Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- PORTADA
- X. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- XI. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
- I. ASISTENCIA
- II. APERTURA DE LA SESIÓN
- III. ACTAS
- IV. CUENTA
- V. ORDEN DEL DÍA
- VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
- VII. INCIDENTES
- VIII. ANEXO DE SESIÓN
- CIERRE DE LA SESIÓN
- IX. DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
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REPÚBLICA DE CHILE
CÁMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA 362ªSesión 86ª, en martes 4 de noviembre de 2014
(Ordinaria, de 11.08 a 14.10 horas)
Presidencia de los señores Cornejo González, don Aldo, y Carmona Soto, don Lautaro.
Secretario, el señor Landeros Perkič, don Miguel.
Prosecretario, el señor Rojas Gallardo, don Luis.
ÍNDICE
XI.- PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9 Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
ÍNDICE GENERAL
I.- ASISTENCIA.......................................................................................................................................... 42
II.- APERTURA DE LA SESIÓN.............................................................................................................. 45
III.- ACTAS ................................................................................................................................................. 45
IV.- CUENTA .............................................................................................................................................. 45
ACUERDOS DE LOS COMITÉS ................................................................................................... 45
REEMPLAZO DE DIPUTADO EN COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA ....................... 46
V.- ORDEN DEL DÍA ................................................................................................................................. 47
REGLAMENTO DE LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS ........................................................................................................................... 47
ENMIENDAS AL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL EN MATERIA DE CRÍMENES DE GUERRA Y EN RELACIÓN CON EL CRIMEN DE AGRESIÓN (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 8182-10) ...................................... 59
SUPRESIÓN DE INHABILIDADES A DIRIGENTES GREMIALES Y VECINALES PARA SER CANDIDATOS A PARLAMENTARIOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 2013-07, 2415-07, 6445-07, 9539-07 Y 9631-07) ..................................................... 70
ESTABLECIMIENTO DEL DÍA NACIONAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
(TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9330-12) [VOTACIÓN] ...................................... 76
VI.- PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN .................................................................... 77
PROPUESTAS DE SOLUCIÓN PARA PENSIONADOS AFILIADOS A CAJAS DE COMPENSACIÓN CON CRÉDITOS SOCIALES ANTERIORES A ENTRADA EN VIGENCIA DE CIRCULAR N° 2.824, DE 2012 ............................................................................. 77
INCLUSIÓN EN AGENDA LEGISLATIVA DEL GOBIERNO DE PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER ............................................................................................................................................ 80
VII.- INCIDENTES ..................................................................................................................................... 83
INFORMACIÓN SOBRE MONTOS, FISCALIZACIÓN Y ENTIDADES RECEPTORAS DE SUBVENCIONES EDUCACIONALES HACIA RECINTOS PENITENCIARIOS, Y SOBRE FUNCIONAMIENTO Y EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE ESCUELAS PENITENCIARIAS (OFICIOS) ........................................................................................................ 83
PRONUNCIAMIENTO SOBRE SOLICITUD DE ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUNCIONARIOS PENITENCIARIOS, PROVINCIAL CHILOÉ. DESTINACIÓN DE DOTACIÓN COMPROMETIDA PARA 2015 Y REPOSICIÓN DE VEHÍCULOS DE GENDARMERÍA (OFICIOS) ........................................................................................................... 85
IMPLEMENTACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE PLAN ANUAL DE CALENDARIZACIÓN DE FUMIGACIONES REGIONALES EN LUGARES CERCANOS A PREDIOS DE PRODUCCIÓN APÍCOLA (OFICIO) .............................................................................................. 86
PREOCUPACIÓN POR MEDIDAS, PLAZOS E INVERSIONES GUBERNAMENTALES ANTE AUMENTO DE LA DELINCUENCIA (OFICIO)................................................................. 87
INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE EVENTUALES PRÁCTICAS ABUSIVAS DE CARABINEROS CONTRA ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD ARCIS (OFICIOS).............. 88
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE, MOTIVO DE RETARDO Y FECHA ESTIMADA DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE CIERRES PERIMETRALES POSTULADOS POR COMITÉ DE SEGURIDAD “100% SEGURIDAD”, VILLA JAIME EYZAGUIRRE, COMUNA DE MACUL (OFICIO) ........................................................................ 89
HOMENAJE A COMUNA DE TALCAHUANO EN CONMEMORACIÓN DEL 250º ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN .......................................................................................... 90
VIII.- ANEXO DE SESIÓN ....................................................................................................................... 92
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES...... 92
CONSIDERACIÓN DE PETITORIO DE SINDICATO DE BOTEROS EN DISEÑO DE PROYECTO DE PARQUE DE MITIGACIÓN FLUVIAL DE CONSTITUCIÓN (OFICIO) .......... 92
INVESTIGACIÓN DE IRREGULARIDADES EN ADMINISTRACIÓN DE POZOS DE AGUA DE LA LIGUA Y LLAYLLAY (OFICIOS) ......................................................................... 93
DISEÑO DE COLECTORES DE AGUAS LLUVIA EN LOCALIDAD DE ARTIFICIO, COMUNA DE LA CALERA (OFICIO) ............................................................................................ 94
INFORMACIÓN SOBRE POSTERGACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE PROYECTO DE BIOMETANO EN INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (OFICIOS) .......... 94
INFORMACIÓN SOBRE DESVINCULACIÓN DEFUNCIONARIO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN DE QUILPUÉ (OFICIOS) ............................... 95
INFORMACIÓN SOBRE DESPIDO DE PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO EN HUASCO (OFICIOS) ............................................................................................... 95
INFORMACIÓN SOBRE BAJAS DE VOLTAJE EN SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LOCALIDADES DE COMUNA DE ALTO DEL CARMEN, PROVINCIA DE HUASCO (OFICIO) .................................................................................................................... 96
EXPLICACIÓN POR POSTERGACIÓN DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE PACIENTE AFECTADO POR TUMOR ENDONASAL (OFICIO) ................................................. 96
INFORMACIÓN SOBRE PRESUNTA NEGLIGENCIA MÉDICA POR MUERTE DE VECINO DE CORONEL (OFICIOS) ................................................................................................ 97
FUNDAMENTOS DE DENEGACIÓN DE DECLARACIÓN DE MUERTE EN ACTO DE SERVICIO DE FUNCIONARIO DE LA ARMADA (OFICIOS) ..................................................... 97
INFORMACIÓN SOBRE FACTIBILIDAD DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA A PACIENTE CON ARTROSIS EN HOSPITAL GUSTAVO FRICKE (OFICIOS) ........................... 98
INFORMACIÓN SOBRE PROGRAMA DE DISEÑO DE CICLOVÍAS URBANAS (OFICIO) .... 98
IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA ................................................................................................. 100
1. MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PESCA ARTESANAL Y DE LA ACUICULTURA DE PEQUEÑA ESCALA, INDESPA. (BOLETÍN N° 9689-21) .......................... 100
2. MENSAJE DE S.E. EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY SOBRE ASIGNACIONES Y MODIFICACIONES A LA PLANTA DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO. (BOLETÍN N° 9690-01) ............................................................................................... 112
3. MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 19.175, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN REGIONAL, FORTALECIENDO LOS CONSEJOS REGIONALES. (BOLETÍN N° 9691-06) ........................................................................................................................................ 118
4. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9369-03) ............................... 123
5. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8207-07) ............................... 124
6. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9246-05) ............................... 124
7. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9566-29) ............................... 125
8. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8980-06) ............................... 125
9. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 6562-07) ............................... 125
10. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9252-15) ............................. 126
11. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8026-11) ............................. 126
12. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 7908-15) ............................. 127
13. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8239-07) ............................. 127
14. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9372-07) ............................. 128
15. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8624-07) ............................. 128
16. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9539-07) ............................. 128
17. OFICIO DE S.E. EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9119-18) ...................... 129
18. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8353-19) ............................. 138
19. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9336-25) ............................. 138
20. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9333-04) ............................. 139
21.- INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY QUE ELIMINAN LA PROHIBICIÓN PARA ACCEDER A LA CARRERA JUDICIAL A PERSONAS AFECTADAS POR SORDERA, MUDEZ O CEGUERA. (BOLETINES NOS 6576071 Y 9371
071) .............................................................................................................................................. 139
22.- INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA REQUISITOS PARA OBTENER LA CARTA DE NACIONALIZACIÓN. (BOLETIN N°9455-06) ............................................... 156
23.- INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, AL SACERDOTE EDELINO BERTOCCO GASPARELLA. (BOLETÍN N°8570-06) (S)............................................................................................................................................ 165
24.- INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, SILVICULTURA Y DESARROLLO RURAL RECAÍDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL “TRATADO INTERNACIONAL SOBRE LOS RECUROS FITOGENÉTICOS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA Y SUS DOS ANEXOS”, ADOPTADO POR LA CONFERENCIA DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO), EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2001. (BOLETÍN N° 65561-02) ............................................................................................................................... 168
25.- INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA SOBRE EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL “PROTOCOLO DEL ACUERDO DEL GRUPO MUNDIAL DEL COMERCIO DEL VINO DE 2007 SOBRE REQUISITOS PARA EL ETIQUETADO DE VINOS PARA LA TOLERANCIA DEL ALCOHOL, AÑOS DE COSECHA, VARIEDAD Y REGIONES VINICOLAS”, DEL GRUPO MUNDIAL DEL COMERCIO DEL VINO, SUSCRITO EN BRUSELAS, BÉLGICA, EL 22 DE MARZO DE 2013. (BOLETÍN N° 94191-01)................................................................................................................ 171
26.- INFORME DE LA COMISIÓN DE CULTURA, ARTES Y COMUNICACIONES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR MONUMENTO “TIERRA DE CAMPEONES ESTANISLAO LOAYZA Y ARTURO GODOY”, EN LA COMUNA DE IQUIQUE. (BOLETÍN N° 914924) ...................... 175
27.- INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE LAS DENUNCIAS DE UN EVENTUAL FRAUDE Y OTRAS IRREGULARIDADES EN EL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO. ... 181
28.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES URRUTIA, DON OSVALDO; SANDOVAL, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA MOLINA, QUE “MODIFICA LA LEY N° 19.300, EN EL SENTIDO DE AUMENTAR LOS PLAZOS PARA DECLARAR QUE EL ESTUDIO O DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL CARECE DE INFORMACIÓN RELEVANTE Y DE ESTABLECER INSTANCIAS TEMPRANAS DE RECLAMACIÓN. (BOLETÍN N° 9683-12) ................................................................. 301
29.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES FARCAS, CAMPOS, JIMÉNEZ, MEZA, MONSALVE, RINCÓN, SILBER, TORRES Y URÍZAR, Y DE LA DIPUTADA SEÑORA CARVAJAL, QUE “MODIFICA LA LEY N° 20.563, CON EL OBJETO DE ESTABLECER UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PERMANENTE PARA REGULARIZAR AMPLIACIONES Y CONSTRUCCIONES DE ENTIDADES RELIGIOSAS”. (BOLETÍN N° 9684-14) ........................................ 304
30.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES FLORES, ARRIAGADA, MORANO, OJEDA Y RINCÓN, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS HERNANDO, MOLINA Y SEPÚLVEDA, QUE “MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES RAÍCES DE LOS ADULTOS MAYORES, EN CASO DE DEMANDA DE PENSIÓN DE ALIMENTOS”. (BOLETÍN N° 9685-18) ..................................................................... 306
31.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LA DIPUTADA SEÑORA RUBILAR Y DE LOS DIPUTADOS SEÑORES BERGER, BROWNE Y TORRES, QUE “ESTABLECE LA EXCLUSIVIDAD UNIVERSITARIA PARA CARRERAS PROFESIONALES DE LA SALUD Y REGULA OTRAS AFINES”. (BOLETÍN N° 9687-04) ........... 309
32.- PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES VAN RYSSELBERGHE, HERNÁNDEZ, KAST, DON JOSÉ ANTONIO; LAVÍN, MACAYA, MELERO, SANDOVAL, Y SILVA, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS NOGUEIRA Y TURRES, QUE “MODIFICA LA LEY N° 17.238, CON EL OBJETO DE AMPLIAR EL USO DE VEHÍCULOS ESPECIALES DESTINADOS A DISCAPACITADOS, PARA LOS EFECTOS DE APLICAR LA TRIBUTACIÓN ESPECIAL EN CASO DE IMPORTACIÓN DE LOS MISMOS “. (BOLETÍN N° 9688-31) .................................................................................................. 311
33.- INFORME DEL DIPUTADO SEÑOR LORENZINI SOBRE SU PARTICIPACIÓN Y LA DE LOS DIPUTADOS SEÑORES MONSALVE Y NORAMBUENA EN EL SEMINARIO PARLAMENTARIO DE ALTO NIVEL EFECTUADO POR LA OCDE LOS DÍAS 1 Y 2 DE OCTUBRE DE 2014 EN PARÍS, FRANCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN ACERCA DE LA PARTICIPACIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR LORENZINI EN LA ASAMBLEA PARLAMENTARIA DEL CONSEJO DE EUROPA EL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014, EN ESTRASBURGO, FRANCIA. ............................................................................................... 313
34.- PRONUNCIAMIENTO DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES SOBRE LA POSIBILIDAD DE ENVIAR UN MENSAJE QUE REGULE MATERIAS CONTENIDAS EN DOS MOCIONES DECLARADAS INADMISIBLES, QUE TENÍAN COMO PROPÓSITO FACILITAR LA URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES EN EL NORTE GRANDE Y MODERNIZAR LA GESTIÓN DEL TERRITORIO FISCAL. ........................................................................................................................................... 315
35.- SEXTO INFORME DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES ACERCA DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS DURANTE EL MES DE OCTUBRE DE 2014. ........................................................................................ 324
36.- OFICIO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. ROL 2725-14-CPR. (10145). ................................. 334
37.- OFICIO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. ROL 2716-14-INA. ................................................ 334
X.OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA
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1.- Comunicaciones:
Del diputado señor Jiménez por la cual justifica su inasistencia a la sesión del día 23 de octubre de 2014 por actividades propias de la labor parlamentaria.
Del diputado señor Lavín por la cual justifica su inasistencia a las sesiones de los días 4, 5 y 6 de noviembre de 2014 por impedimento grave.
Del diputado señor Van Rysselberghe por la cual justifica su inasistencia a las sesiones de los días 4, 5 y 6 de noviembre de 2014 por actividades propias de la labor parlamentaria.
De los jefes de bancadas de diputados del Partido Demócrata Cristiano y del Partido por la Democracia, por la cual informan que el diputado señor Walker reemplazará a la diputada señora Girardi en la Comisión Especial Investigadora de la actuación de los organismos públicos encargados de fiscalizar eventuales irregularidades en la administración de la Universidad de Artes y Ciencias Sociales (Arcis).
2.- Notas:
Del diputado señor Meza , quien, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política de la República y 34 del Reglamento de la Corporación, solicita autorización para ausentarse del país por un plazo superior a treinta días, a contar del 27 de octubre de 2014, para dirigirse a Alemania y España.
Del diputado señor Kast, don Felipe , por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 1 de noviembre de 2014, para dirigirse a Finlandia.
Del diputado señor Silber por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 25 de octubre de 2014, para dirigirse a Alemania y España.
Del diputado señor Vallespín por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 25 de octubre de 2014, para dirigirse a Alemania.
Nota de la diputada señora Núñez , doña Paulina , por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 24 de octubre de 2014, para dirigirse a Israel.
Del diputado señor Godoy por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 26 de octubre de 2014, para dirigirse a México.
Del diputado señor Letelier por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días, a contar del 1 de noviembre de 2014, para dirigirse a Colombia.
De la diputada señora Girardi por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días a contar del 10 de noviembre de 2014.
Del diputado señor Ceroni por la cual informa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de la Corporación, que se ausentará del país por un plazo inferior a treinta días a contar del 3 de noviembre de 2014, para dirigirse a México.
3.- Licencia:
Otorgada al diputado señor Núñez, don Marco Antonio , por la cual acredita que debió permanecer en reposo el 23 de octubre de 2014.
4.- Oficios:
De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el diputado señor Torres integrará la comitiva que acompañará a la Presidenta de la República en su gira a Alemania y España, entre el 25 y el 31 de octubre de 2014 (420).
De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual informa que los jefes de los Comités Parlamentarios designaron a la diputada señora Nogueira y a los diputados señores Carmona , Fuenzalida , Saffirio , Schilling y Tuma , para integrar la Comisión Bicameral encargada de dar cumplimiento al artículo 6° del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre Pueblos Originarios y Tribales Independientes. (424).
Del Presidente de la Cámara de Diputados por el cual procede a declarar inadmisible la moción de los diputados señores Bellolio , Becker , Edwards , Gutiérrez, don Romilio ; Kast, don José Antonio , y Kast, don Felipe , y de la diputada señora Hoffmann , que “Aumenta recursos para la calidad de la educación con énfasis en estudiantes vulnerables y de clase media”, por cuanto se vulnera lo dispuesto en el inciso tercero y en el N° 2 del inciso cuarto del artículo 65 de la Carta Fundamental, al pretender aumentar el monto de la subvención escolar preferencial con recursos fiscales estableciendo una adicional para la clase media, y al asignar una nueva función al Ministerio de Educación. (09-2014).
Del Presidente de la Cámara de Diputados por el cual procede a declarar inadmisible la moción de las diputadas señoras Rubilar y Nogueira , y de los diputados señores Browne y Torres, que “Modifica el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en relación con la determinación del cónyuge como carga de la cónyuge”, por cuanto vulnera lo dispuesto en el numeral 6° del inciso cuarto del artículo 65 de la Carta Fundamental, al pretender introducir una modificación en los causantes de asignación familiar. (102014).
Respuestas a Oficios
Contraloría General de la RepúblicaDiputada Núñez doña Paulina , situación funcionaria que afecta a la señora Andrea Oyarzo Francke , profesional de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana. (81518 al 4300).
Ministerio de InteriorDiputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1066 al 3050).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (13246 al 3067).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (13246 al 3075).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (13246 al 3106).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1411 al 2308).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (14797 al 2409).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1528 al 3039).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1532 al 2415).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1565 al 2324).
Diputado Godoy , Referente a la mutualidad de Carabineros. (16730 al 848).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1720 al 3047).
Diputado Berger , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes , Región de Valparaíso. (1878 al 4474).
Diputado Campos, Informar sobre las razones por las que se excluyó a los sindicatos de pescadores de recursos bentónicos del sector de San Vicente del contrato de transacción suscrito entre Enap Refinerías S.A. y el Consejo de Defensa del Estado, mediante el cual se pone término al juicio de indemnización de perjuicios por el derrame de petróleo ocurrido en la Bahía San Vicente, comuna de Talcahuano, en mayo de 2007. (2107 al 3802).
Diputado Berger , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes, Región de Valparaíso. (2506 al 4447).
Diputada Rubilar doña Karla , Gestionar la pronta ejecución del convenio mandato por un monto de 2.016 millones de pesos para el año 2014 (3308 al 466).
Diputado Berger , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes, Región de Valparaíso. (601 al 4453).
Diputado Berger , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes, Región de Valparaíso. (627 al 4488).
Diputado Berger , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes, Región de Valparaíso. (749 al 4451).
Diputado Espinoza don Fidel , Gestiones desarrolladas en relación al desaparecimiento del señor Matías Triviño Maldonado , domiciliado en la comuna de Llanquihue, quien desapareció el martes 26 de agosto del presente año, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (866 al 4292).
Diputado Berger , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la actividad desarrollada entre los días 21 y 24 de agosto del presente año, convocada por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, que reunió a todos los gobernadores provinciales del país en el Lodge San Francisco, ubicado en el sector San Esteban de los Andes , Región de Valparaíso. (985 al 4477).
Ministerio de Relaciones ExterioresDiputada Núñez doña Paulina , Medidas concretas en materia de acuerdo de cooperación e integración con los países de Angola y Mozambique, las medidas de ayuda internacional que se tomarán a su favor y la posibilidad de implementar programas de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile en dichos países. (12834 al 3765).
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (156 al 2390).
Diputado Campos, Arbitrar las medidas necesarias, en resguardo de los consumidores, en relación con el cobro por el uso de los estacionamientos en el centro comercial Mall Plaza El Trébol de Talcahuano. (18007 al 422).
Diputado De Mussy , Situación actual de la pesca de salmones asilvestrados y Chinook en la Región de Los Lagos, indicando la existencia de alguna evaluación para introducir modificaciones en la actual normativa legal. (2015 al 4199).
Diputado Santana , Plazos y avance en la implementación de los comités de manejo de las pesquería demersales o merluza austral, congrio dorado y raya volantín y la fecha estimada en que se contará con los respectivos planes de manejo. (2127 al 4857).
Diputada Álvarez doña Jenny , Número total de centro de cultivos usados por las productoras de salmón, registraría una tendencia a la baja, en los términos que se indican en la petición adjunta. (54006 al 4813).
Diputado Hernández , Rechazo de la postulación de rebaja del Crédito Corfo del Banco del Estado, de la señora Magdalena Ruiz Agüero , cédula nacional de identidad número 5.853.4951. Asimismo, indica las opciones que tiene para acogerse a la rebaja del 2%. (599 al 4511).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (6100 al 3072).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (646 al 2406).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (6489 al 2425).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (6698 al 2402).
Ministerio de HaciendaDiputado Paulsen , Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1201 al 2475).
Diputado Pilowsky , Informar sobre la totalidad de los recursos que se invierten en materia deportiva y su porcentaje respecto del total del gasto público; o, en su defecto, de no contar con dicha información, analice la posibilidad de encargar un estudio en el sentido señalado, remitiéndolo luego a esta Cámara. (1567 al 3561).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1610 al 2423).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1672 al 3070).
Ministerio de EducaciónDiputado Ward, Diputada Molina doña Andrea , Número total de desvinculaciones de funcionarios públicos efectuadas a partir del 11 de marzo del presente año y de contrataciones efectuadas a partir de dicha fecha, remitiendo copia de las resoluciones, debidamente tomadas de razón por la Contraloría General de la República, que les sirven de fundamento, precisando en ambos casos los cargos, funciones y remuneraciones. Además, explique la política de reajuste de remuneraciones aplicada a partir de la fecha señalada, con el detalle de todos los efectuados y su fundamento según cargo y función, incluyendo el porcentaje efectivo del aumento en proporción a las remuneraciones que correspondían al mismo cargo hasta el 10 de marzo de 2014. (1323 al 1060).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1339 al 3082).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1339 al 3115).
Ministerio de JusticiaDiputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (832 al 3055).
Ministerio de Defensa NacionalDiputado Gutiérrez don Hugo , Antecedentes previsionales de los ex funcionarios de las Fuerzas Armadas de Chile, señalados en la solicitud adjunta, pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional (33 al 4360).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3693 al 3083).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3693 al 3114).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (3728 al 2373).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (918 al 2368).
Ministerio de Obras PúblicasDiputado Ward , Informe sobre la existencia de vínculos de cualquier especie entre su jefe de gabinete, jefes de servicios, coordinadores, asesores y todo el personal contratado a honorarios por su repartición y cualquier institución privada que tenga alguna vinculación o relación con temas relacionados en este Ministerio. (2340 al 2773).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (2419 al 2951).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (2632 al 3099).
Diputado De Mussy , otorgar permiso para que los vecinos del sector de Desagüe, localidad de Entre Lagos, habiliten un acceso a una playa ubicada a pocos metros de donde ellos viven, en el lago Rupanco, Región de Los Lagos (2694 al 3329).
Diputado Jaramillo , oficiar a US., y por su intermedio a la Dirección Nacional de Vialidad, para que se sirva informar a esta Corporación acerca de la fecha de iniciación de los trabajos de asfaltado básico de los primeros 7 kilómetros en el sector LiquiñeRio Hueico , comuna de Panguipulli (2695 al 2846).
Diputado Chahin , Estado en que se encuentra el proyecto de Agua Potable Rural (2696 al 3263).
Diputada Carvajal doña Loreto , Disponer una fiscalización por parte de la Dirección General de Aguas y de la Dirección de Obras Hidráulicas respecto del uso y destino de las aguas del lago Laja por parte de la empresa Endesa , conforme se describe en la intervención adjunta e informe de sus resultados a esta Corporación. (2697 al 904).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2698 al 2361).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2698 al 2362).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2698 al 2363).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2698 al 2367).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2698 al 2369).
Diputado Hernández , Posibilidad de proyectar el asfaltado de las rutas U-22 y U-400 y de los cruces Carrico y Cuinco interior de la comuna de San Juan de la Costa, en los términos que plantea en la intervención que se acompaña. (2699 al 3308).
Ministerio de AgriculturaDiputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (706 al 2323).
Diputado Hernández , Disponer una pronta y efectiva colaboración con la investigación que desarrolla el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, a consecuencias de la demanda presentada por la Federación de Productores de Leche (892 al 336).
Diputado Letelier , Posibilidad de establecer un plan maestro para salvar el patrimonio apícola ante la alarmante disminución de las abejas en nuestro país, causada principalmente por la contaminación química de los pesticidas y los cultivos transgénicos. (893 al 2109).
Ministerio de Bienes NacionalesDiputado Ward , Informar respecto de las asignaciones económicas entregadas al ministro, subsecretario, jefes de servicio, secretarios regionales ministeriales, asesores y a cualquiera otra persona vinculada, bajo cualquiera modalidad, al Ministerio a su cargo, desde el 11 de marzo de 2014 a la fecha, por los conceptos que se detallan en la solicitud adjunta. (507 al 3527).
Ministerio de Trabajo y Previsión SocialDiputado Espinosa don Marcos , Situación de los trabajadores que se desempeñan en la empresa Aramark , contratista de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, División Radomiro Tomic , disponiendo una fiscalización, por las consideraciones que expone en la solicitud que se acompaña. (1601 al 3303).
Diputado Walker , Razones que han impedido otorgar pensiones de gracia a los trabajadores portuarios de Coquimbo pertenecientes al sindicato Sinesport , que señala en la solicitud que se acompaña, a pesar de cumplir con todos los requisitos y haber entregado la documentación requerida. (16728al 2209).
Diputado Campos, Factibilidad de iniciar los estudios para incorporar en el presupuesto de 2015 la instalación de una oficina del Instituto de Previsión Social en la comuna de Hualpén. (18350al 4175).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3516 al 2957).
Diputado Chávez , informar a esta Corporación las razones por las cuales 67 trabajadores de los programas de empleo de emergencia de la comuna de Penco, cuya nómina se acompaña, no han percibido los beneficios sociales que entrega el Estado tales como el bono marzo, a pesar de cumplir los requisitos que la ley establece y disponer las medidas que sean procedentes para agilizar dichos pagos (67892 al 2842).
Ministerio de SaludDiputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1372 al 2989).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1555 al 2471).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1578 al 2544).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1688 al 3011).
Diputado Trisotti , Existencia de políticas de mitigación y plazos para implementarlas para preservar la salud de la población frente a la alta concentración de arsénico y otros metales pesados en la Pampa del Tamarugal, en los términos que señala en la solicitud que se acompaña. (1743 al 3387).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (2055 al 3014).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (2074 al 3000).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2807 al 2560).
Ministerio de MineríaDiputado Ward , Informar respecto de las asignaciones económicas entregadas al ministro, subsecretario, jefes de servicio, secretarios regionales ministeriales, asesores y a cualquiera otra persona vinculada, bajo cualquiera modalidad, al Ministerio a su cargo, desde el 11 de marzo de 2014 a la fecha, por los conceptos que se detallan en la solicitud adjunta. (643 al 3518).
Ministerio de Minería y EnergíaDiputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1131 al 2403).
Ministerio de EnergíaDiputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1190 al 3104).
Diputado Paulsen , Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1368 al 2573).
Ministerio de Vivienda y UrbanismoDiputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1693 al 3021).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1923 al 3022).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1974 al 2457).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2297 al 2451).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (2947 al 2458).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3411 al 3012).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3549 al 3018).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (407 al 3110).
Diputado Farcas , Remita a esta Cámara el listado de asesores que prestan servicios en ese Ministerio y en sus Secretaría Regionales Ministeriales, bajo la modalidad honorarios y contrata, indicando el tipo de contrato, montos, profesión o grado académico y función que desempeñan. (409 al 3140).
Diputada Girardi doña Cristina , Situación y estado de avance de los proyectos de vivienda de las comunas de Quinta Normal, Lo Prado y Cerro Navia , respecto a: Reconstrucción individual y colectiva post terremoto. Inscritos, concluidos y pendientes; Programas de Mejoramiento de la Vivienda; Postulación y asignación de Decreto Supremo 49; Postulación y asignación de Decreto Supremo 1; Postulaciones y asignaciones de Comités de Vivienda; Proyectos de Construcción asignados, en proceso y pendientes. (546 al 201).
Diputado De Mussy , Solicita disponer un subsidio especial de la vivienda para el señor Claudio Agustín Araya Miño , miembro del comité de vivienda en sitio propio de Aguas Buenas, en la comuna de Puerto Octay, debido a su precaria situación social y de salud. (548 al 239).
Diputada Pascal doña Denise , Disponer la revisión de las exigencias para la obtención de subsidios en el mundo rural (549al 974).
Diputado Fuentes, Posibilidad de disponer la ejecución de un proyecto para la construcción de un ducto de evacuación de aguas lluvias en la Villa España de la ciudad de Puerto Aysén a fin de evitar sus constantes inundaciones. (552 al 1574).
Diputado Paulsen , Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (7808 al 2601).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (8215 al 3026).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (8216 al 2456).
Proyecto de Resolución 38, “Solicitar a S.E. la Presidenta de la República la presentación de un proyecto de ley que cree subsidios de carácter diferenciado en materia habitaficonal para cada región y en especial para la Región de Antofagasta.” 651.
Ministerio de Transportes y TelecomunicacionesDiputado Urrutia don Osvaldo , informar a esta Corporación en cuántas regiones del país se ha cumplido lo establecido en la ley N° 19.542, que moderniza el sector portuario estatal, en lo referente a la coordinación que debe existir a nivel regional para el desarrollo armónico entre los puertos y la ciudad, a través de los denominados Consejos de Coordinación Puerto-Ciudad, desglosando la información por región, conforme se describe en la intervención adjunta. Asimismo, solicita, tenga a bien, señalar la fecha de constitución y de funcionamiento, así como el mecanismo y la metodología de participación empleada por este Consejo en las regiones en que se ha llevado a cabo. (7449 al 2794).
Diputado Robles , Razones consideradas por la empresa Metro S. A. para disponer que a partir del 6 de octubre no se podrá ingresar a las estaciones con maletas o bolsos que superen la altura del torniquete. (7492 al 3793).
Diputada Fernández doña Maya , Cumplimiento de las medidas de mitigación requeridas para la puesta en marcha de las etapas 1 y 2 del proyecto Costanera Center, propiedad de Concosud S.A. y acerca del estado de avance de las obras de mitigación requeridas para las etapas 3 y 4 del mismo y para la apertura de las edificaciones comprendidas en ellas. (7496 al 3572).
Diputado Sandoval , Eventual instalación de una antena de telefonía móvil de la empresa Entel , en la calle José de Moraleda N° 274, esquina Carrera, de la comuna de Coyhaique, transmitiéndole la molestia de los vecinos del sector, según da cuenta la documentación que se acompaña. (9670 al 2731).
Ministerio Secretaría General de la PresidenciaDiputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1545 al 3117).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1764 al 3077).
Diputado Gahona , Informar sobre la manera en que el Servicio Nacional de la Mujer está apoyando a las mujeres de los sectores rurales de la Región de Coquimbo, para enfrentar y paliar los efectos de la sequía. (701 al 4399).
Diputada Girardi doña Cristina , informe a esta Cámara sobre la cantidad de corporaciones que están siendo investigadas por el Consejo de Defensa del Estado, desde el año 2012 al 2014, y los motivos de estas investigaciones, especialmente en lo que dice relación con la Corporación Municipal de Cerro Navia. (80863al 4683).
Ministerio de Desarrollo SocialDiputado Chahin , Situación que afecta a la señora Laura Elena Catrilao Cariqueo de la comuna de Perquenco, quien perdió su pensión básica solidaria de vejez en el mes de junio de 2013, desconociendo los motivos hasta la fecha. (3780 al 1186).
Diputado Chahin , Situación que afecta a la señora Adelina Muñoz Gajardo de la comuna de Curacautín, quien dejó de percibir su pensión básica solidaria en el mes de enero del presente año, desconociendo los motivos y arbitrar las medidas que correspondan a fin de reintegrarla. (3780 al 1333).
Diputado Ward , Diputado Kast , Contratos celebrados entre este Ministerio y cada una de sus dependencias con la Universidad de Artes y Ciencias Sociales, Arcis , desde 2004 al mes de agosto de 2014, indicando sus objetivos, montos involucrados y representantes de la institución señalada. (663 al 4009).
Proyecto de Resolución 57, “Solicitar a S.E. la Presidenta de la República el envío de un proyecto de ley por el cual se proponga una modificación al Código de Aguas con el objeto de eximir del pago de derechos de aprovechamiento de agua a las comunidades de los Pueblos Originarios.” 864.
Diputado Gahona , Estado de avance y tiempos de ejecución del Plan de Descontaminación Atmosférica en la comuna de Andacollo, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (356 al 4772).
Ministerio De Cultura y de las Artes
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1266 al 3102).
Empresas del EstadoDiputado Ward , Existencia de vínculos de cualquier especie entre su jefe de gabinete, jefes de servicios, coordinadores, asesores y todo el personal contratado a honorarios por su repartición y cualquier institución privada que tenga alguna vinculación o relación con temas relacionados en este organismo. (10827 al 2836).
Intendencias
Diputado Van Rysselberghe , Nuevas incorporaciones de funcionarios en su repartición desde el 11 de marzo de 2014, adjuntando los antecedentes curriculares e indicando las funciones que cumplen y el monto de las remuneraciones de cada uno. (1391 al 2911).
Diputado Paulsen , Uso y asignación de vehículos fiscales y la utilización del disco institucional obligatorio de su repartición, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1406 al 2657).
Diputado Urrutia don Ignacio , informe a esta Cámara sobre las entidades que se adjudicaron proyectos deportivos en los meses de marzo a agosto del presente año, indicando en cada caso, el nombre de la persona natural o jurídica, rol único tributario, los montos asignados, comunas, número de beneficiarios y fines de cada actividad. (1410 al 4319).
Diputado Coloma , Estado actual del proyecto de alcantarillado que se encuentra en ejecución en la comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana y los plazos para su finalización. Asimismo, señale si es efectivo que el proyecto se encuentra retrasado y, en tal evento, indique si se han cursado las sanciones correspondientes. (16729 al 3875).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1853 al 2332).
Diputado Van Rysselberghe , Nuevas incorporaciones de funcionarios en su repartición desde el 11 de marzo de 2014, adjuntando los antecedentes curriculares e indicando las funciones que cumplen y el monto de las remuneraciones de cada uno. (2636 al 2903).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3303 al 3045).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (3682 al 2329).
Servicios
Diputado Cornejo , Reitera oficio N° 3.442 de esta Corporación, de fecha 1 de agosto de 2014; y, en definitiva informe respecto del personal del servicio Nacional de Aduanas beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas. (11968 al 4973).
Diputado Espinosa don Marcos , Informe a esta Cámara sobre la existencia de algún estudio o declaración de impacto ambiental respecto de la instalación de la planta de revisión técnica automatizada de Tocopilla, la que se emplazaría en la ruta B1 N°3700, lote 2 sector norte, de la misma ciudad. (141754 al 4529).
Diputado Pérez don Leopoldo , Nombre completo del o de los funcionarios que, bajo la denominación de Jefe de Gabinete, se desempeñan bajo su dependencia y autoridad, señalando su profesión, rol único tributario y remuneración; su forma de contratación y el hecho de participar como Consejero o Director en empresas públicas o en un órgano colegiado; y, las funciones concretas que desempeña. (1446 al 2520).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (14708 al 3061).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (1791 al 3005).
Diputado Jackson , Informe a esta Cámara sobre el estado en que se encuentran las denuncias presentadas por el señor Guillermo Gaete Miranda ante el Servicio Nacional del Consumidor (18008 al 4843).
Diputada Molina doña Andrea , Situación previsional de la señora Hilda Mireya del Carmen Pereira Ibáñez , de la comuna de La Ligua, a fin que pueda acceder a los beneficios existentes. (18533 al 1657).
Diputado Monsalve , Posibilidad de revisar la situación de la señora Margarita Arias Arias , viuda del señor José Sergio Marín Pino , quien obtuvo la calidad de exonerado político gozando del beneficio de una pensión no contributiva y que tendría fondos en el ex Servicio de Seguro Social, lo que permitiría aumentar su actual pensión. (18545 al 2253).
Diputado Chahin , Estado de tramitación de la solicitud presentada por la señora Trinidad Aravena para postular a los beneficios de Ley de Exonerados y cuya gestión inició en agosto de 2013. (25221 al 3547).
Diputado Farías , Solución que se otorgará a don Juan Guerrero Ponce , beneficiario del bono extraordinario para exonerados políticos que establece la ley N° 20.134, y que no percibe dicho beneficio por falta de recursos para ello. Asimismo, indique cuántas personas se encuentran en esta situación y las medidas que ha impetrado o impetrará para gestionar los respectivos pagos, en los términos que se precisan en la solicitud adjunta. (26715 al 4134).
Diputado Gutiérrez don Hugo , Solicita disponer se subsanen las eventuales irregularidades ocurridas con motivo de la dictación, por parte del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, del curso de capacitación “Instalador Eléctrico certificado con Mención en Automatización Industrial”, en la comuna de Iquique. (299 al 234).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (3328 al 2995).
Diputado Squella , Estado de tramitación y resolución del reclamo interpuesto por la señora Jessica Rojas Rojas contra la empresa Esval S.A. por facturación y cobro excesivo por consumo de agua potable. (3844 al 4729).
Diputado Espinoza don Fidel , informar en detalle a esta Corporación acerca del contrato de prestación de servicios suscrito por el ex director de Indap en la Región de Los Lagos, señor Claudio Ernst con la concejala por Llanquihue de la UDI, señora Andrea Tarziján , por cerca de $ 2 millones mensuales, en especial se remitan los informes mensuales de este contrato, se especifiquen si se han celebrado más contratos de esta naturaleza con concejales, indicando, asimismo, el monto de los recursos que se han destinado para financiar el programa destinado a regularizar la propiedad rural (48533 al 2121).
Diputado Rathgeb , Remita a esta Cámara los respaldos de listados de firmas de los agricultores que recibieron ayuda por emergencia agrícola en la Región de La Araucanía, completando la información solicitada mediante oficio N° 2.715, de 14 de julio del presente año. (60074 al 4611).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (722 al 2942).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (842 al 3069).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (9911 al 2964).
Diputado Cornejo , Información relacionada con el personal del Servicio Nacional de Aduanas beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas. (9911 al 3442).
Varios
Diputado Espinoza don Fidel , Evaluar la conveniencia de perseverar o no con el recurso de revisión presentado por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (001 al 483).
Diputado Squella , Tarjeta de crédito Cruz Verde, de titularidad del señor Alfonso Arancibia Fuentes , cédula nacional de identidad N° 5.213.0840, domiciliado en Población Chacabuco, Limache . Asimismo, indique los pagos que se han efectuado desde el año 2011, y si los mismo se han imputado al capital o a los intereses. (1622 al 4839).
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , Realizar una revisión de la póliza de seguros N° 210165, firmada por el señor Alejandro Rojas Hodar . (27533 al 328).
Diputado Becker , informe a esta Cámara sobre el estado de avance de la investigación administrativa iniciada con fecha 7 de diciembre del 2012, sobre supuestas irregularidades cometidas en relación con la Oferta Pública de Acciones (27713 al 4534).
Diputado Chahin , Crédito social y la procedencia de los intereses aplicados a los señores Mauricio Meliñir , Crescencio Meliñir , Enrique Cabrera y la señora María Acuña , en los términos que precisa en la solicitud adjunta. (55120 al 3688).
Diputado Rathgeb , Personal bajo su dependencia beneficiado con la asignación por desempeño de funciones críticas, en conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la ley N° 19.882, con las especificaciones que señala en la solicitud que se acompaña. (81182 al 3094).
Diputado Fuenzalida , Informe a esta Cámara sobre la cantidad de delitos de robo con intimidación o robo con fuerza, consumados y frustrados, que han afectado a las recaudadoras y pagadoras del Banco Estado, denominadas “Cajas Vecinas”, durante los años 2013 y 2014 (834 al 4588).
Diputado Fuenzalida , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, respecto del total de robos concretados o frustrados, de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero, durante el año 2013 y primer semestre del 2014. (837 al 4253).
Empresas del EstadoDiputado Verdugo , Promoción de tasas rebajadas para contratar créditos hipotecarios, en consideración a la derivación que el señor Ministro de Economía, Fomento y turismo ha realizado a esa institución. (29 al 4658).
Diputada Núñez doña Paulina , Remita a esta Cámara la nómina, individualizada y completa de las contrataciones y despidos efectuados por su empresa desde el 11 de marzo de presente año a la fecha. (86 al 3575).
Diputada Molina doña Andrea , Razones técnicas, administrativas o jurídicas por las cuales el proyecto “Punto de compra”, establecido para la comuna de Cabildo, no ha ingresado a la Comisión Chilena del Cobre, con la finalidad de obtener su correspondiente informe técnico. (100 al 4929).
Municipalidades
Diputado Flores, Se reitera el oficio de esta Corporación N° 3641, de 12 de agosto del corriente y, en definitiva, se informe a esta Cámara sobre las razones de la intervención vial en el camino que une a Valdivia con Niebla, que genera graves riesgos a la seguridad de los automovilistas, peatones y ciclistas. (1973 al 4554).
Instituciones Académicas y de Estudio
Diputado Jackson , Informar sobre todos los procesos de titulación que se encuentran pendientes por encontrarse los estudiantes morosos con la Universidad Tecnológica Metropolitana. (70 al 4876).
XI. PETICIONES DE OFICIO. ARTÍCULOS 9° Y 9° A DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO NACIONAL.
Diputada Hoffmann doña María José , Posibilidad de reevaluar el dictamen de la comisión técnica de la Superintendencia de Seguridad Social, que rechazó las licencias médicas del señor Jorge Chávez Valdebenito , cédula nacional de identidad N° 10.166.5658, domiciliado en la comuna de San Antonio , en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5101 de 20/10/2014). A servicios.
Diputada Hernando doña Marcela , Situación del señor Luis Saavedra Muñoz , cédula nacional de identificación N° 5.492.5077, exonerado de la empresa Madeco Planta Antofagasta en 1973 y que a partir del año 1989 se instaló en terreno del vivero Municipal de Sierra Gorda, en comodato precario por 1 año y que actualmente es ocupado por la empresa BAILAC, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5102 de 20/10/2014). A Ministerio de Bienes Nacionales.
Diputado Hasbún , Diputada Molina doña Andrea , remita a esta Corporación la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el presupuesto asignado a las embajadas chilenas en el exterior. (5103 de 20/10/2014). A Ministerio de Relaciones Exteriores.
Diputado Ward , remita a esta Corporación la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el proceso de licitación de las obras de término de ejecución de los departamentos vinculados a la reconstrucción de la ciudad de Tocopilla del proyecto habitacional “La Prefectura”. (5104 de 20/10/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputada Girardi doña Cristina , remita a esta Corporación la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la situación acontecida en el condominio Luis I de la constructora Santa Beatriz , en lo que se refiere a la calificación de las viviendas como “viviendas sociales” y, además, se me informe sobre la totalidad de subsidios cobrados a la fecha por la constructora Santa Beatriz . (5107 de 21/10/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputado Soto , Puente mecano ubicado en la comuna de Paine, indicando específicamente sus condiciones de operación, si cuenta con las mantenciones de seguridad como de despeje de accesos al día y, sobre el control que realiza ese Ministerio sobre la referida estructura, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5121 de 22/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Rathgeb , Reiterar el oficio N° 1904 de esta Corporación de fecha 18 de junio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara respecto de la fecha en que se realizará la licitación de los recorridos subsidiados para los sectores rurales de la Región de La Araucanía, conforme se describe en la petición adjunta. (5135 de 22/10/2014). A seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de La Araucanía.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 2213 de esta Corporación de fecha 08 de julio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara acerca de las peticiones formuladas por las organizaciones de trabajadores del Servicio de Salud Araucanía Norte, Fenats Unitaria y Fenpruss Base , en relación a despidos de funcionarios de dicho servicio como al nombramiento de jefaturas paralelas con grado superior a lo que establece la ley, conforme se describe en la petición adjunta. (5136 de 22/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 2716 de esta Corporación de fecha 14 de julio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara sobre la entrega de los recursos asignados a las comunas de Angol, Renaico , Collipulli , Ercilla , Lumaco , Traiguén , Los Sauces y Purén , con ocasión de la declaración de emergencia emitida por las nevazones que las afectaron durante el mes pasado con los detalles que se precisan en la solicitud que se acompaña. (5137 de 22/10/2014). A servicios.
Diputado Rathgeb , Reiterar el oficio N° 3864 de esta Corporación de fecha 21 de agosto de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara respecto de la efectividad de los hechos indicados en el oficio N° 20 del Colegio de Profesores de Chile A.G., Consejo Comunal de Purén y, sobre la misma materia, las medidas que adoptará el Ministerio de Educación en relación con lo señalado en dicho oficio. (5138 de 22/10/2014). A intendencias.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 3865 de esta Corporación de fecha 21 de agosto de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara respecto de la efectividad de los hechos indicados en el oficio N° 20 del Colegio de Profesores de Chile A.G., Consejo Comunal de Purén y, sobre la misma materia, las medidas que adoptará el Ministerio de Educación en relación con lo señalado en dicho oficio. (5139 de 22/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 3193 de esta Corporación de fecha 22 de julio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara acerca del procedimiento que se utiliza para determinar la calidad de alumno prioritario de los establecimientos educacionales subvencionados, en virtud de la ley N° 20.248, conforme se describe en la petición adjunta. (5140 de 22/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 2058 de esta Corporación de fecha 2 de julio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara respecto del estado actual del programa Elige Vivir Sano, implementado durante la administración del ex Presidente de la República Sebastián Pinera , especificando qué política pública va a desarrollar este gobierno en dicha materia, quién va a encabezar el programa y cuál va a ser su nombre, conforme se describe en la petición adjunta. (5141 de 22/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 2717 de esta Corporación de fecha 14 de julio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara sobre el resultado de la consulta realizada a comunidades indígenas y no indígenas respecto a la construcción de dobles vías e instalación de peajes en la provincia de Malleco (5142 de 22/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 2214 de esta Corporación de fecha 8 de julio de 2014 y, en definitiva, informe a esta Cámara acerca de la modalidad que se empleará para construir la ruta entre Angol y Los Ángeles, conforme se describe en la petición adjunta. Asimismo, solicita tenga a bien considerar la construcción de dicha ruta con recursos fiscales y sin que se establezcan peajes, atendida la situación social de los habitantes de las provincias de Malleco y del Biobío. (5143 de 22/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 3757 de esta Corporación de fecha 14 de agosto de 2014 y, en definitiva, remita a esta Cámara información detallada en petición adjunta, relacionada con el proceso de calificación realizado a los gestores territoriales del programa Ingreso Ético Familiar, en la Región de La Araucanía. (5144 de 22/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Rathgeb , reiterar el oficio N° 3757 de esta Corporación de fecha 14 de agosto de 2014 y, en definitiva, remita a esta Cámara información detallada en petición adjunta, relacionada con el proceso de calificación realizado a los gestores territoriales del programa Ingreso Ético Familiar, en la Región de La Araucanía. (5145 de 22/10/2014). A intendencias.
Diputado Rathgeb , reiterar los oficios N° 3601 de fecha 14 de agosto de 2014 y N°1661 de fecha 12 de junio de 2014, de esta Corporación y, en definitiva, informe a esta Cámara sobre la asignación del capital de trabajo y maquinarias, desde el 11 de marzo de 2014 a la fecha, individualizando a los beneficiarios y los montos entregados a cada uno de ellos. (5146 de 22/10/2014). A director regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario de la Región de La Araucanía.
Diputado Kast , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con todo el proceso de adjudicación del contrato de licitación pública denominada: Diseño e implementación del programa “Escuela de formación para Líderes comunales y levantamiento de desafíos de la comunidad organizada de La Granja”. (5147 de 22/10/2014). A alcalde de la Municipalidad de La Granja.
Diputado Farías , informe a esta Cámara en conformidad con el Plano Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), sobre cuáles y qué tipo de empresas son las que pueden funcionar dentro del anillo Américo Vespucio , así como los plazos de latencia para dar estricto cumplimiento al PRMS. (5148 de 22/10/2014). A seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana de Santiago.
Diputado Farías , informe detalladamente a esta Cámara respecto de la manera en que el proyecto Américo Vespucio Oriente pueda afectar a los vecinos de Macul en el eje Américo Vespucio o su calle local entre Rodrigo de Araya y Las Torres. (5149 de 22/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputada Hoffmann doña María José , informe a esta Corporación sobre factibilidad de instalar el Centro de Larga Estadía para la Región de Valparaíso en alguna de las comunas de la provincia de San Antonio. (5150 de 22/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputada Molina doña Andrea , informe a esta Corporación respecto del estado actual del río Aconcagua en materia de depósitos de desperdicios y contaminación del mismo y en caso de que corresponda, tenga a bien, adoptar las medidas necesarias para proceder a su limpieza. (5151 de 22/10/2014). A directora del Departamento de Salud de la Municipalidad de La Calera.
Diputada Molina doña Andrea , informe a esta Corporación acerca de los planes y programas de fiscalización que se han adoptados respecto de las condiciones fitosanitarias del río Aconcagua. Asimismo acerca de los casos de enfermedades que se han registrado en los recintos de salud y consultas, vinculadas a este suceso de contaminación en el referido río. (5152 de 22/10/2014). A servicios.
Diputado Jiménez , informe a esta Corporación sobre la situación en que se encuentra el reclamo N° 148 de fecha 29 de julio de 2014, ingresado en la municipalidad de Lo Espejo. (5153de 22/10/2014). A alcalde de la Municipalidad de Lo Espejo.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación sobre el avance en la reposición de los viaductos: Porfiado , Futange , Mellizos 1,2,3 , 4 y Collico . Asimismo de los puentes Nilahue y Miraflores . (5162 de 23/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Fuenzalida , Informe a esta Corporación sobre el estado de avance de la pavimentación y mejoramiento del camino de la Ruta T-85 Lago Ranco-Calcurrupe. (5165 de 23/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación sobre la cantidad de personas que se encuentran en situación de calle en la ciudad de La Unión, Paillaco y Futrono . (5166 de 23/10/2014). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Diputado Fuenzalida , Remita a esta Corporación la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la operatividad de los cajeros automáticos. (5167 de 23/10/2014). A Varios.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación, al tenor de la petición adjunta, respecto de la cantidad de fiscalizaciones que se han realizado sobre las condiciones laborales de los choferes del transporte público, en la Región de Los Ríos. (5168 de 23/10/2014). A seremi del Trabajo y Previsión Social de Los Ríos.
Diputado Fuenzalida , remita a esta Corporación la nómina de asistentes al “Programa de Capacitación Laboral para Trabajadores”, de la Región de Los Ríos. (5169 de 23/10/2014). A directora regional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo de la Región de Los Ríos.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación respecto de la cantidad de jardines infantiles que tienen una administración directa por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), en la comuna de Paillaco y, además, el presupuesto asignado para ellos en el año 2014 y el solicitado para el año 2015. (5170 de 23/10/2014). A director regional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región de Los Ríos.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación respecto del estado de avance de la construcción de la “Red Interlagos” y los plazos de finalización de dicho proyecto. (5171 de 23/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Fuenzalida , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con las facultades con que cuenta el Ministerio de Salud para enfrentar de forma adecuada emergencias sanitarias. (5172 de 23/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Cámara respecto de los avances en el programa de mejoramiento del Sistema de Registro de ADN. (5173 de 23/10/2014). A Ministerio de Justicia.
Diputado Fuenzalida , Informe a esta Cámara respecto de los avances en el programa de mejoramiento del Sistema de Registro de ADN. (5174 de 23/10/2014). A Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Diputado Fuenzalida , informe detalladamente a esta Cámara respecto de los antecedentes que obran en poder del Ministerio de Educación para fundar la desmunicipalización de los establecimientos educacionales. (5175 de 23/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputado Fuenzalida , informe detalladamente a esta Cámara respecto de las medidas adoptadas para incrementar la seguridad en los vagones, estaciones y dependencias en general, de la empresa de transportes, ante una eventual reiteración de un episodio terrorista. (5176 de 23/10/2014). A presidente del directorio de Metro S.A.
Diputado Fuenzalida , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el accidente ambiental ocurrido el 24 de septiembre del presente año, en la bahía de Quintero. (5177 de 23/10/2014). A gerente general de la Empresa Nacional del Petróleo.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Cámara respecto de la posibilidad de compra de los activos de los cuales se deprenderá la multinacional Anglo Amercian y, además, el impacto que tendrá sobre la empresa estatal, una vez que salga al mercado el producto denominado “grafeno” (5178 de 23/10/2014). A empresas del Estado.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Cámara respecto de las medidas adoptadas para enfrentar los eventuales incendios forestales a los que está expuesto nuestro país, considerando especialmente la situación actual de déficit de lluvias. (5179 de 23/10/2014). A servicios.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación respecto de las preemergencias y emergencias ambientales desde enero a la fecha, en la Región de Los Ríos. (5180 de 23/10/2014). A servicios.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación sobre el avance que ha tenido la campaña “Pan Saludable” en la Región de Los Ríos, así como su evaluación al respecto. (5181 de 23/10/2014). A seremi de Salud de la Región de Los Ríos.
Diputado Fuenzalida , informe a esta Corporación respecto de la posibilidad de instalar un retén en el sector rural de Nontuelá, comuna La Unión, Región de Los Ríos. (5182 de 23/10/2014). A varios.
Diputado Rathgeb , listado con los títulos de Merced, con su correspondiente plano o mapa, existentes en todas las comunas de la provincia de Malleco, desagregados por comuna y nombre de cada comunidad, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5212 de 24/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Rathgeb , Estado de avance del proyecto Corredor Bioceánico Chileno Argentino, indicando su ruta principal y alternativa, como las ciudades por las cuales dicha ruta pasaría (5213 de 24/10/2014). A intendencias.
Diputado Rathgeb , Existencia de un estudio que indique grado de contaminación de los ríos y lagos de la Región de La Araucanía, remitiendo, en el caso de ser así, el resultado de éstos y el nivel de contaminación de cada uno de ellos. (5214 de 24/10/2014). A secretario regional ministerial del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía.
Diputado Rathgeb , Política regional de turismo para el año 2015. Asimismo, indique el grado de inversión y los empleos que se deberían generar para ese mismo año. (5215 de 24/10/2014). A director regional del Servicio Nacional de Turismo de la Región de La Araucanía.
Diputado Rathgeb , estado en que se encuentra la hora médica para la operación de la señora Katherine López López , cédula nacional de identidad N° 18.995.1884, domiciliada la comuna de Traiguén, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5216 de 24/10/2014). A servicios.
Diputado Rincón, Posibilidad de instruir sumario administrativo a objeto de determinar los funcionarios responsables e involucrados en la sentencia Rol N° 237 2012, que declaró ilegal el acta de evaluación de fecha 22 de noviembre de 2012, y que hayan tenido una participación activa en los procesos de licitación, a los que hace referencia dicha sentencia, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5217 de 24/10/2014). A directora nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Diputado Rincón, Destino, monto y proyectos financiados anualmente, desde el año 2009, pormenorizados por provincias y comunas, con cargo al Fondo de Apoyo Regional para el Financiamiento de Iniciativas de Transporte, Conectividad y Desarrollo Regional, en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5218 de 24/10/2014). A Ministerio de Interior.
Diputado Rincón, Resultado del sumario administrativo que se instruyó en contra del señor Mario Figueroa Villagrán , funcionario del Servicio de Salud de Talcahuano, que fue solicitado mediante oficio N° 13.335 del 17 de octubre de 2013, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5219 de 24/10/2014). A Contraloría General de la República.
Diputado Rincón, Resultado del sumario administrativo que se instruyó, mediante resolución exenta N° 1645 de ese Servicio, en contra del señor Mario Figueroa Villagrán , funcionario del Servicio de Salud de Talcahuano, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5220 de 24/10/2014). A servicios.
Diputada Rincón, Posibilidad de instruir sumario administrativo a objeto de determinar los funcionarios responsables e involucrados en la sentencia Rol N° 2372012, que declaró ilegal el acta de evaluación de fecha 22 de noviembre de 2012, y que hayan tenido una participación activa en los procesos de licitación a los que se hacen referencia en dicha sentencia, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5221 de 24/10/2014). A Ministerio de Interior.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregados por comuna, incluyendo los programas e iniciativas a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5222 de 24/10/2014). A Ministerio de Agricultura.
Diputado Sandoval , Estudiar alternativas que permitan el mejoramiento de la conectividad de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo con la ciudad de Puerto Montt, supliendo las dificultades de no contar con una ruta de conexión con el resto del país, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5223 de 24/10/2014). A servicios.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo los programas e iniciativas a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5224 de 24/10/2014). A servicios.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo los programas e iniciativas a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5225 de 24/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputado Sandoval , Posibilidad de estudiar alternativas que permitan el mejoramiento de la conectividad de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo con la ciudad de Puerto Montt, supliendo las dificultades de no contar con una ruta de conexión con el resto del país, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5226 de 24/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo un listado de los caminos considerados a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5227 de 24/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo el mejoramiento a ejecutar en Postas, Consultorios y Hospitales. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5228 de 24/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputada Núñez doña Paulina , Cantidad de fiscalizaciones que se han efectuado a los proyectos Recepción, acopio y embarque de cobre, de la empresa Antofagasta Terminal Internacional S.A; Transporte ferroviario de concentrado de cobre, de la empresa Antofagasta Railway Company PLC y, Actualización Proyecto Sierra Gorda, de la empresa Sierra Gorda SCM, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5229de 24/10/2014). A secretario regional ministerial del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta.
Diputada Núñez doña Paulina , Cantidad de fiscalizaciones que se han efectuado a los proyectos Recepción, acopio y embarque de cobre, de la empresa Antofagasta Terminal Internacional S.A; Transporte ferroviario de concentrado de cobre, de la empresa Antofagasta Railway Company PLC y, Actualización proyecto Sierra Gorda, de la empresa Sierra Gorda SCM, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5230de 24/10/2014). A secretaría regional ministerial de Salud de la Región de Antofagasta.
Diputado Sandoval , Posibilidad de tener presente la postulación de la señora Selmira Arriagada Martínez , cédula nacional de identificación N° 5.364.7731, domiciliada en la comuna de Coyhaique, al subsidio habitacional para construcción en sitio propio, puesto que cumpliría con los requisitos legales para ello y, sin embargo, se le habría rechazado en tres oportunidades el otorgamiento del referido beneficio, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5231 de 24/10/2014). A secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo el mejoramiento a ejecutar en Postas, Consultorios y Hospitales. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5232 de 24/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo los programas e iniciativas a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5233 de 24/10/2014). A Ministerio de Interior.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo los programas e iniciativas a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5234 de 24/10/2014). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Sandoval , Posibilidad de estudiar alternativas que permitan el mejoramiento de la conectividad de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo con la ciudad de Puerto Montt, supliendo las dificultades de no contar con una ruta de conexión con el resto del país, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5235 de 24/10/2014). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Sandoval , Plan de inversiones contemplado a desarrollar en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, desagregado por comunas, incluyendo los programas e iniciativas a ejecutar. Asimismo, precise la inversión a implementar, su prioridad, incluyendo un cuadro comparativo respecto a lo desarrollado en la administración anterior, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5236 de 24/10/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputado Sandoval , Posibilidad de tener presente la postulación de la señora Selmira Arriagada Martínez , cédula nacional de identificación N° 5.364.7731, domiciliada en la comuna de Coyhaique, al subsidio habitacional para construcción en sitio propio, puesto que cumpliría con los requisitos legales para ello y, sin embargo, se le habría rechazado en tres oportunidades el otorgamiento del referido beneficio, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5237 de 24/10/2014). A director regional del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
Diputado Squella , Naturaleza jurídica de los inmuebles y terrenos ubicados en la Región de Valparaíso, con indicación e individualización de los bienes privados, públicos y nacionales de usos públicos, existentes en los sectores que se indican en la solicitud adjunta. (5238 de 24/10/2014). A secretario regional ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Valparaíso.
Diputado Boric , Estado de avance del estudio de instalación de piezómetros y funcionamiento del sistema de drenaje, en el Cementerio Parque Cruz de Froward, ciudad de Punta Arenas, encargado a esa Dirección por el Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena. Asimismo, remita una copia del mismo estudio, una vez que éste se encuentre finalizado, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5239 de 27/10/2014). A directora regional de Obras Hidráulicas de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
Diputado Fuenzalida , Planes y programas que se están llevando a cabo en materia de prevención de drogas y rehabilitación, así como aquellos que se encuentran en etapa de planificación. (5240 de 27/10/2014). A coordinador regional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol de la Región de Los Ríos.
Diputado Fuenzalida , Medidas que se tomarán por ese Ministerio para combatir el ciclo de desaceleración económica que enfrenta el país. (5241 de 27/10/2014). A Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Diputado Fuenzalida , Medidas que se tomarán por ese Ministerio para combatir el ciclo de desaceleración económica que enfrenta el país (5242 de 27/10/2014). A Ministerio de Hacienda.
Diputado Fuenzalida , Posibilidad de reevaluar la conveniencia de la implementación del plan Convivencia+Segura, informando los motivos de la misma y, en definitiva, suspenderla. Asimismo, informe la factibilidad de coordinar con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, las medidas necesarias para atenuar los robos y hurtos en el Parque Metropolitano, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5243 de 27/10/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputado Gahona , Si lo tiene a bien, ordene la revisión de los antecedentes que se contienen en la petición adjunta, relacionados con las publicaciones vía Twitter del Gobierno Regional de Coquimbo, con el fin de evaluar las posibles responsabilidades administrativas que pudieren existir y, en el caso de que proceda, instruya las medidas correctivas correspondientes, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5244 de 27/10/2014). A contralor regional de la Región de Coquimbo.
Diputado García don René Manuel , Detalle pormenorizado de la partida presupuestaria del Ministerio de Deporte, año 2015, aclarando la legitimidad de que parte de esos recursos se destinen a financiar actividades privadas con fines de lucro. (5245 de 27/10/2014). A Ministerio de Hacienda.
Diputado Jackson , Posibilidad de realizar una fiscalización al Colegio Filipense, ubicado en la comuna de Santiago, que recibe subvención del Estado, acogido al sistema de financiamiento compartido y que estaría, presuntamente, realizando cobros de matrículas que sobrepasan los límites establecidos en la ley, como también dando el carácter de obligatorio al pago del monto cobrado por el Centro de Padres y Apoderados, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5246 de 27/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputado Kast , Legalidad de los contratos suscritos por el señor Miguel Ángel Carrasco García , que se desempeña como Concejal de la comuna de Paillaco, médico general del Servicio de Salud de Valdivia y como asesor parlamentario del Diputado señor Enrique Jaramillo Becker . Asimismo, indique las eventuales incompatibilidades en el ejercicio de dichas funciones, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5247 de 27/10/2014). A Contraloría General de la República.
Diputado Letelier , Cantidad exacta de las personas que son beneficiarias directas del descuento total del 7% en sus pensiones, por aplicación de la ley N° 20.531. Asimismo, indique aquellas personas que cuentan con el descuento parcial y, el número de personas que, siendo jubilados, no califican para los referidos beneficios, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5248 de 27/10/2014). A servicios.
Diputado Mirosevic , Convenios marco para la compra o arrendamiento de licencias de software de Microsoft, desde el año 2003, indicando el monto gastado por parte de entidades públicas para la adquisición o arriendo de éstos. (5249 de 27/10/2014). A directora nacional de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Diputado Mirosevic , Posibilidad de utilizar los medios de que dispone ese Ministerio para ayudar al señor Luciano Rendón , a desarrollar una vida con las mayores posibilidades y, especialmente, otorgarle una beca para terminar sus estudios de enseñanza media y estudiar alguna carrera universitaria, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5250 de 27/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputada Molina doña Andrea , Razones de hecho y derecho de la desvinculación del señor Sergio Gálvez Gómez , que se desempeñaba como jefe de la Unidad de cuidados intensivos del Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar. (5251 de 27/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputada Molina doña Andrea , Factibilidad técnica de implementar el servicio de internet en el sector de Mantagua, comuna de Quintero y, en el caso de que no se encuentre habilitado, informe el conducto que se debe seguir para conseguirlo. (5252 de 27/10/2014). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputada Molina doña Andrea , factibilidad técnica de implementar el servicio de internet en el sector de Mantagua, comuna de Quintero y, en el caso de que no se encuentre habilitado, informe el conducto que se debe seguir para conseguirlo. (5253 de 27/10/2014). A Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Diputado Monckeberg don Cristián , Remita el informe de estado de observaciones, instruyendo los procedimientos sancionatorios dispuestos por la Contraloría General de la República. Asimismo, indique las sanciones y medidas dispuestas por esa cartera, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5254 de 27/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputada Provoste doña Yasna , Política de contratación de esa Empresa. Asimismo, indique la cantidad de empresas contratistas que han contratado ex trabajadores de la Planta Matta, en los términos de la petición adjunta. (5255 de 27/10/2014). A empresas del Estado.
Diputado Rathgeb , Estudio que señale la estadística de la delincuencia entre los años 2006 y 2014, en la Región de La Araucanía, y, en la eventualidad de ser así, remítalo desagregado por tipo de delito. (5256 de 27/10/2014). A Ministerio de Interior.
Diputado Rincón, Posibilidad de evaluar que la construcción del nuevo reten de Pangal, sea llevado a cabo en la localidad de Chacayes, comuna de Machalí, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5257 de 27/10/2014). A varios.
Diputado Rincón, Posibilidad de evaluar que la construcción del nuevo reten de Pangal, sea llevado a cabo en la localidad de Chacayes, comuna de Machalí, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5258 de 27/10/2014). A Ministerio de Interior.
Diputado Silber , Actuación y proceder de la Coordinación de Concesiones, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, por la puesta en operación de cinco nuevos pórticos de peaje en la costanera Norte, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5259 de 27/10/2014). A Contraloría General de la República.
Diputado Trisotti , Estado actual del proyecto Estudio y diseño del alcantarillado de Los Verdes, comuna de Iquique, Región de Tarapacá, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5260 de 27/10/2014). A Ministerio de Interior.
Diputado Trisotti , Estado actual del proyecto Restauración Arquitectónica del Teatro Municipal de Iquique, Región de Tarapacá. Asimismo, indique las causales de retraso de de restauración del mencionado teatro, que fue declarado Monumento Nacional, en los términos que se indican en la petición adjunta. (5261 de 27/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputada Turres doña Marisol , Determine e informe a esta Cámara sobre la repartición pública que debe asumir la tarea de unidad técnica que se encargue de realizar un estudio y gestionar los recursos necesario para el diagnóstico respecto a los 6 cañones hundidos en el sector del Faro Lenqui, materializando el rescate de dicho patrimonio cultural, estableciendo un cronograma y responsabilidades de funciones, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5262 de 27/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputada Turres doña Marisol , Eventual ingreso de alguna denuncia o consulta respecto de la compra de terrenos, en la comuna de Chaitén, por personas que presuntamente pertenecen a la empresa Patagonland y, en el caso de ser así, remita un informe con los aspectos, detalles y estado de las mismas, en los términos de la petición adjunta. (5263 de 27/10/2014). A secretario regional ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , Informe a esta Cámara acerca de los trámites que debe realizar la señora María Zavalla González para rebajar los intereses que está cobrando la Caja de Compensación Los Héroes por un crédito otorgado el año 2008 por un monto de $170.000 en 84 meses. (5264 de 27/10/2014). A varios.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , informe a esta Cámara sobre la posibilidad de realizar una nueva encuesta de la Ficha de Protección Social (FPS) al señor Víctor Becerra Lucero , quien cuenta con un puntaje superior a los 12.000 puntos, lo que a juicio del afectado, no refleja su realidad socioeconómica familiar. (5265 de 27/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputado Espinoza don Fidel , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el funcionamiento de las Escuelas Hospitalarias a lo largo del país. (5267 de 27/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , informe a esta Cámara sobre el estado en que se encuentra el reclamo presentado por la señora Sandra Vergara Blanco , ante el rechazo a su solicitud de pensión de invalidez. (5268 de 27/10/2014). A varios.
Diputado Espinoza don Fidel , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la investigación que lleva adelante la Superintendencia respecto de la existencia de presuntas irregularidades en las Escuelas Hospitalarias de Puerto Montt y Ancud . (5269 de 27/10/2014). A Ministerio de Educación.
Diputado Espinoza don Fidel , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el número de afiliados a Isapres en la Región de Los Lagos. (5270 de 27/10/2014). A varios.
Diputado Espinoza don Fidel , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con la iniciativa desplegada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo para erigir viviendas en diversos barrios de la capital, por vía de habilitar terrenos sin uso de otras entidades para construir proyectos habitacionales. (5271 de 27/10/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diputado Espinoza don Fidel , Remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el número de familias que quedaron sin recibir beneficios sociales, debido a problemas con la implementación de la Ficha de Protección Social durante el gobierno anterior. (5272 de 27/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputada Álvarez doña Jenny , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el proceso de mitigación por la construcción del puente en el canal de Chacao. (5273 de 27/10/2014). A Ministerio de Obras Públicas.
Diputada Álvarez doña Jenny , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el número de afiliados al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), en la Región de Los Lagos. (5275 de 27/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputada Álvarez doña Jenny , remita a esta Cámara la información detallada en la petición adjunta, relacionada con el anuncio de aumento de funcionarios fiscalizadores a lo largo del país, especialmente en el contexto de la reciente promulgación de la ley de Trabajadoras de Casa Particular. (5276 de 27/10/2014). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Diputada Álvarez doña Jenny , remita a esta Cámara, al tenor de la petición adjunta, los antecedentes respecto de la investigación que está realizando el Ministerio de Bienes Nacionales, respecto de la venta de propiedades no sometidas al régimen de la ley de Propiedad Austral, en la comuna de Chaitén. (5277 de 27/10/2014). A Ministerio de Bienes Nacionales.
Diputado Squella , informe a esta Cámara, al tenor de la petición adjunta, sobre el estado de tramitación actual de la jubilación por causal de vejez, respecto de la señora Ximena del Carmen Scheel Zambrano . (5278 de 27/10/2014). A oficina regional del Instituto de Previsión Social de la Región de Valparaíso.
Diputada Álvarez doña Jenny , Estadística respecto del número de afiliados a Isapres en la Región de Los Lagos, desagregados por comuna, en los últimos cinco años. Asimismo, indique la variación del número de afiliados a nivel nacional, en el periodo antes indicado. (5279 de 28/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputado Cornejo , Incendios que afectaron a la comuna de Valparaíso en el mes de abril, en específico acerca de los subsidios habitacionales otorgados hasta la fecha y respecto de la implementación del Plan de Reconstrucción. (5280 de 28/10/2014). A director regional del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso.
Diputada Fernández doña Maya , Respuesta del oficio N° C02022 de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Bienes Nacionales, que da cuenta del requerimiento de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, que tiene como objeto solicitar la transferencia del inmueble fiscal ubicado en Calle Vía Doce, esquina Calle Ocho, comuna de Ñuñoa, a esa Municipalidad, para llevar a cabo la reconstrucción del Jardín Infantil Naranjitas, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5281 de 28/10/2014). A Ministerio de Bienes Nacionales.
Diputado Gahona , Presunto no pago de las prestaciones de los trabajadores de los consultorios pertenecientes a la Corporación Gabriel González Videla, comuna de la Serena, tales como las extensiones en las horas laborales, los viáticos por encontrarse trabajando en sector rural, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5282 de 28/10/2014). A alcalde de la Municipalidad de La Serena.
Diputado Gahona , Avance del otorgamiento de los 288 cupos de empleos de emergencias existentes en la comuna de Monte Patria, para apoyar a personas afectadas por falta de empleo, a raíz de la crisis hídrica que aqueja a la zona. Asimismo, remita un informe con la distribución de cupos por localidad y la nómina de beneficiados, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5283 de 28/10/2014). A alcalde de la Municipalidad de Monte Patria.
Diputado Gahona , Estado de avance del proyecto del Programa Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, “Mejoramiento espacio cívico y cultural Chañaral Alto”, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5284 de 28/10/2014). A alcalde de la Municipalidad de Monte Patria.
Diputado Gahona , Estado de avance del Proyecto Reposición Centro de Salud Chañaral Alto, comuna de Monte Patria, indicando las gestiones que se realizarán y los plazos para la concreción de las mismas. (5285 de 28/10/2014). A alcalde de la Municipalidad de Monte Patria.
Diputado Gahona , Posibilidad de emitir un pronunciamiento respecto de la procedencia o no, del feriado legal que le correspondería a la señora Liliana Araya Cortes , cédula nacional de identidad N° 5.9789.7352, funcionaria del Departamento de Salud de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo. (5286 de 28/10/2014). A contralor regional de la Región de Coquimbo.
Diputado Jackson , Posibilidad de fiscalizar a los funcionarios de la Dirección del Trabajo Regional de la Región de los Ríos y de la Inspección del Trabajo de Ranco, en el marco de las denuncias interpuestas contra la Sociedad Turística y Ganadera Cerro Azul Ltda. por el sindicato de trabajadores agrícolas N°1 Cerro Azul. (5287 de 28/10/2014). A Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Diputado Soto , Avance del proyecto de construcción de un Centro de Salud Familiar en la localidad de Hospital, comuna de Paine, cuyo número de construcción es el ID 2212 139 LP 12. (5288 de 28/10/2014). A Ministerio de Salud.
Diputado Squella , Estado de tramitación del requerimiento formulado por el Centro de Atención Previsional IPS-Quilpué, respecto del informe de fiscalización requerido a esa Inspección, en el marco de la verificación de los antecedentes laborales de la señora Ximena Scheel Zambrano , a fin de determinar la calidad y efectividad de los servicios prestados a la empresa Sociedad Médica Casson Chansal Ltda , en los términos que se indican en la petición adjunta. (5289 de 28/10/2014). A inspector provincial del Trabajo de Rancagua.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , Posibilidad de reevaluar el monto, por concepto de pensión de vejez, que recibe la señora Lucía Contreras Núñez , cédula nacional de identificación N° 6.807.2891, domiciliada en la comuna de Las Cabras. Asimismo, indique si cumple con los requisitos para ser beneficiaria del Aporte previsional solidario y, el procedimiento para obtenerlo. (5294 de 29/10/2014). A servicios.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , Posibilidad de incorporar en el Programa Puente o Chile Solidario, a la señora María Carolina Valenzuela Ugalde , cédula nacional de identidad N° 11.367.8046, domiciliada en la comuna de San Fernando. Asimismo, solicito que se le realice una nueva Ficha de Protección Social, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5295 de 29/10/2014). A Ministerio de Desarrollo Social.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , Si se habría pagado el beneficio “Bono por hijo nacido vivo”, a la señora Gladys Mondaca Bravo , cédula nacional de identificación N° 6.547.2031, domiciliada en la comuna de Las Cabras. Asimismo, y de ser afirmativo, indique el cálculo realizado para realizar dicho pago. (5296 de 29/10/2014). A servicios.
Diputada Sepúlveda doña Alejandra , Estado en que se encuentra la apelación, por el rechazo y no pago de las licencias médicas, emitidas a partir del mes de marzo del presente año, de la señora Ángela del Carmen Osorio Tobar , cédula nacional de identidad N°15.104.9893, domiciliada en la comuna de Las Cabras, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5297 de 29/10/2014). A servicios.
Diputada Hernando doña Marcela , Situación que aqueja a la Junta de Vecinos Villa Chica, de la Población Balmaceda, ciudad de Antofagasta, relacionada con la toma de terrenos de manera ilegal por personas de otros sectores, existiendo comités de allegados de esa comunidad que se encuentran trabajando para construir su casa propia, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5298 de 29/10/2014). A Ministerio de Bienes Nacionales.
Diputada Hernando doña Marcela , Situación que aqueja a la Junta de Vecinos Villa Chica, de la Población Balmaceda, ciudad de Antofagasta, relacionada con la toma de terrenos de manera ilegal por personas de otros sectores, existiendo comités de allegados de esa comunidad que se encuentran trabajando para construir su casa propia, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5299 de 29/10/2014). A gobernadora de la provincia de Antofagasta.
Diputada Hernando doña Marcela , Situación que aqueja a la Junta de Vecinos Villa Chica, de la Población Balmaceda, ciudad de Antofagasta, relacionada con la toma de terrenos de manera ilegal por personas de otros sectores, existiendo comités de allegados de esa comunidad que se encuentran trabajando para construir su casa propia, en los términos que se indican en la solicitud adjunta. (5300 de 29/10/2014). A Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
I.ASISTENCIA
Asistieron los siguientes señores diputados:
NOMBRE
-Aguiló Melo, Sergio
-Álvarez Vera, Jenny
-Álvarez - Salamanca Ramírez, Pedro Pablo
-Andrade Lara, Osvaldo
-Arriagada Macaya, Claudio
-Auth Stewart, Pepe
-Barros Montero, Ramón
-Becker Alvear, Germán
-Bellolio Avaria, Jaime
-Berger Fett, Bernardo
-Boric Font, Gabriel
-Browne Urrejola, Pedro
-Campos Jara, Cristián
-Cariola Oliva, Karol
-Carmona Soto, Lautaro
-Carvajal Ambiado, Loreto
-Castro González, Juan Luis
-Chahin Valenzuela, Fuad
-Chávez Velásquez, Marcelo
-Cicardini Milla, Daniella
-Coloma Álamos, Juan Antonio
-Cornejo González, Aldo
-De Mussy Hiriart, Felipe
-Edwards Silva, José Manuel
-Espejo Yaksic, Sergio
-Espinosa Monardes, Marcos
-Espinoza Sandoval, Fidel
-Farcas Guendelman, Daniel
-Farías Ponce, Ramón
-Fernández Allende, Maya
-Fuentes Castillo, Iván
-Fuenzalida Figueroa, Gonzalo
-Gahona Salazar, Sergio
-García García, René Manuel
-Girardi Lavín, Cristina
-Gutiérrez Gálvez, Hugo
-Gutiérrez Pino, Romilio
-Hasbún Selume, Gustavo
-Hernández Hernández, Javier
-Hernando Pérez, Marcela
-Hoffmann Opazo, María José
-Insunza Gregorio de las Heras, Jorge
-Jaramillo Becker, Enrique
-Jarpa Wevar, Carlos
-Jiménez Fuentes, Tucapel
-Kast Rist, José Antonio
-Lemus Aracena, Luis
-León Ramírez, Roberto
-Lorenzini Basso, Pablo
-Macaya Danús, Javier
-Melero Abaroa, Patricio
-Melo Contreras, Daniel
-Mirosevic Verdugo, Vlado
-Molina Oliva, Andrea
-Monckeberg Díaz, Nicolás
-Monsalve Benavides, Manuel
-Morales Muñoz, Celso
-Morano Cornejo, Juan Enrique
-Norambuena Farías, Iván
-Núñez Arancibia, Daniel
-Núñez Lozano, Marco Antonio
-Ojeda Uribe, Sergio
-Ortiz Novoa, José Miguel
-Pacheco Rivas, Clemira
-Pascal Allende, Denise
-Paulsen Kehr, Diego
-Pérez Arriagada, José
-Pérez Lahsen, Leopoldo
-Pilowsky Greene, Jaime
-Poblete Zapata, Roberto
-Provoste Campillay, Yasna
-Rathgeb Schifferli, Jorge
-Rincón González, Ricardo
-Rivas Sánchez, Gaspar
-Robles Pantoja, Alberto
-Rocafull López, Luis
-Sabag Villalobos, Jorge
-Saffirio Espinoza, René
-Saldívar Auger, Raúl
-Sandoval Plaza, David
-Santana Tirachini, Alejandro
-Schilling Rodríguez, Marcelo
-Sepúlveda Orbenes, Alejandra
-Silber Romo, Gabriel
-Silva Méndez, Ernesto
-Soto Ferrada, Leonardo
-Squella Ovalle, Arturo
-Tarud Daccarett, Jorge
-Teillier del Valle, Guillermo
-Torres Jeldes, Víctor
-Trisotti Martínez, Renzo
-Tuma Zedán, Joaquín
-Turres Figueroa, Marisol
-Urízar Muñoz, Christian
-Urrutia Bonilla, Ignacio
-Urrutia Soto, Osvaldo
-Vallespín López, Patricio
-Verdugo Soto, Germán
-Walker Prieto, Matías
-Ward Edwards, Felipe
Concurrió, además, el subsecretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Edgardo Riveros Marin.
Se contó con la asistencia, también, del senador señor Iván Moreira Barros.
No estuvieron presentes por encontrarse:
En misión oficial: Los diputados señores Guillermo Ceroni Fuentes, Rodrigo González Torres, Felipe Kast Sommerhoff, Issa Kort Garriga, Felipe Letelier Norambuena y Jorge Ulloa Aguillón.
Con permiso constitucional: Las diputadas señoras Claudia Nogueira Fernández, Marcela Sabat Fernández y el diputado señor Fernando Meza Moncada.
II.APERTURA DE LA SESIÓN
Se abrió la sesión a las 11.08 horas.
El señor CORNEJO (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III.ACTAS
El señor CORNEJO (Presidente).- El acta de la sesión 78ª se declara aprobada.
El acta de la sesión 79ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.
IV.CUENTA
El señor CORNEJO (Presidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.
El señor ROJAS (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.
ACUERDOS DE LOS COMITÉS
El señor CORNEJO (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura a los acuerdos de los Comités parlamentarios.
El señor LANDEROS (Secretario).-
Reunidos los jefes de los Comités parlamentarios, bajo la presidencia del diputado señor Cornejo , adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos:
1.- Tomar conocimiento de las tablas de las sesiones ordinarias de la semana, documento que se encuentra a disposición de las señoras y los señores diputados en sus pupitres electrónicos.
2.- Limitar las intervenciones a cinco minutos por bancada en la discusión del proyecto de acuerdo que reglamenta la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, y fijar el martes 11 de noviembre como plazo máximo para presentar indicaciones.
3.- Alterar el orden de la Tabla de hoy para considerar en segundo lugar el proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 de junio de 2010, y las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010 (boletín N° 818210).
4.- Votar sin discusión al término del Orden del Día, la enmienda introducida por el Senado al proyecto de ley que instaura el Día Nacional del Medio Ambiente (boletín N° 933012).
5.- Postergar para el 12 de noviembre la sesión especial pedida para analizar la condición en que quedarán los funcionarios a honorarios que prestan servicios en los organismos de la administración del Estado frente a la reforma previsional.
6.- Rendir los siguientes homenajes:
a) En la sesión ordinaria del miércoles 5 de noviembre, inmediatamente después del Orden del Día, al 25° aniversario de la caída del Muro de Berlín, con discursos de hasta cinco minutos por bancada.
b) En la sesión ordinaria del miércoles 12 de noviembre, inmediatamente después del Orden del Día, a la logia masónica “Justicia y Libertad”, de Santiago, en el 150° aniversario de su fundación, con discursos de hasta cinco minutos por bancada.
7.- Considerar en el segundo lugar de la Tabla de la sesión del jueves 6 de noviembre las mociones que modifican el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, con el fin de permitir a las personas afectadas por sordera, mudez o ceguera acceder a la función judicial (boletines 6576-07 y 9371-07), para ser votadas en la sesión del martes 11 de noviembre.
REEMPLAZO DE DIPUTADO EN COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA
El señor CORNEJO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se accederá a la propuesta formulada por los jefes de bancada del Partido Demócrata Cristiano y del Partido por la Democracia en orden a que el diputado señor Matías Walker reemplace a la diputada señora Cristina Girardi en la Comisión Especial Investigadora de la actuación de los organismos públicos encargados de fiscalizar eventuales irregularidades en la administración de la Universidad de Artes y Ciencias Sociales (Arcis).
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor CORNEJO (Presidente).-
¿Habría acuerdo para autorizar el ingreso a la Sala del subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Edgardo Riveros , durante el tratamiento del proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 de junio de 2010, y las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, habida consideración de que el ministro de Relaciones Exteriores no pudo concurrir a esta sesión?
Acordado.
V.ORDEN DEL DÍA
REGLAMENTO DE LA LEY N° 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
El señor CORNEJO ( Presidente)
En el Orden del Día, corresponde tratar el informe de la Comisión de Ética y Transparencia por el que somete a la consideración de la Corporación el proyecto de acuerdo que aprueba el reglamento de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
Diputado informante de la Comisión de Ética y Transparencia es el señor Romilio Gutiérrez .
Antecedentes:
Informe de la Comisión de Ética y Transparencia, sesión 84ª de la presente legislatura, en 22 de octubre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 14.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor GUTIÉRREZ, don Romilio (de pie).-
Señor Presidente, la Comisión de Ética y Transparencia me ha encomendado informar la propuesta para el reglamento de los registros de agenda pública de lobbistas y gestores de intereses particulares de esta Corporación, para dar cumplimiento a lo preceptuado en la ley N° 20.730, en especial lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 10, que establece la potestad de ambas ramas del Congreso Nacional para aprobar los reglamentos que regulan las materias comprendidas en dicho cuerpo legal.
Como se expresa en el informe, la Comisión de Ética y Transparencia efectuó su trabajo sobre la base de un anteproyecto de reglamento interno que se preparó en conjunto con el Senado y con un grupo de profesionales de la Cámara de Diputados, del Senado y de la Biblioteca del Congreso Nacional.
El contenido del proyecto fue sometido a la opinión de toda la comunidad parlamentaria, y mediante su publicación en la internet, a la sociedad en general. Hoy presentamos a su consideración el fruto de un trabajo que ha tomado meses y muchas horas de sesión.
En una breve reseña de sus contenidos, me voy a permitir indicar que nuestra propuesta de reglamento detalla un conjunto de materias esbozadas en la ley y que requieren de normas complementarias para su ejecución práctica, por ejemplo, la publicidad de los registros, la determinación de lo que se considera día hábil, a los efectos de los plazos; la incorporación de ciertas definiciones, con el propósito de clarificar aspectos o conceptos poco definidos en la norma legal, que podrían dar lugar a equívocos o a una inadecuada interpretación. En este caso se encuentran las definiciones de audiencia o reunión, y donativo; una información que tenga el carácter de confidencial o estratégico, y cuando se esté en presencia de una persona interesada.
Especial atención prestamos a la regulación de diversas cuestiones propias del registro de agenda pública. Aquí nos centramos en estudiar en detalle las normas que determinan quiénes, dentro de los conceptos definidos en la norma legal, tendrán también la calidad de sujetos pasivos, el contenido mismo del registro y de los elementos que este contendrá; las normas que regularán el procedimiento respecto de las reuniones o viajes, de los que deberá darse cuenta en forma reservada; la información voluntaria de audiencias y reuniones, los contenidos de las solicitudes de audiencia, las normas sobre igualdad de trato, con especial énfasis en los casos en que podrá negarse fundadamente una audiencia; la incorporación de los sujetos activos en el registro de agenda pública y el tratamiento de las reuniones no programadas, entre otros asuntos relevantes.
Especial interés y preocupación se ha puesto en materia de infracciones y sanciones. Se ha tratado de singularizar la autoridad que deberá denunciar las posibles infracciones en que podrían incurrir los sujetos activos. Con el mismo interés estudiamos el procedimiento para aplicar las sanciones por infracciones en que podrían incurrir los sujetos pasivos, resguardando las normas del debido proceso, pero también creando un recurso jerárquico ante la Mesa de la Corporación.
No menos importantes son las normas relativas a la verificación del cumplimiento de las disposiciones de la ley N° 20.730 por parte del contralor general de la República. Se trata de fijar una instancia que acometa esa labor e informe al pleno sobre las anomalías que se registren en la agenda pública de dicha autoridad. En estas materias recibimos la valiosa opinión de los expertos de ese organismo contralor.
Debo resaltar que somos uno de los pocos países no suman más de quince que ha aprobado una legislación que regule el lobby. Lo cierto es que nuestra ley, más que regularlo, es una extensión de la ley de transparencia, que, a partir de las de las agendas públicas de los sujetos pasivos, construye un registro público de lobbistas y gestores de interés.
Como todos recordarán, se trata de una iniciativa en trámite legislativo desde hace casi diez años, que muchas veces no pudo concretarse debido a la acción del propio lobby.
La tarea que comenzamos hoy es el inicio de un largo recorrido para aprender de nuestros errores y hacer las cosas mejor. Hay una constante exigencia ciudadana por conocer en detalle la forma como ejercemos el mandato que esta nos confirió, y esto es solo una parte de tal labor.
Probablemente, en un futuro cercano tendremos que ajustar la normativa a las nuevas exigencias que demande la aplicación práctica de la ley y de su reglamento. En este sentido, la Comisión de Ética y Transparencia tendrá una importante tarea rectora que se expresará según su propia jurisprudencia, pues la implementación de las normas sobre el lobby requiere de una adecuada coherencia institucional para su aplicación, para la profundización de las mismas y para la búsqueda de las mejores prácticas, tareas de las que están plenamente conscientes sus integrantes.
Hoy debemos votar en general este reglamento y tendremos un plazo de una semana para formular observaciones y presentar indicaciones que mejoren lo ya hecho. Luego, en la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara discutiremos esta propuesta en conjunto con los integrantes de la Comisión de Ética y Transparencia del Senado, con el objeto de afinar una propuesta única que deberemos votar antes del 29 de noviembre, fecha en la cual entrará en vigencia la ley N° 20.730.
Finalmente, no puedo dejar de reconocer el valioso aporte realizado por organizaciones como Ciudadano Inteligente y Chile Transparente, así como la colaboración del grupo de trabajo bicameral y de la Biblioteca del Congreso Nacional, así como las opiniones y contribuciones de las diferentes bancadas parlamentarias, a través de las indicaciones que presentaron durante el trámite del proyecto de acuerdo que aprueba este reglamento.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Enrique Jaramillo .
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, agradezco al diputado Romilio Gutiérrez que haya informado el proyecto, aunque me habría gustado que hubiera aclarado un poco más la iniciativa, pues cada vez encuentro más compleja la materia.
A pesar de los estudios y de la tolerancia que debemos tener respecto de estas materias, siempre quedan interrogantes y dudas. Por eso digo que el asunto es complejo y difícil de regular, dadas sus múltiples dimensiones. Por ejemplo, a mi juicio por qué no decirlo, en el caso del Congreso Nacional son excesivos los sujetos pasivos que se consideraron, toda vez que no todos ellos deben tomar las decisiones finales. Pero así quedó establecido en la ley y, por lo mismo, estamos reglamentando la forma en que se aplicará la normativa al interior de nuestra Corporación. Por eso digo que es una cuestión compleja.
Cada día los ciudadanos quieren tener mayor conocimiento sobre las distintas personas y grupos de intereses que tratan de influir en las decisiones que deben adoptar las instituciones y las personas que actuamos en el ámbito público, toda vez que posteriormente tendrán efectos generales sobre ellos.
Me parece adecuado establecer un criterio de autorregulación, en el sentido de que las comisiones de Ética y Transparencia de la Cámara y del Senado determinarán la actitud que se deberá tener. Considero que actualmente son débiles. Por lo mismo, el reglamento les entrega esa fortaleza que requieren no solo para autorregularse, sino para entender -estoy hablando de buena fe- lo que todos queremos de ellas. Además, deberán velar por la correcta aplicación de la normativa, manteniendo la tradición histórica del Congreso Nacional en materia de autorregulación.
Me preocupa sobremanera la aplicación práctica que tendrá este reglamento; sin duda, a través del tiempo seguirá siendo materia de jurisprudencia. Que me digan lo contrario los estimados colegas que son abogados. El reglamento generará jurisprudencia, y su interpretación estará dada por la multiplicidad de situaciones que regulará, entre las cuales puedo mencionar algunas que son habituales entre nosotros, tales como reuniones, viajes, donaciones, etcétera.
Asimismo, me preocupa la delgada línea que habrá que establecer entre lo que es público y lo que es privado, ya que en algunos casos no será fácil hacerlo. Por ejemplo, si ahora nos cuesta determinar cuándo un parlamentario está interesado en el resultado de una votación, nos costará más aún en materia de lobby y de gestión de intereses. No obstante esto, es muy importante avanzar en materia de publicidad y de transparencia de la actividad pública, puesto que la ciudadanía está cada vez más interesada en saber de qué forma realizan su actividad los parlamentarios, que somos sus representantes. Sin duda, este reglamento puede contribuir a ello. Lo acepto y lo tolero; pero también quisiera que esa ciudadanía que nos juzga y a la cual representamos, lo mirara de buena fe.
Espero que se logren los objetivos planteados. Como se ha dicho, tendremos tiempo hasta el 11 de noviembre para presentar indicaciones. A sabiendas de que la aplicación de esta normativa no será fácil, por cierto aprobaré la proposición de la Comisión de Ética y Transparencia porque considero que la fortalece.
Esta materia ha estado en discusión durante muchos años, pero nunca ha existido pleno acuerdo. Creo que la ley N° 20.730, que regula esta actividad de intereses particulares, marcará un hito importante en materia de transparencia y de publicidad de la actividad pública, toda vez que permitirá a la ciudadanía mirarnos desde otro ángulo y, tal vez, de buena manera, no como ocurre actualmente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Vlado Mirosevic .
El señor MIROSEVIC.-
Señor Presidente, estoy muy contento porque en Chile estamos inaugurando, después de once años de discusión parlamentaria, una legislación sobre el lobby. Se aprobó en la legislatura pasada y hoy estamos discutiendo su reglamento.
Considero que era muy necesario, porque después de la ley y de este reglamento aparecerá en nuestro país una nueva figura, que para la inmensa mayoría de los chilenos es bastante desconocida. Me refiero al lobbista, al cual la ley entregó una especie de ciudadanía por especial gracia. Por fin, aparecerá este nuevo personaje; ojalá que podamos verlo todo lo que sea posible y espero que aparezca en la discusión pública, porque el lobbista siempre ha estado presente en el proceso legislativo. Veamos lo que pasó con la ley de pesca. Allí hubo un tremendo despliegue de las empresas y del lobbismo para influir en las decisiones públicas que se tomarían en relación con dicha ley.
La verdad es que estamos atrasados en treinta años respecto de los países que forman la OCDE, y por lo menos en diez en comparación con países vecinos como Perú. Algunos se preguntarán por qué nos hemos demorado tanto. Lo cierto es que la ciudadanía recién ha comenzado a despertar y a darse cuenta de que estamos transformando a nuestra democracia en una “negociocracia”, en la cual las empresas son las que fijan las reglas del juego. ¿Por medio de quién? De este ciudadano: el lobbista, que hoy empieza a aparecer. Es decir, tenemos una democracia muy capturada por los intereses de las empresas, que, por cierto, son legítimos. El lobby es una actividad legítima; lo que no es legítimo es que opere por debajo de la mesa, mediante el tráfico de influencias al cual la ciudadanía no tiene acceso alguno. Esto cambiará gracias a la ley y a su reglamento.
En realidad, se pueden dar muchos ejemplos. Están los casos de la colusión de los productores de pollos, de las farmacias, etcétera, lo que demuestra que existe una desregulación que no es casual ni producto del azar, sino del tráfico de influencias y del poder desmedido del lobbismo, no solo en este Poder del Estado, sino también en muchas otras instituciones.
Se podría pensar que es una lástima que tengamos que legislar a propósito de escándalos; que sea necesario que estos se produzcan para que legislemos en materia de transparencia. Pero siempre ha sido así. Si miramos las legislaciones sobre transparencia y regulación del lobby que existen en los demás países, veremos que siempre han sido consecuencia de escándalos. Como digo, demoramos once años, pero aquí estamos.
¿Cuáles son los aspectos positivos de este reglamento? Terminarán las reuniones secretas. Ahora la ciudadanía podrá saber con quiénes nos reunimos los parlamentarios y qué tipo de peticiones nos hacen. También terminarán las peticiones y las influencias secretas, y los ciudadanos podrán saber exactamente lo que determinada empresa le está pidiendo a un parlamentario. De este modo, la representación de intereses será transparente para la ciudadanía.
Por último, es bueno que exista un registro de lobbistas, porque así se conocerá quién es y a quién representa cada uno de ellos. Es una lástima que no se aprobara la existencia de un registro previo, pero por supuesto que es valioso el establecimiento de un registro acumulativo.
¿Qué aspectos son insuficientes en este reglamento? El hecho de que los deberes recaigan en los parlamentarios y no en los lobbistas. En legislaciones de otros países el peso de la ley recae sobre el lobbista. En nuestro caso, los sujetos pasivos, los parlamentarios, deberemos responder. Me parece que están mal puestos los incentivos, pero esta discusión se dio en la legislatura pasada.
Una cuestión relevante que podemos corregir por la vía de indicaciones es que toda la argumentación y el contenido de las reuniones sean informados de manera obligatoria y no voluntaria. En las minutas de las reuniones de lobby debe señalarse exactamente, por ejemplo, qué está pidiendo una determinada empresa a un parlamentario. Reitero, eso debe tener carácter obligatorio y no voluntario.
Ese aspecto del reglamento debe ser modificado. En ese sentido, un conjunto de diputados presentaremos una indicación para que el contenido y los argumentos de las reuniones de lobby sean publicados.
En todo caso, la legislación del lobby no termina con este reglamento: también debemos terminar con la puerta giratoria que permite que un funcionario público que fue regulador, después de un tiempo pase a formar parte de la industria que él reguló. Por eso, debemos enfrentar los conflictos de intereses y regular el financiamiento de la política.
Reitero, este reglamento es solo el inicio, pues todavía falta mucho más por avanzar en esta materia.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Patricio Vallespín .
El señor VALLESPÍN.-
Señor Presidente, examinamos en general un reglamento que aborda un tema muy importante, que, a nivel mundial, se ha instalado como una de las prioridades de los congresos del mundo. Espero que los distinguidos colegas presenten indicaciones y realicen observaciones y aportes que perfeccionen este reglamento, para colocarnos a la vanguardia a nivel mundial en materia de lobby o gestión de intereses.
Todos los colegas deben saber que se ha trabajado con mucho rigor. En mi calidad de presidente de la Comisión de Ética y Transparencia en el período legislativo anterior, formé parte de la comisión bicameral que estudió el tema del lobby. Puedo dar garantías de que el trabajo conjunto de ambas corporaciones nos colocará a la vanguardia en esta materia.
En otros países, el lobby no es visto de forma negativa ni maligna, como he escuchado en algunas intervenciones. El lobby y la gestión de intereses forman parte del buen legislar de la gran mayoría de los congresos. No por el hecho de que un parlamentario se reúna con un interesado con ocasión de tal o cual proyecto, significa que ese parlamentario se pondrá de rodillas y actuará como le señala ese interesado. Eso no es así en el mundo.
Cuando uno comenta con parlamentarios extranjeros sobre la reglamentación que estamos discutiendo y sobre los contenidos de la ley, nos dicen que quieren implementar en sus respectivos congresos una parte de lo que apliquemos.
Reitero, el lobby y la gestión de intereses forman parte del buen legislar. No hay nada que esconder y sí mucho que mostrar. Con esta reglamentación se busca transparentar con quiénes se junta un parlamentario y qué intereses representan los lobbistas, situación que es pan de cada día en el mundo. Eso queremos lograr en Chile.
Estamos avanzando y es muy importante que la gente se dé cuenta de que todo se hace de cara a la ciudadanía. Por cierto, este reglamento se ha tratado de conciliar con propuestas del Senado, a fin de que ambas ramas del Congreso Nacional tengan una misma mirada sobre el tema. Sería muy raro que existiera una reglamentación del lobby en el Senado y otra distinta en la Cámara de Diputados. Hemos tratado de conciliar el tema.
Las indicaciones que presentarán los diputados en esta semana, junto con las de los senadores, harán una versión integrada, única, que –insisto- nos va a dejar muy bien parados a nivel internacional.
La gran discusión que se produjo fue acerca de contar con un registro ex ante de lobbistas, pero, salvo honrosas excepciones, nadie quería aparecer en el registro de lobbistas, porque existe en la opinión pública la idea de que se trata de algo negativo. Ese registro se irá construyendo, y no solo será de nuestra responsabilidad. Recordemos que el Ejecutivo ha diseñado y probado, a nivel piloto, un reglamento similar en seis o siete ministerios. Por lo tanto, no solo nosotros somos objeto de esta reglamentación, sino también las instituciones públicas. Así se formará este registro de lobbistas.
Tengo un pequeño matiz de diferencia en relación con lo expresado por el diputado Mirosevic . Considero que el reglamento es bastante claro. Si uno tiene una reunión con alguien que viene a plantear un tema en particular, debe entregar la información acerca de con quién se juntó, cuál era el objeto de la reunión, qué antecedentes se le entregaron, qué interés se manifestó en esa reunión, etcétera. Eso queda bastante claro, a mi modo de ver, en el reglamento.
La práctica nos permitirá perfeccionar esta materia, pero acá hay coherencia en lo que se está planteando, hay consistencia con respecto a lo que fue el contenido de la ley y también hay prudencia. Si se revisa la experiencia internacional, se concluye que hemos ido mucho más allá de lo que en el mundo entero se está haciendo en materia de gestión de intereses y de lobby. La práctica nos va a demostrar que después, probablemente, deberemos realizar algunos ajustes a esta reglamentación, porque esta va a dejar en evidencia lo compleja que es esta materia.
Los colegas diputados pueden estar tranquilos porque se ha hecho un trabajo riguroso, consistente, coherente y prudente para que la gestión del lobby sea un tema que quede bien reglamentado.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Monckeberg .
El señor MONCKEBERG (don Nicolás).-
Señor Presidente, en marzo de este año se promulgó, después de mucha espera, la ley del lobby, que nos pone a la vanguardia de muchos países en la materia, aunque nos demoramos en sacarla adelante.
Queremos regular -no prohibir- el lobby y hacer transparente e igualitario el acceso hacia la autoridad en el ejercicio del derecho de petición y en la gestión de intereses particulares.
El reglamento que estamos elaborando como pieza fundamental radica en la Comisión de Ética y Transparencia la administración del corazón de la ley del lobby, así como la generación de una agenda pública y un registro de lobbistas.
La Comisión de Ética y Transparencia tendrá facultades para dictar instructivos, resolver consultas y requerimientos, fiscalizar la aplicación de la ley y sancionar cuando se incumpla.
Sin duda, la propuesta de reglamento que hoy estamos estudiando requiere ciertos perfeccionamientos.
Quiero hacer algunas reflexiones en términos generales.
En primer lugar, debemos tener cuidado en querer conceptualizar cada uno de los términos respecto de los cuales la ley ya lo había hecho con anterioridad o que expresamente no quiso definir. Cada vez que conceptualizamos, al mismo describimos y excluimos otras situaciones que expresamente no definimos. Eso puede alterar el espíritu de la legislación, que intenta dar transparencia y acceso igualitario a todas las gestiones de intereses a las que las autoridades puedan verse expuestas.
En segundo lugar, podemos caer en una excesiva burocratización de los procesos que regulan el lobby, lo que puede afectar el libre ejercicio del derecho de petición que tiene el sujeto activo de lobby y el propio cumplimiento de la norma que tenemos los sujetos pasivos de lobby, es decir, quienes podemos vernos expuestos a él.
La burocratización y los procedimientos engorrosos para hacer cumplir la ley muchas veces pueden resultar contraproducentes. Obviamente, debe haber ciertos procedimientos que aseguren su cumplimiento, pero el excesivo establecimiento de plazos y etapas puede perjudicar en vez de ayudar.
En cuanto a los donativos y a la regulación de los mismos, sin duda, debemos hacer ciertos cambios en el reglamento. El articulado habla de donativos aceptables e impone la obligación de que sean públicos, entendiendo como donativos aceptables aquellos oficiales o protocolares, los que autorizan la costumbre, la cortesía y la buena educación. Sin embargo, ni la ley ni el reglamento se refieren a aquellos otros donativos que se pueden recibir y que no entran en la categoría de aceptables, ya sea porque están prohibidos o porque exceden el monto establecido en el reglamento.
Por lo tanto, sería ilustrativo señalar si esos donativos están prohibidos o, en caso de que no lo estén, obligar a que sean igualmente públicos. Cabe señalar que este tema ha sido zanjado en los reglamentos establecidos en otros servicios públicos; sin embargo, en el nuestro aún existe un vacío al respecto.
Una reflexión final.
Los dos principios fundamentales que tanto en la ley como en el reglamento debemos salvaguardar son, en primer lugar, la igualdad de trato, esto es, el deber de los sujetos pasivos de considerar siempre los requerimientos y las peticiones de audiencia o reuniones con igualdad en el trato, lo cual significa no escuchar solo a una parte y abstenerse de escuchar a la otra, y con respeto, de modo hacer eficaz el derecho de expresar ambos puntos de vista. En segundo lugar, es necesario proteger la transparencia tanto del sujeto activo como del pasivo. Es decir, el sujeto activo que va a hablar con la autoridad debe señalar con claridad qué representa, quién lo financia, cuáles son sus intereses, etcétera. Por su parte, el sujeto pasivo debe actuar con la misma transparencia en la transmisión de esa información.
Por último, es fundamental que en la etapa de redacción y corrección del reglamento no nos asilemos solo en el cumplimiento del tenor literal de la norma, porque es imposible que la letra, la norma, el reglamento, incluya la totalidad de las situaciones existentes y de las posibles que puedan existir en la práctica del derecho de petición o de la gestión de intereses.
Por lo tanto, asilarse en el tenor literal de lo que podamos redactar en el reglamento puede excluir situaciones y alterar el espíritu de la norma, que, insisto, es cubrir con transparencia y con igualdad en el trato todas las gestiones de lobby, independientemente -insisto- de la estructura física o de la descripción literal de la norma.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Marcela Hernando .
La señora HERNANDO (doña Marcela).-
Señor Presidente, ¿quién podría poner en duda el esfuerzo que estamos haciendo para introducir mejoras en materia de transparencia? Hemos tenido varias semanas para analizar, reflexionar y formular algunas observaciones a este reglamento. No obstante, no puedo menos que ser escéptica respecto de algunos de los aspectos del mismo.
La ley N° 20.730, publicada en el Diario Oficial el 8 de marzo de este año, regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Desde ese punto de vista, quiero hacer presente que los lobbistas no solo son personas o empresas remuneradas cuyos objetivos obedecen a intereses económicos directos de algunas empresas; también hacen lobby -me interesa dejarlo señalado- los grupos de comunidades organizadas que persiguen un determinado interés, generalmente altruista o ético. Sin embargo, lo que diferencia a los lobbistas de los no lobbistas, o a los lobbistas buenos de los lobbistas malos no es solo el hecho de que sean más o menos éticos. Hacen lobby quienes nos visitan para influir en nuestras decisiones en materias medioambientales, educacionales, legales, de salud, etcétera, porque finalmente nuestras decisiones, en todos esos ámbitos, también tienen implicancias económicas.
Por lo anterior, creo que hay que poner el acento en la transparencia con el fin de que la ciudadanía pueda juzgar, con todos los antecedentes, respecto de los encuentros sostenidos por las autoridades con diferentes grupos o personas.
En Antofagasta, por ejemplo, uno de los temas más críticos tiene que ver con el Ministerio de Bienes Nacionales y el manejo de los terrenos. Habitualmente, estamos recibiendo demandas de personas naturales, microempresarios muchos de ellos al borde de la pobreza, medianos empresarios, etcétera. Sin embargo, cada vez que me acerco al Ministerio de Bienes Nacionales me queda la sensación -y el temor- de ser vista o calificada de lobbista, independientemente de que exponga determinadas materias en términos muy generales.
Cabe señalar que en esa ciudad el precio de los terrenos en zonas industriales ha subido más de mil veces su valor, sobre todo durante la última administración. Un terreno equis, de una persona que empezó a arrendar con compromiso de compra y cuyo valor era de 200 millones de pesos, hoy cuesta dos mil millones de pesos.
En ese sentido, creo que nuestra labor es ser transparentes por sobre todas las cosas. La desconfianza que prima hoy en la ciudadanía hace juzgar el lobby en forma crítica. Es necesario hacer entender que las reuniones que sostienen los parlamentarios con diversos ministerios apuntan a favorecer el desarrollo económico en forma pareja, no a algún empresario en particular.
Insisto, la solución pasa por la transparencia. En ese sentido, la bancada del Partido Radical ha formulado observaciones y efectuado reflexiones respecto de la forma en que este reglamento debe operar. Los seis parlamentarios de nuestra bancada nos hemos comprometido a cumplir con todos aquellos aspectos abordados en el reglamento y a establecer algunas medidas administrativas para cumplir con sus objetivos.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia .
El señor URRUTIA (don Ignacio).-
Señor Presidente, como han señalado quienes me han antecedido en el uso de la palabra, hoy debemos votar el proyecto de acuerdo en general. Sin embargo, como sabemos, hay plazo hasta el martes de la próxima semana para presentar indicaciones, que probablemente serán muchas, lo que terminará cambiando por completo o en gran parte el proyecto.
Por consiguiente, creo que no viene al caso efectuar un análisis en particular, sino más bien en general, que es lo que han hecho –repito- cada uno de quienes ya han intervenido.
El lobby es una materia que se ha venido cuestionando fuertemente durante muchos años, en particular durante el último tiempo. Siempre ha existido y siempre seguirá existiendo. Por eso, lo que se intenta hacer, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, es regularlo y transparentarlo a fin de que la ciudadanía tenga conocimiento exactamente de lo que se está haciendo, de quién está o no haciendo lobby y por qué lo hace. Finalmente, es lo que llevó a diseñar este reglamento, que busca precisamente transparentar la actividad del lobby en el Parlamento.
Tal como han señalado los diputados que han intervenido, en esta materia es necesario buscar un acuerdo con el Senado, porque no tiene razón de ser que cada cámara tenga una reglamentación distinta. Ello sería absolutamente inaudito.
Por lo tanto, es necesario buscar los consensos necesarios y trabajar en una comisión mixta para establecer un solo reglamento para ambas cámaras, lo más transparente posible, pero no engorroso, porque a veces, al tratar de mejorar o hacer más transparentes las cosas, se las termina complicando y se dificulta la labor parlamentaria. La idea es hacer las cosas bien y así tener una eficaz reglamentación en bien del trabajo parlamentario.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón .
El señor RINCÓN.-
Señor Presidente, agradezco a la bancada del Partido Socialista, en la persona del diputado Fidel Espinoza , el gesto de cedernos sus cinco minutos. Espero que mi intervención no solo represente a la bancada de la Democracia Cristiana, sino también a la del Partido Socialista.
En primer lugar, saludo a la Mesa de la Corporación por sus esfuerzos por tener un solo reglamento para el Congreso Nacional. Sería perjudicial tener dos reglamentos, uno para cada corporación, pues ello entregaría señales de diferenciación respecto de una misma ley.
En segundo lugar, no puedo no dejar asentado que no me parece bien, ni a la bancada de la Democracia Cristiana, y, según entiendo, tampoco al resto de los integrantes de este hemiciclo, que el reglamento y la propuesta que se nos trae repita un error conceptual de la ley de lobby. Ese cuerpo legal, que fue sancionado por todos nosotros hicimos el reparo en su oportunidad, parte de la base de que la obligación de transparentar la actividad de lobby no es de quienes lo hacen, sino de quienes son sujetos pasivos de la actividad, situación que a nosotros no nos parece correcta. El lobby es una actividad legítima y es necesario transparentarla; pero no puede ser que esa obligación recaiga en los parlamentarios o en los sujetos pasivos, sean estos ministros de Estado, etcétera. Si el reglamento, cumpliendo y ejecutando la ley apunta a aquello, entonces lo que debiéramos hacer es tener una ventana única, no que cada parlamentario deba completar formularios y gatillar procedimientos administrativos propios para cumplir con un reglamento que, a nuestro juicio, va a repetir, en indebida forma, errores conceptuales contenidos en dicha ley.
Por eso, que apelo a que esa ventana única para quienes van a hacer lobby sea el registro en donde ellos señalen que necesitan hablar con tal o cual parlamentario para tal o cual tema, de forma de hacer toda la identificación, y sean las secretarías de ambas corporaciones las que efectúen los ingresos con los formularios respectivos y consignen el sujeto pasivo correspondiente.
En tercer lugar, el reglamento tiene un error conceptual de fondo que debemos corregir: confunde la ley de lobby con la ley de transparencia, lo cual es peligroso. La ley de transparencia es total y absolutamente distinta de la ley de lobby. El reglamento es un ejecutor de la ley de lobby, no de la ley de transparencia. Si ustedes examinan el reglamento que se nos propone se observa que sus normas discurren como si estuviera ejecutando la ley de transparencia. No es admisible esta confusión conceptual, y lo demostraré a través del ejemplo de los viajes en misión oficial.
En estos días, varios diputados debíamos ir a Panamá en misión oficial. Sin embargo, pedí que el Secretario General cancelara mi asistencia porque he querido estar presente en la discusión de este reglamento. La Corporación, obviamente, se ahorrará los respectivos viáticos y pasajes; sin embargo, ese no es el punto. El punto es que los viajes oficiales no tienen por qué estar considerados dentro de la normativa del lobby. ¿Qué lobby hay en un viaje oficial? ¿Cómo Eurolat, en Panamá, va a tener un sentido de lobby? ¿Qué empresas e intereses privados se están defendiendo en Eurolat-Panamá, mañana, pasado y los siguientes días, más aun cuando este es un encuentro entre parlamentarios de Europa y de América Latina? Eso es Eurolat; sin embargo, este reglamento señala que las misiones oficiales, que son cargas para los parlamentarios, porque deben ausentarse de su actividad parlamentaria y de sus distritos, redactar informes y, además, permanecer más de 16 horas en un avión para ir y volver de dichas conferencias en representación de la Corporación, son una actividad de lobby. Este es un ejemplo del error conceptual de confundir la ley de lobby con la ley de transparencia, que hará no solo farragoso el reglamento, sino que desvirtuará su sentido, cual es la ejecución de una ley que esta Corporación ha aprobado.
Felicito el esfuerzo por hacer un reglamento para el Congreso Nacional y no uno para cada cámara. En ese sentido, considero muy buena la decisión tomada por la Mesa, en coordinación con su par del Senado. Con todo, reitero mi llamado a reparar estos errores, porque no remiten al sentido y objeto de una ley de lobby. La ciudadanía espera transparencia e información, pero no que se termine dando el carácter de lobby a un cúmulo de actividades inconducentes, que no tienen ningún sentido, que no acompañan el objetivo de la ley y que incluso desvirtúan la información que es necesario colocar sobre la mesa.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez .
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).-
Señor Presidente, sin duda, nuestra democracia da un gran paso cuando se comienza a regular el lobby.
Todos sabemos que esa actividad existe y, como bien se recordó recientemente, cuando no está regulada, genera lo que vimos en la tramitación de la ley de pesca, lo que produce un cuestionamiento de las bases mismas de esa legislación, puesto que los lobbistas prácticamente eran parte de la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos.
Esa situación demostró que se requería con urgencia esta reglamentación. Sin embargo, el lobby debe ser bien regulado, porque debemos saber con precisión qué estamos regulando: ¿El tráfico de influencias, las donaciones políticas, los conflictos de intereses o reuniones privadas en el Club de La Unión?
A la ciudadanía le interesa que nosotros no seamos objeto del tráfico de influencias, ni que seamos beneficiarios de donaciones políticas espurias, viciadas e ilegales. Sin embargo, cuando se pretende regular más allá de la entrega adecuada, idónea y pertinente de información y se quiere que cada detalle de un parlamentario, incluso de su vida privada, sea de conocimiento público, ello traspasa un límite.
La opinión pública debe tomar conocimiento de todo aquello que, de una u otra forma, tenga algún tipo de injerencia en nuestras decisiones al momento de tramitar un proyecto de ley.
El lobby tiene que estar necesariamente circunscrito a lo que hacemos, que es la confección de la ley, proceso en el que no debemos ser objeto de persuasiones indebidas. Eso es lo que pretenden regular la ley N° 20.730 y el reglamento que hoy estamos discutiendo.
Por eso me parece adecuado el plazo que nos hemos dado para presentar indicaciones a dicha reglamentación, con el fin de enmendar aquello que va más allá de lo estrictamente adecuado. Con esto me refiero a que los parlamentarios también tenemos vida privada, lo que implica asistir a reuniones sociales y cócteles, donde nos podemos encontrar con pares y autoridades. Al respecto, me parece totalmente impertinente que nos veamos en la obligación de dar cuenta de la conversación informal que sostengamos, por ejemplo, con el comandante en jefe del Ejército en una fiesta, reunión o asamblea.
Por lo demás, a la ciudadanía le interesa lo que dice relación con los proyectos de ley en tramitación, donde, de alguna u otra forma, puede tener incidencia el lobby. Uno puede llevar a cabo muchas reuniones que no son pertinentes con las materias que se están tratando en el Parlamento. Por lo tanto, debemos ser prudentes.
Es necesario e indispensable regular bien el lobby, a fin de que la información que entreguemos al público sea la adecuada, correcta, que necesita para decir que un parlamentario no ha sido objeto de tráfico de influencias o de donaciones políticas, ni tiene algún tipo de conflicto de intereses. Ese es el objetivo de este reglamento.
Por lo tanto, insto a todos los diputados a aprovechar este plazo, con el fin de leer el reglamento y hacer llegar nuestras observaciones a la Comisión de Ética y Transparencia. Es una oportunidad para corregir algunos temas que ya han sido expuestos, que, sin duda, carecen de una mínima razonabilidad.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Cerrado el debate.
Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este informe en los siguientes términos:
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Corresponde votar en general el informe de la Comisión de Ética y Transparencia por el que somete a la consideración de la Corporación el proyecto de acuerdo que aprueba el reglamento de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 7 abstenciones.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo ; Andrade Lara Osvaldo ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Barros Montero Ramón ; Becker Alvear Germán ; Bellolio Avaria Jaime ; Boric Font Gabriel ; Browne Urrejola Pedro ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Carvajal Ambiado Loreto ; Castro González Juan Luis ; Chahin Valenzuela Fuad ; Chávez Velásquez Marcelo ; Coloma Alamos Juan Antonio ; Cornejo González Aldo ; De Mussy Hiriart Felipe ; Espejo Yaksic Sergio ; Espinosa Monardes Marcos ; Espinoza Sandoval Fidel ; Farcas Guendelman Daniel ; Farías Ponce Ramón ; Fernández Allende Maya ; Fuentes Castillo Iván ; Gahona Salazar Sergio ; Girardi Lavín Cristina ; Gutiérrez Gálvez Hugo ; Gutiérrez Pino Romilio ; Hasbún Selume Gustavo ; Hernández Hernández Javier ; Hernando Pérez Marcela ; Hoffmann Opazo María José ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Kast Rist José Antonio ; Lorenzini Basso Pablo ; Macaya Danús Javier ; Melero Abaroa Patricio ; Melo Contreras Daniel ; Mirosevic Verdugo Vlado ; Molina Oliva Andrea ; Monsalve Benavides Manuel ; Morales Muñoz Celso ; Morano Cornejo Juan Enrique ; Norambuena Farías Iván ; Núñez Arancibia Daniel ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Robles Pantoja Alberto ; Rocafull López Luis ; Sabag Villalobos Jorge ; Saffirio Espinoza René ; Saldívar Auger Raúl ; Sandoval Plaza David ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Silva Méndez Ernesto ; Soto Ferrada Leonardo ; Squella Ovalle Arturo ; Tarud Daccarett Jorge ; Teillier Del Valle Guillermo ; Torres Jeldes Víctor ; Trisotti Martínez Renzo ; Tuma Zedan Joaquín ; Turres Figueroa Marisol ; Urízar Muñoz Christian ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Urrutia Soto Osvaldo ; Vallespín López Patricio ; Verdugo Soto Germán ; Walker Prieto Matías ; Ward Edwards Felipe .
Se abstuvieron los diputados señores:
Berger Fett Bernardo ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; García García René Manuel ; Paulsen Kehr Diego ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Santana Tirachini Alejandro .
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En virtud del acuerdo de los Comités parlamentarios, el proyecto vuelve a la Comisión de Ética y Transparencia, fijándose como plazo máximo para la presentación de indicaciones el martes 11 de noviembre, hasta las 18.00 horas.
ENMIENDAS AL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL EN MATERIA DE CRÍMENES DE GUERRA Y EN RELACIÓN CON EL CRIMEN DE AGRESIÓN (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 8182‐10)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el proyecto de acuerdo que aprueba la Enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 junio de 2010, y las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda.
Diputados informantes de la comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Constitución son la señora Andrea Molina y el señor Jorge Insunza , respectivamente.
Antecedentes:
Mensaje, sesión 140ª de la legislatura 359ª, en 6 de marzo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 1.
Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, sesión 7ª de la legislatura 360ª, en 22 de marzo de 2012. Documentos de la Cuenta N° 4.
Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 76ª de la presente legislatura, en 7 de octubre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 16.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Relaciones Exteriores.
La señora MOLINA, doña Andrea (de pie).-
Señor Presidente, en mi calidad de diputada informante de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, me corresponde informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba la “Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional”, de 10 de junio de 2010, y las “Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión”, de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda, que se encuentra sometido a la consideración de la honorable Cámara de Diputados en primer trámite constitucional y sin urgencia.
En el estudio de este proyecto de acuerdo la comisión contó con la asistencia y colaboración del señor subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Fernando Schmidt Ariztía , y de la jefa del Departamento de Derecho Internacional Multilateral de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Cancillería, señora Alejandra Quezada Apablaza.
El señor subsecretario de Relaciones Exteriores señaló que entre el 31 de mayo y el 11 de junio de 2010, y conforme a los términos del artículo 123 del Estatuto de Roma, se llevó a cabo en Kampala, Uganda, la Conferencia de revisión de dicho tratado internacional. Añadió que durante dicha conferencia se adoptó, por consenso, un conjunto de enmiendas al artículo 8 del mismo, sobre crímenes de guerra, y se incorporó la definición del crimen de agresión y las condiciones conforme a las cuales la Corte ha de ejercer competencia sobre este crimen.
Asimismo, expresó que la enmienda al artículo 8 tuvo su razón de ser en la constatación de que este tipo de figuras criminales se encontraban consagradas en el Estatuto de Roma para los casos de conflictos armados de índole internacional, pero no para los de índole no internacional. Lo anterior implicaba una discriminación jurídica y no existía razón para que estas figuras penales no se incriminaran en los casos de este último tipo de conflictos.
Del mismo modo, hizo presente que, al momento de su adopción, el artículo 5 del Estatuto de Roma consignó los crímenes de competencia de la Corte: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión.
Respecto de este último delito, precisó que si bien es cierto que se incluyó en la lista de los delitos de competencia de la Corte Penal, el mismo artículo 5, en su párrafo 2, dispuso que la Corte ejercería competencia respecto del crimen de agresión una vez que se aprobara una disposición de conformidad con los artículos 121 y 123 del Estatuto, en que se definiera el referido crimen y se enunciaran las condiciones en las cuales ejercería esa competencia.
Agregó que en la Conferencia de Revisión de Kampala se aprobaron, asimismo, un conjunto de disposiciones relativas al crimen de agresión, las que fueron adoptadas por los Estados Parte del Estatuto en cumplimiento de lo estipulado en el referido artículo 5, párrafo 2, del citado Estatuto de Roma. El conjunto de reglas se refieren a la definición del crimen de agresión y las condiciones conforme a las cuales la Corte ejercerá competencia sobre este crimen.
Al efecto, añadió que se estableció que una persona comete un crimen de agresión cuando ella, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que, por sus características, gravedad y escala, constituye una violación manifiesta a la Carta de las Naciones Unidas, señalando, además, qué se entiende por “acto de agresión”, para lo cual se da una definición genérica de ese acto y se señala también qué figuras específicas constituyen actos de agresión, basadas en la resolución 3314 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1974.
Respecto de la competencia de la Corte Penal, el señor subsecretario expresó que se incorporaron dos nuevos artículos al Estatuto de Roma: el 15 bis y el 15 ter. Agregó que estos artículos señalaron las condiciones para el ejercicio de aquella, estableciéndose, respectivamente, figuras para los casos de remisión por los Estados o proprio motu (iniciativa del fiscal, artículo 15 bis) y la remisión por parte del Consejo de Seguridad (artículo 15 ter).
Para el caso de la remisión por un Estado Parte o por iniciativa del fiscal, acordado en el artículo 15 bis, la Corte podrá ejercer esa competencia una vez que el fiscal haya notificado al secretario general de la ONU la situación y el Consejo de Seguridad haya determinado que hubo un acto de agresión.
Si el Consejo no determina que hubo un acto de agresión en el plazo de seis meses desde la notificación, el fiscal podrá iniciar los procedimientos de investigación, en la medida en que la Sala de Cuestiones Preliminares haya autorizado el inicio de la investigación y el Consejo de Seguridad no haga uso del artículo 16 del Estatuto de Roma. Este último artículo establece que el Consejo de Seguridad puede pedir a la Corte que no inicie o que suspenda, por un plazo de doce meses, una investigación o un enjuiciamiento que haya iniciado. Esa decisión del Consejo tiene que ser adoptada en el marco del Capítulo VII de la Carta de la ONU.
Cualquier Estado Parte puede depositar una declaración antes de la citada ratificación o aceptación, en relación con el artículo 15 bis, de que no acepta la competencia de la Corte.
Igualmente, con respecto a esta figura del artículo 15 bis, la Corte no podrá ejercer competencia respecto del crimen de agresión, si es cometido por nacionales de Estados no Parte en el Estatuto o acaecidos en territorio de Estados no Parte.
En el caso de las remisiones que haga el Consejo de Seguridad, el señor subsecretario hizo presente que el artículo 15 ter dispuso, en su número 1., que la Corte podrá ejercer su competencia respecto del crimen de agresión conforme al apartado b) del artículo 13 del Estatuto, con sujeción a las disposiciones del propio articulo 15 ter. Es decir, se requiere que el Consejo de Seguridad, actuando en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, remita al fiscal una situación en que parezca haberse cometido un crimen de competencia de la Corte.
En el resto del artículo se reiteran las mismas normas que se establecen para la figura del artículo 15 bis con respecto al depósito de la declaración, antes de la ratificación o aceptación, en cuanto a que no se acepta la competencia de la Corte y a que esta no podrá ejercer competencia si el delito se comete por nacionales de Estados no Parte en el Estatuto o acaece en territorio de Estados no Parte.
Los efectos de las enmiendas no se producen inmediatamente después de entradas en vigor las modificaciones para cada Estado Parte. La competencia de la Corte Penal, tanto para el caso del artículo 15 bis como para el 15 ter, se producirá solo respecto de los crímenes de agresión que acaezcan un año después de la ratificación o aceptación de las enmiendas por treinta Estados Parte y siempre que se adopte una decisión, no antes del 1 de enero de 2017, por la misma mayoría de Estados Parte requerida para la aprobación de una enmienda al Estatuto. Esta mayoría, conforme a las normas del Estatuto, es de siete octavos de los mismos.
Asimismo, se dispone, tanto para el artículo 15 bis como para el 15 ter, que la determinación de que hubo acto de agresión realizada por un órgano ajeno a la Corte no irá en perjuicio de las propias conclusiones de la Corte en virtud del Estatuto y que estos artículos se entenderán sin perjuicio de las disposiciones correspondientes al ejercicio de la competencia respecto de los otros crímenes de competencia de la Corte, a los que se hace referencia en el artículo 5 del Estatuto.
Asimismo, hizo presente que otra enmienda adoptada en la conferencia de revisión con respecto a la agresión se refiere al artículo 25 del Estatuto sobre “Responsabilidad penal individual”, en virtud de la cual se inserta, a continuación del párrafo 3 del mismo artículo 25, un párrafo 3 bis que señala, en relación al delito de agresión, que las disposiciones del artículo 25 solo se aplicarán a las personas en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado. Esta norma obedece a la necesidad de precisar y acotar el ámbito de responsabilidad penal individual del delito de agresión, dada su especial naturaleza, y, en consecuencia, diferenciarlo de los restantes delitos del Estatuto de Roma.
Agregó que para fines de la necesaria adecuación jurídica de las normas del Estatuto en lo relativo a los elementos de los crímenes, que conforme a ese tratado internacional son aquellos que ayudan a la Corte a interpretar y aplicar los crímenes de su competencia, se introdujo una reforma al párrafo 1 del artículo 9 del Estatuto, incluida la mención al artículo 8 bis, que estableció el crimen de agresión y, por tanto, hacer aplicable a dicho crimen la referida regla.
Para finalizar, el señor subsecretario señaló que la última enmienda dice relación con el encabezamiento del párrafo 3 del artículo 20 del Estatuto de Roma, sobre cosa juzgada, el cual se sustituyó por un nuevo párrafo 3 que dispone: “3. La Corte no procesará a nadie que haya sido procesado por otro tribunal en razón de hechos también prohibidos en virtud de los artículos 6, 7, 8 y 8 bis a menos que el proceso en el otro tribunal…”. Esta norma también tiene por objeto efectuar las adecuaciones jurídicas necesarias en el Estatuto de Roma para incluir al crimen de agresión dentro de las reglas de la cosa juzgada y evitar, en consecuencia, dobles enjuiciamientos.
Por su parte, las señoras diputadas y los señores diputados presentes expresaron unánimemente su decisión favorable a la aprobación de este proyecto de acuerdo aprobatorio, que viene a perfeccionar y complementar el señalado Estatuto de Roma en materia de crímenes de guerra, incorporando la definición del crimen de agresión y las condiciones en las cuales la Corte Penal Internacional ejercerá competencia respecto de dicho crimen.
Por ello, por 6 votos a favor, ningún voto en contra y sin abstenciones, la comisión prestó su aprobación al proyecto de acuerdo en informe.
Por último, me permito hacer presente a los colegas que la Comisión no calificó ningún precepto del proyecto de acuerdo en informe como norma de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado y que determinó que sus preceptos no deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda, ya que no inciden en materia presupuestaria o financiera del Estado.
Por ello, recomienda a esta Corporación aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el Artículo Único del proyecto de acuerdo, cuyo texto se encuentra en el informe que los colegas tienen en su poder.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor INSUNZA (de pie).-
Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, vengo en informar sobre el proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, suscrito el 10 de junio de 2010, y las enmiendas introducidas a dicho estatuto en relación con el crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda. Ello, al tenor del acuerdo adoptado por los Comités parlamentarios el 10 de abril de 2012, en orden a que esta comisión se pronuncie sobre aspectos constitucionales del mismo.
Cabe hacer presente que vuestra comisión, a diferencia de la calificación de las normas efectuada por la Comisión de Relaciones Exteriores, como acaba de mencionar la diputada Andrea Molina , estima que el artículo único del proyecto de acuerdo reviste el carácter de norma orgánica constitucional, por referirse algunas de las enmiendas que contiene a materias que, en conformidad a lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 77 de la Constitución Política de la República, están reservadas a una ley orgánica constitucional, dado que esta norma dice relación con aspectos orgánicos de los tribunales de justicia.
Ese fue el criterio del honorable Senado, el que envió al Tribunal Constitucional el proyecto de acuerdo que aprueba el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (boletín N° 656010), por estimar que, en conformidad a lo dispuesto en el número 1° del artículo 93 de la Constitución Política de la República, corresponde a esa instancia conocer las normas de un tratado que versen sobre materias propias de leyes orgánicas constitucionales, antes de su promulgación.
Dicho criterio fue ratificado por el Tribunal Constitucional en la sentencia que recayó en la causa rol N° 1415, de 24 de junio de 2009, al señalar que “no contiene normas orgánicas constitucionales contrarias a la Constitución.”.
Por otra parte, cabe hacer presente que, dados los términos genéricos del acuerdo adoptado por los Comités parlamentarios en orden a que vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia se pronuncie acerca de los aspectos constitucionales del proyecto de acuerdo en informe, esta estimó que, entre otros, la consulta pudiera estar referida a las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en relación con lo normado en la disposición vigésima cuarta transitoria de la Constitución Política de la República, que señala: “El Estado de Chile podrá reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos previstos en el tratado aprobado en la ciudad de Roma, el 17 de julio de 1998, por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de dicha Corte.”.
Al efectuar ese reconocimiento, Chile reafirmó su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación con la jurisdicción de la Corte. Esta última será subsidiaria de la primera, en los términos previstos en el Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional.
La cooperación y asistencia entre las autoridades nacionales competentes y la Corte Penal Internacional, así como los procedimientos judiciales y administrativos a que hubiere lugar, se sujetarán a lo que disponga la ley chilena.
La jurisdicción de la Corte Penal Internacional, en los términos previstos en su estatuto, solo se podrá ejercer respecto de los crímenes de su competencia, cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigor en Chile del Estatuto de Roma.
Sobre el particular, vuestra comisión acordó informar favorablemente acerca de los aspectos constitucionales del referido proyecto de acuerdo, en el sentido de que para su aprobación no se requiere de una nueva reforma constitucional, pues la efectuada en 2009 valida y permite, desde el punto de vista constitucional, la realización de futuras enmiendas al mismo tratado, modificaciones que, en cada caso particular, deben ser sometidas a la aprobación previa del Congreso Nacional, que es el procedimiento que estamos ejecutando.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Hugo Gutiérrez .
El señor GUTIÉRREZ (don Hugo).-
Señor Presidente, hemos sido convocados para aprobar un proyecto de acuerdo fundamental para el desarrollo de la responsabilidad penal internacional. Han transcurrido cincuenta años de expectativas y discusiones en las Naciones Unidas para buscar formas de sancionar la responsabilidad penal internacional de quienes cometen los peores y más atroces crímenes que puede conocer la humanidad, desde los de la Segunda Guerra Mundial. Obviamente, había que sancionar esas responsabilidades penales.
Como señalé, se generaron muchas discusiones y reflexiones en el seno de las Naciones Unidas para, finalmente, desembocar en el Estatuto de Roma, en 1998, que venía a sancionar a las personas responsables de los peores crímenes que ha podido conocer la humanidad, como el genocidio, los delitos de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el delito de agresión.
La humanidad dio un gran paso cuando se aprobó dicho Estatuto, que es necesario valorar. Pero quedaron ciertas deficiencias, por cuanto los países que se sienten con ciertas prerrogativas a nivel internacional no se sumaron a la aprobación de ese texto. Aun más, una nación que lo firmó -Estados Unidos de América- , en una costumbre totalmente inusual a nivel internacional, posteriormente retiró su adhesión. Ese país apoyó el Estatuto y fue parte de su discusión, pero se opuso a que se definiera el delito de agresión.
Por eso, cuando se aprobó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en 1998, el delito de agresión, que era relevante, quedó prácticamente fuera de su jurisdicción, en es pera de aquello para lo que hoy hemos sido convocados, es decir, la aprobación de las enmiendas para regular como corresponde tal delito.
Hoy, la Corte Penal Internacional señala que ha reglamentado como corresponde dicho delito y, además, que lo quiere incorporar al Estatuto de Roma. Hemos sido convocados para señalar que estamos de acuerdo con que exista delito de agresión cuando un Estado agrede la soberanía de otro o cuando se ataca internamente; por lo tanto, hay responsabilidades individuales que se deben sancionar.
Estamos dispuestos a aprobar una enmienda al Estatuto de Roma, para permitir que la Corte Penal Internacional conozca las responsabilidades individuales de aquellos que agreden a uno u otro Estado con sus decisiones militares. No cabe duda de que, con esta aprobación, el Congreso Nacional, en particular la Cámara de Diputados, se asociará a los anhelos de los países del mundo para sancionar los crímenes más atroces que se pueden cometer en contra de otros seres humanos a través del horroroso ejercicio de la violencia.
Por eso, más allá de si estamos en presencia o no de una norma de rango orgánico constitucional o constitucional, lo importante es sentirnos asociados al anhelo de la humanidad de sancionar penalmente las responsabilidades individuales de quienes cometan el delito de agresión.
Hoy estamos ante una gran circunstancia, indispensable en el desarrollo de la humanidad. Puede que no sea valorado ni ponderado, pero, después de muchos años de discusión, hoy ha llegado el momento de aprobar las enmiendas al Estatuto de Roma e incorporar el delito de agresión.
Considero que ha llegado el momento de sancionar dicho delito. La humanidad, los pueblos y los Estados han superado la extorsión de Estados Unidos al mundo entero para que no se tipificara y la Corte Penal Internacional no juzgara esos crímenes, y finalmente aprobaron las enmiendas.
Por eso, no debemos tener duda alguna de aprobar este proyecto de acuerdo, porque es indispensable para el desarrollo y el crecimiento de los seres humanos, para que, de una vez por todas, el delito de agresión sea sancionado y esté en el ámbito de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, la cual juzga de manera subsidiaria. Si los Estados hacen lo que corresponde y los tribunales ejercen la competencia como es debido, no se debe temer a dicha Corte. Hay que temer solo cuando el Estado no cumple con su deber de juzgar a los genocidas o a quienes cometen crímenes de guerra, de tortura o de lesa humanidad. Cuando el Estado hace lo debido y persigue a todos los grandes criminales, se debe tener claro que la Corte Penal Internacional no tiene competencia. Pero sí la tendrá cuando el Estado no haga lo que le corresponde.
Reitero que este es un gran momento para terminar, de una vez por todas, con la imposibilidad de sancionar a aquellos que cometían delitos de agresión y no eran sancionados a nivel mundial. Hoy daremos una prueba al mundo de que estamos a favor de que la competencia de la Corte Penal Internacional se amplíe a ese delito, para que quienes lo cometan no queden impunes.
En consecuencia, nuestra bancada no tiene ninguna duda de la necesidad de aprobar este proyecto de acuerdo de manera unánime, porque es la señal que damos desde el Congreso Nacional, en particular desde la Cámara de Diputados, de que nos sentimos vinculados con lo que suceda en otras naciones, porque ahora se van a perseguir responsabilidades individuales por un crimen atroz, como es el delito de agresión.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el subsecretario de Relaciones Exteriores.
El señor RIVEROS (subsecretario de Relaciones Exteriores).-
Señor Presidente, agradezco la gentileza de la Sala por autorizar mi ingreso a este hemiciclo, el cual integré como diputado durante dos períodos y respecto del cual guardo el más grato recuerdo por el trabajo desarrollado.
Destaco los informes rendidos por los diputados informantes de las comisiones de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, y de Constitución, Legislación y Justicia, señora Andrea Molina y señor Jorge Insunza , respectivamente, porque fueron bastante completos, por lo que mi presentación será bastante específica.
Antes de referirme a las enmiendas al Estatuto de Roma, quiero reafirmar la importancia que nuestro país asigna a la existencia y al pleno funcionamiento de la Corte Penal Internacional, órgano en cuya creación le cupo una importante participación, pues fue uno de los primeros suscriptores del mismo, al poco tiempo de su adopción, en septiembre de 1998.
La creación de la Corte Penal Internacional representó el cumplimiento de un anhelo largamente postergado en el ámbito internacional y respondió a una necesidad fundamental, que se fue haciendo cada vez más evidente e impostergable: evitar la impunidad en relación con los delitos más graves de trascendencia internacional, impunidad que se venía dando históricamente, en razón de que la investigación y la sanción de estos graves crímenes quedaba entregada, en definitiva, a los tribunales nacionales de cada Estado, los que no siempre tenían la voluntad o la capacidad para impartir justicia en estos casos.
Sin lugar a dudas, la creación de esta Corte ha significado un claro avance en el proceso de institucionalización jurídica de la comunidad internacional. El hecho de que cerca de 120 estados sean parte de este instrumento refleja el alto nivel de aceptación y apoyo con que cuenta la Corte.
Todos los elementos señalados demuestran claramente nuestro respaldo y compromiso con este órgano judicial, lo que, como se ha reseñado, va más allá de la mera aprobación del instrumento que la creó.
Este respaldo a la Corte se expresa, igualmente, en nuestro compromiso con las enmiendas que se han sometido a la aprobación parlamentaria, que permiten que la Corte pueda ejercer jurisdicción sobre uno de los crímenes más graves que se pueden cometer, como es el crimen de agresión, el que se había incluido en el Estatuto, pero que requería de los acuerdos necesarios para hacer efectiva esa jurisdicción, los que se lograron en la Conferencia de Revisión, celebrada en Kampala, Uganda.
Como es de conocimiento de esta Sala, y ha quedado de manifiesto en los informes entregados, el Estatuto de Roma, que creó la Corte Penal Internacional, adoptado en 1998, determinó los crímenes de competencia de este órgano jurisdiccional penal y señaló en su artículo 5 que ella se ejercería en relación con los crímenes de genocidio, de lesa humanidad, de guerra y de agresión.
Sin embargo, el párrafo 2 del artículo 5 del Estatuto de Roma señalaba: “2. La Corte ejercerá competencia respecto del crimen de agresión una vez que se apruebe una disposición de conformidad con los artículos 121 y 123 en que se defina el crimen y se enuncien las condiciones en las cuales lo hará. Esa disposición será compatible con las disposiciones pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas.”.
Este es el ejercicio que se llevó adelante en Kampala en relación con el crimen de agresión. Esta nueva situación determina que la Corte podrá ejercer jurisdicción sobre todos los delitos dentro de su competencia, en los términos que establece la enmienda.
Como es de conocimiento de esta Sala, en la Conferencia de Roma no se alcanzó un acuerdo respecto del crimen de agresión ni sobre su tipificación ni sobre los requisitos para el ejercicio de la competencia de la Corte, por diversas consideraciones a las que me referiré a continuación.
No escapará a la percepción de las honorables diputadas y los honorables diputados que el crimen de agresión representa una serie de particularidades que, en parte importante, están vinculadas con las competencias que respecto de los casos de agresión posee el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en conformidad con el artículo 39 de la Carta.
La comunidad internacional ha entregado al referido Consejo de Seguridad la facultad de determinar la existencia, entre otras conductas, de un acto de agresión y, sobre esa base, determinar medidas contempladas en la misma Carta.
Sin duda, la función del Consejo de Seguridad se sitúa en el plano político y determina conductas atribuibles a los Estados. El plano en el que se sitúa la Corte Penal Internacional es el de las responsabilidades penales individuales vinculadas con este crimen, en los distintos grados de participación que se pueden producir. Esto es algo que individualiza a este tribunal. Lo que persigue no son responsabilidades de los Estados en sí, sino de conductas individuales de personas responsables que están en condiciones de mando, como jefes militares, jefes políticos de los Estados, jefes de gobierno, jefes de Estado, ministros, etcétera. Esto representa una diferencia importante respecto de otros instrumentos de protección de los derechos humanos, en general, que persiguen la responsabilidad internacional de los Estados. Por lo tanto, esto constituye un avance relevante en el derecho penal internacional, y así debemos dejarlo explicitado.
El primer elemento que plantea el nuevo artículo 8 bis del Estatuto se refiere a determinar en qué casos y quiénes comenten un “crimen de agresión”. Señala la norma que una persona comete un crimen de agresión cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que, por sus características, gravedad y escala, constituye una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas.
El otro elemento que plantea la reforma al Estatuto de Roma, en el mismo artículo 8 bis, dice relación con la tipificación de los actos que constituyen un “acto de agresión”. Para este efecto, el texto de la norma recurre a las figuras establecidas por la Resolución 3314, de la XXIX Asamblea General de Naciones Unidas, de 1974.
Desde el punto de vista del ejercicio de la competencia de la Corte Penal Internacional en relación con este crimen, la enmienda contenida en el artículo 15 bis establece diversas situaciones. En este aspecto, las situaciones establecidas son aquellas que hacen intervenir al Consejo de Seguridad como órgano que pone en funcionamiento a la Corte o cuando el órgano establecido por la Corte, como es el fiscal, actúa en función de sus propias facultades, teniendo él la iniciativa.
Cuando el Consejo de Seguridad no realice esa determinación en el plazo de seis meses desde la fecha de notificación, el fiscal podrá iniciar los procedimientos de investigación siempre y cuando la Sección de Cuestiones Preliminares de la Corte, en conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 15 del Estatuto, haya autorizado el inicio de la investigación y el Consejo de Seguridad no haya decidido lo contrario, de acuerdo con el artículo 16 del Estatuto, en virtud del cual puede suspender la investigación o el enjuiciamiento.
Por su parte, el artículo 15 ter se refiere a los casos en los que la competencia de la Corte Penal es activada por una remisión hecha por el Consejo de Seguridad, en conformidad con los artículos pertinentes.
Otro elemento de la enmienda que se somete a la aprobación del Congreso dice relación con el artículo 8.2.e) del Estatuto, al que se añaden tres crímenes con el objeto de permitir que estas figuras, que se encontraban vinculadas a los conflictos armados de carácter internacional, puedan ser también aplicadas en los casos de conflictos armados de carácter no internacional. La norma se refiere básicamente al uso de determinados tipos de armas o armamentos que producen especiales efectos perniciosos.
Finalmente, cabe señalar que la enmienda que se propone para su aprobación al Congreso Nacional contempla otros ajustes al texto del Estatuto como consecuencia de la inclusión de la definición del crimen de agresión.
Antes de concluir esta exposición, no podría dejar de referirme a una cuestión de naturaleza constitucional que se ha planteado en relación con esta reforma al Estatuto de Roma, del cual dio cuenta el diputado informante señor Jorge Insunza .
Como es de conocimiento de esta Cámara, durante el proceso de aprobación del Estatuto de Roma, se presentó un requerimiento de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, que fue acogido por dicho tribunal, que establecía como necesaria una reforma constitucional previa para la aprobación del Estatuto.
Es importante señalar que el Tribunal Constitucional determinó que para aprobar y ratificar el Estatuto de la Corte Penal Internacional se requería una reforma constitucional previa, considerada técnicamente como una reforma habilitante.
En consecuencia, la decisión del Tribunal Constitucional no contenía un rechazo material o sustantivo a la Corte Penal Internacional, sino que, por el contrario, reconoció la necesidad de enjuiciar y de sancionar los delitos de competencia de la Corte.
La reforma constitucional exigida por el fallo del Tribunal Constitucional fue aprobada por el Congreso Nacional el 2009, la que incorporó una disposición vigésima cuarta transitoria, que ha sido citada por el diputado informante, por lo que no es necesario que la lea nuevamente.
Luego de la adopción de la referida reforma constitucional, se dio la aprobación al Estatuto de Roma, y se procedió a su ratificación y posterior incorporación en el ordenamiento jurídico interno.
Las enmiendas sometidas a la consideración del honorable Congreso Nacional se adoptaron en estricta conformidad con las normas que al efecto establece el propio Estatuto de Roma, debidamente aprobado por el Congreso, como se indicó, por lo que su aprobación se ajusta estrictamente a lo dispuesto en nuestra Carta Fundamental, como lo informó por unanimidad la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.
Esta es una oportunidad que se nos presenta para avanzar en la configuración del conjunto de los delitos tipificados para la competencia de la Corte Penal Internacional en su Estatuto.
Por lo tanto, como existe un criterio trasversal, que queda reflejado en el hecho de que dos gobiernos consecutivos han presentado y tramitado el proyecto ante la honorable Cámara de Diputados, podemos esperar no solo una aprobación del proyecto por una gran mayoría, sino por unanimidad.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Corresponde votar el proyecto de acuerdo que aprueba la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 10 de junio de 2010, y las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión, de 11 de junio de 2010, ambas adoptadas en la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, celebrada en Kampala, Uganda .
Para su aprobación se requiere el voto favorable de 66 señoras diputadas y señores diputados.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 75 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 18 abstenciones.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo ; Andrade Lara Osvaldo ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Barros Montero Ramón ; Bellolio Avaria Jaime ; Boric Font Gabriel ; Browne Urrejola Pedro ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Carvajal Ambiado Loreto ; Castro González Juan Luis ; Chahin Valenzuela Fuad ; Chávez Velásquez Marcelo ; Cicardini Milla Daniella ; Cornejo González Aldo ; De Mussy Hiriart Felipe ; Edwards Silva José Manuel ; Espejo Yaksic Sergio ; Espinosa Monardes Marcos ; Farcas Guendelman Daniel ; Farías Ponce Ramón ; Fernández Allende Maya ; Fuentes Castillo Iván ; Gahona Salazar Sergio ; Girardi Lavín Cristina ; Gutiérrez Gálvez Hugo ; Gutiérrez Pino Romilio ; Hernández Hernández Javier ; Hernando Pérez Marcela ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Kast Rist José Antonio ; Lemus Aracena Luis ; Lorenzini Basso Pablo ; Macaya Danús Javier ; Melero Abaroa Patricio ; Melo Contreras Daniel ; Mirosevic Verdugo Vlado ; Molina Oliva Andrea ; Monsalve Benavides Manuel ; Morales Muñoz Celso ; Morano Cornejo Juan Enrique ; Núñez Arancibia Daniel ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Robles Pantoja Alberto ; Rocafull López Luis ; Sabag Villalobos Jorge ; Saffirio Espinoza René ; Saldívar Auger Raúl ; Sandoval Plaza David ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Soto Ferrada Leonardo ; Tarud Daccarett Jorge ; Teillier Del Valle Guillermo ; Torres Jeldes Víctor ; Tuma Zedan Joaquín ; Urízar Muñoz Christian ; Vallespín López Patricio ; Walker Prieto Matías .
Se abstuvieron los diputados señores:
Berger Fett Bernardo ; Coloma Álamos Juan Antonio ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; García García René Manuel ; Hasbún Selume Gustavo ; Hoffmann Opazo María José ; Norambuena Farías Iván ; Paulsen Kehr Diego ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Santana Tirachini Alejandro ; Squella Ovalle Arturo ; Trisotti Martínez Renzo ; Turres Figueroa Marisol ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Urrutia Soto Osvaldo ; Verdugo Soto Germán ; Ward Edwards Felipe .
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se deja constancia de que el proyecto de acuerdo ha sido aprobado con el quórum de ley orgánica constitucional, en relación con los artículos 15 bis y 15 ter del Tratado, por referirse a materias que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 77 de la Constitución Política del Estado, están reservadas a una ley orgánica constitucional.
SUPRESIÓN DE INHABILIDADES A DIRIGENTES GREMIALES Y VECINALES PARA SER CANDIDATOS A PARLAMENTARIOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 2013‐07, 2415‐07, 6445‐07, 9539‐07 Y 9631‐07)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En tercer lugar, corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite constitucional, iniciado en mociones refundidas, que suprime inhabilidades que indica respecto de dirigentes gremiales y vecinales.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Osvaldo Andrade .
Antecedentes:
Moción, boletín N° 201307, sesión 60ª de la legislatura 334ª, 15 de abril de 1997. Documentos de la Cuenta N° 12.
Moción, boletín N° 241507, sesión 5ª de la legislatura 341ª, en 15 de octubre de 1999. Documentos de la Cuenta N° 7.
Moción, boletín N° 644507, sesión 11ª de la legislatura 357ª, en 8 de abril de 2009. Documentos de la Cuenta N° 7.
Moción, boletín N° 953907, sesión 65ª de la presente legislatura, en 4 de septiembre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 6.
Moción, boletín N° 963107, sesión 77ª de la presente legislatura, en 8 de octubre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 11.
Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, sesión 83ª de la presente legislatura, en 21 de octubre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 17.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor ANDRADE (de pie).-
Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, paso a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre los proyectos de reforma constitucional refundidos en conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 A de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, cuyo detalle es el siguiente:
1.- Moción de los entonces diputados señores Arancibia, don Armando , y Martínez, don Gutenberg , que modifica la Constitución Política de la República para eliminar la inhabilidad existente para ser parlamentario que afecta a dirigentes gremiales y sindicales (boletín N° 2013-07).
2.- Moción de la entonces diputada señora Caraball , doña Eliana , que modifica el artículo 54 de la Constitución Política de la República de Chile, para permitir la postulación de dirigentes gremiales a cargos parlamentarios (boletín N° 2415-07).
3.- Moción de la entonces diputada señora Goic, doña Carolina ; de la diputada señora Pascal, doña Denise ; de los entonces diputados señores Accorsi, don Enrique ; Alinco, don René ; EnríquezOminami, don Marco ; Escobar, don Álvaro ; Leal, don Antonio , y Sule, don Alejandro , y de los diputados señores Farías, don Ramón , y Jiménez, don Tucapel , que permite ser candidatos a la Cámara de Diputados o al Senado a los dirigentes gremiales o vecinales que acrediten haber suspendido sus cargos al momento de inscribir sus candidaturas (boletín N° 6445 07).
4.- Moción de la diputada señora Sepúlveda , doña Alejandra , y de los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Boric, don Gabriel ; Campos, don Cristián ; Gutiérrez, don Hugo ; Monckeberg, don Cristián ; Rincón, don Ricardo ; Saffirio, don René ; Teillier, don Guillermo , y Vallespín, don Patricio , que deroga la inhabilidad de los dirigentes gremiales y vecinales para postular a elecciones parlamentarias (boletín N° 9539-07).
5.- Moción de los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Chahin, don Fuad ; Chávez, don Marcelo ; Fuentes, don Iván ; Gutiérrez, don Hugo ; Insunza, don Jorge ; Rincón, don Ricardo ; Saffirio, don René , y Soto, don Leonardo , que deroga el artículo 23 de la Carta Fundamental (boletín N° 9631-07).
Estos proyectos tienen por objeto suprimir de la Constitución Política de la República una serie de inhabilidades que afectan a quienes desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal.
Durante la discusión general del proyecto signado con el boletín N° 953907, al cual el supremo gobierno dio su patrocinio, calificando de suma la urgencia para su tramitación, vuestra comisión estimó conveniente y justo solicitar el desarchivo y la fusión de varias mociones que fueron presentadas y que tenían por objeto suprimir las inhabilidades que afectan a quienes desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal para postular a cargos parlamentarios.
Aprobada la petición, la discusión en el seno de la comisión se centró, por una parte, en la supresión de la inhabilidad contemplada en el artículo 23 de la Constitución Política de la República, que establece la incompatibilidad de los cargos directivos superiores de las organizaciones gremiales con los cargos directivos superiores, nacionales y regionales, de los partidos políticos, y, por otra, en la prohibición para ser candidato a diputado o a senador a quien ejerza un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal, la que se encuentra establecida en el número 7) del artículo 57 de la Carta Fundamental.
Las opiniones que se expresaron durante la discusión general se pueden resumir de la siguiente forma:
Aquellos que apoyan las enmiendas propuestas consideran que el origen de la inhabilidad fue una innovación de la Constitución Política de 1980, la que se fundamenta en la noción corporativa que tuvieron los redactores de ella, como adictos que eran a un régimen autoritario, la cual, por lo menos en su primera parte, tenía claras influencias de los regímenes “nacional fascistas católicos” europeos, para usar la terminología del politólogo español Manuel Pastor, del siglo pasado.
En esa moción se destaca, por lo menos en el discurso, la necesidad de la participación de las organizaciones gremiales en los asuntos públicos, pero siempre separadas de la “política partidista”. Se pretendía, así, una separación total entre los asuntos del sindicato, la asociación estudiantil y la organización vecinal con aquellos que eran propios del Congreso Nacional, los que quedaban en manos de una élite especializada.
Ello no se condice con un Estado democrático como el que el país se ha esforzado en construir desde el inicio de la transición democrática y es fruto de una visión anacrónica. Aunque exista esa norma y otras más, impuestas en la misma época, como algunas contenidas en la ley orgánica constitucional de los Partidos Políticos, es inevitable, tanto por la tradición política chilena como por la naturaleza de los asuntos gremiales y vecinales, que existan vínculos entre la actividad parlamentaria y lo acontecido en sindicatos, comunidades y asociaciones patronales.
Por su parte, los que optan por el rechazo de las normas propuestas sostienen que la Carta Fundamental establece un principio coherente: evitar la instrumentalización de los cuerpos intermedios. Con ello no se busca compartimentar la sociedad, sino impedir que se desvíe el rol de dirigente de un cuerpo intermedio. De hecho, no prohíbe la militancia política en las organizaciones sociales.
La debida autonomía de los cuerpos intermedios se funda en un requisito de subsidiariedad. En tal sentido, el artículo 57 de la Constitución Política busca propender a la concreción de una democracia moderna, ciudadana e igualitaria, versus las seudodemocracias de las llamadas democracias populares o corporativas.
Cerrado el debate, la comisión aprobó por mayoría, en general y en particular, el proyecto de reforma constitucional que se somete a consideración de la Sala, el cual propone la derogación del artículo 23 de la Carta Fundamental y la eliminación de la prohibición para ser candidato a diputado o a senador que afecta a quien ejerza un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal, contemplada en el número 7) del artículo 57 de la Carta Magna.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor René Saffirio .
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente, hoy tenemos una muy buena oportunidad para innovar en una materia que, desde su origen, ha generado una suerte de elaboración de normas de rango constitucional, como las contenidas en la Constitución Política de 1980, cuyo establecimiento no fue originado a partir de la consideración de un espacio de la realidad, sino fruto del miedo, tal como lo señaló, con mucha certeza, el diputado señor Jorge Insunza en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
La Carta Fundamental vigente, elaborada en el marco de un Estado autoritario, contempla normas surgidas como consecuencia del temor a la democracia y a la participación, razón por la que inhibe a un conjunto muy importante de actores de la sociedad a participar en los asuntos públicos a través de la política, la que a la sazón era concebida como una actividad repudiable.
En 24 de julio de 1979, quien ejercía de hecho el cargo de Presidente de la República, don Augusto Pinochet Ugarte , en la sesión N° 82 del Consejo de Estado, respecto de la imposibilidad de los dirigentes sindicales y estudiantiles para ser candidatos a diputados o a senadores, sostuvo: “La inhabilidad debe aplicarse sólo a dirigentes sindicales y estudiantiles, por ser los organismos laborales y las universidades los que más se han politizado en Chile”.
La limitación que se impone en el artículo 23 de la Constitución Política, el cual se propone derogar, no tiene justificación ni legitimidad alguna en el marco de un Estado democrático. Cuando se legisla desde el miedo se criminaliza una de las actividades que siempre fue concebida como de alta nobleza: la política, respecto de la cual todos quienes formamos parte de este hemiciclo tenemos una deuda con la sociedad. En tal sentido, la apertura de una compuerta para permitir la eliminación de esas inhabilidades respecto de los dirigentes sociales es una nueva señal que la Cámara de Diputados puede dar para mejorar su nivel de credibilidad ante la opinión pública.
Hace pocos meses, nuestra Corporación aprobó, de manera transversal, el proyecto de ley que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo, en cuyo debate se plantearon las distintas visiones sobre la materia. La iniciativa fue aprobada a sabiendas de que el nuevo sistema electoral propuesto generará respecto de cada uno de nosotros -incumbentes en esa materia- , condiciones de reelección muchísimo más complejas y difíciles que las que hoy existen.
Reitero que cuando prestamos nuestra aprobación al proyecto de ley que reforma el sistema electoral, el cual espero que también sea aprobado por el Senado, lo hicimos con pleno conocimiento de que estábamos autoimponiéndonos condiciones de reelección mucho más complejas y difíciles de abordar la ampliación del territorio jurisdiccional de nuestros distritos generará mayor competencia, porque de esa forma se legitimará la representatividad en el Congreso Nacional.
Hago ese alcance porque si a esa señal que hemos entregado a la sociedad chilena sumamos esta, que elimina la inhabilidad de los dirigentes sociales para ser candidatos a diputados y senadores, y la inhabilidad de esos mismos dirigentes sociales para ejercer cargos directivos superiores nacionales y regionales de los partidos políticos, nuevamente estaremos entregando una señal al país en el mismo sentido. Eso habla bien de la Cámara y del esfuerzo sostenido por perfeccionar y mejorar en el tiempo, aunque no con la rapidez que muchos quisiéramos, nuestra democracia.
Entonces, la duda que se planteó durante el debate en la Comisión de Constitución tenía que ver más con cómo resolver las incompatibilidades de intereses que podrían existir respecto de dirigentes gremiales de toda naturaleza. Algunos pusimos el énfasis en los dirigentes sociales de organizaciones intermedias asociaciones gremiales, sindicatos, federaciones, en fin, y otros, en los representantes de los grupos empresariales que, a partir de esta reforma, podrían acceder a cargos de representación popular, tanto en la Cámara como en el Senado.
En este punto -aquí emito una opinión absolutamente personal- , creo que tenemos la legitimidad suficiente como para no legislar desde el temor. Personalmente, considero que tiene mayor valor que los representantes de los organismos intermedios estén sentados a la mesa del debate legislativo, que tenerlos bajo la mesa, interviniendo en el debate legislativo a través de terceros.
Es mucho más digno para la función legislativa y más transparente para los ciudadanos, que quienes representan o pudieren representar intereses corporativos de grupos de distinta naturaleza puedan acceder a ambas cámaras por la vía de la elección y de la decisión del voto popular, que tenerlos deambulando por los pasillos del Congreso Nacional, interviniendo a través de terceros lobbistas o tratando de influir a través del dinero en las decisiones legislativas que debemos adoptar.
Lo quiero graficar diciendo que si alguien teme tener a los máximos líderes de los empresarios como diputados o senadores en el Congreso, yo temo más que no estén representados. Prefiero que tengan la obligación de actuar por sí y que sepamos claramente cuáles son los intereses que están representando, y no que utilicen subterfugios que deterioran, dañan, perjudican y afectan la transparencia de nuestros procesos legislativos y la credibilidad del Congreso frente a los ciudadanos.
Por ello, con mucho entusiasmo, he accedido a la invitación que formuló el diputado Osvaldo Andrade , porque, a través de esta iniciativa, se recoge un conjunto de ocho proyectos de ley que no han tenido buen destino y que podemos recuperar en esta ocasión.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia .
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, nuestro orden institucional, establecido hace más de treinta años y legitimado por los diferentes gobiernos de la Concertación, estableció una serie de ideas o medidas tendientes a superar ciertas y determinadas malas prácticas acontecidas durante buena parte de nuestra historia republicana. Particularmente, hago referencia a la instrumentalización de nuestros grupos intermedios, específicamente de gremios y sindicatos, con fines meramente electorales.
En efecto, si revisamos la historia, podemos concluir que, históricamente, algunos partidos políticos utilizaron su influencia, ideología y capacidad electoral para llevar adelante su programa a costa de los trabajadores y de sus intereses fundamentales, alejándose de sus finalidades específicas y desnaturalizándose su institución. En ese sentido, la lógica de nuestras disposiciones constitucionales surgió a partir de un análisis histórico de lo que eran nuestros sindicatos y gremios: un arma política de un partido, más que una institución que defendiera y representara las legítimas aspiraciones, derechos e intereses de los trabajadores.
En ese orden de cosas, este proyecto de reforma constitucional promueve la instrumentalización de esos grupos intermedios, lacerando su debida autonomía para hacer frente a sus desafíos más importantes y constituyéndose en una caja de resonancia de algún partido político, por sobre su labor gremial, cuestión que evidentemente apunta a quebrantar uno de los pilares fundamentales de nuestra institucionalidad democrática, previsto en el inciso tercero del artículo 1° de nuestra Constitución, disposición que se encuentra, a su vez, inserta en el Capítulo I de nuestra Carta Fundamental, titulado Bases de la Institucionalidad. De manera que el proyecto precisamente viene a cuestionar el pilar y los fundamentos más originarios de nuestro orden constitucional y social.
Quiero hacer presente que nuestra Constitución tampoco veda la opción de que un dirigente sindical o gremial sea candidato a un escaño en el Congreso. De hecho, ha habido varios. Lo que ocurre es que previamente debe renunciar a su cargo, con el objeto de que su desempeño no se vea contaminado con episodios de conflictos de intereses respecto de asuntos gremiales y nacionales, afectando, con ello, la debida autonomía parlamentaria.
Los dirigentes sindicales y gremiales actúan indebidamente al usar la asociación a la que pertenecen en beneficio de sus opciones personales.
Todo recto ordenamiento social debe basarse en que las organizaciones sociales o sociedades intermedias entre el hombre y el Estado, libremente generadas y conducidas por sus integrantes, cumplan con la finalidad propia y específica para la cual fueron creadas.
Para una convivencia sana es indispensable la defensa de la autonomía de las organizaciones sociales, ya que es fundamental para construir una sociedad auténticamente justa, libre y democrática.
Vivimos momentos de excesiva crispación política. Durante el presente año, el gobierno no ha tenido vocación de entendimiento, llevando a cabo sus ideas contra toda recomendación u oposición. Pensamos que ese camino es perjudicial para Chile. Debemos aunar voluntades en torno a un futuro común.
Por lo expuesto, votaré en contra esta iniciativa.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Ha terminado el tiempo destinado al Orden del Día.
Se suspende la sesión por dos minutos para llamar a los señores diputados y señoras diputadas.
Transcurrido el tiempo de suspensión:
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Continúa la sesión.
ESTABLECIMIENTO DEL DÍA NACIONAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 9330‐12) [VOTACIÓN]
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
De conformidad con el acuerdo de los Comités, corresponde votar sin discusión la modificación introducida por el Senado al proyecto de ley que instaura el Día Nacional del Medio Ambiente.
Antecedentes:
Modificaciones del Senado, sesión 81ª de la presente legislatura, en 15 de octubre de 2014. Documentos de la Cuenta N° 4.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Hago presente a la Sala que la enmienda introducida recae sobre normas propias de ley simple o común.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Aprobada.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo ; Andrade Lara Osvaldo ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Barros Montero Ramón ; Becker Alvear Germán ; Bellolio Avaria Jaime ; Berger Fett Bernardo ; Boric Font Gabriel ; Browne Urrejola Pedro ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Carvajal Ambiado Loreto ; Castro González Juan Luis ; Chahin Valenzuela Fuad ; Chávez Velásquez Marcelo ; Cicardini Milla Daniella ; Coloma Alamos Juan Antonio ; Cornejo González Aldo ; De Mussy Hiriart Felipe ; Edwards Silva José Manuel ; Espejo Yaksic Sergio ; Espinosa Monardes Marcos ; Farcas Guendelman Daniel ; Farías Ponce Ramón ; Fernández Allende Maya ; Fuentes Castillo Iván ; Fuenzalida Figueroa Gonzalo ; Gahona Salazar Sergio ; García García René Manuel ; Girardi Lavín Cristina ; Gutiérrez Gálvez Hugo ; Gutiérrez Pino Romilio ; Hasbún Selume Gustavo ; Hernández Hernández Javier ; Hernando Pérez Marcela ; Hoffmann Opazo María José ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Jiménez Fuentes Tucapel ; Kast Rist José Antonio ; Lemus Aracena Luis ; Lorenzini Basso Pablo ; Macaya Danús Javier ; Melero Abaroa Patricio ; Melo Contreras Daniel ; Mirosevic Verdugo Vlado ; Molina Oliva Andrea ; Monckeberg Díaz Nicolás ; Monsalve Benavides Manuel ; Morales Muñoz Celso ; Morano Cornejo Juan Enrique ; Norambuena Farías Iván ; Núñez Arancibia Daniel ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Paulsen Kehr Diego ; Pérez Arriagada José ; Pérez Lahsen Leopoldo ; Pilowsky Greene Jaime ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Robles Pantoja Alberto ; Rocafull López Luis ; Sabag Villalobos Jorge ; Saffirio Espinoza René ; Saldívar Auger Raúl ; Sandoval Plaza David ; Santana Tirachini Alejandro ; Schilling Rodríguez Marcelo ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Silva Méndez Ernesto ; Soto Ferrada Leonardo ; Squella Ovalle Arturo ; Tarud Daccarett Jorge ; Teillier Del Valle Guillermo ; Torres Jeldes Víctor ; Trisotti Martínez Renzo ; Tuma Zedan Joaquín ; Turres Figueroa Marisol ; Urízar Muñoz Christian ; Urrutia Bonilla Ignacio ; Urrutia Soto Osvaldo ; Vallespín López Patricio ; Verdugo Soto Germán ; Walker Prieto Matías ; Ward Edwards Felipe .
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Despachado el proyecto.
VI. PROYECTOS DE ACUERDO Y DE RESOLUCIÓN
PROPUESTAS DE SOLUCIÓN PARA PENSIONADOS AFILIADOS A CAJAS DE COMPENSACIÓN CON CRÉDITOS SOCIALES ANTERIORES A ENTRADA EN VIGENCIA DE CIRCULAR N° 2.824, DE 2012
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario dará lectura al proyecto de resolución N°132, en virtud del cual se solicita a su excelencia la Presidenta de la República la elaboración de propuestas de solución respecto de los pensionados, afiliados a las cajas de compensación, que obtuvieron créditos sociales con anterioridad a la entrada en vigencia de la circular N° 2.824, de 2012.
El señor ROJAS (Prosecretario).-
Proyecto de resolución N°132, de las diputadas señoras Clemira Pacheco y Alejandra Sepúlveda , y de los diputados señores Daniel Melo , Jorge Sabag , Joaquín Lavín , Claudio Arriagada , Nicolás Monckeberg , José Pérez , Rodrigo González y Sergio Gahona , que en su parte dispositiva señala lo siguiente:
La Cámara de Diputados acuerda:
Oficiar a su excelencia la Presidenta de la República para que instruya a la ministra del Trabajo y al superintendente de Seguridad Social, a fin de que elaboren propuestas de solución respecto de la situación que afecta a los pensionados, afiliados a las cajas de compensación, que obtuvieron créditos sociales con anterioridad a la entrada en vigencia de la circular N° 2.824, de 2012, emanada de la Superintendencia de Seguridad Social, tomando en consideración las cuantías de los créditos concedidos y las propuestas de solución ofrecidas y elaboradas por todas las cajas de compensación.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Para apoyar el proyecto de resolución, tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda .
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero decir que este proyecto fue elaborado en consenso con la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, presidida por la diputada señora Clemira Pacheco .
Durante los últimos dos meses nos abocamos a estudiar el problema y a recopilar antecedentes, lo que nos permitió comprobar lo injusto que es para los adultos mayores recibir una pensión básica solidaria, porque ello los obliga a solicitar créditos, no siempre en las mejores condiciones para ellos. Además, detectamos diversas irregularidades en el otorgamiento de estos créditos que deben pagar durante muchos años, en circunstancias de que –reitero- muchos de ellos solo reciben una pensión de invalidez o una pensión básica solidaria, lo que limita su capacidad de pago.
Aquí estamos en presencia de un sufrimiento permanente de los adultos mayores y de sus familias. Tuvimos ocasión de conocer la realidad de muchos que solicitan créditos para pagar operaciones, problemas de salud de familiares e, incluso, estudios de sus hijos y nietos.
Por lo tanto, solicitamos a la ministradel Trabajo y Previsión Social y al superintendente de Seguridad Social que estudien una solución urgente para los adultos mayores que solicitaron créditos a las cajas de compensación con anterioridad a la entrada en vigencia de la circular N° 2.824, de 2012.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra el diputado Fuad Chahin .
El señor CHAHIN.-
Señor Presidente, seguramente cada uno de los diputados que está en este hemiciclo habrá oído hablar del verdadero drama que están viviendo decenas de miles de los adultos mayores más pobres de nuestro país que reciben una pensión básica solidaria, y que a menudo concurren a nuestras oficinas a contarnos su problema: llevan cinco o seis años pagando un crédito que solicitaron para poder pagar la universidad de un hijo o de un nieto, o el tratamiento de una enfermedad; incluso, algunos lo solicitaron a petición de algún familiar. El problema es que, a pesar haber pagado tres y cuatro veces el monto solicitado, todavía les queda un horizonte de muchos años para seguir pagando.
La verdad es que estamos ante un verdadero crimen social. En 2012, la Superintendencia de Seguridad Social reguló esta situación mediante la circular N° 2.824, que fijó ciertos criterios: los pensionados solo podrían solicitar créditos sociales de forma presencial; las tasas de interés cobradas a los pensionados debían ser menores a las aplicadas a los trabajadores, para las mismas condiciones; el porcentaje de descuento no podía ser superior al cinco por ciento de la pensión básica solidaria, y estableció restricciones a las renegociaciones y reprogramaciones, a fin de evitar abusos y mayor endeudamiento.
En la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, junto con su Presidenta, la diputada Clemira Pacheco , y los diputados Claudio Arriagada y Jorge Sabag , comprobamos que existe una situación que afecta gravemente a los adultos mayores que obtuvieron créditos con anterioridad a la entrada en vigencia de la circular señalada, debido a lo cual consideramos que es necesario corregir el problema y dar una solución a los cientos de miles de adultos mayores que se sienten absolutamente vulnerados en sus derechos.
Estamos hablando de las cajas de compensación, que, teóricamente, son instituciones sin fines de lucro. Dicen que con los intereses financian los “beneficios” que otorgan a sus afiliados; sin embargo, curiosamente, quienes menos acceden, por ejemplo, a los centros vacacionales, son precisamente los pensionados que reciben la pensión básica solidaria. De manera que los adultos mayores más pobres financian los beneficios que conceden a los menos pobres.
Me parece que es necesario corregir en forma urgente este drama social. Quiero decir claramente que esto ocurre, en particular, con la Caja de Compensación Los Héroes, que tiene como una de sus estrategias de negocios endeudar a los beneficiarios de la pensión básica solidaria.
Por eso, creo que es el momento de pedir al Ejecutivo que envíe un proyecto de ley que solucione este problema que afecta a miles de adultos mayores, que no marchan, que no salen a las calles y que muchas veces están enfermos y solitarios, viviendo su drama, al cual nosotros, en la Cámara de Diputados, debemos buscarle una solución.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar en contra del proyecto de resolución.
El señor ORTIZ.-
Pido la palabra.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra su señoría.
El señor ORTIZ.-
Señor Presidente, solo para solicitarle que recabe el acuerdo unánime de la Sala para que pueda intervenir la colega Clemira Pacheco , que es autora de este proyecto de resolución. Creo que es algo de justicia.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo unánime de la Sala para concederle la palabra a la diputada Clemira Pachecho ?
Acordado.
Tiene la palabra su señoría.
La señora PACHECO (doña Clemira).-
Señor Presidente, solo para pedir a los colegas que aprueben por unanimidad este proyecto de resolución.
Junto con reafirmar lo expresado por los colegas que han intervenido, quiero recordar que con la circular N° 2.824, de 2012, se avanzó algo en la regulación del problema que afectaba a los adultos mayores que estaban endeudados. Sin embargo, aún queda un gran número de ellos que siguen viviendo el problema porque no tienen los recursos necesarios para pagar los créditos que solicitaron con anterioridad a la entrada en vigencia de la circular señalada.
En la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación hemos estado trabajando en un proyecto de ley -ya lo conversamos con la ministra de Desarrollo Social- que regule las tasas que se aplican a los créditos que solicitan los adultos mayores más pobres.
Por lo tanto, pido a los colegas que aprueben por unanimidad este proyecto de resolución.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En votación el proyecto de resolución. Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobado.
INCLUSIÓN EN AGENDA LEGISLATIVA DEL GOBIERNO DE PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario dará lectura a la parte dispositiva del siguiente proyecto de resolución, en virtud del cual se solicita a su excelencia la Presidenta de la República se sirva incluir en la agenda legislativa del gobierno el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
El señor ROJAS (Prosecretario).-
Proyecto de resolución N° 133, de las diputadas señoras Jenny Álvarez , Maya Fernández , Loreto Carvajal ; del diputado señor Felipe Letelier ; de las diputadas señoras Karol Cariola , Daniella Cicardini , Clemira Pacheco , Alejandra Sepúlveda , y de los diputados señores Daniel Melo e Iván Flores, por el cual la Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a su excelencia la Presidenta de la República que incluya en la agenda legislativa del gobierno y que le asigne algún grado de urgencia a la tramitación del proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (boletín N° 266710), ingresado a tramitación el 6 de marzo de 2001, y que fuera aprobado por la Cámara de Diputados el 14 de agosto de ese mismo año.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra la diputada Jenny Álvarez .
La señora ÁLVAREZ (doña Jenny).-
Señor Presidente, el 6 de marzo de 2001, el gobierno del Presidente Ricardo Lagos ingresó a trámite legislativo el proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, más conocida por su sigla en inglés como Cedaw.
El 14 de agosto de ese mismo año fue aprobado en general y en particular por la Cámara de Diputados. Desde entonces duerme en la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado. Aunque ha pasado mucho tiempo, cada vez es más importante que Chile complete el proceso de ratificación de este instrumento internacional que, curiosamente, fue ratificado en 1989.
Ya en democracia, cuando el gobierno del Presidente Aylwin implementó el Sernam, estableció como una de las tareas del servicio la de proponer modificaciones constitucionales y legales que permitieron asegurar la igualdad de las mujeres ante la ley y “garantizar el cumplimiento de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificada por el Gobierno de Chile.”.
Desde entonces, Chile ha presentado cuatro informes y recibido numerosas observaciones destinadas a mejorar el cumplimiento de la Convención de parte del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, instancia utilizada para velar por su aplicación e integrada por personas expertas en la materia procedentes de 23 países.
Creemos que son muchas las razones para que, después de 24 años de ratificado y de 13 años de ser aprobado por la Cámara, le solicitemos al Ejecutivo que incluya en la agenda legislativa del gobierno y que le asigne algún grado de urgencia a la tramitación del proyecto de acuerdo antes señalado, toda vez que la Convención es considerada el principal instrumento jurídico internacional relacionado con los derechos de la mujer.
Por eso, invito a todas y a todos los colegas a votar a favor este proyecto de resolución.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Para hablar a favor del proyecto de resolución, tiene la palabra la diputada señora Loreto Carvajal .
La señora CARVAJAL (doña Loreto).-
Señor Presidente, me sumo a las palabras de la diputada Jenny Álvarez , quien ha propiciado este proyecto de resolución.
Hoy lamentamos una nueva víctima de femicidio, la número 34 en lo que va de 2014. Este triste hecho da cuenta de una legislación que no está acorde con los tiempos que corren, pues no ha protegido ni ha dado garantías suficientes para que las mujeres tengan oportunidades en el país. Para muestra un botón: nuestro Congreso Nacional exhibe una desigualdad tan manifiesta que se requieren cambios, por ejemplo, en el sistema binominal, incluyendo la denominada ley de cuotas.
La Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, según su sigla en inglés) hizo bastantes observaciones que, hasta la fecha, no se han concretado en nuestro sistema institucional.
En razón de las diferencias manifiestas que vivimos las mujeres, no solo en el ámbito político, sino también en el ámbito del trabajo, de la inclusión, de la protección y de las garantías básicas para vivir en un Estado de derecho donde se garantice, se promueva y se legisle en favor de la no discriminación de la mujer, solicito a mis colegas diputados aprobar por unanimidad este proyecto de resolución. Lo pido en nombre propio, en nombre de las parlamentarias, pero también en nombre de las 34 mujeres fallecidas durante este año y de las que seguramente fallecerán, porque hoy nuestra legislación es insuficiente, no da el ancho para proteger a la mujer ni siquiera de sus más cercanos.
Solicito la aprobación por unanimidad de este proyecto de resolución para que se dicten medidas conducentes, a fin de incorporar cualquier normativa a nivel nacional que permita garantizar los derechos de las mujeres en el quehacer del país y, sobre todo, la protección de sus derechos. Debemos tener la posibilidad de acceder a la justicia que hoy reclamamos todas nosotras.
Señor Presidente, solicito que recabe la unanimidad para aprobar este proyecto de resolución.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Para impugnar este proyecto de resolución, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
¿Habría acuerdo para aprobar por unanimidad el proyecto de resolución?
No hay acuerdo.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny ; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo ; Arriagada Macaya Claudio ; Auth Stewart Pepe ; Barros Montero Ramón ; Berger Fett Bernardo ; Boric Font Gabriel ; Cariola Oliva Karol ; Carmona Soto Lautaro ; Carvajal Ambiado Loreto ; Castro González Juan Luis ; Cicardini Milla Daniella ; Coloma Alamos Juan Antonio ; De Mussy Hiriart Felipe ; Fernández Allende Maya ; Fuentes Castillo Iván ; Gutiérrez Gálvez Hugo ; Hernández Hernández Javier ; Hernando Pérez Marcela ; Hoffmann Opazo María José ; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge ; Jaramillo Becker Enrique ; Jarpa Wevar Carlos Abel ; Kast Rist José Antonio ; Lemus Aracena Luis ; Lorenzini Basso Pablo ; Melo Contreras Daniel ; Monsalve Benavides Manuel ; Morano Cornejo Juan Enrique ; Núñez Arancibia Daniel ; Núñez Lozano Marco Antonio ; Ojeda Uribe Sergio ; Ortiz Novoa José Miguel ; Pacheco Rivas Clemira ; Pascal Allende Denise ; Pérez Arriagada José ; Poblete Zapata Roberto ; Provoste Campillay Yasna ; Rathgeb Schifferli Jorge ; Rincón González Ricardo ; Rivas Sánchez Gaspar ; Robles Pantoja Alberto ; Rocafull López Luis ; Saffirio Espinoza René ; Saldívar Auger Raúl ; Santana Tirachini Alejandro ; Sepúlveda Orbenes Alejandra ; Silber Romo Gabriel ; Trisotti Martínez Renzo ; Verdugo Soto Germán ; Walker Prieto Matías .
Se abstuvo el diputado señor Bellolio Avaria Jaime .
Los textos íntegros de los proyectos de acuerdo y de resolución figuran en la página de internet de la Cámara de Diputados, cuya dirección es: http://www.camara.cl/trabajamos/pacuerdos.aspx
VII.INCIDENTES
INFORMACIÓN SOBRE MONTOS, FISCALIZACIÓN Y ENTIDADES RECEPTORAS DE SUBVENCIONES EDUCACIONALES HACIA RECINTOS PENITENCIARIOS, Y SOBRE FUNCIONAMIENTO Y EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE ESCUELAS PENITENCIARIAS (OFICIOS)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Comunista.
Tiene la palabra, por tres minutos y medio, la diputada señorita Karol Cariola .
La señorita CARIOLA (doña Karol) .- Señor Presidente, quiero referirme a la educación penitenciaria en nuestro país.
Hace algunas semanas, en conjunto con el diputado Giorgio Jackson , con el vocero de la Cones, Ricardo Paredes , y con otros dirigentes estudiantiles y activistas de organizaciones, fuimos invitados por el padre Luis Roblero a conocer la Penitenciaría de Santiago y el proyecto de integración que desarrolla el Infocap.
Al conocer la cárcel desde su interior, ingresando al óvalo, a sus patios, a sus calles, a sus galerías e incluso a sus celdas, y después de compartir con los reos, pudimos comprobar cómo nuestra sociedad ha sido brutalmente incapaz de pensar en una solución digna para los reclusos, que contemple la educación, el trabajo y la reinserción social, para que la cárcel no sea el resumidero que la ciudad quiere ocultar.
Las personas recluidas, marginadas, hacinadas en un recinto que tiene una capacidad máxima para 2.500 personas y que está sobrepoblado a más del doble, nos reiteraron -casi al unísono- que lo que pedían era capacitación, estudio y oportunidades.
¡Qué mejor oportunidad que la educación para convertir a quienes la sociedad castiga como criminales, en hombres de bien, en trabajadores capacitados para reconstruirse a sí mismos! Para lograrlo, solo basta decisión y amor a las personas, no importando la condición en que se encuentren. Ese amor es el que tuvo Sergio Poblete cuando decidió fundar y encabezar la Escuela Penitenciaria para Reclusos, de la cual fue su director durante muchos años.
Sin embargo, estas iniciativas también se han visto afectadas por la educación de mercado, desincentivando a los reos a participar de ellas, o simplemente no prestando el servicio para el cual se desarrollaron convenios entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia.
¿Es posible que se lucre con la educación penitenciaria? Es posible, y es terrible tener certeza de que eso puede ocurrir. Se trata de un público literalmente cautivo; no se requiere inversión, pues la infraestructura es de propiedad fiscal, administrada por Gendarmería y bajo la supervisión presupuestaria absoluta del Ministerio de Justicia, a pesar de lo cual recibe subvención como cualquier otro establecimiento educacional.
Quiero hablar en particular de Coresol, corporación estrechamente vinculada a la Sofofa, que recibe directamente subvención educacional. En su página web cuadra los números contando cuánto les cuesta educar a un reo.
Quiero saber qué se hace con recursos de todos los chilenos que el Estado destina para reformar a quienes están pagando por los delitos cometidos, y que pueden encontrar en la educación una verdadera oportunidad no solo para ellos, sino también para sus familias.
Muchos de los presos con los que conversamos en la penitenciaría nos decían que son analfabetos, que no saben ni siquiera construir un mueble, que nunca nadie se lo ha enseñado; incluso más, que nunca nadie les ha dicho lo que significa robar y cometer un delito, que es una de las muchas razones por las que cientos de jóvenes se encuentran recluidos en las cárceles sin ninguna oportunidad.
Por todo lo anterior, solicito que se oficie al ministro de Educación para que dé cuenta detallada de los flujos de dinero correspondientes a subvenciones educacionales hacia recintos penitenciarios, e informe a quiénes iban destinados esos recursos, cómo debiesen haberse invertido, si se fiscaliza a los receptores de esos fondos y cuáles son los resultados obtenidos.
También solicito que se oficie al ministro de Justicia para que informe cuáles son las entidades encargadas de la educación penitenciaria, los proyectos que desarrollan y su cumplimiento, los montos que se invierten y los resultados en reinserción y en rehabilitación, en especial en lo que respecta al caso de Coresol.
Por último, pido que se oficie al director nacional de Gendarmería de Chile para que indique cuáles son las escuelas penitenciarias en funcionamiento, la cantidad de alumnos que tienen y la asistencia que presentan, la infraestructura con la que cuentan, como también los materiales que se utilizan y la manera en que se proveen. Del mismo modo, solicito que informe sobre las estadísticas que maneja respecto del cumplimiento de las entidades educacionales presentes al interior de los recintos penitenciarios.
Es una necesidad del país y de los distintos poderes del Estado hacernos cargo de esta situación.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican a la Mesa.
PRONUNCIAMIENTO SOBRE SOLICITUD DE ASOCIACIÓN NACIONAL DE FUNCIONARIOS PENITENCIARIOS, PROVINCIAL CHILOÉ. DESTINACIÓN DE DOTACIÓN COMPROMETIDA PARA 2015 Y REPOSICIÓN DE VEHÍCULOS DE GENDARMERÍA (OFICIOS)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En el tiempo de Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Santana .
El señor SANTANA.-
Señor Presidente, quiero exponer la situación del personal de Gendarmería de los centros de detención preventiva de las comunas de Castro y de Ancud.
Recibí una copia de la carta que remitió la directiva provincial de Anfup Chiloé al director nacional de Gendarmería de Chile, en la que solicitan mayores recursos humanos en razón de la implementación de la Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios en la provincia de Chiloé, circuito cerrado de televisión y brigada especial contra incendios en el Centro de Detención Preventiva de Castro.
Para la creación de la Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios provincial se destinaron siete funcionarios que provenían de los centros de detención preventiva de Ancud y de Castro, lo que debilitó ambas unidades penales. Sin embargo, aun así, a juicio de la Anfup Chiloé, no se cubren las necesidades de dotación de la Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios, en virtud de las múltiples salidas que deben hacer los funcionarios a tribunales. En Castro deben prestar servicios en dos salas del juzgado de garantía y en una sala del tribunal oral en lo penal. Para ello, se destinan diariamente, a lo menos, cuatro funcionarios, a fin de cubrir en promedio quinientas audiencias mensuales y noventa controles de detención, solo en el tribunal de garantía; además, deben asistir a los juicios orales que se llevan a cabo cada mes.
Son bien conocidas la situación geográfica de la isla de Chiloé y las dificultades que tienen algunos servicios para desplegarse a lo largo de ella para cumplir sus funciones. Gendarmería no escapa a esa situación, pues también desde la capital provincial sus funcionarios deben concurrir a cumplir sus funciones en el juzgado de garantía de Quellón y de Quinchao.
La Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios de Chiloé no cuenta con un carro fiscal, sino con un carro celular en el Centro de Detención Preventiva de Castro. En el caso de Ancud, el carro que posee la institución se encuentra a préstamo desde la cárcel de Castro, pues no posee un carro fiscal.
Por otra parte, a mediados de diciembre se encontraría en funcionamiento el circuito cerrado de televisión en la cárcel de Castro; sin embargo, no se ha considerado el aumento de dotación de personal necesario para encargarse del monitoreo de las treinta y cinco cámaras incorporadas en ese proyecto, iniciado el 23 de octubre de 2014.
Sin lugar a dudas, lo expresado por la Anfup Chiloé no escapa a algunas realidades que se viven a lo largo del país. Por ello, se busca incrementar la dotación de Gendarmería para los efectos de no otorgar multiplicidad de funciones a su personal, toda vez que la seguridad de los internos, de los gendarmes y de la ciudadanía debe estar por sobre todas las cosas.
Por las razones expuestas, pido que se oficie al ministro de Justicia, señor José Antonio Gómez , y al director nacional de Gendarmería de Chile, señor Juan Letelier , a fin de que se pronuncien sobre la solicitud realizada por la Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios, provincial Chiloé, y de que den a conocer las cifras de destinación de la dotación de 1.756 efectivos comprometidos para 2015, en razón de la aplicación de la ley N° 20.426, como asimismo el detalle de la reposición de 41 vehículos que hará Gendarmería sobre la base del proyecto de Ley de Presupuestos para 2015.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados y las diputadas que así lo indican a la Mesa.
IMPLEMENTACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE PLAN ANUAL DE CALENDARIZACIÓN DE FUMIGACIONES REGIONALES EN LUGARES CERCANOS A PREDIOS DE PRODUCCIÓN APÍCOLA (OFICIO)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .
El señor RATHGEB.-
Señor Presidente, pido que se oficie al ministro de Agricultura, a fin de que coordine acciones con el director del Servicio Agrícola y Ganadero, el director ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal y el director nacional del Indap, para abordar la situación que afecta la producción apícola a nivel nacional.
La fumigación con pesticidas es uno de los principales factores de pérdida de la población de abejas en el país, particularmente en la Región de La Araucanía. Por ello, propongo que se adopten las siguientes medidas:
Aprobar y ejecutar un protocolo para elaborar una calendarización anual de fumigaciones regionales, y para recopilar información que permita la fiscalización del uso de pesticidas cerca de predios dedicados a la producción apícola.
Aplicar dicha calendarización a empresas grandes, medianas y pequeñas, e indicar el rubro forestal o frutícola que desarrollan.
Disponer que la calendarización sea confeccionada, administrada y fiscalizada por el Servicio Agrícola y Ganadero a partir de la información aportada por los mismos productores frutícolas y forestales. En otras palabras, solicito que dicha tarea sea incluida entre las labores del servicio.
Estamos ante una situación compleja que afecta a mi Región de La Araucanía. Apicultores de Angol, Renaico , Collipulli , Los Sauces , Purén , Traiguén , Lumaco , Victoria, Lautaro , Toltén y de otras comunas, ven con preocupación la pérdida, en forma severa, de las abejas, lo que afecta tanto la producción de miel como la polinización.
Se trata de un tema que debemos abordar no solo desde el punto de vista sectorial, sino también a nivel integral, de modo de evitar la disminución de este insecto que contribuye a la agricultura y a la producción de miel a nivel nacional.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados y las diputadas que así lo indican a la Mesa.
PREOCUPACIÓN POR MEDIDAS, PLAZOS E INVERSIONES GUBERNAMENTALES ANTE AUMENTO DE LA DELINCUENCIA (OFICIO)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .
El señor BERGER.-
Señor Presidente, considero una pésima señal para los vecinos que tratamos de vivir en paz y en armonía junto a nuestras familias, el aumento sin precedentes que ha tenido la delincuencia en lo que va de 2014, el peor resultado en los últimos 14 años en nuestro país.
El aumento de la victimización y de la sensación de temor de los vecinos no puede continuar siendo indiferente para este gobierno.
Si alguien aún no está al tanto, me permito mencionar que según el último informe de victimización de la Fundación Paz Ciudadana y de Adimark, el delito alcanzó una cifra histórica.
Nadie puede alegrarse de que el gobierno lo esté haciendo pésimamente mal en materia de seguridad pública, porque este mal trabajo termina repercutiendo en nuestros vecinos, que cada vez deben vivir más entre rejas, mientras los delincuentes hacen de las suyas por las calles.
El problema es claro: el gobierno se ha preocupado de advertir la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio.
Entre tanto, la delincuencia ha reaccionado y se ha escapado de las manos y de los dedos por culpa de las señales erráticas que ha venido dando hasta ahora el actual gobierno para ponerle freno.
Estimados colegas, seamos francos: el gobierno ha sido incapaz de fijar una agenda clara para combatir la delincuencia y menos para proteger a las víctimas de delitos, lo que termina sembrando incertidumbre e indefensión en la comunidad.
Por lo tanto, creo que es tiempo de que el ministro del Interior se ponga serio.
Por ello, pido que se oficie al titular de la cartera de Interior y Seguridad Pública, a fin de que explique las acciones concretas que emprenderá para revertir esta malísima señal que está afectando a nuestros compatriotas, y de que nos informe sobre los plazos y las inversiones asociadas a tal propósito.
A los chilenos no nos interesa escuchar más discursos de buena crianza ni eslóganes publicitarios. Queremos medidas concretas para solucionar un problema real. Hasta ahora las decisiones ministeriales han sido, a mi juicio, poco acertadas, y la agenda, pobre e imprecisa para combatir el aumento de la delincuencia. No hemos visto señal alguna desde el Ejecutivo que haga pensar que esta situación va a cambiar.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados y las diputadas que así lo indican a la Mesa.
INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DE EVENTUALES PRÁCTICAS ABUSIVAS DE CARABINEROS CONTRA ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD ARCIS (OFICIOS)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado Pepe Auth .
El señor AUTH.-
Señor Presidente, no sé si la cámara del canal de televisión alcanza a captar las fotografías que tengo en mis manos y que estoy exhibiendo. En ellas se pueden apreciar los impactos de perdigones que recibió un estudiante en su espalda y en su cabeza. Esto ocurrió el 1 de octubre al interior de la Universidad Arcis.
Entiendo perfectamente las dificultades que pueda tener Carabineros y el contexto de conflicto que se vive cuando corresponde establecer límites, llegado el momento de contener o de reprimir una manifestación. Pero francamente es incomprensible que los carabineros que detuvieron e inmovilizaron a un muchacho que participaba en la manifestación, esperaran la llegada de su capitán para que este le disparara perdigones en la espalda con su escopeta. Por supuesto, a la distancia en que fueron disparados, los perdigones penetraron de manera peligrosa, debido a lo cual el joven debió ser trasladado gravemente herido al hospital, donde permaneció varios días.
Podrá decirse que el joven portaba una molotov; no lo sé. Lo cierto es que, posteriormente, los dos muchachos detenidos en esa jornada fueron liberados sin ningún cargo.
Por ello, me pregunto qué puede motivar un nivel de abuso de esa naturaleza.
Soy simpatizante de Carabineros de Chile; acabo de aprobar con entusiasmo en la instancia respectiva su presupuesto para aumentar y renovar su parque vehicular y su tecnología. Sin embargo, no estoy de acuerdo con que el poder se use de manera desmedida, que haya abusos en el uso de fuerza y que no exista respeto por la legalidad ni por los protocolos establecidos. Me imagino que no existe ningún protocolo que permita que un carabinero o un capitán dispare por la espalda a un estudiante que corre o a un estudiante que ya se encuentra inmovilizado por otros carabineros.
Quiero manifestar mi indignación frente a estos hechos y pedir que se oficie al general director de Carabineros y al ministro del Interior, a fin de que investiguen y expliquen lo acaecido el 1 de octubre en la Universidad Arcis.
Si los hechos ocurrieron como los estoy describiendo, francamente no veo razón alguna que pudiera justificar dispararle perdigones a un estudiante inmovilizado; tampoco veo razón alguna para dispararle por la espalda a un estudiante que corre. No imagino que pueda estar en el protocolo de Carabineros de Chile un procedimiento de esa naturaleza.
Si llegara a existir aquello, solicito que se proscriba toda violencia innecesaria de los protocolos policiales, porque es injustificable. Asimismo, pido que se apliquen las sanciones correspondientes si se determina que existió abuso policial en el caso descrito.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de las diputadas y los diputados que así lo indican a la Mesa.
INFORMACIÓN SOBRE ESTADO DE AVANCE, MOTIVO DE RETARDO Y FECHA ESTIMADA DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE CIERRES PERIMETRALES POSTULADOS POR COMITÉ DE SEGURIDAD “100% SEGURIDAD”, VILLA JAIME EYZAGUIRRE, COMUNA DE MACUL (OFICIO)
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Ramón Farías .
El señor FARÍAS.-
Señor Presidente, hace unos días se contactó con mi equipo de trabajo la señora Bernardita Riquelme Ramírez , presidenta del comité de seguridad “100 % Seguridad”, de la villa Jaime Eyzaguirre , de la comuna de Macul.
Como señala su nombre, el comité tiene por objetivo velar por la seguridad de sus miembros y vecinos de la mejor forma posible. Una de las medidas adoptadas en ese sentido por el comité fue la presentación de dos proyectos de cierres perimetrales, los que fueron postulados al Serviu, proceso que se inició con fecha 24 de junio de 2013 y que fue aprobado el 19 de diciembre del mismo año.
Desde ahí comenzó un largo camino que a la fecha aún no termina. Una de las principales razones que se han dado es que no se puede seguir construyendo dichos cierres porque falta el trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República. Posteriormente, no se aprobó la resolución exenta Nº 112, del Serviu, de 20 julio de 2014, por parte de la Contraloría General de la República, que establecía el “Convenio de suministro para la provisión e instalación de cierres perimetrales y estructuras de soporte en condominios de viviendas sociales”, dado que el ente contralor estimó que necesitaba correcciones.
Finalmente, tras un nuevo intento, fueron presentados nuevamente los antecedentes a la Contraloría General de la República, esta vez con el folio Nº 154, y, posteriormente, retirados por el Serviu, servicio que hasta la fecha no los ha vuelto a presentar.
Cabe señalar que los postulantes realizaron aportes en dinero a nombre del Serviu, tal como se requiere, para poder obtener el cierre de sus propiedades.
Claramente, como expresan los vecinos afectados, el hecho de llevar más de un año con esta tramitación representa un abuso y una falta de seriedad que atenta contra la seguridad y la tranquilidad de los vecinos de la villa Jaime Eyzaguirre .
En razón de lo anterior, solicito que se oficie al director del Serviu Metropolitano, señor Luis Alberto Pizarro , para que informe a esta Corporación sobre el estado, instancia de tramitación, motivo del retardo y fecha estimada de cumplimiento de la ejecución de los proyectos de cierres perimetrales, postulados por el comité de seguridad “100 % Seguridad”, de la villa Jaime Eyzaguirre , de la comuna de Macul.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con la adhesión de los diputados y las diputadas que así lo indican a la Mesa.
HOMENAJE A COMUNA DE TALCAHUANO EN CONMEMORACIÓN DEL 250º ANIVERSARIO DE SU FUNDACIÓN
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Cristián Campos .
El señor CAMPOS.-
Señor Presidente, quiero aprovechar este espacio para hacer un homenaje a la comuna, ciudad y puerto de Talcahuano, que el 5 de noviembre cumple 250 años.
Situada entre dos protegidas bahías, Talcahuano presenta un emplazamiento geográfico único, que le permite contar con dos puertos de aguas abrigadas y profundas.
En el siglo XVII ya era posible advertir numerosas embarcaciones mercantes y de guerra recaladas en su bahía. Luego, la actividad portuaria permitió que el 5 de noviembre de 1764, el gobernador señor Antonio de Guill y Gonzaga declarase esta bahía como puerto de registro, surgidero y amarradero de los navíos.
En el siglo XIX arribaban naves de todo el mundo, por lo que se instalaron en este puerto las principales agencias navieras, como la Compañía Sudamericana de Vapores, la Compañía Interoceánica y la Compañía Naviera del Pacífico.
En 1895, con la creación del apostadero naval, se inició en el puerto la reparación de naves mercantes y de guerra, y, con ello, se establecieron los primeros cimientos de lo que más tarde se conocería como los Astilleros y Maestranza de la Armada (Asmar).
En 1946, el desarrollo de la ciudad tomó un nuevo impulso con la instalación y puesta en marcha de la usina de Huachipato. Desde entonces, este puerto experimentó una transformación económica sustantiva, que repercutió profundamente en el desarrollo nacional y regional.
Junto a Huachipato se instaló una serie de industrias anexas y complementarias, tales como la refinería de petróleo (Enap Biobío), la planta de Cementos Biobío y el complejo industrial petroquímico.
Paralelamente, en la década de los sesenta, se emplazaron en Talcahuano industrias pesqueras. En la actualidad, se concentran en su bahía las empresas nacionales más importantes del rubro. Por lo tanto, en un corto período se ubicaron en la comuna más de seiscientas industrias medianas y pequeñas, y cuarenta grandes industrias.
Hoy, en pleno siglo XXI, después de un terremoto y un maremoto que azotaron y sacudieron el país el 27 de febrero de 2010, Talcahuano ha tenido que enfrentar un desafío de escala mayor: la reconstrucción vial y de viviendas. Han transcurrido cuatro años, y lo ocurrido todavía genera un gigantesco dolor en quienes lo sufrieron.
En la actualidad, los siguientes desafíos tienen por objeto consolidar a Talcahuano como uno de los grandes puertos de Latinoamérica: la construcción del tercer dique en Asmar, la inversión real en una plataforma logística que dé valor al puerto, el desarrollo real de sus cerros, lugar en el que viven cerca de 50.000 personas, y un desarrollo urbano no solo de algunos sectores, sino de toda la ciudad.
Por lo expuesto, desde la Cámara de Diputados hago este reconocimiento a la ciudad de Talcahuano, a cuyos ciudadanos represento desde el 11 de marzo de 2010; a sus dirigentes sociales, a los trabajadores, al mundo sindical y a las autoridades cívico-militares que se emplazan en nuestra gran Segunda Zona Naval.
Asimismo, saludo cordialmente al actual alcalde, señor Gastón Saavedra Chandía , y al honorable concejo, integrado por la señora Mireya Gallardo y los señores Leocán Portus , Jaime Peñailillo , Gustavo Medel , Hernán Pino , Francisco Vera , Erick Vergara y Abel Contreras , quienes junto a grandes autoridades que han pasado por nuestra ciudad-puerto, como el exalcalde señor Leocán Portus Govinden , han hecho de Talcahuano una ciudad especial. Existe una deuda con la comuna, que esperamos que el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet retribuya con una alta inversión pública, a fin de mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
Talcahuano es conocido no solo por el mítico y legendario estadio El Morro, que alberga al Club de Deportes Naval de Talcahuano; por tener el principal museo flotante de Chile: el monitor Huáscar; por tener la potente Segunda Zona Naval, que alberga a la familia de la Armada, o por tener el hermoso recinto deportivo denominado la Tortuga de Talcahuano, que permitió desarrollar el emblemático Campeonato Mundial de Patín Hockey en la década de los ochenta; también es conocido porque alberga a 200.000 personas que tienen una calidez humana, profesional y social que hace de Talcahuano una ciudad rica, pujante y emblemática en el Gran Concepción.
Por eso, envío mis saludos y afecto a su gente, a sus niños, a sus adultos mayores, en fin, a quienes forman parte de la rica comuna de Talcahuano en lo humano, en lo social y en lo laboral.
Feliz cumpleaños, Talcahuano.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Se enviará copia de su intervención a las autoridades mencionadas por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
Se levantó la sesión a las 14.10 horas.
VIII.ANEXO DE SESIÓN
COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES
Se abrió la sesión a las 13.46 horas.
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
CONSIDERACIÓN DE PETITORIO DE SINDICATO DE BOTEROS EN DISEÑO DE PROYECTO DE PARQUE DE MITIGACIÓN FLUVIAL DE CONSTITUCIÓN (OFICIO)
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Pedro Pablo Álvarez-Salamanca .
El señor ÁLVAREZ-SALAMANCA.-
Señor Presidente, hace unos días me reuní en la ciudad de Constitución con un grupo de integrantes del Movimiento Pro Defensa del Muelle Fiscal, encabezados por los dirigentes del sindicato de boteros Los Faluchos, quienes me manifestaron su preocupación por cómo se está llevando a cabo el proyecto del Parque de Mitigación Fluvial de Constitución.
Ellos solicitan mayor participación en el proceso, para lo cual elaboraron un petitorio que consta de tres puntos que, a juicio nuestro y de ellos, es importante que sean considerados por la institución a cargo de dicho proyecto: el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
En el primer punto del petitorio solicitan que el proyecto de Parque de Mitigación incluya la reposición del Muelle Fiscal del río Maule, como centro de encuentro, polo de desarrollo productivo y patrimonio histórico y cultural de la comuna de Constitución.
En el segundo punto solicitan la modificación del proyecto de parque fluvial y borde río, en lo que dice relación con la instalación del puente que conecta la ciudad de Constitución con la isla Orrego, para su eliminación, debido a que atenta contra el desarrollo de las actividades productivas propias del río Maule, donde laboran boteros y pescadores artesanales, quienes se verían afectados por la construcción de la mencionada pasarela.
Finalmente, demandan una participación real en los procesos de diseño de los diversos proyectos que se consideren para esa comuna, y en todo lo que diga relación con la afectación de las actividades productivas tradicionales que se desarrollan a orillas del río Maule, donde han crecido muchas familias de la zona.
En consecuencia, señor Presidente, junto con hacerle entrega del petitorio, solicito que se oficie a la ministra de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de que nos informe cómo se llevará a cabo el proyecto del Parque de Mitigación Fluvial de Constitución y si en él se consideran los tres puntos del petitorio que he mencionado, que pido que se adjunte al oficio.
He dicho.
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención y con la adhesión de los parlamentarios que así lo manifiestan y de quien preside.
INVESTIGACIÓN DE IRREGULARIDADES EN ADMINISTRACIÓN DE POZOS DE AGUA DE LA LIGUA Y LLAY‐LLAY (OFICIOS)
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Cristián Urízar .
El señor URÍZAR.-
Señor Presidente, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, señor Alberto Undurraga ; al director nacional de Obras Hidráulicas; al director general de Aguas, y al ministro del Interior, señor Rodrigo Peñailillo , a fin de hacerles presente lo siguiente.
En la Región de Valparaíso se ha cometido una serie de irregularidades, que me han llevado a hacer una presentación ante la fiscalía de la Quinta Región para que las investigue, que dan cuenta de una relación bastante complicada entre la Dirección de Obras Hidráulicas y la empresa sanitaria Esval , como consecuencia de la administración de pozos de agua en las comunas de La Ligua y de Llay Llay.
El pozo El Lobino, ubicado en la comuna de La Ligua, ha sido entregado para su administración y explotación a la empresa de obras sanitarias Esval . Mediante un convenio, dicha empresa entregó a la Dirección de Obras Hidráulicas una camioneta marca Nissan, modelo 4x4, para uso del director regional, situación absolutamente irregular y que claramente no corresponde.
Por otro lado, se han utilizado pozos de agua de manera indiscriminada, sin que se tenga claridad acerca de los flujos que poseen. Por lo tanto, no existe una relación de cobro entre Esval y la Dirección de Obras Hidráulicas.
Por último, cabe señalar que actualmente Esval tiene una deuda importante con la Dirección de Obras Hidráulicas; sin embargo, a pesar de que la deuda fue asumida por la empresa sanitaria, esta no ha dado fecha ni plazo para pagarla. Por lo tanto, se trata de una situación irregular, porque esa situación data de hace más de dos años.
Espero que las autoridades señaladas tomen cartas en el asunto. Dejaré a disposición de la Secretaría una serie de documentos, entre ellos, la presentación hecha ante la Fiscalía Regional de Valparaíso, en la que se explican esta y otras situaciones, como asimismo la enviada a la Contraloría Regional de Valparaíso.
He dicho.
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
DISEÑO DE COLECTORES DE AGUAS LLUVIA EN LOCALIDAD DE ARTIFICIO, COMUNA DE LA CALERA (OFICIO)
El señor URÍZAR.-
Señor Presidente, quiero referirme a una situación puntual que afecta a los vecinos agrupados en la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Artificio, comuna de La Calera. Me refiero al hecho de que no cuentan con colectores de aguas lluvia desde hace muchos años. En consecuencia, cada vez que se producen situaciones climáticas complicadas en invierno se inundan las calles y hogares de alrededor de 10.000 habitantes del lugar, lo que les genera muchas complicaciones para transitar por el sector o trasladarse hacia otras zonas. Por tanto, los vecinos han planteado desde hace muchos años la posibilidad de llevar adelante un proyecto de diseño del colector de aguas lluvia que requieren, lo cual no ha ocurrido.
Por eso, solicito que se oficie al seremi de Obras Públicas de la Región de Valparaíso, a fin de que me informe si existe o no un proyecto en ese sentido. Si existe, pido que indique de dónde se obtendrán los recursos para su construcción. Los integrantes de la Unión Comunal de Junta de Vecinos de Artificio quieren saber con claridad si esa situación se podrá solucionar en algún momento. Los vecinos viven en una situación complicada desde hace mucho tiempo, en razón de lo cual esperan que se les dé una respuesta.
Solicito que se envíe copia de mi intervención a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Artificio. Espero que la seremi de Obras Públicas dé respuesta a nuestra solicitud en el plazo más breve posible.
He dicho.
El señor ROBLES (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE POSTERGACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE PROYECTO DE BIOMETANO EN INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (OFICIOS)
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Alberto Robles .
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, desde hace bastante tiempo el señor Raúl Bugley , vecino de Huasco, presentó al Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) un proyecto sobre uso de biometano, a fin de que fuera registrado como de su propiedad. Se trata de una iniciativa muy interesante, que tuve la oportunidad de conocer, que permite la obtención de gas a partir de desechos orgánicos. El Inapi ha postergado su incorporación al registro desde hace mucho tiempo. Llevamos, incluso, años esperando que esa situación sea resuelta, pero no se ha dado respuesta alguna.
Por lo tanto, solicito que se oficie al director del Inapi a fin de que me informe por qué no ha tomado en consideración ni ha incorporado el proyecto sobre uso de biometano, del señor Raúl Bugley , al registro de propiedad industrial.
Pido que se envíe copia de mi intervención al señor Raúl Bugley .
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE DESVINCULACIÓN DE FUNCIONARIO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN DE QUILPUÉ (OFICIOS)
El señor ROBLES.-
Señor Presidente, el 17 de septiembre del presente año se desvinculó de la Corporación Municipal de Educación de Quilpué al funcionario señor Luis Céspedes Castillo . No entiendo las razones que motivaron ese hecho, por cuanto ni en su hoja de vida ni en su currículo figura algo que amerite su despido. Más bien, creo que se trata de un tema de otro orden.
Por tanto, solicito que se oficie al director de la Corporación Municipal de Educación de Quilpué, a través del ministro de Educación, a fin de que me informe claramente los motivos del referido despido.
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE DESPIDO DE PERSONAL DE COMPAÑÍA MINERA DEL PACÍFICO EN HUASCO (OFICIOS)
El señor ROBLES.-
En otro orden de cosas, solicito que se oficie a la ministra del Trabajo y Previsión Social, a través de la seremi de Trabajo de la Región de Atacama, con copia de mi intervención a la gerencia de la Compañía Minera del Pacífico, a fin de que informen las razones por las cuales esta empresa está despidiendo a su personal en la comuna de Huasco.
La CMP ha obtenido importantes ingresos por concepto de su operación del mineral de hierro durante los últimos años. Por cierto, este año tiene vendida prácticamente toda su producción, lo que le ha reportado muy buenas utilidades. Sin embargo, ha despedido a lo menos a siete trabajadores de la planta de pellets de Huasco, y a siete más de la planta Los Colorados. A mi juicio, no existe razón alguna que justifique esa medida con los trabajadores de nuestra región.
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE BAJAS DE VOLTAJE EN SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LOCALIDADES DE COMUNA DE ALTO DEL CARMEN, PROVINCIA DE HUASCO (OFICIO)
El señor ROBLES.-
Solicito que se oficie al superintendente de Electricidad y Combustibles, a fin de que me informe acerca de las razonas por las cuales la empresa Emelat está entregando tan mal servicio en la comuna de Alto del Carmen, en particular en la localidad de El Tránsito y en los sectores aledaños. Desde hace bastante tiempo, la empresa entrega menos voltaje del que corresponde, lo que afecta a muchas personas, especialmente a los pequeños comerciantes de la localidad. Se me ha informado que la baja de voltaje e, incluso, los cortes de electricidad que se producen en forma reiterada han ocasionado muchos perjuicios a los comerciantes, puesto que les ha impedido mantener la cadena de frío de los productos lácteos, de las carnes y de otros que la requieren, lo que se ha traducido en pérdidas cuantiosas. Sin duda, me parece una situación inaceptable. Pido, además, que se me informe sobre las causas del deterioro de las máquinas de esos comerciantes, como consecuencia de los cortes de electricidad que ha ocasionado la empresa Emelat .
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
EXPLICACIÓN POR POSTERGACIÓN DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE PACIENTE AFECTADO POR TUMOR ENDONASAL (OFICIO)
El señor ROBLES.-
Por último, solicito que se oficie a la ministra de Salud, a fin de que me informe las razones por las cuales el paciente señor Aldo Segundo Bacho Cereceda , RUT 9.874.479-7, afectado por un tumor endonasal, aún no ha sido operado. El paciente ha estado esperando ser atendido por más de seis meses. Incluso, según constaté, el tumor le está afectando el maxilar superior izquierdo. En verdad, me parece inaceptable que espere tanto tiempo sin ser operado en la red de salud pública. Entiendo que esa patología no está considerada dentro de las enfermedades cubiertas por el Plan AUGE, pero razones humanitarias y desde el punto de vista de la atención médica obligan a hacer las cosas en forma oportuna.
Don Aldo Segundo Bacho Cereceda no está recibiendo una atención de salud oportuna. Por ello, estimo que el Ministerio de Salud debería informar al respecto. El paciente hoy se encuentra hospitalizado en la Fundación Arturo López Pérez .
He dicho.
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PRESUNTA NEGLIGENCIA MÉDICA POR MUERTE DE VECINO DE CORONEL (OFICIOS)
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado Marcelo Chávez .
El señor CHÁVEZ.-
Señor Presidente, solicito que se oficie al director del Servicio de Salud Concepción, dependiente de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Biobío, a fin de que informe sobre la presunta negligencia médica que afectó al padre de la señora Soraya García Neira , domiciliada en calle Bilbao Nº 363, comuna de Coronel.
Dejaré a disposición de la Secretaría una serie de documentos en los que se hace una relación de hechos sobre esta eventual negligencia médica que habría provocado el fallecimiento del padre de la señora Soraya García .
Solicito que el Servicio de Salud Concepción entregue todos los antecedentes de que disponga en relación con este lamentable hecho.
Pido que se envíe copia de mi intervención a la señora Soraya García , cuyos datos dejaré a disposición de la Secretaría.
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
FUNDAMENTOS DE DENEGACIÓN DE DECLARACIÓN DE MUERTE EN ACTO DE SERVICIO DE FUNCIONARIO DE LA ARMADA (OFICIOS)
El señor CHÁVEZ.-
Señor Presidente, por otra parte, solicito que se oficie al ministro de Defensa Nacional y al comandante en jefe de la Armada, a fin de que nos informen respecto de la reclamación presentada por la señora Julia del Carmen Parra Riffo , domiciliada en calle Yanka Nº 2109 , sector Escuadrón , comuna de Coronel, viuda del cabo 1º de la Armada de Chile, Juan Carlos Lagos Muñoz , debido a que la institución denegó la declaratoria de muerte en acto de servicio del uniformado, tal como lo había requerido su viuda.
De haberse conferido esa declaración, sus familiares habrían obtenido los beneficios previsionales y económicos correspondientes. Sin embargo, tanto el Ministerio de Defensa como la Armada, en reiteradas ocasiones, han declarado que no ha lugar el establecimiento de esa declaración.
Pido que el ministro de Defensa Nacional y el comandante en jefe de la Armada nos informen sobre los fundamentos que tuvieron a la vista para denegar la declaratoria de muerte en acto de servicio del cabo 1º de la Armada de Chile, Juan Carlos Lagos Muñoz , pues de acuerdo con los antecedentes de que dispongo, y conforme a mi criterio, calificaría en dicha circunstancia.
Pido que se envíe copia de mi intervención a la señora Julia del Carmen Riffo .
He dicho.
El señor URRUTIA, don Osvaldo (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención.
INFORMACIÓN SOBRE FACTIBILIDAD DE INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA A PACIENTE CON ARTROSIS EN HOSPITAL GUSTAVO FRICKE (OFICIOS)
El señor CHÁVEZ (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia .
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, el 4 de marzo de 2013, al señor Ángel Bustamante Ojeda , vecino de la comuna de Viña del Mar, luego de haberse efectuado exámenes médicos en el hospital Gustavo Fricke de esa comuna, le prescribieron que debía operarse de la rodilla derecha porque padece de una grave artrosis y que, por lo tanto, debía contactarse con personal médico a partir de abril de 2013 para agendar una hora y proceder a la correspondiente cirugía.
Sin embargo, luego de veinte meses de espera, la condición del señor Ángel Bustamante Ojeda se ha deteriorado al punto de que ha sufrido accidentes a causa del mal estado de su rodilla. A ello se suman las permanentes molestias y dolores con que debe vivir cotidianamente.
Por la situación expuesta, solicito que se oficie al director del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, al secretario regional ministerial de Salud y al director del hospital Gustavo Fricke , con el objeto de que nos informen sobre la factibilidad de proceder a la brevedad a la cirugía de artrosis del señor Ángel Bustamante Ojeda , RUT Nº 4.380.5460, sin perjuicio de que el personal del referido hospital tome contacto con él para atenderlo a la brevedad.
El señor CHÁVEZ (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.
INFORMACIÓN SOBRE PROGRAMA DE DISEÑO DE CICLOVÍAS URBANAS (OFICIO)
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente, la señora ministra de Vivienda ha informado recientemente que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha terminado de elaborar el Manual de Diseño de Ciclovías Urbanas y ha anunciado que se van a construir, en los próximos años, ciento noventa kilómetros de ciclovías en treinta y dos ciudades del país, lo que implica una inversión superior a los 40.000 millones de pesos.
Pido que la ministra nos informe en qué ciudades se van a construir las ciclovías; cuántos kilómetros de ciclovías se construirán en cada una de las treinta y dos ciudades reitero: aún no se sabe de qué ciudades se trata; qué inversión se hará en ellas, y en qué fecha se iniciarán las licitaciones correspondientes. Asimismo, solicito que nos informe si el programa comenzará este año y terminará durante la actual administración, o si solo se trata de un anuncio respecto del cual no se han establecido tiempos ni plazos.
Pido que la ministra nos remita el manual de diseño de ciclovías elaborado por los profesionales del Minvu, con el objeto de conocer en detalle el nuevo diseño para ese tipo de vías, toda vez que afectan el desarrollo de las ciudades.
He dicho.
El señor CHÁVEZ (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por su señoría.
Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.
Se levantó la sesión a las 14.06 horas.
Guillermo Cumming Diaz
Jefe Subrrogante de Redaccion de Sesiones.
IX.DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1. MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PESCA ARTESA‐ NAL Y DE LA ACUICULTURA DE PEQUEÑA ESCALA, INDESPA . (BOLETÍN N° 9689‐21)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley que crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa .
I. ANTECEDENTES
Chile es uno de los países con mayor extensión en su línea costera en el mundo. Sin embargo, la importancia del sector productivo pesquero nacional no ha sido debidamente valorizada en su justa dimensión.
Si se mide la relevancia del sector pesquero dentro de la economía nacional, podemos apreciar un sostenido crecimiento, tanto del sector extractivo como del acuicultor. Así, durante el año 2013, el sector exportó de manera global un total de 1.248.701 toneladas, avaluadas millones de dólares, representando 6,4% del total nacional de este total si exportaciones de cobre.
Este crecimiento exponencial de la pesca en la economía de Chile, basado en la extracción de los recursos hidrobiológicos, pone limitantes al futuro desarrollo de este sector, con miras a seguir incrementando su importancia relativa dentro de la economía nacional. En ese sentido cobra relevancia una mirada estratégica que otorgue no solamente valor agregado a cada uno de los recursos pesqueros, teniendo siempre en vista su sustentabilidad en el tiempo, sino también que se entreguen las herramientas a aquellos sectores privados históricamente de las fuentes de financiamiento para su diversificación productiva.
El aumento sostenido en la demanda de productos del mar, tanto de las naciones más desarrolladas como también de aquellas emergentes del eje Asía Pacífico, hace que cobre relevancia impulsar, desde el Estado, una mirada sistémica hacia los sectores más olvidados en el mundo artesanal, desarrollando, a su vez, alternativas en el cultivo de productos del mar a través de medidas concretas para la acuicultura a pequeña escala.
En atención al destacado papel que juega este sector en la economía, nuestro país tiene el desafío de enfrentar el desarrollo del sector pesquero y de la acuicultura a pequeña escala, a través de políticas, planes y programas que favorezcan el aumento del valor agregado de sus productos, de manera similar como sucede con la mayoría de las naciones pesqueras en el mundo, a través de institutos que cumplan estas tareas.
Actualmente la acción del Estado a favor de la pesca artesanal, se ha enfocado preferentemente a través de dos instrumentos:
a) el Fondo de Fomento de la Pesca Artesanal y
b) el Fondo de Administración Pesquera.
El primero, tiene por objetivos primordiales, fomentar y promover el desarrollo de la infraestructura de la pesca artesanal, capacitar y dar asistencia técnica de los pescadores artesanales y sus organizaciones, el repoblamiento de los recursos hidrobiológicos mayoritariamente explotados por los pescadores artesanales y el cultivo artificial de ellos, la comercialización de los productos pesqueros y la administración de los centros de producción.
Por otro lado, el Fondo de Administración Pesquera, creado con posterioridad al anterior, tenía por objetivo inicial capacitar, dar apoyo social y reconversión laboral para los trabajadores que, durante el periodo de vigencia de la ley N° 19.713 perdieron su empleo. Con motivo de la ley N° 20.657 se le introdujeron una serie de modificaciones que ampliaron sus fines hacia un apoyo más activo hacia la pesca artesanal.
No obstante lo anterior, estos instrumentos de apoyo al sector artesanal, carecen de una dimensión territorial de carácter regionalizada, con cobertura nacional y que propendan a otorgar de manera directa, recursos a personas naturales y jurídicas que no sean organizaciones de pescadores artesanales. Además, dichos fondos no poseen mecanismos de apoyo directo a la acuicultura a pequeña escala.
En efecto, la mayoría de las normas regulatorias se han enfocado en las grandes concesiones de acuicultura, no existiendo un impulso a la mayor productividad y desarrollo que la acuicultura de subsistencia puede generar. Este sector se ha enfocado en el cultivo de bajo valor comercial, tales como algas o choritos, ejercidos, en la mayoría de los casos, por organizaciones de pescadores artesanales en volúmenes modestos.
Es por esta razón, y en consideración a las especiales características que posee la acuicultura a pequeña escala en nuestro país, es que se ha considerado necesario crear como agente en esta materia al Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa .
II. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY.
La actual situación de la mayoría de las pesquerías en nuestro país, hace necesario plantearnos el desafío de aumentar la productividad en el sector pesquero, como un aspecto de la mayor relevancia, otorgando a los actores más desfavorecidos la posibilidad de poder crear valor agregado a sus productos y, asimismo, facilitar la línea de comercialización de éstos, de manera de poder llegar a los destinos, nacionales y extranjeros, de forma más expedita.
A través de medidas efectivas, el Indespa podrá gestionar de manera directa, fondos a los pescadores artesanales para su fomento productivo, sin poner en riesgo la sustentabilidad de los recursos hidrobiológicos, que son el sustento básico de sus propias familias, para de esta manera, aumentar la calidad de los productos del mar y contribuir a mejorar la actividad comercial de este sector.
Por tanto, el objetivo del presente proyecto de ley es la creación de una institución con cobertura nacional que, a través de oficinas regionales, contribuya a mejorar la capacidad productiva y/o comercial de los sectores de la pesca artesanal y de la acuicultura a pequeña escala, otorgando apoyo a estos sectores en casos de catástrofe e impulsando a su vez, obras de desarrollo de infraestructura con el fin de fomentar y promover el desarrollo productivo de sus beneficiarios.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY.
Se crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala o Indespa, como servicio público descentralizado, que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones.
La estructura del Instituto considerará un Consejo Directivo y un Director Ejecutivo, quien será el jefe superior del mismo.
La acción del Indespa comprenderá la facilitación del acceso al crédito, la asistencia técnica y capacitación a los beneficiarios en todo el país, el financiamiento de aportes no reembolsables, así como también aquellos destinados a atender situaciones de catástrofe.
En atención a la alta heterogeneidad imperante en el sector pesquero artesanal, se establece que un reglamento determinará cómo segmentar a los beneficiarios para las distintas áreas programáticas que desarrollará el Indespa.
Asimismo, el proyecto de ley establece el estatuto de personal a que estarán sujetos los funcionarios del Indespa, así como las atribuciones del Consejo Directivo y del Director Ejecutivo, precisando además, las normas referidas a su patrimonio.
Finalmente, con la entrada en operación del Indespa se ha previsto el término del Fondo de Fomento de la Pesca Artesanal y el traspaso al nuevo servicio de las funciones que correspondan actualmente al Fondo de Administración Pesquera en materia de pesca artesanal.
En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY:
“Artículo la.- Definiciones. Para los efectos de esta ley se entenderá por:
a) Consejo: el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala;
b) Director: El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de Acuicultura de Pequeña Escala;
c) Indespa o Instituto: Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala;
d) Ley General de Pesca y Acuicultura: Ley N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;
e) Ministerio: El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y
f) Subsecretaría: La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Artículo 2°.- Creación del Indespa. Créase el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa , como servicio público descentralizado, que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. El servicio estará afecto al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en el Título VI de la ley N°19.882.
Su domicilio será la ciudad de Valparaíso y deberá contar con presencia regional. A las oficinas regionales les corresponderá ejercer, dentro del territorio de su competencia, las funciones y atribuciones que, siendo competencia del Consejo Directivo y/o del Director Ejecutivo, les sean delegadas.
El Indespa se someterá a las normas establecidas en el Decreto Ley N° 1263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado.
Artículo 3°.- Funciones y atribuciones.- Con el fin de fomentar y promover el desarrollo de sus beneficiarios en el marco de la sustentabilidad de la actividad pesquera y de acuicultura de pequeña escala, el Indespatendrá las siguientes funciones y atribuciones:
a) contribuir a mejorar la capacidad productiva y/o comercial de los sectores de la pesca artesanal y de la acuicultura de pequeña escala;
b) fomentar la diversificación productiva de los sectores de la pesca artesanal y de la acuicultura de pequeña escala;
c) contribuir a fortalecer el desarrollo integral y armónico, así como el patrimonio natural, cultural y económico de las caletas y de los sectores aledaños;
d) desarrollar obras de infraestructura para la pesca artesanal y la acuicultura de pequeña escala, las que deberán ejecutarse preferentemente a través de convenios con los órganos de Administración del Estado competentes;
e) coordinar y ejecutar preferentemente a través de los órganos de Administración del Estado existentes, y/o financiar, según corresponda, la acción del Estado orientada a dichos objetivos;
f) facilitar el acceso al crédito a los pescadores artesanales y acuicultores de pequeña escala, para financiar proyectos productivos o de mejoramiento de la calidad del producto y demás incluidos en sus objetivos, mediante la ejecución de acciones de coordinación, articulación y colaboración con órganos públicos y privados dedicados al otorgamiento de créditos o de las garantías que los respalden. De la misma forma, facilitará el acceso al crédito a las organizaciones y personas jurídicas beneficiarias que desarrollen proyectos que impliquen beneficios directos para el sector pesquero artesanal o de acuicultura de pequeña escala;
g) proporcionar asistencia técnica y capacitación a los pescadores artesanales y acuicultores de pequeña escala, tanto en los aspectos productivos, de comercialización y demás que constituyen sus objetivos propios. Lo anterior se ejecutará preferentemente a través de acciones de coordinación, articulación y colaboración con órganos públicos y privados especialistas en estas prestaciones, para lo cual proveerá de los requerimientos específicos de dichas asistencias técnicas y capacitaciones. A estos efectos, podrá otorgar un financiamiento parcial, considerando aportes propios del beneficiario;
h) financiar aportes no reembolsables en el marco de sus funciones y atribuciones. Para estos efectos, deberá ejecutar los proyectos respectivos preferentemente a través de los Órganos de Administración del Estado o entidades privadas; financiar aportes no reembolsables para atender situaciones de catástrofe del sector beneficiario previo Decreto Supremo que la declare conforme lo establecido en la ley N° 16.282;
j) dictar y ejecutar todos los actos y celebrar todos los convenios con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones propias y los demás que le fijen las leyes.
En este marco, podrá convenir con Gobiernos Regionales, Municipalidades y demás Órganos de Administración del Estado, la formulación y ejecución de planes y la realización de proyectos destinados al cumplimiento de sus fines;
k) evaluar la capacidad técnica y calidad de los servicios prestados por personas naturales o jurídicas en materia de asistencia técnica o de capacitación, suspender ' su participación en proyectos futuros, cuando se constate el incumplimiento de sus deberes contractuales, sean técnicos o administrativos, debiendo perseguir las responsabilidades derivadas, cuando corresponda, según la normativa vigente; y,
1) colaborar y coordinarse con otros órganos de la Administración del Estado para asegurar la oportuna y eficiente acción de aquéllos en el sector de la pesca artesanal y acuicultura de pequeña escala, en los ámbitos de sus competencias.
Sin perjuicio de lo anterior, tanto los programas nuevos como las reformulaciones de los existentes que para el cumplimiento de sus funciones el Indespa financie, deberán someterse a una evaluación de diseño desarrollada ex ante por la Dirección de Presupuestos y contar con un informe favorable de la misma para su ejecución.
Artículo 4°.- Patrimonio. El patrimonio del Indespa estará conformado por:
a) Los bienes muebles e inmuebles que posea o se encuentren en su dominio o adquiera a cualquier título.
b) Los aportes y subvenciones que se consulten en la ley de presupuesto o en leyes especiales;
c) Los frutos naturales o civiles de sus bienes y recursos;
d) Las herencias y legados que acepte, lo que deberá hacer con beneficio de inventario. Dichas asignaciones hereditarias estarán exentas de toda clase de impuestos y de todo gravamen o pago que les afecten;
e) Las donaciones que acepte, las que estarán exentas del trámite de insinuación; y
f) Los aportes de cooperación internacional que reciba.
Artículo 5°.- Reglamento. Un reglamento dictado por el Ministerio, y suscrito por el Ministro de Hacienda, señalará el o los instrumentos técnicos de focalización y procedimientos que utilizará el Indespa para determinar a los beneficiarios que accederán a las acciones previstas en el artículo 3° de la presente ley. Además, fijará los parámetros para identificar a los distintos segmentos de beneficiarios conforme a los cuales se establecerán los tipos de beneficios a los que accederán; así como los sistemas de control y evaluación que utilizará para excluir a los beneficiarios que no cumplan con sus obligaciones; y, en general, toda norma necesaria para la aplicación de las acciones a que se refiere el artículo 3° de esta ley.
Artículo 6°.- Consejo Directivo de Indespa. El Indespa contará con un Consejo Directivo integrado por el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, quien lo presidirá; el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño o a quien éste designe; el Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo o a quien éste designe; el Director Nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura o a quien éste designe; y el Director Nacional de Obras Portuarias o a quien éste designe.
El Presidente tendrá por funciones dirigir el Consejo; citar a sesiones; fijar sus tablas; dirigir sus deliberaciones, y dirimir sus empates. Se relacionará con el Director Ejecutivo para la coordinación de las funciones Y atribuciones del Instituto.
Los acuerdos del Consejo y el quórum para sesionar requerirán de mayoría simple. El Consejo determinará las normas de su funcionamiento mediante reglamento interno.
Artículo 7°.- Atribuciones del Consejo Directivo. El Consejo Directivo tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
a) Aprobar las líneas estratégicas y de financiamiento del Indespa, las que deberán ser coherentes con la normativa pesquera y de acuicultura y sus fines. Con todo, la Subsecretaría podrá proponer al Consejo Directivo, en cualquier tiempo, programas extraordinarios para su financiamiento por el Indespa, siempre que estén orientados a asegurar el cumplimiento de la normativa y de los objetivos de éste, o la sustentabilidad de las actividades de pesca y acuicultura, los que deberán cumplir, previo a su ejecución, con lo señalado en el inciso final del artículo 3° de la presente ley;
b) Aprobar los proyectos y/o convenios referidos al otorgamiento de asistencia técnica, apoyo social, de capacitación y los aportes no reembolsables de conformidad con la ley, y dictar las normas y resolver todo lo concerniente a aquéllos, los que deberán cumplir, previo a su ejecución, con lo señalado en el inciso final del artículo 3° de la presente ley;
c) Sancionar la calificación técnica de los proyectos desarrollados por el Indespa;
d) Aprobar la cuenta pública anual de actividades del Indespay de la evaluación de sus proyectos.
Anualmente se deberá publicar en la web institucional del Indespala cuenta pública de sus actividades y de la evaluación de los proyectos debidamente aprobada por su Director.
Artículo 8°.- Dirección Ejecutiva del Indespa. El Indespa contará con un Director Ejecutivo, quién será el Jefe Superior del Servicio, y tendrá la calidad de alto directivo público, de conformidad con las normas establecidas en el Título VI de la ley N° 19.882.
En el ejercicio de su cargo, corresponderá al Director Ejecutivo:
a) Concurrir a las sesiones del Consejo con derecho a voz;
b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, dictando las resoluciones respectivas, cuando corresponda;
c) Estudiar y proponer al Consejo, el plan anual de actividades y la propuesta de presupuesto del Indespa;
d) Planificar, funcionamiento del Indespa, de que defina el Consejo Directivo; organizar y dirigir el conformidad con las directrices que defina el Consejo Directivo;
e) Celebrar los convenios suscritos financiados y con cargo al presupuesto del Indespa;
f) Administrar los bienes y recursos del Indespa, así como los bienes y dineros que provengan de los convenios que éste celebre, aplicándolos al cumplimiento de los proyectos específicos de dichos convenios. Tales bienes y dineros quedarán adscritos al correspondiente proyecto y no ingresarán al presupuesto del Indespa, salvo que en el respectivo convenio así se hubiere estipulado;
g) Adquirir y administrar toda clase de bienes muebles e inmuebles necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como celebrar y aprobar los actos y contratos que sean necesarios para tal objetivo;
h) Celebrar toda afecten a bienes y recursos a que los recursos que éste administre bienes que con ellos adquiera. enajenar o gravar bienes raíces Consejo Directivo; clase de actos jurídicos que se refiere la letra anterior, a por mandato de la ley y a los No obstante, para adquirir, se requerirá autorización del Consejo Directivo:
i) Dar y tomar en arrendamiento o comodato bienes muebles e inmuebles;
j) Ejecutar el presupuesto anual del Indespa;
k) Dictar las directrices e instrucciones internas necesarias para el buen funcionamiento del Instituto, previo acuerdo del Consejo Directivo;
1) Contratar al personal del Indespa y poner término a sus servicios, de conformidad a la ley;
m) Representar judicial y extrajudicialmente al Indespa;
n) Ejecutar los demás actos y celebrar las convenciones necesarias para el cumplimiento de los fines del Indespa; y
ñ) Ejercer las demás funciones que le sean delegadas por el Consejo Directivo.
En conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Director, con acuerdo del Consejo Directivo y sujeción a la planta y la dotación máxima del Indespa, establecerá su organización interna y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
Artículo 9°.- Estatuto de los funcionarios. El personal del Indespa se regirá por las normas del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, sus normas complementarias y las especiales contenidas en la presente ley.
En materia de remuneraciones, el Indespa estará sometido a las normas del Decreto Ley N° 249, de 1974, y su legislación complementaria.
Artículo 10.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las acciones desarrolladas o beneficios otorgados por el Indespa:
a) Los pescadores artesanales con inscripción vigente en el Registro Pesquero Artesanal, a cargo del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura;
b) Los acuicultores de pequeña escala con inscripción vigente en el registro que llevará el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; y
c) Las organizaciones o personas jurídicas conformadas exclusivamente por pescadores artesanales o acuicultores de pequeña escala, legalmente constituidas. Los pescadores artesanales y los acuicultores de pequeña escala integrantes de organizaciones o personas jurídicas, deberán encontrarse inscritos en el registro pesquero artesanal o de acuicultura de pequeña escala, según corresponda.
Para acceder al otorgamiento de beneficios por parte de Indespa, los pescadores artesanales y los acuicultores de pequeña escala sean que postulen individualmente o como integrantes de una organización o persona jurídica, deberán cumplir con los requisitos, criterios y procedimientos que fije el Reglamento señalado en el artículo 5° de la presente ley.
Artículo 11.- Otorgamiento de los beneficios. Los beneficios serán entregados de conformidad con las disposiciones previstas en el reglamento y en las bases respectivas.
El monto de los beneficios a ser otorgados será determinado atendiendo al tipo de proyecto, categoría de beneficiario, capacidad económica del mismo, y/o el valor de los activos con los cuales desarrolle su actividad. En caso que el Indespa entregue cofinanciamiento para un determinado proyecto, éste sólo podrá otorgarse si considera como requisito previo el otorgamiento y ejecución de asesoría técnica o capacitación a los beneficiarios cuando la calificación del mismo lo requiera.
Los aportes no reembolsables deberán ser asignados previo concurso público, en el que podrán participar los beneficiarios que cumplan con las bases de convocatoria respectivas.
Artículo 12.- De la no procedencia del otorgamiento de beneficios. En ningún caso se financiarán proyectos cuyo objetivo sea permitir el ejercicio de la actividad pesquera sobre una pesquería o la operación de una embarcación para la cual el o los beneficiarios no cuenten con inscripción vigente en el registro pesquero artesanal, en la pesquería correspondiente, de conformidad con la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Si el ejercicio de la actividad de pesca o acuicultura que se pretende promover por un proyecto determinado, no se encuentra amparado por la normativa vigente referida a tales actividades, no se financiará dicho proyecto.
No se otorgará ningún beneficio a quien haya incumplido las obligaciones adquiridas con el Indespau otras instituciones públicas a través de las cuales se gestionen proyectos dirigidos a los beneficiarios de aquél. Esta exclusión se extenderá por el plazo de cinco años contado desde la fecha del incumplimiento. Tampoco se otorgarán beneficios a quienes hayan sido sancionados por infringir la Ley General de Pesca y Acuicultura mediante resolución judicial y/o administrativa que se encuentre firme, dentro de los dos años anteriores a la fecha en que impetren el beneficio.
La exclusión de los beneficiarios se determinará por resolución fundada del Director.
Artículo 13.- Registro de Acuicultura de Pequeña Escala. Podrán inscribirse en el registro de acuicultura de pequeña escala las personas naturales, organizaciones de pescadores artesanales o personas jurídicas compuestas exclusivamente por personas naturales que cumplan los siguientes requisitos en forma copulativa:
a) Sean titulares de hasta 2 concesiones de acuicultura vigentes o de áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos en cuyo plan de manejo se hayan autorizado el desarrollo de actividades de acuicultura. La citada limitación no se aplicará tratándose de organizaciones de pescadores artesanales que cuenten con más de 2 concesiones o áreas de manejo, en la medida que la superficie total de las áreas en que se desarrolla la actividad de acuicultura no supere las 40 hectáreas;
b) Califiquen como microempresa o pequeña empresa de conformidad con la ley N° 20.416; y
c) No estén vinculadas directamente o a través de sus miembros o socios, cuando corresponda, a otros titulares de concesiones de acuicultura, en los términos del artículo 81 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
En el caso de constatarse la existencia de una vinculación, en los términos antes señalados, con posterioridad a la inscripción en el registro de acuicultor de pequeña escala, ésta se cancelará de pleno derecho. Asimismo, quedará sin efecto de pleno derecho la inscripción, en los casos en que el inscrito, por cualquier motivo, no mantenga bajo su titularidad alguno de los títulos a que hace referencia el literal a) del presente artículo.
OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 14.- Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido siguiente:
a) Derógase el párrafo 5° del Título IV, y los artículos contenidos en él.
b) Reemplázase el encabezado del inciso primero del artículo 173, por el siguiente:
“Artículo 173.- El presupuesto de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura deberá consultar anualmente recursos para financiar:”
c) Elimínanse las letras a), b), c), h) e i) del inciso primero del artículo 173.
d) Eliminánse los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 173.
Las modificaciones antes señaladas entrarán en vigencia en la fecha que, de acuerdo al numeral 7) del artículo Primero Transitorio, inicie sus actividades el Indespa.
Artículo 15.- Modificase el artículo 17 del Decreto con Fuerza de Ley N° 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 34, de 1931, que Legisla Sobre la Industria Pesquera y sus Derivados, en el siguiente sentido:
a) Elimínase en su letra j) la conjunción después de la coma.
b) Intercálanse los siguientes literales k) y 1), nuevos, pasando el actual literal k) a ser el literal m):
“k) Promover y fomentar la investigación y restauración de hábitat para especies hidrobiológicas de importancia para la pesca recreativa, así como la implementación y ejecución de proyectos de promoción, difusión, administración, vigilancia y fiscalización para esta actividad;
l) Promover y fomentar el consumo de recursos hidrobiológicos, pudiendo impulsar el desarrollo, implementación y ejecución de proyectos de promoción de dicho consumo; y”.
Artículo 16.- A contar de la fecha en que comience a funcionar Indespa , el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones del Fondo de Administración Pesquera correspondientes a los literales a), b) y c) del artículo 173 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, eliminados en el artículo 14 de la presente ley, derivados de actos administrativos, convenios o contratos suscritos con anterioridad de dicha fecha serán ejercidas por dicho Instituto. Las correspondientes a los actuales literales d), e), f), g), h), i), y j) serán ejercidas por la Subsecretaría.
A contar de la fecha en que comience a funcionar Indespa , el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones del Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal derivados de actos administrativos, convenios o contratos suscritos con anterioridad de dicha fecha serán ejercidas por dicho Instituto.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo Primero.- Facúltase al Presidente de la República para que establezca, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, los que también deberán ser suscritos por el Ministro de Hacienda, las normas necesarias para regular las siguientes materias:
1.- Fijar la planta de personal del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala. El encasillamiento en esta planta podrá incluir personal de otros Servicios.
2.- Disponer, sin solución de continuidad, traspaso de funcionarios de planta y a contrata desde la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura al Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, conforme a lo señalado en el número siguiente, transfiriéndose asimismo los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.
3.- El traspaso del personal titular de planta y a contrata, y de los cargos que sirven, se efectuará en el mismo grado que tenían a la fecha del traspaso.
Del mismo modo, la dotación máxima de personal de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se disminuirá en el número de funcionarios traspasados. En el respectivo decreto con fuerza de ley se determinará el número de funcionarios que serán traspasados por estamento y calidad jurídica, estableciéndose además el plazo en que deba llevarse a efecto este proceso. En cambio, la individualización del personal traspasado se realizará a través de decretos expedidos bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República” por intermedio del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Conjuntamente con el traspaso del personal, se traspasarán los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.
4.- En el ejercicio de esta facultad el Presidente de la República dictará las normas necesarias para la adecuada estructuración y funcionamiento de las plantas que fije, y en especial podrá determinar las normas transitorias para la aplicación de las remuneraciones variables, tales como las contempladas en los artículos 6° y 7° de la ley N° 19.553, cuando corresponda, el número de cargos para cada planta, los requisitos para el desempeño de los mismos, sus denominaciones, los cargos que tendrán el carácter de exclusiva confianza, los niveles jerárquicos para efectos de la aplicación del Título VI de la ley N° 19.882, y los niveles para la aplicación del artículo 8° de la ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda. Además, en el ejercicio de esta facultad, establecerá las normas complementarias al artículo 15 de esta última ley para los encasillamientos del personal derivados de las plantas que fije.
5.- El Presidente de la República determinará la data de entrada en vigencia de la planta que fije y de los encasillamientos que se practiquen. Igualmente, fijará la dotación máxima de personal la cual no estará afecta a la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del Estatuto Administrativo respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
6.- El uso de las facultades señaladas en este artículo quedará sujeto a las siguientes restricciones, respecto del personal al que afecte:
a) No podrá tener como consecuencia ni podrá ser considerado como causal de término de servicios, supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral del personal. Tampoco podrá importar cambio de la residencia habitual de los funcionarios fuera de la región en que estén prestando servicios, salvo con su consentimiento.
b) No podrá significar cesación de funciones, disminución de remuneraciones ni modificación de derechos previsionales del personal. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las remuneraciones que compensa.
c) Los funcionarios encasillados conservarán la asignación de antigüedad que tengan reconocida, como también el tiempo computable para dicho reconocimiento.
7.- El Presidente de la República determinará mediante decreto supremo la fecha de iniciación de actividades del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala.
8.- El Presidente de la República podrá disponer el traspaso de toda clase de bienes desde otros Servicios al Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala.
Artículo Segundo.- El Presidente de la República, por decreto expedido por intermedio del Ministerio de Hacienda, conformará el primer presupuesto del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, y transferirá al mismo los fondos de las entidades que traspasan personal o bienes, necesarios para que se cumplan sus funciones, pudiendo al efecto crear, suprimir o modificar los capítulos, asignaciones, ítem y glosas presupuestarias que sean pertinentes.
Artículo Tercero.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley en el transcurso del primer año presupuestario de vigencia, será financiado con reasignaciones del presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en lo que faltare el Ministerio de Hacienda podrá suplementar con cargo a recursos del Tesoro Público. Para los años siguientes se estará a lo que indique la Ley de Presupuestos respectiva.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA Presidenta de la República; ALBERTO ARENAS DE MESA Ministro de Hacienda; LUIS FELIPE CÉSPEDES CIFUENTES , Ministro de Economía, Fomento y Turismo”.
Informe Financiero
Proyecto de Ley que crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala (Indespa)
Mensaje 737-362
I. Antecedentes.
En lo principal este Proyecto de Ley propone lo siguiente:
1.- La creación del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala (Indespa), como un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, que se relacionará con la Presidenta de la República a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, y cuyo objetivo será contribuir a mejorar la capacidad productiva de los sectores de la pesca artesanal y acuicultura a pequeña escala.
2.- Su domicilio será la ciudad de Valparaíso, y contará con cobertura nacional, a través de 14 oficinas regionales a las que les corresponderá ejercer, dentro del territorio de su competencia, las funciones y atribuciones que les sean delegadas.
3.- Esta nueva Institución tendrá un Consejo Directivo y contará con un Director Ejecutivo, quien será su máxima autoridad ejecutiva, técnica y administrativa.
4.- La acción del Indespa comprenderá el otorgamiento de asistencia técnica y capacitación a los beneficiarios, además de otorgar subsidios con fines productivos, facilitar el acceso al crédito, e impulsar obras de infraestructura menor.
5.- Podrán ser beneficiarios los pescadores artesanales con inscripción vigente en el Registro Pesquero Artesanal, los acuicultores de pequeña escala con inscripción vigente en el registro que llevará el Servicio, y las organizaciones o personas jurídicas conformadas exclusivamente por pescadores artesanales o acuicultores de pequeña escala, legalmente constituidas.
II. Efecto del Proyecto sobre el Presupuesto Fiscal.
De acuerdo a lo considerado precedentemente, se proyecta un gasto en régimen de $ 25.460 millones a partir del tercer año de operación de la nueva Institución. Esto incluye 91 funcionarios, dependencias para 14 oficinas regionales y una Dirección Nacional con sus respectivos equipamientos, así como los recursos necesarios para ejercer sus funciones, las que incluirán las acciones que actualmente ejecuta el Fondo de Fomento de la Pesca Artesanal y las acciones que ejecuta el Fondo de Administración Pesquera en el ámbito pesquero artesanal, reasignándose un total de $13.213 millones desde dichos Fondos para la constitución inicial del Indespa.
Un flujo estimado de gastos se muestra en el cuadro N° 1
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El Gasto corriente considera un promedio anual en Bienes y Servicios de Consumo de $ 218 millones en la Dirección Nacional, y $386 millones en las 14 oficinas regionales.
La Inversión inicial considera gastos por una vez en adquisición de dos vehículos para la Dirección Nacional y una camioneta para cada oficina regional, como también gastos en equipamiento de oficinas, redes de datos, equipos telefónicos y otro equipamiento menor.
El desglose de remuneraciones se indica en cuadro N°2:
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(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR , Director de Presupuestos”.
2. MENSAJE DE S.E. EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY SOBRE ASIGNACIONES Y MODIFICACIONES A LA PLANTA DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO. (BOLETÍN N° 9690‐01)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, he resuelto someter a vuestra consideración el presente proyecto de ley sobre asignaciones y modificaciones a la planta del Servicio Agrícola y Ganadero.
I. ANTECEDENTES.
La sanidad y calidad de la producción silvoagropecuaria nacional son elementos claves para el desarrollo sectorial y la salud de la población. De ahí que se considere al Servicio Agrícola y Ganadero como un pilar fundamental en el fomento de la actividad exportadora del país. En efecto, es la institución del Estado a la cual, desde su creación, por medio de la Ley N° 16.640 de la Reforma Agraria del año 1967 y en reemplazo de la Dirección de Agricultura y Pesca (DIAP), se le han encomendado funciones de control de la actividad de los particulares en materias fitozoosanitarias y de protección de los recursos naturales renovables, todos los cuales sirven como plataforma para la producción silvoagropecuaria.
Lo anterior, atendido que la misión del Servido Agrícola y Ganadero consiste en proteger y mejorar los recursos productivos y naturales renovables del ámbito silvoagropecuario del país, y asegurar la inocuidad de insumos y alimentos agropecuarios, contribuyendo, de este modo, con el desarrollo sustentable y competitivo del sector.
De igual forma, el Servicio Agrícola y Ganadero contribuye a la protección, mantenimiento y mejoramiento de los recursos productivos del país, evitando el ingreso y diseminación de plagas y enfermedades reglamentadas, mediante su control, vigilancia permanente y detección precoz, para posteriormente definir la situación fito y zoosanitaria nacional y la aplicación de planes de contingencia para propender a su control y erradicación.
Asimismo, para evitar el ingreso y diseminación de plagas y enfermedades que pongan en riesgo la actividad silvoagropecuria, el Servicio Agrícola y Ganadero realiza acciones internas, de frontera y post-frontera. En el ámbito territorial, sus acciones se materializan a través de programas de vigilancia y de control a lo largo del país, manteniendo redes de monitoreo permanente y programas que se apoyan en análisis de laboratorios propios y privados.
En los controles fronterizos habilitados, el Servicio Agrícola y Ganadero ejerce labores de control permanentes, respecto de las cargas con mercaderías de naturaleza silvagropecuarios e insumos veterinarios y silvoagrícolas en los sitios de internación y recintos previamente autorizados para tales efectos. En el ámbito postfrontera, la labor del Servicio demanda la detección precoz de plagas en vegetales y enfermedades animales y desarrollo de mecanismos de respuesta temprana a la detección de las mismas.
El efectivo ejercicio de las funciones antes descritas, ha permitido erradicar del país el New Castle Velogénico en aves, la anemia infecciosa equina, la Roya del Espárrago, la Fiebre Aftosa, la Influenza Aviar y la Mosca del Mediterráneo; todas enfermedades y plagas con alto potencial de impacto en la producción nacional agropecuaria y en las restricciones de la exportaciones. A modo de ejemplo, durante el año 2012 en los Controles fronterizos se originaron 1.951 registros de intercepción de plagas, al fiscalizar a 9.640.649 de pasajeros que ingresaron al país, impidiendo la introducción de enfermedades y plagas con imprevistas consecuencias en la actividad silvoagropecuaria.
Por otra parte, la gestión del Servicio ha permitido mantener bajo control oficial plagas agrícolas, tales como, Lobesia Botrana , Bacteriosis del Kiwi , Plum Pox Virus Raza D, Phylocnistis citrella entre otras, como también enfermedades pecuarias como Brucelosis Bovina y Tubercolusis Bovina, todo lo cual implica acciones de control, supresión o erradicación y otros programas de control y certificación.
En materia forestal, el Servicio Agrícola y Ganadero ha desarrollado programas de control biológico de Tremex Fuscicomis, Phoracantha Semipunctata y P. Recurva , Cinara supressi entre otras plagas.
Las actividades antes señaladas de control, erradicación y vigilancia de plagas silvoagropecuarias y de protección de los recursos naturales, han permitido al Estado de Chile su ingreso a un creciente número de mercados para los productos y subproductos silvoagropecuarios.
II. OBJETIVOS DEL PROYECTO.
Un país con vocación exportadora en materia agropecuaria requiere de instituciones con facultades y capacidades técnicas para controlar de manera más efectiva a las plagas y enfermedades, es así como en el marco de la Agenda de Productividad, Innovación y Crecimiento, se atribuye un rol fundamental al Servicio Agrícola Ganadero para toda la cadena productiva silvoagropecuaria y protección del patrimonio fito y zoosanitario.
Potenciar el rol de esta institución es una decisión compartida entre el Ejecutivo y los funcionarios, de ahí que se suscribiera un protocolo de acuerdo con el Directorio Nacional de la Asociación de Funcionarios de dicha institución, que, con miras a fortalecer la capacidades del Servicio Agrícola Ganadero, crea una asignación de estímulo a la labor Pito y zoosanitaria y otra por el desempeño de labores en controles fronterizos. Además, se potencia la estructura funcionaria de la institución, incorporando, instrumentos que permitan realizar una permanente rendición de cuentas por parte del Servicio.
III. CONTENIDOS DEL PROYECTO DE LEY.
1.- Asignación de Estímulo Fito Y Zoosanitaria.
Los primeros cuatro artículos del proyecto crean y regulan una asignación de estímulo fito y zoosanitaria para el personal de planta y a contrata que desempeña labores en el Servicio Agrícola y Ganadero.
Dicha asignación tendrá un componente fijo y otro proporcional. Este último se aplicará sobre el sueldo base y las asignaciones sustitutiva, profesional y de responsabilidad, según corresponda.
Desde la publicación de la ley y durante el año 2015, el componente fijo de la asignación ascenderá a $ 80.000.- brutos mensuales, mientras que el componente proporcional será de un 7.5%.
A contar del año 2016 el componente fijo ascenderá a $100.000 brutos mensuales y el componente proporcional, llegará a un 10%. El componente fijo se reajustará a partir del mes de diciembre de 2016, de acuerdo a las normas generales sobre reajuste de remuneraciones del sector público.
La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración.
El personal que preste servicios por un período de tiempo inferior a un mes, tendrá derecho a que se pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.
2.- Asignación de Frontera.
Por su parte, los artículos 5° y 6° crean y regulan una asignación de frontera para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero que efectivamente desempeñe labores en controles fronterizos terrestres de tipo pernoctables y siempre que sean así calificados por resolución exenta del Director del Servicio.
La asignación de frontera ascenderá a $40.000.- brutos mensuales, se pagará al personal que efectivamente hubiere desempeñado labores en controles fronterizos terrestres del tipo pernoctables durante un mes o en un monto proporcional al número de días efectivamente trabajados si sólo se hubiere desempeñado algunos días del mes en esos lugares.
La asignación tendrá el carácter de imponible y tributable, no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración y se reajustará conforme a los reajustes generales de remuneraciones que se otorguen a los trabajadores del sector público.
3.- Modificaciones a la ley N°19.352, que Sustituye las Plantas de Personal del Servicio Agrícola y Ganadero.
El artículo 7°, por su parte, modifica la ley de plantas del personal del Servicio Agrícola Ganadero, creando los siguientes cargos: un cargo en el grado 4°, un cargo en el grado 12° y un cargo en el grado 18', en las plantas de profesionales, administrativos y de auxiliares, respectivamente.
Adicionalmente, se establecen los requisitos específicos para el desempeño de cada uno de los cargos que se crean.
4.- Plan Institucional y Rendición de Cuenta.
El artículo 8° establece que el Servicio Agrícola y Ganadero deberá definir un Plan institucional anual, que contenga las principales líneas de acción, objetivos a cumplir, indicadores y metas para el año, el cual deberá ser enviado al Congreso Nacional en diciembre del año anterior a su ejecución imponiendo, adicionalmente, la obligación de informar sobre sus resultados.
5.- Bono Extraordinario.
El artículo segundo transitorio otorga, por una sola vez, un bono de $200.000, para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero en funciones a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
6.- Financiamiento.
Por último, se incorpora un artículo relativo a la imputación del gasto, el que precisa que el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el primer año de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de Agricultura y en lo que faltare, con cargo a la partida del Tesoro Público.
PROYECTO DE LEY:
“TÍTULO I
De la Asignación de Estimulo Pito y Zoosanitaria.
Artículo 1°.- Establécese, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, una asignación de estímulo fito y zoosanitaria para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero.
Artículo 20.- La asignación de estímulo fito y zoosanitaria contendrá los siguientes componentes:
a) Un componente fijo; y
b) Un componente proporcional, que se regirá por las disposiciones del artículo 4° de esta ley.
La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración.
El personal que preste servicios por un período de tiempo inferior a un mes, tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.
Artículo 3°.- El componente fijo a que se refiere la letra a) del artículo 2° de esta ley ascenderá a $100.000.- brutos mensuales.
A contar del mes de diciembre del año 2016, el componente fijo se reajustará conforme a los reajustes generales de remuneraciones que se otorguen a los trabajadores del sector público.
Artículo 4°.- El componente proporcional a que se refiere la letra b) del artículo 2° será de un 10% de la suma de las siguientes remuneraciones, según corresponda:
a) Sueldo base;
b) Asignación de los artículos 17 y 18 de la ley
c) Asignación del artículo 19 de la ley N°19.185;
d) Asignación del articulo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977.
TÍTULO II
De la Asignación de FronteraArtículo 5°.- Establécese, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, una asignación de fontera, para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero, que desempeñe labores en alguno de los controles fronterizos terrestres del tipo pernoctables del país, los cuales serán determinados mediante resolución exenta del Director del Servicio.
Artículo 6°.- El monto de la asignación de frontera ascenderá a $40.000.- brutos mensuales. Dicho monto, se pagará al personal que efectivamente hubiere desempeñado labores durante un mes completo en controles fronterizos terrestres del tipo pernoctables. El personal señalado en el artículo anterior, que sólo hubiere desempeñado labores algunos días del mes en dichos controles percibirá un monto proporcional al número de días efectivamente trabajados en esos lugares.
La asignación se pagará mensualmente, tendrá el carácter de imponible y tributable, no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración y se reajustará conforme a los reajustes generales de remuneraciones que se otorguen a los trabajadores del sector público.
TÍTULO III
Modificaciones a la planta de personal y Otras disposiciones
Artículo 70.- Modifícase la planta de personal del Servicio Agrícola y Ganadero contenida en la ley N°19.352, en el sentido que se expresa:
1) En el artículo 1°: Créanse un cargo grado 4° en la planta de profesionales; un cargo grado 12° en la planta de administrativos y un cargo grado 18° en la planta de auxiliares;
2) En el artículo 4°:
a) En el numeral 2.- Planta de Profesionales:
i) Reemplázase en su letra b) la palabra “seis” por “cinco”, y elimínase la frase “, dos de los cuales deberán ser en el grado inmediatamente inferior”.
ii) Reemplázase la letra c) por la siguiente:
“c) Para proveer los cargos ubicados entre los grados 7° al 4°, se requerirá alternativamente: Título profesional de una carrera de 10 semestres o más; o Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres y 6 años de antigüedad en el Servicio Agrícola y Ganadero.”;
b) En el numeral 4.- Planta de Administrativos, sustitúyese el inciso final por el siguiente: “Para proveer el grado 12° se requiere Licencia de Educación Media y 6 años de antigüedad en el Servicio Agrícola y Ganadero.”; y
c) En el numeral 5.- Planta de Auxiliares, agrégase el siguiente inciso primero nuevo, pasando el actual inciso primero a ser inciso segundo:
“Para proveer el grado 18°, se requerirá Licencia de Educación Media y 5 años de antigüedad en el Servicio Agrícola y Ganadero. Además, requerirá cumplir con el requisitos de la letra b) del inciso siguiente, cuando corresponda.”.
Artículo 80.- El Servicio Agrícola y Ganadero deberá definir un Plan institucional anual, que contenga las principales líneas de acción, objetivos a cumplir, indicadores y metas para el año. Este plan deberá ser enviado por el Servicio a las comisiones de Agricultura del Senado y de la Cámara de Diputados en el mes de diciembre del año anterior a su ejecución. Asimismo, el Servicio deberá presentar a dichas comisiones un informe de gestión que contenga el porcentaje de avance del plan, los resultados de los indicadores y las medidas correctivas y preventivas tomadas para el cumplimiento de las metas establecidas, a más tardar en enero del año siguiente, considerándose también un informe de avance a ser enviado en el mes de julio de cada año.
Artículos Transitorios
Artículo Primero.- Los componentes de la asignación de estímulo a que se refiere el Título 1 de la presente ley, se sujetarán a la progresión que se indica para cada uno de los años que se señalan:
Desde la fecha de publicación de la presente ley y durante el Año 2015:
Componente fijo: $80.000.- brutos mensuales. Componente proporcional: 7,5%. A contar del año 2016:
Componente fijo: $100.000.- brutos mensuales. Componente proporcional: 10%.
Artículo Segundo.- Establécese por una sola vez un bono de $200.000.- para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero en funciones a la fecha de publicación de la presente ley.
El bono a que se refiere el presente artículo se pagará en el mes siguiente al de la publicación de la presente ley, no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración y no tendrá el carácter de imponible ni tributable.
Artículo Tercero.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el primer año de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de Agricultura. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos.' En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos respectiva.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO , Vicepresidente de la República; ALBERTO ARENAS DE MESA , Ministro de Hacienda; CARLOS FURCHE GUAJARDO , Ministro de Agricultura”.
Informe Financiero
Proyecto de Ley sobre Asignaciones y Modificaciones a la Planta del Servicio Agrícola y Ganadero
Mensaje Nº 720-362
I. Antecedentes
El Servicio Agrícola y Ganadero es un pilar fundamental en la protección y mejoramiento de los recursos productivos y naturales renovables del ámbito silvoagropecuario del país, y en el aseguramiento de la inocuidad de insumos y alimentos agropecuarios, contribuyendo de este modo con el desarrollo sustentable y competitivo del sector.
Dado lo anterior, se ha considerado necesario potenciar el rol de este Servicio con miras a fortalecer sus capacidades, implementando una asignación de estímulo a la labor fito y zoosanitaria, y otra por el desempeño de labores en controles fronterizos terrestres de tipo pernoctables. Además, se potencia la estructura funcionaria de la institución y se incorpora la obligación de informar al Congreso sobre los resultados de su gestión.
Los contenidos más relevantes del Proyecto de Ley son:
1.- Se crea y regula una asignación mensual de estímulo fito y zoosanitaria para el personal de planta y a contrata que desempeña labores en el Servicio, con un componente fijo y otro proporcional. Desde la publicación de la ley y durante el año 2015, el componente fijo de la asignación ascenderá a $80.000 brutos mensuales y el componente proporcional será de un 7,5% sobre la base que especifica el proyecto. A contar del año 2016, el componente fijo ascenderá a $100.000 brutos mensuales y el componente proporcional llegará a un 10%.
2.- Se crea y regula una asignación de frontera para el personal de planta y a contrata que efectivamente desempeñe labores en controles fronterizos terrestres de tipo pernoctables, que sean así calificados por resolución exenta del Director del Servicio.
3.- Se modifica la ley de plantas del personal del Servicio, creando y estableciendo los requisitos específicos para el desempeño de los siguientes cargos: un cargo en el grado 4', un cargo en el grado 12' y un cargo en el grado 18', en las plantas de profesionales, administrativos y de auxiliares, respectivamente.
4.- Se establece que el Servicio deberá definir un Plan Institucional Anual, que contenga las principales líneas de acción, objetivos a cumplir, indicadores y metas para el año, el cual deberá ser enviado al Congreso Nacional en diciembre del año anterior a su ejecución, imponiendo adicionalmente la obligación de informar sobre sus resultados.
5.- Se otorga, por una sola vez, un bono de $200.000, para el personal de planta y a contrata del Servicio, en funciones a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
II. Efecto del Proyecto sobre el Presupuesto Fiscal
Este proyecto de ley involucra un gasto total fiscal en régimen de M$6.091.475, de acuerdo al siguiente detalle:
[] []
[NOTA AL PIE]
Se aplica sobre una base constituida por: Sueldo base; Asignación de los artículos 17 y 18 de la ley N°19.185; Asignación del artículo 19 de la ley N°19.185; y Asignación del artículo 6° del decreto ley N'1.770, de 1977.
[NOTA AL PIE]
El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley durante su primer año de vigencia, se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, y en lo que faltare, con cargo a los recursos de la partida presupuestaria Tesoro Público. Para los años siguientes se estará a lo considerado en la Ley de Presupuestos del Sector Público.
(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR , Director de Presupuestos”.
3.- MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 19.175, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN REGIONAL, FORTALECIENDO LOS CONSEJOS REGIONALES. (BOLETÍN N° 9691‐06)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley que introduce modificaciones a la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, fortaleciendo los consejos regionales.
I. ANTECEDENTES
La Constitución Política de la República consagra el carácter unitario del Estado, distinguiendo al efecto las funciones de gobierno y administración.
Administración Interior del Estado dispone que el intendente es el titular de las tareas de gobierno en la región, correspondiéndole al gobierno regional respectivo las tareas de administración superior, debiendo promover al efecto el desarrollo económico, social y cultural de dicho territorio.
Los gobiernos regionales se configuran en nuestro ordenamiento como órganos duales, conformados por un ejecutivo, el intendente; y por un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador denominado consejo regional.
Dicho consejo está conformado por consejeros que entre 1992 y 2008 fueron elegidos por un colegio electoral integrado por los Alcaldes y los concejales de la provincia respectiva. Sin embargo, y como consecuencia de la reforma constitucional sobre materias regionales del año 2009, en noviembre de 2013, los consejeros regionales fueron elegidos por la ciudanía en votación directa por sufragio universal.
Asimismo, y como consecuencia de la ya citada reforma constitucional, durante el presente año los consejos regionales han elegido a sus respectivos presidentes, función que había desempeñado anteriormente el intendente.
Lo anterior ha ido configurando al consejo regional como un órgano cada vez más relevante en el quehacer regional, fortaleciéndose así la democracia a nivel territorial.
Se hace necesario regular de una manera más objetiva, transparente y eficiente el régimen bajo el cual los consejeros regionales ejercen sus funciones, las que deberían verse reforzadas a partir de las reformas que actualmente se tramitan en el Congreso Nacional y de las que se deriven de las sugerencias efectuadas por la Comisión Asesora Presidencial para el Desarrollo de las Regiones en su Informe Final entregado el 7 de octubre pasado.
II. CONTENIDOS DEL PROYECTO DE LEY
1.- Permisos laborales
Se establece que los empleadores de las personas que ejerzan el cargo de consejero regional deberán concederles los permisos necesarios para ausentarse de sus labores habituales, con el objeto de que asistan a las sesiones de pleno del consejo, así como también a las de comisiones.
Además, se les deberán conceder permisos laborales para el desempeño de cometidos en representación del gobierno regional respectivo, con un máximo de tres días durante un año calendario, no acumulables. El tiempo que abarquen los permisos otorgados no será de cargo del empleador, sin perjuicio de lo que acuerden las partes; entendiéndose trabajado para todos los efectos legales.
2.- Justificación de inasistencias reciben los consejeros regionales no se considerarán como tales las inasistencias que obedecieren a razones médicas o de salud que hayan sido debidamente acreditadas. Además, se podrá eximir a un consejero de la asistencia a sesión en razón del fallecimiento de un hijo, del cónyuge o de uno de sus padres, siempre que el deceso hubiese tenido lugar dentro de los siete días corridos anteriores a la sesión respectiva. Finalmente, no se considerarán las inasistencias de consejeros motivadas en el cumplimiento de cometidos expresamente autorizados por el propio consejo.
3.- Afiliación al sistema de pensiones
La iniciativa legal propone además que los consejeros podrán afiliarse al Sistema de Pensiones, de Vejez, de Invalidez y de Sobrevivencia de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N° 3.500.
4.- Accidentes del Trabajo
Asimismo, por la actividad que realicen en tal condición, quedarán sujetos al seguro contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales establecido en la ley N° 16.744. De esta forma quedarán equiparados a los concejales.
5.- Cambios al sistema de gastos y reembolsos
Otra materia considerada es la eliminación del sistema de gastos por rendir de los consejeros. Los miembros de los consejos no son funcionarios públicos, por tanto, cuando deben desplazarse fuera de la región que representan para desempeñar tareas, tienen derecho a pasaje y reembolso de gastos por concepto de alimentación y alojamiento. Lo anterior genera que los consejeros deben hoy reunir las respectivas boletas que posibiliten el pago de dichos reembolsos. Ello genera la obligación para los funcionarios del servicio administrativo del respectivo gobierno regional, en orden a verificar dichos comprobantes, con las consiguientes dificultades prácticas tanto para consejeros como para funcionarios.
Con el fin de evitar lo anterior, y equiparando los consejeros regionales con los concejales, se dispone que aquellos, cuando realicen cometidos fuera de la región tendrán derecho a percibir fondos con el fin de cubrir sus gastos de alimentación y alojamiento.
6.- Regulación de la dieta
Otro aspecto a considerar en la presente propuesta de ley es que se incrementará en 100% la dieta de los consejeros regionales; con el fin de dignificar debidamente el ejercicio de sus funciones, a la vez que podrán satisfacer de mejor modo los nuevos requerimientos ciudadanos generados tras su elección por voluntad popular directa. Asimismo, se fija una dieta superior para el presidente del Consejo.
7.- Gastos de traslado
Otra modificación es que los consejeros tendrán derecho a percibir fondos no sujetos a rendición para asistir a las sesiones del consejo y de las comisiones, cuando ello les signifique trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual.
Ello adquiere relevancia especialmente en regiones en donde los consejeros deben desplazarse por distancias considerables dada la lejanía existente entre la capital regional y los territorios que los consejeros representan y que es, habitualmente, donde residen.
En consecuencia, y en mérito de lo expuesto precedentemente, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente
PROYECTO DE LEY
“ARTÍCULO ÚNICO.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 119.175, del Ministerio del Interior, del año 2005:
1) Modifícase el artículo 39 de la siguiente manera:
a) En el inciso primero, para reemplazar el guarismo “diez” por “veinte”.
b) Incorpórase el siguiente inciso segundo nuevo: “El Presidente del consejo regional tendrá derecho a la misma dieta que perciben los consejeros regionales, de conformidad a lo señalado en el inciso anterior, incrementada en un 20%.
c) En el inciso segundo, que pasa a ser tercero, sustitúyese la frase “El Intendente acordará con el consejo” por “el consejo acordará”.
d) En el inciso tercero, que pasa a ser cuarto, sustitúyese el guarismo “dos” por “cuatro” y el guarismo “seis” por “doce”.
e) Suprímese su actual inciso cuarto.
f) Intercálanse los siguientes incisos cuarto, quinto y sexto, nuevos, reordenándose los que siguen en el orden correlativo correspondiente:
“Para efectos de la percepción de la dieta y de la asignación adicional establecidas en los incisos precedentes, no serán consideradas como tales las inasistencias que obedecieren a razones médicas o de salud, que hayan sido debidamente acreditadas mediante certificado expedido por médico habilitado para ejercer la profesión, presentado ante el consejo a través del secretario ejecutivo. Igualmente, para los efectos señalados y previo acuerdo del consejo, se podrá eximir a un consejero de la asistencia a sesión en razón del fallecimiento de un hijo, del cónyuge o de uno de sus padres.
Asimismo, no se considerarán las inasistencias de consejeros motivadas en el cumplimiento de cometidos expresamente autorizados por el propio consejo.
Cuando un consejero regional se encuentre en el desempeño de cometidos en representación del gobierno regional, tendrá derecho a percibir fondos con el objeto de cubrir sus gastos de alimentación y de alojamiento. Tales fondos no estarán sujetos a rendición y serán equivalentes al fondo del viático que corresponda al Intendente respectivo por iguales conceptos. Los mismos fondos no sujetos a rendición tendrán derecho a percibir los consejeros para asistir a las sesiones del consejo y de las comisiones, cuando ello les signifique trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual.”.
q) Agréganse los siguientes incisos décimo segundo, décimo tercero y décimo cuarto, nuevos, del siguiente tenor:
“Los consejeros regionales podrán afiliarse al sistema de pensiones, de vejez, de invalidez y de sobrevivencia de acuerdo a lo establecido en el decreto ley N° 3.500, por el solo hecho de asumir tales funciones. Para estos efectos, los consejeros se asimilarán al régimen de los trabajadores por cuenta ajena. Las obligaciones que para estos fines se imponen a los empleadores, se radicarán en los respectivos gobiernos regionales. Las cotizaciones previsionales se calcularán sobre la base de las asignaciones mensuales que a los consejeros corresponda percibir en virtud de los incisos primero, segundo y cuarto del presente artículo.
Los consejeros regionales, por la actividad que realicen en tal condición, quedarán sujetos al seguro contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales establecido en la ley N° 16.744, gozando de los beneficios que correspondan a la naturaleza de su cargo. El costo de este beneficio será de cargo del gobierno regional.
El gobierno regional podrá financiar la capacitación de los consejeros regionales en materias de su competencia.”.
2) Incorpórase el siguiente artículo 39 bís:
“Artículo 39 bis.- Los empleadores de las personas que ejerzan un cargo de consejero regional deberán conceder a éstas los permisos necesarios para ausentarse de sus labores habituales, con el objeto de asistir a las sesiones del consejo, así como también a las de las comisiones a que se refiere el artículo 37, hasta por doce horas semanales, no acumulables.
Del mismo modo, se deberán conceder permisos laborales para el desempeño de cometidos en representación del gobierno regional, con un máximo, para estos efectos, de tres días durante un año calendario, no acumulables. El tiempo que abarquen los permisos otorgados no será de cargo del empleador, sin perjuicio de lo que acuerden las partes, y se entenderá trabajado para los demás efectos legales, bastando para ello presentar la correspondiente certificación del secretario ejecutivo del consejo.”.
3) Agrégase el siguiente artículo 43 bis:
“Artículo 43 bis.- Cada gobierno regional, en concordancia con su disponibilidad presupuestaria, deberá dotar al consejo de los medios físicos de apoyo suficientes para desarrollar debida y oportunamente las funciones y atribuciones que esta ley le confiere, atendido el número de consejeros existente en la región, lo que quedará consignado en el presupuesto regional.”.
Disposiciones Transitorias
“Artículo primero transitorio.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación.
Artículo segundo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente Ley durante el primer año de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a los recursos de los programas presupuestarios de Gastos de Funcionamiento de los gobiernos regionales y, en lo que faltase, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público.”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO , Ministro del Interior y Seguridad Pública; ALBERTO ARENAS DE MESA , Ministro de Hacienda; XIMEN RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de Gobierno”.
Informe Financiero
Proyecto de Ley que introduce modificaciones a la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, fortaleciendo los Consejos Regionales
Mensaje N° 719-362
I.- Antecedentes.
El proyecto de ley modifica la Ley N°19.175, regulando de manera más objetiva, transparente y eficiente el régimen bajo el cual los consejeros regionales ejercen sus funciones.
La presente modificación legal incluye los siguientes aspectos:
a) Regulación de la dieta: Se incrementan en un 100% las dietas correspondientes a la asistencia a sesiones del consejo y en igual porcentaje las sesiones de comisiones de trabajo, con montos de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) en el primer caso, y un máximo de 12 UTM en el segundo. En el caso del Presidente del Consejo, sus dietas totales se incrementan adicionalmente en un 20%.
Para efectos de la percepción de la dieta y de la asignación adicional que reciben los consejeros regionales no se considerarán como tales las inasistencias por razones de salud debidamente acreditadas. Además, se podrá eximir a un consejero de la asistencia a sesión en razón del fallecimiento de un hijo, cónyuge o de uno de sus padres.
b) Cambios al sistema de gastos y reembolsos: Con el objeto de evitar las dificultades del actual proceso de rendición de cuentas mediante boletas, se dispone que cuando los consejeros realicen cometidos o deban asistir a sesiones que les signifiquen trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual, tendrán derecho a percibir fondos con el fin de cubrir sus gastos de alimentación y alojamiento, en forma análoga a los concejales municipales.
c) Afiliación al sistema de pensiones: Los consejeros podrán afiliarse al Sistema de Pensiones, de Vejez, de Invalidez y de Sobrevivencia de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N°3.500.
d) Accidentes del Trabajo: Los consejeros quedarán sujetos al seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales establecido en la Ley N°16.744. Al respecto, las obligaciones que para estos fines se imponen a los empleadores, se radicarán en los respectivos gobiernos regionales.
e) Permisos laborales: Los empleadores de las personas que ejerzan como consejeros regionales deberán concederles permisos para ausentarse de sus labores habituales, con el objeto de que asistan a las sesiones de pleno del consejo, así como también a las de comisiones.
II. Efecto del Proyecto sobre el Presupuesto Fiscal.
El Proyecto de Ley se estima implicará un mayor gasto fiscal anual de $2.785.055 miles. De acuerdo con las modificaciones expuestas en el punto anterior, los conceptos de gasto considerados se señalan a continuación:
1.- Regulación de la dieta: Considerando que el Presidente del Consejo percibirá un 20% por sobre las dietas de los demás consejeros, la totalidad de asistencias a las sesiones del consejo y el máximo de sesiones de comisión por consejero, el mayor gasto asciende a $ 2.332.162 miles, en base al valor de la UTM al mes de noviembre de 2014.
2.- Cambios al sistema de gastos y reembolsos: Dada la actual estructura de gastos reembolsables, se estima que por concepto de gasto en viáticos se tendrá un 15% de gasto superior al monto destinado a estos fines en el Proyecto de Ley de Presupuestos 2015. Esto equivale a $ 349.591 miles incrementales.
3.- Afiliación al Sistema de Pensiones y Seguro de Accidentes del Trabajo: Se estima que por seguro de invalidez y de accidentes del trabajo se tendrá un gasto total anual de $ 103.302 miles.
(Fdo.): SERGIO GRANADOS AGUILAR , Director de Presupuestos”.
4. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9369‐03)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. (boletín N° 9369-03).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado- , para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
5. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8207‐07)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, respecto del proyecto de ley que crea la Subsecretaría de los Derechos Humanos y establece adecuaciones en la ley orgánica del Ministerio de Justicia. (Decreto Ley N° 3.346 de 1980) (boletín N° 8207-07).
Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” la referida urgencia.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
6. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9246‐05)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que establece una Asignación de Función Penitenciaria, para el personal de Gendarmería de Chile. (boletín N° 9246-05).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado- , para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
7. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9566‐29)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la ley N° 19.327, en lo tocante a su ámbito de aplicación y al establecimiento de un régimen sancionatorio efectivo, y la ley N° 20.502, en materia de funciones de la Subsecretaría de Prevención del Delito. (boletín N° 9566-29).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
8. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8980‐06)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica diversas leyes con el objeto de evitar y sancionar los hechos de violencia ocurridos con ocasión de campañas electorales. (boletín N° 8980-06).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
9. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 6562‐07)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley sobre colegios profesionales. 8boletín N° 6562-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
10. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9252‐15)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que crea un Sistema de Tratamiento Autorizado de Infracciones del Tránsito y modifica las leyes N° 18.287 y N° 18.290. (boletín N° 9252-15).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
11. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8026‐11)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley sobre publicidad de los alimentos. (boletín N° 8026-11).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
12. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 7908‐15)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos. (boletín N° 7908-15).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
13. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8239‐07)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el Código Civil para crear el estado civil de soltero y su medio de prueba. (boletín N° 8239-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
14. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9372‐07)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales, para permitir que personas con capacidades especiales, puedan ser nombradas en cargos de juez o notario. (boletín N° 9372-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
15. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8624‐07)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de ley que establece la obligación de las autoridades del Congreso Nacional a rendir una cuenta pública anual. (boletín N° 8624-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
16. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9539‐07)
“Honorable Cámara de Diputados:
Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto retirar la urgencia para el despacho del proyecto de Reforma constitucional que deroga la inhabilidad de los dirigentes gremiales y sindicales para postular a elecciones parlamentarias. 8boeltín N° 9539-07).
Al mismo tiempo, y en uso de la facultad que me confiere el artículo 74 de la Constitución Política de la República, hago presente la urgencia en el despacho, en todos sus trámites constitucionales incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado, para el proyecto antes aludido, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
17. OFICIO DE S.E. EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9119‐18)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sea considerada durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:
AL ARTÍCULO 2°
1) Para reemplazar el inciso primero del artículo 1° por el siguiente:
“Artículo 1°.- Adopción. La adopción tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser proporcionado por su familia de origen.”.
2) Para agregar al artículo 3° el siguiente inciso final:
“Para los efectos de lo dispuesto en el Convenio, la autoridad central en materia de adopción internacional es el Servicio.”.
3) Para reemplazar, en el inciso primero del artículo 4°, la voz “incondicional” por “pura y simple”.
4) Para agregar al inciso primero del artículo 8° un literal c), nuevo, del siguiente tenor: “c) Registro de adopciones otorgadas.”.
5) Para intercalar un artículo 9°, nuevo, en el Título I “Disposiciones generales”, pasando el actual a ser artículo 10, adecuándose el orden correlativo de los demás artículos:
“Artículo 9.- Adopción de niñas, niños y adolescentes con necesidades especiales. El Estado deberá promover la adopción de niñas, niños y adolescentes con necesidades especiales, desarrollando las medidas adecuadas para tales efectos.
Se entenderán como niñas, niños y adolescentes con necesidades especiales a quienes presenten alguna discapacidad o cualquier otra condición que dificulte su adopción, como el hecho de haber sido declarado adoptable y compartir tal circunstancia con uno más de sus hermanos; o en razón de su edad u otra condición.”.
6) Para suprimir en el inciso primero del actual artículo 9°, que pasa a ser artículo 10, el párrafo final que inicia con la expresión “Se entenderá” y termina con el punto aparte.
7) Para suprimir el inciso segundo del actual artículo 10, que pasa a ser artículo 11.
8) Para sustituir, en el actual artículo 11, que pasa a ser artículo 12, las expresiones “Subsidiariedad de la adopción” por “Responsabilidad del Estado”.
9) Para intercalar el artículo 13, nuevo, adecuándose el orden correlativo de los demás artículos:
“Artículo 13.- Subsidiariedad de la adopción. La adopción es siempre subsidiaria y sólo procederá en aquéllos casos en que se acredite la imposibilidad de disponer de otras medidas que permitan la permanencia de la niña, niño o adolescente en su familia de origen.
La adopción procede como una institución que tiene por objeto restituir el derecho a vivir en una familia idónea a aquél niño, niña o adolescente cuya familia de origen no le pueda proporcionar los cuidados que le permitan satisfacer su necesidades tendientes a alcanzar su desarrollo integral.”.
10) Para modificar el actual artículo 12 que pasa a ser artículo 14, de la siguiente forma:
a) Reemplázase, en el inciso segundo, la expresión “su consentimiento expreso” por la siguiente: “que éste asienta expresamente”.
b) Elimínanse los incisos tercero y cuarto.
c) Agrégase un nuevo inciso final del siguiente tenor:
“En caso de negativa de la niña o niño, o en caso de que el adolescente no manifieste voluntad, excepcionalmente el juez podrá resolver que prosiga el procedimiento, por resolución fundada, nombrándole un curador ad litem.”.
11) Para modificar el actual artículo 13, que pasa a ser artículo 15, de la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero la expresión “niñas, niños y adolescentes” por “personas que han sido adoptadas” y la voz “el artículo 55” por “los artículos 56 y 57”.
b) Sustitúyese en el inciso segundo la expresión “Registro Civil” por “Estado”.
12) Para modificar el actual artículo 15, que pasa a ser 17, de la siguiente forma:
a) Reemplázase el literal a) por el siguiente:
“a) Entrega voluntaria realizada por la madre o el padre, con fines de adopción, en los casos y con los requisitos que establece la ley.”.
b) Sustitúyese el literal e) por uno del siguiente tenor:
“e) Discapacidad mental, presencia de alguna enfermedad psiquiátrica o trastorno de personalidad del padre, madre o de quienes ejerzan su cuidado, que les impida el ejercicio responsable del mismo.”.
c) Reemplázase, en el literal h), a continuación de la expresión “ejerzan su cuidado,”, las expresiones “o expongan” por “que exponga”.
d) Reemplázase, en el inciso segundo, el punto aparte (.), por una coma (,) seguida de la siguiente expresión: “ni tampoco podrá fundarse en motivos que constituyan discriminación arbitraria en los términos previstos en el artículo 2° de la ley 20.609.”.
e) Sustitúyese el inciso final por uno del siguiente tenor:
“Cuando la niña, niño o adolescente tenga filiación determinada respecto de ambos padres, deberán concurrir en cada uno de ellos, una o más de las causales señaladas en las letras c), d), e), f), g) y h) de este artículo.”.
13) Para suprimir en el actual artículo 16, que pasa a ser artículo 18, la frase final: “,o persona mayor de dieciocho años de edad y menor de veinticuatro, en el caso del inciso final del artículo anterior”.
14) Para modificar el actual artículo 17, que pasa a ser artículo 19, de la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero el guarismo “15” por “17”.
b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual a ser tercero, adecuándose el orden correlativo de los demás incisos:
“Para iniciar de oficio un procedimiento de adoptabilidad de una niña, niño o adolescente, el tribunal deberá previamente solicitar un informe al Servicio respecto de las posibilidades que una niña, niño o adolescente de la edad y condiciones del sujeto del procedimiento, tiene de ser adoptada o adoptado.”.
c) Reemplázase, en el inciso final, el guarismo “32” por “36”.
15) Para suprimir el inciso final del actual artículo 18, que pasa a ser artículo 20.
16) Para reemplazar el actual artículo 19 por el siguiente:
“Artículo 21.- Audiencia preliminar.- Recibida la manifestación de entrega voluntaria de una niña, niño o adolescente para su adopción, el tribunal efectuará en forma inmediata una audiencia preliminar, la que tendrá por objeto:
a) Que el o los comparecientes formalicen su voluntad de entregar a la niña, niño o adolescente en adopción.
b) Que el tribunal informe a el o los comparecientes que pueden retractarse de su manifestación de voluntad hasta la realización de la audiencia de ratificación, la que se fijará para un plazo no inferior a 30 ni superior a 35 días hábiles, contados desde la audiencia preliminar, a la que quedarán citados sin otra notificación, advirtiéndoles que su no concurrencia hará presumir la ratificación de su voluntad de entregar a la niña, niño o adolescente.
c) Que si la manifestación de voluntad la ha hecho uno solo de los padres y la niña, niño o adolescente tiene filiación determinada respecto de ambos, se cite personalmente al progenitor que no ha manifestado dicha voluntad con el fin de que lo haga o deduzca oposición a la entrega en adopción. La notificación se hará en el domicilio que haya señalado el padre o madre que ha comparecido o en el que el tribunal obtenga del Registro Civil o del Servicio Electoral, a través del Sistema Informático de los Tribunales de Familia, o de la autoridad señalada en el artículo 10 del Decreto Ley 1.094, de 1975, del Ministerio del Interior, que establece normas sobre extranjeros en Chile, según el caso. De no establecerse el domicilio por alguno de estos medios o de no ser habido el citado progenitor notificado en aquél que conste en la causa, la notificación se efectuará por medio de un aviso que se publicará gratuitamente en el Diario Oficial el día primero o quince del mes correspondiente, o al día hábil siguiente, si aquél fuera feriado.
La notificación deberá indicar la individualización del niño, niña o adolescente, los datos del proceso, el objeto de la citación y la fecha de la audiencia.
d) Que el tribunal derive al o los comparecientes al Servicio u organismo acreditado, para los fines del inciso segundo del artículo precedente.”.
17) Para reemplazar el actual artículo 20, que ha pasado a ser artículo 22, por uno del siguiente tenor:
“Artículo 22.- Audiencia de ratificación.- La audiencia de ratificación tendrá por objeto:
a) Que el padre, madre o ambos, que hayan expresado su voluntad de entregar la niña, niño o adolescente en adopción, ratifiquen dicha voluntad o se retracten de ella. En caso de ratificarla, el tribunal resolverá con el mérito de esta declaración y del certificado que haya emitido el Servicio o el organismo acreditado nacional y que dé cuenta del proceso de orientación y apoyo brindado a la madre, padre o ambos, a fin de garantizar que su decisión ha sido tomada en forma libre, informada y responsable.
b) Que la niña, niño o adolescente ejercite, en su caso, el derecho establecido en el artículo 14 de la presente ley.
c) Que el padre o madre que no haya expresado su voluntad de dar a la niña, niño o adolescente en adopción lo haga o deduzca oposición fundada.
Si la madre o el padre ha sido condenado por delitos sexuales, cuya víctima fuese la niña, niño o adolescente sujeto de este procedimiento, no será parte del mismo.
Si la madre o el padre que no hubiere manifestado su voluntad al inicio del procedimiento, hubiere fallecido o estuviere imposibilitado de hacerlo, el tribunal deberá citar a la audiencia de ratificación a sus ascendientes por consanguinidad hasta el segundo grado, quienes podrán dar su consentimiento o deducir oposición fundada.
Habiendo existido oposición del otro padre o madre o de alguno de los parientes a que se refiere el inciso anterior, se aplicará el procedimiento previsto en los artículos 26 y siguientes.
En caso de no asistir a la audiencia la madre o padre que no hubiere manifestado su voluntad y constando que ha sido debidamente citado, se aplicará el apercibimiento del inciso quinto del artículo 25 de esta ley y se le considerará rebelde por el solo ministerio de la ley, de forma que, a su respecto las resoluciones que se dicten surtirán efecto desde que se pronuncien.
Sin perjuicio de lo anterior, si el emplazado hubiere tenido causa justificada para no asistir a la audiencia, podrá alegarla, en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26 de la ley Nº 19.968, para lo cual tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la audiencia.”.
18) Para modificar el actual artículo 21, que pasa a ser artículo 23, de la siguiente forma:
a) Reemplázase, en el inciso primero, la frase “respecto a dicha retractación, sobre la base de los fundamentos y seriedad de la misma y del informe a que se refiere el artículo anterior. Si el tribunal estima necesario ampliar dicho informe o decretar otros medios de prueba citará a audiencia de juicio, la que se llevará a cabo dentro de los quince días siguientes a la audiencia de ratificación.” Por la frase: “con el sólo mérito de ella.”.
b) Suprímese, en el inciso segundo, la expresión “no”, que sigue a la voz “retractación”.
c) Reemplázase, en el inciso segundo, la expresión “así lo resuelva mediante resolución fundada” por “resuelva lo contrario, mediante resolución fundada”.
19) Para agregar un inciso segundo al actual artículo 22, que pasa a ser artículo 24, del siguiente tenor:
“Una vez ejecutoriada la sentencia, será comunicada al Servicio para efecto de incorporar a la niña, niño o adolescente al registro respectivo.”.
20) Para reemplazar el actual artículo 23, por uno del siguiente tenor:
“Artículo 25.- Solicitud de adoptabilidad. La solicitud deberá incluir la individualización de los padres, ascendientes hasta el segundo grado por consanguinidad y colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad de los que se tuviere conocimiento, adjuntando un informe de vínculos familiares. Se deberá incluir el domicilio de cada uno de ellos, si se conociere.
Para estos efectos, el Registro Civil otorgará el mencionado informe a requerimiento del Servicio o el organismo acreditado que patrocine la causa. Si el solicitante es una persona natural o si el procedimiento se inicia de oficio, el mencionado informe será solicitado al Registro Civil por el tribunal.
Tratándose de niñas, niños o adolescentes que hayan sido privados de su medio familiar y permanezcan en proyectos residenciales o de familias de acogida, los solicitantes deberán acompañar, además, un informe emitido por la institución encargada de la protección de la niña, niño o adolescente, que acredite la realización del trabajo de intervención con los parientes, el resultado del mismo y la imposibilidad de egreso con su familia de origen, basada en la situación social y psicológica que se haya constatado.
Recibida la solicitud, el tribunal verificará el cumplimiento de los requisitos señalados en los incisos anteriores y citará a la audiencia preparatoria a los padres, los demás ascendientes hasta el segundo grado por consanguinidad y a los colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad de que se tenga conocimiento.
La citación se notificará personalmente a los padres de la niña, niño o adolescente y por cédula a las demás personas, en los domicilios que se proporcionen en la solicitud o en el domicilio que el tribunal obtenga del Registro Civil y del Servicio Electoral, a través del Sistema Informático de Tribunales de Familia o de la autoridad señalada en el artículo 10 del Decreto Ley 1.094, de 1975, del Ministerio del Interior, que establece normas sobre extranjeros en Chile, según el caso, bajo apercibimiento de que, si no concurren a la audiencia, se presumirá su consentimiento favorable al procedimiento de adoptabilidad de la niña, niño o adolescente. De no establecerse el domicilio de alguna de ellas o de no ser habida en aquél que hubiere sido informado, el tribunal ordenará de inmediato que la notificación se efectúe por medio de un aviso que se publicará en el Diario Oficial el día primero o quince del mes correspondiente, o al día hábil siguiente, si aquél fuere domingo o feriado. La notificación deberá indicar la individualización del niño, niña o adolescente, los datos de la causa, el objeto de la citación y la fecha de la audiencia.
Sin perjuicio de lo anterior, el emplazado que no se hubiere presentado a la audiencia podrá alegar causa justificada, dentro del plazo de 10 días hábiles, lo que se hará en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N° 19.968.
La notificación de las personas que deben ser citadas conforme a las normas precedentes se realizará con la antelación establecida en el artículo 59 de la Ley N° 19.968.
Si la madre o el padre ha sido condenado por delitos sexuales, cuya víctima fuese la niña, niño o adolescente sujeto de este procedimiento, no será parte de este proceso.”.
21) Para modificar el actual artículo 24, que pasa a ser artículo 26, de la siguiente forma:
a) Agrégase, en el inciso primero, a continuación de la expresión “adoptabilidad,”, lo siguiente:
“en especial la imposibilidad de disponer de otras medidas que permitan la permanencia de la niña, niño o adolescente en su familia de origen y las ventajas que la adopción representa para ella o él,”.
b) Intercálase, en el inciso segundo, a continuación de la expresión “los parientes”, la siguiente frase: “señalados en el artículo precedente,”.
c) Reemplázase en el inciso tercero la expresión “dentro de los 30 a 40” por “no antes de 30 ni después de 40”.
d) Suprímese en el inciso cuarto, el párrafo final que sigue a la expresión “audiencia preparatoria.”.
e) Sustitúyese el actual inciso quinto por uno del siguiente tenor:
“Si el juez estima que los antecedentes son insuficientes o si alguno de los parientes que ha deducido oposición lo solicita y el juez lo estima necesario, podrá requerir un informe complementario referido a las materias señaladas en el inciso tercero del artículo 25, indicando los aspectos que debe abordar.”.
f) Agrégase un inciso sexto, nuevo, del siguiente tenor:
“En esta audiencia el juez, además, deberá decidir quién asumirá el cuidado personal de la niña, niño o adolescente durante el período en que se tramita su adopción, prefiriendo siempre, en caso que exista, las alternativas de adultos significativos o programas de familias de acogida, a fin de recurrir a la internación sólo cuando no exista otra posibilidad de cuidado alternativo”.
22) Para sustituir el inciso final del actual artículo 25, que pasa a ser artículo 27, por uno del siguiente tenor:
“Si el padre, la madre o quienes ejerzan el cuidado de la niña, niño o adolescente o los parientes que se opusieron de conformidad con el inciso segundo del artículo anterior, se negaren injustificadamente a la realización de los exámenes o pericias decretadas en la audiencia preparatoria o no concurrieren a las citaciones recibidas para tales efectos, se presumirá legalmente la efectividad de la o las causales que correspondan o se tendrá por rechazada su oposición, según el caso.”.
23) Para intercalar, a continuación del actual artículo 26, que pasa a ser artículo 28, el siguiente epígrafe: “Párrafo 4° Disposiciones comunes”, adecuándose la numeración correlativa de los demás párrafos.
24) Para modificar el actual artículo 27, que pasa a ser artículo 29, de la siguiente forma:
a) Sustitúyese el inciso primero por el siguiente:
“Artículo 29.- Recursos. Contra la sentencia que recaiga en el procedimiento de adoptabilidad procederá el recurso de apelación, en ambos efectos.”.
b) Elimínase el inciso segundo.
25) Para reemplazar el actual artículo 28, por uno del siguiente tenor:
“Artículo 30.- Reapertura del proceso de adoptabilidad. Si transcurrido un plazo de tres meses, contado desde que la sentencia que denegó la adoptabilidad quedó firme o ejecutoriada, no se cumplen los presupuestos para su egreso, el tribunal, de oficio o a solicitud del Servicio o del organismo acreditado que patrocinó el procedimiento de adoptabilidad, decretará su reapertura.
Igualmente lo hará, si la niña, niño o adolescente reingresa a la residencia o programa de acogimiento familiar, dentro del plazo de 6 meses contados desde su egreso, cualquiera sea el tiempo de permanencia en él, el tribunal, de oficio o a solicitud del Servicio o del organismo acreditado que patrocinó el procedimiento de adoptabilidad, decretará su reapertura.
Para los efectos de los incisos anteriores, se citará, mediante notificación por cédula, a la o las personas que dedujeron oposición, a una nueva audiencia preparatoria destinada a constatar la situación actual de la niña, niño o adolescente y la concurrencia de las causales de adoptabilidad que se invoquen, debiendo aplicarse lo dispuesto en los incisos sexto, séptimo y octavo del artículo 25 de la presente ley.”.
26) Para reemplazar el inciso primero del actual artículo 29, por uno del siguiente tenor:
“Artículo 31.- Efectos de la sentencia que declara la adoptabilidad. La sentencia que declara la adoptabilidad pondrá término al cuidado personal y relación directa y regular a que legalmente se encuentre sujeta la niña, niño o adolescente; producirá su emancipación y privará de todos los demás derechos a su madre y su padre. El cuidado personal continuará siendo ejercido por la institución donde permanezca la niña, niño o adolescente o por la persona o personas a quienes se les confíe.”.
27) Para modificar el actual artículo 30, que pasa a ser artículo 32, de la siguiente forma:
a) Suprímese en el inciso segundo la expresión “o autorizados, según el caso,”.
b) Elimínase en el inciso tercero, la expresión “su idoneidad” y la coma (,) que le precede.
28) Para sustituir el actual artículo 31, por uno del siguiente tenor:
“Artículo 33.- Adoptantes. Podrán postular para ser adoptantes los matrimonios, y las personas solteras, divorciadas o viudas con residencia permanente en Chile. Sólo a falta de los anteriores, podrá considerarse para la adopción a matrimonios con residencia permanente en el extranjero.
En la adopción de una niña, niño o adolescente, sujeto al cuidado de un guardador o guardadora de un programa de acogimiento familiar que solicite la adopción del primero y que cumpla los requisitos previstos por esta ley para adoptar, el Servicio, los organismos acreditados nacionales y los tribunales deberán considerar especialmente, a efectos de seleccionar al postulante y acoger la adopción, respectivamente, el tiempo transcurrido bajo su cuidado, el que no podrá ser inferior a seis meses ininterrumpidos.
Para los efectos de lo dispuesto en el presente artículo se utilizará como criterio de decisión el interés superior de la adoptada o adoptado.”.
29) Para modificar el actual artículo 32 que pasa a ser artículo 34, de la siguiente forma:
a) Elimínase el inciso segundo.
b) Reemplázase, en el inciso tercero, que ha pasado a ser segundo, el guarismo “34” por “36”.
30) Para reemplazar en el inciso segundo del artículo 33, que pasa a ser artículo 35, el guarismo “40” por “42”.
31) Para modificar el actual artículo 34, que pasa a ser artículo 36, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase el inciso tercero por uno del siguiente tenor:
“Para los fines del inciso final del artículo 33, el Servicio evaluará a los guardadores o guardadoras de un programa de acogimiento familiar interesados en adoptar a la niña, niño o adolescente a su cargo, para determinar su idoneidad.”.
b) Intercálase un inciso cuarto nuevo, del siguiente tenor, pasando el actual cuarto a ser inciso quinto:
“No se podrá declarar la falta de idoneidad por causales que constituyan discriminación arbitraria conforme a lo establecido en el artículo 2° de la ley N° 20.609.”.
32) Para modificar el actual artículo 35, que pasa a ser artículo 37, de la siguiente forma:
a) Suprímese, en el inciso primero, la oración: “o persona mayor de dieciocho años de edad y menor de veinticuatro, en el caso del artículo 15 inciso final”.
b) Suprímese en el numeral 2 del inciso segundo, la expresión: “o persona mayor de dieciocho años de edad y menor de veinticuatro, en el caso del artículo 15 inciso final”.
c) Suprímese en el numeral 3 del inciso segundo, la expresión: “o persona mayor de dieciocho años de edad y menor de veinticuatro, en el caso del artículo 15 inciso final, a quien se refiere la solicitud”.
d) Agrégase el siguiente inciso final, nuevo:
“En caso que dos o más niñas, niños o adolescentes que se encuentren en situación de ser adoptados sean hermanos, se procurará que los adopten los mismos padres. Si ello no fuere posible, el juez intentará establecer un régimen comunicacional que permita mantener el vínculo entre ellos.”.
33) Para modificar el actual artículo 36, que pasa a ser artículo 38, de la siguiente forma:
a) Elimínase, en el inciso primero, la expresión: “sin perjuicio de lo previsto en el artículo 15 inciso final de la presente ley”, y la coma (,) que le precede.
b) Reemplázase, en el inciso segundo, el guarismo “12” por “14”.
c) Reemplázase, en el inciso cuarto, la expresión “deberán”, por “podrán”, y el guarismo “30” por “32”.
34) Para eliminar en el inciso segundo del actual artículo 37, que pasa a ser artículo 39, la expresión “y se tramitará de acuerdo a las reglas de los incidentes” y la coma (,) que le precede.
35) Para modificar el actual artículo 38, que pasa a ser 40, de la siguiente forma:
a) Agrégase, en el numeral 3, a continuación de la expresión “artículo 8°”, lo siguiente: “letras a) y b), y proceda a inscribirlos en el registro del artículo 8° letra c)”.
b) Reemplázase el numeral 4 por el siguiente:
“4.- Que el Registro Civil oficie al Ministerio de Educación, una vez practicada la nueva inscripción de nacimiento, a fin de que se eliminen del registro curricular los antecedentes relativos a la filiación de origen de la niña, niño o adolescente adoptado y se incorpore en su reemplazo su nueva identidad, sin que puedan vincularse ambas, atendida la reserva de la adopción.”.
c) Reemplázase el numeral 5, por el siguiente:
“5.- Que el Registro Civil oficie al Ministerio de Salud, una vez practicada la nueva inscripción de nacimiento, para que los antecedentes de la ficha clínica de la niña, niño o adolescente adoptado, relativos a su filiación de origen, sean remitidos a la Dirección Nacional del mencionado Servicio y reemplazados por aquellos correspondientes a su nueva identidad, conservando la información médica.”.
d) Agrégase un inciso final, nuevo, del siguiente tenor:
“En la sentencia que acoja la adopción deberá constar la opinión manifiesta de la niña, niño o adolescente, así como los motivos que el tribunal ha tenido a la vista para decidir conforme a esa opinión o en contra de ella.”.
36) Para sustituir, en el actual artículo 39, que pasa a ser artículo 41, la frase final: “de la cual sólo podrán salir por resolución judicial, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54.”, por la siguiente: “los que sólo podrán ser entregados de acuerdo al artículo 56.”.
37) Para modificar el actual artículo 44, que pasa a ser 46, de la siguiente forma:
a) Suprímese en el inciso primero, la voz “extranjeros” que aparece a continuación de la expresión “matrimonios”.
b) Sustitúyese en el inciso primero, el guarismo “31” por “33”.
38) Para modificar el actual artículo 47, que pasa a ser artículo 49, de la siguiente forma:
a) Sustitúyese en el literal a) el guarismo “46” por “48”.
b) Sustitúyese en el literal d) el guarismo “30” por “32”.
c) Agrégase el siguiente literal e), nuevo:
“e) En caso que dos o más niñas, niños o adolescentes que se encuentren en situación de ser adoptados sean hermanos, se procurará que los adopten los mismos padres. Si ello no fuere posible, el juez intentará establecer un régimen comunicacional que permita mantener el vínculo entre ellos.”.
39) Para modificar el actual artículo 48, que pasa a ser artículo 50, de la siguiente forma:
a) Reemplázase, en el inciso primero, la expresión “el artículo 38 N°s 1 y 2 y artículo 39 de esta ley.” por la siguiente: “los artículos 40 N°s 1 y 2 y 41 de esta ley.”.
b) Sustitúyese en el inciso segundo, la expresión “nuestro país” por la palabra “Chile”.
40) Para reemplazar el actual artículo 54, que pasa a ser artículo 56, por uno del siguiente tenor:
“Artículo 56.- Información sobre la adopción. Cualquier persona, actuando por sí o representado por el Servicio o un organismo nacional acreditado, podrá solicitar al Registro Civil que le informe si su filiación es resultado de una adopción y, en tal caso, le indique la individualización del proceso.
El Registro Civil deberá informar al adoptado la identidad sus padres biológicos, previa autorización del tribunal, siempre que esta petición se justifique por motivos de salud. La misma solicitud podrán efectuar los descendientes del adoptado que acrediten, con el mismo fundamento, tener un interés directo. Esta solicitud, podrá ser planteada por el Servicio, un organismo nacional acreditado, o el representante legal del interesado, y se tramitará ante el Tribunal de Familia del solicitante, como una actuación judicial no contenciosa.
Las copias de la sentencia o del expediente de adopción serán entregadas por el Registro Civil únicamente a pedido del adoptado mayor de edad, de los adoptantes o sus respectivos representantes legales.
Excepcionalmente, en casos que exista un interés legítimo, podrá otorgarse copias de los aludidos antecedentes a otros ascendientes del adoptado o sus descendientes, por resolución judicial dictada en un procedimiento no contencioso ante el tribunal con competencia en materias de familia del domicilio del interesado. En este caso, se requerirá la citación del adoptado mayor de edad, a menos que por motivos calificados se establezca lo contrario.”.
41) Para reemplazar la denominación del Título VII “De la Adopción por Integración y de la Protección Familiar” por “De la adopción por integración”.
42) Para eliminar el epígrafe del párrafo 1° del Título VII.
43) Para modificar el actual artículo 57, que pasa a ser artículo 59, de la siguiente forma:
a) Reemplázase en el literal c), el guarismo “14” por “16”.
b) Reemplázase en el literal e), el guarismo “30” por “32”.
c) Reemplázase en el literal f), el guarismo “26” por “28”.
44) Para eliminar el inciso final del actual artículo 58, que pasa a ser artículo 60.
45) Para eliminar el párrafo 2° del Título VII, denominado “Protección Intrafamiliar”, y los actuales artículos 59 y 60.
46) Para modificar el artículo 61 de la siguiente forma:
a) Agrégase en el inciso primero del artículo 61, a continuación del punto, la expresión: “Se prohíbe:”.
b) Intercálase en el literal c), número 2, a continuación de la voz “Estado”, la expresión “de origen”.
c) Intercálase en el literal c), número 3, la expresión “de origen”, a continuación de la voz “Estado”.
d) Intercálase en el literal c), número 3, la expresión “superior” a continuación de “interés”.
47) Para modificar el artículo 62 de la siguiente forma:
a) Reemplázase la expresión “la presente norma” por “el artículo anterior”.
b) Elimínase la palabra “cuasidelito” y la coma (,) que le precede.
48) Para reemplazar en el inciso segundo del artículo 66 de la expresión “e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad, tutela, guarda o curaduría por el tiempo que dure la condena.”, por la siguiente: “e inhabilidad para ejercer el cuidado personal, la patria potestad y la guarda de la niña, niño o adolescente. En este caso, el plazo de prescripción de la acción penal se iniciará a partir del día en que la niña, niño o adolescente objeto de la entrega cumpla los 18 años de edad.”.
49) Para agregar al artículo 67, a continuación de la expresión “artículo 411 bis” las palabras: “del Código Penal”.
AL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO
50) Para reemplazar en el inciso segundo el guarismo “40” por “42”.
AL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO
51) Para sustituir en el inciso segundo, los guarismos “28, 29, 30, 38, 39, 40, 41, 48 y 49” por “30,31,32,40, 41, 42, 43, 50 y 51”.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO , Vicepresidente de la República; JOSÉ ANTONIO GÓMEZ URRUTIA , Ministro de Justicia”.
18. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 8353‐19)
“Honorable Cámara de Diputados:
En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular la siguiente indicación al proyecto de ley del rubro, a fin que sea considerada durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación.
ARTÍCULO 2°
1) Para eliminar. Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; RODRIGO PEÑAILILLO BRICEÑO , Ministro del Interior y Seguridad Pública; FERNANDA VILLEGAS ACEVEDO , Ministra de Desarrollo Social”.
19. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9336‐25)
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio N° 11.554, de 23 de octubre de 2014 a ben manifestar a V.E. que he resuelto no hacer uso de la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que aumenta las plantas de personal de Carabineros de Chile, modifica la ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la ley N° 18.961 Orgánica Constitucional de Carabineros. (boletín N° 9336-25).
En consecuencia, devuelvo a V.E. el citado oficio de esa H. Cámara de Diputados, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
20. OFICIO DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. (BOLETÍN N° 9333‐04)
“Honorable Cámara de Diputados:
En respuesta a su oficio N° 11.546, de 22 de octubre de 2014, tengo a bien manifestar a V.E. que he resuelto no hacer uso del a facultad que me confiere el inciso primero del artículo 73 de la Constitución Política de la República, respecto del proyecto de ley que crea el administrador provisional y administrador de cierre de instituciones de educación superior y establece regulaciones en materia de administración provisional de sostenedores educacionales. 8boletín N° 9333-04).
En consecuencia, devuelvo a V.E. el citado oficio de esta H. Cámara de Diputados, para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional.
Dios guarde a V.E.,
(Fdo.): MICHELLE BACHELET JERIA , Presidenta de la República; XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ , Ministra Secretaria General de la Presidencia”.
21. INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY QUE ELIMINAN LA PROHIBICIÓN PARA ACCEDER A LA CARRERA JUDICIAL A PERSONAS AFECTADAS POR SORDERA, MUDEZ O CEGUERA. (BOLETINES NOS 6576‐07‐1 Y 9371‐07‐1)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Constitución, Legislación y Justicia viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, los proyectos refundidos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 A de la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, cuyo detalle es el siguiente:
1.- Moción de las ex diputadas señoras Allende , doña Isabel ; Cristi , doña María Angélica e Isasi , doña Marta ; de los ex diputados señores Álvarez, don Rodrigo ; Eluchans, don Edmundo y Lobos, don Juan ; de la diputada señora Turres , doña Marisol y de los diputados señores Kast, don José Antonio y Ward, don Felipe , que deroga el número 4 del artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, referido a personas con discapacidad visual, boletín N° 6.576-07, y
2.- Moción de los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Bellolio, don Jaime ; Chahin, don Fuad ; Espejo, don Sergio ; Pilowsky, don Jaime ; Rincón, don Ricardo ; Saffirio, don René ; Soto, don Leonardo ; Trisotti, don Renzo y Walker, don Matías , que modifica el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales con el fin de permitir a las personas afectadas por sordera, mudez o ceguera acceder a la función judicial, boletín N° 9.371-07.
Durante la discusión de este proyecto de ley, vuestra Comisión contó con la asistencia del Ministro de Justicia, señor José Antonio Gómez ; de la Presidenta del Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, señora María Soledad Cisternas ; del estudiante de Derecho de la Universidad de Chile, señor Darío Alfaro ; del abogado del Consejo de Defensa del Estado, señor Ricardo González y del Presidente de la Fundación Sin Odio, señor Miguel Von Und Zu Liechtenstein .
CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
1) La idea matriz o fundamental del proyecto es la de suprimir la prohibición contemplada en el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, que impide acceder a la función judicial a personas afectadas por sordera, mudez o ceguera.
2) Normas de carácter orgánico constitucional.
Reviste este carácter el artículo único del texto refundido, por referirse a la calidad que deben tener los jueces lo que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 77 de la Constitución Política de la República, es materia de ley orgánica constitucional.
3) Normas de quórum calificado.
No hay.
4) Requiere trámite de Hacienda.
No.
5) Los proyectos fueron aprobados, en general, por unanimidad.
En sesión 49ª, de 15 de octubre de 2014, se aprobaron en general por unanimidad.
Votaron por la afirmativa la diputada señora Turres , doña Marisol y los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Ceroni, don Guillermo ; Chahin, don Fuad ; Gutiérrez, don Hugo ; Monckeberg, don Cristián ; Rincón, don Ricardo ; Saffirio, don René ; Soto, don Leonardo ; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo .
5) Se designó Diputada Informante a la señora Turres , doña Marisol .
I. ANTECEDENTES GENERALES.
1.- Fundamentos y contenido de los proyectos.
B.- Boletín N°6.576-07.[1]
[NOTA AL PIE]
El Tribunal Constitucional así lo ha señalado en sentencia rol N°196, de 28 de septiembre de 1994, al resolver que el artículo 12 del proyecto de ley que crea la Academia Judicial, que establece como requisito indispensable para ingresar al escalafón primario del Poder Judicial, el haber aprobado el programa de formación de dicha Academia, es materia propia de ley orgánica constitucional. (Considerandos 2° y 5°).
[NOTA AL PIE]
Señalan los autores de la moción que el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales C.O.T., establece un conjunto de prohibiciones e incapacidades especiales para ser jueces. Ellas son:
1°.- Los que se hallaren en interdicción por causa de demencia o prodigalidad;
2°.- Los sordos;
3°.- Los mudos;
4°.- Los ciegos;
5°.- Los que de conformidad a la ley procesal penal, se hallaren acusados por crimen o simple delito o estuvieren acogidos a la suspensión condicional del procedimiento.
6°.- Los que hubieren sido condenados por crimen o simple delito.
Esta incapacidad no comprende a los condenados por delito contra la seguridad interior del Estado;
7°.- Los fallidos, a menos que hayan sido rehabilitados en conformidad a la ley, y
8°.- Los que hayan recibido órdenes eclesiásticas mayores.
Añaden que la norma del artículo 256 del COT comprende tres grupos de inhabilidades:
Las personas con discapacidad (número 1, 2, 3 y 4). En este grupo de las discapacidades, el Código Orgánico impide que los no videntes puedan ser jueces, al mismo tiempo que lo prohíbe a los sordos, mudos y a los interdictos por causa de demencia o prodigalidad.
Los que han sido objeto de sanciones penales o civiles (números 4, 5 y 6); y quienes les afecta una incompatibilidad especial (número 8).
Agrega la moción que estas incapacidades para ser jueces se extienden a los Fiscales del Ministerio Público al tenor de lo dispuesto en la ley 19.640, Orgánica constitucional del Ministerio Publico, en su Título V, que trata de las “Incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones”, que en su artículo 60 dispone que “No podrán ser fiscales quienes tengan alguna incapacidad o incompatibilidad que los inhabilite para desempeñarse como jueces”. Norma que es reproducida en el Reglamento de Personal para los Fiscales del Ministerio Público (cuyo texto vigente fue aprobado por Resolución FN/MP N° 781 de 13 de abril de 2009), y en su Párrafo 2°, que trata “De las Incapacidades”, en el artículo 33 expresa que “No podrán ser fiscales: número 4°: Los ciegos”;
Añaden los autores que esta norma que existe en nuestro Código Orgánico, quizá tuvo su justificación en una época que existía un gran prejuicio y profundo desconocimiento de las diferentes discapacidades, pero que no tiene justificación en la actualidad. Unido a lo anterior, la ciencia y las TICS (tecnologías de la información y las comunicaciones) han masificado sistemas que, como el de lectura y escritura Braille, pueden encontrarse en libros, ascensores y en las esquinas de las calles, facilitando la inserción de los no videntes en la cotidianeidad de la sociedad y alcanzando su realización personal y profesional de igual forma que un vidente. En efecto, esta prohibición legal carece de justificación especialmente en el caso de los abogados no videntes algunos de quienes han sido estudiantes brillantes o profesionales destacados, por lo que carece de sentido cerrarles las puertas para ejercer como jueces, lo que además les impide ejercer como fiscales del Ministerio Publico. Esto es, un abogado no vidente que ha ejercido con brillo e intensamente su profesión, debería estar en condiciones de ingresar a la judicatura sin que existiese razón alguna para prohibirle a priori ejercer funciones jurisdiccionales o como Fiscales del Ministerio Público.
Asimismo, en las últimas décadas los procesos han cambiado, primando los orales, lo que justifica menos aún la discriminación que sufren los abogados no videntes para desempeñar los cargos antes mencionados.
Menciona el proyecto que la norma en comento, además pugna o colisiona con principios generales consagrados en diferentes normas constitucionales, a saber:
“Artículo 1°.- Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Inciso 3:... El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece.
Artículo 19 de la carta fundamental, que inicia el capítulo que trata “De los Derechos y Deberes Constitucionales”, que en su parte pertinente dispone que “La Constitución asegura a todas las personas:
Número 2°.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias;”
Es posible señalar que la incapacidad establecida en la ley para que los no videntes no puedan ser jueces, atenta contra la igualdad ante la ley pues constituye una diferencia arbitraria en su perjuicio.
Número 16°.- Que garantiza la libertad de trabajo y su protección, que “toda persona tiene derecho a la libre elección del trabajo y que prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal”. Si bien es cierto el inciso final de este número 4° señala que “la ley determinará las profesiones que requieren grado o título universitario y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, no cabe duda alguna que en esta materia hoy en día se vulnera la libertad, la libre elección del trabajo, pues establece por ley una prohibición que no se justifica ni en la capacidad ni en la idoneidad personal del abogado no vidente.
Número 17°.- “La admisión a todas las funciones y empleos públicos, sin otros requisitos que los que impongan la Constitución y las leyes.” En ese orden de ideas, el artículo 77 de la misma CPE dispone que “La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados”.
No obstante ello, cabe reiterar que los requisitos establecidos en el artículo 256 N° 4 del COT, aunque formalmente cumplen con las normas citadas del artículo 19 número 17 y 77 de la CPE, lo cierto es que vulneran principios generales y normas constitucionales expresas establecidas en la misma Constitución, que si bien pudieron tener en el pasado alguna justificación, con el avance de la ciencia y los ejemplos que recibimos en forma cotidiana de destacados abogados no videntes, hacen necesario derogar la norma en cuestión.
C.- Boletín N°9.371-07.
Expresa la moción que, según reporta la Organización Mundial de la Salud (OMS), son más de mil millones las personas que en todo el planeta viven con alguna forma de discapacidad [1]. Para la misma institución, la discapacidad se refiere a “las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales.” [2-3]
[NOTA AL PIE]
2 http://www.who.int/disabilities/world_report/2011/es/
3 http://www.who.mt/topics/disabilities/es/
[NOTA AL PIE]
Probablemente, lo más relevante de lo señalado por la OMS es la relación compleja que existe entre las características orgánicas de un individuo, aquellas que tradicionalmente nos harán pensar en la existencia de una discapacidad, y las características del entorno en el cual ese individuo se desenvuelve. Es decir, la discapacidad es más que una condición orgánica o una cuestión biomédica. Ella es el resultado de la interacción entre un individuo y la sociedad. La expresión de las barreras que se levantan entre un individuo afectado por una determinada condición orgánica y los demás que constituyen su entorno.
Esta aproximación a la discapacidad es más bien reciente y explica el tránsito desde políticas públicas más bien asistenciales hacia lo que se conoce como un enfoque de derechos. Esto es, hacia el reconocimiento de las personas con discapacidad como titulares de derechos que deben ser reconocidos por los Estados como un elemento indispensable para facilitar una inserción plena en la vida de la sociedad.
Esta afirmación es consistente con lo establecido en el artículo 1° de la Constitución Política de la República, el cual establece que los chilenos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. La Constitución no distingue a los chilenos entre aquellos afectados por una discapacidad y aquellos que no lo están. Aún más, en el párrafo 4° del mismo artículo, la Constitución compromete al Estado en la tarea de “crear las condiciones que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible”, lo que naturalmente existe entregar a aquellos que enfrentan una deficiencia, limitación o restricción de actividad, las herramientas para su “mayor realización”.
En el mínimo, sin embargo, la igualdad entre las chilenas y chilenos ha de expresarse no sólo en la garantía de su igual trato ante la ley, como establece el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución, sino también en la igualdad en el acceso a las funciones y empleos públicos, como garantiza el numeral 17° del mismo artículo.
El reconocimiento de la igualdad entre quienes viven con alguna condición de discapacidad y quienes no lo hacen así ha sido objeto de progresivo reconocimiento por nuestra legislación. Un primer avance en este campo estuvo constituido por la ley N°19.284 de 1994 sobre “Normas para la Plena Integración Social de Personas con Discapacidad”. El mérito de este texto es reconocer el carácter social de la discapacidad, la importancia del contexto en el que se desarrolla y el rol de la sociedad y el Estado en la inserción plena de los afectados por ésta.
El proceso de apoyo a la plena incorporación social de las personas con discapacidad se vio reforzado por la suscripción por parte de Chile, en Marzo de 2007, de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Este es el fundamento inmediato de la posterior ley N°20.422, de febrero de 2010, que “Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad”.
La ley N°20.422 busca incorporar en la legislación nacional los estándares definidos por la Convención, perfeccionando la institucionalidad pública, poniendo el acento en la coordinación multisectorial y las prestaciones debidas a las personas que viven con alguna condición de discapacidad, así como enfatizando el principio de no discriminación.
Pese a estos avances, subsisten barreras a la incorporación plena de las personas con discapacidad en la vida social. Algunas de estas barreras persisten en el seno del propio Estado, lo que las vuelve particularmente odiosas.
Entre estas barreras, fuentes evidentes de discriminación, destaca la norma establecida en el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, que establece que no pueden ser jueces los sordos, los mudos y los ciegos, quienes quedan en igual condición que, entre otros, los interdictos por demencia o prodigalidad y los infractores de ley.
En junio de 2009, motivados por la necesidad de superar esta situación, las diputadas Allende , Cristi , Isasi y Turres , junto a los diputados Álvarez , Eluchans , Kast , Lobos y Ward , presentaron una moción que derogaba el numeral 4° del artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, permitiendo a las personas no videntes acceder a la función judicial[4-5].
[NOTA AL PIE]
4 Boletín 6576-07
5 “Acceso de discapacitados sensoriales a cargos de jueces y otros. Legislación nacional y extranjera”, Biblioteca del Congreso Nacional, junio 2014.
[NOTA AL PIE]
Sostuvieron con razón, los autores de dicha moción, que existían destacados abogados no videntes, cuya experiencia y trayectoria demostraban fehacientemente que no existía razón que justificara su exclusión de la carrera judicial.
El tiempo transcurrido desde la presentación de dicha moción ha vuelto evidente que ninguna de las causales asociadas a discapacidad que el Código Orgánico considera como condiciones incompatibles para el ejercicio de la judicatura reviste efectivamente esta calidad. En efecto, ninguna de estas condiciones impide el acceso al conocimiento, el desarrollo de las habilidades y el buen juicio exigidos por la función judicial. Del mismo modo, la tecnología y sistemas de apoyo disponibles permiten con creces suplir eventuales déficits generados por estas condiciones, con lo que el impedimento que para el ejercicio de la magistratura nuestro Código Orgánico de Tribunales mantiene para quienes son sordos, mudos o ciegos resulta injustificado.
Agregan los mocionantes que les asiste la convicción que las barreras que impiden a tantos participar plenamente de la vida social deben ser derribadas y que en esta tarea el Estado cumple un rol fundamental. Más aún, creen que una efectiva Administración de Justicia requiere de la participación en ella de las mejores chilenas y los mejores chilenos, sin distinción, debiendo limitarse las exigencias para su ejercicio a aquellas de índole objetiva que garanticen el buen desempeño de éste.
2.- Legislación comparada.
A.- Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU.
Su artículo 1° dispone: “El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.”.
El inciso cuarto del artículo 2 dispone: “Por “discriminación por motivos de discapacidad” se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables”.
El artículo 4 de la Convención obliga a los Estados en los siguientes términos: “Los Estados Partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. A tal fin, los Estados Partes se comprometen a:
a) Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención;
b) Tomar todas las medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad.”.
El artículo 27 de la Convención dispone: “Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados Partes salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes, incluida la promulgación de legislación, entre ellas:
a) Prohibir la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el empleo, la promoción profesional y unas condiciones de trabajo seguras y saludables;
b) Proteger los derechos de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a condiciones de trabajo justas y favorables, y en particular a igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, a condiciones de trabajo seguras y saludables, incluida la protección contra el acoso, y a la reparación por agravios sufridos;
c) Asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos laborales y sindicales, en igualdad de condiciones con las demás;
g) Emplear a personas con discapacidad en el sector público.”.
B.- Brasil.
La discapacidad auditiva y la discapacidad visual no constituyen, per se, imitaciones para ingresar a la Magistratura en Brasil. Incluso más, existen normas específicas de ingreso a la carrera judicial para las personas con discapacidad, dictadas por el Consejo Nacional de Justicia en el año 2009, en cumplimiento a las normas constitucionales y legales sobre la materia. Ese mismo año fue nombrado el primer juez brasileño con discapacidad visual.
i) La Constitución Federal
Específicamente, el art. 93 de la Constitución [1] federal brasileña dispone que una Ley complementaria, de iniciativa del Supremo Tribunal Federal (STF), regule el Estatuto de los Magistrados, en base a los siguientes principios: I) el ingreso a la carrera, cuyo cargo inicial será el de juez suplente, por concurso público de pruebas y títulos, con la participación de la Orden de Abogados de Brasil en todas las etapas, exigiéndose el título de abogado, al menos tres años de actividad y el obedeciéndose el orden de clasificación de las nominaciones.
Tampoco existe norma expresa al respecto ni prohibición, sino que se señalan los requisitos de edad, idoneidad moral, etc. en el caso de ciertos jueces federales regulados por la Constitución (por ejemplo, los magistrados de los tribunales federales regionales, en el art. 94, del STF en el art. 101, etc.).
ii) Ley que regula el Estatuto de los Magistrados
Por su parte, la Ley Orgánica de la Magistratura Nacional (Ley Complementaria Nº 35, de 14 de Marzo de 1979){1] dispone sobre los requisitos generales de admisión a los cargos en el Supremo Tribunal Federal; el Consejo Nacional de la Magistratura; el Tribunal Federal de Apelaciones; los Tribunales Militares; los Tribunales Electorales; los Tribunales del Trabajo; los Tribunales Estaduales; y el Tribunal del Distrito Federal y de los Territorios.[6-7]
[NOTA AL PIE]
6 Constitución Federal disponible en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm (Junio, 2014).
7 Lei Complementar Nº 35, de 14 de Março de 1979, disponible en: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/lcp/lcp35.htm (Junio, 2014).
[NOTA AL PIE]
Respecto de ninguno de ellos se señalan otros requisitos que la edad mínima de ingreso respectiva, idoneidad moral/reputación intachable, notable saber jurídico, años de experiencia, entre otros.
iii) Reglamentación del Consejo Nacional de Justicia
El Consejo Nacional de Justicia (en adelante CNJ), de acuerdo al artículo 103B, § 4, párrafo I, de la Constitución federal, debe garantizar la independencia del Poder Judicial y el cumplimiento del Estatuto de la Magistratura y para ello puede dictar normas reglamentarias o recomendar medidas.
Respecto a la entrada al Poder Judicial brasileño, el CNJ manifiesta que la Constitución sólo exige que ésta se produzca por concurso público de pruebas y títulos (artículo 93, sección I), produciéndose, en consecuencia, una multiplicidad de normas y procedimientos por los que se rigen los tribunales brasileños en relación a tales concursos, y provocando con ello frecuentes apelaciones en los tribunales administrativos.
Así, por medio de la Resolución Nº 75, de 12 de mayo de 2009{1], el CNJ reguló los concursos públicos de ingreso a la carrera judicial en todas las ramas del Poder Judicial nacional.
El artículo 5 de la Resolución señala que el concurso público se deba desarrollar en cinco etapas, siendo la tercera compuesta por un examen de salud física y mental y un examen psicométrico.
Luego, en el artículo 23 se establece que la inscripción preliminar requiere completar un formulario, en el que el postulante deberá indicar, si corresponde, que se encuentra afectado/a por una discapacidad y, en su caso, que no requiere de atención especial en las pruebas.
El Capítulo X de la Resolución, artículos 73 y siguientes, establece una reserva del 5% de los cupos para las personas con discapacidad (entre las que se encuentran las personas con discapacidad auditiva y discapacidad visual, según el Decreto 3.298, de 20 de diciembre de 1999).
La evaluación sobre la compatibilidad de la discapacidad con la función jurisdiccional se debe llevar a cabo en el período de prueba del concurso, por parte de una Comisión Multidisciplinaria, que determinará la existencia y relevancia de la discapacidad para estos fines. Esta Comisión constará de dos médicos, un representante de la Orden de Abogados de Brasil y dos miembros del tribunal.
En el año 2009 fue nombrado el primer juez con discapacidad visual de Brasil.
C.- Estados Unidos de América.
En Estados Unidos de América existe una Ley sobre estadounidenses discapacitados de 1990[1] y modificada en 2008 (ADA, por sus siglas en inglés). Esta tiene por objeto declarado establecer un mandato para la eliminación de la discriminación contra las personas con discapacidad y establece estándares claros y vinculantes para combatir la discriminación, con protagonismo del gobierno Federal y el Congreso (título 42, cap. 126, sec. 1.2101b).[8-10]
[NOTA AL PIE]
8 Resolução nº 75, de 12 de Maio de 2009, disponible en: http://www.cnj.jus.br/atos-administrativos/atos-da-presidencia/resolucoespresidencia/12190-resolucao-n-75-de-12-de-maio-de-2009 (Junio, 2014).
Ley disponible en: http://www.ada.gov/2010_regs.htm (Junio, 2014).
9 JusBrasil. Lula nomeia Ricardo Tadeu para o TRTPR . Disponible en: http://abrat.jusbrasil.com.br/noticias/1547303/lulanomeianomeiaricardotadeuparaotrtpr (Junio, 2014).
10 Ley disponible en: http://www.ada.gov/2010_regs.htm (Junio, 2014).
[NOTA AL PIE]
Esta normativa define en general la discapacidad en general como un impedimento físico o mental que limita sustancialmente uno o más de las principales actividades vitales de una persona (sec. 12.102). El subcapítulo II de la mencionada ley establece la prohibición genérica de discriminar a personas con discapacidad en los servicios públicos, incluyendo entre estos últimos al gobierno federal y local, sus agencias y la Corporación Nacional de Ferrocarril de Pasajeros y cualquier otra autoridad de transportes. En particular, la norma prohíbe que una persona discapacitada con las calificaciones requeridas, sea excluida de participar o se le nieguen los beneficios sociales que le correspondan o sea sometido a discriminación por dicha agencia (Sec. 12.132.). Sin embargo, la norma nada dice respecto del acceso a la función pública en general, ni a la judicatura en particular. Es más, en el subcapítulo I referido al empleo, excluye del alcance de la voz “empleador” a los EE.UU., a las corporaciones de propiedad exclusiva del gobierno de los EE.UU. y a las comunidad indígena [Indian tribe] (Sec. 12.111, 5b).
D.- Perú.
La ley Nº 29.277 de la Carrera Judicial {1], establece en el artículo 4 que son requisitos generales para acceder y permanecer en la carrera judicial, los siguientes:
“1.- Ser peruano de nacimiento;
2.- tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y los derechos civiles;
3.- tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional;
4.- no haber sido condenado ni haber sido pasible de una sentencia con reserva de fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para el acceso a la carrera judicial;
5.- no encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni ser deudor alimentario moroso;
6.- no presentar discapacidad mental, física o sensorial debidamente acreditada, que lo imposibilite para cumplir con sus funciones;
Para los cargos específicos de jueces, la ley N° 29.277 (artículos 6, 7 y 8) no señala nada acerca de alguna eventual discapacidad como causal inhabilitante para el cargo.
El Consejo Nacional de la Magistratura de Perú aceptó que personas con discapacidad visual podían postular al cargo de jueces. Lo anterior, luego de una sentencia judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco (proceso 2009-01890-0-1001-JR-CI-3)[1] que interpretando las normas de la Ley de Carrera Judicial , la Constitución del Perú y Convenios internacionales, estableció, además, que cualquier evaluación de sus capacidades para cumplir las funciones, debía realizarse durante el concurso para el cargo y no previo a este hecho, y que era razonable hacer ajustes al procedimiento habitual de los concursos para permitir al postulante con discapacidad participar en igualdad de condiciones.
La sentencia judicial mencionada, invocó para fundamentar su raciocinio, en primer lugar la Constitución del Perú, que establece la igualdad ante la ley y el principio de no discriminación (artículos 2 y 7); la “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas” y la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo” de las Naciones Unidas”. Las funciones del juez con discapacidad visual se realizan con apoyo de tecnologías especiales.[11-12]
[NOTA AL PIE]
11. Ley disponible en: http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_per_ley29277.pdf (Junio, 2014).
12 Sentencia disponible en: http://bcn.cl/1l8sv (Junio, 2014).
[NOTA AL PIE]
II. DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO.
1.- Discusión General.
Los proyectos en informe fueron aprobados, en general, por vuestra Comisión en su sesión 45ª, de fecha 15 de octubre del 2014, por la unanimidad de las diputadas y diputados presentes.
Votaron por la afirmativa la diputada señora Turres , doña Marisol y los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Ceroni, don Guillermo ; Chahin, don Fuad ; Gutiérrez, don Hugo ; Monckeberg, don Cristián ; Rincón, don Ricardo ; Saffirio, don René ; Soto, don Leonardo ; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo .
Durante la discusión, el diputado señor Espejo, afirmó que la moción que ha presentado modifica los numerales del artículo 256, que impiden ser jueces a los ciegos, sordos y mudos.
Indicó que esta iniciativa tiene por objeto ajustar nuestra legislación interna a obligaciones internacionales que nuestro país ha contraído.
Nuestra Constitución en su artículo 1° dispone que los chilenos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. En el inciso cuarto de dicho artículo se establece que es deber del Estado el “crear las condiciones que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible”, lo que naturalmente exige entregar a aquellos que enfrentan una deficiencia, limitación o restricción de actividad, las herramientas para su “mayor realización”.
Añadió que el reconocimiento de la igualdad entre quienes viven con alguna condición de discapacidad y quienes no lo hacen así ha sido objeto de progresivo reconocimiento por nuestra legislación. En este sentido, mencionó a la ley N°19.284 de 1994 sobre “Normas para la Plena Integración Social de Personas con Discapacidad”.
Informó que el proceso de apoyo a la plena incorporación social de las personas con discapacidad se vio reforzado por la suscripción por parte de Chile, en 3 de Marzo de 2007, de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Fruto de esa suscripción se dictó la ley N°20.422, de Febrero de 2010, que “Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad”.
Recordó que en junio del año 2009 motivados por la necesidad de superar esta situación, las diputadas de ese entonces, señoras Allende , Cristi , Isasi y Turres , junto a los diputados Álvarez , Eluchans , Kast , Lobos y Ward , presentaron una moción que derogaba el numeral 4° del artículo N°256 del Código Orgánico de Tribunales, permitiendo a las personas no videntes acceder a la función judicial.
Los autores de dicha iniciativa sostuvieron, con razón, que existían destacados abogados no videntes, cuya experiencia y trayectoria demostraba fehacientemente que no existía razón que justificara su exclusión de la carrera judicial.
Añadió que el tiempo transcurrido desde la presentación de dicha moción ha vuelto evidente que ninguna de las causales asociadas a discapacidad que el Código Orgánico considera como condiciones incompatibles para el ejercicio de la judicatura reviste efectivamente esta calidad. Recalcó que ninguna de estas condiciones impide el acceso al conocimiento, el desarrollo de las habilidades y el buen juicio exigidos por la función judicial. Del mismo modo, la tecnología y sistemas de apoyo disponibles permiten con creces suplir eventuales déficit generados por estas condiciones, por lo que el impedimento que para el ejercicio de la magistratura nuestro Código Orgánico de Tribunales mantiene para quienes son sordos, mudos o ciegos resulta injustificado.
Manifestó que las barreras que se imponen a quienes padecen alguna discapacidad, hoy llamadas “capacidades diferentes”, resultan particularmente odiosas cuando han sido impuestas por el Estado, contradiciendo otras leyes vigentes recientemente aprobadas.
El diputado señor Soto expresó que la idea matriz del proyecto tiene por objeto eliminar una barrera legal consagrada en nuestro Código Orgánico de Tribunales, que impide a determinadas personas acceder a la carrera judicial. Esta barrera no se condice con la realidad actual de las personas ciegas, sordas o mudas.
Destacó que el avance tecnológico les ha proporcionado un conjunto de herramientas, las que les permiten enfrentar todo tipo de desafíos.
Indicó que esta limitación pudo tener sentido en otra época, cuando tales avances no existían. Hoy un juez requiere tener valores, criterio y sabiduría para poder adoptar decisiones que resuelvan un conflicto, más que la plena capacidad auditiva o visual.
El Ministro de Justicia, señor José Antonio Gómez , manifestó que siempre es necesario revisar y actualizar nuestra legislación. En este sentido, recordó que el Código Orgánico de Tribunales es del año 1943.
Sostuvo que en la legislación comparada esta situación ya se encuentra resuelta. En Argentina, Brasil, Perú , Bélgica y España se permite que las personas con capacidades diferentes puedan ser jueces.
En el caso argentino, la ley N°26.861, sobre Ingreso democrático e igualitario de personal al Poder Judicial y al Ministerio Público de la Nación, establece un sistema de cuotas, con un mínimo de 4% a favor de las personas con capacidades diferentes.
En relación al contenido del proyecto, sostuvo que la iniciativa sólo se refiere al artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, que menciona las personas que no pueden ser jueces. Sin embargo, existen otras normas que también limitan el acceso de personas con capacidades diferentes a determinados empleos. Es así como el artículo 465 del mismo Código impide a las personas ciegas, sordas y mudas ser notarios.
Por otra parte, expresó que nuestra legislación, particularmente los últimos procedimientos reformados, se basan en el principio de la inmediación. En este sentido, reconoció que una vez que se modifique el Código Orgánico de Tribunales, deberán adecuarse los procedimientos penales, de familia y laboral, porque en virtud del citado principio se requiere la percepción directa de la prueba por parte del juez.
El diputado señor Squella afirmó que una disposición similar existe para los funcionarios del Ministerio Público y para los oficiales del Registro Civil. Preguntó la opinión del Ejecutivo sobre la materia.
Advirtió que en Argentina la ley alude a discapacitados en general, y no especifica que se está asegurando un porcentaje a ciegos, sordos o mudos.
El señor Gómez explicó que el artículo 60 de la ley N°19.640 establece que los fiscales del Ministerio Público estarán afectos a las mismas discapacidades e incompatibilidades de los jueces. Respecto del Registro Civil, anunció que procurarán modificar esa disposición a través de esta misma iniciativa.
El diputado señor Squella aclaró que la norma referida al Ministerio Público a que aludió decía relación con el Reglamento del Personal de dicha institución.
La diputada señora Turres , doña Marisol , expresó que la moción de la que ella es autora sólo alude a las personas ciegas.
Hizo presente que la aceptación en la carrera judicial de jueces sordos o mudos supone la contratación de personas capacitadas en el lenguaje de señas.
Sostuvo que hoy resulta perfectamente posible que una persona ciega, sorda o muda se desempeñe como juez.
El diputado señor Rincón informó que el 13 de mayo del presente año la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de España permitió el acceso a la carrera judicial de una persona no vidente.
El diputado señor Ceroni expresó que bajo circunstancia alguna es aceptable que se discrimine a una persona por padecer alguna discapacidad. Sin embargo, en el caso de los jueces surgen dudas razonables en orden a si todas las personas, sean éstas ciegas, sordas o mudas, pueden realmente desempeñar tal función. Un juez requiere para el buen ejercicio de su cargo contar con todos sus sentidos. Destacó que no solo importa o es relevante lo que el testigo declara, sino también la forma en que lo hace.
Manifestó que antes de pronunciarse sobre el fondo de la iniciativa desea conocer la opinión de expertos, que informen a la Comisión si es factible permitir el ingreso a la carrera judicial a las personas sordas, mudas o ciegas.
Sostuvo que no sería positivo que se apruebe esta iniciativa como señal para la opinión pública, para que después la Corte Suprema exija tanto requisitos que finalmente redundarán en que ciego o sordo alguno ingrese a la carrera judicial.
El diputado señor Chahin manifestó que las legítimas aprensiones del diputado Ceroni pueden salvarse sin dificultades. En primer lugar hizo presente que en el procedimiento civil aún está vigente la prueba legal tasada. Por su parte, en los procedimientos orales se debe resolver conforme a las normas de la sana crítica, por lo que tampoco es efectivo que el juez resuelve con libertad cada causa. Respecto de las personas sordomudas hizo presente que éstas pueden expresarse a través del lenguaje de señas.
El señor Gómez señaló que no existe razón alguna para que una persona que sea ciega, sorda o muda pueda desempeñarse como juez. Sin embargo, hizo presente que de aprobarse esta iniciativa será necesario efectuar una serie de modificaciones en nuestro ordenamiento jurídico.
Informó que el Presidente de la Corte Suprema a propósito de la discusión que se desarrolla en el Senado sobre una moción de similar contenido a la que se discute en esta instancia, expresó que no tenían objeción alguna sobre el fondo de la propuesta, sin embargo, estimaba necesario contar con los mecanismos tecnológicos adecuados para que un juez ciego pueda desempeñar la función en forma adecuada.
La Presidenta del Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, señora María Soledad Cisternas , informó que el año 2003 realizó un estudio en el que se refiere a la prohibición contenida en el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales, que data del año 1946.
En dicho informe hacía presente que la tecnología hoy disponible permite a todas las personas que deseen ingresar a la Administración de Justicia poder hacerlo.
Añadió que la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada por Chile el año 2008 señala como propósito “el promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”
La moción en discusión viene a poner término a una disposición anacrónica de nuestra legislación. Informó que en países vecinos este tipo de prohibiciones ya no existen. Más aún, en Brasil ya existe un juez ciego, el señor Tadeo Marquez .
Preguntó si los aspectos relevantes que debieran incidir en la elección de una persona como juez deben guardar relación con su capacidad intelectual, su capacidad relacional, sus conocimientos, su experiencia o con la visión, audición o palabra. Hizo un símil con la situación del atleta. Preguntó si en el caso de este último lo decisivo es su discernimiento o que tenga sus extremidades aptas para poder correr. Resulta obvio que lo relevante es contar con las extremidades que le permitan correr, así como también, en el caso del juez, lo relevante es su conocimiento y capacidad intelectual y no el tema instrumental, como sería la visión, audición o palabra.
Continuando con el símil, sostuvo que si un atleta no tiene piernas, pero cuenta con prótesis que le permiten correr, sería apto para realizar las pruebas. El mismo criterio resulta aplicable para las personas ciegas que con la tecnología actual pueden tener perfecto conocimiento de los documentos que se presenten. Reiteró que el avance tecnológico permite que un ciego ejerza la función judicial.
Destacó que en los procesos civiles, laborales y de familia existe un porcentaje de actuaciones que se efectúan por escrito, pero también comprenden audiencias orales en las que el juez ciego puede participar sin grandes complicaciones.
En materia penal, en virtud del principio de oralidad, con mayor razón es posible concebir la presencia de un juez ciego, tanto en los tribunales de garantía como en los tribunales orales en lo penal, donde existirá una valoración colectiva del caso y de las pruebas que se presenten.
Por otra parte, respecto del principio de inmediación, que alude al contacto directo que debe tener el juez con las pruebas, sostuvo que las personas tienen varios sentidos y no solo uno, por lo que es posible que exista más de un modo de acercarse a los medios probatorios.
Reiteró que la prohibición que consagra el Código Orgánico de Tribunales debe ser derogada, para poner a nuestra legislación en sintonía con los avances tecnológicos y con los compromisos suscritos por nuestro país en materia de Derechos Humanos.
Añadió que la accesibilidad forma parte del eje central de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico. La tecnología de la información y de las comunicaciones forma parte de la mencionada accesibilidad.
Recalcó que el coeficiente intelectual, la destreza analítica, el criterio jurídico, la experiencia y los conocimientos son los verdaderos elementos relevantes para el ejercicio de la profesión.
Manifestó que esta derogación se extenderá también a los fiscales del Ministerio Público. La ley orgánica constitucional de dicha institución dispone que se aplicarán a los fiscales las mismas inhabilidades que nuestro ordenamiento contempla para los jueces. Explicó que la función principal de un fiscal es dirigir la investigación y poner a disposición del tribunal las pruebas pertinentes. Expresó que una persona no vidente puede perfectamente realizar tales funciones. Si la prueba consiste en un video, bastará que el fiscal lo ofrezca al tribunal y accione los mecanismos para exhibirlo durante la respectiva audiencia. Sobre este particular preguntó si la labor acusatoria tiene un estándar de exigencia mayor al que se demanda a la defensa. Hizo esta reflexión en atención a que en la Defensoría Penal Pública no se aplica la inhabilidad consagrada en el Código Orgánico de Tribunales para jueces y por extensión a fiscales. Los abogados que tengan alguna discapacidad hoy si pueden ser defensores.
Destacó que existen casos de abogados no videntes exitosos que demuestran que es perfectamente posible el desempeño laboral de una persona ciega, como Ricardo González , abogado del Consejo de Defensa del Estado y ganador del premio Montenegro que se otorga en la Universidad de Chile a quienes se destaquen por sus aptitudes académicas.
Añadió que la Unión Europea contempla directrices específicas sobre la materia, dirigida a los países comunitarios.
Informó que le corresponde presidir el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, ha sido relatora del Protocolo Facultativo de la Convención, lo que implica haber tramitado casos, analizarlos y llevarlos al Pleno del Comité, con propuestas de dictámenes de resolución. Concluyó que la figura de relatoría del Protocolo es análoga a la de los jueces. Hizo presente que no ha tenido dificultad alguna para ejercer dicha función.
Por último, advirtió que la prohibición que hoy existe para que personas ciegas se desempeñen como jueces o fiscales también se extiende a los notarios. Hizo presente que los argumentos invocados también son aplicables al caso de los mencionados auxiliares de la administración de justicia.
El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha desarrollado un grupo específico encargado de efectuar las adecuaciones para permitir la accesibilidad dentro de dicha institución a persona con discapacidad.
El señor Darío Alfaro , estudiante de derecho de la Universidad de Chile, hizo presente que cada vez son más las personas discapacitadas visuales que ingresar a esta carrera y que logran egresar de ella sin grandes dificultades.
Informó que en su facultad existen seis personas discapacitadas visuales. Anualmente se permite el ingreso de un máximo de tres personas con este tipo de discapacidades. Por ello, cada vez será mayor el número de personas que podrían ingresar a la carrera judicial. Sin embargo, hoy no pueden hacerlo, por la limitante que consagra el Código Orgánico de Tribunales.
Hizo un llamado a eliminar dicha norma. En el pasado muchas personas quizás desearon postular a la carrera judicial, pero se vieron impedidos de hacerlo. Hoy con los avances tecnológicos disponibles las personas no videntes pueden leer textos sin grandes dificultades. Recalcó que cuentan con todas las herramientas para poder ejercer la función judicial.
Si se desea trabajar por una sociedad más abierta e inclusiva es necesario que las personas discapacitadas por ceguera, sordera o mudez puedan participar en las áreas en las que desean trabajar.
Reiteró que hay personas interesadas, como él, en ingresar a la carrera judicial, pero hoy no pueden hacerlo porque existe una norma que se los prohíbe. Han transcurrido más de cuarenta años desde la entrada en vigencia de tal norma. Estimó que tal disposición pudo tener alguna justificación en el pasado, porque no existían las herramientas de las cuales se dispone hoy.
Destacó que una de las metas que se ha fijado es llegar algún día a ser juez. Para ello necesita se derogue la norma en cuestión. Para llegar a serlo, la visión no es determinante, como si lo es la capacidad de la persona y el interés de esta por su profesión.
El señor Ricardo González , abogado del Consejo de Defensa del Estado, expresó que María Soledad Cisternas , junto con ser académica, es madre, esposa y se desempeña en organismos internacionales cumpliendo labores de gran relevancia. Sostuvo que si ha sido capaz de desempeñar tales roles en forma coetánea, perfectamente está capacitada para ser jueza.
Hizo hincapié en que los discapacitados se han ganado el derecho a ocupar ciertos espacios. Informó que egresó de la carrera de derecho el año 1986. El año 1987 obtuvo el Premio Montenegro . Desde el año 1990 se desempeña como abogado litigante en materia penal, sin dificultad alguna.
Hizo presente que el artículo 1° de la Constitución dispone que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Por su parte, el inciso segundo del artículo 5° señala que “Es deber del Estado respetar y promover tales derechos garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”, entre los que se cuenta la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. Asimismo, el artículo 19 N°2 asegura a todas las personas la igualdad ante la ley, no pudiendo ésta ni autoridad alguna establecer diferencias arbitrarias. A su entender, la norma que se pretende derogar infringe las disposiciones constitucionales citadas.
Enfatizó que su presencia en la Comisión no se debe a un eventual interés en entrar a la judicatura. Concurre pensando en las futuras generaciones, como Darío Alfaro , que hoy cursa la carrera de derecho y desea ingresar a la Academia Judicial y hay una norma que se lo impide.
El señor Miguel Von Und Zu Liechtenstein , Presidente de la Fundación Sin Odio, afirmó que este proyecto permite adecuar nuestro ordenamiento jurídico a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
Informó que en el juicio realizado en España por los hechos ocurridos en la Estación de Atocha, el ochenta por ciento de la evidencia aportada eran videos. Ello no constituyó un impedimento para el juez que dictó el auto de procesamiento de más de mil seiscientas ochenta páginas, señor Juan del Olmo , el que carece de visión en ambos ojos.
Lo que antes pudo constituir una limitante, hoy con los avances tecnológicos, ya no lo es. Hizo presente que la Fundación que preside ha desarrollado un trabajo metódico con la presidencia del Senado para eliminar todas aquellas normas que signifiquen una discriminación arbitraria, promoviendo de esta forma la igualdad de oportunidades, la inclusión social, la participación y la accesibilidad de personas en situación de discapacidad.
El origen de la discapacidad no está constituido por las limitaciones individuales de cada persona, sino que se encuentra en el hecho que la sociedad no prevea los medios adecuados ni asegure que las necesidades de tales personas sean consideradas. La exclusión y segregación que sufren no es consecuencia necesaria de su limitación, sino más bien de la forma en que la sociedad ha dado o ha dejado de dar los medios para su superación. Es ésta la que debe acomodar su estructura, respetando la dignidad de quienes son diferentes.
La señora Cisternas agregó que nuestro país ha adherido a lo que se denomina el modelo de derechos humanos para las personas con discapacidad. Ello significa que el Estado debe procurar remover las barreras que dificultan la participación de tales personas y crear las medidas de acción afirmativas necesarias para que la persona pueda tener una participación plena y efectiva en la sociedad, permitiendo el disfrute de sus derechos humanos y de sus libertades fundamentales.
El diputado señor Ceroni aclaró que no se puede justificar discriminación alguna. Sin embargo, señaló que es legítimo que le asistan algunas dudas. Estimó perfectamente posible que una persona no vidente pueda desempeñarse como juez. Su inquietud dice relación con el desempeño de personas sordas o mudas. Preguntó si estas personas pueden desempeñarse como jueces, particularmente si se considera que una persona puede ser sordo y mudo a la vez. Recordó que la inmediación exige un contacto directo del juez con la prueba. En el caso recién expuesto, indicó que ignora como lo haría el juez para apreciar la prueba testimonial.
Por último, recalcó que será la Corte respectiva la que elaborará la terna para el nombramiento de un juez. En definitiva, será ella la que determine si la persona tiene las aptitudes necesarias para desempeñar la función judicial.
La diputada señora Turres , doña Marisol , advirtió que cincuenta años atrás no existían lo avances tecnológicos de hoy, que permiten que una persona privada de visión pueda desarrollarse en los más diversos ámbitos. Añadió que existe ignorancia en la sociedad sobre las reales capacidades de las personas que sufren la privación de uno de sus sentidos.
El diputado señor Saffirio sostuvo que esta moción permitirá eliminar una de las barreras que hoy afectan a las personas que tienen capacidades distintas. Hizo presente que la moción solo pretende eliminar aquella prohibición que impide a ciegos, sordos y mudos desempeñarse como jueces. Ello permitirá que las personas que padezcan la privación de uno de sus sentidos postulen a la función judicial. No es tarea de la ley determinar la forma en que el juez finalmente ejercerá su función. Será labor del Ministerio de Justicia y de la Corte Suprema el disponer de los recursos que sean necesarios para que un juez ciego, sordo o mudo pueda ejercer el cargo en forma adecuada.
Comentó que resulta más difícil obtener el título de abogado que ejercer la actividad de juez. Si la persona que carece de uno de sus sentidos logró salvar todas las barreras que existen en la carrera de derecho, no aprecia razón alguna que les impida ser jueces.
La señora Cisternas afirmó que la situación de las personas sordas es menos compleja que la de las personas ciegas. Las primeras cuentan con la visión, lo que les permite apreciar todas las pruebas escritas. Destacó que las declaraciones son transcritas por actuarios, de modo que pueden ser percibidas por las personas con sordera.
Señaló que en el ejercicio de la carrera judicial muchos jueces con el tiempo van perdiendo la visión o se van quedando sordos. Sin embargo, ello no les impide desempeñar su rol en forma adecuada, porque van adaptando su ejercicio de acuerdo a las limitaciones que vayan presentando.
El señor González sostuvo que tal como lo ha explicado el diputado Saffirio , la moción pretende otorgar a los discapacitados la posibilidad de postular a la función judicial y no que los designen inmediatamente en dicho cargo. Añadió que más allá de lo que señalan las disposiciones legales respecto de la inmediación, finalmente todo se consigna por escrito. Recalcó que nuestro país se encuentra atrasado en materia de legislación sobre discapacidad.
El señor Alfaro respecto de la consulta formulada sobre las personas sordas, informó que hoy existe un programa computacional que permite convertir los dichos de una persona en un texto escrito, por lo que eventualmente un juez sordo podría conocer el testimonio de una persona al mismo tiempo en que esta presta declaración.
El diputado señor Squella expresó que en principio, a raíz de las alusiones que en los procedimientos reformados se efectúan al principio de inmediación uno podría tener algunas aprensiones respecto de la iniciativa en discusión. Sin embargo, luego de escuchar las exposiciones efectuadas tales dudas se han disipado. Los avances tecnológicos permiten que eventualmente un juez ciego o sordo tenga contacto directo con la prueba rendida.
Lamentó que nuestro ordenamiento no haya definido el principio de inmediación con claridad. Sugirió estudiar incorporar una definición luego de la aprobación de esta iniciativa.
Esta prohibición que consagra el Código Orgánico de Tribunales pudo tener sentido 50 años atrás, pero hoy dejó de tenerlo.
Recalcó que la moción solo pone término a una inhabilidad. Serán las Cortes las que de acuerdo al mérito de los postulantes, definirán quienes integrarán las respectivas ternas.
Preguntó por qué razón en su Facultad solo se permite que ingresen dos o tres personas no videntes al año.
El señor Alfaro explicó que la carrera de derecho contempla en su reglamento que tres personas pueden rendir la prueba de selección en forma oral.
El diputado señor Chahin afirmó que lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales constituye una discriminación arbitraria. Hoy la tecnología permite que se desempeñen en la judicatura personas no videntes. Por tanto, no cabe sino corregir y modificar la norma que consagra la arbitrariedad mencionada.
El diputado señor Soto sostuvo que los testimonios recogidos en la Comisión han dejado en evidencia que las inhabilidades que consagra el artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales respecto de ciegos, sordos y mudos deben ser derogadas. Tales circunstancias son más bien dificultades para desempeñar el cargo de juez, pero no impedimentos.
Las inhabilidades que establece dicho artículo son más bien de carácter moral, como la que alude a los que se hallaren en interdicción por causa de demencia o prodigalidad; a los que de conformidad a la ley procesal penal, se hallaren acusados por crimen o simple delito o estuvieren acogidos a la suspensión condicional del procedimiento y a los que hubieren sido condenados por crimen o simple delito.
Recalcó que para ser juez se requiere ser inteligente, probo, valiente, entre otras cualidades. Éstas características no dicen relación con las capacidades físicas de las personas.
Añadió que cuando un atleta privado de sus piernas decidió procurar continuar participando en la alta competencia, ello estimuló a la industria a crear dispositivos que lo permitieran. Indicó que lo mismo puede suceder de eliminarse la inhabilidad en discusión.
2.- Discusión Particular.
“Artículo único.- Deróganse los numerales 2°, 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales.”.
Sometido a votación fue aprobado por la unanimidad de las diputadas y diputados presentes.
Votaron por la afirmativa la diputada señora Turres , doña Marisol y los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Ceroni, don Guillermo ; Chahin, don Fuad ; Gutiérrez, don Hugo ; Monckeberg, don Cristián ; Rincón, don Ricardo ; Saffirio, don René ; Soto, don Leonardo ; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo .
III. DOCUMENTOS SOLICITADOS, PERSONAS ESCUCHADAS POR LA COMISIÓN.
La Cámara de Diputados, a través de oficio N°11.306, de 4 de junio de 2014, consultó su opinión a la Corte Suprema, acerca del proyecto de ley en informe, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 de la Constitución Política de la República y 16 de la ley N° 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional.
Por su parte, vuestra Comisión recibió al Ministro de Justicia, don José Antonio Gómez , a la Presidenta del Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, señora María Soledad Cisternas ; al estudiante de Derecho de la Universidad de Chile, señor Darío Alfaro ; al señor Ricardo González , abogado del Consejo de Defensa del Estado, y al señor Miguel Von Und Zu Liechtenstein , Presidente de la Fundación Sin Odio.
IV. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
De conformidad a lo establecido en el Nº 4 artículo 302 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que no existen disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES.
No hay artículos ni indicaciones en tal sentido.
VI. TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente la señora Diputada Informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente:
PROYECTO DE LEY:
“Artículo único.- Deróganse los numerales 2°, 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico de Tribunales.”.
Tratado y acordado en sesiones de 10 de junio y 15 de octubre de 2014, con la asistencia de la diputada señora Turres , doña Marisol y de los diputados señores Andrade, don Osvaldo ; Ceroni, don Guillermo ; Chahin, don Fuad ; Coloma, don Juan Antonio ; Fuenzalida, don Gonzalo ; Gutiérrez, don Hugo ; Monckeberg, don Cristián ; Rincón, don Ricardo (Presidente); Saffirio, don René ; Soto, don Leonardo ; Squella, don Arturo y Trisotti, don Renzo .
Sala de la Comisión, a 15 de octubre de 2014.
(Fdo.): JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA, Abogado Secretario de la Comisión”.
22. INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA REQUISITOS PARA OBTENER LA CARTA DE NACIONALIZACIÓN. (BOLETIN N°9455‐06)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización pasa a informar el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en una moción de los señores Pilowsky ; Arriagada ; Chahin ; Chávez ; Espejo; Farías ; Jiménez ; Ojeda ; Urrutia, don Osvaldo ; y Walker , con urgencia calificada de “simple”.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de esta iniciativa, lo siguiente:
1.- Que sus ideas matrices o fundamentales son:
a) rebajar de 21 a 18 años la edad para optar a la nacionalidad chilena cuando el padre o la madre ya la hubiere obtenido;
b) establecer una nueva norma especial de nacionalización respecto del joven mayor de 14 años, cuyos padres sean extranjeros, y que sea autorizado al efecto por quienes estén a cargo de su cuidado personal y que cumplan con las demás exigencias generales; y,
c) permitir que los hijos menores de 14 años, de padre o madre que posean la calidad jurídica de refugiados, puedan nacionalizarse desde el momento que uno de ellos obtenga su carta de nacionalización.
2.- Que sus disposiciones son de rango legal común.
3.- Que no hay disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.
4.- Que fue aprobado, en general y en particular, por unanimidad (7x0), con los votos de los Diputados Farías (Presidente), Becker , Berger , Chávez , Mirosevic , Ojeda y Pilowsky .
5.- Que se designó Diputado Informante al señor Pilowsky, don Jaime .
II. ANTECEDENTES.
a) La Moción
Al decir de sus autores, la nacionalidad es definida en doctrina como el vínculo jurídico, fundado en la naturaleza o en el derecho positivo, que une a una persona con un Estado determinado y que genera derechos y deberes para ambos, el que ha sido reconocido en el ámbito internacional como parte de la esfera de los derechos fundamentales de las personas. Al efecto, citan la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa Rica, ambos ratificados por Chile, que establecen expresamente que “toda persona tiene derecho a una nacionalidad”.
Agregan que, en nuestro país, la nacionalidad está normada básicamente en su Constitución Política, entregando a la ley la regulación de los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena; de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización y la formación de un registro de todos estos actos, mandato que es recogido por nuestra legislación prescribiendo que la nacionalización se otorgará por el Presidente de la República, a través de un Decreto, refrendado por el Ministerio del Interior. Agrega, que el extranjero que solicita la nacionalidad chilena deberá cumplir con los siguientes requisitos: haber cumplido 21 años de edad, tener más de cinco años de residencia continuada en el territorio y ser titular del permiso de permanencia definitiva, posibilitando, además, que puedan acogerse a la carta de nacionalización los hijos de padres o madres nacionalizados que hayan cumplido 18 años de edad, reuniendo los demás requisitos exigidos.
Destacan que la normativa que regula la materia es de un texto de antigua data y, en ese momento, la mayoría de edad en el país estaba establecida a los 21 años. Sin embargo, a contar de 1993, a través de la ley 19.221, se estableció la mayoría de edad a los 18 años, ley que modificó diversos textos legales, no obstante, otros no fueron tocados, entre ellos, aquel cuya adecuación se propone por esta iniciativa legal.
Así, en Chile, los 18 años de edad son exigidos para diversos trámites de alta trascendencia, tales como el derecho a sufragio, la libre contratación civil o la plena responsabilidad penal; por lo que, según los autores de la moción, resulta absurdo que se siga exigiendo 21 años de edad como requisito para optar a la nacionalidad chilena, en circunstancias que el país podría contar con jóvenes destacados en áreas tales como la cultura, la ciencia o el deporte, pero que tal exigencia los priva de poder iniciar los trámites necesarios para ser naturalizados con mayor antelación.
En otro orden de cosas y en relación al segundo tema abordado en el proyecto en informe, plantean que Chile está en condiciones de nacionalizar a quienes han vivido gran parte de su vida en nuestro país y que, conforme a sus capacidades y talentos, han hecho aportes que son importantes; por lo tanto, justifica modificar la normativa vigente, con el propósito de que puedan convertirse en chilenos a temprana edad, a fin de retenerlos y, así, continuar aportando en el futuro a nuestro desarrollo.
Para los suscriptores de la iniciativa, resulta una incongruencia que los 14 años sea estimada una edad suficiente para ser responsable penalmente, por considerar que a esa edad se posee un nivel de discernimiento que hace posible su imputación, frente al caso de un joven de 14 años, hijo de padres extranjeros, que ha vivido parte importante en Chile, no pueda optar a obtener una carta de nacionalización, en la medida que cuente con la autorización de quienes están a cargo de su cuidado personal y cumplan con los demás requisitos generales, esto es, 5 años de residencia en el territorio de la República y ser titulares del permiso de permanencia definitiva.
La tercera modificación propuesta en el proyecto encuentra su fundamento -al parecer de sus autores- en la situación que viven cientos de refugiados que arriban a nuestro país.
Recuerdan que en 1951 se proclamó la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, al alero de la Organización de Naciones Unidas, la que fue ratificada por Chile en 1972. Agregan que el propósito de la institución del refugio es ofrecer a una persona protección en un Estado cuando en el de su nacionalidad o residencia se la niegan.
En la actualidad, nuestro país acoge a 1.743 personas en tal situación, según informe de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados; y muchos de ellos han decidido permanecer en nuestro país y comenzar una nueva vida, optando algunos por nacionalizarse chileno, debiendo cumplir, al efecto, la regulación vigente sobre la materia.
Se presenta, entonces, la situación que familias refugiadas, en las que el padre o la madre, o ambos, mayores de 21 años han obtenido la nacionalidad chilena. Sin embargo, sus hijos que han venido con ellos deben esperar hasta los 18 años para optar a ella; hecho que, a juicio de los autores de la moción, atenta contra el principio de la reunificación familiar que inspira el Derecho Internacional Humanitario y que es reconocido por la Convención sobre la materia, ratificada por Chile, el cual establece que la condición de refugiado no solo alcanza a quien obtiene el reconocimiento de tal por un Estado, sino que se extiende a todo su grupo familiar.
b) Normativa relacionada con el proyecto
El artículo 10 de la Constitución Política especifica las personas que poseen nacionalidad chilena.
Por su parte, el artículo 14 de la Carta Fundamental otorga a los extranjeros avecindados en nuestro país por más de cinco años, que tengan cumplidos dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva, el ejercicio del derecho a sufragio. Agregando, en su inciso segundo, que los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley, podrán optar a cargos públicos de elección popular después de cinco años de estar en posesión de dicha carta.
El decreto ley N°747, de 1925, estableció la normativa aplicable a la nacionalización de extranjeros en nuestro país.
La ley N°13.955, introdujo modificaciones sustanciales al precitado decreto ley. Finalmente, el decreto supremo N°5.142, de 1960, del Ministerio del Interior, fijó el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros, haciendo referencia a ambos textos legales anteriormente citados y a “las demás –normas- vigentes sobre la materia.”.
Por otra parte, el decreto ley N°1432, de 1976, estableció los derechos que pagarán los extranjeros por la carta de nacionalización y, además, modifica el sistema de renuncia a la nacionalidad.
La ley N°18.005 que introduce nuevas variantes en la legislación vigente en la materia, refiriéndose, al efecto, al ya señalado decreto supremo N°5.142.
La ley N°20.430 que establece disposiciones sobre protección de refugiados.
III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN.
Atendido que la iniciativa consta de un artículo único, la Comisión acordó discutirlo en general y particular a la vez.
Durante esta instancia, recibió las opiniones que les merecía el proyecto a las siguientes autoridades y representantes de instituciones:
1.- El Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señor Rodrigo Sandoval , quien, acompañado de la abogada de la Sección Jurídica de esa entidad, señora Fernanda Torres , señaló, en primer término, que la nacionalidad, entendida como aquel “vínculo jurídico, fundado en la naturaleza o en el derecho positivo, que une a una persona con un Estado determinado generándose derechos y deberes recíprocos” (definición recogida por los autores de la moción), ha sido consagrada, además, a nivel internacional como un derecho fundamental del cual deben gozar todas las personas; así lo expresa la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 15 N°1, dispone: “toda persona tiene derecho a una nacionalidad” y en su N°2° agrega: “A nadie se le privara arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad”; por su parte, la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 7° N°1, señala que “ El niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.” A su vez, el numeral 2° indica de manera imperativa que “Los Estados Partes velarán por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional y las obligaciones que hayan contraído en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta esfera, sobre todo cuando el niño resultara de otro modo apátrida.”; el mismo instrumento internacional, en su artículo 8° agrega de modo perentorio que: “1.- Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas; 2.- Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.”. Estos instrumentos internacionales, destacó, se encuentran ratificados por Chile, siendo por tanto normas vigentes y aplicables en nuestro ordenamiento jurídico, por mandato constitucional (artículo 5°, inciso segundo).
Agregó que las formas de adquisición, pérdida y reclamación de la nacionalidad chilena se encuentran establecidas en la Constitución Política de la República, en su Capítulo II, denominado “Nacionalidad y Ciudadanía”, reconociendo fuentes originarias y derivadas de adquisición de la nacionalidad, las primeras determinadas bien por el lugar de nacimiento (ius solis), bien por vínculo sanguíneo con chileno (ius sanguinis); las derivadas, por su parte, corresponden a la “carta de nacionalización” (acto administrativo), y a la “especial gracia de nacionalización por ley” (acto legislativo). Dispone esta norma constitucional que “la ley reglamentará los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena, de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización y la formación de un registro de todos estos actos” (artículo 10). Sin embargo, aclaró, dicha ley no ha sido dictada hasta la fecha, siendo estas materias aún reguladas por un cuerpo normativo que es anterior a la dictación de la actual Constitución Política, conformado por el Decreto Supremo N°5142 (1960), que fijó el texto refundido de disposiciones sobre nacionalidad contenidas en la Ley N°13.955, de 1960, y el Decreto Ley N°747, de 1925, cuyo texto fue fijado en el Decreto Supremo N° 3.690 de 1941, del Ministerio del Interior. Esta normativa, afirmó, de antigua data resulta a la fecha anacrónica a la realidad migratoria del país, estableciendo requisitos y procedimientos que se encuentran regulados de manera poco detallada, dejando así un margen de discrecionalidad administrativa que puede generar riesgo de incurrir en arbitrariedad; así, no permite incorporar otros requisitos para poder adquirir la nacionalidad por carta de nacionalización, lo que ha significado una restricción al acceso a ésta de los menores de edad, ya sea que se encuentren en una potencial situación de apatridia, o que teniendo una nacionalidad de origen determinada, no pueden optar a la chilena por las restricciones de plazos o edad, dejándolos, en algunos casos, en situación de vulneración de sus derechos fundamentales. Es el caso, ejemplificó, de todos aquellos menores de edad que son deportistas de alto rendimiento, que han desarrollado su vida en Chile, pero que han nacido fuera del país o sus padres son extranjeros, por lo que su nacionalidad no es la chilena; ellos, detalló, no pueden optar a la nacionalidad chilena antes de los 18 o 21 años, según corresponda, por lo que no pueden representar a nuestro país en competencias internacionales, como le ocurría a Yutaka Matsubara , quien finalmente fue nacionalizado por ley. Similar situación afecta a los hijos de extranjeros que se encuentran en Chile en condición de refugiados, que han nacido en el país de sus padres, carecen de documentación que les permita acreditar su nacionalidad de origen y tampoco pueden acceder a la chilena, por lo que quedan en una situación que el Alto Comisionado de Naciones Unidad para los Refugiados (ACNUR) ha determinado como “apatridia de facto”. La autoridad administrativa ha tratado de resolver este vacío, asentando el criterio de que la situación migratoria irregular de un extranjero no debe afectar a sus hijos, arriesgando ponerlos en condición de apátridas, dando aplicación directa a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y a la Convención sobre los Derechos del Niño, ambos tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile, decisiones administrativas que, en definitiva, se han reflejado en una sostenida jurisprudencia de la Corte Suprema.
Estimó que la moción en debate, en cuanto modifica los requisitos para obtener la carta de nacionalización, viene a solucionar, en parte, esas situaciones especiales para la adquisición de la nacionalidad, y corrige, al menos parcialmente, la falta de diligencia que ha tenido el Estado chileno en modernizar su normativa en materia de nacionalidad, y adecuarla a la evolución histórica y legal que ha experimentado en materia de derechos fundamentales, por lo que se mostró plenamente favorable a las modificaciones legales allí propuestas. Sin perjuicio de ello, planteó las siguientes observaciones a considerar:
Respecto a la modificación del requisito de edad para la obtención de la carta de nacionalización, consideró pertinente la adecuación de la edad exigida para obtener la carta de nacionalización, dado que si bien en virtud de la ley N°19.221 se estableció, en términos generales, la mayoría de edad a los 18 años, no se modificó expresamente el decreto N°5142 (que establece las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros) en tal sentido; sin embargo, argumentó, la Corte Suprema ha establecido: “Que si bien la regla transcrita en el motivo anterior indica que la declaración debe efectuarse dentro del año siguiente a aquel en que el interesado cumpla veintiún años de edad, es evidente que se refiere al cumplimiento de la mayoría de edad, que a la fecha de publicación del aludido Decreto Supremo (13 de octubre de 1960) estaba fijada precisamente en los veintiún años. Como es sabido, actualmente la mayor edad se alcanza a los dieciocho años, razón por la cual es a partir de entonces que la ley reconoce a las personas la capacidad para ejercer libremente sus derechos; entre ellos, por cierto, el de optar a la nacionalidad chilena en el evento de configurarse los presupuestos constitucionales y legales, como ocurre en la especie.” (Reclamo de Nacionalidad Rol N°125512013, prevenciones de los Ministros señores Juica , Ballesteros y Blanco).
En cuanto al establecimiento de una regla especial para obtener la carta de nacionalización a partir de los 14 años, cumpliendo otros requisitos, si bien la moción la fundamenta aludiendo a aquellos deportistas o artistas extranjeros destacados, con residencia y arraigo en Chile, la modificación es, aclaró, de general aplicación; consideró pertinente que para poder ejercer su derecho a opción a partir de los 14 años, además de cumplir los requisitos, el menor cuente con la previa autorización de quien lo tenga bajo su cuidado personal; esto, aclaró, porque la moción no explica la forma en que se manifestará la voluntad del menor de edad, es decir, quién presentará tal solicitud, si el menor previamente autorizado por quien tenga a su cargo su cuidado personal o directamente por dicha persona. Por otro lado, consideró que sería pertinente agregar la posibilidad de retractarse, en los casos en que el menor, al cumplir los 18 años de edad, quisiera adquirir otra nacionalidad o volver a recuperar su nacionalidad de origen. Por otro lado, observó que la moción no señala qué sucederá en los casos de nacionalidad excluyente, es decir, aquellos en que no se permite tener otra nacionalidad o se requiere renunciar a una para poder adquirir la otra o que renunciada la nacionalidad de origen, esta no se puede volver a adquirir.
En lo que respecta a la incorporación de una norma que otorgue la nacionalidad a refugiados menores de edad en Chile, propuesta en la moción, y que busca atender la situación de aquellos menores nacidos en otro país, que llegan a Chile con sus padres en calidad de refugiados, pero que se ven imposibilitados de acreditar, mediante documento oficial, su nacionalidad o estado de origen, se mostró partidario de tal solución, pues respeta el principio de reunificación familiar (Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951; ley N° 20.430 sobre protección de refugiados), que tiene por objeto que la persona que obtenga el reconocimiento de refugiado, pueda traer a su familia al Estado receptor, extendiéndose a todo el núcleo familiar la protección internacional de la condición de refugiado; sin embargo, advirtió, la ley N°20.430 no es la única norma que en nuestro ordenamiento se aplica a refugiados, por lo que sería pertinente, mediante una indicación, eliminar la referencia a esa específica ley, para ampliar la protección y otorgamiento de la nacionalidad chilena, a todos los refugiados, independiente de la normativa que haya reconocido su condición de tal.
Finalmente, y en otro orden, observó, la moción no hace referencia alguna a los montos en dinero que se deben pagar al efecto, es decir, no se señala si estos permisos o solicitudes estarán exentos o no del pago establecido en el decreto supremo N°296, de 24 de enero de 1995, que determina el monto de derechos que deberán pagar los extranjeros por las actuaciones administrativas que se indican, salvo en el caso de refugiados, los cuales se encuentran explícitamente exentos.
2.- La Jefa de la Oficina Nacional de ACNUR (Alto Comisionado de Naciones Unidad para los Refugiados), señora Magda Medina , quien acompañada de la Oficial de Protección de dicha oficina, señora Rebecca Steward , señaló que la moción presentada constituye un paso en la dirección correcta en el marco de los convenios internacionales suscritos por Chile y, en particular, los relativos a refugiados. Luego de referirse, con detalle, al mandato otorgado al ACNUR por la Asamblea de las Naciones Unidas, desde 1950, así como a la labor que dicha entidad desarrolla en Chile, en el marco de los instrumentos internacionales y la legislación nacional, y después de definir los conceptos de nacionalidad y apatridia, y detallar las estadísticas mundiales sobre esta realidad, procedió a realizar los siguientes comentarios específicos sobre el proyecto de ley:
Valoró que, en su opinión, esta iniciativa refleja una preocupación especial por niños y niñas de padre o madre con calidad de refugiado, en armonía con el “principio del trato más favorable”, consagrado en artículo 10 de la ley N°20.430 sobre protección de refugiados (2010), a la par que recoge el “principio del interés superior del niño”, de conformidad con la Convención sobre los derechos del niño.
En términos del derecho internacional, consideró que la iniciativa es solo parcialmente conforme a los estándares internacionales en materia de derechos humanos y refugiados; esto, porque en virtud del artículo 34 de La Convención sobre Estatuto de los Refugiados (1951) y su Protocolo Facultativo (1967), los Estados partes, como Chile, deberán facilitar en todo lo posible la asimilación y la naturalización de los refugiados, esforzándose, en especial, por acelerar los trámites de naturalización y por reducir, en todo lo posible, derechos y gastos que irrogan tales trámites, y en esa dirección, aseguró, el proyecto podría contemplar facilidades adicionales, como la reducción del plazo de residencia o del costo del trámite, o bien, para el caso de hijos de extranjeros naturalizados, al menos aquellos apátridas y refugiados, propuso un esquema que no requiera cumplir la edad de 14 años, pues, afirmó, hay muchas razones, en el derecho internacional, que lo justifican. Finalmente, aclaró que esta iniciativa no contempla la situación de las personas apátridas, y no las considera en la legislación chilena sobre naturalización; propuso, a fin de resolver casos actuales y prevenir aquellos futuros, incorporar las modificaciones que sean pertinentes sobre el particular.
Sin perjuicio de lo anterior, y en el evento que no sea posible atender la situación de la apatridia en este proyecto, recomendó al país adherirse a las dos principales convenciones internacionales sobre la materia la Convención sobre estatuto de apátridas (1954) y la Convención para reducir los casos de apatridia (1961)además de prevenir casos en niños nacidos en territorio chileno, hijos de “extranjeros transeúntes” (artículo 10 N°1 de la Constitución); establecer procedimientos específicos para determinar tal condición, así como participar en esfuerzos regionales e internacionales hacia la erradicación y la prevención de la apatridia en el mundo, y en general, adecuar la normativa y práctica interna sobre nacionalidad a los estándares internacionales.
En el curso del debate, el diputado señor Pilowsky , autor, entre otros, y principal impulsor del proyecto, señaló que la motivación tenida a la vista al suscribir la moción fue actualizar una norma que, por no haber sido oportunamente ajustada, transgrede la legislación vigente sobre mayoría de edad, establecida en los 18 años de edad, como requisito para la nacionalización administrativa de extranjeros, en circunstancia que la norma a modificar alude a los 21, antiguo límite de la mayoría de edad; advirtió que tal ajuste en nada implicará modificar los demás requisitos legales para obtener la nacionalización, sin perjuicio que, para aspirar a una política moderna sobre nacionalización y migraciones, aseguró, deban en el futuro y en un proyecto integral, adecuarse muchas otras normas. En segundo término, agregó, la iniciativa pretende establecer una norma excepcional que permita a los hijos de extranjeros nacionalizarse a partir de los 14 años de edad, sin tener que esperar hasta los 18, cuando cuenten con la autorización del padre o la madre que tenga a su cargo el cuidado personal del menor. Adicionalmente, mediante la incorporación de una nueva disposición, propone conceder la nacionalización a aquellos hijos de refugiados (no nacidos en Chile) que estando en nuestro país, hayan obtenido (los adultos) carta de nacionalización, sin necesidad de esperar cumplir los 14 años de edad, sino de forma automática, o por el solo ministerio de la ley, a consecuencia de haberla logrado uno de sus padres.
Artículo único.
Este introduce cuatro modificaciones en la normativa vigente en esta materia, centrada en el decreto supremo N°5142, de 1960, del Ministerio del Interior; las tres primeras a su artículo 2° y la última a su artículo 10.
N° 1
Letra a)
El inciso primero de este artículo faculta otorgar carta de nacionalización al extranjero con 21 años cumplidos, con más de 5 años de residencia continuada en Chile y que cuente con permiso de residencia definitiva.
La modificación propuesta apunta a rebajar a 18 años la edad exigida, como, igualmente, a eliminar el requisito de ser “continuada” la residencia de 5 años en el país.
Letra b)
El inciso final del artículo en referencia -actual penúltimo- posibilita otorgar, igualmente, carta de nacionalización a los hijos de padre o madre chilenos nacionalizados, con 18 años de edad y que cumplan, además, con los otros requisitos ya vistos al referirnos al inciso primero.
Esta letra reemplaza el inciso en cuestión, en términos de facultar a solicitar carta de nacionalización a los hijos de extranjeros, con 14 años de edad, que sean autorizados, al efecto, por la persona a cargo de su cuidado, siempre que tengan más de 5 años de residencia en el país y sean titulares del permiso de permanencia definitiva; incluyendo en su primera parte, como ya fue reseñado, una indicación del señor Pilowsky en orden a permitir que sea el propio menor quien solicite dicho beneficio, cumpliendo los demás requisitos ya indicados.
Letra c)
Esta letra agrega un nuevo inciso, como final, al artículo referido, que se hace cargo de los menores de 14 años, cuyo padre o madre tenga en Chile, y conforme a la ley N°20.430, la calidad de refugiado, permitiéndoles nacionalizarse por el solo hecho que uno de ellos obtenga la carta de nacionalización.
Este inciso, a su vez, fue objeto de sendas indicaciones, una del señor Pilowsky , para suprimir la mención a la ley N°20.430, y otra suscrita, además del señor Pilowsky , por los señores Becker , Berger , Chávez , Farías , Mirosevic y Ojeda , que eleva de 14 a 18 años la edad del hijo de refugiados, para acceder a tal opción.
N° 2 (antigua letra d))
El artículo 10 del texto legal cuya modificación se propone, se refiere a los hijos “de extranjeros transeúntes y de aquellos que se encuentran en el país al servicio de su Gobierno”, que nacieran en Chile y que quisieran optar por nuestra nacionalidad, fijándoles el plazo de un año, contado desde que cumplan 21 años de edad, para presentar una declaración en tal sentido, ante las autoridades y cumpliendo con las formalidades que señala.
Este número rebaja la edad que aquí se fija como requisito, de 21 a 18 años de edad.
Como se consignara en la primera parte de este informe, la Comisión aprobó, por unanimidad, tanto en general como en particular (7x0) esta iniciativa, incluyendo en ella cada una de las indicaciones a que se ha hecho mención en su caso.
Cabe hacer presente que, aprobado el artículo único, la Comisión facultó a la Mesa para introducir modificaciones meramente formales al proyecto en informe, atendido que, dada la prolífica y cuestionable técnica jurídica empleada en el tiempo para fijar e ir modificando la normativa legal sobre nacionalización de extranjeros, resultaría propicia la oportunidad para, en lo posible, salvar tales diferencias.
IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.
No los hay.
V. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
En ejercicio de sus atribuciones, el señor Presidente de la Comisión determinó que el proyecto no precisa ser conocido por la instancia mencionada.
VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES
No hay indicaciones en esta condición.
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N°747, de 15 de diciembre de 1925, cuyo texto refundido fue fijado por decreto supremo 5.142, de 13 de octubre de 1960, del Ministerio del Interior:
1) En el artículo 2°:
a) Sustitúyese, en su inciso primero, el guarismo “21” por “18”, y suprímese en el mismo la palabra “continuada”;
b) Reemplázase el inciso final, que pasa a ser penúltimo, por el siguiente:
“Con todo, también podrán solicitar carta de nacionalización los hijos de extranjeros que hayan cumplido 14 años de edad, tengan más de 5 años de residencia en el territorio de la República, cuenten, para presentar tal solicitud, con la autorización de quienes estén a cargo de su cuidado personal y que hayan obtenido permiso de permanencia definitiva.
c) Agrégase el siguiente inciso final:
“Aquellos hijos menores de 18 años, de padre o madre con calidad de refugiados reconocidos por Chile, podrán nacionalizarse chilenos desde el momento en que, al menos, uno de sus padres haya obtenido la carta de nacionalización, sin necesidad de cumplir cualquier otro requisitos legal.”.
2) Reemplázase en el artículo 10 la expresión “veintiún” por el guarismo “18”.
Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 7, 14 y 21 de octubre de 2014, con la asistencia de los señores Farías (Presidente), Aguiló , Arriagada , Becker , Berger , Chávez , González , Mirosevic , Morales , Ojeda , Sandoval y Pilowsky ; y de la diputada señorita Cicardini , doña Daniella .
Sala de la Comisión, a 28 de octubre de 2014.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión”.
23. INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, AL SACERDOTE EDELINO BERTOCCO GASPARELLA . (BOLETÍN N°8570‐06) (S)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización pasa a informar el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, en segundo trámite constitucional, de origen en una moción del Senador Antonio Horvath .
De conformidad a lo dispuesto en el artículo N°289 del Reglamento de la Corporación, este informe constará de nueve capítulos, según se verá a continuación:
I. MINUTA DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO
Al decir del autor de esta iniciativa, el padre Edelino , cuyo nombre sacerdotal es Victorino, de origen italiano, de la Orden de los Siervos de María, llegó a nuestro país en 1954, en el cual ha realizado su vocación de servicio, particularmente en la región de Aysén, en las áreas de la educación juvenil y de la misión que dicha congregación cumple, desde el año 1937, en aquella.
Nació en 1927, siendo ordenado sacerdote en 1953 y recibiéndose de Bachiller en Teología en la Facultad “Marianum”, de Roma.
Desde su arribo a Aysén, en 1954, dedicó sus esfuerzos a la educación en colegios parroquiales y en el liceo San Felipe Benicio –primera escuela de humanidades de la región, en el cual ocupó el cargo de rector en los períodos 19741977 y 1987 1995; desempeñándose, actualmente, como asesor espiritual del mismo.
A lo anterior, habría que agregar su rol de misionero al interior de la región, su cargo de Párroco de Puerto Aysén (19581963); su desempeño como provincial de la Orden, desde 1964 hasta 1970, y su nombramiento de pro Vicario Apostólico de la Iglesia Católica de Aysén, cargo que ocupó en el período 19881989.
Cabe destacar que, por su vocación y talento, ha debido cumplir servicios en Santiago, en Bolivia y en Italia, por ciertos períodos; sin embargo, se ha claramente identificado con la Región de Aysén, siendo reconocido por las sucesivas generaciones de jóvenes de ella como un maestro que ha sabido orientarlos en su formación y contando con el aprecio y reconocimiento de todos aquellos que tuvieron la fortuna de ser sus alumnos.
II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.
La iniciativa aprobada, por asentimiento unánime (32x0), en el primer trámite constitucional ante el Senado, consta de un artículo único que da cumplimiento al propósito perseguido por la moción parlamentaria.
III y IV. SÍNTESIS DEL DEBATE HABIDO DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL Y PARTICULAR.
Especialmente invitado a la sesión en que se debatió y aprobó el proyecto, asistió el autor de la moción, el senador señor Antonio Horvath , quien señaló, sin perjuicio de los fundamentos que ya planteara en su moción, que el sacerdote Bertocco , conocido en toda la región como Victorino, cuenta con una larga trayectoria de vida, en plena sintonía con el honor de la nacionalidad, dada su tremenda calidad, no solo humanitaria y social, sino como un profundo filósofo e intelectual ampliamente reconocido, incluso por quienes no profesan su religión; en términos académicos se ha destacado siendo, por muchos años, rector del principal liceo católico de Aysén, el San Felipe Benicio . Aseguró, con plena convicción, que se trata de una persona respecto de la cual no existe riesgo alguno de concederle la nacionalidad chilena, pese a que es un beneficio que el propio sacerdote no ha pedido para sí, pero que claramente se merece.
V. INDICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS QUE EL SENADO CALIFICÓ COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO O DE QUORUM CALIFICADO Y LA DE AQUELLOS A LOS CUALES LA COMISIÓN OTORGUE IGUAL CARÁCTER.
Esta Comisión compartió el criterio adoptado por el Senado en esta materia, en orden a que la iniciativa aprobada es de rango de ley común.
VI. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.
No hay.
VII. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.
No hay.
VIII. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES
No se presentaron indicaciones en esta instancia.
IX. MENCIÓN DE LAS ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN EN PARTICULAR.
Esta Comisión aprobó el texto del Senado, sin variaciones, por unanimidad (8x0) de los presentes, con los votos de los señores Aguiló , Becker , Berger , Chávez , Mirosevic , Ojeda , Pilowsky y Sandoval , que es del siguiente tenor:
PROYECTO DE LEY
“Artículo único.- Otórgase la nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor Edelino Bertocco Gasparella .”.”.
Fue designado Diputado Informante el señor Sandoval, don David .
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión de 21 de octubre de 2014, con la asistencia de los señores Aguiló , Becker , Berger , Chávez , Farías , Mirosevic , Morales , Ojeda , Pilowsky y Sandoval ,
Sala de la Comisión, a 29 de octubre de 2014.
(Fdo.): SERGIO MALAGAMBA STIGLICH , Abogado Secretario de la Comisión”.
24. INFORME DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, SILVICULTURA Y DESARROLLO RURAL RECAÍDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL “TRATADO INTERNACIONAL SOBRE LOS RECUROS FITOGENÉTICOS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA Y SUS DOS ANEXOS”, ADOPTADO POR LA CONFERENCIA DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO), EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2001. (BOLETÍN N° 6556‐10‐2)
“Honorable Cámara
La Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural pasa a informar, en calidad de segunda comisión, los acuerdos alcanzados en relación al texto de la iniciativa legal aprobada por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana durante la tramitación del primer trámite constitucional y primero reglamentario, del proyecto de acuerdo individualizado en el epígrafe, originado en un Mensaje de S.E. la Presidenta de la República, con urgencia calificada de “simple”.
Durante el análisis de este proyecto se contó con la asistencia del señor Ministro de Agricultura don Carlos Furche , de la encargada de Asuntos Ambientales, Recursos Genéticos y Bioseguridad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, ODEPA , señora Teresa Agüero , y del asesor legislativo del Ministerio , don Jaime Naranjo .
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.
De conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 222, del Reglamento de la Corporación, se deja constancia de lo siguiente:
1.- Idea matriz o fundamental.
La idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo es aprobar el “Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura y sus dos Anexos”, adoptado por la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) el 3 de noviembre de 2001.
2.- El artículo único del proyecto no fue objeto de indicaciones ni modificaciones.
3.- No contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
4.- No requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.
5.- Se designó Diputado Informante al señor Iván Flores García .
II. ANTECEDENTES GENERALES.
El Mensaje, señala que los siguientes Instrumentos Internacionales, guardan estrecha relación con este Tratado:
1.- El Compromiso Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos de la FAO, adoptado por la Comisión de dicho Organismo Internacional en 1983.
2.- El Código de Conducta Voluntaria sobre Recolección y Transferencia de Germoplasma que exige el consentimiento y respeto a las leyes nacionales y, eventualmente, una adecuada compensación.
3.- El Tratado Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales UPOV, que tiene por objeto asegurar que sus Estados Miembros reconozcan los logros de los obtentores de nuevas variedades de vegetales, reconociendo un derecho de propiedad sobre la base de principios uniformes y claramente definidos
4.- La Convención sobre la Diversidad Biológica, cuyo artículo 15 reafirma la soberanía de los Estados sobre los recursos naturales y permite regular el acceso a esos recursos y el conocimiento asociado, sujetándolo a la legislación nacional y disponiendo que se efectúe una distribución justa y equitativa de los beneficios entre los diversos actores.
5.- El Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC o TRIPS), establecido en el Anexo 1 c del Acuerdo de Marrakech, que dispone en su artículo 7 que la protección y la observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual deberán contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y la transferencia y difusión de la tecnología en beneficio recíproco de los productores y los usuarios de conocimientos tecnológicos, de modo que favorezcan el bienestar social y económico y el equilibrio de derechos y obligaciones.
En cuanto al sistema de patentes, el objetivo básico apunta a que los creadores de nuevas tecnologías las hagan públicas y, por ello, el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual, ADPIC, obliga a los solicitantes de patentes a divulgar sus invenciones. Además, contiene disposiciones sobre licencias obligatorias y control de políticas monopólicas, y en su artículo 27.2.b autoriza a los miembros del Acuerdo para excluir de la patentabilidad las invenciones cuya explotación comercial cause un daño grave al medio ambiente. Al efecto, textualmente el artículo 27.3.b expresa que sus miembros podrán excluir de la patentabilidad “las plantas, los animales, excepto los microorganismos y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos”.
III. ANTECEDENTES ENTREGADOS EN LA COMISIÓN.
El Ministro de Agricultura, don Carlos Furche , señaló que es un tratado firmado al amparo de la FAO el año 2002, y que se encuentra vigente desde el año 2004. El gobierno envió el proyecto de acuerdo al Congreso el año 2009, por lo que este constituye el último paso para adherir definitivamente a este tratado.
Esencialmente, este tratado se basa en:
i) La conservación de los recursos fitogenéticos;
ii) Constituye un acuerdo de cooperación entre los países para acceder a dichos recursos con fines de investigación;
iii) Promociona la utilización de estos recursos en forma sostenible; y
iv) Consagra el derecho del agricultor para usar sus recursos fitogenéticos propios.
Explicó que se prevé la creación de un listado de 64 cultivos protegidos por el tratado, algunos de los cuales están en el país, como la papa y la frutilla. Le parece que es un tratado positivo para el sector agrícola chileno y que permitirá tener una mirada más integral sobre el uso de recursos fitogenéticos y su protección.
Dando respuesta a una consulta expresó que este tratado busca proteger productos autóctonos, y que el caso de los frutilleros que no pueden reproducir sus propias plantas por el registro de derechos reside en que se trata de una especie inscrita y de propiedad de un particular.
Por su parte, la encargada de Asuntos Ambientales, Recursos Genéticos y Bioseguridad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, ODEPA doña Teresa Agüero , aclaró que el tratado protege el material fitogenético para investigación con fines de alimentación y agricultura, por lo que el caso de los obtentores no es desarrollado por este tratado.
Agregó que el tratado en tramitación pone a disposición los recursos fitogenéticos en una red multilateral, pero que de todas formas para acceder al recurso, debe solicitarse y existen reglas y deberes que se deben cumplir para poder efectivamente utilizarlo.
Respecto del listado de especies, explicó que se trata de variedades desarrolladas por los propios agricultores y que la FAO se basó en el principio de que todo país es interdependiente en cuanto a recursos fitogenéticos y que estos pueden perderse por múltiples causas. Fueron estos principios los que generaron este tratado, con un foco vinculante en la conservación. Los países negociaron por siete años y se llegó al listado de productos básicos para la seguridad alimentaria. Es un tratado ampliamente ratificado y está en armonía con otros acuerdos internacionales sobre la materia tales como conservación, propiedad intelectual, y otros.
Agregó, además, que el tratado no solo tiene por objeto la conservación, sino que además permitiría acceder a fondos internacionales para llevar a cabo estos programas de conservación y protección de recursos. El listado podría modificarse y será parte de la negociación de los Estados partes, lo cual constituye una razón más para adherirse y ser parte de estas negociaciones. En definitiva, señaló que no lo ve como un peligro, precisamente porque fija reglas claras para la conservación e investigación.
Indicó que el tratado también establece los beneficios a los que se opta por conceder acceso a los recursos, ya sea monetarios u otros. En este sentido, explicó que si se desarrolla una nueva variedad de un recurso, esa variedad queda disponible para cualquier otro investigador, no se restringe su uso ni se obliga a retribuir monetariamente. Si se trata de países no parte deben obligatoriamente retribuir monetariamente a la red multilateral. En caso de incumplimiento al acuerdo de transferencia de material (ATM), que fija las reglas y deberes de acceso al recurso, la FAO operará como árbitro.
El Ministro de Agricultura, dando respuesta a una consulta, sobre políticas internas que permitan proteger y promover los recursos fitogenéticos del país así como respecto de la coincidencia de la lista con los intereses nacionales, reconoció que existe trabajo por hacer, pero destacó la labor del INIA en cuanto a resguardos de recursos fitogenéticos. Señaló además que no solo se requiere categorizar y clasificar estos recursos, sino que debe trabajarse en la investigación de sus usos. Respecto a la lista de 64 cultivos, precisó que solo tres o cuatro son de Chile y el resto son de los demás países.
La señora Agüero aclaró que el tratado en cuanto a conservación y protección cubre todos los recursos fitogenéticos, y el listado de 64 cultivos se refiere al acceso a materiales. De todas formas, señaló que un país que no es parte podría acceder a un recurso parte de esta red siempre y cuando firme el Acuerdo de Transferencia de Material.
IV. ACUERDOS ADOPTADOS
Los diputados integrantes de la Comisión, señoras Carvajal , Pascal y Sepúlveda , y los señores Flores y Urizar , en virtud de lo debatido, acordaron, por unanimidad, recomendar la aprobación de este proyecto de acuerdo por parte de la Sala y se designó como diputado informante al señor Iván Flores García .
Sala de la Comisión, a 21 de octubre de 2014.
Tratado y acordado en la sesión celebrada el día 21 de octubre de 2014, con la asistencia de las señoras Loreto Carvajal Ambiado , Denise Pascal Allende (Presidenta) Alejandra Sepúlveda Orbenes , y de los señores Iván Flores García , Diego Paulsen Kehr , Christian Urizar Muñoz e Ignacio Urrutia Bonilla .
(Fdo.): MARÍÁ TERESA CALDERÓN ROJAS, Abogada Secretaria de la Comisión”.
25. INFORME DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA SOBRE EL PROYECTO DE ACUERDO QUE APRUEBA EL “PROTOCOLO DEL ACUERDO DEL GRUPO MUNDIAL DEL COMERCIO DEL VINO DE 2007 SOBRE REQUISITOS PARA EL ETIQUETADO DE VINOS PARA LA TOLERANCIA DEL ALCOHOL, AÑOS DE COSECHA, VARIEDAD Y REGIONES VINICOLAS”, DEL GRUPO MUNDIAL DEL COMERCIO DEL VINO, SUSCRITO EN BRUSELAS, BÉLGICA , EL 22 DE MARZO DE 2013. (BOLETÍN N° 9419‐10‐1)
“Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana pasa a informar sobre el proyecto de acuerdo del epígrafe, que se encuentra sometido a la consideración de la H. Cámara, en primer trámite constitucional, sin urgencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 32, N° 15 y 54, N° 1, de la Constitución Política de la República.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios correspondientes, y previamente al análisis de fondo de este instrumento, se hace constar lo siguiente:
1°) Que la idea matriz o fundamental de este Proyecto de Acuerdo, como su nombre lo indica, es aprobar el “Protocolo del Acuerdo del Grupo Mundial del Comercio del Vino de
2007, sobre Requisitos para el Etiquetado de Vinos para la Tolerancia del Alcohol, Años de Cosecha, Variedad y Regiones Vinícolas”, del Grupo Mundial del Comercio del Vino, suscrito en Bruselas, Bélgica , el 22 de marzo de 2013.
2°) Que este Proyecto de Acuerdo no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado, ni requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
3°) Que la Comisión aprobó el Proyecto de Acuerdo por 9 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Votaron a favor la señora Sabat , doña Marcela , y los señores Flores, don Iván ; Hernández, don Javier ; Jarpa, don Carlos Abel ; Mirosevic, don Vlado ; Morales, don Celso ; Rocafull, don Luis ; Sabag, don Jorge , y Tarud, don Jorge .
4°) Que Diputado Informante fue designado el señor Morales, don Celso .
II. ANTECEDENTES.
Según lo señala el Mensaje, el Grupo Mundial del Comercio del Vino es un grupo informal de países productores de vino, en el que participan representantes de los gobiernos y de las industrias de cada país. Está constituido como un espacio de discusión y análisis de los principales temas que afectan al sector vitivinícola en el contexto internacional, así como un espacio de negociación de acuerdos multilaterales en materias vitivinícolas de interés común. Actualmente, reúne a Argentina, Australia , Canadá , Estados Unidos de América, Georgia, Nueva Zelandia, Sudáfrica y Chile.
Agrega que en el marco de su reunión celebrada entre los días 20 y 22 de marzo de 2013, en Bruselas, Bélgica , se adoptó este Protocolo sobre requisitos para el etiquetado de vinos.
Dicho instrumento, añade, fue negociado y adoptado en aplicación de lo establecido en el numeral 1 del Artículo 13 del “Acuerdo sobre Requisitos para el Etiquetado de Vinos y su Anexo I”, en adelante e indistintamente “Acuerdo de 2007”, suscrito en Canberra, Australia, el 23 de enero de 2007, vigente desde el 13 de enero 2012, en virtud del cual las Partes acordaron continuar conversaciones con miras a llegar a un acuerdo supletorio sobre etiquetado.
Hace presente, asimismo, que este Protocolo beneficiará a los productores y a los distribuidores de vinos facilitando las exportaciones, reduciendo los costos de producción, almacenamiento y etiquetado. La uniformidad en los requisitos reglamentarios del etiquetado del vino sobre la tolerancia de alcohol, año de cosecha, variedad y regiones vinícolas, a través del establecimiento de reglas comunes para un etiquetado aceptable entre todas las Partes, facilitará el entendimiento mutuo de la información en el etiquetado y contribuirá a evitar obstáculos innecesarios al comercio.
III. ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL ACUERDO.
El Protocolo se estructura sobre la base de un Preámbulo, en el cual se contienen las consideraciones que tomaron en cuenta las Partes para su adopción, y ocho Artículos, donde se observan las disposiciones sustantivas y finales del mismo.
Contempla un conjunto de normas tendientes a facilitar el comercio de vinos entre las Partes y consolidar el acceso a los respectivos mercados, sobre la base de la regulación y armonización de la información contenida en las etiquetas de sus vinos relativa a la tolerancia del alcohol, años de cosecha, variedad y regiones vinícolas, y acorde con los derechos y obligaciones adquiridos por las Partes en virtud del Acuerdo de Marrakech por el que se estableció la Organización Mundial del Comercio (OMC).
1.- Definiciones
En el Artículo 1 se establecen una serie de definiciones, tales como, “Contenido de alcohol”, “Tolerancia del alcohol”, “Punto de contacto”, “Depositario electrónico”, “Año de cosecha”, “Variedad” y “Región vinícola”, las cuales serán aplicadas al Protocolo conjuntamente con aquellas establecidas en el Artículo 1 del “Acuerdo de 2007”.
2.- Objeto y Propósito
El Artículo 2 señala el objetivo y propósito del Protocolo, cual es facilitar el comercio del vino entre las Partes y minimizar cualquier obstáculo innecesario relacionado con el etiquetado a través del establecimiento de parámetros comunes para un etiquetado aceptable y el desarrollo de una mayor confianza mutua en sus respectivos regímenes de etiquetado.
3.- Relación con el “Acuerdo de 2007” y Notas al Pie.
El Artículo 3 del Protocolo, dispone que se incorporan y forman parte de éste, los Artículos 1, 3, 4, 5.4, 14, 16, 17 y 18 del “Acuerdo sobre Requisitos para el Etiquetado de Vinos y su Anexo I”, suscrito el año 2007.
Asimismo, indica que las Notas al Pie del Protocolo forman parte integrante del mismo.
4.- Disposiciones para el Etiquetado
En el Artículo 4 del Protocolo se establecen reglas comunes a las Partes para el etiquetado de vinos en lo relativo a “Tolerancia del alcohol”, “Variedad”, “Región vinícola” y “Año de cosecha”. En cada caso, los requisitos se instituyen sobre una base de reconocimiento de la normativa oficial de la Parte exportadora, siempre que se dé previo cumplimiento a los requisitos mínimos establecidos.
5.- Otros Requisitos de Etiquetado
El Artículo 5 dispone a su vez que cualquier Parte podrá establecer vínculos entre dos o más de los elementos del etiquetado establecidos en el Artículo 4, para “Variedad”, “Región vinícola” y “Año de cosecha”; lo que deberá ser notificado al depositario, quien, a su vez, transmitirá la información a los puntos de contacto de cada Parte para su conocimiento.
6.- Normas Menos Restrictivas
En el Artículo 6 del Protocolo, se prevé que cuando una Parte adopta o mantiene para su mercado leyes, reglamentos y requerimientos menos restrictivos que los establecidos en el Protocolo, nada impedirá que los exportadores que venden a ese mercado realicen el etiquetado en relación a esa normativa menos restrictiva.
7.- Demás disposiciones.
Por último, los Artículos 7 y 8 contienen disposiciones relativas a las Partes, entrada en vigor y nuevas Partes. En relación a las Partes, el Protocolo estará abierto para la firma por las Partes del “Acuerdo de 2007”, hasta el 1 de diciembre de 2013 o durante un período más prolongado que el Consejo podrá determinar. Respecto a su entrada en vigencia, se establece que entrará en vigor internacional el primer día del segundo mes de que el Depositario reciba el segundo instrumento de ratificación, aceptación o aprobación. Posteriormente, el Protocolo entrará en vigor para cada uno de los Estados firmantes subsiguientes, el primer día del segundo mes posterior a la fecha de depósito de su instrumento de ratificación, aceptación o aprobación.
IV. DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y DECISIÓN ADOPTADA.
En el estudio de este Proyecto de Acuerdo la Comisión contó con la asistencia y colaboración de los señores Patricio Balmaceda Ureta , y Fernando Acuña Ramírez , ambos Asesores del Departamento Regulatorio de la Dirección de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, quienes refrendaron los fundamentos expuestos en el Mensaje que acompaña este Proyecto de Acuerdo, manifestando, en síntesis, que el Protocolo beneficiará a los productores y a los distribuidores de vinos facilitando las exportaciones, reduciendo los costos de producción, almacenamiento y etiquetado. Agregaron que la uniformidad en los requisitos reglamentarios del etiquetado del vino sobre la tolerancia de alcohol, año de cosecha, variedad y regiones vinícolas, a través del establecimiento de reglas comunes para un etiquetado aceptable entre todas las Partes, facilitará el entendimiento mutuo de la información en el etiquetado y contribuirá a evitar obstáculos innecesarios al comercio.
Por su parte, la señora y señores Diputados presentes que expresaron su decisión favorable a la aprobación de este Proyecto de Acuerdo, manifestaron su plena conformidad con su contenido que contempla un conjunto de normas tendientes a facilitar el comercio de vinos entre las Partes y consolida el acceso a los respectivos mercados, sobre la base de la regulación y armonización de la información contenida en las etiquetas de sus vinos.
Por ello, por 9 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención prestaron su aprobación al Proyecto de Acuerdo en informe la señora Sabat , doña Marcela , y los señores Flores, don Iván ; Hernández, don Javier ; Jarpa, don Carlos Abel ; Mirosevic, don Vlado ; Morales, don Celso ; Rocafull, don Luis ; Sabag, don Jorge , y Tarud, don Jorge .
V. MENCIONES REGLAMENTARIAS.
En conformidad con lo preceptuado por el artículo 287 del Reglamento de la Corporación, se hace presente que vuestra Comisión no calificó como normas de carácter orgánico o de quórum calificado ningún precepto contenido en Proyecto de Acuerdo en informe. Asimismo, ella determinó que sus preceptos no deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda por no tener incidencia en materia presupuestaria o financiera del Estado.
Como consecuencia de los antecedentes expuestos y visto el contenido formativo del Acuerdo en trámite, la Comisión decidió recomendar a la H. Cámara aprobar dicho instrumento, para lo cual propone adoptar el artículo único del Proyecto de Acuerdo, cuyo texto es el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO:
“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el “Protocolo del Acuerdo del Grupo Mundial del Comercio del Vino de 2007 sobre Requisitos para el Etiquetado de Vinos para la Tolerancia del Alcohol, Años de Cosecha, Variedad y Regiones Vinícolas”, del Grupo Mundial del Comercio del Vino, suscrito en Bruselas, Bélgica , el 22 de marzo de 2013.”.
Discutido y despachado en sesión de fecha 8 de julio de 2014, celebrada bajo la presidencia del H. Diputado don Jorge Tarud Daccarett , y con la asistencia de las Diputadas señoras Molina , doña Andrea , y Sabat , doña Marcela , y de los señores Edwards, don José Manuel ; Flores, don Iván ; Hernández, don Javier ; Jarpa, don Carlos Abel ; Mirosevic, don Vlado ; Morales, don Celso ; Rocafull, don Luis , y Sabag, don Jorge .
Se designó Diputado Informante al señor Morales, don Celso . Sala de la Comisión, a 8 de julio de 2014.
(Fdo.): PEDRO N. MUGA RAMÍREZ, Abogado, Secretario de la Comisión”.
26. INFORME DE LA COMISIÓN DE CULTURA, ARTES Y COMUNICACIONES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA ERIGIR MONUMENTO “TIERRA DE CAMPEONES ESTANISLAO LOAYZA Y ARTURO GODOY”, EN LA COMUNA DE IQUIQUE. (BOLETÍN N° 9149‐ 24)
“Honorable Cámara:
La Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones viene en informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, en primer trámite constitucional y reglamentario, de iniciativa de los diputados señores Hugo Gutiérrez Gálvez y Guillermo Teillier del Valle.
I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS
1.- Idea matriz o fundamental del proyecto:
Rendir homenaje a Estanislao Loaysa y Arturo Godoy , dos grandes boxeadores chilenos nacidos en Iquique, que llenaron de triunfos al deporte nacional, con el objeto de perpetuar sus méritos y hazañas, como asimismo, resaltar el orgullo de su ciudad natal por tan insignes figuras que han contribuido, entre otras, a que sea llamada y reconocida como “Tierra de Campeones”.
2.- Aprobación del proyecto en general:
El proyecto fue aprobado en general, por la unanimidad de siete de sus integrantes presentes, diputada señora Maya Fernández Allende y diputados señores Claudio Arriagada Macaya , Maros Espinosa Monardes , Issa Kort Garriga , Roberto Poblete Zapata , Jorge Rathgeb Schifferli y Guillermo Teillier del Valle (Presidente).
3.- Normas de quórum especial o de conocimiento de la Comisión de Hacienda:
El proyecto no tiene normas de carácter orgánico constitucional, de quórum calificado o que requieran trámite de Hacienda.
4.- Diputado Informante: Señor Guillermo Teillier Del Valle (Presidente)
II. ANTECEDENTES
Resumen de los fundamentos del proyecto.
Sus autores señalan que los dos grandes boxeadores chilenos, que llenaron de gloria al deporte nacional, Estanislao Loayza y Arturo Godoy , se merecen un homenaje de sus compatriotas, expresado en erigir un monumento en su ciudad natal lquique, llamada tierra de campeones en reconocimiento a sus grandes triunfos.
Estanislao Loayza Aguilar
Nació en lquique el 7 de mayo de 1905. Se le conoció como el “Tani” y fue el primer boxeador chileno que disputó una corona del mundo. Se casó con Amanda. Nieto, tuvo dos hijos: Stanley y Amanda . Fue tío de los que posteriormente serían campeones de Chile y reconocidos en Sudamérica: Humberto Loayza , Rubén Loayza y Mario Loayza2 . Fue reconocido por salir siempre con su diestra en alto.
Para ganarse la vida, Estanislao siguió el mismo oficio de su padre. Siendo matarife a los 14 años comenzó a practicar activamente en el box. Lo descubrió el manager Louis Bouey , quien lo instó confiado en el tesoro que el joven tenía en sus manos. Su primera pelea en lquique fue el 20 de marzo de 1921, ganándole por K.O. a Marino Castro en el Velódromo Municipal. Sus maestros incipientes en el boxeo fueron Ramón Montoya y Alberto Gallegos . Gran parte de la capacidad y de la fuerza de este excelente boxeador la obtuvo en sus tomas de “agua de nuca” que la obtenía en el Matadero Municipal de lquique.[1]
1 Los autores hacen presente que los antecedentes has sido extraídos en gran parte del libro y documental
“Más duro que el Tani”, del sociólogo iquiqueño Bernardo Guerrero , marzo de 2008
El “Tani” fue uno de los primeros, gracias a su calidad como boxeador y como persona, en rebelarse contra el centralismo de Santiago. Se fue a triunfar directo de lquique a Nueva York.
El 2 de enero de 1925 debutó en el Madison Square Garden de Nueva York y ganó por puntos al norteamericano Moe Gambers , en la categoría liviano. Luego hizo ocho exitosos combates frente a destacados boxeadores estadounidenses, italianos, cubanos y mexicanos. El 7 de marzo de 1925 derrotó por puntos en 12 asaltosa Ah Sudmonds. El 21 de ese mismo mes por K.O. –en el cuarto asaltoa Aramis del Pino. El 4 de abril derrotó por puntos a Peter Harthley . El 2 de mayo ganó por puntos a Lou Palusso . Luego volvió a ganar a Aramis del Pino.
Disputó el título de campeón del mundo el 13 de julio de 1925 en Nueva York ante Jimmy Goodrich en el peso mediano, pero perdió debido a una lesión, que se la provocó el árbitro al pisarlo.
Su forma de combatir le valió la admiración del mismísimo Al Capone, quien lo invitó un par de veces a almorzar, debiendo aguantar el rechazo del púgil. En una oportunidad y en circunstancias que no querían los organizadores pagarle su coparticipación en un combate, el mafioso neoyorkino intercedió para que le pagaran lo adeudado. Es más, se dice que cuando el deportista iquiqueño estuvo en el hospital, después de la pelea más importante de su vida, Al Capone lo habría ido a ver.
El 5 de enero de 1926 ya repuesto de su lesión, venció por puntos a Charles Rossens . El 1 de febrero por K.O., en el séptimo asalto a Phil Mac Craw . El 17 de abril por K.O., en el segundo round a Johnny Dercey . El 17 de mayo empató con Phil Mac Graw .
Después de la lesión, peleó con Joaquín Torregrosa , pero éste, superior al crédito iquiqueño lo vence.
En 1936 Loayza decide regresar a Chile. Fue recibido por el General Carlos Ibáñez del Campo.
Agregan sus autores, que una vez retirado del box, el “Tani”, haciendo caso omiso de esa máxima que tienen algunos deportistas de que el deporte no tiene nada que ver con la política, a través de una inserción en el diario Cavancha de lquique, pidió a los iquiqueños que voten por Bernardino Guerra, no obstante, este candidato a diputado no salió electo en el año 1965.
Además, fue profesor de boxeo de la Fuerza Aérea de Chile y posteriormente ingresó al Servicio de Prisiones, donde jubiló como suboficial mayor.
Murió en Santiago el 15 de mayo de 1981 y cómo cuestión curiosa, ninguna calle de Iquique lleva su nombre como tampoco la de ningún otro campeón.[2]
2 Memoria nortina. Rubén Estanislao Loayza Veas . Disponible en: http://bcn.cl/lcmva. Nuestro.cl. Octubre de 2005. La familia Loayza: de tal tío tales boxeadores. Disponible en: http://bcn.c1/1cmv4
El 12 de marzo de 2008, el sociólogo iquiqueño, Bernardo Guerrero , publicó el libro y documental “más duro que el Tani”. Respecto a la motivación que llevó a Guerrero a realizar una biografía de Estanislao Loayza dijo: “Es un héroe deportivo y cultural que por falta de cultivo de la memoria había caído en una especie de olvido. Cuando era niño, nos decían eres más duro que el Tani'.
En los fundamentos se indica, siguiendo a Guerrero, que a Iquique se le conoce como Tierra de Campeones, y el Tani es uno de los fundadores de esta tradicional realidad. Sn embargo, a pesar de haber disputado el título del mundo, no existía, hasta antes de Bernardo Guerrero, ningún libro que hablará de él. El documental lo armó en base a dos entrevistas: a su mujer Amanda Nieto y a su hija del mismo nombre, como asimismo, recopilando antecedentes de prensa donde la revista Los Sport y Estadio fueron básicas, como igualmente, nutrida lectura de prensa norteamericana.
Arturo Godoy
En los fundamentos sus autores indican que nació el 10 de octubre de 1912 en Caleta Buena, un pueblo cerca de Iquique y fue hijo de una lavandera. Antes de ser pugilista ofició en la costura de sacos de salitre, como panadero y también como “achicador” de lanchas. El coraje iquiqueño fue su característica normal. Tenía a su haber todos los avatares de la vida que puede obtener el hijo de un pescador calepino que inició una infancia de hombre cuando extraía erizos, choros y cholgas. El mar lo hizo fuerte y le dio una anchísima contextura. Nadaba y buceaba a diario en busca de productos del mar. Se convirtió en el rey de los mariscadores. Estudió hasta el tercer año de preparatoria en la escuela pública del pueblo y el primer combate con guantes lo sostuvo en Iquique cuando sólo tenía 9 años. Ganó y le dieron como premio cinco pesos, que estrujó en la mano y llevó corriendo a su madre, quien no lo recibió de forma muy cordial pues no quería que su hijo sufriera los daños propios de los golpes.
En 1930 fue campeón en Chile en la categoría medio pesado y viajó a Santiago con una delegación amateur de boxeo. En la capital fue apadrinado por el reputado entrenador Louis Bouey (ex preparador de Estanislao Loayza). Además, Bouey lo hizo debutar frente al peruano Peter Johnson , a quien derribó fácilmente. Luego de una fuerte preparación en Cuba, dio el gran salto al boxeo mundial y prosiguió su carrera en Estados Unidos, en donde demostró su poderío en Tampa, Miami , El Paso y Patín Beach .
En julio de 1936, y ya con los ojos puestos en Nueva York, en el Luna Park, Godoy se enfrentó al legendario campeón argentino, el “Toro salvaje” Luis Angel Fimo . El iquiqueño ganó en tercer round, por nocaut.
A finales de los años treinta, prosiguiendo con su carrera en EE.UU. y bajo la conducción de su nuevo entrenador Lou Brix , luego de ganar consecutivamente a Otis Thomas , Art Sikes , Tony Galento (por puntos) y empatar con Strickland , Godoy , fue considerado entre los diez mejores boxeadores del mundo.
El viernes 9 de febrero de 1940, en el Madinson Square Garden , en Nueva York, Godoy se convierte en el cuarto boxeador chileno que disputó el campeonato mundial en peso pesado, enfrentando a Joe Louis , el “Bombardero de Detroit”. La pelea se desarrolló a 15 rounds, pero perdió por fallo dividido (el juez Johnny Hote , dio ganador al chileno). Desde Iquique , y tal vez por el ambiente de la Segunda Guerra Mundial, y más que nada por su condición de militar, el Comandante Cabrera del Regimiento Carampangue, le envió un cable con la siguiente frase: “A vencer o morir”. El encuentro fue transmitido por radio en la voz de Buck Cannel.
NOTA AL PIE
3 Antecedentes extraídos de El Ciudadano, Centenario de Arturo Godoy, Colosal escultor de mentores
(15.10.12) y Memoria Nortina: Arturo Godoy . Disponible en www.memorianortina.cl
NOTA AL PIE
Luego del combate, el mismo Presidente de la época, Pedro Aguirre Cerda , reconoció su hazaña vía telegrama: “Su valiente y pujante pelea demuestra extremos de vigor a que llegaría nuestro pueblo debidamente cuidado en salud y bienestar como es programa actual gobierno”. Mientras tanto, el sastre y fundador del Partido Democrático, Antonio Poupin Negrete , lo congratulaba con expresiones claramente políticas: “Proletariado nacional felicita por mi intermedio valiente actuación futuro campeón mundial”.
En la revancha, ese mismo año, el norteamericano derrotó al chileno en el octavo round. Gracias a su gran fama, luego de las peleas frente a Louis, Godoy viaja a Buenos Aires a pelear con Lowell y Toles . Derrotó al primero y empató con el segundo. Pasa por Chile y derrota, en el décimo round, a Carnesse y vuelve a recuperar su cinturón continental frente a Lowell, en el Estadio de Carabineros.
En febrero de 1947 realiza una pelea de exhibición con Joe Louis , en un ring especialmente preparado en el Estadio Nacional.
Según el periodista deportivo Gualetazo , en 1947 para la revista Estadio señaló: “Godoy nunca ha sido un boxeador técnico. Su brillante carrera se debe más a sus aptitudes de boxeador, a su enorme corazón de roto corajudo y a su extraordinario poder físico”.
En 1949 pelea por última vez en Estados Unidos frente a Leonard Morrow . Mantuvo amistad con el legendario jefe de la mafia Al Capone, a quien le impresionó la capacidad física de Godoy. Vuelve a Chile a terminar su carrera. Sus últimas peleas fueron frente a Charles Sys , Espinoza , Balbontin , Abarca y Sugar .
Murió el 27 de agosto de 1986, a los 73 años, producto de una larga enfermedad pulmonar.
III. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS
No hay artículos ni indicaciones en tal calidad.
IV. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS
Atendidas las características de la iniciativa legal, por unanimidad, la Comisión decidió no efectuar audiencia pública.
Discusión y votación en general
Los integrantes presentes estuvieron todos muy de acuerdo con la idea de legislar porque coincidieron en expresar que la iniciativa rinde un justo homenaje a la valentía y entrega de dos chilenos, humildes y sencillos, que tuvieron en común la práctica del boxeo y su ciudad natal, Iquique , y que con arrojo y disciplina dejaron muy en alto en el ambiente deportivo internacional el nombre de Chile, recordando, que en el caso de Arturo Godoy, es el único chileno que ocupa un lugar en la Galería de Astros del Madison Square Garden de Nueva York.
Por otra parte, destacaron la contribución positiva de ambos púgiles en la formación de jóvenes y particularmente en los iquiqueños, logrando transmitirles, como bien lo señalara Bernardo Guerrero en su documental, valores como la perseverancia, el amor propio, el orgullo, la humildad, y el amor y respecto por sus orígenes.
Por lo anterior, la Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración por la moción, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de siete de sus integrantes presentes, diputada y diputados Claudio Arriagada Macaya , Marcos Espinosa Monardes , Maya Fernández Allende , Issa Kort Garriga , Roberto Poblete Zapata , Jorge Rathgeb Schifferli y Guillermo Teillier del Valle (Presidente).
Discusión particular
Acuerdos alcanzados
Respecto de los seis artículos que contiene el proyecto, la Comisión acordó lo que sigue:
1.- Artículos aprobados en los mismos términos propuestos en la moción:
Artículo 1°.- mediante el cual se autoriza erigir monumento en la comuna de Iquique, en memoria de los grandes boxeadores “Tierra de campeones Estanislao Loayza y Arturo Godoy ”.
Artículo 2°.- que se refiere al modo como se financiarán las obras, lo que será mediante donaciones privadas y erogaciones populares obtenidas mediante colectas públicas; asimismo, indica que éstas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio de Educación.
Artículo 3°.- por el que se crea un fondo para recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que se señalan;
Artículo 5°.- en el que se indican las funciones que tendrá la comisión especial que se crea en el artículo 4°, todas, tendientes a la ejecución de la ley.
Artículo 6°.- que se refiere a la eventualidad de resultar excedentes concluidas las obras, facultando a la comisión que se crea, para decidir su destino.
Votaron por la aprobación de los referidos artículos, la unanimidad de los integrantes presentes, diputada señora Fernández , y los diputados señores Arriagada , Espinosa , Kort , Poblete , Rathgeb y Teillier (Presidente).
2.- Indicaciones presentadas:
Al artículo 4°.
Esta norma, que se refiere a la creación e integración de la comisión encargada de ejecutar el propósito de la ley, fue objeto de las siguientes indicaciones concordadas por la unanimidad de los integrantes presentes, señora Fernández , y señores Arriagada , Espinosa , Kort , Poblete , Rathgeb y Teillier (Presidente):
1.- Para sustituir el artículo indeterminado “un” por “dos”, las dos veces que aparece.
La indicación responde a que la moción considera, en la constitución de la comisión especial, solamente a un diputado y un senador; sin embargo, la Comisión estimó adecuado que sean los representantes en el Congreso Nacional de la Primera Región de Tarapacá donde se encuentra la ciudad de Iquique, quienes integren la comisión especial, esto es, dos diputados y dos senadores.
2.- Para agregar, a continuación del punto final (.) que pasa a ser coma (,), la siguiente frase: “o sus respectivos representantes”.
La indicación se fundamenta en la idea de avanzar en la ejecución del objetivo de la ley entregando la posibilidad de que la comisión especial que se crea en tal sentido pueda sesionar y adoptar acuerdos tanto con sus miembros titulares que el propio artículo prescribe como por quienes puedan ser sus representantes.
Puestas las indicaciones explicadas en votación, se aprobaron por la unanimidad de los siete integrantes presentes, diputada y diputados Claudio Arriagada Macaya , Marcos Espinosa Monardes , Maya Fernández Allende , Issa Kort Garriga , Roberto Poblete Zapata , Jorge Rathgeb Schifferli y Guillermo Teillier del Valle (Presidente).
La Secretaria hace presente que respecto del texto que se somete a consideración, se efectuaron las correcciones que permite el artículo 15 del Reglamento de la Corporación.
Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo 1°.- Autorízase erigir monumento, en la comuna de Iquique, “Tierra de campeones Estanislao Loayza y Arturo Godoy ”, en memoria de los dos grandes boxeadores.
Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio de Educación.
Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.
Artículo 4°.- Créase una comisión especial, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por dos diputados y dos senadores de la Primera Región de Tarapacá; el alcalde de la comuna de Iquique; el secretario ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales y un representante de la Federación Chilena de Boxeo.
El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros, o de sus representantes.
Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;
b) Determinar el lugar en la comuna de lquique, donde se ubicará el monumento, en coordinación con su alcalde, y con el Consejo de Monumentos Nacionales;
c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;
d) Administrar el fondo creado por el artículo 3°, y
e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°. Artículo 6°.- Si al concluir la construcción del monumento resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.
Se designó diputado informante al señor Guillermo Teillier del Valle (Presidente)
Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión celebrada el 16 de octubre del año en curso, con asistencia de la señora diputada y señores diputados que a continuación se indican: Claudio Arriagada Macaya , Marcos Espinosa Monardes , Maya Fernández Allende , Issa Kort Garriga , Roberto Poblete Zapata , Jorge Rathgeb Schifferli y Guillermo Teillier del Valle (Presidente).
Sala de la Comisión, a 27 de octubre de 2014
(Fdo.): ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS , Abogada Secretaria de la Comisión”.
27. INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA SOBRE LAS DENUNCIAS DE UN EVENTUAL FRAUDE Y OTRAS IRREGULARIDADES EN EL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO.
“Honorable Cámara:
La Comisión Especial Investigadora sobre las denuncias de un eventual fraude y otras irregularidades en el Gobierno Regional de Valparaíso, pasa a informar sobre el encargo conferido.
I. COMPETENCIA DE LA COMISIÓN AL TENOR DEL ACUERDO DE LA CÁMARA QUE ORDENÓ SU CREACIÓN.
Creación de la Comisión
Por oficio N° 11.220, de 9 de abril de 2014, de la Secretaría General, se informó que la Cámara de Diputados, en sesión de la misma fecha y en virtud de lo dispuesto en los artículos 52, N° 1, letra c) de la Constitución Política de la República; 53 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y 297 y siguientes del Reglamento de la Corporación, dio su aprobación a la solicitud de 48 diputados, para crear una Comisión Especial Investigadora de un eventual fraude y otras irregularidades acaecidas en el Gobierno Regional de Valparaíso.
En el ejercicio de su cometido, la Comisión deberá investigar este eventual fraude y las irregularidades señaladas, los que se habrían generado en la asignación y transferencia de recursos públicos a diversos proyectos seleccionados en virtud de concursos públicos destinados a seguridad ciudadana, deportes y cultura, todo ello con cargo al seis por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), en el período comprendido entre los años
2010 a 2014. Deberá, asimismo, investigar las transferencias de recursos del Gobierno Regional al Servicio Nacional de Turismo de la Región de Valparaíso en el mismo período, como también las transferencias de recursos públicos a la Secretaría Regional Ministerial de Transporte de Valparaíso, conforme lo dispuesto por la ley N° 20.378, que crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros, en virtud de los programas y fondos establecidos durante el año 2013.
Cabe hacer presente que previamente la Cámara de Diputados, mediante Oficio N° 10. 980, de fecha 20 de noviembre de 2013 acordó la creación de una Comisión Investigadora con similar objeto de Investigación que la que es motivo de informe. Frente a la solicitud de ampliar el mandato conferido, la Sala de la Corporación determinó que dicha petición no correspondía reglamentariamente y por lo tanto se requirió una nueva Comisión Investigadora.
En virtud de lo anterior, mediante Oficio N° 11.077, de fecha 7 de enero de 2014, la Corporación mandató la constitución de una nueva Comisión Investigadora la que no pudo emitir su informe final por cuanto se produjo el término del período legislativo, circunstancia que de acuerdo al artículo 54, inciso final, de la Ley Orgánica del Congreso Nacional en concordancia con el artículo 313 del Reglamento de la Corporación, produjo la disolución de la Comisión Especial investigadora.
De acuerdo a lo señalado, según el mandato correspondiente, esta Comisión quedará expresamente mandatada para incorporar a su investigación todos los antecedentes, documentos y declaraciones efectuadas ante las Comisiones Especiales Investigadoras constituidas para indagar igual materia, en diciembre de 2013 y enero de 2014, respectivamente, debiendo rendir su informe en un plazo no superior a ciento veinte días, pudiendo para el desempeño de su mandato, constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.
Integración y presidencia de la Comisión
Mediante oficio N° 11.261, de 6 de mayo de 2014, la Corporación acordó integrar la Comisión con las y los siguientes diputados:
Don Fidel Espinoza Sandoval . Don Joaquín Godoy Ibáñez . Doña Marcela Hernando Pérez . Don Giorgio Jackson Drago . Doña Andrea Molina Oliva . Don Marco Antonio Núñez Lozano . Don Gaspar Rivas Sánchez . Don Raúl Saldívar Auger . Don Marcelo Schilling Rodríguez . Don Gabriel Silber Romo . Don Arturo Squella Ovalle . Don Víctor Torres Jaldes . Don Osvaldo Urrutia Soto . Durante la sesión constitutiva de esta Comisión Especial Investigadora, celebrada el día 6 de mayo de 2014, se eligió, por unanimidad, como Presidente de ella, al diputado señor Marcelo Schilling Rodríguez .
Actuó como abogado secretario don Álvaro Halabí Diuana ; como abogado ayudante doña Sylvia Iglesias Campos y como Secretaria Ejecutiva, doña Mariel Camprubi Labra .
Además, se contó con el apoyo y asistencia del funcionario de la Oficina de Informaciones don Rafael Parrao Ubilla.
II. RELACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO POR LA COMISIÓN EN EL CUMPLIMIENTO DE SU COMETIDO.
1) Sesiones celebradas y personas escuchadas.
Como ya se indicó previamente, la Comisión quedó facultada para incorporar a su investigación las declaraciones efectuadas ante las Comisiones Especiales Investigadoras constituidas los años 2013 y 2014, respectivamente. Durante las nueve sesiones celebradas ante ellas expusieron las siguientes personas:
Raúl Celis Montt , entonces Intendente Regional de Valparaíso; María Teresa Blanco Lobos , Jefa de la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional de Valparaíso; Osvaldo Maldonado Segovia , contador auditor del Gobierno Regional de Valparaíso; Enrique Kittsteiner Yovanini , ex asesor del Gobierno Regional de Valparaíso; Edgardo Piqué González , abogado del señor Kittsteiner anterior ; Marcia Oyarzún Leiva , secretaria del concejal de la Municipalidad de Viña del Mar don Andrés Celis Montt ; Julio Trigo Araya , ex Gobernador de Petorca; Luis García Lobos , secretario político del Partido Socialista, sede de La Calera; Walter Heilig Soto , coordinador de la Nueva Izquierda, Partido Socialista, sede Quillota ; Claudio Heine , director del semanario “El Impacto” de La Calera; Eduardo Martínez , Alcalde la de la Municipalidad de La Calera; Luis Vásquez Aguillón , suboficial de Gendarmería; representante de la empresa Asesoría, Consultoría Empresarial, Comercialización e Inversiones, GENES; Cristián Cárdenas , Concejal de la Municipalidad de Quilpué; y Mauricio Viñambres Adasme , alcalde de la Municipalidad de Quilpué y don Nelson Contador Órdenes, Consejero Regional por San Felipe .
Por su parte la Comisión realizó un total de catorce sesiones. Durante el transcurso de estas sesiones se recibió el parecer de las siguientes personas: Christian Urízar Muñoz , diputado; René Lues Escobar , Consejero Regional de Valparaíso y ex Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso; Enrique Astudillo Pinto , Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso; Daniel Garrido , Consejero Regional del Gobierno Regional de Valparaíso y Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación del Consejo Regional del Gobierno Regional Valparaíso; Jocelyn Córdova , secretaria del Gobierno Regional de Valparaíso; Ruth Cohen , secretaria del área de Cultura y Deportes del Consejo Regional de Valparaíso; Jorge Arqueros , profesor, integrante de la División de Planificación del Consejo Regional de Valparaíso; Felipe Olfos , integrante del área de Cultura y Deportes del Consejo Regional de Valparaíso; Orietta Ramírez López , periodista, encargada de la Unidad de Deportes hasta marzo de 2014 del Consejo Regional de Valparaíso; Luis Alberto Rodríguez , ex Jefe de la División de Planificación y Desarrollo del Gobierno Regional de Valparaíso; Osvaldo Maldonado Segovia , auditor interno de la Intendencia de Valparaíso; Ricardo Bravo Oliva , Intendente Regional de Valparaíso; Enrique Escobar , el Jefe de la División de Análisis y Control de la Intendencia Regional de Valparaíso, y María Herrera Figueroa y Cesar Ramírez Navia , ambos de la agrupación de vecinos de Zapallar y sus alrededores.
2) Lo sustancial de los documentos recibidos
La Comisión acordó el despacho de diversos oficios sobre materias relacionadas con su investigación, los que se consideran con indicación de si hubo o no respuesta, que se adjuntan en las actas respectivas y se anexan al presente informe, distinguiendo tanto los despachados por esta Comisión Investigadora como los que remitió en su momento la anterior Comisión.
a) Documentos atinentes a las Comisiones Especiales Investigadoras anteriores:[1]
Oficio N° 3
Fecha: 11122013
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época). Materia: Nómina y antecedentes completos de los beneficiarios, a partir de la asignación y transferencia de recursos públicos de diversos proyectos en virtud de los concursos públicos de seguridad ciudadana correspondiente a los años 2012 y 2013, referidos a la glosa destinada a proyectos sobre cultura, deporte y seguridad ciudadana con cargo al dos por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, incluyendo el monto obtenido por cada uno de ellos.
Respuesta: Antecedentes entregados en sesión 3ª ordinaria de 9 de enero de 2014. (Entrega planilla Excel).
Oficio N° 11B
Fecha: 9012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época). Materia: Solicita:
1) Recursos que la ley de presupuesto permite destinar (hasta en un
6%) para subvencionar actividades culturales, deportivas, de seguridad ciudadana; carácter social y y/o rehabilitación de drogas.
2) Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC).
3) Servicio Nacional de Turismo.
Respuesta: Ordinario N°493, cuenta sesión 7ª ordinaria de 04 de marzo de
2014.
Oficio N° 13B
Fecha: 9012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época). Materia: Informe detallado sobre proyectos de las Universidades que han obtenido financiamiento con fondos concursales del Gobierno Regional de Valparaíso, durante los años 2011, 2012 y 2013.
Respuesta: Por ordinario N° 492, cuenta sesión 7ª ordinaria de 04 de marzo de 2014.
Oficio N° 14B
Fecha: 4012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época). Materia: Solicita:
1) Acta N° 620 de la sesión ordinaria del Consejo Regional de fecha 8 de agosto de 2013.
2) Acta N° de la sesión ordinaria del Consejo Regional de fecha 29 de agosto de 2013.
3) Memorándum de la auditoría interna del Gobierno regional de Valparaíso de fecha 4 de febrero de 2013.
Respuesta: Ordinario N°491, cuenta en sesión 7ª ordinaria de 04 de marzo de 2014.
Oficio N° 15B
Fecha: 14012014
Destinatario: Alcalde la Municipalidad de Valparaíso, don Jorge Castro Muñoz . Materia: Solicita copia del certificado del Directorio de la Organización comunitaria “Valparaíso Joven”.
Respuesta: Oficio N°73, cuenta en sesión 7ª ordinaria de 04 de marzo de 2014.
Oficio N° 16B
Fecha: 14012014
Destinatario: Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos, señor Alejandro Burr Ortúzar . Materia: Los siguientes antecedentes de la Organización comunitaria “Valparaíso Joven”: RUT, domicilio y cartola de situación tributaria.
Respuesta: Oficio N° 52, del Servicio de Impuestos Interno, cuenta en sesión 7ª ordinaria de 02 de julio de 2014.
Oficio N° 17B
Fecha: 14012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época) Materia: Complementa Oficio N°11B de 09.01.2014, solicitando:
En relación al FIC, la nómina de universidades de la región beneficiadas con recursos provenientes de este fondo.
Proyectos en materia de turismo financiados con cargo a fondos del Gobierno Regional.
Respuesta: Ordinario N°493, cuenta en 7ª sesión ordinaria de 04 de marzo de 2014.
Oficio N° 18B
Fecha: 14012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época). Materia: Solicita información sobre el estado de tramitación del sumario administrativo que se incoa a raíz de los hechos que investiga esta Comisión parlamentaria y, si procediere, copia del mismo. Respuesta: Pendiente
Oficio N° 19B
Fecha: 16012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época) Materia: Remisión de los siguientes antecedentes, correspondientes a los años 2011, 2012 y 2013:
1) Copia de las facturas relacionadas con todos los proyectos asignados y objeto de cuestionamiento.
2) Sesiones del Consejo Regional a las que no asistió el Intendente titular, indicando el nombre de quien presidió esas sesiones y una relación de los proyectos aprobados en cada uno de ellos.
Respuesta: Ordinario N°193 de Sr. Raúl Celis Montt , Intendente Región de Valparaíso, cuenta en 1ª sesión ordinaria en 13 de mayo de 2014.
Oficio N° 26
Fecha: 21012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época) Materia: Fotocopia de Planilla Excel y de cuaderno en el cual la Jefa de la División de Análisis y Gestión de Control del Gobierno Regional de Valparaíso, registraría el monto de los proyectos concursales correspondientes a la asignación de cada uno de los Consejeros Regionales y del Intendente, quienes por acuerdo político, podían asignar hasta el 70% de los fondos concursales y el Intendente el 30%, respectivamente.
Respuesta: Pendiente
Oficio N° 27
Fecha: 24012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época) Materia: Nómina de proyectos asignados y montos involucrados, entre los años 2011 y 2013, a Valparaíso Arte Joven; Programa Puerto Ideas, y Arte y Música de Reñaca.
Respuesta: Ordinario N° 495 de Sr. Jose Pedro Nuñez BarrueI , Intendente Regional de Valparaíso (S), cuenta en 1ª sesión ordinaria de 13 de mayo de 2014, y Ordinario N°1087 de Sr. Ricardo Bravo Oliva Intendente Regional Valparaíso, cuenta en 1ª sesión ordinaria de 13 de mayo de 2014.
Oficio N° 30
Fecha: 29012014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época) Materia: Listado de organizaciones beneficiarias de fondos del GORE de Valparaíso entre los años 2011 y 2013, que rindieron cuenta a través de consultoras, y organizaciones beneficiarias de estos fondos concursales que no han rendido cuenta y, si fuere posible la causa de ello, ya sea por carecer de facturas o boletas justificadoras de gastos o por haberlos destinado a un objeto distinto.
Respuesta: Ordinario N°1087, cuenta en 1ª sesión ordinaria de 13 de mayo de 2014.
Oficio N° 32
Fecha: 04032014
Destinatario: Raúl Celis Montt , Intendente Regional de Valparaíso (de la época) Materia:1) Copias de facturas, boletas y recibos que comprueben el gasto de $ 275.220.630 (dos cientos setenta y cinco millones dos ciento veinte mil seis cientos treinta pesos) del 2% FNDR asignados a los clubes deportivos de Quilpué: Colegio Los Leones; Sol del Pacífico; Nueva Era, y Los Pinos.
2) Listado comparativo de proyectos presentados por las distintas municipalidades de la región y que resultaron rechazados, comparados con los proyectos aprobados patrocinados por los Cores, todos ellos entre los años 2011 y 2013.
Respuesta: Pendiente.
b) Documentos concernientes a esta Comisión:
Oficio N° 002
Fecha: 06052014
Destinatario: Contralor General de la República, señor Ramiro Mendoza Zúñiga . Materia: Informe final sobre Gobierno Regional Valparaíso
Respuesta: Oficio N°190/449/2014, cuenta en 2ª sesión ordinaria del 20 de mayo de 2014.
Oficio N° 006
Fecha: 20052014)
Destinatario: Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Listado de las personas que realizaron examen de admisibilidad y evaluaron proyectos del Club Deportivo Colegio Los Leones, Club Deportivo Sol del Pacifico, Club Deportivo Nueva Era, Club Deportivo Los Pinos y Valparaíso Joven .
Proyectos adjudicados en los años 2012 – 2013 del Centro Cultural Rucamanqui, Centro de Madres Nueva Ilusión, Agrupación Cultural, Artística , Recreativa y Ecológica Recrearte y Comité Habitacional My Dream House de La Calera.
Respuesta: Oficio N°1771/09, cuenta en sesión 4ª ordinaria, en 10 de junio de 2014.
Oficio N° 007
Fecha20052014
Destinatario: Contralor General de la República, señor Ramiro Mendoza Zúñiga . Materia: Informe final sobre Gobierno Regional Valparaíso sin tachas ni omisión de nombres de personas y organizaciones.
Respuesta: Oficio N°196.082/2014, cuenta en sesión 4ª ordinaria, en 10 de junio de 2014.
Oficio N° 008
Fecha: 10062014)
Destinatario: Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Porcentaje de proyectos que obtuvieron menos de 60 puntos, motivo de su rechazo y monto solicitado por ellos.
Porcentaje de rendiciones efectivas y devoluciones por rendiciones incompletas.
Rendiciones en que aparezca Centro de Eventos doña Anita .
Nombre de propietarios entidades relacionadas Colegio Los Leones. Respuesta: Oficio N°2364 del 05.08.2014, cuenta en sesión 9ª ordinaria, en 06 de agosto de 2014Oficio N° 009
Fecha: 10062014
Destinatario Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Copia actas del Consejo Regional entre 20112013 en las que se evidencian diferencias entre el audio y lo transcrito.
Respuesta: Oficio. N°2361, cuenta en sesión 9ª ordinaria, en 06 de agosto de 2014Oficio N° 10
Fecha: 13062014
Destinatario: Director Regional Servicio Electoral, señor Cristián Reveco Ravanal . Materia: Nómina de apoderados, encargados financieros y de campañas municipales del año 2012, en Valparaíso, Viña del Mar. Limache , Quilpué , Quillota y Calera .
Respuesta: Oficio N° 2857, cuenta en sesión 7ª ordinaria, en 02 de julio de 2014.
Oficio N° 11
Fecha: 23062014
Destinatario: Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Solicita copia Contrato de René Lues Escobar , Secretario Ejecutivo del Consejo Regional, Decreto o resolución de indemnización por renuncia voluntaria y copia acta sesión en que se acordó la indemnización:
Respuesta: Ordinario N°2491, cuenta en sesión 10ª ordinaria de 03 de septiembre de 2014.
Oficio N° 12
Fecha: 23062014
Destinatario: Ministro Interior y Seguridad Pública, señor Rodrigo Peñailillo Briceño .
Materia: Solicita antecedentes como intermediario con Unidad Auditoria Interna del Gobierno Región Valparaíso.
Respuesta: Oficio N°11.715, de fecha 16 de septiembre de 2014, que informa que se le ha remitido la información a la Subsecretaría de ese Ministerio para que evacue respuesta a solicitada, cuenta en sesión 9ª ordinaria, de 06 de agosto de 2014Ordinario N° 14.805, por el cual remite informe de Unidad de Auditoría del Ministerio del Interior.
Oficio N° 13
Fecha01072014
Destinatario: Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Copia Contrato Enrique Astudillo Secretario Ejecutivo del Consejo
Regional de Valparaíso.
Respuesta: Ordinario N° 2173, cuenta en sesión 10ª ordinaria, de 03 de septiembre de 2014.
Oficio N° 14
Fecha: 01072014
Destinatario: Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Copia de actas de las sesiones del Consejo Regional en que consta la subrogación del ex Intendente Celis.
Respuesta: Oficio N°487, cuenta en sesión 8ª ordinaria, de 23 de julio de 2014.
Oficio N° 15
Fecha03072014
Destinatario: Rodrigo Bermúdez , Asesor Técnico de la Biblioteca del Congreso Nacional.
Materia: Solicita informe comparativo del Reglamento de la Intendencia de Coquimbo en la asignación de 6% FNDR con su similar reglamento en la Intendencia de Valparaíso.
Respuesta: Mediante informe, cuenta en sesión 10ª ordinaria, de 03 de septiembre de 2014.
Oficio N° 17
Fecha04072014
Destinatario: Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Solicita copia proyectos 62 y 64 presentados en Tradicional 1 o 2
Respuesta: Oficio N°2349, cuenta en sesión 9ª ordinaria de 06 de agosto de 2014.
Oficio N° 19
Fecha13082014
Destinatario: Auditor Interno de la Intendencia de Valparaíso., don Osvaldo Maldonado Segovia .
Materia: Solicita informe que contenga los resultados de la auditoría efectuada en el año 2013 a los fondos correspondientes al 6% del FNDR.
Respuesta: Se recibe informe de auditoría a través de correo electrónico, cuenta en sesión 10ª ordinaria de 03 de septiembre de 2014.
Oficio N° 20
Fecha03092014
Destinatario: Presidente del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, don Francisco Hermosilla Iriarte .
Materia: Solicita registro de audio de todas audiencias celebradas en juicio por malversación de caudales públicos y caudales públicos y fraude en la Intendencia Regional de Valparaíso en contra de los señores Enrique Kittsteiner , Sergio Núñez y Claudio Uribe (RIT 1852014 RUC13008337548).
Respuesta: Contenida en tres CD de audio.
Oficio N° 21
Fecha: 11092014
Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva . Materia: Solicita informe respecto al número y monto de transferencias efectuados desde el Gobierno Regional de Valparaíso a la Municipalidad de Zapallar para la ejecución de los proyectos “Borde Costero de Zapallar” y “Mejoramiento iluminación plaza de Catapilco, comuna de Zapallar”.
Respuesta: Oficio Ordinario N° 3161, de fecha 10 de octubre de 2014, mediante el cual remite antecedentes solicitados de los proyectos “Mejoramiento Iluminación Plaza de Catapilco, Zapallar ” e “Instalación Iluminación Ornamental Alejandro Fierro ex Borde Costero, Zapallar ”. Se incluyen egresos y cartolas bancarias que dan cuenta de los montos transferidos a la Municipalidad' para su ejecución, los que ascendieron a $28.530.000 y $40.264.500 respectivamente.
Oficio N° 22
Fecha11092014
Destinatario Subsecretario de Desarrollo Regional, don Ricardo Cifuentes Lillo . Materia: Solicita informe respecto al número y monto de transferencias efectuados desde el Gobierno Regional de Valparaíso a la Municipalidad de Zapallar para la ejecución de los proyectos “Borde Costero de Zapallar” y “Mejoramiento iluminación plaza de Catapilco, comuna de Zapallar”.
Respuesta: Pendiente
Oficio N° 23
Fecha11092014
Destinatario Al Fiscal Jefe de la Fiscalía Local de San Felipe, don Osvaldo Basso Cerda .
Materia: Consulta a Fiscalía si recibió algún antecedente o denuncia de parte de la señora María Herrera Figueroa o del señor Cesar Ramírez Navia , en relación con las eventuales irregularidades que se habrían producido en la municipalidad de Zapallar y que serían materia de investigación judicial. En caso afirmativo, se solicita la remitir los antecedentes que correspondan.
Respuesta: Oficio N° 10 de fecha 22 de septiembre del 2014, por el cual informa que, revisado su sistema, no se registra ninguna denuncia o antecedente recibidos de parte de la señora María Herrera Figueroa o del señor Cesar Ramírez Navia en relación a irregularidades producidas en Municipalidad de Zapallar. Agrega que la Fiscalía, mantiene una investigación reservada bajo RUC N° 12005979054 por el delito de FRAUDE AL FISCO respecto de determinados funcionarios de la misma Municipalidad, a cargo del Fiscal Adjunto de nuestra señor Eduardo Fajardo de la Cuba .
Oficio N° 24
Fecha11092014
Contralor General de la República, señor Ramiro Mendoza .
Materia: Informe si ha ordenado algún tipo de investigación, con ocasión de denuncias por eventuales irregularidades acerca del número y monto de transferencias efectuados desde el Gobierno Regional de Valparaíso a la Municipalidad de Zapallar, para la ejecución de los proyectos “Borde Costero de Zapallar” y “Mejoramiento iluminación plaza de Catapilco, comuna de Zapallar”. En caso de existir se solicita indique el estado actual de tramitación de la misma.
Respuesta: Oficio de fecha 15 de octubre de 2014 que informa que la Contraloría se encuentra ejecutando una investigación especial en el Gobierno Regional, la que incluye la revisión de las citadas iniciativas, cuyo resultado será comunicado oportunamente.
III. ANTECEDENTES RELACIONADOS CON LA MATERIA DEL ENCARGO.
A) Antecedentes de carácter general.
Para una mejor comprensión de los hechos investigados, se encargó a la Biblioteca del Congreso Nacional un estudio relacionado con el encargo conferido por la Sala, descriptivo del marco legal regulatorio de la materia en análisis, el que para mayor claridad se inserta a continuación:[2]
2 Biblioteca del Congreso Nacional. Abogado Rodrigo Bermúdez , Asesoría Técnica Parlamentaria.
I) Introducción
A solicitud de la Comisión Investigadora sobre las denuncias de un eventual fraude y otras irregularidades en el Gobierno Regional de Valparaíso, se describe el marco normativo de los fondos concursales administrados por el Gobierno Regional de Valparaíso, específicamente, aquéllos destinados a financiar actividades culturales, deportivas y de seguridad ciudadana.
Con este objeto, se explican de manera sucinta ciertas facultades del Gobierno Regional y del Consejo Regional en materia presupuestaria, para luego describir el marco legal general de los fondos, contenidos en las glosas presupuestarias de las leyes de Presupuestos de los años 2011, 2012 y 2013.
Finalmente, se revisan dos instrumentos específicos elaborados por el Gobierno Regional de Valparaíso: el Reglamento Regional Fondo de Seguridad Ciudadana (del año 2012) y el Instructivo General para Otorgar Subvenciones hasta un 6% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. En ambos casos, el análisis se centra principalmente en los criterios que se fijan en las etapas de adjudicación de los concursos, sin analizar la etapa de ejecución de los mismos.
II) Marco General
Conforme con el artículo 13 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, corresponde a cada Gobierno Regional la administración superior de cada Región, teniendo como objeto su desarrollo social, cultural y económico.
Dentro de las funciones que a cada Gobierno Regional compete, se encuentra la de resolver la inversión de los recursos de la Región (artículo 16 de la ley). De manera específica, el artículo 19 de la ley citada establece que en materia de desarrollo social y cultural le corresponde, entre otras funciones: “c) Determinar la pertinencia de los proyectos de inversión que sean sometidos a la consideración del consejo regional, teniendo en cuenta las evaluaciones de impacto ambiental y social que se efectúen en conformidad a la normativa aplicable;”; y también “d) Distribuir entre las municipalidades de la región los recursos para el financiamiento de beneficios y programas sociales administrados por éstas, en virtud de las atribuciones que les otorgue la ley;”.
De acuerdo con el artículo 20 literal h) el Gobierno Regional, para el cumplimiento de sus funciones, puede “Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente;”.
En cuanto a las funciones del Consejo Regional, el artículo 36 literal e) dispone que a este le corresponde: “Resolver, sobre la base de la proposición del intendente, la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la región, de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional y de los recursos propios que el gobierno regional obtenga en la aplicación de lo dispuesto en el N° 20° del artículo 19 de la Constitución Política de la República;”.
III) Marco legal de los fondos concursales
A) Leyes de presupuesto
Los fondos concursales tienen como fundamento legal una glosa presupuestaria que se ha incluido en las leyes de presupuestos de los años 2011, 2012 y 2013. Específicamente, en todas estas leyes, la glosa 02 Nº 2.1 de la Partida 05, Ministerio del Interior Gobiernos Regionales, ha regulado y regula esta materia. Esta disposición es de carácter general para todos los Gobiernos Regionales, estableciendo reglas comunes en cuanto al destino de tales fondos.
En relación con este último, la glosa presupuestaria dispone que un cierto porcentaje del presupuesto, contenido en el subtítulo 24, puede ser destinado a financiar fondos concursales. A continuación se analiza el contenido de la glosa en los años 2011, 2012 y 2013. A fin de evitar repeticiones innecesarias, se analizará la glosa del año 2011 y, para el caso de los años siguientes sólo se explicarán los cambios que a ella se hubiesen realizado.
Ley de Presupuestos del año 2011
La glosa en comento permitía a los Gobiernos Regionales destinar recursos del subtítulo 24 para el financiamiento de actividades culturales, deportivas y de seguridad ciudadana. En cada caso, se autorizaba una destinación máxima de hasta un 2% del total de los recursos contemplados en el subtítulo antes mencionado.
En el caso de las actividades culturales que se podían financiar, con cargo a estos dineros, ellas podían ser realizadas por las municipalidades, incluido el funcionamiento de los teatros municipales o regionales que operen, o instituciones privadas sin fines de lucro.
Las actividades de carácter deportivo, en tanto, podían ser realizadas por las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro.
Finalmente, las de seguridad ciudadana podían ser realizadas por la intendencia, las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro.
Adicionalmente, se establecían las siguientes reglas:
El monto resultante de la aplicación de los referidos porcentajes no se verá afectado por eventuales disminuciones de los recursos correspondientes a cada Gobierno Regional.
Hasta un 3,5% del total autorizado por este numeral para cada Gobierno Regional, podrá destinarse a financiar la externalización de los procesos de admisibilidad, evaluación técnica, gestión administrativa y supervisión en terreno de las actividades que se aprueben, para lo cual se podrán traspasar recursos al programa de funcionamiento del respectivo Gobierno Regional.
Los recursos que se transfieran a las entidades públicas señaladas no se incorporarán a sus presupuestos, sin perjuicio de lo cual deberán rendir cuenta de su utilización a la Contraloría General de la República.
La asignación de estos recursos a actividades específicas se efectuará en forma transparente y competitiva, para lo cual el Gobierno Regional respectivo deberá dictar los reglamentos que se considere necesarios, donde, entre otros, se establezcan los plazos de postulación y los criterios con que serán analizadas.
Quedarán excluidos de estos procedimientos los recursos que se destinen al funcionamiento de los teatros regionales o municipales.
En el caso de las actividades relacionadas con seguridad ciudadana, los reglamentos regionales deberán considerar las orientaciones que al efecto imparta el Subsecretario del Interior.
Ley de Presupuestos del año 2012
En términos generales, se mantiene la misma glosa presupuestaria, observándose sólo los siguientes cambios:
Las orientaciones para los reglamentos de las actividades vinculadas con seguridad ciudadana, serán impartidas por el Subsecretario de Prevención del Delito.
Los gobiernos regionales podrán solicitar autorización para subvencionar las actividades de carácter social y de rehabilitación de drogas que determine, que efectúen las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro, acompañando la propuesta de reglamento que normará dichas actividades, lo que será resuelto por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. En todo caso, los montos que se destinen a la nueva tipología de actividades no podrán superar el 2% del total de sus recursos.
Los montos que se autorizan con cargo a este numeral, no podrán superar en su conjunto el 6% del total de los recursos regionales.
Ley de Presupuestos del año 2013
En relación con los años 2011 y 2013, la glosa presupuestaria presenta las siguientes modificaciones:
Se establece un monto global de un 6% como máximo para destinar a subvenciones y un monto máximo por tipología de actividad de un 2%.
Podían ser beneficiarias de estos dineros las actividades culturales; actividades deportivas y del Programa Elige Vivir Sano; actividades de seguridad ciudadana; actividades de carácter social y rehabilitación de drogas.
Se establece que, para el caso de las actividades culturales, los instructivos deberán considerar las orientaciones que emanen de la Política Cultural Regional aprobada por cada Consejo Regional del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, remitirá, 30 días después de terminado cada trimestre, información consolidada de todas las regiones respecto al uso de estos recursos. Esta información deberá ser publicada en los mismos plazos en la página web de la Subsecretaría de Desarrollo Regional.
B) Reglamento Regional Fondo de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Valparaíso
Este reglamento se encuentra contenido en la Resolución Afecta Nº 270 del Gobierno
Regional de Valparaíso, publicada en el Diario Oficial el 17 de enero de 2012.
Conforme con su artículo 3º en este cuerpo normativo se instituyen “las normas que regularán el Fondo Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Valparaíso”. Agrega que se establecen “los objetivos y principios orientadores para la aplicación de los recursos del Fondo, la forma en que se harán las convocatorias para que las entidades postulen sus proyectos, los requisitos de postulación, las materias sobre las que podrán versar los proyectos; los tipos de gastos que financiará el Fondo, el procedimiento, los criterios de evaluación y demás disposiciones que permitan la mejor utilización de los recursos, así como la obtención de los objetivos del Fondo, a través de la ejecución de los proyectos seleccionados.”.
a) Objetivos y principios orientadores
Los objetivos se encuentran contenidos en el artículo 4º y ellos son:
a) Fomentar y apoyar actividades que respondan a iniciativas integrales en temáticas de seguridad ciudadana, con el objeto de disminuir el delito y la percepción de inseguridad en la ciudadanía.
b) Generar iniciativas que favorezcan la participación y corresponsabilidad social de los diferentes actores locales en materias de seguridad.”.
Los principios orientadores, en tanto, están contenidos en el artículo 5 y ellos son los siguientes:
a) El compromiso social: Reducir la delincuencia y la percepción de temor es un desafío que requiere de la participación y compromiso de diversos actores y su compromiso en el desarrollo de estrategias en esta temática.
b) La igualdad de oportunidades: El Fondo está orientado a promover la participación de los distintos estamentos, involucrando a diversos entes del Estado y actores sociales, promoviendo así la igualdad de acceso sin distinción.
c) La inclusión regional: El Fondo está disponible para todas las regiones del país, reconociendo las particularidades de cada territorio y sus propuestas locales en el abordaje de esta temática multicausal y compleja.”.
b) Regulación de los concursos
El artículo 6 del reglamento establece que los concursos de postulación a los fondos deben ser transparentes y competitivos. Agrega que el reglamento es parte integrante de todas las bases administrativas y técnicas, así como de los convenios de transferencia de recursos que se suscriban con las entidades seleccionadas para la subvención.
El artículo 7 establece que pueden postular a los concursos:
Las Municipalidades de la Región de Valparaíso.
Entidades privadas sin fines de lucro con personalidad jurídica vigente que se encuentren inscritas en el Registro de Organizaciones Receptoras de recursos Públicos.
La Intendencia Regional.
Otras entidades públicas.
El artículo 8, por su parte, establece inhabilidades para postular proyectos, cuando las entidades se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Con rendiciones de cuentas pendientes.
Hayan puesto término anticipado a la ejecución de un proyecto, sin la autorización del Gobierno Regional o contraviniendo el convenio suscrito al efecto.
Que tengan entre sus directores y/o administradores a personas que posean la calidad de funcionarios del Gobierno Regional o que presten servicios como contratados a honorarios o bien que posean la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive con alguno de los antes mencionados.
Aquellas en cuyos estatutos figuren como directores y/o administradores personas que tengan litigios pendientes con el Gobierno Regional, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Aquellas a las que se les ha puesto término anticipado a un contrato previo suscrito con el Gobierno Regional, por causal imputable a esa entidad, dentro de los dos años anteriores a su postulación.
Aquellas cuya existencia legal o mandato de quien actúa en su representación se extinga en el plazo propuesto para la ejecución del proyecto.
Aquellas instituciones cuyos representantes estén vinculados en razón de matrimonio, parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, o por vínculo de la adopción con algún Consejero Regional o con algún funcionario del Gobierno Regional de Valparaíso, sea éste en calidad de planta, contrata, honorario o vinculado mediante un contrato regulado por el Código del Trabajo.
Aquellas a las que afecte cualquier otra inhabilidad legal, judicial o administrativa para contratar con el Gobierno Regional y/o sus organismos o programas dependientes.
En cuanto a las temáticas de los proyectos, el artículo 9 dispone que los proyectos deben insertarse en alguna de las siguientes:
1) Prevención Social: dirigidos a realizar actividades que generen y desarrollen factores protectores en grupos vulnerables o en riesgo social y sus territorios.
2) Prevención Situacional: destinados a generar acciones complementarias de empoderamiento y ocupación de espacios públicos, que aporten en disminuir la probabilidad de comisión de delitos de oportunidad y reducir la percepción de inseguridad en determinados espacios urbanos
3) Control: dirigidos a la difusión y coordinación, que favorezca y mejore las labores de prevención y disuasión, incluyendo iniciativas de trabajo conjunto entre la entidad postulante, autoridades locales, policías y comunidad en general.
4) Asistencia a Víctimas: proyectos de prevención y promoción dirigidos a apoyar, a través de distintos canales de información, ofreciendo asistencia a personas que hayan sido víctimas de violencia
5) Rehabilitación y Reinserción: dirigidos a facilitar y apoyar la reinserción social de personas que hayan cometido delitos, promoviendo a través de distintos medios, la generación de competencias sociales y laborales en los usuarios
6) Innovación y Estudios: destinados a abordar cualquiera de las cinco temáticas antes descritas desde una perspectiva distinta a la tradicional, a través de nuevos mecanismos de cooperación, de la adopción y uso de procedimientos y tecnologías propias de otras materias, o por medio de estudios que busquen profundizar el entendimiento de problemáticas no resueltas de Seguridad Pública.
Conforme con el artículo 14, en las bases de los concursos se debe establecer que los postulantes conocen y aceptan el contenido íntegro de dichas bases y aceptan los resultados de la convocatoria. Agrega este mismo artículo que cada postulante debe acompañar una declaración jurada por medio de la cual autorice expresamente al Gobierno Regional de Valparaíso, sea que su proyecto resulte o no seleccionado, a realizar el proyecto directamente o a través de otras entidades públicas, en forma completa o introduciendo variaciones al mismo, y haciendo uso de todo o parte de las ideas contenidas en aquél.
En relación con el proceso de selección, según el artículo 21, dispone que éste al menos, debe considerar las siguientes etapas:
a) Un examen de admisibilidad y asignación de código a cada proyecto. b) Una evaluación técnica.
c) Período de observaciones.
d) Propuesta del Intendente Regional
e) Priorización de los proyectos por parte del Consejo Regional de Valparaíso.
El examen de admisibilidad se encuentra regulado en los artículos 22 y 23. En términos generales, se establece que el examen está a cargo de una comisión técnica facultada para verificar el cumplimiento de los requisitos y documentos obligatorios establecidos en las bases de cada concurso, pudiendo declarar inadmisibles en forma inmediata, a aquellas entidades postulantes que hubieren sido beneficiadas en procesos anteriores con estos recursos y que no hayan rendido cuenta de la totalidad de los mismos y/o que no hayan entregado el respectivo informe. En los demás casos de inhabilidad, debe remitir los antecedentes a la unidad jurídica de la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional, a fin de que se emita un informe sobre la procedencia o no de declarar inadmisible la postulación.
La evaluación técnica está regulada en el artículo 24. Ella se encuentra a cargo de una comisión conformada de acuerdo con lo dispuesto en las bases del concurso. Esta comisión califica las iniciativas en una escala de 1 a 7, siendo las bases las que fijen la calificación mínima para pasar a la etapa siguiente.
De acuerdo al artículo 26, efectuada la evaluación, la nómina completa de los proyectos que resulten técnicamente recomendables, es remitida al Intendente Regional quien formula una propuesta al Consejo Regional de Valparaíso para su conocimiento y aprobación. El artículo 27 establece, que la última etapa del proceso es la priorización de los proyectos mediante votación de los Consejeros Regionales. El Consejo Regional se ajustará, en su priorización, al marco presupuestario establecido en las bases de la respectiva convocatoria.
C) Instructivo del Gobierno Regional de Valparaíso de 2013
Este instructivo se encuentra contenido en la Resolución Exenta Nº 716 del Gobierno Regional de Valparaíso, que Aprueba Instructivo General para Otorgar Subvenciones Hasta un 6% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), en Actividades Culturales, Deportivas y de Seguridad Ciudadana, entre otras, publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de junio de 2013.
a) Disposiciones generales
El numeral 1, inciso cuarto, señala que el propósito del instructivo es “orientar y reglamentar la postulación de iniciativas a cualquiera de las subvenciones”. Agrega que “ha generado para cada subvención Bases Administrativas o Términos de Referencia con los requerimientos específicos de cada una”, debiendo cumplir las entidades interesadas en postular a estos fondos los requisitos de ambos instrumentos. Refuerza la idea anterior el inciso quinto de este numeral, al señalar que este instructivo es parte integrante de las bases administrativas de las futuras convocatorias a fondos concursales.
En su numeral 2 fija los siguientes principios orientadores: compromiso social; igualdad de oportunidades; inclusión local, y equidad de género.
En relación con los postulantes, el numeral 3.1 del instructivo repite lo señalado en las glosas presupuestarias en cuanto a que pueden postular a las subvenciones entidades públicas, municipalidades e instituciones privadas sin fines de lucro. Agrega, eso sí, que las dos primeras deben contar con una unidad técnica que gestione proyectos o, al menos, una persona especialmente designada para ejercer dicha tarea, dentro de su estructura organizacional.
El numeral 3.2 establece reglas relativas a la difusión y orientación a los postulantes. En relación con lo primero, se establece que ésta debe ser de la manera más amplia posible, debiendo el Gobierno Regional arbitrar los medios para que ella sea efectiva. En cuanto a la orientación, durante el periodo de postulación, y dentro del plazo que fijen las bases administrativas para consultas y aclaraciones, los participantes podrán efectuar consultas en forma electrónica y recibir orientación a su postulación, en las respectivas Unidades de Deporte, Cultura y Seguridad Ciudadana, adscritas a la División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional de Valparaíso.
En cuanto a los requisitos jurídicos de postulación, el numeral 3.3 establece los siguientes: a) Representación: Todas las entidades postulantes deberán corresponder a instituciones con domicilio en la Región de Valparaíso. No obstante lo anterior, podrán participar corporaciones, fundaciones o instituciones públicas de carácter nacional con representación en la Región de Valparaíso.
b) Contar con personalidad jurídica con un mínimo de 6 meses de antigüedad al momento de la postulación, la que deberá acreditarse mediante el certificado correspondiente.
c) Podrán postular sólo personas jurídicas (no personas naturales).
d) El representante legal de la entidad postulante, deberá ser mayor de edad.
Desde el punto de vista administrativo, el numeral 3.4 establece que las entidades que postulen sólo pueden acceder a recursos hasta por un máximo de dos proyectos por año calendario, con independencia del número de postulaciones que realicen y del tipo de fondo concursal de que se trate. Las postulaciones de las entidades privadas sin fines de lucro, luego que ellas se hayan adjudicado dos proyectos, serán declaradas inadmisibles. Esta restricción no se aplicará a las entidades de carácter público.
Los proyectos deben ser presentados en un sobre cerrado, en que se deben contener todos los documentos y antecedentes de respaldo del proyecto. El formulario 1, correspondiente a la carátula del proyecto, deberá venir pegado encima del sobre cerrado, el cual deberá contener los siguientes documentos:
a) Carta u oficio firmada por el representante legal dirigido al señor. Intendente Regional de Valparaíso, en la que solicite financiamiento para la materialización de la iniciativa que postula. Este documento deberá venir con timbre de la organización.
b) El proyecto, utilizando el formulario 2, desarrollo del proyecto, en un ejemplar original más documentos anexos. Opcionalmente, podrá adjuntar copia digital con copia de documentación presentada.
c) Fotocopia legible del RUT de la institución.
d) Fotocopia legible y vigente de la cédula nacional de identidad del representante legal de la institución.
e) Fotocopia de los estatutos de la entidad postulante, en el caso de organización privada sin fines de lucro.
f) En el caso de las entidades privadas: Deberán presentar el certificado que acredite que la respectiva organización está registrada en la página www.registros19862.cl (Receptores de Fondos Públicos). Deberá constar en dicho certificado el nombre actualizado del representante legal.
g) El certificado de Personalidad Jurídica vigente debe estar fechado como máximo 90 días antes de la fecha de postulación y debe incluir la nómina del directorio y/o directiva actual. En el caso de:
Corporaciones, Fundaciones y ONG deben presentar Certificado de Vigencia de Personalidad Jurídica otorgado por Registro Civil, el Ministerio de Justicia y/o Educación, según corresponda al tipo de institución postulante.
Organizaciones Comunitarias y de Base: Deben incorporar el certificado de vigencia otorgado por la municipalidad y/o Instituto Nacional de Deporte o la entidad que corresponda según la naturaleza de la organización.
Municipalidades y otras entidades públicas: No requerirán acreditar su existencia legal en atención a que se trata de órganos cuya existencia es de dominio público; en todo caso, las municipalidades y los servicios públicos deberán acompañar copia del decreto de nombramiento del alcalde o de similar resolución, respecto al Director del servicio que se trate.
En el numeral 3.5 del instructivo se establecen las siguientes restricciones e inhabilidades para postular a las subvenciones, tanto para entidades privadas como públicas:
a) Habiendo sido beneficiados en concursos anteriores, no hayan presentado su rendición de cuentas en el plazo establecido para ello, o dicha rendición se encuentre observada respecto de recursos entregados por el Gobierno Regional provenientes del 6% del FNDR.
b) Tengan entre sus directores, administradores, responsables o beneficiarios del proyecto a personas que presenten la calidad de funcionarios del Gobierno Regional, miembros del Consejo Regional o que presten servicios en calidad de honorarios o bajo contrato de trabajo en el Gobierno Regional.
c) En el caso de entidades privadas, tengan entre sus directores, administradores, responsables o beneficiarios del proyecto a personas que presenten la calidad de cónyuges, hijos o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, con los directivos de la institución y/o miembros del Gobierno Regional.
d) Tengan entre sus directores y/o administradores de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales a alcaldes, concejales y otros funcionarios municipales que ejerzan cargos de jefatura administrativa en la respectiva municipalidad mientras dure su mandato. Lo anterior, en atención a la Ley N° 20.500, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias, párrafo 3, artículo 34.
e) Cuyos directores y/o administradores de la organización tengan litigios o situaciones contractuales pendientes con el Gobierno Regional, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de cónyuge, hijos o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
f) Se les haya puesto término anticipado a un contrato y/o convenio previo suscrito con el Gobierno Regional, por causal imputable a esa entidad, dentro de los dos años anteriores a su postulación.
g) Cuya existencia legal se extinga en el plazo propuesto para la ejecución del proyecto.
h) A las que afecte cualquier otra inhabilidad legal, judicial o administrativa para contratar o suscribir convenios con el Gobierno Regional o con cualquier otro órgano de la Administración Pública.
i) Que consideren contratar en la dotación con cargo a la iniciativa financiada por el Gobierno Regional, a los directivos de la organización, como asimismo a familiares directos, hasta el tercer grado de consanguinidad.
j) Consideren como proveedores o prestadores de servicios a directivos de la organización o a sociedades en que estos participen, como asimismo a sus familiares directos, hasta el tercer grado de consanguinidad. Esta inhabilidad será exigible también a los funcionarios de cualquier calidad del Gobierno Regional de Valparaíso.
b) Evaluación Técnica
“En el numeral 9 del instructivo se establecen los criterios para la evaluación técnica de las iniciativas que cumplen con los requisitos jurídicos y administrativos antes señalados y, además, los contenidos en las bases administrativas. Las etapas de la evaluación técnica que se establecen son las siguientes:
Examen de admisibilidad: a cargo de los funcionarios adscritos a las unidades a cargo de los fondos concursales. La revisión de admisibilidad se refiere al cumplimiento de requisitos como rango de montos, fechas de ejecución y documentos solicitados. Se debe elaborar un acta de admisibilidad que es publicada y las iniciativas que son declaradas admisibles luego son evaluadas técnicamente.
Equipo Técnico Evaluador: integrado por profesionales adscritos al Gobierno Regional de Valparaíso, a quienes se les distribuirán las iniciativas declaradas admisibles, de conformidad a lo que establezcan las Bases Administrativas. Cada evaluador emitirá un certificado de evaluación por cada proyecto a su cargo. La evaluación técnica de los proyectos e iniciativas se ceñirá al siguiente cuadro:
[0]
c) Aprobación del Consejo Regional
La nómina de iniciativas que resulten técnicamente recomendadas será remitida vía oficio por el Intendente Regional a la Comisión de Educación, Arte, Cultura, Deporte y Recreación del Consejo Regional para su estudio y jerarquización. Dicha comisión informará al Secretario Ejecutivo del Consejo Regional, aquellas iniciativas jerarquizadas dentro de las recomendadas técnicamente, teniendo en consideración, entre otros, los marcos de financiamiento máximo de cada ítem presupuestario del respectivo fondo concursal, tanto para iniciativas y actividades de entidades públicas, como para aquellas referidas a entidades y organizaciones privadas sin fines de lucro.
Finalmente, el Secretario Ejecutivo, en su carácter de ministro de fe del Consejo Regional despachará acta, dirigida al Intendente Regional, donde se señalarán las iniciativas jerarquizadas para que sean conocidas y votadas por el pleno del Consejo Regional.
B) Antecedentes de carácter especial.
Informe de la Contraloría Regional de Valparaíso efectuada al Fondo Nacional de Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Valparaíso.
Por la relevancia del tema en estudio, a continuación se efectúa una breve descripción de los aspectos sustanciales del Informe final de la Contraloría Regional de Valparaíso N° 51 de 2013, que contiene los resultados de la auditoría efectuada al Fondo Nacional de Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Valparaíso, suscrito por doña Alejandra Pavez Pérez , Jefa de la Unidad de Control Externo.
Se señala en el citado informe que en cumplimiento del plan anual de fiscalización de la Contraloría Regional de Valparaíso para el año 2013, y de acuerdo con la legislación vigente, se realiza un examen de cuentas a los recursos otorgados por el Gobierno Regional de Valparaíso (GORE) para el financiamiento de proyectos con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), para la ejecución de iniciativas de cultura, deporte y seguridad ciudadana, durante el periodo comprendido entre los años 2011 y 2013.
Luego de mencionar al equipo designado para llevar a cabo esta fiscalización, indica sucintamente la normativa que regula las funciones, atribuciones y deberes de los órganos del gobierno interior y la administración superior de la región, como asimismo explica que el gobierno regional puede resolver la inversión de los recursos que a la región le correspondan en la distribución del FNDR y que corresponde al Intendente Regional proponer al Consejo Regional (CORE) la distribución de los fondos de desarrollo regional, pudiendo este último, aprobar, modificar o sustituir los proyectos y proposiciones planteadas por esa autoridad.
Luego acota que en la glosa pertinente, común para todos los gobiernos regionales, de las Leyes de Presupuestos del Sector Público para los años 2011, 2012, y 2013 se establece el uso del 2% del total de sus recursos a subvencionar actividades de carácter cultural, deportiva y de seguridad ciudadana, en especial de municipalidades y de entidades públicas y privadas sin fines de lucro
Finaliza en este punto, que en carácter reservado en febrero de 2014, fue puesto en conocimiento del Intendente y Presidente del Gobierno Regional de Valparaíso, el Preinforme de Observaciones N° 51, de 2013, con la finalidad que formulara los alcances y precisiones que, a su juicio, procedieran, lo que se concretó mediante el oficio N° 1866, de marzo de 2014.
Ahora bien, cabe puntualizar que el propósito de este informe es practicar una revisión de los proyectos adjudicados y rendidos en el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 14 de noviembre de 2013, correspondiente a iniciativas de cultura, deporte y seguridad ciudadana, con cargo al porcentaje del FNDR determinado en cada caso en las citadas Leyes de Presupuestos.
Cabe consignar que el trabajo se practicó de acuerdo con la metodología de Auditoría que para estos efectos utiliza esa entidad contralora y los procedimientos de control aprobados mediante las resoluciones exentas Nos 1.485 y 1.486, ambas de 1996, considerando resultados de evaluaciones de control interno respecto de las materias examinadas, determinándose la realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron necesarias. De igual forma, se practicó un examen de cuentas de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 95 y siguientes de la ley N° 10.336 y en la resolución N° 759, de 2003, dictado por ese órgano contralor, que Fija Normas de Procedimientos sobre Rendición de Cuentas.
En relación con el universo y muestra que abarca este informe, se expresa que se solicitó la base de datos de los proyectos adjudicados entre los años 2011 y 2013, determinándose un total de 1.092 proyectos adjudicados y rendidos en el referido periodo por $ 3.981.995.064, con cargo al porcentaje del FNDR destinado a financiar actividades relativas a deportes, cultura y seguridad ciudadana última línea a contar del año 2012, seleccionándose analíticamente 28 de éstos por la suma de $ 393.596.916,.
Además se revisaron 8 proyectos por la suma de $52.560.915, con el objeto de atender la presentación N° 50.832, de 2014, ingresada a esta Contraloría Regional, por don Edgardo Piqué González , en representación de don Enrique Kittsteiner Yovanini , cuyo contenido consta en el cuerpo del presente informe.
La relación circunstanciada del resultado de la auditoria y del examen de cuentas se detalla pormenorizadamente en el informe final que se anexa a este.
El órgano contralor arribó a las siguientes conclusiones, que, por su trascendencia, se transcriben textualmente:
“Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo el presente trabajo, el Gobierno Regional de Valparaíso ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones No 51, de 2013.
No obstante, se mantienen situaciones respecto de las cuales deberá adoptar las medidas correspondientes, a fin de dar estricto cumplimiento al ordenamiento jurídico que regula la materia objeto del análisis, según se indica a continuación:
1) En lo relativo a la adjudicación de proyectos a organizaciones públicas y privadas sin fines de lucro, por más de dos períodos consecutivos, el GORE deberá velar que en lo sucesivo se dé estricto cumplimiento a los reglamentos para el financiamiento de esas iniciativas, a objeto de evitar la reiteración de la situación observada, lo que será verificado por esta Contraloría Regional en futuras auditorías que se practiquen a esa entidad.
2) En cuanto a la falta de evaluación de admisibilidad y de los aspectos técnicos de las iniciativas de seguridad ciudadana adjudicados durante el año 2012, y de los proyectos de carácter deportivo denominados “Vida, Salud y Recreación” y “Acondicionamiento Físico con Gimnasia Entretenida en Mi Barrio”, ese servicio deberá implementar las medidas de control preventivas a fin de evitar la reiteración del hecho objetado, así como velar por el estricto cumplimiento de los reglamentos y bases de postulación aplicables en la especie, lo que será constatado por este Organismo de Control en una próxima auditoría, sin perjuicio del procedimiento disciplinario que esta Entidad Fiscalizadora instruirá a fin de determinar y hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas comprometidas.
3) En lo que concierne a la ausencia de los elementos de control interno que permitieron la ocurrencia de irregularidades en torno a los proyectos financiados con cargo al FNDR, esa entidad deberá implementar controles preventivos y concurrentes que le permitan velar por la correcta ejecución y rendición de ese tipo de iniciativas, lo que será constatado por esta Entidad de Control en una próxima auditoría que efectúe sobre esta materia
4) Respecto de los proyectos de las iniciativas de deportes, cultura y seguridad ciudadana, de los años 2011, 2012 y 2013 y que a la fecha de la presente fiscalización se encuentran pendientes de rendición por la suma de $ 2.233.780.870, el GORE deberá emprender las acciones legales necesarias a fin de obtener a restitución de los recursos asignados a las organizaciones que a la fecha carecen de rendición. Asimismo, y sin perjuicio del sumario administrativo que instruirá este organismo, corresponde que esa entidad evalúe solicitar al Ministerio de Hacienda, la eliminación de las organizaciones observadas, del Registro de Organización Receptora de Recursos Públicos, medidas que serán verificadas en una próxima auditoría.
5) En lo que respecta a las rendiciones de cuenta presentadas por las organizaciones denominadas “Corporación Deportiva Social y Cultural Gol Iluminado”, “Centro Comunitario y Cultural Gaviotas en lo Alto” y “Fundación Fillol Basabe ”, que incluyeron boletas de honorarios de personas vinculadas en razón de parentesco con las directivas de las aludidas organizaciones, el GORE deberá arbitrar las medidas que resulten pertinentes a fin de dar cabal cumplimiento a las disposiciones que regulan ese tipo de concursos, sin perjuicio de exigir a las organizaciones la restitución total o parcial, según proceda en cada caso, de los recursos objetados, lo que será verificado por este Organismo de Control en una próxima auditoría de seguimiento.
6) En cuanto al “Centro Comunitario del Cerro al Mar”, el cual adjunta una boleta de honorarios de la presidenta de la organización, el GORE deberá iniciar las acciones legales que en derecho procedan a fin de obtener la devolución de dichos recursos, situación que será constatada por este Organismo de Control en una próxima auditoría de seguimiento.
7) En atención a que las boletas de bar restaurant incluidas en las rendiciones de cuenta de los proyectos adjudicados a la Fundación Fillol Basabe , por un total de $ 1.139.188, no acreditan que corresponden a gastos por concepto de colaciones, corresponde que el GORE exija la entrega de antecedentes fundados que permitan acreditar que los aludidos gastos se ajustan al proyecto, y en caso de no prosperar sus requerimientos, iniciar las acciones necesarias a fin de obtener la restitución de los recursos, lo que será comprobado por esta Contraloría Regional en la auditoría de seguimiento.
8) En cuanto a los proyectos que rindieron una cantidad de beneficiarios menor a la población objetivo, comprometida en los respectivos convenios y en aquellos proyectos que adjuntaron listados de beneficiarios con personas repetidas, deberá ese servicio agotar las gestiones necesarias a objeto de obtener la restitución de los recursos comprometidos, y en caso de no tener resultados favorables, proseguir con las acciones judiciales ante los tribunales competentes, situación que será verificada por este Organismo Fiscalizador en una próxima auditoría de seguimiento.
9) Con respecto a las prestaciones de servicios por un monto superior a 1O UTM, las cuales no fueron formalizadas a través de la suscripción del respectivo contrato, esa entidad deberá velar por el efectivo cumplimiento de los reglamentos y las bases de postulación que norman la especie, situación que será verificada por esta Entidad de Control en próximas auditorías.
10) En relación con los recursos destinados a la adquisición de premios por parte de la organización “Comunidad de Mujeres Manos Solidarias”, y en lo que respecta a los gastos de perifoneo rendidos por la organización “Centro Cultural más Cultura para Viña del Mar”, el GORE deberá requerir la restitución de los recursos observados, situación que será verificada en una próxima auditoría de seguimiento.
11) El GORE deberá hacer efectivas las medidas informadas en cuanto a remitir al Servicio de Impuestos Internos aquellas facturas exentas emitidas por labores que no se encuentran incluidas en las exenciones contempladas en el artículo 12 del decreto ley No 825, de 1974, lo que se verificará en una próxima auditoría de seguimiento.
12) Respecto de aquellos proyectos, cuyas rendiciones de cuenta no acompañaron evidencia fotográfica, recortes de prensa que acrediten su realización o nóminas de los beneficiarios de las actividades comprometidas, y que en consecuencia no acreditaron que las actividades comprometidas se hayan realizado, el GORE deberá exigir el reintegro de los recursos involucrados, lo que será verificado por esta Contraloría Regional en una próxima auditoría de seguimiento.
13) En relación al duplicado de la factura N° 194, incluida en la rendición de cuentas presentada por la Fundación Fillol Basabe, el GORE deberá arbitrar las medidas comprometidas en orden a requerir el documento original a esa organización, situación que se verificará en una auditoría de seguimiento.
14) Sobre las irregularidades asociadas a las actividades desarrolladas en el Centro de Eventos Doña Anita y a los proyectos adjudicados en la comuna de Nogales, el GORE, deberá implementar controles preventivos y concurrentes que le permitan velar por la correcta ejecución y rendición de ese tipo de iniciativas, sin desmedro de requerir a las respectivas entidades, la presentación de mayores antecedentes que permitan respaldar el correcto uso y destino de los recursos involucrados, o en su defecto, ejercer las acciones que correspondan a fin de obtener la restitución de los mismos, situación que será constatada por esta Entidad de Control en una próxima auditoría de seguimiento.
15) En lo que respecta a las eventuales situaciones de proselitismo político, el GORE, deberá en lo sucesivo adoptar las medidas de control necesarias a objeto de evitar la reiteración de los hechos que se indican en el numeral 3 del presente informe y velar por el estricto cumplimiento de lo establecido en las bases de postulación y reglamentos que rigen la ejecución de los proyectos, lo que será verificado por esta Sede Regional en una próxima auditoría que se realice sobre la materia.
16) El GORE deberá hacer efectivas las medidas comprometidas, en relación a exigir a la Junta de Vecinos Mirador de Zapallar, la restitución de los fondos objetados en el proyecto denominado “Acondicionamiento Físico con Gimnasia Entretenida en mi Barrio”, por no haber acreditado la participación de las mujeres que contemplaba dicho convenio, situación que será verificada en una posterior auditoría de seguimiento.
17) En lo que respecta al proyecto denominado “Olimpiadas Vecinales del Deporte, Zapallar 2012”, cuya rendición no incluye los antecedentes requeridos en el reglamento y las bases de postulación de (sic) normaron dicho concurso, que permitan acreditar la realización de las actividades comprometidas, esto es, evidencia fotográfica, videos o recortes de prensa y nóminas de participantes en donde se detalle el nombre, Rut, dirección, teléfono de contacto y firma, el GORE deberá solicitar el reintegro de los fondos involucrados, lo que se verificará en una próxima auditoría de seguimiento. Igual restitución deberá requerirse respecto de los bienes no acreditados por el “Centro Comunitario del Cerro al Mar”, para el proyecto denominado “Escribiendo Nuestra Historia Local Construimos Identidad en el Siglo XXI”.
18) La entidad auditada, deberá hacer efectivas las medidas comprometidas, en cuanto a que se restituyan los recursos asociados a la adquisición del inventario rendido por “Centro Cultural Más Cultura para Viña del Mar”, y en torno a solicitar la devolución de los bienes adquiridos por la “Comunidad de Mujeres Manos Solidarias”, situación que se verificará en una posterior auditoría de seguimiento.
19) Sobre el sistema de cuotas, atendido que la potestad de resolver sobre la inversión de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, radicada exclusivamente en el consejo regional, implica para ese cuerpo colegiado adoptar una determinación debidamente informada, razonada y ajustada a los intereses regionales que dentro de los objetivos establecidos en la aludida ley No 19.175 se les dará a los proyectos o programas propuestos por el órgano ejecutivo del gobierno regional, el GORE de Valparaíso deberá implementar los controles preventivos que resulten pertinentes a fin de que el Consejo Regional conozca y adopte sus decisiones, en consideración al resultado del proceso de examen previo de factibilidad, admisibilidad y cumplimiento de los aspectos técnicos de los proyectos, los cuales constituyen los elementos de juicio en los que se fundamenta la proposición del intendente, y de esa forma propiciar que el proceso de elegibilidad final de las iniciativas cumpla con las condiciones de sustento, razonabilidad y apego a las normas aplicables a la materia.
Finalmente, para aquellas observaciones que se mantienen, se deberá remitir el “Informe de Estado de Observaciones” de acuerdo al formato adjunto en Anexo N o 11, en un plazo máximo de 60 días hábiles, a partir del día siguiente de la recepción del presente documento, informando las medidas adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo respectivos.
Remítase copia del presente informe a la Fiscalía Local del Ministerio Público de Valparaíso, para los fines a que haya lugar y a la Unidad de Sumarios de esta Contraloría Regional.”.
IV. LO SUSTANCIAL DE LO EXPUESTO POR LAS PERSONAS ESCUCHADAS EN RELACION CON LAS MATERIAS INVESTIGADAS.
Con el propósito de una comprensión cabal de la investigación encomendada a esta Comisión, se ha estimado pertinente hacer un desarrollo temático en relación con los hechos acaecidos.
Cada uno de estos temas se abordan a la luz de las declaraciones e intervenciones de los funcionarios públicos e invitados a esta Comisión.
1) PROCESO DE ASIGNACIÓN DE FONDOS CONCURSABLES Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Afirmó que en la actualidad, a partir de 2013, para todos los concursos de Cultura, Deportes y Seguridad Ciudadana, se elaboran primero las bases, las que deben ser sometidas al acuerdo del Consejo Regional. Una vez obtenido ese acuerdo, el intendente dicta la resolución aprobatoria, luego de lo cual se publican las bases en la página web, se reciben las postulaciones, se cierra y los proyectos son recepcionados en la Oficina de Partes del Gore.
Posteriormente, el departamento de Fondos Concursables de la División de Análisis de Control y Gestión (DACG) determina la admisibilidad, el cumplimiento de los requisitos de forma de los proyectos y luego un equipo técnico de profesionales nombrado por una resolución del intendente, de 9 integrantes, 3 de cada una de las divisiones, determina la evaluación técnica, esto es, los requisitos de fondo, y califica a los proyectos. Así, agregó, son dos etapas separadas.
Una vez establecidos cuáles son los proyectos elegibles, pasan a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes del Core para su jerarquización, informe que luego recibe el intendente quien, considerando lo que los propios consejeros han determinado previamente, hace una propuesta de priorización que, obviamente, tiene altísimas probabilidades de ser aprobada. Esa propuesta es votada por el Core y, a continuación, vienen requisitos más bien administrativos. La División de Análisis de Control y Gestión solicita la subasignación presupuestaria a la Dirección de Administración y Finanzas, y se suscriben los convenios a través de la Unidad de Fondos Concursables de la División de Análisis de Control y Gestión.
Luego, continuó relatando, viene una etapa de capacitación a través de la Unidad de Auditoría. Es una etapa nueva que se efectúa al momento de la firma de los convenios, durante la cual se cita a todos los beneficiarios para que conozcan qué y cómo deben rendir los recursos. Con posterioridad, se firman los convenios con los beneficiarios; el intendente dicta la resolución aprobatoria; se empiezan a generar los estados de pago, en los que intervienen la División de Análisis de Control y Gestión y la División de Administración y Finanzas; y se efectúan las transferencias a cuentas exclusivas de las organizaciones vía electrónica, no a través de cheque.
Antes de que comenzara la administración del señor Celis existían procedimientos distintos para los programas de cultura y deporte y los programas de seguridad ciudadana.
En el caso de los programas de cultura y deporte, se recibían los proyectos en la Unidad de Deporte y Cultura de la División de Planificación, donde se determinaba su admisibilidad. Luego, se efectuaba la evaluación técnica en la División de Planificación. Hasta el año 2012 los mismos funcionarios realizaban el análisis de admisibilidad y la evaluación técnica, situación que se modificó, realizándose desde ese año por diversos responsables. Posteriormente, pasaba a la Comisión de Cultura y Deporte del Gore, para la jerarquización, esto es, que dentro de los proyectos elegibles, la División de Planificación y el intendente pudieran hacer la propuesta al Consejo Regional. En base a esa información, el intendente hacía la propuesta, dictaba el oficio y obtenía el acuerdo de los consejeros regionales. Es decir, la propuesta del intendente se votaba.
El mismo procedimiento se seguía respecto de los fondos concursables de seguridad ciudadana, con la diferencia de que la admisibilidad la determinaba, conjuntamente, la División de Análisis de Control y Gestión y la División de Administración y Finanzas, mientras que la evaluación técnica estaba a cargo del Comité de Jefes de División de ambas entidades, conformado por un funcionario designado por el consejo regional y un representante de seguridad ciudadana. Estos proyectos eran jerarquizados por la Comisión de Cultura y Deporte del Consejo Regional, con lo que el intendente podía redactar el oficio correspondiente que se presentaba para el acuerdo del Consejo Regional. En la etapa posterior, el procedimiento es muy similar al de hoy, que es la dimensión más técnica del giro de los fondos.
El intendente Celis reiteró que existe una comisión de admisibilidad, que corresponde a un departamento dentro de la División de Análisis de Control y Gestión; un trámite de evaluación técnica, a cargo de un equipo técnico de profesionales, nombrados por resolución del intendente. Está conformado por nueve profesionales, tres por división, que se nombran en cada concurso.
Luego, pero ya superados los elementos técnicos de fondo y forma, los proyectos elegibles pasan a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes del Consejo Regional, para tratar de lograr un rápido consenso. Precisó que son cientos de proyectos. Entonces, la Comisión realiza una proposición al intendente, la cual se discute y termina con la propuesta de priorización por parte de esa autoridad.
Advirtió que si se revisa el año 2013, hubo tres priorizaciones distintas, porque los proyectos que les interesaban a muchos consejeros no habían superado los requisitos de forma y fondo.
Entonces, los que se priorizaban eran bastante menos, pero se trataba de respetar un criterio territorial. Se trataba de respetar el porcentaje territorial que le correspondía a cada una de las provincias. Insistió en que hay consejeros que usaban bien el sistema y otros no necesariamente.
En materia de priorización, en la práctica, respecto de la gran mayoría de los proyectos de Cultura y Deporte, no se disponía de mayores herramientas para adjudicarlos. No se sabía lo que se estaba aprobando, si la institución existía y si tenía una buena finalidad. Afirmó que en su gran mayoría, priorizaban desconociendo a quiénes se estaba favoreciendo.
La norma reglamentaria del Gobierno Regional que prohíbe adjudicar recursos dos veces en un período de uno o dos años a la misma institución es una incorporación que se aplica desde el 2013, y está en el instructivo dictado. Antes no tenía ese impedimento.
Los proyectos no son presentados por el consejero regional sino que cada persona va a la oficina de partes y presenta su proyecto. También hay medios electrónicos.
En algunos casos han tenido el nombre de algún consejero, en la parte de arriba, en el mismo texto del proyecto, como que recomienda.
Ante una consulta del diputado señor Schilling , el señor Intendente indicó que el Reglamento del Consejo Regional establece que corresponde a la Comisión de Educación, Arte, Cultura, Deportes y Recreación, entre otras funciones, estudiar y proponer la distribución de los recursos destinados a subvencionar actividades de carácter cultural que se determinen en la ley de Presupuestos para el Gobierno Regional.
Agregó que a esa Comisión le corresponde recoger las opiniones de los consejeros regionales que representan a cada una de las distintas provincias de la región, quienes tienen conocimiento de cuáles son las necesidades en cada una de esas provincias. Además, continuó, le corresponde determinar la supuesta seriedad de las organizaciones comunitarias que postulan a los diversos fondos; pero la priorización la formula el intendente al Consejo Regional, el que debe votarlos. Recordó que son aproximadamente 600 proyectos, muchos de ellos de
$ 200 o $ 300 mil, como por ejemplo, la organización de un campeonato de baile. Es imposible, advirtió, que se sepa si el proyecto es un aporte para la región sino por la información de los propios consejeros, que, por los demás, es ante quienes interceden las propias organizaciones para postular sus proyectos una vez superados los requisitos de cumplimiento de las formalidades y evaluados técnicamente, es decir, estando elegibles.
Respondiendo una consulta del diputado señor Schilling sobre si el intendente alteró alguna vez la jerarquización hecha por el Consejo, al pasar al momento de su priorización, la autoridad regional señaló que nunca recibió una jerarquización, si se entiende por tal una orden de prelación; nunca recibió una orden de prelación, pues la priorización la emite el intendente. Dado que no puede conocer a las 600 instituciones que postulan año tras año, precisó que dispone de diversos insumos, uno de los cuales es el conocimiento que tienen los consejeros regionales de las necesidades y de las organizaciones comunitarias de sus propias provincias. Obviamente, aseguró, es imposible que coincida lo que indican los consejeros como las necesidades más urgentes con lo que señala el intendente; nunca ha habido equivalencia, y es imposible que la haya.
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Relató que el proceso, tanto en lo que se refiere a Cultura como a Deportes, consistía en que los diferentes interesados postulaban; luego pasaban por una comisión técnica de evaluación que les ponía nota. Una vez que estaban evaluados positivamente, pues algunos eran eliminados porque no cumplían con las formas, quedaban a disposición de los consejeros regionales y del intendente para que cada uno de ellos pudiera analizarlo y determinar cuáles eran los que les interesaban o les parecía correcto aprobar.
Acotó que en Seguridad Ciudadana, el reglamento que rige el fondo exige lo mismo, pero observó que hubo un par de concursos en los cuales no operó esta Comisión de Selección, por lo que se aprobaron todos los que postularon y quedaron a disposición de los consejeros y del intendente para que fueran aprobados. Relató que le correspondió, entre fines de 2012 y principios de 2013, participar en una comisión especial que se formó a solicitud de los consejeros regionales para evaluar el último concurso, el de inicios de 2013, porque no se habían configurado las comisiones. Por ello se suspendió, se dejó sin efecto, se configuró la comisión técnica y, posteriormente, los consejeros pudieron votar.
Continuó relatando que una vez que esta especie de cuenta corriente era llenada por los diferentes consejeros y por el intendente, cuando se llegaba al tope de los recursos el encargado de llevar la cuenta, hoy María Teresa Blanco , hacía el listado de aquellos proyectos que contaban con el patrocinio de los consejeros regionales o del propio intendente y, posteriormente, la misma jefa de la División le daba forma de un oficio ordinario que mencionaba todos los proyectos que el intendente proponía a los consejeros para ser aprobados y bajaba con la firma del intendente a la sesión plenaria del Consejo Regional para su votación.
Advirtió que es efectivo que quienes votaban este listado eran los consejeros regionales, y no el intendente; pero también es efectivo que quien elaboraba el listado era este último, una vez que recibía los aportes de cada uno de los consejeros regionales. Por consiguiente, el intendente, al momento de hacer el oficio ordinario sabía perfectamente cuáles eran los proyectos que se estaban postulando. Sostuvo que si se analiza las votaciones del Consejo Regional al pronunciarse respecto de la propuesta del intendente para priorizar los proyectos, en un ciento por ciento son aprobados y un 99% son aprobados por unanimidad. Y es 99% porque hay un consejero, que sustituyó a otro que renunció, que nunca participó en el sistema.
El resto del listado se aprobaba por unanimidad porque estaba consensuado, y había sido realizado por cada uno de los consejeros regionales con cargo a su cuota.
Observó que cuando se prioriza, quien propone es el intendente y los que votan son los consejeros regionales. Nadie más. Y si el intendente estaba de vacaciones, existe un intendente subrogante que normalmente es el gobernador de Valparaíso, por lo que, a él le correspondió en ese minuto, si es el caso, haber hecho ese listado, situación que declaró desconocer.
Diputado señor Christian Urízar .
En materia de selección de proyectos, relató que había tres instancias. La primera, admisibilidad, que daba cuenta de si los proyectos iban acompañados de los documentos necesarios: personalidad jurídica, organización, documentos al día, cuenta de banco, etcétera. Segunda etapa, el puntaje de los proyectos de acuerdo al análisis hecho por funcionarios del gobierno regional, en lo que no intervenía ningún consejero regional. Finalmente, había un acuerdo entre los consejeros regionales, en el que participaban principalmente los coordinadores de la comisión de cultura y deporte, de la cual el diputado señor Urízar declaró que no formaba parte, y los consejeros normales, que sin ser parte de esa comisión abogaban para que los proyectos de sus provincias quedaran dentro de ese listado.
Ruth Cohen , secretaria Cultura y Deportes del Gobierno Regional
Desde 2013 se hace el proceso de admisibilidad y, después, pasa a una comisión evaluadora técnica profesional del Gobierno Regional. Los evaluadores de cultura y deporte en el periodo anterior eran Jorge Arquero y Orietta Ramírez . Por su parte, Jocelyn Córdova cumple la misma labor de recepción de proyectos que la Sra. Cohen.
En materia de evaluación de la admisibilidad del proyecto, señaló que antes de 2013 no había admisibilidad. Desde ese año se comenzó a hacer una revisión para constatar que los antecedentes entregados sean correctos, es decir, que esté correcto el RUT de la persona, que la dirección exista y que los montos estén correctos. En el fondo, aclaró, se revisa que el documento esté bien escrito, por lo que no hay ninguna complejidad ni decisión en esa labor.
Ante una pregunta del diputado señor Urrutia, don Osvaldo , indicó que, en el caso de las personas jurídicas, se pedía el certificado correspondiente a la municipalidad de donde pertenecía la organización, condición que figuraba en las bases.
Declaró que quienes declaraban admisible o no un proyecto eran, desde 2013, los funcionarios del 6%, es decir, la propia Ruth Cohen y Jocelyn Córdova . Insistió en que era información para leer y copiar; no se hacía revisión del RUT en el Servicio de Impuestos Internos, sino que era un mero trámite administrativo, que no daba ninguna facultad de decisión.
Subrayó que la admisibilidad se realizaba a través de la revisión de los antecedentes, que son la formulación del proyecto, el formulario, donde se ingresa toda la información de postulación y los anexos que están en las bases del instructivo; se verificaba que no hubiera error en la información entregada. No había mayor fiscalización. Si faltaba algún antecedente, se rechazaba inmediatamente. Ejemplificó que el año pasado se hizo un proceso de postulación y quedaron muchas organizaciones fuera, porque no completaron, por ejemplo, cotizaciones o currículo de la persona que postulaba a los honorarios. Declaró desconocer si alguien ingresó algún documento por debajo; no le consta. Posteriormente se hizo un concurso en que se les dio la posibilidad de repostular.
Jorge Arquero , División de Planificación de la Intendencia de Valparaíso.
Precisó que se presentan bastantes proyectos en las postulaciones; anualmente deben ser sobre 300 y hasta 400.
Describió que el procedimiento de evaluación se constituía a través de una comisión de profesionales de la División, entre los cuales había un antropólogo, un sociólogo, un ingeniero comercial, un geógrafo y el propio Sr. Arquero . Más o menos cinco o seis personas, dependiendo de la cantidad de proyectos. El jefe de la División era quien solicitaba a esos profesionales que se constituyeran a efectos de evaluar el contenido de los mismos.
Había una pauta de evaluación por la cual los evaluadores se guiaban, y que se encontraba en las bases de postulación del concurso. Es decir, aclaró, los profesionales evaluaban en relación a lo establecido en las bases. No hay una decisión externa, sino que solo se realizaba el trabajo en base a lo establecido y de acuerdo a los porcentajes que las bases señalaban respecto de cómo ellos tenían que pronunciarse.
Ahora bien, la División de Planificación y Desarrollo a la cual pertenecía la unidad de cultura y la de deportes estaba bajo la jurisdicción del jefe de la División. Por lo tanto, él era quien formalizaba o solicitaba a los profesionales que evaluaran. Declaró que no podía designar a nadie porque no tenía ni la calidad ni el grado como para designar a un superior jerárquico.
Para efectos de la evaluación de los proyectos existía una pauta que figuraba en las bases, las que son un instrumento público. Esa pauta indicaba un porcentaje de acuerdo al evaluador, quien asignaba dicho porcentaje, por ejemplo, a los objetivos, las actividades que se desarrollarían, el concepto que tenía que ver con la propuesta económica por parte del proyecto al cual se le asignaba un porcentaje, todo lo cual arrojaba un puntaje final que se sumaba. Las bases establecían que todo proyecto que obtuviera entre 60 y 100 puntos, o entre 60% y 100%, era el que podía ser calificado como elegible para ser priorizado. Esta última no es decisión de los profesionales evaluadores, sino del Consejo, y es lo que se denomina priorización.
Manifestó que, con respecto al proceso de revisar los antecedentes, las bases establecen claramente cuáles debía tener cada proyecto. Si a uno le faltaba un documento, no podía continuar en el proceso, era considerado no elegible. Por lo tanto, hasta ahí llegaba. Luego, el que obtenía menos de 60 puntos, de acuerdo a la evaluación profesional, quedaba fuera.
Afirmó que nunca recibió presiones para modificar alguna evaluación. Recibió consultas sobre los proyectos, y se remitía a informar la condición en que estaban, pues, en definitiva, la decisión no era de la comisión de profesionales, sino del Consejo Regional.
Aseguró que cuando un proyecto tenía deficiencias no podía ser reparado. Recordó que en otras oportunidades el Gobierno Regional convocó a tres concursos al año, los que se denominaron Verano, Tradicional I y Tradicional II. En consecuencia, había más oportunidades. De hecho, afirmó, la evaluación arrojaba una indicación en dónde si había algo mal en el proyecto, la organización o sus dirigentes podían corregirlo para postularlo en el concurso siguiente, que no era lejano en el tiempo, pues uno se efectuaba el primer semestre y el otro en el segundo. Había que esperar 1, 2 o 3 meses. Añadió que, incluso en 2010, con motivo del Bicentenario, se efectuaron 4 concursos. Por lo tanto, concluyó, no había presión.
Advirtió, sin embargo, que obviamente a los consejeros les interesaban los proyectos de sus comunas o provincias y preguntaban cómo estaba el proceso, si estaba avanzando o estaba detenido o cuánto se iba a demorar. De hecho, era lento, porque eran muchos proyectos.
Acerca de los porcentajes de aprobación, señaló que pueden ser relativos. La gran mayoría de los proyectos superaba la condición de admisibilidad, ya que presentaban toda su documentación al día. Era muy bajo el número de proyectos que no tenía su documentación. Adicionó que una de las dificultades que se presentó casi al final del período en que estuvo, hasta casi a fines de 2012, era que el Banco Estado ya no abría cuentas de ahorro para transferir los recursos, lo que representó una dificultad, pero, en general, la gran mayoría de los proyectos, casi 90%, alcanzaban a presentarse con toda su documentación. Incluso, a veces había organizaciones que presentaban su postulación antes del cierre, por lo que todavía tenían opción de presentar el proyecto si les faltaba algún documento, pues se les podía advertir que retiraran su documentación y la reingresaran dentro del plazo.
Bajo el umbral o el límite de 60 puntos quedaban casi el 50% o 60%, pues casi la mitad de los proyectos se caía por un problema de formulación, porque les faltaba mayor argumento o no había claridad. A veces, las cotizaciones no coincidían con lo que se estaba pidiendo o era excesivamente alto el presupuesto que se estaba solicitando.
En materia de inspección y fiscalización de los proyectos, tema consultado por el diputado señor Urrutia, don Osvaldo , señaló que en 2012 no estaba establecido que se fiscalizara de manera constante, pero se hacían inspecciones y se visitaban las gobernaciones para invitar a las organizaciones a presentar el listado de avance de ejecución de los proyectos, aunque no todos llegaban pues no era obligatorio. Observó que se trataba de una actividad bastante complicada, porque se debía salir de la oficina y dedicar tiempo, pese a la alta demanda que exigía el proceso. Sin embargo, indicó, se hacía el esfuerzo de trasladarse a provincia y citar a las organizaciones para que informaran el estado de avance de las iniciativas. Agregó que era imposible constatar la ejecución de gran parte de las actividades culturales, porque se llevan a cabo en horarios incompatibles con los del trabajo de oficina, por ejemplo, después de las 19.00 horas o los fines de semana. Por lo tanto, se hacía más bien cierto seguimiento al estado del gasto y avance de la gestión.
Describió que, después de la evaluación, se hacía un listado de los proyectos que obtenían entre 60 y 100 puntos, de acuerdo al procedimiento regular. Esa lista se entregaba al jefe de la División, quien se la daba a conocer al intendente y este se la proponía al Consejo. La decisión definitiva de la priorización de los proyectos le corresponde al consejo, a propuesta del intendente o de la jefatura de División. Insistió en que se trataba de una decisión interna del Consejo Regional, que pasaba por la Comisión de Educación, Arte y Cultura y, posteriormente, el pleno tomaba esa decisión de los proyectos a aprobar.
Reconoció que a medida que la situación fue avanzando, se fue tornando cada vez más difícil realizar fiscalizaciones en terreno. En algunas oportunidades se les sugería que lo hicieran y trataban, pero, a lo más, se podía llamar para consultar el estado de avance de las iniciativas. No obstante, precisó, siempre se preocuparon de fiscalizar.
En la práctica, Arqueros era el encargado de la Unidad de Cultura y junto a él trabajaba una funcionaria administrativa, Ruth Cohen ; por lo tanto, la capacidad de inspección era limitada. Apenas se estaba terminando un proceso de convocatoria concursable, ya estaba otro en curso; por ello, prácticamente no había tiempo para fiscalizar. A lo más, insistió, se podía llamar y constatar el estado de avance del proyecto, o, en algunas ocasiones, se aprovechaba la concurrencia de alguna persona a la oficina y se obtenía información. Además, ejemplificó, se exigía el envío de la fecha en que concluiría la actividad para evaluar si era posible asistir, aunque prácticamente era imposible, porque la mayoría de los cierres de las actividades culturales se realizan los fines de semana o en la tarde, o sea, en horarios poco adecuados.
En relación con las rendiciones de los proyectos, materia consultada por la Diputada señora Hernando , expresó que no dispone de los porcentajes de rendición, pero las bases establecían fecha de inicio y término del proyecto. Aseguró que, en general, por diferentes razones las organizaciones muchas veces no cumplían con las fechas estipuladas para el inicio y término de la actividad, aunque también, muchas veces el Gobierno Regional se retrasaba en las transferencias de los recursos, lo que no era responsabilidad de las organizaciones. Por consiguiente, se ampliaba el plazo para la conclusión de las actividades.
Las bases establecían que 15 días después de la fecha de término de la actividad las organizaciones debían rendir, lo que muchas veces no ocurría. Afirmó que eso no era su responsabilidad, porque aunque se insistía en que se cumpliera la etapa de rendiciones como estaba consignado, las organizaciones no lo hacían. Además, agregó, no se tenía facultad para aplicar medidas disciplinarias que exigieran el cumplimiento. Aseveró que, a su juicio, en un alto porcentaje las personas tenían la voluntad de rendir, es decir, siempre existió una buena disposición a cumplir con la exigencia.
En relación con los porcentajes, aunque no se atrevió a aventurar un número exacto, estimó que 50% habría sido rendido oportunamente, y al resto había que insistirles para obtener la rendición.
René Lues Escobar , Consejero Regional de la Provincia de Valparaíso, ex Secretario Ejecutivo del CORE de Valparaíso.
En materia de priorización de proyectos, consultado por la diputada señora Hernando , señaló que lo normal era que se presentara con un oficio, pero hubo oportunidades en que las urgencias eran mayores y, por tanto, el Consejo Regional, haciendo uso de sus facultades, aprobaba o rechazaba una propuesta que le planteaba el intendente en ese momento.
Respecto de cómo se conformaba el acuerdo, afirmó que por ley obligadamente lo presenta el intendente. Sin embargo, en la forma de constitución del acuerdo hay comisiones de trabajo en el CORE que normalmente van discutiendo con el Ejecutivo, porque no son compartimientos estancos. Se discuten los temas y se conforman los acuerdos. Esto se hacía en la Comisión respectiva de cada caso en particular, con los directivos del intendente. Luego, el intendente recibía la información generada en la discusión entre el Ejecutivo y el CORE, para luego plantear la propuesta al CORE, en muchas ocasiones en coincidencia con el acuerdo que se había conformado en conjunto, pero en otras oportunidades el propio intendente entregó su propuesta con total libertad, porque era una facultad que le correspondía.
Afirmó que el exintendente Celis fue extraordinariamente respetuoso de las facultades de los consejeros regionales, tanto como de su propia facultad.
En relación a la frecuencia con que el exintendente enviaba a un representante a las comisiones, señaló que era imposible que no fuera así. Argumentó que el intendente regional tiene muchas responsabilidades; es el ejecutivo del Gobierno Regional, pero también es el representante del Presidente de la República. Es la primera autoridad de la región, por lo que las responsabilidades que tiene respecto de la marcha completa de la región son inmensas. Agregó que son tantas las responsabilidades que tiene que es muy difícil que un intendente esté presente en las comisiones, y para eso tiene sus jefes de División, aunque observó que el exintendente Celis nunca delegó esa función. Subrayó que aunque le entregaba a los respectivos jefes de División la discusión previa, nunca delegó la función final, que es la de proponer al Consejo Regional los acuerdos respectivos.
En materia de trabajo del CORE, el señor Lues indicó que en las comisiones participaban los asesores, que son los jefes de División; quizá alguna vez un jefe de División fue con algún jefe de departamento, pero lo normal era que participaran los jefes de División, que son los que están a cargo de los temas económicos, de los proyectos, de las planificaciones. Insistió en que eso era lo normal. Incluso, adicionó, en muchas comisiones también participaba el intendente. Añadió que en el CORE las comisiones no trabajan en compartimientos estanco, pues como se tratan temas que abarcan a más de una, se hacen comisiones mixtas y asisten los encargados de cada una de las áreas del Ejecutivo.
Observó que en nuestro sistema institucional el único que tiene proposición es el intendente regional. El Core no tiene capacidad propositiva, se acercan las posturas del Consejo Regional, que por ley representa a la comunidad regional, pues su misión principal es hacer efectiva la participación de la comunidad regional. Se hacía antes, cuando los consejeros eran elegidos por los concejales, y más ahora que son elegidos por el pueblo.
En ese rol, indicó, hay un debate en la comisión de las propuestas que hace el intendente, se discuten sus planteamientos, se acercan las posturas y se va articulando un acuerdo. Por lo tanto, advirtió, no es que llegue listo el acuerdo, sino que se avanza la decisión en la comisión, que luego pasa al intendente y es este quien decide si lo presenta tal cual se discutió en la comisión, con sus asesores y muchas veces con él mismo, o si lo modifica. En muchas ocasiones lo modificó y planteó una proposición al Core, que tenía una determinada línea, otras veces, se allanó a la discusión de las comisiones de trabajo.
Refirió que así es como se hace porque sería terrible que no hubiese comisiones, dado que no todos los consejeros saben de todos los temas, pues son demasiadas materias. La ley plantea las comisiones justamente para que aborden la diversidad de las temáticas presentadas por el intendente. Entonces, antes de que llegue al pleno, se avanza en un acuerdo más macro.
Agregó que el intendente Celis , pese a tener minoría de consejeros, porque los de la Nueva Mayoría tenían mayoría absoluta, siempre tuvo el apoyo y respaldo de los consejeros en todo lo que pidió. Recordó que una sola vez, al final del período, se le negó una propuesta en particular; pero, en general, en el 95% o 99% de los casos, siempre consiguió los acuerdos, lo cual es importante porque revela capacidad de gobernabilidad, ya que gobernar con un consejo políticamente adverso hay que saber hacerlo. Para ello un intendente coteja los acuerdos y va determinando de qué forma obtiene mayorías, que es lo que siempre hizo el intendente Celis. Por eso es que normalmente el acuerdo, que solo se adopta en sesión legalmente constituida y de la cual el propio Lues fue secretario ejecutivo, era refrendado por la mayoría. Así, concluyó, el CORE, en sesión legalmente constituida, adoptaba los acuerdos en el plenario. Lo anterior no tenía ninguna validez, salvo como elementos de mejoramiento de la indicación o mejoramiento de la propuesta del intendente.
Jocelyn Córdova , Secretaria Gobierno Regional de Valparaíso. Indicó que su participación en la unidad de Deportes era como secretaria; no participaba en las evaluaciones de los proyectos, pero si en su recepción. En esta función, agregó, una vez abierto el concurso, se le informaba a los alcaldes y gobernadores, mediante correos electrónicos; se fijaba una fecha de ejecución y otra para que las organizaciones y los municipios presentaran sus proyectos. Una vez recepcionados, se hacía una revisión rápida. Precisó que no había una admisibilidad como la hay ahora, pero al principio se hacía una revisión de los documentos en papel, y en caso de que las organizaciones no trajeran todos los antecedentes no se aceptaba la presentación y se devolvía. Sin embargo, como había plazo hasta el último día, se podía entregar corregida en ese momento.
Relató que el último día se situaban en el cuarto piso del edificio, donde llegaba la totalidad de las organizaciones a entregar sus proyectos. Se citaba desde las 09.00 hasta las 13.00 horas. A quienes llegaban temprano se les hacía una revisión de toda la documentación, porque lo que importaba era que presentara todo lo que decían las bases: el carné de identidad del representante legal, el certificado de personalidad jurídica, etcétera. Si faltaban antecedentes, el proyecto no se recibía, pero como la entrega era hasta las 13.00 horas, había posibilidad de rescatar lo faltante y presentarla.
A las 13.00 horas, a viva voz, se avisaba que no se atendería a ninguna organización más, salvo a las personas que estaban adentro. Por ello las personas que entregaban la documentación a última hora ya no tenían oportunidad para adjuntar algún documento faltante y se le devolvía todo. Sin embargo, si las personas indicaban que querían entregar los antecedentes aunque les faltaran algunos, no se les podía negar.
A todas las organizaciones se les asignaba un número en el que se registraba quién entregaba el proyecto, se recepcionaba el original y los postulantes se llevaban la copia.
Es decir, dentro del período de postulación se podía adjuntar la documentación que faltaba, pero no se podía incorporar antecedentes faltantes después de que estaba cerrada la fecha de presentación de los proyectos. El último día, de ahí en adelante ya no se podía incorporar documentación.
El hecho de no negarse a aceptar la documentación y que frente a la insistencia de las organizaciones fuera recibida igualmente, ocurría porque la gente insistía, pero esos proyectos no pasaban a evaluación porque no tenían toda la documentación. Sin embargo, manifestó desconocer si los proyectos que tenían problemas y que eran recibidos fueron conocidos por los consejeros regionales, por el intendente, por los evaluadores o por el secretario ejecutivo del CORE. Manifestó que su labor era recibir la documentación e ingresar los que eran factibles de ser evaluados. Los otros quedaban en una caja como inadmisibles porque no cumplían con todos los requisitos que se solicitaban en las bases, como adjuntar toda la documentación. Entonces, solamente se ingresaba al listado completo los que habían cumplido con los requisitos estipulados en las bases, pues tenían la documentación completa. La caja estaba en la oficina y se le colocaba un letrero que decía “proyectos inadmisibles.”
Enrique Astudillo , Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso.
Respecto de los preacuerdos de la comisión, manifestó que el Consejo Regional funciona a través de las comisiones de trabajo. Por lo tanto, las propuestas que se hacen al Consejo primero pasan a la comisión respectiva, procedimiento que no solo tiene que ver con proyectos de inversión o con el 6%, pues, ejemplificó, un instrumento de planificación muy importante como el Plan Regional Metropolitano de Valparaíso, PREMVAL, también fue sometido a la aprobación del Consejo; posteriormente lo revisó el Ministerio de Vivienda, a través del intendente, y, el producto final fue un trabajo que surgió de la propia comisión. Sin perjuicio de ello, en las sesiones plenarias, donde se vota finalmente, cada consejero tiene la posibilidad de opinar respecto de lo que se está votando. Eso no es excluyente, pero sí hay un trabajo previo.
En materia de participación del Intendente en el Consejo, precisó que el intendente regional tiene una cantidad gigantesca de trabajo, por lo que es bien difícil que esté en todas las sesiones de la comisión. Además, agregó, el Consejo Regional funciona los lunes y jueves, y, habitualmente, se realizan tres o cuatro comisiones al día. El ritmo de trabajo es bastante fuerte y el intendente no pueda estar en todo. Por ello, trabaja a través de sus asesores. Ejemplificó que en la comisión de Régimen Interior, instancia en que se tratan los temas propios del Consejo y el Gobierno regional, siempre está presente uno de los jefes de División; lo mismo ocurre en la comisión de Inversiones y en la de Educación. En otras palabras, agregó, siempre los jefes de División participan en las comisiones, de acuerdo con las temáticas. El gobierno regional tiene tres divisiones que se hacen cargo del conjunto de temas de la Región, temas que también están insertos en el programa de las comisiones de trabajo del Consejo Regional y que hoy son diez. Por lo tanto, concluyó, se entiende que el intendente, a través de sus asesores, está presente en la discusión.
Adicionó que los jefes de División llevan la información que se discute en el Consejo Regional al intendente, sin perjuicio de que, en algunas oportunidades, él mismo concurra a la sesión. Pero, advirtió, en el grueso de la labor desarrollada en las comisiones, están sus jefes de División. Recordó que durante un tiempo estuvo presente la figura del administrador regional, quien también ejercía un rol de coordinación, aunque más bien política.
Daniel Garrido , Presidente de la Comisión de Educación, Arte, Cultura, Deportes y Recreación del Consejo Regional del Gobierno Regional de Valparaíso.
Refirió que el proyecto se presentaba en las comisiones respectivas. En el caso del concurso del 6%, se presentaba en la Comisión de Educación. La propuesta del intendente se mandaba a través de un oficio y en las comisiones participaban los jefes de División. Luego de un debate se votaba en la comisión, decisión que posteriormente pasaba al plenario del Consejo Regional.
Respondiendo una pregunta del diputado señor Schilling , señaló que no le constaba que el intendente haya cambiado la opinión de la comisión. Señaló que la autoridad regional tiene atribución, en algún momento, de bajar algo directamente, pero en el período que trabajó con Celis lo que se hacía era una proposición a través de la comisión, que luego pasaba al plenario del Consejo Regional.
Orietta Ramírez , encargada de la Unidad de Deportes del Gobierno Regional de Valparaíso.
Reseñó que en 2005, la Ley de Presupuestos de la Nación contempló la creación del 1% del FNDR destinado al financiamiento de actividades culturales. A partir de 2009 se incorporó, además, el 2% del FNDR para el financiamiento de actividades, no solo culturales, sino también para Deportes. Bajo ese contexto, relató, se empezaron a asignar recursos para el financiamiento de actividades en la región. Observó que en la glosa común a todos los gobiernos regionales de la Ley de Presupuestos de ese entonces, no se establecía bajo qué mecanismos se debían entregar esos recursos, por lo que cada gobierno regional era libre de determinar la forma de hacerlo. El Gobierno Regional de Valparaíso tenía, hasta ese entonces, dos modalidades de asignación, una directa y otra mediante concurso. Lo que sucedió fue que solo un porcentaje menor de los recursos era destinado a los concursos y un porcentaje bastante mayor, que debe haber sido 70% o 80%, se destinaba a la asignación directa. Esta última significaba que se aprobaba una cartera de proyectos en el pleno del Consejo Regional, sin la existencia física de ellos, sino solo con la idea del mismo. Esta situación se repitió en varios gobiernos regionales del país, lo que llevó a que en 2010, la Ley de Presupuestos estableciera que los gobiernos regionales debían contar con un mecanismo de participación transparente y competitiva para los fondos concursables. Aquello significó que en
2010 se creara el primer reglamento, tanto para el fondo de Cultura como para el de Deportes, se eliminara la asignación directa y que todos los recursos que correspondían al 2% se comenzaran a entregar mediante concursos. El reglamento fue aprobado con la toma razón de la Contraloría en agosto de 2010, se publicó en el Diario Oficial y, luego, se procedió a la realización de los concursos a través de esa normativa.
Opinó que dicha reglamentación era débil en varias de sus partes, porque no establecía de qué forma se debían realizar las fiscalizaciones, de cuántas personas estarían dotadas las respectivas unidades, etcétera; es decir, adolecía de problemas que, posteriormente, fueron estudiados a través de una línea de acción que se implementó en el Gobierno Regional y una consultoría que buscó precisamente mejorar este instrumento.
Agregó que en 2011 se creó el 2% de seguridad ciudadana, por lo que, al hablar de la mejora de los instrumentos del programa de Cultura y Deportes, también se incorporó lo relacionado con Seguridad Ciudadana. Eso llevó a que en 2012 y principios de 2013 se desarrollara una consultoría que estableció cuáles eran las mejoras que debían incorporarse, lo que se materializó en un reglamento más aterrizado, en términos operativos, y dio parte a los concursos de mediados de 2013 y parte de 2014.
En el primer concurso, a partir de la nueva reglamentación, el 80% de los proyectos postulados quedaron eliminados, en razón de que las instituciones que presentaron sus proyectos no leyeron, o no entendieron, y no incorporaron las exigencias del nuevo llamado. Por ello la cartera que se aprobó fue bastante reducida en relación con la cantidad de postulantes.
En ese proceso, la señora Ramírez era la encargada del área de Deportes, cargo que ocupó desde 2010. Antes perteneció a la unidad de Cultura y Deportes. Le correspondió ejecutar tareas como la preparación de las bases, con la fecha de postulación respectiva; hacer la difusión y las coordinaciones con las gobernaciones provinciales, de manera que los postulantes pudieran entregar ahí sus proyectos y evitar que viajaran a Valparaíso; efectuar el proceso de admisibilidad, de evaluación técnica de los proyectos. Luego, se informaba al jefe de División los proyectos que calificaban, lo que les daba la calidad técnica para pasar al jurado, es decir, el pleno del Consejo Regional.
Insistió en que le correspondía la parte técnica, mientras que el jurado integrado por el Consejo Regional, era eminentemente un órgano político. Por lo tanto, afirmó, la decisión del jurado respondía a una decisión política y no técnica.
Ahora bien, agregó, efectivamente la nómina de proyectos que calificaban técnicamente era entregada, en lo que correspondía a la unidad de Deportes, al jefe de División. Hasta marzo de 2013 la unidad de Cultura y Deportes pertenecía a la División de Planificación y Desarrollo y pasó luego a la División de Análisis y Control de Gestión. En ambas situaciones el encargado de unidad entregaba al jefe de División la nómina completa de todos los proyectos postulados en el concurso con su respectiva calificación, ya sea que calificara o no técnicamente, obtuviera el puntaje de corte necesario, o estuviere fuera de base. Se entregaba la condición de cada uno de los proyectos postulados.
Luego, el jefe de División, por intermedio de un oficio del intendente, enviaba a la comisión la nómina de los proyectos que técnicamente pasaban la admisibilidad y la comisión resolvía qué proyectos serían priorizados en el pleno.
La cantidad de proyectos técnicamente aptos que pasaban al jurado, normalmente, era del orden del 30% o 40% respecto del universo que postulaba en cada concurso.
En materia de la cantidad de recursos disponibles, recordó que nunca se aprobó un marco presupuestario para cada concurso, sino que siempre se estableció cuál era el marco disponible en relación con el 2% disponible. Ejemplificó que para un concurso no se establecía una cantidad de recursos a entregar del orden de $200 millones, sino que siempre se habló de un marco disponible en relación con el 2% o el 6%.
Relató que los proyectos tienen distintos filtros. El primero tiene que ver con la admisibilidad de la documentación, que tengan personalidad jurídica vigente, el RUT de la institución, el RUT del representante legal, la ficha de receptores de recursos públicos y fotocopia de la cuenta bancaria hacia donde se transferirían los recursos, en caso de que la institución fuese una de las adjudicatarias. Además, las respectivas cotizaciones de respaldo del requerimiento presupuestario.
Si la institución pasaba este primer filtro, venía la siguiente etapa: la evaluación técnica, que correspondía a criterios establecidos en las bases de postulación, tales como planteamiento del problema, los objetivos del proyecto, programación, presupuesto acorde a las actividades realizadas. Luego se asignaba el puntaje final y aquellas que técnicamente pasaban sobre los 60 puntos eran las que tenían la opción de elegibilidad de parte del jurado.
Frente a una pregunta del diputado señor Urrutia, don Osvaldo , acerca de la aplicación de una evaluación a los presupuestos de las visitas a Doña Anita , de Olmué, respondió que les correspondía revisar en el proceso de admisibilidad, cuando llegaba la documentación, que estuviera la cotización que respaldara el gasto que se estaba demandando. En relación con el centro de eventos Doña Anita , aseguró que les llamaba la atención que fuera un lugar que se repitiera en términos de que había dos, tres o cuatro proyectos que ejecutaran sus actividades en ese recinto. Sin embargo, afirmó que además de llamarles la atención, no repararon en que hubiese alguna situación irregular, toda vez que las actividades venían descritas paso a paso, identificaba qué servicios contemplaba, como desayuno, actividades recreativas, actividades físicas, almuerzo, etcétera.
Insistió en que no les llamaba mayormente la atención, porque las actividades estaban asociadas a la pertinencia del proyecto. Los montos tampoco, porque estaba dentro de lo razonable, que era del orden entre los diez mil o quince mil pesos por todo un día.
Por el contrario, sí les llamaba la atención la cantidad de personas que estaban indicadas que participarían de esos proyectos. Sin embargo, cuando se producía el proceso de rendición de cuentas, hacían llegar el listado de personas que había participado.
2) CUOTAS DE DISTRIBUCIÓN
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Ante la consulta del diputado señor González acerca de la existencia de un sistema de cuotas para la aprobación de proyectos, respondió que debe distinguirse que los fondos más importantes del gobierno regional son los FNDR, que alcanzan aproximadamente el 80% de los recursos regionales. Afirmó que no hay ningún tipo de divisiones y simplemente opera la votación de los consejeros regionales en base a proyectos que han sido evaluados técnicamente y que cuentan con la recomendación técnica.
En el caso de los proyectos de Cultura y Deporte hay una fórmula que se puede denominar con distinto nombre, que apunta a una distribución territorial. Si se aplicara las mayorías, todos los proyectos que podría aprobar el CORE, en cualquier materia, corresponderían a la provincia de Valparaíso.
Entonces, desde hace muchos años, antes de que asumiera este intendente, se instauró un sistema de representación territorial, en virtud del cual los consejeros regionales tenían un mejor derecho, por decirlo así, sobre una determinada cuota del patrimonio destinado a la aprobación de proyectos de Cultura y Deporte, y eso equivalía a un 70%.
En el caso del intendente, una cuota correspondiente al 30%, que eran proyectos de interés regional, por decirlo de alguna forma.
Opinó que el sistema en sí, pensado en teoría, no es intrínsecamente malo. Lo que pasa es que en el tiempo devino en malas prácticas y, en definitiva, pareciese que las cuotas hubiesen favorecido a proyectos que interesaban a un determinado candidato. Aseguró que, efectivamente, existe el sistema de procedimiento de cuotas.
De hecho, el 2013 los consejeros regionales solicitaron al intendente aumentar su porcentaje de participación, pero la respuesta fue que suspendía los proyectos de Cultura y Deporte para el 2013, en el caso de que insistieran con este procedimiento.
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Señaló que, según escuchó, a mediados de 2010, ante la imposibilidad de agilizar la inversión en el Gobierno Regional, el anterior asesor del intendente, Daniel Morales (hoy alcalde de Limache), más el intendente y algunos consejeros regionales, tuvieron una reunión donde acordaron que para destrabar esta falta de inversión era necesario un acuerdo político, el que estableció que el concurso del 2% debía distribuirse entre el intendente y los consejeros regionales, en una participación de 70% del total para los concejeros regionales, en partes iguales, y de 30% para el intendente regional. Precisó que no es la Intendencia la que tenía ese 30% de disposición, sino el intendente.
Calculó que los concursos disponen de un promedio de $3.500 millones por año; por lo que en los 4 años de Gobierno serían, aproximadamente, $14.000 millones asignados de esta forma.
Describió luego la operación del sistema acordado, señalando que había un encargado de llevar una especie de cuenta corriente donde estaba el listado de todos los consejeros y del intendente. Una vez que se lanzaba el concurso y se incorporaban o postulaban los proyectos, cada uno de los interesados presentaba los proyectos de su interés. En algunos casos los proyectos eran, entre comillas, patrocinados íntegramente por un consejero y, en otros casos, aportaban parte de su cuota para llegar al total del proyecto. Igual situación ocurría con el intendente, quien patrocinaba aquellos proyectos que eran de su interés, aquellos que algunas organizaciones, alcaldes o concejales le solicitaban, y también algunos casos en los cuales algunos consejeros le pedían al intendente que los apoyara para patrocinar algún proyecto específico.
Afirmó que ese control era llevado en una planilla Excel, que fue manejada en un primer momento por el jefe de la DIPLAD (División de Planificación y Desarrollo) y posteriormente por el jefe de la DAF (División de Administración y Finanzas), Sergio Núñez . Cuando este último salió del cargo, a fines de 2012, ese control fue llevado, hasta el día de hoy, por María Teresa Blanco , jefa de la División de Análisis y Control de Gestión.
Opinó que, en el caso de las cuotas, estimar que había que hacer una distribución 70 y 30 o que era una cuestión de equidad territorial, no se ajusta a la ley ni al reglamento. Es un tema de derecho público, en que se puede hacer aquello que está expresamente permitido; y ni en la ley ni en el reglamento se señala expresamente que este fondo debe repartirse en base a un criterio de equidad territorial o ser compartido, en porcentajes, entre el intendente y los consejeros regionales.
Esto, aseguró, era algo que todo el mundo conocía, por lo menos, las instituciones u organizaciones que normalmente postulan. Ellas debían estar golpeando las puertas de los Core o del propio intendente, para que su proyecto pudiera ser patrocinado.
En su rol de asesor del intendente regional, le correspondió más de alguna vez atender a aquellas instituciones u organizaciones que solicitaban su apoyo formalmente. En la agenda del intendente se encuentran las audiencias de organizaciones en la etapa previa a la designación o aprobación de los concursos. Recordó que también mediante correo electrónico o de un llamado telefónico llegaban esas solicitudes.
Tras una pregunta de los diputados señores Cornejo y González acerca de la Circular N° 33, insistió en que aquella opera exactamente como lo hace el 2% o 6% destinado a deporte y a seguridad ciudadana. El monto total, el marco que acordaron los consejeros con el intendente a través de sus jefes de bancadas, según fuera la disponibilidad presupuestaria, se dividía exactamente igual: un 30% de disponibilidad para el intendente y un 70% de disponibilidad que se dividía entre los 28 consejeros regionales. Por lo tanto, afirmó, operaba la misma figura, con algunos matices, porque a la Circular 33 debían postular las organizaciones públicas y los municipios que contaban con el RS que acreditara que el proyecto era técnicamente factible.
Reseñó que los consejeros regionales y el intendente recibían las solicitudes de los propios municipios o la organización pública. Subrayó que no hay municipalidad que no haya postulado a la Circular 33 y la gran mayoría bajo la misma figura. Por lo tanto, concluyó, es imposible identificar, pues todos los municipios de la región saben que la Circular 33 opera bajo esta forma y su trabajo es armar un proyecto, presentarlo y obtener el RS. Con esa recomendación técnica, pueden solicitar que sea priorizado.
Respondiendo una pregunta del diputado señor González , en relación con los fondos del FNDR, señaló que también existía un sistema de cuotas, pero no bajo la misma figura. En este caso, precisó, se dividía el monto total entre la Concertación y la Alianza, es decir, un 55% para el primer sector y un 45% para el segundo, porque permitía que todos los municipios fueran priorizados a través de los consejeros regionales que los representaban. El intendente tenía una cuota en el FNDR. La última, agregó, fue un 20% para el intendente y 80% para los consejeros regionales. Sostuvo que la fórmula para dividir el FNDR es bastante más ordenada, porque le da posibilidad a todos los municipios de tener acceso a sus obras.
Respecto de la planilla Excel con los proyectos priorizados, consideró difícil obtenerla pues, aseguró, se guardaba bajo siete llaves y sólo era manejada por el encargado de llevar la cuenta corriente, que fue Sergio Núñez , el jefe de la DIPLAD, y hoy, María Teresa Blanco , jefa de la División de Análisis y de Control de Gestión. Describió esa planilla como bastante artesanal, porque en ella traspasaban la información que se anotaba en un cuaderno o libreta.
Sostuvo que ya se ha logrado determinar la existencia de las cuotas, lo que siempre se mantuvo en silencio, y no solamente en el 2%, sino que en la Circular 33, en el FNDR. Hay una serie de situaciones que van enlodando o perjudicando el funcionamiento del Gobierno Regional, que es presidido por el intendente regional.
Nelson Contador , consejero regional por San Felipe .
Señaló que cuando nace este fondo que hoy se cuestiona, en la ley se dice que es un subsidio a las actividades y, por lo tanto, se debe repartir lo más equitativamente posible. Sostuvo que de allí nace, tal vez, esto de que se trata de combinación político territorial del 70/30, y que tiene que ver con mantener los equilibrios políticos y territoriales, de tal manera que no suceda lo que pasaba antiguamente, vale decir, que la costa se lleve un mayor porcentaje en desmedro de los territorios pequeños.
Para ratificar el esquema con que el CORE ha tratado de mantener ese equilibrio territorial citó un ejemplo concreto, en relación a la asignación del Fondo Regional de Inversión Local (FRIL), establecido por ley. Relató que los recursos del FRIL están asignados en la Ley de Presupuestos, y si los $2.700 millones se distribuyeran en función de los habitantes, lo más probable es que a Panquehue le asignarían $20 millones, con lo que no haría nada. Entonces, se llegó a la conclusión que, para hacer una justa asignación, a lo menos, el equivalente a un Frill sea asignado a cada una de las comunas de la región. Es decir, explicó, cada comuna por muy pequeña que sea lo tenga asignado y el excedente que quede se reparta proporcionalmente según variables de pobreza, Fondo Común Municipal, habitantes y otras. De lo contrario se estaría creando un desequilibrio territorial en cuanto a la inversión. Con esos mismos criterios se ha tratado de actuar con el FNDR, con la Circular N° 33 y en el caso del 2%.
Ante una consulta del diputado señor Cornejo acerca del fundamento legal para el criterio territorial y político en la asignación de recursos, el Sr. Contador afirmó que es un acuerdo establecido entre los consejeros y el intendente, que no está estipulado en el reglamento, ni en las bases de los concursos, ni en la ley. Precisó que habitualmente son los jefes de bancada los que interlocutan directamente con el intendente y con el jefe de gabinete. Para convenir los criterios políticos y territoriales se acuerda normalmente con el presidente de la Comisión de Inversiones o, en forma eventual, con el presidente de la Comisión de Educación, en el caso del 2%.
En el Fondo Regional de Inversión Local se hacía, al menos, un proyecto por comuna. El excedente se repartía de acuerdo a cinco variables.
Se refirió luego al caso de San Felipe, provincia a la que representa. Cuando asumió en 2010, San Felipe tenía un 5% de inversión en términos generales para todos los fondos (2%, FNDR, FRIL); y Los Andes , cerca de un 3%, por lo que se trató que esos porcentajes aumentaran y se aspiró a llegar a un convenio logrando durante cuatro años mantener entre un 10% y un 12% para la provincia de San Felipe.
Relató que la existencia de un acuerdo con el intendente para repartir el total de las inversiones es algo que comunicaban los jefes de bancada a cada uno de los consejeros, o sea, todos los consejeros sabían cuál era el porcentaje. Por lo tanto, los tres consejeros de la provincia sabían que el porcentaje al que se tenía que aspirar tiene un tope y, por ende, no se podían pasar.
Eventualmente, algunos consejeros podrían patrocinar un proyecto, porque como consejeros regionales pueden votar por Valparaíso o Viña del Mar sin ningún problema, pero con mucho celo se trataba de mantener primero los porcentajes fijados en sus propias provincias.
Sintetizó señalando que los consejeros de la provincia se fijan una meta, la plantean al jefe de bancada y éste, a su vez, en la reunión con el intendente. Porque, precisó, esto es una negociación. A veces, una comuna muy pequeña presenta un proyecto acordado por los 28 consejeros, pues se da prioridad a materias como alcantarillado y a todo lo relacionado con obras sanitarias. Así, cuando Panquehue presentaba un proyecto por $1.400 millones, que es una cantidad sideral para dicha comuna, si se trataba de una necesidad primordial, se generaba un desequilibrio, pero todos estaban dispuestos a sacrificarse dentro del contexto de los porcentajes.
Observó luego que el gobierno regional, en estos dos últimos años, ha tenido un compromiso bastante considerable de arrastres y promesas financieras. Actualmente el gobierno regional tiene un arrastre para 2014 del orden de los $103.000 millones, frente a un presupuesto estimado de $58.000 millones. Asimismo, el año pasado se quedó con $104.000 millones, situación que, de alguna u otra manera, permite sancionar cartera. Además, se priorizó pues, ejemplificó, si hay que financiar $50.000 millones para iniciativas, pero, de acuerdo al arrastre, debemos priorizar unos $8.000 o $10.000 millones, se llega a un acuerdo en que de los $ 49.000 o $50.000 millones de hoy, con Recomendación Técnica Favorable, solo se resuelve $10.000 millones.
Señaló que concordar eso, frente a una lista de $50.000 millones, es lo que negocian los jefes de bancadas con el intendente que, por ejemplo, sostiene que le interesa un determinado proyecto inter regional y los consejeros de San Antonio expresan que les interesa otro que ha pedido el alcalde. Así, se concuerda un listado de esos $50.000 millones disponibles para que esos sean los que, eventualmente, el intendente baje en un oficio.
Así, la negociación con el intendente se refiere solo a qué proyectos se van a priorizar, considerando las restricciones presupuestarias. Todo lo que hay en esos $10.000 millones está marcado, justamente, en los porcentajes establecidos. Es decir, si el intendente tiene un proyecto de carácter regional, por ejemplo, de la PDI, y está con RS, lo más probable es que el intendente, del porcentaje concordado, elija ese proyecto como puede ser que no elija ninguno y los Core pongan el mayor porcentaje, en esta oportunidad, porque esto no se termina, pues hay $ 49.000 millones, por lo tanto, hay que seguir funcionando hacia adelante y será en tres meses más que bajará otra lista de iniciativas o se concordará una nueva. Esa es la manera en que opera; otra cosa, no hay.
Aseguró que es cierto que existe un mecanismo de 7030. Señaló que el de 8020, no lo tiene muy claro, difícilmente puede decir que es o no real, pero está dentro del juego normal de la negociación.
Respecto de la distribución entre consejeros de gobierno y oposición, señaló que no ha funcionado nunca. Si bien es cierto, al comienzo del período se estableció, nunca ha funcionado, porque entre la Oposición y la Alianza se aprobaron cientos de proyectos basados en que eran los mejores para la región y punto. Nunca prevaleció el cuoteo político en términos de ese porcentaje. Ejemplificó que a los estadios de Valparaíso y Viña del Mar se les otorgó $ 8.000 o $ 9.000 millones de pesos y eso significó un total desequilibrio; sin embargo, fue aprobado por los consejeros. Hoy, el convenio de los campamentos tiene comprometido $ 10.000 millones y es una iniciativa de carácter más local que regional, pues al resto difícilmente van a llegar recursos por esa vía. Por lo tanto, insistió, el cuoteo político, prácticamente, no funcionó. Indicó como otro ejemplo el convenio de Salud, en que como gobierno regional, comprometieron $10.000 millones en cuatro años en el convenio de programación, pues están comprometidos recursos que se concentran mayoritariamente acá y, por lo tanto, subrayó, todo lo que se hable en función de los cuoteo y asignaciones queda absolutamente fuera de contexto, específicamente en esos proyectos.
Eduardo Martínez , alcalde de la Municipalidad de La Calera.
En relación con lo que denominó como la “billetera virtual” de los CORES, afirmó que es un instrumento que hoy tiene algunos perjuicios, pero que para la comuna de La Calera ha sido beneficioso, pues si no fuera por los CORE las comunas interiores no tendrían ninguna posibilidad de luchar por proyectos, porque el intendente tampoco los visitaba y el único contacto disponible como comuna es a través de los CORE.
Por lo tanto, insistió, muchos de los proyectos que se aprobaron fueron a través de esta forma de distribuir los recursos que tenía el gobierno regional. Si bien opinó que esta forma debe ser estudiada y perfeccionada, porque permitió que se cometieran irregularidades, manifestó su preocupación de que las decisiones se centralicen de tal manera que las comunas interiores no tengan ninguna posibilidad de acceder a recursos.
Finalmente concluyó que, debe estudiarse y sugerir a las intendencias la forma de distribuir más equitativamente los recursos de la región. Además, otra cosa que pasa a ser muy importante, señaló, es que con las comisiones investigadoras al gobierno regional se ha provocado un efecto dañino a la imagen de muchos funcionarios de carrera de la intendencia, y hay muchos y muy buenos también.
Marcia Oyarzún , colaboradora del concejal Andrés Celis
Relató que trabaja con el concejal Andrés Celis en la Municipalidad de Viña del Mar y que permanentemente llegan instituciones a solicitarles ayuda cuando postulan, tanto a subvenciones en la municipalidad, como en el CORE, y en diferentes instituciones. Reconoció que es difícil o casi imposible que se les asignen los proyectos, a menos que se cuente con la intervención de algún CORE o del concejal en el caso de la municipalidad. Para eso hay fondos, que se le destinan tanto al intendente como al CORE y a los concejales, para que puedan distribuirlos, de alguna manera, dentro de ciertas instituciones.
Señaló que siempre ha ocupado la instancia de los CORE, con Eduardo González, José Pedro Núñez o Daniel Morales , para indicarles, cuando un postulante cumplía con todos los requisitos, que fueran asignados por ser personas que conocían. Además, acotó, los proyectos van dirigidos a gente vulnerable, como Gloria Navales o en Reñaca Alto, sectores muy pobres de Viña del Mar.
Relató que en la municipalidad de Viña del Mar, los Fondere le pasaban una lista al concejal para que decidiera. Actualmente es más salomónico, pues se divide entre todos. Sin embargo, en la municipalidad hay una subvención especial de $10 millones para cada concejal, que tiene la facultad, durante todo el año, para distribuirlos y lo hace entre la gente que les es más proclive, entre los que tienen los mejores proyectos.
Además, existe el 2% del FNDR para los CORE y para el intendente, y eso significa que el intendente tiene la facultad para priorizar algunos proyectos.
Diputado señor Christian Urízar .
Respecto del funcionamiento del Gobierno Regional, mencionó que es bajo la forma de acuerdo, en todo su ámbito, pues los presidentes de bancada se juntan con el presidente de cada comisión para plantear los términos bajo la lógica política y provincial, respecto de cómo se pueden destinar los recursos a cada uno de los proyectos. Ahí tiene que ver la intervención de los alcaldes, quienes plantean qué proyecto es más importante, y el hecho de que quién entrega el listado final, tomando en cuenta todas estas apreciaciones, es el intendente.
Refirió que en reiteradas oportunidades se reunió con el entonces intendente Raúl Celis y le propuso una lógica de acuerdo de las provincias, las comunas con sus alcaldes y el Consejo Regional, de forma que, en la legalidad de sus facultades, propusiera el listado final de proyectos de toda la región para ser priorizados y aprobados por el Consejo Regional. Continuó relatando que en una oportunidad, se realizó un gran evento y en una sesión plenaria se aprobó una suma cercana a los $22.000 millones, la mayor en la historia del Gobierno Regional, para distribuirlos a lo largo y ancho de esta región; cada una de las comunas tuvo participación y muchos alcaldes, concejales y el intendente estuvieron presentes. Eso fue producto de un gran acuerdo donde participaron todos los consejeros regionales, en cuya construcción participó como presidente de la Comisión de Inversiones y antes como jefe de la bancada Socialista.
Ante una consulta del diputado señor Urrutia, don Osvaldo , acera de la distribución 7030 entre consejeros e intendente, el diputado señor Urízar indicó que como consejero regional, al haber proyectos que tenían que ver con su provincia trataba que quedaran dentro del listado final. Si eso cuadraba luego en el 70 o 30 por ciento, seguramente lo veía el intendente o el presidente de la Comisión de Cultura y Deportes. Por lo tanto, subrayó, no puede hacerse cargo de eso, porque no recuerda haber tenido una cartera que diera cuenta de una cantidad exacta para sus proyectos.
Acerca de una imposición de esa fórmula 7030 por parte de los presidentes de bancadas al intendente Celis , como condición para levantar proyectos en el Fondo Nacional de Desarrollo Regional, el diputado señor Urízar manifestó que cuando recién asumió el intendente Celis, como presidente de la comisión de inversiones, siempre llegó a un acuerdo en términos de la región. Aseguró que nunca hubo veto en torno a no avanzar con los proyectos. Agregó que, aunque a algunos consejeros no les parecía muy correcto, siempre se priorizaban los años, por lo que su propuesta al intendente fue superior a lo que había en términos de disponibilidad. Por ello, insistió, no se trancó la inversión regional, sino que se abultó.
Ante la consulta relativa a alguna cuenta corriente de los fondos asignados a cada bancada, Urízar negó esa situación. Asimismo, aunque reconoció que se aprobó un marco presupuestario, precisó que eso no significa que se aprobara una cuenta corriente para cada consejero. Subrayó en que eso no es así y que hubo acuerdo general entre los CORE con proyecto en carpeta.
Acerca de la distribución de los recursos y la asignación por conglomerado político, refirió que cuando llegó al Core había una situación complicada derivada del último período del exintendente Iván De la Maza , donde la participación política se daba de acuerdo a la cantidad de consejeros. Ejemplificó que si un conglomerado tenía 6 Core y el otro 2, ese conglomerado se llevaba más proyectos no por participación de los partidos políticos, sino porque cada consejero se esforzaba por que en sus provincias hubiera más proyectos y si no sumaba, daba, al final, esa situación. Era por cantidad de consejeros que participaban, pero sí había claramente una distribución que tenía que ver con la cantidad de consejeros que tenía cada conglomerado político, lo que causaba que hubiera más o menos proyectos en las distintas provincias.
En cuanto a la lógica de la priorización de proyectos con la estrategia de desarrollo regional, acotó que en los dos últimos años fue muy difícil el trabajo con la lógica que planteó el intendente Raúl Celis . Reconoció que tuvo diferencias con él, porque en esa lógica de estrategia de desarrollo regional no era elemento para llevar adelante los proyectos.
Frente a un cuestionamiento del diputado señor Squella acerca de las cuotas de distribución, el diputado señor Urízar indicó que su rol era elaborar la propuesta de inversión del FNDR tradicional para el intendente. Por lo tanto, tenía la ardua tarea de reunirse con los jefes de bancada y los consejeros en la comisión y elaborar la propuesta de inversión regional, la que discutía con el intendente Celis, quien haciendo uso de sus atribuciones legales la aprobaba.
Manifestó que nunca existió un sistema de cuotas. Prueba de ello, argumentó, es el proyecto para una comuna pequeña como Calle Larga, por $2 mil millones, o el proyecto para Olmué, por $2.500 millones, los cuales exceden cualquier cuota. Por lo tanto, en el FNDR tradicional no existía posibilidad de establecer cuotas, pero se trataba de emparejar la cancha, es decir, evitar que la provincia de San Antonio tuviera más proyectos que la de Aconcagua, Los Andes o San Felipe . Ese era el equilibrio por el cual abogaban los consejeros, quienes no decían, por ejemplo, ese consultorio es mío, así es que debe llevar mi nombre. Eso nunca existió.
Por ejemplo, la provincia de Marga Marga era nueva y, por lo tanto, no tenía Core y la cuota para dicha provincia se lograba a través de un acuerdo político adoptado por los consejeros. De esta manera, Marga Marga se llevó muchos proyectos sin estar representada por un Core. Reiteró que se hacía políticamente, los consejeros de otras provincias se preocupaban de que Marga Marga tuviera proyecto, porque, de lo contrario, habría estado tres años sin recursos.
Lo mismo, agregó, debe haber hecho el presidente de la Comisión de Cultura, Deporte y Seguridad Ciudadana para asignar los fondos de esos ítems, a saber, acordar todas las posiciones. Ahora, es en ese ámbito donde está instalada la suerte de estas cuotas.
La existencia de una proporcionalidad entre los consejeros y el intendente no funcionaba como una cuenta corriente porque son proyectos con montos que no calzaban fielmente. Agregó que si el Ejecutivo llevaba un listado indicando lo que tenía cada CORE, era su decisión. Señaló que el Ejecutivo hacía un sondeo para saber quién era más cerca de uno o de otro, pero muchas veces le correspondió defender un proyecto que lo apoyaban cuatro o cinco CORE más. Insistió en que, como CORE, no llevaba una cuenta corriente de proyectos.
Al responder una pregunta del diputado señor Schilling acerca de las cuotas, afirmó que el intendente y su equipo debían asegurar la proporcionalidad. En la comisión de inversiones se trataba de lograr un acuerdo, y si eso es comisión precalificadora, no lo sabe. Era un acuerdo en el que estaban todos los consejeros y se le informaba al intendente la forma en que avanzaba ese acuerdo. El intendente siempre participaba, al igual que sus asesores, y se formaba el acuerdo en FNDR. En Cultura, Deportes y Seguridad Ciudadana los proyectos eran más pequeños. Entonces, en esa lógica, había más participación de los CORE, pero afirmó no haber armado la lista de proyectos en esta área.
Daniel Garrido , Presidente de la Comisión de Educación, Arte, Cultura, Deportes y Recreación del Consejo Regional del Gobierno Regional de Valparaíso.
En materia de proporcionalidad 7030 entre las bancadas de consejeros y el intendente, el señor Garrido aseguró que no podría dar cuenta de cuotas, pero lo que siempre se ha planteado, incluso en la actual gestión de la comisión, es que efectivamente se asegure una distribución equitativa en la región.
En este sentido se ha hablado de marcos provinciales, como en el caso de los proyectos FRIL, con diferentes criterios. Es una discusión que está en curso, que no ha sido resuelta y que podría, en el buen sentido de la palabra, asegurar una cantidad de recursos para las distintas provincias, evitando la concentración habitual en la capital de la región.
En lo demás, manifestó no tener conocimiento de un acuerdo de proporcionalidad 7030.
Contraloría General de la República, Informe 51/2013 Gobierno Regional de Valparaíso, 21 abril 2014.
En lo referido a la denuncia acerca de un sistema de cuotas orientado a la distribución de los recursos disponible para el financiamiento de iniciativas presentadas a ser financiadas con el 2% del Fondo de cultura, Deporte y Seguridad Ciudadana, que asignaría un 30% al Intendente y un 70% a los consejeros regionales, el reporte de la Contraloría precisa que según los artículos 14 y 24, letra e), de la ley N° 19.175, corresponde al intendente, en su calidad de Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, proponer al consejo regional la distribución de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional de la región, así como de las inversiones sectoriales de asignación regional, y de los recursos propios que el Gobierno Regional obtenga en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19, N° 20, de la Constitución Política de la República.
El informe relata que el intendente Celis declaró que “Desde hace muchos años, en el Gobierno Regional existe un procedimiento de distribución armónico y equitativo de los recursos para los diversos territorios, lo que tiene su fundamento en los artículos 14 y 24 letra e) de la ley N° 19.175, Sobre Gobierno y Administración Regional. El espíritu es favorecer a las provincias de menor tamaño y de menor representatividad en el Consejo Regional, de manera que las mayorías no impongan en forma ilimitada sus preferencias. Por otra parte, dentro del espíritu de este procedimiento se encuentra el hecho que los consejeros representantes de cada provincia, conocen mejor a las organizaciones comunitarias de sus respectivas localidades y saben con mayor certeza, qué tipo de proyectos supone una mejora o un aporte para el territorio que representa. En ese entendido, el Intendente lo que busca es respaldar proyectos de interés regional, de montos elevados y que normalmente benefician a más de una provincia”. Asimismo, afirmó que el “sistema de distribución, no adolece de problemas en sí mismo, sino que éstos se producen desde el momento que se desvirtúa su espíritu”.
Se indica luego que María Teresa Blanco Lobos , reconoció que al Intendente le correspondía un 30% de recursos para destinarlos a proyectos susceptibles de ser financiados, recomendación que era efectuada por Enrique Kittsteiner Yovanini . Agregó, que para aquellos proyectos de seguridad ciudadana adjudicados en el primer y segundo concurso del año 2012 y primer concurso del año 2013, no podría garantizar que se aplicó un sistema transparente y competitivo.
Advierte así el informe una contradicción entre lo expuesto en la materia por el señor Celis Montt y la señora Blanco Lobos.
Sobre esta práctica, el informe concluye que la potestad de resolver sobre la inversión de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, está radicada exclusivamente en el consejo regional, el que debe adoptar una determinación debidamente informada, razonada y ajustada a los principios y normas aplicables a la materia, en relación al uso que se dará, según lo dispone la ley N° 19.175. Esa decisión podrá significar una modificación o sustitución de los proyectos o programas propuestos por el órgano ejecutivo del gobierno regional, según los intereses regionales que se pretende satisfacer con esos fondos y los fines para los cuales fueron concebidos.
Agregó que las letras b), d) y e) del artículo 24 de la ley N° 19.175, establecen que el intendente, como órgano ejecutivo del gobierno regional, someterá al consejo regional los proyectos de planes y las estrategias zonales de desarrollo y el presupuesto de dichos organismos, y sus modificaciones y le propondrá la distribución de los caudales del señalado fondo y las inversiones sectoriales de asignación regional pertinentes. Por su parte, el artículo 25 dispone que el consejo regional podrá aprobar, modificar o sustituir los proyectos y proposiciones del intendente y también regula el procedimiento a seguir en caso de existir discrepancia sobre las modificaciones o sustituciones que determine el mismo, atribución que es reiterada en los artículos 36, letras d) y e), y 78 de la ley orgánica constitucional en comento. Las normas constitucionales y legales entregan al consejo regional la facultad de resolver de manera informada, razonada y ajustada a los intereses regionales, la propuesta de distribución e inversión, potestad que ejerce conforme a su carácter de órgano decisorio, tal como de dispuso en el dictamen N° 32.503, de 2008.
Se trata así de un procedimiento reglado en que la determinación definitiva de los asuntos se encuentra exclusivamente radicada en el consejo regional, quien luego de analizados los antecedentes, podrá aprobar o, por razones fundadas, modificar o sustituir. Por consiguiente, en la decisión que adopte el CORE, necesariamente debe considerar el examen previo de factibilidad, admisibilidad y cumplimiento de los aspectos, según lo disponen los artículos 36 letra f) y 78 de la ley N° 19.175, pues no considerar esa evaluación significaría desechar los elementos de juicio en los que se fundamenta la propuesta de priorización del intendente, y por ello restar al proceso de elegibilidad las condiciones de sustento en pos de los intereses regionales que se pretenden satisfacer.
3) TIPOS DE IRREGULARIDADES
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Ante la observación del diputado señor Cerda (20102014) de que la Intendencia le está exigiendo a la organización grupo folclórico “Danzas de Mi Tierra” la rendición $8 millones, en circunstancias que Luis Vásquez , jefe de gabinete del candidato Urízar , le pidió $7,6 millones, el Sr. Celis respondió que eso está en conocimiento del Ministerio Público, que es evidente que la persona no podrá rendir bien y no es el único caso, pues se sabe que, básicamente, había dos modus operandi. Relató que uno consistía en crear una institución de fachada, de papel, como Valparaíso Joven Y Valparaíso Cultural y Deportivo, la que se adjudicaba proyectos por cien, favorecía a algunas instituciones que sabían que a no causarían sospecha si no triunfaban en los concursos, porque, además, son organizaciones serias que presentan bien los antecedentes, como el caso de Puerto de Ideas o del Círculo de la Prensa o, en menor medida, de la Corporación Cultural Reñaca, de Juan Carlos Toledo . Entonces, se adjudicaban 100, repartían 20 o 25 y el resto se lo dejaban. Ese es un modus operandi, una institución de fantasía que no ejecuta proyectos.
En el segundo modus operandi, continuó, la organización no solamente existe, sino que además ejecuta los proyectos, pero esos proyectos están sobrevalorados. Entonces, se adjudican, señalando que algo necesita $20 millones, en circunstancias de que su valor real es menor y normalmente utilizan a alguna institución real vigente y le entregan un porcentaje del beneficio. Ejemplificó que, de $10 millones le pasan $500 mil o $300 mil por permitirles usar el nombre de esa institución. Obviamente, afirmó, los titulares de la institución no van a poder rendir, pero serán el Ministerio Público y los tribunales de Justicia los que deberán resolver qué tipo de delito se configura, si es que existe. Es indudable que hay irregularidad, pero en cuanto a delito, serán los tribunales los que deberán determinarlo.
4) CASOS IRREGULARES DE QUILPUÉ
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Relató que en relación con los casos de Valparaíso y Quilpué, entre octubre y noviembre de 2012, se realizó un procedimiento de fiscalización en terreno a los programas de cultura y deporte de 2011 y 2012, por parte de la División de Planificación. Esa fiscalización en terreno derivó en un cruce de información en el mes de diciembre y el 14 de enero de 2013 se alertó al jefe de la División de Planificación, por parte del encargado de los fondos concursables. Entonces, el encargado de la Unidad de Cultura informó que “…se detectó que existen tres organización: Club Deportivo Los Leones, Club Deportivo Los Pinos, Club Deportivo Sol del Pacifico, las tres organizaciones ocupan el mismo domicilio (calle Urano y Plutón) que corresponde al Colegio Particular Los Leones.”
Más adelante, continuó citando, el mismo documento señaló: “Durante este proceso de postulación Verano 2013, estas organizaciones han vuelto a postular a los Fondos de Cultura, Deportes y Seguridad Ciudadana.”
El 17 de enero, relató el Sr. Celis, le correspondió hacer la cuenta anual, con asistencia del Presidente de la República. Dado que para ese mismo día estaba fijada una sesión del Consejo Regional, solicitó que, en lo posible, esta se cambiara para otro día, requerimiento que no fue considerado. En esa sesión se efectuó la priorización de proyectos concursables, que adjudicó lo siguiente:
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En definitiva, afirmó, ese día se priorizó, por el Consejo Regional y en ausencia del intendente, más de 140 proyectos por aproximadamente, $1.300 millones.
Hizo presente que de esos proyectos, un total de 29, que equivalían a $482.394.000, correspondían a seguridad ciudadana. Ellos se redujeron posteriormente a 8, pues durante el año se despriorizaron 21 proyectos o, sencillamente, no se autorizó el pago de los mismos.
El 18 de enero, el jefe de la División de Planificación informó a la jefa de gabinete, Susan Spichiger , la que se comunicó ese mismo día con el intendente, quien formuló un requerimiento a Auditoría Interna para que investigara lo que había detectado la fiscalización en terreno de la División de Planificación sobre los domicilios de diversas instituciones en la comuna de Quilpué.
El 4 de febrero, la Unidad de Auditoría despachó el Memo Reservado N° 31/05/06, que, en lo pertinente, señaló que “Se evidenció que existen 3 (tres) instituciones CLUB DEPORTIVO NUEVA ERA, CLUB DEPORTIVO LOS PINOS, CLUB DEPORTIVO SOL DE PACÍFICO, que figuran con la misma dirección Plutón 1863 , comuna de Quilpué, esta dirección corresponde a una calle aledaña al Colegio Los Leones.
El Colegio Los Leones, en su estructura de propiedad figura el Sr. Carlos Saavedra Lyng , con un porcentaje de participación de un 50%; el Sr. Saavedra a su vez figura como socio en el Grupo K S.A, al cual prestó servicios Sergio el Sr. Sergio Núñez Sepúlveda , como Gerente de Operaciones, de acuerdo a su Currículum Vitae.”
Enseguida, el informe describió los montos adjudicados a estas instituciones.
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Reiteró que el 14 de enero de 2013 el jefe de la División de Planificación (DIPLAD) es alertado por el encargado de Fondos Concursables de que existía una misma dirección, o una misma cuadra en la que funcionan tres organizaciones. El 17 de ese mes, tres días después, el Consejo Regional prioriza los fondos concursables sin presencia del intendente.
El 18 de enero, el jefe de la DIPLAD informa a la jefa de gabinete del intendente, Susanne Spichiger , que existiría duda respecto del club deportivo Los Leones y similares. Ese mismo día el intendente pide un requerimiento a la Unidad de Auditoría para que informe, la que emite el informe el 4 de febrero.
Además, ese mismo día ordenó la instrucción de un sumario, se le tomó declaración a Sergio Núñez y se le suspendió de sus funciones. Fue el último día en que este funcionario trabajó en el Gobierno Regional.
En dos oportunidades, el 7 y el 11 de febrero, se informó a los jefes de bancada. Por su parte, las denuncias se hicieron en distintos momentos. La primera, el 22 de julio; la segunda, el 26 de agosto o sea, no fue después del pleno de agosto, y la tercera, el 15 de mayo. Respecto del momento en que se interponen las denuncias, eso depende del fiscal del sumario. Estas materias son conocidas por un fiscal, quien tiene la obligación de poner en conocimiento de los tribunales de justicia o del Ministerio Público, aquellos hechos que revistan el carácter de delito tan pronto tome conocimiento de los mismos. Y la convicción no necesariamente se la forma el mismo día que se inicia la investigación, sino que en un estado más avanzado de la misma, de manera de entregar las pruebas que acreditan los eventuales ilícitos.
Y para que se vea la diferencia de los tiempos, observó que el Consejo de Defensa del Estado interpuso la querella el 6 de noviembre. La audiencia de formalización también se hizo en noviembre, y la intendencia estaba trabajando el caso desde hacía cinco meses, con la Fiscalía y la PDI.
Insistió en que el Club Deportivo Colegio Los Leones y sus parientes, Nueva Era y Sol del Pacífico, son un caso distinto, que permitió descubrir la existencia de irregularidades, porque estaban en un mismo domicilio. No es que los proyectos no existieran, los proyectos existían. Ahora, que hayan sido irregulares es otra cosa. Una cosa es irregularidad y otra es delito. Esa institución originó el sumario en contra de Sergio Núñez y su posterior destitución, pues las resoluciones adjudicatorias habían sido firmadas por Sergio Núñez .
Así, el 22 de julio se formuló la denuncia en contra de Núñez al Ministerio Público, por parte de la Intendencia, indicando, entre otras situaciones, por “haber dictado, sin facultades delegadas, las resoluciones aprobatorias correspondientes, que transfirieron recursos en los años 2010, 2011 y 2012, por $235.320.630, a las siguientes organizaciones: Club Deportivo Colegio Los Leones de Quilpué, Club Deportivo Los Pinos de Quilpué; Club Deportivo Nueva Era y Club Deportivo Sol del Pacífico. Convenios y resoluciones que se refieren a los siguientes proyectos.”
Aseveró que no se trata que sean proyectos inexistentes, sino que son proyectos sobrevalorados. En la misma denuncia, en el número 2, se advirtió sobre un proyecto de adquisición de un bus con capacidad para 45 pasajeros, cuyo objeto era destinarlo a la Municipalidad de Quilpué, para ser utilizado por las organizaciones comunitarias de dicha comuna, y que estaba siendo usado, mediante comodato a 20 años, por el Club Deportivo Los Leones, es decir, la misma institución relacionada con Núñez, quien estaba lucrando con su uso. El precio de adquisición del bus fue de $124.525.470. El documento precisó que “La suma de recursos transferidos a la Sociedad Educacional Colegio Los Leones incluyendo el uso del bus por veinte años, a través de estas organizaciones, asciende a $399.746.100.”
Información enviada por el Gobierno Regional de Valparaíso.
Mediante Ordinario N° 31/1/2/2364, de 05/08/2014, del Intendente Regional, informó que los datos de las organizaciones involucradas en irregularidades eran los siguientes:
Osvaldo Maldonado , contador auditor del Gobierno Regional de Valparaíso.
Afirmó que en el caso de Quilpué se evidenció que existían tres instituciones: Club Deportivo Nueva Era, Club Deportivo Los Pinos y Club Deportivo Sol del Pacífico, que figuraban con una misma dirección, Plutón 1863 , comuna de Quilpué, que correspondía a una calle aledaña al Colegio Los Leones.
Al hacer una investigación más profunda respecto del rol de ese colegio, se percataron que en su estructura de propiedad figuraba Carlos Saavedra Lyng , con un 50% de participación dentro de la estructura societaria. A su vez, Saavedra figuraba como socio en el Grupo K, al cual prestó servicios Núñez como gerente de Operaciones, de acuerdo al currículo que este presentó para ingresar al Gobierno Regional. Allí les pareció que esta situación revestía cierta irregularidad administrativa.
Precisó que las organizaciones vinculadas en el caso global eran el Club Deportivo Colegio Los Leones, Club Deportivo Sol del Pacífico, Club Deportivo Nueva Era y Club Deportivo Los Pinos, los que en total, entre 2010 y 2012, en el marco de esta glosa del 2%, se adjudicaron proyectos por un monto de $275.220.630. El desglose por cada una de esas instituciones fue:
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Agregó que junto con este análisis relacionado con el 2% del FNDR, durante el año evidenció que, vía Circular N° 33, la Municipalidad de Quilpué había presentado un proyecto para adquirir un bus, cuyos beneficiarios serían ciertas organizaciones comunitarias. En ese contexto, se aprobó la adquisición del bus, con un costo inicial de $145 millones y fracción, pero fue adjudicado por cerca de $124 millones. Observó que luego de la adjudicación, el bus fue transferido por el municipio, vía comodato por 20 años, al Club Deportivo Colegio Los Leones, el mismo al que se le habían asignado $125 millones. Así, afirmó, en términos globales podría decirse que el Colegio se benefició con $275 millones, dadas las relaciones que existían entre estas organizaciones.
Esa situación fue evidenciada porque en el acta N° 23, publicada en transparencia del Concejo Municipal de Quilpué, de sesión ordinaria del año 2012, el concejo municipal de Quilpué transfirió vía comodato, por un plazo de 20 años, ese bus. El alcalde probablemente incorporó el tema dentro del acta y el concejo lo votó. Estos antecedentes, aseveró, fueron derivados al Ministerio Público y hoy están siendo materia de investigación.
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Respecto de lo de Quilpué, del Club Los Leones, aseguró que no puede opinar porque lo desconoce en un ciento por ciento. Eso forma parte de otra arista de investigación diferente, por lo que cualquier cosa que opinara solo diría cosas que ha escuchado, pero que no le constan. Entonces, sería muy irresponsable. Insistió en que, sinceramente, lo desconoce.
Lo que pudo señalar, sin embargo, es que en este caso, como en muchos otros, quien terminaba firmando los convenios era algún jefe de División, de la DIPLAD o de la División de Administración y Finanzas, porque ahí sí es factible que opere la delegación de facultades del intendente. Subrayó que lo único que no se delegaba, porque es indelegable, es el acto por el cual operaba la transferencia, que es cuando se precisa el monto de la asignación presupuestaria y el nombre del proyecto. Ahí siempre estará firmado por el intendente. Sin embargo, agregó, en el caso de la firma de los convenios, claramente se encontrará, no solo en este sino en muchos casos, que no son firmados por el intendente, pues si son 500 o 600 organizaciones cuyos convenios deben ser firmados en cuatro copias, al intendente no se le hará firmar 3.200 copias con el escaso tiempo que tiene; y esto no solo ocurre en el actual Gobierno Regional, sino que anteriormente era exactamente lo mismo. Es decir, al intendente se le cuida el tiempo para que se dedique a otras cosas. Se hace de esta forma porque se tiene la certeza de que lo que se está firmando es lo que en definitiva figura en el acta, que es lo que da fe de que eso fue lo que se aprobó. Además, continuó, el acta aprobada por los consejeros regionales señala el listado de los proyectos que son beneficiarios.
Entonces, describió, lo que se hace es comparar ese listado con el convenio que venga adjunto. Si el proyecto está en el listado que figura en el acta, obviamente que no va a haber problema en que sea firmado.
Mauricio Viñambres , alcalde de Quilpué.
Sobre la materia del bus, descartó que se haya pasado a un colegio, sino que fue a un club deportivo llamado Los Leones, que participa dentro del colegio, pero tiene una personalidad jurídica sin fines de lucro. Relató que se trata de una organización funcional, un club de básquetbol, que ha trabajado para llegar a ser un club profesional y competir en las ligas regionales, nacionales e internacionales. De hecho, subrayó, el próximo mes dicho club representará a Quilpué y al país en un encuentro latinoamericano.
Refirió que, al igual que con otros clubes deportivos, le interesaba que destaquen la comuna, que les representen como región y como país. En conversaciones que tuvo con ellos, le solicitaron la posibilidad de apoyarlos con un bus. Agregó que se dispone de otros buses que se destinan a los establecimientos educacionales, fundamentalmente en ayuda a algunas organizaciones. En ese sentido, elaboraron un proyecto, porque creían que un bus era una buena posibilidad de apoyar a este club deportivo que tiene éxito en el ámbito del basquetbol. Pero también se ha planteado que el bus sea prestado a otras organizaciones deportivas; es decir, que su uso no solo sea para este club o para la municipalidad, sino que también cumpla otras funciones.
Describió el mecanismo formal del proceso, que el intendente propuso los proyectos y el bus fue adjudicado por el Consejo Regional. Sostuvo que se hicieron todos los trámites, se siguieron todos los pasos, formatos y formalidades. Luego le llamaron de la administración del gobierno regional y le informaron que lo licitarían desde esa entidad y no la municipalidad. Generalmente, observó, las licitaciones y adjudicaciones de los FNDR, sea tradicional o FRIL, o circular 33, las licita el municipio; pero en este caso, la licitación para la adquisición del bus fue realizada por el propio gobierno regional. Que la compra del bus la licitara directamente el gobierno regional es algo que le llamó la atención, pero que también sucede en otros municipios. En Quilpué había ocurrido en un solo proyecto, el de plaza vieja, en que el Serviu pidió licitarlo. Generalmente el municipio pide licitarlos porque dispone del control y la gestión del proyecto.
Agregó que le planteó al Concejo Municipal la importancia que tiene ese club y que el bus también sería utilizado por otras organizaciones. El Concejo Municipal, acogió el planteamiento en una citación en que Viñambres no estuvo porque estaba en otras funciones en Santiago; sin embargo, la decisión de traspasar ese bus en comodato se aprobó por unanimidad por los concejales presentes: Heriberto Neira , Christian Cárdenas , Robert Knop y Adriana Romaggi . De esa manera, continuó, el bus se traspasó, en cuanto la ley faculta para ello al Concejo Municipal y al alcalde. Así se han traspasado bienes, por ejemplo, para el automovilismo.
La razón para traspasarlo fue que el municipio tenía un compromiso de más de $4 millones en la mantención de ese bus, por lo que se llegó a un acuerdo con el club en que ellos lo administran, pero prestan el bus al municipio para las necesidades que se tengan. Para ello se fijó un protocolo de prestación de servicios. Aseguró que en 2013, el bus se ha prestado a alrededor de cinco organizaciones, en la medida en que el club Los Leones tuvo tiempo para hacerlo. Así, el bus cumple el objetivo en comodato. Insistió en que se trata de un club que prestigia a la ciudad.
La asociación de básquetbol se preocupa de la gasolina, de la mantención y del chofer, condición que está consignada en el comodato que está por escrito y se cuenta con un reglamento que establece las condiciones en que se debe prestar el bus, tales como avisar cada quince días y el municipio o alcaldía hace la entrega. Así es como se ha entregado a cinco organizaciones el año pasado, a dos ahora y, quizás, a muchas más se les va a seguir entregando. Subrayó que el bus cumple un buen objetivo. Observó que al intendente, quien lo ha planteado como una especie de fraude, le diría que es bueno que revise las funciones que cumple el bus. Al municipio le ha pedido los antecedentes y se le enviaron.
Aseguró que el proyecto del bus no fue pensado para el Club Deportivo Los Leones. De hecho, argumentó, el gobierno regional ha aprobado otros dos buses, por lo que si tan mal lo hubieran hecho con el bus, no se habrían aprobado. Uno de ellos es para adultos mayores, y se está estudiando que lo gestione la Unión Comunal de Adultos Mayores; el otro se adjudicara prontamente para hacer traslados al zoológico.
Ante una pregunta del diputado señor Cerda (20102014) en relación con los proyectos adjudicados al Club Deportivo Nueva Era, Club Deportivo Los Pinos, Club Deportivo Sol del Pacifico, Club Deportivo Colegio Los Leones, todos con el mismo domicilio, que corresponde al Colegio Los Leones. Y después, se le entrega un bus en comodato al mismo Colegio, Viñambres sostuvo que esa pregunta debía hacerse al intendente y a los consejeros regionales.
Luego respondió una pregunta del diputado señor Cerda (20102014) sosteniendo que solo se informó por la prensa de la cantidad de dinero adjudicado a tres clubes de su comuna. Desconocía que el Club Los Leones había recibido $275 millones. Insistió en que hay muchos proyectos e inversiones que se hacen en la región de las que se entera por la prensa.
Observó que, de acuerdo con los aspectos legales, hasta la fecha el club cumple con los requerimientos establecidos. Entonces, no puede quitársele el comodato, porque, a raíz del revuelo creado, esa era la idea.
Ante una pregunta del diputado señor Schilling , contestó que la municipalidad no ha postulado recursos para el club deportivo Los Pinos, ni para el club deportivo Nueva Era.
Cristián Cárdenas , concejal de la Municipalidad de Quilpué
En lo relativo al comodato del bus al Club Deportivo Los Leones, una sociedad privada de carácter civil de la comuna de Quilpué, señaló que fue traspasado el 3 de agosto de 2012, cuando presidía el concejal Heriberto Neira . Ese día se consultó a los asesores jurídicos del municipio
acerca del tema, quienes señalaron que no había ningún impedimento al respecto, ya que el comodato del Club Deportivo Los Leones era básicamente por una apreciación social; por lo que no se estaría incumpliendo, ni cometiendo ninguna ilegalidad. Aún más, aseveró, el Concejo consultó si existiría alguna actividad de lucro por parte de este colegio y el asesor jurídico señaló que no habría ningún impedimento para ello. Subrayó que el Concejo siempre actuó pensando en el bienestar del municipio y en el ahorro que ello significaría, obviamente, dentro del marco de la legalidad.
Advirtió que, sin embargo, durante el transcurso de la Comisión Investigadora los concejales se enteraron a través de la prensa que al Club Deportivo Los Leones le habrían aprobado distintos proyectos para organizaciones sociales a través del Gobierno Regional. Aseguró que si les hubiesen puesto esos antecedentes sobre la mesa, ningún concejal hubiese aprobado ese comodato. Obviamente, sostuvo, en ese acto no hubo ningún tipo de mala interpretación, pero cuando se aprueba algún proyecto o algo de este tipo, deben ponerse sobre la mesa todos los antecedentes al respecto, más aún si se trata de las organizaciones sociales que hoy existen en la comuna de Quilpué y que están bajo el amparo de un colegio subvencionado, que tiene distintas organizaciones con una misma dirección.
Sostuvo que, como concejal, ha sido bastante majadero respecto del tema ante el Concejo Municipal. Tanto es así, argumentó, que el 10 de diciembre de 2013 solicitó al alcalde la anulación del comodato que se había entregado, debido a que no era pertinente tener un bus de esas características, sobre todo, por la forma cómo se adjudicó.
Posteriormente, relató, le entregaron un oficio, de parte de la directora del Departamento de Asesoría Jurídica, donde se le informó que, de acuerdo con los antecedentes señalados, el contrato de comodato se encontraba vigente, por lo que no era posible ponerle término unilateralmente.
El 17 de enero de 2014, debido a los comentarios que se habían hecho en esta Cámara de Diputados sobre el comodato al Club Deportivo Los Leones, solicitó al alcalde que entregara copia de todos los antecedentes que el municipio entregó al Gobierno Regional para comprar el bus Pullman que se traspasó al Colegio Los Leones; la ficha EBI, la justificación, los oficios de derivación, las cartas de respaldo y, además, todos documentos relacionados con el proceso de adquisición de este bus en cuestión, con capacidad de 45 asientos. Junto con lo anterior, también solicitó copia del contrato de comodato con el Club Deportivo Los Leones.
Precisó que, como concejo, son las herramientas que tienen para fiscalizar, de alguna forma, la mantención del bus y cómo se está ocupando ese comodato. Lamentablemente, agregó, todavía no se tiene respuesta de todo ello, pero como se está dentro de los plazos legales, perfectamente podría solicitar más información al Consejo para la Transparencia a fin de que se hagan llegar todos los antecedentes al respecto. Asimismo, han solicitado conocer cuál ha sido el uso del bus.
Si el comodato ha significado realmente un ahorro para el municipio, aseguró que no podría responder porque esa información no la tiene en papel.
Insistió en que cuando el Concejo aprobó ese comodato, no tenía los antecedentes respecto de los $270 millones. Por ello, aseguró que si el Concejo hubiese visto o estado al tanto de esa situación, no habría aprobado dicho contrato. Obviamente, hoy está dentro de los márgenes legales que se apruebe un comodato a una organización social, debido a que no existe ningún tipo de lucro.
Sobre el conocimiento que el alcalde tenía de la situación, señaló que cualquier alcalde sabe lo que está pasando en su ciudad. El concejo cumple una labor fiscalizadora respecto de los actos del alcalde, según lo dispone la ley Orgánica de Municipalidades. Advirtió que los concejales hacen una labor fiscalizadora, pero, generalmente, como concejo, no manejan los proyectos que se ejecutan o realizan por parte del municipio. Eso va contemplado en el plan de obras o, en este caso, en el presupuesto municipal, que siempre es elaborado por el alcalde y que al Concejo le corresponde aprobar o rechazar. Por lo tanto, concluyó, respecto de que se levanten proyectos de organizaciones sociales, no cuestiona a nadie, pero generalmente se sabe lo que pasa en las ciudades. Opinó que, a su parecer, en este caso ninguno de los proyectos aprobados pasó por el municipio. De hecho, el Concejo no aprobó ningún tipo de proyecto para postularlo. Eso es lo que, quizá, habría que investigar un poco más.
Respecto del procedimiento, afirmó que cada organización postuló los proyectos al gobierno regional de manera directa; no pasaron por ningún tipo de procedimiento municipal, ni asesoría municipal. Es en este punto, sostuvo, donde pudo haberse perdido el hilo conductor de cómo se postularon, situación que habría generado este desconocimiento por parte de las autoridades de la comuna.
Nelson Contador , consejero regional por San Felipe .
Sostuvo que el análisis hecho al interior de la comisión ha concluido que se fueron facilitando las posibilidades de que este fraude se concretara, pues en el transcurso de los años, el señor Núñez pasó a ser un actor relevante en la toma de decisiones o en el sancionamiento de algunas iniciativas que los Core nunca conocieron. Ignora si por falta de conocimiento de cómo funciona el sistema o porque hay insuficiente información, resultó que ninguno tuvo acceso a los proyectos, pues los CORE revisan números, nombres, comunas, valores, pero, en definitiva, no vieron el proyecto presentado por Los Leones. No saben lo relativo al bus, pues el proyecto se ha presentado directamente a los organismos pertinentes. En el Consejo se sanciona lo que el intendente, mediante un oficio, les propone. De ahí hace una elección porque saben que todos esos proyectos están calificados técnicamente, cumplen con los requisitos de admisibilidad, que son las etapas normales de cualquier proyecto.
Jorge Arquero , División de Planificación de la Intendencia de Valparaíso.
Respondiendo una pregunta del diputado señor Urrutia, don Osvaldo , recordó que a raíz de la revisión de algunos antecedentes, rendiciones de proyectos, específicamente de la comuna de Quilpué, observó que había 2 o 3 que coincidían en la dirección, lo que le llamó la atención porque la mayoría de las instituciones siempre tienen un domicilio, pero que 2 o 3 tengan el mismo domicilio, es un tanto extraño. Relató que concurrió a dos calles muy parecidas, Platón y Urano , en Quilpué, que coincidían con el Colegio Los Leones. Se presentó en el lugar a constatar por qué razón esos tres proyectos tenían la misma dirección, incluido el colegio Los Leones, que también tenía un proyecto aprobado. Allí constató que, efectivamente, tres instituciones pertenecían al mismo colegio y posteriormente se confirmó que había una cuarta en la misma situación, información que no era sabida, por lo menos, en el área de Cultura que es de su competencia. Por lo tanto, concurrió al lugar, habló con el director e informó que iba a entregar un documento con la evaluación de las rendiciones que habían enviado y a la que le faltaban algunos antecedentes.
A su juicio, la situación era delicada, pues las mismas cuatro organizaciones estaban nuevamente postulando y en el pasado se habían adjudicado varios millones de pesos. Por ello, y como funcionario público, cumplió con informar a su jefe para que adoptara las precauciones pertinentes. Hasta ahí llegó su labor.
Ante una consulta del diputado señor Schilling sobre la evaluación del proyecto Video el Valor del Deporte, perteneciente al Club Deportivo Los Pinos por un total de $15 millones; del proyecto de Participación Copa Movistar 2011; del proyecto Participación y Preparación del Torneo Liga Las América ; y de la Copa Chile Liga Nacional de Básquetbol, el Sr. Arquero respondió que esos proyectos no le competían, porque pertenecen al área deportiva.
Refiriéndose al caso de Quilpué, señaló que le llamó la atención la coincidencia en la dirección. Las actividades culturales son diversas y muchas de ellas culminaban con un cóctel o un café al cierre, ya que las bases lo permitían. Algunos proyectos tenían que ver con visitas a lugares determinados. Aseguró que le parecía familiar el nombre de la señora Anita , pero como una actividad más, no como algo específico. Insistió en que en todos los proyectos se autorizaba a que se hiciera una inauguración o un cierre, pero algunos lo hacían y otros no. Muchas organizaciones hacían visitas, por ejemplo, a rutas patrimoniales o a lugares autóctonos, en donde se podía hacer un cóctel o una atención a los asistentes. Por ello se vieron obligados a establecer un porcentaje de cuánto se podía gastar en una clausura o inauguración, porque cuando hubo libre disponibilidad, había abusos. Ahora las bases establecen claramente ese porcentaje.
En relación con la duplicación de los costos de un año para otro en el proyecto del festival de Quilpué, materia observada por el diputado señor Urrutia, don Osvaldo , respondió que un festival podía costar cinco, diez, quince millones de pesos, eso no lo pueden definir. Podían traer a determinado artista que al año siguiente costara más caro o la estructura de sonido, amplificación o espacio en donde se iba a hacer, podría aumentar de un año para otro. La decisión del financiamiento no les corresponde. Si estaba justificado con lo que se iba a hacer y coincidía con el costo beneficio, entonces, el profesional que evaluaba le asignaba un puntaje.
En el caso del Colegio Los Leones, donde entre 2010 y 2013 se destinaron más de $205 millones para financiar actividades deportivas y culturales, relató que en su oportunidad, concurrió a la dirección del colegio, y le atendió la inspectora general, porque la directora no estaba, a quien le entregó un documento con las observaciones a la rendición que habían hecho. Eran tres organizaciones: una era el Colegio Los Leones, cuyo director es el representante legal. También había un presidente del Club Deportivo Los Pinos y del Club Deportivo Sol del Pacifico, cada uno de los cuales tenía un representante legal. Comentó que le llamó la atención que uno era el bibliotecario y el otro, un profesor. Sobre el Club Deportivo Los Pinos, reconoció que hasta hoy no sabe quién es el dueño o representante legal.
5) CASO IRREGULARES DE VALPARAÍSO Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
El memorando reservado del 4 de febrero, solicitado a requerimiento del intendente, señaló también que había otros proyectos del concurso de 2012, en que una organización, Valparaíso Joven , se había adjudicado tres proyectos, por la suma de $94.700.000.
El presidente de Valparaíso Joven era Claudio Uribe , quien había prestado servicios en la Intendencia hasta el 31 de diciembre de 2012, lo cual, desde luego, no era razonable. Los proyectos fueron:
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Se hizo también presente que “no se tuvo a la vista las respectivas cotizaciones, que sustenten los valores solicitados, además del proyecto Capacitación de los vecinos para la seguridad en los barrios de Viña, no se tuvo a la vista ningún antecedente.”
Esa previsación se había producido el 13 de septiembre de 2012, con el intendente subrogante, al igual que la de 17 de enero. Ambas fueron, probablemente, las únicas dos sesiones en que el intendente no presidió el Consejo Regional durante el año 2012.
El 4 de febrero, esto es, el mismo día que se recibió el informe de la Unidad de Auditoría, se dictó la Resolución Exenta Nº 170, que ordenó instruir sumario administrativo en contra de Sergio Núñez Sepúlveda , jefe de la División de Administración y Finanzas, por los hechos descritos en el memorándum de auditoría interna del Gobierno Regional. Ese mismo día se tomó declaración a Sergio Núñez y se le suspendió de sus funciones.
Un tercer elemento importante que mencionó el informe de auditoría del 4 de febrero fue que, a las organizaciones vinculadas con Sergio Núñez y aquellas relacionadas con Claudio Uribe , se adicionó que ningún proyecto relacionado con fondos para iniciativas de seguridad ciudadana, concurso verano 2013, contaba con la evaluación pertinente, ni se logró evidenciar la constitución de las respectivas comisiones de admisibilidad y de evaluación, en función de lo que establecen las respectivas bases y reglamentos que regulan el llamado a concurso de estos fondos.
Pocos días después, el 7 y 11 de febrero, el intendente se reunió con los jefes de bancada, les explicó la situación de Sergio Núñez y les observó que en la priorización efectuada el 17 de enero, en la que el Intendente estuvo ausente, se había priorizado proyectos a las mismas organizaciones cuestionadas en el informe de auditoría.
Consecuentemente, el 19 de febrero se dictó la Resolución Exenta N° 264, que ordenó corregir el procedimiento y resolvió constituir las comisiones de admisibilidad y evaluación técnica de los proyectos del tercer concurso de seguridad ciudadana y, evacuado el trámite, remitir los proyectos seleccionados al Consejo Regional para su ratificación o aprobación.
El 26 de febrero, la comisión especialmente designada para subsanar las omisiones del concurso de seguridad ciudadana emitió un informe, en cuya acta está lo resuelto en cuanto a la admisibilidad y también lo resuelto en cuanto a la evaluación, esto es, los puntajes de cada uno de los proyectos de seguridad ciudadana. .
El 28 de febrero se logró un acuerdo Core, que modificó el acuerdo del 17 de enero, donde se priorizaron todos estos proyectos y en que hubo una reducción importante en sumas y cantidades de proyectos de seguridad ciudadana. De los 29 proyectos aprobados el 17 de enero, el acuerdo Core los reduce a 14, dejando fuera 15 proyectos, con lo cual los montos se redujeron de $482.394.000, aprobados el 17 de enero, a $275.289.653, esto es, cerca de 50% menos. Observó que posteriormente hubo otras rebajas.
El 11 de marzo, el intendente despachó un memorándum y se reunió con el personal para informar el cambio de los fondos concursables, como consecuencia del plan de mejoras que venían de 2011. El memorándum fue dirigido a todos los funcionarios del Gobierno Regional y señaló: “Como es de su conocimiento, nos encontramos en un período de implementación del plan de mejoras que fuere diseñado con motivo del proceso de acreditación iniciado en el año 2011.
En este sentido, una de las líneas transversales de acción definida fue el diseño e implementación de un sistema de planificación estratégica institucional y de control de la gestión del Gobierno Regional.
En el marco del proceso de mejora continua y la implementación de la línea de acción transversal, se han ido ejecutando cambios en cuanto al quehacer de cada una de las divisiones de nuestro Gobierno Regional. De esta manera, en el mes de noviembre de 2012, la División de Planificación y Desarrollo se ha hecho cargo del proceso de preinversión del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, FNDR, y en el presente mes, la División de Análisis de Control y Gestión se hará cargo de todos los fondos concursables, esto es, fondo de cultura, deportes y seguridad ciudadana.”
El 25 de marzo, y dando cumplimiento a este instructivo, se dictaron las resoluciones que dispusieron traslados de personal a la División de Análisis de Control y Gestión de cinco personas, para que se hicieran cargo de los proyectos o concursos de cultura y deporte.
Entre abril y mayo de este año se comenzó a despachar cartas de cobranza a los proyectos sin rendir, advirtiendo que de no cumplir lo señalado, se permitiría hacer efectiva la garantía, inhabilitar a la organización en el próximo concurso, solicitar su eliminación del listado de instituciones receptoras de fondos públicos del Ministerio de Hacienda y notificar esta situación al Consejo de Defensa del Estado, para el ejercicio de las acciones judiciales que en su caso procedieran.
Agregó que nunca antes se había advertido ni se habían enviado los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para la cobranza correspondiente.
El 16 de abril se dictó la Resolución Exenta Nº 516, que sancionó a Sergio Núñez Sepúlveda , por el sumario iniciado el 4 de febrero, con suspensión del empleo por tres meses, es decir, la medida disciplinaria inmediatamente inferior a la destitución. Afirmó que como intendente tenía dos alternativas: una era la destitución, aunque el funcionario tenía en apariencia una conducta anterior irreprochable, y otra era aplicar la medida inmediatamente inferior, de suspensión por tres meses, con el objeto de pedirle la renuncia no voluntaria, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación, y asegurar que no volviera al Consejo Regional.
Aseveró que llegó al convencimiento que si se dictaba la medida de destitución, corría el riesgo que la Contraloría objetara algún problema de forma en la tramitación del sumario y hubiese tenido que reincorporarlo. De esta manera se aseguraba la nula posibilidad de retorno de Sergio Núñez al Gobierno Regional, y si había un error de procedimiento, lo corregiría la Contraloría y ordenaría la destitución, que fue lo que efectivamente ocurrió.
Sin embargo, observó, en esas 48 horas en que Núñez debía presentar su renuncia, se recibió un antecedente sosteniendo que el título profesional de ingeniero civil industrial, de la Universidad Santa María, exhibido por Sergio Núñez , era falsificado.
A través del Memorándum N° 143, la jefa de la División de Administración y Finanzas hizo llegar al intendente los antecedentes recibidos mediante Reservado desde la Sra. Paola Aliste Z, de la misma División; también los correos electrónicos relativos al certificado de título de la Universidad Técnica Federico Santa María, y en los cuales se acreditó la entrega del supuesto título profesional de ingeniero civil industrial a Sergio Núñez , y que sirvió de base para ser nombrado en el cargo de jefe de División. En los antecedentes se contó con la resolución de nombramiento, en consideración a su título de ingeniero civil industrial; la aceptación del cargo de parte de Sergio Núñez y el currículo donde se identifica a sí mismo como ingeniero civil industrial de la Universidad Técnica Federico Santa María.
Recordó que los nombramientos se presentan a la Contraloría, que revisa los documentos presentados por quien postula a la administración pública. En atención del conocimiento que se tenía de las autoridades de la Universidad Técnica Federico Santa María, el mismo día de la denuncia, se tenía certeza que se trataba de una falsificación.
Por tal razón, se dictó la Resolución Exenta N° 523, del intendente, que ordenó sumario administrativo en contra de Sergio Núñez, todo ello dentro de las 48 horas siguientes a la resolución del sumario anterior.
El 15 de mayo se interpuso la querella en contra de Núñez por los delitos de estafa y falsificación de instrumento público, contemplados en el artículo 470, número 8, y 194, del Código Penal, sin perjuicio de la calificación jurídica que hiciera el Ministerio Público.
El 12 de agosto se sancionó a Sergio Núñez con la medida disciplinaria de destitución, por haber faltado gravemente al principio de probidad en su calidad de autor de una conducta prohibida por el Estatuto Administrativo.
El 6 de junio el Consejo Regional despriorizó nuevamente proyectos por un monto de $203.421.630, en materia de seguridad ciudadana. Por lo tanto, de los 29 proyectos aprobados el 17 de enero, en la sesión en que el intendente rindió la cuenta pública, concluyeron 8 proyectos, y de $482.394.000 aprobados para proyectos de seguridad, se pasó a $71.868.000. Es decir, no se pagaron $410.526.000.
Además de esta rebaja, de $482 millones a $71 millones, hubo otras despriorizaciones de proyectos en otros ámbitos y momentos que en definitiva han supuesto el no pago de proyectos por $638.246.918 durante el 2013. Es una suma relevante si se considera que el total de proyectos pagados durante este año es de $1.621 millones.
Por tanto, prosiguió, se presentó la denuncia “por delitos de malversación y/o negociación incompatible, según lo previsto en los artículos 233 y 240 del Código Penal, sin perjuicio de la calificación jurídica que el tribunal determine en definitiva.”
El 14 de agosto se envió el oficio Ordinario N° 2084, del intendente a Enrique Vicente Molina , abogado, procurador fiscal, con un listado de proyectos para iniciar su cobranza judicial. Observó que nunca habían sido enviados los antecedentes a cobranza judicial por ningún intendente, por proyectos no rendidos de cultura, deporte o seguridad ciudadana, que en realidad existen desde esa administración.
El 26 de agosto se formuló la denuncia al Ministerio Público por el caso de Valparaíso Joven. Se hizo referencia en la denuncia que el 22 de julio se había presentado otra en contra del jefe de División, Sergio Núñez y se identificaron los proyectos:
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La denuncia señaló que los proyectos asignados a la organización Valparaíso Joven sumaban $134.700.000 y no habían sido rendidos, por lo que no existía certeza de su ejecución.
El 16 de septiembre se dictó una nueva resolución, acogiendo lo resuelto por Contraloría, que devolvió sin tramitar la suspensión por tres meses a Sergio Núñez . En esa nueva resolución en el sumario administrativo, se le destituye, aunque ya estaba destituido desde un mes antes en el otro sumario o en la falsificación del título profesional.
El 6 de noviembre, el Consejo de Defensa del Estado interpuso una querella en contra de Sergio Núñez Sepúlveda , Enrique Kittsteiner Yovanini , Claudio Uribe Jamen , César Mellado Muñoz, Juan Carlos Toledo de La Maza , Carlos Toledo Herrera y Marcos Iván Ramos Sierra , por la participación culpable en los delitos reiterados de malversación de caudales públicos, previsto y sancionado en el artículo 233, N° 3, del Código Penal, en calidad de autores y en grado de consumado, y en contra de todos aquellos que resulten responsables.
En general, precisó, Mellado , Toledo y Ramos, facilitaron facturas para la rendición de proyectos. Eso es lo que se pudo detectar.
Refiriéndose a Juan Carlos Toledo , precisó que fue una de las tres personas que le llevaron a formarme la convicción de que había irregularidad en el actuar de Enrique Kittsteiner. El almirante Toledo le señaló que había postulado a un proyecto, que luego entró en una especie de trámite de asignación directa, amparado en una institución llamada Valparaíso Joven y que, por lo tanto, tenía que facturar a dicha institución para justificar la asignación de recursos que se haría por esa vía. Desde luego, acotó, nada de eso existía. A Toledo le entregaron el dinero en efectivo.
Aseveró que exactamente la misma situación ocurrió con Puerto de Ideas, pues un representante de la organización fue contactado por Kittsteiner, indicándole que, a pesar de que no estaba en los listados oficiales, sería seleccionada por la vía de asignación directa, y se le depositaría en efectivo en su cuenta corriente.
Situación similar se produjo con el Círculo de la Prensa de Valparaíso, que había postulado a un proyecto por unos $9 millones. Dado que no aparecieron en los listados oficiales, Kittsteiner les señaló que postularan, pero por $13 millones más. Torpemente, acotó, lo hicieron por esa suma mayor, postulación que era inexistente, porque Valparaíso Joven era una especie de distribuidora de recursos.
Juan Carlos Toledo encontró raro lo que estaba pasando. Lo habían citado a declarar a la Policía de Investigaciones, donde le preguntaron por qué había facturado a Valparaíso Joven, a lo que respondió que lo hizo porque les había asesorado en un café en Valparaíso, situación que fue calificada por el Intendente como muy mala, porque era poco creíble. Asimismo, le advirtió que debía decir la verdad y para que lo hiciera se comprometió a conseguirle que fuera a declarar el 18 de septiembre a las 12 horas, con el fin de que no hubiera mayor publicidad. En ese momento estaba con personal de la PDI en la oficina. Sobre esos temas, aseguró, que fueron los que le llevaron a la convicción de que Kittsteiner había actuado dolosamente, lo enfrentó y le preguntó por el caso de Puerto de Ideas, con Toledo y su organización; por la razón de haberle depositado o entregado dinero en efectivo, que constituía una actuación completamente irregular. Kittsteiner respondió al intendente que Sergio Núñez lo había engañado, reconoció que era una mala explicación y, aunque probablemente no le creería, esa era la verdad. Sin embargo, aseguró el intendente, es imposible que haya sido así.
Respondiendo al diputado señor Cerda (20102014), señaló que Toledo estaba formalizado por algo menor, dado que cambió su declaración, pero la primera igual lo dejaba con un grado de compromiso, por haber señalado que había prestado servicios a esa organización, en un café de Valparaíso, por $8 millones, dineros con que se quedaba Valparaíso Joven , porque lo hacían con la misma figura que el Círculo de la Prensa de Valparaíso, es decir, más dinero del que les entregaban.
Osvaldo Maldonado , contador auditor del Gobierno Regional de Valparaíso.
Dentro del mismo contexto del caso de Quilpué, apareció en la muestra el análisis de una organización llamada Valparaíso Joven, que se adjudicó tres proyectos de Seguridad Ciudadana por $94.700.000, de los cuales no se tuvieron a la vista las respectivas cotizaciones que sustentaran la solicitud de esos valores. Esa situación irregular estaba relacionada los proyectos:
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Junto con lo anterior, señaló, se pudo evidenciar que ningún proyecto relacionado con los fondos para iniciativa de Seguridad Ciudadana, concurso de verano 2013, contaba con la evaluación pertinente, ni se logró evidenciar la constitución de las respectivas comisiones de admisibilidad y de evaluación, en función de lo que establecen las respectivas bases y reglamento que regulan el llamado a concursos de estos fondos.
Junto con esos proyectos de Seguridad Ciudadana, la Unidad de Auditoría comprobó que había sido adjudicado un proyecto de Deportes, denominado “Campeonato Intervecinal de Fútbol”, por $40 millones. El total de este caso engloba la suma de $134.700.000.
Precisó que se evidenció esas irregularidades principalmente a través del proceso de revisión de las rendiciones de cuentas. Esa organización presentó el set de rendición de cuentas de esos proyectos con fecha 3 de junio y la Unidad de Auditoría Interna, entre el 7 y el 12 de junio de 2013, le hizo llegar a la organización las observaciones a la rendición presentada, las que consistían en la falta de acreditación de los beneficiarios, la no acreditación de los servicios prestados por los proveedores individualizados en la rendición de cuentas y que la documentación tributaria que presentaba en la rendición era extemporánea, entre otros antecedentes. Esta situación llevó a que los antecedentes fueran derivados al Consejo de Defensa del Estado, con la respectiva denuncia al Ministerio Público.
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Precisó que en el caso de la investigación en la cual está imputado, puede señalar que las dos instituciones que aparecen vinculadas, esto es, Valparaíso Puerto de Ideas y Concierto de Verano de Reñaca o Corporación de Reñaca (Centro Cultural Arte y Música de Reñaca), dicen relación con la familia Toledo, a la que el intendente quiso apoyar. Esas instituciones pidieron audiencia con el intendente, durante la cual fue llamado para estudiar la forma de incorporarlas en el concurso y ser beneficiarias de los fondos que solicitaban. En particular, en el caso de Puerto de Ideas, recordó haber estado en una reunión con el intendente regional y algunos representantes o funcionarios, como Chantal Signorio y Fernando Eluchans , en la que el intendente dio la instrucción de apoyarla.
Aseveró que Puerto de Ideas siempre ha sido una institución del mayor interés para el intendente. Al año siguiente, en 2013, también fue beneficiada a través de un concurso de seguridad ciudadana. En el caso de los señores Toledo y Conciertos Musicales de Reñaca , también era una institución ligada al intendente, e incluso antes de estar en el Gobierno Regional, dos o tres veces habían ganado el concurso o se les había asignado. Con posterioridad, el 2013, nuevamente se le adjudican fondos.
La labor que le correspondió hacer con estas instituciones fue la misma que hizo con muchas, es decir, asesorarlos, recibirlos, atenderlos, gestionar los apoyos con los consejeros regionales, lo mismo que se hizo, ejemplificó, para que se aprobara el PREMVAL, casi de manera unánime, y los estadios para Valparaíso y Viña del Mar.
Agregó que en algún minuto el intendente no tuvo capacidad en sus cuotas para cultura, que eran para Puerto Ideas y Temporada Musical de Reñaca, de manera que para apoyarlos, debió recurrirse a su cuota para seguridad ciudadana.
Recordó que a Puerto Ideas se adjudicó, dos veces, montos de $15 millones cada uno; a la Cámara Regional de Comercio, en 2012, se le adjudicó un fondo de $30 millones para un consejo anual que organizan en el casino de Viña del Mar, financiado con recursos que se supone son para organizaciones de escasos recursos.
Respondiendo una pregunta del diputado señor Squella acerca de las instrucciones recibidas del Intendente para apoyar determinados proyectos, reiteró que en una reunión les presentaron las organizaciones, a las que ayudaron en cómo formular los proyectos y les describieron cómo operaba el sistema. Señaló que posteriormente hubo una reunión entre el intendente, los jefes de División y el propio Kittsteiner , donde se le hizo un resumen de la capacidad de sus cuotas para apoyar proyectos; es decir, en qué condiciones estaba para patrocinar uno, otro o varios en general.
Como resultado, quien en ese momento llevaba las cuotas, Sergio Núñez , informó al intendente que no tenía capacidad en su área de Cultura, por lo que esos proyectos no podían ser patrocinados. Pero dado que era del mayor interés de que sí lo fueran, surgió la propuesta de parte del jefe de la División que postularan a través del fondo de Seguridad Ciudadana. Tras ello, continuó, el propio Kittsteiner fue encomendado para conversar con las organizaciones interesadas, informarles de esa situación y entregarle los antecedentes, formularios y las formas para que prepararan el proyecto, de acuerdo con los cánones que establece el concurso de Seguridad Ciudadana.
Relató que trascurrida cerca de una semana, tuvo otra reunión solicitada por Puerto de Ideas, en la que le mencionaron que les era imposible desarrollar un proyecto de Seguridad Ciudadana porque no tenían la expertise para ello.
Luego de informar al intendente de la situación, este señaló que había que determinar una forma de apoyar a esa institución. Con posterioridad fueron informados por el jefe de la División, quien tenía a cargo las cuotas, de que la posibilidad de apoyo a estas instituciones se había consensuado y que sería la institución Valparaíso Joven, que ya estaba postulando, que dentro de los recursos que obtendría, pudiera patrocinar y disponer de fondos para estas instituciones. Ello, bajo la forma de transferirle los recursos y que estas instituciones, como consecuencia de las actividades realizadas, rindieran a Valparaíso Joven las facturas, entidad que posteriormente rendiría al Gobierno Regional.
Respecto de una pregunta del diputado señor Godoy acerca de su relación con César Mellado, aseveró que, efectivamente, a Mellado se le pidieron facturas pues cuando se supo que Valparaíso Joven no había rendido, o había rendido incompletamente, el intendente fue citado a Santiago a una reunión en el Ministerio del Interior. A su regreso de esa reunión, en la que fue apercibido al cumplimiento, o que hiciera cumplir los compromisos, se exigió a Kittsteiner que empezara a presionar a Valparaíso Joven para que rindiera, lo que ocurrió prácticamente todos los días.
Ante esa situación, prosiguió, en su rol de asesor, y dado que estaba permanentemente siendo requerido, se habló con Mellado para efectos de poder calzar. Eso es absolutamente independiente de los dineros, porque ahí también, ni el intendente ni Kittsteiner, ni nadie más tuvo participación en la recepción de esos fondos, que fueron íntegramente recibidos por la organización.
Solo se le pidió a esa organización que pudiera pagar a las dos instituciones, lo que le consta que así fue, porque habían solicitado el patrocinio del intendente. Nada más, el resto, ninguno tuvo acceso a esos fondos.
Agregó que se financiaron $68 millones en clínicas de tenis, cuando todos sabían que eso iba para el ATP de Viña del Mar, organizado por la familia Fillol . Sostuvo que la rendición de fondos de ese proyecto está observada por la contraloría interna del gobierno regional, y los consejeros regionales reclamaron que a las clínicas de tenis no asistieron más de siete niños.
En otro tema, señaló que dentro de las priorizaciones con cargo al fondo del intendente existen proyectos que postulaba su hermano, el concejal por Viña del Mar Andrés Celis . Sostuvo que mientras estuvo en la Intendencia, siempre, en todo concurso, tres o cuatro proyectos patrocinados por el concejal Celis, fueron aprobados bajo esa fórmula. En ese caso, su secretaria, Marcia Oyarzún , hablaba directamente con el intendente o su asesor, o bien dejaba alguna carta.
Recordó que en una oportunidad, fue imposible incorporar los proyectos del concejal en un concurso, porque no había capacidad. Pero eso significó un reclamo formal, por escrito, que también obra en el proceso, en que la secretaria, en nombre del concejal, se quejaba de que estos proyectos no hubieran sido incorporados, por estar vinculados a la campaña del concejal Celis.
A Alfredo Larreta declaró conocerlo porque es un periodista muy conocido en la zona, pero lo conoció personalmente a propósito de un requerimiento que se le hizo al intendente, en términos de poder ayudar al Círculo de la Prensa que estaba en ese momento con algunos problemas. Posteriormente, el intendente recibió a la directiva del Círculo porque ellos estaban con problemas de plata y tenían riesgo de que su sede fuera rematada por contribuciones. Como el intendente no maneja recursos, les propuso que armaran un proyecto para postularlo al Fondo de Cultura o al Fondo de Seguridad Ciudadana, según fuera la capacidad que él tuviera en sus cuotas y a través de esa forma los podía ayudar. En el fondo, que hicieran el proyecto y les quedarían algunos fondos extras para pagar las contribuciones y así salvar la sede.
Respecto de un monto de $8 millones que, preguntó la diputada señora Molina , Kittsteiner habría recibido del señor Toledo , aseguró que jamás tuvo acceso a esos dineros, tal como se ha señalado en la investigación. Agregó que Valparaíso Joven, no le pertenece, que no participó, no asignó, ni aprobó nada. Reconoció que solamente solicitó que se apoyara a algunas organizaciones del intendente que no tenían capacidad en ese minuto para poder ser cubiertas con su cuota, lo que calificó ahora como un error. Por lo tanto, insistió, los $8 millones al señor Toledo llegaron directamente a la organización Valparaíso Joven , tal como le llegaron directamente a Puerto Ideas.
Asimismo, manifestó que su supuesta recepción de $13 millones es absolutamente falsa. Lo único que está en el expediente es un cheque de $13 millones que está girado por Alfredo Larreta y cobrado por Claudio Uribe . Todas las imputaciones que se han hecho en la causa penal son de oídas, pues nadie tiene algo concreto.
Con respecto al Círculo de la Prensa, relató que postuló de manera independiente y se ganaron el concurso en forma directa. Postuló dos veces e hicieron dos revistas, una por seguridad ciudadana y otra por cultura. En ambos casos se hizo para lograr el mismo objetivo, sustentar el pago de las contribuciones del Círculo. No es que el proyecto estuviera inflado, sino que quienes intervenían ayudando a hacer la revista, todos profesionales, emitían una boleta de honorarios, pero no lo cobraban, de tal forma que el honorario que les correspondía era destinado a pagar las contribuciones para así salvar la institución.
Informe del Gobierno Regional de Valparaíso.
Mediante el Oficio Ordinario N° 1495, del 04/02/2014, el Intendente Regional(S), José Pedro Núñez Barruel , y posteriormente a través del Ordinario N° 31/1/2/1087, de 27/03/2014, del Intendente Regional Ricardo Bravo Oliva, se envió nómina de proyectos asignados a las organizaciones Arte Joven, Programa Puerto Ideas y Arte y Música de Reñaca.
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Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Respecto del caso de La Calera, mencionó que el 30 de julio se recibió una denuncia de Luis García Lobos, presidente comunal de La Calera, del Partido Socialista, quien en una carta muy breve señaló: “Frente a la columna de opinión de fecha 05 de julio de 2012, suscrita por el señor Claudio Heine , director y dueño del Semanario ‘Impacto’, medio de comunicación local, referida al supuesto mal uso de fondos fiscales, y en particular a los Fondos del 2% de Cultura y Deportes del Gobierno Regional, y en alusión a autoridades socialistas del propio consejo regional, viene en solicitar a usted investigar el uso de los mencionados fondos públicos, toda vez que se mencionan en forma indirecta a autoridades provinciales y comunales del Partido Socialista; si bien no se dan nombres, la descripción que hacen se encaja en forma perfecta con autoridades y militantes del Partido Socialista.”
Una denuncia muy similar habían interpuesto en la Contraloría Regional de Valparaíso, razón por la que ese órgano fiscalizador solicitó a la Intendencia que despachara toda la información disponible en relación con la denuncia recibida del Partido Socialista, lo que se hizo mediante Memorándum N° 31, del 14 de septiembre de 2012, en el que se remitió antecedentes de seis proyectos de Cultura y Deporte, relacionados, entre otros, con el Centro Cultural Rucamanqui.
Al entregar los antecedentes a la Contraloría la Intendencia quedó inhibida de avanzar en la investigación, porque no contaba con la información. Por su parte, la Contraloría emitió su informe , fechado el 13 de diciembre de 2012, y dentro de las conclusiones, la más relevante es la N° 2, que señaló: “Dictar y remitir a este Organismo Fiscalizador en un plazo de 20 días hábiles contados desde la fecha de recepción del presente informe, el acto administrativo que da inicio al proceso disciplinario con el fin de determinar las responsabilidades administrativas de los funcionarios que con su actuar u omisión permitieron la ocurrencia de los hechos descritos en el numeral 2, letra b), del presente documento.”
Esto es, aseguró, una aparente reevaluación de proyectos que estaban mal calificados y que subieron su nota. Tras recibir ese informe, y después de algunas conversaciones con quienes habían formulado la denuncia, el intendente solicitó instruir una investigación o auditoría interna porque los denunciantes manifestaron no haber quedado del todo conforme con lo resuelto por Contraloría.
La Unidad de Auditoría Interna determinó, por Memorándum de fecha 30 de abril dirigido al intendente regional, que se detectaron eventuales irregularidades en las rendiciones presentadas por las siguientes organizaciones:
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De la revisión de los citados proyectos, que sumaron $57.900.000, se evidenció que había solo 3 proveedores y una persona natural, uno de ellos Genes, justificando el 80% de los gastos por $46.800.000.
Se agregó en ese informe de memorándum de auditoría interna que de la revisión de los antecedentes se pudo constatar que “podría existir un sobreprecio en gastos de producción que no son inherentes a la organización de la actividad, toda vez que estas debieron ser contratadas directamente por los organizadores. A fin de verificar el valor de la contratación con el precio de mercado, se procedió al análisis del proyecto ‘Jornada Recreativa´, adjudicado al Club Adulto Mayor de la Eterna Juventud´. El citado proyecto se efectuó en el ´Centro de Eventos Doña Anita´, donde se realizaron todos los proyectos mencionados en el cuadro resumen, y tuvo un costo de $400.000 para 25 personas, lo que da un valor unitario de $16.000 por persona.
La misma actividad, en el mismo ´Centro de Eventos Doña Anita´, aparece facturada o subcontratada a una empresa Genes, por un total de $9.000.000, para 164 personas, lo que da un precio unitario de $54.878, sin que se advierta la necesidad de subcontratar a esta empresa intermediaria que aumentó significativamente la realización de la actividad, lo que resulta contrario al buen uso de los medios o recursos públicos.”
Subrayó en que son $54.878 contra $16 mil, en la medida en que hubiesen asistido las personas, pero se tiene bastante acreditado que quienes dicen haber asistido a la actividad, en su mayoría no lo hicieron. Por lo tanto, el precio no es de $54 mil, sino que bastante más, y además asistieron a una actividad distinta de la que se señala como adjudicada, con un espíritu distinto.
Sostuvo el intendente que los sobreprecios detectados en el proyecto precedentemente referido se observaron en todos los identificados en el cuadro resumen.
Se informó también que la Productora Genes es una empresa individual de responsabilidad limitada, cuyo propietario es Luis Vásquez Aguillón , como consta en las facturas tenidas a la vista, funcionario público de Gendarmería, según los registros de transparencia del Servicio señalado.
En consideración a lo anterior, se ordenó instruir un sumario administrativo fundado no solamente en lo que había resuelto la Contraloría General de la República, sino también teniendo como sustento este oficio de auditoría, que ratificaba las denuncias que habían hecho miembros del Partido Socialista.
Luego, continuó, durante la tramitación del sumario se remitió a la Fiscalía, el 27 de noviembre de 2013, y con posterioridad, el 4 de diciembre, también a la seremi de Justicia para investigar eventuales responsabilidades de Luis Vásquez Aguillón , funcionario de Gendarmería, por los antecedentes que referidos los sobreprecios.
Osvaldo Maldonado , contador auditor del Gobierno Regional de Valparaíso.
Relató que con fecha 30 de abril de 2013, mediante Memorándum Reservado N° 16, se dio cuenta al intendente de cierta irregularidad administrativa relacionada con un set de proyectos de las organizaciones:
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La eventual irregularidad administrativa consistía en que se observaba un común denominador en las rendiciones de cuentas presentadas. Observó que aparecían:
CET, Centro de Educación y Trabajo Camino La Pólvora, de Gendarmería de Chile
FISH CAMP
Luis Antonio Vásquez Aguillón , Asesoría, Consultoría Empresarial Comercialización e Inversiones, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Genes
Una prestadora de servicios a honorarios
Resaltó que la distribución de los montos que lograron evidenciar dentro de la rendición de cuentas indicó que de esos $57 millones 900 mil, el 80% fue ejecutado por la Consultora Genes y el 14% por una prestadora de servicios a honorarios.
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Al análisis anterior se agregó un proyecto de Seguridad Ciudadana de la organización Recrearte, denominado “Recuperando Espacios y Fortaleciendo el Control Social”, por la suma de $28.000.000, cuya rendición de cuentas se presentaba de forma similar en términos de proveedores. En resumen, aseguró, entre 2011 y 2012 esas cuatro organizaciones fueron beneficiadas con siete proyectos por la suma de $85.900.000.
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Un cuadro de la rendición de cuentas permitió observar que la consultora Genes acreditó con facturas una ejecución de 74% en términos de montos, equivalente a $63.400.000.
Claudio Heine , Director del Diario el Impacto de la Calera.
Respecto de los proyectos, en un comienzo les llamó la atención el enorme gasto que se originó en la publicación del 5 de julio, principalmente, por la orquestación que se hizo en las primarias por algunos candidatos para optar a un cargo y ejercer algún grado de influencia sobre mucha gente que invitaron a Olmué.
Relató que obtuvieron la información que al grupo folclórico Danzas de mi Tierra le había llegado la asignación de un proyecto, pero que se sorprendieron por el monto, porque aunque al principio solo le asignarían $400 mil, el proyecto aprobado fue por alrededor de $8 millones. Al contar con la confirmación de Rosa Navia , en el diario decidieron investigar más a fondo el tema.
Prosiguió señalando que después de esa publicación, el presidente del Partido Socialista de La Calera fue a increparle por lo que había publicado. Sin embargo, pasado el tiempo, en noviembre del mismo año, fueron a felicitarle los cuatro presidentes del Partido Socialista de la zona, porque lo que se había publicado era cierto. Posteriormente, continuó, llegó el informe de la Contraloría Regional en el cual ya se definía que había, a lo menos, irregularidades graves en las asignaciones y malversación de fondos de estos proyectos. Agregó que los proyectos son muchos y variados, pero en todos, el denominador común era el actual diputado electo Urízar , en relación a que él era quien gestaba los proyectos al interior del Consejo Regional, como CORE en ese entonces.
Ante una consulta del diputado señor Cerda (20102014), afirmó que investigaron en relación con las visitas a Olmué en las elecciones primarias. Ello está relacionado con el candidato, en ese entonces, a alcalde, actual concejal Lautaro Correa , de La Calera. En esa investigación, relató, encontraron varias anomalías con una organización llamada Rucamanqui , que era dirigida por el hijo del concejal y por la señora que, posteriormente, también fue candidata al CORE. Entonces, aseveró, había una asociación e irregularidades en cuanto al manejo de dineros.
Además, continuó, llamó mucho la atención en la comuna la campaña política del actual concejal Correa , porque fue muy millonaria; de hecho, la inauguró un grupo musical bastante caro, Los Viking’s 5.
Aseguró que muchas personas fueron invitadas a pasar un día de campo a Olmué, donde se les daba almuerzo, tenían derecho a piscina, y al final del día siempre aparecía el candidato Urízar y los candidatos a alcalde. Eso se repitió, también, en el período en que fueron candidatos a concejales, seguían los viajes a Olmué, con mucha gente que acudía invitada por esas mismas personas.
En relación con la propiedad de la organización Rucamanqui , el Sr. Heine señaló que en el informe de Contraloría que les llega a los denunciantes Heilig y García , aparecen varias asignaciones a esa agrupación, que es presidida por el hijo de Lautaro Correa y cuya secretaria era la esposa de Correa.
Agregó que actualmente están indagando unas asignaciones del Consejo Regional, anteriores a los plazos de la Comisión Investigadora, relacionados con varios proyectos entregados al colegio en que Lautaro Correa ejerce como profesor y del que, eso lo están averiguando, es copropietario. Son asignaciones entregadas al centro de padres de ese mismo colegio.
Luis García Lobos , Secretario Político Partido Socialista de La Calera.
Relató que presentó la solicitud, junto con el compañero Heilig , a la Contraloría Regional, la que respondió iniciando una investigación. Pero quien no lo hizo nunca fue Antonio Ayala Abarca, presidente de la Comisión de Control, Gestión y Fiscalización del Gobierno Regional, a pesar de que como ciudadano aseguró tener derecho a saber y de que la ley establece 72 días para responder.
Indicó que el informe de la Contraloría Regional observó que había evasión tributaria, pues se emiten facturas exentas de Gendarmería de Chile, y que un comité habitacional había obtenido $10 millones de recursos que son para el deporte. Afirmó que en una entrevista le habrían indicado que esos recursos se gastaron paseando. Hoy el comité habitacional no existe y quien lo encabezó en ese tiempo era el señor Martínez , quien es contador de Urízar.
Así llegaron a un grupo de Nogales, RecreArte, al que se le asignaron $50 millones en menos de un año, por tres proyectos: uno de cultura, uno de deporte y uno de seguridad ciudadana. Esto fue el 29 de septiembre de 2012.
Esos hechos les habrían demostrado que tenían razón en sus dudas, porque otras instituciones les solicitaban presentar los proyectos y, cuando lograban algunos, se adjudicaban $ 400 mil.
Señaló que las bases de todos esos concursos tienen cantidades mínimas y máximas. La mayoría recibe entre $400 mil y $4 millones. Agregó que pretenden presentar evidencias para concluir que esos recursos se usaron en campañas políticas.
En todo caso, y por información de la Contraloría Regional, muchos de estos proyectos fueron rechazados y reevaluados inmediatamente, lo que no estaba permitido, porque salía de las bases. Agregó que en ese informe se dice que no pueden haber facturas exentas, de acuerdo al artículo Nº 825, del Ministerio de Hacienda, sobre ventas y servicios, mientras que este caso se presentaron facturas exentas, todas de Gendarmería de Chile, y coincidentemente, todas son para pendones, lienzos, invitaciones, copas, galvanos y diplomas.
Mostró imágenes de un consejero regional con candidatos a concejales de diferentes zonas del distrito, todos los cuales fueron a Olmué. Recordó que en el lanzamiento de una campaña contrataron a los Viking’s 5, que cobrarían sobre $6 millones, cuando un concejal gana
$ 400 mil. En otra invitación, en la etapa de primarias, llegaron 10 micros y estaba la plana mayor de Valparaíso. Exhibió también una foto de un cumpleaños en Olmué y donde se puede ver el logotipo del Gobierno Regional. En otra imagen, correspondiente a Pro Tiltil, aparece la misma gente en diferentes actividades, el contador y el señor Urízar .
En otra diapositiva de Olmué identificó al señor Martínez , a Urízar, al contador, que trabaja desde los tiempos de Nucom (2001), Lautaro Correa , Anabalón , una señora de Hijuelas.
Acotó que Nucom es una empresa que en la región estafó al Fisco y que tenía acceso fácil y rápido para entrar al FOSIS; su rubro era la venta de piezas de computadores y pertenecía a Urízar y a Noceti. Obtuvo contratos por varios millones, cuando Urízar era gobernador de Petorca.
En otra fotografía identificó a Lautaro Correa y su familia: la nieta, la esposa, la hija y el hijo. Y reconoció también a Josué Godoy. En una imagen en la Cruz identificó al señor Ruz , la concejala de La Cruz, Urízar y a Luis Vásquez Aguillón , presidente de la ANEF y exjefe de Finanzas del Regional. Agregó que hay fotos de Quintero, La Ligua, Limache , Nogales, todo lo cual, más que una sospecha, le concedería la certeza de que los recursos fueron mal usados. Aseguró conocer cuánto vale una campaña y que cuando un candidato tiene más del
90% de toda la propaganda que hay en la calle de un distrito, es porque gastó mucho. Insistió en que el 90% de los papeles y letreros de La Calera, Hijuelas, Nogales , Quintero y La Ligua pertenecían a un candidato, Urízar .
Insistió luego en la necesidad de llegar a la justicia, porque en la política, la ética y la transparencia no tienen partido, tienen gente decente. Agregó que no puede ser que una institución obtenga $50 millones y otras no dispongan de nada. Hay centros de madres que postulan y, como mucho, les llega una cocina o un refrigerador; sin embargo, en el listado hay centros de madres marcados que sacan entre $7 y $8 millones.
Ante una consulta del diputado señor Cerda (20102014) sobre Luis Vásquez , sostuvo que trabaja en Gendarmería de Chile. Añadió que Vásquez conseguía las facturas, pues era presidente de la ANEF. Aseguró que la gente que invitaban a Olmué era inscrita en el partido sin que lo supieran; por ejemplo, algunos aparecen en el PRO.
Respondiendo una pregunta del diputado señor Schilling acerca del proceso de adjudicación en el Gobierno regional, respondió que todo comenzaba haciéndole ofrecimientos a la gente. Ejemplificó que donde Rosa Navia llegaron Lautaro Correa , Luis Vásquez y Urízar a ofrecerle un proyecto por $400 mil. Relató que la llevaron a un ciber, sacaron el documento y firmó y que ella se llevó una sorpresa cuando le avisaron que tenía un proyecto para su grupo folclórico por $8 millones. La señora Navia los retiró, y luego le quitaron la diferencia. Eso está en el sumario de la Intendencia.
Insistió en que todo lo inventaban haciendo proyectos. Observó que todos ellos tienen más o menos orígenes en limpiar algo, no podían ser más que $10 millones, con una sola factura, se le entrega a una empresa y después no se sabe qué entidad lo ejecutó.
Acusó luego que a la organización Centro Juvenil Urbano se le asignaron nuevamente recursos, sin haber rendido los dineros anteriores.
Ante una consulta del diputado señor Cerda (20102014) sobre la organización de La Calera llamada My Dream House, señaló que se trata de un comité habitacional que obtuvo fondos tres veces y en corto plazo. Primero, en 2012, por un proyecto de $10 millones; el
2009, por un proyecto de $1,5 millones para el proyecto “Caminata Deportiva y Recreativa”, que nadie sabe cuándo ni dónde se hizo. Agregó que hubo otro proyecto también el 2009, por $1,7 millones llamado “Documental sobre el desarrollo histórico, sus tradiciones y verdadera identidad del calerano”.
El representante de ese comité es Cristián Martínez Millón , el contador de Urízar. Mencionó luego otros proyectos, como “Recrearte”, por $50 millones en menos de un año y la esposa de ese beneficiario, por un centro de madre, se llevó $7.900.000. “Recrearte” se adjudicó 3 proyectos:
8 de septiembre de 2011, $10 millones para el programa “Fortaleciendo las actividades recreacionales deportivas con adultos de la provincia de Quillota. Recrearte es mejor calidad de vida”.
9 de enero de 2012, $12 millones para el proyecto “Deportes y entretención saludables para el corazón”.
28 de septiembre de 2012, son favorecidos con $28 millones para un proyecto de Seguridad Ciudadana.
Precisó luego que la Contraloría Regional le había informado que los fondos para deportes debían destinarse a la formación para el deporte, competencias deportivas, deporte recreativo, capacitación y perfeccionamiento de las personas que forman parte de la organización deportiva, y deporte de alto rendimiento; pero en ninguna parte dice que pueden llevar gente a comer a Olmué.
Julio Trigo Araya , ex Gobernador de Petorca.
Presentó un cuadro con las asignaciones entregadas a los proyectos de La Calera y Nogales: Al Centro Cultural Rucamanqui, cuyo presidente es hijo del concejal Lautaro Correa , y su secretaria cónyuge del mismo concejal, se le asignaron $18 millones.
Al proyecto “My dream house”, $10 millones. Recordó que su presidente es el contador personal de Christian Urízar. Y a RecreArte, de Nogales, $50 millones.
Observó que el común denominador de todo esto es el consejero regional de la provincia de Quillota y jefe de Inversiones del Consejo Regional. Por ello, insistió, es lógico cuestionarse la desidia para fiscalizar cómo se invierten y gastan los recursos fiscales. Por lo demás, subrayó, la única función de los consejeros regionales es fiscalizar, no andar repartiendo dineros por las regiones ni por las provincias.
Enseguida mostró una serie de imágenes con la invitación de Rucamanqui a Olmué, la invitación para el candidato a alcalde, en las primarias, Lautaro Correa , actual concejal de La Calera, con la frase “Felices de compartir con nuestros vecinos. Concejal de NogalesEl Melón Josué Godoy , y Christian Urízar , consejero regional. Marzo de 2012”.
Concluyó que en esas actividades hubo una intencionalidad absoluta para guiar y formar liderazgos políticos con recursos del Estado, lo que calificó de impresentable, independiente del partido al que pertenezcan los responsables, porque el valor de la probidad y el valor de cuidar los recursos fiscales, tiene que ser fundamento y pilar de cualquier partido político.
Luego mostró la carta enviada al Intendente, de fecha 31 de julio de 2012, en que se le solicitó que se pronunciara respecto de lo publicado: “El Impacto”. Sin embargo, agregó, hasta la fecha, el intendente aún no nos responde.
Se refirió luego a una entrevista al diputado electo Urízar , donde señaló que todo se hizo en el margen de lo permitido y que es común y usual hacer campañas políticas con dineros del Estado.
Acusó directamente a Christian Urízar como responsable político de todo lo que ha ocurrido. Afirmó que los tribunales de justicia determinarán las sanciones de los ilícitos, pero consideró que no puede ser que en cada administración de la Intendencia de la Quinta Región tengamos que presenciar fraudes. Sostuvo que existen maquinarias instaladas al interior de la Intendencia, desde el piso uno hasta el 19, que están mal acostumbradas y piensan que los recursos fiscales, de los más pobres, están para su uso personal o para financiar campañas políticas.
Walter Heilig Soto , Coordinador de la Nueva Izquierda P.S de Quillota.
Manifestó que en la denuncia se mencionan dos elementos que le tienen preocupado en cuanto a la actuación de la Intendencia y de la Gobernación. Una de ellas apunta al caso de la Agrupación Rucamanqui, que se adjudicó varios proyectos cuando su representante legal, hijo de Lautaro Correa , estaba siendo formalizado y después condenado por tráfico de drogas. La otra es que repetitivamente aparecen en las fotos muchos funcionarios de planta de la Intendencia involucrados en estos hechos.
Indicó que le extraña que cuando se habla de fraude al Fisco de los concejales electos y de asociación ilícita, se afirme que esta gente no solo lo ejecutaba, sino que prácticamente lo fomentaba. Ejemplificó que en su comuna hay vecinas que se jactaban de que habían ido ocho veces a Olmué, pero en las elecciones primarias se encontraron que estaban inscritas en el PRO, situación en que acusó directamente al concejal Josué Godoy .
Afirmó que cuando se sindica a la Intendencia como parte política responsable, se convence que existen responsabilidades directas de personas, entre ellas, Christian Urízar , aunque del resto de los CORE prefirió no pronunciarse.
Relató que Christian Urízar , en calidad de consejero regional, citó a una reunión de trabajo a los cinco presidentes de las comunas de la provincia de Quillota, a la que asistieron algunos candidatos a concejal y concejales del PS. En ese momento, los cinco presidentes cuestionaban a Urízar, porque no le reconocían como presidente regional. Continuó relatando que Christian Urízar les ofreció proyectos FNDR y les afirmó que, en su calidad de CORE podía designar a los candidatos a concejales del Partido Socialista en el distrito 10 o en la provincia de Quillota. Eso le hace pensar, concluyó, que Urízar utilizó el cargo de CORE para fines políticos.
Recordó que cuando el presidente del grupo Rucamanqui es detenido por tráfico de drogas, el consejero regional Urízar no lo informó y defendió que, incluso después de condenado, podía seguir militando. Por lo tanto, aseveró, nos encontramos ante lo que denominó asociación ilícita, es decir, una protección a ciertos militantes, lo que, también, se puede observar en el actuar de ciertos funcionarios de la Intendencia.
Eduardo Martínez , alcalde de la Municipalidad de La Calera.
Se refirió a los recursos asignados al proyecto Danzas de Mi Tierra, organización que depende de la escuela municipal Las Acacias, relatando que de la misma forma en que se han enumerado los otros casos, Rosa Navia , encargada de ese grupo folklórico, fue contactada por un concejal, sin conocimiento del municipio, para postular a los recursos del 2%. Efectivamente, prosiguió, lograron los recursos, pero luego de ello el mismo concejal con dos personas más se acercaron a Rosa Navia y le informaron que debía traspasar los recursos a otra organización y solo quedarse con una décima parte del total del dinero. Afortunadamente, para no cometer delito, y por ser funcionaria municipal del Departamento de Educación, Rosa Navia se presentó en la oficina del alcalde para preguntar si eso era correcto y la respuesta fue que no lo era, que no podía entregar ni un peso, que solo ella podía ejecutar los recursos y que se debía poner en contacto con el Gobierno Regional para definir cómo terminaría el proyecto.
Por lo tanto, agregó, desde el punto de vista práctico, no hubo delito de parte del municipio de La Calera ni de Rosa Navia.
De las instituciones involucradas en los casos que estudia la Comisión, ninguna tenía vinculación con el municipio, todas son independientes y se ignora si gastaron bien o mal los recursos. Sin embargo, continuó, como municipio han postulado paralelamente año tras año a proyectos importantes por montos de $40 millones para habilitar todo el deporte en la comuna de La Calera y no han conseguido nada. Entonces, advirtió, en la prensa se publica que hay 10 proyectos aprobados para La Calera a organizaciones de las cuales solo se conocen algunas y la municipalidad no tiene cómo desarrollar su programa de deporte. Eso preocupa y sería bueno que la Comisión tenga a bien estudiar estos datos para ver cómo se distribuye el 2%, que es lo que en algún momento se puede cuestionar y facilitar que se produzcan irregularidades.
En cuanto a la forma de gastar los recursos, señaló que cuando Danzas de mi Tierra ganó
$8 millones fue una buena noticia, porque ellos necesitaban equipaje, vestimentas y otros elementos para mejorar su presentación. Sin embargo, añadió lo que se hizo en vez de ello fue llevar a adultos a comer a un restaurant de Olmué, situación que calificó de gravísima. Agregó que, afortunadamente, eso se pudo detener, pero es ofensiva toda la situación.
Certificó que Rosa Navia confirmó que el proyecto que había postulado era de mucha menor envergadura. Cuando supo de la cantidad de recursos asignada primero se alegró, pero después llegaron a pedirle la diferencia. Le señalaron que los $7.600.000 eran de otro proyecto, que no correspondían al suyo, y que debía devolverlos.
Luis Vásquez , propietario de la empresa Genes IRL.
Solicitó aclarar la confusión aún latente debido a la difusión a través de los medios de comunicación, pues existen dos relaciones distintas. Lo puntual, y que puede ser un aporte para la Comisión, se refiere a unas facturas que tienen relación con proyectos que se investigan al interior de la provincia de Quillota, específicamente en la comuna de La Calera. Al respecto señaló que Gendarmería de Chile cuenta con unidades productivas conocidas como CET, Centros de Educación y Trabajo, que tienen dos tipos de contabilidades: una gubernamental y otra financiera. Estas unidades no persiguen fines de lucro, sino que tienden a una labor exitosa que se vincula con el trabajo progresivo y la reinserción de las personas que se encuentran recluidas en los recintos penitenciarios del subsistema cerrado. Ejemplificó que en Valparaíso, Gendarmería tiene tres CET, en los cuales hay unidades productivas como la imprenta; otras relacionadas con trabajo en madera, en panadería, etcétera.
Lo relevante para esta Comisión son los trabajos que se encargaron a la imprenta, donde Genes prestó servicios a organizaciones comunitarias como empresa productora que persigue fines de lucro, a diferencia de lo que son las organizaciones comunitarias y el CET. En eso, aclaró, no hay duda de ninguna de las partes, ni de la Contraloría General de la República ni de la Intendencia. En ese contexto, aseguró que en su calidad de funcionario público no tiene absolutamente ninguna inconveniencia ni incompetencia, dado que lo que se hizo fue encargar trabajos en su calidad de empresario. Incluso, agregó, tampoco existiría alguna incompetencia si se hubiese mandado a realizar esa labor en otra calidad.
Insistió en que no ha actuado como funcionario público, sino como empresa individual de responsabilidad limitada con fines de lucro, que prestó servicios en su giro, a diferencia de lo que se ha escuchado en otros casos u otras aristas, donde se crearon empresas con un fin que no es el que correspondía. Genes tiene vida propia, giro, facturación, paga sus impuestos, etcétera. Por lo tanto, agregó, le asiste el derecho constitucional de guardar silencio sobre las otras materias, porque están siendo investigadas. Observó que tiene la convicción de que no ha cometido delito. Por lo tanto, mantiene su principio de inocencia. Sin embargo, adicionó, si por acción u omisión en el trabajo realizado como empresa prestadora de servicios se ha cometido alguna falta o alguien relacionado con la empresa lo ha hecho, se declaró responsable de aquello y deberá responder como representante legal de Genes y asumir cualquier eventual responsabilidad.
Ante una pregunta del diputado señor Squella , señaló que la factura del CET es relevante para esta investigación, pues es la forma de vincularlo intencionalmente con una situación de fraude al fisco. Subrayó que Genes EIRL no está formalizada por fraude al fisco. Incluso, agregó, en un escenario desfavorable, si hubiera alguna responsabilidad por acción u omisión de parte de Genes, Luis Vásquez tendrá que hacerse responsable, pero es bastante menor que una situación de fraude al fisco, porque Vásquez no es funcionario de la Intendencia y no tenía ninguna posibilidad de incidir sobre la forma en que se realizaban, aprobaban o rechazaban los proyectos. De hecho, argumentó, la Contraloría General de la República, que es implacable cuando hay responsabilidad de algún funcionario público, no ordenó en este caso ninguna una investigación sobre la materia relacionando al suboficial Luis Vásquez .
En el informe la Contraloría observó errores. En este caso son dos organizaciones que no persiguen fines de lucro, una organización comunitaria y un CET; por ello se entendió en primera instancia que no había ninguna dificultad, desde un criterio contable, que fueran facturas exentas de IVA. Posteriormente, por oficio, se solicitó que las facturas fueran afectas al IVA. Entonces, inmediatamente se corrigió.
Información enviada por la Intendencia Regional de Valparaíso.
Mediante Ordinario N° 31/1/2/2364, de 05/08/2014, del Intendente Regional, se informó que la proporción de proyectos presentados al Gobierno Regional cuya evaluación técnica había resultado con un puntaje inferior a 60, era la siguiente:
[12]
En materia de priorización, se informó que en el periodo 20082014 se ha priorizado un monto de M$10.228.387, siendo posteriormente despriorizados
[13]
En lo relativo al Centro de Eventos “Doña Anita” de Olmué, se informó que los proyectos en que ese lugar aparece involucrado son los siguientes:
[14]
Sobre las actividades desarrolladas en el “Centro de Eventos Doña Anita”, la Contraloría Regional señaló que del examen practicado a las rendiciones de cuentas de proyectos de las organizaciones “Agrupación Cultural Artística Recreativa y Ecológica Recrearte”, “Centro Comunitario Alcanzando Sueños”, “Centro Comunitario del Cerro al Mar”, “Centro Cultural Rucamanqui” y “Comité Habitacional My Dream House La Calera”, se constató que se rinden facturas emitidas por el “Centro de Eventos Doña Anita”, ubicado en la comuna de Olmué, por concepto de atención de los participantes.
Del análisis efectuado a los listados de asistencia que presentaron las organizaciones, se detectaron nombres de beneficiarios incluidos en más de un proyecto. Se entrevistó a 112 de ellos, los que declararon lo siguiente:
45 expresaron que la rúbrica que figura junto a su nombre no es de su autoría, comprobándose que 34 de ellos corresponden al proyecto denominado “Deporte y Entretención Saludables Para el Corazón”, organizado por la “Agrupación Cultural, Artística , Recreativa y Ecológica Recrearte ”
39 manifestaron haber participado sólo en una ocasión, sin recordar el nombre de la actividad, no obstante aparecen en más de una nómina, en el mismo, o distintos proyectos
Los siguientes beneficiarios indicaron no haber participado en las actividades realizadas en el “Centro de Eventos Doña Anita”:
[15]
Luego, analizadas las directivas de algunas de las organizaciones, se determinó que uno o más de sus miembros figuraban ocupando distintos cargos entre ellas. Los casos detectados fueron:
[16]
Sobre la participación de candidatos a cargos de elección popular, el informe señala que de los testimonios obtenidos se evidenció que durante el desarrollo de las actividades de los proyectos en el “Centro de Eventos Doña Anita”, que se indican a continuación, ejecutadas durante el año 2012, participaron indistintamente los postulantes a cargos de elección popular de ese año, señores Christian Urízar , CORE y candidato a diputado; Héctor Lautaro Correa , candidato a alcalde de La Calera; René Lues , Secretario del CORE y candidato a alcalde por Viña del Mar; Roxana Saavedra , Filomena Navia y Paola Catalán Reyes candidatas a concejales de las comunas de Hijuelas, La Cruz y Viña del Mar, respectivamente.
[17]
Agregó que 60 personas señalaron haber concurrido a las actividades realizadas en el citado “Centro de Eventos Doña Anita”, reconocieron la participación del Secretario Ejecutivo del CORE de esa época, don René Lúes Escobar , entre las cuales algunas manifestaron que el referido ex funcionario les entregó calendarios, afiches relacionados con su candidatura, solicitado su apoyo y voto en las elecciones municipales de ese año.
Consignó que los proyectos “Vida y Salud Con Alegría”, “Mente Sana En Cuerpo Sano” y “Vida, Salud y Recreación”, ejecutados por las organizaciones “Centro Comunitario Alcanzando Sueños” y “Centro Comunitario del Cerro Al Mar”, respectivamente, en los cuales se denunció la participación del citado ex Secretario del CORE, los dos primeros de ellos fueron ejecutados entre febrero y abril de 2012, fecha en la cual éste ocupaba el referido cargo, actuación que vulneró el principio de probidad administrativa contemplado en el inciso primero del artículo 8° de la Constitución Política de la República, conforme al cual “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, principio que se encuentra regulado en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, particularmente en su Título III y en su artículo, que dispone que el personal de la Administración del Estado estará impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración. Asimismo, el artículo 27 de la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, dispone que “Los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado, ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones”.
El reporte afirma también que esas situaciones infringen el número 2 del instructivo de procedimiento adicional a las bases de deporte que rigen los concursos de que se trata, aprobados mediante las resoluciones exentas N° 330 y 364, de 2011 y 2012, respectivamente, que señalan que los proyectos durante su período de ejecución no podrán, por ningún motivo, apoyar actividades proselitistas de ningún tipo, ni destacar voluntades políticas ni religiosas.
En relación con el Proyecto “Recuperando Espacios y Fortaleciendo el Control Social” de la comuna de Nogales, el informe de Contraloría señaló que en declaración prestada por Petronila Moya Castro y María Jeria Bernal , presidenta de la Junta de Vecinos Escuela N° 32 y secretaria de la Junta de Vecinos “28 de septiembre”, respectivamente, manifestaron que en esas dos organizaciones beneficiadas con el proyecto denominado “Recuperando Espacios y Fortaleciendo el Control Social”, de la “Agrupación Cultural, Artística , Recreativa y Ecológica Recrearte ”, no se efectuaron las capacitaciones de seguridad ciudadana comprometidas en el proyecto.
También afirmaron estar disconformes con las obras de mejoramiento de los espacios públicos, pues en la Junta de Vecinos “Escuela N° 32”, sólo se procedió a la instalación de dos bancos, aunque ese proyecto, con un financiamiento aprobado de $ 28.000.000, para 6
Juntas de Vecinos, contemplaba la ejecución de obras de recuperación y mejoramiento de espacios, rehabilitación de lugares abandonados o de poca intervención, espacios incluyentes, seguros, sustentables y con entidad propia, como asimismo, capacitación, actividades cívicas y formativas. Esta realidad denunciada fue verificada en terreno por la propia Contraloría.
7) CASOS IRREGULARES DE VIÑA DEL MAR
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
El 24 de octubre la jefa de Gabinete recibió una denuncia verbal de un funcionario de la Gobernación, afirmando que Denise Vásquez había declarado ser contactada por Alejandro Montt , candidato a concejal DC por Viña del Mar, y Rene Lúes , candidato a alcalde DC por esa misma ciudad, para que realizara funciones de sonidista en la campaña municipal. Para ello, le habrían ofrecido $200 mil mensuales. Posteriormente, la habrían llevado al Banco Estado para que abriera una cuenta para depositar su sueldo, según lo convenido con los involucrados.
Transcurrido un mes de campaña, y por no tener información sobre su sueldo, Vásquez contactó a Alejandro Montt , tras lo cual fue llevada al banco, solicitándosele que retirara $5 millones de su cuenta. Le explicaron que correspondían a recursos de proyectos de Gobierno Regional para ayudar a personas víctimas del incendio forestal, en Viña del Mar.
En una segunda ocasión fue contactada para retirar $11 millones, y tras su cuestionamiento al origen de los recursos y a su rol, le informaron que era la tesorera de la campaña. Quienes la habrían acompañado fueron Alejandro Montt y Carolina Rojas. En septiembre de 2012 la denunciante se habría retirado de la campaña.
Precisó que el Gobierno Regional disponía de dos proyectos en donde la denunciante aparecía efectivamente como tesorera de una organización denominada Centro Comunitario Cultural Viña Viva. Los montos asignados son $14.900.000 por el proyecto Fomentando el Deporte en la Comunidad, y $16.000.000 por el proyecto Poniendo Valor a Nuestro Patrimonio. Hasta esa fecha, ninguno de ellos está rendido.
Ante esa denuncia la jefa de Gabinete entregó los antecedentes a la Unidad de Auditoría para ratificar la existencia de las organizaciones y los montos involucrados. Verificado todo lo anterior, el 7 de noviembre se le informó al intendente y ese mismo día se llevó a la denunciante al Ministerio Público para que efectuara formalmente la denuncia. Es decir, no hubo una denuncia en la Intendencia, sino que se trasladó directamente el hecho a la Fiscalía. Este caso surge por causa de las peticiones de rendiciones de cuentas.
Agregó que el 30 de octubre, la División de Análisis de Control de Gestión recibió la denuncia de una supuesta beneficiaría de fondos de cultura. Ese mismo día, la jefa de Gabinete, Susanne Spichiger , en el cargo desde el 11 de marzo de 2010, recibió a la denunciante e informó al intendente. El 11 de noviembre se efectuó la denuncia al Ministerio Público, la que relata que “La denunciante expresó haber trabajado con Rene Lúes Escobar y doña Paola Catalán Reyes , con esta última, por razones de amistad. Amistad que nació y se desarrolló por el trabajo social que desarrollaban ambas, lo que posteriormente se tradujo en su apoyo gratuito a la candidatura a concejal de doña Paola Catalán Reyes …”
Según lo informado por la señora Ramírez Leiva , ella asumió como presidenta de la organización ya mencionada solo mientras durara la campaña política de la señora Catalán Reyes . “Con posterioridad, sin darle mayor explicación, la señora Ramírez Leiva , fue llevada al banco por doña Magdalena Reyes Valenzuela , madre de Paola Catalán Reyes , quien le pidió retirar el dinero correspondiente a ambos proyectos y entregárselo. Las cantidades retiradas y entregadas fueron, según lo informaron, para ayuda comunitaria consistente en llevar a personas a Olmué. Agregó que al banco solamente fue a retirar el dinero de ambos proyectos por caja, reiterando que lo entregó en el mismo banco íntegra e inmediatamente a la señora Magdalena Reyes Valenzuela , madre de doña Paola Catalán Reyes ”. En los hechos, asistieron al local “ doña Anita ”. Los proyectos son “Escribiendo Nuestra Historia Local Construimos Identidad en el Siglo XXI”, por $14.264.000 y otro denominado “Vida, Salud y Recreación”, por $21.000.000, ambos del Centro Comunitario Del Cerro al Mar.
El escrito de la denuncia continua señalando que a la Sra. Ramírez Leiva : “...le llegó información de que los mencionados proyectos no estaban rendidos ante el Gobierno Regional, lo que le causó mucha inquietud, procediendo a consultar a Paola Catalán y a Rene Lúes acerca de la situación, quienes le afirmaron que los proyectos se encontraban en trámite de rendición y que no se preocupara, porque todo era legal.
Finalmente, al serle exhibidas las rendiciones de cuentas de los proyectos en cuestión a la denunciante, o sea, “Vida, Salud y Recreación” y “Escribiendo Nuestra Historia Local Construimos Identidad en el Siglo XXI” afirmó que algunas de las firmas que ahí figuraban a su nombre no las había hecho ella, por lo que eran inauténticas”.
Los hechos precedentemente señalados pueden ser constitutivos de delito de fraude al Fisco, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal, o delito de estafa, tipificado en el N° 8 del artículo 470 del Código Penal, figura que sanciona a los que fraudulentamente obtuvieran del Fisco, municipalidades, cajas de previsión, instituciones centralizadas o descentralizadas del Estado, prestaciones improcedentes, tales como remuneraciones, bonificaciones, subsidios, pensiones, jubilaciones, asignaciones, devoluciones o imputaciones indebidas.
Los cuatro casos identificados tienen dos modus operandi. Un modo es el de Valparaíso Joven, por $138 millones, que actuaba como entidad que se adjudicaba proyectos, recibía los dineros y no ejecutaba ningún proyecto, sino que desviaba los recursos a patrimonio personal o a campañas políticas. El segundo modus operandi, que utilizaron Colegio Los Leones, Rucamanqui y probablemente otras dos organizaciones de Viña del Mar, fue usar el nombre de organizaciones para adjudicarse proyectos sobrevalorados y cuyos fondos se destinaban, en su gran mayoría, a otras actividades que no eran las propias que señalaba el proyecto, y tampoco el proyecto se ejecutaba tal cual se decía. El problema es que esos Fondos de Cultura, Deporte y Seguridad Ciudadana son para cursos de capacitación, y no para compra de equipamiento.
Osvaldo Maldonado , contador auditor del Gobierno Regional de Valparaíso.
Reseñó que durante octubre de 2013 se recibieron en la intendencia denuncias sobre eventuales irregularidades en la ejecución de algunos proyectos ligados a organizaciones comunitarias de Viña del Mar. Se trataba de 20 proyectos, con un monto involucrado de
$359.220.410. Los antecedentes fueron puestos en conocimiento del Ministerio Público y actualmente se encuentran en fase de investigación. Es una de las aristas que se está investigando en Fiscalía.
Entre las principales observaciones que la unidad de auditoría realizó al proceso de rendición de cuentas fue que evidenciaron mucho desconocimiento de las organizaciones comunitarias en sus obligaciones tributarias, principalmente la ligada a retenciones en boletas de honorarios; la falta de los informes técnicos y profesionales de los servicios prestados que pudieran acreditar de manera eficaz la labor que el profesional realizó con cargo a la boleta de honorarios que está presentando; la lista de asistencia de los participantes o beneficiarios de los proyectos; ausencia de evidencia fotográfica en donde se muestre el material de difusión que indique el nombre del proyecto, la organización y auspicio del Gobierno Regional del Valparaíso; existencia de gastos posteriores a la fecha de término del proyecto; facturas sin detalle de los servicios prestados a la organización, y facturas exentas por servicios o prestaciones afectas al impuesto al valor agregado.
Esta situación desencadenó que se hiciera un trabajo conjunto entre el Servicio de Impuestos Internos y la Dirección Regional, en materias de documentos exentos que, en realidad son afectos a IVA, por lo cual se inició un proceso de fiscalización del SII. Los detalles del caso son aún materia de investigación del fiscal.
Ante una pregunta del diputado señor Cornejo acerca de la situación contractual del cargo de jefe de auditoría interna de la Intendencia, señaló que ingresó por un concurso en 2011, ocupando una suplencia, grado 12, en calidad de contrata. Acerca de la estabilidad esperada en un cargo de control, aseveró que es un tema de largo plazo, pues, aunque sostuvo que los auditores internos de los gobiernos regionales y, en general, de los servicios públicos debieran ejercer cargos de planta, entiende que un problema de dotación de personal impide que ciertos funcionarios sean de planta.
Acerca de antecedentes detectados con anterioridad a 2013, recordó que durante esos años no se recibieron denuncias formales. La Contraloría Regional revisó el 2% y emitió dos informes relativos a cultura y deporte. El plan de auditoría interno de 2012 estaba relacionado principalmente con el sistema de control interno de finanzas, y dado el crecimiento en los montos asignados en esos fondos, se incorporó una auditoría para 2013, que forma parte del proceso investigativo. Ante la consulta del diputado señor Cornejo , insistió en que en esos dos años solo se realizó el trabajo complementario con la Contraloría, según lo definido en el plan de auditoría para 2013.
Afirmo luego que los casos de Valparaíso Joven y Los Leones surgen a propósito de información recibida, en el sentido de que habría organizaciones que tienen la misma dirección. En el caso de La Calera, fue a propósito de un informe de investigación especial que realizó la Contraloría y ante el cual el Intendente solicitó la opinión de Auditoría, la que se sustentó en las rendiciones de cuentas.
Agregó que durante 2013 se notificó a un grupo considerable de organizaciones que tenían pendiente rendiciones de cuentas. Señaló que en esos proyectos solo se han detectado falencias en la rendición de cuentas, pues ese informe se acompaña de un proceso de confirmación de los asistentes, donde también se han encontrado algunas sorpresas, las que han sido enviadas a la Fiscalía.
Refirió que cuando una organización presenta un proyecto, viene con un número estimado de beneficiarios. La primera prueba que se realiza es que esos beneficiarios sean efectivos, por lo que se confirma la asistencia mediante una lista con el nombre del beneficiario, el RUT, la dirección, el teléfono y algún mecanismo que permita acreditar que esa persona efectivamente asistió y fue beneficiaria del proyecto. Ese dato se verifica mediante llamados telefónicos a las personas que figuran en la rendición de cuentas, identificando si, además, su asistencia fue en el contexto del proyecto financiado con recursos del Gobierno Regional.
Al responder una consulta del diputado señor Cerda (20102014), recordó que el artículo
8° del Reglamento de fondos concursables para Deportes y Cultura señala que ninguna institución podrá ser beneficiaria de recursos por más de dos años consecutivos. Sostuvo que, tal vez, la Contraloría, en alguno de sus dictámenes, señaló que ninguna organización puede recibir fondos si tiene pendiente rendición de cuentas, porque así lo establece la resolución N° 759, que norma el proceso de rendición de cuentas.
En relación con los proyectos de Recrearte, aseguró que en la presentación está individualizado el primer proyecto Deporte y Entretención saludable para el Corazón, por $12.000.000, y el proyecto por $28.900.000, Recuperando Espacios y Fortaleciendo el Control Social.
Precisó que las facturas de la Consultora Genes dan cuenta de servicios de producción de eventos. Aparentemente, observó, estas organizaciones externalizaban la ejecución del proyecto a través de esa consultora. Las actividades se realizaban en la mayoría de los casos en el centro de eventos Doña Anita . Algunos proyectos de Viña del Mar también se realizaron en ese centro, aunque afirmó que en los casos de Quilpué, carece de evidencia de que la ejecución de los proyectos se haya realizado en Olmué, pues los proyectos tenían relación con el basquetbol. Había muchos que solventaban actividades, lo que llevó a considerar que se podía financiar el Club Deportivo ligado al Colegio a través de esas cuatro organizaciones. Sin embargo, precisó, dentro del análisis de Quilpué no se ha logrado evidenciar que la ejecución de los proyectos se llevara a cabo en Doña Anita. En los casos de Viña del Mar, así fue, y en los de La Calera, en más de un 80%.
Entonces, agregó, lo que el intendente manifestó era que si las actividades se iban a hacer en ese centro de eventos, no había necesidad de subcontratar, pues podrían haberse contratado directamente y haber realizado la actividad en Doña Anita.
Ruth Cohen , secretaria Cultura y Deportes del Gobierno Regional.
Relató que estuvo presente durante la denuncia de irregularidades que realizó el Centro Comunitario del Cerro al Mar, al que se le había enviado un oficio de cobranza por rendición. Manifestó desconocer el trámite que se siguió y, en ausencia del entonces encargado de la unidad de Cultura, Jorge Arquero , le citaron como administrativa a una reunión en el piso 19, donde se encontraban el auditor Ricardo Provoste , Sussane Spichiger , el abogado Urenda , la presidenta de la organización y su hermana, de quienes no recuerda el nombre.
Escuchó entonces el testimonio de la presidenta quien denunció no tener conocimiento de toda la formulación, ejecución y montos utilizados en el proyecto. Aseguró que estaba muy afectada y sostuvo que había firmado, acompañada por la tesorera, pero que el dinero había sido entregado a otra persona que no tenía relación con la organización. Lo describió como un arreglo extraño.
Calificando de efectivo el relato de los hechos conocido por el diputado señor Urrutia , se afirmó que la persona que pidió declarar y denunciar esta grave irregularidad fue Claudia Margarita Ramírez Leiva , quien asistió acompañada de su hermana. La institución era el Centro Comunitario del Cerro al Mar, cuya presidenta, de acuerdo a los registros del municipio, al momento de la denuncia y en la actualidad, era Paola Catalán Reyes , que fue candidata a concejal por la comuna de Viña del Mar. La tesorera del Centro Comunitario era Magdalena Reyes Valenzuela, madre de la presidenta.
Estas personas trabajaron en la campaña del candidato a alcalde y posteriormente a CORE, René Lues . La reunión referida por la Sra. Cohen tuvo por objeto recibir el relato de graves irregularidades respecto del retiro de $14.264.000 y, posteriormente, $21.000.000, correspondientes a los proyectos “Escribiendo Nuestra Historia Local Construimos Identidad en el Siglo XXI” y “Vida, Salud y Recreación”, presentados por ese Centro Comunitario.
La señora Claudia Ramírez sostuvo que le llegó información que los mencionados proyectos no estaban rendidos ante el Gobierno Regional, lo que le causó mucha inquietud, procediendo a consultar a Paola Catalán y René Lues acerca de la situación, quienes le afirmaron que los proyectos se encontraban en trámite de rendición y que no se preocupara porque todo era legal, según Lues Escobar .
Después, llegó Paola Catalán a la casa de la señora Ramírez Leiva con las fotos y boletas de los proyectos, expresándole que se iban a rendir. Afirmó tener conocimiento de que el destino de los recursos de estos fueron actividades realizadas con personas por un monto total de $21 millones en el centro de eventos Doña Anita de Olmué , y la compra de computadores, que no han sido rendidos, por $14.264.000, los cuales se encuentran en la casa de Pamela González, y que a estas actividades llegaba a saludar René Lues Escobar , quien era candidato a alcalde de Viña del Mar.
Respecto del vínculo laboral entre la organización y la señora Ramírez Leiva , expresó que en un comienzo desempeñó funciones sin recibir remuneración y, recién, en 2013, comenzó a trabajar de manera remunerada para la agrupación, sin emitir boletas, puesto que estas las hacía el tío de René Lues, el señor Tamin Escobar .
Expuso que con posterioridad al robo de su teléfono celular, su cuenta de Facebook, donde mantenía registro de las conversaciones entre ella y René Lues Escobar y Paola Catalán Reyes , relativas a estos hechos, fue hackeada por lo que perdió toda la información. Y aunque le pidió a Lues los documentos y papeles de respaldo de los proyectos en los cuales se había involucrado, hasta el día de hoy no se los entrega.
Al final, agregó que los dineros aparentemente fueron gastados en el centro de eventos Doña Anita de Olmué .
René Lues Escobar , consejero regional de la provincia de Valparaíso y ex Secretario ejecutivo del GORE de Valparaíso.
En relación con la campaña de candidato a alcalde, en 2012, señaló que trabajó con Alejandro Montt , con quien tenía una buena relación de muchos años. Asimismo, afirmó no recordar a Denisse Vásquez ni haber escuchado ese nombre con anterioridad; asimismo, negó tajantemente que esta persona hubiera trabajado en su campaña.
Ante la referencia que hiciera el ex intendente Celis acerca de que Denisse Vásquez denunciara haber sido contactada por Alejandro Montt , candidato a concejal DC por Viña del Mar, y René Lues , candidato a alcalde DC por Viña del Mar para que realizara funciones de sonidista en campaña municipal, desmintió ese hecho y reiteró que no tiene conocimiento de quién es Denisse Vásquez. Puede que la conozca o que la haya visto en la campaña, especialmente si trabajó con Alejandro Montt , pero no logra relacionar la cara con el nombre. Aseveró que nunca ha acompañado a nadie al banco, nunca ha recibido un centavo de parte de nadie, nunca ha retirado recursos ni le ha pedido a nadie que los retire para una campaña, y nunca ha utilizado ningún recurso público para hacer campañas políticas. Por lo tanto, aseguró, desmiente categóricamente cada una de las partes en que se le nombra.
En relación con la denuncia que sostiene Claudia Margarita Ramírez Leiva , relacionada con Paola Catalán y su madre, manifestó que efectivamente las conoce, pues en sus años trabajando en los cerros de Viña del Mar con la gente más vulnerable, conoció a la dirigente social Paola Catalán , con quien rápidamente entabló una relación muy positiva. Aunque sabe que postuló proyectos, afirmó desconocer información exacta.
Relató que como secretario ejecutivo del Consejo Regional, cuando visitaba esos lugares era difícil sacarse el cargo, pues la gente de todas partes, no solo de Viña del Mar, siempre pregunta, quiere aclarar dudas o requiere información respecto de la forma de rendir proyectos o cualquier información. Aseguró que con el paso del tiempo, al parecer, la relación entre ellas dos se echó a perder y Ramírez le pidió que interviniera y le preguntara a Paola Catalán sobre la materia, quien le manifestó que el problema estaba resuelto y que se lo indicaría personalmente. El Sr. Lues afirmó que sobre el proyecto, las cobranzas o la ejecución del mismo, no tiene idea.
Sostuvo que no pidió recursos, no retiró recursos, no recibió recursos, no manejó recursos, no presentó proyectos, porque su rol no era ese dentro de la institución, sino que expresar los acuerdos del Consejo Regional, ser ministro de fe, y no tenía otra función.
Por lo tanto, aseveró, todo lo que se ha dicho respecto de la ejecución de un determinado proyecto, tiene que ver con las involucradas.
8) DESPRIORIZACIÓN DE PROYECTOS
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Respecto de proyectos despriorizados, recordó que en la sesión del 17 de enero se priorizaron aproximadamente 130 proyectos, de los cuales 29 eran de seguridad ciudadana. La despriorización no es común. Insistió en que dentro de la denuncia hecha por auditoría interna se declaró que no había constancia de haberse cumplido con el proceso de admisibilidad formal y de fondo, por lo que, luego de la reunión con las bancadas, se constituyeron las respectivas comisiones y muchos proyectos no alcanzaron la nota que las hiciera elegibles. Eso significó, de inmediato, una rebaja importante de proyectos.
Manifestó que en ese caso hubo un cúmulo de responsabilidades. Subrayó que no estuvo en esa priorización y que había pedido que no se realizara la sesión el 17 de enero porque tenía la cuenta anual y venía el Presidente de la República. Sin embargo, se mantuvo la fecha de la sesión y, aseguró, eso no fue una casualidad, porque se tenía la intención de incorporar esos proyectos.
Quiénes fueron los involucrados es algo que deberá determinar la justicia. Si preguntan al intendente quién es el principal responsable, responderá que es Sergio Núñez . Pero es posible que para lograr incorporar esos proyectos y que el CORE los votara, haya otras personas involucradas.
Señaló que los procedimientos se prestan para tentaciones, por decirlo de alguna forma. Cuando se vota por un proyecto, obviamente su alcalde va a intentar influir en consejeros regionales para que se apruebe. Si eso lo se lleva a los proyectos de cultura y deportes, pasa exactamente lo mismo. Los principales destinatarios son los municipios, son los que tienen la mayor cantidad de recursos asignados a los programas de cultura y deportes.
Aseguró que la única forma para resolver esta situación es la aprobación de marcos. No hay otra.
Opinó que es una muy mala política la que se aplica, porque lo que ocurre en Valparaíso, y sin duda en otras regiones del país, es que aunque sea un sistema no pensado en defraudar, se presta para la defraudación.
Definir quién debería seleccionar es un punto complicado. Probablemente, debería ser un jurado compuesto por personas elegidas por algún mecanismo lo más objetivo posible.
De todas maneras, cuando se aplica el sistema del FNDR, manifestó su tranquilidad de que funciona bien. La distribución es bastante equitativa entre las distintas provincias, pero depende de quién sea el intendente y que éste no se preste para maniobras.
Esos proyectos no se pagaron por diversas razones. En primer lugar, porque no se había verificado la conformidad de la constitución de las comisiones correspondientes el 17 de enero. Entonces, en base al informe que pedía la Unidad de Auditoría y que fue evacuado el 4 de febrero, se conversó con los jefes de bancada, se constituyeron las comisiones respectivas para corregir el procedimiento, y en ese proceso de regularización se calificaron los proyectos. Gran parte de los 29 que habían sido votados favorablemente por el Consejo Regional no obtuvieron la evaluación suficiente para ser elegibles y, por eso, se eliminó una cantidad importante. En otros casos, si bien habían sido votados por el Consejo Regional, aprobándolos y calificándolos dentro de los elegibles, merecían alguna duda y, muchas veces, se conversó con los beneficiarios y en el caso de algunos municipios estuvieron dispuestos a renunciar a esos proyectos.
Declaró que la auditoría reveló la falta de procedimientos correctos para Seguridad Ciudadana en el concurso de 2013. Reunido con los jefes de bancada el 7 y el 11 de febrero, tres días después de contar con el informe de auditoría, les manifestó que debía corregirse el procedimiento, para lo cual había que formar las comisiones de admisibilidad, de forma y de fondo. La comisión de fondo, o sea, de evaluación de los proyectos, efectivamente evaluó mal unos proyectos y el Consejo Regional votó favorablemente varios de esos proyectos mal evaluados, con el argumento de que para ellos no era vinculante la opinión de la Comisión de Evaluación. Pero, agregó, posteriormente ese criterio cambió y todos esos proyectos fueron despriorizados. Por eso es que de 29 proyectos se redujeron a ocho.
Recordó que la primera despriorización se dio como resultado del trabajo de la comisión de velar por los requisitos de forma y de fondo; de 29 proyectos bajan a 14, y luego a 8, despriorizando los que habían sido mal evaluados técnicamente. Se bajó de $460 millones aproximadamente a $71 millones.
Ante una consulta del diputado señor Cornejo acerca de alguna investigación incoada tras la despriorización de proyectos que cumplían requisitos, señaló que no recibieron ningún reclamo de ninguna de las instituciones cuyos proyectos fueron despriorizados. Ninguno. Hubo municipios retiraron sus proyectos, renunciando voluntariamente.
Frente a la observación del diputado señor Cornejo de que a nadie en el CORE, en el GORE, llamara la atención que quedaran reiteradamente proyectos que no calificaban y que de no haberse despriorizado, se habrían aprobado, declaró que no les llamó la atención. No presentaron ningún tipo de protesta; de hecho, afirmó que costó algo despriorizarlos lo que también es parte de las investigaciones, de los sumarios iniciados en el Gobierno Regional. Subrayó, en seguida, que todas las despriorizaciones fueron de iniciativa del Ejecutivo, sin intermediación de ningún otro funcionario. Lo que se hizo fue proponer la despriorización de un listado de proyectos y los consejeros la votaron. Esa fue la forma en que salió una cantidad importante de proyectos de seguridad ciudadana, pero, adicionalmente, hubo una cantidad no menor de proyectos cuyos titulares renunciaron.
Todo ello, después de indicarle al Consejo que se trataba de instituciones sospechosas. Al respecto hay varios los sumarios abiertos en los que caen estas instituciones sospechosas y que tienen la característica de nunca haber recibido fondos. Sin embargo, ante una pregunta del diputado señor Cornejo , señaló que no tenía certeza de que alguna de esas instituciones hubiera recibidos dineros antes de la despriorización; aunque reconoció que ello es altamente probable que haya ocurrido. Otras instituciones sospechosas que recibieron los recursos, los devolvieron después de la primera citación de esta Comisión Investigadora.
En efecto, insistió, ha habido varios tipos de desistimiento. Uno, la despriorización, que es la oficial. Dos, la renuncia voluntaria de la institución beneficiaria antes de recibir los recursos. Tres, la devolución voluntaria de parte de algunas instituciones, ya sea porque se les requiere que rindan cuentas de los gastos efectuados, o bien por iniciativa propia, pero que está siendo investigada. Todo ello es materia de sumario administrativo.
Respondiendo una pregunta del diputado señor Cornejo , señaló que los antecedentes de esas instituciones que devolvieron el dinero ya fueron entregados al Ministerio Público, porque coinciden con las que están siendo investigadas. Aseguró que cualquier institución que presente algún tipo de irregularidad es puesta en conocimiento del Ministerio Público.
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Se refirió luego a los casos en que no hubo visación técnica, que fueron los dos primeros concursos de Seguridad Ciudadana, a fines de 2011 y principios de 2012. Opinó que hubo una clara falta del debido cuidado respecto de quiénes debían conformar la comisión, que eran los tres jefes de División del Gobierno Regional, DIPLAD , la DAF y la de Análisis y Control de Gestión, más el encargado de la seguridad pública regional. Sin embargo, la comisión nunca se formó, se presentaron los proyectos y todos quedaron para ser patrocinados.
No obstante, agregó, al tercer o cuarto concurso de Seguridad Ciudadana, se percataron que no se estaban haciendo estas comisiones y, entonces, se constituyeron. No se dice expresamente en la norma quien debe constituirlas, ese es un vacío. Solo menciona que se deberá constituir una comisión conformada por los cuatro cargos ya señalados, pero no especifica quién va a convocar. Sin embargo, opinó, cuando hay un silencio debe entenderse que, obviamente, es el jefe del servicio quien debe estar a cargo de que eso ocurra. Sin embargo, concluyó, eso no funcionó así.
Enrique Astudillo , Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso.
En cuanto a la sesión en que el intendente debía rendir cuenta pública anual y que, por ello, no estuvo en la sesión en que se aprobó proyectos del 6%, indicó que puede dar fe porque lo recuerda bien, y al producirse esa situación con el exjefe de finanzas, el intendente Celis tomó la decisión de buscar la forma de regularizar esto, en el buen sentido de la palabra, y una serie de proyectos dejaron de ser admisibles o en condiciones de ser adjudicados.
Recordó que se constituyó una comisión para volver a revisar la cartera de proyectos y hubo varios que quedaron fuera. Manifestó no recordar si en esa sesión el intendente fue subrogado por el exgobernador Núñez o el exgobernador Longton. Precisó que la sesión no se cambió porque se programan por un acuerdo del Consejo, los que se cambian solamente con otro acuerdo del Consejo.
Reseñó que no era habitual que el intendente fuera subrogado, pues ello ocurre sólo cuando está fuera de la región. El caso de coincidencia con la cuenta pública fue una situación muy puntual y que generó un conflicto jurídico respecto de la forma en que se hacía la subrogancia, porque la cuenta fue en una sala contigua al salón plenario. Eso no era habitual pues generalmente el intendente presidía la mayoría de las veces y en muy pocas oportunidades fue subrogado. Insistió que, cuando así ocurrió, fue porque estaba de vacaciones o fuera de la región.
9) INCONSISTENCIA ENTRE ACTA Y AUDIO DE SESIÓN
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Otra arista de los problemas fue la recepción de una denuncia del Secretario Ejecutivo actual del CORE, Enrique Astudillo , quien remitió al intendente un oficio de la subcomisión de investigación del mismo Consejo Regional, señalando que el audio de una sesión plenaria, en la que se priorizaron proyectos de cultura, deporte y seguridad ciudadana, no coincidía con el acta y con la certificación del secretario ejecutivo de la época, René Lues , en el sentido de que el audio indicaba un determinado número de proyectos calificados para votación y el certificado y acta añadían proyectos que no fueron aprobados por el Consejo Regional.
También se da el caso de proyectos que fueron leídos, en el entendido de que se trataba de un solo proyecto, cuando en realidad había dos proyectos con el mismo nombre.
Precisó que en materia de actas, el CORE tiene un secretario ejecutivo, quien es ministro de fe. Él firma las actas, también el intendente, pero son sometidas a la votación y aprobación del consejo regional.
La existencia de actas con proyectos que no fueron aprobados según el audio de la sesión respectiva es un hecho nuevo, denunciado por Enrique Astudillo , actual secretario ejecutivo, y que fue entregado al abogado principal de la Intendencia para que hiciera las revisiones correspondientes, y luego determinar qué se hacía con esa información. Lo más probable es que tenga que derivarse a la fiscalía.
El problema está en los certificados que dan cuenta de qué es lo que se aprueba. Es posible que existan proyectos que no fueron evaluados, pero como se trata de una situación nueva, no se puede asegurar.
Ha habido dos secretarios ejecutivos, René Lues y Enrique Astudillo , a partir de mediados de 2012. La única persona que podría haber agregado un proyecto no aprobado es el secretario ejecutivo del CORE. No hay otra opción.
Precisó luego que el tema de la diferencia entre el audio y las actas de las sesiones en que figuraban varios proyectos que no habían sido ni siquiera tratados, fue una denuncia de los propios consejeros de una subcomisión, llamada Subcomisión Fraude. Ellos entregaron los antecedentes al secretario ejecutivo, Enrique Astudillo , para que los hiciera llegar al intendente, quien los traspasó al abogado del Gobierno Regional, Héctor Valenzuela , para que los chequeara, porque al menos un proyecto no figuraba y beneficiaba justamente a esas instituciones que aparecen como sospechosas.
El secretario ejecutivo debía dar lectura a los proyectos que se iban a votar. Era una lectura muy genérica, en la que se daba a entender que se iba a votar un proyecto determinado, por ejemplo, “análisis de las consecuencias del delito”, pero resulta que este proyecto se iba a dictar dos o tres veces. Entonces, esa fue la otra observación que formularon los consejeros regionales.
Todo eso fue antes del período de Enrique Astudillo. El secretario ejecutivo anterior fue René Lues .
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Refiriéndose a las actas revisadas por el actual secretario ejecutivo del Consejo Regional, Enrique Astudillo , en las que hay proyectos que nunca fueron aprobados, afirmó que Astudillo no reemplazó a Sergio Núñez (que fue Augusto Munchmeyer) , sino a René Lues , y que desconocía qué pudo haber ocurrido en ese caso. Aseveró que desde que ingresó al Gobierno Regional estuvo presente en todas las sesiones y que le constaba que la aprobación consideraba el informe que daba el presidente de la comisión de los consejeros regionales, quien daba lectura de cada uno de los proyectos y, posteriormente, los sometía a votación. Después de eso, se levantaba el acta.
El acta era confeccionada por el secretario ejecutivo, quien es el ministro de fe del Consejo Regional. Insistió en que desconocía qué había ocurrido en esa situación y observó que el sistema de audio y de grabación usados es muy malo. Tal vez, opinó, se pudo haber saltado la lectura; tal vez faltó algún proyecto que algún consejero quiso incorporar, pero eso ya depende de la persona que está actuando como ministro de fe, y en ese punto prefirió no pronunciarse.
René Lues Escobar , consejero regional de la provincia de Valparaíso, ex Secretario Ejecutivo del CORE del Gobierno Regional de Valparaíso.
Señaló que el CORE como cuerpo colegiado habla a través de los acuerdos. No hay ninguna otra forma de que el CORE se exprese. Por lo tanto, precisó, los acuerdos constituyen la opinión o la decisión colegiada, pero esa opinión no tiene ningún valor jurídico si no se perfecciona el acto administrativo de la decisión, que es mediante la resolución respectiva del intendente o del nivel ejecutivo.
Entonces, reseñó, todos los acuerdos del Consejo Regional pasaban por lo menos por tres filtros. Primero, se publicaban rápidamente en la página web, debido a que el Programa de Mejoramiento de la Gestión obligaba a publicar los acuerdos en dos días.
Segundo, los jefes de División deben revisar los acuerdos, porque se producen algunos problemas y se han devuelto acuerdos porque tenían una coma de más o una de menos. Por ello debían cotejar la información.
Tercero, el intendente los perfeccionaba a través de la respectiva resolución.
En consecuencia, advirtió, no hay ninguna posibilidad de una diferencia entre el audio de la sesión y la resolución final, en algún acuerdo que se haya entregado al intendente regional y que expresara la opinión del Consejo Regional. Además, el Consejo aprobaba las actas.
Manifestó desconocer un caso en particular, pero no cree que existan porque no hay ningún acuerdo que se haya devuelto, y los que se devolvieron, por alguna razón de forma o de fondo, se corrigieron como correspondía y fueron resueltos por el intendente. Por lo tanto, sostuvo que a su juicio, está todo en regla.
En general, los proyectos vienen planteados ordenadamente. Cuando el Ejecutivo envía propuestas para la aprobación del CORE, normalmente vienen estructuradas, es decir, con un oficio que establece lo que se va a votar. Sin embargo, ha habido ocasiones, aunque muy pocas, en que el acuerdo se estructura 15 minutos antes de la sesión plenaria. Recordó que hubo un caso en que eso ocurrió, en junio, que se refería a un tema de seguridad. Comúnmente, los acuerdos los lee el presidente de la comisión, pero en una ocasión se acordó previamente a la sesión plenaria, entre los jefes de bancada y de División, no recuerda si estaba el intendente, un proyecto de seguridad que ya había pasado la revisión técnica. El listado se hizo a mano, se leyó solo los nombres, porque ni siquiera estaba individualizado.
Aseguró que lo más probable es que en esa oportunidad no haya coincidido, porque respecto de los acuerdos tenía dos días para ponerlos en la web. Entonces, normalmente no se escuchaba la grabación; no se guiaban por la grabación porque esta era fiel testimonio del oficio que entregaba el intendente, salvo en ocasiones como esta, donde el acuerdo se formuló previamente a la sesión plenaria y cuyo manuscrito se entregó y se le pidió que lo leyera, no haciéndolo como correspondía el intendente o el presidente de la comisión. Pero normalmente no leía. Insistió en que no se basaba en la grabación, porque implicaba mucho más tiempo y demora para estructurar el acuerdo, el cual venía previamente elaborado por el intendente.
El diputado señor Urrutia, don Osvaldo , cuestionó que el señor Lues , a pesar de ser ministro de fe del Consejo, en una ocasión modificara en cuatro oportunidades el mismo documento, con la misma fecha, y modificara los proyectos que habían sido acordados por el Gobierno Regional. Ante ello, el señor Lues afirmó que es perfectamente posible que en un acuerdo que haya hecho, donde hay trescientos proyectos, se haya equivocado. Lo importante, aseguró, es que el acuerdo que firmó el intendente reflejara de manera exacta lo que se acordó en el pleno. Adujo que no se sabe lo que significa pasar en limpio trescientos acuerdos sin equivocarse en los nombres, en los montos, en los proyectos. Reconoció que le pasó, y seguramente en más de una oportunidad le devolvieron los acuerdos. Si un acuerdo fue revisado cuatro veces por el Ejecutivo y cuatro veces fue devuelto para que se modificara lo que estaba mal, eso revela justamente que es posible que pueda haber algún error en trescientos proyectos.
Agregó que lo importante es lo que el intendente resolvió, la perfección que él hace de ese acuerdo; que esa resolución correspondía a lo que el CORE aprobó, después de conocer el acta, y que haya sido publicado en la página web. Y se publicó el acuerdo definitivo, sin errores.
Manifestó que deseaba insistir en el tema de uno o varios acuerdos, donde, al parecer, no coincidiría el audio con el texto. Reiteró que todos los acuerdos del Consejo Regional, que es un cuerpo colegiado, que se expresa a través de los acuerdos que adopten, no tienen eficacia jurídica hasta que no son resueltos por el intendente. De hecho, agregó, cuando un acuerdo del Consejo Regional no ha tenido esa eficacia jurídica de ser resuelto por el intendente, finalmente, queda en letra muerta. Sin embargo, ello no ocurrió en el Consejo Regional por dos razones. Primero, porque en la mayoría de los casos existe un oficio previo que establece las condiciones del acuerdo a adoptar por el Consejo Regional, por lo que es muy difícil que esto ocurra. Advirtió, sin embargo, que alguna vez pudo haber ocurrido porque el audio no es el elemento en el cual el secretario se basa para hacer los acuerdos, sino los documentos que se tienen a la mano; y la única vez que puede recordar fue cuando 15 minutos antes de la sesión plenaria, el mismo intendente le entregó el borrador para que lo leyera; condición que podría derivar en una posible equivocación, pero no es normal.
Agregó que en casi ocho años que ha estado en el Consejo Regional, jamás un acuerdo le ha sido devuelto por temas de fondo y nunca se ha impugnado un acuerdo, de los cientos, si no miles que ha tramitado.
Advirtió que el ejecutivo coteja la información y la cruza, y si identifica que hay un error que complejiza el acuerdo, se devuelve, se modifica y se arregla, pues, insistió, el único acuerdo que tiene eficacia jurídica es el que resuelve el intendente. Los anteriores son documentos que no tienen ninguna importancia.
Por eso, afirmó, no se podría hablar de falsificación de instrumento público, porque el documento que tiene valor es el que firma y resuelve el intendente, que se publica en la web y se entrega en el acta que luego aprueba el Core.
Manifestó que, en lo relativo a los errores, no quisiera que quede la sensación de que los acuerdos de última hora se producían permanentemente. Recordó que una sola vez ocurrió y no tiene la impresión de que fuera por un programa de Deportes y Cultura, sino probablemente de Seguridad Ciudadana. Entonces, insistió, no es que esto sea normal, pues lo normal es que esto sea exactamente como ha sido presentando por el intendente en un oficio previo. Lo excepcional, y en este caso excepcionalísimo, es que esto sea de última hora y con algunos errores de transcripción.
Sostuvo que ningún acuerdo, ni siquiera ese, estuvo sujeto a impugnación. El intendente estaba a su lado en esa oportunidad y se lo entregó para que lo leyera.
Enrique Astudillo , Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de Valparaíso.
Respecto de una diferencia entre el acta del Consejo y el audio correspondiente, que habría significado la inclusión de proyectos no aprobados durante la sesión, relató que a propósito de una revisión rutinaria en el Consejo Regional, específicamente en las sesiones en que se habían aprobado proyectos asociados, de una u otra manera, al 6% de Cultura, Deportes y Seguridad, se detectó una suerte de diferencia entre lo que estaba expresado en el acuerdo y lo expresado en el audio de la sesión.
Describió que el rol del secretario ejecutivo en el Consejo Regional es de confianza del propio Consejo. Tiene la importante particularidad de que es el único funcionario del gobierno regional que no está sometido al Estatuto Administrativo. De hecho, está asociado a la legislación laboral común.
Agregó que el primero y más importante rol del secretario ejecutivo es ser ministro de fe de los acuerdos que se adopten en las sesiones plenarias, como lo establece la ley N° 19.175. También tiene la responsabilidad de llevar adelante la transcripción y redacción de las actas de cada una de las sesiones que deben ser aprobadas por el Consejo Regional en determinadas sesiones.
A propósito de eso, y en el marco de situaciones que se habrían dado en el marco de la asignación de proyectos del 6%, relató que estaba haciendo una revisión rutinaria de acuerdos y sesiones, en donde, efectivamente, se detectó que habría una diferencia. Indicó que se le puso en conocimiento de la situación y se preocupó de chequear y revisar los antecedentes que tenía a la vista que, por un lado, era el acta de la sesión con el acuerdo y, por otro, el audio. Manifestó que, sin enjuiciar lo que pasó ahí, realmente había una diferencia entre el acuerdo y lo que había en el audio, pues lo que estaba grabado era poco preciso respecto de lo que estaba transcrito en el escrito.
Hizo presente a la comisión investigadora del Consejo Regional de esta situación y se le mandató que pusiera los antecedentes en conocimiento del intendente regional, para que él determinara las acciones que pudiera llevar adelante. Esto se hizo mediante el oficio ordinario N° 14, de fecha 3 de enero de 2014, dirigido al exintendente Raúl Celis . Insistió en que ello se hizo por especial encargo del presidente de la subcomisión investigadora del fraude del Consejo regional. En concreto, se trata del acuerdo N° 7322, acta de la sesión N° 589, del día 25 de junio de 2012.
Señaló desconocer cuáles fueron las acciones que el intendente llevó a cabo después, pero, al parecer, puso esa información a disposición de los tribunales de Justicia o de la Fiscalía. Advirtió que su rol llegó hasta ahí: constató el hecho, lo puso en conocimiento de la comisión investigadora, porque lo consideró importante, y la comisión le mandató que le remitiera los antecedentes al intendente regional, a fin de que, de haber mérito, el intendente pudiera proceder a remitir a las instancias legales y jurisdiccionales que correspondiera dicha documentación.
Aclaró que los errores que se pueden producir en los acuerdos son previos porque, por ejemplo, la persona que envía el oficio desde el Ejecutivo también puede cometer un error. En este caso, si el intendente regional presenta una propuesta de cartera, el deber que haya coherencia entre el acuerdo y esa propuesta que baja el intendente. Señaló que ha ocurrido en ocasiones que esa propuesta relativa al 6% viene con algún error, por ejemplo, en el nombre de una organización. No obstante, agregó, en lo que corresponde a su gestión, cuando se producen errores de tipeo, ha solicitado que se someta nuevamente a votación del consejo porque, como ministro de fe, tiene que dar cuenta de lo que efectivamente se vota. Subrayó que los acuerdos vienen conversados desde las comisiones. Relevó que, no obstante la precariedad del sistema de audio, el acta es fundamental, porque ahí queda el registro de lo que se discutió y decidió.
Manifestó que el problema de transcripción del acta no es habitual. A veces puede haber errores en la redacción de un acuerdo en cuestiones de tipeo. Pero lo que le hizo notar a la comisión es que en la sesión N° 589, se votaron proyectos de seguridad y se dio lectura a un listado de ellos; sin embargo, no había coherencia total entre lo que se leyó y lo que estaba en el acuerdo.
Declaró, no obstante, que no podría enjuiciar la intención que hubo detrás, y sólo puede constatar un hecho, ya que la lectura que se da al listado de proyectos que se aprueba en esa sesión no correspondía al detalle que estaba en el acuerdo, pues había un proyecto en particular que no fue mencionado y que estaba en el acuerdo. Explicó que en la lectura de los proyectos no se hizo mención ni a los montos ni a la institución, sino que más bien se dio lectura solo a los títulos de los proyectos, por lo que se observó una diferencia que era importante hacer notar. Enfatizó que no hay montos en la lectura que se hace en la sesión, pues solo se indican los nombres de los proyectos.
En su gestión como secretario ejecutivo cuenta con una persona de apoyo, quien hace la primera transcripción. Se trata de reflejar en el acta todo lo que se discute, porque, muchas veces, los acuerdos que se toman tienen ciertos fundamentos o los votos en contra también se fundamentan. Por lo tanto, es relevante que el acta dé cuenta de todo lo que sucede en la sesión y que el texto cuente con un nivel de detalles bastante alto. Por lo tanto, agregó, la transcripción no es solo de los acuerdos, sino que incluye todo el tratamiento de la sesión. De hecho, el promedio de hojas por acta es entre 35 y 40 páginas por sesión.
Aunque hay una persona que hace la primera transcripción, es el secretario ejecutivo quien revisa por última vez el acta y la remite a los consejeros regionales, previo a la sesión que se vote, a fin de que estos tengan el tiempo suficiente para revisarla y votar si aprueban el acta que se les presenta.
10) ACTUACIONES DE ENRIQUE KITTSTEINER Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
En lo relativo a Enrique Kittsteiner , jefe de gabinete, su antecesor hasta el 11 de marzo de 2010 era Sussane Spichiguer . El gabinete está formado por secretarías regionales ministeriales y por los jefes de servicio. Adicionalmente, y siguiendo un consejo de Luis Guastavino, había que entenderse con los CORE. Las inversiones en los CORE, desde que decide el gobierno regional, es aproximadamente el 8% del total de los fondos que la región utiliza. Por lo tanto, pensó que a esto le debía dedicar, no el 8% del tiempo, pero algo relativamente equivalente a los recursos involucrados.
Por esa razón, Guastavino decía que era imposible, si se entendía directamente con los consejeros, destinar una cantidad de tiempo que no fuese prácticamente jornada completa. Entonces, debía nombrar a un encargado para relacionarse con los consejeros regionales, y ese fue Daniel Morales, alcalde de Limache. Él dejó el cargo en el verano de 2011 por el fallecimiento del titular Luis Minardi , y lo reemplazó, al poco tiempo, Enrique Kittsteiner , quien se hizo cargo de la relación con los consejeros regionales, pero por un tiempo muy breve, porque en febrero de 2013, se había detectado como eventual responsable y, por lo tanto, con muy pocas atribuciones de negociación.
Por ello, afirmó que hay una imprecisión cuando se habla de Enrique Kittsteiner como el jefe de gabinete del intendente.
Osvaldo Maldonado , contador auditor del Gobierno Regional de Valparaíso.
Respondiendo una consulta del diputado señor Squella sobre su relación con Enrique Kittsteiner , declaró que lo conoció en el Gobierno Regional. Recordó que Auditoría se entendía con la jefa de Gabinete del intendente, mientras que Kittsteiner tenía una relación más bien directa con el Consejo Regional. Era como el nexo que tenía el intendente. Su relación con Enrique Kittsteiner , era más bien ocasional, sólo temas menores. Aseguró que en algunas declaraciones de prensa había escuchado que el exjefe de Gabinete del intendente estaba en prisión preventiva, situación que calificó como no efectivo, porque la única persona que ostenta el cargo de jefa de Gabinete es Susanne Spichiger.
Marcia Oyarzún , colaborado del concejal Andrés Celis .
Recordó que en una oportunidad, al perecer en julio, habiéndole mandado una carta al intendente, a instancias del concejal Celis , el señor Kittsteiner le comunicó que habían sido aprobados todos los proyectos, por lo que cuando los dirigentes le consultaron, les dio la buena noticia. Sin embargo, acotó, cuando la lista se publicó en la página de la Intendencia, ninguno de los proyectos estaba aprobado. Incluso, pareció que no había servido haberle dicho al intendente, ya que nada ocurrió con los proyectos que deseaban favorecer.
Con posterioridad, habló con Enrique telefónicamente, quien la citó en su oficina. Luego de relatarte la situación, le respondió que no los había priorizado, a pesar de que cumplían con todos los requisitos, pero que los presentaran nuevamente en el siguiente llamado. Incluso agregó que no importaba que adaptaran la fecha. Asimismo, le pidió que no le comentara la situación al intendente, pues lo solucionaríamos entre ambos.
Continuó relatando que, no obstante, se lo informó a Andrés Celis , comentándole que le parecía muy raro que Kittsteiner tuviera esa capacidad de decisión, tanto para dejar los proyectos afuera como para volverlos a incluir. También se lo comunicó a Raúl Celis .
Sostuvo que eso nunca lo mandó por mail, sino personalmente, e ignora quién pudo haberlo enviado por correo.
Recordó que ese acontecimiento coincidió con la época de campaña y que le pareció muy raro que no se hubiese aprobado ningún proyecto, siendo que eran de facultad del intendente y estaban dentro de su monto de asignación, incluir estos proyectos como se había hecho en otras oportunidades. No le pareció normal que si el intendente había aprobado o sugerido cinco o seis proyectos, hubiesen sido todos rechazados. Incluso le comentó a Raúl Celis que le parecía extraño que Enrique Kittsteiner tuviera la carta que le había enviado al intendente.
Respondiendo al diputado señor Squella , señaló que, como las organizaciones no fueron priorizadas, le pareció extraño que Kittsteiner le propusiera como solución volver a postular. Afirmó que no dijo nada y permitió que las organizaciones decidieran si volvían a postular. Le pareció que se dejaba al intendente a un lado. Le dijo a Andrés Celis que me parecía muy raro solucionar el problema con Kittsteiner y que le iba a contar a Raúl Celis , aunque Andrés le solicitó que no le contara nada y que se soluciona entre los dos.
No recuerda si, finalmente, esas organizaciones terminaron adjudicándose algo. Esa información debe estar en los listados de la Intendencia.
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Relató que ingresó a trabajar al Gobierno Regional en calidad de asesor del intendente, a honorarios, a mediados de enero de 2012. En ese rol de asesor le correspondió participar en la coordinación de las políticas o de los trabajos que se hacían con las diferentes divisiones del Gobierno Regional y con los consejeros regionales.
Manifestó su interés en que quedara claro que su rol era de asesor y nada más. No era “el administrador regional”, como se ha dicho, pues ese cargo no existe. Es más, agregó, se supone que una vez que asuman los nuevos consejeros regionales, la nueva ley considerará esa función; sin embargo, esa norma no está en vigencia. Por lo tanto, insistió, es muy claro que su rol era de asesor del intendente.
Recordó que cuando asumió, a mediados de enero de 2012, consultó cuáles eran las labores, una de las cuales era, precisamente, trabajar en conjunto con el intendente los requerimientos para los concursos del 2%. Entonces se enteró que era un sistema que venía funcionando desde hace bastante tiempo, pero con la salvedad que desde 2010 existe una disposición en la Ley de Presupuestos, que exigió que se dictara un reglamento para regular ese concurso. Además, este reglamento pasaba por el trámite de toma de razón de la Contraloría. Así entonces, precisó, este concurso del 2%, que viene siendo hoy el 6% porque comprende cultura, deporte y seguridad ciudadana, está regulado por un reglamento visado y aprobado por la Contraloría Regional.
Reiteró que su rol era de un funcionario a honorarios, asesor del intendente y nada más. No tenía la capacidad ni las atribuciones para aprobar proyectos, para votarlos, para asignar recursos o para firmar convenios. Agregó que, al ser un funcionario a honorarios, no estaba obligado a rendir fianza o caución, pues no tenía bajo su custodia dinero alguno. Declaró que si aquí se pudo haber cometido algún error, en lo personal, no dice relación con ese tipo de cosas.
Nelson Contador , Consejero Regional por San Felipe .
Frente a una consulta de la diputada señora Molina , en relación a la participación de Kittsteiner en la priorización de proyectos cuando el intendente se había ido de vacaciones, aseguró que nunca hubo una reunión con Kittsteiner en la que pudiera tratar de confeccionar algo o que llevara un listado y señalara que esos eran los proyectos que se priorizarían. Insistió en que no tiene conocimiento de aquello, por lo menos, en todas las reuniones en las que participó.
11) FONDOS REGIONALES PARA UNIVERSIDADES
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Respecto de los recursos para la Universidad del Mar, aseguró que lo desconoce. No tiene conocimiento de que dicha institución haya sido favorecida con un proyecto de Cultura y Deporte, aunque le parece que ello no ha ocurrido, al menos en los últimos cuatro años. Sí lo fue la Universidad de Viña del Mar. Habría que preguntar al gobierno regional si ha sido favorecida la Universidad del Mar y con cuánto.
Nelson Contador , Consejero regional por San Felipe .
Aseguró que no puede afirmar si en 2012 existían Core que habían prestado funciones en alguna de las universidades que se adjudicaron proyectos. Sin embargo, agregó, en 2013 estuvo a su cargo el FIC y fue absolutamente riguroso, pues entonces se aprobaron 15 proyectos, y en una entrevista le manifestó al intendente que no estaba de acuerdo con la evaluación, porque el concurso se debía resolver con aquellos que no tenían observaciones, mientras que seis de ellos, tenían reparos. Continuó relatando que en el pleno del Consejo se acordó aprobar solo nueve, pues los otros seis no estaban en igualdad de condiciones para ser elegidos. Con esa situación, se perdieron $900 millones del FIC, pero era preferible dejarlos en saldo caja que adjudicarlos malamente.
12) DENUNCIA DE VECINOS DE ZAPALLAR
En sesión ordinaria de fecha 10 de septiembre de 2014 expusieron ante la Comisión la señora María Herrera Figueroa y el señor Cesar Ramírez Navia , ambos de la agrupación de vecinos de Zapallar y alrededores.
El objeto de su exposición versó sobre las transferencias efectuados desde el gobierno regional a la Municipalidad de Zapallar para la ejecución de los proyectos “Borde Costero de Zapallar” y “Mejoramiento iluminación plaza de Catapilco, comuna de Zapallar” y las supuestas irregularidades que se habrían producido en esos procesos.
Como consecuencia de lo anterior, la Comisión acordó los siguientes oficios:
1) Al Intendente Regional de Valparaíso, señor Ricardo Bravo Oliva , para solicita informe respecto al número y monto de transferencias efectuados desde el Gobierno Regional de Valparaíso a la Municipalidad de Zapallar para la ejecución de los proyectos “Borde Costero de Zapallar” y “Mejoramiento iluminación plaza de Catapilco, comuna de Zapallar”.
La respuesta a esta consulta fue evacuada mediante Oficio Ordinario N° 3161, de fecha 10 de octubre de 2014, en el que remite los antecedentes solicitados incluyendo egresos y cartolas bancarias que dan cuenta de los montos transferidos a la Municipalidad' para su ejecución, los que ascendieron a $28.530.000 y $40.264.500 respectivamente.
2) Al Subsecretario de Desarrollo Regional, don Ricardo Cifuentes Lillo , para solicitar la misma información que a la Intendencia de Valparaíso. A la fecha de entrega de este informe no se había recibido respuesta.
3) Al Fiscal Jefe de la Fiscalía Local de San Felipe, don Osvaldo Basso Cerda , para consultar si se habría recibido algún antecedente o denuncia de parte de la señora María Herrera Figueroa o del señor Cesar Ramírez Navia , en relación con las eventuales irregularidades que se habrían producido en la municipalidad de Zapallar y que serían materia de investigación judicial. En caso afirmativo, se solicita la remitir los antecedentes que correspondan.
Dicha Fiscalía respondió con fecha 22 de septiembre de 2014, informando que no se registra ninguna denuncia o antecedente recibidos de parte de la señora María Herrera Figueroa o del señor Cesar Ramírez Navia en relación a irregularidades producidas en Municipalidad de Zapallar. Agrega que la Fiscalía, mantiene una investigación reservada bajo RUC N°
12005979054 por el delito de FRAUDE AL FISCO respecto de determinados funcionarios de la misma Municipalidad, a cargo del Fiscal Adjunto señor Eduardo Fajardo de la Cuba .
13) ACTUACIONES DEL EX INTENDENTE DE VALPARAÍSO RAÚL CELIS
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Respecto de si en algún momento he pensado en renunciar al cargo de intendente regional, afirmó que en ningún momento, y menos como consecuencia de lo acontecido, porque cuando ocurren hechos irregulares la obligación no es solo denunciar, sino que tratar de investigar las responsabilidades hasta el final.
Relató que el 4 de febrero se detectaron los hechos irregulares y a partir de ello se realizó el informe del auditor, el sumario y la suspensión de Sergio Núñez . Aproximadamente en marzo, el Ministerio del Interior estuvo al tanto de lo que estaba ocurriendo.
Entre febrero y noviembre, cuando públicamente se cita a audiencia de formalización a Núñez y Kittsteiner , fue una etapa de la investigación donde se necesitaba tener pruebas, porque una cosa es tener una sospecha de una irregularidad y otra probarla.
Aseguró que fue un periodo muy desagradable, particularmente entre septiembre y noviembre, porque tenía a Kittsteiner prácticamente sin facultades, con sospecha cierta de su participación, pero consciente que para armar el caso no podía dar señales de demasiado conocimiento, hasta que a fines de septiembre se le pidió que relatara los acontecimientos, a lo que Kittsteiner respondió que había sido engañado por Sergio Núñez .
Obviamente, es responsabilidad del intendente tratar no sólo de detectar los hechos, sino que, por muy desagradable que sean, avanzar al máximo en la investigación.
En 2009 se recibió 993 proyectos aprobados; en 2010, 472; en 2011, 546; en 2012, 708. O sea, en promedio más de 600 o 650 proyectos de Cultura, Deporte y Seguridad Ciudadana son aprobados. Obviamente, se recibieron solicitudes de la totalidad de los alcaldes de la región, y de muchos concejales. Incluso, del mismo diputado Núñez , a propósito de la Unidad Pediátrica del Hospital San Camilo, de San Felipe, para priorizar proyectos que ya han superado diversos requisitos de admisibilidad y de fondo. Es decir, se elige dentro de lo que es elegible, no dentro de proyectos que no han superado las etapas de admisibilidad en cuanto a forma y fondo.
Declaró no tener ni el más mínimo compromiso de ninguna especie. Compromiso pudo haber tenido Marcia Oyarzun , que no es una niña, sino una mujer de cerca de 70 años, pero ello no le implica al intendente ningún tipo de compromisos.
Hay muchísimos manuales de procedimiento. María Teresa Blanco mostró por lo menos veinte. Sin embargo, se puede tener los mejores procedimientos y reglamentos del mundo, pero cuando falla el elemento humano, lo único que se puede hacer es lo que se hizo. O sea, detectarlo, denunciarlo y condenarlo.
Aseguró que tan pronto se tuvo conocimiento de esos hechos, fueron denunciados al Ministerio Público y a los tribunales de justicia; incluso, antes de lo que el propio intendente hubiera preferido. Recordó que en esa oportunidad, el ex intendente De la Maza fue a un medio de comunicación regional para avisar que la Intendencia tenía esos antecedentes en su poder, lo cual le obligó a acelerar los tiempos, aunque señaló haber preferido armar mejor el caso, lo que no significa que el señor De la Maza haya actuado mal.
Prosiguió señalando que a comienzos de 2013, tomó conocimiento de esas irregularidades, solicitó una auditoría, inició las investigaciones sumarias, se habló con los jefes de bancada, se corrigió los procedimientos, se separó inmediatamente a Sergio Núñez de sus labores, y se puso en conocimiento al Ministerio del Interior. Observó que no separó inmediatamente al Kittsteiner, porque no tenía pruebas, por lo que declaró haber hecho, en palabras de Enrique Silva Cimma, “Todo lo que un funcionario público puede hacer respecto de hechos que aparezcan como irregulares.”.
Señaló que, normalmente, la responsabilidad se mide con la relación de culpabilidad. Debe existir un elemento subjetivo de la negligencia, de la culpa o del dolo. Aseveró no tener conocimiento de las estupideces que estaban haciendo los Núñez , Kittsteiner y compañía. Pero, insistió, tan pronto tomó conocimiento fueron denunciadas a las autoridades correspondientes.
Agregó que considera importante señalar que un hecho que le ha sorprendido es haber recibido ataques provenientes de todo el espectro político, ya que las denuncias manchan a todos los partidos. En ese contexto, precisó, es fundamental aclarar que las denuncias no las presentó solo, pues denunció a los funcionarios de Renovación Nacional involucrados, pero los casos que vincularon a personas cercanas al Partido Socialista o a la Democracia Cristiana, fueron presentados por los propios partidos, fue una denuncia ciudadana.
En ese sentido, continuó, algunos grupos y un sector de la prensa han intentado no estimular la denuncia, es más, inhibirla, porque para una autoridad pública es mucho más fácil, teóricamente, no denunciar las irregularidades. Ejemplificó que, podría haber interpretado que el oficio donde se indicaba que tres instituciones estaban en la misma manzana no era ilegal y concluir que había que dejar de lado el asunto.
Por lo tanto, subrayó, es muy importante para que la opinión pública recupere la confianza en las instituciones del Estado que tenga la certeza de que si se efectúa una denuncia será investigada, es decir, hay que estimular las denuncias. Sin embargo, observó, tiene la impresión de que hay un sector al que le interesa inhibir las denuncias, confundir, tratando de empatar algunas cosas que, la verdad, no tienen mayor sentido.
14) ACTUACIONES DE RENE LUES, EX SECRETARIO EJECTIVO DEL GORE DE VALPARAÍSO Ruth Cohen , secretaria Cultura y Deportes del Gobierno Regional.
Relató que estuvo presente durante la denuncia de irregularidades que realizó el Centro Comunitario del Cerro al Mar, al que se le había enviado un oficio de cobranza por rendición. Manifestó desconocer el trámite que se siguió y, en ausencia del entonces encargado de la unidad de Cultura, Jorge Arquero , le citaron como administrativa a una reunión en el piso
19, donde se encontraban el auditor Ricardo Provoste , Sussane Spichiger , el abogado Urenda , la presidenta de la organización y su hermana, de quienes no recuerda el nombre.
Escuchó entonces el testimonio de la presidenta quien denunció no tener conocimiento de toda la formulación, ejecución y montos utilizados en el proyecto. Aseguró que estaba muy afectada y sostuvo que había firmado, acompañada por la tesorera, pero que el dinero había sido entregado a otra persona que no tenía relación con la organización. Lo describió como un arreglo extraño.
Calificando de efectivo el relato de los hechos conocido por el diputado señor Urrutia , se afirmó que la persona que pidió declarar y denunciar esta grave irregularidad fue Claudia Margarita Ramírez Leiva , quien asistió acompañada de su hermana. La institución era el Centro Comunitario del Cerro al Mar, cuya presidenta, de acuerdo a los registros del municipio, al momento de la denuncia y en la actualidad, era Paola Catalán Reyes , que fue candidata a concejal por la comuna de Viña del Mar. La tesorera del Centro Comunitario era Magdalena Reyes Valenzuela, madre de la presidenta.
Estas personas trabajaron en la campaña del candidato a alcalde y posteriormente a CORE, René Lues . La reunión referida por la Sra. Cohen tuvo por objeto recibir el relato de graves irregularidades respecto del retiro de $14.264.000 y, posteriormente, $21.000.000, correspondientes a los proyectos “Escribiendo Nuestra Historia Local Construimos Identidad en el Siglo XXI” y “Vida, Salud y Recreación”, presentados por ese Centro Comunitario.
La señora Claudia Ramírez sostuvo que le llegó información que los mencionados proyectos no estaban rendidos ante el Gobierno Regional, lo que le causó mucha inquietud, procediendo a consultar a Paola Catalán y René Lues acerca de la situación, quienes le afirmaron que los proyectos se encontraban en trámite de rendición y que no se preocupara porque todo era legal, según Lues Escobar .
Después, llegó Paola Catalán a la casa de la señora Ramírez Leiva con las fotos y boletas de los proyectos, expresándole que se iban a rendir. Afirmó tener conocimiento de que el destino de los recursos de estos fueron actividades realizadas con personas por un monto total de $21 millones en el centro de eventos Doña Anita de Olmué , y la compra de computadores, que no han sido rendidos, por $14.264.000, los cuales se encuentran en la casa de Pamela González, y que a estas actividades llegaba a saludar René Lues Escobar , quien era candidato a alcalde de Viña del Mar.
Respecto del vínculo laboral entre la organización y la señora Ramírez Leiva , expresó que en un comienzo desempeñó funciones sin recibir remuneración y, recién, en 2013, comenzó a trabajar de manera remunerada para la agrupación, sin emitir boletas, puesto que estas las hacía el tío de René Lues, el señor Tamin Escobar .
Expuso que con posterioridad al robo de su teléfono celular, su cuenta de Facebook, donde mantenía registro de las conversaciones entre ella y René Lues Escobar y Paola Catalán Reyes , relativas a estos hechos, fue hackeada por lo que perdió toda la información. Y aunque le pidió a Lues los documentos y papeles de respaldo de los proyectos en los cuales se había involucrado, hasta el día de hoy no se los entrega.
Al final, agregó que los dineros aparentemente fueron gastados en el centro de eventos Doña Anita de Olmué .
Raúl Celis Montt , Intendente de la Región de Valparaíso (20102014).
Otra arista de los problemas fue la recepción de una denuncia del Secretario Ejecutivo actual del CORE, Enrique Astudillo , quien remitió al intendente un oficio de la subcomisión de investigación del mismo Consejo Regional, señalando que el audio de una sesión plenaria, en la que se priorizaron proyectos de cultura, deporte y seguridad ciudadana, no coincidía con el acta y con la certificación del secretario ejecutivo de la época, René Lues , en el sentido de que el audio indicaba un determinado número de proyectos calificados para votación y el certificado y acta añadían proyectos que no fueron aprobados por el Consejo Regional.
También se da el caso de proyectos que fueron leídos, en el entendido de que se trataba de un solo proyecto, cuando en realidad había dos proyectos con el mismo nombre.
Precisó que en materia de actas, el CORE tiene un secretario ejecutivo, quien es ministro de fe. Él firma las actas, también el intendente, pero son sometidas a la votación y aprobación del consejo regional.
La existencia de actas con proyectos que no fueron aprobados según el audio de la sesión respectiva es un hecho nuevo, denunciado por Enrique Astudillo , actual secretario ejecutivo, y que fue entregado al abogado principal de la Intendencia para que hiciera las revisiones correspondientes, y luego determinar qué se hacía con esa información. Lo más probable es que tenga que derivarse a la fiscalía.
El problema está en los certificados que dan cuenta de qué es lo que se aprueba. Es posible que existan proyectos que no fueron evaluados, pero como se trata de una situación nueva, no se puede asegurar.
Ha habido dos secretarios ejecutivos, René Lues y Enrique Astudillo , a partir de mediados de 2012. La única persona que podría haber agregado un proyecto no aprobado es el secretario ejecutivo del CORE. No hay otra opción.
Precisó luego que el tema de la diferencia entre el audio y las actas de las sesiones en que figuraban varios proyectos que no habían sido ni siquiera tratados, fue una denuncia de los propios consejeros de una subcomisión, llamada Subcomisión Fraude. Ellos entregaron los antecedentes al secretario ejecutivo, Enrique Astudillo , para que los hiciera llegar al intendente, quien los traspasó al abogado del Gobierno Regional, Héctor Valenzuela , para que los chequeara, porque al menos un proyecto no figuraba y beneficiaba justamente a esas instituciones que aparecen como sospechosas.
El secretario ejecutivo debía dar lectura a los proyectos que se iban a votar. Era una lectura muy genérica, en la que se daba a entender que se iba a votar un proyecto determinado, por ejemplo, “análisis de las consecuencias del delito”, pero resulta que este proyecto se iba a dictar dos o tres veces. Entonces, esa fue la otra observación que formularon los consejeros regionales.
Todo eso fue antes del período de Enrique Astudillo. El Secretario Ejecutivo anterior fue René Lues .
Enrique Kittsteiner , ex jefe de gabinete de la Intendencia de la Región de Valparaíso.
Refiriéndose a las actas revisadas por el actual secretario ejecutivo del Consejo Regional, Enrique Astudillo , en las que hay proyectos que nunca fueron aprobados, afirmó que Astudillo no reemplazó a Sergio Núñez (que fue Augusto Munchmeyer) , sino a René Lues , y que desconocía qué pudo haber ocurrido en ese caso. Aseveró que desde que ingresó al Gobierno Regional estuvo presente en todas las sesiones y que le constaba que la aprobación consideraba el informe que daba el presidente de la comisión de los consejeros regionales, quien daba lectura de cada uno de los proyectos y, posteriormente, los sometía a votación. Después de eso, se levantaba el acta.
El acta era confeccionada por el secretario ejecutivo, quien es el ministro de fe del Consejo Regional. Insistió en que desconocía qué había ocurrido en esa situación y observó que el sistema de audio y de grabación usados es muy malos. Tal vez, opinó, se pudo haber saltado la lectura; tal vez faltó algún proyecto que algún consejero quiso incorporar, pero eso ya depende de la persona que está actuando como ministro de fe, y en ese punto prefirió no pronunciarse.
Contraloría General de la República, Informe 51/2013 Gobierno Regional de Valparaíso, 21 abril 2014.
Sobre las actividades desarrolladas en el “Centro de Eventos Doña Anita”, la Contraloría Regional señaló que del examen practicado a las rendiciones de cuentas de proyectos de las organizaciones “Agrupación Cultural Artística Recreativa y Ecológica Recrearte”, “Centro Comunitario Alcanzando Sueños”, “Centro Comunitario del Cerro al Mar”, “Centro Cultural Rucamanqui” y “Comité Habitacional My Dream House La Calera”, se constató que se rinden facturas emitidas por el “Centro de Eventos Doña Anita”, ubicado en la comuna de Olmué, por concepto de atención de los participantes.
Del análisis efectuado a los listados de asistencia que presentaron las organizaciones, se detectaron nombres de beneficiarios incluidos en más de un proyecto. Se entrevistó a 112 de ellos, los que declararon lo siguiente:
45 expresaron que la rúbrica que figura junto a su nombre no es de su autoría, comprobándose que 34 de ellos corresponden al proyecto denominado “Deporte y Entretención
Saludables Para el Corazón”, organizado por la “Agrupación Cultural, Artística , Recreativa y Ecológica Recrearte ”
39 manifestaron haber participado sólo en una ocasión, sin recordar el nombre de la actividad, no obstante aparecen en más de una nómina, en el mismo, o distintos proyectos
Los siguientes beneficiarios indicaron no haber participado en las actividades realizadas en el “Centro de Eventos Doña Anita”:
[18]
Luego, analizadas las directivas de algunas de las organizaciones, se determinó que uno o más de sus miembros figuraban ocupando distintos cargos entre ellas. Los casos detectados fueron:
[19]
Sobre la participación de candidatos a cargos de elección popular, el informe señala que de los testimonios obtenidos se evidenció que durante el desarrollo de las actividades de los proyectos en el “Centro de Eventos Doña Anita”, que se indican a continuación, ejecutadas durante el año 2012, participaron indistintamente los postulantes a cargos de elección popular de ese año, señores Christian Urízar , CORE y candidato a diputado; Héctor Lautaro Correa , candidato a alcalde de La Calera; René Lues , Secretario del CORE y candidato a alcalde por Viña del Mar; Roxana Saavedra , Filomena Navia y Paola Catalán Reyes candidatas a concejales de las comunas de Hijuelas, La Cruz y Viña del Mar, respectivamente.
[20]
Agregó que 60 personas señalaron haber concurrido a las actividades realizadas en el citado “Centro de Eventos Doña Anita”, reconocieron la participación del Secretario Ejecutivo del CORE de esa época, don René Lúes Escobar , entre las cuales algunas manifestaron que el referido ex funcionario les entregó calendarios, afiches relacionados con su candidatura, solicitado su apoyo y voto en las elecciones municipales de ese año.
Consignó que los proyectos “Vida y Salud Con Alegría”, “Mente Sana En Cuerpo Sano” y “Vida, Salud y Recreación”, ejecutados por las organizaciones “Centro Comunitario Alcanzando Sueños” y “Centro Comunitario del Cerro Al Mar”, respectivamente, en los cuales se denunció la participación del citado ex Secretario del CORE, los dos primeros de ellos fueron ejecutados entre febrero y abril de 2012, fecha en la cual éste ocupaba el referido cargo, actuación que vulneró el principio de probidad administrativa contemplado en el inciso primero del artículo 8° de la Constitución Política de la República, conforme al cual “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, principio que se encuentra regulado en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, particularmente en su Título III y en su artículo, que dispone que el personal de la Administración del Estado estará impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración. Asimismo, el artículo 27 de la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, dispone que “Los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado, ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones”.
El reporte afirma también que esas situaciones infringen el número 2 del instructivo de procedimiento adicional a las bases de deporte que rigen los concursos de que se trata, aprobados mediante las resoluciones exentas N° 330 y 364, de 2011 y 2012, respectivamente, que señalan que los proyectos durante su período de ejecución no podrán, por ningún motivo, apoyar actividades proselitistas de ningún tipo, ni destacar voluntades políticas ni religiosas.
En relación con el Proyecto “Recuperando Espacios y Fortaleciendo el Control Social” de la comuna de Nogales, el informe de Contraloría señaló que en declaración prestada por Petronila Moya Castro y María Jeria Bernal , presidenta de la Junta de Vecinos Escuela N° 32 y secretaria de la Junta de Vecinos “28 de septiembre”, respectivamente, manifestaron que en esas dos organizaciones beneficiadas con el proyecto denominado “Recuperando Espacios y Fortaleciendo el Control Social”, de la “Agrupación Cultural, Artística , Recreativa y Ecológica Recrearte ”, no se efectuaron las capacitaciones de seguridad ciudadana comprometidas en el proyecto.
También afirmaron estar disconformes con las obras de mejoramiento de los espacios públicos, pues en la Junta de Vecinos “Escuela N° 32”, sólo se procedió a la instalación de dos bancos, aunque ese proyecto, con un financiamiento aprobado de $ 28.000.000, para 6
Juntas de Vecinos, contemplaba la ejecución de obras de recuperación y mejoramiento de espacios, rehabilitación de lugares abandonados o de poca intervención, espacios incluyentes, seguros, sustentables y con entidad propia, como asimismo, capacitación, actividades cívicas y formativas. Esta realidad denunciada fue verificada en terreno por la propia Contraloría.
Antes de abordar el acápite de las conclusiones y proposiciones, cabe consignar que al respecto esta Comisión, con el propósito de sistematizar, coordinar y culminar de mejor manera su labor, acordó en sesión N° 10, de 03 de septiembre pasado, formar dos subcomisiones de trabajo:
1.- Elaboración de propuestas: Presidida por la diputada señora Marcela Hernando e integrada por los diputados señora Andrea Molina y señores Raúl Saldívar y Arturo Squella .
2.- Elaboración de conclusiones: Presidida por el diputado señor Osvaldo Urrutia e integrada por los diputados señores Giorgio Jackson y Marcelo Schilling .
Igualmente, al respecto la Comisión dejó expresa constancia que todos los integrantes de la misma podrán incorporarse a cualquiera de las subcomisiones señaladas.
V. CONSIDERACIONES, CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.
Es preciso consignar que en la última sesión celebrada por esta Comisión Especial Investigadora, prorrogada legal y reglamentariamente, se procedió a discutir y votar las conclusiones y proposiciones que derivan del trabajo realizado en cumplimiento de su mandato.
En primer lugar, corresponde reglamentariamente referirse a las conclusiones y proposiciones presentadas ante esta Secretaría por el diputado señor Osvaldo Urrutia y la diputada señora Andrea Molina , que resultaron rechazadas por mayoría de votos.
Puestas en votación, a favor lo hicieron los diputados señores Joaquín Godoy , Arturo Squella y Osvaldo Urrutia y la diputada señora Andrea Molina .
En contra lo hicieron los diputados señores Marco Antonio Núñez , Luís Rocafull (en reemplazo del diputado señor Fidel Espinoza) , Raúl Saldívar , Marcelo Schilling (Presidente), Gabriel Silber y Víctor Torres .
Se abstuvo el diputado señor Giorgio Jackson .
El texto de las conclusiones y proposiciones rechazadas por esta Comisión Especial
Investigadora es del tenor que sigue:
“En virtud de los antecedentes y los considerandos anteriores, se concluye:
1.- Que una vez más, se han producido graves irregularidades dentro del Gobierno Regional de Valparaíso, en cuanto a la utilización de los recursos públicos, en especial los que dicen relación con el FNDR para la ejecución del 6% de iniciativas de cultura, deporte y seguridad ciudadana.
2.- Que las causas por fraudes al interior del Gobierno Regional de Valparaíso se han repetido en el tiempo de manera invariable y con connotación pública en distintas administraciones.
En este sentido, durante el gobierno del Presidente Eduardo Frei fue conocido por todos el caso de malversación de fondos , que tuvo como consecuencia la destitución del Secretario Ejecutivo del Consejo Regional de ese entonces, señor René Lues y la salida del Intendente Hardy Knittel (19941997) ; durante el mandato del Presidente Ricardo Lagos con el Intendente Luis Guastavino y el caso de los empleos brujos del PGE, Programas de Generación de Empleo, (20032006), con la Presidenta Michelle Bachelet y bajo la administración regional del Intendente Iván de la Maza y los Proyectos Fantasmas y sobrepago de proyectos (20082009); y finalmente durante el reciente mandato del Presidente Sebastián Piñera con el Intendente Raúl Celis , y el caso de las irregularidades en la asignación del 6% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, correspondientes a Deporte, Cultura y Seguridad Ciudadana (2012), que son materia de la investigación de esta comisión.
3.- Que la descripción anterior da cuenta de una organización defectuosa del Gobierno Regional, que ha sido permisible a la comisión de irregularidades por parte de funcionarios y autoridades de distinto nivel dentro de la administración regional.
4.- Que en este orden de cosas, ha quedado de manifiesto la existencia de un mecanismo y organización destinada a defraudar dentro del Gobierno Regional, lo que fue establecido por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso en su sentencia con fecha 12 de agosto en que se condena a Sergio Núñez , exjefe de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional, Enrique Kittsteiner y Claudio Uribe , como penalmente responsables de los hechos ocurridos en este último fraude al Gobierno Regional.
5.- Que la Constitución Política que hoy nos rige establece como una tarea exclusiva y excluyente de la Cámara de Diputados la de fiscalizar los actos de Gobierno, y una de las formas de fiscalización es la creación de comisiones especiales investigadoras que buscan establecer responsabilidades políticas respecto de quienes se han desempeñado como funcionarios políticos. Por tanto, debemos señalar que la responsabilidad política la entendemos como el deber que tienen los funcionarios políticos que señala la Constitución de ser cuestionados y de explicar ante esta Cámara las acciones u omisiones en que incurran y que dañen el interés público.
6.- Que como consecuencia de lo dicho, es necesario y fundamental analizar la conducta y actuaciones del exintendente Raúl Celis , y en este sentido es importante ser categórico que los hechos que constituyen el denominado Fraude en el Gobierno Regional de Valparaíso, que contó con la participación de miembros del GORE, fueron denunciados personalmente por el ex intendente Raúl Chelis .
7.- Es en efecto, una vez finalizadas las instancias administrativas relativas al ejercicio del control jerárquico por parte del Intendente, y al corroborar junto con el Consejo de Defensa del Estado que las irregularidades administrativas que fueron detectadas al interior del servicio podían tener caracteres de delito, es el propio ex intendente el que formula personalmente las denuncias ante el Ministerio Público. Es gracias a estas denuncias que la justicia logró la condena de 3 personas, 2 de ellas con penas efectivas privativas de libertad de 10 y 8 años, las más altas aplicadas hasta ahora por los tribunales de Justica en causas por defraudaciones al fisco.
En particular, las medidas adoptadas por la autoridad que permitieron que estos casos de corrupción se hicieran públicos y que la justicia pudiera condenar a los responsables son principalmente las siguientes:
a) El ex intendente Celis al tomar conocimiento del caso Quilpué, a propósito de la identificación de cuatro organizaciones con un mismo domicilio, lo cual presumía la ocurrencia de irregularidades administrativas, solicitó ese mismo día un informe al Departamento de Auditoría del Gobierno Regional, indicando que requería que constaran por escrito los hallazgos que se generaran.
b) De acuerdo a la información recibida del Departamento de Auditoría, con la cual se presumía la participación de Sergio Núñez en el caso Quilpué, el exintendente ordenó instruir en forma inmediata sumario administrativo en su contra, procediendo a tomar declaración ese mismo día y siendo suspendido a partir de ese momento de sus funciones.
c) En razón de la situación detectada, y la corrección de los procedimientos ordenados, el exintendente Celis ordenó a los Jefes de División acelerar el proceso de mejora y traspasar los fondos concursables a la División de Análisis y Control de Gestión, como asimismo que fuesen revisados los procedimientos concursales. Como resultado, el 11 de marzo de 2013 el exintendente comunicó, en reunión con todo el personal del Gobierno Regional, del cambio de funciones y responsables de este tipo de proyectos, como también de los avances del plan de mejoras del Gobierno Regional de Valparaíso.
d) Detectadas las diferencias existentes en el procedimiento de rendición de las organizaciones que se adjudicaron proyectos, en un hecho sin precedentes, el exintendente Celis ordenó que se enviaran cartas de cobranza a aquellos beneficiarios de fondos que no hubieren presentado sus rendiciones de cuentas, fijándose plazos para cumplir con esta obligación e indicando que de no presentar la documentación o si la rendición era insatisfactoria, se remitirían los antecedentes para la cobranza por parte del Consejo de Defensa del Estado. Es importante reiterar que nunca un Intendente Regional de Valparaíso había adoptado medidas tan drásticas al respecto.
e) Con los resultados de los procedimientos administrativos concluidos y la opinión del Consejo de Defensa del Estado, en cuanto a que los hechos objeto de la investigación administrativa debían ser conocidos por los tribunales de justicia, el exintendente decide formular las respectivas denuncias ante la justicia ordinaria.
f) Es así como el 22 de Julio de 2013 el exintendente presentó ante el Ministerio Público una denuncia, entregando todos los antecedentes que daban cuenta que el señor Sergio Núñez , entre otros aspectos, podría haber obtenido beneficios económicos personales al favorecer con su intervención transferencias desmesuradas de recursos de la glosa de Cultura y Deporte al Club Deportivo Los Leones y entidades relacionadas, en las cuales, como se indicó, participarían ex empleadores del señor Núñez .
g) En relación a lo anterior, el día 26 de agosto de 2013, el exintendente presentó una nueva denuncia al Ministerio Público, que complementó la denuncia anterior y planteó específicamente el caso de la organización Valparaíso Joven y el Club Deportivo Nueva Era, que en conjunto se habían adjudicado 4 proyectos del Fondo de Seguridad Ciudadana y uno del Fondo de Deportes, totalizado un cifra $174.600.000, agregándose que los proyectos asignados a Valparaíso Joven, que totalizaban $134.700.000, a esa fecha no habían sido rendidos.
h) Con los antecedentes referidos precedentemente, el Consejo de Defensa del Estado interpuso querella en contra de Sergio Núñez, Enrique Kittsteiner , Claudio Uribe y otros involucrados en el caso de los fondos recibidos por la organización Valparaíso Joven , obteniendo sentencia condenatoria para los 3 ex funcionarios antes citados.
8.- Que a lo anterior se suma que la máxima autoridad regional dispuso una serie de medidas administrativas destinadas a mejorar el sistema y evitar que se produjeran fraudes como los ocurridos en el pasado. En este sentido se implementó un plan de mejoras, a objeto de instaurar medidas de control para resguardar el correcto uso de los recursos públicos, estableciéndose distintos procedimientos, instrucciones y circulares para el personal del Gobierno Regional. Asimismo, contó con un número importante de manuales de procedimiento que regulan el actuar, definen responsabilidades y contienen medidas de control interno con el propósito de minimizar los riesgos inherentes al manejo de altos fondos. Esto en virtud de las recomendaciones que se hicieron a raíz de la investigación en el primer fraude a la intendencia. (Ver anexo).
9.- Que lo señalado en los puntos 6, 7 y 8 da cuenta de que el exintendente Celis adoptó medidas necesarias y recomendadas para evitar situaciones como las descritas, sin embargo, la maquinación del fraude fue elaborada de forma tal, que los involucrados lograron burlar las medidas de control que habían sido establecidas por la autoridad, ( aunque después los propios controles internos lograron identificarlos), ya que en su comisión no sólo participaron los funcionarios públicos del Gobierno Regional que fueron condenados y otros que están siendo investigados, sino que para que operara, necesariamente, debía contar con el beneplácito de algunos integrantes del Consejo Regional.
10.- Que todo lo expresado en los considerandos 6, 7 y 8, da cuenta de una situación muy diferente a la ocurrida en el primer fraude a la Intendencia de Valparaíso que fue investigado por esta Cámara de Diputados. Así lo señala el informe final de dicha comisión: “Aun cuando las auditorías internas y externas, arrojaron un cúmulo de observaciones, las autoridades y jefaturas no tomaron las providencias necesarias para salvarlas y perseguir las responsabilidades”. La actitud antes descrita es diametralmente opuesta a la que tuvo el exintendente Raúl Celis en relación a su antecesor y que ya fue descrita en los considerandos anteriores.
11.- Que las irregularidades investigadas en esta Comisión es posible sistematizarlas de acuerdo a las comunas en las que se ejecutaron los proyectos adjudicados. Así entonces, con el objeto de ser más gráfico en la atribución de responsabilidades políticas en cada arista de la investigación, se analizan a continuación los casos de irregularidades conocidos por la comisión:
a) CASOS IRREGULARES DE QUILPUÉ.
En este caso se evidenció que las instituciones Club Deportivo Nueva Era, Club Deportivo Los Pinos, Club Deportivo Sol del Pacífico y Club Deportivo Los Leones figuraban con una misma dirección, Plutón 1863 , comuna de Quilpué, que correspondía a la dirección del Colegio Los Leones.
Según establece el informe de Contraloría y el auditor del Gobierno Regional de Valparaíso señor Maldonado , la estructura de propiedad de este colegio figuraba Carlos Saavedra Lyng , con un 50% de participación dentro de la estructura societaria. A su vez, Saavedra figuraba como socio en el Grupo K, al cual prestó servicios Núñez como gerente de Operaciones, de acuerdo al currículo que este presentó para ingresar al Gobierno Regional.
Las organizaciones vinculadas en el caso global eran el Club Deportivo Colegio Los Leones, Club Deportivo Sol del Pacífico, Club Deportivo Nueva Era y Club Deportivo Los Pinos, los que en total, entre 2010 y 2012, en el marco de esta glosa del 2%, se adjudicaron proyectos por un monto de $275.220.630. En este mismo sentido, según conoció la comisión, se cuestiona la entrega en comodato de un bus adquirido por la municipalidad, para el uso del Club Deportivo los Leones, según hace referencia el informe de Contraloría.
Una vez finalizada la instancia destinada a atribuir la responsabilidad administrativa y acreditar fehacientemente los hechos, el exintendente presentó ante el Ministerio Público una denuncia, entregando todos los antecedentes que daban cuenta que el señor Sergio Núñez , entre otros aspectos, podría haber obtenido beneficios económicos personales al favorecer con su intervención transferencias desmesuradas de recursos de la glosa de Cultura y Deporte al Colegio Los Leones y entidades relacionadas, en las cuales, como se indicó, participarían ex empleadores del señor Núñez .
Actualmente el señor Núñez se encuentra condenado por la justicia.
Con los antecedentes aportados, la Comisión arriba a la conclusión que la participación del señor Núñez debió contar, al menos, con el conocimiento de Consejeros Regionales que aprobaron los distintos proyectos cuestionados, los cuales serían políticamente responsables de los hechos aquí descritos. Sin embargo, previamente es necesario que la justicia ordinaria se pronuncie respecto de estos casos, que actualmente están siendo investigados.
b) CASO VALPARAÍSO JOVEN.
De la investigación se concluyó que la organización “Valparaíso Joven”, se adjudicó tres proyectos, Seguridad Ciudadana, por la suma de $94.700.000 de los cuales no se tuvo a la vista las respectivas cotizaciones que sustenten estas sumas.
Se pudo comprobar además que ningún proyecto relacionado con fondos para iniciativas de Seguridad Ciudadana, concurso verano 2013 contó con la evaluación pertinente, ni se logró evidenciar la constitución de las respectivas comisiones de admisibilidad y de evaluación, en función de lo que establecen las respectivas bases y reglamento que regulan el llamado a concursos de estos fondos.
Por este caso, la justicia ordinaria condenó a Enrique Kittsteiner , exjefe de gabinete de la Intendencia, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo como cómplice de malversación de caudales públicos, además de 3 años y un día como autor de fraude al Fisco.
Sin perjuicio de la condena criminal del señor Kittsteiner , esta comisión considera que sus actuaciones fraudulentas debieron ser conocidas, acordadas y aprovechadas por miembros del Consejo Regional, para de esta manera aprobar los proyectos que el señor Kittsteiner sometía a consideración del consejo, a espaldas del exintendente Regional. Sin embargo, antes de establecer la responsabilidad política de aquellos miembros del Consejo que pudieran estar implicados, es necesario que la justicia ordinaria se pronuncie, atendido a que existes investigaciones pendientes.
c) CASO LA CALERA.
Con fecha 30 de abril, mediante Memorándum Reservado 16, se da cuenta al señor intendente eventuales irregularidades proyectos relacionados con las organizaciones: Centro Cultural Rucamanqui, Centro de Madres Nueva Ilusión, Agrupación Cultural, Artística , Recreativa y Ecología Recrearte y Comité Habitacional My Dream House La Calera.
En este caso, según estableció la Contraloría en su investigación estas organizaciones utilizaron el centro de eventos “ Doña Anita ” para realizar sus actividades, en las cuales participaban candidatos a cargos de elección popular de ese año, entre los cuales se encontraba Christian Urízar , CORE y candidato a diputado por el distrito 10, Héctor Correa , candidato a Alcalde de La Calera, René Lues , Secretario del CORE y candidato a Alcalde de Viña del Mar y Roxana Saavedra , Filomena Navia y Paola Catalán , candidatas a concejales de las comunas de Hijuelas, La Cruz y Viña del Mar, respectivamente.
Respecto a lo anterior, esta Comisión condena la participación de todos los candidatos mencionados, quienes aprovechando la instancia descrita anteriormente, utilizaron los proyectos que se financiaron con recursos fiscales para realizar actividades relacionadas con sus campañas electorales. Sin perjuicio de la responsabilidad administrativa que les pueda atribuir, esta Comisión Investigadora concluye que quienes actualmente ejercen cargos públicos son los responsables políticos de las actuaciones descritas.
d) CASO VIÑA DEL MAR.
De los hechos denunciados e investigados por la Contraloría, así como por los antecedentes y declaraciones allegadas a esta comisión, es posible establecer fehacientemente la responsabilidad del ex Secretario Ejecutivo del Consejo Regional y actual Consejero, señor René Lues , como el principal articulador de un sistema que permitió financiar la campaña de distintos candidatos que se consignan en el informe de Contraloría, como la suya propia. En efecto, dentro de los antecedentes que dispone esta comisión, el informe señala expresamente que 60 personas señalaron haber participado en actividades en el Centro de Eventos Doña Anita, en el cual el señor Lues “les entregó calendarios, afiches relacionados con su candidatura, solicitando su apoyo y voto en las elecciones municipales de ese año”.
Tratándose de los proyectos “Vida y Salud con Alegría, “Mente Sana en Cuerpo Sano” y “Vida Alcanzando Sueños” y “Centro Comunitario del Cerro al Mar”, respectivamente en los cuales se denuncia la participación del citado ex Secretario del CORE, “los dos primeros de ellos fueron ejecutados entre febrero y abril de 2012, fecha en la cual éste ocupaba el referido cargo, actuación que vulneró el principio de probidad administrativa contemplado en el inciso primero del artículo 8 de la Constitución Política de la República, conforme al cual “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”, principio que, además, se encuentra regulado en diversas disposiciones de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, particularmente a las contenidas en su Título III y el artículo 19 de la citada ley, que dispone que el personal de la Administración del Estado estará impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración, en tanto que al artículo
27 de la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, ordena que “Los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado, ni usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones”.
Las situaciones antes descritas infringen, además, el numeral 2 del instructivo de procedimiento adicional a las bases de deporte que rigen los concursos de que se trata, aprobados mediante las resoluciones exentas N° 330 y 364, de 2011 y 2012, respectivamente, que señalan que los proyectos durante su periodo de ejecución no podrán, por ningún motivo, apoyar actividades proselitistas de ningún tipo, ni destacar voluntades políticas y religiosas.
En cuanto al ejercicio de su cargo como Secretario Ejecutivo del Consejo Regional, el señor Lues no cumplió debidamente su función, ya que en virtud de los antecedentes que obran en esta comisión fue negligente en su deber de custodiar los registros de audio de las sesiones del Consejo. Asimismo, según se pudo comprobar, el señor Lues adulteró las actas de las sesiones para beneficiar a proyectos determinados, en perjuicio de otros que en la sesión respectiva fueron aprobados, según constaba en los registros de audio que desaparecieron.
De esta manera, se pudo establecer que el señor Lues es parte de la maquinaria creada para aprobar proyectos en beneficio de ciertas personas o instituciones determinadas.
Es más, en su rol de Ministro de Fe del Consejo, él podría haber perfectamente haber puesto en conocimiento de la justicia las situaciones fraudulentas, sin embargo, esto no fue así, por lo cual la justicia deberá determinar si él cometió un delito en ejercicio de su cargo.
Respecto al ejercicio de su función, es necesario recordar que durante el mandato del Presidente Eduardo Frei , el señor Lues ejercía el mismo cargo de Secretario Ejecutivo del Consejo Regional, siendo destituido en el marco de las investigaciones del conocido caso Malversación de Fondos (1997)”.
VI. CONSIDERACIONES, CONCLUSIONES Y PROPOSICIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN.
Luego, se deja constancia que ante esta Secretaría se presentaron dos cuadernos. Uno de proposiciones y el segundo de conclusiones y proposiciones, que fueron debatidos, puestos en votación y aprobadas, de la forma que sigue:
I.- Propuestas presentadas por la diputada señora Marcela Hernando y por los diputados señores Arturo Squella y Raúl Saldívar .
Fueron aprobadas por unanimidad, con los votos de los diputados señores Joaquín Godoy ,
Giorgio Jackson, Marco Antonio Núñez , Luís Rocafull (en reemplazo del diputado señor Fidel Espinoza) , Raúl Saldívar , Marcelo Schilling (Presidente), Gabriel Silber , Arturo Squella , Víctor Torres y Osvaldo Urrutia y de las diputadas señoras Marcela Hernando y Andrea Molina .
El texto de las proposiciones aprobadas por esta Comisión Especial Investigadora, es el siguiente:
“PROPUESTA PARA PREVENIR EL MAL USO DE FONDOS DE DESARROLLO REGIONAL CUYO DESTINO ES FOMENTAR EL DESARROLLO DE LA CULTURA; DEL DEPORTE; SEGURIDAD CIUDADANA Y SOCIAL Y REHABILITACION DE DROGAS EN ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”
Con la finalidad de optimizar el proceso de asignación de estos recursos se proponen las siguientes modificaciones a la normativa actual:
1.- Respecto del Fondo a distribuir, el CORE (Consejo Regional) deberá dividir este Fondo en dos, definiendo un porcentaje para el concurso de organizaciones Privadas sin Fines de Lucro (Fondo A) y un porcentaje para el concurso de Municipios o Asociaciones de municipios (Fondo B).
1.1.- En el caso del 2% susceptible de dedicar a proyectos de seguridad ciudadana, se deberá destinar un mínimo de 70% para organismos públicos. Se podrá postular para la ejecución de planes comunales de seguridad.
1.2.- Para el 2% de cultura y el 2% de deporte: ninguno de los porcentajes (privado vs público) deberá exceder del 60% ni ser menos del 40%.
1.3.- Hacer un llamado anual a concurso público para la distribución de cada uno de estos fondos que componen el 6%, todo ello de manera diferida y antes de cada 31 de diciembre.
2. FONDO A:
2.1.- En los recursos destinados a financiar las iniciativas de Instituciones Privadas sin fines de Lucro, se propone que el Gobierno Regional (entendido como el CORE + Intendente), efectúe una distribución a nivel global para cada municipio, teniendo presente en el proceso de distribución lo señalado en el artículo 19, letra f) de la ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; las Estrategias Regionales de Desarrollo y las Políticas Regionales relacionadas con estas materias, aprobadas por el Gobierno Regional; y las orientaciones señaladas en la glosa específica contenida en la Ley de Presupuestos del Sector Público.
2.2.- Se sugiere que del fondo para organizaciones privadas, los municipios puedan destinar un porcentaje para proyectos que sólo busquen financiamiento de la operación de estas organizaciones y podrá establecer montos tope para estos efectos.
2.3.- Los municipios convocaran a concurso a las Instituciones Privadas sin fines de lucro, utilizando Bases, visadas por los Gobiernos Regionales.
2.4.- Las postulaciones de las Instituciones Privadas sin Fines de Lucro, se efectuarán a través de la Plataforma Electrónica www.chileindica.cl, administrada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, con postulaciones ciegas e incorporación a través de formato digital de todos los antecedentes del concurso. Esta plataforma digital determinará la admisibilidad respecto de requisitos administrativos. De esta forma se garantiza la transparencia y el control ciudadano de los concursos.
2.5.- Efectuado el concurso, el Alcalde presentará al Concejo Municipal, el listado de las iniciativas declaradas admisibles, y una propuesta de priorización para su aprobación. Posteriormente informará al Intendente sobre los resultados del concurso, proponiendo las instituciones e iniciativas aprobadas y priorizadas. Esta etapa es la que define la pertinencia técnica, social y política de los proyectos.
3. FONDO B:
3.1.- Los gobiernos regionales (CORE más intendente regional) convocarán a concurso a los municipios y asociaciones de municipalidades, utilizando BASES TIPO elaboradas por la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).
3.2.- La evaluación de admisibilidad administrativa la hace la plataforma www.chileindica.cl administrada por la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).
3.3.- Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).
3.4.- La evaluación de admisibilidad respecto de pertinencia técnica la hace el pleno del Consejo Regional (CORE).
3.5.- Efectuado el concurso el Intendente regional presentará al Consejo Regional (CORE), el listado priorizado de las iniciativas declaradas admisibles, para su aprobación. Posteriormente informará PÚBLICAMENTE sobre los resultados del concurso.
4.- Otras medidas administrativas:
4.1.- La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo conjuntamente con la Dirección de Presupuestos, anualmente elaborará un instructivo que enviará a los Gobiernos Regionales, señalando los criterios básicos que deben contener los reglamentos que regulen los concursos y en especial en cuanto a los procedimientos a seguir para hacer operativa la distribución del 6% del FNDR en cada una de sus tres categoría (cultura, deporte y seguridad ciudadana).
4.2.- Con la finalidad de regular los recursos destinados a financiar gastos operacionales y administrativos dentro de las iniciativas, se propone establecer restricciones en términos de porcentaje (máximo 20%) al financiamiento de estos gastos.
4.3.- Para regular el financiamiento de iniciativas a Instituciones Privadas sin Fines de
Lucro que se constituyan sólo para obtener los beneficios de estas iniciativas se propone:
4.3.1.- En el caso de organizaciones nuevas (menos de 1 año) se deberá exigir un aporte mínimo del 20% del total del proyecto;
4.3.2.- Las organizaciones con trayectoria acreditada mayor a 1 año no requerirán dicho aporte.
4.4.- Aumentar los controles y fiscalización en términos del cumplimiento de las exigencias establecidas en la ley N° 19.862, que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos.
5.- Fortalecimiento legal y administrativo de la unidad de control interna de los gobiernos regionales, en especial respecto de sus competencias y capacidades funcionarias.
6.- Creación de un organismo de carácter autónomo, que se ocupe exclusivamente de atender y fiscalizar asuntos de probidad en el gobierno regional, integrado por funcionarios designados por el sistema de Alta Dirección Pública.
7.- Se efectúe una auditoría externa al Gobierno Regional, a lo menos dos veces en cada período del mismo, a petición del Intendente Regional o del Consejo Regional.
8.- Solicitar a S.E. la Presidenta de la República considere y materialice estas propuestas y recomendaciones en un proyecto de ley y en medidas administrativas concretas”.
II. Conclusiones y proposiciones presentadas por el diputado señor Marcelo Schilling .
Fueron aprobadas por mayoría de votos.
A favor lo hicieron los diputados señores Giorgio Jackson, Marco Antonio Nuñez , Luis Rocafull (en reemplazo del diputado señor Fidel Espinoza) , Raúl Saldívar , Marcelo Schilling (Presidente), Gabriel Silber y Víctor Torres y la diputada señora Marcela Hernando .
En contra lo hicieron los diputados señores Joaquín Godoy , Arturo Squella y Osvaldo
Urrutia y la diputada señora Andrea Molina .
El texto de las conclusiones aprobadas por esta Comisión Especial Investigadora, es el siguiente:
“CONCLUSIONES
Al tenor de los hechos que han sido recabados por la comisión consistente en las declaraciones del exintendente CELIS, KITTSTEINER , LUES, RODRÍGUEZ , ARQUEROS , MALDONADO , CONTADOR, URIZAR , etc.
Los documentos recabados durante el funcionamiento de la comisión investigadora.
La sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral RIT 185 – 2014, actualmente firme y ejecutoriada.
El hecho reiterado de graves denuncias y hechos investigados relacionados a malversación de fondos en la Intendencia y el Gobierno Regional de Valparaíso.
1.- LA ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL COMO CASO PARADIGMÁTICO DE UNA ORGANIZACIÓN DEFECTUOSA.
Una organización defectuosa es aquella que carece de un adecuado modelo organizativo o mecanismo de prevención, en otras palabras, es aquella que ha facilitado o no ha impedido que sus funcionarios hayan realizado un hecho delictivo singular; será ese defecto de organización concreto lo que constituya el hecho delictivo propio del organismo. Esta cultura institucional defectuosa fomenta la realización de hechos irregulares.
Lo anterior se manifiesta en la denuncia de irregularidades en el Gobierno Regional en el proceso de asignación de fondos concursables, que se expresan en los casos correspondientes a las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Quilpué , La Calera, en que se persigue determinar las actuaciones del Intendente Regional, el jefe de Gabinete del Gobierno Regional, y el secretario ejecutivo.
La comisión investigadora ha recibido indicios que permiten efectuar una inferencia sobre los graves problemas que afectan al gobierno regional: en los siguientes aspectos:
a) Asignación de fondos concursables en materia de cultura, deportes y seguridad ciudadana:
Existen diversos testimonios, como el del auditor OSVALDO MALDONADO , quien manifestó lo siguiente:
“Primero los hechos demostraban que don Sergio era responsable de seguridad ciudadana, los convenios tenían su mosca y trataron de visualizar los actores del proceso y en la fase investigativa hubo un correo electrónico que proporcionó Patricia Freire y mostraba que Sergio instruía al concurso T” de segundo semestre del año 2012 de seguridad ciudadana, cultura y deportes estaba bajo dirección de planificación. Al ver los proyectos solo vieron eso, las carpetas no estaban con actas de comisiones de admisibilidad ni evaluación. Analizadas las bases eran condición necesaria y suficiente para que se asignaran esos proyectos”.
Las irregularidades en los procesos de concursos se acreditan según lo que expresa la testigo MARIA TERESA BLANCO:
En el primer concurso trabajaron ambas divisiones, con Sergio. El concurso 1 se llevó a cabo en mayo de 2012 si mal no recuerda. Finalizó en mayo, comenzó en marzo o abril de 2012. El Fiscal exhibe documentos (41) es el acta de comisión de admisibilidad de 16 de mayo de 2012. Esa acta la hizo ella, postularon 83 proyectos, del sector público quedaron 12 y del sector privado quedaron 4. O sea quedaron 16 de un total de 83. Página 6) ese es el checklist que se hacía, se trata de documentación, es para el sector privado. Página 12) en la primera columna sale el total de proyectos recibidos dentro de plazo 83, el 64% corresponde a privados y el 35% a sector público, hay un proyecto sin monto. En la segunda línea el número de proyectos que cumplió con la admisibilidad o sea el checklist, 12 para el público y 4 para el privado. Después venía la comisión de evaluación, estaba integrada por los tres jefes de división y esa no alcanzó a constituirse. Cuando salió el resultado de esta comisión, presentaron estos resultados en la comisión de educación y cultura del CORE, ella no se vinculaba con esa comisión.
En la comisión deberían estar solamente los participantes, pero asistían todos los consejeros que querían informarse y estaban casi todos, cuando ella presentó los resultados, no tenía gran vínculo y generalmente discutían, ha sido una de las cosas que quiere borrar en su vida profesional, los consejeros la trataron muy mal en esa ocasión, antes decían que ella era solo técnica y no política y lo menos que le dijeron es que demostrara que los dos magíster que tenía no se los había ganado en un sorteo.
Puede apreciarse, además, como práctica habitual por parte de las organizaciones que postulaban a estos fondos de solicitar entrevistas con el exintendente, tal como se desprende del testimonio judicial del representante de la organización Arte y Música Reñaca , exalmirante Juan Carlos Toledo :
“La primera reunión la tuvieron con el intendente con la intención de salvar el colegio alemán, esto fue con el intendente Celis y les señaló que veía con agrado que entraran a estos fondos y que de ahí en adelante podían hablar con Enrique Kittsteiner su jefe de gabinete. Hablaron con él desde hace unos 3 a 4 años, antes hablaron con el señor anterior, no recuerda el nombre, era el antiguo jefe de gabinete. El intendente les señaló que debían entenderse en adelante con Kittsteiner, al término de la reunión le indicaron que iban a postular al fondo del 2%, esto partió el año 2010. En algunas oportunidades hablaron con Celis de los proyectos en su oficina. Sus relaciones con Kittsteiner eran muy cordiales, difícil de conversar con él era difícil porque estaba muy ocupado, le fueron a preguntar cuándo iban a ser los concursos, cuando se iba a realizar la tercera temporada en octubre, ellos en septiembre pidieron asignación pero no quedaron en ese concurso y preocupados por esta situación le preguntaron a Kittsteiner que había pasado y dijo no quedaron y le dijo a su hijo, no a él pero vamos a ver modo de entregarles fondos de seguridad ciudadana, esto fue el año 2012”.
En cuanto a las modalidades de pago de los recursos resulta importante señalar lo afirmado por la Jefa de Finanzas, ELIZABETH MONTENEGRO , a propósito de los pagos efectuados el año 2012 en materia de seguridad ciudadana:
“Se le instruyó que proyectos debía pagar primero, el 8 de octubre se le indica que debe crearle a cuatro proyectos asignación presupuestaria, dos de la fundación Jaime Fillol cada uno por 34 millones y dos para Valparaíso Joven uno por 30 y otro por 40 millones de pesos. Esto lo pidió Núñez por mail. (43) es una nómina del Banco Estado se hizo transferencia a través de pagos masivos, sale SIFTE y se carga en el banco y se indica la cuenta corriente y monto, lleva un número que le da el sistema y se dice de donde es la nómina, es del FNDR de seguridad ciudadana. Abajo va el nombre de la institución, fue subida el 18 del 10 de 2012 a las 14:43 horas”
b) “Cuoteo” o equidad territorial. Incompatibilidad de este criterio, conforme al principio de probidad:
Al respecto se puede mencionar el testimonio del imputado del señor SERGIO NUÑEZ en la sentencia RIT 185 – 2014.
“…Hay 3, administración y finanzas, planificación y desarrollo y análisis de control y gestión, las tres personas son de confianza exclusiva del Intendente Regional. En cada una de las 3 divisiones había un jefe. A planificación y desarrollo estaba adscrita la unidad de cultura y deportes, ellos llamaban a esos concursos. El habló de un cuoteo político en su declaración, al no ser concurso público jugaba con las personas y que muchas personas quedaba fuera de participar, esto era un cuoteo político, el 2% del gobierno regional destinado a cultura cerca de 1.000 millones de pesos fue cuoteado políticamente y otros 1.000 millones de pesos para deportes. Hasta que él está en prisión preventiva esto nadie lo conocía e incluso fue negado. En su declaración lo señala al señor fiscal, no sabe qué ha pasado con esto. Como se repartía el cuoteo. El 30% para el intendente y el 70% restante se dividían en 28 cuotas iguales para cada consejero regional. Cada uno de los dueños de su cuota podían elegir libremente que proyecto le interesaba dentro del concurso y se iba cargando a su cuota, el manejo del control de esas cuotas lo manejó el jefe de la división de planificación y desarrollo señor Luis Alberto Rodríguez , luego un secretario técnico de la comisión de cultura y deporte, olvidó su nombre y de noviembre de 2010 en adelante recae en su persona. Él era ejecutivo de la cuenta desde noviembre de 2010 en adelante para que cada uno no se sobrepasara en su cuota que se habían asignado porque los gobiernos regionales y las partidas presupuestarias se gastan hasta el 100%, no se puede exceder.
Por otro lado, hay que tener presente lo que afirma el EXINTENDENTE RAÚL CELIS en este mismo tema:
El detalle exacto de las cuotas él no lo manejaba, el jefe de gabinete sabía lo de las cuentas. Mejor derecho en un 30% al intendente y mejor derecho del 70% de los consejeros. En ese reglamento se habla de esta distribución territorial, lo ignora si se dice allí. El consejo debe adoptar medidas para que hubiera distribución territorial, se suprimieron los marcos territoriales y se aplicó equidad de 30% para el intendente y el 70% restante para los consejeros, eso guardaba armonía con el sistema antiguo de los marcos provinciales. No se señala este criterio de distribución, debía adoptarse medidas para que el principio de equidad territorial se vea en la práctica. Esa norma de repartición del 30% y 70% no está escrita.
2.- LA ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL COMO CONTEXTO DE IMPUTACION.
Efectuada la constatación de graves problemas de organización, resulta acreditado el hecho público y notorio vinculado a las graves irregularidades detectadas durante los últimos siete años en la Intendencia de Valparaíso, que han significado investigaciones y juicios por los delitos de malversación y fraude de los recursos públicos destinados a FNDR.
En este sentido, y sobre la base de la investigación desarrollada resulta necesario explicar el origen de la materialización en un período corto de tiempo, de sendos escándalos de corrupción en el Gobierno Regional.
En términos fenomenológicos, se trata de aprehender estos hechos a objeto de precisar el estatus en que pueden encasillar estas conductas, es decir, por una parte si tales conductas se incardinan en un SISTEMA DE INJUSTO SIMPLE, es decir, “relaciones entre individuos organizadas hacia fines injustos”, como podría ser el acuerdo de dos o más funcionarios para incurrir en conductas antijurídicas. En este sentido un sistema de injusto será simple en la medida en que el sistema se halle organizado “hacia un fin común a través de la voluntad de los individuos”, en otras palabras se trata de un grupo de sujetos que se proponen la realización de un delito conjuntamente al margen de factores institucionales.
Otra posibilidad, es entender los hechos objetos de esta investigación, son expresivos de un SISTEMA DE INJUSTO CONSTITUIDO, que a diferencia del caso anterior, se explica en tanto su organización adquiere una “configuración institucional duradera mediante una constitución o unos estatutos”. EN ESTE PUNTO, cuando se señala a LA ORGANIZACIÓN COMO CONTEXTO, a nivel de la estructura de imputación es relevante frente a la pregunta de la configuración y distribución de la responsabilidad. Para el injusto constituido de una institución (o empresa con tendencia criminal), por su parte, los factores determinantes serían los siguientes: el peligro potencial de la organización, mecánica o lógicamente dispuesta para la respectiva prestación; el déficit de la respectiva estructura organizacional; una filosofía institucional criminógena (aprobar proyectos fuera de las base, no realizar comisiones evaluadoras, modificar puntajes asignados, cuotear los recursos disponibles, establecer mecanismos de discrecionalidad para priorizar proyectos, etc.); y una erosión de la noción de responsabilidad por la acción individual.
En este sentido es posible afirmar las nefastas CONSECUENCIAS DE UN DEFECTO ORGANIZACIONAL, que se traduce en una doble función de garantía de ilicitudes que desempeña la organización: por una parte, la garantía de la pervivencia del riesgo creado por cada miembro, así como la garantía de la conexión de dicho riesgo con aquel generado por los intervinientes en un determinado hecho delictivo particular. En otras palabras, la situación del Gobierno regional en cuanto organismo encargado de la asignación de recursos, es demostrativo de los altos riesgos institucionales en los procesos de asignación de recursos en todos los niveles del proceso administrativo, siendo los propios funcionarios los que asimilan estos defectos contribuyendo a su pervivencia en el tiempo.
El significado preciso de la variable organizacional en este ámbito es demostrativo que se trataría, de “un sistema de acumulación institucionalizada de aportaciones individuales favorecedoras de la ejecución de los delitosfin en el seno de la organización que es el Gobierno Regional.
Las declaraciones de Sergio Nuñez dan cuenta de este defecto, como se citó en el punto anterior, “Yo hablé de un cuoteo político, esto en vez de ser concursado, fue cuoteado políticamente (al menos 2 mil millones), 30% el señor intendente y el saldo restante para los consejeros regionales; cada uno elegía que materia interesaba”; la declaración del AUDITOR OSVALDO MALDONADO , por su parte, afirmó que “más de 70 proyectos estaban con problemas”. En este sentido, el defecto organizacional ha actuado como fuente de posibles ilícitos.
3.- INFRACCIÓN DE DEBERES POR PARTE DE LA MÁXIMA AUTORIDAD REGIONAL.
Sobre el cúmulo de antecedentes se puede establecer: que durante el mes de febrero de 2013, los organismos de auditoría del Gobierno Regional, detectaron una serie de irregularidades en la rendición de la organización Valparaíso Joven y otros proyectos, mientras durante el avance de la investigación se menciona la entrega de antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para obtener restituciones por los fondos asignados; en el mes de Julio de 2013, la jefa de gabinete del Intendente, Sra. SPICHIGER, habría tomado conocimiento de la utilización de facturas ideológicamente falsas para la rendición de los proyectos adjudicados a la citada organización, las que habían sido proporcionadas por CESAR MELLADO, funcionario del Gobierno Regional. Sin embargo, sólo a fines del mes de agosto de efectúa la denuncia ante el Ministerio Público (como se desprende de copia de la denuncia a la fiscalía).
Las infracciones se pueden separar en los siguientes hechos y circunstancias:
a) Uso abusivo de la delegación como mecanismo de elusión de responsabilidad por parte del exintendente CELIS:
1.- Delegación de funciones en el señor SERGIO NUÑEZ :
2.- Cambio de María Teresa Blanco, por Sergio Nuñez , en la responsabilidad por el concurso de seguridad ciudadana el año 2012;
3.- Firma de convenios sin reparar en la reiteración de organizaciones adjudicadas y los montos adjudicados;
4.- Solicitudes de diversas instituciones que imputadas a la cuota del intendente no tenían posibilidad de financiamiento (citar correo Sra. Oyarzún, testimonios); financiamiento triangular mediante los fondos de seguridad ciudadana;
5.- Correo electrónico del año 2012, en el contexto de los concursos sobre deportes de MARCIA OYARZÚN a nombre del concejal Andrés Celis , según leyó en sesión el diputado señor Nuñez );
6.- Correo electrónico de julio de 2013 por el cual se solicita adjudicar proyecto de seguridad ciudadana a Fundación.
b) Infracción al deber de denuncia conforme a la regla del artículo 175 del Código Procesal Penal
Ha quedado establecido, a partir de los testimonios de MELLADO, SPICHIGER , CELIS, MALDONADO y VALENZUELA PEPE, que el 22 de julio de 2013, se acredita la utilización de facturas ideológicamente falsas para rendir los proyectos de la organización Valparaíso Joven, como lo expresa SPICHIGER “…a principio de junio de 2013 me informan de auditoría que había rendido los proyectos la organización… solicite que me llevaran los antecedentes me encontré que los antecedentes no se condecían con una organización seria, como ejemplo puedo decir que un proyecto de 40 millones estaba rendido con antecedentes de uno de 30… antecedentes que llaman la atención” (pista de audio 28’08’’).
Cabe señalar que sólo el 22 de agosto de 2013 se presenta la denuncia al Ministerio Público, por tales proyectos, es decir, casi un mes después, no obstante el mandato explícito del artículo 175 letra b) y el plazo fijado en el artículo 176 del Código Procesal Penal. Demuestra lo anterior el testimonio de SPICHIGER “…esos antecedentes derivan en que él (Mellado) haga un autodenuncia y el gobierno regional donde indica que él facilito estas facturas pero estos proyectos nunca se ejecutaron y en el servicio de impuestos internos con esos antecedentes para nosotros constituía delito y es la primera denuncia que se realiza en el ministerio público…” (Pista de audio 38’07’’). “su autodenuncio señala que las actividades no se realizaron y si no se realizaron difícilmente podían ser rendidas… creo que es en agosto el autodenuncio es de fines de julio… (Pista de audio 44’34’’).
Sobre el punto anterior hay que tener presente lo que el auditor MALDONADO señala en su testimonio judicial:
“Se trató de averiguar de quién era esa empresa y a mediados de junio descubrieron que era de César Mellado, funcionario de la intendencia del piso 18 y era auditor de pro empleo le parece, él no es contador auditor y ahí empieza una segunda revisión, habla con don César Mellado y le pide que le explique lo de las facturas. A Uribe le enviaba los reparos de las facturas por escrito y el quedaba de responderles conforme las observaciones solicitadas, en un momento les pide formalmente en una carta que le devuelvan la rendición de cuentas que habían presentado y el no accedió, no había procedimiento establecido para eso. César Mellado les dice que proporcionó esas facturas por unos servicios prestados, eso fue en una primera instancia. Se generó alarma en la gente y pasada las 18 horas en la oficina de Susanne, don César pide hablar con ellos dos, eran 4 en la oficina. Mellado dice abiertamente que estaba complicado porque Enrique Kittsteiner le pidió facturas para rendir proyectos del intendente y estaba complicado porque facilitó facturas exentas e iba a tener un problema tributario, estaba molesto en ese entonces, quería agredir físicamente a don Enrique Kittsteiner , ante lo cual el no habló del contexto, sino que solo dijo que era para rendir proyectos del intendente. Mellado presenta una autodenuncia en el SII donde informa que emitió facturas por servicios que no se habrían prestado. La resolución del sumario fue destitución, al final. La primera resolución fue suspensión del cargo, la Contraloría no tomó razón y propone la destitución y ahí informa que hay que disponer los antecedentes al Ministerio Público, esto fue abril, mayo de 2013”.
En este mismo sentido, respecto a las fechas de las denuncias la jefa de gabinete, SUSAN SPICHIGER , señalo:
“La denuncia es porque hay una auto denuncia señala que las actividades no se realizaron y por ende no podían ser rendidas, cree que fue en agosto porque la auto denuncia fue a fines de julio. Debía tener antecedentes de delitos además de irregularidades administrativas, las fechas parecen alejadas, en junio aparecen las rendiciones de estos proyectos en el gobierno regional y en julio Mellado hace una auto denuncia y es prueba de actividades no realizadas. La decisión de la denuncia es del intendente regional. Estaban ciertos de irregularidades administrativas por eso pusieron en conocimiento del CDE y cuando había constancia de delito se hizo la denuncia de inmediato”.
Cabe señalar, en este punto, que la denuncia en el Ministerio Público es del 22 de agosto de 2013.
En este sentido, la propia declaración judicial del intendente es indiciaria de contradicción con los elementos antes señalados:
“Caso de Valparaíso Joven explicó que era un tema civil pero cuando una persona se auto denuncia, inmediatamente presenta la denuncia. Factura falsa entre julio y agosto de 2013. La reunión con Ubilla fue en abril de 2013. A esa fecha tenía dudas de la actitud y comportamiento de Kittsteiner y por eso le dijo que pidiera facturas a Valparaíso Joven. Esto lo ponderó como un tema de rendición del proyecto. No recuerda fecha exacta de la denuncia de Valparaíso Joven. Ha tratado de ser riguroso en probidad”.
A propósito de la adjudicación del concurso por parte de la Organización Valparaíso Joven resulta contradictorio lo afirmado por el señor Raúl CELIS , en Agosto de 2013 ante el Consejo Regional, tal como se desprende de las Actas de las sesiones Nº 620 y Nº 621 del Gobierno Regional.
Requerido el Presidente del Consejo Regional sobre estos hechos, éste se limitó a afirmar que “…lo que se hizo fue despriorizar esos proyectos, no fueron pagados…” (p. 58, acta Nº 620, de 8 de Agosto de 2013), luego en la sesión Nº 621, nuevamente consultado por esta irregularidades, el Presidente del Consejo señala que “…puede que sean distintos concursos en distintas épocas, puede que en concursos anteriores se les hayan adjudicado proyectos, pero el concurso que le fue consultado fue despriorizado.” (p. 29, acta Nº 621, de 29 de Agosto de 2013).
c) Mantención de un modelo defectuoso de asignación de recursos.
Es un hecho público y notorio que la Fundación Puerto Ideas, en el contexto del caso relativo a la organización Valparaíso Joven, fue la que recibió, en una modalidad triangular, la suma de 15 millones de pesos, dineros que nunca fueron reintegrados.
En cuanto a la naturaleza de la entidad, el testimonio de FERNANDA ELUCHANS, en la causa RIT 185 – 2014 señala lo siguiente:
“Puerto Ideas es una organización privada que desarrolla iniciativas en el ámbito de la cultura, llevan tres versiones y este año hicieron una primera versión en Antofagasta. Se realiza todos los años el segundo fin de semana de noviembre, con conferencias, charlas, diálogos, en torno a la creatividad, ámbito humanista, científico, cada actividad tiene un valor de $1.500 pesos y también hay actividades gratis abiertas al público”.
Teniendo presente que la adjudicación de los fondos fue objeto de cuestionamiento en el proceso judicial mencionado, no deja de llamar la atención, que pese a existir un sumario administrativo en curso (febrero de 2013), la despriorización de los concursos postulados por Valparaíso Joven el 2013 y la desconexión entre los fines de la fundación (vinculada al ámbito cultural) con aquellos relativos a la seguridad pública, esta aparece postulando al concurso de seguridad ciudadana del año 2013, adjudicándose la suma de $9.999.488 millones, según se desprende de las transferencias efectuadas el 22 de octubre de 2013, como consta en la página de transparencia del GORE. Lo anterior era un hecho conocido por el señor intendente.
d) Infracciones normativas.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Gobierno y Administración Regional, corresponderá
Artículo 24.- Corresponderá al intendente, en su calidad de órgano ejecutivo del gobierno regional:
j) Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa contenidas en la
Ley Nº 18.575, en lo que corresponda;
Si tenemos presente que en el caso de la organización del Estado la regla sobre delegación prevista en el art. 41 letra d)
Artículo 41.- El ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrá ser delegado, sobre las bases siguientes:
a) La delegación deberá ser parcial y recaer en materias específicas;
b) Los delegados deberán ser funcionarios de la dependencia de los delegantes;
c) El acto de delegación deberá ser publicado o notificado según corresponda;
d) La responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten o por las actuaciones que se ejecuten recaerá en el delegado, sin perjuicio de la responsabilidad del delegante por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de dirección o fiscalización; y
e) La delegación será esencialmente revocable.
El delegante no podrá ejercer la competencia delegada sin que previamente revoque la delegación.
Podrá igualmente, delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas. Esta delegación no modifica la responsabilidad de la autoridad correspondiente, sin perjuicio de la que pudiera afectar al delegado por negligencia en el ejercicio de la facultad delegada.
Sobre esta disposición la Contraloría General de la República ha señalado en el Dictamen
Nº 25.627 de 13 de mayo de 2010:
“Sobre este punto, cabe expresar que aun cuando la delegación es una institución aceptada y regulada específicamente en el artículo 41 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ello es sin perjuicio de la responsabilidad del delegante por la negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de dirección o fiscalización, lo que, según se desprende del expediente, ocurrió precisamente en la especie, por lo que mal puede ser una circunstancia eximente de responsabilidad. Además, como se dirá más adelante, dado que la autoridad deberá revisar su decisión de absolver al inculpado…”
El Intendente puede delegar los deberes en directivos y administrativos, es una cuestión fáctica. Por regla general hay delegación en cascada de deberes parciales y funciones. Cada uno tiene una posición de garante puntual de su actividad.
La gran pregunta de la atribución de responsabilidad es la delegación, y cuando se exime de responsabilidad es porque no todos pueden responder, porque si delego una función descargo responsabilidad, cuando delego transformo la naturaleza de la responsabilidad que delego, no es que me libere totalmente de responsabilidad. Los deberes ahora pasan a ser de vigilancia y control. Aquí radica precisamente el hecho que resulta imputable a la máxima autoridad regional: en los deberes de vigilancia que tenía respecto de sus subalternos, quienes se vieron involucrados en los hechos antes descritos por un incumplimiento del exintendente en tales deberes, por lo cual cabe a éste responsabilidad en todos los hechos que el presente informe consigna.
En suma, el exintendente don Raúl Celis Montt , tiene responsabilidad política inexcusable en la creación y/o mantención del clima organizacional que permitió los delitos e irregularidades administrativas investigados por esta Comisión: (1) al renunciar a sus facultades exclusivas de priorización de las carteras del proyecto del FNDR, en especial de la denominadas del 2% para cultura, deportes y seguridad; en beneficio de mantener las cuotas del 30% (para definición de intendente) y del 70% (para asignación por los Consejeros Regionales), permitiendo que las prioridades se definieran en otras instancias como comisiones ad hoc o formales; (2) al recomendar y aceptar que se financiaran proyectos de naturaleza diversa al fundamento de los distintos 2% del FNDR con fondos de fines específicos (proyectos de cultura con fondos de seguridad por ejemplo); (3) al cultivar la falta de control de las determinaciones de funcionarios de su confianza, nombrados por él, en la asignación de recursos a proyectos con fondos del llamado 2% del FNDR; 4) al no supervisar la existencia de mecanismos de fiscalización en la ejecución y rendición de cuentas de los proyectos aprobados; y 5) al no reaccionar oportunamente a la detección de irregularidades o delitos detectados en relación a las ejecuciones de proyectos financiados con el 2% del FNDR para deportes , cultura y seguridad, dando espacio a los intentos de regularizar a posteriori los hechos irregulares mediante la búsqueda de boletas o facturas falsas (caso de don Cesar Mellado).
Por otra parte, el CORE de la Región de Valparaíso, distorsionó o aceptó que se distorsionara gravemente su función y competencias, pasando a ser, de un organismo evaluador y decidor de las propuestas de priorización de proyectos del intendente, a un organismo de promoción de proyectos del 2% del FNDR.
Asimismo, el CORE de la Región de Valparaíso abandonó totalmente, como consecuencia de lo anterior, su rol de fiscalización de la asignación y ejecución de proyecto.
PROPOSICIONES
En este sentido se propone la creación de dos mecanismos intra y extra institucionales:
1.- Creación de un órgano administrativo autónomo, integrado por funcionarios elegidos por el sistema de alta dirección pública, cuyas funciones sea la identificación y análisis de eventuales riesgos para la comisión de delitos funcionarios y contra la probidad, con el objeto de prevenir su comisión. Lo anterior se justifica atendida la estructura de dependencia jerárquica de las unidades de auditoría existentes.
El nuevo órgano será responsable de identificar y analizar los riesgos para la comisión de delitos o graves infracciones a la probidad administrativa, en la Administración del estado y especialmente en el Gobierno Regional, atendido los cuantiosos recursos que maneja presupuestariamente. El proceso de análisis deberá ser efectuado al menos cada tres meses o cuando sea requerida su opinión.
Para que el organismo pueda efectuar dicha actividad, tendrá que desarrollar las siguientes tareas:
a) identificar los riesgos,
b) identificar los controles, c) evaluar los riesgos y
d) evaluar los controles.
Todo el proceso de identificación y análisis de riesgo será documentado por el encargado de prevención en la matriz de riesgos de cada repartición del Gobierno Regional. La matriz de riesgos es un documento, en el cual se identifican los riesgos de comisión de delitos y se establecen sus respectivos controles de mitigación.
Asimismo, se propone la creación de un mecanismo de control que identifique los riesgos en la comisión de ilícitos denominado “semáforo”, en que la luz roja signifique que el acto está prohibido; la luz amarilla, que para la ejecución del acto se requiere la opinión del órgano de prevención; y la luz verde, que el acto en cuestión no constituye riesgo para el órgano de la administración ni para sus funcionarios.
2.- Sistema especial de prevención, o “Mock down raids”. Se propone la realización de simulacros de comisión de irregularidades, que no sólo significa hacer auditorías sino también someter a ciertas funciones críticas de la administración en el manejo de recursos, a un monitoreo permanente de riesgos.
3.- Crear un sistema de denuncia. La Comisión Investigadora propone la creación de un sistema de denuncia de hechos que comprometan la responsabilidad administrativa o que revistan caracteres de delito a Contraloría General de la República o al Ministerio Público, según corresponda, por un funcionario especial y autónomo, denominado Oficial de Cumplimiento Institucional.
Proposición de actividades ad intra la organización. En este aspecto resulta fundamental:
1.- Creación instructivos y códigos de conducta. Estos documentos deben establecer con claridad los deberes funcionarios que deben estar a disposición de los funcionarios y de todos los particulares, en especial de aquellos que contraten con la administración, postulen a subsidios o aportes públicos o participen el proceso de licitación pública.
2.- Realizar capacitaciones. Será función del órgano de prevención de delitos efectuar capacitaciones a los funcionarios que estén bajo su control y de particulares que mantengan relaciones contractuales o de otra índole con la administración pública”.
Finalmente, la Comisión Investigadora acordó que forman parte de las conclusiones y proposiciones aprobadas las consideraciones que les sirvieron de fundamento.
VII. ENVÍO DE COPIA DEL INFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA.
La Comisión Investigadora acordó proponer a la H. Sala que se envíe copia de este informe a las siguientes instituciones públicas, con la finalidad que, de conformidad a su mérito, adopten las medidas conducentes a superar las dificultades detectadas en la investigación de esta comisión parlamentaria.
1) A S.E. El Presidente de la República, de conformidad con las disposiciones del artículo 58 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional;
2) Al Ministro del Interior y Seguridad Pública
VIII.- DIPUTADO INFORMANTE.
La Comisión Investigadora designó, por unanimidad, como Diputado Informante al señor Marcelo Schilling Rodríguez .
Tratado y acordado, según las actas correspondientes, en las sesiones de fechas 6 y 20 de mayo; 03, 10, 11, 18 de junio, 02 y 23 de julio; 06 de agosto; 03, 10 y 30 de septiembre, y 15 y 16 de octubre del año en curso, con la asistencia de los Diputados miembros de la Comisión señores(as) Marcelo Schilling Rodríguez (Presidente); Fidel Espinoza Sandoval ; Joaquín Godoy Ibáñez ; Marcela Hernando Pérez ; Giorgio Jackson Drago ; Andrea Molina Oliva ; Marco Antonio Núñez Lozano ; Gaspar Rivas Sánchez , Raúl Saldívar Auger ; Gabriel Silber Romo ; Arturo Squella Ovalle ; Víctor Torres Jeldes y Osvaldo Urrutia Soto .
Además, asistió el diputado señor Luis Rocafull López , en reemplazo del diputado señor
Fidel Espinoza Sandoval .
Sala de la Comisión, a 16 de octubre de 2014.
(Fdo.): ALVARO HALABI DIUANA , Abogado Secretario de la Comisión”.
28. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES URRUTIA, DON OSVALDO ; SANDOVAL , Y DE LA DIPUTADA SEÑORA MOLINA
Fundamentos
Uno de los principales instrumentos de protección ambiental que contempla nuestra ley es el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA), reconocido y regulado en los artículos 8° y siguientes de la ley 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente. El perfeccionamiento de este instrumento, desde los inicios de la institucionalidad ambiental en Chile, ha significado mejoras sustantivas en cuanto a los efectos e impacto ambiental de miles de proyectos de inversión y desarrollo que se ejecutan actualmente en nuestro país.
En nuestro ordenamiento jurídico, la mayoría de los proyectos de desarrollo e inversión relevantes deben someterse a la evaluación ambiental previa, sea por Estudio o Declaración de Impacto Ambiental (EIA, DIA). Si bien cabe reconocer que existen algunas prohibiciones específicas a ciertos proyectos de inversión o desarrollo, la generalidad de las actividades comerciales pueden y deben someterse a la evaluación ambiental y a las eventuales condiciones y mejoras que la autoridad ambiental imponga a un determinado proyecto, con el objeto de proteger el patrimonio ambiental en cuanto interés común.
Sin embargo, en el último tiempo ha sido posible apreciar que la oposición a la realización de ciertos proyectos que pueden impactar negativamente el medio ambiente por parte de comunidades o grupos de personas con legítimos intereses, ha significado el retraso o rechazo de proyectos que han tenido la intención de llevarse a cabo en nuestro país. Estas oposiciones comienzan normalmente por la vía administrativa pero en muchos casos se extienden a la vía judicial, en donde tanto la comunidad que se opone al proyecto como su titular buscan resolver las diferencias que han existido durante la etapa de evaluación ante la autoridad ambiental.
Lo anterior parece más evidente cuando nos encontramos frente a proyectos que llevan años de tramitación y que incluso frente al otorgamiento de autorizaciones administrativas luego deben enfrentar serios reveses judiciales. Los casos recientes parecen recordarse rápidamente Punta Alcalde, Barrancones , Punta Piqueros, Castilla , Río Cuervo, por mencionar algunos pero si se retrocede en el tiempo la lista es bastante larga.
Con lo anterior no se pretende evitar la litigiosidad en materia ambiental como algo negativo per se. Todo lo contrario: muchas veces el recurso judicial es inevitable, dado los intereses antagónicos y no pocas veces irreconciliables entre las partes. Incluso, muchas veces será necesario para salvaguardar los intereses de aquellos más débiles frente a los efectos que acarrean los grandes proyectos de inversión.
Sin embargo, y reconociendo lo anterior, existe consenso en que parece positivo intentar evitar que ocurran litigios judiciales respecto de proyectos en etapas avanzadas de evaluación o incluso ya totalmente resueltos administrativamente. Desde luego, el rechazo judicial a proyectos de inversión que llevan años de tramitación implica un costo adicional para el inversionista, pero también un costo adicional para las comunidades y personas que se oponen a dicho proyecto. Ello porque solo se obtendrá un pronunciamiento judicial en la etapa final y luego de desgastantes instancias administrativas y judiciales, cuando el proyecto lleva varias etapas de evaluación. Esto implica también gastos para el erario público, consistente en más horas de profesionales y evaluación que finalmente irán a proyectos rechazados.
En este contexto, existen situaciones en donde el legislador puede buscar incentivos que permitan prevenir o solucionar tempranamente estas potenciales instancias de conflicto, otorgando acceso a la justicia ambiental a los interesados en etapas tempranas de la evaluación y antes que los proyectos avancen en el “tubo” o procedimiento de la evaluación ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
En efecto, a lo largo de la ley 19.300 es posible apreciar factores que contribuyen a fomentar o disuadir los conflictos ambientales en sede administrativa y judicial. Actualmente, uno lo de los factores que contribuyen a la litigiosidad ambiental se encuentra en el hecho que nuestra regulación ambiental contempla escasas instancias de reclamación judicial eficaz y temprana en donde los terceros eventualmente afectados por un proyecto de inversión como también personas que defienden legítimos intereses colectivos que pudieran verse afectados por dichos proyectospuedan acceder, dentro del procedimiento de evaluación, a las instancias especializadas de reclamación, es decir, a los Tribunales Ambientales.
Lo anterior se ve especialmente agravado en la siguiente circunstancia: muchas veces los titulares de proyectos recurren a ciertos vicios ya arraigados en el Sistema, uno de los cuales consiste en ingresar un proyecto mediante un estudio o declaración de impacto ambiental que a todas luces es insuficiente en cuanto a la información ambiental que proporciona a la autoridad evaluadora. Siendo la información que se acompaña insuficiente, la autoridad pedirá más antecedentes al titular, y así durante al menos dos oportunidades más (los llamados Adendas) en donde en la práctica ocurre muchas veces que el SEA “le hace” la evaluación al titular, coadyuvando con indicaciones de los posibles vacíos del proyecto y la forma en que se pueden subsanar de manera satisfactoria para la autoridad. Esto puede tomar meses o incluso años, pues el particular puede suspender el procedimiento (artículo 16 de la Ley de Bases del Medio Ambiente).
En este contexto, se alimenta la indefensión de los terceros comunidades, particulares posiblemente afectados que quieren conocer el proyecto, sus eventuales impactos ya que solo conocerán sus verdaderos alcances (por ejemplo la línea de base, el área de influencia y las medidas de mitigación de los principales impactos) una vez que la etapa de evaluación esté altamente avanzada. Si los particulares afectados deciden entonces impugnar el proyecto, éste ya se encontrará casi terminando en sede administrativa.
Actualmente, los artículo 15 bis y 18 bis de la ley 19.300 regulan esta situación pero de manera deficiente. Ambas normas, en su parte pertinente, establecen básicamente lo mismo: si el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental carece de información relevante o esencial para su evaluación que no pudiere ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, el SEA así lo declarará mediante resolución fundada, ordenando devolver los antecedentes al titular y poniendo término al procedimiento. Sin embargo, esta resolución sólo podrá dictarse dentro de los primeros cuarenta días contados desde la presentación del respectivo Estudio de Impacto Ambiental, o 30 días en casos de DIAs. Transcurrido este plazo, solo cabe completar la evaluación.
En la práctica, estas resoluciones son muy poco frecuentes, y tratándose de grandes proyectos mineros y otros de fuerte impacto ambiental, los servicios de evaluación ambiental aceptan la información proporcionada por muy insuficiente que aparezca, y prefieren “arreglar la carga en el camino”. A ello se suma que el plazo de 40 y 30 días que impone la ley a la autoridad ambiental es muy exiguo, y no es posible analizar un proyecto en ese plazo, ni aun para saber si cuenta con la información mínima. Esto perjudica a los terceros que se podrían ver afectados por el proyecto, que ingresa sin información suficiente para poder ser analizado por dichos terceros. Desde luego, ellos verán también minadas otras instancias por carecer de información relevante respecto del proyecto, especialmente la de participación ciudadana. Por lo demás, los particulares que puedan verse afectados son los más interesados en saber si el proyecto cumple o no con los requisitos mínimos para una adecuada evaluación ambiental.
Por otra parte, hoy los particulares no cuentan con recursos ante los Tribunales Ambientales para poder reclamar de esta situación. El hecho de no contar con estas herramientas de acceso a la justicia ambiental muchas veces solo acrecienta y mantiene la situación de conflicto, la que puede prolongarse muchas veces en perjuicio del bien común. Es por ello que resulta fundamental otorgar herramientas jurídicas adecuadas pero acotadas, razonables y eficaces que determinen y resuelvan situaciones de potencial litigiosidad antes que ellas adquieran dimensiones más complejas y que impidan soluciones oportunas y a bajo costo social, económico y administrativo.
De esta manera, el presente proyecto busca ampliar el plazo al SEA como autoridad de evaluación y también dar una instancia a los terceros que puedan verse afectados por un proyecto en el sentido de buscar una resolución judicial temprana y oportuna, de forma tal que si un proyecto es defectuoso y carece de información esencial para su evaluación sea rechazado y deba ingresar nuevamente al Sistema, pero con la información mínima necesaria.
Es por todo lo anterior que presentamos el siguiente:
Provecto de Ley
Artículo Único: Modifíquese el artículo 15 bis de la Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, en el siguiente sentido:
1) En el artículo 15 bis:
a) En el inciso segundo, se reemplaza donde dice “cuarenta días” y en su lugar se introduce “noventa días”.
b) Reemplázase el inciso final, por el siguiente:
“El titular y cualquier persona con interés podrán deducir recurso de reposición en contra de la resolución que se dicte, dentro del plazo de cinco días contado desde la respectiva notificación. En caso que el Director Regional o el Director Ejecutivo, según el caso, no dicten la resolución a que se refiere el inciso primero debiendo hacerlo, cualquier persona con interés podrá interponer recurso de reposición en contra de dicha omisión, en el plazo de 5 días contado desde el último día del plazo administrativo a que se refiere el inciso segundo. El recurso deberá resolverse dentro del plazo de veinte días. En contra de la resolución que resuelva el recurso podrá reclamarse ante el Tribunal Ambiental competente, en el plazo de 30 días”.
2) En el artículo 18 bis:
a) En el inciso segundo, donde dice “treinta días” se reemplaza por “sesenta días”.
b) Reemplázase el inciso final, por el siguiente: “En contra de esta resolución o su omisión podrá recurrirse en los mismos términos y plazos que lo dispone el artículo 15 bis inciso final”.
29. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES FARCAS, CAMPOS, JIMÉNEZ , MEZA, MONSALVE , RINCÓN, SILBER , TORRES Y URÍZAR , Y DE LA DIPUTADA SEÑORA CARVAJAL , QUE “MODIFICA LA LEY N° 20.563, CON EL OBJETO DE ESTABLECER UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PERMANENTE PARA REGULARIZAR AMPLIACIONES Y CONSTRUCCIONES DE ENTIDADES RELIGIOSAS”. (BOLETÍN N° 9684‐14)
“1.- Fundamentos.- En nuestro sistema jurídico, las reglas generales en materia de derecho urbanístico, se encuentran previstas en diversos continentes normativos siendo la ley orgánica de municipalidades y la ley general de construccciones la que establecen la regla general en materia de recepción de obras sobre la base que, ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva sea parcial o total.
Sin embargo, la realidad de la vida se ha encargado de verificar que diversos factores impiden la aplicación de esta regla general en ciertos contextos. En este sentido, son de público conocimiento, los positivos efectos de la Ley Nº19.583 (y con sucesivas prórrogas de vigencia mediante las leyes núm. 19.667 y 19.727), de ordinario, conocida como ley del mono, destinada a regularizar la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva. Esta ley tuvo por objeto autorizar en forma excepcional, y por una sola vez, a través de un simple procedimiento administrativo, la regularización definitiva de ampliaciones o edificaciones ejecutadas sin cumplir con las exigencias de la ley de construcciones vigente. Más recientemente, se ha planteado ampliar este criterio, a microempresas, equipamiento social como fluye de la ley Núm. 20.563, y recientemente en actual tramitación la que prorroga y amplía el sistema de la ley Núm. 20.671 para regularización de viviendas sociales (Boletín 9.02914).
El hecho que una ampliación o construcción no esté regularizada, además de constituir una infracción a la ley, genera múltiples efectos negativos, tales como la imposibilidad de tramitar una patente municipal para el funcionamiento del taller o microempresa ubicado en una vivienda, y de acceder a créditos para el mejoramiento de la misma, menores ingresos para los municipios debido a que nos se pagan las contribuciones correspondientes a tales construcciones, etc. En estas condiciones por encontrarse en una situación irregular en ampliaciones y construcciones, hacen necesaria una revisión legislativa en la materia.
El propósito fundamental del presente proyecto de ley es autorizar en forma permanente la aplicación de este procedimiento simplificado, sin grandes desembolsos ni trámites complejos, para la regularización definitiva de ampliaciones o construcciones extendiendo el marco actual a las entidades religiosas en el entendido que el Estado garantiza el libre desarrollo de estas actividades que cumplen una importante función social. En este sentido creemos necesario por razones sistemáticas utilizar las expresiones propias de la ley Núm. 19.638 y superar las dudas interpretativas que presenta la norma vigente.
2.- Historia legislativa. La Ley Nº19.583 (y con sucesivas prórrogas de vigencia mediante las leyes 19.667 y 19.727) tuvo su origen en la moción de los Diputados Samuel Venegas , Ramón Elizalde , Carlos Montes , José Makluf , Francisco Encina , Rodolfo Seguel , Iván De La Maza, Juan Pablo Letelier , Ignacio Balbontín , Hosain Sabag , (Boletín 187314), que entre sus fundamentos señalo “la necesidad de enfrentar decididamente la superación de la pobreza que aún azota a sectores importantes de nuestra población” de ahí que se propone legislar a fin que “los propietarios de las viviendas sociales a que alude la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que hubieren realizado ampliaciones y nuevas construcciones con o sin permiso municipal de edificación, pudieran regularizar su situación legal y administrativa ante los organismos técnicos competentes”, son indiciarias que si bien el rendimiento de las iniciativas ha sido aceptable, las sucesivas prórrogas denotan la necesidad de establecer un régimen permanente en la materia, como asimismo, sistematizar el marco de beneficiarios.
3.- Ideas matrices.- El proyecto que se propone establecer en forma permanente el régimen simplificado que permite regularizar la situación legal y administrativa ante los organismos técnicos competentes de aquellas entidades religiosas en las cuales se hayan realizado ampliaciones y nuevas construcciones con o sin permiso municipal de edificación, conforme a las exigencias previstas en la ley Núm. 20.563. Asimismo, en el contexto que la referida ley señaló como beneficiario a edificaciones destinados a equipamiento social, y mediante una norma interpretativa en el art. 4º, incluyó dentro de este concepto a los centro de actividades religiosas, entendemos, que resulta más adecuado una remisión expresa de este régimen simplificado a las entidades religiosas, tal como las define la ley 19.638, que fija sus alcances normativos, aplicándoles las limitaciones que establece el cuerpo normativo que se propone modificar.
Es por eso que sobre la base de los siguientes antecedentes venimos en proponer el siguiente:
Proyecto de ley
Artículo Único.- Modifiquese la ley Núm. 20.563 en el siguiente sentido:
1) Para suprimir en el artículo primero la frase “dentro del plazo de dos años, a contar desde la fecha de publicación de esta ley”,
2) Para intercalar en el artículo segundo a continuación de la expresión “social”, la siguiente frase “y de entidades religiosas”.
30. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES FLORES, ARRIAGADA , MORANO , OJEDA Y RINCÓN, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS HERNANDO, MOLINA Y SEPÚLVEDA , QUE “MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LA INEMBARGABILIDAD DE LOS BIENES RAÍCES DE LOS ADULTOS MAYORES, EN CASO DE DEMANDA DE PENSIÓN DE ALIMENTOS”. (BOLETÍN N° 9685‐18)
I. CONSIDERACIONES PREVIAS
El proyecto de ley trata de proteger a un sector vulnerable de la población como son los adultos mayores, impidiendo que el “bien Inmueble”, que han obtenido con el trabajo de toda la vida, sea embargado para satisfacer una obligación ya sea propia o ajena.
La protección de la vivienda de los adultos mayores atiende a una cuestión de dignidad básica, la defensa del patrimonio que para el adulto mayor es una cuestión de suma importancia, ya que por efecto de la ley puede ver en peligro el fruto del trabajo de toda la vida.
La protección de la vivienda representa la positivización de un derecho humano de segunda generación o derechos económicos, sociales y culturales basados en la solidaridad social, que tiene sus raíces en instrumentos de derecho nacional y humanitarios internacionales suscritos por Chile, entre los cuales encontramos el Pacto de San José de Costa Rica, que en su artículo 21 del Derecho a la Propiedad Privada, establece que; (i) “toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social”. (ii) “Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago de una indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los casos y según las formas establecidas por la ley”.
Nuestro ordenamiento jurídico establece algunas normas tendientes a la protección de la propiedad, declarándola como “bien familiar”, amparada en los artículos 141 al 149 de Código Civil. El fundamento principal de esta institución radica en la intención de asegurar a la familia un lugar donde vivir y que sus integrantes puedan desarrollar sus actividades con normalidad.
Por Bienes Familiares entendemos aquellos bienes corporales e incorporales de propiedad de uno o de ambos cónyuges que en algunos casos puedan ser considerados esenciales para la adecuada subsistencia de la familia.
El artículo 141 del Código Civil dispone; “El inmueble de propiedad de cualquiera de los cónyuges que sirva de residencia principal de la familia, y los muebles que la guarnecen, podrán ser declarados bienes familiares y se regirán por las normas de este párrafo, cualquiera sea el régimen de bienes del matrimonio”.
El artículo 142 del Código Civil dispone; “No se podrán enajenar o gravar voluntariamente, ni prometer gravar o enajenar, los bienes familiares, sino con la autorización del cónyuge no propietario. La misma limitación regirá para la celebración de contratos de arrendamiento, comodato o cualesquiera otros que concedan derechos personales de uso o goce sobre algún bien familiar”.
La declaración de bien familiar establece una protección limitada, porque lo único que impide es que el bien en cuestión no pueda ser vendido, arrendado o gravado sin la autorización específica del otro cónyuge no propietario, si bien es una garantía importante para la familia con todo no constituye un caso de inembargabilidad.
El bien familiar afectado por la declaración judicial, no supone su inembargabilidad e inejecución, solo restringe la acción de los acreedores, obligando a los acreedores a ejecutar primero sus créditos en otros bienes de deudor, el artículo 148 del Código Civil, dicha norma, solo le confiere al cónyuge no propietario un beneficio de excusión, en el evento que se disponga el embargo de algún bien familiar.
(i) Tratamiento de la Inembargabilidad en nuestro ordenamiento jurídico.
En nuestro ordenamiento jurídico encontramos disposiciones que contienen catálogos de bienes Inembargables, que vienen a resguardar las condiciones mínimas de vida del deudor, pero estos no son suficientes para proteger los bienes de nuestros adultos mayores cuando son demandados para obtener de ellos una pensión de alimentos para sus nietos.
La figura de los bienes inembargables constituye un privilegio excepcional a ciertos bienes, evitando que sean perseguidos por el acreedor, el artículo 1618 del Código Civil, regula los bienes no embargables y constituye una excepción al artículo 2465 del Código Civil, respecto del Derecho de Prenda general de los acreedores, estableciendo que; “Toda Obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre los bienes raíces o muebles del deudor, sean presentes o futuros, exceptuándose solamente los no embargables…”.
En el mismo sentido el artículo 445 inciso 8° del Código de Procedimiento Civil, establece que; “el bien raíz que el deudor ocupa con su familia, siempre que no tenga un avalúo fiscal superior a cincuenta unidades tributarias mensuales o que se trate de una vivienda de emergencia, y sus ampliaciones, a que se refiere el artículo 5 del decreto ley No. 2.552, de 1979; los muebles de dormitorio, de comedor y de cocina de uso familiar y la ropa necesaria para el abrigo del deudor, su cónyuge y los hijos que viven a sus expensas.
La inembargabilidad establecida en el inciso precedente no regirá para los bienes raíces respecto de los juicios en que sean parte el Fisco, las Cajas de Previsión y demás organismos regidos por la ley del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo”.
Las normas citada en el párrafo anterior, establece que al tratarse de juicios especiales, la inembargabilidad de la vivienda que el deudor ocupa con su familia en tanto privilegio excepcional no es absoluto, ya que la misma norma contiene una excepción al indicar que la inembargabilidad no regirá respecto de los juicios en que sean parte el Fisco, las Cajas de Previsión y demás organismos regidos por la ley del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. En cuanto a la limitación de avalúo fiscal, esta norma se encontraría obsoleta toda vez que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, indica que la vivienda básica tiene un valor mínimo de 800 unidades de fomento, por lo que sería inaplicable.
Si bien el artículo 445, del Código de Procedimiento Civil, contiene un catalogo de bienes inembargables más amplio que el artículo 1618 del Código Civil, aún así es insuficiente para la protección de los adultos mayores, porque en cuanto al espíritu de la ley, esta se ha establecido como una forma de proteger la dignidad e integridad del deudor, siendo una norma de orden público e irrenunciable.
La protección que se pretende con este proyecto se reduce al ámbito del procedimiento ejecutivo, que supone el denominado “embargo ejecutivo” en cuanto constituye el acto de afectación previa, el cual determina que bienes del patrimonio del deudor responderán de una ejecución concreta. El proyecto excepciona el embargo del bien raíz del adulto mayor y posterior remate, en los casos que la acción que da origen a la ejecución sea de juicio de alimentos a favor de los nietos.
(ii) De la responsabilidad de los abuelos (adultos mayores) de otorgar alimentos a sus nietos. Las fuentes normativas de la responsabilidad alimentaria de los abuelos se encuentran en
el Titulo XVIII de los alimentos que se deben a ciertas personas, artículos 321, 326 y 232 del
Código Civil, y en el articulo 3° inciso final de la ley N° 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensión Alimenticia, los tribunales invocan como fuente los artículos 3° y 27 N° 4 de la Convención Sobre Derecho del Niño.
La obligación de los abuelos de suministra alimentos a los nietos es de naturaleza legal subsidiaria a la de los deudores preferentes y se ha dicho, que es simplemente conjunta. Se trata de un derecho intransferible, intransmisible, irrenunciable, inembargable e imprescriptible, no obstante la comerciabilidad de las pensiones alimenticias atrasadas.
El tema de las pensiones alimenticias y sus garantías de pago trata de instituciones legales que tienden directa o indirectamente a proteger el pago del derecho de alimentos en Chile, una de estas instituciones está constituida por los apremios, que básicamente son medidas de fuerza que se ejercen en contra del alimentante moroso, a fin de constreñirlo a cumplir con el pago de las pensiones alimenticias atrasadas.
Estos apremios deben ser siempre decretados por el juez competente y procederán sólo en determinados casos y bajo ciertas circunstancias, en atención al grave daño que implican para los derechos y garantías del alimentante. Los apremios, implican una seria afectación a los derechos del alimentante, están justificados única y exclusivamente por la importancia que revisten las pensiones alimenticias en nuestro ordenamiento jurídico, esto es, propender a asegurar para el alimentario lo suficiente para que subsista modestamente de un modo correspondiente a su posición social.
La Ley Nº 14.908, contempla los siguientes apremios; a) arresto nocturno; b) retención de la devolución anual de impuesto a la renta; y, c) suspensión de la licencia de conducir; e) solicitar se constituya garantía sobre los bienes de su propiedad, de manera de asegurar el pago de la pensión de alimentos; f) embargar y rematar los bienes del demandado, hasta el pago total de la pensión.
Respecto de los abuelos no se aplica la presunción de solvencia establecida en el artículo 3° de la Ley N° 14.908, por lo que esto deberá probarse si esto cuentan con los recursos necesarios a fin de poder determinar el monto de la pensión de los alimentos que deberán pagar a sus nietos.
Los abuelos no solo pueden ser demandados por los alimentos que los padres no proveen, sino que además pueden ser demandados cuando los alimentos sean insuficientes.
La única forma de liberar a los adultos mayores de esta obligación es que los padres se encuentre en condiciones de cumplir y los apremios se pueden evitar cumpliendo con la obligación alimenticia en la forma establecida.
Por lo anteriormente expuesto, venimos en presentar el siguiente proyecto de ley.
II. PROYECTO DE LEY
Agréguese el siguiente inciso final al numeral 8°, del artículo 445 Titulo I del Libro III del Código de Procedimiento Civil: “El bien raíz del deudor cuando se trate de un adulto mayor conforme a la ley 19.828, en los casos que estos sean requeridos para el cumplimiento de la obligación, derivados del artículo 3° inciso cuarto de la ley 14.908”.
31. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LA DIPUTADA SEÑORA RUBILAR Y DE LOS DIPUTADOS SEÑORES BERGER, BROWNE Y TORRES, QUE “ESTABLECE LA EXCLUSIVIDAD UNIVERSITARIA PARA CARRERAS PROFESIONALES DE LA SALUD Y REGULA OTRAS AFINES”. (BOLETÍN N° 9687‐04)
1.- Antecedentes Generales:
Durante el último tiempo se ha discutido latamente respecto de la necesidad de profesionalizar la salud en todos sus ámbitos, teniendo en cuenta que las únicas profesiones con exclusividad universitaria son las de Médico Cirujano y Cirujano Dentista, sin considerar en nuestra legislación la relevancia que tiene en las atenciones de salud las demás profesiones que no tienen exclusividad universitaria, y que, a modo de ejemplo, pueden llegar a ser fundamentales en el tratamiento de una patología determinada. Dentro de estas profesiones se encuentra Enfermería , Obstetricia, Kinesiología , Fonoaudiología , Nutrición , Tecnología Médica y Terapia Ocupacional.
En tal contexto es menester hacer presente que desde aproximadamente una década se ha venido discutiendo y cuestionando la intención de que exista exclusividad universitaria en estas profesiones, hecho que sólo tiene por objetivo mejorar la calidad en la salud de nuestro país, sobre todo teniendo en cuenta que este es el bien común más preciado, ya que supone la preexistencia de todos los demás derechos sociales que se discuten por nuestros legisladores y le otorgan una prioridad insospechada al compararla con la mejoría en la calidad de la salud.
Cabe destacar que la tendencia de los países desarrollados es que todos los profesionales de la salud tiendan a especializarse. Actualmente en nuestro país, por ejemplo, no existe una ley de especialización para el desarrollo profesional de la medicina, por lo tanto una persona que tiene un título de médico cirujano puede ejercer como cardiólogo, dermatólogo, o bien cirujano plástico, sin que le sea exigido mayores estudios o capacitaciones que las concedidas por una Universidad reconocida por el Estado, en los años que dura la carrera de pregrado. Por lo tanto, el futuro de nuestra salud va enfocado a diversificar en otros profesionales ciertas labores que no sean de la exclusiva competencia del médico cirujano.
La especialidad médica se puede adquirir por la vía de ejercer por mucho tiempo una determinada área caso en el cual el postulante debe rendir ciertos exámenesy por la de realizar un curso de especialización, que se encuentra sujeto a una serie de normas y que, básicamente, es impartido por las universidades. Sin embargo, hasta hoy ocurre que un paciente puede acudir a un médico que se dice especialista, pero que carece de acreditación que lo avale como tal, sin perjuicio del registro de prestadores que cuenta la Superintendencia de Salud, que justamente tiene como objetivo informar a la comunidad si una profesional tiene cierta especialización o no.
Lo mismo acontece con los otros profesionales de la salud. En la actualidad, existen una serie de actividades que ejercen únicamente los médicos, en circunstancias de que podrían ser ejecutadas por este tipo de profesionales. Sin embargo en algunos países, otros tipos de profesionales pueden efectuar exámenes básicos que inmediatamente detectan si hay un problema más serio y el paciente pasa a un médico especialista.
A modo de ejemplo, los kinesiólogos son profesionales altamente formados, con estudios de anatomía y otros muy importantes. En clínicas privadas, muchas veces se hacen cargo, en la UCI, de la parte respiratoria de un enfermo grave. Incluso, proceden a entubarlo, a ponerle el respirador mecánico, entre otras.
Lo mismo sucede con las carreras de Enfermería, Obstetricia, Fonoaudiología , Nutrición , Tecnología Médica y Terapia Ocupacional, carreras que dicen relación a aspectos muy sensibles, como la salud de las personas; por lo que quienes las cursan necesitan un altísimo grado de preparación, profesionalización y otros valores que son otorgados por las instituciones universitarias.
Por último, nuestro proyecto de ley no busca reformar la educación o menospreciar a los institutos profesionales o técnicos, puesto que su objetivo es mejorar la calidad de la salud y además otorgar la posibilidad a estas últimas instituciones de formar técnicos que puedan ejercer funciones auxiliares a los profesionales, lo cual no limitan el acceso a la educación, sino que todo lo contrario, buscan crear nuevos puestos en un área de nuestro país que actualmente se encuentra más que necesitada.
2.- Propuesta.
Artículo Primero.- Las disposiciones de la presente ley se aplican al proceso de creación de carreras y acreditación de las instituciones educacionales, tanto públicas como privadas.
Artículo Segundo.- Agréguese al inciso tercero del artículo 63 del Decreto con fuerza de Ley 2 de 2010. que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, las siguientes letras nuevas:
r) Título de Kinesiólogo: Licenciado en Kinesiología. s) Título de Enfermero: Licenciado en Enfermería.
t) Título de Obstetra: Licenciado en Obstetricia.
u) Título de Fonoaudiólogo: Licenciado en Fonoaudiología. y) Título de Nutricionista: Licenciado en Nutrición.
w) Título de Tecnólogo Médico: Licenciado en Tecnología Médica. x) Título de Terapeuta: Licenciado en Terapia Ocupacional.
Artículo Tercero.- Quienes actualmente cursan estudios de alguna de las carreras singularizadas en el artículo precedente en Institutos Profesionales podrán proseguirlos en ellos hasta la obtención del título profesional correspondiente.
Artículo Cuarto.- Las Universidades que otorguen el grado de Licenciado alguna de las carreras singularizadas en el artículo segundo de la presente ley. deberán velar por la nivelación y la optimización de las referidas carreras, y para ello podrán ofrecer programas especiales para aquellos profesionales que, habiendo obtenido su título, no hubieran accedido en forma previa al grado de licenciado.
Artículo Quinto.- Quienes hayan obtenido el título de alguna de las carreras descritas en el artículo segundo, sin licenciatura previa, hasta la fecha de publicación de esta ley se entienden habilitados de manera permanente para el ejercicio de la profesión sin que les sean aplicables exigencias académicas adicionales.
Artículo Sexto.- Las Universidades, tanto públicas como privadas, que impartan las carreras que se refiere el artículo segundo de la presente ley, deberán acreditarse dentro del plazo de un arlo desde la entrada en vigencia de esta norma. ante la Comisión Nacional de Acreditación. En el caso en que una Universidad que imparta esta carrera, no se haya sometido al proceso de acreditación o bien haya sido mal evaluada por la Comisión Nacional de Acreditación, no podrá otorgar la licenciatura de las referidas carreras universitarias hasta la fecha en que efectivamente se apruebe su acreditación.
Artículo Séptimo.- Los Institutos Profesionales y Técnicos podrán impartir carreras relacionadas con el área de la salud, las que sólo podrán ser de carácter técnico. En base a lo anterior, dichas instituciones deberán velar por la correcta difusión de estas carreras, publicando sus mallas curriculares y agregando el término “Técnicoa todas aquellas carreras que promuevan al momento de que la presente ley entre en vigencia”.
32. PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES VAN RYSSELBERGHE, HERNÁNDEZ ; KAST , DON JOSÉ ANTONIO ; LAVÍN , MACAYA , MELERO , SANDOVAL , Y SILVA, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS NOGUEIRA Y TURRES , QUE “MODIFICA LA LEY N° 17.238, CON EL OBJETO DE AMPLIAR EL USO DE VEHÍCULOS ESPECIALES DESTINADOS A DISCAPACITADOS, PARA LOS EFECTOS DE APLICAR LA TRIBUTACIÓN ESPECIAL EN CASO DE IMPORTACIÓN DE LOS MISMOS “. (BOLETÍN N° 9688‐31)
“Sin lugar a dudas la igualdad de oportunidades que nos ofrece la realidad, constituye una meta, una aspiración siempre presente en la sociedades, su consagración fáctica está dada por la participación de la generalidad de las personas formadoras de la sociedad, sin distinciones de ninguna especie, en todos los ámbitos de ella. Sin embargo, al mismo tiempo debemos reconocer que todas las personas son diferentes y de alguna manera esa diferencia mina la igualdad de oportunidades en el acceso a los bienes, servicios y cargos existentes, razón por la cual el derecho ha establecido el principio de igualdad ante la ley consagrado constitucionalmente en nuestro país en el artículo 19 N° 2 disposición que reza “La Constitución asegura a todas las personas (…) La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley”.
Lo anteriormente indicado tiene especial relevancia en materia de discapacidad. Efectivamente la presencia de en una persona con un factor de discapacidad conlleva dificultades para poder desenvolverse en el diario vivir, requiriéndose en una gran mayoría de otras personas u objetos de asistencia. En este sentido, lamentablemente durante muchas décadas, la presencia de una persona con algún grado de discapacidad la condenaba a un claro ostracismo social, siendo consciente o inconscientemente excluido de la vida en comunidad.
Afortunadamente, hoy en día, se ha incorporado en el mundo en general y en nuestro país en particular, una incipiente cultura de asistencia y apoyo a estas personas, entendidas estas más que como discapacitados, personas con “capacidades diferentes” susceptibles de aportar a la sociedad de una manera activa, siendo conjuntamente sujetos de derechos y obligaciones, como toda persona.
Que a partir de lo anterior, progresivamente se ha ido estableciendo en nuestro país una serie de normas vinculadas a la protección y promoción social de estas personas que poseen un grado de discapacidad en la sociedad, es así como de a poco se ha establecido toda una institucionalidad vinculada en la materia y cuya función primordial la inclusión social e igualdad de oportunidades.
En efecto, el Servicio Nacional para la Discapacidad (SENADIS) tiene precisamente como función promover la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de las personas con discapacidad.
A mayor abundamiento, El Servicio Nacional de la Discapacidad, fue creado por mandato de la Ley 20.422 que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, normativa publicada en el Diario Oficial el 10 de febrero de 2010. Es un servicio público funcionalmente descentralizado y desconcentrado territorialmente.
Que lo descrito precedentemente constituye el fundamento de la presente iniciativa, constituida fundamentalmente por otorgar a las personas con discapacidad mayores posibilidades de inserción en nuestra sociedad, de un modo claro y eficiente, cuya finalidad es la protección y promoción de sus derechos, no a partir de su estado o condición física o intelectual, sino en virtud de su condición persona y sujetos sociales.
De acuerdo a la institucionalidad jurídica establecida en materia de discapacidad se han establecido ciertas y determinadas franquicias de orden financiero y tributario para la internación de artículos de asistencia a personas con discapacidad. En efecto se establecen tratos preferenciales para la importación de sillas de ruedas, automóviles y otros artefactos clínicos para estas personas, cuya finalidad consiste en facilitar su acceso por parte de estas personas, y de esta manera, promover su autonomía de vida.
CONTENIDO DEL PROYECTO
Que la internación de vehículos para discapacitados consagrada en el artículo 6° de la ley 17.238, permite a estas personas adquirir, mediante ciertas franquicias, estos automóviles. En efecto la norma indica que “(…) a los vehículos con características técnicas especiales, cuyo manejo y uso sea acondicionado especialmente para las personas lisiadas y que se importen para ejercer su trabajo habitual o completar sus estudios o enseñanzas que propendan a su integral rehabilitación (…)”.
De la lectura de esta disposición, pareciera que el uso de tales vehículos, solamente se vincula a la realización de sus actividades que propendan a la integral rehabilitación y no a otros ámbitos de la vida. De tal manera que solamente se establece la compra de tales vehículos para acudir a su rehabilitación, instrucción educacional y con fines laborales.
Que los diputados firmantes de esta moción participamos de la idea que el automóvil, constituye un artículo más que de lujo, de necesidad para las personas, de esta manera se suele indicar el ejemplo que una madre con discapacidad también podrá tener su propio auto, el cual podrá conducirlo para llevar a sus hijos al colegio o realizar otros trámites.
Bajo esta perspectiva nos parece que una modificación legislativa que vaya en el sentido de ampliar el uso de tales automóviles constituye un mecanismo conducente con los principios de inclusión y participación social que reglan nuestra institucionalidad vinculada a la discapacidad.
PROYECTO DE LEY
Artículo Único: Modifíquese el inciso 1° del artículo 6° de la ley 17.238 que regula la internación de vehículos para personas lisiadas, entre otras materias, reemplazando la frase “su trabajo habitual o completar sus estudios o enseñanzas que propendan a su integral rehabilitación”, por la siguiente:
“sus actividades diarias”.
33. INFORME DEL DIPUTADO SEÑOR LORENZINI SOBRE SU PARTICIPACIÓN Y LA DE LOS DIPUTADOS SEÑORES MONSALVE Y NORAMBUENA EN EL SEMINARIO PARLAMENTARIO DE ALTO NIVEL EFECTUADO POR LA OCDE LOS DÍAS 1 Y 2 DE OCTUBRE DE 2014 EN PARÍS, FRANCIA, ASÍ COMO TAMBIÉN ACERCA DE LA PARTICIPACIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR LORENZINI EN LA ASAMBLEA PARLAMENTARIA DEL CONSEJO DE EUROPA EL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2014, EN ESTRASBURGO, FRANCIA.
“Honorable Cámara: A.- OCDE
Tengo a honra informar acerca de la participación que nos correspondió efectuar en el seminario organizado por la OCDE realizado los días 1 y 2 en París, Francia.
Asistieron formando parte de la delegación, los diputados Manuel Monsalve , Iván Norambuena , los Senadores Andrés Zaldívar y el suscrito, como punto focal de la Cámara de Diputados de Chile ante la OCDE. Lo anterior, en Anexo 1 se incluyen todos los participantes y Anexo 2 se incluye el programa del Seminario.
I.- ANTECEDENTES.
La OCDE en forma anual desarrolla dos Seminarios de Alto Nivel destinado a Parlamentarios de los países miembros, cuyo tema central durante esta versión realizada en París fueron, El papel de la educación y las competencias para promover un crecimiento inclusivo, las estrategias de crecimiento, la dimensión social de empleo, el comercio internacional y los impuestos.
II.- SEMINARIO PARLAMENTARIO.
El Secretario General de la OCDE, Ángel Gurría dio la bienvenida a las delegaciones integrantes de la red Parlamentaria de la organización.
El Señor Gurría dio un extenso discurso y realizo un análisis de la situación macro económica en un entorno menos favorable, agregando en su intervención las Reformas que América Latina necesita, destacando la participación latinoamericana y lo próximos países que eventualmente se incorporarán a la OCDE. En Anexo 3 se incluye un resumen del discurso del Ángel Gurría.
El Seminario comenzó con la exposición del experto Andreas Scheleicher , Director ,OECD Directora te for Education and Skills, en el cual realizó un detallado análisis de todas las variables que afectan a la educación en los países miembros de la OCDE, incluido Chile, cuya situación aparece muy desmejorada.
Destacó que en los países de mejor evaluación combinan la eliminación de la desigualdad entre los estudiantes, la selección y potenciación de los profesores, especialmente la actualización de estos. Mayores detalles en Anexo 4.
El siguiente expositor , señor Stefano Scarpetta , Director, OECD Employment, Labour and Social Affairs Directorate . Se refirió al desempleo, el cual ha comenzado a declinar pero en forma lenta. También señaló la importancia de la calidad de los empleos con mayores especializaciones. Por otra parte, destacó la diferencia entre un trabajo fijo y uno temporal, la mezcla de mejores trabajos, mejor calidad y seguridad en el mismo es la solución. En anexo 5 vemos detalles de su exposición.
Después de almuerzo se realizó un análisis del G20 por intermedio de Christian Kastrop y Stefano Scarpetrta , los cuales contaron a cerca de los resultados del trabajo en dicho G20 sobre la protección al consumidor y la dimensión social del empleo. Detalles de ambas exposiciones en Anexos 6 y 7.
Posteriormente, el señor Ken Ash , Director, OECD Trade and Agriculture Directorate , nos expuso el tema de comercio, desglosando las áreas de Servicios, Trabajos en el sector financiero y las políticas de Inversión y comercio, las barreras regulatorias a las importaciones y servicios, entre otros temas . Detalles en anexo 8.
Concluyendo la jornada de trabajo el señor Pascal Saint Amans , Director, OECD Centre fer Tax Policy and Administration, expuso sobre impuestos. En Anexos 9 y 10 se muestran comentarios sobre la evasión y elusión en la OCDE y el acuerdo sobre cooperación en este tema.
También se mencionó durante el Seminario, las interrogantes más comunes sobre la elusión, Anexo 11.
Durante el almuerzo de trabajo, que sostuvimos con la Embajadora de Chile en la OCDE, Claudia Serrano , se analizó en detalle la participación del Gobierno de Chile en la OCDE y su interrelación con el Congreso Chileno y se propusieron las actividades mutuas de cooperación futura.
También adjunto una publicación reciente de la OCDE que complementa lo anteriormente mencionado en Anexo 12.
Finalmente debo informar que asistí en representación de nuestra delegación a una reunión con el Presidente de la Asamblea Parlamentaria Francesa, compartiendo con otros jefe de delegación y el señor Angel Gurría , Secretario General de la OCDE, en el Parlamento en Paris, intercambiando opiniones, informando al Señor Presidente, Claude Bartolone , la realidad actual de Chile y especialmente de las reformas que el Gobierno está llevando a cabo. Anexo 13.
El próximo Seminario Parlamentario de la OCDE, se realizará en París entre los días 25 y
27 de Febrero.
B.- ASAMBLEA PARLAMENTARIA DEL CONSEJO DE EUROPA
Como Presidente de la Comisión Mixta Parlamento Europeo Chile, asistí a la reunión del Consejo Europeo en su vertiente Parlamentaria. El programa de actividades se resume en Anexo 14.
Se adjunta en Anexo 15, el reporte de las actividades de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Durante la reunión conversé con el Sr. Alfred Sixto , Head of Table Office, con quien analizamos la posibilidad de que Chile y nuestro congreso sean observadores en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (sólo México es observador como país latinoamericano) Esta posible incorporación de Chile también la conversé con la Ministra Secretaria General de la Presidencia, Ximena Rincón , y con el Presidente de la Cámara de Diputados, Aldo Cornejo , a efectos de comenzar a analizar dicha situación.
Posteriormente, sostuve una larga reunión con el Secretario General de la OCDE, Angel Gurría para analizar la situación de Chile y los estudios realizados por la OCDE respecto a nuestro país en temas como Educación (Anexo 16), Comercio (Anexo 17) Panorama General
(Anexo 18), GPS en Educación (Anexo 19) Canales de Integración de Chile (Anexo 20), Como va la Vida en Chile (Anexo 21). Otros de los temas que se analizó en la Reunión refiere a la violencia lntrafamiliar,(Anexo 22).
En dicho evento el suscrito participó en el Debate sobre Chile. Anexo 23
Posteriormente, sostuve un almuerzo de trabajo con la Presidenta de la Asamblea Parlamentaria del Consejo Europeo , Anne Braseur , Anexo 24
Es todo lo que puedo informar a la Honorable Cámara de Diputados. Anexos de este documento en:
http://www.camara.cl/sala/verComunicacion.aspx?comuid=12951&formato=pdf
(Fdo.): PABLO LORENZINI BASSO , Diputado”.
34. PRONUNCIAMIENTO DEL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES SOBRE LA POSIBILIDAD DE ENVIAR UN MENSAJE QUE REGULE MATERIAS CONTENIDAS EN DOS MOCIONES DECLARADAS INADMISIBLES, QUE TENÍAN COMO PROPÓSITO FACILITAR LA URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES EN EL NORTE GRANDE Y MODERNIZAR LA GESTIÓN DEL TERRITORIO FISCAL.
“ORD.GABM: 766
ANT. : a) Oficio Nº 11.388 de 22 de julio de 2014 de la Cámara de Diputados.
b) ORD. (D.J.L.) Nº 1362 de 29 de julio de 2014 del Jefe de la División JurídicoLegislativa del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
MAT.: Pronunciamiento sobre dos mociones de proyectos de ley que modifican el DL 1.939 de 1977, la Ley N° 19.259 y la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Santiago, 23 octubre 2014
DE: Víctor Osorio Reyes Ministro de Bienes Nacionales
A: Aldo Cornejo González Presidente de La Cámara de Diputados
l.- ANTECEDENTES
Han sido sometidas a conocimiento y pronunciamiento de esta Secretaría de Estado, dos mociones parlamentaria s presentadas ambas con fecha 11 de mayo de 2014, orientadas a modificar, entre otras normas, los artículos 84 y 85 Decreto Ley Nº l939 de 1977, ubicados en el Título que regula la disposición de bienes del Estado, específicamente lo relativo a las ventas de inmuebles fiscales.
De acuerdo a lo expuesto en Oficio N º 11.388 de 22 de julio de 2014, de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, ambas mociones tendrían como propósito el de “facilitar la urbanización y construcción de viviendas sociales en el Norte Grande y modernizar la gestión del territorio fiscal.”
Por tratarse de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República (Articulo 63 Nº 10 y 65 inciso 3ro de la Constitución Política del Estado), dichas mociones fueron declaradas inadmisibles en la Cámara, no obstante, fueron enviados al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Segpres , para su consideración, quien la derivó a este Ministerio para su pronunciamiento.
De acuerdo a los antecedentes, las modificaciones que se someten a consideración son las siguientes:
Primera Moción, presentada por los diputados Paulina Nuñez Urrutia , Claudia Nogueira Fernández , Fuad Chahin Valenzuela, José Manuel Edwards Silva , Fidel Espinoza Sandoval , Daniel Farcas Guendelman ; René Manuel García García y Ricardo Rincón González .
Esta iniciativa incluye únicamente modificaciones al DL 1939 y fundamenta su propuesta en las dificultades para desarrollar actividades inmobiliarias y de desarrollo en el Norte Grande, particularmente para concretar la venta de predios fiscales para la construcción de viviendas sociales, la falta de descentralización en los procesos internos de enajenación de inmuebles fiscales y la gestión misma de dichos procesos.
La iniciativa propone el reemplazo o modificación de tres artículos del DL 1939:
l.- Aumenta el ingreso que las regiones perciben producto del arriendo de predios fiscales.
2.- Reemplazar el actual artículo 84 del DL 1939 para permitir a los SEREMIS de Bienes Nacionales decidir la venta de inmuebles fiscales, mediante el nuevo cuyo texto se señala en la tabla:
3.- Con el fin de imprimir mayor celeridad al proceso de ventas de inmuebles fiscales propone agregar una nueva frase al artículo inciso cuarto del artículo 85 del DL 1939:
Segunda Moción, presentada por los diputados Paulina Nuñez Urrutia , Claudia Nogueira Fernández, José Manuel Edwards Silva , Fidel Espinoza Sandoval , Daniel Farcas Guendelman ; René Manuel García García , Ricardo Rincón González y Gabriel Silber Romo .
Esta iniciativa incluye modificaciones al DL 1939, a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y a la Ley Nº 19.259 (ley de Presupuestos para el Sector Publico del año 1994).Fundamentan su propuesta en las dificultades para concretar la venta de predios fiscales para la construcción de viviendas sociales en el Norte Grande, principalmente por la imposibilidad de que el Ministerio de Bienes Nacionales acepte que las empresas constructoras efectúen el pagos mediante una dación en pago de obras urbanísticas y la injusta proporción de los recursos que son asignados a la región por concepto de ventas de inmuebles fiscales. La iniciativa propone el reemplazo o modificación de los siguientes artículos:
1.- Propone modificar el inciso 4º del artículo 85 del DL 1939, permitiendo que los particulares que celebren con el Esta do contratos de compraventa de bienes fiscales puedan utilizar la fórmula de la dación en pago. Sostienen los legisladores que lo anterior “creará incentivos para que los proyectos inmobiliarios asuman la urbanización de zonas en el Norte de Chile donde los costos de la misma son altísimos e impiden la construcción de viviendas socia les. Asimismo, esta forma de pago permitirá gestionar de mejor forma el territorio urbano de la zona, ahorrando al Estado una gran cantidad de dineros destinados a la inversión en obras de urbanización, potenciando además esos terrenos para futuras ventas del fisco.”
2.- Propone aumentar el porcentaje que perciben las regiones como producto de la enajenación de inmuebles fiscales “de acuerdo a lo establecido en la ley 19 de la Ley Nº 19.259 de Presupuestos de 1994”.
3.- Propone modificar el artículo 136 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones permitiendo la celebración de contratos de compraventa de predios fiscales destinados a proyectos inmobiliarios aun cuando los predios no se encuentren completamente urbanizados, de acuerdo a la moción “Ello con el objetivo de permitir que opere el mecanismo de dación en pago señalado anteriormente. En todo caso, el interés fiscal queda resguardado en la medida que el incumplimiento de la obligación del comprador da lugar a la rescisión del contrato y al ejercicio de las acciones civiles indemnizatorias correspondientes”.
II. ANÁLISIS DE LAS INICIATIVAS
Respecto de las mociones en orden a ampliar las facultades de las Seremis y de modificar los tiempos de sesiones y formalidades de la Comisión Especial de Enajenaciones no nos pronunciaremos por cuanto para ello no es necesaria una reforma legal. En cuanto a modificar la Ley General de Urbanismo y Construcciones, no es de competencia de este Ministerio pronunciarse al respecto.
Del análisis del contenido de las otras iniciativas podemos concluir que el núcleo de la reforma busca, por una parte, incorporar al DL 1.939, la figura de la dación en pago al ámbito de la enajenación de inmuebles fiscales y por otra, incrementar el porcentaje del producto de las ventas de inmuebles fiscales que recibe la región donde este se encuentra ubicado y disminuir el porcentaje que ingresa a beneficio fiscal.
De acuerdo a lo expuesto por los legisladores, en la enajenación de los inmuebles fiscales, particularmente los rurales ubicados en el Norte del país, se debería admitir como forma de extinguir la obligación, además del pago del precio, la dación en pago, que en la propuesta correspondería al valor de la urbanización en que debe incurrir el adquirente del inmueble fiscal y en atención al alto costo que dichas obras demandan tanto para el Estado como para los particulares.
Antes de someter a un análisis pormenorizado las iniciativas presentadas y su impacto en el sistema que actualmente rige las ventas directas de inmuebles fiscales, es necesario examinar brevemente en qué consiste el mecanismo de la dación en pago.
Lo primero que debe tenerse presente es que la dación en pago no se encuentra prevista en ninguna disposición del Código Civil. Su existencia ha sido construida con base en la interpretación que se realiza del inciso segundo su artículo 1.569, ubicado dentro del párrafo “Del pago efectivo en general” y que señala textualmente: “El pago se hará bajo todos los respectos en conformidad al tenor de la obligación, sin perjuicio de lo que en casos especiales dispongan las leyes. El acreedor no podrá ser obligado a recibir otra cosa que lo que se le deba ni aún a pretexto de ser igual o mayor valor que la ofrecida.”
De lo anterior fluye que la dación en pago se materializa en una petición efectuada por el deudor al acreedor para alterar la forma de extinguir la obligación pactada originalmente y en consecuencia, supone una modificación a posteriori de los términos en los que originalmente ésta fue acordada. En otras palabras, importa un nuevo acuerdo de voluntades en el cual el legislador se inclina hacia la posición del acreedor, haciendo prevalecer su derecho a no recibir como contraprestación algo distinto a lo que se le debía y esperaba recibir, lo que expresamente enfatiza al señalar que: el acreedor no está obligado a consentir una forma distinta de pago a la pactada, “aún a pretexto de ser igual o mayor que la ofrecida.”
Consecuencialmente, es necesario destacar que la dación en pago no aparece señalada en el artículo 1567 del Código Civil como uno de los modos de extinguir las obligaciones, pues conforme lo indicado, la dación en pago es un mecanismo que opera en forma posterior a la contratación, que implica un nuevo acuerdo de voluntades y que necesariamente involucra una contraprestación distinta a la esperada por el acreedor.
Sobre el particular es necesario señalar, en primer lugar, que las ventas directas constituyen un procedimiento excepcional dentro de las normas que rigen la enajenación de inmuebles fiscales, por ello, el Ministerio de Bienes Nacionales siempre debe fundamentar el interés fiscal en ese tipo de acto de disposición. En cuanto a los permisos y autorizaciones, es el comprador el que se obliga a obtenerlos y en cuanto a la urbanización aun cuando sea el Serviu Minvu el que adquiere, se obliga a realizar las obras que sean necesarias, debiendo constituir al efecto una garantía. (Artículo 136 del DFL N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Aplica Dictámenes CGR Nos 47779; 15.065 y 12.440, de 2014).
En las ventas de inmuebles fiscales que no se encuentran urbanizados y en los que el interesado busca ejecutar proyectos de carácter inmobiliario, este Ministerio ha accedido, generalmente a través de la “Venta directa de inmueble fiscal contra proyecto”. En estos actos administrativos, junto con fundamentar el interés que representa para el Fisco dicha enajenación, la venta queda sujeta a la condición de ejecutar las obras de urbanización acorde al proyecto presentado, exigidas por la Ley General de Urbanismo y Construcciones, previo cambio de uso de suelo, dentro de un plazo determinado generalmente de 24 meses, contados desde la fecha de suscripción de la escritura pública de compraventa, incluyendo la prohibición de enajenar el inmueble en tanto no de cumplimiento a la obligación.
Esta modalidad ha permitido por una parte, gestionar el suelo resguardando el interés del Fisco y por otro, dar respuesta a quienes desean invertir a través del desarrollo de proyectos inmobiliarios. (Ver Decretos Supremos del Ministerio de Bienes Nacionales Nos. 47; 51 y 43 de 2008).
Atendido lo anterior y pronunciándonos derechamente sobre la moción relativa a incorporar a la dación en pago como mecanismo valido y aceptable en las ventas directas de inmuebles fiscales, cumplo con indicar que la compraventa, de acuerdo a lo señalado en el artículo 1793 del Código Civil, “es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. “
En cuanto a la determinación del precio y su forma de pago, el artículo 85 del DL 1.939 es claro al señalar que: “El precio de venta de los bienes fiscales no podrá ser inferior a su valor comercial, que será fijado por una Comisión Especial de Enajenaciones, previa tasación que deberá practicar la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales': a continuación y en relación a la forma de pago, la norma se torna más flexible, pero solo en relación a dos alternativas, pago al contado o a plazo en cuotas, como se observa a continuación: “el precio se pagará al contado o en el plazo que se estipule”.
En consecuencia, la modificación legal propuesta no solo desnaturaliza el acto excepcional de la venta directa de inmuebles fiscales, sino que además no es posible visualizar en ella dónde se encuentra el interés fiscal que las fundamente, quedando claro únicamente el interés particular, por lo que en opinión de esta Secretaría de Estado no es dable dar lugar a la modificación señalada.
Adicionalmente, surge preguntarse si acorde la propuesta, la contraprestación que eventualmente recibiera el Fisco Bienes Nacionales fueran obras de urbanización, ¿de qué manera se haría efectiva la otra modificación planteada en orden a entregar un mayor porcentaje del producto de la venta que se asigne a la región en la que el inmueble se encuentra ubicado si en definitiva no existiría tal producto?
En todo caso, respecto a aumentar el porcentaje del producto de las ventas a regiones, ello ya es materia de estudio de futuras posibles propuestas de este Ministerio y de la Presidenta de la República como parte de la política del Programa del actual Gobierno.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): VÍCTOR OSORIO REYES , Ministro de Bienes Nacionales”.
35. SEXTO INFORME DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES ACERCA DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE NACIONES UNIDAS DURANTE EL MES DE OCTUBRE DE 2014.
“Honorable Cámara.
Tengo a honra informar acerca de las actividades desarrolladas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, durante el mes de octubre de 2014.
1.- SITUACIÓN HUMANITARIA EN SIRIA.
Briefing seguido de consultas. informa la secretaria general adjunta de asuntos humanitarios y coordinadora del socorro de emergencia, Sra. Valerie Amos (Reino Unido). (30 de septiembre).
Antecedentes. Se lleva a cabo conforme las resoluciones 2139 (2014) y 2165 (2014), que establecen la obligación de informar cada 30 días, por parte del Secretario General (SG).
La Sra. Amos da a conocer los avances en la entrega de ayuda y del mecanismo de monitoreo ejecutado por ONU, en conjunto con los Gobiernos de Turquía y Jordania. Asimismo, respecto de la labor de los trabajadores humanitarios en ese país y la necesidad de su protección.
Finalmente, en relación al clima de violencia impuesto por Al Nusra e ISIL, y a la ofensiva aérea desplegada por Estados Unidos y aliados en territorio sirio, se abordan los enfrentamientos y las consecuencias humanitarias de éstos.
El Consejo de Seguridad no toma ninguna acción.
El resto de la semana el Consejo tuvo un programa de trabajo interno.
2.- CONSULTAS SOBRE LA FUERZA PROVISIONAL DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS PARA ABYEI (UNISFA); PARTICIPA EL SUBSECRETARIO GENERAL PARA OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ, SR. EDMOND MULET (GUATEMALA). (7 de octubre).
Antecedentes. Estas consultas anteceden a las negociaciones que deberán tener lugar para la adopción de la resolución que renovará el mandato de UNISFA, el cual expira el 15 de octubre. La futura administración de Abyei continúa siendo un punto de tensión en las relaciones Sudán /Sudán del Sur. El periodo de lluvia (junioagosto) y los conflictos internos en ambos países (Darfur y guerra civil en Sudán del Sur) han dificultado la implementación de importantes componentes del principal acuerdo (del 2011) para resolver su estatus. Asimismo, ambas partes mantienen o permiten el ingreso de fuerzas de seguridad en contravención de dicho acuerdo y las resoluciones del Consejo de Seguridad.
El 29 de mayo de 2014, a través de la resolución 2156, el CS aceptó las recomendaciones del Secretario General para realizar una revisión estratégica de las prioridades de UNISFA, medida que continúa implementándose.
Abyei es un importante paso migratorio, rico en petróleo, y que junto con la abundancia de armas, la escasa gobernanza y la presencia de elementos armados, genera un escenario altamente tenso y propenso al vandalismo y a la violencia entre tribus sedentarias cercanas a Sudán del Sur y pastores nómades del norte (Sudán). El Consejo de Seguridad estableció Unisfa a través de la resolución 1990 (2011) para proveer protección a la población civil y apoyar el proceso que determinaría el estatus final de Abyei, asunto pendiente de la independencia de Sudán del Sur en 2011.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
3.- CONSULTAS SOBRE LOS AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 2118 (2013) EN SIRIA. INFORMA LA COORDINADORA ESPECIAL DE LA MISIÓN CONJUNTA DE LA OPAQ Y LAS NACIONES UNIDAS PARA ELIMINAR EL PROGRAMA DE ARMAS QUÍMICAS DE LA REPÚBLICA ÁRABE SIRIA, SRA. SIGRID KAAG (PAÍSES BAJOS). (7 de octubre).
Antecedentes. Estas consultas se celebran en observancia a la obligación establecida en la resolución 2118 (2013), consistente en el deber del Secretario General (SG) de informar mensualmente al Consejo de Seguridad (CS), los avances en la eliminación de armas químicas y sus sistemas vectores en la República Árabe Siria.
El décimo segundo informe de la misión conjunta ONUOPAQ, dio cuenta de los avances en la destrucción de un promedio de un 97,6% de las sustancias químicas de categoría 1 y 2, incluyendo Isopropanol y, por otra parte, el acuerdo tripartito suscrito entre la Opaq, UNOPS y el gobierno sirio, destinado a dar inicio a la destrucción de las 12 instalaciones de producción de armas químicas (IPAQ). Ya se han retirado el 100% de las armas químicas de Siria.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
4.- BRIEFING SEGUIDO DE CONSULTAS, SOBRE LA SITUACIÓN EN MALI Y EL TRABAJO DE LA MISIÓN MULTIDIMENSIONAL INTEGRADA DE ESTABILIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN MALI (MINUSMA). INFORMA EL SECRETARIO GENERAL ADJUNTO DEL DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ (DPKO), SR. HERVE LADSOUS (FRANCIA). (8 de octubre).
Antecedentes. El briefing se realiza conforme la resolución 2164 (2014) que renovó el mandato de la Minusma que pidió que el SG informara al CS tres meses después de su aprobación sobre el curso de aplicación del Acuerdo Preliminar de Uagadugú (Acuerdo de Paz entre el gobierno y las fuerzas opositoras del norte del país), la ampliación de la presencia de la Misión en el norte y el avance en el cumplimiento del mandato de la Minusma.
El informe del Secretario General da cuenta del lento desarrollo de las negociaciones de paz entre el gobierno y los grupos opositores del norte del país, que se está realizando bajo la coordinación del Secretario General con el apoyo de la Unión Africana, la Cedeao, la Organización para la Cooperación Islámica, la Unión Europea y los países vecinos.
Asimismo, destaca la persistencia del clima de inestabilidad y las reiteradas interrupciones del acuerdo de cese al fuego. En esta situación, Minusma ha debido continuar el despliegue de sus efectivos, intentando alcanzar las zonas del norte del país.
Minusma fue establecida por el CS en su resolución 2100 del 25 de abril 2013, para apoyar los procesos políticos en ese país y llevar a cabo una serie de tareas relacionadas con la seguridad.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
5.- BRIEFING SOBRE LAS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ. INFORMAN EL SECRETARIO GENERAL ADJUNTO DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE NACIONES UNIDAS, SR. HERVE LADSOUS (FRANCIA) Y LOS COMANDANTES DE TROPAS DE MONUSCO, TENIENTE GENERAL CARLOS ALBERTO DOS SANTOS CRUZ (BRASIL); MINUSMA , MAYOR GENERAL JEAN BOSCO KAZURA (RUANDA); Y UNDOF, TENIENTE GENERAL IQBAL SINGH SINGHA (INDIA). (9 de octubre).
Antecedentes: Esta reunión se centraría en la discusión sobre cómo los mandatos establecen desafíos y tareas claras y cómo opera el liderazgo en las mismas, mostrando la brecha que pudiese existir entre los tres mandatos específicos (MonuscoRepública Democrática del Congo, MinusmaMali y UNDOF (frontera Israel con Siria) y las situaciones que encuentran los Comandantes de Tropas en los campos de operación.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
6.- ADOPCIÓN DE RESOLUCIÓN SOBRE LA FUERZA PROVISIONAL DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS PARA ABYEI (UNISFA). (14 de octubre).
Antecedentes: Se espera renovar el mandato de UNISFA por cuatro meses, según lo recomendado por el Secretario General en su informe del 1 de octubre; el actual mandato de la Fuerza, expira el próximo 15 de octubre.
El estatus de Abyei sigue siendo un punto de tensión entre Sudán y Sudán del Sur. El gobierno de Sudán anunció en septiembre su intención de incluir a este territorio en las elecciones generales programadas para el 2015, generando el rechazo del país vecino. En atención a que las partes no avanzan en la implementación de los acuerdos y las resoluciones para resolver la cuestión de Abyei, UNISFA se encuentra implementando una revisión estratégica de sus prioridades para ejecutar su mandato de manera más efectiva y agilizar el proceso político, en conformidad con lo autorizado en la resolución 2156 (2014) del Consejo de Seguridad.
Abyei es un área rica en petróleo y un importante paso migratorio de grupos nómades. Las dificultades de gobernanza y la presencia de grupos armados de ambas partes han generado un ciclo de tensión, violencia y vandalismo con una polarización entre tribus. La población de Abyei carece de servicios básicos y depende en gran medida de la ayuda humanitaria.
El Consejo de Seguridad renueva el mandato UNISFA .
7.- BRIEFING SEGUIDO DE CONSULTAS CERRADAS SOBRE ÉBOLA, BAJO EL TEMA “PAZ Y SEGURIDAD EN ÁFRICA”. INTERVIENEN ANTHONY BANBURY (EE.UU), REPRESENTANTE ESPECIAL DEL SECRETARIO GENERAL PARA LA MISIÓN DE NACIONES UNIDAS PARA LA RESPUESTA DE EMERGENCIA CONTRA EL ÉBOLA (UNMEER); TAYEBROOK ZERIHOUN (ETIOPÍA), SG ADJUNTO PARA EL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS POLÍTICOS; Y HERVE LADSOUS SG ADJUNTO DEL DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DE PAZ. (14 de octubre).
Antecedentes: Esta será la tercera oportunidad en la que el CS ha tratado de alguna manera el efecto que el brote del virus del Ébola está teniendo en la paz y seguridad internacionales, especialmente en los países más afectados del África occidental que están en un proceso postconflicto ( Guinea , Sierra Leona y Liberia). En esta oportunidad, la reunión se enfocará en las implicancias de la pandemia para la seguridad, con énfasis en las misiones de UN desplegadas (políticas y de paz).
El 9 de septiembre, el CS al renovar por tres meses el mandato de la Misión de Naciones Unidas en Liberia (UNMIL), acordó que, una vez terminado ese plazo, volvería a revisar el mandato a la luz de la evolución del impacto del ébola.
Posteriormente, en una sesión de emergencia, los miembros del CS adoptaron por unanimidad la Resolución 2177 (18 de septiembre de 2014), en la cual se establecen las medidas que deben adoptar la comunidad internacional, los países de la región y los principales países afectados para hacer frente a esta pandemia. En dicha oportunidad, el SG anunció al CS su propuesta de establecer la Misión de Naciones Unidas para la Respuesta de Emergencia contra el Ébola (Unmeer), la cual fue aprobada al día siguiente por la Asamblea General a través de la Resolución A/RES/69/1.
El Consejo de Seguridad no toma ninguna acción.
8.- ADOPCIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE RENUEVA EL MANDATO DE LA MISIÓN DE ESTABILIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN HAITÍ (MINUSTAH). (14 de octubre).
Antecedentes: La MINUSTAH es la única Operación de Mantenimiento de la Paz (OMP) en el continente americano. Chile es uno de sus principales contribuyentes con 523 efectivos (12% del total), concentrados en Puerto Príncipe y Cabo Haitiano. Nuestro país junto a otros 11 países de la región representan el 75% de los cascos azules de esta Misión. También hay contribución latinoamericana al componente policial de MINUSTAH, en el caso de Chile, con Carabineros y Policías de Investigaciones.
Las Naciones Unidas en consulta con los miembros del CS y principales contribuyentes de tropas y policías a MINUSTAH ha diseñado un Plan de Consolidación que consiste en un retiro gradual del contingente militar. Hasta el momento no hay consenso en cuándo debería producirse la disminución de efectivos y las negociaciones continúan entre los miembros del Consejo.
El Consejo de Seguridad renueva el mandato de Minustah.
9.- BRIEFING Y CONSULTAS SOBRE SOMALIA. INFORMAN EL REPRESENTANTE ESPECIAL DEL SECRETARIO GENERAL PARA SOMALIA, SR. NICHOLAS KAY (GRAN BRETAÑA) Y EL REPRESENTANTE ESPECIAL DE LA UNIÓN AFRICANA Y JEFE DE LA MISIÓN DE LA UNIÓN AFRICANA EN SOMALIA (AMISOM) SR. MAMAM SIDIKOU (NIGER) (14 de octubre).
Antecedentes: La Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM), fue establecida en junio de 2013 por la Resolución 2102 (2013). La UNSOM trabaja en conjunto con la Misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM), que fue establecida por resolución del CS 1744 (2007).
Se analiza el último informe del Secretario General al Consejo de Seguridad (S/2014/699, 25 de septiembre) en cumplimiento con lo dispuesto en el párrafo 13 de la resolución 2158 (mayo, 2014). El informe en cuestión da cuenta de los avances de Somalia en relación a la implementación del Pacto para Somalia sobre la consolidación de la paz y el Estado y algunos avances en materias de Derechos Humanos.
Se estima que la discusión estará encausada hacia los informes de derechos humanos aparecidos en el último mes, uno preparado por la Asamblea General (A/HRC/27/71) y el otro por Human Right Watch , que dan cuenta de abusos sistemáticos por parte de tropas de Amisom, así como por actores estatales y paraestatales de Somalia.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
10.- CONSULTAS DEL COMITÉ DE SANCIONES 751/1907 RELATIVO A SOMALIA Y ERITREA. INFORMA EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE SANCIONES, EMBAJADOR OH JOON (REPÚBLICA DE COREA). (15 de octubre).
Antecedentes: Se tendría como foco la ayuda militar extranjera para hacer frente a Al Shabab a través de la operación Océano índico, lanzada a fines de agosto pasado.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
11.- CONSULTAS SOBRE EL LÍBANO, EN VIRTUD DE LA RESOLUCIÓN 1559 (2004), INFORMA EL ENVIADO ESPECIAL DEL SECRETARIO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 1559 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD, SR. TERJE ROEDLARSEN (NORUEGA). (15 de octubre)
Antecedentes: Las consultas tienen por objeto abordar los principales aspectos señalados por el Secretario General (SG) en el 20° informe semianual, para la implementación de lo dispuesto en la resolución 1559 (2004).
El informe pone énfasis en el estancamiento en la aplicación de las disposiciones claves de la resolución 1559 (2004), condenando el SG, la presión ejercida en la soberanía, integridad territorial y política del Líbano, debido a los ataques que sufrieron en Arsal las Fuerzas Armadas Libanesas, por grupos armados extremistas. Asimismo, el informe subraya la importancia de realizar las elecciones del nuevo Presidente de la República, para poner término al vacío del poder ejecutivo.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
12.- ELECCIÓN DE LOS NUEVOS MIEMBROS NO PERMANENTES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD PARA EL PERIODO 20152016. (16 de octubre).
13.CONSULTAS SOBRE LA FUERZA DE NACIONES UNIDAS DE OBSERVACIÓN DE LA SEPARACIÓN (FNUOSUNDOF/ALTOS DEL GOLÁN), QUE SERÁN INFORMADAS POR EL SECRETARIO GENERAL ADJUNTO DE OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ, SR. HERVÉ LADSOUS (FRANCIA). (20 de octubre).
Antecedentes: La crisis en Siria ha impactado negativamente en la Fnuos, con un importante aumento de hechos de violencia, en particular con posterioridad al secuestro de 45 cascos azules de Fiji, por parte de Al Nusra en septiembre pasado, quienes fueron posteriormente liberados.
En las próximas consultas se dará a conocer la situación de seguridad de la misión y se evaluará la necesidad de reconfigurar su dotación, a la luz de los desafíos de seguridad a que se ve enfrentada por los ataques de las organizaciones terroristas presentes en la zona, y que originó el desplazamiento temporal de un significativo número de efectivos de FNUOS a territorio israelí.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
14.- DEBATE ABIERTO SOBRE MEDIO ORIENTE, CON PARTICULAR ÉNFASIS EN LA SITUACIÓN DE LOS TERRITORIOS PALESTINOS OCUPADOS. INFORMARÁ EL SECRETARIO GENERAL ADJUNTO DE ASUNTOS POLÍTICOS, SR. JEFFREY FELTMAN (EE.UU). (21 de octubre).
Antecedentes: En virtud de la resolución 1322 (2000) del Consejo de Seguridad, el Secretario General debe informar a los miembros del Consejo respecto de la situación de todos los territorios ocupados por Israel. Tras lo cual se da inicio al debate abierto, bajo la presidencia de Argentina, el que se centra en la cuestión de los territorios palestinos ocupados.
También se espera que se aborde la situación de Siria, en particular tras el despliegue de un significativo número de milicianos de ISIL y el uso de artillería pesada en la ciudad de Kobani (frontera norte con Turquía). Los avances en el terreno de esta organización terrorista desde el 16 de septiembre han causado el desplazamiento de más de 150 mil personas desde dicha localidad hacia la frontera con Turquía.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
15.- BRIEFING Y CONSULTAS SOBRE PIRATERÍA EN SOMALIA. INFORMA EL SECRETARIO GENERAL ADJUNTO DE ASUNTOS POLÍTICOS, SR. JERFFREY FELTMAN (ESTADOS UNIDOS). (21 de octubre).
Antecedentes: El SGA Sr. Feltman informa sobre el último informe sobre piratería en Somalia (17 de octubre) que va en dos vías: por un lado la disminución de la actividad criminal en las costas somalíes producto de la labor de las Fuerzas de Tarea Combinadas 151 y, por otra parte, la expansión de la piratería más allá de la Zona Económica Exclusiva somalí, lo que habla del aumento en la complejidad de las organizaciones criminales y en las maneras de abordar el problema.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
16.- BRIEFING Y CONSULTAS SOBRE LA MISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN EL SUDÁN DEL SUR (UNMISS); PARTICIPA LA REPRESENTANTE ESPECIAL DEL SECRETARIO GENERAL Y JEFA DE UNMISS, SRA. ELLEN MARGRETHE LOJ (DINAMARCA). (22 de octubre).
Antecedentes: Tras 10 meses de conflicto, no se ven progresos en la situación humanitaria y de seguridad. La guerra entre tropas del Gobierno liderado por Salva Kiir y los disidentes, encabezados por Riek Machar , ha causado miles de víctimas fatales 1,7 millones de desplazados, 3,8 millones de personas que requieren de ayuda humanitaria y más de 3,5 millones de personas que viven una inseguridad alimentaria, situación calificada por el CS como la peor del mundo.
Ambos bandos han cometido abusos a los derechos humanos, con total impunidad. El proceso de paz liderado por la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD) ha sido frustrado por los beligerantes, los cuales no han respetado los acuerdos alcanzados. Sin embargo las negociaciones continúan. Un avance fue la reunión de Jefes de Estado de IGAD el 25 de agosto, donde las partes firmaron un documento de implementación del acuerdo de cese al fuego del 23 de enero. Sin embargo, el 26 de agosto un helicóptero de UNMISS fue derribado, causando la muerte de tres cascos azules de nacionalidad rusa.
La Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS), fuerza de 10,500 cascos azules y 940 policías, ha reordenado sus prioridades hacia un enfoque de protección de civiles y verificación de los derechos humanos, para responder a los desafíos impuestos por el recrudecimiento del conflicto durante el 2014. El mandato de UNMISS expira el 30 de noviembre.
Algunos miembros del CS, entre ellos Chile, han expresado la necesidad de considerar sanciones específicas a aquellos que obstruyen la paz y a los responsables de abusos a los derechos humanos.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
17.- ADOPCIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE RENUEVA EL MANDATO DEL COMITÉ DE SANCIONES 751/1907 RELATIVO A SOMALIA Y ERITREA. (22 de octubre).
Antecedentes: En 1992, el CS estableció un régimen de sanciones a Somalia que incluyó el embargo de armas, la prohibición de viajes, el congelamiento de bienes y el embargo al carbón (Comité de sanciones 751). En 2009, el CS estableció un régimen de sanciones a Eritrea, pasando a conocer de ambos regímenes de sanciones, en un solo comité (Comité 751 (1992) y 1907 (2009).
Las negociaciones de la resolución están centradas en si expandir o no medidas utilizadas contra la piratería en la región, como es la intercepción de embarcaciones en alta mar y aguas territoriales somalíes por parte de fuerzas multinacionales.
El Consejo de Seguridad adopta una resolución.
18.- DEBATE ABIERTO SOBRE MÉTODOS DE TRABAJO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD. INTERVENDRÁN COMO BRIEFERS: MARÍA CRISTINA PERCEVAL , POR ARGENTINA, EN SU CALIDAD DE PRESIDENTA DEL GRUPO DE TRABAJO OFICIOSO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD SOBRE DOCUMENTACIÓN Y OTRAS CUESTIONES DE PROCEDIMIENTO; FATOU BENSOUDA (GAMBIA), FISCAL DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL; Y KIMBERLY PROST (CANADÁ), OMBUDSPERSON DEL COMITÉ DE SANCIONES 1267 SOBRE ALQAEDA. (23 de octubre).
Antecedentes: El debate se enfoca en el debido proceso en los Comités de Sanciones y en la posibilidad de extender el mandato del Ombusdperson del Comité 1276 (Sanciones a AlQaeda) a los demás Comités. Además, se tratará la cuestión del seguimiento que debiera hacer el Consejo a las remisiones (t) que dicho órgano hace la Corte Penal Internacional. En la actualidad son dos las situaciones que han sido remitidas por el CS a la Corte Penal Internacional, la situación en Darfur y en Libia. Existe crítica de algunos países, incluido Chile, en que el CS debiera tener un rol más activo en el seguimiento de estos casos y favorecer la cooperación de los Estados con la Corte. (27 de octubre).
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
19.- BRIEFING SEGUIDO DE CONSULTAS, SOBRE LA MISIÓN DE ESTABILIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO (MONUSCO). INFORMARÁ EL REPRESENTANTE ESPECIAL DEL SECRETARIO GENERAL PARA LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO Y JEFE DE LA MONUSCO, SR. MARTIN KOBLER (ALEMANIA). (27 de octubre).
Antecedentes: El briefing y consultas tienen por objeto abordar los principales acontecimientos que relata el informe del Secretario General (SG), del 25 de septiembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 39 de la resolución 2147 (2014) del Consejo de Seguridad (CS).
En lo referente a las elecciones locales programadas en la República Democrática del Congo, el SG expresó su preocupación por el lento avance en la definición del marco jurídico, el calendario y las asignaciones presupuestarias.
En cuanto a la situación de los DD.HH, el informe reiteró la importancia de que las autoridades congoleñas continúen trabajando con los dirigentes comunitarios locales y la sociedad civil, especialmente en lo que dice relación a la denuncia de ataques por motivos étnicos. En esta línea, se espera que las delegaciones valoren el apoyo prestado por MONUSCO a la judicatura de la RDC en la lucha contra la impunidad de las violaciones de los DD.HH, y asimismo, reiteren las obligaciones de cooperación asumidas por los Estados partes del Estatuto de Roma, para con la Corte Penal Internacional.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
20.- CONSULTAS SOBRE LA MISIÓN DE NACIONES UNIDAS PARA EL REFERÉNDUM EN SAHARA OCCIDENTAL (MINURSO). INFORMA EL REPRESENTANTE ESPECIAL DEL SECRETARIO GENERAL PARA SÁHARA OCCIDENTAL Y JEFE DE LA MINURSO, SR. KIM BOLDUC (CANADÁ), Y EL ENVIADO PERSONAL DEL SECRETARIO GENERAL PARA EL SÁHARA OCCIDENTAL, SR. CHRISTOPHER ROSS (EE.UU). (27 de octubre).
Antecedentes: Las consultas programadas se realizan en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 9 de la resolución 2152 (2014) del CS, que solicita al SG que informe periódicamente, y como mínimo dos veces al año, sobre el estado y marcha de las negociaciones que se desarrollan bajo sus auspicios.
Es de esperar que durante las consultas se informe acerca del estancamiento en el proceso de negociación, y la necesidad de encontrar y promover una solución, bajo los buenos oficios del Grupo de Amigos de Sahara Occidental, integrado por EE.UU, Francia, Reino Unido, Rusia y España.
Finalmente, se espera que durante las consultas se trate las condiciones de vida de los refugiados saharauis en Tindouf, Argelia, debido a las denuncias sobre posibles restricciones a la libertad de movimiento, impuestas por el frente Polisario a los residentes de dichos campamentos.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
21.- DEBATE SOBRE “MUJER PAZ Y SEGURIDAD – MUJERES Y NIÑAS DESPLAZADAS: LÍDERES Y SOBREVIVIENTES” Y LA APLICACIÓN DE LA ARQUITECTURA CREADA EN BASE A LA RESOLUCIÓN 1325 (2000) DEL CONSEJO DE SEGURIDAD. INTERVENDRÁ EL SECRETARIO GENERAL, LA DIRECTORA EJECUTIVA DE ONU MUJERES, SRA. PHUMZILE MLAMBONGCUKA, LA RELATORA ESPECIAL PARA LOS DERECHOS HUMANOS DEL DESPLAZADOS INTERNOS, SRA. CHALOKA BEYOND, Y UN REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL, SRA. SUAAD ALLAMI, FUNDADORA DE LA ONG “WOMEN FOR PROGRESS”. (28 de octubre).
Antecedentes: Este año se celebra el 14º. Aniversario de la aprobación de la resolución 1325 (2000) aprobada en octubre de ese año. El agravamiento y propagación de los conflictos interestatales, con el consiguiente problema de los desplazados internos y refugiados en situaciones muy precarias, y la situación de mujeres y niñas viviendo en condiciones mínimas de seguridad, expuestas a abusos y violencia sexual, ha hecho que para este año la Presidencia (Argentina) haya decidido colocar esta problemática como punto central del debate.
El Consejo de Seguridad espera adoptar una Declaración Presidencial, la cual se está negociando.
22.- REUNIÓN PRIVADA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD CON EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, JUEZ PETER TOMKA . (29 de octubre)
Antecedentes: Es tradicional que, con motivo de la visita de los Presidentes de los tribunales internacionales a presentar sus respectivos informes a la Asamblea General, también tengan reuniones con el Consejo de Seguridad, oportunidad en la discuten temas de interés común.
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
23.- BRIEFING SEGUIDO DE CONSULTAS SOBRE EL COMITÉ DE SANCIONES 1572 RELATIVO A CÔTE D’IVOIRE. INFORMARÁ EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE SANCIONES 1572, EMBAJADOR CRISTIÁN BARROS (CHILE). (29 de octubre).
Antecedentes: Tras la guerra civil de 2002 y la formación de un gobierno de coalición a comienzos de 2004, se produjeron una serie de persecuciones raciales y religiosas por parte de los partidarios del Presidente Laurent Gbagbo , que culminaron con la intervención de Naciones Unidas y el establecimiento de un Comité de Sanciones. La crisis se agudizó en 2010, tras el no reconocimiento de los resultados presidenciales por parte de Gbagbo y el llamado a perseguir a los partidarios del Presidente electo Alassane Ouattara .
El último informe de Grupo de Experto (primeros 6 meses), apuntó a que el régimen de sanciones sigue siendo útil para la estabilidad de Côte D’Ivoire y la región, particularmente en avances sobre la extracción de recursos naturales (cacao y diamantes).
Finalmente, sin perjuicio de los avances que destaca el informe, el SG manifestó su preocupación por la gran cantidad de armas no registradas y fuera del control del gobierno, así como respecto a la existencia de grupos de extorsión y tráfico de mercancías, controlados por ex militares, pro Gbagbo .
24.- BRIEFING SEGUIDO DE CONSULTAS SOBRE SITUACIÓN HUMANITARIA EN SIRIA. INFORMARÁ LA SECRETARIA GENERAL ADJUNTA Y COORDINADORA DEL SOCORRO DE EMERGENCIA SRA. KYUNGWHA KANG (COREA DEL SUR). (30 de octubre).
Antecedentes: El briefing y las consultas tienen lugar en observancia de la resolución 2139 (2014) y 2165 (2014), que establecen la obligación del SG de informar cada 30 días.
La Secretaria General Adjunta de Asuntos Humanitarios y Coordinadora del Socorro de Emergencia, Sra. KyungWha Kang, informa sobre la grave situación humanitaria producto del avance del Estado Islámico de Irak y Levante (ISIL), que ha significado enfrentamientos en nuevos lugares, como es el caso de la ciudad kurda de Kobani, a lo cual se suma el reclutamiento de menores de edad, obligando a miles de personas emigrar hacia Turquía.
En relación a los procedimientos administrativos establecidos por el gobierno sirio para la entrega de ayuda humanitaria, se prevé que durante las consultas las delegaciones insistan en la importancia de avanzar en la asistencia al mayor número de personas, mediante el uso de rutas más directas, que incluso contemplen atravesar las líneas de conflicto, como es el caso de la apertura del paso Nuzaibin (Turquía).
El Consejo de Seguridad no adopta acción.
25.- SESIÓN PRIVADA DE RECAPITULACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CONSEJO QUE TUVIERON LUGAR EN EL MES DE OCTUBRE. ESTA SESIÓN TIENE COMO BASE LA NOTA DE LA PRESIDENCIA S/2010/507”, SOBRE FORMAS DE MEJORAR LA EFICIENCIA Y LA TRANSPARENCIA DE LOS MÉTODOS DE TRABAJO DEL CONSEJO. (30 de octubre).
Antecedentes: En observancia de la Nota de la Presidencia S/2010/507, la cual, con el propósito de mejorar la eficiencia y la transparencia de los métodos de trabajo del Consejo, estableció un listado de prácticas y medidas acordadas. Entre ellas, este tipo de sesión al final de cada Presidencia, en la cual se realiza un resumen de los temas abordados durante el mes, a fin de extraer lecciones útiles para mejorar el manejo de los asuntos abordados por el CS. Chile ha apoyado esta práctica en señal de transparencia en las labores del CS.
(Fdo.): JACQUELINE PEILLARD G., Dirección de Asuntos Internacionales, Cámara de
Diputados”.
36. OFICIO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. ROL 2725‐14‐CPR. (10145).
“Santiago, 21 de octubre de 2014. Oficio N° 10.145
Remite sentencia.
Excelentísimo señor
Presidente de la H. Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 21 de octubre de 2014, en el proceso Rol N° 272514CPR sobre control de constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores, contenido en el boletín N° 882814.
Saluda atentamente a V.E.,
(Fdo.): CARLOS CARMONA SANTANDER , Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN , Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DON ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
VALPARAÍSO”.
37. OFICIO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. ROL 2716-14-INA.
“Santiago, 22 de octubre de 2014. Oficio N° 10.151
Remite sentencia.
Excelentísimo señor
Presidente de la H. Cámara de Diputados:
Remito a V.E. copia autorizada de la resolución dictada por esta magistratura con fecha 22 de octubre en curso, en el proceso Rol N° 271614INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentada por Mario Andina Medina respecto del inciso primero del artículo 492 del Código Penal. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró admisibilidad.
Saluda atentamente a V.E.,
(Fdo.): CARLOS CARMONA SANTANDER , Presidente; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN , Secretaria.
A S.E.
EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS DON ALDO CORNEJO GONZÁLEZ
VALPARAÍSO”.