, se ofrecen oportunidades de desviar fondos públicos.

El Fondo Monetario Internacional ha estimado que la pérdida monetaria por este concepto asciende a un billón de dólares, lo que equivale a 5% del producto mundial bruto.

De acuerdo con las investigaciones efectuadas por la OCDE, el soborno por parte de empresas internacionales en países miembros de dicha organización es mayor que en los servicios públicos, más aún que en el Poder Judicial , y tiene gran incidencia en el dinero de los contribuyentes.

Por otra parte, dichos estudios confirman que uno de los factores de cambio más aceptado para la contratación es el uso de nuevas tecnologías de información y comunicación, por su gran incidencia en la compra de productos y servicios y que por cierto ocupan un importante papel en la promoción de la transparencia a efectos de que se rindan las cuentas pertinentes por parte de los contratistas. Los agentes privados también participan de esta nueva modalidad.

Existe consenso en que las distintas legislaciones regulan el cohecho de los funcionarios públicos nacionales, pero no siempre, de los funcionarios públicos extranjeros, donde se da un alto número de abusos e irregularidades en las transacciones comerciales internacionales, por falta de normativa lo que trae como consecuencias una serie de dificultades de carácter moral y político, lo que puede llegar a minar el buen gobierno y el desarrollo económico y distorsiona las condiciones competitivas internacionales.

Por los motivos anteriores, la OCDE ha formulado una serie de recomendaciones que van dirigidas a combatir el cohecho en las transacciones comerciales internacionales, que comprende mecanismos de monitoreo y de evaluación.

La transparencia e integridad en el sector empresarial se encuentra regulada por una serie de instrumentos internacionales.

Ahora bien, en cuanto a los principios establecidos por la OCDE en cuanto al gobierno corporativo, cabe tener presente que en la década de los ochenta y comienzos de los noventa, se comenzaron a identificar mejores prácticas de gobierno en las corporaciones, que generaron un nueva cultura, con un alto grado de ética en los mercados, que conllevaron confianza e integridad.

Del mismo modo, la OCDE también se ha pronunciado en torno a las directrices para las empresas multinacionales, las cuales están dirigidas a los gobiernos vinculados con la organización. Si bien es cierto, no han definido lo que debe entenderse por empresa multinacional, se comprende a aquellas que se establecen en más de un país, no siendo ese un requisito indispensable. Su grado de autonomía puede variar mucho y sus capitales pueden provenir tanto del sector privado como público y también mixto.

En ese entendido, cabe tener presente la directiva número VI, “Lucha contra la corrupción”, que recomienda a las empresas abstenerse de ofrecer, prometer, dar ni solicitar a otras empresas que ofrezcan, ni esperar que lo hagan, pagos ilícitos u otras ventajas indebidas.

Por último se refirió a la responsabilidad social de la empresa, por lo cual se entiende la contribución al desarrollo humano sostenible, a través del compromiso y la confianza de la empresa hacia sus empleados y las familias de estos, hacia la sociedad en general y hacia la comunidad local, en pos de mejorar el capital social y la calidad de vida de toda la comunidad.

Esta última materia, ha sido muy recogida por las reuniones del Foro Parlamentario de Asia Pacífico , específicamente en la resolución presentada por la Federación Rusa, el año 2009 en Laos.

2.- SEGUNDA SESIÓN PLENARIA. TEMAS DE ECONOMÍA Y COMERCIO.

-Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) 2013, Informe de Indonesia .

-Negociaciones comerciales regionales y facilitación del comercio. Dimensión parlamentaria.

-Turismo sustentable.

-Seguridad alimentaria y energética (energías renovables, eficiencia energética e infraestructura energética.

-Recuperación económica global: ¿crecimiento y empleo v/s estabilidad? Mejores prácticas parlamentarias.

-Economía verde.

-Economía del conocimiento y crecimiento innovador.

-Innovación tecnológica y telecomunicaciones.

B.- Recuperación económica global, ¿crecimiento y empleo V/S estabilidad, mejores prácticas parlamentarias.

La propuesta enviada por la Corporación, destaca los siguientes aspectos en su parte resolutiva:

1.- Reconocer los significativos retos derivados de la necesidad de enfrentar un crecimiento mundial que se mantiene moderado y donde además persisten riesgos para la estabilidad de la economía mundial;

2.- Valorar los avances obtenidos respecto a una mejor comprensión del falso dilema entre crecimiento y austeridad;

3.- Enfatizar la idea que las metas relacionadas con el crecimiento y con la estabilidad de la economía no implican caminos excluyentes y que por el contrario complementarias.

4.- Expresar la convicción de que para lograr un desarrollo sostenido y sostenible se requiere de la aplicación de políticas económicas, sociales y medioambientales equilibradas e integrales;

5.- Adherir a las declaraciones del Director General de la OIT en el sentido que la comunidad internacional debe dar una respuesta fuerte y visible a la demanda apremiante de más y mejores empleos, en especial en la perspectiva que la creación de empleos de calidad seguirá siendo un reto importante para casi todas las economías mucho más allá de 2015;

6.- Valorar especialmente la alta prioridad que los líderes del G-20 asignan a fortalecer el crecimiento económico y crear empleos, y su profundo compromiso a tomar acciones decisivas para regresar a una senda de crecimiento equilibrado, sustentable y con abundante empleo, como quedó de manifiesto en la Declaración Final de la Cumbre de San Petersburgo;

7.- Celebrar asimismo el Plan de Acción de San Petersburgo que destaca la importancia de la cooperación en un momento en que los países enfrentan los retos de promover el crecimiento, el empleo y la estabilidad financiera mundial;

8.- Alentar a los gobiernos de los países miembros del APPF a continuar combinando una gestión macroeconómica prudente con medidas de impulso al crecimiento, en particular a través de la inversión en infraestructuras y formación de capital humano;

9.- Impulsar la implementación, en línea con las propuestas del G20 y la Cumbre de Líderes de la APEC, de iniciativas de cooperación entre los países del Asia Pacífico para desarrollar una economía competitiva, innovadora y sostenible, que permita consolidar una recuperación con creación de empleos;

10.- Reconocer la importancia del diálogo y la cooperación entre los parlamentarios de los diferentes países y valorar la instancia creada por el Foro Parlamentario Asia Pacífico a fin de facilitar que los parlamentarios de la región podamos identificar y discutir asuntos de interés y preocupación comunes en un contexto global;

11.- Instar a los parlamentos nacionales que integran el APPF a asegurar que las políticas y programas que se adoptan para resolver la crisis actual, consideren todas sus implicancias y repercusiones sobre el empleo y la estabilidad de la economía;

12.- Fortalecer nuestro compromiso para ayudar a reorientar la atención política y el discurso público hacia la calidad del crecimiento, concentrándose en un tipo de crecimiento más inclusivo y generador de empleos decentes.

El diputado señor Alejandro Santana, básicamente se refirió al proyecto de resolución enviado por la Cámara de Diputados, y destacó fundamentalmente la necesidad de enfrentar un crecimiento mundial actualmente moderando que presenta ciertos riesgos para la estabilidad económica mundial.

De esta manera, valoró los avances obtenidos en el dilema crecimiento - austeridad y subrayó la necesidad de aplicar políticas económicas, sociales y medioambientales equilibradas e integrales.

Concordó con el llamado efectuado por la OIT en cuanto a la necesidad de la creación de nuevos empleos de calidad.

Asimismo, con el grupo del G20, en cuanto a fortalecer el crecimiento económico y la creación de empleos y la adopción de medidas que permitan regresar a un crecimiento equilibrado y sustentable, en los términos de la Declaración de la Cumbre de San Petersburgo. Del mismo modo, en relación con el Plan de Acción adoptado en cuanto a la cooperación en un momento en que se requiere más que nunca promover el crecimiento, el empleo y la estabilidad financiera mundial.

También, formuló un llamado a los países que integran el APPF, en el sentido de que continúen combinando una gestión macroeconómica prudente en medidas de impulso al crecimiento, a través de la inversión en infraestructura y formación de capital humano.

Incentivar la implementación de iniciativas de cooperación entre los países del Asia Pacífico con miras a lograr economías competitivas, innovadoras y sostenibles, que permitan alcanzar una consolidación la recuperación con creación de empleos.

Finalmente, destacó la importancia del diálogo y la cooperación entre los parlamentos, valorando el rol de APPF en cuanto a identificar y analizar asuntos de interés común dentro de un contexto global, formulando un llamado para que los parlamentos adopten un rol activo en la materialización de los temas abordados durante el Foro.

C.- Innovación tecnológicas y telecomunicaciones.

El proyecto de resolución enviado, contempla los siguientes aspectos en su parte resolutiva:

1.- Entender la innovación tecnológica como tópico esencial para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y perfeccionar la eficiencia y transparencia del sector público en lo que a entrega de servicios se refiere.

2.- Reconocer la necesidad de elaborar y difundir una Agenda Digital, que comprenda a las TIC como herramientas para dinamizar la competitividad y para alcanzar la igualdad de oportunidades y la extensión de las libertades y cuyo objetivo sea dirigir los esfuerzos para terminar con la brecha digital.

3.- Enfatizar la necesidad de avanzar respecto de la conectividad e inclusión digital, lo que implica facilitar el acceso a las redes y servicios de una sociedad del conocimiento.

4.- Aportar a la creación de un entorno para el desarrollo digital e incentivar el desarrollo del ciudadano y las empresas en el mundo digital.

5.- Contribuir a apoyar los procesos formativos y de aprendizaje respecto de innovación tecnológica y telecomunicaciones así como al desarrollo de las capacidades necesarias para ayudar al ciudadano a desenvolverse en la sociedad del conocimiento.

6.- Promover la generación de un ambiente propicio para el desarrollo y emprendimiento de las TIC, combinando lo anterior con la acción de los sectores productivos en materia tecnológica y potenciando así la innovación.

7.- Instara los gobiernos a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos e incentivar la productividad a través de los servicios ofrecidos por el mundo digital.

8.- Recomendar a los parlamentos miembros del APPF que generen un marco jurídico que facilite la adaptación a la innovación tecnológica a través de la cooperación transnacional, clave para otorgar el máximo de los beneficios a los ciudadanos y garantizar también su acceso al mundo digital.

El diputado señor Rodrigo González, intervino para defender la propuesta chilena y hacer algunos comentarios en torno al tema.

Destacó la importancia del tema por cuanto el mundo está cada día más interconectado, y la tecnología se ha vuelto cada vez más imprescindible y la importancia que han adquirido las tecnologías de información y comunicación (TIC) para salvaguardar la paz y el desarrollo económico y social de los Estados.

Valoró la labor de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), organismo de las Naciones Unidas especializado en fomentar la cooperación global para el empleo racional de las telecomunicaciones y, en particular, del sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones (UIT-D) que promueve la concientización acerca de la “sociedad del conocimiento” a través de la generación de políticas de inclusión social, orientadas a expandir el acceso ciudadano a las tecnologías y telecomunicaciones (sobre todo respecto a las TIC), a fin de terminar con la brecha informativa y garantizar el flujo transparente de información, con miras al desarrollo en el ámbito social a lo largo del mundo.

Hizo alusión al informe “Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC) para el fomento de las Pymes exportadoras en América Latina y Asia Oriental”, del 2005, que reconoce la existencia de una correlación entre los índices de penetración de los servicios informáticos y el nivel de ingreso de los países;

Dada la relevancia de la tecnología, las telecomunicaciones y las TIC en programas nacionales de desarrollo económico y social, precisó que se vuelve un imperativo global avanzar en la innovación de la agenda digital.

Según el Observatorio para la Sociedad de la Información en América Latina y el Caribe (Osilac) en 2011, la tasa de penetración de las computadoras en los hogares de la región alcanzó un 15% y una tasa de penetración de Internet muy inferior al 7%.

Instó por la creación de políticas digitales integrales que converjan con la competitividad y el desarrollo productivo de las naciones, incorporando el cambio tecnológico como eje central en las agendas de los gobiernos de la región;

Por lo anterior, propuso impulsar una agenda digital acorde al escenario actual y que instale a las TIC en el centro del debate en torno a la igualdad y a una inserción exitosa al mundo globalizado.

Concluyó su intervención reforzando las ideas contenidas en la parte resolutiva de la resolución presentada, cuales son:

-Entender la innovación tecnológica como tópico esencial para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y perfeccionar la eficiencia y transparencia del sector público en lo que a entrega de servicios se refiere.

-Reconocer la necesidad de elaborar y difundir una Agenda Digital, que comprenda a las TIC como herramientas para dinamizar la competitividad y para alcanzar la igualdad de oportunidades y la extensión de las libertades y cuyo objetivo sea dirigir los esfuerzos para terminar con la brecha digital.

-Enfatizar la necesidad de avanzar respecto de la conectividad e inclusión digital, lo que implica facilitar el acceso a las redes y servicios de una sociedad del conocimiento.

-Aportar a la creación de un entorno para el desarrollo digital e incentivar el desarrollo del ciudadano y las empresas en el mundo digital.

-Contribuir a apoyar los procesos formativos y de aprendizaje respecto de innovación tecnológica y telecomunicaciones así como al desarrollo de las capacidades necesarias para ayudar al ciudadano a desenvolverse en la sociedad del conocimiento.

-Promover la generación de un ambiente propicio para el desarrollo y emprendimiento de las TIC, combinando lo anterior con la acción de los sectores productivos en materia tecnológica y potenciando así la innovación.

-Instar los gobiernos a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos e incentivar la productividad a través de los servicios ofrecidos por el mundo digital.

-Recomendar a los parlamentos miembros del APPF que generen un marco jurídico que facilite la adaptación a la innovación tecnológica a través de la cooperación transnacional, que se vuelve clave para otorgar el máximo de los beneficios a los ciudadanos y garantizar también su acceso al mundo digital.

3.- TERCERA SESIÓN PLENARIA. COOPERACIÓN REGIONAL EN ASIA PACIFICO.

-Cooperación para enfrentar el cambio climático, Resultados de la COP 19.

-De los Objetivos de Desarrollo del Milenio a la agenda de desarrollo post 2015.

-Cooperación en la prevención de desastres.

-Cohesión social y reducción de la pobreza.

-Estrategias innovadoras para promover el empoderamiento femenino y la participación de los jóvenes.

-Flujos migratorios y desarrollo.

-Combate al turismo sexual que involucre niños.

La Cámara de Diputados envió 2 proyectos de resolución:

D.-?De los Objetivos de Desarrollo del Milenio a la agenda de desarrollo post 2015?

E.- “Flujos migratorios y desarrollo”.

El diputado señor Marco Antonio Núñez participó en el primero de ellos, y agradeció en primer término a los organizadores y destacó algunos puntos del proyecto de resolución enviado por la Corporación.

Resaltó la declaración adoptada el año pasado y la experiencia que derivó de aquello, en cuanto a la importancia que revistió el centrar la discusión en la persona y en los derechos humanos, como parte fundamental del debate.

También se refirió a los esfuerzos que se han destinado a temas como la educación, la pobreza y la salud por sus importantes efectos en la población.

Todo lo anterior, teniendo presente siempre las diferencias entre los distintos países y regiones.

Del mismo modo, destacó lo importante de que la agenda se centrara en la persona y en el concepto de desarrollo sustentable.

Se inclinó por avanzar hacia un crecimiento con inclusión social de manera de logar finalmente una inequidad social.

En lo que dice relación con los “Flujos Migratorios” la resolución enviada destaca los siguientes aspectos:

1.- Instar a todos los países miembros del APPF a firmar y ratificar la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migrantes y sus familias, adoptado en diciembre de 1990, por la Organización de las Naciones Unidas;

2.- Alentar a los parlamentos miembros del APPF a trabajar en pos de la estandarización de derechos reconocidos a los inmigrantes, incluido los derechos laborales de acuerdo con los estándares sugeridos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), salvaguardando sus libertades y dignidad;

3.- Exhortar a los gobiernos de los países del Asia-Pacífico a adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otro orden que faciliten los mecanismos de transferencia financiera de las remesas, y a establecer mecanismos de cooperación internacional que permitan aprovechar de mejor modo la contribución al desarrollo de las remesas de los migrantes;

4.- Recomendar a los países miembros del APPF que favorezcan la libre circulación de personas en la región, con la debida protección de la seguridad doméstica, mediante una flexibilización de los requisitos de visado para ingresar al territorio de cada país;

5.- Alentar a los países de la región a redoblar los esfuerzos en materia de cooperación internacional para prevenir la explotación y violación de derechos que sufren los migrantes a manos de las redes criminales de tráfico ilegal y trata de personas;

6.- Solicitar a las autoridades nacionales que establezcan mecanismos nacionales, que pueden complementarse a través de la cooperación internacional, para atender a la situación de especial vulnerabilidad de los desplazados a través de las fronteras por efecto de los desastres naturales.

Este tema fue sostenido por el diputado señor Roberto León donde instó a los parlamentarios asistentes a que sus parlamentos ratificaran todos los instrumentos internacionales sobre el tema migratorio.

Destacó la labor que deberían cumplir los parlamentos en cuanto a la fiscalización del cumplimiento de las metas del milenio y desde aquí formuló un llamado a hacer una autocrítica en el sentido de que los parlamentarios no sólo debían aprobar los presupuestos nacionales sino que además fiscalizar que los fondos sean destinados a dar cumplimiento de las metas del milenio. Si bien es cierto, son los Ejecutivos quienes dan cumplimiento a estas metas, los parlamentarios no están exentos de fiscalizar su cumplimiento.

Por otra parte, subrayó que todos tenían buenas ideas, pero el problema se centraba en su ejecución, por cuanto recaía fundamentalmente en los gobiernos.

Dentro de este esquema crítico, recordó la reunión de Copenhague sobre calentamiento global, donde si bien es cierto se discutió mucho acerca de la urgencia de la adopción de medidas urgentes y del rol de los parlamentos, en la actualidad no se constatan muchos avances.

Finalmente instó a sus colegas a crear redes bilaterales para coordinar ideas y avanzar de una manera más coordinada.

Concluyó señalando que de no tomar conciencia en la responsabilidad que les compete a los parlamentarios se convertirían en cómplices en la falta de cumplimiento y por ende en la falta de avance.

IV. COMITÉ EJECUTIVO Y DE REDACCION DE LA DECLARACION FINAL.

Cabe dejar constancia de que el diputado señor Marco Antonio Núñez tuvo una activa participación en el Comité Ejecutivo en su calidad de miembro y una destacada participación durante las discusiones que dieron lugar al texto final de declaración.

V. COMITES DE REDACCIÓN.

Consignar que los diputados señores Roberto Delmastro, Rodrigo González, Iván Norambuena y Pedro Araya concurrieron a los Comités de Redacción donde se concordaron los textos finales de los proyectos de resolución.

VI. REUNIONES BILATERALES.

Se llevaron a cabo reuniones con la delegación de la Asamblea Popular Nacional de China y con representantes de la Asamblea de Camboya.

En el primer caso, las delegaciones celebraron la excelente relación que existe entre ambos parlamentos e instaron por continuar con el trabajo que desarrolla el Comité de Diálogo Político, para lo cual concordaron en llevar a cabo la 8 versión de dicho Comité durante el presente año.

Con la delegación de Camboya, se conversó de cómo profundizar las relaciones entre ambos órganos legislativos, por lo que acordaron crear un grupo bilateral de amistad y profundizar en el Acuerdo para la Supresión de Visas Oficiales y Diplomáticas entre el Reino de Camboya y la República de Chile, el que actualmente se encuentra en estudio.

En el plano de la cooperación, la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, AGCI, se encuentra evaluando y desarrollando proyectos de cooperación en áreas en que Chile presenta ventajas comparativas, tales como buen gobierno, temas fitosanitarios, gestión fiscal y tributaria; desarrollo social; gestión de desastres naturales, entre otros.

En este marco, dos alumnos camboyanos, pertenecientes al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación de Camboya, participaron en el curso sobre “Transparencia y Buen Gobierno en Políticas Públicas”, organizado en conjunto por AGCI/Chile y el Departamento de Cooperación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Singapur, el que se realizó en noviembre de 2013 en Singapur.

Se intercambiaron invitaciones para visitar los respectivos parlamentos, asunto que sería formalizado próximamente.

Del mismo modo, la delegación se reunió con el Rector de la Universidad de Colima, señor José Eduardo Hernández, quien entregó antecedentes sobre el programa de internalización universitaria con el fin de fortalecer las relaciones académicas y científicas, la proyección nacional e internacional, la cultural, la cooperación, la movilidad con otros estudiantes y académicos, la capacitación de talentos de otros países, todo ello con una perspectiva internacional.

VII. SESIÓN DE CLAUSURA.

A continuación se adjuntan la Declaración Final adoptada y las resoluciones aprobadas en anexo 1.

(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD G., Dirección de Asuntos Internacionales Cámara de Diputados”.

12. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol N° 2.437-13-INA

?Santiago, 14 de enero de 2014.

Oficio N° 9.422

Remite sentencia.

Excelentísimo señor

Presidente de la Cámara de Diputados

Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 14 de enero de 2014, en el proceso Rol N° 2.437-13-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 48 y 108, letra b), de la Ley N° 19.039 de Propiedad Industrial.

Dios guarde a V.E.

(Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta ; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.

A S.E. EL

PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

DON EDMUNDO ELUCHANS URENDA

VALPARAÍSO.”

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