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Índice
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Juan Ruben Santana Castillo
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      • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN
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      • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN
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        • Cristina Girardi Lavin
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Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS NORMATIVOS, CON EL FIN DE FOMENTAR, EN EL ÁMBITO ESCOLAR, LA PARTICIPACIÓN E INFORMACIÓN DE LAS Y LOS ESTUDIANTES RESPECTO AL PROCESO CONSTITUYENTE. BOLETIN N° 14.003-04

Honorable Cámara:

La Comisión de Educación pasa a informar acerca del proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional y reglamentario, originado en moción de las diputadas Camila Rojas, Cristina Girardi, Claudia Mix, Erika Olivera y Camila Vallejo, y de los diputados Gabriel Boric, Rodrigo González, Juan Santana, Mario Venegas y Gonzalo Winter, que modifica diversos cuerpos normativos, con el fin de fomentar, en el ámbito escolar, la participación e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente.

A las sesiones que la Comisión destinó al estudio de esta iniciativa, asistió el Subsecretario de Educación, señor Jorge Poblete Aedo, acompañado del Asesor de Gabinete del Ministerio, señor José Pablo Núñez Santis.

Concurrieron invitados a exponer sobre esta iniciativa:

1) La Jefa de Gabinete de la Defensora de la Niñez, señora María Luisa Montenegro Torres, y el representante del Consejo Consultivo de Niñez y Adolescencia, señor Dilan Zavala Cárdenas.

2) El Presidente del Colegio de Profesores de Chile A.G., señor Carlos Díaz Marchant.

3) La Presidenta de la Organización “Unidos por la Educación”, señora Judy Valdés Olave y el Presidente del Centro Interino de Estudiantes del Instituto Nacional, señor Nicolás Hidalgo.

4) La Especialista en Protección de Infancia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señora Ludimila Palazzo, y la Oficial de Educación, señora Francisca Morales.

5) La Asesora Legislativa de la Corporación Comunidad y Justicia, señora Daniela Constantino Llaven.

6) La Directora Ejecutiva de Acción Educar, señora Magdalena Vergara Vial.

7) El Secretario Ejecutivo de Acción Colectiva por la Educación “Tenemos Que Hablar de Educación”, señor Joaquín Walker Martínez y la Directora Ejecutiva de la Fundación Educacional Oportunidad, señora Marcela Marzolo Malagarriga.

8) La Directora del Colegio Sagrado Corazón de La Reina, señora Magdalena Plant.

9) El Presidente de la Asociación Nacional de Padres y Apoderados de Colegios FIDE (ANAPAF), señor Ricardo Salinas Sepúlveda.

10) La Presidenta de la Asociación de Apoderados Emblemáticos Unidos, señora Sonja del Río Becker.

11) La Presidenta y Vocera del Movimiento “Con Mis Hijos No Te Metas”, señora Ingrid Bohn Flores.

12) El Vocero de la Confederación de Padres y Apoderados de Colegios Particulares Subvencionados (CONFEPA), señor Daniel Rosas Cárdenas.

13) El Integrante del Consejo Adolescente de “Ahora Nos Toca Participar”, señor Diego Cabrera Hernández, y la Encargada de Incidencia y Co-Coordinadora de la Red para la Participación, señora Margarita Maira Serrano.

14) La Coordinadora de Seguimiento Legislativo y Redes de la Corporación Opción, señora Camila de la Maza Vent, y las representantes estudiantiles integrantes de la Agrupación Infanto-Juvenil de esa Corporación, Isidora Rodríguez y Laura Fuentes Orquera.

15) La alumna del Liceo Bicentenario “Jovina Naranjo Fernández” (A-5) de Arica, señorita Olga Riquelme Cayuleo; el alumno del Instituto Nacional “José Miguel Carrera” (A-0) de Santiago, señor Nicolás Hidalgo Gurman, y la alumna del Liceo N° 7 “Luisa Saavedra” de Providencia, señorita Yulianna Álvarez Henríquez.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) Idea matriz o fundamental del proyecto.

El proyecto propone, en consideración al derecho a ser oídos, promover y fomentar la participación, opinión e información de niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente, a través de acciones concretas, de acuerdo al nivel educativo, que permitan cumplir con los objetivos de la ley N° 20.911, en especial, fomentar en los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa, fomentar su participación en temas de interés público, y la tolerancia y el pluralismo, propiciando la reflexión, la deliberación, el desarrollo del pensamiento crítico y la vinculación de los estudiantes con la sociedad.

2) Normas de quórum especial.

El artículo 1, en cuanto incorpora artículos tercero y cuarto transitorios en la ley N° 20.911, sobre el Plan de Formación Ciudadana, tiene el carácter de orgánico constitucional. Según fallo rol N° 2978-16, el Tribunal Constitucional declaró que la norma contemplada en su artículo único, incisos primero al sexto, del proyecto sometido a control era propia de la ley orgánica constitucional indicada en el inciso quinto del N° 11 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al versar sobre los requisitos mínimos que son exigibles en los niveles de enseñanza básica y media, así como al recaer en aquellas normas objetivas, de general aplicación, que permiten al Estado velar por su cumplimiento. Del mismo modo, los artículos 29, 30 y 31 de la ley N° 20.370, General de Educación, que regulan requisitos mínimos de la educación parvularia, básica y media y normas objetivas para velar por su cumplimiento, fueron declarados de carácter orgánico constitucional por el Tribunal Constitucional en fallo rol N° 1363, de 2009.

El proyecto de ley no contiene normas de quórum calificado.

3) Normas que requieren trámite de Hacienda.

El articulado del proyecto de ley aprobado por la Comisión no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 226 del Reglamento de la Corporación.

4) Aprobación general del proyecto de ley.

Puesto en votación general el proyecto de ley, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Rodrigo González, Camila Rojas, Camila Vallejo, Mario Venegas, Gonzalo Winter y Juan Santana. Votaron en contra los diputados Sergio Bobadilla, Luis Pardo, Leonidas Romero y Gustavo Sanhueza. Se abstuvo el diputado Hugo Rey (6-4-1).

5) Diputado informante.

Se designó diputado informante al señor Gustavo Sanhueza Dueñas.

6) Reserva de constitucionalidad.

El Ejecutivo hizo reserva de constitucionalidad respecto del proyecto de ley, por estimar que adolece de vicios de constitucionalidad, ya que las potestades de organizar el establecimiento educacional corresponden al sostenedor, enmarcadas dentro del ejercicio de la libertad de enseñanza y, de acuerdo a la Ley General de Educación son requisitos para mantener el reconocimiento oficial de un establecimiento educacional.

II. ANTECEDENTES DEL PROYECTO.

A) Fundamentos.

Sostiene la moción que Chile ratificó en el año 1990 la Convención sobre Derechos del Niño, integrándose a nuestro ordenamiento jurídico en razón del artículo 5 de la Constitución Política de la República, reconociendo a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos.

Al respecto, este instrumento internacional consagra el derecho de participación en favor de niños, niñas y adolescentes en sus artículos 12, 13, 14, 15, 16 y 17, entendiéndose que éste “comprende el derecho individual y colectivo a que los niños, niñas y adolescentes formen y expresen sus opiniones e influyan en los asuntos que les conciernen directa e indirectamente” [1]. En este sentido, la participación es un derecho que se ejerce en el ámbito social y político, y tiene como titulares a niños, niñas y adolescentes.

Este derecho está en estrecha relación con el derecho a ser oído, el cual “se enmarca dentro de los derechos de participación y, como tal, constituye no sólo un derecho, sino que, además, uno de los principios fundamentales para interpretar y hacer respetar todos los demás derechos que les reconoce la Convención sobre Derechos del Niño”.[2]

El derecho a ser oído -o escuchado- establecido en el artículo 12 de la Convención sobre Derechos del Niño, establece que:

"1. Los Estados partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño (...)”.

Al respecto, el Comité de los Derechos del Niño, por medio de su Observación general N° 12 del 2009, realizó una interpretación del sentido y alcance de este derecho: “no basta con escuchar al niño; las opiniones del niño tienen que tomarse en consideración seriamente a partir de que el niño sea capaz de formarse un juicio propio”[3]; señalando que para cumplir con la Convención, los Estados deben adoptar estrategias para “garantizar que haya las condiciones adecuadas para apoyar y estimular a los niños para que expresen sus opiniones, y asegurarse de que estas opiniones se tengan debidamente en cuenta mediante normas y dispositivos que estén firmemente cimentados en las leyes y los códigos institucionales y sean evaluados periódicamente respecto de su eficacia.”[4]. Asimismo, insta a los Estados partes a evitar los enfoques meramente simbólicos que limiten la expresión de las opiniones de los niños o que permitan que se escuche a los niños pero no que se tengan debidamente en cuenta sus opiniones.[5]

Es importante mencionar que las opiniones expresadas de niños, niñas y adolescentes no sólo contribuyen a su propio ejercicio del derecho a ser oídos, sino que también aportan perspectivas y experiencias útiles, por lo que deben tenerse en consideración al adoptar decisiones, formular políticas y preparar leyes o medidas, así como al realizar labores de evaluación.[6]

B) Comentario sobre el articulado del proyecto.

El artículo 1 modifica la ley N° 20.911, incorporando tres nuevos artículos transitorios:

Por el tercero, se mandata a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, en el marco de los planes de formación ciudadana, a implementar acciones concretas, de acuerdo al nivel educativo y su respectivo currículum, que fomenten la participación, reflexión, debate, e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente en curso.

El artículo cuarto mandata a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, a entregar al Ministerio de Educación las actas y resultados de las acciones concretas implementadas, para que este, en el marco de las funciones de la Unidad de Coordinación de Asuntos Estudiantiles, pueda poner a disposición pública dicho material.

Por el artículo quinto, se establece la facultad del Ministerio de Educación de poner a disposición del sistema escolar, orientaciones, instructivos, lineamientos concretos y recursos educativos que tengan como fin fomentar la participación, reflexión, debate e información sobre el proceso constituyente en curso.

Por su parte, el artículo 2, modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, incorporando un artículo transitorio, que dispone que los equipos directivos de los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán adecuar el Plan de Formación Ciudadana regulado en la ley N° 20.911, al proceso constituyente, por medio de la incorporación de acciones concretas, de acuerdo al nivel educativo, que fomenten la participación, reflexión, debate, e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente en curso.

C) Incidencia en la legislación vigente.

El proyecto de ley agrega 3 artículos transitorios en la ley N° 20.911, que mandata la creación de un Plan de Formación Ciudadana para todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, con el propósito de formar ciudadanas y ciudadanos responsables, activos, participativos y comprometidos con la sociedad.

El plan debe incluirse en los niveles de enseñanza parvularia, básica y media, integrando y complementando las definiciones curriculares nacionales en la materia, y pretende brindar a los estudiantes, según su artículo único, “la preparación necesaria para asumir una vida responsable en una sociedad libre y de orientación hacia el mejoramiento integral de la persona humana, como fundamento del sistema democrático, la justicia social y el progreso.

Asimismo, debe propender a la formación de ciudadanos, con valores y conocimientos para fomentar el desarrollo del país, con una visión del mundo centrada en el ser humano, como parte de un entorno natural y social”.

Por otra parte, la ley establece una serie de objetivos del plan y considera la implementación de ciertas acciones concretas que permitan cumplir con los objetivos:

a) Promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella, entendidos éstos en el marco de una república democrática, con el propósito de formar una ciudadanía activa en el ejercicio y cumplimiento de estos derechos y deberes.

b) Fomentar en los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa.

c) Promover el conocimiento, comprensión y análisis del Estado de Derecho y de la institucionalidad local, regional y nacional, y la formación de virtudes cívicas en los estudiantes.

d) Promover el conocimiento, comprensión y compromiso de los estudiantes con los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de la República y en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile, con especial énfasis en los derechos del niño.

e) Fomentar en los estudiantes la valoración de la diversidad social y cultural del país.

f) Fomentar la participación de los estudiantes en temas de interés público.

g) Garantizar el desarrollo de una cultura democrática y ética en la escuela.

h) Fomentar una cultura de la transparencia y la probidad.

i) Fomentar en los estudiantes la tolerancia y el pluralismo.

Dentro de las acciones concretas que permitan concretar estos objetivos, la ley considera la realización de talleres y actividades extraprogramáticas, en los cuales haya una integración y retroalimentación de la comunidad educativa; estrategias para fomentar la representación y participación de los estudiantes; y cualquier otra que el sostenedor en conjunto con la comunidad educativa consideren pertinentes.

Por su parte el artículo 2, modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican, incorporando un artículo transitorio, que dispone que los equipos directivos de los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán adecuar el Plan de Formación Ciudadana regulado en la ley N° 20.911, al proceso constituyente.

III. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO.

A) Presentación.

El diputado Santana (Presidente) realizó la presentación del proyecto de ley en discusión, que modifica diversos cuerpos normativos, con el fin de fomentar, en el ámbito escolar, la participación e información de las y los estudiantes respecto del proceso constituyente (boletín N° 14003-04).

Explicó que busca incorporar dentro de los planes de formación ciudadana acciones concretas que fomenten la participación, reflexión y debate de niñas, niños y adolescente en el contexto del proceso constituyente, fijando la obligación de los establecimientos educacionales de entregar al Ministerio de Educación, el resultado y las actas de estas acciones concretas.

Añadió que todo esto se llevará a cabo en el marco del Plan de Formación Ciudadana consagrado en la ley N° 20.911, que establece explícitamente entre sus objetivos que se deberá fomentar entre los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa. Así como también, fomentar su participación en temas de interés público, y fomentar la tolerancia y el pluralismo.

B) Audiencias.

1) La Jefa de Gabinete de la Defensora de la Niñez, señora María Luisa Montenegro, y el representante del Consejo Consultivo de Niñez y Adolescencia, señor Dilan Zavala.

El señor Zavala comenzó su presentación con las siguientes interrogantes: ¿Por qué es importante la participación de niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente en el establecimiento educacional?

¿Cuál es mi experiencia en participación? En primer lugar, sostuvo que el año 2017 se calculó en Chile que el 24% son niños, niñas y adolescentes (NNA) de toda la población, por lo cual es de suma importancia que dicho grupo participe en este proceso histórico para el futuro de Chile. En segundo lugar ha sido presidente de un Centro de Alumnos por más de dos años.

Sumado a lo anterior, en cuando al Plan de Formación Ciudadana y Centro de Estudiantes, el ámbito de Centros de Estudiantes será una gran ayuda para que el Plan de Formación Ciudadana se desarrolle adecuadamente, la directiva del establecimiento, la directiva del Centro de Estudiantes, estudiantes interesados y docentes se reunirán mensualmente para mejorar cómo se proyecta el Plan de Formación Ciudadana.

Además, deberán gestionar de manera correcta los presupuestos para tener material de calidad, y además un docente estará encargado de anotar las opiniones e inquietudes de los alumnos, y se las entregará al Centro de Estudiantes. Se realizó la siguiente pregunta ¿Cómo hacemos estas clases llamativas, participativas y productivas?: Las clases se hacen más llamativas cuando se hablan temas de la actualidad, por ejemplo la Constitución, pandemia, etc. Las clases son más participativas cuando el enfoque es la opinión de los alumnos, y no tanto escuchar, y la productividad se refleja cuando hay participación de los alumnos y se obtienen opiniones.

Por último, hizo presente que el enfoque debe ser únicamente en la participación de NNA en el proceso constituyente, es importante que los jóvenes tengan el derecho de votar en esta constitución, ya que ¿De qué nos sirve instarlos a participar en el proceso constituyente si no pueden votar?, los proyectos en discusión pueden ayudar para que los jóvenes participen de alguna manera en dicho proceso.

La señora Montenegro manifestó en su preón las siguientes observaciones respecto de los proyectos de ley en discusión. En primer lugar el derecho a la participación de niñas, niños y adolescentes se encuentra contenido en los artículos 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Convención sobre los Derechos del Niño, los que permiten construir lo que se entiende hoy por el derecho a participación y que “comprende el derecho individual y colectivo a que los niños, niñas y adolescentes formen y expresen sus opiniones e influyan en los asuntos que les conciernen directa e indirectamente”.[7]. Así, la participación es un derecho que se ejerce en el ámbito social y político, del que son titulares las niñas, niños y adolescentes, consagrado tanto en la Convención sobre Derechos del Niño, como en diversos instrumentos internacionales.

El derecho a ser oído implica que todo niño, niña o adolescente no solo tiene derecho a expresar su opinión, sino que esta debe ser tomada en cuenta en todos los asuntos que los afectan, de acuerdo con su edad o madurez. Se desprende de lo anterior una estrecha relación entre el principio de participación y el principio de autonomía progresiva, en tanto la independencia y participación directa y personal de los niños, niñas y adolescentes en la realización de sus derechos, va creciendo en la medida que se desarrollan.

Agregó que por su importancia y transversalidad, la participación ha sido reconocida como principio rector de los derechos de la niñez, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño. Como principio orientador ha de ser incorporado en la discusión de todas las materias que conciernen a niños, niñas y adolescentes, siendo su opinión imprescindible en la definición de todo aquello que tenga relación con el ejercicio efectivo de sus derechos fundamentales[8].

Sin embargo, este derecho no se encuentra suficientemente resguardado en el ordenamiento nacional. Si bien el Estado de Chile ratificó la Convención sobre los Derechos hace más de 30 años, aún no se avanza en el reconocimiento y resguardo explícito del derecho del niño, niña y adolescente a ser escuchado y a que se tengan en cuenta sus opiniones en todas las cuestiones que les afecten. Es más, ante la ausencia de estructuras oficiales que le permitan a los niños, niñas y adolescentes ejercer este derecho, el Comité de los Derechos del Niño ha recomendado su urgente implementación, de forma que los niños, niñas y adolescentes puedan participar en la elaboración, aplicación y supervisión de políticas nacionales, regionales y locales que les afecten[9].

En cuanto a la promoción del derecho a la participación efectiva por parte de la Defensoría de la Niñez, de acuerdo con el mandato legal contenido en la letra l) del artículo 4° de la ley N° 21.067 que crea a la Defensoría de la Niñez, dentro de las funciones de la institución se encuentra velar por la participación de los niños, niñas y adolescentes para que puedan expresar su opinión y ser oídos en los asuntos que les conciernen.

Con el fin de realizar acciones pertinentes y conocer el diagnóstico de los niños, niñas y adolescentes sobre el ejercicio de sus derechos humanos, la Defensoría de la Niñez realizó en 2019 el primer Estudio de Opinión de Niños, Niñas y Adolescentes. Respecto al tema que convoca, de forma alarmante y reafirmando el diagnóstico presentado por el Comité de los Derechos del Niño, los resultados arrojaron que los y las estudiantes de segundo ciclo básico y enseñanza media mencionan el derecho a opinar y ser oído y el derecho a la libre expresión dentro de los derechos menos respetados, en segundo y tercer lugar respectivamente[10].

En atención a esta brecha, la Defensoría de la Niñez ha realizado diversas acciones para posicionar el principio de participación como condición mínima de toda iniciativa que afecte a los niños, niñas y adolescentes. En tal sentido, para asegurar que la voz de los niños, niñas y adolescentes sea escuchada y valorada, esta institución ha generado mecanismos para recabar las opiniones de los niños, niñas y adolescentes sobre todos los asuntos que los afectan, y en particular en situaciones de conflicto o emergencia. Ejemplo de ello es el estudio realizado en Quintero y Puchuncaví o la iniciativa “yo me expreso y participo”, que dan cuenta de los efectos de los asuntos que los rodean en su vida cotidiana.

Considerando lo anteriormente dicho y el hito histórico que significa discutir una nueva Constitución, la Defensoría de la Niñez definió como área prioritaria para este año la promoción del derecho a la participación efectiva de los niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente.

Los mismos niños, niñas y adolescentes han manifestado su voluntad de participar en el proceso constituyente, por lo que es crucial establecer diferentes formas de participación que sean pertinentes de acuerdo con su edad y grado de madurez. Teniendo presente el marco jurídico del derecho internacional de derechos humanos y las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, es que la Defensoría de la Niñez puso a disposición una Propuesta Metodológica para la participación efectiva de los niños, niñas y adolescentes con enfoque de derechos humanos[11].

Además, precisamente en atención a crear nuevos espacios de participación pertinentes para los y las adolescentes, la Defensoría de la Niñez se dirigió al Congreso Nacional solicitando la promoción de una reforma constitucional que reconociese su derecho a sufragio, de modo que pudiesen participar de manera efectiva e incidente en los plebiscitos tanto de entrada como ratificatorio de la nueva Constitución, así como también en la elección de las y los constituyentes[12]

Estas acciones se desarrollan extensamente en el capítulo sobre el derecho a participación de niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente del Informe Anual del año 2020, explicando cómo llevar los estándares del derecho internacional de derechos humanos a la práctica.[13]. Desafortunadamente la primera recomendación de extender el derecho a sufragio al plebiscito de entrada no fue acogida, sin perjuicio de mantener recomendación respecto a las votaciones futuras, aún queda pendiente asegurar otros espacios de participación efectiva para los niños, niñas y adolescentes, tal como proponen las presentes mociones siendo discutidas por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Finalmente, se destaca el gran aporte que significa integrar su voz en las políticas públicas, y en este caso en la Carta Magna que influirá en la normativa nacional sobre niñez y adolescencia. Ciertamente es menester hacer efectivo el derecho a ser oído de los niños, niñas y adolescentes, pero también como expertos en niñez y adolescencia, su involucramiento es un aporte sustantivo a la calidad y pertinencia de las decisiones que los y las afectan. Además, gracias a los espacios de participación ciudadana, se refuerza la conciencia sobre el deber cívico en los niños, niñas y adolescentes, quienes empiezan a exigir mejores intervenciones estatales, generando un círculo virtuoso pues tensiona al aparato público a perfeccionar sus prestaciones.

En cuanto a los estándares de una participación efectiva de acuerdo con el derecho internacional de derechos humanos, para hacer efectiva la concepción de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, es fundamental otorgarles voz. Sin embargo, el Comité de los Derechos del Niño explica que no basta con simplemente escuchar, sino que para hacer efectivo su derecho humano es imprescindible incorporar debidamente lo manifestado en función de su edad y grado de madurez y, en el caso que eventualmente no puedan atenderse a las preferencias expresadas, debe justificarse debidamente aquella decisión, atendiendo especialmente a su interés superior[14]. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos resume lo anterior de una manera muy ilustrativa: “no debe tratarse de cualquier tipo de participación, sino de una participación significativa y protagónica”[15].

Existen distintos modelos de participación que permiten conceptualizar la intensidad y efectividad de la participación de niños, niñas y adolescentes según su grado de involucramiento. La Defensoría de la Niñez destaca el modelo propuesto por Laura Lundy[16] por interrelacionar el derecho a la participación con otros derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, para garantizar que ésta sea efectiva.

La autora desarrolla los siguientes cuatro elementos que deben estar presentes en todo tipo de participación, para entender resguardos los derechos de los niños, niñas y adolescentes:

-Espacio: una participación efectiva contempla entregar un espacio seguro e inclusivo para que los niños, niñas y adolescentes expresen sus opiniones.

-Voz: supone que se entrega información apropiada que facilita la expresión de opiniones de niños, niñas y adolescentes.

-Audiencia: se debe asegurar que las opiniones de los niños, niñas y adolescentes están siendo comunicadas a alguien con la responsabilidad de escucharlas.

-Influencia: asegurar que las opiniones de los niños, niñas y adolescentes están siendo tomadas con seriedad y que se están tomando acciones respecto de ellas, cuando corresponda.

En cuanto al proyecto de ley, en términos generales la Defensoría de la Niñez observa que esta moción da cuenta del camino a seguir para la participación de niños, niñas y adolescentes, pero requiere reforzarse para cumplir a cabalidad con los elementos básicos del modelo de participación con enfoque de derechos y las condiciones mínimas para que sea concreta y de calidad, de la siguiente manera:

-Espacio: En consideración que las instancias de participación se desarrollarán en el contexto escolar se considera que ello propende a asegurar espacios seguros e inclusivos para que los niños, niñas y adolescentes expresen sus opiniones.

-Voz: La tercera modificación señala que el Ministerio de Educación “podrá” poner a disposición del sistema escolar orientaciones, instructivos, lineamientos concretos y recursos educativos con el fin de fomentar la participación. Se recomienda que el Ministerio de Educación, ingrese una indicación para transformar dicha facultad en un imperativo pues es esencial contemplar material informativo construido especialmente para que los y las estudiantes de los diferentes niveles académicos comprendan el proceso constituyente y la importancia que tiene una Constitución Política para los habitantes de un país, presentándoles los contenidos actuales, y así dando pie a la reflexión de los y las estudiantes.

En similar sentido se resalta la importancia de discutir tópicos que sean relevantes para los y las estudiantes de acuerdo con los intereses que manifiesten. El contenido mínimo serían sus derechos fundamentales, pero también es relevante consultarle por los temas país que ellas y ellos se encuentran interesados en incidir.

-Audiencia: La segunda modificación señala que los establecimientos educacionales deberán entregar al Ministerio de Educación los resultados de las instancias participativas de forma que la Unidad de Coordinación de Asuntos Estudiantiles pueda poner a disposición del público dicho material. Con el fin de fortalecer el elemento de audiencia, se estima pertinente mantener lo anterior, pero incluir una referencia al envío oficial y oportuno de los resultados sistematizados a la Convención Constitucional como órgano responsable, en última instancia, de atender a las opiniones vertidas por los niños, niñas y adolescentes.

-Influencia: Para finalizar la instancia de participación se requiere contemplar una etapa de rendición de cuentas donde se retroalimenta a los niños, niñas y adolescentes sobre el impacto que tuvo su participación. Una vez redactada la propuesta de Constitución que se sujetará a ratificación ciudadana, se recomienda incorporar la obligación del Ministerio de Educación junto con la Subsecretaría de la Niñez de reportar sobre las recomendaciones efectuadas por los y las estudiantes que fueron acogidas y aquellas que no fueron acogidas indicando qué se está proponiendo en vez. Más allá de si son acogidas finalmente las opiniones de los niños, niñas y adolescentes, es del todo relevante que éstas sean ponderadas con seriedad como insumo ciudadano y que ellos y ellas puedan percatarse de ello valorando los efectos de su participación.

2) El Presidente del Colegio de Profesores de Chile A.G., señor Carlos Díaz.

El señor Díaz manifestó en su exposición que el proyecto propone promover y fomentar la participación, opinión e información de niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente, por medio de acciones concretas, de acuerdo al nivel educativo, que permitan cumplir con los objetivos de la ley N° 20.911 (Plan de Formación Ciudadana), en especial, fomentar en las y los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa, la participación en temas de interés público, y fomentar en la tolerancia y el pluralismo, todo ello, en concordancia con la Convención de los derechos del niño, y en especial del artículo 12, en donde se establece “el derecho de ser oído”.

Dicho derecho se hace realidad no solo en la escucha del niño, ha dicho la organización, sino que las opiniones de las y los niños tienen que tomarse en consideración seriamente a partir de que la o el niño o adolescente sea capaz de formarse un juicio propio de acuerdo a su edad, desarrollo y capacidad, y en consecuencia los estados partes deben adoptar estrategias para garantizar que haya condiciones para apoyar y estimular a las y los niños para que expresen sus opiniones, y asegurarse de que estas opiniones se tengan debidamente en cuenta mediante normas y dispositivos del país, evitando los enfoques meramente simbólicos que limiten la expresión de las opiniones de las y los niños o que permitan que se escuchen pero no que se tengan debidamente en cuenta sus opiniones.

En cuanto al contenido, el proyecto consta de 2 artículos. El primero modifica la ley N° 20.911, incorporando 3 artículos transitorios:

1) Mandata a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, en el marco de los planes de formación ciudadana, a implementar acciones concretas, de acuerdo al nivel educativo y su respectivo currículum, que fomenten la participación, reflexión, debate, e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente en curso.

2) Mandata a los establecimientos educacionales a entregar al Ministerio de Educación las actas y resultados de las acciones concretas implementadas, y se pueda poner a disposición pública dicho material.

3) Establece la facultad del Ministerio de Educación de poner a disposición del sistema escolar, orientaciones, instructivos, lineamientos concretos y recursos educativos que tengan como fin fomentar la participación, reflexión, debate e información sobre el proceso constituyente en curso.

El segundo artículo, modifica la ley N° 19.070 del Estatuto Docente, incorporando un artículo transitorio, que dispone que los equipos directivos de los establecimientos educacionales deberán adecuar el Plan de Formación Ciudadana regulado en la ley N° 20.911, al proceso constituyente.

Por último, afirmó que es absolutamente necesario que las y los niños y adolescentes, se involucren en el proceso constituyente, con el fin de entregar una educación integral a los mismos, fomentando el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa. Y en concomitancia con la convención de los derechos del niño, esta es una oportunidad hermosa de cumplir con dicha convención en donde se haga realidad el verdadero sentido y alcance del “derecho de ser oído”.

En definitiva, la moción persigue garantizar la participación en el proceso constituyente, aunque las vías de participación propuestas son distintas, seguramente serán acumulados y vistos en conjunto.

Consultado, expresó que es necesario durante el primer semestre del año 2021 poder generar una unidad temática en conjunto con el Ministerio de Educación de lo que significa el cambio constitucional, tanto en primaria como en secundaria para poder desarrollar dicha unidad, en apoyo con el Colegio de Profesores.

Reiteró la necesidad de adelantar la edad de votación a 16 años. Recordó que la visión del Colegio de Profesores es avanzar en una educación integral, no solamente basado en lo cognitivo en base a un sistema de competencia (como lo es el SIMCE y las pruebas para acceder a la educación universitaria) sino más bien una educación de carácter colaborativa. Agregó que si los proyectos de ley en discusión se transforman en ley se deberían fiscalizar los contenidos que serán proporcionados por los establecimientos educacionales.

Destacó el estudio de la “Comisión Internacional sobre la Educación del siglo XXI” (presidida por Jacques Delors), que se publicó en 1996 por encargo de la UNESCO, bajo el título: La educación encierra un tesoro. Entre sus objetivos, se quiere señalar la función indispensable que tiene la educación, como instrumento para que la humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, libertad y justicia social. En este informe Unesco presenta cuatro grandes pilares, para la educación del siglo XXI, ineludible y fundamental en torno a la educación:

-Aprender a conocer, combinando una cultura general suficientemente amplia con la posibilidad de profundizar los conocimientos en un pequeño número de materias. Lo que supone además: aprender a aprender para poder aprovechar las posibilidades que ofrece la educación a lo largo de la vida.

-Aprender a hacer, a fin de adquirir no sólo una calificación profesional sino, más generalmente, una competencia que capacite al individuo para hacer frente a gran número de situaciones y a trabajar en equipo. Pero, también, aprender a hacer en el marco de las distintas experiencias sociales o de trabajo que se ofrecen a los jóvenes y adolescentes, bien espontáneamente a causa del contexto social o nacional, bien formalmente gracias al desarrollo de la enseñanza por alternancia.

-Aprender a vivir juntos desarrollando la comprensión del otro y la percepción de las formas de interdependencia -realizar proyectos comunes y prepararse para tratar los conflictos- respetando los valores de pluralismo, comprensión mutua y paz.

-Aprender a ser para que florezca mejor la propia personalidad y se esté en condiciones de obrar con creciente capacidad de autonomía, de juicio y de responsabilidad personal. Con tal fin, no menospreciar en la educación ninguna de las posibilidades de cada individuo: memoria, razonamiento, sentido estético, capacidades físicas, aptitud para comunicar.

De esta manera los proyectos de ley van en dicha línea que plantea Unesco, donde se pueda expresar la mayoría.

3) La Presidenta de la Organización “Unidos por la Educación”, señora Judy Valdés y el Presidente (I) del Centro de Estudiantes del Instituto Nacional, señor Nicolás Hidalgo.

La señora Valdés manifestó en su exposición que como organización, Unidos por la Educación-Chile, manifiestan su postura ante el proyecto de ley en discusión, basándose en lo siguiente:

En primer lugar la ley N° 20.370 y la encuesta de WorldVisión “los niños también votan”, opinión de representantes de centros de madres, padres y apoderados a nivel nacional y opiniones de algunos Centros de Estudiantes y representantes de los mismos. Basados en los artículos 3, 4, 5 y 9 de la Ley General de Educación, es fundamental que se apoye toda iniciativa que beneficie el desarrollo y perfeccionamiento de la educación. Como organización reconocen la importancia de los Centros de Estudiantes en las comunidades educativas, los y las niños, niñas y adolescentes (NNA), tienen derecho a expresar sus sentimientos, necesidades, sueños y anhelos.

Afirmó que la participación es un principio fundamental en la educación de los NNA y efectivamente es deber preferente de las madres y padres, el derecho a educar a los y las hijos e hijas. Por ello como organización, promueven que se apruebe esta moción para que los NNA puedan expresar, participar y desarrollar sus inquietudes como seres humanos, dando efecto a sus derechos.

Asimismo, es deber del Estado cumplir y por ello una vez más, se hace fundamental dejar decretado la participación de los NNA, para fomentar la educación en todos los niveles y modalidades, esto implica el proceso cívico-constituyente. De esta manera, el Centro de Estudiantes, cumple un rol fundamental en las comunidades educativas, representan la voz de las y los NNA. Es una necesidad que éstas voces se organicen en una sola y se lleve a efecto sus solicitudes.

Por otro lado, y según lo que pudieron estudiar como organización a través de la encuesta realizada por WorldVisión, expuso datos significativos para los proyectos de ley en discusión. A saber el alcance de la encuesta fue de 17.318 niños, niñas y adolescentes entre 6 a 17 años ingresaron y participaron del cuestionario, lo que arrojó la siguiente información:

1) El 62% de los y las NNA encuestados, desea que se les deje decidir, sobre aspectos de su vida.

2) El 61% considera que lo más importante para ellos, es que su opinión sea tomada en cuenta.

3) El 57% desea una mejor salud, el 56% equidad de género, 56% recibir una mejor educación.

4) El 76% considera que la pobreza y desigualdad es lo que les afecta más.

5) El 94% piensa que su opinión debe ser considerada en el futuro del país.

6) El 37% se siente representado por su escuela y el 11% por su Centro de Estudiantes.

7) El 96% declara querer votar en las elecciones.

8) El 43% no comprende porque no se les permite votar.

9) El 16% desea que se les permita exponer en el Congreso a favor del voto juvenil, el 16,2% que sus representantes sean parte de las modificaciones a las políticas de educación.

En consecuencia, las cifras son sumamente claras, y ante la instancia de abrir el espacio y permitir que NNA entreguen su opinión, ellos manifiestan su compromiso y espíritu cívico de participación. Lo anterior quedó demostrado ante todo un país con el estallido social y el liderazgo que de forma innata acogieron ante el constante sentimiento de vulneración hacia la población en general.

Afirmó que es de suma importancia crear un país mucho más inclusivo, tomando en consideración a todos y cada uno de los grupos etarios que componen la sociedad. Así como también a los grupos de la diversidad sexual, diversas discapacidades, y todos aquellos que por años se han sentido minorías invisibles y poco importantes. Un país democrático y diverso, merece la posibilidad de crecer con las diversas opiniones y en este caso son los NNA quienes no pueden quedar fuera.

Señaló que la ley N° 20.911, mandata la creación de un Plan de Formación Ciudadana, para todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, con el propósito de formar ciudadanas y ciudadanos responsables, activos, participativos y comprometidos con la sociedad.

Asimismo, la ley establece una serie de objetivos del plan y considera la implementación de ciertas acciones concretas que permitan cumplir con los objetivos: “Los objetivos de este plan serán:

a) Promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella, entendidos éstos en el marco de una república democrática, con el propósito de formar una ciudadanía activa en el ejercicio y cumplimiento de estos derechos y deberes.

b) Fomentar en los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa.

c) Promover el conocimiento, comprensión y análisis del Estado de Derecho y de la institucionalidad local, regional y nacional, y la formación de virtudes cívicas en los estudiantes.

d) Promover el conocimiento, comprensión y compromiso de los estudiantes con los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de la República y en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile, con especial énfasis en los derechos del niño.

e) Fomentar en los estudiantes la valoración de la diversidad social y cultural del país.

f) Fomentar la participación de los estudiantes en temas de interés público.

g) Garantizar el desarrollo de una cultura democrática y ética en la escuela.

h) Fomentar una cultura de la transparencia y la probidad.

i) Fomentar en los estudiantes la tolerancia y el pluralismo” . Comentó los objetivos del plan de la siguiente manera:

a) Sin críticas.

b) Al fomentar esta ciudadanía crítica, se deben dar espacios directos de enseñanza para que esta pueda entender de forma nata mediante los materiales educativos, distintos contextos y modelos que le permitan formar una crítica estructurada sobre la sociedad.

c) Sin críticas, este es un punto importante para entender el funcionamiento del Estado que los rige y a los órganos que deben acudir en “x” circunstancias.

d) Se debe dar un énfasis también a los tratados no aceptados por la Constitución o por la entidad internacional de Chile, con el fin de que esta ciudadanía sea crítica y no meramente espectadores de lo contextual.

e) Esta valoración debe ser de carácter contextual e inclusivo, específicamente en el caso de las olas migratorias y contexto araucano.

f) Sin críticas.

g) Democrática no solo en el sentido liberal, esta instancia educativa debe cubrir los distintos tipos de entendimientos democráticos en lo posible, al igual que dar espacios educativos que permitan generar conceptos realmente éticos, mediante la cesión de herramientas cognitivas al alumnado y explicación de modelos, por ejemplo.

h) Sin críticas, solamente debe abordarse directamente la crítica a la corrupción como un hecho ineludible históricamente en la política.

i) Punto importante en todos sus aspectos, político, social, económico, étnico, etc.

En consecuencia, la educación cívica es un proceso importante de la formación de cualquier estudiante y ciudadano, por lo que es importante de que esto sea considerado como una actividad directamente programática y obligatoria, inclusive, teniendo la misma importancia que materias tales, como filosofía, historia o las mismas matemáticas, considerando una carga horario específica para la formación de los estudiantes en base a las necesidades contextuales y objetivos del proyecto.

Agregó que los derechos de participación consagrados en los artículos descritos no son tomados y en general son quebrantados y suprimidos por parte del Estado chileno, lo que ha derivado en un proceso de ilegalización de la lucha popular por parte de los estudiantados a nivel nacional, con tal de ser participantes e influyentes en la política nacional. Como ejemplo de esto tenemos la “revolución pingüina” del año 2006, el movimiento estudiantil del año2011, las luchas sociales en los años posteriores y el mismo inicio del estallido social del año 2019.

En base al principio de autonomía progresiva, este es un tema complejo a tomar en consideración, ya que también debe hablarse de la definición de ciudadanía y autonomía, por lo cual, consideran necesaria la reformulación de estos términos, debido a la influencia de los estudiantados a lo largo de la historia chilena y su rol ciudadano dentro de la política chilena, específicamente a lo largo de estos últimos años, siendo en su amplia mayoría menores de edad.

Tal como se dice en el boletín, consideran estrictamente necesaria la participación de las juventudes en el proceso constituyente del 11 de abril del presente año. En cuanto a la idea matriz del proyecto de ley, se centra meramente en lo educativo, omitiendo uno de los puntos más importantes, tal como lo es la participación directa de las juventudes en el proceso, mediante la creación de organismos específicos de discusión en estos temas y la posibilidad directa de voto en las elecciones porvenir en base al criterio de autonomía a reformular. Por lo tanto, es un proyecto de ley incompleto, que no aborda realmente las temáticas de fondo que exigen las juventudes respecto a la participación política, y meramente se dedican a entregar una demostración básica como el remedio universal para el descontento ciudadano.

Particularmente en su contenido, al modificar la ley N° 20.911, en primer lugar corresponde a un mandato simple, que no especifica qué acciones se deben tomar, lo que deja abierto a los criterios de los establecimientos esto y no da un valor educativo real al proyecto si es que este punto no se especifica. En segundo lugar, es necesario también para el estudiantado respecto a lo que se hizo con sus sesiones que exista un feedback ya que no se especifica el contenido.

Por último, afirmó que es necesario darle moción urgente a este proyecto de ley, además de visibilizar las críticas hechas al documento, con el fin de que este sea un proyecto completo, pluralista y no se quede meramente en la instancia en un formato de programa. Por otro lado, debe ser más estricto respecto a las temáticas directas a tratar en la tríade Ministerio de Educación, Establecimiento y Estudiantado, mediante este proyecto.

El señor Hidalgo agradeció la voluntad de escuchar y permitirles exponer la visión y esperan pronto tener noticias positivas para los estudiantes y una oportunidad real de participación. Reiteró que el proyecto de ley es necesario, ya que es el comienzo del cambio que se pide por parte de los estudiantes que por mucho tiempo lo han solicitado, además la única petición es ser escuchados para que las leyes también incluyan a los estudiantes, y poder ser representados, y tomados en cuenta. Los estudiantes siempre han sido una fuerza imparable, por lo que se plantea en la moción es una forma simple para que puedan ser tomados en cuenta formalmente.

4) La Especialista en Protección de Infancia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señora Ludimila Palazzo, y la Oficial de Educación, señora Francisca Morales.

La señora Palazzo manifestó las siguientes ideas en torno al proyecto de ley en discusión. En primer lugar tomar la participación en general como una oportunidad de aprendizaje para los estudiantes más allá de la perspectiva de los derechos, es decir un derecho ejercido autónomamente, bajo el libre derecho de asociarse.

En cuanto a la participación de los estudiantes en el proceso constituyente, no solo como un derecho, sino también como una gran oportunidad para el país de escuchar sus voces y de generar instancias organizadas de participación.

En segundo lugar, destacó la importancia del espacio educativo como un entorno protegido para la formación ciudadana, las escuelas son espacios importantes para que se expresen las voces por tratarse de un lugar natural y por ser un entorno protegido cuyo gran objetivo es formar ciudadanos, para abrir los canales de participación.

En tercer lugar la tensión para no sobrecargar la comunidad educativa por el contexto que se vive actualmente de una pandemia, principalmente los docentes, como también todos los adultos e instituciones del gobierno que son responsables para garantizar la participación.

En cuarto lugar es importante promover un proceso de formación ciudadana más allá que la constituyente, de construcción, es decir lo más importante es el proceso más no el resultado, un proceso continuo que supere el periodo de duración del proceso constituyente. De esta manera la participación debe ser integrada al proceso formativo de los estudiantes, como una oportunidad de aprendizaje.

Por último, hizo presente que se encuentran a disposición para contribuir en la discusión de cómo facilitar y promover la participación de niñas, niños y adolescentes en el proceso constituyente.

La señora Morales expresó que las preocupaciones de los proyectos de ley presentados tienen que ver con el cómo se llevará a cabo el proceso, el cual tenga por finalidad garantizar escuchar a los estudiantes pero que tenga en consideración el estrés actual del sistema educativo. En consecuencia habría que definir una metodología.

Agregó que es una oportunidad para el país, porque serán los niños, niñas y adolescentes quienes vivirán la nueva Constitución Política, porque será parte de su geografía, por tanto no se les puede excluir o marginar. Ahora, es de suma relevancia que el proceso de participación sea en coordinación con otras instancias gubernamentales para la correcta metodología.

Por último, señaló que el ejercicio al derecho a ser escuchado debe ser respaldado y apoyado desde los sectores del Estado que están vinculados con la educación, sumado a que la mayoría de los estudiantes asisten a establecimientos que reciben subvenciones, por lo tanto son garantes de derechos como lo es la educación.

5) La Asesora Legislativa de la Corporación Comunidad y Justicia, señora Daniela Constantino.

La señora Constantino manifestó en su exposición que el proyecto, que modifica diversos cuerpos normativos con el fin de fomentar la participación de los estudiantes en el proceso constituyente propone promover y fomentar la participación, opinión e información de los niños y adolescentes en el proceso constituyente a través de talleres, debates, cabildos, entre otros. Crea una nueva obligación para los establecimientos educacionales pues señala que estos “deberán” entregar al Ministerio de Educación las actas y resultados de las acciones concretas realizadas para fomentar la participación de los estudiantes en el proceso constituyente.

Al respecto, realizó las siguientes interrogantes: Con la eventual aprobación de este proyecto, ¿No se estaría sobrecargando aún más a los establecimientos educacionales en el contexto pandemia? ¿Dónde queda la autonomía de los colegios y la relevancia de poder generar los propios planes de formación ciudadana? ¿Qué tanto conviene politizar un proyecto educativo?

Contestando las preguntas, en primer lugar, hoy día existen desafíos mayores y más urgentes en materia de educación. La pandemia del Covid-19 ha hecho enfrentar nuevos escenarios y retos que un año atrás nadie hubiese imaginado. Los establecimientos educacionales han tenido que adaptarse a una modalidad a distancia, brindando clases a través de medios telemáticos, enfrentándose a distintas dificultades desde ofrecer las lecciones de matemáticas de forma telemática (materia que requiere de explicaciones y ejercicios para su total entendimiento) hasta retos como garantizar el acceso a la educación para todos los niños y adolescentes, incluidos aquellos que viven en sectores más vulnerables. Sobre este punto, destacó que hay niños que llevan casi más de un año sin tener acceso a la educación, principalmente porque viven en sectores en donde no cuentan con acceso a internet y en sus casas no tienen los espacios adecuados para poder estudiar y cumplir con sus deberes escolares.

Así como, la pandemia ha hecho que muchos niños se estén quedando atrás por no poder ir a sus colegios para contar con el apoyo de sus docentes y continuar con sus trayectos académicos. Los expertos dicen que uno de los impactos más negativos de la pandemia es en el desarrollo socioemocional de los niños. Muchos niños y adolescentes no saben cómo enfrentar sus emociones ni distinguir sus sentimientos tras largos periodos de confinamiento.

Recientes estudios de la Unicef y Unesco destacan al aburrimiento, la depresión y la incertidumbre como sentimientos que se han exacerbado en la población estudiantil de todas las edades. Todo esto ha llevado a una pérdida de aprendizaje por parte de los alumnos y a que los niveles de deserción escolar y las brechas entre estudiantes incrementen. Si antes de la pandemia, en Chile existían amplias desigualdades de acceso a la educación y oportunidades de aprendizaje, hoy en día, en el contexto pandemia, aún más.

Sólo en el mes de marzo, recién el 40% de los colegios en comunas sin cuarentena pudieron reabrir sus puertas para clases presenciales, a una semana del retorno a clases, 50 colegios tuvieron que suspender sus actividades por casos Covid-19 y dos colegios de la Región Metropolitana iniciaron cuarentena preventiva tras detectar casos de Covid-19.

Habiendo dicho todo esto, preguntó si siendo que hoy en día existen desafíos mayores en educación, algunos de ellos evidentemente urgentes,

¿es realmente prioridad legislar sobre la participación de los niños en el proceso constituyente siendo que hay muchos que ni siquiera tienen acceso a la educación porque la pandemia los ha privado de la posibilidad de asistir al colegio?

¿Es realmente prioridad legislar sobre la materia en comento siendo que los colegios hoy en día están colapsados y a duras penas pueden cumplir con el proyecto educativo que tienen? La aprobación de este proyecto de ley solo complicaría más la situación de los colegios. Además, fomentar la participación de los niños en el proceso constituyente no es algo que les corresponda a los establecimientos educativos.

En segundo lugar, el sistema educativo se basa en el fomento y respeto de la autonomía de los establecimientos educativos. Esta autonomía se entiende como el derecho de cada establecimiento de regirse por sí mismo, de conformidad con lo establecido en sus estatutos en todo lo concerniente al cumplimiento de sus finalidades y los faculta para decidir la forma en cómo cumplirán sus funciones de docencia y la fijación de sus planes y programas de estudio. La Constitución señala, en su artículo 19 número 11, que la libertad de enseñanza comprende el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales.

Por otro lado, en el inciso 3 del artículo primero de la Constitución, se señala que “El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”.

No hay que instrumentalizar a los colegios para fomentar la participación de los niños en el proceso constituyente, se debe colocar a los niños primero. ¿Y cómo se coloca a los niños primero? Priorizando su derecho al acceso a la educación, a un mejor futuro, a mejores oportunidades, hay que priorizar los retos a los que se enfrenta la comunidad educativa con motivo de la pandemia, ya no se puede dejar para mañana lo que se debe hacer hoy porque muchos niños ya no pueden esperar.

6) La Directora Ejecutiva de Acción Educar, señora Magdalena Vergara.

La señora Vergara comenzó su exposición señalando que el proyecto mandata a establecimientos a implementar acciones concretas que fomenten participación, debate, reflexión e información sobre proceso constituyente. Mandata a entregar al Ministerio de Educación (Mineduc) las actas y resultados de las acciones implementadas. Modifica también al Estatuto de los Profesionales de la Educación, en el sentido que los equipos directivos deberán adecuar el plan de formación ciudadana al proceso constituyente.

En cuanto al actual panorama que establece la ley N° 21.091, señala que todos los establecimientos deben incluir en los niveles de enseñanza parvularia, básica y media un Plan de Formación Ciudadana, que integre y complemente las definiciones curriculares nacionales en esta materia. El Plan deberá considerar la implementación de acciones concretas que permitan cumplir con estos objetivos. Cada sostenedor podrá fijar libremente el contenido del Plan de Formación Ciudadana, teniendo a la vista las bases curriculares. El Ministerio de Educación podrá prestar apoyo para el desarrollo de los planes y debe poner a disposición orientaciones, ejemplos y recursos educativos para su implementación.

La Ley General de Educación, establece que los establecimientos educacionales tendrán libertad para desarrollar los planes y programas propios de estudio que consideren adecuados para el cumplimiento de los objetivos generales definidos en las bases curriculares y de los complementarios que cada uno de ellos fije. Los establecimientos educacionales harán entrega, a la autoridad regional de educación correspondiente, de los planes y programas propios que libremente elaboren, debiendo dicha autoridad certificar la fecha de entrega.

No obstante con el actual proyecto de ley, se exige a las escuelas hacer cambios en planes de estudio de forma improvisada ya iniciado el año escolar y dentro de un contexto de pandemia (implementación clases híbridas, capacitaciones zoom, lucha por retención estudiantes). El proyecto no toma en consideración la realidad de todas las escuelas, y pasa a llevar la libertad de las escuelas para desarrollar sus propios planes de estudio.

Consultada, expresó que en el Plan de Formación Ciudadana se incorporan elementos que sobrepasan el proceso constituyente que se está atravesando, ahora bien respecto de la problemática de la adecuación de los planes, los establecimientos educacionales ya definieron sus planes y varios pudieron haber incorporado temáticas relacionadas con el proceso constituyente, y para las escuelas podría significar una carga adicional dadas las actuales circunstancias, por ejemplo hay escuelas que no han podido lograr aprendizajes mínimos en lectura y matemáticas, debido al actual escenario sanitario que atraviesa el país. Por tanto es complejo porque implica un cambio de plan y no se puede supeditar un currículo a las contingencias que cambian año a año

Agregó que a través de los proyectos de ley se les está imponiendo a los establecimientos educacionales que deban garantizar la participación de los estudiantes, pero no es el rol de las escuelas levantar la voz en el proceso constituyente propiamente tal, es más los colegios no deben solucionar los problemas. Hizo presente que sería necesario invitar a la discusión a directivos para que expresen si ello les significaría problemas, porque tendrán la obligación de cambiar sus planes de formación ciudadana, lo que de por sí constituye una problemática.

7) El Secretario Ejecutivo de Acción Colectiva por la Educación “Tenemos Que Hablar de Educación”, señor Joaquín Walker y la Directora Ejecutiva de la Fundación Educacional Oportunidad, señora Marcela Marzolo.

El señor Walker y la señora Marzolo comenzaron su exposición manifestando que “Tenemos que Hablar de Educación” es impulsada por Acción Colectiva, una organización que agrupa a diversas instituciones del mundo educativo, y que lleva más de tres años trabajando por posicionar este tema en la agenda. Acción Colectiva es una expresión de la sociedad civil unida, que busca contribuir a un sistema educativo de calidad, equitativo e inclusivo para Chile; un esfuerzo colectivo de cambio social a gran escala.

Realizaron comentarios generales en torno a las dos mociones en discusión, a saber:

-Valor de la participación, especialmente en quienes no votan, haciendo efectivo un mandato de la Convención de los Derechos del niño.

-Complejidad de la obligatoriedad en un contexto de altas demandas a las escuelas

-Es necesario que los procesos de participación se empalmen con las actividades cotidianas de los establecimientos educativos.

Junto con ello, este proceso se enmarca dentro de Tenemos que Hablar de Chile, apoyado por la Universidad de Chile y Universidad Católica. Este trabajo estará enfocado en comunidades educativas incluyendo a todos los profesionales de la educación, estudiantes y apoderados, con el objetivo de escribir juntos una hoja de ruta para el futuro de la educación en Chile e incidir en el proceso constituyente y en los programas presidenciales.

Destacaron la relevancia de participación de los niños, niñas y adolescentes, con las siguientes citas; “las capacidades de los niños están fuertemente influidas por las expectativas y oportunidades de participación que les ofrece su cultura, así como por la cantidad de apoyo que reciben al adquirir nuevas competencias” (Smith y Taylor, 2010: 33), “las ideas de su mundo pueden ayudarnos a ver cosas a las que normalmente no prestamos atención, pero [que] sí les importan” (Rudduck y Flutter, 2007, p. 40)

En consecuencia, Tenemos que Hablar de Educación hace un llamado a ver a los niños, niñas y adolescentes más allá de simples beneficiarios de la educación, sino que como participantes de la vida organizativa y de los procesos de cambio en la escuela.

La participación de NNA es fundamental en la medida que favorece el sentido de pertenencia de los miembros, resultando además necesaria para poder comprender tanto la propia cultura como la de otros, ampliando sus horizontes y contribuyendo a la empatía mutua y a la valoración de la diversidad (CDN, 2013).

En cuanto al artículo 1, numeral 1, es necesario considerar la dificultad que la pandemia ha significado para las comunidades educativas: baja conectividad, contexto de priorización curricular y altos niveles de estrés de las comunidades. Por cuanto el 77% de docentes y educadores declaró estar estresado o muy estresado y un 72% estar trabajando “mucho más” que en su jornada habitual (Fuente: Elige Educar, 2020).

En el numeral 2, se debe considerar la relevancia (y complejidad) de la sistematización, especialmente considerando la diversidad de formas de participación que se pueden generar. En el numeral 3, en cuanto a las orientaciones desde el nivel central son un elemento positivo, para lo cual sería ideal que estas se empalmaran con procesos que ya están realizando las comunidades diariamente especialmente considerando la priorización curricular y los formatos sincrónicos y asincrónicos de clases.

En el artículo 2, las adecuaciones que se deban realizar deben ser pensadas por los diversos integrantes de la comunidad educativa, y no solo desde los equipos directivos.

Por último, se refirieron a los aprendizajes y aportes para la participación de niños, niñas y adolescentes. En primer lugar debe existir vinculación de los procesos participativos con el quehacer diario de los establecimientos educativos, por ejemplo, vinculación curricular, al Plan de Mejoramiento Educativo, al Plan de Formación Ciudadana etc. Se debe incorporar a todos los integrantes de las comunidades educativas: equipos directivos, docentes, asistentes de la educación, estudiantes y apoderados.

Además, se debe considerar las diferentes realidades de las comunidades educativas: urbano/rural, niveles educativos, modalidades específicas, grado de conectividad, región etc. Considerando por ejemplo que un 34% de docentes declaró que no pudo realizar clases, presenciales o virtuales (Fuente: Fundación 99), como también entregar diversas opciones para poder participar, considerando formatos virtuales y no virtuales.

Consultado, el señor Walker expresó que el proyecto de ley boletín N° 14.003-04 establece una obligatoriedad al señalar que “deberán incorporar dentro de los planes”, en ese sentido se aprecia la obligatoriedad. Insistió en que el proceso constituyente es una gran oportunidad de aprendizaje para los estudiantes, por lo tanto, es necesario promoverla, pero no a través de una imposición.

Consultada, la señora Marzolo hizo presente que a diferencia de los establecimientos educacionales, los cuales ya se encuentran entregando información del proceso constituyente a través de sus Planes de Formación Ciudadana, es necesario otorgarles espacio para los anhelos de las comunidades educativas, producto de todo lo que han atravesado por la suspensión de clases por la pandemia.

8) La Directora del Colegio Sagrado Corazón de La Reina, señora Magdalena Plant.

La señora Plant manifestó en su exposición que los objetivos a los que apunta el proyecto de ley ya están incluidos en los programas escolares, a saber, los colegios ya cuentan con un Plan de Formación Ciudadana que incorpora temas como los derechos y deberes ciudadanos, el desarrollo de valores democráticos, la participación de los estudiantes en temas de interés público, la tolerancia, entre otros.

Además, dichos contenidos están presenten en los Planes de la asignatura de Ciencias Sociales y se trabajan desde los primeros años de escolaridad (2°, 6°, I, III y IV). La asignatura de Educación Ciudadana también los aborda. En relación a la autonomía de los colegios es un valor que es importante defender, ya que implica un voto de confianza desde el resto de la sociedad hacia el trabajo meticuloso, profesional y dedicado que realizan los profesores. Ahora bien, hizo hincapié que se agradecería que la Biblioteca del Congreso Nacional, que es una fuente de consulta que promueven para los estudiantes, hiciera más amigable y para todo público su sección de información al respecto del proceso constituyente, y que el Ministerio de Educación también aportara con módulos y contenidos para trabajar según la realidad de cada colegio.

En relación a las planificaciones de los colegios se elaboran durante diciembre y enero, por lo que ya se encuentran preparados los temas que se trabajarán durante el año. En una de las prioridades de los colegios, dado el contexto de lo que ocurre en el país, ya está incluida la reflexión que implica el proceso constituyente. De hecho el año pasado como colegio invitaron a una periodista que conversó con los estudiantes sobre el plebiscito, qué se proponía en cada opción y las consecuencias de uno u otro. Por tanto, incorporar una ley ahora que implique obligatoriedad de cambiar los planes genera una tensión extra en los colegios en un momento en que ya se encuentran sobre cargados de trabajo con el retorno a clases.

Junto con ello, este año escolar es especialmente desafiante, se encuentran abriendo colegios, manejando aforos y protocolos, implementando un sistema híbrido y trabajando con estudiantes con diferencias extremas en los aprendizajes obtenidos el año pasado, los que dependen en gran parte de cuánto pudieron avanzar y conectarse en forma remota. El foco hoy es la nivelación académica y el apoyo y contención emocional aprovechando estos dos años (el pasado y este) donde existe una priorización curricular que ya está planificada. Agregar una carga extra a los profesores pidiéndoles replanificar cuando ya tiene el año calendarizado y planeado es extremadamente complejo.

Consultada, expresó que es directora de un colegio particular subvencionado, reiteró que el problema es el verbo “deberán”, que establece una obligatoriedad. Desde su experiencia, el Plan incluye la formación de niños en distintos niveles, por lo tanto, solicitó tener confianza en los profesores, porque en el minuto que la ley establece una imposición, denota desconfianza. Finalizó su intervención con un dicho africano en torno a ayudar a los estudiantes a contestar consultas y participar: “se necesita un pueblo para educar a un niño”.

9) El Presidente de la Asociación Nacional de Padres y Apoderados de Colegios FIDE (ANAPAF), señor Ricardo Salinas.

El señor Salinas comenzó su exposición refiriéndose a la situación de la educación bajo el escenario de la pandemia. Estimó que el proyecto de ley sobre participación en el proceso constituyente, no sintoniza con la realidad que están viviendo las comunidades educativas, que en pandemia están preocupadas de cómo proteger la salud de sus integrantes, de una serie de protocolos de prevención en temas de salud, las familias de cómo mantener el trabajo a distancia o presencial, de la cesantía que sufren muchos padres, madres y apoderados, de los problemas de salud, de la falta de equipos tecnológicos para seguir clases a distancia, de la falta de conectividad, de la falta de insumos para sanitizar en algunas escuelas, la falta de recursos de las familias hasta para comprar una mascarilla, alcohol gel, cosas que se piden a los alumnos para asistir a una clase presencial.

En lo organizacional, dentro de la escuela esta iniciativa viene a cargar con más obligaciones en estos días de pandemia a los equipos directivos, lo que les parece algo no deseable, con la carga adicional que representa tener que estar a lo menos duplicando el trabajo para atender clases presenciales y clases virtuales, no sólo para estos equipos, también lo es para todo docente y también para muchos asistentes de la educación. Mencionó que para este año 2021 los contenidos desde el Ministerio de Educación han sido priorizados y en este contexto de pandemia, incluso desde el año anterior, lo que aun así se enfrenta con dificultad producto de la alternancia entre jornadas presenciales y vía telemática.

En cuanto a tratar el tema de la Constitución en el sistema escolar, estimó que debe tomarse como un contenido más de las clases normales de formación ciudadana y analizar cómo funciona el proceso constitucional y sus alcances en la ciudadanía, pero sugieren que no es recomendable crear nuevas instancias como talleres, debates, cabildos, entre otras, donde además deben estar monitoreados por un docente, ya que cómo se puede asegurar a los padres que esto no será un manejo y adoctrinamiento político. Ahora bien, en materias de interés público el foco de las escuelas estiman que debe ser, conforme a los mismos planes mencionados, el conocimiento y formación en derechos humanos, tolerancia y pluralismo para el ejercicio de una ciudadanía responsable y una vida en sociedad.

Insistió que no están en contra de la opinión de los jóvenes que con su acción el año 2019 abrieron el camino a un cambio en la ruta que atraviesa el país, ellos con su fortaleza de jóvenes adolescentes han dado el impulso y han delegado a los ciudadanos, los que participan de las votaciones, el rol de trabajar en los cambios.

Preguntó ¿dónde queda la labor de los padres y tutores?, ¿queremos hacer deliberantes a niños, niñas y adolescentes a su temprana edad?, ¿creen ustedes que están preparados para esto?, si en lo judicial cuando algún niños, niñas y adolescentes es detenido o acusado de algún desorden, deben estar los padres o tutores para representarles. Ellos son adolescentes y la Organización Mundial de la Salud define la adolescencia como el periodo de crecimiento y desarrollo humano que se produce después de la niñez y antes de la edad adulta, entre los 10 y los 19 años y en esa labor de acompañamiento y de educación se encuentran los padres, madres y apoderados.

En cuanto a la labor de los padres en la libertad de enseñanza, el proyecto no se coloca en el caso de vulneración de la libertad de enseñanza, en el caso de los padres, apoderados (tutores), que no deseen un plan de formación, o deseen uno diferente del planteado por el Estado o incluso por el establecimiento educacional. Por otro lado, se extraña en este proyecto de ley la existencia de normas que se refieran a evitar cualquier tipo de aprovechamiento de concientización, respecto de las materias que se entreguen, y muy especialmente la posibilidad de pasar por sobre lo que los padres deseen en esta materia.

Consultado, hizo presente que ha sido activo desde muy joven en instancias de participación estudiantil, fue presidente de curso, como también del centro de padres y hoy se encuentra liderando una organización nacional de padres. Ahora bien, todos los integrantes de la comunidad educativa deben mirar un mismo foco que es el proyecto educativo, en la medida en que todos estén en la misma sintonía, se lograrán los objetivos y éxito del proyecto educativo institucional.

En cuanto a los canales de participación para los estudiantes, los equipos de los establecimientos educacionales, ya se encuentran llevando a cabo dichos procesos de participación, a través de las herramientas que existen, por ello insistió que no es necesario legislar sobre la materia.

10) La Presidenta de la Asociación de Apoderados Emblemáticos Unidos, señora Sonja del Río.

La señora del Río manifestó en atención al proyecto de ley que en un supuesto busca la promoción y fomento de la participación, opinión e información de niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente. Hizo presente que tenía elaborado un discurso que señalaba en primera instancia cómo esta pandemia ha afectado la salud mental de los niños de manera grave, y cómo los esfuerzos deberían estar enfocados en esta situación y no en un proyecto de ley que viene a colocar más presión a las comunidades educativas.

Sumado a lo anterior, además contenía una infinidad de estadísticas, que indicaban el porcentaje de pérdidas de materia en este más de un año de pandemia, y cómo una vez más los esfuerzos deberían estar enfocados en esa recuperación. Por otra parte iba a señalar también que ya existen en los lineamientos educativos actuales las instancias de formación ciudadana. Por lo que sería absurdo destinar tiempos distintos a esta temática. En consecuencia, este es un mal proyecto de ley, porque no es educativo es político partidista, y el artículo 19 numeral 11 de la actual Constitución no permite la politización del aula.

Agregó que durante años los hijos han sido sometidos al adoctrinamiento sistemático en los liceos emblemáticos, lo que ha tenido un costo altísimo en las vidas. Para nadie es un secreto la violencia que han sufrido los alumnos, corriendo el peligro incluso de morir quemados al interior de los establecimientos.

Finalmente, señaló que si existe algo que socializar acerca del actual proceso constituyente, son las familias las llamadas a hacerlo, o se seguirá pasando a llevar el derecho preferente de los padres de educar a sus hijos. Solicitó a los parlamentarios que rechacen el proyecto de ley, que busca usar a los hijos con fines políticos y que seguirá colocando en riesgo a las comunidades educativas.

Consultada, expresó que no se pretende quitarles a los niños y adolescentes su voz, lo que no desean es escuchar la voz de otros en sus hijos. Ellos viven con una realidad sistemática de padres que denuncian a la Superintendencia de Educación el adoctrinamiento a sus hijos. En cuanto a la voluntariedad no es tal, porque han atravesado procesos de tomas en los que se discuten temáticas donde todos los alumnos han sido obligados a asistir o se suspenden las clases. Junto con ello, no se están resguardando los procesos emocionales de los niños, niñas y adolescentes, por lo que es de suma importancia proteger a los estudiantes.

11) La Presidenta y Vocera del Movimiento “Con Mis Hijos No Te Metas”, señora Ingrid Bohn.

La señora Bohn manifestó en su exposición que el proyecto de ley sobre participación de los estudiantes en el proceso constituyente, dice buscar atender el rol protagónico de niños, niñas y adolescentes durante el estallido social, como también la presión social ejercida por ellos llevó a concretar el acuerdo por la paz. Además, menciona entregar autonomía progresiva a niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, recordó que el proyecto de ley sobre autonomía progresiva fue rechazado por la Cámara el año 2019.

Hizo presente que quienes impulsan este proyecto de ley, entregan como argumento defender una adecuación del Plan de Formación Ciudadana regulado en la ley N° 20.911, al proceso constituyente, mandatando a los colegios reconocidos por el Estado a implementar acciones concretas (cabildos, debates y talleres) de acuerdo con nivel educativo y su respectivo curriculum, que fomenten la participación, reflexión, debate e información de los estudiantes en dicho proceso.

No obstante, con el proyecto se pretender supeditar el plan de formación a las opiniones y consideraciones de los estudiantes, e incluso ajustar y adecuar la formulación de las clases a los requerimientos de éstos. En la actualidad se cuenta con programas y actividades curriculares que propender a la información transversal ciudadana que perfectamente podría abordar el proceso constituyente.

En cuanto al derecho a ser oído, según lo dice el Comité de los Derechos del Niño, que las opiniones sean tomadas en consideración seriamente, para ello los Estados deben cerciorarse de que sean tomadas en cuenta mediante dispositivos y normas cimentadas en leyes y códigos, lo anterior o ambas garantías tienen como base el principio de la Autonomía Progresiva, que da la base para que niños, niñas y adolescentes participen y expresen su opinión siendo oídos. En cuanto a la participación efectiva, tanto de niños, niñas y adolescentes se entiende por la expresión y formación de sus opiniones como también influenciar en asuntos que le afecten directa o indirectamente.

Como organización, hizo referencia a la profesora Carmen Domínguez de la Universidad Católica quien habla sobre autonomía progresiva y derechos de la personalidad; “La tarea impuesta por la convención es compleja pues supone buscar, para cada materia en la capacidad de una persona ha de ser juzgada o precisada, el nivel exacto de autonomía que puede reconocérsele al niño sin que ello implique dejarlo privado del acompañamiento parental indispensable para su desarrollo integral”.

Agregó que hoy existen canales para manifestarse como ciudadanos, como un plebiscito o consulta ciudadana que son las urnas y lo que contempla el sistema democrático que hoy prima en el país. Estiman peligroso y preocupante que se utilicen los Centros de Estudiantes insertos en las comunidades educativas para que se pronuncien sobre un proceso puntual como el proceso constituyente dado que carece de carácter vinculante.

Como conclusiones, en primer lugar señaló que actualmente existe una asignatura de Historia donde 3° y 4° medios abordan contenidos de educación y formación ciudadana. En segundo lugar atenta contra la autonomía de los colegios, dificultando los procesos normales que se deben vivir en los colegios. Afirmó que hoy es primordial equiparar los contenidos curriculares de una buena preparación para su futuro académico, ya que existen brechas entre un tipo de educación y otra, por lo que es vital legislar para que sea de carácter permanente en vez de legislar para un tema puntual como un proceso constituyente.

Finalmente se debe otorgar solución a la discriminación dañina que hoy existe entre niños de distintos sectores de establecimientos educacionales. Son los padres los responsables de votar en las urnas, y se deben dejar a los niños vivir su niñez y adolescencia, viviendo su etapa escolar sin política ni adoctrinamiento.

Consultada, expresó que en ningún momento ha afirmado que los estudiantes no pueden participar, por el contrario, está de acuerdo en que se expresen, sin embargo en los establecimientos educacionales ya existen los consejos escolares.

En cuanto a de qué otra manera los estudiantes pueden participar, manifestó que cuando los constituyentes estén electos deben citar a los estudiantes para escuchar sus propuestas, lo cual es muy relevante. Los estudiantes solicitan a los directivos de los colegios tratar los temas de interés, pero no es obligatorio para todos, porque existen estudiantes que no desean involucrarse. Relató que sus hijos participan activamente cuando eran escolares y ahora como universitarios en diversas instancias.

12) El Vocero de la Confederación de Padres y Apoderados de Colegios Particulares Subvencionados (CONFEPA), señor Daniel Rosas.

El señor Rosas comenzó su exposición afirmando que como padres y apoderados no pueden sustraerse del complejo, angustiante y agotador contexto en el que está el país. Hoy existe una pandemia que, a pesar de todos los esfuerzos, mata, y a un año de su inicio, se está atravesando por una segunda ola de contagios y muertos, sumado al colapso en la atención de casos críticos, equipos humanos al borde de la saturación y la Comisión de Educación discutiendo una cuestión que desde el sentido común es extemporánea, poco prioritaria, y que va en una dirección opuesta a lo que realmente los ciudadanos necesitan.

Por lo tanto, es necesario que las autoridades se concentren en entregar seguridad, tranquilidad y estabilidad, más aun, cuando de manera incipiente los medios de comunicación masivos comienzan a informar de una nueva y peligrosa consecuencia del Covid-19, el PIMS (síndrome inflamatorio multisistémico pediátrico) que afecta de manera mortal a niños y jóvenes.

Bajo este cuadro de vulnerabilidad afirmó que se discute un proyecto que tiene por finalidad fomentar la participación respecto al proceso constituyente en los estudiantes, el cual no aclara si “las acciones concretas mandatadas a realizar a los colegios, serán presenciales o virtuales”, porque, si son presenciales, ¿serán masivas?, y si son masivas, ¿qué sucede con los efectos de la pandemia?, ¿serán dentro del horario curricular? ¿Se perderán más horas de conocimiento? y si no lo son, serán extracurriculares; y si así fuera, ¿qué sucede con la participación, la representatividad y la protección de la vida y salud de los niños? y si, no son presenciales estas actividades de instrucción sobre el proceso constituyente, entonces, ¿serán virtuales? y si son virtuales, ¿qué sucede con la falta de conectividad de comunas como La Pintana que -como se denuncia- produce desigualdad? En consecuencia, ¿se respetan los derechos de esos niños o no?

Hizo referencia al Informe sobre consumo de drogas en las Américas 2019, elaborado por la Organización de los Estados Americanos, el cual arrojó que Chile se encuentra en el número 1 en consumos de estupefacientes y todo tipo de drogas. ¿Acaso esto no es una prioridad?, así también, es parte del contexto en el que se da esta discusión, el hecho de que según datos del Ministerio de Educación, un tercio de los egresados de cuarto medio abandona la universidad y más de un 44% reingresa a la universidad 3 años después a otra carrera, lo cual es normal y acorde con grados de desarrollo cerebral y madurez individuales.

Agregó que el ejercicio de estos derechos está íntimamente relacionados con el principio de autonomía progresiva, según o conforme a su edad, capacidad y grado individual de madurez. Al respecto, es necesario establecer que como lo menciona el mismo proyecto, lo que se busca es “orientar, instruir lineamientos concretos sobre el proceso constituyente a niños y jóvenes” los que, conforme a la psicología evolutiva, están en etapas de desarrollo biológico de sus cerebros, es decir, están en proceso de maduración, por lo que ir en contra de este proceso de desarrollo es una violación a su desarrollo natural.

Por tanto ¿Por qué estiman que este proyecto va en contra, y, en consecuencia, viola el desarrollo natural de niños y adolescentes? Porque conforme a las definiciones y características diferenciadoras entre educar e instruir, queda claro que lo que se busca mediante este proyecto es, “entregar información sin considerar las etapas de desarrollo evolutivo de niños y adolescentes” es decir, ideologizar, automatizarlos conforme a una instrucción especifica.

De esta manera y, conforme al análisis contextual del país; un año de pandemia que ha mermado los ánimos, las confianzas de la ciudadanía para con sus autoridades, de los recursos humanos y técnicos del área de la salud, las restricciones de las libertades que se vuelven a endurecer ante un aumento de los contagios, casos críticos, fallecidos y el surgimiento de nuevas consecuencias incluso hasta mortales del Covid-19 que afecta a los menores de edad, sumado al clima de beligerancia del mundo político, resulta incomprensible e inaceptable, que se desvíen recursos humanos, técnicos y económicos en la ejecución de acciones que buscan “instruir/ideologizar”, adultizar a los niños y jóvenes, bajo el argumento falaz de que se busca “fomentar los espacios de participación de los estudiantes para el ejercicio de sus derechos” cuando estos espacios de participación ya existen, están vigentes y muy activos, y están conforme a su etapa de madurez e injerencia.

Por último, no resulta coherente que se viole los derechos de los niños y jóvenes, mediante un proyecto en que se les instruye y no se les educa, de cara a este proceso en el que se construye el Chile que se quiere, se deben dejar a los niños y jóvenes fuera de las luchas ideológicas; los jóvenes estudiantes chilenos no deben seguir siendo considerados, ni tratados, ni utilizados, ni siquiera metafóricamente “como levadura, como quienes quiebran el orden y llaman a que los movimientos sean masivos…”, como lo declarara una ex vocera de la confederación de estudiantes de Chile citando a Violeta Parra. Se debe dejar que los niños y jóvenes vivan sus etapas. Ya serán adultos, para asumir esta responsabilidad.

13) El Integrante del Consejo Adolescente de “Ahora Nos Toca Participar”, señor Diego Cabrera, y la Encargada de Incidencia y Co-Coordinadora de la Red para la Participación, señora Margarita Maira.

La señora Maira manifestó en su exposición que la organización a la cual representa “Ahora nos toca Participar”, es un equipo compuesto por profesionales jóvenes que se reunieron durante el estallido social para crear este proyecto de formación y participación ciudadana, junto con ello les compromete el fortalecimiento de la democracia y con ello la promoción del derecho a la participación desde una mirada diversa e inclusiva. En este contexto histórico ven la necesidad de compartir sus conocimientos, experiencias y emociones para que entre todos se mantenga activo este nuevo momento de interés político y participación de las ciudadanías.

El objetivo general, es contribuir al fortalecimiento de la democracia y de la cohesión social en Chile, y resguardar la participación ciudadana en todo el proceso constituyente. Lo anterior se logra a través de las siguientes etapas:

1. Formación para aumentar la participación electoral, libre e informada.

2. Participación que fomente el diálogo y genere propuestas.

3. Incidencia para hacer llegar esas propuestas a los espacios de toma de decisión.

Hizo presente que trabajan con ciudadanías de todas las regiones del país, consejos regionales del proyecto y alianzas locales, como también grupos de especial protección: mujeres, niñas, niños y adolescentes, comunidades rurales, personas con discapacidad, pueblos indígenas, personas privadas de libertad, diversidad sexual y de género, migrantes, personas mayores, personas en situación de pobreza, entre otros, quienes históricamente no han podido participar en las decisiones país.

Se refirió a la incidencia electoral, la cual implica una serie de actividades con instituciones públicas, tales como; conformación de una mesa ampliada, articulación desde el Servicio Electoral (Servel) con diversas organizaciones de la sociedad civil para recepcionar recomendaciones y propuestas técnicas. Entrega de necesidades de los grupos más vulnerados y de los territorios. Mesa técnica Servel sobre información y formación ciudadana, promoción del voto personas en situación de calle, transporte público gratuito y promoción del uso de la bicicleta, recomendaciones para elecciones seguras en pandemia. En cuanto a la participación en el proceso constituyente, se destaca la creación de la Red para la Participación y elaboración de propuestas de participación ciudadana para el reglamento de la Convención Constituyente.

Por último, se refirió al denominado “Consejo Adolescente”, el cual es un consejo de jóvenes entre 14 y 18 años de edad en 5 regiones que acompaña la implementación de Ahora Nos Toca Participar desde la perspectiva adolescente. El objetivo es la ampliación de espacios de participación de jóvenes, como también trabajar en rebajar la edad del voto.

Consultada, manifestó en cuanto a la implementación de la formación ciudadana en los establecimientos educacionales, que no existen informes públicos que den cuenta de la formación ciudadana, como tampoco evaluaciones de la ley, por lo tanto, si hubiera mayor transparencia sería útil. En cuanto a la pertinencia del proyecto de ley, en cuanto a la participación considerada como derecho, es necesario para que las personas se integren al proceso constituyente en la toma de decisiones, sumado a que es un proceso histórico en el cual debe existir participación, la que además es voluntaria.

El señor Cabrera manifestó en su exposición respecto al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos normativos, con el fin de fomentar la participación e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente, que la ley N° 20.911 mandata la creación de un Plan de Formación Ciudadana para todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, con el propósito de formar ciudadanas y ciudadanos responsables, activos, participativos y comprometidos con la sociedad.

El plan debe incluirse en los niveles de enseñanza parvularia, básica y media, integrando y complementando las definiciones curriculares nacionales en la materia, y pretende brindar a los estudiantes, según su artículo único, “la preparación necesaria para asumir una vida responsable en una sociedad libre y de orientación hacia el mejoramiento integral de la persona humana, como fundamento del sistema democrático, la justicia social y el progreso. Asimismo, deberá propender a la formación de ciudadanos, con valores y conocimientos para fomentar el desarrollo del país, con una visión del mundo centrada en el ser humano, como parte de un entorno natural y social”.

Asimismo, la ley establece una serie de objetivos del plan y considera la implementación de ciertas acciones concretas que permitan cumplir con los objetivos, entre ellos: a) Fomentar en estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa. b) Fomentar la participación de estudiantes en temas de interés público. c) Fomentar en estudiantes la tolerancia y el pluralismo.

El Plan de Formación Ciudadana es el único proyecto de la reforma educacional que se votó con unanimidad en su momento. Sin embargo, no se está llevando a cabo bien, ya que no funciona, no hay resultados. Nadie está velando porque estas leyes se cumplan, la ley del Plan de Formación Ciudadana tiene como objetivo hacer efectivo el derecho a ser escuchado, y por tal razón está presente como estudiante en la Comisión de Educación, para ser voz de muchas personas que no tienen la oportunidad de estar aquí, estimó firmemente que esta es la oportunidad de darle un impulso al Plan de Formación Ciudadana. Y el proceso constituyente es la oportunidad de que salga adelante.

Realizó la siguiente interrogante ¿Por qué es importante que se implemente correctamente esta ley? Hoy en día si alguien menciona que jóvenes de 14 años deberían votar, la respuesta que se recibirá estará entre estas “No tienen conocimiento suficiente”, “No saben lo que quieren”, “No tienen pensamiento crítico”. ¿Por qué no tienen conocimiento suficiente, por qué no tienen pensamiento crítico? Por tanto han aprendido todo por su cuenta, han tomado posición respecto a estos temas. Habría sido más fácil si les hubieran enseñado antes a tener un pensamiento crítico, porque es responsabilidad de adultos, educarlos, enseñarles a tener ese pensamiento crítico ya que son el presente y el futuro.

De esta manera los niños, niñas y adolescentes siempre han sido excluidos, y este proceso es especial porque los estudiantes lo iniciaron. Pero para participar deben recibir formación primero, no es que adultos tengan mayor conocimiento sobre todo, los jóvenes saben cosas distintas y son capaces de entrar en diálogo sí confían en que pueden aportar con su opinión. Para esto se debe entender que jóvenes y niños son parte de la sociedad también y son tan relevantes como las personas mayores, adultas. Sería darles menos validez a jóvenes si no pueden hacerse parte de la nueva Constitución, que tendrá menos legitimidad a futuro si no los hacen parte de esto, porque los jóvenes de hoy serán quienes vivirán los efectos de la Constitución mañana, y dejarlos fuera es cortarles las alas.

Agregó que un proyecto como este activa la participación ciudadana, es un ejercicio antes de poder hacerlo oficialmente cuando los jóvenes cumplan 18 años. Actas como las que se proponen en el proyecto servirán para hacer incidencia directa en el proceso constituyente. Esta sería la primera instancia oficial en que se les involucraría porque antes no los han dejado ser parte. Ahora bien, si se encuesta a jóvenes sobre si desean formación ciudadana, seguro la gran mayoría dirán que sí, son los jóvenes quienes se benefician de este tipo de proyectos. El proyecto ley solucionaría los problemas de educación y participación, haciéndolos parte del proceso constituyente que vivirán también a futuro, serían un ejemplo para las nuevas generaciones quienes crecerían con una buena formación ciudadana, que les enseñe a tener este pensamiento crítico, esta información, dejaría de parecer una locura, que una persona de 14 años pueda ser escuchada.

Un proyecto como este establece precedentes para los estudiantes y cómo se les involucra en la vida política de la sociedad, como también promueve que quienes son jóvenes hoy se hagan parte de las discusiones más adelante. Afirmó que debe existir un esfuerzo a nivel país para mejorar la educación que hoy tiene un problema más profundo que la dificultad para implementar una u otra ley en ciertas escuelas. Esto debe iniciar por alguna parte, hoy no se entiende formación ciudadana como una materia, si parte desde antes, más jóvenes, se tomaría con la misma importancia que matemáticas o lenguaje. Durante toda la enseñanza media se enfoca a los estudiantes en prepararlos para un prueba de admisión universitaria (PTU) y cubren estos contenidos, sin embargo, pierden otros contenidos igual de importantes que nos preparan para la vida adulta y en democracia.

Ahora bien, efectuó las siguiente interrogantes ¿Son objetos? Son hijos y también somos parte de la sociedad, ¿Si no es ahora, cuando? ¿De qué sirve cuántos espacios les dan para hablar si no les prestan atención? Por tanto esta es una oportunidad de implementar a cabalidad el Plan de Formación Ciudadana (que ya es ley), es la oportunidad de involucrarlos, de tomar en cuenta la voz de jóvenes para el futuro, es la oportunidad de hacerlos parte, es la oportunidad de ser escuchados. De otra forma, se estarán creando leyes para nada.

Consultado, señaló que es de suma prioridad que los jóvenes puedan tener derecho a participar, no obstante, le genera impotencia porque representa a gran cantidad de jóvenes a lo largo de todo Chile, pero lo adultos expresan miedo al cambio, no así los jóvenes. Hizo presente que se sienten tratados como objetos.

14) La Coordinadora de Seguimiento Legislativo y Redes de la Corporación Opción, señora Camila de la Maza, y las representantes estudiantiles de la Agrupación Infanto-Juvenil de esa Corporación, Isidora Rodríguez y Laura Fuentes.

La señora de la Maza manifestó que son una Corporación que lleva 30 años de trayectoria trabajando para la plena implementación de la Convención de los Derechos del Niño. Han trabajado como organismo colaborador en la oferta ambulatoria del Servicio Nacional de Menores, y han colocado gran énfasis en la promoción de derechos de manera universal, tal como educación, vivienda, y derechos sociales en general.

Desde el equipo de Corporación Opción que tiene por finalidad realizar un dialogo, les parece importante acotar que valoran y encuentran relevante incorporar a los niños, niñas y adolescentes en el proceso que está atravesando Chile. Ahora bien es necesario que el proyecto de ley se haga cargo de la autonomía progresiva de los niños, niñas y adolescentes, es decir cómo van participando desde la básica hasta la enseñanza media en los procesos participativos, como también es necesario que quede remitido a algún instrumento interno dentro del establecimiento educacional.

Además es necesario que quede establecido que el ejercicio del derecho político a participar no esté sujeto a rendimiento académico ni a comportamiento disciplinario, porque sería una limitación y el establecimiento educacional debe promover su ejercicio y no limitarlo. Además es imperioso establecer que un miembro de la comunidad estudiantil pueda acompañar el proceso del Centro de Estudiantes, en relación con el derecho del ejercicio de la autonomía progresiva.

Por último, en relación a que el proyecto pretende generar acciones concretas de participación, es necesario que cuenten con diálogos previos de la comunidad educativa y que el Ministerio de Educación incluya en su cuenta pública las acciones realizadas para que las actas y el resultados de las acciones sean conocidas por todos los actores incumbentes.

Las señoritas Rodríguez y Fuentes manifestaron en su exposición que históricamente, los estudiantes han estado al frente de los movimientos sociales, pero han sido dejados de lado al momento de votar o hacer válida su participación por el simple hecho de no tener 18 años. La propuesta que se ha presentado en la Comisión de Educación es abrir una puerta que ha estado siempre cerrada para escuchar a los estudiantes del país y armar la ley general de educación con sus propuestas para suplir sus propias necesidades, dándoles un real espacio de participación que pasará a la historia, además de dejar los cimientos para futuras charlas en estos temas.

Destacaron, que las clases de educación ciudadana se implementaron hace apenas dos años en el sistema escolar chileno, y en parte siguen siendo las mismas clases de historia, pero con un enfoque más dirigido hacia los deberes cívicos. Los cambios que propone este proyecto de ley dan paso a que en las escuelas y colegios realmente se enseñe lo que es educación ciudadana tanto en la teoría como en la práctica. Lo que debe ser planeado y organizado con detalle para que se realice de la misma manera en todos los colegios del país, sin diferenciar entre público, particular o subvencionado.

Agregaron que en este último período se agregó Educación Ciudadana a la malla curricular, donde se les enseña la teoría de los derechos y deberes ciudadanos, pero lo que se vive hoy en día es la mejor instancia para aplicarlo en la práctica, que es la mejor forma de aprender, haciendo, creando, entregando la opinión de los estudiantes y ser escuchados activamente, es lo que se necesita hoy para educar a estudiantes responsables y conscientes de su ciudadanía.

En base al artículo transitorio, cuando se refiere a los talleres, debates o actividades extracurriculares estas tengan un formato final de retroalimentación, donde el estudiantado exponga sus opiniones en base a las actividades y así siga en la línea de su interés, aumentando la participación que se tendrá. Como bien dice en el proyecto son los jóvenes quienes vivirán este cambio constitucional, y serán los más afectados con sus decisiones, y deben derrumbar la idea de que “los niños son el futuro”, porque no es así, son el ahora, ahora cuentan con ideas, soluciones, necesidades y proyectos, que los diputados como tomadores de decisiones deben aprovechar, alentar y escuchar activamente.

Realizaron las siguientes sugerencias de mejoras al proyecto:

-Que las acciones concretas que se incorporen para fomentar la participación ciudadana, se funde en un levantamiento previo que se realice en conjunto con la comunidad educativa, es decir que las actividades vayan en directa relación con los intereses manifestados por los y las estudiantes en las instancias que existan para ello, directivas de cada curso y centros de estudiantes.

-Que el Ministerio de Educación incluya en su cuenta pública 2022, las acciones realizadas para que las actas y resultados de las acciones de participación hayan sido conocidas por los actores incumbentes.

Consultada, la señorita Rodríguez manifestó que el proceso educativo no implica solamente estudiar lenguaje, matemáticas o historia, sino también garantizar la participación efectiva en la sociedad, en consecuencia, no se puede continuar con el discurso de que los niños, niñas y adolescentes solamente deben estudiar. Desde hace años con Laura Fuentes participan en diversos organismos, para entregar su opinión y dejar en claro que son seres pensantes, tienen opinión y pueden aportar, por lo tanto, consideró que no es posible que sean simplemente invitados a proyectos sobre la niñez y adolescencia como público, porque es necesario que estén en la primera línea participando en dichas temáticas.

15) La alumna del Liceo Bicentenario “Jovina Naranjo Fernández” de Arica, señorita Olga Riquelme; el alumno del Instituto Nacional “José Miguel Carrera”, de Santiago, señor Nicolás Hidalgo, y la alumna del Liceo “Luisa Saavedra”, de Providencia, señorita Yulianna Álvarez.

La señorita Riquelme defendió la aplicación de este proyecto de ley. Al final, es una herramienta de educación general para la formación social del alumnado, con un valor de suma importancia en la vida cotidiana. Este proyecto es la herramienta de la formación crítica de los estudiantes, después de tanta censura en este campo por parte del Gobierno, esta es la herramienta por la que como estudiantes lucharon en el plebiscito para poder ser partícipes.

Resaltó que existen horas mal utilizadas en los planes curriculares de distintos establecimientos, dando sobrecargas horarias inclusive debido a la mala planificación de éstas, además de que existen las posibilidades de hacer esto como instancias extra programáticas. Por consiguiente, sí existen las instancias institucionales para dar estos espacios necesarios para la aplicación del proyecto de ley, considerando necesaria la contratación de profesionales especializados, para así, no generar sobrecargas horarias para los profesores de los establecimientos ya contratados, y así poder dar también un modelo estandarizado al proyecto que les permita evitar problemas tales como adoctrinamiento político, el cual es bastante resaltado por la oposición y uno de sus medios para bajar este proyecto, además de una necesidad de supervisión y feedback para el funcionamiento del proyecto.

Ahora bien, el tema de ser imputable y tocado directamente por la ley desde los 14, y no poder incidir directamente dentro de las decisiones políticas es una falta de criterio, debido a que los consideran como ciudadanos al momento de las penas, pero no pueden incidir políticamente como tampoco cuentan con la educación suficiente. Esta capacidad de ser imputable de por sí les dice que ya tienen responsabilidad legal, por lo cual, al asumir ésta, ya cuentan con la suficiente autonomía para ser partícipes de las decisiones de la urbe política, generando así una contradicción en lo denominado como criterio de selección democrática.

En el caso de la sesión anterior, existe un criterio válido de selección y minimización en base a los privilegios económicos existentes, ya que, los representantes de ésta hablaban desde la posición de establecimientos particulares subvencionados y particulares, omitiendo completamente el rol de los municipales y hablando de políticas generadas por ellos desde una postura de privilegio y autonomía, la cual no existe en el caso de colegios municipales principalmente.

Consideró que los recursos existen y deben ser delegados en base a criterios específicos de la Cámara como todo proyecto de ley. Además de esto, como punto aparte cabe recalcar que consideran que las clases presenciales en sí son un error, debido a que estas han generado más contagios y aún no existen las condiciones de salud suficientes para la aplicación de estas, tanto por establecimientos como por materias de salud a nivel nacional, siendo un ejemplo claro la subida de casos de Covid-19 diarios en Chile. Es por todo lo anteriormente expuesto que solicitan la aplicación del proyecto de ley sobre participación de los estudiantes.

Consultada, manifestó que siendo parte de uno de los liceos más emblemáticos de la región de Arica con los puntajes más altos, están catalogados como los “más” revolucionarios, pero con las mejores notas y puntajes más altos. Sostuvo que, no obstante, si los estudiantes no se hacen respetar nadie lo hará por ellos. Se trata de inquietudes de temas que ellos necesitan saber, para eso se están formando como estudiantes y así tomar las mejores decisiones.

El señor Hidalgo manifestó que en ningún momento el estudiantado les cedió el poder a los adultos para tomar decisiones y que el alumnado es independiente y deliberante. Los derechos de participación consagrados en no son tomados en cuenta y, en general, son quebrantados y suprimidos por parte del Estado Chileno, lo que ha derivado en un proceso de ilegalización de la lucha popular por parte de los estudiantes a nivel nacional, con tal de ser participantes e influyentes en la política nacional. Como ejemplo está la revolución pingüina del año 2006, el movimiento estudiantil del año 2011, las luchas sociales en los años posteriores y el mismo inicio del estallido social del año 2019.

Hizo referencia a que en base al principio de autonomía progresiva, es un tema complejo a tomar en consideración, ya que también debe hablarse de la definición de ciudadanía y autonomía, por lo cual, consideran necesaria la reformulación de estos términos, debido a la influencia de los estudiantes a lo largo de la historia chilena y su rol ciudadano dentro de la política chilena, específicamente a lo largo de estos últimos años, siendo en su amplia mayoría menores de edad. Por tal motivo, consideró estrictamente necesaria la participación de las juventudes en el proceso constituyente del 11 de abril.

Referente a la sobrecarga estudiantil, tienen conocimiento que la sobrecarga en secundarios mayoritariamente se ha producido desde hace ya bastante tiempo, y han luchado por más salud mental en las aulas, logrando charlas y programas para sobrellevarlo, como también saben que aún falta mucho por lograr en este ámbito.

La señorita Álvarez comenzó su presentación citando el artículo 12 de la Convención de los Derechos del Niño, el cual establece:

“1.- Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.

2.- Con tal fin, se dará en particular al niño la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.”

Agregó que una manifestación para expresar el malestar en contexto de la sesión anterior sobre la exposición de parte de algunos parlamentarios, al decir que la discusión es una pérdida de tiempo y que es un tema ya resuelto, aclarar que la educación cívica ya está siendo implementada, no es cierto y solo ha sido desarrollada en ciertas instituciones.

Por lo tanto, estimó que la generalización de la educación tomando la privada y la pública como una misma en iguales condiciones es absurdo, negarse a escuchar las contra argumentaciones de parte de los representantes para tomarlas en cuenta en sus votos, y de pasar por encima la relevancia de la participación de los estudiantes en cualquier decisión sobre la educación pública, teniendo en cuenta que tales acciones son una violación a lo establecido por la Convención de los Derechos del Niño, particularmente el artículo 12, y que no se trata solo ellos, sino que una transgresión a todos los estudiantes a quienes representan y son consideradas violencia psicológica, lo cual es un delito grave y penado ante la ley.

Por último, aclaró que los representantes estudiantiles del sur están en proceso electoral de Centro de Estudiantes por lo que no pudieron estar presentes en esta sesión. Además estiman exorbitantemente necesaria la aprobación e implementación de este proyecto de ley para asegurar la educación cívica igualitaria para todos los estudiantes de Chile, entendiendo que será la nutrición para la calidad de vida de la próxima ciudadanía que será contemporánea al proceso y cambio constituyente y, por lo tanto, tienen el firme derecho a ser educados e informados sobre todo lo que pasa a nivel social, político y constitucional.

Consultada, aclaró que no es prudente hablar de edades, el respeto debe existir por el solo hecho de ser personas. Hizo hincapié en que no es posible que estén a meses de votar y no les hayan enseñado lo básico sobre el proceso constituyente, lo cual es prioritario, porque ellos son el futuro.

16) El Subsecretario de Educación, señor Jorge Poblete.

El señor Poblete expresó en cuanto al contexto global por la cual atraviesa Chile, que será la Convención Constituyente la que deberá determinar cómo será la participación de niños, niñas y adolescentes y la forma en que podrán ser recibidos los aportes que deseen realizar al proceso.

Sostuvo que al tratarse de un contexto educativo, el fin último es velar por la educación de los niños, niñas y adolescentes y, en dicha instancia, se reconocen ciertos cuerpos participativos con que cuenta la comunidad educativa, reconocidos por la ley y los reglamentos, tales como Centros de Alumnos, Centros de Padres y Apoderados, Consejo de Profesores, Consejos Escolares, todo con el objeto de contribuir al proceso de enseñanza. Esta participación, que es garantizada en los diversos cuerpos de la comunidad educativa, contribuye a la formación integral de los estudiantes.

En cuanto al proyecto de ley, manifestó que regulan aspectos que no son necesarios, ya que hoy los establecimientos educacionales cuentan con programas y el Plan de Formación Ciudadana que están en el marco de participación para contribuir en el proceso de enseñanza, por lo tanto, la legislación ya vigente recoge la participación, sin ser necesario crear una legislación ad-hoc al respecto.

Estuvo de acuerdo en que efectivamente existe un imperioso llamado para abrir espacios de participación, y la comunidad política es la que debe hacerse cargo de otorgar mayores bases de participación, pero sostuvo que ello escapa de la competencia del Ministerio de Educación, y debe analizarse a través de las vías que corresponde.

Respecto de si es la escuela el espacio adecuado para entregar este espacio de participación activa, sostuvo que los canales de participación ya existen a través de las diversas instancias. El sentido que le cabe a la escuela en el proceso de formación en los niños, niñas y adolescentes ya está recogido en la legislación actual y en los reglamentos que lo regulan.

Añadió que el país ha enfrentado una situación crítica como lo es la pandemia por Covid 19, y el Ministerio ha entregado una priorización curricular para centrarse en lo prioritario, y es deber del país focalizar los esfuerzos de los profesores para retomar el proceso educativo.

C) Votación.

Puesto en votación general el proyecto de ley, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Rodrigo González, Camila Rojas, Camila Vallejo, Mario Venegas, Gonzalo Winter y Juan Santana. Votaron en contra los diputados Sergio Bobadilla, Luis Pardo, Leonidas Romero y Gustavo Sanhueza. Se abstuvo el diputado Hugo Rey (6-4-1).

El diputado Bobadilla manifestó su voto en contra haciendo presente que este proyecto de ley reviste vicios de inadmisibilidad, porque se le entregan responsabilidades y funciones al Ministerio de Educación lo cual es inadmisible, por lo cual considera que ambos proyectos son inadmisibles. Además, la legislación actual ya contempla los instrumentos para materializar los planes formativos.

El diputado Pardo justificó su voto en contra expresando que la actual normativa y planes curriculares ya permiten realizar la parte formativa asociada al plebiscito, sin necesidad de legislar a través de estos proyectos de ley. Sostuvo que no se requiere dictar una ley específica para dirigir un debate estudiantil.

El diputado Rey justificó su abstención señalando que comparte gran parte de los planteamientos que manifiestan los estudiantes. Expresó que es necesario que en el próximo Gobierno lidere el Ministerio de Educación un profesor de profesión. Además, que el Ministerio de Educación debe generar instrumentos para que los estudiantes participen en este proceso histórico por el cual atraviesa el país. Hizo presente que gran mayoría de profesores incluirán dentro de los Planes de Formación Ciudadana los aspectos relevantes del proceso constituyente.

La diputada Rojas justificó su voto a favor, manifestando que es la escuela el espacio de participación de los estudiantes, y no solamente la familia, como históricamente se ha señalado. Sostuvo que es precisamente la escuela donde más participan los niños, niñas y adolescentes. La familia no es el lugar, y lo anterior se justifica porque hace 100 años la instrucción primaria no era obligatoria y la familia tomaba la decisión. En consecuencia, no se puede dejar a los niños, niñas y adolescentes de lado y deben contar con un espacio de participación efectiva.

El diputado Sanhueza sostuvo su voto en contra señalando que en la legislación vigente ya se encuentra consagrada la participación de los estudiantes. Sumado a ello, la libertad es uno de los principios fundamentales de la sociedad, y la libertad de los proyectos educativos de cada comunidad escolar.

La diputada Vallejo justificó su voto a favor expresando que el Plan de Formación Ciudadana dice relación con la educación cívica y debe incorporar los elementos del proceso constituyente, debiendo garantizar el derecho a participar de los estudiantes. Recordó que el plebiscito fue gracias a los jóvenes, quienes tienen derecho a ser escuchados.

El diputado Venegas justificó su voto a favor aseverando que se está cometiendo un error al rechazar los proyectos de ley. Recordó los hechos de violencia por los cuales ha atravesado el país en el último tiempo, lo que evidencia la imperiosa necesidad que requieren los jóvenes de participar activamente en la sociedad. Es de suma prioridad que los Planes de Formación Ciudadana incluyan en sus materias la relevancia del proceso constituyente, de vital importancia para garantizar la participación.

El señor Winter justificó su voto a favor señalando que en la situación social que atraviesa actualmente el país, existe una oportunidad de generar instituciones que nazcan de la participación colectiva y no de la violencia. En tal sentido, estimó de suma relevancia incorporar la participación de los estudiantes en el proceso constituyente.

El diputado Santana (Presidente) manifestó su voto a favor e hizo un llamado al Gobierno a tomar conciencia del momento de fragilidad que está atravesando la sociedad chilena por lo que, sin lugar a dudas, un tema prioritario es invertir en los procesos de participación e incorporar herramientas para que los jóvenes puedan lograr una participación efectiva.

IV. DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN PARTICULAR.

Se dio inicio a la discusión en particular, de la siguiente forma:

El Subsecretario Poblete expresó que la legislación actual contempla procesos de participación en el proceso educativo que forma parte del proceso integral de formación para los estudiantes, permitiendo así que los Consejos de Estudiantes y Consejo de Padres sean reconocidos formalmente pudiendo exigir participación en el proceso formativo. En particular, existen materias como el artículo 3 según el proyecto de ley que establece la idea de incorporar Planes de Formación Ciudadana, en dicho sentido la ley N°21.911 (que crea el Plan de Formación Ciudadana) establece en su artículo único:

“El Plan deberá considerar la implementación de acciones concretas que permitan cumplir con estos objetivos, entre las que se podrán considerar, por ejemplo la realización de talleres y actividades extra programáticas, en los cuales haya una integración y retroalimentación de la comunidad educativa.”

En consecuencia la materia que se desea legislar ya se encuentra abordada por la legislación vigente. Además si es el establecimiento educacional el cual debe mantener este plan, debe ser concordante con el derecho a la libertad de enseñanza y la adherencia al Proyecto Educativo Institucional del establecimiento. En el artículo quinto transitorio del proyecto de ley establece: “En el marco del apoyo que entrega el Ministerio de Educación a sostenedores y establecimientos educacionales en los términos del inciso séptimo del artículo único, el Ministerio de Educación podrá poner a disposición del sistema escolar, orientaciones, instructivos, lineamientos concretos y recursos educativos que tengan como fin fomentar la participación, reflexión, debate e información sobre el proceso constituyente en curso.” En ese sentido el artículo 5 realiza una mención específica al apoyo que entregará el Ministerio de Educación a los sostenedores, lo cual condiciona y limita el ejercicio de las potestades del ejecutivo, por lo que dicho artículo es de carácter inadmisible.

En el último punto del proyecto de ley, el cual incorpora un artículo 41 transitorio al decreto con fuerza de ley N° 1,de 1996, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación: “Los equipos directivos de los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán adecuar el Plan de Formación Ciudadana regulado en la ley N° 20.911, al proceso constituyente, por medio de la incorporación de acciones concretas, de acuerdo al nivel educativo, que fomenten la participación, reflexión, debate, e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente en curso.” En ese sentido, y de acuerdo a la ley sobre Plan de Formación Ciudadana, es potestad del sostenedor fijar el contenido del Plan de Formación Ciudadana, en conformidad con las correspondientes bases curriculares, lo cual se enmarca en la libertad de enseñanza, de organizar establecimientos educacionales y establecer de acuerdo a sus normas de funcionamiento, siendo esto último requisito para el reconocimiento oficial conforme lo que reconoce la Ley General de Educación, por lo tanto el proyecto versa sobre una ley orgánica constitucional.

Se procedió a la votación en particular de la siguiente forma:

Artículo 1

Se presentaron las siguientes indicaciones:

1) De las diputadas Rojas y Girardi y del diputado Winter para reemplazar en el artículo 1, que agrega un artículo tercero transitorio, las palabras “deberán incorporar” por “incorporarán”.

2) Del diputado Pardo para reemplazar en el artículo 1, que agrega un artículo tercero transitorio, las palabras “deberán incorporar” por “podrán incorporar”.

El diputado Pardo hizo presente que ambas indicaciones apuntan al mismo sentido, por lo tanto, si la indicación 1) pretende proponer que no sea de carácter impositivo, resulta más apropiado aprobar la indicación 2), que se ajusta mejor a ese sentido, cambiando la expresión “deberán” por “podrán”, de manera de no imponer la obligación, y no vulnerando un derecho con esa imposición.

La diputada Rojas aclaró que presentaron tres indicaciones, las cuales tienen sentido en conjunto. Las indicaciones 1) y 4) hacen un matiz a la redacción, pero la idea es que continúe siendo obligatorio, porque es importante. Si no existe tal obligatoriedad, los establecimientos educacionales no tendrán esa obligación y podrán no implementarlo. Ahora bien, en la indicación 3) se cambió por “podrán”, porque dice relación con las actas y los resultados de los procesos, toda vez que debido a cómo se realizó el debate por los invitados y atendida a la sobrecarga de las comunidades educativas, se establece que no sea obligatorio.

Puesta en votación la indicación 1), se rechazó por no alcanzar el quórum de aprobación. Votaron a favor las diputadas Cristina Girardi, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los diputados Gonzalo Winter y Juan Santana. Votaron en contra los diputados Sergio Bobadilla, Juan Fuenzalida, Luis Pardo, Leonidas Romero y Gustavo Sanhueza (5-5-0).

El diputado Pardo justificó su voto en contra haciendo presente que lo que se discute es precisamente si se impone o no una obligación tanto a los establecimientos educacionales con financiamiento público como a los que no lo tienen, es decir, a todos aquellos reconocidos por el Estado. Dejó constancia de la inconstitucionalidad de la indicación 1).

La diputada Rojas justificando su voto a favor, expresó que si se utiliza el verbo “podrán”, sería continuar con la misma situación actual, porque debe ocurrir el cambio en todos los establecimientos educacionales.

El diputado Sanhueza justificado su voto en contra, manifestó que siempre ha sido partidario de la libertad de enseñanza al interior de los establecimientos educacionales, de manera que puedan establecer sus propios planes al interior de la comunidad educativa, por lo tanto, al tratar esta indicación de imponer la obligación, se atenta contra dicha libertad.

El diputado Winter justificando su voto a favor, expresó que aprobar la expresión “podrán” es lo mismo que rechazar el proyecto de ley, por cuanto no tendría ningún impacto en las realidades de las comunidades educativas.

El diputado Santana (Presidente) justificó su voto a favor señalando que la norma debe regir para todos los establecimientos educacionales, de lo contrario el proyecto de ley no tendría ningún sentido.

El diputado Bobadilla justificando su voto en contra, expresó que el proyecto de ley es de carácter inadmisible e inconstitucional, porque impone responsabilidades al personal de educación, facultades que detenta solo el Ejecutivo. Ahora bien la indicación 2) viene a corregir la inadmisibilidad al dejar la responsabilidad con el verbo “podrán”, entregando la libertad para que la comunidad escolar pueda resolver.

Puesta en votación la indicación 2), se rechazó por no alcanzar el quórum de aprobación. Votaron a favor los diputados Sergio Bobadilla, Juan Fuenzalida, Luis Pardo, Leonidas Romero y Gustavo Sanhueza. Votaron en contra las diputadas Cristina Girardi, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los diputados Gonzalo Winter y Juan Santana (5-5-0).

3) De las diputadas Rojas y Girardi y del diputado Winter para reemplazar en el artículo 1, que agrega un artículo cuarto transitorio, la palabra “deberán” por “podrán”.

La diputada Rojas hizo presente que durante el debate sostenido en la Comisión, las comunidades educativas afirmaron que la carga de tener que hacer actas y llevar un registro de los resultados, constituiría una carga extra, sumado al contexto y el apremio que existe actualmente en los colegios, por lo tanto, proponen el verbo “podrán” para no sobrecargar a los trabajadores de los establecimientos educacionales.

Puesta en votación, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor las diputadas Cristina Girardi, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los diputados Mario Venegas, Gonzalo Winter y Juan Santana. Votaron en contra los diputados Sergio Bobadilla, Juan Fuenzalida y Leonidas Romero. Se abstuvieron los diputados Luis Pardo y Gustavo Sanhueza (6-3-2).

Puesta en votación el artículo 1, se aprobó por mayoría de votos. Votaron a favor las diputadas Cristina Girardi, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los diputados Mario Venegas, Gonzalo Winter y Juan Santana. Votaron en contra los diputados Sergio Bobadilla, Juan Fuenzalida, Luis Pardo, Leonidas Romero y Gustavo Sanhueza (6-5-0).

Artículo 2

Se presentó la siguiente indicación:

4) De las diputadas Rojas y Girardi y del diputado Winter para reemplazar en el artículo 2, las palabras “deberán adecuar” por “adecuarán”.

El diputado Venegas preguntó cuál es el sentido de la indicación, particularmente en qué sentido cambian los verbos “deberán adecuar” por “adecuarán”, porque este último es incluso más imperativo que deberán, desde el punto de vista semántico.

Las diputadas Rojas y Girardi, y diputado Winter retiraron la indicación 4, por cuanto coinciden con expresado por el diputado Venegas.

Puesto en votación el artículo 2, se rechazó por no alcanzar el quórum de aprobación. Votaron a favor las diputadas Cristina Girardi, Camila Rojas y Camila Vallejo, y los diputados Gonzalo Winter y Juan Santana. Votaron en contra los diputados Sergio Bobadilla, Juan Fuenzalida, Luis Pardo, Leonidas Romero y Gustavo Sanhueza. Se abstuvo el diputado Mario Venegas (5-5-1).

El señor Núñez hizo reserva de constitucionalidad a nombre del Ejecutivo, por cuanto el proyecto de ley adolece de vicios de inconstitucionalidad, ya que las potestades de organizar el establecimiento educacional corresponden al sostenedor, enmarcadas dentro del ejercicio de la libertad de enseñanza y, de acuerdo a la Ley General de Educación son requisitos para mantener el reconocimiento oficial de un establecimiento educacional. Además, siendo todas estas normas de funcionamiento de establecimientos educacionales, la ley les otorga el carácter de ley orgánica constitucional.

La señora Fredes hizo presente que este proyecto de ley contiene normas de carácter orgánico constitucional, particularmente lo dispuesto en el artículo 1, en cuanto agrega artículos tercero y cuarto transitorios, por cuanto el Tribunal Constitucional, cuando conoció sobre el Plan de Formación Ciudadana (ley N° 20.911), en su sentencia N° 2978-16, sostuvo que sus normas eran orgánico-constitucional, declarando que la norma contemplada en el artículo único, incisos primero al sexto, del proyecto sometido a control, es propia de la ley orgánica constitucional indicada en el inciso quinto del N° 11° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al versar sobre los requisitos mínimos que son exigibles en los niveles de enseñanza básica y media, así como al recaer en aquellas normas objetivas, de general aplicación, que permiten al Estado velar por su cumplimiento.

Al mismo tiempo los artículos 29, 30 y 31 de la ley N° 20.370, Ley General de Educación, que regula los requisitos mínimos de la educación parvularia, básica y media, fueron declarados de carácter orgánico constitucional por el Tribunal Constitucional en sentencia rol N° 1363-09.

V. INDICACIONES RECHAZADAS.

Se rechazaron las siguientes indicaciones:

Artículo 1

1) De las diputadas Rojas y Girardi y del diputado Winter para reemplazar en el artículo 1, que agrega un artículo tercero transitorio, las palabras “deberán incorporar” por “incorporarán”.

2) Del diputado Pardo para reemplazar en el artículo 1, que agrega un artículo tercero transitorio, las palabras “deberán incorporar” por “podrán incorporar”.

Ambas indicaciones se rechazaron por no alcanzar el quórum de aprobación.

VI. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo indicaciones declaradas inadmisibles.

VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR LA COMISIÓN.

En mérito de las consideraciones anteriores y por las que, en su oportunidad, pudiere añadir el diputado informante, la Comisión de Educación recomienda la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Incorpóranse los siguientes artículos transitorios en la ley N° 20.911, que crea el Plan de Formación Ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado:

“Artículo tercero.- Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán incorporar dentro de los planes de formación ciudadana, acciones concretas, que fomenten la participación, reflexión, debate, e información de las y los estudiantes respecto al proceso constituyente en curso, tales como talleres, debates, cabildos, entre otras, de acuerdo al nivel educativo.

Artículo cuarto.- Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado podrán entregar al Ministerio de Educación las actas y resultados de las acciones concretas establecidas en el artículo precedente, para que este, en el marco de las funciones de la Unidad de Coordinación de Asuntos Estudiantiles, pueda poner a disposición pública dicho material.

Artículo quinto.- En el marco del apoyo que entrega el Ministerio de Educación a sostenedores y establecimientos educacionales en los términos del inciso séptimo del artículo único, el Ministerio de Educación podrá poner a disposición del sistema escolar, orientaciones, instructivos, lineamientos concretos y recursos educativos que tengan como fin fomentar la participación, reflexión, debate e información sobre el proceso constituyente en curso.”.

VIII. DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó como diputado informante al señor GUSTAVO SANHUEZA DUEÑAS.

SALA DE LA COMISIÓN, a 30 de marzo de 2021.

Tratado y acordado como consta en las actas de las sesiones de fecha 2, 4, 11, 16, 18, 23 y 30 de marzo de 2021, con la asistencia de las diputadas Cristina Girardi Lavín, Camila Rojas Valderrama y Camila Vallejo Dowling, y de los diputados Sergio Bobadilla Muñoz, Juan Fuenzalida Cobo, Rodrigo González Torres, Luis Pardo Sáinz, Hugo Rey Martínez, Leonidas Romero Sáez, Gustavo Sanhueza Dueñas, Juan Santana Castillo, Mario Venegas Cárdenas y Gonzalo Winter Etcheberry.

MARÍA SOLEDAD FREDES RUIZ

Abogada Secretaria de la Comisión.

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