Labor Parlamentaria

Diario de sesiones

  • Alto contraste

Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha

Índice
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • I. ASISTENCIA
      • ASISTENCIA A SESIÓN DE SALA
        • Sergio Paez Verdugo
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
      • TRATAMIENTO DEL PROYECTO DE LEY DE REAJUSTE DEL SECTOR PÚBLICO.
    • V. ORDEN DEL DÍA
      • MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, EN MATERIA DE RECLAMACIONES ELECTORALES Y OTROS ASPECTOS PROCESALES. Segundo trámite constitucional.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Victor Reyes Alvarado
        • INTERVENCIÓN : Rosa Gonzalez Roman
        • INTERVENCIÓN : Sergio Benedicto Elgueta Barrientos
        • INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
        • INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
        • INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
      • NORMAS SOBRE PREVENCIÓN DE LA INFECCIÓN CAUSADA POR EL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA. Proposiciones de la Comisión Mixta.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Fanny Pollarolo Villa
        • INTERVENCIÓN : Carlos Montes Cisternas
        • INTERVENCIÓN : Sergio Ojeda Uribe
        • INTERVENCIÓN : Ivan Moreira Barros
        • INTERVENCIÓN : Lily Perez San Martin
        • INTERVENCIÓN : Patricio Melero Abaroa
        • INTERVENCIÓN : Patricio Cornejo Vidaurrazaga
        • INTERVENCIÓN : Juan Pablo Letelier Morel
        • DEBATE
      • REAJUSTE DE REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.
        • ANTECEDENTE
        • INTERVENCIÓN : Jose Miguel Ortiz Novoa
        • DEBATE
      • ENMIENDAS DE 1998 AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMOS. Primer trámite constitucional.
    • VI. PROYECTOS DE ACUERDO
      • PETICIÓN DE ENVÍO DE PROYECTO SOBRE PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LICENCIAS PROFESIONALES. (Votación).
        • DEBATE
      • FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA LABORAL.
        • INTERVENCIÓN : Juan Jose Bustos Ramirez
        • ANTECEDENTE
          • PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
            • Juan Jose Bustos Ramirez
            • Juan Pablo Letelier Morel
            • Pedro Hector Munoz Aburto
            • Maria Isabel Allende Bussi
      • FORTALECIMIENTO DEL FÚTBOL PROFESIONAL.
        • ANTECEDENTE
          • PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
            • Victor Barrueto
            • Rosauro Martinez Labbe
            • Jorge Ivan Ulloa Aguillon
            • Carlos Recondo Lavanderos
            • Patricio Walker Prieto
            • Edmundo Salas De La Fuente
            • Alejandro Navarro Brain
            • Esteban Valenzuela Van Treek
            • Anibal Perez Lobos
            • Carlos Abel Jarpa Wevar
        • INTERVENCIÓN : Andres Palma Irarrazaval
        • DEBATE
    • VII. INCIDENTES
      • ENTREGA EN COMODATO DE EDIFICIO DE ESCUELA Nº 1 DE PUERTO MONTT A UNIVERSIDAD PRIVADA. Oficios.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Carlos Ignacio Kuschel Silva
      • SITUACIÓN DE CAMPAMENTO NASUR, DE PEÑALOLÉN. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Maria Angelica Cristi Marfil
      • HOMENAJE A COLEGIO SANTA CRUZ, DE RÍO BUENO, EN EL CENTENARIO DE SU FUNDACIÓN.
        • HOMENAJE : Enrique Jaramillo Becker
      • SOLUCIÓN A PROBLEMAS DE SERVICIOS DE SALUD EN PROVINCIA DE CHILOÉ. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Claudio Alvarado Andrade
      • REPARACIÓN Y MANTENCIÓN DE CAMINO ALTO DEL DIHUENO, COMUNA DE FLORIDA. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
      • CONSTRUCCIÓN DE PASARELA Y SEÑALES DE TRÁNSITO FRENTE A ESCUELA DE COMUNA DE FLORIDA. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
      • ILUMINACIÓN DE ESTACIÓN LOS ACACIOS, DE FERROCARRILES DEL ESTADO. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
      • INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alejandro Navarro Brain
      • ALCANCES A TRAMITACIÓN DE PROYECTO DE REAJUSTE DEL SECTOR PÚBLICO.
        • INTERVENCIÓN : Pablo Lorenzini Basso
      • INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS POR INMOBILIARIA LOS TRAPENSES, EN RANCAGUA. Oficios.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Juan Nunez Valenzuela
      • FACILIDADES A COMERCIANTES AMBULANTES EN SECTOR DE LA RUTA 5 SUR DE LA SEXTA REGIÓN. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Juan Nunez Valenzuela
      • SELLO DISTINTIVO PARA TAXIS DE IQUIQUE. INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE FRANJA DE PROTECCIÓN EN COMUNAS DE GRANEROS, RANCAGUA Y REQUÍNOA. Oficios.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
      • MALESTAR POR INAUGURACIÓN DE OBRA DE RIEGO SIN LA PRESENCIA DE PARLAMENTARIOS. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
      • APERTURA DE SUCURSALES DEL BANCO DEL ESTADO EN ANGOL Y EN CAPITÁN PASTENE. Oficio.
        • INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Edmundo Villouta Concha
      • INFORME SOBRE SITUACIÓN DE COOPERATIVA HABITACOOP. Oficio.
      • CIERRE DE LA SESIÓN
    • DOCUMENTOS DE LA CUENTA
      • ENMIENDAS AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR, SOLAS 1974, Y A OTROS INSTRUMENTOS CONEXOS. Primer trámite constitucional.
      • FISCALIZACIÓN DEL TRATAMIENTO Y EVACUACIÓN DE LOS RESIDUOS INDUSTRIALES LÍQUIDOS. Primer trámite constitucional.
      • MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 18.490, SOBRE SEGURO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Primer trámite constitucional.
      • Informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología recaído en la investigación sobre los problemas que se han producido con motivo de la inscripción de dominios en internet y sobre las conductas realizadas por Microsoft en Chile y las consecuencias de la campaña antipiratería seguida por algunas empresas en el país.
        • AUTOR DE INFORME DE COMISIÓN INVESTIGADORA
          • Carlos Ignacio Kuschel Silva
          • Patricio Cornejo Vidaurrazaga
          • Sergio Correa De La Cerda
          • Alberto Espina Otero
          • Carlos Abel Jarpa Wevar
          • Ricardo Enrique Rincon Gonzalez
          • Pedro Hector Munoz Aburto
          • Alejandro Navarro Brain
          • Juan Nunez Valenzuela
          • Patricio Walker Prieto
          • Enrique Van Rysselberghe Varela
          • Alfonso Vargas Lyng
          • Carlos Alfredo Vilches Guzman
  • DOCUMENTO
    • PORTADA
    • I. ASISTENCIA
    • II. APERTURA DE LA SESIÓN
    • III. ACTAS
    • IV. CUENTA
    • V. ORDEN DEL DÍA
    • VI. PROYECTOS DE ACUERDO
    • VII. INCIDENTES
    • DOCUMENTOS DE LA CUENTA
Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.

REPÚBLICA DE CHILE

CÁMARA DE DIPUTADOS

LEGISLATURA 345ª, EXTRAORDINARIA

Sesión 16ª, en martes 13 de noviembre de 2001

(Ordinaria, de 11.44 a 14.24 horas)Presidencia de los señores Pareto González, don Luis Valenzuela Herrera, don Felipe, y Seguel Molina, don Rodolfo

Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos.

Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.

ÍNDICE

I.ASISTENCIA II.APERTURA DE LA SESIÓN III.ACTAS IV.CUENTA V.ORDEN DEL DÍA VI.PROYECTOS DE ACUERDO VII.INCIDENTES VIII.DOCUMENTOS DE LA CUENTA IX.OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA

ÍNDICE GENERAL

Pág.

I.Asistencia7

II.Apertura de la sesión11

III.Actas11

IV.Cuenta11

Tratamiento del proyecto de ley de reajuste del sector público11

V.Orden del Día.

Modificación de la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, en materia de reclamaciones electorales y otros aspectos procesales. Segundo trámite constitucional11

Normas sobre prevención de la infección causada por el virus de inmunodeficiencia humana. Proposiciones de la Comisión Mixta18

Reajuste de remuneraciones del sector público. Primer trámite constitucional27

Enmiendas al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, Solas 1974, y a otros instrumentos conexos. Primer trámite constitucional29

Fiscalización del tratamiento y evacuación de los residuos industriales líquidos. Primer trámite constitucional29

Modificación de la ley Nº 18.490, sobre seguro de accidentes de tránsito. Primer trámite constitucional29

Enmiendas de 1998 al Convenio internacional sobre búsqueda y salvamento marítimos. Primer trámite constitucional29

VI.Proyectos de acuerdo.

Petición de envío de proyecto sobre prórroga de vigencia de licencias profesionales. (Votación)30

Fortalecimiento de la justicia laboral30

Fortalecimiento del fútbol profesional32

VII.Incidentes.

Entrega en comodato de edificio de escuela Nº 1 de Puerto Montt a universidad privada. Oficios36

Situación de campamento Nasur, de Peñalolén. Oficio36

Homenaje a colegio Santa Cruz, de Río Bueno, en el centenario de su fundación37

Solución a problemas de servicios de salud en provincia de Chiloé. Oficio39

Pág.

Reparación y mantención de camino Alto del Dihueno, comuna de Florida. Oficio40

Construcción de pasarela y señales de tránsito frente a escuela de comuna de Florida. Oficio41

Iluminación de estación Los Acacios, de Ferrocarriles del Estado. Oficio41

Información sobre construcción de establecimientos educacionales en la Octava Región. Oficio41

Alcances a tramitación de proyecto de reajuste del sector público42

Incumplimiento de contrato de construcción de viviendas por inmobiliaria Los Trapenses, en Rancagua. Oficios43

Facilidades a comerciantes ambulantes en sector de la ruta 5 sur de la Sexta Región. Oficio44

Sello distintivo para taxis de Iquique. Información sobre construcción de franja de protección en comunas de Graneros, Rancagua y Requínoa. Oficios44

Malestar por inauguración de obra de riego sin la presencia de parlamentarios. Oficio45

Apertura de sucursales del Banco del Estado en Angol y en Capitán Pastene. Oficio46

Informe sobre situación de Cooperativa Habitacoop. Oficio46

VIII.Documentos de la Cuenta.

Mensajes de S.E. el Presidente de la República mediante los cuales da inicio a la tramitación de los siguientes proyectos:

1.Aprueba el Cuarto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (telecomunicaciones básicas), de la Organización Mundial de Comercio (boletín Nº 282710)48

2.Adecua la legislación interna para implementar en Chile la Convención para combatir el cohecho a funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, y modifica el tipo penal de cohecho activo (boletín Nº 282807)51

3.Mensaje de S.E. El Presidente de la República mediante el cual da inicio a la tramitación de un proyecto que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica (boletín Nº 282905)56

4.Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica (boletín Nº 282905)72 Pág.

5.Oficio de S.E. el Presidente de la República por el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto que modifica la ley Nº 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en materia de reclamaciones electorales y otros aspectos procesales (boletín Nº 281007)73

6.Oficio de S.E. el Presidente de la República mediante el cual retira y hace presente la urgencia, con calificación de “simple”, para el despacho del proyecto que crea la Dirección Nacional de Cultura y el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural (boletín Nº 228604)73

Oficios del Senado por los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, los siguientes proyectos:

7.Permite efectuar anticipos del Fondo Común Municipal en casos que indica y autoriza la condonación de deudas que señala (boletín Nº 281406)74

8.Proyecto de ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2002 (boletín Nº 279605)74

9.Regulariza la posesión y ocupación de inmuebles fiscales en la forma que indica (boletín Nº 275812)75

10.Oficio del Senado por el cual comunica que ha accedido a la solicitud de la Comisión de Trabajo y Previsión Social para disponer el archivo del proyecto que agrega un inciso al artículo 161 del Código del Trabajo para proteger a los trabajadores que hubieren participado en un proceso de negociación colectiva (boletín Nº 124613)75

11.Informe de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, relativo a la calificación de la producción cinematográfica (boletín Nº 267504)76

12.Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto, iniciado en mensaje, relativo a la calificación de la producción cinematográfica (boletín Nº 267504)98

13.Informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología recaído en la Investigación sobre los problemas que se han producido con motivo de la Inscripción de dominios en internet y sobre las conductas realizadas por Microsoft en Chile y las consecuencias de la campaña antipiratería seguida por algunas de las empresas en el país100

IX.Otros documentos de la Cuenta.

1.Oficios:

Contraloría General de la República

Del diputado señor Alvarado, proyecto de ejecución agua potable rural de Manao, comuna de Ancud.

Del diputado señor Mulet, procedencia de rebaja en el pago de asignación no docente.

Del diputado señor Molina, montos por concepto de indemnizaciones expropiatorias en la localidad de Huentelauquén.

De los diputados señores Navarro, Alvarado, Kuschel y Vega, conmemoración de aniversario de la Contraloría Regional de Valparaíso.

Ministerio del Interior

Del diputado señor Leal, fracaso de policías en el caso de Alto Hospicio.

De los diputados señores Alessandri, Pablo Galilea, Kuschel, Seguel y Ulloa, esclarecimiento por desaparición de ciudadano.

Ministerio de Educación

De los diputados señores Rincón, GarcíaHuidobro, Rosauro Martínez, Mora, Navarro, Vilches, Villouta y de la diputada señorita Sciaraffia, asignación de desempeño en condiciones difíciles a escuelas especiales.

Ministerio de Defensa Nacional

Del diputado señor Navarro, procedimientos para ubicar desaparecido de la comuna de Coronel.

De los diputados señores Rincón, GarcíaHuidobro, Rosauro Martínez, Mora, Navarro, Vilches, Villouta y diputada señorita Sciaraffia, cruces peatonales localidad de Sexta Región.

Ministerio de Agricultura

Del diputado señor Rosauro Martínez, comisión técnica gubernamental.

De los diputados señores Ascencio, Lorenzini, Ortiz, Prokurica, Seguel y Villouta, instalación de oficina Indap en Queilén.

De la Corporación, medidas para enfrentar las distorsiones del comercio internacional de los lácteos.

Ministerio de Salud

Del diputado señor Mulet, caso de invalidez por neumoconiosis.

De los diputados señores Ortiz, José García y de la diputada señora Caraball, apertura de nuevas sucursales de Fonasa.

De los diputados señores Ascencio, Lorenzini, Ortiz, Prokurica, Seguel y Villouta, reglamento sobre asistencia religiosa en recintos hospitalarios.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Del diputado señor Delmastro, proyecto de construcción de 20 viviendas en la ciudad de Valdivia.

Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Del diputado señor Juan Pablo Letelier, tendido subterráneo de cables de servicios eléctricos y de telecomunicaciones.

I.ASISTENCIA

Asistieron los siguientes señores diputados: (81)

--Aguiló Melo, Sergio

--Alvarado Andrade, Claudio

--Álvarez Zenteno, Rodrigo

--Allende Bussi, Isabel

--Ávila Contreras, Nelson

--Bartolucci Johnston, Francisco

--Bustos Ramírez, Juan

--Caminondo Sáez, Carlos

--Caraball Martínez, Eliana

--Cardemil Herrera, Alberto

--Ceroni Fuentes, Guillermo

--Coloma Correa, Juan Antonio

--Cornejo González, Aldo

--Cornejo Vidaurrazaga, Patricio

--Correa De la Cerda, Sergio

--Cristi Marfil, María Angélica

--Dittborn Cordua, Julio

--Elgueta Barrientos, Sergio

--Encina Moriamez, Francisco

--Errázuriz Eguiguren, Maximiano

--García Ruminot, José

--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro

--González Román, Rosa

--Gutiérrez Román, Homero

--Guzmán Mena, Pía

--Hales Dib, Patricio

--Hernández Saffirio, Miguel

--Huenchumilla Jaramillo, Francisco

--Ibáñez Santa María, Gonzalo

--Jaramillo Becker, Enrique

--Jarpa Wevar, Carlos Abel

--Jeame Barrueto, Víctor

--Kuschel Silva, Carlos Ignacio

--Leal Labrín, Antonio

--Leay Morán, Cristián

--León Ramírez, Roberto

--Letelier Morel, Juan Pablo

--Longton Guerrero, Arturo

--Longueira Montes, Pablo

--Lorenzini Basso, Pablo

--Luksic Sandoval, Zarko

--Martínez Ocamica, Gutenberg

--Masferrer Pellizzari, Juan

--Melero Abaroa, Patricio

--Mesías Lehu, Iván

--Monge Sánchez, Luis

--Montes Cisternas, Carlos

--Mora Longa, Waldo

--Moreira Barros, Iván

--Muñoz Aburto, Pedro

--Navarro Brain, Alejandro

--Núñez Valenzuela, Juan

--Ojeda Uribe, Sergio

--Olivares Zepeda, Carlos

--Orpis Bouchón, Jaime

--Ortiz Novoa, José Miguel

--Ovalle Ovalle, María Victoria

--Palma Irarrázaval, Andrés

--Palma Irarrázaval, Joaquín

--Pareto González, Luis

--Pérez Arriagada, José

--Pérez Lobos, Aníbal

--Pérez San Martín, Lily

--Pérez Varela, Víctor

--Pollarolo Villa, Fanny

--Prochelle Aguilar, Marina

--Prokurica Prokurica, Baldo

--Reyes Alvarado, Víctor

--Rincón González, Ricardo

--Riveros Marín, Edgardo

--Rocha Manrique, Jaime

--Salas De la Fuente, Edmundo

--Sánchez Grunert, Leopoldo

--Seguel Molina, Rodolfo

--Soto González, Laura

--Valenzuela Herrera, Felipe

--Van Rysselberghe Varela, Enrique

--Velasco De la Cerda, Sergio

--Venegas Rubio, Samuel

--Villouta Concha, Edmundo

--Walker Prieto, Patricio

Asistieron, además, los ministros de Hacienda, señor Nicolás Eyzaguirre, y de Salud, señora Michelle Bachelet. Concurrió, además, el senador señor Sergio Páez.

II.APERTURA DE LA SESIÓN

Se abrió la sesión a las 11.44 horas.

El señor PARETO (Presidente).-

En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.

III.ACTAS

El señor PARETO (Presidente).-

El acta de la sesión 9ª se declara aprobada.

El acta de la sesión 10ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.

IV.CUENTA

El señor PARETO (Presidente).-

El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta.

El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaría.

TRATAMIENTO DEL PROYECTO DE LEY DE REAJUSTE DEL SECTOR PÚBLICO.

El señor PARETO (Presidente).-

Señores diputados, se ha dado cuenta del oficio de su Excelencia el Presidente de la República por el cual hace presente la urgencia, con calificación de “discusión inmediata”, para el despacho del proyecto de reajuste de remuneraciones y otros beneficios para los trabajadores del sector público.

Solicito la unanimidad de la Cámara para que la Comisión de Hacienda pueda sesionar en forma simultánea con la Sala, sin necesidad de cumplir con el requisito de citar con cuatro horas de anticipación, como lo establece el Reglamento, y a fin de que, si es necesario, pueda dar cuenta de su informe en forma oral.

Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.

El señor ORTIZ.-

Señor Presidente, los trece miembros de dicha Comisión estamos citados hoy. ¿Es posible que la Sala trate esta materia alrededor de las 13 horas?

El señor PARETO (Presidente).-

Señor diputado, estoy solicitando incluso que el informe sea oral.

Si les parece a los señores diputados, el proyecto se votará al final del Orden del Día, siempre que sea factible.

Acordado.

V.ORDEN DEL DÍA

MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 18.700, SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS, EN MATERIA DE RECLAMACIONES ELECTORALES Y OTROS ASPECTOS PROCESALES. Segundo trámite constitucional.

El señor PARETO (Presidente).-

Corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, en materia de reclamaciones electorales y otros aspectos procesales.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social es el señor Víctor Reyes.

Antecedentes:

Proyecto del Senado, boletín Nº 2810-07, sesión 10ª, en 30 de octubre de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 11.

Informe de la Comisión de Gobierno Interior, sesión 13ª, en 6 de noviembre de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 8.

El señor PARETO (Presidente).-

Señores diputados, se me ha informado que hay unanimidad para tratar el proyecto sin discusión y votarlo en el momento en que exista quórum.

La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-

Señor Presidente, hay muchos temas que necesitan debate.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor REYES.-

Señor Presidente, paso a informar sobre el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, en materia de reclamaciones electorales y otros aspectos procesales, cuyas normas tienen rango orgánico constitucional.

La iniciativa se fundamenta en los objetivos impulsados por el Supremo Gobierno tendientes a modernizar y perfeccionar el procedimiento electoral vigente, entre los cuales está la necesidad de hacer efectiva la especialización de los órganos jurisdiccionales electorales que nuestro ordenamiento institucional contempla: el Tribunal Calificador de Elecciones y los tribunales electorales regionales.

Por tal motivo, y con ocasión de la última elección presidencial y de las municipales, se introdujeron modificaciones a la normativa reguladora de dichos procesos para agilizar los mecanismos de reclamaciones electorales, solicitudes de nulidad y calificaciones de escrutinios, por la vía de eliminar la intervención de los jueces y de los juzgados del crimen en estos procedimientos.

En tal sentido, en 1999 se introdujo una nueva disposición en la ley Nº 18.700, mediante la cual se eliminó la participación de los tribunales del crimen en los procedimientos de reclamación y de solicitudes de rectificación de escrutinios, relativos a la elección de Presidente de la República, haciendo recaer toda la tramitación en el Tribunal Calificador de Elecciones, a fin de agilizar las respectivas actuaciones y abreviar los plazos.

Posteriormente, el año recién pasado, a raíz de las elecciones de alcaldes y concejales, se aprobaron reformas a la ley orgánica constitucional de Municipalidades con el objeto de agilizar los mecanismos pertinentes, eliminando la intervención de los jueces del crimen en el conocimiento de las reclamaciones electorales y en las solicitudes de rectificaciones de escrutinios. Se entregó dicha competencia a los tribunales electorales regionales.

De esta forma, la actuación de los jueces y tribunales del crimen en lo concerniente a reclamaciones electorales sólo ha quedado subsistente en nuestro ordenamiento jurídico para los efectos de las elecciones parlamentarias y de los plebiscitos.

En tales circunstancias, y después de conocer la opinión favorable del Tribunal Calificador de Elecciones y del Servicio Electoral, se ha estimado adecuado introducir las modificaciones legales pertinentes, dirigidas a eliminar la participación de los tribunales del crimen en las tareas antes mencionadas y a modernizar los mecanismos correspondientes respecto de este tipo de votaciones populares, con el objeto de establecer uniformidad y coherencia sobre tal materia en todo nuestro sistema electoral público.

Por otra parte, la reciente puesta en marcha en el país del nuevo sistema procesal penal ha introducido un motivo adicional para restar a los referidos juzgados del crimen de las competencias electorales, ya no sólo atendidas las razones de especialidad antes expresadas, sino, además, por la necesaria adecuación que la judicatura penal está teniendo frente a este sistema procesal en desarrollo.

Este último aspecto implicará que, en el momento de practicarse la etapa calificatoria en las próximas elecciones parlamentarias, en algunas regiones ya no operarán los actuales jueces y juzgados del crimen y en otras aún estarán en funciones, circunstancia que provoca, por cierto, una situación anómala que obviamente es necesario superar.

Todo lo anterior pone en evidencia la urgente necesidad de legislar en forma específica y con prioridad respecto de estas normas de carácter procesal electoral en la ley orgánica constitucional de votaciones populares y escrutinios.

Cabe hacer presente que la ley de votaciones es uno de los textos legales que está siendo modificado en el proyecto de ley sobre normas adecuatorias al nuevo sistema procesal penal patrocinado por el Ministerio de Justicia. Atendido el contexto antes descrito, la inminencia de una elección popular, su correspondiente proceso calificatorio y la progresiva adecuación territorial al nuevo escenario de administración de justicia en materia penal, resulta absolutamente conveniente y necesario tramitarlo en un proyecto específico y separado, desglosándolo de aquél y tramitándolo en la forma que lo está haciendo esta Corporación, con calificación de “discusión inmediata”.

El contenido general del proyecto propone cambios en los siguiente aspectos de la ley Nº 18.700:

En primer lugar, por los numerales 5, 6 y 7 del artículo 1º se modifican los actuales artículos 97, 98 y 99, con la finalidad de sustituir la competencia hoy radicada en los jueces y tribunales del crimen, en cuanto a recibir las reclamaciones de nulidad y solicitudes de rectificación de escrutinios, como asimismo conocer de las pruebas, informaciones y contrainformaciones pertinentes, entregándola en definitiva a los tribunales electorales regionales, órganos jurisdiccionales en materia electoral por excelencia.

Se dispone, además, que si los hechos o circunstancias que fundan la respectiva reclamación tuvieren caracteres de delito, los órganos jurisdiccionales electorales deberán efectuar la denuncia criminal ante quien corresponda.

A su vez, las modificaciones propuestas posibilitan un real acceso de los ciudadanos, los candidatos y los partidos políticos a las instancias especializadas en la jurisdicción electoral existentes en todo el territorio nacional.

En segundo lugar, mediante los catorce numerales restantes del proyecto se introducen en la ley las adecuaciones y modificaciones que resultan necesarias en todas aquellas normas que, de una u otra forma, se refieren a materias estrictamente penales o a actuaciones referidas a jueces o juzgados del crimen en los asuntos relativos o derivados de actos electorales, materia y acciones que es necesario, como se señaló, compatibilizar con la reforma procesal en curso.

Finalmente, el proyecto también contempla un artículo 2º para determinar y distinguir, por una parte, aquellas disposiciones que deben entrar en vigencia de inmediato y de manera uniforme en todo el territorio nacional, y aquellas que sólo regirán gradualmente en las regiones que corresponda, conforme a la paulatina vigencia del nuevo sistema procesal penal en el país.

Señor Presidente, solicito a la honorable Corporación, en nombre de la Comisión de Gobierno Interior, la aprobación de este proyecto.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Rosa González.

La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).-

Señor Presidente, no cabe duda de que el proyecto es primordial y que amerita su discusión inmediata.

No di unanimidad para que se votara sin discusión con el fin de que se tenga muy claro cómo queda el resto de las regiones en las cuales no existe el Ministerio Público. Todas las leyes que son aprobadas tan rápidamente sólo tienden a confundir a la ciudadanía si no nos preocupamos de que tengan un gran efecto comunicacional o de información en las regiones, específicamente.

Estoy absolutamente de acuerdo con que se debe aprobar. Lo voy a votar favorablemente, pero con la indicación especial de que sea objeto de un gran efecto comunicacional, con el fin de que se informen todos y cada uno de los habitantes del país de esta modificación electoral.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Elgueta.

El señor ELGUETA.-

Señor Presidente, voy a votar favorablemente el proyecto que introduce adecuaciones a la ley de votaciones populares y escrutinios. No obstante, en algunas de sus normas se advierte una impropiedad en el lenguaje utilizado.

Por ejemplo, el actual artículo 61 señala que el elector y el o los acompañantes deben ser conducidos ante el juez del crimen, pero en el número 2) del artículo 1º se reemplaza la expresión “el juez del crimen” por la frase “la fuerza encargada del orden público”. Entonces, mi pregunta es: ¿Quién los conducirá ante la fuerza encargada del orden público? Creo que aquí hay una impropiedad de lenguaje, porque es el presidente de la mesa quien requiere la fuerza pública para conducir a esas personas ante la autoridad que ha de decidir si deben permanecer privadas de libertad. En consecuencia, en lugar de la expresión “la fuerza encargada del orden público” debiera decir “el o los acompañantes serán conducidos por la fuerza encargada del orden público ante el tribunal respectivo”, porque, de lo contrario, ¿quién los llevará ante la fuerza pública? ¿Serán los vocales, el presidente de la mesa, los apoderados? Hay, evidentemente, una impropiedad de lenguaje que debería ser corregida, para lo cual presentaré una indicación.

El inciso segundo del artículo 63 establece que si la Mesa determinare una disconformidad con el informe del experto designado sobre la identidad del elector, “se tomará nota del hecho en el acta e inmediatamente se pondrá al individuo a disposición del juez del crimen”.

Del mismo modo, en el número 3) del artículo 1º se reemplaza la expresión “juez del crimen” por la frase “de la fuerza encargada del orden público”. Entonces, la pregunta que surge es: ¿Quién lo llevará ante la fuerza pública, si es dicha fuerza la encargada de conducirla ante una instancia jurisdiccional que determinará su libertad o la privación de ella? En consecuencia, allí debiera decir “se pondrá al individuo a disposición del tribunal respectivo mediante la fuerza encargada del orden público”, porque la fuerza pública no dispone. Si uno observa el diccionario, “disponer” es tomar una decisión, es deliberar o transferir. Es una facultad especial que solamente la tienen los tribunales. Entonces, se pone a disposición del tribunal, no de la fuerza pública, porque ésta no decide sino que cumple las órdenes que se le dan.

El número 7), que reemplaza al artículo 99, establece una nueva norma en cuanto a que “las instancias jurisdiccionales electorales deberán practicar la correspondiente denuncia criminal, cuando los hechos o circunstancias fundantes de la reclamación revistieren características de delito”.

Entiendo que acá, al hablar de instancias electorales respectivas, nos referimos al tribunal electoral regional, que es la primera instancia, y al Tribunal Calificador de Elecciones. Entonces, debiera precisarse qué son las instancias jurisdiccionales electorales, como asimismo hablar de “hechos o circunstancias fundantes de la reclamación que revistieren caracteres de delito” y no “características de delito”, porque, no me cabe la menor duda de que aquí hay una imprecisión de lenguaje.

Posteriormente, en el número 10) se reemplaza, en el inciso primero del artículo 120, la frase “el Presidente recabará el auxilio de la fuerza encargada de mantener el orden público para poner a disposición del juez del crimen”, por la siguiente: “el Presidente denunciará el hecho a la fuerza encargada de mantener el orden público, y recabará su auxilio para poner a disposición del juez de garantía”. Es decir, se coloca a la fuerza pública como receptora de una denuncia, que es la iniciación de un proceso criminal.

Esta reforma es innecesaria, salvo en cuanto a cambiar “juez del crimen” por “juez de garantía”, porque el Presidente recaba, pide u ordena a la fuerza pública; pone a la persona respectiva a disposición del juez de garantía y hace la denuncia. Aquí se coloca un intermediario que demorará la acción de la justicia.

Por estas consideraciones, y atendido a que los artículos transitorios resuelven el problema de la gradualidad de la reforma procesal penal, voy a votar favorablemente el proyecto.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente, entendemos que el alcance de este proyecto es limitado, acotado y no aborda materias que nos gustaría que se trataran para mejorar la ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios. Más allá del debate sobre el sistema electoral, hay un conjunto de otros tópicos que son importantes, que requieren de revisión y esperamos que se puedan abordar en el futuro.

De ahí mi inquietud sobre algunos aspectos que contiene la iniciativa y que, estoy seguro, todos los colegas comprenderán.

No hay ninguna oposición a cambiar la jurisdicción ni a fortalecer el esfuerzo por la especialización en los tribunales regionales electorales para calificar los diversos fenómenos que ocurren en torno de un proceso de votación y escrutinio.

Comparto las inquietudes del colega Elgueta y no entraré a analizarlas, pero quiero plantear algunos ejemplos de los vacíos, dificultades o limitaciones con los cuales nos encontraremos.

El número 2) establece que el infractor será conducido ante la fuerza encargada del orden público antes decía “ante el juez del crimen”, si se trata de una persona que concurre a sufragar acompañada por otra. Es cierto que este concepto parece loable y bueno para garantizar un proceso de transparencia electoral, pero también es necesario actuar con criterio, por cuanto frecuentemente adultos mayores deben ir acompañados al momento de votar. Muchas veces, porque no hay claridad en esta parte de la ley, se produce una situación por la cual se impide a muchos chilenos y chilenas emitir su voto. A veces no saben que pueden votar de viva voz, o hasta dónde pueden ser acompañados por un familiar. Doy estos ejemplos de cosas que ocurren cotidianamente.

Hay otras situaciones de discapacitados que no pueden votar, a pesar de que concurren a los locales de votación, porque las mesas receptoras de sufragios se instalan en segundos pisos, a los cuales esas personas no tienen la posibilidad de acceder. Por ende, algunas de tales circunstancias no están adecuadamente establecidas en la ley.

Señalo esos ejemplos sólo con el objeto de plantear la necesidad, más allá del objetivo puntual y acotado del proyecto, de avanzar en la iniciativa, aprobada por el Senado, para lograr una revisión más a fondo de la ley sobre votaciones populares y escrutinios, por cuanto es necesario adecuar sus disposiciones con las experiencias de los últimos once años, después de efectuadas varias elecciones.

Pongo un último ejemplo. Próximamente se publicará la nómina de los vocales de mesa. La práctica hacía que su elección fuera más voluntaria que en la situación actual. Hoy, muchos ciudadanos sienten esa carga pública fuerte sin ningún tipo no de recompensa económica de consideración adicional frente a las obligaciones que ellos puedan tener para con su grupo familiar u otras personas, y no siempre logran excusarse de cumplir ese deber ciudadano.

Es un tema aledaño a la ley, en relación con lo que el país vivirá nuevamente el 16 de diciembre, y como estoy seguro de que, al respecto, no hay discrepancias entre las bancadas, formulo un llamado para que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia aborde pronto materias que afectan la vida cotidiana de muchos chilenos cuando concurren a sufragar.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, después de escuchar a los distintos colegas profundizar en el proyecto, sólo quiero reflexionar respecto de un conjunto de materias a cuyo conocimiento el Congreso tendrá que abocarse en el período parlamentario que se iniciará en marzo de 2002.

En particular, los proyectos de ley que apuntan a perfeccionar la ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, merecen una profunda revisión, y pienso que el nuevo Congreso tendrá la obligación de ordenar todo lo relacionado con el proceso de una elección presidencial, parlamentaria o municipal.

En ese sentido, cuando el Congreso modificó la fecha de la elección parlamentaria, conversamos informalmente con el ministro del Interior, y hubo consenso en que todos los sectores políticos debían realizar lo más pronto posible un verdadero ordenamiento, lo cual indudablemente es difícil de realizar en un período electoral como el que estamos viviendo.

No podemos tener al país sumido constantemente en elecciones. Hemos efectuado, consecutivamente, elecciones presidenciales, de alcaldes y de parlamentarios y eso representa un gasto de diez mil o quince mil millones de pesos, que, obviamente, deberían ser destinados a satisfacer distintas prioridades nacionales en salud, educación, en fin. Creo que llegó la hora de solucionar el tema.

Al respecto, no puede ser que los parlamentarios, por ejemplo, debamos inscribirnos en el Registro Electoral con cinco meses de anticipación al día de la elección. Es muy difícil mantener amarrado a un candidato inscrito para que espere cuatro meses antes de iniciar su campaña. Entonces, la ley tiene contradicciones.

También está el tema de los vocales de mesa, que el diputado señor Juan Pablo Letelier ha analizado, como también el de la fecha de la elección. No puede ser que se realicen en diciembre; deberían efectuarse, al menos, el último domingo de noviembre.

Hay, entonces, un conjunto de ideas de las que debemos preocuparnos de examinar con anticipación, cuando no haya elecciones.

Por eso, a partir de marzo de 2002, la bancada de la UDI propondrá al Congreso realizar una revisión completa y un ordenamiento de todo lo que dice relación con las elecciones presidenciales, parlamentarias y municipales, a fin de que el Estado ahorre tiempo y recursos.

En lo particular, el proyecto es importante, como todos; tiene, sí, un alcance bastante restringido, porque hay otras prioridades en la materia. Como parlamentarios, debemos velar rápidamente por buscar ese reordenamiento total, a fin de que haya verdadera uniformidad en la materia. Es tarea del Parlamento iniciar en el próximo período un estudio más completo y generar consenso entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).-

Señor Presidente, quiero profundizar un poco más en lo que ha dicho el diputado señor Moreira , opiniones que comparto. Lo que hoy está analizando la Sala incide en las reclamaciones electorales y en la calificación de escrutinios; pero a muchos parlamentarios nos llama la atención que el Ejecutivo no nos haya enviado un proyecto que aborde materias de fondo, más específicas, respecto del sistema de votaciones y escrutinios.

Hace un par de años se debatió en esta Sala un proyecto sobre el voto voluntario, a fin de que sea ejercido como un derecho y no como una obligación. Soy de aquellas diputadas que votaron a favor de que el voto fuera voluntario y de que las personas sufragaran en la medida en que están motivadas a hacerlo, no por una obligación. Hay que avanzar en la inscripción automática, en el voto voluntario y en la coincidencia de fechas electorales.

Como decía el diputado señor Moreira , hemos tenido, durante los últimos cuatro años, dos vueltas presidenciales, elecciones municipales en octubre del año pasado y parlamentarias hace casi cuatro años. Así, el país ha vivido varias elecciones en los últimos doce años. Desde ese punto de vista, ello no es malo, sino todo lo contrario. Para la democracia es mejor juntar algunas fechas de elecciones, en atención a que la opinión pública, sobre todo los electores, se cansan de elegir en forma obligatoria a representantes populares que, muchas veces, no son ni siquiera de su agrado, porque han sido designados por los partidos políticos.

Respecto de los vocales, hay varias cosas importantes. Se ha presentado un proyecto de acuerdo, patrocinado por los diputados señores Prokurica y Vilches que he suscrito junto con otros parlamentarios de distintas bancadas para que a los vocales se les dé una colación el día de la elección, lo que me parece muy justo. Una de las mayores quejas de los ciudadanos que son designados vocales a muchos, incluso, les ha correspondido serlo en las tres últimas elecciones es que no cuentan con la posibilidad de almorzar o de servirse un refrigerio, a pesar de permanecer todo el día cumpliendo sus obligaciones de vocal en algún local de votación. Nos parece que el Ejecutivo debería tomar alguna iniciativa al respecto, ya que estamos a casi un mes de la elección parlamentaria.

Desde ese punto de vista, también hay otro tema, muy de fondo, sobre el cual habría que legislar con mucha más fuerza: la transparencia de los recursos involucrados en las campañas políticas.

Las 341 comunas de Chile, hoy agrupadas en 60 distritos, son testigos del carnaval de candidaturas, en las cuales se gastan ingentes recursos. Además, se empiezan a llenar las calles de letreros, los que se colocan vulnerando los plazos legales. Al respecto, existen responsabilidades tanto de los alcaldes como de Carabineros de Chile, institución que, obviamente, debe recibir instrucciones precisas de los alcaldes correspondientes, pero éstos se hacen los lesos, miran para el lado cuando hablo de alcaldes, me refiero a todos, incluidos los de mi partido político e incumplen la ley. En esa línea, esto me parece un espectáculo carnavalesco para las personas, incluidos los electores, el cual se traduce, además, en una molestia generalizada. Es obvio que cuando un candidato inicia su campaña, el resto de ellos se ve en la obligación de empezar también y, desgraciadamente, como lo señalaba el diputado señor Moreira , el hecho de que las inscripciones se hagan cinco meses antes de las elecciones origina que las campañas sean mucho más largas.

A mi juicio, este análisis acerca de la ley Nº 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, es sólo un pequeño aspecto. Hay temas mucho más esenciales y espero que en el próximo período parlamentario podamos sacar adelante un proyecto que establezca el voto voluntario, inscripción automática, transparencia en los recursos de las candidaturas y elecciones coincidentes en las fechas para que el país vote informado y las campañas sean mucho más modestas, económicas y cortas.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Queda pendiente la votación.

NORMAS SOBRE PREVENCIÓN DE LA INFECCIÓN CAUSADA POR EL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA. Proposiciones de la Comisión Mixta.

El señor PARETO (Presidente).-

Corresponde ocuparse del informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que establece normas sobre prevención de la infección causada por el virus de inmunodeficiencia humana.

Antecedentes:

Informe de la Comisión Mixta, boletín Nº 2020-11, sesión 14ª, en 6 de noviembre de 2001. Documentos de la Cuenta Nº 2.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Fanny Pollarolo.

La señora POLLAROLO (doña Fanny).-

Señor Presidente, como una de las autoras del proyecto, junto a la colega María Antonieta Saa y a los diputados señores Jaime Naranjo , Ignacio Walker y al entonces diputado señor Vicente Sota , me siento muy contenta de llegar al debate final de esta iniciativa legal.

Todos recordamos sus ideas matrices: consagrar los principios y contenidos fundamentales de una política de Estado destinada a prevenir, combatir y asistir a las víctimas de la pandemia del VIH y, al mismo tiempo, establecer normas antidiscriminatorias que garanticen en forma efectiva un estatuto mínimo contra las graves formas de discriminación que aún sufren cotidianamente las personas que padecen el sida.

En el tercer trámite constitucional, la Cámara rechazó cuatro modificaciones por no concordar con el criterio del Senado. En la Comisión Mixta se alcanzó la mejor solución, sin ser satisfactoria en su totalidad. Ahora, paso a relatar brevemente cómo logramos este consenso.

En primer lugar, uno de los aspectos planteados por parlamentarios de las distintas bancadas fue la necesidad de que en esta futura ley quedaran muy claros los aspectos preventivos, infaltables en las políticas públicas. Esto tiene que ver con la preocupación de la opinión pública en los últimos años, relativa a no contar con los recursos necesarios para las campañas de prevención, las que la Conasida nunca dejó de realizar. Es así como quedamos en falencia respecto de las campañas masivas, las que en el encuentro especial de Nueva York se especificó que eran un instrumento imprescindible.

En concreto, este aspecto, que venía debilitado en la redacción del Senado, fue mejorado con la expresión “poniendo especial énfasis en las campañas de prevención.”, agregada al primer inciso del artículo 3º.

En segundo lugar, otro tema, también motivo de debate en la Sala, era la necesidad de dejar más explícita en el artículo 2º la obligación del Estado de desarrollar políticas públicas específicas en relación con las mujeres y niños.

Sé que el tema de la mujer suscita debate y opiniones contrarias en la Sala. Sin embargo, estoy convencida de que la mayoría así lo hicimos presente en la Comisión Mixta reconocía que en el tema de la mujer cada vez es más imperioso ubicar su especificidad, en lo que significa buscar métodos preventivos eficaces, reconociendo que en el tema del empoderamiento capacidad de la mujer de decir “no” ante una relación sexual insegura, se hace necesario un manejo más directivo y más claro de su sexualidad.

Las técnicas de prevención recomendadas en la actualidad son ineficaces por razones culturales. La abstinencia debe ser descartada, porque, según estudios nacionales, el 80 por ciento de las mujeres infectadas son casadas, dueñas de casa y monógamas. Por eso, a los aspectos y técnicas que se entregan en el plano preventivo, es menester agregar la especificidad del empoderamiento.

En resumen, en el artículo 2º se explicitó mejor la necesidad de políticas públicas específicas que recojan particularidades, indispensables de reconocer, respecto de las mujeres y los niños.

Por otra parte, el aspecto de mayor debate en la Cámara y sobre el cual hubo unanimidad, pero bastante complejo en la discusión del Senado, es el relativo a la voluntariedad del examen para detectar el VIH.

Sin satisfacernos plenamente, los cinco diputados integrantes de la Comisión Mixta comprendimos que la única manera de llegar a un consenso que desempantanara la situación era aceptar la solución propuesta, menos mala, que, de alguna manera, evita que la obligatoriedad del examen quede establecida en la ley. En el fondo, en el inciso segundo del artículo 5º se llegó a una especie de fórmula salomónica: sin hacerlo necesariamente obligatorio, en determinados casos, referidos a las personas privadas de libertad y a los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, remite su realización a lo que dispongan los reglamentos.

Por ello, es necesario hacer conciencia en las autoridades respectivas para que los reglamentos orienten y establezcan ideas marco sobre los conceptos fundamentales con que se debe manejar este tipo de pandemia tan especial. Es decir, tarea pendiente para ellas y también para los legisladores es instruir sobre el manejo de reglamentos acordes con los principios sustentados por dichas autoridades.

Algo similar ocurre en el artículo 7º, en el cual se consigna que la contratación de trabajadores, la permanencia en el servicio, la renovación de los empleos y promoción, no podrán ser condicionadas a los resultados del examen de detección del virus de inmunodeficiencia humana, casos en los cuales se estará a lo que dispongan los reglamentos respectivos.

Ello no es plenamente satisfactorio, no se ajusta en un ciento por ciento a lo aprobado por la Cámara, que había sustentado la voluntariedad del examen sin excepciones, pero fue la mejor solución que se pudo obtener.

Sobre este punto, aunque no se trató en la Comisión Mixta, no puedo dejar de manifestar un planteamiento de las organizaciones de personas que viven con el VIH, en cuanto a que la expresión “exigir”, consignada en el artículo 7º, debiera ser sustituida por “solicitar”.

Es importante que esta petición quede en acta para los efectos de la historia fidedigna del establecimiento de la ley, en el sentido de que se entienda como “solicitar”, por cuanto la expresión “exigir” puede referirse a cualquiera forma, velada o compulsiva, de pedir un examen de detección del VIH como requisito previo a la contratación laboral, cuestión que va absolutamente en contra del principio de no discriminación.

Llamo a que aprobemos las modificaciones de la Comisión Mixta, en cuyo informe se recoge la mejor solución consensuada entre ambas cámaras. Creo necesario expresar, muy brevemente, la satisfacción de estar en la fase final de la tramitación del proyecto. Espero que pronto se convierta en ley de la República, dado que incluso hemos podido avanzar en un aspecto que favorece tanto a las personas con el VIH como al conjunto de aquellas que padecen una enfermedad catastrófica, con la incorporación de un artículo importante, que significará abaratar los precios de los medicamentos que deben importarse. Ello se calcula en alrededor de 20 por ciento, y beneficiará a muchos compatriotas que se ven enfrentados a gastos onerosos en enfermedades complejas, crónicas, difíciles y que constituyen una catástrofe, desde el punto de vista humano y económico, para esas personas y sus familias.

Este debate nos ha permitido enfrentar problemas culturales muy serios y reconocer cómo nos movemos en un margen amplio de dificultades para pensar y enfrentar lo nuevo. Prejuicios, miedo, ignorancia, falencia, han estado presentes desde los inicios de esta discusión.

Agradecemos a Conasida, Comisión Nacional del Sida, por una parte, y en forma muy significativa, por la otra, a quienes viven con el virus. Sin ellos no habría sido posible enfrentar estos problemas culturales, nuestros miedos e ignorancias y ser capaces de contar, probablemente pronto, con una ley que beneficiará a tantos compatriotas.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra la señora ministra.

La señora BACHELET (Ministra de Salud).-

Gracias, señor Presidente.

Quiero expresar la enorme satisfacción que sentimos, como Gobierno y como Ministerio de Salud, de llegar a este trámite de un proyecto tan importante como éste, cuyo estudio nos ha tomado mucho tiempo.

Valoro el hecho de que esta iniciativa nos permitirá, como país y como sociedad, hacernos cargo en mejor forma de un tema como la infección causada por el virus de inmunodeficiencia humana, sida, enfermedad cuyas implicancias, como se señaló, van mucho más allá de las tradicionales de la salud pública, y tiene que ver con dimensiones culturales, valóricas, morales y, por cierto, socioeconómicas. Ello conlleva la necesidad de hacerse cargo de manera distinta y más abierta, humana y adecuada, de una pandemia que tiene consecuencias gravísimas para las personas y sus familias.

El segundo aspecto que quiero valorar en este debate, tal vez prolongado por demasiado tiempo lo cual se explica por la complejidad y profundidad de los temas asumidos, es el hecho de que los parlamentarios hayan apoyado, firmemente, un tema tan complejo y novedoso. Su actitud ha significado la posibilidad de poder debatirlo por el Gobierno a través del Ministerio de Salud, el Parlamento y por las personas que viven con el virus, como también en otras estructuras de la sociedad organizada. Esa es la manera como debemos avanzar en una enorme cantidad de temas en nuestra comunidad.

Finalmente, quiero pedir a los parlamentarios, a través de su Señoría, la aprobación del proyecto, pues, a nuestro juicio, constituye un avance muy importante y fundamental tanto en pro de los derechos de las personas que viven con el virus como en contra de la discriminación y, por ende, a favor del respeto y de las garantías que todos los chilenos merecen. Nos da grandes elementos, también, para avanzar en la prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana, y finalmente, porque a través de los artículos transitorios nos permitirá avanzar en algo que constituye el gran deber moral que tenemos como país: asegurar el acceso a los medicamentos antirretrovirales y antiinfección oportunística, para todas las personas que viven con el virus de inmunodeficiencia.

Agradezco a los parlamentarios que han hecho este trabajo. El proyecto surgió de una moción, patrocinada por el Ejecutivo. Finalmente, formulo votos por que a la brevedad podamos contar con su aprobación.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente, me sumo a la valoración del proyecto, de la moción original, y a lo dicho por la diputada señora Fanny Pollarolo y la señora ministra.

Sin embargo, me preocupan los artículos transitorios, que surgieron fundamentalmente en la Comisión de Hacienda, a propósito de todas las enfermedades catastróficas mencionadas en otro proyecto, que finalmente fueron incorporadas en éste. Ellos se refieren a la posibilidad de abaratar los medicamentos por la vía de descontar el impuesto del IVA impuesto al valor agregado y los aranceles. En la redacción consensuada, entiendo, en una lectura rápida, que se mantiene un problema que, a nuestro juicio, puede resultar muy complejo. Se dice que, para acceder a este beneficio, el medicamento debe ser importado necesariamente a través de instituciones sin fines de lucro. En la práctica, parte importante son importados por instituciones con fines de lucro, que poseen toda una infraestructura, como cadenas de frío, y cuentan con las condiciones para importar medicamentos, tanto para la fibrosis quística como para la distonía y otras enfermedades catastróficas. Por ello, no es posible que instituciones, que se están constituyendo o asumirán esta tarea, cuenten con todos esos mecanismos.

Por lo tanto, dejo sentado que una cosa es que la operación administrativa la realice una institución sin fines de lucro, pero la operación misma de traslado, de manejo del medicamento, de disponibilidad en el país, la pueda hacer alguna otra empresa. De lo contrario, tendremos una situación que no resolverá estos problemas, porque no se podrán traer medicamentos que requieren condiciones técnicas mayores.

Me parece bien establecer en el artículo segundo transitorio que por reglamento del Ministerio de Salud las personas afectadas por otras enfermedades catastróficas puedan impetrar el mismo beneficio señalado en el artículo 1º transitorio.

Lamento que no se haya permitido que el Ministerio de Salud, a través de la Central de Abastecimiento, haga uso de esta franquicia y que, en definitiva, ella sea el ente que regulará los precios y el abastecimiento.

En el debate anterior se precisó que eso aseguraba una baja en el precio, limitaba la especulación y permitía buscar mejores alternativas de medicamentos.

Además, según me ha dicho gente que conoce estos medicamentos, algunos podrán ser producidos en el país; pero como el precio sigue siendo muy oneroso, a la larga habrá que considerar los insumos de estos medicamentos dentro de esta franquicia, con el objeto de abaratar su producción nacional en muchos casos.

Voy a votar a favor del proyecto porque no hay muchas alternativas; pero estimo que como no queda bien precisado quién importa ni la forma de hacerlo, eso puede prestarse a confusiones en el camino y terminar siendo más caro que aquellos medicamentos que requieren cadenas de frío y otras cosas.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, mi bancada votará a favor la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto que establece normas sobre prevención de la infección causada por el virus de inmunodeficiencia adquirida, sida. Nuestra decisión se funda en el hecho de que el texto responde a los lineamientos y fundamentos que tuvieron en vista los autores del proyecto cuando se redactó y presentó a la Comisión de Salud.

Aproximadamente, 36 millones de personas en el mundo son portadoras del sida; en nuestro país hay 4.930 portadores y 4.300 enfermos, entre hombres y mujeres. Es una suma preocupante y creciente.

Todas las observaciones formuladas en la Cámara han sido acogidas, lo que nos da tranquilidad y conformidad. A pesar de ello, nos hubiera gustado un proyecto más integral, que respondiera a los requerimientos actuales en lo que se refiere a prevención de este tipo de enfermedad.

La confidencialidad y el carácter de voluntario del examen de detección de la enfermedad queda salvado en el proyecto al eliminarse la palabra “obligatorio”. Se limita la obligatoriedad respecto de quienes se hallaren privados de libertad, del personal regido por el DFL Nº 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, y por el DFL Nº 2, de 1968, del Ministerio del Interior.

Nuestra sociedad, que tiene muchos atavismos, temas tabúes y muchos prejuicios, aísla a estas personas, quienes sufren un impacto psicológico mucho más fuerte que el efecto físico de la enfermedad. Por tanto, la confidencialidad y la no obligatoriedad de dar a conocer la enfermedad significa para ellos una protección a su condición humana.

Además, el texto propuesto resuelve el problema de la no discriminación al establecer en su artículo 7º que no podrá condicionarse la contratación de trabajadores al resultado del examen destinado a detectar la presencia del virus; lo mismo opera respecto de los establecimientos educacionales y de atención de salud, ya sea pública o privada.

Con ello, los enfermos de sida se integran a la sociedad a realizar sus actividades sin ser expuestos a prejuicios. No se considera como una enfermedad que pueda avergonzar a quienes la portan, sino más bien catastrófica, al igual como las que hoy estamos asumiendo para proporcionar una protección especial.

También se armoniza esta legislación con los convenios especiales que protegen los derechos del niño y de la mujer, agregando el final del inciso segundo del artículo 2º la siguiente frase: “como las mujeres y los menores”.

En el artículo 3º se establece que el Estado arbitrará las acciones para informar a la población acerca de la enfermedad, poniendo especial énfasis en las campañas de prevención. Aquí también se dispone la bonificación fiscal para la compra de los medicamentos. En este tipo de materia, hago especial mención a la industria nacional, que también debiera ocupar un espacio y hacer un aporte.

Estamos legislando para un grupo humano que no queremos que permanezca aislado ni discriminado por sufrir una enfermedad que, a veces, pudo haber sido adquirida por cuestiones absolutamente fortuitas, como son las transfusiones sanguíneas o de otra índole. Estamos brindándoles un tratamiento humano especial.

No queremos que la ley sólo norme, sino que deseamos que también sirva como un elemento pedagógico, de educación. La sociedad también debe hacer su aporte, en el sentido de desprejuiciarse y ser mucho más solidaria. De esa manera podemos ir disminuyendo este tipo de enfermedades y llegar a lo que todos queremos: una prevención positiva.

Anuncio que mi bancada apoyará plenamente el texto aprobado por la Comisión Mixta.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Voy a dar la palabra por tres minutos a los diputados señores Moreira , Melero y señora Lily Pérez , pues ya se ha cumplido el tiempo reglamentario.

Tiene la palabra el diputado señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, en muchas oportunidades hemos conversado con nuestro coordinador en materia de salud, el diputado señor Patricio Melero , acerca de este proyecto de ley y siempre sostuvimos que había que dar un paso importante en términos de que el Estado entregara una señal pública.

Con la misma franqueza y decisión con que vamos a votar a favor, también por una cuestión de señal pública entendemos que los problemas en esta materia no se solucionan sin recursos, los cuales, tal como las prioridades, las asigna el Estado. También comprendemos que no puede seguir profundizándose la discriminación en contra del sector de la sociedad afectado por este virus.

Como una forma de entregar una señal pública de que tanto el Estado como la sociedad chilena deben preocuparse de este verdadero flagelo, concurriremos con nuestro voto afirmativo a apoyar la iniciativa.

Con la misma firmeza, debemos señalar que si bien tenemos la obligación como parlamentarios de legislar para todos los sectores en igualdad de condiciones, especialmente de aquellos que son víctimas de discriminación también existen otras enfermedades que padecen muchos chilenos, que requieren prioridad y preocupación.

No se puede hacer una ley para cada grupo afectado. Se ha adoptado esta decisión con el que padece el sida porque existe una discriminación, pero hacemos un llamado al Gobierno para que asigne mayores recursos tanto a esta iniciativa como también a programas que tratan otras enfermedades.

Podemos tener apreciaciones distintas de las del Gobierno en materia de salud, pero cuando se nos pide apoyo para mejorar los recursos del sistema de salud, nuestra intención siempre ha sido aprobarlos, aun cuando nuestra preocupación es que sean bien administrados. Una buena y eficiente gestión se refleja en la atención que brinda el ministerio a la gente.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Lily Pérez , por tres minutos.

La señora PÉREZ (doña Lily).-

Señor Presidente, quiero aclarar que cualquier persona puede contraer el sida, aunque hay gente que cree que sólo lo pueden adquirir algunos. Eso es un error que ha perjudicado muchísimo a quienes conviven con personas afectadas por esta enfermedad.

Cuando el padre Baldo Santis quiso instalar su clínica para enfermos de sida, la única comuna que lo acogió fue la de La Florida. En otras, muchos se hicieron los lesos, porque llegaron a pensar que podían ser contagiados.

Todavía existen demasiados prejuicios. Nuestra sociedad enfrenta este problema como un asunto de algunos. Me da pena, porque hasta en la propia Sala algunos señores diputados caen en la trampa de pensar que es un asunto de pocos y no del país y del mundo, por cuanto se trata de una enfermedad que la puede contraer cualquier persona, independientemente del sexo, etapa de la vida y edad.

Respecto del artículo 3º, me habría gustado una redacción más categórica en cuanto al rol del Estado, especialmente respecto de las campañas de prevención, de diagnóstico, de investigación y de atención de salud.

¿Cuántos canales de televisión en Chile se han negado a transmitir mensajes o spots relativos al sida? Muchos.

Por esa razón, el Gobierno de turno debe tener una actitud más rigurosa, fuerte y decidida contra quienes se opongan a que las personas se enteren de la forma en que pueden contraer el virus del sida, impedirlo o minimizarlo.

Me gustaría que en el futuro, con la señora ministra, autoridades de Gobierno y parlamentarios ya hemos visto que hay una posición muy transversal en esta materia podamos establecer una norma mucho más efectiva.

Deseo referirme a los exámenes y a sus resultados. Muchas personas se han visto perjudicadas en Chile porque les han entregado informes equivocados. El Estado debería pagar una indemnización o compensación a aquellas personas que han tenido problemas psicológicos, perjuicios económicos o que incluso han atentado contra sus vidas al enterarse de diagnósticos que, al final, han resultado equivocados.

Lo importante es no sólo dejar registrado el espíritu del proyecto que estamos votando, sino que debemos pedir mayor energía y rigurosidad para que las campañas sean asertivas y a la gente se le digan las cosas como son, sin disfraces, tabúes ni mitos, porque el sida lo puede contraer cualquiera.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero , por tres minutos.

El señor MELERO.-

Señor Presidente, estamos llegando al final del trámite de un proyecto de ley que, sin duda, ha sido uno de los más emblemáticos que nos ha tocado tratar en el Congreso Nacional en materia de salud.

En verdad, si no recuerdo mal, esta es la primera vez que se tramita un proyecto para una enfermedad especial. Esto, que quizás puede parecer discriminatorio o arbitrario respecto de otras enfermedades, se justifica en razón de que se trata de una pandemia que tiene comprometida la salud de más de 30 millones de personas en el planeta, que se expande exponencialmente, en particular en África, en Europa y también en Latinoamérica; que es una enfermedad transmisible, que se contagia, y que no tiene hasta el día de hoy, desgraciadamente, remedio alguno para lograr una solución definitiva.

El hecho de que legislemos respecto del sida no es por discriminar otras enfermedades y problemas de los cuales nuestra sociedad debe hacerse cargo. Es justo preocuparse de las enfermedades catastróficas aquí se han mencionado muchas, como la fibrosis quística, de reciente connotación, pero el caso del sida también debe enfrentarse desde el punto de vista de los efectos sociales, laborales, morales y de otros que afectan a quienes contraen este mal.

Tampoco, a pesar de la fuerza que ponemos para aprobar la mejor legislación, podemos generar demasiadas expectativas sobre el proyecto de ley, por cuanto la pandemia del sida y de su expansión no se solucionan con esta iniciativa. Este instrumento ayudará y permitirá al Estado enfrentar esta enfermedad en forma más resuelta y decidida que como lo ha hecho hasta ahora, además de allegar recursos y entregar a quienes sufren de este mal una herramienta legal para defenderse frente a cualquier discriminación arbitraria.

Pero ¿qué duda cabe de que la mejor forma de seguir enfrentando esta enfermedad será, como se ha señalado, a través de una conducta sexual responsable, una vida ojalá en pareja, no promiscua, el uso de preservativos y adoptar una serie de actividades y costumbres.

Como se dijo en la Conferencia Mundial sobre el Sida, organizada por las Naciones Unidas, no enfrentar este tema es quizás el peor servicio que le podemos hacer a la humanidad.

Entonces, no basta con el proyecto de ley, sino que serán las campañas de difusión me alegro de que el Ministerio de Salud haya logrado reponerlas y el esfuerzo de la sociedad, en su conjunto, lo que nos permitirá lograr buenos resultados.

Como sector político, como Unión Demócrata Independiente, consideramos también que se está dando un paso importante desde el punto de vista de generar un espacio para quienes hoy están sufriendo este mal y para prevenir también que otros lo puedan contraer a futuro.

Señor Presidente, concurriremos con entusiasmo al despacho del proyecto. Estaremos atentos y expectantes respecto de su cumplimiento, y haremos todo lo posible por difundir los efectos negativos que el sida tiene en la comunidad, a fin de que cada día menos chilenos sufran de él.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Patricio Cornejo.

El señor CORNEJO (don Patricio).-

Señor Presidente, esta sesión es histórica. Como se ha dicho, estamos en presencia de un proyecto de ley muy importante, que legisla sobre una enfermedad extraordinariamente grave, catastrófica.

La iniciativa, originada en una moción parlamentaria, posteriormente contó con el patrocinio del Ejecutivo a través de una acción que nosotros propiciamos. Eso engrandece al Ejecutivo, porque con su apoyo se pudo elaborar este proyecto.

Voy a votar a favor, aunque no estoy de acuerdo con establecer en el artículo 5º excepciones sobre la voluntariedad del examen. Me parece inapropiada la definición de enfermedad catastrófica establecida en el artículo 2º transitorio. No existen enfermedades catastróficas, sino, más bien, enfermedades de “costo catastrófico”. Y entrar a definir que esas enfermedades son las que tienen riesgo inminente de muerte o aquéllas incurables, me parece un error, por lo cual pido al Ejecutivo, a través de la ministra de Salud, que pueda ser enmendado en el menor plazo posible.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente, este proyecto es muy importante pues constituye un paso adelante.

Sin embargo, serviría de poco si no hay un cambio cultural en nuestro país, el cual debe entender que la tolerancia a las diversidades y a las opciones personales es algo que se debe respetar.

En nuestra sociedad, muchas veces vemos cómo se levantan banderas integristas cuando se habla de temas relacionados con la sexualidad y se impulsan campañas de prevención y de educación sexual. Muchos se oponen a las campañas publicitarias por televisión para educar a la juventud en una sexualidad responsable, sana y segura. Por ende, esperamos que, junto con las palabras tan loables de apoyo a esta iniciativa, también se abran las mentes integristas, de manera que cuando se hable de proteger y de cuidar a los jóvenes, de respaldar campañas de sexualidad en los colegios o de apoyar el uso de mayores recursos públicos, tanto de los municipios como del Ministerio de Salud, para entregar preservativos que permitan una sexualidad sana a quienes opten por esa alternativa, en la práctica, las mentes integristas no se opongan y dejen de criticar y de denostar a la juventud que desarrolla una sexualidad sana y natural.

Estamos conscientes de que en nuestro país hay diferentes opciones y que la tolerancia significa aceptar la diversidad, no denostarla ni marginarla.

Espero que el proyecto, además de constituir una “discriminación” positiva para quienes padecen o son portadores del virus de inmunodeficiencia humana, adicionalmente contribuya a un cambio cultural en nuestro país para no segregar, no criticar, sino más bien respaldar una actitud constructiva que respete la diversidad y apoye las políticas de salud pública que permitan el desarrollo de una sexualidad sana y segura para todos.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra la ministra de Salud.

La señora BACHELET, doña Michelle (Ministra de Salud).-

Señor Presidente, quiero focalizar un par de aspectos surgidos durante el debate de la iniciativa.

Sabemos que el proyecto es perfectible. Sin embargo, es hora de dar respuesta a una necesidad tan sentida de nuestro país, en especial de las personas que viven con el VIH, porque debemos avanzar mucho más rápido en asegurar a todos sus derechos y garantías.

Respecto del acceso a medicamentos, el Gobierno tiene la voluntad total de garantizar ojalá el ciento por ciento de las distintas alternativas de tratamiento a quienes padecen o son portadores del VIH. Por eso, en el Presupuesto para el año 2002 el Estado nos ha asignado un mayor aporte.

El sida está definido como enfermedad catastrófica. Para combatir este flagelo esperamos utilizar diversas estrategias, como la negociación con empresas extranjeras, la utilización adecuada del acuerdo Trips, que plantea el uso de genéricos en los problemas de salud pública, con el propósito de avanzar sustantivamente el próximo año en la dotación de mayor cantidad de medicamentos a las personas.

No cabe duda de que garantizar el acceso a tratamientos más adecuados a todos los chilenos que viven con el VIH también es materia que debemos tomar en consideración cuando se trate de la reforma, porque para enfrentar de manera adecuada enfermedades como el VIH y otras, se requiere constituir fondos solidarios que permitan dar una mejor respuesta como país a problemas de alta gravedad y complejidad.

Finalmente, quiero decir que tanto para el Gobierno como para la ministra que habla sobre todo por mi condición de epidemióloga de Conasida durante muchos años, el proyecto en análisis constituye una enorme satisfacción, por lo cual solicitamos a los diputados su aprobación unánime.

He dicho.

Aplausos.

El señor PARETO (Presidente).-

Cerrado el debate.

En votación la proposición de la Comisión Mixta.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor PARETO (Presidente).-

Aprobado el proyecto.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló , Allende ( doña Isabel) , Ávila , Bustos , Caminondo , Cardemil , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Elgueta , Encina , García (don José) , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Kuschel , Letelier (don Juan Pablo) , Longueira , Lorenzini , Masferrer , Melero , Mesías , Monge , Montes , Moreira , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Ovalle (doña María Victoria), Palma (don Joaquín) , Pareto , Pérez (don José) , Pérez ( doña Lily) , Pérez (don Víctor) , Pollarolo (doña Fanny) , Prochelle (doña Marina) , Reyes, Riveros , Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Valenzuela , Velasco , Venegas , Villouta y Walker (don Patricio).

REAJUSTE DE REMUNERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional.

El señor PARETO (Presidente).-

En conformidad con lo acordado por la Sala, corresponde ocuparse del proyecto, en primer trámite constitucional, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y concede otros beneficios que indica.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor José Miguel Ortiz.

Antecedentes:

Mensaje, boletín Nº 2829-05. Documentos de la Cuenta Nº 3, de esta sesión.

Informe de la Comisión de Hacienda rendido en forma verbal en esta sesión.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el señor diputado informante.

El señor ORTIZ.-

Señor Presidente, esta mañana ingresó a la Cámara el proyecto que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, el subsidio familiar y concede otros beneficios.

Como reconocimiento al acuerdo suscrito entre el Gobierno, la Anef y la Central Única de Trabajadores, los diputados integrantes de la Comisión de Hacienda, que se reunió en sesión extraordinaria esta mañana, aprobamos, por siete votos a favor y una abstención, en general y en particular, el reajuste para el sector público a contar del 1 de diciembre del presente año.

La iniciativa significa que, a contar del próximo 1 de diciembre, las remuneraciones de los trabajadores del sector público se reajustarán en un 4,5 por ciento. En igual porcentaje se reajustarán los demás beneficios sociales fundamentados en el acuerdo entre el Gobierno y las organizaciones sindicales que favorecerán a más de 500 mil funcionarios públicos, tanto de la administración central como de la descentralizada.

Los beneficios sociales son los siguientes: bono de acuerdo y aguinaldo de Navidad en diciembre de este año y bono de escolaridad y aguinaldo de Fiestas Patrias para el año 2002, los cuales tienen un sentido de equidad, pues favorecerá a todos los funcionarios públicos.

Para los funcionarios cuyas rentas líquidas son inferiores a 270 mil pesos, el aguinaldo será de 25.207 pesos, y para quienes perciben remuneraciones entre 270 mil y 1.050.000 pesos, el aguinaldo será de 13.374 pesos.

Asimismo, se define el bono de invierno del sector pasivo, el que ascenderá a 28.727 pesos y favorecerá en el próximo invierno a más de 402 mil pensionados.

También se renueva la bonificación extraordinaria de 120 mil pesos semestrales para más de 3.600 enfermeras y matronas de los servicios de salud.

Se concede un bono especial no imponible bono acuerdo, cuyo monto será de 30 mil pesos para los trabajadores cuyas rentas líquidas al mes de noviembre de 2001 sean iguales o inferiores a 270 mil pesos, y de 16 mil pesos para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de 1.050.000 pesos.

Por otro lado, se fija un bono de escolaridad para el próximo año por cada hijo de entre cinco y veinticuatro años que estudie en los distintos niveles de enseñanza, cuyo monto será de 32.586 pesos, el que será pagado en marzo y en junio, en dos cuotas iguales de 16.293 pesos cada una.

Además, se contempla una bonificación adicional al bono de escolaridad de 13.634 pesos por cada hijo que cause este derecho, cuando a la fecha del pago del bono los funcionarios tengan una remuneración igual o inferior a 270 mil pesos. Igual beneficio se otorgará a los trabajadores no docentes.

Se establece un aguinaldo de Fiestas Patrias para el 2002 de 33.073 pesos para los trabajadores cuyas rentas líquidas sean iguales o inferiores a 283.608 pesos, y de 23.038 pesos para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.

Este reajuste de remuneraciones y el paquete de beneficios sociales tendrán un costo fiscal de alrededor de 215 mil millones de pesos.

Concurrieron a la sesión los señores Nicolás Eyzaguirre , ministro de Hacienda; Alberto Arenas , subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos, y Julio Valladares , asesor de la Dirección de Presupuestos.

Los aportes estatales que recibirán los sostenedores servirán para pagar los beneficios establecidos en el proyecto en favor de los trabajadores afectos al reajuste y beneficios, a contar del 1 de diciembre de 2001.

La Comisión me encargó entregar a la Sala un informe verbal, preciso y corto, ya que es importante dar una señal de apoyo al acuerdo del Gobierno con los funcionarios de la CUT y de la Anef. Con ello se refuerza la modernización del Estado, debido a la incorporación de incentivos económicos ligados a un mejor desempeño funcionario, el cual se expresa en un eficiente servicio a la comunidad.

Por tanto, pido a la Sala dar su aprobación en general y en particular al proyecto, el cual significa un aumento de un 4,5 por ciento en las remuneraciones del sector público, y en un mismo porcentaje todos los beneficios y aguinaldos respectivos.

He dicho.

El señor PARETO (Presidente).-

Para la discusión del proyecto, se ha pedido a la Mesa conceder cinco minutos a cada Comité.

¿Habría acuerdo para proceder en esa forma?

Varios señores DIPUTADOS.-

¡Votemos!

El señor PARETO (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se votará de inmediato.

Acordado.

En votación general el proyecto.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor PARETO (Presidente).-

Aprobado en general el proyecto.

Por no haber sido objeto de modificaciones, también queda aprobado en particular.

Despachado el proyecto.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló , Alvarado , Allende ( doña Isabel) , Ávila , Bustos , Caminondo , Ceroni , Cornejo (don Patricio) , Cristi ( doña María Angélica) , Dittborn , Elgueta , Encina , García (don José) , González (doña Rosa) , Gutiérrez , Guzmán (doña Pía), Hales , Hernández , Huenchumilla , Ibáñez , Jaramillo , Jarpa , Kuschel , Letelier (don Juan Pablo) , Martínez (don Gutenberg) , Masferrer , Mesías , Monge , Montes , Mora , Muñoz (don Pedro) , Navarro , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Ovalle (doña María Victoria), Pareto , Pérez (don José) , Pérez (don Víctor) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Reyes, Rincón , Riveros , Rocha , Salas, Sánchez , Seguel , Soto (doña Laura) , Valenzuela , Van Rysselberghe , Velasco , Venegas , Villouta y Walker (don Patricio).

Se abstuvo el diputado señor Lorenzini.

El señor PARETO (Presidente).-

Tiene la palabra el señor ministro.

El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Hacienda).-

Señor Presidente, agradezco la disposición de la Sala para aprobar el proyecto y también a los 550 mil trabajadores del sector público, quienes han entendido perfectamente la necesidad de fijar un reajuste real, moderado y compatible con las dificultades y necesidades experimentadas por la economía. Ellos nos han dado una lección de cómo, a través del diálogo, es posible consensuar, sacar el país adelante y seguir progresando.

He dicho.

Aplausos.

ENMIENDAS DE 1998 AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO MARÍTIMOS. Primer trámite constitucional.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente, en la sesión anterior quedó pendiente la votación de cuatro proyectos, respecto de los cuales había unanimidad.

Por lo tanto, pido a la Mesa someterlos ahora a votación.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para proceder en la forma solicitada por el señor diputado.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Los proyectos cuya votación está pendiente son:

1.Proyecto de acuerdo aprobatorio de diversas resoluciones que enmiendan el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar.

2.Modificación de la ley Nº 18.902, que creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

3.Seguro de accidentes de tránsito.

4.Proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas de 1998 al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo.

En votación los proyectos.

Si le parece a la Sala, se darán por aprobados.

¿Habría acuerdo?

Aprobados.

Despachados los proyectos.

VI.PROYECTOS DE ACUERDO

PETICIÓN DE ENVÍO DE PROYECTO SOBRE PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LICENCIAS PROFESIONALES. (Votación).

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se encuentra pendiente la votación del proyecto de acuerdo Nº 611.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Por no haberse alcanzado el quórum, se va a repetir la votación.

Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Aprobado el proyecto de acuerdo.

Votaron por la afirmativa los siguientes señores diptuados:

Alvarado , Allende ( doña Isabel) , Bustos , Cornejo (don Aldo) , Cristi ( doña María Angélica) , Dittborn , Elgueta , García (don José) , González (doña Rosa) , Gutiérrez , Hales , Hernández , Jaramillo , Jarpa , Kuschel , León , Longueira , Martínez ( don Gutenberg) , Masferrer , Mesías , Monge , Mora, Moreira , Núñez , Ojeda , Olivares , Orpis , Ortiz , Ovalle (doña María Victoria), Palma ( don Joaquín) , Pérez (don José) , Prochelle (doña Marina) , Prokurica , Riveros , Rocha , Sánchez , Soto (doña Laura) , Valenzuela , Van Rysselberghe , Velasco , Venegas y Walker (don Patricio).

Se abstuvieron los diputados señores:

Aguiló y Letelier (don Juan Pablo).

FORTALECIMIENTO DE LA JUSTICIA LABORAL.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.

El señor BUSTOS.-

Señor Presidente, pido que solicite la unanimidad de la Sala para tratar de inmediato un proyecto de acuerdo que dice relación con la reforma de la justicia laboral, con el aumento del número de sus tribunales, y el establecimiento de salas en las cortes de apelaciones respectivas.

Es evidente que hoy las leyes laborales no se cumplen, fundamentalmente porque nuestra justicia laboral es sumamente deficitaria. En 1973 existían 32 tribunales del trabajo y en la actualidad sólo hay 19. Hasta ese mismo año había una sala laboral en todas las cortes de apelaciones, pero hoy no existe ninguna.

Por eso, se necesita que nuevamente se establezcan, con urgencia, esos tribunales especializados y las salas laborales en las cortes de apelaciones, junto con modificar todo el procedimiento, en particular la eliminación de aquellas disposiciones que hacen que los juicios laborales duren tres, cuatro y hasta cinco años, lo que demora enormemente los fallos sobre los derechos de los trabajadores.

Por lo tanto, solicitamos que la Cámara de Diputados, si lo tiene a bien, acuerde oficiar a su Excelencia el Presidente de la República don Ricardo Lagos Escobar , y al ministro de Justicia señor José Antonio Gómez , para que en consideración a estos aspectos se envíe a la brevedad un proyecto de ley que reforme la justicia laboral a fin de agilizar sus procedimientos, lo que se lograría con la creación de nuevos tribunales, así como con la especialización de las salas en las cortes de apelaciones y en la Corte Suprema, de manera de dar una real aplicación a la reforma laboral.

He dicho.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para tratar de inmediato este proyecto de acuerdo.

Acordado.

El señor Prosecretario le va a dar lectura.

El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).-

Proyecto de acuerdo Nº 619, de los señores diputados Juan Bustos, Juan Pablo Letelier , Pedro Muñoz y de la señora Isabel Allende .

“Considerando:

1.Que la legislación del trabajo fue dictada para dar protección al trabajador, que es la parte más débil en la relación jurídica laboral que constituye el contrato de trabajo. Antes de las leyes del trabajo, la relación trabajadorempresario quedaba reglada por el viejo Código Civil, que supone una equivalencia de fuerzas y análoga libertad e independencia de decisión entre ambas partes contratantes. Esta equivalencia no existe, de hecho, pues el trabajador está compelido a aceptar finalmente las condiciones que quiera imponer el empresario, debido a que su falta de medios económicos constituye una presión que arrastra su voluntad.

2.Para que no quedara duda sobre el carácter protector del trabajador, el Código del Trabajo dispone, entre otras cosas, que los derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables (artículo 5), puesto que de otro modo podría aprovecharse la necesidad del trabajador para hacerlo renunciar a sus derechos, y que a la falta de contrato escrito de trabajo, hará presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador (artículo 9).

3.Que en esta perspectiva se ha efectuado una reforma legislativa, que tiene por finalidad “modificar el Código del Trabajo en lo relativo a las nuevas modalidades de contratación, al derecho de sindicación, a los derechos fundamentales del trabajador” (tal como lo declara el mensaje del Ejecutivo en el encabezamiento del aludido proyecto que se materializó en la ley Nº 19.759).

4.Que la aplicación de las leyes a la realidad de la vida les corresponde a los tribunales de justicia. Pero históricamente quiso el legislador que la aplicación de las leyes del trabajo quedara sustraída a los tribunales ordinarios de justicia, impregnados en el espíritu de la justicia conmutativa que establece la legislación civil que habitualmente aplican, y fuera entregada a tribunales especiales, con organización y constitución diversa para los que rigen a la justicia ordinaria.

5.Un cuidadoso examen de los procedimientos laborales exhibe como rasgo fundamental la excesiva duración en su tramitación, desde que se recibe la causa a prueba hasta la audiencia respectiva, así como el prolongado lapso en que la causa se encuentra en estado de sentencia y su dictación en definitiva. Esto puede explicarse por la saturación de las causas que debe conocer la judicatura laboral, acentuada cuando el tribunal letrado es de competencia común (conoce asuntos civiles, criminales, etc.), las que se han visto absolutamente sobrepasadas en la tramitación de los procesos. Es por eso que resulta urgente la creación de nuevos tribunales especializados en materia laboral y, siendo consecuentes con esa política, terminar con los tribunales con competencia común, que aún existen en varias comunas de nuestro país. Además, resulta fundamental simplificar aún más el procedimiento laboral de manera que no le sean aplicables las disposiciones generales del procedimiento civil (artículo 426 C del Trabajo) que se caracterizan por su excesiva dilación en los procesos.

6.Por otro lado, un cuidadoso análisis de las sentencias en materia laboral de los más altos tribunales hace necesario uniformar y especializar una jurisprudencia no siempre coherente en la materia. La experiencia de la llegada de especialistas a la sala penal de la Corte Suprema así lo ha demostrado. Por eso resulta aceptable la creación de salas especializadas en lo laboral en las cortes de apelaciones, así como en la Corte Suprema, que podrá conocer de estos asuntos de manera extraordinaria por la vía del recurso de casación.

7.En virtud de lo expuesto, los diputados abajo firmantes proponemos el siguiente

Proyecto de acuerdo:

1.La Cámara de Diputados acuerda oficiar a su Excelencia Presidente de la República don Ricardo Lagos Escobar y al ministro de Justicia don José Antonio Gómez , para que en consideración a este acuerdo adopten, a la brevedad, las iniciativas para el envío de un proyecto de ley a objeto de que se efectúen las modificaciones necesarias para una reforma de la justicia laboral que permita una agilización de los procedimientos con la creación de nuevos tribunales, así como la especialización de las salas en las cortes de apelaciones y de la Corte Suprema, de manera de dar una real aplicación a la reforma laboral”.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Si les parece a los señores diputados, se aprobará el proyecto de acuerdo Nº 619.

Aprobado.

FORTALECIMIENTO DEL FÚTBOL PROFESIONAL.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.

El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).-

Proyecto de acuerdo Nº 612, de los diputados señores Jeame Barrueto , Martínez, don Rosauro ; Ulloa , Recondo , Walker, don Patricio ; Salas , Navarro , Valenzuela , Pérez, don Aníbal y Jarpa .

“Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 48 Nº 1 de la Constitución Política de la República.

Considerando:

1ºQue nuestra Carta Fundamental, en su artículo 1º inciso segundo, establece que el Estado, y por tanto también este Parlamento, está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible.

2ºQue el deporte y la actividad física son herramientas al servicio del desarrollo físico y también mental y emocional de todas las personas, lo que ha obligado al Estado, desde muy antiguo a ocuparse de él, creando las condiciones institucionales y materiales para su desarrollo masivo.

Prueba de lo anterior, es la aprobación por este Congreso Nacional de la ley del Deporte (ley Nº 19.712/2001) que reafirma en su artículo segundo lo antes señalado, al decir que es deber del Estado crear las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de las actividades físicas y deportivas, lo que se concreta en una institucionalidad deportiva nacional, en la consagración de una política nacional del deporte y en la regulación de las organizaciones civiles que agrupan a los deportistas en sus más diversos niveles. A lo anterior se suma un conjunto de instrumentos de fomento y apoyo económico directo mediante fondos concursables para la práctica deportiva y los medios institucionales para favorecer la relación entre el mundo del deporte y el mundo de la empresa, para asegurar el financiamiento del primero con recursos provenientes del sector privado.

3ºQue en Chile, lejos el deporte más masivo desde todo punto de vista es el fútbol, que se practica en todo el territorio nacional en distintos niveles, que van desde los clubes amateurs de barrios hasta el fútbol rentado o profesional de alta competición.

4ºQue la actual estructura institucional del fútbol chileno está marcada por una serie de anormalidades institucionales y por una carencia de mecanismos que aseguren la correcta relación entre sus distintos estamentos. (Federación, Anfp y Anfa).

Lo anterior es especialmente grave tratándose del fútbol profesional, ordenado bajo el alero de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (Afnp), institución que cada cierto tiempo entra en serias crisis institucionales, fruto de la diferencia sustantiva que existe entre sus miembros sobre la forma en que ha de ser conducido el fútbol profesional chileno, y especialmente, respecto a la manera como los clubes, grandes y pequeños, se distribuyen las pingües ganancias derivadas de la venta de los derechos de la transmisión televisiva de los partidos del campeonato nacional de fútbol y de las transmisiones de los juegos del seleccionado nacional.

Así, a modo de ejemplo se puede decir, que según datos oficiales difundidos en la prensa nacional, este año 2001 y el próximo es la siguiente:

Reparto de recursos provenientes de venta de derechos transmisión televisiva.

Año 2001

Club Colo Colo , $ 669 millones de pesos al año; Club Universidad de Chile, $ 625 millones de pesos al año; Club Universidad Católica, $ 446 millones de pesos al año. Los 13 clubes restantes de la Primera A, $ 18 millones de pesos c/u mensuales; todos los clubes de Primera B, 4 millones de pesos c/u mensuales.

Año 2002

Club Colo Colo , $ 418 millones de pesos al año; Club Universidad de Chile, $ 391 millones de pesos al año; Club Universidad Católica, $ 272 millones de pesos al año. Los 13 clubes restantes de Primera A, $ 10 millones quinientos mil pesos c/u mensuales. Todos los clubes de Primera B, $ 3 millones de pesos c/u mensuales.

5ºQue la desigualdad en la participación de las utilidades es una de otras muchas formas de discriminación al interior del fútbol profesional chileno. Llaman poderosamente la atención la grave situación laboral y previsional de los futbolistas profesionales, especialmente en provincias, en donde trabajan muchas veces sin contrato de trabajo escriturado, no se les pagan las remuneraciones o si pagan es de modo parcial o fuera de plazo; carecen muchos de ellos de las debidas cotizaciones previsionales; trabajan en condiciones ambientales y materiales realmente penosas, fruto de las deficiencias en materia de infraestructura deportiva, todo lo cual redunda obviamente en el rendimiento deportivo y por esa vía se genera un círculo vicioso, pues a menor rendimiento, menores posibilidades de obtener más ingresos para los clubes y de esta forma mejorar la situación laboral de los trabajadores jugadores.

6ºConsiderando que en los hechos se ha venido produciendo un acentuado centralismo en el fútbol chileno y al mismo tiempo una completa desvinculación entre el sector profesional y el amateur del balompié nacional, por lo cual se hace necesario volver a leer la historia del fútbol profesional chileno, para verificar cómo hace unas cuantas décadas fueron las provincias, incluso las más alejadas del centro como Antofagasta o Concepción y Talcahuano, las que generaron a los líderes deportivos nacionales.

Las viejas tradiciones del fútbol y también hay que decirlo de la industria que se teje en torno a él, mediante el desarrollo de la prensa deportiva, por ejemplo, o la belleza de los clásicos regionales, ha sido absolutamente absorbido por el poder económico y medial de un trío de clubes deportivos de la capital, que consumen como consecuencia de aquello la inmensa mayoría de los recursos económicos que produce la industria nacional del fútbol.

Por ello, proponemos, desde ya, un proceso de revisión completa de la institucionalidad del fútbol chileno, en sus aspectos orgánicos y administrativos y financieros, para dar transparencia y generar condiciones para su adecuado desarrollo y proyección en el futuro en el ámbito nacional e internacional.

En el esquema anterior, una de las medidas que consideramos más apremiantes es la descentralización del campeonato nacional, mediante su desagregación en al menos 3 ó 4 campeonatos por áreas regionales cercanas y análogas, con la finalidad de disputar a fines de la competencia un campeonato nacional de campeones zonales, del cual saldrá el campeón nacional del fútbol profesional.

7ºConsideramos que en el actual estado de crisis del fútbol nacional, habida cuenta de la nueva legalidad generada por la ley del deporte, su máximo directivo debiera asumir en nombre del Estado y por especiales instrucciones del Jefe de Estado un rol activo en el dimensionamiento y en la búsqueda de las soluciones, pues si bien se trata en su origen de un problema esencialmente privado, tiene consecuencias sociales y económicas que lo transforman en un problema de preocupación pública, más aún cuando el actual estado de cosas redunda en el desempeño presente y futuro de un seleccionado nacional que está llamado a ser el representante de todos y cada uno de los chilenos en las contiendas deportivas internacionales.

Por tanto,

Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguiente proyecto de acuerdo:

La Cámara de Diputados acuerda oficiar a su Excelencia el Presidente de la República, con la finalidad de solicitarle, atendido el mérito de lo antes expuesto, que:

A.Instruya al Director Nacional de Chiledeportes con la finalidad de que convoque a una gran discusión nacional sobre la problemática del fútbol profesional y amateur del país, en la cual participen todos los actores públicos y privados vinculados a la actividad futbolística chilena.

B.Que se estudien los mecanismos más idóneos para que Chiledeportes gestione ante las autoridades del fútbol profesional chileno la descentralización efectiva del Campeonato Nacional de Fútbol, de manera de que se puedan generar las condiciones para una adecuada articulación entre los niveles profesionales y amateurs del fútbol y se privilegie el desarrollo futbolístico regional.

C.Que se envíe en el más breve plazo posible el proyecto de ley sobre las sociedades anónimas de fútbol profesional, de tal manera de establecer claramente la “responsabilidad” y la “transparencia” en el manejo del fútbol profesional y una propuesta de “Estatuto del Futbolista Profesional”.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.

No hay acuerdo.

Para hablar a favor del proyecto de acuerdo, ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Andrés Palma.

El señor PALMA (don Andrés).-

Señor Presidente, me voy a abstener en este proyecto.

La Cámara de Diputados, previendo lo que ocurre hoy con el fútbol profesional, hace ocho años constituyó una Comisión especial para estudiar la situación que afectaba a los clubes profesionales de fútbol. En dicha Comisión, de la cual formé parte, la que me honró con su presidencia, intentamos hacer un trabajo extenso e intenso. Entre otras diligencias, se pidieron los antecedentes a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional y a cada uno de los clubes. ¿Cuál fue el resultado de la Comisión? Primero, que un grupo de parlamentarios, encabezados por el diputado Alberto Espina , sostuvieron que no debíamos intervenir en la materia, porque se trataba de un problema de privados. Segundo, que la Asociación Nacional de Fútbol Profesional no recuerdo si era asociación central de fútbol argumentó que éste era un problema de ellos y que no nos metiéramos, salvo para darles dinero, es decir, del Estado al fútbol. Y tercero, que los clubes hicieron llegar a esta Cámara de Diputados todos los antecedentes y el único avance concreto que pudo determinar esta Comisión, dada la nula cooperación de los actores, fue constatar que incluso había clubes profesionales que no tenían existencia legal.

Ahora, después de algún tiempo, se vuelve a tocar el tema. Estoy de acuerdo en que debemos considerar el proyecto de sociedades anónimas, incluso lo quisimos incorporar en la actual ley del deporte, pero los que se tienen que poner las pilas no somos nosotros, ni tampoco el Instituto Nacional del Deporte, sino que los dirigentes deportivos que han llevado al fútbol a la crisis que lo afecta.

Por las razones expuestas, no estoy de acuerdo con que el Congreso Nacional asuma este problema, sino con que les digamos a los dirigentes deportivos que ya está bueno, que se pongan las pilas. Ni siquiera estoy seguro de cuándo se jugará el partido entre Chile y Ecuador; lo más probable es que no vaya nadie al estadio, porque ha sido un fracaso la gestión de los dirigentes. Se cambian unos por otros y la situación sigue igual. Repito, no es nuestro tema, es de esa entidad, y cuando algunos expresan que esto es del sector privado, digámoslo en serio, que sea del sector privado y que no nos vengan a pedir plata, porque el fútbol profesional mueve miles de millones de pesos y la mayor parte de los clubes están quebrados. Hasta el mío, Colo Colo , debe cuatro meses de sueldo al personal técnico y dos o tres meses a los jugadores, mientras que su presidente recorre una de las comunas de mi distrito, La Granja, haciendo campaña para la UDI.

Por consiguiente, me parece que tienen que ponerse las pilas, no mezclar las cosas y entender que ahora no es tiempo para que nos vengan a pedir apoyo.

He dicho.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

En votación el proyecto de acuerdo Nº 612.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Por falta de quórum, se va a repetir la votación.

Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 8 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

No hay quórum.

Se va a llamar a los señores diputados por cinco minutos.

Transcurrido el tiempo reglamentario:

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 9 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Por no haberse logrado el quórum requerido, el proyecto de acuerdo se votará por última vez en la próxima sesión ordinaria.

VII.INCIDENTES

ENTREGA EN COMODATO DE EDIFICIO DE ESCUELA Nº 1 DE PUERTO MONTT A UNIVERSIDAD PRIVADA. Oficios.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de Renovación Nacional.

Tiene la palabra el diputado señor Kuschel.

El señor KUSCHEL.-

Señor Presidente, pido que se oficie al contralor general de la República y a la presidenta del Consejo de Defensa del Estado, a fin de que informen sobre la conveniencia técnica y económica del proyecto de entregar, en comodato, el edificio de la escuela Nº 1 de Puerto Montt a una universidad privada, por dos años, y si con esa iniciativa se resguardan adecuadamente los intereses del Fisco y de la municipalidad respectiva.

He dicho.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.

SITUACIÓN DE CAMPAMENTO NASUR, DE PEÑALOLÉN. Oficio.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada señora Cristi.

La señora CRISTI (doña María Angélica).-

Señor Presidente, cada vez que comienzan las campañas parlamentarias surgen más temas relacionados con las comunas, algo diferentes a los que acostumbramos tratar en nuestra labor legislativa. Hoy preocupa una situación producida en la comuna de Peñalolén, sobre la cual se ha originado debate.

Se trata del campamento Nasur , uno de los más grandes que existe en nuestro país, donde se calcula que viven aproximadamente dos mil familias, las que, según las cifras que se han dado a conocer, comprenden entre doce mil a dieciocho mil personas.

Los candidatos de la Concertación han hecho referencia a las posibles soluciones para ese campamento: uno ha señalado que el Ministerio de Vivienda estaría preocupado del tema, y otro, que la participación de los vecinos sería una forma de acceder a la posibilidad de expropiación del terreno. Es decir, se ha especulado respecto de cómo resolver el problema. En todo caso, quiero hacer presente la situación que se vive en el campamento Nasur.

El domingo pasado hice un recorrido aéreo del lugar, y puedo señalar que no hay un metro cuadrado entre una y otra construcción de madera. Nadie puede negar que en ese campamento se vive una situación social grave, que debe ser preocupación del Gobierno, a través del Ministerio del Interior, que no puede abstraerse de lo que allí sucede. Debe buscar la forma de evitar que el día de mañana se pueda producir en ese campamento donde viven miles de chilenos: hombres, mujeres y niños una desgracia que, como siempre, se lamenta después de que ocurre.

Por lo tanto, como mujer y diputada que representa al distrito donde está ubicada esa comuna, mi obligación es insistir ante el Gobierno a fin de que no siga ignorando la situación que se vive en ese sector de Peñalolén. Reitero que mañana allí puede ocurrir un incendio que provoque la muerte de miles de personas. Por ello, resulta inconcebible que, disponiéndose recursos del Programa ChileBarrios, ese lugar no esté considerado ni exista respecto de él diagnóstico ni catastro.

Ojalá que no suceda lo que pasó anteriormente con otros campamentos, en que el Ministerio del Interior derivó el problema al Ministerio de Vivienda, esa cartera a la intendencia, ésta al Ministerio del Interior y esa secretaría de Estado al Ministerio de Vivienda. Aquí el Estado, en forma conjunta, debe preocuparse de evitar que el día de mañana pueda suceder una desgracia, como la que ocurrió en Alto Hospicio, la que dio lugar a que se “destapara la olla” sobre lo que pasa en materia de seguridad en Chile, donde, hasta hoy, nadie sabe quién asume la responsabilidad y cómo se podrían haber evitado esos crímenes.

Por lo tanto, solicito que se oficie en forma urgente al ministro del Interior para manifestar mi preocupación por el hacinamiento que se vive en el campamento y la vista gorda que ha hecho el Estado de Chile ante esta grave situación. Se trata del campamento ubicado en los terrenos de Nasur, en la comuna de Peñalolén, donde viven más de 2 mil familias y alrededor de 18 mil personas.

He dicho.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con copia de su intervención.

HOMENAJE A COLEGIO SANTA CRUZ, DE RÍO BUENO, EN EL CENTENARIO DE SU FUNDACIÓN.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.

El señor JARAMILLO (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara:

Antes de comenzar el homenaje que rendiré en esta ocasión, deseo saludar en forma muy especial a una delegación de la Escuela de Chirre y de deportistas de esa localidad rural, ubicada en la comuna de Río Bueno. En esa delegación hay ex alumnos del colegio Santa Cruz , de Río Bueno.

(Aplausos).

Por encontrarse próximo a cumplir cien años, expresaré algunas reflexiones sobre el colegio de la Orden de las Hermanas de Santa Cruz, de Río Bueno.

En alguna época nació lo que hace historia. Hoy, en la memoria de muchos, se recuerda el 22 de noviembre de 1901, fecha que para esa región del sur de nuestro país no puede pasar inadvertida, pues se fundó el primer convento Santa Cruz en la sureña ciudad de Río Bueno. Su importancia la dan sus obras. Lo educacional hizo historia y se seguirá escribiendo en las páginas del libro del conocimiento, lo que a tantos en ese entonces se les entregó y lo que hoy tantos otros reciben. Sin duda, las generaciones venideras también sabrán de esta entrega de sabiduría.

En los próximos días, la ciudad de Río Bueno, que con orgullo represento en este hemiciclo, homenajeará a una de sus instituciones religiosas y educacionales más señeras del país. Se cumplen cien años de servicio ininterrumpido en favor de la formación de miles de niñas y jóvenes que, a lo largo de un siglo, han pasado por sus aulas. Es el primer centenario en Chile y en América de la Orden de las Hermanas Maestras de la Santa Cruz.

En nuestro país nos han ayudado a crecer moral y espiritualmente. La sociedad chilena ha sido favorecida por las Hermanas Maestras de la Santa Cruz. Son parte de nuestra historia educacional.

Las hermanas que hoy homenajeamos llegaron a Chile el 15 de noviembre de 1901; fue en Punta Arenas donde pisaron por primera vez suelo chileno. Luego, emprendieron viaje al norte y llegaron a Corral el 20 de noviembre de 1901.

En Corral comenzó el difícil camino, entre bosques impenetrables, en carretas tiradas por bueyes, hasta Río Bueno, donde eran esperadas por algunas profesoras y alumnas, quienes les dieron una calurosa bienvenida en aquellos días. Allí fundaron su nuevo hogar.

Comenzaron a ejercer su apostolado centrado en la educación y ya en 1902 había más de un centenar de alumnas en internado y externado.

Así comenzó la historia de esta Orden en Chile, de este conjunto de religiosas de rigurosa formación espiritual e intelectual que, nacidas entre los alpes suizos, han logrado surcar los mares para esparcirse como semilla de bien por prácticamente todo el globo.

Desde Río Bueno se extendió su obra a otras comunas de las regiones Novena y Décima. La obra bienhechora, como toda causa noble, siguió camino y en la zona central del país la encontramos presente en Quilicura y Santiago.

Chile ha recibido el trabajo de las hermanas con el mismo entusiasmo con que lo han hecho desarrolladas naciones europeas, como su Suiza natal, Alemania e Inglaterra; en África, Lesotho , Zambia y Sudáfrica , en Asia, la India y Sri Lanka.

En América Latina, sólo Chile y Argentina han recibido la gracia de contar con su presencia, que agradecemos, pese a la distancia, en la persona de la hermana María Regis Simonyi Miklóssy , superiora de la Orden; en la figura de la directora del querido colegio Santa Cruz , de Río Bueno, hermana María Teresa Chodin , y de sus colaboradores más próximos, como las señoras Celia Rojas , Gilda Pérez , Mireya Olea , María Prieto , Sonia Delgado , Oriana Pérez , el señor Víctor Marilaf , las señoras Elsa Poccio , Rebeca Bucarey y otros. No puedo dejar de nombrar a quienes ya no están, pero que siguen en nuestro recuerdo, como Sor Rosa , Sor Bernardita , Sor Camila y Sor Werman , en quienes reconocemos las dotes, virtudes y la obra de sus fundadoras en la presencia americana de la orden, las hermanas Carola , Carlota , Alejandrina y Sira que, sin duda, descansan junto al Señor mirando su obra, regocijándose en la gloria de verla ya madura, con sus fuertes raíces en la comunidad de Río Bueno, del país y del mundo entero.

Para ellos, mi saludo y mi reconocimiento, como el de toda esta Cámara de Diputados, en un homenaje sencillo de un diputado que sabe agradecer, en nombre de quienes representa, a los que han dado tanto a esa comuna de Río Bueno y, por supuesto, a toda la región, que hace suya la oración que ellas, día a día, transmiten a sus estudiantes, y que representa lo más profundo del pensamiento de la obra de esta magnífica orden religiosa que tanto bien ha hecho a varias generaciones de chilenos, oración que leen con sentida emoción:

“Para nosotros, éste es el desafío: anunciar al Jesús del madero, que vivió con el hombre de su tiempo; al Jesús que supo del dolor, abandono, injusticia; al Jesús que acogió al pobre y desposeído, al marginado, al pobre, enfermo y leproso; al pobre, desorientado, frustrado, relegado; al pobre, ignorado, al ignorante; al huérfano, al vago, al anciano. Éstos son sus predilectos”.

He dicho.

Aplausos.

SOLUCIÓN A PROBLEMAS DE SERVICIOS DE SALUD EN PROVINCIA DE CHILOÉ. Oficio.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

En el tiempo del Comité de la UDI, tiene la palabra el diputado señor Claudio Alvarado.

El señor ALVARADO.-

Señor Presidente, en esta oportunidad daré cuenta de la difícil situación de la atención de salud en la provincia de Chiloé, en especial en la ciudad de Castro.

Los problemas se arrastran hace bastante tiempo y derivan, fundamentalmente, de promesas incumplidas.

En la última campaña presidencial se ofreció públicamente a la comunidad de Chiloé la creación de un servicio de salud autónomo, bajo los fundamentos de nuestra condición de isla, de lejanía de los centros hospitalarios de mayor resolución en la región, y porque es absolutamente necesario tener una atención de salud oportuna y de calidad para terminar con las derivaciones a otros establecimientos asistenciales y con los riesgos que involucra no ser atendido en forma rápida.

La comunidad de Chiloé recibió con mucho agrado y satisfacción dicho ofrecimiento. Se formaron comisiones de trabajo y se realizaron los estudios técnicos pertinentes, pero ha transcurrido el tiempo más de dos años y la posibilidad de que esto se concrete se ha ido esfumando poco a poco.

Como alternativa intermedia, el ministerio del ramo sugirió crear una unidad de gestión para potenciar y desarrollar políticas de salud acordes con la realidad de la provincia de Chiloé, pero la creación de esta unidad de gestión, los estudios técnicos, los análisis, las propuestas e ideas no pueden avanzar si no existen los recursos para concretarlos. En los dos últimos Presupuestos de la nación ni siquiera se consideró la posibilidad de materializar dicha unidad de gestión para el desarrollo de políticas de salud en Chiloé, acorde con su realidad. Esto ha generado una serie de fricciones entre el Servicio de Salud de Llanquihue, Chiloé y Palena con el capítulo médico de Chiloé, en especial de la ciudad de Castro.

¿Con qué nos encontramos hoy día? Con que dos directores de hospital han renunciado, igual que las jefaturas de los servicios y los profesionales médicos, con carencias y limitaciones serias en la infraestructura de los hospitales y en la atención de especialidades, con carencias y problemas serios en la derivación de pacientes hacia otros centros de salud en la región, todo lo cual, sin duda, preocupa e inquieta a la población.

Hay una sensación generalizada de incertidumbre, de riesgo, de falta de atención, de calidad y de oportunidad. A esto debemos sumar el endeudamiento del hospital con proveedores, lo que hace que los insumos y medicamentos también sean total y absolutamente menguados.

En esta oportunidad, quiero invitar a la dirección del Servicio de Salud de Llanquihue, Chiloé y Palena a que abra las puertas a esta realidad, a que no cierre los ojos y vea lo que está sufriendo la gente de Chiloé por no tener una atención de salud digna; a que no le tenga miedo a escuchar la voz de la comunidad y a desarrollar iniciativas administrativas que acerquen la capacidad de decisión de los servicios de salud a la gente de nuestra isla.

Asimismo, que se cumpla la promesa presidencial. Primero, se ofreció un servicio de salud autónomo para Chiloé, pero ya vemos que esta posibilidad se aleja en el tiempo. Luego, se prometió una unidad de gestión para atender los problemas de salud en Chiloé, pero no dan los recursos. También dijo el Presidente de la República, con muy buena intención, que se mejoraría la capacidad resolutiva de los centros hospitalarios. ¿Qué vamos a mejorar si no hay recursos para infraestructura e implementación ni para la atención de especialistas?

Pido que se oficie, una vez más, a la ministra de Salud, a fin de que tome nota de dichas promesas presidenciales y agote los medios para continuar con las mesas de diálogo y de conversación destinadas a buscar una solución definitiva a este problema.

No permitamos que la gente siga esperando en los consultorios y en los hospitales, que no reciba atención en los otros centros de la región; no esperemos es triste y lamentable decirlo que la gente siga enfermando gravemente, e incluso pierda la vida por no tener una atención de salud oportuna y como corresponde.

En este caso está en juego el bien común, la atención en salud de toda una población que vive en una isla con dificultades de comunicación y, por ende, en que las derivaciones hacia otros centros asistenciales no son fáciles. Lo único que reclama la gente es que la solución propuesta por la comunidad y acogida en una promesa presidencial, hoy no sólo sea promesa, sino una realidad.

He dicho.

Aplausos.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

REPARACIÓN Y MANTENCIÓN DE CAMINO ALTO DEL DIHUENO, COMUNA DE FLORIDA. Oficio.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

En el tiempo del Comité del Partido Socialista, tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, a fin de que informe, de manera detallada, respecto de la reparación y mantenimiento de caminos interiores de la comuna de Florida, en particular del que está en el puente 6 de Alto del Dihueno.

Según me han informado los vecinos, la empresa encargada de los trabajos quebró. Por eso, quiero saber si la boleta de garantía está vigente, si el trabajo que resta por hacer será ejecutado y en cuánto tiempo; de dónde provienen los fondos, si son regionales, de Isar o del Ministerio de Obras Públicas, pues se deben efectuar reparaciones adicionales en dicho camino, que se inunda cada invierno debido a que la lluvia se llevó todo el ripio.

Para recobrar la confianza de los vecinos necesitamos saber qué tipo de obra se realizará, porque si la empresa ejecuta a medias el trabajo, luego quiebra y desaparece, no sabemos en qué se gastan los recursos públicos, y por mucho que se gaste la gente sigue disconforme, con toda razón.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

CONSTRUCCIÓN DE PASARELA Y SEÑALES DE TRÁNSITO FRENTE A ESCUELA DE COMUNA DE FLORIDA. Oficio.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, pido que se reitere el oficio a la ministra de Educación respecto de la escuela nueva de Florida, Octava Región, en la cual se han invertido casi 600 millones para albergar a aproximadamente 400 estudiantes. Como está ubicada al borde de la carretera que une Florida con Bulnes, el riesgo de accidentes es enorme. Allí se debe realizar la señalización correspondiente, instalar semáforos y advertencias para minimizar dicho riesgo.

Algunos apoderados han planteado la necesidad de construir una pasarela. Se debe hacer el estudio y una evaluación, pero las medidas se deben tomar antes de que ocurra un accidente y las obras estar listas antes de marzo. Sería irresponsable que esta escuela nueva, preciosa, hermosa, aunque con dificultades en su construcción, entrara en funcionamiento sin la adecuada señalización para prevenir accidentes.

Estamos hablando de una ruta transitada por camiones madereros y buses, que une Florida con Bulnes, no de un pasaje o de una calle interior. Por lo tanto, las medidas para el acceso de los niños a la escuela deben estar no sólo financiadas, sino ejecutadas y construidas para marzo de 2002.

Insisto en esto, pues sería muy irresponsable de parte de la autoridad y quedaríamos pésimamente calificados si no se adoptaran las medidas pertinentes. La escuela no estará completa sin la debida señalización de tránsito.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

ILUMINACIÓN DE ESTACIÓN LOS ACACIOS, DE FERROCARRILES DEL ESTADO. Oficio.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, pido que se oficie a Ferrocarriles del Estado, a fin de que informe en detalle sobre la situación del paradero Los Acacios , ubicado al llegar a Talcamávida, comuna de Hualqui. Allí, antes de ingresar a Talcamávida, el tren se detiene, bajan los pasajeros, pero en el sector no hay postación de luz. Por lo tanto, el tren nocturno que une Concepción con San Rosendo, que pasa por Talcamávida, deja a todos los vecinos de Los Acacios en completa oscuridad.

Conversamos con la empresa eléctrica de la Frontera, Frontel ; el proyecto está terminado, pero la postación debe ir en la franja que pertenece a Ferrocarriles. Solicitamos verbalmente a esta empresa su aprobación para instalar los postes que iluminen dicho paradero.

Por lo tanto, solicito que Ferrocarriles autorice a Frontel. Están hechas las cartas formales, pero la autorización debe darse a la brevedad para que en el paradero Los Acacios, que queda exactamente en el kilómetro 24,5 respecto de Concepción, pueda realizarse la instalación de luminarias, las cuales contribuirán a impedir los accidentes.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN LA OCTAVA REGIÓN. Oficio.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, solicito oficiar a la ministra de Educación, a fin de que nos entregue los informes oficiales del gasto que está haciendo esa Cartera en la construcción de nuevas escuelas y liceos. Se trata de un proyecto de reforma educacional enorme, que contempla inversiones por 1.400 millones de dólares, que han permitido la construcción de decenas de escuelas y liceos; pero, en mi opinión, el Ministerio de Educación no tiene capacidad para manejar 50 mil millones de pesos.

Por lo tanto, solicito información total y detallada sobre cómo se está construyendo, quiénes son los responsables, los problemas que se han producido en cada una de las escuelas de la Octava Región durante el período 20002001.

Señor Presidente, el resto del tiempo se lo cedo al diputado señor Aníbal Pérez.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Señor diputado, ha terminado el tiempo de su Comité.

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los señores diputados que así lo indiquen.

ALCANCES A TRAMITACIÓN DE PROYECTO DE REAJUSTE DEL SECTOR PÚBLICO.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano, tiene la palabra el diputado señor Pablo Lorenzini.

El señor LORENZINI.-

Señor Presidente, como se dice que éste es el centro de la democracia, voy a utilizar nuesrro tiempo en la hora de Incidentes para referirme al proyecto de reajuste del sector público y de los servicios traspasados, que no ha sido discutido. Aquí en el Parlamento se aprueba y se levanta el dedo. No fui electo parlamentario para venir a levantar el dedo.

Quiero justificar mi abstención en la votación de ese proyecto. No se trata de que esté en contra del reajuste, sino de que se pasa a llevar al Congreso. La Constitución dice que es aquí donde se votan las leyes; la Constitución dice que es aquí donde se discute con los gremios y con el Ejecutivo. Sin embargo, el proyecto se concordó fuera del Parlamento. Acabamos de tener una sesión de sólo diez minutos en la Comisión de Hacienda, a la que el ministro llegó atrasado. Gracias a los esfuerzos del Presidente accidental, diputado señor José Miguel Ortiz , pudimos darle curso. No asistió ningún representante de los gremios, no sé si no fueron invitados o no les interesaba esta materia. Finalmente, el proyecto se aprobó en la Sala en un minuto. No me parece que sea la forma adecuada de hacerlo, pues la iniciativa contiene otros temas, aparte del 4,5 por ciento de reajuste. Por ejemplo, tengo una carta de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, en la que me plantean qué sucede con el daño previsional de los 157 mil trabajadores del Estado de Chile, tema que quisiéramos haber discutido. ¿Qué sucede con el tema que los diputados señores Ortiz y Montes vienen trabajando desde hace años respecto de los paradocentes? Quisiéramos haberlo discutido y conversado, al igual que muchos otros temas.

Una ley de reajustes no abarca sólo un número, sino el concepto de trabajadores públicos. Entiendo a sus dirigentes. Tengo lo que dice el propio directorio nacional en un comunicado del 31 de octubre recién pasado: “Mantener nuestra más férrea unidad para fortalecer nuestra organización y lograr un reajuste digno y justo”.

Más adelante agrega: “Obtener del Gobierno el compromiso de buscar una solución al “daño previsional”, en el primer semestre del año 2002; implementar esta solución por la vía legislativa en el segundo semestre del mismo año, para que su vigencia sea a contar del 1 de enero de 2003.

“Requerir del Gobierno que entregue una propuesta sobre la implementación del Convenio 151, sobre Negociación Colectiva y Derecho a Huelga para los funcionarios públicos en el primer trimestre del próximo año para iniciar el proceso de legislación en el segundo trimestre”.

En otras palabras, cuando hay conflictos, se acuerdan de los parlamentarios; cuando no hay conflictos, no existimos.

No rechazo el reajuste, sino la forma como se ha tramitado el proyecto. Me parece que no es la correcta. Estamos en democracia, señor Presidente, y hay un Parlamento constituido. Proyectos como éste no pueden acordarse al margen del Congreso, pues aquí deben discutirse. Los distintos gremios que componen el sector público deben concurrir a las comisiones para ser escuchados. A lo mejor, podemos estar de acuerdo con ellos. Muchos trabajadores me han llamado para decirme que no están de acuerdo con el reajuste, pero hay que aceptar lo que manifiestan sus dirigentes. En este sentido, las directivas constituidas son representativas, pero me parece que el procedimiento del Ejecutivo no ha sido adecuado. He pedido al ministro de Hacienda que, en el futuro, considere que no hemos sido elegidos sólo para levantar el dedo.

Éste es un proyecto muy importante, que significa el desembolso de muchos millones de pesos y que aborda distintas situaciones que deben ser discutidas. ¿Cuándo lo haremos?

Entiendo que había más de cuarenta diputados en la Cámara y ahora hay sólo veinte en la Sala y que hubo prisa para que existiera quórum. ¡Pero ésa no es una explicación válida para el país, señor Presidente! Nuestros diputados debieran estar aquí para trabajar. Las elecciones son importantes, pero nos han elegido para trabajar.

Esta tarde tendremos una sesión especial para conocer antecedentes sobre el Acuerdo de Complementación Económica entre Chile y el Mercosur. Seguramente, no podremos sesionar, a pesar de que el tratado afecta, sobre todo, al mundo rural y a nuestras exportaciones. Hemos visto lo que ha pasado con los camioneros en Argentina. Entonces, ¿cuándo trabaja este Parlamento? ¿Cuándo es respetado? Ése es el tema. Los diputados son de la República, y la Constitución les dice “ustedes discuten”. Me parece que esto ha sido una falta de respeto. Quiero entenderlo en forma positiva, en el sentido de que el Ejecutivo está tratando de que el proyecto se despache antes del 30 de noviembre, pero no me gustaría que ésta fuese la forma de proceder en el futuro, es decir, que todos los proyectos importantes se trabajaran fuera del Parlamento.

El diputado señor Ortiz recordaba que hace dos años, cuando hubo problemas con los reajustes, los diputados tuvieron que poner la cara; pero cuando la cosa va miel sobre hojuelas, es el Ejecutivo el que figura. No es justo, no es razonable, así no se opera en democracia.

Éste es un tirón de orejas de este pobre diputado que representa al mundo rural, pero que está aquí porque la democracia lo eligió, porque lo respaldan los trabajadores y los electores.

Esas son las razones por los cuales me abstuve en la votación.

He dicho.

Aplausos.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Señor diputado, comparto plenamente sus palabras.

INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS POR INMOBILIARIA LOS TRAPENSES, EN RANCAGUA. Oficios.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Juan Ramón Núñez.

El señor NÚÑEZ.-

Señor Presidente, el domingo conversé con la directiva de la villa Cardenal Raúl Silva Henríquez , que entregó un documento público para quien tenga la buena voluntad de leerlo.

Esta villa está constituida por 102 familias y se encuentra ubicada en el sector nororiente de la ciudad de Rancagua; sus viviendas fueron entregadas en agosto de 2000 y recepcionadas por la municipalidad de Rancagua el 24 de julio de 2000. Fue construida por la sociedad inmobiliaria Los Trapenses Limitada, cuyo representante legal es el señor René Corvalán Correa , domiciliado en calle Recreo Nº 325, de Rancagua.

La directiva de la junta de vecinos está integrada por las señoras Eugenia Fontt Escanilla , Inés Allende Rivero , Cecilia Bossa Álvarez y los señores Manuel Neculmán Neculmán , Víctor Maripangui Llanos , Juan Maureira Olave y Benjamín Navarro Orellana.

En resumen, los dirigentes de esta villa sostienen, y así lo han hecho presente por escrito, que la empresa constructora no ha cumplido las condiciones ni las características del contrato y que las casas tienen problemas bastante objetivos, que se pueden ver a simple vista. Además, han iniciado acciones judiciales en contra de la empresa constructora, han solicitado a la municipalidad que intervenga y a la Contraloría que investigue esta situación de incumplimiento de contrato por el daño económico y moral provocado.

Por lo tanto, solicito oficiar al ministro de la Vivienda y al director del Serviu de la Sexta Región, con el objeto de que se investigue acuciosamente la situación, porque estas personas andan buscando a quien reclamar por esto hace más de un año, pero da la impresión de que nadie se preocupa, salvo algunos funcionarios de la Contraloría y del Serviu.

Ellos me han pedido expresamente dar a conocer su situación en la Cámara de Diputados.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.

FACILIDADES A COMERCIANTES AMBULANTES EN SECTOR DE LA RUTA 5 SUR DE LA SEXTA REGIÓN. Oficio.

El señor NÚÑEZ.-

Señor Presidente, debo informar que ayer me reuní con el nuevo seremi de Obras Públicas de la Sexta Región y con la directiva de un grupo de comerciantes, más conocidos como los esparragueros, que se colocan a la orilla de la Ruta 5 Sur, entre las ciudades de Graneros y de Rancagua.

La empresa concesionaria de ese lugar está colocando dificultades para que ellos realicen su actividad comercial, como lo hacen todos los años.

El secretario regional ministerial ha mostrado su buena disposición para seguir dando la autorización correspondiente. Además, ellos pagan sus permisos en las municipalidades respectivas y en Impuestos Internos.

Por lo tanto, solicito que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, con el objeto de que informe sobre la situación de los permisos que se otorgan a las personas que realizan esa actividad comercial lícita en la Carretera Panamericana, entre las ciudades de Rancagua y Graneros.

Asimismo, para que se estudie la construcción de pasos bajo nivel en los sectores de La Palma Chica y La Palma Grande, en los cuales esas personas se instalan a vender sus productos.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

SELLO DISTINTIVO PARA TAXIS DE IQUIQUE. INFORMACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN DE FRANJA DE PROTECCIÓN EN COMUNAS DE GRANEROS, RANCAGUA Y REQUÍNOA. Oficios.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.

El señor RINCÓN.-

Señor Presidente, quiero solicitar por su digno intermedio que se oficie al ministro de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, a fin de darle a conocer nuestra preocupación en especial de la diputada Antonella Sciaraffia por el compromiso contraído por esa cartera de otorgar un sello distintivo a los vehículos que realizan el servicio de taxis colectivos y de taxis básicos en la comuna de Iquique, de manera que puedan acreditar su condición legal y que cumplen con todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Transportes. Además, dicho sello permitiría diferenciarlos del denominado transporte pirata.

Dado que en Iquique prácticamente no existen inspectores del Ministerio los pocos que hay están en Arica, la mejor forma de contribuir a identificar a los taxis que realizan el transporte de pasajeros de acuerdo con la ley y los reglamentos del ministerio es mediante un sello distintivo, que incluso está acordado, y en ello participó la diputada Antonella Sciaraffia. Es un compromiso del ministerio que debe materializarse, porque no puede seguir pasando el tiempo sin que se cuente con un distintivo para colocar en sus vehículos y, por esa vía, facilitar el control del transporte pirata de colectivos y taxis que circulan por esa ciudad.

Se trata de un gremio muy importante y lo único que necesita es un distintivo reitero que les permita acreditar la legalidad del servicio público que prestan sus vehículos. Por eso, es conveniente que exista la seguridad de que ese acuerdo, tan beneficioso para más de cinco mil transportistas de pasajeros de la nortina comuna de Iquique, se materialice a la brevedad.

En segundo lugar, solicito que se oficie al mismo ministerio, con el objeto de que informe respecto de todas las medidas de seguridad adoptadas para el uso de la denominada franja de protección de la Ruta 5 Sur, en los tramos comprendidos entre las comunas de Graneros, Rancagua y Requínoa , con sus localidades intermedias como, por ejemplo, Los Lirios.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Se enviarán los oficios solicitados por su Señoría.

MALESTAR POR INAUGURACIÓN DE OBRA DE RIEGO SIN LA PRESENCIA DE PARLAMENTARIOS. Oficio.

El señor RINCÓN.-

Por último, pido que se oficie al ministro de Agricultura, a fin de manifestarle mi malestar porque hoy se está inaugurando una importante obra de riego en la comuna de Rengo, a la cual los parlamentarios no pudimos asistir debido a nuestras obligaciones.

Me da mucha pena tener que plantear en público esta situación, pero existe un acuerdo entiendo que es entre caballeros para que todos los parlamentarios de la República, sin distinción política, podamos cumplir con nuestras obligaciones en Valparaíso los martes, miércoles y jueves, y con nuestros representados en los distritos, los días viernes, sábado, domingo y lunes, a cualquiera hora. Sin embargo, en esta ocasión no se ha demostrado la más mínima deferencia al fijar como hora de esa inauguración las seis de la tarde de un martes, en circunstancias de que a esa hora nos encontramos en Valparaíso desarrollando nuestro trabajo en la Sala y en comisiones.

Como ya se ha producido este hecho en otras oportunidades, pido que, a través del ministro de Agricultura, se corrija tal situación que puede estar afectando a más de algún parlamentario de cualquier partido, porque constituye claramente un menosprecio de la función parlamentaria y una distorsión de nuestro rol de representantes de las personas con las cuales trabajamos en forma permanente como ocurre, por ejemplo, con las de Chanqueahue, comuna de Rengo, a fin de hacer más prósperas y ricas a nuestras comunas y lograr el progreso que requieren. Obras de riego tan importantes como ésta se consiguen gracias al trabajo de toda la comunidad y al esfuerzo de todo el país, que se ve coronado con el aporte de parlamentarios de todas las ciudades del país y de todos los colores políticos.

Reitero mi oficio al ministro de Agricultura para que haga presente mi reclamación al director nacional del Indap.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indiquen a la Mesa.

APERTURA DE SUCURSALES DEL BANCO DEL ESTADO EN ANGOL Y EN CAPITÁN PASTENE. Oficio.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Villouta.

Restan dos minutos al Comité Demócrata Cristiano.

El señor VILLOUTA.-

Señor Presidente, solicito que se oficie al presidente del Bancoestado, a fin de consultarle sobre la situación de un terreno que esa institución compró hace alrededor de ocho años, con el objeto de abrir una sucursal en la ciudad de Angol. Hasta la fecha no existe ninguna resolución sobre la materia, lo que ha originado algunos reclamos. A pesar de que el actual edificio es relativamente moderno, se hace estrecho para atender al público.

Hace tres años hicimos averiguaciones al respecto y la obra se encontraba en segundo o tercer orden de prioridad, pero no sabemos en qué situación está en estos momentos. Creemos que Angol requiere una nueva sucursal en un barrio separado y distanciado de la actual oficina.

Por otra parte, pido que se consulte al mismo presidente sobre la posibilidad de abrir una sucursal en la localidad de Capitán Pastene. Si bien es cierto que no es cabecera de comuna que es Lumaco, el movimiento, el comercio y la actividad agrícola y forestal de esa localidad ameritan estudiar tal posibilidad, ya que la mayor parte de los clientes del Bancoestado tienen que abrir sus cuentas en Traiguén o Angol , con las lógicas molestias y dificultades de traslado.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

INFORME SOBRE SITUACIÓN DE COOPERATIVA HABITACOOP. Oficio.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

En el tiempo del Comité Mixto, tiene la palabra el diputado señor José Pérez.

El señor PÉREZ (don José).-

Señor Presidente, en esta oportunidad, quiero referirme a una situación que preocupa y aflige a muchas familias de la provincia de Biobío que con esfuerzo, trabajo y sacrificio han reunido importantes ahorros, de gran significación para ellas, a fin de obtener su casa propia, dineros que depositaron en la Cooperativa Habitacional Habitacoop. Se trata de 218 familias que están esperando la entrega de sus viviendas que hace mucho tiempo fueron terminadas por la empresa constructora, pero Habitacoop no ha pagado el valor de su construcción.

Este hecho justifica la inquietud y el malestar de esas personas que creyeron en esa cooperativa y que hoy están desesperadas, porque suponen que pasado cierto tiempo tendrán dificultades. Incluso, existe la posibilidad de que la empresa entre en falencia económica, con lo que quedarían en una situación muy precaria y, en muchos casos, hasta podrían perder sus ahorros.

Además, me preocupa el hecho de que aún no se les pague a algunas empresas el costo de las viviendas que han construido para la misma cooperativa, las cuales están habitadas desde el año pasado. Es el caso de la empresa Ansalas , de la comuna de Quilleco.

Quiero representar aquí el sentir y malestar de esos cientos de personas que confiaron en Habitacoop y que hoy están muy preocupadas porque ven en riesgo la posibilidad de acceder a su casa propia, sueño tan anhelado por todas las familias.

Por lo tanto, pido que se oficie al ministro de Vivienda, con el objeto de que informe a la Cámara sobre el estado financiero de la cooperativa Habitacoop , por qué no les ha pagado a algunas empresas contratistas y la razón por la cual ha transcurrido tanto tiempo para la entrega de las viviendas terminadas. Asimismo, solicito que envíe la nómina de sus máximos ejecutivos.

Como parlamentario de Gobierno, pido al ministro la máxima preocupación por esta materia. No podemos abandonar a quienes en este momento corren el riesgo de no recibir su vivienda y de perder sus ahorros. El Gobierno debe garantizar a los socios de esa cooperativa, que cuenta con el respaldo del Estado, que no perderán sus aportes. Por nuestra parte, debemos intervenir, a fin de que la casa soñada les sea entregada a la brevedad posible.

He dicho.

El señor SEGUEL (Vicepresidente).-

Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.

Por haberse cumplido con el objeto de la sesión, se levanta.

Se levantó la sesión a las 14.24 horas.

JORGE VERDUGO NARANJO ,

Jefe de la Redacción de Sesiones.

DOCUMENTOS DE LA CUENTA

ENMIENDAS AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR, SOLAS 1974, Y A OTROS INSTRUMENTOS CONEXOS. Primer trámite constitucional.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente, en la sesión anterior quedó pendiente la votación de cuatro proyectos, respecto de los cuales había unanimidad.

Por lo tanto, pido a la Mesa someterlos ahora a votación.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para proceder en la forma solicitada por el señor diputado.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Los proyectos cuya votación está pendiente son:

1. Proyecto de acuerdo aprobatorio de diversas resoluciones que enmiendan el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar.

2. Modificación de la ley Nº 18.902, que creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

3. Seguro de accidentes de tránsito.

4. Proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas de 1998 al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo.

En votación los proyectos.

Si le parece a la Sala, se darán por aprobados.

¿Habría acuerdo?

Aprobados.

Despachados los proyectos.

FISCALIZACIÓN DEL TRATAMIENTO Y EVACUACIÓN DE LOS RESIDUOS INDUSTRIALES LÍQUIDOS. Primer trámite constitucional.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente, en la sesión anterior quedó pendiente la votación de cuatro proyectos, respecto de los cuales había unanimidad.

Por lo tanto, pido a la Mesa someterlos ahora a votación.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para proceder en la forma solicitada por el señor diputado.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Los proyectos cuya votación está pendiente son:

1. Proyecto de acuerdo aprobatorio de diversas resoluciones que enmiendan el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar.

2. Modificación de la ley Nº 18.902, que creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

3. Seguro de accidentes de tránsito.

4. Proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas de 1998 al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo.

En votación los proyectos.

Si le parece a la Sala, se darán por aprobados.

¿Habría acuerdo?

Aprobados.

Despachados los proyectos.

MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 18.490, SOBRE SEGURO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Primer trámite constitucional.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Para un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente, en la sesión anterior quedó pendiente la votación de cuatro proyectos, respecto de los cuales había unanimidad.

Por lo tanto, pido a la Mesa someterlos ahora a votación.

El señor VALENZUELA (Vicepresidente).-

Solicito el acuerdo de la Sala para proceder en la forma solicitada por el señor diputado.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Los proyectos cuya votación está pendiente son:

1. Proyecto de acuerdo aprobatorio de diversas resoluciones que enmiendan el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar.

2. Modificación de la ley Nº 18.902, que creó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

3. Seguro de accidentes de tránsito.

4. Proyecto de acuerdo aprobatorio de las enmiendas de 1998 al Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo.

En votación los proyectos.

Si le parece a la Sala, se darán por aprobados.

¿Habría acuerdo?

Aprobados.

Despachados los proyectos.

Informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología recaído en la investigación sobre los problemas que se han producido con motivo de la inscripción de dominios en internet y sobre las conductas realizadas por Microsoft en Chile y las consecuencias de la campaña antipiratería seguida por algunas empresas en el país.

“Honorable Cámara:

Vuestra Comisión de Ciencias y Tecnología pasa a informar acerca de la materia enunciada en el epígrafe.

I. COMPETENCIA DE LA COMISIÓN.

La Cámara de Diputados, aprobó dos proyectos de acuerdo mandatando a esta Comisión para investigar la materia referida.

El primer proyecto de acuerdo Nº 470, aprobado con fecha 3 de octubre de 2000 es del siguiente tenor:

De los diputados señores: Alejandro Navarro, Pedro Muñoz, Francisco Encina, Sergio Velasco, Eugenio Tuma, Carlos Abel Jarpa, Rafael Arratia, Juan Ramón Nuñez, Sergio Aguiló y Víctor Jeame Barrueto.

“PROYECTO DE ACUERDO Nº 470

La Cámara de Diputados, en sesión 1ª, de fecha de hoy, prestó su aprobación al siguiente

PROYECTO DE ACUERDO

“Considerando:

Que en nuestro país el fenómeno de expansión y crecimiento de la red internet ha ido en constante aumento, lo que se traduce en que, así como durante el año 1996 se contabilizaron casi 7 mil registros de nombres de dominio en el Network Information Center-Chile, este año, sólo entre junio y julio, se registraron 6.984 tramitaciones de registros. A fines de agosto, existía un total de 56 mil dominios registrados en el país, más del doble de los 25 mil que existían en marzo de 2000.

Que, a pesar de las iniciativas, tanto gubernamentales como parlamentarias, de regular los procedimientos de acceso, mantención y desarrollo de actividades o acciones relacionadas con áreas empresariales, institucionales o informativas, y con objetivos educativos, comerciales o de simple entretención, es evidente la falta de regulación que todavía existe en Chile sobre esta materia.

Que, en particular, es preocupante que, además de esta falta de normativas, se perciba una ausencia de políticas claras, tanto en el sector privado como en el público, con el fin de utilizar la red internet para las metas y objetivos que le son propios y que permiten, por omisión, la generación de hechos que, sin tener la configuración de delitos propiamente tales, claramente atentan o perjudican el accionar de instituciones, empresas o personas naturales.

Que, en especial, esta situación se verifica en el proceso de registro de nombres de dominio CL, denominado NIC-Chile (Network Information Center Chile), que es administrado por el Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile, por delegación de la Iana (internet Assigned Numbers Authority), de acuerdo con sus principios, contenidos en el documento RFC 1591: Domain Name System Structura and Delegation. NIC-Chile actúa únicamente en calidad de ente coordinador delegado de Iana con el propósito de llevar el registro de nombres de dominio; no obstante, no tiene facultades jurisdiccionales ni otras prerrogativas u obligaciones.

Que NIC-Chile está facultado para cobrar tarifas de inscripción, revalidación, modificación, eliminación o mantención de un nombre de dominio, publicando las tarifas vigentes en el servidor “web” del dominio CL, siendo el requisito esencial para mantener la vigencia de una inscripción de dominio pagar oportunamente todas las tarifas que le sean aplicables.

Que el registro de un nombre de dominio bajo el dominio CL se hace a través de correo electrónico o el www, no admitiéndose a tramitación sólo las solicitudes para nombres que ya se encuentran inscritos en el registro del dominio CL, manteniéndose en esta lista por un plazo de treinta días corridos a contar de la publicación, al objeto de que eventuales interesados tomen conocimiento y, si se estimaren afectados, puedan presentar sus propias solicitudes para ese nombre de dominio.

Que ha sido este proceso el que se ha visto afectado por la actuación de personas naturales y jurídicas y empresas organizadas para el efecto, que inscriben uno o más nombres de dominio en el registro CL, con el sólo propósito de obstruir o dificultar la inscripción por parte de los verdaderos interesados o, en su defecto, para negociar comercialmente, por un valor varias veces mayor, la posesión del referido registro.

Que la situación antes descrita ha afectado a personas de figuración pública, entre los que se pueden citar la mayoría de los ex Presidentes de la República; el nombre de las regiones, las provincias y las comunas del país; la Iglesia Católica; el Poder Judicial; medios de comunicación; héroes patrios como Arturo Prat; deportistas e instituciones deportivas como Marcelo Ríos, Iván Zamorano y Colo-Colo. También han sido perjudicadas empresas individuales y sus agrupaciones sectoriales, como en el caso de la Sofofa y Asexma.

Que, con igual preocupación, es posible constatar que los nombres de dominio vinculados al Poder Ejecutivo y al nombre Chile se ven igualmente afectados. En el caso del nombre Chile, a nivel mundial, no se encuentra inscrito en la mayoría de los dominios nacionales, entre ellos muchos de los dominios en los que Chile mantiene una presencia importante, ya sea porque son mercados de destino de exportaciones o por tratarse de países con los que Chile mantiene lazos políticos. En el caso del Ejecutivo, agentes independientes que inscriben nombres de dominio con la perspectiva de venderlos a precios exorbitantes, ya inscribieron el nombre gobiernodechile.com en Estados Unidos. Por lo anterior, no es descartable la posibilidad de que nombres de dominio sensibles para el Estado chileno sean inscritos y utilizados de manera que perjudiquen la imagen internacional del país.

La Cámara de Diputados acuerda:

Facultar a la Comisión de Ciencias y Tecnología con el fin de que se constituya como Comisión investigadora para abordar, en un plazo máximo de treinta días, la problemática actual y futura que pueden generar las inscripciones de registros de dominio, tanto particulares como corporativos, y especialmente las relacionadas con el patrimonio cultural e histórico del país, así como de organismos e instituciones del Estado, por parte de personas o empresas organizadas para ello, especialmente considerando el incremento de los registros de dominio en Chile, y emitir un informe que explique detalladamente los procedimientos y alcances del proceso de registro de nombres de dominio en el dominio general CL, así como en las formas punto com (.com), punto net (.net) y punto org (.org), junto a las propuestas legislativas y reglamentarias para evitar los problemas ya señalados”.

-o-

El segundo proyecto de acuerdo Nº 572, aprobado con fecha 4 de junio de 2001, que complementa al anterior, es del siguiente tenor:

De los diputados señores: Carlos Vilches, Carlos Abel Jarpa, Alejandro Navarro, Carlos Ignacio Kuschel, Sergio Aguiló, Rafael Arratia, Mario Acuña, Juan Ramón Nuñez, Patricio Hales, Eugenio Tuma, Roberto Delmastro, Homero Gutiérrez, Jaime Jiménez y Mario Bertolino.

“PROYECTO DE ACUERDO Nº 572

La Cámara de Diputados, en sesión 12ª, de fecha de hoy, prestó su aprobación al siguiente

PROYECTO DE ACUERDO

“Considerando:

El proyecto de acuerdo Nº 470, aprobado con fecha 6 de septiembre de 2000, que facultó a la Comisión de Ciencias y Tecnología para que se constituyera como Comisión investigadora sobre la problemática actual y futura que puede generar la inscripción de registros de dominios, tanto particulares como corporativos, y especialmente los relacionados con el patrimonio cultural e histórico del país, así como de aquellos organismos e instituciones del Estado, por parte de personas e instituciones organizadas para ello, particularmente considerando el incremento de los registros de dominio en Chile bajo el dominio general CL, así como en las formas punto com, punto net y punto org, y sugiriera propuestas legislativas y reglamentarias para evitar los problemas derivados de ello.

La agresiva e intimidatoria campaña denominada “tolerancia cero”, desarrollada a través de los medios de comunicación y por medio de inspección en empresas, por parte de la Asociación Chilena de Distribuidores de Software (ADS), con el fin expreso de combatir la “piratería” de software, y que cae en la ilegalidad al atribuirse en sus procedimientos el derecho a la fiscalización; que inicia juicios que con frecuencia incurren en irregularidades procesales, entre las que destaca la violación del derecho a la confidencialidad de la empresa demandada; y que va en beneficio casi exclusivo de la empresa transnacional Microsoft, organización que percibiría más del noventa por ciento de los ingresos que de la referida campaña se deriven.

Que esta campaña resulta especialmente perjudicial para la actividad comercial de las empresas, y muy especialmente para las Pymes, las que, sometidas a los vicios de un mercado monopólico en el área de los programas de acceso a internet, se ven prácticamente impedidas de aprovechar las ventajas que procura la informática y encuentran grandes dificultades para aumentar su productividad mediante una amplia integración al ámbito de la red internet.

Que existen dos sentencias condenatorias contra Microsoft, resultantes de una demanda interpuesta en su contra por la División Antimonopolios del Departamento de Justicia de Estados Unidos: una de fecha 5 de noviembre de 1999, enmendada el 21 de diciembre del mismo año, y otra de fecha 4 de abril de 2000, en las que se ratifica que ésta ha violado la ley Antimonopolios de dicho país, calificando su conducta de “depredadora”, señalando expresamente que se ha incurrido en una conducta concertada para violar la ley y que estos numerosos delitos son “hechos probados”.

Que entre los muchos argumentos presentados en esta demanda, sustanciada por el juez Thomas P. Jackson, se cuentan: la imposición de acuerdos comerciales; la obstrucción de acceso a la competencia en el mercado, atentando con ello contra mejores servicios y precios; desarrollo de prácticas anticompetitivas con el fin de mantener su monopolio; privación de libertad de elección a los consumidores; el “amarre” de productos, al obligar a comprar lo que no se quiere a cambio de poder comprar lo que se necesita; forzar a los fabricantes de PC a adoptar una secuencia uniforme de encendido y pantallas de apertura; entrar en acuerdos anticompetitivos con virtualmente todos los más grandes y populares servicios y proveedores de contenidos de internet, obligando a éstos a diseñar sus sitios de modo que se vean mejor cuando son mirados a través del programa internet Explorer que cuando son visitados a través de cualquier buscador de la competencia; afectar adversamente la innovación; restringir el comercio; suministrar productos con vicios ocultos; privar al consumidor de su derecho de hacer pleno uso de su computador, y violar gran parte de los derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Que, por lo anterior, Microsoft es actualmente investigado en la Unión Europea y se han tomado medidas jurídicas y administrativas preventivas en otros países, como es el caso de Brasil en nuestro continente, aunque en el caso de la Unión Europea, a los ilícitos juzgados en Estados Unidos se agregaron: la imposición del uso de una nueva versión, innecesaria y defectuosa de Windows, en este caso el programa Windows 2000, y la realización de inversiones con propósitos monopólicos en la industria del cable, buscando el control de internet desde sus dos extremos: la entrada intangible mediante su programa internet Explorer y el acceso material mediante la utilización de cable, la transmisión de datos y de señales de TV, “autopistas” de la información, por donde ésta fluye desde y hacia los usuarios.

Que los diversos ilícitos en que Microsoft incurre, en su condición de monopolio global, y las importantes y cada vez más frecuentes exacciones que impone sobre más de quinientos millones de usuarios de computadoras personales en el mundo, afectan muy especialmente a todos los jefes de hogar, a los estudiantes y profesores de nuestro país, así como también afectan gravemente a todas las empresas de Chile, especialmente a las Pymes y, peor aún, afectan directamente el presupuesto del Estado de Chile.

Que el costo que las actividades ilegales de Microsoft tienen para Chile se estima, según los especialistas, en alrededor de 800 millones de dólares anuales, cifra que ha venido creciendo exponencialmente, multiplicándose por cinco, cada cinco años, por lo que, de no mediar acciones oportunas de la autoridad representará más del 20% del valor de nuestras importaciones en el año 2005.

Que existe una solicitud de investigación de fecha 24 de abril de 2000, dirigida a la honorable Cámara de Diputados, suscrita por diversos especialistas nacionales que alertaron acerca de estos graves problemas y solicitaron a esta Corporación investigar y tomar medidas de protección ante las actividades ilícitas que desarrolla Microsoft en Chile.

La Cámara de Diputados acuerda:

Mandatar a la Comisión de Ciencias y Tecnología para que amplíe el alcance de los objetivos que persigue, convertida en Comisión investigadora, en “la problemática actual y futura que puede generar la inscripción de registros de dominio” en el uso de internet -de acuerdo con lo establecido en el proyecto de acuerdo Nº 470-, encomendándole, además, que investigue acerca de los ilícitos que la justicia norteamericana así como las investigaciones de la Unión Europea y otros países han establecido como cometidos por Microsoft y los daños que de ellos se derivarían para nuestro país; y haga las propuestas legislativas y reglamentarias pertinentes, investigando, además, las circunstancias que rodean la “campaña antipiratería” que desarrolla la ADS; formulando las propuestas legislativas y reglamentarias tendientes a evitar los daños que significaría para la economía chilena esta campaña y para informar a las empresas nacionales, y muy especialmente a las Pymes, de sus derechos y de sus posibilidades de defensa frente a ésta”.

-o-

II. NÓMINA DE LAS PERSONAS RECIBIDAS EN LA COMISIÓN.

1. Señor Álvaro Díaz Pérez, subsecretario de Economía;

2. Señor Patricio Poblete Olivares, director de NIC-Chile;

3. Señora Margarita Valdés, abogada asesora de NIC-Chile;

4. Señor Ignacio Jara Valdivia, jefe del Programa Enlaces, del Ministerio de Educación;

5. Señor Nicolo Gligo, director de Prospectiva y Estrategia Internacional de Corfo;

6. Señor Rodrigo González R., gerente General de la Empresa Max Media;

7. Señor Guillermo Carey, miembro del Comité Asesor de NIC-Chile y miembro electo de Domain Name Supporting Organization (Dnso), que constituye un consejo asesor de Icann;

8. Señor Rodrigo Rojas Palma, abogado de la Sociedad Nacional de Procesamiento de Datos S.A. (Sonda);

9. Señor Sergio Amenábar, presidente de la Asociación Chilena de Propiedad Industrial (Achipi);

10. Señor Andrés Echeverría, secretario de la Asociación Chilena de Propiedad Industrial (Achipi);

11. Señor Rodrigo Alonso Aguirre, gerente general de Microsoft Chile S.A.;

12. Señor Antonio García Varela, director de Consumidores en Acción ONG (Conaccion);

13. Señor Jorge Miguel Otero, asesor jurídico de la empresa Microsoft Chile S.A.;

14. Señor Eduardo Castillo, presidente de la Comisión Nacional de Propiedad Intelectual (Conapi);

15. Señor Humberto Carrasco, magister en derecho informático;

16. Señor Alberto Contreras, abogado;

17. Señor Osvaldo Schaerer de la Vega, presidente de la Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de la Información (Acti);

18. Señor Enrique Fanta Ivanovic; subdirector del Proyecto de Reforma y Modernización del Estado.

-o-

III. ANTECEDENTES SOLICITADOS.

Asimismo, la Comisión remitió los siguientes oficios requiriendo antecedentes:

1

IV. SÍNTESIS DE LAS OBSERVACIONES FORMULADAS POR LAS PERSONAS INVITADAS A LA COMISIÓN.

1. Señor Álvaro Díaz Pérez, subsecretario de Economía.

Señaló el señor Díaz que el sistema de asignación de nombres de dominio en el país ha sido implementado por el Departamento de Ciencias y Computación de la Universidad de Chile, entidad afiliada a Icann, que actúa a través de NIC-Chile, que es en definitiva la entidad chilena que asigna nombres de dominio en nuestro país.

En cuanto a NIC-Chile, el señor Díaz expresó que es una entidad que opera a través de un reglamento dictado por la Universidad de Chile, el que tiene efectos externos.

Informó que, al respecto, se ha constituido un grupo de trabajo, que tiene por objeto:

1. Analizar la naturaleza de los nombres de dominio y estructura del domain and system a nivel internacional.

2. Relación de los nombres de dominio con otros derechos preexistentes, como el derecho de marca o derecho marcario.

3. Procedimiento de solución de controversias.

El señor Díaz analizó, a continuación, la política que debería implementar el Supremo Gobierno, sobre nombres de dominio, lo que ha sido valorado últimamente.

Aclaró que los nombres de dominio tienen dos aspectos:

a) Un número que permite identificar un computador o un grupo de computadores en la red y b) un nombre.

Con motivo de la expansión de la red internet se han producido, respecto al tema del nombre de dominio, múltiples conflictos y controversias, los que deberían ser resueltos con las siguientes directrices:

1. Velar por el crecimiento de internet.

2. Que el nombre de dominio ayude al fomento de contenidos.

3. Que se logre eficiencia en la gestión de los nombres de dominio.

En cuanto a la labor realizada por NIC-Chile, el señor Díaz expresó que tiene una evaluación positiva, su accionar ha sido eficaz y ha facilitado su crecimiento. Sin perjuicio de lo anterior, cree que es necesario que se dicte una legislación que regule los puntos antes detallados; en especial, perfeccionar el reglamento de NIC-Chile para asegurar transparencia e imparcialidad en el sistema de designación de árbitros y los procedimientos para abaratar los costos del arbitraje.

Estimó el señor Díaz que es necesario asegurar la protección en materia de marcas, lo referido a algunos nombres de dominio público, que es de toda la Nación y de todos los chilenos (parques, el océano, el aire, etc.). De acuerdo a las disposiciones de la ley Nº 19.300, el nombre Chile no se puede registrar, no así un nombre relacionado con Chile, por ejemplo: “Banco de Chile”, “Laboratorio Chile”.

En cuanto a la situación particular ocurrida con el nombre “Chile.cl”, puede informar que los antecedentes de que dispone son los mismos ya expuestos anteriormente por el señor Poblete. Aclaró eso sí que la carta exhibida en sesión anterior, en la que se recomendaba la asignación del dominio a la Fundación “Región y Desarrollo” por parte del ex ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción señor Álvaro García, se sustenta en que la asignación de dominio la efectúa una entidad privada, que tiene una potestad delegada por una entidad internacional.

Reiteró el señor Díaz que el dominio “Chile.cl” es propiedad de la Nación, por lo que no debiera estar en manos de una empresa privada, ya que el nombre cumple con el requisito de exclusividad.

Por otro lado, estimó el señor Díaz que el trabajo realizado sobre la materia por el Gobierno ha sido bueno, a pesar de que existen conflictos a la fecha, en particular, sobre derecho de propiedad de preexistencias.

-o-

2. Señor Christian Nicolai Orellana, subsecretario de Telecomunicaciones.

Señaló el señor Nicolai que es importante analizar los procedimientos aplicados por NIC-Chile para inscribir dominios, ya que lo esencial es evitar que se utilicen nombres de dominio que puedan afectar los derechos de personas y de empresas e impedir que se efectúen inscripciones abusivas que tengan por finalidad obtener una ventaja, en especial, económica.

Estimó que debe cuidarse la confianza de los usuarios de internet, con el fin de entregar seguridad al utilizar los portales para comprar o vender a través del comercio electrónico o para emprender sus propios negocios.

Informó que el proceso de inscripción de nombres de dominio en el país ha sido objeto de análisis por parte de una mesa de trabajo, que la integran la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la Subsecretaría de Economía, NIC-Chile y otros entes públicos y privados. Sobre el particular, se está trabajando en dos vías de acción paralelas: la primera, en la formulación de un código de prácticas de registro; la segunda, en la formulación de una indicación del Presidente de la República al proyecto de ley que modifica la ley de Propiedad Industrial, que tiene por objeto configurar la “cyberocupación”, que consiste en la ocupación de nombres de dominio con alguna intencionalidad distinta a la que tienen habitualmente dichos nombres, que es la de identificar un tipo de servidor.

En cuanto a la piratería de software, comparte la preocupación manifestada en torno a la extensión de la campaña emprendida actualmente para su control. Se piensa que quienes han emprendido esa campaña, tienen alguna facultad fiscalizadora, a pesar de que ésta corresponde sólo a los tribunales de justicia.

El señor Nicolai agregó que la materia en análisis no es regida por la ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, ya que corresponde al ámbito de la ley Nº 17.336, de Propiedad Intelectual, por lo se puede concluir que el ente público facultado para velar por el cumplimiento de dicha ley es el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, a través de su Departamento de Propiedad Industrial.

Se puede afirmar que existe un interés legítimo de las empresas distribuidoras de software de salvaguardar la integridad de su producto, evitando su reproducción en contravención con la ley.

Respecto de la materia en discusión, el señor Nicolaí informó que no corresponde emitir un sustento legal que induzca a la piratería o a no respetar los derechos de propiedad correspondiente, especialmente cuando, desde el punto de vista de las políticas de gobierno, el interés ha sido avanzar en tecnologías de información en su uso dentro del país.

Con relación a la situación judicial que afecta a la empresa Microsoft, el señor Nicolai hizo una relación pormenorizada de las diversas etapas que ha seguido el proceso.

Por último, recalcó que los procedimientos expuestos no tienen efecto alguno en nuestro país, sin perjuicio de constituir antecedente para eventuales investigaciones que pudiese acometer la Comisión Resolutiva, a que se refiere el decreto ley Nº 211, de 1973.

-o-

3. Señor Patricio Poblete Olivares, director de NIC-Chile.

Expresó el señor Poblete que los nombres de dominio fueron introducidos como identificadores memo-técnicos, para recordarlos con facilidad y reemplazar a las direcciones IP.

Agregó que en la red de internet, los computadores se identifican por direcciones numéricas al estilo de un número de teléfono. Con el propósito de que los nombres fuesen fácilmente recordados por los usuarios, se implantó el sistema denominado nombres de dominio, el que se administra por delegación de autoridad.

Continuó el señor Poblete señalando que los nombres de dominio se clasifican en: a) genéricos (.com) y b) de países (.cl).

Luego, pasó a analizar el origen de NIC-Chile. Informó que se inicia en 1987, como un proyecto de la Universidad de Chile, dependiente del Departamento de Ciencias y Computación. Recalcó que la razón de que haya quedado en manos de la Universidad de Chile, se debe a que ésta fue la primera en solicitar en Chile la inscripción en el sistema de nombres de dominio, como “uchile.cl”.

La institución denominada Iana (autoridad para asignación de números de internet) le entregó a la Universidad de Chile la responsabilidad de administrar el sistema. Luego, Icann (internet Corporation for assigned name and numbers) confirmó a la Universidad de Chile en su administración, la que se cumple a través de NIC-Chile.

Con relación a la solución de controversias que se presentan, en especial, las relativas a ciberocupación, se estableció en 1999 la Udrp (Uniform Dispute Resolution Policy), que consiste en un panel arbitral que opera en línea, evitando la concurrencia personal y el procedimiento es más expedito.

Se informó, asimismo, que la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi) se encuentra estudiando diversas materias que permitan mejorar algunos problemas que siguen vigentes. Existe, además, un procedimiento de mediación previsto por NIC-Chile, el cual es gratuito y complementa el mecanismo de arbitraje, ya explicado.

Continuó el señor Poblete expresando que hay consenso de que no existe derecho de propiedad sobre los nombres de dominio, sino más bien una inscripción de uso, por lo que sí se desea ser dueño de un nombre se deben considerar otros mecanismos, como el de inscribirlo como marca registrada, ya que la mera inscripción como nombre de dominio no otorga propiedad.

Se refirió, a continuación, el señor Poblete a los problemas que se han presentado con ciertos nombres de dominio que podrían pertenecer al Estado. En el caso concreto, se trata de “Chile.cl”, que es un portal de información de nuestro país. Se informó que este dominio fue asignado por NIC-Chile en 1996, a la Fundación Región y Desarrollo, antes de que existiera un procedimiento escrito, que sólo se estableció en 1997.

Se aclaró que la resolución antes comentada habría contado con la aprobación del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En el año 2000, la Fundación comunicó que deseaba transferir el nombre de dominio “Chile.cl” a la empresa privada Maxmedia, medida que fue aceptada por NIC-Chile por lo que se perfeccionó la transferencia.

Frente a la situación expuesta, el señor Poblete señaló que se ha consultado a NIC-Chile la posibilidad de recuperar este nombre para el Estado de Chile, la que ha contestado que se debe recurrir a la Udrp, a fin de solicitar la revocación.

Se refirió, luego a otra materia que a juicio del expositor, es de vital importancia; la necesidad de que se dicte una legislación sobre la materia, la que a la fecha no existe y sólo funciona con un reglamento interno, que no tiene validez legal.

Expresó el señor Poblete que es importante reparar el tema que se discute en dos niveles. Una caso particular es el de “Chile.com” y, en cambio, un caso general es el de “Chile.cl”. Recordó que existe una ley y un reglamento vigente hace 15 años. Cree que hoy corresponde compatibilizar ambos textos.

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4. Señora Margarita Valdés, abogada-asesora de NIC-Chile.

La señora Valdés se refirió, en primer término, a la participación de dominios en la red internet. En cuanto a los contenidos asociados a una dirección electrónica se encuentra, en primer lugar, al autor intelectual, quien requiere de un proveedor de servicios de internet (ISP) y quien entrega conectividad a la máquina para que la red global pueda ver los contenidos de una página particular. Por lo que, el acceso a internet se define como una gran conexión compuesta de distintos modos (computadores), los que a su vez están conectados a la red global.

El autor intelectual, conocido también como el proveedor de contenidos, es quien coloca en los servidores la información digitalizada, la cual puede consistir o no en obras protegidas por derecho de autor.

Luego, existe el soporte del contenido, que es el servidor de webhosting, que provee el almacenamiento de esos contenidos en los servidores conectados a internet, que son aquellos a los cuales los usuarios pueden acceder.

Existe un tercer sujeto, conocido como el proveedor de servicios de internet, que es quien da conectividad o acceso al contenido.

En cuanto al sujeto es la red internet, como conjunto de computadores conectados mundialmente.

El quinto es el proveedor de servicios al usuario, que ofrece al público en general, el acceso a la red mediante una conexión a servidores propios.

Finalmente, existe el usuario final o público consumidor.

La señora Valdés agregó que en cuanto al sistema de nombres de dominio, existen dos clases: los nombres genéricos, que son sufijos que aparecen después de un punto y que no identifican territorialmente una máquina o una dirección electrónica y los códigos de país, que son los dominios que identifican geográficamente el registro.

Informó la expositora que los nombres de dominio pueden ser usados desde cualquier computador o servidor y desde cualquier parte del mundo.

Los nombres de dominio tienen diversas aplicaciones, a saber:

a) Protocolo de transferencia de archivos (FTP).

b) Correo electrónico (e-mail).

c) Intranet.

d) La web.

En cuanto a la reglamentación que se aplica a NIC-Chile, ésta corresponde a un contrato y no a una norma interna universitaria. Es un contrato de adhesión mediante el cual NIC-Chile se compromete a prestar determinados servicios. Esta reglamentación considera un sistema de revocación de inscripciones que resuelve controversias que se puedan suscitar por instrucción de nombres de dominio idénticos a marcas registradas.

Agregó la señora Valdés que respecto de publicaciones y sus consecuencias, el nombre de dominio puede tener un destino o un uso de una persona jurídica o natural determinada.

Informó la expositora que de los 65 mil dominios inscritos bajo la extensión “.cl” en este momento hay un volumen importante que responde a una protección marcaria, es decir, las empresas registran el nombre en los estudios jurídicos para proteger la identificación marcaria de sus clientes.

Respecto de las inscripciones de nombres de dominio, ellas sólo generan derechos personales ya que no existe propiedad sobre los nombres de dominio. Es un identificador electrónico en el cual no se aplica el contexto de la propiedad industrial, por lo tanto se generan derechos personales sobre los cuales hay propiedad. En este caso, es el contrato de servicio que asocia a un solicitante con un identificador bajo el registro “.cl”.

La señora Valdés informó que el 60,2 por ciento de los dominios inscritos corresponde a personas jurídicas y el 39,8 por ciento restante a personas naturales. Además, todos los nombres de domino están activos en la extensión “.cl”. Sin embargo, no se ha podido cuantificar cuántos efectivamente se están utilizando porque para NIC-Chile, desde el momento en que un nombre aparece en las tablas de la extensión “.cl”, significa que se trata de un dominio activo.

Respecto de nombres, el volumen completo del registro bajo “.cl” está activo, pero no todos tienen un servidor de nombre que los aloje, ya que muchos responden a registros de protección marcaria que a veces son derivados de palabras parecidas, pero que no necesariamente se están usando como identificadores.

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5. Señor Ignacio Jara Valdivia, jefe del Programa Enlaces, del Ministerio de Educación.

Expresó el señor Jara que desde hace 10 años, el Ministerio de Educación viene desarrollando un programa denominado “Enlaces”, orientado a introducir tecnología en el sistema escolar primario y secundario.

En la actualidad, este programa cubre el ciento por ciento de la educación secundaria y el cincuenta por ciento de las escuelas básicas del país, lo que representa más o menos un 90 por ciento de los establecimientos que cuentan con matrícula subvencionada, otorgando una cobertura casi total. Es así que se puede afirmar que los jóvenes y niños de Chile están estudiando en establecimientos educacionales donde existe algún grado de tecnología y, en la mayoría de ellos, con acceso a internet.

Agregó que el cincuenta por ciento de las escuelas que no cuentan con el servicio de internet son rurales. En Chile hay alrededor de cuatro mil de éstas, de las cuales 3.500 cuentan con uno, dos o tres profesores. Son escuelas muy pequeñas que se encuentran ubicadas entre la octava y la décima región. Existe un compromiso de que al año 2005 se tendrá cubierto el 50 por ciento restante.

Informó el señor Jara que este año se han incorporado mil nuevas escuelas al Programa. Es importante señalar que el 75 por ciento de los establecimientos educacionales conectados a la Red Enlaces poseen servicio de internet completo. El veinte y cinco por ciento restante tiene acceso sólo a correo electrónico.

La empresa Telefónica CTC ha proporcionado a todas aquellas escuelas que posean cobertura telefónica una línea especial y servicios de internet en forma absolutamente gratuita. Es un servicio conmutado, básico y de tipo domiciliario.

El señor Jara señaló que el proceso anterior ha convertido a las escuelas y, particularmente, a los profesores en un foco principal de atención, ya que éstos diseñan las actividades de aprendizaje de los niños. Por lo anterior, el Ministerio de Educación no sólo se ha preocupado de proporcionar infraestructura y capacitación a los profesores, sino que también de proveer contenidos en software educativo y en internet, relevantes para un uso educativo de la tecnología.

En respuesta a una consulta, el señor Jara informó que el proyecto piloto partió en la década del 90, con apoyo del Banco Mundial, como parte del Programa Mece.

Agregó el expositor que alrededor de un 25 por ciento de la inversión realizada en las escuelas se canaliza hacia la capacitación. Aproximadamente se emplean cien horas de capacitación en las mismas escuelas, en el mismo lugar de trabajo de los profesores, por una universidad cercana al establecimiento educacional, con sesiones de dos horas, una vez a la semana, durante dos años. Se han hecho convenios con veinticuatro universidades a lo largo de todo el país.

Agregó el señor Jara que al Ministerio le interesa dos cosas: primero, que la infraestructura en que se ha invertido, también pueda ser aprovechada por la comunidad local, cuando no sea usada por la escuela misma, a modo de “infocentros”.

En segundo lugar, se desea incorporar al Programa a los padres, para que participen de los beneficios de éste y se puedan comunicar con sus hijos, alumnos que se encuentran preparados en el sistema.

En cuanto al Programa de telefonía rural, el señor Jara informó que la coordinación que había hasta el año 2000 fue tardía, ya que no se llegó a zonas rurales, por lo que se priorizó, por parte del fondo de Telefonía Rural, las localidades donde habría una escuela.

En la segunda fase de este Programa, que se inició a partir de este año, la Subsecretaría de Telecomunicaciones ha considerado una ampliación de la versión anterior, en dos sentidos: primero, que no sólo se invierta en telefonía, ya que se ha hecho un enorme esfuerzo en infraestructura, líneas de datos y satelitales, sino también en internet y en servicios que ayuden a la comunidad no en sentido tecnológico, sino mediante la coordinación de los distintos servicios públicos para que sea utilizado en el almacén de la plaza, la escuela, el consultorio, etc.

Se estimó por parte del Ministerio de Educación, que a través de este Programa se podrá resolver una parte del desafío de dotar de internet a las escuelas rurales, debido a la focalización y al nivel de recursos que presentan. Es así, que se decidió no esperar a que llegara la línea telefónica o algún medio de comunicación para dotar de computadores a las escuelas rurales, porque éstas, aunque no cuenten con las líneas de comunicación necesarias para conectarse con internet, constituyen un gran apoyo a la labor docente de los profesores.

Se informó que nuestro país en el único en Latinoamérica que participa en la evaluación del impacto educativo del uso de tecnología en las escuelas, cuyos resultados estarán disponibles para fines del año 2002 o a principios del 2003.

Terminó el señor Jara señalando que todavía hay mucho que aprender sobre la materia y que hay que realizar una gran labor con los docentes para alcanzar un aprovechamiento real y educativo de estas tecnologías.

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6. Señor Nicolo Gligo, director de Prospectiva y Estrategia Internacional de la Corfo.

Informó el señor Gligo que Corfo ha intervenido activamente en el proceso de facilitación de acceso a la adquisición de computadores por parte de pequeños y medianos empresarios, adheridos a Pymes y de profesores. Es así que se promovió un primer programa que consistía en el financiamiento para la adquisición de seis mil computadores. Este programa se adjudicó al consorcio Sonda-Compag-Telefónica y parte del resultado ha sido la venta de tres mil computadores, de los cuales el 75% corresponde a profesores y el 25% a microempresarios.

Agregó el expositor que, para partir con el programa, se implementó una campaña publicitaria a través de los medios de comunicación y que se estimó que los equipos podrían venderse en un 30% menos de su valor en el comercio.

Respecto a la intervención de Corfo en el programa, se informó que ésta actúa como articulador y como garantía de los créditos que se otorgan a los usuarios.

Se aclaró que Corfo llamó a una licitación pública por la venta de 100 mil computadores, en lotes de 10 mil cada entrega.

En cuanto a la evaluación del programa, el señor Gligo expresó que ésta ha sido buena, respecto al sector docente. Los microempresarios han sido más lentos en incorporarse al programa, por lo que ha sido necesario implementar capacitación y promoción publicitaria.

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7. Señor Rodrigo González R., gerente general de la empresa Maxmedia.

Se refirió, en primer término, al dominio “Chile.cl”, su origen, la legitimidad de la titularidad y el actual uso y administración.

Señaló que en 1996, la Fundación “Región y Desarrollo” solicitó el registro de este dominio a NIC-Chile. Este proyecto tiene como principal objetivo desconcentrar y potenciar las regiones del país a través de este mecanismo que busca acelerar las oportunidades de inversión y turismo en cada una de las regiones del país.

En 1999 la Fundación decidió que no se encontraba en condiciones de seguir con el objetivo exitoso de este desarrollo de la regiones por lo que llamó a licitación privada para transferir el dominio “Chile.cl.”. Se resolvió ésta a favor de la empresa Maxmedia, la que asumió todos los compromisos y contratos que tenía la Fundación “Región y Desarrollo”, con Intendencias y Gobernaciones.

Aclaró el señor González que el gobierno fue informado de esta situación, en particular, a través de la señora Josefina Bilbao, ex Intendente de la V Región, sobre el rediseño del proyecto y su lanzamiento.

Asimismo, se realizaron varias reuniones de trabajo e información entre Maxmedia y el subsecretario de Desarrollo Regional, el de Economía, y ejecutivos de Pro-Chile.

Se refirió, a continuación, el señor González a la situación de “Chile.com”. Es un proyecto que se inició en marzo de 2000, pero está en internet a partir de noviembre del año pasado. Este dominio permaneció largo tiempo en poder de unos señores de apellido Rozas, de nacionalidad peruana. Hoy día este dominio es de propiedad de la empresa Maxmedia, y es un proyecto patrocinado por Sofofa, apoyado por Corfo y con aportes de Fontec. Constituye un canal de comunicación hacia el mundo, con un fuerte apoyo en lo tecnológico.

Respecto a la necesidad de legislar sobre la materia en debate, el señor González se manifestó acorde pero con limitaciones, dado que los dominios de los países son absolutamente distintos. Tal es el caso de “Chile.cl”, que tiene una historia que es importante analizar.

Afirmó el expositor que “Chile.com” es una empresa comercial, con fines comerciales legítimos. En cambio, “Chile.cl”, es un proyecto diferente, que no busca lucrar y que se encuentra al servicio de todas las regiones del país, pudiendo ser utilizado por cualquier organismo tanto público como privado.

En cuanto al uso del dominio “Chile”, informó el señor González, que la empresa Maxmedia tiene plena conciencia del uso que debe hacer del nombre “Chile”, sólo pretende potenciar el desarrollo de la informática en nuestro país.

Luego, el señor González se refirió al factor educación, que permitirá al país ser competitivo a nivel mundial. Estimó que es de suma importancia que se propicie una iniciativa que tenga por objeto formar personas que sostengan el desarrollo digital del país en el siglo XXI, es decir, preparar programadores especializados.

Se refirió, luego a la experiencia realizada en la India, donde existen escuelas que preparan niños especializados en Linux, en base de datos, en programación, etc., que al egresar obtienen rápidamente trabajo en empresas norteamericanas que existen en el país.

Afirmó el señor González que es importante enseñar a usar el computador y agregarle valor. Estimó que se debe cambiar el criterio vigente de invertir en capacitar personas que, al final, no van a tener ninguna oportunidad laboral para superarse socialmente en términos económicos. Cree que hoy existen oportunidades.

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8. Señor Guillermo Carey, miembro del Comité asesor de NIC-Chile y miembro electo de Domain Name Supporting Organization (Dnso) que constituye un consejo asesor de Icann.

Explicó que Icann es el organismo encargado de regular, a nivel internacional, tres elementos fundamentales respecto de internet:

a) Números IP, que equivale al número de teléfono en internet;

b) Los protocolos de comunicación; y,

c) El sistema de nombres de dominio, que corresponde a la palabra que identifica un número y hace más fácil entender y ubicar a las empresas en internet.

Para cumplir la finalidad antes mencionada, Icann se ha dividido en tres organismos:

a) Supporting Organization (encargada de los números IP);

b) Organización de Protocolo; y,

c) Organización de nombres de dominio. (De esta forma parte el señor Carey).

Por su parte, explicó que Chile, a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, está preocupado del tema de internet y de la inscripción de nombres de dominio, para lo cual se ha formado una comisión, la cual ha llegado a las siguientes conclusiones, no taxativas:

De acuerdo a la ley chilena, no existe propiedad respecto de un nombre de dominio inscrito en internet, no obstante que la palabra objeto de ese nombre sea un identificador importante de una empresa o servicio. En Chile, la propiedad de una palabra sólo se puede adquirir de acuerdo a la ley, y ésa es la ley de propiedad industrial, que regula la constitución de marcas.

Como consecuencia de lo anterior, NIC-Chile no puede constituir un derecho de propiedad sobre un nombre de dominio de internet en beneficio de un usuario. Este último sólo se constituye en titular de los derechos personales que emanan del contrato respectivo celebra-do entre él y NIC-Chile.

Explicó que la tarea de NIC-Chile consiste en asociar una palabra (que puede o no ser del solicitante) a un número IP -que es la dirección del computador en internet-, por lo cual se paga una cantidad de dinero como consecuencia del servicio prestado. El titular de ese nombre de dominio puede transferir sus derechos a un tercero para que sea este último quien pueda utilizar ese nombre en internet.

Indicó que en el ámbito internacional algunos países han regulado el sistema de otorga-miento de nombres de dominio, entendiendo por ello la creación de una normativa sistemática que les otorgue una calidad jurídica determinada. A juicio del señor Carey, ello no es necesario en Chile pues basta con la aplicación de las leyes actuales y con la existencia de un reglamento que determine cómo debe operar NIC-Chile.

Aún no se ha concluido unívocamente sobre la factibilidad de establecer un sistema de filtro o chequeo previo con la finalidad de que NIC-Chile pueda detectar algunas irregularidades respecto de los nombres cuyo dominio se solicita para ser utilizado en internet. Esto se trató de hacer con aquellos nombres o marcas internacionalmente famosas, pero el sistema es colapsable atendido que un mismo nombre puede tener varios usuarios y estar inscrito en registros marcarios distintos, dependiendo de la clase o categoría para la cual se solicite el registro respectivo. Es decir, agregó, el nombre de dominio es una manera de usar una palabra en internet, pero es factible -y sucede- que, por ejemplo, una marca esté registrada por personas distintas en categorías distintas.

El señor Carey se refirió a la forma de resolver las controversias que se pueden presentar con ocasión de los nombres de dominio. Al respecto, señaló que Icann redactó un reglamento donde se establecen ciertas políticas para resolución de disputas en el ámbito internacional. Distinto a ello, agregó, es el determinar cómo se ejecutarán esos fallos.

Finalmente, indicó que a su juicio, en el futuro los nombres de dominio dejarán de ser importantes pues, en el ámbito internacional cada día se están lanzando nuevos dominios, como “.biz”, “.pro”, etc., de tal manera que una persona que registre su nombre “xxx.com” tendrá que hacerlo también como “xxx.biz”, “xxx.pro” y tantos como dominios existan, por lo que se perderá el interés por proteger tantos dominios. Así, estimó que, con el tiempo los derechos de propiedad prevalecerán por sobre los derechos de uso, lo que hace indispensable estudiar los mecanismos adecuados para potenciar la marca por sobre los dominios.

Mencionó algunas de las infracciones que se cometerán en el futuro vía internet:

-Abuso de los nombres en la utilización en internet a través de las palabras claves en los identificadores. Ejemplo: cuando se busca Coca Cola, puede además de ella, salir Pepsi si esta empresa, dentro de su información, señala que es la competidora número uno de Coca Cola.

-Hipervínculos y banners. Los hipervínculos son aquellos que aparecen resaltados en las páginas web y que al pincharlos nos envían a otro sitio web; los banners son los carteles publicitarios que aparecen en las páginas web y que, también al pincharlos nos conducen a otra página web. En ambos casos, se pueden producir abusos de marcas registradas que no necesariamente constituyen dominios.

-Framing o enmarcados. Los buscadores colocan avisos publicitarios en la parte superior de las páginas web. Ejemplo: el buscador coloca una publicidad de Pepsi, y cuando se abre la página web de Coca Cola, aparece arriba, igualmente, el aviso de Pepsi.

Manifestó que, mucho se ha dicho respecto a que el desarrollo de internet depende del impulso que le dé la empresa privada. Sin embargo, a su juicio, eso puede suceder en aquellos lugares donde el nivel de educación de la población es elevado, pero en países como Chile, el Estado debe asumir un rol protagónico en este tipo de actividades, desde la perspectiva educacional y de infraestructura.

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9. Señor Rodrigo Rojas Palma, abogado de la Sociedad Nacional de Procesamiento de Datos S.A. (Sonda).

Su exposición se centró en dos temas:

1. Nombres de dominio. Esta fue la materia objeto de la invitación; y,

2. Participación de la empresa Sonda en el proyecto Enlaces. Éste, a raíz de la participación de un representante del Ministerio de Educación, quien expuso sobre la implementación de ese proyecto a nivel de país.

Señaló que los nombres de dominio nacen como identificadores de lugares, pero más allá de eso pueden considerarse un activo muy importante, lo que ha generado una problemática, pues todos lo consideran un equivalente a una marca comercial. Sin embargo, aclaró que no es lo mismo una marca que un nombre de dominio -sus sistemas no son equivalentes-, lo que ha generado que la coexistencia entre ambos no sea armónica. Es en esta situación donde han surgido las mayores dificultades entre los nombres de dominio y sus extensiones, llamadas Top Level Domains -TLD’s-, que es el primer nivel que se asocia a un nombre.

Indicó que, entre los abogados, aún no hay consenso en cuanto a qué es un nombre de dominio. Para unos es el equivalente a una propiedad industrial o intelectual; para otros no es propiedad, pues no puede concederse la propiedad de algo sino en virtud de una ley. Para estos últimos lo que habría es un derecho a utilizar un nombre. Así, para arribar a un consenso y definir qué es un nombre de dominio, se analizan las dos posiciones antagónicas: en tanto para unos es un bien que se puede vender, para otros es el derecho a usar un nombre después de un pago convenido.

Es importante destacar que el tema en sí es relevante, pues los nombres de dominio, más allá de su rol identificador, constituyen un activo muy importante para las empresas, para las organizaciones no gubernamentales y para las personas en general. Por lo mismo, se han planteado muchas discusiones respecto de los permisos que se otorgan. De hecho, en Chile ha habido procesos que se han sometido al conocimiento de NIC-Chile, como el caso de cartagena.cl, que es propiedad de un particular luego de conocerse el fallo arbitral de que fue objeto. Por tanto, lo que la persona tiene derecho a transferir es la calidad de asignatario del nombre.

Por otro lado, agregó que, el sector privado reconoce que la labor de NIC-Chile en estos años ha sido correcta, partiendo por la administración del dominio “.cl”, que opera como el distintivo de Chile. Sin embargo, hizo hincapié en que las empresas han tendido a no identificarse con un país determinado, sino con una actividad, como es el caso de los sitios “.com”. Por ejemplo, Sonda S.A. tiene registrado los dos dominios, pues les interesa aparecer en el mundo comercial y no quieren que se desvirtúe esta presencia. De lo contrario, la tendencia -que ha sido en otros lugares bastante común- será que se vayan hacia “.com”, dejando sus países como distintivos.

Hoy están a punto de aprobarse otros TLDs, que se agregarán a los conocidos como “.com”, “.org”, “.net”, “.mil” “.int” y “.el”, que son: “.biz”, para negocios; “.pro”, para profesionales; “.museum”, para museos; “.aero”; “.info”; “.coop”, para las cooperativas, y “.name”, para cualquier persona. Es decir y siguiendo estos parámetros, perfectamente se podría registrar el dominio “rodrigorojas.name”.

De esa manera es como se está enfrentando un proceso de desarrollo del área y la extensión “.cl” podría perder relevancia. Porque si se escoge la extensión “.name”, se reconocerá a “rodrigorojas.name”, pero si se elige el TLD “.cl”, sólo se sabrá que “rodrigorojas” es de Chile.

Esta materia tiene sus inconvenientes, sobre todo si se considera que detrás de esto subyace la protección del principio de propiedad. Porque si se quiere registrar y proteger una marca, habrá que hacerlo en 42 clases o categorías, pero si se le quiere dar protección a nivel mundial, se deberá registrar en 9 TLDs. Sólo así habrá amparo. Esto, claro está, llevando a la exageración el principio de protección.

En conclusión indicó que, a su juicio, se está frente a una situación en la que si no se protege el dominio “.cl”, se le restará fuerza. Expresó que en eso hay acuerdo.

Señaló que, a su juicio, NIC-Chile ha tenido un correcto desempeño durante estos años; pero hay cosas que se deben mejorar. Por ejemplo, para saber si el nombre “rodrigorojas”, por ejemplo, está solicitado, habría que entrar a una página web del NIC, ponerlo en un casillero y ver si está pedido o no, debiendo hacer el ejercicio regularmente como quien lee habitualmente el Diario Oficial. Ahora, obviamente, la publicidad del Diario Oficial tiene un alcance que, independiente que no todos los chilenos lo lean, asegura que la presunción legal esté ahí: es el que protege y, en definitiva, da seguridad y certeza al sistema.

Lo mismo sucede con el eventual rechazo de plano de ciertas solicitudes o de registros de nombres, de países o instituciones, que es lo que pasó con Chile y con algunos nombres que se han señalado. Expresó, a modo personal, que esas solicitudes debieran rechazarse de plano. O sea, debiera regularse el sistema, de tal forma que, salvo que sea el Estado el que lo pida, no se aprueben los otorgamientos de nombres como “cortesuprema”, “regionmetropolitana” o “ministeriodelavivienda”. La postura del NIC-Chile ha sido: “Si usted quiere protegerlo, pídalo. Pida todos los ministerios, todos los “chile” y todas las posibilidades que se le ocurra”. Ello es factible y, por eso, opinable. La tendencia en algunos países ha sido rechazar de plano esas solicitudes que sean cuestionables desde el punto de vista de lo que se trata de proteger.

Agregó que sí está de acuerdo con el sistema vigente para solucionar las controversias. Respecto a la integración del cuerpo arbitral, indicó que está integrado hoy por ocho personas, abogados bastante prestigiosos -algunos pertenecen a estudios de importancia- que se han destacado en el estudio de este tema, pero que, en algunos casos, también participan de empresas que registran marcas. Entonces, a su juicio, le parece cuestionable que alguien que está registrando marcas o dominios, pueda ser el juez de una situación en la que pueda verse afectado, aun cuando se inhabilite. Existe poca información respecto a cómo opera dicho sistema de integración.

Expresó que otro tema que debe preocupar dice relación con la circunstancia que NIC-Chile está regulado por un reglamento, que no tiene carácter vinculante, porque no está regulado por una ley o un decreto; ello convierte a la relación contractual que se crea, implícitamente, en una adhesión. O sea, al solicitar el registro de un nombre de dominio, lo que se hace es declarar la aceptación íntegra de las normas del reglamento y la obligación de acatarlas y someterse a los procesos respectivos.

Asimismo, el señor Rojas hizo referencia a la ciberocupación. Señaló que es incuestionable que la sociedad se debe proteger de personas inescrupulosas que de pronto tratan de hacer negocio y comienzan a registrar nombres como Coca Cola, Pepsi Cola, Fanta, Sprite, para luego venderlos. En todo el mundo hay experiencias bastante consistentes al respeto.

Por las consideraciones señaladas, indicó que debiera regularse legalmente -no todo, pero sí algunas materias-, por ejemplo, asignar al reglamento de NIC-Chile un cierto valor y reconocimiento para que no constituya un contrato de adhesión. Eventualmente, podría establecer un sistema de solución de controversias que permita, por ejemplo, recurrir a otras instancias, como la Cámara de Comercio, o al simple arbitraje, o crear un sistema arbitral más abierto, que pudiera estar bajo la tutela de los tribunales superiores.

Finalmente, manifestó que es claro que en el tema de la autorregulación -la empresa privada siempre pide que no la regulen-, aquí se está frente a un caso en que ella no es suficiente. Se requiere de un cierto marco jurídico legal o reglamentario vinculante para todos, porque este es un activo muy importante, como las marcas, y éstas tienen una consagración de carácter legal, con un reglamento, con una autoridad pública y con tribunales, es decir, con un sistema de respaldo complejo y completo. Las implicancias jurídicas y los conflictos que han sucedido llaman a una necesaria regulación. Ejemplo claro, indicó, es el haber inscrito como nombre de dominio “chile.cl” para una empresa privada y no para el Estado.

En el tema de Microsoft, el señor Rojas expresó que lo importante es considerar medidas para mejorar nuestra legislación sobre propiedad intelectual, ya que la última modificación que se hizo a la ley Nº 17.336 fue sólo para asimilar los programas computacionales a los libros, manteniendo una penalidad muy baja para sancionar la piratería.

Otra materia a la que se refirió el expositor es aquella relativa a que el propietario de un programa es quien lo desarrolla, garantizado por la Constitución Política del Estado como un derecho de autor. A esta situación se enfrenta la posible actitud de un empleado de una empresa que reclame autoría por un trabajo computacional que haya realizado para su empleador, basado en la Convención de Costa Rica, sobre Derechos Humanos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8 de la ley Nº 17.336.

Por último está el tema tributario. Existe una incompatibilidad entre los criterios que utilizan el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio Nacional de Aduanas, respecto del tratamiento de los software.

Informó el señor Rojas que al cancelar la licencia a un proveedor extranjero, se paga un impuesto adicional equivalente a un 30%. A su vez, Aduanas considera que la internación de un software empaquetado debería someterse a un derecho de Aduanas, más IVA. Por lo que se estaría cobrando dos impuestos sobre la misma mercadería importada.

El Servicio Nacional de Aduanas dispone que el importador debe elegir entre ambos impuestos, para pagar en definitiva.

Considera el expositor que lo expuesto es grave y debiera buscarse una solución.

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10. Señor Sergio Amenábar, Presidente de la Asociación Chilena de Propiedad Industrial (Achipi).

Hizo presente que su asociación ha estado muy preocupada del tema de la inscripción de los nombres de dominio atendido que está relacionado con la protección de marcas comerciales y con la propiedad intelectual. Conscientes de que esta tecnología se presta para cometer abusos, considera indispensable buscar las fórmulas adecuadas para prevenir situaciones que coloquen en riesgo la seguridad jurídica.

Su exposición la inició partiendo de la base de ciertos hechos constatables:

-Los nombres de dominio tienen estrecha relación con internet;

-Internet, por su misma naturaleza, es un instrumento rápido y eficiente, y esas características debe reunir la solución que se plantee para hacer compatible ambos elementos.

Bajo los anteriores parámetros existe una tendencia a no colocar cortapisas o impedimentos previos para la inscripción de nombres de dominio. Sin embargo, ello no ocurre en otros países, como en España -entre otros- donde se hace un análisis previo y se procede a la inscripción de nombres de dominio cuando lo solicita el titular del nombre comercial o de la marca comercial ya inscrita que corresponde al nombre de dominio. En Chile, NIC -por ser un organismo técnico, de acuerdo a su reglamento- sólo verifica que el nombre de dominio cuya inscripción se solicita no sea incompatible con otro ya inscrito.

En cuanto a la naturaleza jurídica del nombre de dominio, indicó que no se puede afirmar que ellos constituyan o no un derecho de propiedad, no obstante, claramente se trata de un elemento donde existe un interés que debe ser jurídicamente protegido.

Respecto del sistema de solución de controversias, indicó que la Asociación de Propiedad Industrial apoyó, en su oportunidad, a NIC-Chile para la conformación de un cuerpo de árbitros y la estructura para dirimir los conflictos que se puedan suscitar respecto de los nombres de dominio “.cl”. Chile ha sido el pionero en este sistema, y así se ha reconocido internacionalmente, como un modelo digno de imitar.

Señaló que, a su juicio, NIC-Chile ha funcionado en forma adecuada. No obstante ello, y por estar involucrados intereses públicos y privados de trascendencia económica y social, se hace necesario regular ciertas materias mediante ley, a saber:

-Sistema de solución de controversias, que funcione en forma independiente a NIC-Chile;

-Establecer que, en determinados casos, el organismo administrador de los nombres de dominio requiera en forma previa a una inscripción, el pronunciamiento de los tribunales arbitrales cuando ésta pudiera ir en contra de los derechos de terceros, de la moral o del orden público.

-Se regule alguna instancia de coordinación entre los distintos organismos administrativos que intervienen en el sistema y que tienen competencias relacionadas: el que administra la inscripción de nombres de dominio (en la actualidad, NIC-Chile); el Departamento de Propiedad Industrial dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; y, la Fiscalía Nacional Económica.

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11. Señor Andrés Echeverría, secretario de la Asociación Chilena de Propiedad Industrial (Achipi).

Hizo presente que, desde un punto de vista técnico, NIC-Chile ha operado muy bien, lo que hace innecesario -e incluso inadecuado- que el Departamento de Propiedad Industrial asuma la tarea de inscribir los nombres de dominio para internet.

Se refirió a la naturaleza jurídica de estos dominios. Internacionalmente, señaló que se ha aceptado que éstos no crean una propiedad (como sí lo constituyen las marcas). No obstante ello, indicó que en la práctica el sistema opera computacionalmente a través de lo que se conoce como “número IP”, que equivale al número telefónico y una persona podría digitar ese número IP para contactarse con una página de internet determinada. Sin embargo, para facilitar el acceso al mismo, se relacionó ese número IP con una determinada palabra, la cual -la palabra- debe ser comunicada al proveedor de internet para inscribirla como nombre de dominio. El nombre de esa palabra, a juicio del señor Echeverría, constituye una creación intelectual, pero no da origen a un derecho de propiedad para el titular atendido que para que ello ocurra debe existir una ley que así lo establezca.

La situación descrita ocurrió en forma similar en los comienzos de los software, donde no se discutía que ellos constituían una creación intelectual -su creación era producto del dominio de una ciencia o técnica-, pero no podían ser patentados como propiedad industrial pues no había ley que así lo dispusiera. Esa situación fue subsanada con la ley de propiedad intelectual, que los consideró objeto de protección de la misma.

Por tanto, el señor Echeverría es de opinión que el legislador debe regular los nombres de dominio y constituirlos en objeto de propiedad intelectual. Sin embargo, no es partidario de regular exhaustivamente todo el sistema y en forma tan reglamentada pues ello puede ocasionar el estancamiento del desarrollo en Chile y su acceso a internet, pues ésta avanza en forma vertiginosa.

En relación al tema de la situación que se ha producido con la inscripción de los dominios “chile.cl” y “chile.com”, señaló que, si bien aún no hay una solución categórica al problema, se ha discutido y conversado en el seno de la Comisión respectiva que funciona en el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Allí se ha planteado por NIC-Chile lo siguiente: cada contrato que tiene esa entidad con el titular de una inscripción de un nombre de dominio tiene una duración de dos años, luego de lo cual se debe suscribir un nuevo contrato; si eventualmente se hubiere producido una situación incorrecta, ello podría sanearse mediante el hecho de no celebrar el nuevo contrato. Asimismo, se señaló que NIC-Chile no es responsable de los dominios que inscribe, pues no es quien crea los dominios sino que sólo los inscribe.

No obstante lo anterior, se aclaró que, cualquiera sea la solución legislativa, judicial o administrativa que se adopte, ella operará sólo respecto de los dominios “.cl”, pues no existe jurisdicción ni competencia para los dominios “.com” u otros.

En cuanto al sistema de resolución de controversias, indicó que éste opera mediante tribunales arbitrales, cuyas sentencias tienen efecto relativo, esto es, para el caso y para las partes que intervienen en el juicio de que se trata. Este sistema ha sido patrocinado por NIC-Chile y aceptado contractualmente por las partes; por tanto, los fallos han sido cumplidos por esa entidad y acatados por las partes.

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12. Señor Antonio García Varela, director de Consumidores en Acción O.N.G. (Conacción). [1]

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13. Señor Rodrigo Alonso Aguirre, gerente general de Microsoft Chile S. A. [2]

El señor Alonso efectuó una detallada exposición, mediante el sistema de data show informando sobre la empresa Microsoft Chile S. A. el rol que cumple en el mercado, el modelo de negocio, la arquitectura de un computador y sus aplicaciones.

Luego, mediante el mismo sistema, se dedicó a desmentir las imputaciones que se formularían en el proyecto de acuerdo Nº 572, que aprobó la Cámara de Diputados, y que amplió la competencia de la Comisión, en particular, respecto al juicio incoado en Estados Unidos de América en contra de Microsoft, documento inserto en el presente informe.

Contestando consultas formuladas por algunos señores diputados, el señor Alonso señaló que no es cierta la información que ha circulado, en el sentido de que Microsoft habría adquirido la empresa Intuit y Macafee.

Además, informó que durante el año 2000, Microsoft vendió en el país, 36 millones de dólares aproximadamente, de los cuales el 30 por ciento correspondió a impuestos pagados al Fisco. Se puede comprar el Sistema Office entre 250 y 300 dólares y Windows entre 150 y 200 dólares.

Agregó el expositor que la empresa que dirige ha tomado varias medidas relacionadas con la dependencia que originaría Windows XP, siendo uno de ellas, la posibilidad de eliminar el Explorer.

Respecto de la forma como podría ser fiscalizada esta materia, señaló el señor Alonso que ellos se quedan con lo expresado por S.E. el Presidente de la República, en orden a hacer respetar la propiedad intelectual, con la aplicación estricta del instructivo presidencial dictado para tal efecto. Agregó que la campaña de educación de la propiedad intelectual Tolerancia Cero no ha afectado a las Pymes. Aún más, algunos de los miembros de la Asociación de Distribuidores de Software han generado una serie de ofertas interesantes para que las Pymes adquirieran en forma legal tecnología moderna.

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14. Señor Jorge Miguel Otero, asesor jurídico de la empresa Microsoft Chile S.A.

Expresó el señor Otero que por el trabajo de la Comisión, se está enjuiciando a una empresa privada, la que tiene un juicio pendiente en los tribunales de justicia.

Agrego el señor Otero que, a su juicio, la Comisión carecería de competencia para conocer de la materia, pero, que sin perjuicio de lo anterior, la empresa Microsoft se ha presentado a la Comisión para responder afirmaciones que serían equivocadas.

Expresó el expositor que en Chile la licencia de uso de software está afecta a un 30 por ciento de impuesto adicional, el que se paga al momento de remitir el pago al extranjero a la casa matriz. Es así que por cada dólar que se paga, 30 centavos de dólar van automáticamente al Fisco.

Aclaró que no paga I.V.A., ya que lo pagado es un impuesto de retención.

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15. Señor Eduardo Castillo G., presidente de la Comisión Nacional de Propiedad Intelectual (Conapi).

Expresó el señor Castillo que la función de la Comisión que preside es velar por el cumplimiento de las normas legales de la propiedad intelectual y, como consecuencia, impedir la piratería que se produce en el país.

Agregó que 19 instituciones integran la Comisión, entre las cuales se encuentra la Asociación de Distribuidores de Software, la que ha realizado una campaña similar en contra de la piratería.

Recalcó que tanto la Propiedad Intelectual, como la Propiedad Industrial constituyen una piedra angular de cualquier tratado internacional de cooperación o de comercio.

Señaló el expositor que en Chile ha existido una tolerancia absoluta para las personas que ejercen la piratería. Incluso el Servicio de Impuestos Internos ha informado que no puede fiscalizar al comerciante ambulante dado que no tiene calidad de contribuyente.

Se refirió luego, a su posición frente a ciertas declaraciones que se habrían emitido por un señor diputado, en el sentido de que no se pagarán las licencias de programas extranjeros importados hasta que se solucionaran algunas situaciones suscitadas con empresas proveedoras.

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16. Señor Humberto Carrasco, magíster en derecho informático.

Su exposición hizo referencia a los siguientes acápites:

-Naturaleza jurídica de los nombres de dominio;

-Alcances jurídicos de los dominios “chile.cl” y “chile.com”; y,

-Reflexiones relativas al juicio contra Microsoft en Estados Unidos;

-Campaña antipiratería de software en Chile.

Nombres de dominio. Es una expresión de la nemotecnia alfanumérica, que hace posible la comunicación entre los distintos computadores interconectados a internet; es lo que se conoce como números IP. Con el tiempo, dichos números IP fueron adquiriendo funciones accesorias como signos empresariales, distintivos de la personalidad, títulos de obras intelectuales, nombres de personas naturales o nombres de Estados, entre otros. Esta función accesoria adquiere importancia cuando los cyberocupadores toman dicho nombre para obtener un lucro.

En Chile, se genera un vínculo privado entre la entidad registradora de ese nombre y el solicitante del mismo. En otros países como Argentina y España, sin embargo, se crea una relación de carácter pública atendido que el sistema es administrado por una entidad estatal.

Sobre el particular, señaló que existen varias teorías, pero no se refirió al contenido de las mismas. Indicó que, en términos simples, del contrato suscrito entre el ente registrador y el solicitante nace un derecho personal a raíz de un contrato de adhesión.

Dominios “chile.cl” y “chile.com”. El señor Carrasco hizo presente que la situación que se produce con estos dominios es distinta dependiendo de uno u otro. Respecto de “chile.cl” existe un pronunciamiento del Consejo de Defensa del Estado, de fecha 15 de mayo de 2001, que señala que la apropiación del dominio “chile.cl” es nula, y de nulidad de derecho público. No obstante ello, expresó que, de acuerdo al reglamento de NIC-Chile, no procedería la acción de revocación en este caso atendido que ésa se contempla sólo para casos de uso malicioso de nombres, lo cual no ha ocurrido.

Sin embargo, respecto de “chile.com”, se trata de un nombre de dominio solicitado, adquirido y contratado fuera de territorio chileno, y pertenece a una empresa que tiene su domicilio en Estados Unidos. A su juicio, la alternativa correcta para que Chile obtenga ese dominio es a través del ejercicio de una acción judicial por parte del Estado de Chile, interpuesta en Estados Unidos, teniendo como fundamento jurídico las normas de derecho internacional correspondientes, a saber, Carta de Naciones Unidas y la Resolución Nº 2625, de 24 de octubre de 1970.

Reflexiones en torno al juicio contra Microsoft. Primeramente se hizo una referencia cronológica al juicio seguido por algunos estados de Estados Unidos de América en contra de Microsoft.

En seguida, analizó cuál es la repercusión que puede tener en Chile dicho juicio y lo que allí se resuelva. Sobre el particular, indicó que los efectos de esa sentencia y lo que allí se declare como conductas que atentan contra la libre competencia, no produce efecto alguno en Chile. Sin embargo, señaló que en la hipótesis que se logre probar en Chile que los consumidores son obligados a comprar internet Explorer cuando compran el sistema operativo windows, sería perfectamente aplicable las normas del decreto ley Nº 211; al parecer ello no ocurrirá atendido que Microsoft ha anunciado que no integrará internet Explorer en sus futuros sistemas operativos.

Campaña antipiratería efectuada por la Asociación de Empresas de Software (ADS). El señor Carrasco manifestó que es partidario de defender la legalidad del uso de los software en Chile, y su rechazo a las copias ilegales de los mismos. Sin embargo, por otra parte, no está de acuerdo con los abusos que se puedan cometer en una campaña contra la piratería de software, en que se puede violar la confidencialidad de los datos de algunas empresas.

Hizo una referencia a la normativa jurídica que sanciona, en Chile, la reproducción no autorizada de programas computacionales: artículos 78 y 79 de la ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. El artículo 78 establece que “Las infracciones a esta ley serán sancionadas con multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales”; el artículo 79 dispone que “Cometen delitos contra la propiedad intelectual y serán castigados con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales: a) Los que, sin estar expresamente facultados para ello, utilicen obras de dominio ajeno protegidas por esta ley, inéditas o publicadas, en cualquiera de las formas o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 18”. A su vez, el artículo 18 respectivo señala que “Sólo el titular del derecho de autor o quienes estuvieren expresamente autorizados por él tendrán derecho a utilizar la obra en alguna de las siguientes formas: b) Reproducirla por cualquier procedimiento;”.

Explicó, el señor Carrasco, que lo dispuesto en el artículo 18 puede ocasionar conflictos, como en el caso de las copias temporales -aquellas que se generan a raíz de la descarga de una página web desde el servidor donde ella se encuentra alojada hacia el computador usuario-. Se produce una copia temporal de una página web, protegida por las normas del derecho de autor. La misma situación se puede producir con los software que se transmiten a través de internet, que necesariamente debe ser copiado temporalmente en los servidores de los proveedores del servicio de internet a través de los cuales circulan.

Ambos temas han estado en la agenda de discusión de la Comunidad Europea, la que ha propuesto algunas directrices con la finalidad de que los estados, en el futuro, vayan adecuando su legislación para solucionar este tipo de problemas.

A su juicio, una manera de evitar -o al menos disminuir- la comisión de este tipo de conductas, que de acuerdo a la ley chilena son delictuales, es a través de la disminución del cobro de derechos por licencias.

Finalmente, concluyó que se requiere de una modificación legislativa que permita la adecuación de la norma jurídica a las nuevas tecnologías, especialmente, en lo que se refiere al uso de internet.

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17. Señor Alberto Contreras, abogado.

Dividió su exposición en tres temas:

-Campaña de “Tolerancia Cero” efectuada por la Asociación de Distribuidores de Software (ADS);

-Infracciones y delitos cometidos por Microsoft y ADS;

-Análisis de lo contemplado por la ley de Propiedad Intelectual sobre el tema en discusión.

-Campaña de “Tolerancia Cero”. Hizo referencia al modo de operar que tuvo la Asociación de Distribuidores de Software (ADS) en la campaña en referencia llevada a efecto hace unos meses en el país. Se señaló que ella incluía la distribución de folletos hacia distintas empresas, en los cuales se contenían recomendaciones relativas a las relaciones que debían existir entre la empresa determinada y sus empleados, cuando éstos utilizaban programas computacionales pirateados, o se dedicaban a copiarlos, o hacían un mal uso de los software de las empresas.

-Infracciones y delitos cometidos por Microsoft y ADS. Señaló que en el ámbito policial, ambas entidades se atribuyeron funciones que son propias de la policía de investigaciones. En el ámbito judicial, a juicio del señor Contreras, se “induce a error a los tribunales de justicia” y se “montan querellas criminales con delitos prefabricados.... Se utilizó a un egresado de derecho,....., vinculado directamente a los querellantes para idear, realizar y probar en juicio un presunto delito o infracción a la ley Nº 17.336”. Asimismo, señaló que “ADS no sólo injuria y calumnia a personas eventuales infractores a la ley de propiedad intelectual, sino que además, lo hace públicamente”.

-Análisis de la ley de Propiedad Intelectual sobre el tema en discusión. El artículo 8º de la ley Nº 17.336 define quién es el autor de una obra: la persona que figura como tal en un ejemplar que se registra en los registros correspondientes, de acuerdo a la ley. Por tanto, una obra intelectual no registrada no está protegida por los derechos de autor; si a ello se suma que ella es colocada en internet para efectos demostrativos, de evaluación y prueba, su utilización no puede ser calificada como acción delictual.

Finalmente, hizo mención de lo dispuesto por el artículo 18 de la ley de Propiedad Intelectual que dispone que sólo el titular de un derecho de autor o quienes estén expresamente autorizados por él, tendrán derecho a utilizar la obra. Esa norma, en su parte final señala que ello podrá realizarse a través de métodos actualmente conocidos o que se conozcan en el futuro. Esta última frase fija un tipo penal abierto, indeterminado y sin límites, pues nadie puede conocer hoy día qué ocurrirá en el futuro y qué métodos se utilizarán. Indicó, el señor Contreras, que es grave tal amplitud de la norma.

Finalmente, señaló que concuerda con el hecho de que existan campañas de antipiratería y que se protejan los programas computacionales y la actividad intelectual, pero ello no puede significar un abuso del derecho ni la utilización de cualquier medio para combatir la piratería.

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18. Señor Osvaldo Schaerer de la Vega, Presidente de la Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de la Información (Acti).

El señor Schaerer se refirió, en primer término, a las críticas que se habrían formulado, en relación a la destinación de recursos económicos para una campaña que evite la piratería de software.

Estimó el expositor que esta campaña se sustenta en derecho, el cual ha sido confirmado por una sentencia de la Corte Suprema. Consideró que este tipo de campaña es perjudicial a la actividad económica, ya que se muestra al exterior que se estaría cometiendo un delito.

Destacó que detrás de esta campaña está el legítimo interés comercial de empresas por vender licencias, las que promueven actividad económica y mayores entradas al Fisco, por recaudación de impuestos.

En cuanto al juicio que se sigue en Estados Unidos de América en contra de la empresa Microsoft, manifestó el señor Schaerer que comparte la opinión vertida en la Comisión, de que los actos constitutivos de delitos se deben investigar y castigar de acuerdo a la legislación del país donde se cometieron estos actos, criterio sustentado desde hace tiempo por el Gobierno de Chile. El hecho de que se pueda considerar como delito o no que una determinada fábrica de software haya agregado funcionalidad a sus productos es algo que da para una amplia discusión, dado que existen varios criterios sobre la materia.

Hizo presente el expositor su temor de que por medidas legislativas o de antimonopolios se propugne la fragmentación del software en pura funcionalidad unitaria, el efecto neto será que se traspase el costo de integración al usuario, por lo que éste tendrá un producto más difícil de usar.

Agregó el señor Schaerer que es posible obtener en el mercado alternativas de productos de Microsoft, por lo que no existe monopolio. Es fácil adquirir otros sistemas operativos, como por ejemplo, Linux, disponible en el mercado, en algunos casos, sin costo. Se dieron ejemplos de otros sistemas de alternativa, como ser staroffice, de propiedad de Microsystems.

En el mecanismo de licenciamiento de todos los fabricantes de software, aunque uno licencie la última versión, tiene derecho a usar todas las anteriores. En el supuesto de que fuera imposible obtener el software que se desea, porque es una versión antigua, se puede licenciar la última y ocupar una copia de la misma o de otra anterior, lo que no constituye una ilegalidad. Por lo anterior, a juicio del expositor, estima que se encuentran debidamente resguardados los derechos de un cliente al elegir y escoger productos.

Por último, respecto al tema Microsoft, estimó que es importante tomar medidas para fortalecer la legislación que protege la propiedad intelectual, como ser creando disposiciones que aseguren que quienes incurren en esos delitos obtengan un castigo acorde con el daño que están produciendo.

Ahora, en cuanto al tema de registro de dominio en NIC-Chile, antiguamente no existía interés por el nombre de dominio y se desconocía el valor asociado al registro del nombre de dominio. En el tiempo, esto evolucionó muy rápido y hoy día, el nombre de dominio es activo de valor.

Al revisar la historia, han existido dos a tres casos emblemáticos en que fue registrada en forma maliciosa una marca que pertenecía a otra persona, por lo que es posible que la persona que inscribió la marca debe haber cobrado una fuerte suma de dinero por transferirla.

Se informó que en el caso de internet, el daño provocado ha sido mucho menor y el caso más emblemático es del dominio “Chile.cl”. Se recordó que la administración de los nombres de dominio en Chile está controlada por el Estado y lo administra la Universidad de Chile y todos los ingresos que se generan por registros de nombre de dominio se destinan a la Universidad de Chile por lo que, si hubiese que efectuar modificaciones, éstas podrían aplicarse sin mayor dificultad.

Aclaró el señor Schaerer que, a su juicio, la labor desempeñada por la NIC-Chile en cuanto a ordenar el sistema haya causado daño o un perjuicio al país, ha sido eficiente y provechosa y no constituye razón para investigar.

Opinó que los computadores, al interior de una empresa, son activos de ésta y no de las personas que los usan por lo que, el sostener que la empresa tiene derecho a regular la forma como estos aparatos son usados al interior de la empresa es legítimo.

Estimó el expositor que es necesario educar sobre la materia, dado que la cultura popular no establece qué es delito.

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19. Señor Enrique Fanta Ivanovic, subdirector del Proyecto de Reforma y Modernización del Estado.

Señaló el señor Fanta que, en lo que se refiere a la existencia de iniciativas por parte del Supremo Gobierno, para modificar la legislación sobre la materia, puede informar que no existen iniciativas en este sentido y tan sólo se ha pensado en alguno aspectos de carácter general relativos al decreto ley Nº 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

Agregó que existen normas legales relativas a compras de software por parte del Estado.

Uno es el proyecto de ley sobre contratación y compras públicas, que entrega un mejor contrapeso del Estado para evaluar y transparentar las compras, pudiendo efectuarlas por vía electrónica.

El otro es la legislación antimonopolios.

En cuanto a las instrucciones impartidas por el Supremo Gobierno relativas a compras por parte de los organismos del Estado, éstas se efectúan de acuerdo a la legislación general que rige en el país.

En lo que respecta a compras de software, existe un instructivo del Presidente de la República, de fecha 11 de mayo de 2001, sobre gobierno electrónico, en el que se dispone que se deben mantener licenciados todos los productos de software que se utilicen en el servicio, los que serán autónomos para seleccionar y utilizar los productos de software que resuelvan más apropiadamente sus necesidades y que se ajusten a la realidad.

Agregó el señor Fanta que existen instrucciones precisas para que en las partidas presupuestarias se diferencie lo que se invierte en informática.

Informó que se ha firmado un acuerdo marco con la empresa Microsoft, que no obliga al gobierno en lo que a compras se refiere. Éste se apegará a lo establecido en la legislación vigente. A su vez, el apoyo de Microsoft se limitará a los acuerdos o convenios que se necesario suscribir en concordancia con el acuerdo marco.

Con ocasión de que los servicios públicos están haciendo transacciones interactivas, se ha debido crear un portal de acceso y algunas claves para que existan pautas comunes, con el objeto de emplear el RUT en toda operación y no se tenga que tener claves distintas. Existe una llave que permite la compatibilidad de las bases de información, que es el RUT.

En cuanto al licenciamiento en el Estado, informó que las instrucciones son de que todo debe tener licencia, y por lo que se realizó una auditoría al respecto que dio por resultado que el 80% disponía de licencia, ya fuera Linux o Microsoft.

Por otro lado, la Asociación de Distribuidores de Software informó al Gobierno que iba a efectuar una fiscalización, la que en definitiva no se cumplió, en atención a que requería autorización judicial.

Contestando una consulta, el señor Fanta informó acerca del proyecto de reforma de modernización del Estado, el que se divide en varios aspectos.

El primero tiene que ver con el rediseño, que significa estudiar aspectos del Estado y su reorganización.

El segundo, es el mejoramiento o modernización de la gestión.

El tercero, es el gobierno electrónico, que emplea la automatización o uso de las tecnologías de información, la que se desprende del rediseño que realice cada servicio.

El señor Fanta señaló que saber cuánto gasta y gastará el Estado en Software es difícil ya que en materia de compras cada servicio es independiente para adquirir. Además, la contabilidad o registro que tengan los servicios públicos es muy diversa. Sí puede asegurar que se han tomado las precauciones en la contabilidad del Gobierno, para que lo relativo a informática sea lo más transparente y abierto.

Informó el expositor que nuestro país gasta bastante menos en tecnología que otros países.

Con relación a los municipios, informó el señor Fanta que se firmará un convenio con la Asociación de Municipalidades y existen algunos proyectos ejecutados en conjunto.

Por último, en relación al tema de inscripción de dominios, informó que el administrador de todos los dominios “.com” y “.cl” es el Ministerio del Interior y es así que quien desee utilizar la terminación “.gov” o “.cl” tiene que ser autorizado por Ministerio del Interior.

El instructivo presidencial sobre Gobierno electrónico[3] señala que, junto con usar su nombre genérico, lo inscriban en el Ministerio del Interior y usen la denominación “.gov” o “.cl” para homogeneizar e informar que se accede a cualquier página del Gobierno con esta terminación.

Agregó que, a la fecha, no existe jurisprudencia de carácter nacional sobre la materia pero se ha dado una constante de aplicar los mismos criterios de la propiedad intelectual en la nomenclatura electrónica.

Existen varios organismos que se encuentran actuando en el conflicto de recuperar el dominio Chile para el Estado.

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V. RELACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO POR LA COMISIÓN.

a. Administración del sistema de nombres de Dominio en Chile.

La Comisión inició su trabajo analizando los considerandos de los proyectos de acuerdo, en los que se entregan los argumentos y elementos de la denuncia formulada por diputado señor Alejandro Navarro Brain.

Uno de los puntos centrales es que existe, a la fecha, una falta de regulación sobre los nombres de dominio en el país, lo que se ha traducido en una ausencia de políticas claras, tanto en el sector privado como en el público, en la utilización de la red de internet.

Se reconoce la labor efectuada por NIC-Chile que desde 1987 administra el espacio de nombres “.cl” en el registro de nombres de dominio, pero a su vez, se tiene plena conciencia de que corresponde entregar a otra institución, la reglamentación necesaria para actuar en el medio.

Se hace presente que NIC-Chile dispone de una reglamentación [4] para el funcionamiento del Registro de Nombres de Dominio Cl., el que actúa únicamente en calidad de ente coordinador delegado de Iana (Autoridad para la Asignación de Números en internet), de la cual es continuador legal Icann (internet Corporation for Assigned Names and Numbers).

Los conflictos que se han producido por nombres de dominio están relacionados con lo que se domina ciberocupación, que consiste en la inscripción de un nombre de dominio que coincide de manera engañosamente similar con una marca registrada, con el nombre de alguna institución o persona, con el fin de obtener un provecho económico.

Otra clase de conflicto, son aquellos relativos a nombres que se podría interpretar que pertenecen legítimamente al Estado, como es el caso, del dominio “Chile.cl.”, que es un portal con información sobre nuestro país, que hoy pertenece a la empresa Maxmedia.

La Comisión, en el análisis de la materia, consideró que no es conveniente que la Universidad de Chile mantenga la administración del “country code” (cc TLD) ni el Registro de Nombres de Dominio “cl”, dado que ésta no tiene la calidad de autoridad legalmente constituida para hacerlo, según se desprende de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen la actividad de dicha universidad.

Es así que el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1980, que fija normas sobre las Universidades señala que la Universidad es una institución de educación superior, de investigación, raciocinio y cultura que, en el cumplimiento de sus funciones, debe atender adecuadamente los intereses y necesidades del país. Complementa esta declaración, señalando que le corresponde promover la investigación, contribuir al desarrollo espiritual y cultural del país.

A pesar de ser claras y precisas las tareas de la Universidad, ésta se ha dedicado a administrar el Registro de Nombres de Dominio, con una reglamentación que se ha dado ella misma, todo lo cual se sale de su misión central.

Asimismo, existe contradicción entre el reglamento elaborado por la Universidad de Chile y las disposiciones de la Constitución Política de la República de Chile y la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales del Estado, en particular, las normas del artículo 7º de la Carta Fundamental.

Analizadas estas disposiciones se concluye que la Universidad de Chile carecería de atribuciones legales para mantener la administración del Registro de Nombres de Dominio y dictar reglamentación alguna.

Existen otras normas legales y reglamentarias, como ser la ley Nº 19.446, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y otros que complementan y apoyan la premisa de que la Universidad de Chile carecería de facultades para actuar en la materia.

El análisis de la legislación referida se encuentra detallado in extenso en los consideran-dos que apoyan las conclusiones sobre el tema.

La Comisión propone como conclusión central que el Supremo Gobierno considere la creación de un Conservador de Nombres de Dominio, con carácter autónomo e independiente, con el propósito de que el Estado tenga el patrimonio y administración del sistema.

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b.Conductas realizadas por la empresa Microsoft en Chile y las consecuencias de la campaña antipiratería seguida por algunas empresas en el país.

En primer término se analizó la presencia de Linux en relación al servicio prestado a las Pymes. Se informó a la Comisión que cuando las Pymes invierten en software, lo tienen que hacer en licencias, instalación, capacitación y soporte. En cambio, al emplear Linux, lo único que disminuye notablemente es la licencia.

En lo concreto Linux busca entregar soluciones tecnológicas de alto impacto en las Pymes, es decir, soluciones permanentes y que se explotan al máximo.

Asimismo, se trabaja en acercar a las Pymes, a un desarrollo tecnológico, basado en una explotación nacional de un software que acceda con facilidad a estas empresas.

Linux pretende acercar soluciones tecnológicas de vanguardia a un mercado constituido principalmente por pequeñas empresas, a un valor que les permita acceder eco-nómicamente. Par tal efecto, Linux provee sin costo de licencia.

Por las características propias de su actividad, las Pymes deben renovar con frecuencia sus computadores y los programas, lo que constituye un fuerte gravamen a sus presupuestos.

Existe conciencia del papel que cumplen estas instituciones en la economía nacional por lo que es claro que requieren un permanente apoyo de las autoridades. Pero las Pymes ven afectada su labor al tener que incurrir en acciones que podrían calificarse de irregulares para hacer frente a juicios incoados por uso de software sin licencia.

La Comisión tomó conocimiento de las acciones emprendidas por el Gobierno de Chile y la empresa Microsoft en orden a destinar recursos para ir en apoyo de las Pymes, acción que se considera de alto valor para este sector empresarial.

Otra medida de apoyo a las Pymes por parte de Microsoft son un programa de ofertas especiales, con un 15% de descuento en toda la línea de productos y el pago en seis cuotas sin recargo, por la compra de software.

Se señaló, en el debate habido en la Comisión, que las Pymes incurren en situaciones difíciles por desconocimiento de las normas sobre uso de licencias. Se informó, al respecto, que a la fecha no existen juicios en contra de las Pymes con relación a la propiedad intelectual de software.

Luego, la Comisión consideró la situación legal de la empresa Microsoft. Se inserta, a continuación, una reseña cronológica del juicio incoado por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América en contra de la empresa Microsoft por abuso monopólico con su sistema operativo:

Cronología del juicio contra la empresa Microsoft

1. Julio de 1994.- El Departamento de Justicia y Microsoft firman un acuerdo por el que la empresa se compromete a no exigir que los fabricantes de ordenadores tengan que comprar otros programas a cambio de poder usar el sistema operativo “Windows”.

2. Septiembre de 1996.- El Departamento de Justicia inicia investigaciones sobre una posible violación del acuerdo por parte de Microsoft, que puede estar abusando de su monopolio con su sistema operativo.

3. Octubre de 1997.- El Gobierno de EE.UU. y veinte estados presentan una demanda for-mal contra Microsoft por abuso de su monopolio.

4. Enero de 1998.- Microsoft accede a permitir que los fabricantes de ordenadores instalen el sistema operativo Windows 95 sin el navegador para internet.

5. Mayo de 1998.- El Departamento de Justicia y los veinte estados presentan nuevas denuncias por abuso de monopolio contra Microsoft. En ese mismo mes, un tribunal autoriza la distribución de Windows 98.

6. Agosto de 1998.- Bill Gates es interrogado por los abogados de la acusación durante las declaraciones previas al juicio.

7.01/09/98.- El Gobierno presenta lo que considera nuevas pruebas contra Microsoft en su intento de dominar la competencia en los navegadores para internet.

8.14/09/98.- El juez federal que sigue el caso rechaza una petición de Microsoft para archivar el caso y retrasa la apertura del juicio hasta octubre.

9.19/10/98.- Comienza el juicio en Washington. Una entrevista grabada en video con Bill Gates abre la intervención de la acusación.

10. 07/12/98.- El estado de Carolina del Sur se retira de la demanda contra Microsoft.

11. 16/02/99.- Concluye la primera fase del juicio, en la que declararon doce testigos por cada una de las partes.

12. 01/06/99.- Microsoft comienza la fase de respuesta a las acusaciones de la fiscalía.

13. 21/09/99.- Acusación y defensa pronuncian sus argumentos de cara a la primera decisión del juez Jackson.

14. 05/11/99.- El juez Jackson dictamina que Microsoft realiza una actividad monopolística con el sistema operativo “Windows”.

15. 19/11/99.- El juez Jackson designa al juez Richard Posner, presidente del Tribunal de Apelaciones de Chicago, como mediador en la causa.

16. 30/11/99.- El juez Posner convoca a las partes para que negocien la posibilidad de un acuerdo.

17. 13/01/00.- Bill Gates dimite como director ejecutivo de Microsoft. Steve Ballmer, estrecho colaborador en los últimos años, ocupa su puesto.

18. 01/04/00.- El juez Posner anuncia el fracaso de las negociaciones entre el gobierno y Microsoft.

19. 03/04/00.- Tras el fracaso de las negociaciones el juez Jackson declara a Microsoft culpable de violar las leyes antimonopolio y ejercer una posición predominante en el mercado.

20. 11/05/00.- Los representantes de la acusación consideran que Microsoft intenta demorar el juicio para reestructurarse antes de que salga la sentencia final.

21. 18/05/00.- Las soluciones que plantea el gigante del software para evitar la fragmentación de la compañía no satisfacen al juez Jackson.

22. 24/05/00.- El juez Jackson se muestra más favorable a dividir la empresa en tres compañías.

23. 31/05/00.- Microsoft presenta sus últimas alegaciones ante el juez. Los abogados de la empresa desacreditan la propuesta gubernamental.

24. 1/06/00.- Jackson retrasa su veredicto e insta a las partes a que le presenten más documentación sobre sus propuestas de sanciones correctivas.

25. 5/06/00.- La acusación acepta algunas de las modificaciones de matices propuestas por Microsoft, sin embargo se mantiene firme en cuanto a las restricciones comerciales.

26. 6/06/00.- Microsoft adelanta su turno de apelación prevista para el día 7. En un documento de 8 páginas descalifica el plan del Departamento de Justicia.

27. 7/06/00.- El juez Jackson emite su sentencia. Microsoft deberá ser dividida en dos empresas, una dedicada a desarrollar y vender sistemas operativos, la otra sería la dueña del resto de aplicaciones.

28. 14/06/00.- Microsoft logra un primer triunfo en su larga batalla jurídica, al admitirse a trámite su apelación.

29. 20/06/00.- Jackson envía el caso directamente al Tribunal Supremo sin pasar por la Corte de Apelaciones.

30. 26/07/00.- Los abogados de Microsoft solicitan a la Corte Suprema que las alegaciones sean estudiadas antes por un tribunal intermedio.

31. 3/08/00.- La Comisión Europea ha anunciado la apertura de un procedimiento contra Microsoft, por su intento de controlar el mercado de software de servidor.

32. 11/08/00.- Nuevas sospechas de prácticas monopolísticas se ciernen sobre Microsoft. En la India, el gobierno inicia las investigaciones.

33. 16/08/00.- El Departamento de Justicia pide al Tribunal Supremo de EE.UU. que apure su decisión sobre el caso.

34. 21/09/00.- Joel Klein, el fiscal que inició las acciones legales contra Microsoft, renuncia a su cargo.

35. 26/09/00.- La Corte Suprema de Estados Unidos envía el caso al Tribunal de Apelaciones.

36. 13/10/00.- El Tribunal de Apelaciones fija un estricto calendario de actuaciones con límite en febrero de 2001.

37. 27/11/00.- Primera jornada de la vista ante el Tribunal de Apelaciones. En un documento de 150 páginas Microsoft acusa al juez Jackson de actuar de forma precipitada en la instrucción del juicio.

38. 12/01/01.- Turno de alegatos de la acusación ante el Tribunal de Apelaciones. Los abogados apoyan la decisión del juez Jackson. Microsoft debe ser dividida para evitar sus prácticas monopolísticas.

De esta relación, se destacan algunos puntos:

-El día 7 de junio de 2000, el Juez Jackson emite sentencia, resolviendo que la empresa Microsoft deberá dividirse en dos empresas, un dedicada a desarrollar y vender sistemas operativos, la otra sería la dueña del resto de aplicaciones.

-Junio 2001, falla la Corte de Apelaciones de Washington, anulando el fallo del Juez Jackson.

-El Tribunal Supremo, por la vía de apelación, en fecha reciente rechaza la alegación de Microsoft, en cuanto a que habría incurrido en prácticas monopólicas.

En el análisis de las imputaciones formuladas en contra de la empresa Microsoft, se puede señalar que:

a) Existirían sentencias condenatorias contra la demandada por violación de ley Antimonopolios y tener una conducta depredadora, con una notoria aptitud de violación de la ley.

La demandada se defiende expresando que muchas de las imputaciones formuladas por el Juez Jackson fueron rechazadas por la Corte de Apelaciones.

b) Respecto de la calificación de depredadora, de la conducta de Microsoft, se señaló que no es tal, en cambio, el fallo del tribunal aceptó que la demandada podía ser agresiva y cobrar precios más bajos, sin correr el riesgo de tal calificación.

c) En cuanto a que Microsoft habría incurrido en una conducta concertada para violar la ley y que los delitos son hechos probados, se expresó que el fallo no imputa tal conducta y no ha habido proceso penal alguno en contra de Microsoft y, respecto a que los hechos se hubiesen probado, el fallo sostiene que muchas de las conductas imputadas no fueron probadas.

d) Otro cargo que se formuló en contra de Microsoft, es que impondría a los usuarios de sus servicios acuerdos comerciales que perjudicarían a éstos.

La empresa rechazó esta imputación y respecto de otros acuerdos comerciales, se adoptaron medidas precisas para corregir los efectos de estos acuerdos.

e) Se imputó a la empresa Microsoft que habría adoptado medidas que obstruyen el acceso de la competencia al mercado, lo que atenta a que los usuarios obtengan mejores servicios y precios.

El Tribunal de Apelación rechazó este cargo y la división de la empresa en dos, separan-do los programas de computación y los sistemas operativos, en atención a que no se beneficiaría al consumidor, en una industria con rápidos adelantos tecnológicos.

f) Se alega que Microsoft desarrolla prácticas anticompetitivas con el objeto de mantener su monopolio.

La Corte de Apelaciones rechazó el cargo antes referido con salvedades, aceptando que determinadas conductas específicas de Microsoft han revestido el carácter de monopólicas, a lo cual la empresa ha adoptado medidas para corregir este cargo.

g) Se formuló el cargo en contra de Microsoft de ejercer acciones que privan de libertad a los consumidores para elegir voluntariamente un servicio.

La Corte de Apelaciones falló que la integración de productos es parte del proceso de innovación, en beneficio de los consumidores, por lo que rechazó que la sola integración de Explorer com. Windows era una conducta anticompetitiva.

h) Otro cargo en contra de Microsoft es que la empresa obligaría a un “amarre” de productos, al obligar a comprar lo que no se quiere, a cambio de poder comprar lo que se necesita.

A este respecto, la Corte de Apelaciones revocó la acusación formulada en contra de Microsoft de haber integrado impropiamente internet Explorer al sistema operativo Windows. Se declaró que el solo hecho de integrar internet Explorer a Windows no constituye en sí mismo una conducta anticompetitiva. Se rechazaron otros cargos de monopolización relacionados con internet Explorer y se concluyó que era permitido que el código de Windows utilice ciertos atributos específicos de internet Explorer para funcionalidades de internet, cuando un usuario ha optado por usar un navegador distinto de internet Explorer, reconociendo que existen razones técnicas para el uso de ese código.

i) Se imputa a la empresa Microsoft que su actuar fuerza a los fabricantes de PC a adoptar una secuencia uniforme de encendido y pantallas de apertura.

El tribunal de apelación dejó sin efecto la imputación de responsabilidad con respecto a la disposición de la licencia de Microsoft, que limita a un OEM para lanzar automáticamente un interfaz de un usuario distinto, una vez completado el proceso de carga de Windows.

La Corte afirmó en su resolución que un escudo que automáticamente impide ver el escritorio de Windows por el usuario es una alteración drástica de una obra de Microsoft, amparada por los derechos sobre la propiedad intelectual.

j)Se objeta por parte de la demandada, que la empresa Microsoft entra en acuerdos anticompetitivos con otros proveedores de servicio y contenidos de internet, obligando a éstos a diseñar sitios, en los que se ve mejor cuando son mirados a través del programa internet Explorer, que cuando son visitados a través de cualquier buscador de la competencia.

La Corte de Apelaciones rechazó el cargo anterior con respecto a proveedores de contenido de internet, en razón de que el demandante no probó violación del Sherman Act.

k) Se denunció que la empresa Microsoft suministra productos con vicios ocultos.

La parte demandada señaló que en el proceso seguido por el Juez Jackson no se invocó esta denuncia, sin perjuicio de que dada la complejidad de las soluciones es posible que se presenten algunos problemas, ante lo cual la empresa entrega soluciones a sus clientes, sin costo.

Existen otros cargos de menor cuantía, a los cuales la empresa Microsoft respondió argumentando su posición.

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VI. OBSERVACIONES FORMULADAS SOBRE LA MATERIA POR LOS SEÑORES DIPUTADOS EN LA COMISIÓN.

1. Inscripción de dominios en internet.

El diputado señor Navarro señaló en su argumentación que el Consejo de Defensa del Estado solicitó al gobierno que iniciara acciones legales con el propósito de recuperar el dominio “Chile. cl” para el Estado de Chile. Se apoya la petición en el argumento de que el nombre de Chile es inalienable, incomerciable y no es objeto de dominio más que por el propio Estado de Chile.

En lo específico, expresó que no existe norma de rango constitucional, legal ni reglamentario que autorice o haya autorizado a la Universidad de Chile para actuar como administrador del country code denominado “.cl” de Chile, ni como registrador de nombres de dominio con la extensión “.cl”. Consecuencia de lo anterior, es que el reglamento que aplica NIC carece de todo valor jurídico y sólo puede considerarse como un instrumento privado, sin fuerza legal alguna en Chile.

La función que cumple NIC-Chile es actividad empresarial, por la cual cobra e impetra beneficios económicos, lo que transgrede lo dispuesto en el inciso segundo del Nº 21 del artículo 19 de la Constitución Política del Estado. Desde 1997 la Universidad de Chile, a través de NIC-Chile, cobra y percibe derechos por inscripción de un dominio.

Agregó el señor diputado que, sin perjuicio de lo anteriormente señalado, reconoce el aporte realizado pro NIC-Chile, la gran proyección que ha tenido el desarrollo de la extensión “.cl”, la legitimidad de su accionar, reconocida por miles de usuarios y el prestigio extraordinario que le ha brindado a nuestro país en el mundo entero, dado que se encuentra incorporado al consejo de Icann.

Todo lo anterior no justifica la situación de hecho que existe hoy, por lo que debería revisarse la materia y resolver sobre la administración del registro de nombre de dominio “.cl” ¿Debería ser el Estado quien tenga la administración o debe ser la Universidad de Chile, a través de NIC-Chile, quien continúe con esta función?

Concluyó el señor diputado que, a su juicio, el sistema de nombres de dominio debiera quedar administrado por el Estado de Chile, lo que facilitaría la aplicación de una política global del nombre de dominio “.cl” a las distintas entidades de gobierno, estatales y reparticiones públicas, como ser ministerios, intendencias, gobernaciones, servicios públicos. Asimismo, estimó el señor Navarro, que debiera existir un sistema de concesiones a particulares o instituciones sin fines de lucro.

Sugirió que se debería traspasar esta administración al Departamento de Propiedad Industrial, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, con lo que se recuperaría para el patrimonio directo del Estado de Chile el “country code”.cl”.

Luego, estimó el señor diputado, que la proposición anterior debiera complementarse con la creación de un Conservador de Nombres de Dominio, con carácter autónomo e independiente.

El diputado señor Walker, don Patricio, expresó que, con relación a la campaña emprendida por ADS en contra de la piratería de software, se puede concluir que ella se realizó dentro de la legalidad existente y que no afectaron a las Pymes, no obstante existir facultad legal para ello.

El resto de los señores diputados apoyaron las proposiciones presentadas por el diputado señor Navarro, relativas al tema de inscripción de dominios en internet, con algunas salvedades de menor importancia.

2. Investigación de las conductas de la empresa Microsoft Chile y las consecuencias de la campaña antipiratería seguida por algunas empresas en el país.

Esta materia tuvo un debate mayor y en él participaron tanto los señores diputados integrantes de la Comisión como, también, las personas que concurrieron a entregar sus observaciones y antecedentes.

El diputado señor Walker, don Patricio, argumentó que existen normas constitucionales precisas y claras que entregan la facultad de conocer causas civiles y criminales, de resolver y de hacer ejecutar lo juzgado, a los tribunales establecidos por ley.

Es así que al existir una presentación ante la Comisión Resolutiva Antimonopolios, ahí es donde se resolverá la contienda de monopolio de la empresa Microsoft.

Agregó que no se ha formado convicción sobre las afirmaciones del diputado Navarro, por lo que lo más razonable es dejar que los tribunales de justicia resuelvan la materia.

Por otro lado, recordó que las conductas imputadas a Microsoft se realizaron fuera del territorio nacional, por lo que no corresponde juzgar dichas conductas conforme a la legislación nuestra.

Señaló que se debe tener presente que las conductas denunciadas son objeto de procesos judiciales seguidos en los Estados Unidos de América, aún pendientes y susceptibles de apelaciones y nuevas resoluciones.

Con relación a la denuncia de que la actitud de la empresa Microsoft causa graves perjuicios a los intereses nacionales por un monto de US$ 800 millones, se contradice con los acuerdos contraídos en fecha reciente por el Gobierno Chileno y la empresa, que significarán la puesta en práctica de una serie de proyectos de apoyo a la educación y a las actividades de las Pymes.

Se debe tener presente, además, que la empresa Microsoft por cada licencia que vende en el país, debe enterar en arcas fiscales, el 30% de su valor por concepto de impuesto adicional de retención, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley de Impuesto a la Renta, carga tributaria muy superior a la que normalmente se aplica en Chile a la industria o comercio.

Insistió el señor diputado Walker, don Patricio, que conforme a lo dispuesto en el artículo 48, Nº 1 de la Constitución Política de la República, corresponde a la Cámara de Diputados fiscalizar los actos de gobierno, no teniendo competencia para fiscalizar conductas de empresas privadas y es así que las conductas investigadas por el Juez Jackson se limita a particulares y no se relaciona con el Gobierno de Chile.

Finalmente, el diputado Walker, don Patricio, recordó el Instructivo Presidencial para el Desarrollo del Gobierno Electrónico, de fecha 11 de mayo de 2001, en el que se dispone el absoluto respeto a la propiedad intelectual del software por parte del sector público.

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VII. CONSIDERACIONES QUE SIRVEN DE BASE A LAS CONCLUSIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN.

En cumplimiento a lo dispuesto en el Nº 5 del artículo 301 del reglamento, se consigna a continuación lo siguiente:

a. En relación a la inscripción de dominios en internet.

Las consideraciones que tuvo presente la Comisión para prestar su aprobación a las conclusiones de esta materia son las siguientes:

Introducción:

El rol del Estado en la nueva Sociedad de la Información.

El avance de las tecnologías de la información es de tal envergadura e importancia en la sociedad actual, que ha traído, como una de sus principales consecuencias, una inevitable transformación de la cultura cristiano-occidental, y, sin duda, también de las demás, en un mundo, desde esta perspectiva, totalmente nuevo y distinto al de apenas 20 años atrás. En el ámbito de los Estados, esto ha significado considerar la realización de un gran esfuerzo por establecer unas nuevas “reglas del juego”, las cuales han de ser fundamentales para quienes pretendan participar en este nuevo mundo que se ha configurado.

Sin embargo, más importante aun que establecer estas nuevas “reglas del juego”, es ser capaz, al igual que con las reglas tradicionales, de realizar una eficaz administración de ellas, de tal forma que los derechos y deberes ciudadanos que protege el Estado, y que surjan o puedan surgir de estas mismas nuevas “reglas del juego” sean plenamente reconocidos y aplicados, en la práctica, en forma justa y equitativa, para todos los ciudadanos del mismo Estado.

La lucha por una sociedad más justa, entonces, se ha trasladado a un campo mucho más especializado y tecnológico, y por ende, más sofisticado y difícil de aprehender, carente de debates simples y de consideraciones meramente generales. De tal manera que, dentro de este contexto, es necesario, no sólo incorporar a las instituciones más importantes de la sociedad, ya sea del ámbito público como del privado, a las nuevas tecnologías de la información, y a las distintas aplicaciones que han traído consigo, sino que el propio Estado tiene un rol fundamental en esta nueva sociedad de la información, para que los ciudadanos puedan hacer efectivo su derecho a incorporarse a las nuevas tecnologías que ésta trae consigo. De tal manera que, todas las personas puedan entender y aprender, aplicar y dar a conocer de la mejor forma posible estas mismas nuevas tecnologías; de forma tal que podamos utilizarlas de manera útil y eficiente. Dentro de éstas, sin duda alguna, una de la más importantes, si no la más, es internet.

Sistema de Nombres de Dominio

Uno de los aspectos más importantes que se deben tener en consideración cuando utilizamos internet es la administración de los códigos de “nombres de dominio”, es decir, aquellos términos y palabras que permiten traducir de una manera amigable los IP adress, números de protocolo que se deben utilizar para acceder a la red de internet.

La importancia que tiene la administración de los códigos de Nombres de Dominio es tan grande, que quien posea dicha administración mantiene un rol fundamental en la política respecto de la nueva economía digitalizada y del proceso de desarrollo del propio país en el mundo globalizado que ha inaugurado internet.

En Chile, respecto de los Nombres de Dominio, el rol de administrador del “country code” (ccTLD) “.cl”, que es el que le corresponde a nuestro país, lo ha mantenido desde 1987 y hasta ahora la Universidad de Chile, a través del Departamento de Ciencias de la Computación (DCC) de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, la cual constituyó un centro denominado “Registro de Nombres de Dominio”, llamado también NIC-Chile, por las siglas en inglés de Network Information Center, en este caso de Chile.

Sin embargo, hoy en día, el gobierno actual y el Estado en su integridad, está comprometido con el desarrollo de internet en Chile, y en tal escenario, la Universidad de Chile no está llamada a continuar con la administración del “country code” (ccTLD) ni con el registro de Nombres de Dominio “cl” porque la Universidad de Chile no tiene la calidad de autoridad legalmente constituida para hacerlo. En efecto, la Universidad de Chile, en esta área, no puede continuar ejerciendo una actividad que se encuentra más allá de las funciones que le son propias y alejada de sus actividades académicas y científicas. Y esto, por algo muy simple: la Universidad de Chile no puede erigirse como una autoridad que esté por sobre el propio Estado Chileno, ni de alguno de sus poderes fundamentales.

Se analizan algunos puntos que dan mayor claridad sobre este planteamiento, a saber los siguientes:

1.DFL Nº 1, de 1980, que fija normas sobre las universidades.

De acuerdo a los artículos 1 y 2 del DFL Nº 1 de 1980, que fija normas sobre las Universidades, la Universidad es una institución de educación superior, de investigación, raciocinio y cultura que, en el cumplimiento de sus funciones, debe atender adecuadamente los intereses y necesidades del país, al más alto nivel de excelencia. Corresponde especialmente a las universidades:

a)Promover la investigación, creación, preservación y transmisión del saber universal y el cultivo de las artes y de las letras; b) Contribuir al desarrollo espiritual y cultural del país, de acuerdo con los valores de su tradición histórica; c) Formar graduados y profesionales idóneos, con la capacidad y conocimientos necesarios para el ejercicio de sus respectivas actividades; d) Otorgar grados académicos y títulos profesionales reconocidos por el Estado, y e) En general, realizar las funciones de docencia, investigación y extensión que son propias de la tarea universitaria.

Sin embargo, la Universidad de Chile, al margen de las funciones que, de acuerdo al señalado DFL Nº 1, de 1980, le son propias, ha adquirido la administración del “country code” (ccTLD) “.cl”, ha establecido un “Registro de Nombres de Dominio “.cl” y ha elaborado una reglamentación para su funcionamiento.

2.Artículo 7º de la Constitución Política de la República de Chile.

En los primeros puntos 1.y 2. de su parte introductoria, la reglamentación elaborada por la Universidad de Chile señala que administra el “country code” (ccTLD) “.cl”, de Chile, por delegación de la Iana y que actúa únicamente en calidad de ente coordinador delega-do de Iana, de acuerdo a los principios contenidos en el RFC 1591: Domain Name System Structure and Delegation, con el propósito de llevar el registro de los Domain Names. Deja expresa constancia de que no tendrá facultades jurisdiccionales ni otras prerrogativas ni obligaciones que las que en esta misma reglamentación se expresa.

Como podemos apreciar, esta declaración se contradice con la Constitución Política de la República de Chile, la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales del Estado e incluso con el propio Estatuto Administrativo, entre otras normativas, que están directa o indirectamente conectadas con las normativas ya señaladas.

En efecto, una de las bases de nuestro Estado de Derecho es la norma del inciso segundo del artículo 7º de la Constitución Política, que señala que “ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes”.

En relación con el mismo articulo 7º, el artículo 2º, de la ley orgánica constitucional de Bases Generales del Estado señala que “Los órganos de la Administración del Estado so-meterán su acción a la Constitución y a las leyes. Deberán actuar dentro de su competencia y no tendrán más atribuciones que las que expresamente les haya conferido el ordenamiento jurídico. Todo abuso o exceso en el ejercicio de sus potestades dará lugar a las acciones y recursos correspondientes”.

Pues bien, no existe ninguna norma de rango constitucional, legal, ni reglamentaria que autorice o haya autorizado a la Universidad de Chile para actuar como administrador del “country code” (ccTLD) denominado “.cl”, de Chile, ni como registrador de los Nombres de Dominio “.cl”. El referido documento, RFC 1591, a que hace mención la reglamentación antes citada, carece de todo valor jurídico y sólo puede considerarse un instrumento privado sin fuerza legal alguna en Chile.

Es más, aun cuando la Universidad de Chile haya actuado con la mejor de las intenciones, la constitución y la ley es clara al señalar que, en este caso, la Universidad de Chile, no puede actuar fuera del ámbito de su competencia, “ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias”.

Por lo tanto, debemos concordar que la Universidad de Chile carece de atribuciones legales para dictar un reglamento en materia de administración y registro de Nombres de Dominio y obligar a terceros a través del mismo, debido a que sus funciones están específicamente establecidas por la Ley Orgánica que la regula, además de aplicársele, como organismo integrante de la administración del Estado, la propia Constitución Política de la República, la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la administración del Estado, y el Estatuto Administrativo.

3.La Autonomía Universitaria.

Si entendiéramos que la Universidad de Chile actuó en virtud de su autonomía universitaria, el mismo DFL Nº 1 de 1980 ya mencionado señala que podemos entender por ésta, definiéndola como “el derecho de cada universidad a regir por sí misma, en conformidad con lo establecido en sus estatutos, en todo lo concerniente al cumplimiento de sus finalidades (ya establecidos por el mismo DFL Nº 1 de 1980) y comprende la autonomía académica; económica y administrativa”.

Al definir la autonomía económica señala que esta “permite a la Universidad disponer de sus recursos para satisfacer los fines que le son propios de acuerdo con sus estatutos y las leyes”.

Sin embargo, en el punto 5., la señalada reglamentación establece, que la Universidad de Chile, a través de NIC-Chile, tiene la facultad de cobrar tarifas, percibiendo ingresos por cada Nombre de Dominio registrado, lo cual está fuera de todo control legal directo de la Contraloría General de la República.

Esta actuación es contraria, no sólo a lo establecido en el DFL Nº 1 de 1980, sino a lo señalado en la propia Constitución Política de la República, en su artículo 19, Nº 21 inciso segundo, constituyendo de esta forma una violación a las garantías que la Constitución asegura a todas las personas. Señala el artículo referido “que el Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales sólo si una ley de quórum calificado los autoriza”.

Tal ley no existe, y sin embargo la Universidad de Chile ha percibido desde 1997 veinticinco mil pesos ($ 25.000), que posteriormente se bajó a veinte mil ($ 20.000) por cada inscripción, cantidad que multiplicada por los cientos de solicitudes de inscripción que se realizan diariamente es una suma más que considerable; el hecho de que haya reducido las tarifas de registro, no reduce su responsabilidad en esta materia.

Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, también debemos advertir algunas situaciones que deberían corregirse de la actual administración del Sistema de Nombres de Dominios, que la Universidad de Chile, a través de la sección NIC-Chile, realiza del “country code” (ccTLD) “.cl” de Chile y de los registros de nombres de dominio “.cl”; veamos algunos ejemplos, a saber los siguientes:

1.Administración reactiva del “.cl”

Respecto de la administración misma del “country code” (ccTLD) “.cl” de Chile, parece preocupante que la actitud de la Universidad de Chile sea más bien reactiva a los problemas que se le presentan, que pro-activa a un determinado tipo de perfil del trabajo que se debe llevar a cabo por delante. En efecto, si se revisa el trabajo de otros registradores de Nombres de Dominio del mundo, es posible encontrar que ofrecen distintos tipos de servicios, algunos en forma gratuita, lo cual favorece la masividad de los registros de Nombres de Dominio y facilita su operatividad; que adoptan un criterio administrativo preestablecido sobre las características de su registro, o bien que han dado un carácter estratégico a su trabajo.

Además, otro aspecto importante es que, la opinión pública carece de información cierta acerca de las actividades que realiza Icann. En efecto, en esta nueva Sociedad de la Información, los usuarios quieren tenerla y rápidamente, y en ese sentido, no aparece oportuna la entrega de información oficial de las actividades que realiza Icann y en las que pueden intervenir todos los usuarios de internet. Tampoco se informó adecuadamente acerca del programa de membresía At Large de Icann que era una nueva manera que tenían los usuarios de internet de todo el mundo de participar directamente en el proceso Icann. Los miembros At Large de Icann participaron en un hecho histórico: Las primeras elecciones en línea, en las que se eligieron a los directores para el cuerpo de coordinación técnica del sector privado en internet. Desde el 25 de febrero al 31 de julio del año 2000, la iniciativa de la membresía de Icann fue un éxito sin precedentes -más de 158,000 personas pidieron formar parte de la membresía At Large-; la pregunta que nos hacemos es cuántos chilenos pudieron acceder a esta iniciativa.

2.Transgresión a la ley Nº 19496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

La reglamentación dictada por la Universidad de Chile establece un verdadero contrato de adhesión, ya que ha sido redactado unilateralmente por el proveedor de bienes y servicios, en este caso, la Universidad de Chile, a través del NIC-Chile, sin que el consumidor, en este caso, la persona o empresa interesada en registrar un Nombre de Dominio “.cl”, pueda introducirle modificaciones y al cual uno está obligado forzadamente, aceptando incluso renunciar a derechos constitucionalmente establecidos.

En efecto, en el punto 6. de este reglamento, sobre “Las Inscripciones”, se señala que, por el hecho de solicitar la inscripción de un Nombre de Dominio bajo el dominio “.cl”, se entiende que el solicitante “acepta expresamente, suscribe y se compromete a acatar y regirse por todas las normas contenidas en el presente documento, sin reservas de ninguna especie.”.

Además, señala que “libera de cualquier responsabilidad a la Universidad de Chile, al Departamento de Ciencias de la Computación, a NIC-Chile y a sus funcionarios y asesores, por las obligaciones, responsabilidades y otros actos o hechos que le generen obligaciones al solicitante, renunciando expresa y anticipadamente a las acciones legales”.

Esto se repite en el punto 13., al señalar que “NIC-Chile no incurrirá en responsabilidad de ninguna clase si, por causa del dictamen arbitral, o de otra orden emanada de autoridad competente, debiese suspender la inscripción de un nombre de dominio o tuviese que revocarla o, en general, dar curso a cualquier instrucción pertinente, debiendo el interesado hacer valer sus derechos ante la autoridad que corresponda. La Universidad de Chile, el Departamento de Ciencias de la Computación, NIC-Chile, y sus funcionarios y asesores quedan liberados anticipadamente de cualquier responsabilidad y el solicitante renuncia expresamente a las acciones legales”.

3.Transgresión a las normas del debido proceso y al “imperium” de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

En el punto 12. y en el denominado “Anexo 1” del señalado reglamento, la Universidad de Chile ha establecido un “Procedimiento de Mediación y Arbitraje”, al que toda persona queda obligada por el solo hecho de solicitar la inscripción de un Nombre de Dominio. Si resulta evidente que la Universidad de Chile carece de la facultad para obligar a terceros mediante esta reglamentación, aún más grave es el hecho de que este documento establece un mecanismo de solución de conflictos que pretende obligar a las partes que tienen una controversia en la inscripción de un Nombre de Dominio a someterse a un juicio arbitral, renunciando a todo tipo de recursos judiciales que pudieren cuestionar las decisiones arbitrales que puedan resolverse.

Este hecho constituye una flagrante violación al artículo 19, Nº 3 inciso 4 de la Constitución, que señala que “nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que le señale la ley y que se halle establecido con anterioridad por ésta”.

En este sentido tanto la Constitución en su artículo 73 como el Código Orgánico de Tribunales en su artículo 1 señalan que “la facultad de conocer las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley”.

4.Transgresión a las normas jurídicas que regulan el juicio de arbitraje.

En el punto 1. del Anexo 1 sobre “Procedimiento de Mediación y Arbitraje”, del señalado reglamento, se establece que en el caso de arbitraje “las partes podrán designar un arbitro de común acuerdo, o en su defecto, NIC-Chile designará un árbitro de una nómina que estará publicada en la página web de NIC-Chile”. Y en el punto 3. y 4. de este mismo Anexo 1 se señala que si en la audiencia de mediación no se lograra la resolución del conflicto, se le consultará a las partes si acuerdan la designación de un árbitro y en caso de que no exista acuerdo al respecto o bien en el caso de ausencia de una de ellas, el moderador preguntará a las partes asistentes si desean tachar hasta un máximo de tres nombres de la nómina de árbitros, teniendo las partes inasistentes un plazo de 10 días corridos para efectuar su tacha.

Entonces, se señala que “habiéndose efectuado la tacha o bien, vencido el plazo para ello, se procederá entonces a designar a un árbitro por sorteo entre los que no hayan sido tachados”. Finalmente, en el punto 10. del Anexo 1 se señala que “en caso de muerte, enfermedad o incapacidad sobreviniente del árbitro que esté conociendo de un asunto, NIC-Chile procederá con la designación de un nuevo árbitro por sorteo. La incapacidad sobreviniente será comunicada por el propio árbitro, o calificada por NIC-Chile”.

Sin embargo, en cuanto a la designación de jueces árbitros, señala el artículo 222 del Código Orgánico de Tribunales que éstos son “los jueces nombrados por las partes, o por la autoridad judicial en subsidio”. A mayor abundamiento, señala el artículo 228 del Código Orgánico de Tribunales que “Fuera de los casos expresados en el artículo precedente, nadie puede ser obligado a someter al juicio de árbitros una contienda judicial”. En efecto, el Código Orgánico de Tribunales establece un listado específico de casos en el cual se debe someter a arbitraje en forma obligatoria.

5.Falta de sanción legal del reglamento del NIC-Chile y de la nómina de árbitros.

El reglamento Interno del NIC-Chile es un documento privado que pretende imponerse con carácter obligatorio sustentado en una supuesta “voluntad de las partes”, voluntad que en realidad no existe porque, en definitiva, es un contrato de adhesión que obliga a las partes en forma unilateral y que carece de todo respaldo legal.

Además, la nómina de árbitros elaborada por NIC-Chile también se ha impuesto con carácter subsidiario al silencio de las partes para designar un juez que dirima el conflicto de intereses suscitado entre dos o más solicitantes de un mismo nombre de dominio, transgrediendo normas jurídicas básicas del Derecho Procesal Chileno. Si el Estado Chileno tuviera la administración y registro del “country code” (ccTLD) “.cl”, el Congreso Nacional se encargaría de dictar un reglamento con sancionamiento legal para la debida administración del Sistema de Nombres de Dominio y el Poder Judicial se encargaría de resolver los conflictos de intereses que surgiesen entre uno o más solicitantes de un mismo Nombre de Dominio, o al menos de resolver sobre los recursos que por dichos motivos se presentasen ante los Tribunales Ordinarios de Justicia.

6.Problemas en el registro de Marcas Comerciales como Nombres de Dominio.

Han existido problemas graves en el registro de marcas comerciales como nombres de dominio, debido a que no se ha aplicado debidamente la ley Nº 19.039, de 1991, que establece normas jurídicas aplicables a los Privilegios Industriales y Protección de los Derechos de Propiedad Industrial, el Decreto Supremo Nº 177, de 1991, que aprobó el Reglamento de la ley Nº 19.039, y el Decreto Nº 425, de 1991, que promulgó el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que complementan la legislación en estas materias, así como ninguna de las normas jurídicas que las han complementado y/o modificado.

7.Problemas en el registro de nombres o conceptos genéricos como Nombres de Dominio.

Han existido problemas graves en el registro de nombres y conceptos genéricos como Nombres de Dominio, no necesariamente por la “mala fe” de los solicitantes, sino por la carencia de un criterio administrativo-político por parte de NIC-Chile, que regule la materia. Es decir, el problema, en el caso de los nombres o conceptos genéricos, no así en el de las marcas comerciales o nombres emblemáticos de instituciones o personas naturales, no surge porque los usuarios sean “piratas” que registren Nombres de Dominio para luego venderlos a precios usureros lo que “les pertenece a otros”, como se ha pretendido señalar, puesto que no podemos calificar “a futuro” las intenciones de los solicitantes de Nombres de Dominio, ya que esto transgrede uno de los principio básicos del Derecho conocidos en el siguiente aforismo jurídico: “no hay delito ni pena sin ley.”

Ni tampoco podemos dar de antemano la “propiedad” de un Nombre de Dominio a una persona natural o jurídica, o creer que le corresponde por naturaleza, por el solo hecho de tener un nombre o palabra equivalente en su uso habitual, tanto personal, institucional o comercialmente. En todo caso, debería existir un criterio administrativo-político previo de admisibilidad de ciertos y determinados Nombres de Dominio, especialmente cuando se trate de aquellos que digan relación con instituciones o personas naturales (ya que en el caso de las marcas comerciales se debería aplicar la ley). Sin embargo, la Universidad de Chile ha carecido de iniciativa en esta materia y en tal sentido los jueces árbitros generalmente han aplicado el ya conocido principio de “first come, first served”, es decir, el que primero solicita, es el primero que puede registrar.

Sin duda debe haber muchas personas que pretenden hacer negocios en internet y el registro de Nombres de Dominio es una forma de hacerlo, pero esto es una práctica muy común en todas partes del mundo. En efecto, existen muchas páginas web que venden y arriendan Nombres de Dominio (por ejemplo, www.sudominio.com), pero también existen NICs en otras partes del mundo que han establecido, por medio de leyes que se han dictado en sus respectivos países, criterios administrativo-políticos para fijar el marco legal de qué es lo que se puede registrar como Nombre de Dominio y cómo es posible hacerlo (por ejemplo en el caso de España www.nic.es). En el caso de nuestro país, la Universidad de Chile no ha establecido un criterio para decidir la admisibilidad o no de determinadas solicitudes, por ejemplo en el caso de nombres de dominio que digan relación directa o indirectamente con instituciones o personas naturales (El caso más emblemático es el de chile.cl), evitando actuar de oficio y dejando todo a la iniciativa de la parte interesada.

8.Problemas en el registro de los “country code” de otros países como Nombres de Do-minio.

No ha existido protección de los registros de los “country code” de otros países en el registro de Nombres de Dominio “.cl”. En efecto, si bien NIC-Chile ha registrado para sí los “generic code” (gTLD), no ha existido una política de registrar como Nombres de Dominio “.cl” los demás “country code”, como aquellos que corresponden a los países sudamericanos o europeos, que podrían haber sido utilizados para futuras políticas de registro de Nombres de Dominio y habrían colaborado en un registro de Nombres de Dominio “.cl” más ordenado por distintas categorías, como lo realizan muchos otros NICs en el mundo.

Algunos NICs incluso, entregan en concesión el registro del “country code”, como es el caso de NIC de Canadá, o bien, algunas subcategorías, a empresas particulares. En el caso del gobierno de Estados Unidos, éste administra sus propios “generic code” (gTLD), a saber: “.gov”, para entidades gubernamentales, y “.mil” para entidades militares, aparte de tener “.us” para la administración estatal. Sin embargo, el Departamento de Comercio señaló que transferiría el control de la base de datos correspondiente al “.edu” para entidades de educación y universitarias, a “Educase”, una asociación de 1.800 departamentos de tecnología de la Información de universidades.

9.Problemas en el registro de los nuevos “generic code” establecidos recientemente por Icann como Nombres de Dominio.

También este caso, NIC-Chile no tuvo una política de resguardar los nuevos “generic code” (gTLD) que Icann asignó recién en noviembre último, a saber: “.aero”, propuesto por la Societe Internationale de Telecommunications Aeronautiques SC, (Sita); “.biz”, propuesto por JVTeam, LLC; “.coop”, propuesto por National Cooperative Business Association, (Ncba); “.info”, propuesto por Afilias, LLC; “.museum”, propuesto por Museum Domain Management Association, (Mdma); “name”, propuesto por Global Name Registry, LTD y “.pro”, propuesto por RegistryPro, LTD.

Lo grave, en este caso es que el Icann durante todo el año 2000 abrió un plazo para que cualquiera entidad del mundo presentase alguna propuesta de “generic code” (gTLD), de forma de considerarla en la decisión final que se tomase. Sin embargo, no existe conocimiento de que la Universidad de Chile hubiese presentado propuesta alguna, lo que nuevamente coloca en cuestionamiento su carácter productivo a las iniciativas reales que existen, en cuanto a participar de las decisiones que se adoptan en torno a las políticas sobre internet en el mundo.

10. Problemas en la iniciativa de registro de Nombres de Dominios estratégicos.

También es posible señalar que NIC-Chile no ha tenido la iniciativa de registrar Nombres de Dominio estratégicos, como es el caso de shop.cl, web.cl o lex.cl, con lo cual se ha perdido la oportunidad de ejercer mayor presencia en internet de la autoridad competente, en este caso de NIC-Chile, ya que, cada vez es más difícil encontrar Nombres de Dominios estratégicos que puedan ser registrados.

En definitiva, la Universidad de Chile ha actuado como administradora del “country code” (ccTLD) “.cl”, que le corresponde a Chile, sobrellevando la problemática que hemos descrito anteriormente. En tal sentido, valoramos el trabajo que NIC-Chile ha realizado hasta ahora, sobre todo desde el punto de vista técnico. Especialmente en el último tiempo, que ha llevado a la práctica muchas de las propuestas que se han planteado en las distintas mesas de trabajo y diálogo que se constituyeron para discutir sobre los temas de alta tecnología en general, y de internet y los Nombres de Dominio en particular. Al respecto, alabamos la disposición que ha tenido la Universidad de Chile y en particular el NIC-Chile de escuchar distintas opiniones sobre estas materias.

Sin embargo, si pudiésemos graficar la administración del Sistema de Nombres de Dominio hasta ahora, deberíamos decir que se ha actuado en forma similar a un poder ejecutivo, con poderes prácticamente autónomos, sin rendir aparentemente cuenta de su gestión a nadie, salvo en lo que meramente formal le corresponda rendir a la Universidad de Chile por su gestión universitaria. Además, se ha actuado como un verdadero poder legislativo al dictar un reglamento que contiene “normas jurídicas”, de aplicación prácticamente general. Y finalmente, en la resolución de los conflictos de intereses que han surgido entre los solicitantes de Nombres de Dominio, se ha asumido un rol de un verdadero poder judicial, aplicando un reglamento sin sanción legal y afectando directa o indirectamente resoluciones arbitrales, que recaen sobre los señalados conflictos, entre partes que deben renunciar a sus legítimos derechos constitucionales para poder lograr solucionarlo.

Quizás hace diez años, cuando internet sólo se concebía como un sistema informático de redes, en la cual no cabía más que el conocimiento y la experiencia técnica, se justificaba la administración del “country code” (ccTLD) “.cl” por parte del la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile y la permanencia del registro de Nombres de Dominio en su Departamento de Ciencias de la Computación (DCC).

Sin embargo, hoy en día, con el desarrollo del comercio electrónico, internet ha pasado a ser, no sólo una herramienta estratégica para el Estado, sino un área fundamental de desarrollo comercial para la empresa privada y un motor de transformación cultural de la sociedad misma. Todo lo cual nos señala que es preferible, para dar garantías a todas las partes involucradas, tanto del sector público como privado, que la Universidad de Chile entregue la administración del “country code” (ccTLD) “.cl” y el registro de Nombres de Dominio “.cl” al Estado.

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b.En relación a la investigación de las conductas de la empresa Microsoft en Chile y las consecuencias de la campaña antipiratería seguida por algunas empresas del país.

En esta materia, la Comisión tuvo presente las siguientes consideraciones:

1.La honorable Cámara de Diputados con fecha 4 de julio del 2001 aprobó el proyecto de acuerdo Nº 572, por el cual se ampliaron las facultades de la Comisión de Ciencias y Tecnología en su investigación de inscripción de nombres de dominio, para que investigara, asimismo, ciertos hechos que la justicia norteamericana, las investigaciones de la Unión Europea y de otros países han establecido como ilícitos realizados por Microsoft, y los daños que de ellos se derivarían para Chile, e hiciera propuestas legislativas y reglamentarias pertinentes, y a la investigación de las circunstancias que rodean la “campaña antipiratería” desarrollada por la Asociación de Distribuidores de Software (ADS), formulando las propuestas legislativas y reglamentarias tendientes a evitar los daños que significaría para la economía chilena esta campaña y para informar a las empresas nacionales, y muy especialmente a las Pymes, de sus derechos y de sus posibilidades de defensa frente a ésta.

2.Dando cumplimiento a dicho mandato, se realizaron diversas diligencias, en especial, se escucharon testimonios de personas invitadas a la Comisión.

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VIII. CONCLUSIONES QUE LA COMISIÓN DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA PRO-PONE A LA CORPORACIÓN APROBAR EN LA MATERIA.

1)En relación a la inscripción de dominios en internet:

La Comisión aprobó la proposición del diputado Navarro con la siguiente votación:

2

El tenor de estas conclusiones es el siguiente:

1)Incorporación del Sistema de Nombres de Dominio “country code” (ccTLD) “.cl” de Chile al patrimonio y administración directa del Estado de Chile a través de la dictación de un decreto supremo.

Desde el punto de vista del Estado, existen muchas razones para señalar la importancia de los Nombres de Dominio, sin embargo todas conducen a que un Estado no puede dejarlos de lado, sin eliminar un enorme caudal de recursos y beneficios que éstos traen consigo. La administración del Estado necesita incorporar a los Nombres de Dominio como la raíz básica de un nuevo concepto de organización administrativa, ramificada, horizontal, pero unificada y coordinada. Los Nombres de Dominio son la base no sólo de la Nueva Economía, sino de un nuevo tipo de Estado que se ha inaugurado junto con las Nuevas Tecnologías de la información.

En tal sentido, creemos necesario se proponga al gobierno de S.E. el Presidente de la República señor Ricardo Lagos, la dictación de un Decreto Supremo, para incorporar al Sistema de Nombres de Dominio al patrimonio y administración directa del Estado de Chile, de tal forma de tener las herramientas necesarias para aplicar una política global del Nombre de Dominio “cl” a las distintas entidades de gobierno, estatales, y reparticiones públicas, tales como ministerios, intendencias, gobernaciones, servicios públicos, etc.

Además, debería establecerse un sistema de concesiones a particulares o instituciones sin fines lucro, de aquellas subcategorías del “country code” “.cl” de Chile, de tal forma que se permita un desarrollo progresivo y uniforme de la estructura de redes de internet y diferentes ámbitos (Por ejemplo, el “edu.cl” para instituciones de educación, bibliotecas públicas o museos; y el “com.cl” para empresas comerciales).

En efecto, para llevar a cabo esta incorporación, creemos prioritario el considerar incorporar con la mayor brevedad posible, la administración del ‘country code” (ccTLD) “.cl”, de Chile al Departamento de Propiedad Industrial, eliminando su administración de la carga que ha asumido la Universidad de Chile, para, de esta forma, recuperar para el patrimonio directo del Estado de Chile el “country code” (ccTLD) “.cl”, y regularizar la administración del registro de Nombres de Dominio “.cl”, lo cual es exigido como una imperiosa necesidad por el Estado de Derecho.

2)Modificación de la ley Nº 19.039, sobre Propiedad Industrial, y de su respectivo Reglamento, como una forma de incorporar el Registro de Nombres de Dominio a la legislación chilena.

Del análisis de la ley Nº 19039, sobre Propiedad Industrial y su respectivo reglamento, es posible deducir que la incorporación del Registro de Nombres de Dominio a la legislación chilena resulta relativamente fácil, si se modifica la señalada ley y su reglamento, de tal forma de otorgarle a los Nombres de Dominio el marco legal que necesitan con urgencia.

En efecto, sin perjuicio de que es necesario realizar una revisión generalizada de las normativas más importantes del ordenamiento jurídico chileno, en cuanto a la nueva realidad que presentan las nuevas tecnologías de la información y en particular internet, respecto del Registro de Nombres de Dominio, su incorporación a la legislación chilena puede comenzar a gestarse a través de la modificación a la ley Nº 19.039 sobre Propiedad Industrial y su respectivo reglamento.

3)Creación de un Conservador de Nombres de Dominio con carácter autónomo e independiente

Debe legislarse definitivamente sobre los Nombres de Dominio en particular, y sobre los privilegios industriales y derechos de propiedad industrial, en general; con el objeto de constituir un organismo autónomo, con patrimonio propio, de carácter técnico, denominado “Conservador de Propiedad Industrial e Intelectual y de Nombres de Dominio”, cuya composición, organización, funciones y atribuciones debiera determinar una ley orgánica constitucional. Esto, debido a la importancia que tienen y que seguirán teniendo en el futuro los Nombres de Dominio y los privilegios industriales e intelectuales.

Código Tecnológico

Cada día encontramos nuevas posibles aplicaciones para internet, pero todas tienen una raíz común, la red de redes no es posible que trabaje y se desarrolle sin la unidad que ella misma conforma; esta unidad está dada por miles de computadores en todo el mundo, los cuales, a su vez, están operativos a través de innumerables conexiones que trabajan unas con otras entre sí. Ninguna podría entregarnos con plenitud su información sin un elemento clave: los Nombres de Dominio que alfabetizan su dirección de identificación a través de la red.

Como su nombre lo dice es una “alfabetización” de internet, con la cual no sólo nos comunicaremos en el futuro, sino que nos desarrollaremos como individuos y ciudadanos insertos en una sociedad determinada, en un tiempo y lugar determinados. Chile, al favorecer una legislación respecto de los Nombres de Dominio y de las tecnologías de la información en general, estará, no sólo en el umbral de recuperar su identidad en la red, sino de dar un gran paso en la estructura regulatoria fundamental para establecer lo que se señalaba al principio como las nuevas “reglas del juego”. Sin embargo, aún queda mucho por hacer.

Proponemos como una política que permita fomentar las tecnologías de la información en general e internet, que a partir de las conclusiones sobre los temas a los cuales se ha abocado en esta materia, se inicie el estudio para la reunión de todas las normas que digan relación con las redes de telecomunicaciones e internet, aplicaciones y seguridad informática, sistema de nombres de dominio, contenidos de la red, etc., en un solo texto codificado, que debería denominarse Código Tecnológico, y que permita la necesaria armonía con el resto de la legislación nacional y coloque a nuestro país a la vanguardia legislativa, en el campo del Derecho, en los temas de tecnología de la información y alta tecnología, en general. Esta codificación tecnológica, podría servir de ejemplo para el resto de Latinoamérica y permitiría otorgar a Chile el privilegio de liderar una iniciativa de estas características en el ámbito continental.

El señalado Código Tecnológico, debería regular el Sistema de Nombres de Dominio, ya mencionado en este informe y recoger, entre otras leyes la ley Nº 18.168, ley general de Telecomunicaciones y sus leyes y reglamentos complementarios. Además, debería incluir la regulación, entre otros, de los siguientes temas, a saber:

1)El manejo de la red de acceso a internet;

2)Las modalidades de acceso del usuario a la red;

3)La velocidad de acceso a la red;

4)La seguridad del acceso a internet;

5)La violación del acceso a la red;

6)El valor del acceso a la red internet;

7)Las interconexiones entre Proveedores de Acceso a internet (conocidas por las siglas en inglés de Internet Service Provide, ISP).

8)Las barreras de limitación de contenidos en accesos a internet de redes educacionales;

9)La tipificación del delito de robo de información electrónica;

10) La responsabilidad civil solidaria del propietario del medio de difusión utilizado para divulgar el mensaje injurioso o calumnioso.

El mundo de hoy corre velozmente y las transformaciones que se generan en la actual sociedad de la información están siendo demasiado rápidas, como para considerar que el ordenamiento jurídico pueda soportar los cambios, sin sufrir ella misma las consecuencias de dichos cambios. Sin embargo, debemos hacer grandes esfuerzos para avanzar en el proceso de cambios y desarrollo de nuestro país en este nuevo mundo constituido, tomando conciencia de la fundamental importancia de este proceso y siendo capaces de colocarlo como singular ejemplo respecto de los demás países de la región.

Y esto, puesto que las futuras generaciones, aquellas que también deberán tomar decisiones en su debido momento, sobre los beneficios y las dificultades que las anteriores generaciones hayan generado o superado, sabrán agradecer dichos esfuerzos, en pro de una sociedad verdaderamente incorporada al mundo tecnológico, pero que no ha perdido los valores de libertad, igualdad y justicia, ni ha desmerecido ni desmedrado sus instituciones más fundamentales; y que ha sabido proteger y respaldar los derechos inherentes de las personas, también aquí, en la red de redes que conforma internet.

Los señalados esfuerzos por incorporarnos al mundo de la información en forma decidida, sin duda, nos permitirán vislumbrar el futuro de Chile, y por qué no decirlo, de los demás países del continente, con esperanza y motivación, lo cual se traducirá, no sólo en progreso político para los países de la región, sino, además, y es quizás lo más sensible, en desarrollo cultural para nuestros pueblos.

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2)En relación a la investigación de los ilícitos cometidos por Microsoft y sus efectos en Chile. Propuesta del diputado Walker, don Patricio.

La Comisión recibió dos proposiciones, una del señor Walker, don Patricio y, otra, del señor Navarro, don Alejandro. La proposición del diputado Walker, don Patricio, puesta en votación, fue aprobada por la unanimidad de los señores diputados presentes. Es del siguiente tenor:

De los antecedentes reunidos y de los testimonios recibidos, es posible concluir que:

a)Las conductas imputadas a Microsoft en el proyecto de acuerdo Nº 572 constituyen hechos ocurridos fuera del territorio nacional, atribuidos a Microsoft Corporation, empresa norteamericana, sin domicilio en Chile y no sometida a la legislación chilena.

b)Las conductas imputadas son objeto de procesos judiciales pendientes e investigaciones aún no terminadas.

c)El proceso seguido en EE.UU. en contra de Microsoft fue revisado por la Corte de Apelaciones de dicho país, y se dictó sentencia con fecha 28 de junio de 2001, que rechazó muchas de las imputaciones efectuadas por el juez Jackson a dicha empresa, concluyendo que no existía mérito suficiente para dividir la empresa.

d)La misma sentencia dedica más de 20 páginas en descalificar la actuación del juez Sr. Jackson a quien lo acusa de parcial, sesgado y falto de ética, removiéndolo del caso.

e)Microsoft y el Gobierno de Chile se encuentran desarrollando una serie de proyectos en beneficio del Estado de Chile, de la educación y, especialmente, de las Pymes, como producto del acuerdo firmado por S.E. el Presidente de la República y el Sr. Bill Gates, con fecha 28 de noviembre del año 2000, en la ciudad de Redmond, Seattle, Estados Unidos de América, con motivo de la visita efectuada por el Presidente de la República y una comitiva de personeros de gobierno, parlamentarios y representantes del sector privado. Así, carece de todo asidero la afirmación de que Microsoft causa perjuicio a Chile por US$ 800 millones, más aún cuando dicha empresa debe pagar al Fisco de Chile el 30% de cada licencia que vende, a título de impuesto adicional de retención, señalado en el artículo 59 de la ley de Impuesto a la Renta, el que es muy superior al que normalmente se aplica en Chile a cualquier otra industria o comercio.

f)Respecto de la campaña de la ADS, se ha acreditado que ella se enmarca dentro de la legalidad, habiéndose ejercido por sus asociados las acciones judiciales que permite el ordenamiento jurídico, comúnmente ejercidas por toda la industria basada en la propiedad intelectual, como los videos, música y libros. Asimismo, se acreditó que las acciones judiciales se efectuaron dentro de los procesos legales establecidos en la ley y que no se siguió ninguna acción judicial en contra de las Pymes, no obstante existir facultad legal para ello. Además, la campaña fue acompañada de rebajas de precio y facilidades de financiamiento por los distribuidores de software.

El artículo 73 de la Constitución Política de la República dispone que “'La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos.”. Esta disposición constituye el fundamento de la división de poderes, propias de un Estado de Derecho.

Dicha norma, en concordancia con los artículos 1º, 4º y 12 del Código Orgánico de Tribunales, establece claramente que al Poder Legislativo no le corresponde revisar materias propias del ámbito judicial.

Asimismo, de conformidad al artículo 48, Nº 1 de la Constitución Política de la República, corresponde a la Cámara de Diputados fiscalizar los actos del Gobierno, no teniendo competencia para fiscalizar conductas de empresas privadas. De hecho, las conductas investigadas por el juez Jackson se limitan a conductas entre particulares y no guardan relación alguna con el Gobierno de Chile.

De este modo, el proyecto de acuerdo, al pretender revisar las acciones judiciales inicia-das con motivo de la campaña de la ADS, al dar por establecidos hechos que están siendo investigados en una jurisdicción extranjera, y al pretender revisar actuaciones entre particulares, es contrario a la independencia del Poder Judicial y es ajeno a la competencia de esta Cámara de Diputados.

Esta Comisión, hace suya la aprensión en cuanto a la necesidad de proteger eficaz y oportunamente la propiedad intelectual, manifestada por la Comisión Nacional de Propiedad Intelectual (Conapi), formada al alero de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile, e integrada por la Cámara Chilena del Libro, Sociedad de Gestión de Derechos Literarios, Sociedad Chilena del Derecho de Autor, Sociedad Chilena de Intérpretes, Asociación de Impresores de Chile, Asociación de Distribuidores de Software, Asociación de Productores Fonográficos, Sociedad de Escritores de Chile, Colegio de Bibliotecarios, Consejo Nacional del Libro y la Cultura y Distribuidores de Videogramas.

No obstante lo anterior, esta Comisión estima imprudente el tono agresivo de la campaña de la ADS, por encontrarlo impropio en un momento difícil para la economía del país. Sin embargo, esta Comisión valora el hecho de no haberse iniciado acciones legales en contra de las Pymes y las facilidades de financiamiento y rebajas de precios ofrecidas por los distribuidores de software. Se recomienda a la ADS continuar con su esfuerzo de proteger la propiedad intelectual, empleando un tono más positivo y menos beligerante.

Se ha tomado conocimiento del Instructivo Presidencial para el Desarrollo del Gobierno Electrónico, GAB. Pres. Nº 005, de 1 de mayo de 2001, en cuanto dispone el absoluto respeto a la propiedad intelectual del software, solicitando que éste se extienda a todo el sector público, incluyendo las empresas del Estado, y cubra no sólo la propiedad intelectual del software, sino también de los videos, música, libros y demás creaciones intelectuales amparadas por el derecho de autor.

Se insta a este Parlamento y al Supremo Gobierno, a redoblar los esfuerzos para actualizar la legislación nacional sobre propiedad intelectual, creando mecanismos que propicien un adecuado y oportuno respeto de la misma, permitiendo a Chile colocarse a la par de las naciones más avanzadas y lograr que este país sea un polo de desarrollo en esta área, al igual como lo están logrando países como Irlanda e India.

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3.En relación a la investigación de los ilícitos cometidos por Microsoft y sus efectos en Chile. Propuesta del diputado Navarro, don Alejandro.

Otra proposición de conclusiones respecto al tema objeto de la investigación correspondiente a los ilícitos cometidos por Microsoft y sus efectos en Chile, fue presentada por el diputado señor Alejandro Navarro que, puesta en votación, se rechazó por 5 votos en contra y 1 voto a favor.

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IX. ACUERDO DE LA COMISIÓN PARA CONSIDERAR LA PROPOSICIÓN DEL DIPUTADO SEÑOR NAVARRO COMO VOTO DE MINORÍA.

En sesión 78ª de 10 de octubre de 2001, la Comisión aprobó por unanimidad de los señores diputados presentes, considerar en el informe la proposición de fundamentos y conclusiones del diputado señor Navarro como voto de minoría, en lo que respecta a la investigación de los ilícitos cometidos por Microsoft y sus efectos en Chile, que es del siguiente tenor:

I. ACTUACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

1.Solicitud de investigar, proteger y denunciar.

2.Decisión de la Cámara de Diputados.

3.Investigación de la Comisión de Ciencias y Tecnología.

4.Violación de los Derechos de las Personas.

II.- DAÑOS QUE SE DERIVAN DE LA EXISTENCIA DE UN MONOPOLIO GLO-BAL, EN LAS ÁREAS DE SISTEMAS OPERATIVOS, PROGRAMAS PARA ESCRI-BIR Y CALCULAR, PROGRAMAS DE ACCESO Y NAVEGACIÓN INTERNET Y PROGRAMAS DE CORREO ELECTRÓNICO.

1.Necesidad de acciones inmediatas.

2.Delitos reales en un mundo virtual.

3.Antecedentes.

4.Los ilícitos de Microsoft.

5.Asociación ilícita.

6.Papel del Parlamento.

7.Protección del consumidor.

8.Protección a la Pequeña y Mediana Empresa (Pyme) y abuso de los tribunales de justicia.

III. CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN SOBRE LA CAMPAÑA “TOLE-RANCIA CERO” DESARROLLADA POR LA ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE SOFTWARE (ADS).

IV. RECOMENDACIONES, CONCLUSIONES Y TAREAS QUE QUEDARON PEN-DIENTES DE LO ACTUADO POR LA COMISIÓN.

1.Materias de fondo

2.Principales recomendaciones.

3.Se hace constar lo siguiente.

5.Solicitud al Gobierno de Chile.

6.Solicitud a la Contraloría General de la República.

7.Asuntos que es indispensable dilucidar.

7.1.- Proyecto Enlaces.

7.2.- ¿Por qué Corfo compra 100.000 computadores?

8.Acciones sugeridas para la honorable Cámara, el Ejecutivo y la Civilidad.

9.Acusaciones de orden económico y político efectuados durante la actuación de la Comisión investigadora.

Anexos. (al documento que contiene proposiciones del diputado Navarro).

Anexo 1: Carta a diputados, del 24 de abril del 2000.

Anexo 2. Artículo “Microsoft viola los Derechos de las Personas”, de la serie “Los delitos de Microsoft”.

Anexo 3. Links a información esencial, nacional e internacional, relativa a estas materias.

I. ACTUACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

1.Solicitud de investigar, proteger y denunciar.

En abril de 2000, tres abogados, dos de ellos expertos en derechos informático y uno en política y finanzas internacionales, y dos ingenieros expertos en asuntos de informática, uno de ellos autor de un libro sobre el impacto global de la conducta de Microsoft, solicitaron a la Cámara de Diputados (Ver Anexo Num.1: Carta a diputados, del 24.04.2000), que “designe una Comisión investigadora de las actividades de Microsoft, que investigue acerca de los ilícitos y daños” que en ella se precisan. En dicha carta pidieron que “en caso que esta investigación arroje los resultados que son de presumir, solicite al Gobierno que inicie acciones legales conducentes a que Microsoft pague al Estado chileno los daños y perjuicios correspondientes, y reintegre lo cobrado en exceso”.

Demandaban los solicitantes que se “tomen acciones inmediatas que impidan que Microsoft pueda seguir abusando de los beneficios del sistema político, jurídico y económico que nuestro país brinda a las empresas nacionales y extranjeras”.

Sugerían los solicitantes que esta honorable Cámara “oficie a sus pares, las Cámaras de Representantes de los países miembros de las Naciones Unidas, sugiriéndoles tomar de in-mediato medidas de protección similares”.

Finalmente, y lo que es más grave, denunciaban que Microsoft “incurre en numerosas violaciones de los Derechos de las Personas”, y pedían que esta Cámara “solicite al Tribunal Internacional de Derechos Humanos que someta a Microsoft al correspondiente juicio”.

2.Decisión de la Cámara de Diputados.

En abril de 2001 la Cámara de Diputados decidió, por unanimidad, realizar la investigación solicitada y amplió, al efecto, las responsabilidades de la Comisión de que investigaba los asuntos relacionados con la inscripción de dominios en internet.

3.Investigación de la Comisión de Ciencias y Tecnología.

La discrepancia más relevante y más fácil de resolver que la Comisión dejó sin dirimir, es la relativa a la situación legal de Microsoft. En efecto, unos expertos afirmaron que la sentencia de la Corte de Apelaciones de Washington confirmó más del 90% de los ilícitos sentenciados en primera instancia, en tanto otros expertos afirmaron que, por el contrario, la Corte de Apelaciones rechazó más del 90% de ellos.

Que la Comisión no haya tenido acceso oficial a la sentencia del proceso desarrollado en Estados Unidos, una simple lectura de dicho fallo pone de manifiesto que la Corte de Apelaciones dejó a firme todos los delitos sentenciados por el Juez Jackson en sus “Hechos probados”, sin excepción alguna. La Corte ratificó asimismo, casi sin excepciones, las sentencias condenatorias relativas a conducta monopólica. Otra prueba simple de que Microsoft perdió el juicio surge de observar que Microsoft apeló ante la misma Corte de Apelaciones, por segunda vez (quien gana un juicio no apela) y, tras haber perdido esta nueva apelación, apeló ante la Corte Suprema donde, el 9 de octubre de 2001, Microsoft perdió en forma definitiva.

Los trabajos de la Comisión terminaron antes de que ésta hubiera recibido respuesta a la mayor parte de los Oficios que solicitó en sus tareas de investigación. Tampoco la Comisión comenzó siquiera a tratar los daños que el monopolio y la conducta depredadora de Microsoft ocasiona a la Pequeña y Mediana Empresa (Pyme).

Finalmente, la Comisión aprobó un informe de mayoría cuya brevedad adelanta lo que su contenido pone de manifiesto: que no se hizo esfuerzo alguno por atender tan importantes asuntos y que, por el contrario, se actuó para evitar que los hechos fueran investigados y para no ejercer el papel que corresponde al Congreso ante una situación como ésta, donde poderosos intereses afectan los derechos culturales, económicos y políticos de la ciudadanía, y ponen en grave riesgo la existencia de la pequeña y mediana empresa, responsable del 90% de las fuentes de trabajo de país.

4.Violación de los Derechos de las Personas.

No obstante la gravedad de esta denuncia y a pesar que uno de sus integrantes distribuyó entre los miembros del Comisión investigadora una carta demostrativa de las violaciones a los Derechos de las Personas en que Microsoft incurre, la Comisión no dedicó ni siquiera un minuto al análisis de este grave asunto, por lo que se deja constancia especial de esta negligencia y solicitarán la contratación, por parte de la Cámara, de un abogado experto para que haga un Informe en Derecho sobre esta materia.

En caso que dicho Informe ratifique las violaciones denunciadas, se iniciarán las acciones legales correspondientes, ante los tribunales internacionales competentes.

II. DAÑOS QUE SE DERIVAN DE LA EXISTENCIA DE UN MONOPOLIO GLO-BAL, EN LAS ÁREAS DE SISTEMAS OPERATIVOS, PROGRAMAS PARA ESCRI-BIR Y CALCULAR, PROGRAMAS DE ACCESO Y NAVEGACIÓN INTERNET Y PROGRAMAS DE CORREO ELECTRÓNICO.

1.Necesidad de acciones inmediatas.

El conjunto de los ilícitos en que incurre Microsoft representa una amenaza tan grave para la economía mundial, que el Gobierno de Estados Unidos, solicitó a un tribunal de Washington D.C. medidas preliminares inmediatas que impidan la continuación de las prácticas monopolísticas de Microsoft. El fundamento de esta petición fue:

1.Que la medida preliminar sólo era útil de inmediato, porque la “protección al término de este caso no podría remediar los daños hechos a los consumidores y al público durante el desarrollo de éste. [VII.86]

2.… “los daños a los competidores y a la competencia que ocurrirían en ausencia de una medida de protección durante la disputa de este caso, prácticamente no podrán ser revertidos posteriormente”. [VII.87]

3.“En la ausencia de una medida preliminar de protección, el mejoramiento de la posición de Microsoft (en el mercado) que resultará de su conducta continuamente ilegal, la fortalecerá (y así debilitará a sus competidores), de modo tal que el costo de revertir la inminente dominación de Microsoft en el mercado de buscadores de internet podrá ser prohibitivo”” [VII.91].

Piénsese lo que significa que el gobierno más rico de la Tierra considere “prohibitivo” el costo adicional que significaría esperar el término del juicio para recién tomar medidas que pongan término a la actuación ilegal de Microsoft.

Por otra parte, la ausencia de límites en la actuación de Microsoft se pone de manifiesto al observar que el propio gobierno de USA se sintió en la necesidad de solicitar a la corte: “Que Microsoft sea preliminar y permanentemente impedido de tomar represalias (o de amenazar con represalias) contra cualquier persona como consecuencia directa o indirecta de la cooperación de esa persona con el gobierno de los Estados Unidos”.

2.Delitos reales en un mundo virtual.

Diversos medios inmateriales como son, entre otros, los sistemas operativos, los programas-aplicación, el correo electrónico e internet, conforman el sustrato donde se dan el quehacer intelectual, las comunicaciones y las relaciones a distancia entre personas, instituciones y empresas. En él se apoya parte principal de la actividad comercial y financiera nacional e internacional.

Este sustrato constituye además, y a consecuencia de lo expuesto, un medio político de primera magnitud, tanto por el control que permite sobre el acceso a la información y sobre el contenido de ésta, como porque posibilita, a quien lo domine, conocer en detalle la actividad que desarrollan y la información que manejan personas, instituciones y empresas.

Parte sustancial de estos medios está sometido a régimen de monopolio. Esta circunstancia, unida a la naturaleza intangible del sustrato, permite al monopolista cometer los más diversos ilícitos contra los usuarios, y ejercer una incansable y poderosa actividad depreda-dora financiada con los ilimitados recursos que el pillaje virtual le procura. La desprotección de personas y empresas se ve amplificada por la naturaleza de los medios, por la situación de dependencia en que ellas se encuentran, y por las dificultades materiales, legales y políticas que enfrenta la autoridad para intervenir en ellos.

3.Antecedentes.

Microsoft Corporation es una empresa norteamericana cuya casa matriz está en Redmond, Washington, Estados Unidos y que opera a través de filiales en diversos países. En Chile, opera como Microsoft Chile, entidad domiciliada en Santiago, Avenida Andrés Bello 2777, piso 10.

Pocos años después de fundada, Microsoft llegó a ser monopolio en Sistemas Operativos para Computadores Personales (PC) gracias a su desarrollo del DOS. Esta posición y una conducta sistemática al margen de la ley, le permitieron llegar a ser monopolio en “Ambiente de Trabajo” o “Interfase Gráfica para Usuarios” (Windows) y, a consecuencia de ello, en Programas-Aplicación (Word y Excel, ente ellos) indispensables para el ejercicio de derechos humanos como escribir y calcular.

Valiéndose de su monopolio en Windows, su desprecio por la ley y la tolerancia de las autoridades, Microsoft ha forzado ilegalmente (y continúa forzando) a los fabricantes de PC,

a.1) obligándolos a instalar Windows en cada PC que fabrican

a.2) prohibiéndoles instalar los programas que los fabricantes deseen;

a.3) obligándolos a que sus PC, al ser encendidos, muestren los mensajes y la publicidad que Microsoft determine; y,

a.4) obligándolos a que paguen a Microsoft por cada PC que venden, lleve o no programas de Microsoft.

El conjunto de estas acciones ha permitido (y continúa permitiendo) a Microsoft retrasar el desarrollo tecnológico en el área del software, y obligar a personas, empresas y gobiernos a reemplazar cada vez con mayor frecuencia los computadores y los programas que utilizan, cobrándoles cada vez más por esos programas que adicionalmente funcionan mal.

Valiéndose de los mismo medios y circunstancias y del propio monopolio en Windows, Microsoft ha forzado ilegalmente a los fabricantes de PC, a los Proveedores de Servicios y de Contenido de internet, y a las grandes empresas de desarrollo de Software, imponiendo sobre ellos diversas obligaciones cuyo propósito es permitir que Microsoft alcance el control monopólico del acceso a internet, lo que las empresas especializadas consideran que ya ha logrado, por cuanto actualmente más del 90% del acceso a internet se da a través de programas de Microsoft.

Microsoft enfrenta actualmente una demanda del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, acusado de conductas monopolísticas y otros ilícitos. Este proceso ha generado dos sentencias condenatorias en contra de Microsoft: una de fecha 5 de noviembre de 1999, enmendada el 21 de diciembre de 1999 (en adelante “Sentencia Ms I”), en la que se establece que numerosos delitos de Microsoft son “hechos probados”; y otra, de fecha 4 de abril de 2000, (en adelante “Sentencia Ms II”), en la que se confirma que ha violado la ley antimonopolios de los Estados Unidos, que su conducta es “depredadora” y que ha incurrido en una conducta concertada a la que nos referimos más adelante en el Título 8 “Asociación Ilícita”.

Estas sentencias han sido ratificadas por la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, con escasas excepciones en el caso de violación del Acta de Sherman (Ley Antimonopolios de USA), y sin ninguna excepción en el caso de los “hechos probados”, designación que el Juez Jackson dio a los numerosos delitos que aquí se mencionan y que fueron “probados” durante la investigación desarrollada por el Juez.

La Corte Suprema de USA ratificó la sentencia de Apelaciones, por lo que la causa vuelve a primera instancia sólo para que se definan las medidas a tomar para remediar los daños que se derivan de la conducta ilegal de Microsoft.

En lo que respecta a ilícitos asociados a su último producto, el Windows XP, Microsoft está siendo investigado por la Unión Europea y arriesga multas hasta por 2.500 millones de dólares.

4.Los ilícitos de Microsoft.

Los principales actos ilegales por los cuales Microsoft fue demandado por la División Antimonopolios del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica, en Washington D.C., el 18 de mayo de 1998, son:

1.“amarra productos” (obliga a comprar lo que no se quiere a cambio de poder comprar lo que se necesita) [I.5]. (Dentro del paréntesis cuadrado, el número romano corresponde al capítulo dentro de la demanda y las letras y números árabes siguientes, a divisiones en las que está organizado ese capítulo en la demanda).

2.“impone acuerdos comerciales” [I.5]

3.“impide que” otros “puedan competir en el mercado”, lo que “habría resultado en grandes innovaciones y contribuido al desarrollo de mejores productos y a menores precios”. [I.11]

4.desarrolla “prácticas anticompetitivas” con el propósito y el efecto de mantener su monopolio [I.13]

5.“priva a los consumidores de libertad de elección”[I.18]; “roba a los clientes su derecho a elegir”[I.36]

6.reduce la capacidad de los consumidores de elegir [I.22]

7.fuerza a los fabricantes de PC y a otros compradores [I.22]

8.“obliga a los fabricantes de PC a adoptar una secuencia uniforme de encendido y pantallas de apertura especificadas por Microsoft. [I.24]

9.priva a los fabricantes de PC de su libertad de elegir, de determinar las pantallas iniciales mostradas por los computadores que ellos venden, de diferenciar sus productos para atender su percepción de las necesidades de los consumidores. [I.25]

10. ha entrado en acuerdos anticompetitivos con virtualmente todos los más grandes y populares Proveedores de Servicios de internet [I.28] y Proveedores de Contenido de internet [I.29]

11. “obliga a éstos [I.28], [I.29], [I.32], [I.50] a diseñar sus propios Sitios Web” de modo “que esos sitios se vean mejor cuando son mirados a través del internet Explorer que cuando son mirados o visitados a través de cualquier Buscador de la competencia [I.29]

12. excluye la competencia [I.36]

13. afecta adversamente la innovación porque [I.37]:

a)desincentiva la investigación y desarrollo de nuevos productos.

b)afecta la capacidad de éstos (sus competidores) para obtener financiamiento para investigación y desarrollo.

c)impide a los competidores que a pesar de todo tuvieron éxito en desarrollar innovaciones, comercializar efectivamente sus productos mejorados, hasta hacerlos llegar al consumidor.

d)reduce el incentivo y la capacidad de los fabricantes de PC, para innovar y diferenciar sus productos de modo de hacerlos atractivos a los consumidores

e)reduce la competencia y el espíritu de innovación que sólo la competencia puede aportar.

14. “restringe el comercio” [VIII.A.93]

15. “ha optado por privar a los consumidores del derecho a obtener”…(diversos productos) [VI.F.81]

El libro “Stop Gates.Now”, de Antonio García V., publicado en España en 1999, denuncia numerosas actividades ilegales adicionales de Microsoft. Este libro y su autor han sido objeto de reportajes en TV, radio, diarios y revistas en muchos países de habla hispana, en algunos de los cuales ha estado en la lista de “best sellers”, lo que evidencia que ha sido objeto de gran difusión sin haber sido desmentido por Microsoft. Entre los delitos adicionales que en dicho libro se demuestran se incluyen los siguientes:

16. Suministra productos con vicios ocultos cuyo efecto es provocar obsolescencia artificial de esos productos y de los equipos que los emplean; privar al usuario de la posibilidad de conocer productos de la competencia y, en caso de tenerlos, privarlo de la posibilidad de hacer uso efectivo de ellos.

17. Priva al consumidor de su derecho de hacer pleno uso de su computador escondiendo el sistema operativo e interponiendo entre el usuario y dicho sistema un programa, Windows, al que infundadamente le atribuye condición de sistema operativo.

18. Priva a los usuarios de las ventajas propias del desarrollo tecnológico, consistentes en pagar cada vez menos por productos cada vez mejores.

Finalmente cabe mencionar que Microsoft incurre en otro conjunto de delitos aun de mayor gravedad:

19.- Viola reiterada y sistemáticamente gran parte de los derechos de las personas

La concurrencia de estas violaciones se demuestra en el Anexo 3 al presente Informe (Los delitos de Microsoft. “Microsoft viola los derechos de las personas”):

5.Asociación ilícita.

Es necesario investigar judicialmente si en efecto Microsoft Chile comete, además, el delito de “asociación ilícita”, visto que la diversidad de los ilícitos en que incurre su casa matriz y el propósito común que los anima, constituye circunstancias que permiten presumir que realiza sistemática y concertadamente ilícitos de distinta naturaleza con un mismo fin general.

Al respecto cabe precisar que en la sentencia Ms II, el Juez Jackson dictamina: “La violencia que Microsoft ha ejercido contra el proceso de competencia se revela en toda su extensión sólo cuando las distintas categorías de conducta se observan cómo debe ser: como un curso de acción único y bien coordinado”.

6.Papel del Parlamento.

La responsabilidad protagónica que cabe a los Parlamentos nacionales en la lucha contra el monopolio global resulta de las siguientes consideraciones:

-Porque el Parlamento es la institución clásica de la democracia, y el poder más íntima-mente vinculado a ella.

-Porque sus miembros son elegidos directamente por los ciudadanos, a quienes tiene el deber de proteger, lo que históricamente se ha expresado en su defensa frente a los poderosos.

-Porque sus miembros son representantes de una ciudadanía cuyos intereses y derechos personales son violados por Microsoft.

-Porque el Parlamento es la única instancia cuyo proceso de toma de decisiones es público.

-Porque su papel es controlar cualquier amenaza que algún poder político pudiere representar para la democracia, y controlar cualquier poder descomunal que pueda ponerla en peligro.

Microsoft es un actor político adicional a los estados nacionales y es más poderoso que la mayor parte de éstos. Tiene incontrarrestable influencia no sólo en las negociaciones multinacionales, sino en la vida diaria de individuos, empresas, centros educacionales y entes de gobierno. En su acción depredadora viola los Derechos de las Personas, afectando entre otros el derecho de propiedad, el derecho a la privacidad, la igualdad ante la ley, el derecho a disfrutar de los beneficios derivados del progreso científico, y los derechos a participar en la vida cultural de la comunidad y a comunicarse e informarse por cualquier medio.

Los ciudadanos y las empresas necesitan ser protegidos de una organización que viola sus derechos y les impone tributos ilegales crecientes y cada vez más frecuentes.

El Parlamento de Chile no puede subestimar el poderoso y beneficioso impacto que sus decisiones pueden tener en el concierto internacional, por lo que no debe dejarse influir por el tamaño relativamente pequeño de nuestro mercado y país, o por la circunstancia de que nuestras empresas no sean actores de primera magnitud en las industrias involucradas.

Nuestras empresas necesitan protección para acceder a internet libremente y bajo condiciones de privacidad que les permitan desempeñarse competitivamente en el medio electrónico donde ocurre parte principal de la actividad económica mundial.

Es importante no dejarse disuadir por la naturaleza aparentemente tecnológica del problema: los ilícitos en que Microsoft incurre son independientes de su giro comercial y deben ser legalmente penalizados, y policial y políticamente impedidos de continuar materializándose.

La conducta ilegal de Microsoft configura un esquema de control de la información y el comercio, por lo que tarde o temprano deberá ser enfrentado, puesto que su acción depredadora determina condiciones que, además de ilegales, son insostenibles en la medida que crean un ambiente económico no sustentable.

7.Protección del consumidor.

La sentencia Ms confirma que Microsoft ha incurrido en numerosos delitos en perjuicio de los consumidores:

-“emplea parte importante de su poder monopólico en imponer costosas restricciones a sus consumidores” (Ms I.66)

-“impone a los fabricantes provisiones que los inducen a concentrar sus esfuerzos en producir equipos caros” (Ms I.66)

-“expuso a quienes usan el Navegador en Windows 98, a riesgos de privacidad y de seguridad que son específicos de los controles del internet Explorer y del ActiveX” (Ms I,172).

-“produjo daños incluso a consumidores que quieren usar internet Explorer, y ningún otro navegador, con Windows 98”( Ms I,174.)

-“obstruyó innovaciones que habrían hecho que los PC que trabajan con Windows fueren más satisfactorios para los usuarios”. (Ms I, 203)

-“privó considerablemente a los consumidores de su libertad de elegir” (Ms I, 301)

-“exigió a los proveedores de Contenido internet crear “contenidos diferenciados”, los que ya sea estaban disponibles sólo para usuarios de internet Explorer o serían más atractivos cuando vistos con internet Explorer que cuando vistos con cualquier otro buscador” (Ms I, 322) “les exigió explícitamente que se aseguraran que su contenido aparecería degradado cuando fuera visto con el Navegador de Netscape, en vez del Explorador de Microsoft” (Ms I, 329)…

-“se involucró en una serie concertada de acciones diseñada para proteger las barreras de entrada y, por ende, su poder monopólico…. Muchas de estas acciones han causado daños a los consumidores en forma inmediata y fácilmente discernible. También, al distorsionar la competencia, ha causado daños a los consumidores que, aunque son menos directos, son serios y de largo alcance” (Ms I, 409)

-“creó confusión y frustración para los consumidores…. Privó a los consumidores de innovaciones en el software …(Ms I, 410). ……El resultado final es que algunas innovaciones que realmente habrían beneficiado a los consumidores nunca se hicieron realidad por la sola razón de que no coincidían con los intereses de Microsoft (Ms I, 412).

No se refiere el Juez Jackson a los numerosos vicios ocultos en los programas de Microsoft cuyo propósito es adelantar la caducidad de equipos y programas, porque la acusación que se hace ante su tribunal se contrae a prácticas monopólicas. Es así como el Juez sólo sentencia acerca de daños a los consumidores derivados de los ilícitos en que Microsoft incurre para defender y ampliar el alcance de su monopolio.

Tal vez la consecuencia más grave de los delitos de Microsoft contra el consumidor sea la presión de consumo que ejerce alevosamente contra las madres y padres de familia que con inmenso esfuerzo compran para sus hijos un computador personal al que acertadamente consideran instrumento indispensable para la formación de sus hijos y para garantizarles igualdad de oportunidades.

Los vicios ocultos en los programas de Microsoft hace que esos equipos en corto tiempo sean incapaces de manejar enciclopedias y juegos, y obliga a los padres a hacer un nuevo, innecesario y mayor esfuerzo de ahorro para reemplazar el PC y adquirir nuevas versiones de juegos y enciclopedias, con la consiguiente postergación de otras necesidades tanto o más importantes.

La conducta de Microsoft en perjuicio de los consumidores continuará dándose hasta el día en que la autoridad ponga fin a la acción depredadora de Microsoft.

8.Protección a la Pequeña y Mediana Empresa (Pyme) y abuso de los tribunales de justicia.

No menos desprotegidas se encuentran las Pymes ante la acción de una organización que, aunque actúa al margen de la ley, llega hasta ellos con el respaldo de los tribunales de justicia a imponerles exacciones cada vez mayores.

Las Pymes se ven enfrentadas a un interminable proceso de renovar cada vez con mayor frecuencia sus computadores y programas, pagando cada vez más por las nuevas versiones de éstos. Esta situación es consecuencia directa de la conducta ilegal de Microsoft, e impone sobre la Pyme un verdadero impuesto anual que representa un inmenso costo directo para la economía del país y, lo que es mucho más grave, que atenta cada vez con más fuerza contra las posibilidades de éxito de este sector de la economía.

Es oportuno tener presente la importancia de la Pyme, tanto por su alta contribución al empleo como porque constituye la simiente de lo que serán las grandes empresas del mañana. Resulta por lo demás sorprendente que los gobiernos inviertan enormes sumas para fomentar y apoyar el desarrollo de la Pyme y permitan, simultáneamente, que una organización privada que actúa al margen de la ley imponga sobre las Pyme exacciones cuyo monto excede ampliamente al de dicha inversión.

El único medio de presión real con que cuenta Microsoft para lograr que las Pyme en efecto paguen estas exacciones es, previo amenazarlas mediante campañas publicitarias financiadas con recursos derivados de actividades al margen de la ley, demandarlos por “piratería de software”.

Los juicios por “piratería” incoados por Microsoft en contra de la Pyme, con frecuencia incluyen irregularidades procesales entre las que destaca la violación del derecho a confidencialidad de la información de la empresa demandada; se dan en un ámbito penal que es discutible; están viciados de nulidad porque tienen por objeto el cobro de dinero derivado de obligaciones impuestas al acreedor por medios ilegales; y, lo que es más grave, constituyen abuso y escarnio del sistema de justicia, visto que el propósito de éste es defender al agraviado y reparar la injusticia y no, por el contrario, verse convertido mediante engaño, en instrumento de cobranza de derechos corsarios.

Es inaceptable que una organización que actúa al margen de la ley se valga de los propios tribunales de justicia para imponer exacciones ilegales no sólo sobre la pequeña y mediana empresa, sino incluso sobre las propias universidades, razón por la que nos permitimos sugerir a esta honorable Cámara que ponga esta circunstancia en conocimiento del Poder Judicial.

III. CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN SOBRE LA CAMPAÑA “TOLE-RANCIA CERO” DESARROLLADA POR LA ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE SOFTWARE (ADS).

La Comisión descartó pronunciarse acerca de las graves denuncias expuestas por el abogado Alberto Contreras Clunes, abogado y profesor de derecho procesal en diversas universidades, quien participó invitado por ésta.

“ADS, en su campaña “Tolerancia cero” distribuyó folletos a las distintas empresas, recomendándoles en el apéndice Nº 3 que establezcan una nueva causal de despido, haciendo responsables a los empleados por supuestas copias de programas computacionales o software. En este mismo apéndice, entre otras cosas, dice: “La empresa no tolerará la realización de copias no autorizadas por ningún empleado”. Además, señala: “Todo empleado que sea descubierto copiando software de manera ilegal, podrá ser despedido de una empresa”. Estamos hablando de empresas. “Todo empleado que copie software para dar a cualquier tercero fuera de la empresa, incluyendo a clientes, también podrá ser despedido”.

“Todo esto atenta contra el Código del Trabajo y normas expresas respecto de las causa-les de despido”.

Por otra parte, en su campaña “ADS recomienda a las empresas responsabilizar a los empleados por el uso indebido de software de las empresas”. Esto está debidamente documentado mediante: a) Procedimiento Nº 7, a través de un memorándum, indicando que una copia ilegal de software constituye una “ofensa” que será sancionada “disciplinariamente” y b) Procedimiento Nº 8, indica que los empleados “firmen un acuerdo” respecto de “políticas de la organización” sobre el uso de software ilegal.

Adicionalmente “ADS afirma que “bajar” programas desde internet sería un delito”, lo cual también está documentado en tres puntos:

a)“en el folleto “Piratería en el internet”, induce a error en los usuarios al señalar que “la piratería a través del internet es una fuente primaria de virus de computadoras”;

b)recomienda establecer una “política empresarial” de “prohibir” a los empleados la carga o descarga de software con derechos de autor en el internet o en sistema de boletines electrónicos (BBS). Todos sabemos que muchos de los programas que se encuentran en internet no tienen derecho de autor, son de libre acceso y se denominan programas demo, shareware o freeware. En definitiva, ¿qué entiende una persona que no está habituada a esta tecnología jurídica? Entiende que todos los programas están protegidos por el derecho de autor y que por esa razón habría que prohibir a los empleados cargar o descargar.

c)Sugiere establecer “una medida disciplinaria” en el caso de que un empleado “descargue ilegalmente software del internet”.

Los descargos que hicieron ADS y Microsoft acerca de los daños que ocasionan a las Pyme tanto la conducta de Microsoft, al margen de la ley, como la campaña de ADS, tendiente a amedrentarlas y aumentar su desprotección ante los ilícitos de Microsoft, eludieron los temas de fondo planteados tanto en materias legales como en las materias técnicas relacionadas con la conducta depredadora de Microsoft que, al causar obsolescencia anticipada de programas y equipos, produce graves daños materiales a las Pymes.

El abogado Contreras también señaló que ADS y Microsoft:

-Distribuyen y publican en diversos medios de comunicación información difamatoria, abiertamente injuriosa y calumniosa, con el logo de ADS y desde el fax de Microsoft.

-Buscan víctimas propicias y tribunales “ad hoc”, a fin de lograr que se decreten órdenes amplias de investigar y que se someta a proceso a los inculpados, prácticamente en forma inmediata.

Declaró asimismo el abogado Contreras que ADS y/o Microsoft:

a)Realizan usurpación de funciones policiales. Se atribuye funciones propias de la Policía de Investigaciones de Chile, expresamente establecidas en el decreto ley Nº 2.460, orgánica constitucional de Investigaciones de Chile, artículo Nº 4.

b)Inducen a error a los tribunales de justicia. Montan querellas criminales con delitos prefabricados.

c)Distribuyen y publica en diversos medios de comunicación información difamatoria, abiertamente injuriosa y calumniosa, con el logo de ADS y desde el fax de Microsoft.

d)Buscan víctimas propicias y tribunales “ad hoc”, a fin de lograr que se decreten órdenes amplias de investigar y que se someta a proceso a los inculpados, prácticamente en forma inmediata.

e)Pretenden incluir programas de Microsoft en las querellas, con el objeto de que en la incautación que se realice a los querellados se “encuentren” programas copiados ilegalmente. Esto es una práctica habitual no solamente en nuestro país, sino que en España y en otros países de América Latina.

ADS no sólo injuria y calumnia a eventuales “infractores de la ley de propiedad intelectual”, sino que, además, lo hace públicamente. Existe una fotocopia, que consta en el expediente de una causa que actualmente estamos tramitando, en la que, con nombre y apellido, señalan a una persona. Esto se envió, como dice en su parte superior, desde Microsoft Chile Sociedad Anónima, para ser difundido a través de los diarios “El Mercurio” y “La Cuarta”, y la radio Chilena, entre otros medios que pudimos recopilar. Sin embargo, la persona que acá está siendo nombrada ni siquiera había prestado declaración en el tribunal. Todo se ha hecho, simplemente, para desacreditarlo, desprestigiarlo, y de esa forma intentar una eventual negociación con el futuro procesado.

Existe claridad, en los procesos que en este país se están investigando, respecto de que éstas son prácticas habituales.

Acusaciones de orden económico y político durante la actuación de la Comisión investigadora.

Entre los argumentos expuestos por el honorable diputado Alejandro Navarro, éste expresó: “Tengo en mis manos un documento referido al desarrollo de internet y sus consecuencias, por ejemplo, en Estados Unidos. Los problemas que pueden surgir con internet no es algo propio de los países subdesarrollados, sino también de los países desarrollados. Éstos son temas que tanto el Parlamento como el Ejecutivo y el sector privado debieran tener presente. Hoy, Microsoft enfrenta una demanda del departamento de justicia de Estados Unidos, por conductas monopólicas y otros ilícitos. Ese proceso ha generado dos sentencias condenatorias: una, con fecha 5 de noviembre de 1999, enmendada el 21 de diciembre de ese año, en que se establecen ilícitos y delitos como hechos probados, y otra, con fecha 4 de abril de 2000, que confirma que Microsoft ha violado la ley antimonopolios de Estados Unidos, calificando su conducta como “depredadora”. El juez Jackson anunció en mayo de 2001 que determinará las penalidades que correspondan. Microsoft fue demandado por la división antimonopolio del departamento de justicia. No estamos hablando de una guerra comercial, ni de dos actores que se disputan un mercado, ni de un juicio entre privados. A través de dos sentencias condenatorias queda comprobado que Microsoft amarra productos, es decir, obliga a comprar lo que no se quiere, a cambio de comprar lo que se necesita. Además, impone acuerdos comerciales, impide que otros puedan competir en el mercado, desarrolla prácticas anticompetitivas, priva a los consumidores de la libertad de elección, reduce la capacidad de los consumidores a elegir y priva a los fabricantes de PC de su libertad de elegir y determinar la pantalla inicial, mostrada por los computadores que ellos venden. Hace diez años los computadores tardaban menos de un minuto en encenderse y mostrar todo. Hoy demoran tres y más minutos, debido a imposiciones que Microsoft hace a los fabricantes. También Microsoft ha sido acusado de entrar en acuerdos anticompetitivos, a consecuencia de los cuales los sitios web se ven mejor cuando se ingresa a ellos a través de internet Explorer que cuando son vistos a través de cualquier buscador de la competencia -esto lo he comprobado personalmente; intenté entrar a una página a través de la competencia y no pude-, lo que excluye a la competencia y afecta adversamente a la innovación. Además, desincentiva la investigación y el desarrollo de nuevos productos, afecta las posibilidades de los competidores para obtener financiamiento para investigación y desarrollo, impide a los competidores -que a pesar de todo tuvieron éxito en desarrollar innovaciones- comerciar efectivamente sus productos mejorados, reduce el incentivo a la capacidad de los fabricantes de PC para innovar y diferenciar sus productos, y reduce a la competencia el espíritu de innovación y restringe el comercio. Además, suministra productos con vicios ocultos, cuyo efecto es provocar obsolescencia artificial de esos productos y los equipos que emplean, privar al consumidor de la posibilidad de conocer productos de la competencia y privar al usuario de su derecho de hacer pleno uso de su computador, interponiendo entre él y dicho sistema un programa Windows al que in-fundadamente se le atribuye la condición de operativo. Por último, priva a los usuarios de las ventajas propias del desarrollo tecnológico, consistentes en pagar cada vez menos por productos cada vez mejores”.

La afirmación de Microsoft en cuanto a que la posibilidad de eliminar el Explorer reduciría la dependencia del Windows XP y por ende los problemas de privacidad que de este se derivan es falsa porque:

a) no se está en capacidad de prescindir del IExplorer, empleado por el 90% de los usuarios

b) aun cuando no se use IExplorer, se estará obligado a usar Windows XP porque Microsoft obliga a los fabricantes a que los PC vengan operando exclusivamente en Windows, de modo que la eliminación del IExplorer no reducirá dicha dependencia

El ingeniero Antonio García, experto en los impactos de la actividad ilegal de Microsoft, informó a la Comisión que:

Existen tres grandes áreas que se deben considerar al estudiar el tema Microsoft:

a)Un área corresponde a los delitos y daños que produce. Los delitos directos contra personas y empresas, los delitos a través de internet y los riesgos que supone para la sociedad en su conjunto el que Microsoft llegue a tener el control de internet.

b)Otra área corresponde a cómo defenderse y cómo recuperar lo pagado en exceso. Hay que analizar por qué actuar contra Microsoft; cómo defender a los usuarios y a las Pyme; por qué suspender eventualmente los pagos del Estado; cómo recuperar lo pagado en exceso; cómo enfrentar a Microsoft en Chile y fuera de Chile, y cómo demandarlo por violación de derechos humanos.

c)Una tercera área es cómo eliminar el monopolio. ¿Qué pasa si se prescinde de Microsoft? En Estados Unidos ya se ha planteado que, desde el punto de vista legal, el sistema operativo es un servicio público esencial, por lo que está cubierto por la legislación que corresponde a estos servicios. La eliminación del monopolio pasa por que el Estado apoye una reconversión general a freeware en sistemas operativos y programas aplicación.

En materia de daños a las personas, cabe señalar que Microsoft suministra programas con basura y vicios ocultos que obligan a comprar un computador personal cada vez más grande. Microsoft emplea artificios para adelantar la obsolescencia de los equipos: hoy en día programas y equipos duran uno o dos años, pudiendo durar perfectamente siete si no usaran sistemas de Microsoft. Ello ocurre porque las nuevas versiones de cada programa y sistema de Microsoft están diseñadas para que no puedan usarse en equipos que no sean de última generación.

Microsoft puede aumentar permanentemente el precio de sus productos, y en efecto lo hace, sólo como consecuencia de su condición de proveedor único o monopólico. El precio de los programas para PC disminuye mucho a medida que pasa el tiempo, excepto en el caso de los programas de Microsoft. Microsoft cobra por un programa para sumar y escribir, esto es, para ejercer derechos fundamentales, el 80 por ciento del precio de un computador. (Microsoft rebatió este hecho ante la Comisión investigadora, pero no presentó la lista de precios de sus productos. Es el caso que Office completo se vende a alrededor de 800 dólares. Visto que un muy buen PC se puede comprar a partir de 700 dólares, Office llega a representar incluso más del 100% del precio de un PC).

Word y Excel son los caballos de Troya de Microsoft en los delitos de crear obsolescencia anticipada de los PC.

Word duplica cada dos años las necesidades de memoria que impone a los PC. En un comienzo necesitaba un computador de medio megabyte, después de 1, después de 2, después de 4 y hoy vamos en 128 megabytes. (Eso decía García a principios de agosto de 2001. Sin embargo, la versión más reciente, Word 2002, ocupa 343 Megabytes, infinito escándalo).

Dentro de cualquier programa Excel vienen diversos juegos obviamente innecesarios En el sitio www.eeggs.com se detalla cómo jugar a las carreras de automóviles y otros juegos que vienen escondidos en Excel. Entonces, Microsoft ha metido gigantescos juegos dentro de sus programas para ocupar innecesariamente gran espacio de memoria, haciendo obsoletos los PC que venían con la memoria necesaria para correr la versión anterior, mucho más pequeña, de estos mismos programas. Así obliga a usuarios y empresas a cambiar continua-mente sus PC.

Lo básico de un computador personal, grosso modo, es su velocidad, su memoria RAM y su memoria en el disco duro.

Tengo aquí 3 computadores portátiles que eran lo mejor del mercado en su momento. Uno es de 1994, otro de 1997 y el otro de 2000. Son dos Toshiba y un IBM. Sus velocidades de trabajo son 33, 150 y 750 megahertz, respectivamente. O sea, el de 2000 es 25 veces más rápido que el de 1994. Sin embargo, el de 1994 arranca en 8 segundos y el de 2000 en 4 minutos.

El mejor portátil de venta en 1994, venía con 12 megabytes de memoria RAM. El de 1997 ya tenía 32. El de 2000, 128. Hoy vienen con 256 Mram. Esto es absolutamente innecesario y es el resultado de un esquema ilegal.

Un megabyte equivale a un libro de 300 páginas. Entonces, que Word necesite 128 megabytes para funcionar en un PC, significa que para escribir incluso el texto más simple requiere un espacio equivalente a 128 libros de 300 páginas; esto es, el equivalente a 40.000 páginas (para escribir una página necesita un escritorio donde caben simultáneamente 40.000 páginas. Suena exagerado... ¿no?). Eso es sólo un artificio para causar obsolescencia de computadores, puesto que Word, hace 10 años, exigía un espacio de trabajo equivalente a 1.000 páginas y, poco antes exigía sólo el equivalente a 40 páginas.

¿Por qué se duplica el área de trabajo que necesita Word? ¿Es aceptable que hoy necesite para escribir un espacio equivalente a 40.000 páginas si el propio Word lo hacía en 40 páginas? El Juez Jackson sentencia que Microsoft invierte el desarrollo tecnológico. Que está contra la innovación.

En efecto, en estos 15 últimos años ¿cuánto ha disminuido el tamaño de una filmadora de video? Creo que ya no las hacen más chicas, porque sería incómodo operarlas.

La nanotecnología, que es una de las disciplinas que ha sido revolucionada por un joven de 17 años, al igual que la informática con el Napster, permite lograr piezas que miden mil millonésimos de metro. Sin embargo, estos programas, en el mundo trucado de Microsoft, cada día ocupan más espacio. Vale decir, la del monopolio de Microsoft es una tecnología que va en dirección contraria a todas las demás. Eso es así porque el monopolio global desarrolla su tecnología de modo que le paguemos cada vez más.

El juez también acusa a Microsoft de inhibir la innovación, de no permitir que las tecnologías se desarrollen.

Sentenció el juez Jackson:

a)“Microsoft emplea parte importante de su poder monopólico en imponer costosas restricciones a sus consumidores”.

b)“Microsoft impone a los fabricantes condiciones que los inducen a concentrar sus esfuerzos en producir equipos caros”.

c)“Microsoft creó confusión y frustración para los consumidores.

d)“Microsoft los privó (a los consumidores) de innovaciones en el software”.

e)“El resultado final es que algunas innovaciones que realmente habrían beneficiado a los consumidores nunca se hicieron realidad por la sola razón de que no coincidían con los intereses de Microsoft”.

f)“Muchas de estas acciones han causado daños a los consumidores en forma inmediata y fácilmente discernible”.

g)“También, al distorsionar la competencia, ha causado daños a los consumidores que, aunque son menos directos, son serios y de largo alcance”.

h)“Obstruyó innovaciones que habrían hecho que los PCs que trabajan con Windows fueran más satisfactorios para los usuarios y privó considerablemente a los consumidores de su libertad de elegir.”.

Esto lo sentenció un juez y fue ratificado por la Corte de Apelaciones y por la Corte Suprema de USA.

¿Qué pasa con las pequeñas y medianas empresas? Microsoft las obliga a cambiar todos sus equipos y programas mediante un esquema muy sencillo que voy a exponer.

Si una pequeña empresa tiene 10 PCs y compra un nuevo PC, el nuevo PC vendrá con más memoria RAM para poder correr las nuevas versiones de Word y Excel. Además, vendrá con una nueva versión de Windows. Ya no podrá comprar el Office antiguo, porque no lo venden. Sólo se venden Windows y Office recientes. Entonces, hay dos opciones: copia el Office y se transforma en un pirata o compra el Office nuevo.

Si decide no copiar el Office para evitarse los abusos de las campañas antipiratería, y compra la última versión de Office, pronto se ve obligado a instalarlo en todos sus PC, por-que los archivos ya no cuadran. Pero, el nuevo Office no corre en los viejos computadores que tiene.

Entonces, si la empresa pensaba invertir mil dólares en la compra de un computador, la disyuntiva es invertir 20 mil dólares en licencias y en nuevos computadores o piratear el Office antiguo.

De estos 20 mil dólares que se invierten innecesariamente, no menos de 10.000 llegan a manos de Microsoft por concepto del ciento por ciento de las licencias y del 20 por ciento de los equipos, pues de cada PC que se vende en el mundo, lleve o no programas Microsoft, entre 100 y 300 dólares llegan a Microsoft.

¿Tiene esa pequeña empresa derecho a piratear o está obligada a someterse al chantaje de comprar lo que no necesita? Ésa es la pregunta de fondo que debe hacerse la gente que está preocupada de proteger a las Pymes.

¿Qué hace Microsoft en internet?

Internet es el primer producto post-comercial en la historia de la humanidad. El primero que se generó para que fuera gratuito. Diseñarlo para que fuera pagado habría implicado una serie de restricciones tecnológicas, de manera que por ello se optó por su gratuidad.

Es la primera vez que se produce un bien de gran importancia para que todo el mundo lo disfrute, sin pagar.

El designio de Microsoft es convertir internet en un producto comercial y que se le pague a esa empresa por cada operación que se realice vía internet. Entonces, lo que está en juego es si internet seguirá siendo gratuito o si todo lo que ocurra en este medio generará derechos económicos en favor de Microsoft.

El juez Jackson sentenció que “Microsoft exigió a los proveedores de contenido internet crear contenidos diferenciados, los que estarían disponibles sólo para los usuarios de programas de Microsoft, o contenidos más atractivos cuando se vean con los programas de Microsoft”. “Les exigió explícitamente que el contenido de los sitios web apareciera degradado cuando se visitaran con programas No-Microsoft”.

Vale decir, Microsoft obligó a los principales proveedores a que si un cliente se conectaba con ese proveedor y visitaba un sitio web, lo viera mal o sólo parcialmente. Esto es equivalente a que, al pasearnos por el Jumbo o el Ekono sólo fuésemos capaces de ver la mitad de los productos. En particular, sólo los productos que Microsoft quiere que veamos. Y lo más grave es que quedaremos creyendo haberlos visto todos. Este “hecho probado” constituye violación de los derechos de las personas.

El Juez Jackson sentenció: “Microsoft produjo daños, incluso a consumidores que quieren usar el propio programa Microsoft”. O sea, en su propósito de tomar el control de internet, Microsoft produjo daños incluso a los usuarios de programas que esa entidad produce.

Internet está constituido, grosso modo, por cien mil grandes computadores, por varios millones de servidores, por seiscientos millones de computadores personales o de oficina que entran y salen, trayendo y llevando información, por miles de kilómetros de autopistas reales consistentes en redes de cables y, finalmente, por autopistas virtuales -programas o software- donde el más destacado es el programa de acceso y navegación.

¿Cuáles de estos elementos controla Microsoft? Por una parte, controla absolutamente el acceso, pues más del 90 por ciento de las entradas a internet se dan a través de programas de Microsoft.

Microsoft tiene además importante y creciente control en los programas para servidores y ha hecho inversiones por ocho mil millones de dólares en los últimos tres años para tomar el control de la industria del cable en todo el mundo. Ya lo tiene, por ejemplo y totalmente, en Inglaterra.

¿Cuáles son los delitos relevantes que comete Microsoft en internet?

El Guid es un número de identificación que Microsoft coloca a cada uno de los mail que mandamos y a cada una de las hojas de cálculo que hacemos. Él ya lo admitió y reconoció, cuando se descubrió el virus Melissa.

Existe en todos los programas Windows una clave para que la National Security Agency entre a cada computador y vea lo que quiera. Eso fue denunciado por el Bussines Week, porque afecta la competencia comercial internacional. Se ha demostrado que las ofertas de algunos licitantes en licitaciones internacionales han sido conocidas antes de su presentación. Ello se logró a través de la NSA.

¿Cuáles son los delitos al desarrollo?

En el año 2001, Microsoft declaró que no seguirá vendiendo software. Que su software se bajará de internet y se pagará mensualmente por el derecho a escribir y a determinar cuánto es cuatro más cuatro.

El nuevo Windows XP afecta la privacidad de las personas y, por eso, lo está investigan-do el Senado de Estados Unidos y la Unión Europea.

De hecho, el 26 de julio de 2001, un conjunto de 12 organizaciones de consumidores, en los Estados Unidos, en representación de más de 50 millones de afiliados, elevó una queja formal ante la Comisión Federal de Comercio norteamericana reclamando por prácticas comerciales desleales y engañosas implementadas en el nuevo Sistema Operativo Windows XP, que Microsoft puso a la venta en octubre de 2001 en todo el mundo.

En dicho reclamo se entregan pruebas y testimonios que lo fundamentan sólidamente. Junto con solicitar que se realice una investigación al respecto, se pide que el organismo federal prohíba a Microsoft llevar a cabo estas prácticas.

Posteriormente, y debido a que Microsoft anunció que había introducido cambios a XP a fin de corregir las razones de las críticas, el mismo grupo de reclamantes anteriores y otros que se sumaron a la causa, reafirmaron la demanda anterior y la complementaron con nuevos cargos enunciados en un documento que presentaron a la Comisión el 15 de agosto de 2001.

En este reclamo se acusa a Microsoft del evidente intento por utilizar integralmente a internet para el exclusivo beneficio comercial suyo y sus asociados por contrato.

El método implementado por Microsoft para tomar el control absoluto de las actividades comerciales en internet, mediante su nuevo sistema operativo Windows XP, se basa en la creación de una base de datos ilimitada que se alimenta a expensas de los usuarios de inter-net en todo el mundo y sin el consentimiento expreso de estos últimos o sin que ellos hayan sido adecuadamente advertidos.

XP, mediante herramientas incorporadas, va capturando, coleccionando y apropiándose de la información personal de los usuarios de internet a fin de distribuirla entre los proveedores asociados a Microsoft en una entidad denominada Pasaporte, aun cuando no se cuente con la autorización de los usuarios afectados.

Microsoft pretende transformar, así, a internet, en una red mundial destinada al intercambio comercial más amplio posible, pero bajo el control absoluto de Microsoft, quien oficiaría de administradora virtual de la más gigantesca cartera de clientes sin precedentes en la historia de la Humanidad.

El procedimiento, impugnado por los reclamantes, consiste en obligar a los usuarios de Windows XP a someterse a un proceso automático de inscripción, con filiación completa del usuario, sus parientes y relaciones tanto familiares como comerciales, sus preferencias, necesidades y su capacidad de adquisición.

Este proceso automático aprovecha la exigencia impuesta por Microsoft, de “activar” los productos propiedad de Microsoft denominados Windows XP y Office XP. Esta activación resulta obligatoria por cuanto los productos sin activar se bloquean a los pocos días de uso.

Además de ese recurso, se emplea la triquiñuela de ofrecer correo electrónico Hotmail gratuito. Pero, para acceder a Hotmail, es preciso llenar un formulario de datos personales del usuario, los que ingresan a la base de datos de Microsoft de modo automático, con el premeditado fin de utilizarlos y distribuirlos a criterio de Microsoft con fines comerciales.

Por otra parte, ya se ha comprobado que algunos proveedores de productos, competidores de Microsoft en internet, son eludidos mediante procesos automáticos del sistema implementado, para canalizar a los usuarios solicitantes hacia los proveedores asociados con Microsoft, mediante contrato, en el sistema Pasaporte. Estos nuevos clientes, así contactados, ingresan a la base de datos de Microsoft en un proceso sin límites, sin control por parte del usuario y sin que éste pueda detectarlo u oponerse.

La estrategia de administración de clientes mediante una base de datos que crece al infinito e implementada por Microsoft es denominada por ella “Hailstorm” (Granizada). El nombre alude al hecho que las herramientas de software desarrolladas e implementadas en el nuevo Sistema Operativo XP, descargan una verdadera “lluvia de clientes” con todos sus datos, incluyendo hasta su capacidad de compra, sobre los proveedores asociados con Microsoft.

Microsoft no limita su metodología al mundo adulto. También aprovecha un paquete suyo destinado a los niños que deambulan por internet para capturar, a través de los datos de los hijos, información de los padres.

Entre los nuevos cargos agregados a la presentación inicial de los reclamantes está la acusación de que Windows XP bloquea el funcionamiento de herramientas de protección a la privacidad y funcionamiento de los PC provenientes de productores independientes de Microsoft, como son los casos de “Black Ice” y “Zone Alarm”. Estas dos herramientas protegen de incursiones indeseadas de intrusos a los PC de los usuarios conectados a internet. XP bloquea la operación de estas protecciones.

Finalmente, debe tener presente que todas sus grandes inversiones, las hace Microsoft con dinero proveniente de actividades al margen de la ley.

Microsoft invierte para comprar empresas y ampliar su monopolio. También compra empresas y las saca del mercado porque quiere que ciertas áreas tecnológicas no se desarrollen.

¿Qué daños provocaría Microsoft al tomar control de internet?

a)Controlar el acceso a la información. Determinar quiénes pueden visitar un sitio, qué sitios se pueden visitar.

b)Controlar, como ya ha hecho, el contenido de la información: qué es lo que se ve y que, aunque esté en el sitio, no resulta visible. Hoy existen sitios que no se ven o se ven parcialmente, a consecuencia de imposiciones y trucos de programación de Microsoft.

c)Implicará el control de las comunicaciones, porque internet hoy es la base para las comunicaciones.

d)Significará, como alegan las revistas de negocios como Business Week y otras, que Microsoft impondrá tasa, un impuesto, a cada una de todas las transacciones comerciales y financieras que se realicen a través de internet.

Esto es lo que nos espera si no hacemos nada.

¿Cuáles son las conclusiones?:

a)Que Microsoft comete numerosos delitos.

b)Que los daños que causa Microsoft son gravísimos.

c)Que las exacciones que Microsoft impone son cada vez mayores y más frecuentes.

Entonces es evidente que urge la intervención de la autoridad.

IV. RECOMENDACIONES, CONCLUSIONES Y TAREAS QUE QUEDARON PEN-DIENTES DE LO ACTUADO POR LA COMISIÓN.

1.Materias de fondo.

1.1. No se investigaron los delitos de Microsoft, pues éstos son “hechos probados” por un Juez y ratificados en su totalidad por la Corte de Apelaciones de Washington y por la Corte Suprema de los Estados Unidos.

1.2. Por primera vez el Congreso de un país hizo un esfuerzo para:

-determinar y cuantificar los daños que se derivan para el país, en su conjunto, de la existencia de un monopolio global en las áreas de Sistemas Operativos, Programas Aplicación, Programas de acceso a (y uso de) internet (browsers: internet Explorer) y Programas de manejo de Correo Electrónico.

-tomar medidas para evitar o atenuar el impacto de esos daños.

-determinar si, como ha sido denunciado, la conducta de Microsoft constituye violación de los derechos humanos.

1.3. Se propone invitar al Congreso de cada uno de los países miembros de las Naciones Unidas a desarrollar similar investigación y tomar medidas de protección.

2.Principales Recomendaciones.

Se recomienda tramitar, al más breve plazo, un proyecto de ley para proteger los derechos de los ciudadanos, y de la Pequeña y Mediana Industria (Pyme) relacionados con las tecnologías de la información, y para garantizarles los derechos económicos y políticos relativos al uso de computadores, al acceso y uso de internet y a las formas de comunicación asociadas a internet (correo electrónico, chat, conversación telefónica, videoconferencia y otros).

Al efecto es necesario:

2.1. Modificar las leyes de Protección al Consumidor, Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual.

2.2. Regular y proteger la privacidad en internet y correo electrónico.

2.3. Establecer los derechos ciudadanos en el ámbito de las tecnologías de la información.

2.4. Garantizar y proteger la libertad de acceso a internet y a todas las características de los sitios web; la libertad de contenido de los sitios web y el uso irrestricto de los programas y medios de diseño y construcción de los sitios web.

2.5. Establecer medidas de protección de los intereses del Estado en la contratación de productos y servicios de hardware y software y de servicios de acceso y uso de internet.

2.6. Establecer un sistema de arbitraje en asuntos relativos a tecnologías de la información y salvaguardar los derechos arbitrales de las partes económicamente desprotegidas.

2.7. Establecer criterios para contratación de bases de datos por parte de reparticiones públicas.

2.8. Crear una unidad especial, en Contraloría General de la República, encargada de fiscalizar las contrataciones y los gastos del estado en estas áreas.

2.9. Fomentar el uso de Linux por parte del Estado, las Pyme, Proyecto Enlace y otros, atender las circunstancias relativas al uso del Linux, fomentar la capacitación de técnicos en la implementación de la plataforma Linux-StarOffice y garantizar asistencia técnica en los procesos de reconversión a Linux que desarrollen el estado y la empresa privada.

2.10. Modificar el DL Nº 211 de 1973 para incluir en Art2o, entre los “artículos o servicios esenciales”, el acceso y contenido de internet y el correo electrónico, lo que subiría un grado la pena de presidio a quienes lo violan.

2.11. Garantizar que toda modalidad de vigilancia, control o espionaje aplicada a las actividades realizadas por los usuarios de la red internet y efectuada por los proveedores ISP sobre sus clientes debe ser claramente advertida a estos últimos mediante una cláusula específica descriptiva de los métodos de vigilancia posibles de implementar. En ningún caso, estos métodos de vigilancia -ya sean efectuados por software, hardware o intervención humana de los administradores del servicio- podrán ser aplicados por iniciativa de las empresas proveedoras o por convenio entre las proveedoras de servicios internet y terceros sin la autorización de un tribunal.

2.12. Adoptar el uso del Linux y StarOffice (sustituto del Office), programas gratuitos, en la Cámara de Diputados y en todas las reparticiones del Estado.

2.13. Precisar cuál será el rol de la Subsecretaría de Telecomunicaciones respecto de internet. ¿Quedará en su dominio el tema de las comunicaciones vía internet? ¿Se constituirá en ente fiscalizador?

3.Se hace constar lo siguiente.

3.1. No se completó la investigación cuyo propósito es determinar cuánto está gastando el Estado en la adquisición de Software y cuánto proyecta gastar anualmente en pago de licencias durante el próximo quinquenio.

3.2. La Comisión no recibió el texto del acuerdo marco suscrito entre el gobierno de Chile y Microsoft.

3.3. No se dio respuesta a las interrogantes asociadas a la campaña “antipiratería” llamada “Tolerancia Cero” desarrollada por la Asociación de Distribuidores de Software (ADS):

a)Cuánto invirtió la ADS en la gigantesca campaña publicitaria “Tolerancia Cero”.

b)Quién aportó los recursos para financiar esa campaña.

c)Qué porcentaje de esos recursos aportó Microsoft, habida consideración que son cinco las empresas que componen la ADS, y que cada una de ellas tiene que haber contribuido de alguna manera.

d)Cuál fue el monto total de los ingresos que arrojó la referida campaña.

e) Cómo se distribuyeron esos ingresos entre los miembros de ADS.

4.Principales constataciones:

4.1. No se evaluaron con suficiente profundidad los daños que se derivan para los ciudadanos, las empresas y el Estado de la circunstancia de estar sometidos al monopolio de Microsoft y de haberlo estado durante muchos años.

4.2. No se cuantificaron los daños a la economía nacional ni el monto de lo pagado en exceso.

4.3. La propia Cámara de Diputados, en su más reciente proceso de adquisición de nuevos computadores, se vio impedida de adquirir los programas que quería continuar usando y se vio obligada a pagar licencias de Windows Millenium, programa obsoleto, reemplazado por Windows 2000 y luego por Windows XP en menos de un año. Todo esto induce a suponer que las Pymes, desprotegidas y sin poder político ni recursos técnicos comparables, sufren al menos un trato tan inaceptable como el descrito.

4.4. Quedó sin analizar la grave situación de desprotección en que se encuentran las Pymes en su necesidad de acceder a estos medios y ante la circunstancia de hacerlo sin capacidad ni de elección ni de negociación, y permanentemente sometidas a condiciones de obsolescencia artificial programada de equipos y programas.

4.5. La Comisión comparte la inquietud expresada por expertos y autoridades de diversos países en cuanto a que Windows XP representa una amenaza cierta a la privacidad, a la libre competencia y al desarrollo tecnológico, y se considera indispensable que el Gobierno tome las medidas necesarias para comprender este fenómeno y sus alcances y para evitar las mencionadas consecuencias.

5.Solicitud al Gobierno de Chile:

-Se recomienda al Estado que no siga pagando licencias Microsoft y adopte el uso de otros programas.

-Insistir en la solicitud para que el Gobierno entregue copia de los convenios entre el Gobierno y Microsoft y para que informe sobre la constitucionalidad de estos convenios.

Está pendiente la respuesta a la pregunta sobre la licitación que hace el gobierno para la mantención de Hardware y Software básico y adaptación y mantención de Software Aplicación, en la que exige ventas de 2.100.000.000 de pesos en los últimos 3 años. Mideplan debe responder sobre estas restricciones a la participación y sobre su decisión de arrendar en vez de comprar.

6.Solicitud a Contraloría General de la República.

Se enviará copia del presente Informe, de sus anexos y de toda la información recabada en esta investigación, a la Contraloría General de la República, con la solicitud de que:

6.1. Continúe el proceso de reunir información sobre estos particulares.

6.2. Continúe la presente investigación hasta agotar las tareas que se impuso esta Comisión.

7.Asuntos que es indispensable dilucidar.

7.1. Proyecto enlaces.

Con respecto a la declaraciones del Sr. Ignacio Jara Valdivia, encargado del Proyecto Enlaces del Ministerio de Educación, se debe tener presente que sólo hizo declaraciones relativas a porcentajes de coberturas, a porcentajes de licencias, etc. absteniéndose de hacer precisiones relativas a cantidad de computadores, cantidad de licencias y montos de dineros invertidos. Es necesario que los responsables del Proyecto Enlace informen acerca de estos asuntos por cuantos simples porcentajes no sirven a efectos de determinar los gastos en que se está incurriendo en tan importante proyecto.

7.2. ¿Por qué Corfo compra 100.000 computadores?

En su declaración, el Sr. Nicolo Glico, Director de Prospectiva y Estrategia Internacional de Corfo, dice que Corfo llamó a licitación pública para la venta de 100.000 computadores en lotes de 10.000 cada entrega. ¿Qué significa una licitación pública para la “venta”? ¿Se trata de una licitación para la compra? ¿Qué ha pasado con esta licitación? ¿Se compraron los 100.000 PC, se han comprometido, se ha suscrito algún convenio al respecto? La Comisión expresa su preocupación por el hecho de que Corfo haya intentado comprar cien mil PC, visto que el esfuerzo que Corfo hizo para vender PC a las Pymes y a los profesores dio como resultado el que se vendieran 2.250 unidades a los profesores y sólo 750 unidades a la Pymes. ¿Para qué Corfo necesita comprar cien mil PC si apenas logró vender tres mil?

8.Acciones sugeridas para la honorable Cámara, el Ejecutivo y la Civilidad.

Entre otras, la Comisión, el Ejecutivo y diversas organizaciones representativas de la civilidad, propiciarán el desarrollo de las siguientes acciones:

8.1. La presentación de un Recurso de Protección contra Windows XP, suscrito por diputados y representantes de la sociedad civil.

8.2. La presentación de una acción en contra del Windows XP, ante el Servicio del Consumidor, por violación del derecho a elegir.

8.3. Que los honorable diputados miembros de la Comisión se hagan parte de la acción ante el Fiscal Nacional Económico intentada en contra de Microsoft por la ONG Conaccion.

8.4. La Aplicación a Microsoft del DL Nº 211 de 1973, refundido (Diario Oficial del 19.05.99) que pena con presidio a “quien ejecute o celebre individual o colectivamente cualquier hecho acto o convención que tienda a impedir la libre competencia”.

8.5. La colocación en el sitio web de la Cámara, de las actas de cada una de las sesiones efectuadas, así como de los informes presentados a manera de conclusiones por parte de los diputados participantes en la Comisión.

-o-

-Documentos anexos al voto de minoría presentados por el diputado Navarro.

a)Carta dirigida al Presidente de la Cámara de Diputados por personas particulares.

Santiago, 24 de abril de 2000.

Ref: Solicita investigar acciones ilegales de Microsoft en Chile.

Sr. Víctor Jeame Barrueto Presidente de la Cámara de Diputados de Chile Presente Respetado Sr. Presidente:

Los numerosos actos de Microsoft contra la ley norteamericana redundan en perjuicio de los usuarios de sus productos y de la sociedad en su conjunto, y han llevado al propio gobierno de los Estados Unidos a pedir formalmente a un tribunal en Washington D.C. que tome medidas inmediatas para impedir que continúe incurriendo en ilícitos ya probados por ese tribunal. En atención a su actuación al margen de la ley, Microsoft está siendo investigada también por el gobierno de Francia y por la Unión Europea.

Microsoft Chile, en consonancia con su casa matriz comete diversos actos contra la ley chilena que ocasionan grandes perjuicios a personas, empresas e instituciones del sector público y privado.

Por lo expuesto solicitamos a U.S. que adopte las medidas tendientes a que la honorable Cámara de Diputados realice las siguientes acciones de protección de los ciudadanos, instituciones y empresas chilenas:

a) Designe una Comisión investigadora de las actividades de Microsoft que investigue acerca de los ilícitos y daños que se precisan en el Título 14 del presente escrito.

a.1) En caso que esta investigación arroje los resultados que son de presumir, solicite al Gobierno que inicie acciones legales conducentes a que Microsoft pague al estado chileno los daños y perjuicios correspondientes, y reintegre lo cobrado en exceso.

a.2.) En caso que la investigación que se solicita demuestre que Microsoft en efecto incurre en numerosas violaciones de los Derechos Humanos, que esa Ilustre Cámara solicite al Tribunal Internacional de Derechos Humanos que someta a Microsoft al correspondiente juicio.

b)Oficie a sus pares, las Cámaras de Representantes de los países miembros de las Naciones Unidas, sugiriéndoles tomar de inmediato medidas de protección similares.

c)Tome acciones inmediatas que impidan que Microsoft pueda seguir abusando de los beneficios del sistema político, jurídico y económico que nuestro país brinda a las empresas nacionales y extranjeras. Al efecto solicitamos:

c.1.) Que esa honorable Cámara no pague por pasar de Windows 98 a Windows 2000, y que exija la devolución de lo que haya pagado por pasar de Office 97 a Office 2000, por las razones que se explican en el Capítulo 7.

c.2.) Solicite al Gobierno y todos los entes de la administración pública nacional y regional suspender todo pago en favor de Microsoft, al menos hasta concluida la investigación que se está solicitando.

1. NECESIDAD DE ACCIONES INMEDIATAS.

El conjunto de los ilícitos en que incurre Microsoft representa una amenaza tan grave para la economía mundial, que el Gobierno de Estados Unidos, solicitó a un tribunal de Washington D.C. medidas preliminares inmediatas que impidan la continuación de las prácticas monopolísticas de Microsoft. El fundamento de esta petición fue:

1.Que la medida preliminar sólo era útil de inmediato, porque la “protección al término de este caso no podría remediar los daños hechos a los consumidores y al público durante el desarrollo de éste. [VII.86]

2.… “los daños a los competidores y a la competencia que ocurrirían en ausencia de una medida de protección durante la disputa de este caso, prácticamente no podrán ser revertidos posteriormente”. [VII.87]

3. “En la ausencia de una medida preliminar de protección, el mejoramiento de la posición de Microsoft (en el mercado) que resultará de su conducta continuamente ilegal, la fortalecerá (y así debilitará a sus competidores), de modo tal que el costo de revertir la inminente dominación de Microsoft en el mercado de buscadores de internet podrá ser prohibitivo”” [VII.91].

Piense U.S. lo que significa que el gobierno más rico de la Tierra considere “prohibitivo” el costo adicional que significaría esperar el término del juicio para recién tomar medidas que pongan término a la actuación ilegal de Microsoft.

Por otra parte, la ausencia de límites en la actuación de Microsoft se pone de manifiesto al observar que el propio gobierno de USA se sintió en la necesidad de solicitar a la corte: “Que Microsoft sea preliminar y permanentemente impedido de tomar represalias (o de amenazar con represalias) contra cualquier persona como consecuencia directa o indirecta de la cooperación de esa persona con el gobierno de los Estados Unidos”.

2. DELITOS REALES EN UN MUNDO VIRTUAL.

Diversos medios inmateriales como son entre otros los sistemas operativos, los programas-aplicación, el correo electrónico e internet, conforman el sustrato donde se dan el quehacer intelectual, las comunicaciones y las relaciones a distancia entre personas, instituciones y empresas. En él se apoya parte principal de la actividad comercial y financiera nacional e internacional.

Este sustrato constituye además, y a consecuencia de lo expuesto, un medio político de primera magnitud, tanto por el control que permite sobre el acceso a la información y sobre el contenido de ésta, como porque posibilita, a quien lo domine, conocer en detalle la actividad que desarrollan y la información que manejan personas, instituciones y empresas.

Parte sustancial de estos medios está sometido a régimen de monopolio. Esta circunstancia, unida a la naturaleza intangible del sustrato, permite al monopolista cometer los más diversos ilícitos contra los usuarios, y ejercer una incansable y poderosa actividad depreda-dora financiada con los ilimitados recursos que el pillaje virtual le procura. La desprotección de personas y empresas se ve amplificada por la naturaleza de los medios, por la situación de dependencia en que ellas se encuentran, y por las dificultades materiales, legales y políticas que enfrenta la autoridad para intervenir en ellos.

A algunos de estos medios se les conoce con el nombre de “Autopistas de la información”. Estas autopistas son asoladas por una organización que viola los derechos humanos, que ejerce en ellas el abuso, la discriminación, el pillaje y la destrucción de la propiedad, y que impone peajes y exacciones cada vez mayores y más frecuentes al extremo de haber configurado con ello un escenario global económica y financieramente no sustentable.

Si estos graves hechos ocurrieran en todas las autopistas reales por donde circulan vehículos, medios de transporte y personas, la intervención de la autoridad sería masiva e inmediata, e incluiría el uso de todos los medios policiales, legales y políticos a su alcance.

Estos ilícitos se dan hoy con gigantesca fuerza y en el mayor desamparo, en las autopistas virtuales. La autoridad, dotada de atribuciones y poder suficiente, debe intervenir a la mayor brevedad en este mundo virtual en el que la vida individual y colectiva se dan con tanta fuerza y tan realmente como en el mundo material.

3. ANTECEDENTES.

Microsoft Corporation es una empresa norteamericana cuya casa matriz está en Redmond, Washington, Estados Unidos y que opera a través de filiales en diversos países. En Chile, opera como Microsoft Chile, entidad domiciliada en Santiago, Avenida Andrés Bello 2777, piso 10.

Pocos años después de fundada, Microsoft llegó a ser monopolio en Sistemas Operativos para Computadores Personales (PC) gracias a su desarrollo del DOS. Esta posición y una conducta sistemática al margen de la ley, le permitieron llegar a ser monopolio en “Ambiente de Trabajo” o “Interfase Gráfica para Usuarios” (Windows) y, a consecuencia de ello, en Programas-Aplicación (Word y Excel, ente ellos) indispensables para el ejercicio de derechos humanos como escribir y calcular.

Valiéndose de su monopolio en Windows, su desprecio por la ley y la tolerancia de las autoridades, Microsoft ha forzado ilegalmente (y continúa forzando) a los fabricantes de PC,

a.1) obligándolos a instalar Windows en cada PC que fabrican;

a.2) prohibiéndoles instalar los programas que los fabricantes deseen;

a.3) obligándolos a que sus PC, al ser encendidos, muestren los mensajes y la publicidad que Microsoft determine; y,

a.4) obligándolos a que paguen a Microsoft por cada PC que venden, lleve o no programas de Microsoft.

El conjunto de estas acciones ha permitido (y continúa permitiendo) a Microsoft retrasar el desarrollo tecnológico en el área del software, y obligar a personas, empresas y gobiernos a reemplazar cada vez con mayor frecuencia los computadores y los programas que utilizan, cobrándoles cada vez más por esos programas que adicionalmente funcionan mal.

Valiéndose de los mismo medios y circunstancias y del propio monopolio en Windows, Microsoft ha forzado ilegalmente a los fabricantes de PC, a los Proveedores de Servicios y de Contenido de internet, y a las grandes empresas de Desarrollo de Software, imponiendo sobre ellos diversas obligaciones cuyo propósito es permitir que Microsoft alcance el control monopólico del acceso a internet, lo que las empresas especializadas consideran logrará en el año 2001 (visto que en 1995 dominaba sólo el 3% de este mercado, participación que en 1999 excedía del 70%), a no ser que instancias nacionales, como los respectivos Congresos, asuman la defensa del estado de derecho y la protección de los ciudadanos, de las empresas y del patrimonio del respectivo país.

Microsoft enfrenta actualmente una demanda del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, acusado de conductas monopolísticas y otros ilícitos. Este proceso ha generado dos sentencias condenatorias en contra de Microsoft: una de fecha 5 de noviembre de 1999, enmendada el 21 de diciembre de 1999 (en adelante “Sentencia Ms I”), en la que se establece que numerosos delitos de Microsoft son “hechos probados”; y otra, de fecha 4 de abril de 2000, (en adelante “Sentencia Ms II”), en la que se confirma que ha violado la ley antimonopolios de los Estados Unidos, que su conducta es “depredadora” y que ha incurrido en una conducta concertada a la que nos referimos más adelante en el Título 8 “Asociación Ilícita”. El juez Jackson anunció que en mayo determinará las penalidades que corresponden. El texto original en inglés de estas sentencias y traducciones parciales de ellas se pueden conseguir en el sitio web www.stopgates.cl.

4. LOS ILÍCITOS DE MICROSOFT.

Los principales actos ilegales por los cuales Microsoft fue demandado por la División Antimonopolios del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica, en Washington D.C., el 18 de mayo de 1998, son:

1. “amarra productos” (obliga a comprar lo que no se quiere a cambio de poder comprar lo que se necesita) [I.5]. (Dentro del paréntesis cuadrado, el número romano corresponde al capítulo dentro de la demanda y las letras y números árabes siguientes, a divisiones en las que está organizado ese capítulo en la demanda).

2. “impone acuerdos comerciales” [I.5]

3. “impide que” otros “puedan competir en el mercado”, lo que “habría resultado en grandes innovaciones y contribuido al desarrollo de mejores productos y a menores precios”. [I.11]

4. desarrolla “prácticas anticompetitivas” con el propósito y el efecto de mantener su monopolio [I.13]

5. “priva a los consumidores de libertad de elección”[I.18]; “roba a los clientes su derecho a elegir”[I.36]

6. reduce la capacidad de los consumidores de elegir [I.22]

7. fuerza a los fabricantes de PC y a otros compradores [I.22]

8. “obliga a los fabricantes de PC a adoptar una secuencia uniforme de encendido y pantallas de apertura especificadas por Microsoft. [I.24]

9. priva a los fabricantes de PC de su libertad de elegir, de determinar las pantallas iniciales mostradas por los computadores que ellos venden, de diferenciar sus productos para atender su percepción de las necesidades de los consumidores. [I.25]

10. ha entrado en acuerdos anticompetitivos con virtualmente todos los más grandes y populares Proveedores de Servicios de internet [I.28] y Proveedores de Contenido de internet [I.29]

11. “obliga a éstos [I.28], [I.29], [I.32], [I.50] a diseñar sus propios Sitios Web” de modo “que esos sitios se vean mejor cuando son mirados a través del internet Explorer que cuando son mirados o visitados a través de cualquier Buscador de la competencia [I.29]

12. excluye la competencia [I.36]

13. afecta adversamente la innovación porque [I.37]:

a)desincentiva la investigación y desarrollo de nuevos productos.

b)afecta la capacidad de éstos (sus competidores) para obtener financiamiento para investigación y desarrollo.

c)impide a los competidores que a pesar de todo tuvieron éxito en desarrollar innovaciones, comercializar efectivamente sus productos mejorados, hasta hacerlos llegar al consumidor.

d)reduce el incentivo y la capacidad de los fabricantes de PC, para innovar y diferenciar sus productos de modo de hacerlos atractivos a los consumidores.

e)reduce la competencia y el espíritu de innovación que sólo la competencia puede aportar.

14. “restringe el comercio” [VIII.A.93]

15. “ha optado por privar a los consumidores del derecho a obtener”…(diversos productos) [VI.F.81]

El libro “Stop Gates.Now”, de autoría de Antonio García V., suscriptor de esta carta, editado en España en 1999, y distribuido en diversos países, denuncia numerosas actividades ilegales adicionales de Microsoft, las que incluyen:

16. Suministra productos con vicios ocultos cuyo efecto es provocar obsolescencia artificial de esos productos y de los equipos que los emplean; privar al usuario de la posibilidad de conocer productos de la competencia y, en caso de tenerlos, privarlo de la posibilidad de hacer uso efectivo de ellos.

17. Priva al consumidor de su derecho de hacer pleno uso de su computador escondiendo el sistema operativo e interponiendo entre el usuario y dicho sistema un programa, Windows, al que infundadamente le atribuye condición de sistema operativo.

18. Priva a los usuarios de las ventajas propias del desarrollo tecnológico, consistentes en pagar cada vez menos por productos cada vez mejores.

Finalmente, según se demuestra en el Anexo Único a la presente (Serie: Los delitos de Microsoft. “Microsoft viola casi la mitad de los derechos humanos”):

19. Viola reiterada y sistemáticamente gran parte de los derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

5. ASOCIACIÓN ILÍCITA.

Solicitamos que esa honorable Cámara adopte las medidas que considere apropiadas para que se investigue judicialmente si en efecto Microsoft Chile comete, además, el delito de “asociación ilícita”, visto que la diversidad de los ilícitos en que incurre su casa matriz y el propósito común que los anima, constituyen circunstancias que permiten presumir que realiza sistemática y concertadamente ilícitos de distinta naturaleza con un mismo fin general.

Al respecto cabe precisar que en la sentencia Ms II, el Juez Jackson dictamina: “La violencia que Microsoft ha ejercido contra el proceso de competencia se revela en toda su extensión sólo cuando las distintas categorías de conducta se observan cómo debe ser: como un curso de acción único y bien coordinado”.

6. INVESTIGACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA (UE).

A pesar de su intención inicial de esperar los resultados del juicio que le sigue el gobierno de USA, la UE resolvió investigar a Microsoft, no por el cúmulo de ilícitos ya mencionados, sino por algunos de los más recientes:

a)imposición del uso de una nueva versión, innecesaria y defectuosa, de Windows, en este caso el Windows 2000; y,

b)realización de inversiones con propósitos monopolísticos en la industria del cable en Inglaterra, las que son parte menor de las inversiones que Microsoft ha hecho a partir de 1999 en la industria del cable en todo el mundo, en su “putch” por alcanzar el control de internet desde sus dos extremos: la entrada intangible (mediante su programa internet Explorer) y su acceso material: los sistemas de cable para transmisión de datos y TV que constituyen las “autopistas de información” por donde ésta fluye desde y hasta sus usuarios.

7. EL MÁS RECIENTE PROCESO DE EXACCIÓN: WINDOWS 2000.

Recientemente esa Ilustre Cámara se ha visto obligada a sustituir Office 97 por Office 2000, y en pocos meses tendrá que pasar de Windows 98 a Windows 2000. Esto forma parte de los procesos de exacción cada vez mayores y más frecuentes que Microsoft impone mundialmente.

Se nos ha informado que esa honorable Cámara habría pagado por sustituir Office 97, a pesar que los vicios ocultos y defectos que presenta este programa permitirían legal y contractualmente exigir de Microsoft la sustitución sin costo, del programa original, además de requerir la correspondiente indemnización de los perjuicios causados.

La avidez de Microsoft por realizar estas exacciones tan frecuentemente como su apresurada gestión técnica lo permite, determina que sus programas presenten graves defectos que imponen sobre la economía global ineficiencias cuyo costo se suma al que las referidas exacciones representa.

La negativa de esa Ilustre Cámara a pagarle a Microsoft por sustituir los referidos Office 98 y Windows 98 sentaría un precedente que, si bien responde a la elemental conducta de no pagar lo que no se debe, resultaría extraordinario a la luz de la ilimitada tolerancia que las autoridades de todas las naciones han observado con respecto a la conducta ilegal de Microsoft.

8. SUSPENSIÓN DE LOS PAGOS DEL ESTADO CHILENO EN FAVOR DE MICRO-SOFT.

Nuestra solicitud de suspender de inmediato todo pago en favor de Microsoft es de capital importancia política y práctica.

La mayor organización comercial del mundo, debe ser contenida a la brevedad porque las consecuencias de permitirle continuar “restringiendo el comercio” y “afectando adversamente la innovación” en un área estratégica para el individuo y la sociedad serán, según el gobierno de los Estados Unidos, imposibles de revertir y de un costo que incluso para ese gobierno, el más rico de la tierra, resultaría “prohibitivo”, de no adoptarse acciones prácticas y urgentes que pongan fin inmediato a sus ilícitos.

Mal puede el Gobierno de Chile, con limitaciones presupuestarias inmensamente mayores y con responsabilidades de atención de problemas mucho más acuciantes, continuar haciendo pagos en favor de una organización que actúa al margen de la ley causando daños que urge contener.

El Gobierno chileno debe salvaguardar su patrimonio gastado inútilmente dentro de este esquema engañoso, abusivo e ilegal, utilizando las normas e instituciones que tiene para ello. Es inaceptable que el propio gobierno fomente, a través de sus pagos de licencias, la conducta ilegal de Microsoft.

Por ello solicitamos a U.S. que se oficie a la dirección de Presupuestos con el fin de que informe los montos pagados por todo el sector público de Chile, en favor de Microsoft Chile o de Microsoft Corp., durante los años 1995 a 1999, por concepto de licencias de software; y de lo gastado o invertido por concepto de compra, arrendamiento o leasing de computadores personales; por concepto de “upgrading” o actualización de PC, y por concepto de mantenimiento y capacitación, gastos éstos que son en su mayor parte consecuencia de la acción depredadora de Microsoft.

9. POR QUÉ SUSPENDER LOS PAGOS EN FAVOR DE MICROSOFT.

Existen variadas y poderosas razones para que el sector público de nuestro país suspenda todo pago en favor de Microsoft:

9.1. Porque urge contenerlo con acciones de carácter político.

A diferencia de las acciones legales, las acciones políticas son de efecto inmediato.

Durante los casi diez años que USA y Europa han investigado a Microsoft sin tomar acción alguna, esta organización ha adquirido una dimensión tal vez cien veces mayor.

Si bien es importante investigar, es urgente actuar.

Es indispensable hacer algo que tenga efecto inmediato de contención y prevención de los numerosos ilícitos denunciados ante tantos tribunales y comisiones investigadoras.

Suspender pagos es una poderosa acción de carácter político y efecto inmediato: Chile revisa los derechos de Microsoft y no lo sigue financiando hasta que su legitimidad sea demostrada. Chile no admite pagar tributos crecientes y cada vez más frecuentes a una organización con respecto a la cual existen sobradas evidencias de que actúa al margen de la ley.

Esta acción constituirá un modelo a seguir por otras naciones en el ejercicio de la soberanía; en la defensa de ciudadanos y empresas sometidos a exacciones ilegales; y en la acción vigilante que corresponde a los gobiernos nacionales con respecto a la legitimidad de la conducta y derechos de las corporaciones multinacionales, cuyo beneficioso rol se verá fortalecido por la acción de gobiernos que las ayuden oportunamente a visualizar y atender sus responsabilidades políticas, económicas, sociales y ecológicas.

9.2. Por razones económicas.

La factura anual de Microsoft crece exponencialmente y nuestra nación, al igual que otras, la paga principalmente porque no está consciente de su real magnitud.

Pero dentro de pocos años Chile no tendrá recursos suficientes para pagar las exacciones crecientes de Microsoft.

Es preferible actuar hoy. Sería una grave imprevisión hacerlo cuando los sacrificios se hagan insoportables, cuando los recursos resulten insuficientes y cuando sea imposible recuperar lo pagado en exceso o injustificadamente.

9.3. Por razones legales:

a)El estado no tiene derecho a pagar obligaciones de dudosa legitimidad.

b)Es discutible incluso la existencia de un acto de comercio en la transacción mediante la cual una parte impone a otra el uso de un bien, y le exige a cambio de ello un pago cuyo monto no está sometido ni a las fuerzas del mercado ni a regulación alguna.

c)Porque quien hace pagos en favor de un tercero, en conocimiento de que éste actúa al margen de la ley, incurre en el ilícito de financiar actividades ilegales.

9.4. Por razones de bien público.

El uso que Microsoft hace de los recursos provenientes de su monopolio ilegal sobre diversas áreas del quehacer humano está reñido con la ley, y contribuye a fortalecer y expandir su dominio ilegal sobre la vida de personas naturales y jurídicas. En efecto, parte sustancial de los recursos de Microsoft son consagrados a:

a) regalar su programa internet Explorer con el fin de sacar del mercado a todo otro programa de “navegación” en internet, lo que le garantizará el control de una de las herramientas indispensables para el acceso a este medio; y,

b)comprar empresas de “cable para transmisión de datos y video” en todo el mundo, aumentando progresivamente su control sobre la otra herramienta que se hará indispensable para el acceso a internet: las “autopistas de información”.

c)financiar su defensa legal en contra de diversos Estados y personas jurídicas que ven sus intereses y su propia existencia amenazados por la acción del monopolio global.

10. PAPEL DEL PARLAMENTO.

Nos hemos permitido dirigir esta solicitud a esa honorable Cámara:

-Porque el parlamento es la institución clásica de la democracia, y el poder más íntima-mente vinculado a ella.

-Porque sus miembros son elegidos directamente por el pueblo, a quien tiene el deber de proteger, lo que históricamente se ha expresado en su defensa frente a los poderosos.

-Porque sus miembros son representantes del pueblo cuyos intereses y derechos humanos son violados por Microsoft.

-Porque el Parlamento es la única instancia cuyo proceso de toma de decisiones es público.

-Porque su papel es controlar cualquier amenaza que algún poder político pudiere representar para la democracia, y controlar cualquier poder descomunal que pueda ponerla en peligro.

Microsoft es un actor político adicional a las naciones y es más poderoso que la mayor parte de éstas. Tiene incontrarrestable influencia no sólo en las negociaciones multinacionales sino en la vida diaria de individuos, empresas, centros educacionales y entes de gobierno. En su acción depredadora viola más de un tercio de los derechos humanos, afectando entre otros el derecho de propiedad, el derecho a la privacidad, la igualdad ante la ley, el derecho a disfrutar de los beneficios derivados del progreso científico, y los derechos a participar en la vida cultural de la comunidad y, a comunicarse e informarse por cualquier medio.

El pueblo y las empresas, agentes generadores de empleo, productos e ingreso, necesitan ser protegidos de una organización que viola sus derechos y les impone tributos ilegales crecientes y cada vez más frecuentes.

Nuestro Parlamento no debe subestimar el poderoso y beneficioso impacto que sus decisiones pueden tener en el concierto internacional, por lo que no debe dejarse influir por el tamaño relativamente pequeño de nuestro mercado y país, o por la circunstancia de que nuestras empresas no sean actores de primera magnitud en las industrias involucradas.

Nuestras empresas necesitan protección para acceder a internet libremente y bajo condiciones de privacidad que les permitan desempeñarse competitivamente en este medio electrónico en el que ocurre parte principal de la actividad económica mundial.

Es importante no dejarse disuadir por la naturaleza aparentemente tecnológica del problema: los ilícitos en que Microsoft incurre son independientes de su giro comercial y deben ser legalmente penalizados, y policial y políticamente impedidos de continuar materializándose.

La conducta ilegal de Microsoft configura un esquema de control de la información y el comercio, por lo que tarde o temprano deberá ser enfrentado, puesto que su acción depredadora determina condiciones que, además de ilegales, son insostenibles porque crean un ambiente económico no sustentable.

11. PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR.

La sentencia Ms I confirma que Microsoft ha incurrido en numerosos delitos en perjuicio de los consumidores:

-“emplea parte importante de su poder monopólico en imponer costosas restricciones a sus consumidores” (Ms I.66)

-“impone a los fabricantes provisiones que los inducen a concentrar sus esfuerzos en producir equipos caros” (Ms I.66)

-“expuso a quienes usan el Navegador en Windows 98, a riesgos de privacidad y de seguridad que son específicos de los controles del internet Explorer y del ActiveX” (Ms I,172).

-“produjo daños incluso a consumidores que quieren usar internet Explorer, y ningún otro navegador, con Windows 98”( Ms I,174.)

-“obstruyó innovaciones que habrían hecho que los PC que trabajan con Windows fueren más satisfactorios para los usuarios”. (Ms I, 203)

-“Privó considerablemente a los consumidores de su libertad de elegir” (Ms I, 301)

-“exigió a los proveedores de Contenido internet crear “contenidos diferenciados”, los que ya sea estaban disponibles sólo para usuarios de internet Explorer o serían más atractivos cuando vistos con internet Explorer que cuando vistos con cualquier otro buscador” (Ms I, 322)… “les exigió explícitamente que se aseguraran que su contenido aparecería degradado cuando fuera visto con el Navegador de Netscape, en vez del Explorador de Microsoft” (Ms I, 329)…

-“se involucró en una serie concertada de acciones diseñada para proteger las barreras de entrada y, por ende, su poder monopólico…. Muchas de estas acciones han causado daños a los consumidores en forma inmediata y fácilmente discernible. También, al distorsionar la competencia, ha causado daños a los consumidores que, aunque son menos directos, son serios y de largo alcance” (Ms I, 409)

-“creó confusión y frustración para los consumidores…. Privó a los consumidores de innovaciones en el software …(Ms I, 410). ……El resultado final es que algunas innovaciones que realmente habrían beneficiado a los consumidores nunca se hicieron realidad por la sola razón de que no coincidían con los intereses de Microsoft (Ms I, 412).

No se refiere el Juez Jackson a los numerosos vicios ocultos en los programas de Microsoft cuyo propósito es adelantar la caducidad de equipos y programas, porque la acusación que se hace ante su tribunal se contrae a prácticas monopólicas. Es así como el Juez sólo sentencia acerca de daños a los consumidores derivados de los ilícitos en que Microsoft incurre para defender y ampliar el alcance de su monopolio.

Tal vez la consecuencia más grave de los delitos de Microsoft contra el consumidor sea la presión de consumo que ejerce alevosamente contra las madres y padres de familia que con inmenso esfuerzo compran para sus hijos un computador personal al que acertadamente consideran instrumento indispensable para la formación de sus hijos y para garantizarles igualdad de oportunidades.

Los vicios ocultos en los programas de Microsoft hace que esos equipos en corto tiempo sean incapaces de manejar enciclopedias y juegos, y obliga a los padres a hacer un nuevo, innecesario y mayor esfuerzo de ahorro para reemplazar el PC y adquirir nuevas versiones de juegos y enciclopedias, con la consiguiente postergación de otras necesidades tanto o más importantes.

La conducta de Microsoft en perjuicio de los consumidores continuará dándose hasta el día en que la autoridad ponga fin a la acción depredadora de Microsoft.

12. Protección a la pequeña y mediana empresa (pyme) y abuso de los tribunales de justicia.

No menos desprotegida es la situación en que se encuentran las Pymes ante la acción de una organización que, aunque actúa al margen de la ley, llega hasta ellos con el respaldo de los tribunales de justicia a imponerle exacciones cada vez mayores.

Las Pyme se ven enfrentadas a un interminable proceso de renovar cada vez con mayor frecuencia sus computadores y programas, pagando cada vez más por las nuevas versiones de éstos. Esta situación es consecuencia directa de la conducta ilegal de Microsoft, e impone sobre la Pyme un verdadero impuesto anual que representa un inmenso costo directo para la economía del país y, lo que es mucho más grave, que atenta cada vez con más fuerza contra las posibilidades de éxito de este sector de la economía.

Es oportuno tener presente la importancia de la Pyme, tanto por su alta contribución al empleo como porque constituye la simiente de lo que serán las grandes empresas del mañana. Resulta por lo demás sorprendente que los gobiernos inviertan enormes sumas para fomentar y apoyar el desarrollo de la Pyme y permitan, simultáneamente, que una organización privada que actúa al margen de la ley imponga sobre las Pyme exacciones cuyo monto excede ampliamente al de dicha inversión.

El único medio de presión real con que cuenta Microsoft para lograr que las Pyme en efecto paguen estas exacciones es, previo amenazarlas mediante campañas publicitarias financiadas con recursos derivados de actividades al margen de la ley, demandarlos por “piratería de software”.

Los juicios por “piratería” incoados por Microsoft en contra de la Pyme, con frecuencia incluyen irregularidades procesales entre las que destaca la violación del derecho a confidencialidad de la información de la empresa demandada; se dan en un ámbito penal que es discutible; están viciados de nulidad porque tienen por objeto el cobro de dinero derivado de obligaciones impuestas al acreedor por medios ilegales; y, lo que es más grave, constituyen abuso y escarnio del sistema de justicia, visto que el propósito de éste es defender al agraviado y reparar la injusticia y no, por el contrario, verse convertido mediante engaño, en instrumento de cobranza de derechos corsarios.

Es inaceptable que una organización que actúa al margen de la ley se valga de los propios tribunales de justicia para imponer exacciones ilegales no sólo sobre la pequeña y mediana empresa sino incluso sobre las propias universidades, razón por la que nos permitimos sugerir a esa honorable Cámara que ponga esta circunstancia en conocimiento del Poder Judicial.

13. Estimación del impacto económico en Chile.

Es oportuno mencionar que la Asociación Chilena de Distribuidores de Software (ADS) expresó públicamente su determinación de cobrar, en 1999, sólo por derechos derivados de juicios por “Piratería de Software”, la cantidad de 180 millones de dólares. Se puede suponer que al menos un 75% de dichos derechos corresponden a Microsoft, lo que representa sólo en Chile, 130 millones de dólares aproximadamente.

Si, según sus propias cifras, Microsoft recibe un dólar por cada tres dólares que deja de percibir por la acción de supuestos “piratas”, se puede concluir que Microsoft recolecta en Chile, por concepto de derechos corsarios, al menos 400 millones de dólares anuales. Esto da una idea de la magnitud económica del problema, alrededor del veinte por ciento del saldo de nuestra balanza comercial de pagos sale del país, en operaciones de dudosa legalidad, a llenar aún más las arcas de una organización que actúa claramente al margen de la ley. Las consecuencias políticas de las acciones ilegales de Microsoft son, en proporción, aún mayores.

14. Objetivos de la Comisión investigadora de los ilícitos de Microsoft, y de los daños que causa a Chile.

Como se ha expresado, por la presente estamos solicitando a esa Ilustre Cámara la designación de una Comisión especial que investigue las actividades de Microsoft. Nos permitimos sugerir que entre sus objetivos se incluyan al menos los siguientes:

1.Determinar el monto que han venido pagando anualmente a Microsoft el gobierno, las empresas del estado y los colegios y universidades públicas y privadas, analizando el impacto presupuestario y la evolución de las cantidades

2.Determinar el sobrecosto pagado por la economía chilena en su conjunto, a Microsoft, a partir de 1995, y hasta 1999 inclusive, comparando lo realmente pagado con lo que se hubiese pagado:

2.1. si el precio de los programas de Microsoft, en vez de subir continua y exageradamente, como han hecho amparados en el monopolio global del que disfruta, se hubiesen mantenido e incluso hubieran bajado, como ha ocurrido con los precios de los programas para computadores en áreas no controladas por Microsoft.

2.2. si la obsolescencia de equipos y programas no hubiera sido determinada artificial-mente por las prácticas monopolísticas de Microsoft, lo que habría permitido mantenerlos en uso un mínimo de cinco años.

3.Determinar el costo directo que tendrá para la economía chilena continuar pagando a Microsoft de no tomar ésta y otras acciones tendientes a poner término a su monopolio. Este costo se puede expresar al menos como el impacto que tendrá sobre el presupuesto de la nación y sobre las cuentas nacionales tener que pagar a Microsoft cantidades cada vez mayores, suponiendo, como prevén los especialistas, que en el año 2003 se le pagará al menos cinco veces lo que se le pagaba en 1998.

4.Determinar si en efecto Microsoft incurre reiterada y sistemáticamente en múltiples violaciones de los derechos humanos.

5.Determinar si en efecto existen indicios que permiten suponer que Microsoft incurre en ilícitos en el ejercicio de sus actividades comerciales, las que originarían directa e indirectamente perjuicios en contra de la sociedad en su conjunto, imponiendo trabas al comercio, afectando negativamente la innovación y desarrollando prácticas que van en contra del libre uso de internet y que, de continuarse, conducirán a que Microsoft controle el acceso a internet y adquiera con ello el casi ilimitado poder político que supone la posibilidad de controlar las comunicaciones y el acceso y contenido de la in-formación.

6.Determinar si en efecto existen indicios que permiten suponer que Microsoft incurre en ilícitos en el diseño de productos, los que originarían perjuicios en contra de las personas naturales y jurídicas usuarias de éstos, adelantando artificialmente la obsolescencia de sus computadores y programas, y privándolos de la posibilidad de usar programas No-Microsoft.

15. NECESIDAD DE UNA ACCIÓN CONCERTADA DE LA COMUNIDAD INTERNA-CIONAL.

Siendo el caso que Microsoft actúa internacionalmente imponiendo condiciones, desarrollando prácticas comerciales ilícitas y vendiendo productos con vicios ocultos, y visto que lo hace según políticas que planifica a escala global y de las que alardea en similar escenario, es necesario que la comunidad internacional responda en la misma escala, orquestadamente, con medidas preliminares de protección tanto locales como globales, y con acciones legales contra Microsoft en tribunales tanto de cada país como internacionales.

El monopolio global que ejerce Microsoft es resultado de su determinación de tomar el control de la informática y el entretenimiento y, de haberse valido para conseguirlo, de numerosos ilícitos que ha sido difícil atender oportunamente.

a)porque explotan las contradicciones existentes entre la individualidad de los gobiernos y la globalidad de la economía.

b)porque la referida Microsoft ha aprovechado la posibilidad de amparo que ofrecen los mil refugios que las organizaciones de comercio y la legislación internacional procuran a los diversos sectores de interés, en su afán de brindarles condiciones legales que garanticen su posibilidad de éxito económico en la idea superior de que ello contribuirá al bienestar general,

c)porque los productos de Microsoft (sistemas operativos, interfaces usuario, programas- aplicación, navegadores internet) son de cierta sofisticación tecnológica y están ampara-dos por leyes que hacen poco menos que imposible conocerlos a cabalidad.

d)porque la naturaleza novedosa y compleja del software, de muy acelerada evolución, y la relativa lentitud de desarrollo del Derecho Informático, afectado además por la acción interesada y desorientadora de los poderosos intereses mencionados, han resultado en vacíos legales que dificultan tomar acción efectiva por la vía de los Tribunales de Justicia, y han dado pie a la utilización de la potestad administrativa del Estado para resolver, lo que ha llevado a soluciones inorgánicas y, con frecuencia, a una amplia tole-rancia,

e)porque la influencia del software sobre el quehacer y la propia vida de personas y organizaciones se comprendió tardíamente.

f)porque la alta dependencia de personas y organizaciones con respecto a dichos productos facilita el abuso por parte de quien los controla.

g)porque tal vez por estas mismas razones los Estados no han actuado con la diligencia que exigen la profunda influencia que estos productos tienen y la alta dependencia que causan.

Ya en 1888, al materializar su soberanía sobre la Isla de Pascua, la naciente República de Chile demostró notable capacidad de atender prioritariamente y con visión de futuro intereses que desde una perspectiva insular o cortoplacista pudieron haber parecido absurdos o, por lo menos, secundarios.

Hoy nuevamente Chile tiene oportunidad de señalar rumbos en asuntos que puede pensarse que no son de su interés o en cuyo destino no cabe a nuestro país un papel fundamental.

La economía y la comunidad globales, caracterizadas por su interdependencia y simultaneidad, son una realidad que exige de los gobiernos acciones e intervenciones que ordenen la conducta orquestada de las corporaciones supranacionales.

Muchísimo más necesario es tomar medidas de protección y desarrollar acciones legales a escala mundial contra al primer monopolio global, organización que actúa manifiesta y desafiantemente al margen de la ley, cuyo poder económico es muy superior al de cualquier país considerado individualmente (con menos de diez excepciones) y el ámbito de cuya acción le permite poderes casi ilimitados en áreas de gran impacto cultural, económico y político.

Por lo expuesto solicitamos a esa honorable Cámara oficiar a sus pares, las Cámaras de Representantes de los países miembros de las Naciones Unidas, proponiéndoles iniciar acciones de investigación y protección en sus respectivos países e invitándolas a actuar conjuntamente ante las Naciones Unidas, la Organización Mundial de Comercio y otras instancias internacionales para que se investiguen las actividades de Microsoft y se arbitren medidas de protección preliminar.

Con esto se crearán condiciones para que a la acción monopólica global que desarrolla Microsoft, caracterizada por su determinación de mantener el control que ejerce sobre áreas estratégicas del quehacer humano y de extenderlo a otras, se oponga la reacción coordinada y severa de un número cada vez mayor de países con la determinación de impedir la ampliación del dominio de Microsoft, de despojarlo de los privilegios ilegales que hoy disfruta, y de obligarlo a pagar las compensaciones correspondientes a los daños que ha causado.

Saludan respetuosamente a U.S.,

Pedro Barría Gutiérrez, abogado consultor en Derecho Informático; Antonio García Varela, Ingeniero Civil autor del libro “StopGates.now”; Claudio Venegas Zamora, abogado experto en derechos del consumidor; Renato Orellana Muermann, Ingeniero civil, consultor en comunicación organizacional, jefe de la Oficina de Coordinación para el Y2K en América del Sur; Fernando Molina Vallejos, abogado profesor de Ciencias Políticas, Universidad Católica de Chile.

-o-

b)Anexo que señala que “Microsoft viola casi la mitad de los Derechos Humanos”.

LOS DELITOS DE MICROSOFT

Microsoft desarrolla un nuevo proceso de cobranza mundial.

Individuos, empresas y gobiernos deben pagarle una vez más, ahora por el Office 2000 y el Windows 2000.

Mientras enfrenta investigaciones y demandas de USA, la Unión Europea, México y Francia, Microsoft está a punto de lograr el control de internet, paraíso de la libertad. Nadie debe permanecer ajeno a esta gran batalla.

El poeta W.B.Yeats dice que la palabra es más poderosa que las armas, pues muchos repiten versos imposibles de olvidar, y dan la vida por ideas y creencias, mientras las hazañas apenas sobreviven en las palabras balbuceantes de los niños en la escuela. Estas palabras sobre Microsoft son necesarias para que muchos se sumen a la batalla. Y las acciones son indispensables y urgentes, aunque de su rigor sólo quedarán palabras balbuceantes.

MICROSOFT VIOLA LA MITAD DE LOS DERECHOS HUMANOS

En 1948 se firmó la Declaración de los Derechos Humanos. Cincuenta años después, una organización incurre en más de cincuenta violaciones y pisotea sistemáticamente gran parte de sus treinta Artículos.

Aunque parecen parte del decorado, los gobiernos son protagonistas de esta tragicomedia. Mientras cuente con el respaldo pasivo de la autoridad, Microsoft seguirá pisoteando derechos fundamentales.

Para conseguir que todos le paguen cada día más por comunicarse, informarse y divertir-se, Microsoft incurre en numerosas transgresiones, parte de las cuales se exponen a continuación.

Violación 1

Windows es la puerta de acceso a todo computador personal (PC) y, con ello una puerta de control que permite a Microsoft impedir el uso de algunos programas para ordenadores, e imponer el uso de otros, lo que en efecto hace.

Viola así en Artículo 1, de la Declaración: “Todos los seres humanos nacen libres”.

Violación 2

Windows, en cuanto instrumento de control, otorga amplios derechos a quienes sin investidura ni soberanía controlan el uso de todo PC, y concede limitados derechos a los 500 millones de personas obligadas a usar Windows y los demás programas que el monopolista impone.

Viola así el Articulo “Todos los seres humanos nacen iguales en dignidad y derechos”.

Violación 3

Microsoft viola reiteradamente, el Art. 17.2 que establece: “Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”.

Lo contraviene al privar al individuo de la posibilidad de continuar usando programas no-Microsoft de los que es o era propietario.

Lo contraviene obstaculizando el pleno disfrute del bien, al coartar la posibilidad de hacer uso de todas las capacidades del PC.

Lo contraviene por tercera vez cuando, mediante vicios ocultos, hace obsoletas las versiones anteriores de sus programas, los que son parte del patrimonio del usuario.

Lo contraviene por cuarta vez cuando, mediante otros vicios ocultos en sus programas, adelanta la obsolescencia de los PC, lo que constituye, a todo efecto práctico, despojar de ellos a sus dueños.

Violaciones 4, 5 y 6

Regalando internet Explorer y apoyándose en Windows, Microsoft está por lograr que internet, el primer producto “postcomercial”, el primer producto libre y gratuito desarrollado por el hombre después del nacimiento del comercio, se convierta en una polifacética máquina tragamonedas.

Internet es gratuito porque sus creadores comprendieron que cobrar por su uso supondría obstáculos para su desarrollo. Su condición de gratuito ha sido determinante de su explosivo crecimiento.

Microsoft está a punto de convertirse en administrador único de un internet con taxímetro.

El artículo 19 de la Declaración establece que todos los seres humanos tienen “derecho a buscar, recibir e impartir información a través de cualquier medio”.

Cuando se redactó dicho artículo no se incluyó el derecho “a generar” información a través de cualquier medio, porque mal pudo imaginarse el legislador que el propio acto de crear o generar información se vería limitado y condicionado a consecuencia, no de la aparición de prodigiosos medios que lo harían infinitamente más fácil, sino del control ilegal del que serían objeto dichos medios.

Microsoft, al imponer el uso de internet Explorer, viola el derecho a buscar y recibir información a través de cualquier medio.

Microsoft, al imponer el uso de Word y de Excel viola el derecho a “generar información a través de cualquier medio”. Estos programas son medios a través de los cuales las personas concretan sus concepciones. Son medios en cuya intimidad las personas crean el conocimiento y la información. Y mal pueden generarlos a través de cualquier medio, si están obligados a hacerlo sólo con los medios que Microsoft procura.

Violación 7

En su artículo Nº 20 la Declaración establece que “nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación”.

Una asociación es un grupo de personas que comparte una característica común, que tiene una ligazón común, que tiene una atadura o propósito común.

Microsoft impone a 500 millones de seres la obligación de escribir con Word, de calcular con Excel y, muy pronto, la de comunicarse con Outlook e informarse con internet Explorer.

Microsoft impone el rito común de esperar tres minutos para empezar a trabajar en un equipo que puede hacerlo inmediatamente. Impone además la maldición común de perder el trabajo realizado, cada vez que el “sistema” avisa que ha habido una falla injustificada e inaceptable.

Impone a todos “la duda, la incertidumbre y el temor” (técnica de sumisión de consumidores conocida como FUD) derivados de trabajar con sistemas deliberadamente diseñados para producir dependencia mediante estos instrumentos.

Impone la obligación de pagar periódicamente cuotas crecientes sólo para continuar perteneciendo al grupo sometido a estas prácticas comunes.

Estos 500 millones de seres afectos a un mismo rito, a idénticas obligaciones, a temores e incertidumbres comunes y a la obligación de pagar con frecuencia y cuantía cada vez más mayores por disfrutar de esos beneficios, evidentemente constituyen una asociación. Y sus miembros han sido obligados a pertenecer a ella.

Violación 8

En su artículo 22, la Declaración establece que “cada persona, en su condición de miembro de la sociedad, tiene derecho a la satisfacción de los derechos económicos indispensables para su dignidad y para el libre desarrollo de su personalidad”.

Microsoft, al impedir la existencia de programas competidores de Windows, Excel y Word, y de buscadores o navegadores que compitan con internet Explorer, priva a las personas del derecho económico a disponer de productos alternativos o sustitutivos en cada una de estas áreas.

Esta violación de los derechos humanos se da con varios agravantes: los productos sin sustituto son indispensables para el hombre, son de trascendental importancia, funcionan mal y presentan vicios ocultos.

Microsoft viola el derecho económico a usar los productos que más se acomoden a la satisfacción de las propias necesidades.

Microsoft, viola el derecho económico que tienen las personas a que los diversos fabricantes les ofrezcan productos efectivamente distintos: computadores con pantallas y procesos de encendido diferentes y con programas de servicio especiales.

Microsoft priva del derecho económico a disfrutar de precios decrecientes derivados del desarrollo tecnológico y de la libre competencia.

Violación 9

El artículo 22 establece: “cada persona tiene derecho a la satisfacción de los derechos culturales indispensables para su dignidad y para el libre desarrollo de su personalidad”.

Para dar forma definitiva a obras científicas o literarias es necesario generar archivos y organizarlos; esto es, guardar información en condiciones de conservarla y consultarla eficientemente.

Windows, además de plaza de peaje, además de escenario de prestidigitación y engaño, además de máquina tragamonedas de un “Las Vegas” ubicuo y virtual, es el programa que impone Microsoft para manejar archivos.

Windows es un manejador de archivos lento, ineficiente y frágil, comparado con programas de los años ochenta que mantienen en uso algunos coleccionistas que han podido perpetuarlos a pesar del esfuerzo depredador de Microsoft.

Las deficiencias del único “manejador de archivos” disponible en el mercado, impiden “la realización de los derechos culturales indispensables al libre desarrollo de la personalidad del individuo”, quien ve interrumpida su actividad creadora tratando de guardar el archivo con que está trabajando, en el lugar que quiere, y no donde Windows de-termine. Ese usuario que desea guardar o salvar el trabajo realizado y retomar a la brevedad su actividad creadora, encuentra gran dificultad en materializar su propósito.

Se ve así “distraído”, “traído fuera” de su actividad intelectual, y enfrentado a resolver arduamente problemas de manejo de información que hace 15 años resultaban sencillos mediante programas a los que no se tiene acceso porque Microsoft, actuando al margen de la ley, sacó del mercado a las empresas que los producían.

Windows perturba y destruye el proceso creativo con su frecuente mensaje “el programa ha cometido un error y se cerrará”, lo que determina pérdida del trabajo realizado. Esta situación, tan común que se la considera propia de los programas para ordenadores, sólo es fruto de la incompetencia de Microsoft, la que resulta justamente de la no-competencia que impera en un mercado monopolístico.

Existen programas que trabajan desde los años ochenta sin haber fallado jamás, y probablemente podrán hacerlo para siempre.

La tecnología informática, ahogada por Microsoft y traída a instancias muy anteriores, restringe y condiciona el proceso creativo esencial al quehacer cultural.

Microsoft viola así el derecho a expresar y hacer realidad, sin limitaciones ni condicionamientos innecesarios, las obras intelectuales y culturales indispensables para la materialización de nuestra personalidad.

Violación 10

Dice el artículo 23: “tienen derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias”

Microsoft impone la obligación de esperar largamente que el ordenador comience a funcionar, no obstante ser capaz de hacerlo en forma instantánea. Son los minutos que destina a montar Windows, puerta de control.

Esta espera innecesaria permite a Microsoft imponer programas ineficientes y complica-dos. Programas que funcionan mal y que fallan.

Al imponer esperas innecesarias y herramientas de trabajo limitadas e ineficientes viola el derecho a “condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias”.

Violación 11

El artículo 27.1 de la Declaración establece que “toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad y, a gozar de las artes”

Internet (conjunto de alrededor de cien mil computadores interconectados, a disposición de las personas), y por extensión la Red o World Wide Web (conjunto de los sistemas de comunicación y de domicilio virtual que sirven de base a las páginas Web y a las direcciones electrónicas), es parte principal de la “vida cultural de la comunidad”, e incomparable medio para “gozar de las artes”.

Internet hace realidad la “aldea global”, visualizada por MacLuhan: ha creado una comunidad de 500 millones de seres que participan en la vida cultural visitando sitios, conversando “en línea” con personas reales o ficticias, accesando fuentes de información, intercambiando correspondencia instantánea a la que se anexan documentos sin esfuerzo alguno de copiado o transporte.

Microsoft, en su intento de imponer el programa Explorador de internet, obstaculiza el uso de otros “navegadores” e incluso prohíbe que la existencia de ellos sea siquiera mencionada en la pantallas de los PC o en las páginas de proveedores de Servicio o Contenido de internet.

Con ello impide a las personas tomar parte “libremente” en la vida cultural de la comunidad: sólo pueden hacerlo en las condiciones que Microsoft impone.

La posibilidad de gozar de las artes se ve violentada adicionalmente porque, mediante Windows, Microsoft determina a qué fuentes de información cultural se tiene acceso; qué juegos educativos son ejecutables; qué enciclopedias funcionan; qué traductores de uno a otro idioma, qué programas de pinacoteca.

Como se ve, Microsoft viola en forma múltiple y exhaustiva el derecho a participar en la vida cultural y disfrutar de las artes.

Violación 12

Windows viola también el artículo 27.1: “toda persona tiene derecho a participar en el progreso científico” y, por extensión, en el avance tecnológico.

Es manifiesto que Microsoft dificulta y retrasa el desarrollo del software, privando así a las personas de su derecho a participar en el progreso tecnológico.

La acusación Departamento de Justicia de los Estados Unidos afirma:

“La conducta de Microsoft afecta adversamente la innovación porque [I.37]:

a)desincentiva la investigación y desarrollo de nuevos productos porque los competidores y potenciales competidores de Microsoft saben que Microsoft será capaz de limitar los beneficios resultantes de sus innovaciones.

b)afecta la capacidad éstos para obtener financiamiento para investigación y desarrollo.

c)impide a los competidores de Microsoft que a pesar de todo tuvieron éxito en desarrollar innovaciones, efectivamente mercadear sus productos mejorados hasta hacerlos llegar al consumidor.

d)reduce el incentivo y la capacidad de los fabricantes de PC, para innovar y diferenciar sus productos de modo de hacerlos atractivos a los consumidores.

e)reduce la competencia y el espíritu de innovación que sólo la competencia puede suministrar.

Mediante Windows, puerta de acceso a todo PC, Microsoft determina qué programa para ordenadores puede llegar al consumidor final y cuál no.

También priva del derecho a disfrutar de los avances científicos cuando despoja a las personas de toda posibilidad de elección y las obliga a usar programas que, por ser únicos en el mercado, son cada vez más costosos e ineficientes.

Microsoft, al interponer Windows, impide el pleno uso de cada ordenador, privando así a las personas de su derecho a disfrutar plenamente del avance tecnológico que ellos representan.

Violación 13

Microsoft viola nuevamente el artículo 27.1, “toda persona tiene derecho a participar en los beneficios económicos que resulten del progreso científico”.

Su control monopolístico sobre Windows y otros Sistemas Operativos permite a Microsoft fijar a su antojo el precios de sus programas, coartando el derecho a acceder a precios decrecientes como los que se observan en otras áreas del software en la que, por estar ausente Microsoft, aún existe competencia. Viola así el derecho a pagar cada vez menos por las nuevas versiones de un mismo software, cuyo costo de desarrollo es cada vez menor tanto porque la mayor inversión se hace en el desarrollo de la versión original, como por la inmensa economía de escala derivada del explosivo crecimiento de un mercado además monopolístico.

Cada vez se paga más por los programas de computación en las áreas dominadas por Microsoft. El precio de Windows ha subido, en pocos años, desde 70 a 300 dólares.

El precio de Office, que representaba alrededor de un 5% del precio de un PC, hoy equivale a un 80% del precio de un PC.

Microsoft coarta el derecho a precios decrecientes y, por ende, viola el derecho a los beneficios económicos derivados del avance tecnológico.

Otras Violaciones

Conocer algunas de las violaciones a los derechos humanos en que incurre Microsoft podrá contribuir a que la autoridad decida actuar.

Y si aún parece que existe falta de méritos por parte de Microsoft, en el sitio www.stopgates.cl se exponen muchas otras violaciones.

Antonio García V.

-o-

c)Anexo que contiene links a información esencial, nacional e internacional, relativa a estas materias.

Suprema de EE.UU. rechaza apelación de Microsoft.

Martes 9 de octubre de 2001, 10:43 Reuters

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=68168

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COREA DEL SUR:

Empresa acusa a Microsoft de competencia desleal

El Mercurio

Lunes 8 de octubre de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0108102001001a0120080

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Firma coreana entabla demanda contra sistema Windows XP

Miércoles 5 de septiembre de 2001, 13:22 Reuters

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=65033

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Firmas coreanas se unen contra sistema Windows XP de Microsoft

Jueves 27 de septiembre de 2001, 15:12 Reuters

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=67051

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SISTEMAS OPERATIVOS:

Novell demanda a Microsoft

El Mercurio Miércoles 3 de octubre de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0103102001001a0120050

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California y Nueva York amenazan con reabrir caso contra Microsoft

Sábado 8 de septiembre de 2001, 16:33 AFP

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=65366

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Comisión europea amplía su investigación contra Microsoft

Jueves 30 de agosto de 2001, 07:58 EFE

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=64542

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Microsoft planea ampliar servicio de identificación “online” a la competencia

Jueves 20 de septiembre de 2001, 13:15 Reuters

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=66358

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Información que desmiente las aseveraciones de un funcionario del Congreso, ante la Comisión investigadora, en el sentido de que la versión de Windows XP que circulaba durante septiembre y comienzos de octubre de 2001 por internet “era del tipo Beta”. En realidad se trata de la versión “Corporate Edition”, definitiva y entregada a los fabricantes de PCs con premeditada anticipación a la fecha “oficial de lanzamiento preanunciada”, una conducta habitual de Microsoft para enfrentar a la Justicia, mediante “hechos consumados” y recogiendo dividendos e insistiendo en sus prácticas ya demostradas como monopólicas, mientras su caso se ventila lentamente ante Tribunales.

Microsoft entrega a fabricantes versión final de Windows XP

Viernes 24 de agosto de 2001, 15:13 EFE

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=64061

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Información donde se evidencia la estrategia de Microsoft en el sentido de lanzar anticipadamente su nuevo Windows XP mientras solicita aplazamiento de dictamen ante Tribunales:

Microsoft solicitó por segunda vez aplazamiento de dictamen

Martes 14 de agosto de 2001, 20:34 EFE

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=63252

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Rechazan petición de Microsoft para revisar parte de una sentencia judicial

Jueves 2 de agosto de 2001, 10:52 EFE

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=62107

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Consumidores de EE.UU. demandan a Microsoft en defensa de privacidad

Jueves 26 de julio de 2001, 12:55 AFP

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_noticia.asp?idnoticia=61460

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Sistemas operativos:

Con XP no todo lo que brilla es oro

Jay Dougherty, DPA

El Mercurio

Lunes 17 de septiembre de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0117092001001a0120049

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EL APETECIBLE MERCADO TECNOLÓGICO:

Seis Empresas Dominan la Nueva Economía

El Mercurio

Martes 24 de julio de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0124072001002b0060052

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Plan de Microsoft Para Dominar internet

Jackl Schofield

El Mercurio

Martes 29 de mayo de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0129052001001a0080025

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Microsoft Admite Defecto en Windows 2000

Ansa

El Mercurio

Jueves 10 de mayo de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0110052001003c0090162

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Chile-Microsoft

Jaime Gré Zegers

El Mercurio

Viernes 11 de mayo de 2001

http://www.emol.com/noticias/detalle/detalle_diario.asp?idnoticia=0111052001001a0020098

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31/05/2001 Informe de la Comisión Europea sobre el cibercrimen.

Cryptome.org ha publicado el texto íntegro del informe sobre delitos en el ciberespacio que será presentado en la próxima sesión plenaria del comité europeo sobre delitos, a celebrar del 18 a 22 de junio de 2001.

Este informe ha sido desarrollado por una comisión de expertos (Comité europeo de crímenes en el ciberespacio) se compone de dos partes: por un lado, el borrador de la convención sobre el crimen en internet y por el otro el borrador de un memorándum acerca los problemas originados por el crimen en internet.

Esta convención tiene como objetivo facilitar un marco común que sirva para la unificación de las políticas relacionadas con los delitos en el ciberespacio de los diferentes países miembros de la Unión Europea.

Los delitos tipificados son agrupados en dos grandes marcos: medidas a tomar a nivel nacional y medidas que requieren la cooperación internacional.

Entre los primeros se describen los siguientes delitos:

-Acceso ilegal

-Interceptación ilegal

-Interferencia de datos

-Interferencia de sistemas

-Mala utilización de dispositivos

-Falsificación de datos

-Fraude (alteración, supresión o borrado de datos e interferencias con el funcionamiento normal de los sistemas).

-Delitos relacionados con la pornografía infantil.

-Delitos relacionados con la infracción del copyright y derechos relacionados.

Dentro del apartado de medidas que precisan de una cooperación a nivel internacional se describen los principios generales relacionados con la extradición, indicando que los delitos tipificados en el apartado de medidas de carácter nacional deben ser incluidos en la relación de delitos que permiten la extradición. Igualmente se indica la importancia de la cooperación entre las fuerzas del orden de los diversos países miembros.

Por otra parte, la convención describe los recursos que debe aportar cada país en vistas a garantizar la fluidez de la cooperación internacional.

Más información:

Committee of Experts on Crime in Cyber-Space Final activity report. Draft convention on cyber-crime and explanatory memorandum related thereto:

http://cryptome.org/cycrime-final.htm

http://conventions.coe.int/treaty/EN/projets/cybercrime27.doc

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Link a una web española con análisis muy documentado sobre los intentos por introducir regulaciones a internet en Europa:

http://www.uoc.es/web/esp/launiversidad/inaugural01/experiencia.html

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Linux desplaza a Windows como principal proveedor de banda ancha finlandés

12 de octubre, 2001

http://www.cnnenespanol.com/2001/tec/10/12/linuxfinland.reut/index.html

Actualizado: 11:53 AM hora de Nueva York (1553 GMT)

Londres (Reuters) - Linux, el sistema operativo gratuito inventado por el finlandés Linus Torvalds, causó revuelo en casa el jueves al ser adoptado por el principal proveedor de internet de banda ancha en Finlandia, Sonera Entrum.

Esta compañía, que proporciona acceso de alta velocidad a 500.000 clientes individuales y 70.000 empresas, informó que había reemplazado 60 servidores diferentes de Unix y Windows NT de diversos fabricantes por una única computadora IBM con 500 servidores virtuales trabajando con software Linux instalado por Red Hat y Suse.

Linux es un software gratuito de fuente abierta, lo que significa que todo el código es público y puede ser adoptado por empresas e individuos.

El ingeniero de software Torvalds inventó Linux hace diez años como un proyecto universitario. Torvalds y otros voluntarios lo han desarrollado como competidor del Windows de Microsoft y de diferentes plataformas de Unix de Hewlett-Packard, Compaq y Sun Microsystems.

Copyright 2001 Reuters Limited. Derechos Reservados.

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Links a sitios donde se informa sobre la adopción de Linux por gobiernos de diversos países y las razones para adoptarlo:

(Nota: En idiomas Inglés y Francés)

http://www.olinux.com.br/news/open_news.phl?id=5327

http://www.senat.fr/consult/loglibre/texteloi.html

http://www.legifrance.gouv.fr/citoyen/jorf_nor.ow?numjo=PRMX0105055D

http://quickenexcite.cnet.com/news/0-1003-200-6996393.html?tag=pt.intuit.newsfeed..ne6996393?tag=

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d)Cartas de profesionales ecuatorianos.

Yo soy abogado y socio del Estudio Ponce, Fernández de Córdoba & Simon de Quito, Ecuador. En la actualidad estamos conduciendo dos procesos en contra de Microsoft derivados de abusos en su campaña antipiratería, de hecho hemos podido determinar que en varios casos inclusive se llegaron a forjar documentos para obtener órdenes judiciales. De igual manera, la Comisión para el Control Cívico de la Corrupción está conduciendo una investigación por la posible participación corrupta de funcionarios judiciales en estos procedimientos iniciados por Microsoft.

Con el fin de contar con información que podría ser útil en los procesos que estamos conduciendo, me interesa conocer si el Chile se han iniciado procesos o investigaciones oficiales sobre los actos denunciados por usted. En caso de que la respuesta sea afirmativa le agradeceré me proporcione la información que usted disponga.

Con un cordial saludo, Dr. Alejandro Ponce Villacís Ponce, Fernández de Córdoba & Simón

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Soy el Presidente de una de los cientos de empresas abusadas por Microsoft y su bien enmascarada BSA (Bussiness Software Alliance) en Ecuador.

Me encanta y estoy súper emocionado de haber encontrado vuestro sitio en la web. (www.stopgates.cl)

Junto a un estudio jurídico nacional estamos encabezando una cruzada nacional en contra de Microsoft, en donde nos estamos uniendo todas las empresas ecuatorianas afectadas por este abuso.

Todos estamos a favor de las leyes de protección intelectual, pero lo que ha venido haciendo y sigue haciéndolo en forma abusiva y flagrante Microsoft en Ecuador es presionar a las principales empresas del país, mediante el decomiso de sus discos, a menos que negocien inmediatamente con ellos sumas exageradas de indemnización, cuyo monto lo establecen y lo calculan en función del tamaño y capacidad de la empresa de turno. Todo esto sin importar la cantidad de licencias que les falte a una determinada empresa ni cuánto éstas han gastado ya en la compra de sus licencias.

Cualquier información que consideren interesante para que nuestra cruzada y nuestra lucha se vea más fortalecida les quedaré muy agradecido.

Me gustaría contactar al autor del libro Stopgates.now. Les rogaría me hagan conocer su e-mail o su teléfono.

Giovanni Di Mella Vespa ZaiMella del Ecuador S.A. Presidente

X. DESIGNACIÓN DIPUTADO INFORMANTE.

La Comisión acordó por asentimiento unánime, designar diputado informante al señor Kuschel, don Carlos Ignacio.

Acordado en sesiones de fecha 4 de marzo, 11 y 18 de abril, 6 y 13 de junio, 18 de julio, 1, 8 y 22 de agosto, 5 y 12 de septiembre y 10 de octubre de 2001, con asistencia de los diputados señores: Carlos Ignacio Kuschel (Presidente); Patricio Cornejo; Sergio Correa; Alberto Espina; Carlos Abel Jarpa; Ricardo Rincón (en reemplazo del diputado señor Gutenberg Martínez); Pedro Muñoz; Alejandro Navarro (en reemplazo del diputado señor Pedro Muñoz); Juan Ramón Núñez; Patricio Walker; Enrique Van Rysselberghe; Alfonso Vargas y Carlos Vilches.

Sala de la Comisión, a 29 de octubre de 2001.

(Fdo.): LUIS PINTO LEIGHTON, Secretario de la Comisión”.

DOCUMENTOS ANEXOS AL INFORME DE LA COMISIÓN:

Anexo 1.- Exposición del señor Antonio García Varela, director de Consumidores en Acción ONG, (Conaccion). Se inserta parte del acta donde está la intervención del invitado.

Anexo 2.- Respuesta de la empresa Microsoft.

Anexo 3.- Reglamento NIC-Chile.

Anexo 4.- Instructivo del Presidente de la República.

Anexo 1

Exposición del señor Antonio García Varela, director de Consumidores en Acción, ONG (Conaccion).

El señor García (don Antonio).- Señor Presidente, vengo a exponer sobre el tema Microsoft y he llamado a esta exposición: “Los delitos de Microsoft”.

Quiero referirme a la situación legal actual de Microsoft, a la metodología para encarar ese problema. Más en detalle, a los delitos que se cometen y los daños que se producen a las personas, a las empresas, la forma en que Microsoft se relaciona con Internet y el tema de los derechos humanos, que es largo y no se puede tratar en esta oportunidad.

¿Cuál es la situación legal de Microsoft hoy día?

El 29 de julio fue condenado en apelaciones. Aquí tengo el texto de la sentencia de apelaciones, que se encuentra a vuestra disposición.

El 6 de julio, el Gobierno de los Estados Unidos se dirigió por escrito a la Corte de Apelaciones solicitándole urgencia para continuar las acciones contra Microsoft, porque es prioritario contenerlo.

El 16 de julio, medio mes después, Business Week -la revista de negocios más vendida en el mundo- denunció una campaña ilegal de Microsoft a través de la cual pretendía engañar al Senado de los Estados Unidos respecto de situaciones que esa Cámara está investigando.

El 24 de julio, es decir hace una semana, el Senado decidió investigar a Microsoft por nuevos delitos ajenos al sinnúmero de delitos a los que se refiere el juez Jackson y que fueron ratificados en un 90 por ciento en la sentencia de la Corte de Apelaciones.

Ésa es la situación legal de Microsoft hoy día.

La sentencia de la corte confirma casi todos los hechos probados, admite excepciones secundarias. Sacó al juez, porque éste dio conferencias de prensa durante el juicio y eso contraviene la ley.

Dice que la argumentación de Microsoft es frívola. Lo dice reiteradamente a lo largo de la sentencia de la Corte de Apelaciones. Confirma que Microsoft es un monopolio, que causa daño a los consumidores, que exorsiona a los fabricantes de computadores, a los suministradores de servicios de Internet y a los suministradores de accesos a Internet.

Microsoft es un tema muy complejo, porque son muchos y variados los delitos ya que causa graves daños a las personas y a las empresas. Porque ha cobrado grandes sumas mediante esquemas ilícitos, lo que lo hace muy poderoso y cada vez pretende cobrar más y con mayor frecuencia. Además, viola múltiples derechos humanos.

Es un tema muy delicado pues representa una gran amenaza. Está a punto de tomar con-trol de Internet. Sus facturas ya son prohibitivas, incluso para Estados Unidos. El gobierno de Estados Unidos dice: hay que contenerlo urgentemente ya que, de no ser así, resultará prohibitivo resolver los daños que está produciendo a nuestra economía.

Un ministerio de España hace dos años decidió no usar programas Microsoft porque pagar por las licencias representaba un tercio de su presupuesto.

Es complejo porque es difícil actuar contra Microsoft, ya que se esconde tras una fachada de empresa y alega derechos como si realmente lo fuera.

En mi opinión, hay tres grandes áreas de investigación y de acción que la Cámara debería consultar cuando ve el tema de Microsoft.

Un área de los delitos y daños que produce. Los delitos contra personas y empresas, los delitos en Internet y lo que está en juego, si llega a tener el control de Internet.

Otra área es cómo defenderse y cobrar. Hay que decidir por qué actuar contra Microsoft, ver cómo defender a los usuarios y a las Pymes, por qué suspender eventualmente los pagos del Estado, cómo recuperar lo pagado en exceso, cómo enfrentar a Microsoft en Chile y fuera de Chile y demandar por el tema de los derechos humanos, asunto al que no me voy a referir.

Una tercera área es cómo eliminar el monopolio. ¿Qué pasa si uno prescinde de Microsoft? En Estados Unidos ya se ha planteado que, desde el punto de vista legal, el sistema operativo es un servicio público esencial, por lo que está cubierto por la legislación que corresponde a los servicios públicos esenciales. La eliminación del monopolio pasa por que el Estado apoye una reconversión general a un freeweb tipo Linux o el Office de Sun System.

No sabía que vendría a exponer una persona de Linux y no conocía su planteamiento, el que comparto plenamente.

Es necesario hacer una convención internacional para atender el tema de los sistemas operativos y los programas esenciales que se necesitan para calcular, escribir, navegar y enviar correos.

En esta ocasión sólo me referiré al primer tema: delitos y daños.

Demostraré que Microsoft incurre en delitos. Que obliga y despoja a los usuarios y a las empresas. Que extorsiona a los fabricantes. También haré una breve reseña de riesgos inminentes.

En materia de daños a las personas, puedo señalar que Microsoft les suministra programas con basura y vicios ocultos que obligan a comprar un computador personal cada vez más grande. Adelanta la obsolescencia de los equipos, aspecto al que se refirió el representante de Linux. Hoy en día los equipos duran uno o dos años, pudiendo durar perfectamente siete si no usaran sistemas de Microsoft. Ello ocurre porque los sistemas están diseñados para que los equipos dejen de ser capaces de atender los cambios sucesivos de programas.

Microsoft hace un aumento monopólico de precios. En todas las áreas los precios de los software van bajando, excepto los de Microsoft. Microsoft cobra por un programa para sumar y escribir, o sea, para ejercer derechos fundamentales, el 80 por ciento de lo que vale un computador. Les pregunto quién de ustedes estaría dispuesto a pagar el 80 por ciento de lo que vale su equipo de sonido por escuchar un disco.

Word y Excel son caballos de Troya en estos delitos. Word siempre duplica las necesidades que tiene. En un comienzo necesitaba un computador de medio megabyte, después de 1, después de 2, después de 4 y hoy vamos en 128 megabytes. Traje 3 computadores comprados con 2 años de diferencia. Entre ellos existen enormes diferencias sólo para atender las necesidades que crea Microsoft.

Dentro de Excel vienen diversos juegos. Para saber cómo usarlos trae una dirección web donde se explica cómo hacerlo. Ustedes abren el sitio eeggs.com, que significa huevos de pascua, y en él se dice cómo jugar a los autos y a otros juegos con Excel. Entonces, nos han metido gigantescos juegos dentro de los computadores para llenar los espacios y obligarlos a cambiarlos. Eso es lo que hace Microsoft con estos caballos de Troya.

Lo básico de un computador personal, groso modo, porque no quiero entrar en materias demasiado técnicas, es su velocidad, su memoria RAM y su memoria en el disco duro. Microsoft golpea en la RAM. Tengo aquí 3 computadores portátiles que eran lo mejor que se vendía en el mercado en su momento. Uno es de 1994, otro de 1997 y el otro de 2000. Son dos Toshiba y un IBM. Las velocidades son 33, 150 y 750 megahertz. O sea, el tercero es 20 veces más rápido que el de 1994. Sin embargo, el de 1994 arranca en 8 segundos y el de 2000 en 4 minutos y más. Esos 4 minutos que 600 millones de personas se toman, que son innecesarios, porque ese computador debería partir en 8 segundos divididos por 20, lo que da menos de 1 segundo, le cuesta a la humanidad 40.000 millones de dólares al año. Esa cantidad resulta de multiplicar los 5 minutos por la cantidad de personas y por lo que le cuesta a cada persona. A Chile le cuesta 90 millones de dólares al año.

El computador de 1994, con 12 megabytes en RAM, funcionaba perfectamente. El de 1997 ya tenía 32. El de 2000, 128. Hoy se utilizan de 256. Esto es absolutamente innecesario y es el resultado de un esquema ilegal.

Un megabyte en RAM es un libro de 300 páginas. Entonces, cuando Word necesita 100 megabytes para escribir, se está diciendo que para poder hacerlo se necesita el equivalente a 40.000 libros de 300 páginas. Eso es un artificio. Word, hace 10 años, hacía lo mismo con 1.000 páginas. Y, antes lo hacía en 100. O sea, esto es simplemente un engaño.

¿Por qué se duplica el área de trabajo que necesita Word? ¿Es aceptable que se necesite un espacio de 40.000 páginas para escribir? El propio Word lo hacía en 40 páginas. Como decía, uno de lo ilícitos de Microsoft es que sus programas ocupen más memoria para obligarnos a comprar nuevos computadores. Eso, Linux no lo hace, permite utilizar computadores antiguos.

Los jueces han planteado que Microsoft invierte el desarrollo tecnológico. Que está contra la innovación. En estos 15 últimos años ¿cuánto ha disminuido el tamaño de una filmación de video? Creo que ya no las hacen más chicas, porque sería incómodo operarlas.

La nanotecnología, que es una de las disciplinas que ha sido revolucionada por un joven de 17 años, al igual que la informática con el Napster, permite lograr piezas que miden mil millonésimos de metro. Y estos programas, en el mundo trucado de Microsoft, como digo yo, cada día son más grandes, más lentos y ocupan más espacio. O sea, es una tecnología que va en dirección contraria a las demás. Eso es así porque hay un monopolio que la está llevando en esa dirección, para que le paguemos cada vez más.

Hay un retroceso tecnológico. El juez también los acusa de inhibir la innovación, de no permitir que las tecnologías se desarrollen. Más adelante están las citas textuales del juez.

Los programas de hoy no son capaces de hacer lo que hacían los programas de hace 20 años. Traje programas que nunca han fallado en 20 años, y que con un solo toque de tecla son capaces de cargar 100 directorios, cada uno con 10 subdirectorios de 100 archivos cada uno. Eso es inimaginable en Windows. Hacer eso en Windows tomaría varios días. Eso lo hacen programas que tienen 20 años, están aquí y funcionan en cualquiera de los computadores que traje.

El juez dice: “Microsoft emplea parte importante de su poder monopólico en imponer costosas restricciones a sus consumidores. Impone a los fabricantes condiciones que los inducen a concentrar sus esfuerzos en producir equipos caros. Creó confusión y frustración para los consumidores. Los privó de innovaciones en el software. El resultado final es que algunas innovaciones que realmente habrían beneficiado a los consumidores nunca se hicieron realidad por la sola razón de que no coincidían con los intereses de Microsoft.”.

O sea, pasaron cosas con esta tecnología que no llegaron a nosotros porque no le convenía a Microsoft. Eso lo dijo un juez y fue ratificado por la Corte de Apelaciones.

Además dice: “Muchas de estas acciones han causado daños a los consumidores en forma inmediata y fácilmente discernible.

También, al distorsionar la competencia, ha causado daños a los consumidores que, aun-que son menos directos, son serios y de largo alcance.

Obstruyó innovaciones que habrían hecho que los Pcs que trabajan con Windows fueran más satisfactorios para los usuarios y privó considerablemente a los consumidores de su libertad de elegir.”.

Éstos son sólo algunos de los alrededor de 150 delitos probados en que Microsoft ha incurrido.

Eso es respecto de las personas naturales, es decir, nosotros, los padres de familia que ahorramos para comprar un computador que a los 2 años no servirá para que nuestros hijos consulten las nuevas enciclopedias o para que jueguen los nuevos juegos y varias de otras cosas más. Así, nos vemos en la necesidad de comprar un nuevo computador.

¿Qué pasa con las pequeñas y medianas empresas, a las que se refería el señor Car-mona? Microsoft las obliga a cambiar todos sus equipos y programas mediante un esquema muy sencillo que voy a exponer.

¿Qué pasa con una pequeña empresa que compra un nuevo PC? Si tiene 10 PCs y necesita uno más, el nuevo PC vendrá con más memoria RAM para poder correr las nuevas versiones de Word y Excel. Además, vendrá con una nueva versión de Windows. Ya no podrá comprar el Office antiguo, porque no lo venden. Sólo se venden Windows y Office recientes. Entonces, hay dos opciones: copia el Office y se transforma en un pirata o compra el Office nuevo. Si él decide no ser pirata para ahorrarse la campaña de tolerancia cero, cuando compra un nuevo Office, pronto se ve obligado a actualizarlo en todos sus programas porque los archivos ya no cuadran. Pero, el nuevo Office no corre en los viejos computadores que tiene. Entonces, si se pensaba invertir mil dólares en la compra de un computador, la disyuntiva es o invertir 20 mil dólares en licencias y en nuevos computadores o el pirateo. De esos 20 mil dólares, no menos de 10 mil van a Microsoft; el ciento por ciento de las licencias y el 20 por ciento de los equipos. De cada computador que se vende en el mundo, lleve o no programas Microsoft se le paga, entre 200 y 300 dólares a la misma Microsoft. Eso está demostrado en la sentencia y lo conoce toda la gente que está enterada de estos problemas. ¿Tiene esa pequeña empresa derecho a piratear o está obligada a someterse al chantaje de comprar lo que no necesita? Ésa es la pregunta de fondo que debe hacerse la gente que está preocupada del tema de las pymes.

La pyme pierde los programas que haya tenido que no son Microsoft.

¿Por qué un computador se demora cinco minutos en encender? En ese plazo, son cien millones de jugadas. Yo me imagino cuando un ajedrecista da cien millones de jugadas de ventaja al otro. El otro prepara el tablero y le dice: “Bueno, es tu turno”. Después, de cien millones de jugadas, porque, en cinco minutos se pueden hacer muchos millones de jugadas. Microsoft monta un escenario donde sólo se puede ver lo que quiere. Impide el uso de programas no Microsoft y acceder a todas las virtudes del computador.

Hay otros delitos tradicionales que el juez menciona como el que se impide la innovación, que restringe el comercio, que obliga a los fabricantes de PC y a todos los proveedores de acceso a Internet a cosas específicas en muchas partes y legalmente demostradas. A los fabricantes de PC les cobra por cada computador que venden aunque no lleven programas Microsoft, les fija la pantalla de apertura, cómo se enciende y les impide ejercer los programas de servicio destinados a atender las necesidades particulares del usuario de ese PC. O sea, el usuario de ese computador, al igual que el de Toshiba e IBM, tiene que usar los mismos programas y no sirven para distintos computadores.

¿Qué hace Microsoft en Internet? Internet es el primer producto comercial en la historia de la humanidad que se generó para que fuera gratuito. En 1989, se tomó la decisión, en una reunión en Suiza, de que fuera gratis. Un grupo de señores, entre los cuales estaba Team Werner deciden que hacerlo pagado era muy lento. Habría implicado una serie de restricciones tecnológicas, de manera que por ello se optó por la gratuidad del servicio. La primera vez que se hace un gran producto para todo el mundo y sin cobrar por él. La idea de Microsoft es convertir Internet en algo comercial y se le pague a él por cada operación financiera. Así lo dice el juez y cualquier revista de negocios. Yo escribí un libro sobre este tema, en el cual hay doscientas citas respaldadas de dónde vienen y fueron publicadas. ¿Internet va a seguir siendo gratuito o todo pagado a Microsoft? El juez dice que Microsoft exigió a los proveedores de contenido Internet crear contenidos diferenciados, los que ya estaban disponibles sólo para los usuarios de su programa Microsoft, o contenidos más atractivos cuando se vean con los programas de Microsoft, como el Internet Explorer; les exigió explícitamente que su contenido apareciera degradado cuando se visiten los sitios web con programas no Microsoft. O sea, obligó a los principales proveedores a que, si un cliente se conectaba con ese proveedor y miraba el sitio web -por ejemplo, el del diputado señor Navarro, quien lo ha experimentado- éste se encuentra diseñado para que no vea su sitio. Microsoft ha obligado y exigido que se den condiciones que hacen que, si entramos al equivalente a un Almac, no veamos la mitad de los productos, sino los que él quiere y seguimos creyendo que lo vemos todo. Eso afecta gravemente los derechos humanos. Dice: “produjo daños, incluso a consumidores que quieren usar el propio programa Microsoft”. O sea, en el propósito de tomar el control de Internet, produjo daños a los usuarios de programas que él produce.

¿Qué es Internet? Son cien mil grandes computadores, son varios millones de servidores, seiscientos computadores que se meten y salen buscando información, miles de kilómetros de autopistas reales de redes de cables, autopistas virtuales, donde la más destacada es la del programa para entrar a Internet, que es el Internet Explorer.

¿Qué controla Microsoft sobre esos cinco elementos? Controla todo el acceso virtual; o sea, más del 90 por ciento de las entradas a Internet se dan a través de programas de Microsoft. En los servidores tienen un porcentaje del 42 por ciento, que es una velocidad en la que, en cuatro años, va a tener más del 90 por ciento.

La Unión Europea investiga a Microsoft por los delitos que hacen los programas para servidores. El comisionado Monge y la Unión Europea.

En cable, Microsoft ha hecho inversiones por ocho mil millones de dólares en los últimos años para tomar el control de la industria del cable en todo el mundo y en la Unión Europea lo están investigando porque está tomando el control de la industria del cable en Europa, y ya lo tiene totalmente en Inglaterra.

¿Cuáles son los delitos relevantes que comete Microsoft en Internet?

El Guid es un número de identificación que Microsoft coloca a cada uno de los mail que mandamos y a cada una de las hojas de cálculo que hacemos. Él ya lo admitió y reconoció, cuando se descubrió el virus Melissa.

Existe en todos los Windows una clave para que la National Security Agency entre a cada computador y vea lo que quiera. Eso fue denunciado por el Bussines Week, porque afecta la competencia internacional. Se ha demostrado que licitaciones internacionales han sido abiertas antes de que la gente presente sus ofertas a través de la SNA. Caso denunciado por la principal revista de negocios de Estados Unidos, respecto de una agencia y una empresa que es de Estados Unidos. No es que nosotros estemos diciendo que los americanos andan en cosas raras.

¿Cuáles son los delitos al desarrollo? A fines de 2000, Microsoft compró la empresa Great Plains. Es posible que para ustedes no signifique nada, pero los daños que hoy puede producir a la pequeña y mediana empresa se los producirá también a las empresas que ven-den entre cien y diez millones de dólares al año. Poco a poco someterá a todas las empresas a su control.

En 2001, Microsoft declaró que no va a vender más software. Ahora para usar su software se deberá bajar de Internet y pagar todos los meses por el derecho a escribir y a ver cuánto es cuatro más cuatro. Este mismo año Microsoft compró Mc Afee, principal empresa de antivirus del mundo. Entonces, Microsoft controla los virus que, además es una cosa que pasa sólo en el área de Windows.

El nuevo Windors XP afecta absolutamente la privacidad de las personas y, por eso, lo está investigando el Senado de Estados Unidos.

Hay que tener en cuenta que todas esas grandes inversiones se hacen con dinero de origen ilegal. Microsoft invierte para comprar empresas y ampliar su monopolio y también compra empresas y las saca del mercado porque quiere que ciertas áreas tecnológicas no se desarrollen. Estas inversiones las hace con dineros provenientes de actividades al margen de la ley.

¿Cuál es uno de los daños que Microsoft está provocando al tomar control de Internet?: controlar el acceso a la información. O sea, ¿quiénes pueden entrar y a qué se puede entrar? Va a controlar el contenido de la información, qué es lo que se ve y qué no. Hoy hay sitios que no se ven si se usa el programa que no es el que ellos quieren. Va a implicar el control de las comunicaciones porque Internet hoy es la base para las comunicaciones. Y va a significar, como lo alegan las revistas de negocios como El Econmist y otras, que va a colocar una tasa, un impuesto a cada una de todas las transacciones comerciales y financieras que se realicen a través de Internet. Eso nos espera si no hacemos nada.

A las personas naturales las limita en su derecho a la privacidad, al libre acceso a la información, al derecho a la información no adulterada y les impide comunicarse libre-mente. Cada una de estas limitaciones es muy grave.

¿Cuáles son los daños públicos que produce? El Estado no va a ser capaz de honrar la factura de Microsoft, que es cada vez mayor. Ya les dije que un ministerio español no fue capaz de honrarla. Las Pymes estarán cada vez más ahogadas bajo impuestos corsarios crecientes. Habrá una gran disminución de la competitividad.

Soy empresario y tengo acciones en una empresa nacional que desarrollamos. Competimos internacionalmente en el área de las empresas como Great Plains, de las empresas de grandes negocios. En Chile, tenemos un mercado de menos de uno por mil y no tenemos garantías de que todos los programas que hemos hecho y todo lo que tenemos en nuestros computadores no esté absolutamente infiltrado por esta clave maravillosa que impide que las empresas del tercer mundo compitamos seriamente.

Estamos próximos a pagar por cada transacción comercial y financiera. Nos encontramos en un país que no tendrá derecho a mantener industria local del software mientras todo el software se encuentra en manos de Microsoft. Y la industria local del software puede ser una gran fuente de ingresos y de trabajo para la gente.

¿Cuál es la conclusión de esta exposición? Que existen numerosos delitos, que los daños son gravísimos, que las exacciones son cada vez mayores y más frecuentes. Entonces, urge la intervención de la autoridad.

Muchas gracias.

ANEXO 2

Exposición del señor Rodrigo Alonso Aguirre, Gerente General de la Empresa Microsoft, en la contesta a los cargos formulados.

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ANEXO 3

NIC CHILE: REGISTRO DE NOMBRES DEL DOMINIO CL.

Reglamentación para el funcionamiento del Registro de Nombres del dominio CL

1.El Registro de Nombres del Dominio CL, denominado NIC-Chile (Network Information Center Chile), es administrado por el Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile por delegación de la Iana (Internet Assigned Nombers Authority), de acuerdo a los principios contenidos en RFC 1591: Domain Narne System Structure and Delegation.

2.Se deja expresa constancia de que NIC-Chile actúa únicamente en calidad de ente coordinador delegado de Iana con el propósito de llevar el registro de nombres de dominio. No tiene ni tendrá facultades jurisdiccionales, ni otras prerrogativas ni obligaciones de las que en esta Reglamentación se expresan.

3.NIC-Chile mantendrá un servicio de información web en http://www-nic.cl

La información publicada en ese lugar se entenderá conocida por todos los usuarios del Registro de Nombres del Dominio CL, y NIC-Chile no estará obligado a realizar ningún otro tipo de publicación.

4.NIC-Chile podrá realizar las funciones descritas en la presente Reglamentación ya sea por sí mismo o por terceros autorizados por él.

5. NIC-Chile estará facultado para cobrar tarifas por la inscripción, revalidación, modificación, eliminación o mantención de un nombre de dominio. La tabla de tarifas vigentes se publicará en el servidor web del Dominioc CL.

Será requisito esencial para mantener la vigencia de una inscripción de nombre de dominio el pagar oportunamente todas las tarifas que sean aplicables.

De las inscripciones

6.Por el hecho de solicitar la inscripción de un nombre de dominio bajo el Dominio CL, se entiende que el solicitante:

-conoce el funcionamiento técnico del Internet y sabe el significado de los términos y palabras que se utilizan en su gestión.

-acepta expresamente, suscribe y se compromete a acatar y regirse por todas las normas contenidas en el presente documento, sin reservas de ninguna especie.

-libera de cualquier responsabilidad a la Universidad de Chile, al Departamento de Ciencias de la Computación, a NIC-Chile y a sus funcionarios y asesores, por las obligaciones, responsabilidades y otros actos o hechos que le generen obligaciones al solicitante, renunciando expresa y anticipadamente a las acciones legales.

7.Podrán solicitar inscripción de nombres de dominios bajo el Dominio CL las siguientes personas:

a. Personas naturales actualmente domiciliadas o legalmente avecindadas en la República de Chile.

b.Personas jurídicas públicas o privadas, corporaciones y entidades de Derecho Público o Privado constituidas en Chile o debidamente autorizadas para operar en Chile.

Las personas naturales o jurídicas que no residan en Chile podrán solicitar inscripciones de dominios haciéndose representar por alguna persona con domicilio en el país. Este representante actuará como contacto administrativo, y se le considerará como el solicitante para todos los fines de esta Reglamentación, excepto que el dominio será inscrito a nombre del que le haya encomendado esta representación. De esta situación se deberá dejar constancia expresa en la solicitud de inscripción del nombre de dominio.

8.Las solicitudes de inscripción se recibirán exclusivamente por vía electrónica, ya sea a través del correo electrónico o el WWW. En caso de que un tercero sirva como intermediario para la preparación o el envío de la solicitud, esto no le conferirá ningún derecho a ese tercero sobre el nombre de dominio.

Dado que los sistemas de transmisión de mensajes en Internet están sujetos a demoras fortuitas e imprescindibles, corresponderá exclusivamente a NIC-Chile el determinar el día y la hora de recepción de cada solicitud.

9.No se admitirán a tramitación solicitudes de inscripción para nombres de dominios que ya se encuentren inscritos en el Registro de Nombres del Dominio CL.

De la publicidad de las solicitudes

10. Una vez que la solicitud haya sido recibida por NIC-Chile éste la publicará dentro del plazo más breve que sea técnicamente factible, y en todo caso dentro de los siguientes tres días hábiles, en una lista de solicitudes en trámite. Dicha solicitud se mantendrá en esta lista por el plazo de 30 días corridos a contar de la publicación, objeto de que eventuales interesados tomen conocimiento y, si se estimaren afectados, puedan presentar sus propias solicitudes para ese nombre de dominio.

No obstante lo anterior, durante este período NIC-Chile se reserva el derecho de habilitar temporalmente el funcionamiento técnico del nombre de dominio solicitado, a fin de que el solicitante pueda realizar pruebas técnicas de funcionamiento, sin que ello constituya compromiso de aceptar la solicitud presentada. En caso de que haya más de una solicitud de inscripción en trámite para ese nombre de dominio, dicha habilitación sólo podrá autorizarse respecto de aquella solicitud que haya sido recibida en primer lugar.

Vencido el plazo de treinta días sin que el solicitante haya pagado la tarifa respectiva, NIC-Chile estará facultado para proceder a la deshabilitación del dominio y a su eliminación posterior.

Una vez transcurrido el plazo de publicidad y recibido el pago, NIC-Chile procederá a asignar el dominio, salvo que existan en ese momento dos o más solicitudes en trámite para ese nombre.

11. Para cada solicitud de inscripción recibida, NIC-Chile enviará de vuelta por correo electrónico un comprobante de recepción de ésta. Se entenderá domicilio válido para todas las comunicaciones desde NIC-Chile al solicitante, la dirección del correo electrónico que éste haya indicado en su solicitud de inscripción, siendo de su exclusiva responsabilidad que ella opere correctamente, así como notificar cualquier cambio en dicha dirección.

NIC-Chile emitirá un aviso de cobranza para que el solicitante efectúe el pago de la tarifa, el cual consignará la fecha de vencimiento del plazo para el pago. La no recepción de este aviso de cobranza no exime al solicitante de cumplir oportunamente con esta obligación. En su defecto, podrá concurrir a las oficinas de NIC-Chile y obtener un duplicado.

NIC-Chile podrá suponer que un solicitante se ha desistido si al final del plazo de publicación aún estuviera impaga la tarifa respectiva.

12. Si al cabo del período de 30 días corridos a contar de la publicación de la primera solicitud para un nombre de dominio dado, se encontraran en trámite dos o más solicitudes de inscripción para ese mismo nombre de dominio, se iniciará el proceso de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de mediación y arbitraje, contenido en el anexo 1 de esta reglamentación. En caso contrario, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 inciso final de esta reglamentación.

Una vez iniciado este proceso no se aceptarán nuevas solicitudes de inscripción para el nombre de dominio en disputa. Antes de proceder a la citación a audiencia se verificará que todos los solicitantes hayan pagado la tarifa, para lo cual cada uno dispondrá del plazo de 30 días a contar de la recepción de su respectiva solicitud. Se considerará que aquellos solicitantes que no cumplan este requisito oportunamente, se han desistido de su solicitud y el proceso continuará sólo con los restantes.

Por el solo hecho de presentar su solicitud, todos los solicitantes se obligan, a aceptar el mecanismo de mediación y arbitraje para solución de conflictos que se susciten en la inscripción de nombres de dominio, a acatar su resultado, y a pagar los gastos y las costas según lo determine el árbitro.

NIC-Chile no tendrá ninguna participación en la etapa de arbitraje, excepto designar al árbitro de acuerdo al procedimiento y acatar su dictamen.

13. NIC-Chile no incurrirá en responsabilidad de ninguna clase si, por causa del dictamen arbitral, o de otra orden emanada de autoridad competente, debiese suspender la inscripción de un nombre de dominio o tuviese que revocarla o, en general, dar curso a cualquier instrucción pertinente, debiendo el interesado hacer valer sus derechos ante la autoridad que corresponda. La Universidad de Chile, el Departamento de Ciencias de la Computación, NIC-Chile, y sus funcionarios y asesores quedan liberados anticipadamente de cualquier responsabilidad y el solicitante renuncia expresamente a las acciones legales.

14. Será de responsabilidad exclusiva del solicitante que su inscripción no contraríe las normas vigentes sobre abusos de publicidad, los principios de la competencia leal y de la ética mercantil, como asimismo, derechos válidamente adquiridos por terceros.

NIC-Chile, sin estar obligado a ello, podrá solicitar el pronunciamiento de un árbitro, a costa del solicitante, de acuerdo a las normas del Procedimiento de Mediación y Arbitraje del Anexo 1 de esta reglamentación, en aquellos casos que el dominio solicitado vulnere y contraríe ostensiblemente las normas y principios descritos en el inciso precedente. En este caso, se suspenderá la tramitación del dominio solicitado hasta que se dicte la sentencia correspondiente.

NIC-Chile no será responsable de verificar la autenticidad de los antecedentes presenta-dos por el solicitante, y no tendrá ninguna responsabilidad por el uso que el solicitante haga de un nombre de dominio una vez inscrito en el Registro.

15. Fusionado con artículo 10.

De las transferencias de Dominios

16. Los derechos que emanan de la presente reglamentación serán transferibles a cualquier título, salvo prohibición en contrario. Para darle curso se requerirá lo siguiente:

a. Para el caso de sucesión por causa de muerte se requerirá sentencia de posesión efectiva debidamente inscrita y el nombre de dominio expresamente contenido en el inventario.

vapora el caso de acto entre vivos se requerirá:

-comunicación escrita por parte del asignatario actual dirigida a NIC-Chile, en el cual se identifique como tal, con su RUT y firma, donde exprese su voluntad de traspaso e identifique al nuevo asignatario de dominio, el RUT de éste, y una casilla de correo electrónico de contacto para futuras comunicaciones, o bien.

-contrato privado autorizado ante Notario o Escritura Pública, en los que se haya dejado expresa constancia de exhibición de los documentos que habilitan a los comparecientes en él (escritura de personería, contrato de mandato, etc.), con certificación de vigencia y demás trámites que en derecho se requieran.

El nuevo titular del dominio deberá cumplir con el pago de la tarifa como si estuviera solicitando la inscripción del dominio por primera vez. Si así no lo hiciere dentro del plazo, NIC-Chile conservará la inscripción vigente.

17. NIC-Chile archivará los documentos de transferencia, pero no le incumbirá su examen y en caso alguno podrá rechazar ninguna transferencia, circunstancia que el solicitante acepta desde ya sin cargo ni reclamos, quedando irrevocablemente liberados de responsabilidad la Universidad de Chile, el Departamento de Ciencias de la Computación NIC-Chile y sus funcionarios o asesores.

De las eliminaciones de Dominios

18. Un nombre de dominio será eliminado ya sea a petición escrita de la persona que solicitó la inscripción, o de su representante debidamente autorizado, o por resolución emitida por las autoridades competentes.

19. Derogado.

De las revocaciones de Dominios

20. Toda persona natural o jurídica que estime gravemente afectados sus derechos por la asignación de un nombre de dominio podrá solicitar la revocación de esa inscripción, fundamentando su petición según lo dispuesto en el artículo 21 de la presente reglamentación. La acción de revocación descrita en este párrafo, prescribirá dentro del plazo de tres años, contados desde la fecha de asignación del dominio que es objeto de controversia.

21. Para los efectos de solicitar la revocación de un dominio inscrito será necesario que el reclamante:

a. Solicite a NIC-Chile por escrito, la revocación de dicho dominio, indicando los argumentos en que se funda, y

b.consigne la tarifa correspondiente al examen de admisibilidad, a nombre del árbitro que NIC-Chile designe para la realización de dicho examen.

Recibida la solicitud de revocación, NIC-Chile designará un árbitro de la nómina del turno, quien efectuará un examen de admisibilidad respecto de la solicitud. Efectuada la consignación para los efectos de este examen, a nombre del árbitro designado, NIC-Chile le enviará los antecedentes para su análisis.

Si producto de dicho examen resultare admitida a tramitación la solicitud de revocación, NIC-Chile notificará de ésta a las partes involucradas, vía correo electrónico. La tramitación de una solicitud de revocación se sujetará a las reglas del procedimiento de mediación y arbitraje.

22. Será causal de revocación de un nombre de dominio el que su inscripción sea abusiva, o que ella haya sido realizada de mala fe.

La inscripción de un nombre de dominio se considerará abusiva cuando se cumplan las tres condiciones siguientes:

a. Que el nombre de dominio sea idéntico o engañosamente similar a una marca de pro-ducto o de servicio sobre la que tiene derechos el reclamante, o a un nombre por el cual el reclamante es reconocido.

b.Que el asignatario del nombre de dominio no tenga derechos o intereses legítimos con respecto del nombre de dominio, y

c.Que el nombre de dominio haya sido inscrito y se utilice de mala fe.

La concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, sin que su enunciación sea taxativa, servirá para evidenciar y demostrar la mala fe del asignatario del dominio objetado:

a. Que existan circunstancias que indiquen que se ha inscrito el nombre de dominio con el propósito principal de venderlo, arrendarlo u otra forma de transferir la inscripción del nombre de dominio al reclamante o a su competencia, por un valor excesivo por sobre los costos directos relativos a su inscripción, siendo el reclamante el propietario de la marca registrada del bien o servicio.

b.Que se haya inscrito el nombre de dominio con la mención de impedir al titular de la marca de producto o servicio reflejar la marca en el nombre de dominio correspondiente, siempre que se haya establecido por parte del asignatario del nombre de dominio, esta pauta de conducta.

c.Que se haya inscrito el nombre de dominio con el fin preponderante de perturbar o afectar los negocios de la competencia.

d.Que usando el nombre de dominio, el asignatario de éste, haya intentado atraer con fines de lucro a usuarios de Internet a su sitio web o a cualquier otro lugar en línea, creando confusión con la marca del reclamante.

Sin perjuicio de lo previsto en los párrafos anteriores, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, sin que su enunciación sea taxativa, servirá para evidenciar y demostrar que el asignatario del dominio objetado no ha actuado de mala fe:

a.Que el asignatario del dominio demuestre que lo está utilizando, o haciendo preparaciones para utilizarlo, con la intención auténtica de ofrecer bienes o servicios bajo ese nombre.

b.Que el asignatario del nombre de dominio sea comúnmente conocido por ese nombre, aunque no sea titular de una marca registrada con esa denominación, y

c.Que el asignatario esté haciendo un uso legítimo no comercial del dominio (“fair use”), sin intento de obtener una ganancia comercial, ni con el fin de confundir a los consumidores.

Si el resultado del procedimiento de mediación y arbitraje respecto de una solicitud de revocación fuere favorable al reclamante, NIC-Chile procederá a transferir el dominio a éste, quien deberá cumplir con los requisitos de asignación, esto es, el pago de la tarifa y el envío de la documentación respectiva, dentro del plazo de 30 días. Si así no lo hiciere, el dominio será eliminado.

De las modificaciones de esta Reglamentación

23. La presente reglamentación podrá ser modificada o reemplazada las veces que sea necesario, a sólo juicio de NIC-Chile, quedando obligado desde ya el usuario a acatar de inmediato las nuevas normas que se fijen, sin reservas de ninguna naturaleza.

ANEXO 1

Procedimiento de Mediación y Arbitraje

1.Los conflictos que se susciten en la inscripción, tramitación y revocación de nombres de dominio en el dominio CL. se resolverán de acuerdo a un procedimiento de mediación y arbitraje. En una primera etapa, los conflictos se someterán al procedimiento de mediación, y de resultar éste infructuoso, se seguirá con el procedimiento de arbitrajes, caso en el cual las partes podrán designar un árbitro de común acuerdo, o en su defecto, NIC-Chile designará un árbitro de una nómina que estará publicada en la página web de NIC-Chile.

Del procedimiento de mediación

2.Una vez que se acredite la existencia de una disputa por la inscripción de un nombre de dominio, o que una solicitud de revocación haya sido declarada admisible, NIC-Chile procederá a notificar a las partes por correo electrónico. Esta notificación incluirá:

a.La existencia del conflicto y el nombre de dominio en disputa.

b.La identificación de las partes involucradas, incluyendo toda la información para su contacto.

c.Una referencia a la presente documentación y a la solicitud fundada de renovación, en su caso.

d.Citación a una audiencia de mediación, con día, hora y lugar fijados para su celebración.

Las partes deberán comparecer personalmente, pero en casos calificados, se podrá autorizar la participación de algunas de ellas vía teleconferencia. Se entenderá que no se ha llegado a acuerdo por el solo hecho que alguna de las partes no asista a la audiencia.

La audiencia será moderada por un mediador designado por NIC-Chile, quien instará a las partes a llegar a un acuerdo, sin que le afecte ningún tipo de inhabilidad que pueda ser reclamada por las partes.

De lo actuado en la audiencia se levantará un acta que consignará lugar, fecha, hora, partes asistentes, acuerdo logrado o ausencia de acuerdo. Esta acta deberá ser firmada por todos los presentes. En el caso de que alguno participe vía teleconferencia, el acta le será enviada por correo certificado, la cual deberá ser devuelta firmada, en el plazo de diez días hábiles, los que se contarán desde el tercer día de expedida el acta.

Si el resultado de la audiencia fuera la solución de la controversia, el acta constituirá suficiente comunicación escrita para que NIC-Chile proceda a efectuar la asignación definitiva del dominio que originó el conflicto.

Del procedimiento de arbitraje

3.Si en la audiencia de mediación no se lograra la resolución del conflicto, en el acto se consultará a las partes si acuerdan la designación de un árbitro. En caso de que no exista acuerdo al respecto o bien en el caso de ausencia de una de ellas, el moderador preguntará a las partes asistentes si desean tachar hasta un máximo de tres nombres de la nómina de árbitros. Las partes inasistentes tendrán un plazo de 10 días corridos para efectuar su tacha.

4.Habiéndose efectuado la tacha o bien, vencido el plazo para ello, se procederá entonces a designar a un árbitro por sorteo entre los que no hayan sido tachados.

5.Si con posterioridad el árbitro designado no aceptare o renunciara a esta designación, se procederá a designar a otro por sorteo.

6.La nómina de árbitros será elaborada anualmente por NIC-Chile y quedará a disposición del público en la página web de NIC-Chile.

7.Los árbitros tendrán el carácter de “arbitrador”, y en contra de sus resoluciones no procederá recurso alguno. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y jurisdicción incluyendo la fijación de las costas del arbitraje y la forma de pago de ellas.

8.La Secretaría de NIC-Chile notificará por carta certificada al árbitro designado y le remitirá junto con la notificación todos los antecedentes para su conocimiento del caso, debiendo éste aceptar o rechazar la designación dentro del décimo día hábil desde que reciba la notificación. Si el árbitro rechaza la designación, o no comunica su aceptación a la Secretaría dentro del plazo antes referido, ésta procederá a designar un nuevo árbitro por sorteo.

En caso de aceptar, el árbitro deberá enviar a NIC-Chile y a las partes, una carta certificada, llamando a las partes a una audiencia cuya fecha no podrá ser en ningún caso posterior a 20 días hábiles contados desde la expedición de la carta.

La audiencia se celebrará con la parte que asista y en ella las partes establecerán en con-junto con el árbitro designado, el procedimiento arbitral a seguir. En caso que las partes no lleguen a un acuerdo en cuanto al procedimiento, o en caso de que una o más de ellas no concurran a la audiencia, será el árbitro el que fije el procedimiento.

Para el caso en que ninguna de las partes en conflicto comparezca a la audiencia, el árbitro emitirá una resolución que ordene que el dominio en disputa se asigne al primer solicitante, o que se mantenga su actual asignación, en caso de solicitud de revocación.

Las costas del arbitraje serán compartidas por las partes que hayan participado del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, el árbitro podrá condenar al pago de la totalidad de las costas del arbitraje, a aquél de los solicitantes que haya pedido el nombre de dominio rechazado a inscripción en casos en que fuere evidente la existencia de derechos incompatibles de terceros por cualquier causa, en que tal solicitante haya actuado de mala fe, o en que el árbitro determine que no ha tenido motivo alguno para litigar.

9. En caso de muerte, enfermedad o incapacidad sobreviniente del árbitro que esté conociendo de un asunto, NIC-Chile procederá con la designación de un nuevo árbitro por sorteo. La incapacidad sobreviniente será comunicada por el propio árbitro, o calificada por NIC-Chile.

10. El árbitro deberá notificar el fallo a las partes, y a la Secretaría de NIC-Chile por carta certificada, al domicilio que éstas hayan designado en el procedimiento. NIC-Chile procederá a dar cumplimiento al fallo notificado según corresponda.

Santiago, diciembre de 1999.

NIC-Chile-Departamento de Ciencias de la Computación-Universidad de Chile

ANEXO 4

Gab. Pres. Nº 005

Ant.: No hay.

Mat.: Imparte instrucciones para el desarrollo del Gobierno Electrónico.

Santiago, 11 de mayo de 2001.

De: Presidente de la República

A: Según distribución.

I.En los últimos años, las tecnologías de información y comunicación han tenido un significativo desarrollo.

Ello ha generado un fuerte impacto en los distintos ámbitos del quehacer de las personas y de la actividad económica, pues ha facilitado la vida cotidiana y ha logrado mayor eficiencia y eficacia en el desarrollo de variados tipos de procesos.

El desarrollo de estas tecnologías abre nuevos e interesantes canales, tanto para la provisión de servicios a la sociedad, como para mejorar la calidad y oportunidad de la información a la que los ciudadanos pueden acceder.

Hoy se habla del “Gobierno Electrónico”. Este es el uso de las tecnologías de in-formación y comunicaciones que realizan los órganos de la administración para mejorar los servicios e información ofrecidos a los ciudadanos, aumentar la eficiencia y la eficacia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos.

El Gobierno ha definido diversas acciones para desarrollar una mejor relación Estado-ciudadano, apoyándose en tecnologías de información. En tal sentido, en octubre pasado, fue aprobada una agenda de Gobierno electrónico por el Comité de ministros de las nuevas tecnologías de información y comunicaciones.

Actualmente se encuentran en fase de desarrollo un conjunto de iniciativas e instrumentos que van en la dirección indicada.

II.En mérito de lo anterior y con el objeto de definir claramente los componentes esenciales del Gobierno electrónico, he resuelto instruir lo que indico a continuación.

1.En primer lugar, los ámbitos en los cuales se desarrollará el Gobierno electrónico serán los siguientes:

a. Atención al ciudadano. En esta materia, se considera el establecimiento de nuevas formas de relación Gobierno/ciudadano-empresa-inversinista, mediante el uso de las tecnologías de información y comunicaciones, que permitan al Estado brindar sus servicios en forma eficiente, eficaz y con independencia del lugar físico.

b.Buen Gobierno. Se busca el establecimiento e introducción de nuevas formas y procesos internos en la Administración del Estado, que permitan la integración de los sistemas de los diferentes servicios, compartir recursos y mejorar la gestión interna de los mismos.

c.Desarrollo de la democracia. Se considera la creación de mecanismos que, usando las tecnologías de información y comunicaciones, permitan al ciudadano jugar un rol activo en el quehacer del país, permitiendo abrir nuevo espacios y formas de participación.

2.En segundo lugar, los principios orientadores que deberán regir todos los proyectos de Gobierno electrónico, serán los siguientes:

a. Transformador. Promueve el establecimiento, en la Administración del Estado, de una nueva forma de operar, creando y modificando sustantivamente los actuales procedimientos de funcionamiento y de relación con el ciudadano, mediante la introducción de tecnologías de información y comunicaciones.

b.Al alcance de todos. Se traduce en asegurar a todos los ciudadanos el acceso a los servicios provistos en forma electrónica por el Estado, considerando una dimensión geográfica (dónde se accede), una social (quién accede) y una horaria (cuándo se accede), y asegurando que dichas dimensiones sean equitativas.

c.Fácil de usar. Tiene por propósito que las tecnologías de información utilizadas por el Estado, sean simples y sencillas para los ciudadanos.

d.Mayor beneficio. Implica que el beneficio que signifique para los ciudadanos demandar un servicio a través de tecnologías de la información y comunicaciones, sea superior al que recibirán de obtenerlo en forma presencial en las dependencias del órgano público.

e. Seguridad, privacidad y registro. Su finalidad es disponer de adecuados niveles de seguridad y de estándares, respecto a la privacidad de las personas en el acceso a la in-formación y de las transacciones que se efectúen.

f.Rol del sector privado. Postula que la implementación de servicios, así como la formación y capacitación de funcionarios y ciudadanos, se apoye en el sector privado. Esto se hará mediante procesos competitivos. Sin embargo, la propiedad y uso de la información estará siempre reservada al Estado y al ciudadano al cual pertenezca.

g.Desconcentración. Indica que la administración, mantención y actualización de las tecnologías de información y comunicaciones, será de responsabilidad de cada Servicio, salvo aquellas situaciones que involucren la participación de varios servicios. En todo caso, se debe asegurar la interoperabilidad al interior del sector público.

h.Competencia electrónica. Señala que las transacciones podrán efectuarse desde cualquier punto del territorio, por lo que las competencias de los servicios deberán adaptarse para contemplar esta posibilidad.

3.En tercer lugar, el desarrollo del Gobierno electrónico deberá asumirse, por los órganos de la administración, como un proceso evolutivo que comprende cuatro frases:

a. Presencia. En esta fase se provee básicamente información del Servicio al ciudadano.

b.Interacción. Considera comunicaciones simples entre el Servicio y el ciudadano y la incorporación de esquemas de búsqueda básicas.

c.Transacción. Incluye provisión de transacciones electrónicas al ciudadano por parte del Servicio, en forma alternativa a la atención presencial en las dependencias del órgano.

d.Transformación. Considera cambios en los Servicios para proveer aquellas prestaciones que componen su misión crítica en forma electrónica, y la introducción de aplicaciones que administran la entrega de prestaciones a los ciudadanos.

4. En cuarto lugar, los jefes de servicio, tanto en los procesos de modernización que ejecuten, así como en los proyectos que utilicen tecnologías de información y comunicaciones, para concretar el desarrollo del Gobierno electrónico en el Estado, deberán seguir las siguientes pautas, centradas en tres áreas.

5.La primera área es la relación de los servicios con los ciudadanos. En este aspecto, deberán:

a. Introducir progresivamente el uso de tecnologías de información y comunicaciones en todos los procesos asociados a brindar prestaciones a los ciudadanos, debiendo considerar la interrelación que tengan con otras reparticiones públicas.

b.Fomentar y promover el acceso de los ciudadanos a los servicios e informaciones gubernamentales, mediante las tecnologías de información. Como medida para alcanzar este fin, deberán crear incentivos a los ciudadanos para el uso de estos medios, sin que esto se traduzca en una disminución de la calidad del servicio existente.

c.Proveer a los ciudadanos un servicio completo en función de sus necesidades, de modo que tengan un rol de atención directa al ciudadano. Para ello, deberán lograr su integración con aquellos que tengan un rol de trabajo y provisión interna de ante-cedentes.

d.Atender a los ciudadanos mediante ventanillas únicas, prefiriendo que, de ser posible, éstas sean desarrolladas y operadas por empresas privadas. Los proyectos que se diseñen y los procesos de licitación que se convoquen con motivo de lo anterior, deberán establecer exigencias en cuanto a fiabilidad, seguridad y velocidad; así como indicadores de calidad de servicio al ciudadano, utilización de estándares que aseguren compatibilidad, protección de bases de datos, privacidad en línea, y sistemas de monitoreo de la gestión a los ciudadanos.

e.Procurar que el uso de autorizaciones electrónicas en la relación entre el ciudadano y los servicios, guarda relación directa con el nivel de seguridad que cada ciudadano aspira obtener o con aquél que la ley establezca para el caso.

6.La segunda área de trabajo del Gobierno electrónico es el mejoramiento de la gestión y procesos internos y de la relación entre los servicios. En esta área, los jefes de servicio deberán:

a.Mejorar la eficiencia operacional dentro de los servicios, mediante el uso de las tecnologías de información y comunicación, simplificación y rediseñando los procesos que implementen.

b.Desarrollar programas continuos de enseñanza de las tecnologías de información a nivel de todas las plantas del Servicio. Estos programas deberán incluir metodologías de enseñanza provistas por medio del uso de tecnologías de información.

c.Contar con un sistema de información diseñado para apoyar las funciones internas y la atención a los ciudadanos, además de atender directamente a los sistemas de información de otras reparticiones públicas.

d.Propender a que los servicios que tienen un rol de trabajo y provisión interna de antecedentes, puedan hacerlos accesibles en línea a todas las reparticiones de Gobierno que tengan un rol de atención directa al ciudadano, en aquello que sea pertinente de acuerdo a las respectivas competencias y responsabilidades.

Sin perjuicio de las redes propias que utilicen los servicios, éstos deberán conectarse progresivamente con las otras instituciones mediante la red que administra el Ministerio del Interior. Aquellas instituciones que están directamente enlazadas, deberán estar en pleno funcionamiento en los próximos seis meses. El resto de los servicios deberá estar enlazado en los próximos doce meses.

e.Instaurar, como una medida de gestión destinada a medir el avance del Gobierno electrónico en cada servicio, un indicador de periodicidad trimestral, que mida los porcentajes de trámites presenciales y electrónicos que han brindado los servicios a los ciudadanos y a otras reparticiones públicas.

f.Mantener licenciados todos los productos de software que se utilicen en la institución. Los servicios serán autónomos para seleccionar y utilizar los productos de software que resuelvan más apropiadamente sus necesidades y que se ajusten a la realidad.

g.Desarrollar mecanismos que permitan, faciliten y promuevan al interior de su repartición, que las comunicaciones se efectúen preferentemente mediante tecnologías de información. De igual forma, las instituciones del Estado deberán ser las primeras en utilizar los servicios electrónicos que provea otra repartición pública.

h.Considerar, en el desarrollo de proyectos que utilicen tecnologías de información, el impacto en la organización y en el personal que podría producir dicho desarrollo. Para ello, deberán incluir como parte de dichos proyectos, la detección y resolución de los efectos que provoca su aplicación. Especial énfasis deberán efectuar cuando dicho impacto involucre a los funcionarios de la institución.

i.Adoptar, progresivamente, estándares de la industria de tecnologías de información y comunicación, que permitan relacionar e interconectar distintos sistemas y diversas plataformas, de modo que sean abiertos y no propietarios.

j.Tender a presentar una imagen común en Internet. Para ello deberán, en un plazo no superior a los seis meses, adscribirse también a la utilización de los dominios gov.cl y glob.cl, en adición de aquellos que actualmente posean.

k.Promover la agregación de demanda para obtener mejores precios y condiciones de compra, como manera de hacer más eficiente el uso de los recursos financieros disponibles. Esta estrategia también será validada en la concreción de proyectos que utilicen tecnologías de información cuyo desarrollo no resulte factible para un único servicio.

7. La tercera área de trabajo del Gobierno electrónico es la profundización de la participación de los ciudadanos en los procesos políticos. En esta área, los jefes de servicio deberán:

a. Considerar y adoptar medidas tendientes a proporcionar a la ciudadanía la información pertinente, a la consideración de sus opiniones y sugerencia, así como a facilitar instancias de participación ciudadana y la transparencia.

b.Velar por el desarrollo de páginas web informativas de fácil acceso y comprensivas. Asimismo, deberán vincular esta información a portales de búsqueda generales, tanto del Gobierno como de privados, de manera de facilitar el acceso a la información.

8.En quinto lugar, corresponderá al Ministerio Secretaría General de Gobierno velar por los estándares de contenido de las páginas web de los diversos ministerios y servicios, asegurando el acceso de los ciudadanos a la información general y específica sobre la acción del gobierno.

9.En sexto lugar, el Ministerio de Hacienda deberá generar los antecedentes que permitan conocer el presupuesto de gasto e inversión en nuevas tecnologías de información y comunicaciones, que efectúe anualmente el Gobierno.

10. En séptimo lugar, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia efectuará la coordinación y seguimiento del cumplimiento de las instrucciones precedentes y de todas aquellas que se establezcan en el futuro en relación al desarrollo del Gobierno electrónico.

11. Finalmente, los servicios deberán presentar al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, a más tardar el día 15 de agosto de 2001, un plan que señale cómo aplicará el presente instructivo en su institución.

Saluda atentamente a Ud.,

(Fdo.): RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República”.

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