Labor Parlamentaria

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Índice
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Gonzalo Rodolfo Winter Etcheberry
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Leonardo Enrique Soto Ferrada
    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Leonardo Enrique Soto Ferrada
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Jorge Ivan Alessandri Vergara
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Gloria Naveillan Arriagada
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    • INDICACIÓN EN COMISIÓN : Catalina Perez Salinas
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    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
    • INTERVENCIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
    • INDICACIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
    • INDICACIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
    • INDICACIÓN EN COMISIÓN : Juan Antonio Coloma Alamos
    • DEBATE
Notas aclaratorias
  1. Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
  2. Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.



INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAIDO EN EL PROYECTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO QUE ESTABLECE UN NUEVO REGLAMENTO PARA EL CONTROL DEL CONSUMO DE DROGAS, APLICABLE A LOS DIPUTADOS Y LAS DIPUTADAS EN EJERCICIO.

BOLETÍN N° 14.784-07-1

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento viene en informar acerca de la moción de reforma del reglamento que menciona el epígrafe, suscrita por los diputados señores: Juan Antonio Coloma; Jorge Alessandri; Sergio Bobadilla; Cristian Labbé; Cristhian Moreira; Guillermo Ramírez; Renzo Trisotti, y ex diputados Osvaldo Urrutia; Javier Hernández, e Iván Norambuena.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto es la de modificar el Reglamento de la Cámara de Diputados con el propósito de establecer un reglamento que regule la realización exámenes, a las diputadas y diputados, de control de consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

2) Aprobación en general del proyecto.

En sesión 21ª, de 28 de junio de 2022, se aprobó en general por el voto unánime de los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola; Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter.(11.0.0)

3) Se designó Diputado Informante al señor Gustavo Benavente.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

Los autores de la moción la fundamentan de la siguiente manera: “Antecedentes.

El Congreso es uno de los órganos más importantes del régimen democrático, puesto que ejerce la representación de la ciudadanía. Como tal, desempeña un rol esencial en el proceso de toma de decisiones y el avance de nuestro país hacia una legislación destinada a mejorar la calidad de vida de los chilenos y la convivencia cívica propia de un Estado de Derecho. La confianza ciudadana, en este sentido, constituye un aspecto clave de la labor parlamentaria, razón por la cual esta debe desarrollarse con pleno respeto del principio de probidad y transparencia, bajo criterios que aseguren la eficiencia del trabajo realizado en el Congreso.

Al respecto, el artículo 5° A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional dispone que "El principio de probidad consiste en observar una conducta parlamentaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función, con preeminencia del interés general sobre el particular.". Sin duda, el correcto ejercicio de la función parlamentaria se encuentra asociado a estándares de conducta compatibles con el bien común y la honorabilidad que exige el desempeño de este importante cargo público. Evidentemente, la dependencia a drogas altera las capacidades físicas y psíquicas de la persona, lo que no es deseable en el desempeño de aquellos que tienen a su cargo la formación de las leyes y, en definitiva, las decisiones que tendrán un impacto en toda la comunidad nacional.

Junto con lo anterior, el flagelo de la droga representa una grave y compleja realidad que afecta a nuestra sociedad, estando asociada a otros fenómenos de igual relevancia, tales como el narcotráfico y el crimen organizado. Esta problemática ha sido una preocupación en el ámbito de las políticas públicas, puesto que Chile registra una de las mayores tasas de consumo de drogas a nivel latinoamericano.

Dicho esto, y dada la importancia de asegurar que la función parlamentaria sea desarrollada libre de toda dependencia a drogas o sustancias que afecten o debiliten la labor que se realiza en representación de la ciudadanía, diputados de la UDI durante la tramitación de la ley de presupuestos para el año 2022 presentaron una indicación, con el fin de realizar a los diputados exámenes de drogas, en forma aleatoria y semestral. Lo anterior, responde a la preocupación por la dependencia a drogas y cómo esta repercute negativamente en el correcto desempeño de la labor parlamentaria, considerando que la probidad y la transparencia son aspectos claves para generar y mejorar los niveles de confianza ciudadana en la Cámara de Diputados.

CONSIDERANDO

1.- Que, la función parlamentaria debe ser desarrollada libre de toda dependencia a drogas y otras sustancias nocivas para la salud, en virtud del principio de probidad y transparencia que rige al Congreso.

2.- Que, se detecta la necesidad de establecer medidas destinadas a asegurar que el principal órgano de representación ciudadana y, particularmente, los diputados estén libres de toda dependencia a drogas y otras sustancias nocivas para la salud que alteren o debiliten su desempeño en el Congreso.

3.- Que, diputados de la UDI presentaron una indicación a la ley de presupuestos para el año 2022, particularmente, a la Partida 02 del Congreso Nacional, Capítulo 02, introduciendo una glosa nueva al Programa 01 correspondiente a la Cámara de Diputados, a fin de controlar el consumo de drogas en parlamentarios, conforme al siguiente texto: “Se destinaran recursos para exámenes de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la Ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, que se realizaran en forma aleatoria y semestral a los Diputados en ejercicio.”. Esta indicación fue aprobada por 108 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones. En consecuencia, se detecta la necesidad de reglamentar el procedimiento de control de consumo de drogas en parlamentarios.

PROYECTO DE LEY

Artículo único: Modificase el Reglamento de la Cámara de Diputados en el siguiente sentido:

Incorpórase un nuevo Reglamento de Control de Consumo de Drogas en Parlamentarios, conforme al siguiente texto:

REGLAMENTO CONTROL DE CONSUMO DE DROGAS EN PARLAMENTARIOS

Artículo 1º.

Para asegurar la eficiencia, la probidad y el correcto desempeño de la función parlamentaria, se realizará a los diputados en ejercicio exámenes de control de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la ley Nº20.000, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.

Artículo 2º.

Los exámenes se efectuarán semestralmente a los diputados seleccionados de manera aleatoria, sin distinción alguna, a través del mecanismo que determine para tal efecto la Comisión de Régimen Interno de la Cámara. De salir elegido, el diputado seleccionado deberá someterse al control de forma obligatoria.

Artículo 3º.

Para efectos de lo previsto en el artículo 1º, se podrán aplicar exámenes de orina y sangre, test de pelo u otras pruebas que los especialistas en la materia determinen.

Artículo 4º.

El diputado seleccionado será notificado por el Secretario de la Cámara o por el funcionario que éste designe, debiendo presentarse en el lugar y hora que se indique para realizar el control. En todo caso, los exámenes se efectuarán en días de actividad legislativa de Sala y Comisiones, dentro de las dos horas siguientes a la selección.

Artículo 5º.

El resultado obtenido será informado al Secretario de la Cámara, quien deberá comunicar por escrito dicho resultado al diputado sometido a control. Si el resultado del examen fuere positivo, el nivel de dependencia o consumo será determinado según los criterios y estándares que disponga la Comisión de Régimen Interno de la Cámara.

Artículo 6º.

Si el diputado seleccionado se negare injustificadamente a la realización del control a que hace referencia el artículo 1º, será sancionado con las medidas que determine la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara.”.

III.- DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO.

Sesión N° 20 de 8 de junio de 2022.

El diputado señor Coloma, coautor de la iniciativa, explica que la iniciativa tiene su fundamento en la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2022, Partida 02 del Congreso Nacional, Capítulo 02, Programa 01, Glosa 07, que dispone: “Se destinarán recursos para exámenes de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la Ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, que se realizarán en forma aleatoria y semestral a los diputados en ejercicio”.

Apunta que, para materializar el contenido de la Glosa indicada, es necesario incorporar normas en el Reglamento de la Cámara de Diputados y Diputadas, lo que lleva a cabo a través de este proyecto.

El artículo 1 indica: “Para asegurar la eficiencia, la probidad y el correcto desempeño de la función parlamentaria, se realizará a los diputados en ejercicio exámenes de control de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la ley Nº 20.000, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.”.

Destaca que los exámenes se efectuarán semestralmente a los diputados seleccionados de manera aleatoria, sin distinción alguna, a través del mecanismo que determine para tal efecto la Comisión de Régimen Interno de la Cámara. De salir elegido, el diputado seleccionado deberá someterse al control de forma obligatoria.

- Complementando la propuesta, el diputado señor Coloma presenta las siguientes indicaciones:

1. Para sustituir en el artículo 1° la frase “se realizará a los diputados” por la siguiente expresión: “se realizará a todos los diputados y diputadas”.

2. Para agregar en el artículo 2°, a continuación de la palabra “diputados” la expresión “y diputadas”.

3. Para sustituir el artículo 3° por el siguiente:

“Para efectos de lo previsto en el artículo 1°, se deberá aplicar el test de pelo.”.

4. Para agregar en el artículo 4°, a continuación de la palabra “diputado”, la expresión: “o diputada”.

5. Para agregar en el artículo 6°, a continuación de la palabra “diputado”, la expresión “o diputada”.

6. Para agregar un nuevo inciso segundo en el artículo 4°:

“Para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso precedente, el control se deberá efectuar en un Instituto de Salud Pública o en un Instituto de Salud reconocido por el Estado.”.

7. Agrégase un nuevo artículo transitorio:

“Artículo transitorio: Para dar cumplimiento a lo aprobado en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2022, y en atención a la imposibilidad de llevar a efecto el examen de drogas durante el primer semestre de dicho año, la Mesa de la Cámara de Diputados implementará el mecanismo para que todos los diputados y diputadas se sometan al examen señalado en la glosa 07, programa 01, capítulo 02, partida 02, en dos oportunidades, antes del 31 de diciembre del presente año.”.

Por su parte, el diputado señor Leonardo Soto comparte la idea de que los parlamentarios no deben tener un tratamiento distinto a las autoridades de la Administración Pública (ministros, subsecretarios, jefes de División) quienes se encuentran sometidas a test de drogas aleatorios.

Da cuenta que en la discusión de la modificación a la Ley N° 20.000 (boletín N° 13588-07, actualmente en segundo trámite constitucional, en el Senado) se dispuso una norma permanente sobre esta materia.

En la especie, la obligación emana de la Ley de Presupuestos del Sector Público que tiene vigencia anual. Observa que se aplica únicamente a diputados y no senadores.

Sobre el procedimiento, apunta a la necesidad de disponer mecanismos transparentes y confiables, y manifiesta su inquietud en torno a que el órgano fiscalizado (Cámara de Diputados) esté a cargo del mecanismo de materialización del proceso, autorregulación, pudiendo ser “un traje a la medida”. Insta a buscar un organismo externo, y ajustar las normas dispuestas para las autoridades de la Administración Pública (por ejemplo, incorpora sorteo ante notario público).

Da cuenta del decreto supremo N° 1215, del año 2006, del Ministerio del Interior, que “Establece normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la Administración del Estado, así como el procedimiento de control de consumo aplicable a las personas que indica, conforme a lo establecido en la Ley N° 18.575”, y de regulación en materia municipal.

A su vez, el diputado señor Ilabaca (Presidente Accidental) expresa que comparte el espíritu de la propuesta bajo la perspectiva de cero tolerancia a las drogas, sin embargo, existen algunos aspectos procedimentales a resolver, por ejemplo, a cuántos diputados (as) se seleccionará aleatoriamente, y cuestiona que –de conformidad al artículo 5- “el nivel de dependencia o consumo será determinado según los criterios y estándares que disponga la Comisión de Régimen Interno de la Cámara.”.

Recogiendo los cuestionamientos, el diputado señor Coloma manifiesta que las indicaciones buscan resolver aspectos que no estaban clarificados adecuadamente, por ejemplo, que el control se deberá efectuar en un Instituto de Salud Pública o en un Instituto de Salud reconocido por el Estado, y pone énfasis en la incorporación de un artículo transitorio que tiene como objetivo cumplir el espíritu de la ley vigente y, por tanto, disponer el procedimiento en dos oportunidades durante el presente año debido a la tardanza en la implementación.

El señor Landeros (Secretario General de la Corporación) observa que la iniciativa va en sentido correcto. La ley N° 20.000 dispone un sistema para altas autoridades de Gobierno, y existe un compromiso institucional de incorporarse en el mismo sentido.

Señala que sería ideal su consagración legal y en norma permanente (podría ser en la Ley N° 20.000) porque en la Ley de Presupuestos del Sector Público dependerá de contar con la aprobación de la glosa anualmente. Sin perjuicio de eso, la disposición a nivel reglamentario también tiene obligatoriedad, al regir las normas internas y, presupuestariamente, existe cierta flexibilidad, considerando que es un procedimiento que no tiene un alto costo.

Puntualiza que debiera ser extensivo a quienes ocupan altos cargos de responsabilidad, entre quienes se incluye.

Destaca el decreto N° 1215, del año 2006, del Ministerio del Interior, “Establece normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la Administración del Estado, así como el procedimiento de control de consumo aplicable a las personas que indica, conforme a lo establecido en la Ley N° 18.575”.

Insta a una tramitación expedita para alcanzar a cumplir con las exigencias antes de que concluya el primer semestre.

Finalmente, concuerda con la fórmula utilizada por la iniciativa en tanto trata este problema como una enfermedad.

Seguidamente, el diputado señor Sáez pregunta cuales serían las eventuales sanciones, y expresa su inquietud en torno a que sea la Comisión de Régimen Interno la que determine si hay o no dependencia.

El diputado señor Leiva comparte el fondo de la iniciativa, secunda la idea de que el decreto N° 1215 sería el adecuado de aplicar, normativa que tiene su origen en el artículo 55 bis de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

“No podrá desempeñar las funciones de Subsecretario, jefe superior de servicio ni directivo superior de un órgano u organismo de la Administración del Estado, hasta el grado de jefe de división o su equivalente, el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.

Para asumir alguno de esos cargos, el interesado deberá prestar una declaración jurada que acredite que no se encuentra afecto a esta causal de inhabilidad.”

Se encuentra norma espejo en el inciso final del artículo 73 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades:

“No podrá ser alcalde ni concejal el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.”.

De todas formas, señala que habría que ajustar aquello que no fuera aplicable, por ejemplo, el tipo de sanciones que dispone y, contener, particularmente, la mención a la reserva y resguardo de la dignidad e intimidad, observando las prescripciones de la Ley N° 19.628, sobre Protección de los Datos de Carácter Personal, ya que debe ser tratada como una enfermedad.

A continuación, el diputado señor Winter cuestiona que la iniciativa en comento no previene el consumo de drogas ni dispone consecuencias (por ende, no constituye un desincentivo), entrometiéndose en la privacidad de los parlamentarios; los resultados de los exámenes solo demuestran consumo (no dependencia), y se deja a una instancia política -Comisión de Régimen Interno- determinar el nivel de dependencia, de carácter técnico.

Seguidamente, reflexiona en torno a la idea de que no sería posible homologar las normas de los funcionarios públicos a los parlamentarios, pues, en las elecciones populares subyace la idea de que los representantes populares son heterogéneos (e incluso contradictorios entre sí) tal como los ciudadanos a los que representan, base del sistema democrático que rige.

Un segundo aspecto que rebate es que la propuesta se fundamenta en el supuesto de que bajo la dependencia de las drogas se legislaría mal, lo que, a su juicio, sería arbitrario, pues, también podría legislar deficientemente quién no durmiera toda la noche o suspendiera el tratamiento de ciertos medicamentos.

Por último, diverge del supuesto conflicto de interés que se esboza entre dependencia de drogas y legislar normativa relacionada sobre la materia, por ejemplo, narcotráfico.

La diputada señora Flores expresa discrepar de cada uno de los argumentos esgrimidos por quien la antecede, no hay evidencia que sustente sus afirmaciones; no es lo mismo dormir poco que consumir drogas.

Resalta que existe una norma vigente –aunque no debió ser incorporada a través de la Ley de Presupuestos, que es de carácter anual- que obliga a materializar estos procedimientos, hay que cumplirla. Enfatiza que se debe partir dando el ejemplo, y evitar cualquier conflicto de interés con el narcotráfico y crimen organizado.

Recogiendo los diversos planteamientos, el diputado señor Ilabaca (Presidente Accidental) propone manifestarle a la Presidenta titular la voluntad de los presentes de incorporar este tema en la tabla ordinaria de la próxima semana, para darle un tratamiento adecuado.

Finalmente, el diputado señor Coloma hace hincapié que la Cámara de Diputados está 15 años tarde comparado con las altas autoridades públicas del país. Cuestiona lo dicho en torno a equiparar el insomnio con el consumo de drogas.

Finalmente, el señor Landeros (Secretario General de la Corporación) compromete el envío de propuesta que permita ajustar el decreto N° 1215 mencionado, dictar una norma transitoria y corregir la referencia a diputados “en ejercicio”, entre otros aspectos.

Sesión N° 21 de 14 de junio de 2022.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión), procede a dar inicio al orden del día, con la discusión del primer proyecto en tabla, respecto del cuál se ha invitado al señor Secretario General de la Cámara de Diputadas y Diputados, como también al señor Director Nacional de SENDA.

Para dar inicio al debate, ofrece la palabra al diputado Coloma, y espera que se haga un reconocimiento público de la puesta en tabla del boletín, el que reafirma que estaba en la tabla de la semana pasada, a pesar de las declaraciones en prensa del autor, por lo que espera las disculpas públicas.

El diputado señor Ilabaca, solicitando un punto de reglamento, y a modo de sugerencia, se inicie con la presentación de la propuesta que hiciere el Secretario General, ya que en la sesión pasada el diputado Coloma ya expuso sobre el proyecto en cuestión y lo que se acordó ahí fue justamente solicitarle a la Secretaria General la generación de una propuesta que complementara el proyecto con lo ya regulado en el decreto supremo N° 1215.

La Presidenta de la Comisión agradece la sugerencia, pero indica que el diputado Coloma le ha pedido intervenir, por lo que nuevamente le ofrece la palabra, sin antes indicar que el proyecto de ley no ha sufrido de dilaciones, ya que la semana pasada sí fue puesto en tabla, por lo que espera las disculpas del diputado Coloma, luego de que por distintos medios de prensa indicara lo contrario.

El diputado señor Coloma, agradece a la Presidenta, y le manifiesta una duda procedimental. En particular, solicita el pronunciamiento de Secretaria respecto de la posibilidad de tomar el acuerdo para que el texto que hoy propone el señor Landeros (Secretario General) sea tomado como el texto base del proyecto, de forma tal de poder ingresar las indicaciones a dicho articulado propuesto, ya que de otra manera no se podría, toda vez que esta prohibido realizar indicaciones sobre indicaciones.

En segundo lugar, respecto al artículo 4, indica que el test será obligatorio dentro de su periodo legislativo y no dentro de casa año calendario. La idea es que se realice todos los años a todos los diputados. Al respecto, solicita poder modificarlo para que se mantenga a anualidad.

Por último, de la propuesta del señor Secretario se lee que el primer sorteo será el 30 de junio, fecha próxima que no se alcanzará a cumplir, ya que en el mejor de los casos el proyecto será recién aprobado en Sala el 29 de junio, por lo que solicita modificarla para aplazarla.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) entiende que se le solicitó una propuesta a Secretaría justamente pensando en considerarla como texto basal, de forma tal de poder ingresarle a dicho nuevo texto la sindicaciones.

Indica que existe toda la disposición para despachar este mes el proyecto, pero hay que darse bien los tiempos, de al menos una semana, para poder hacer las cosas bien y poder formular las indicaciones, se pueda tramitar y agregar los transitorios necesarios para poder darle viabilidad al proyecto lo antes posible.

La diputada señora Jiles indica que, aunque le parece bien la moción de orden que propone la Presidenta, solicita clarificar una cosa antes de escuchar la propuesta del señor Secretario.

Ella entiende otra cosa del acuerdo de la semana pasada, en la que no se encontraba presente, pero que no sería exactamente como lo ha señalado la Presidenta. Al respecto, le parece muy importante que las indicaciones que presenten los parlamentarios tengan la misma entidad o calificación jurídica que la propuesta del Secretario General.

El problema es que, como no se puede hacer indicación sobre indicación, y al dar el acuerdo para que la propuesta sea la base del proyecto, seguirá siendo, en su naturaleza, una indicación. Al respecto, consulta cuales serían las consecuencias legislativas de aquello, por ejemplo, en materia de renovación de indicaciones en Sala, y si podría significar que deja amarrado, por ejemplo, plazo o algunas situaciones con las que está en desacuerdo y, por ser en su naturaleza una indicación, no puedan luego rebatirse en Sala.

En ese supuesto, cree que existen tres vías: la primera, sería que ingresara solo como indicaciones suscritas por algún parlamentario; la segunda sería aprobarlo por unanimidad como un texto basal; y una tercera vía sería realizar un trabajo pre legislativo a la base de la propuesta del señor Secretario General, y cuando exista conformidad unánime con el texto, tomar recién el acuerdo de que sea el texto basal del proyecto.

La Presidenta de la Comisión aclara que, la base del proyecto sería la propuesta de la Secretaria General, pero aquello no significa, en ningún caso, amarra el proyecto a plazos o hacer distinciones en su tratativa en Sala. Siendo así, las indicaciones podrán hacerse al texto basal.

El señor Miguel Landeros, Secretario General de la Cámara de Diputadas y Diputados, explica que todos los proyectos de modificación de reglamento tienen dos tipos de discusiones, a saber: la discusión general y la discusión en particular.

En la discusión en general, se aprueba un texto base, mientras que en la discusión en particular se introducen las modificaciones a través de indicaciones, y para aquello hay que fijar un plazo. De no fijar dicho plazo, puede pasar que aquel diputado que tenga una idea distinta a la aprobada por la Comisión, luego no pueda reponer su indicación en Sala.

Lo que ha hecho la Secretaría General es tomar el texto base de los mocionantes, agregándole los elementos del decreto supremo N°1215 que eran atingentes a la idea matriz del proyecto. Lo óptimo, para una tramitación ordenada, sería tomar el acuerdo por unanimidad de considerar como texto basal la propuesta que les hace, y sobre la misma aceptar el ingreso de indicaciones. Esto sería importante pues, por ejemplo, si la Comisión entendiese que los resultados de los test serán con reserva, luego en la Sala aquella indicación que proponía eliminar la reserva, pero que fue rechazada en su discusión en particular, podrá ser discutida nuevamente es esa instancia, siendo la Sala la soberana para resolver sobre el reglamento.

Al respecto, informa que ya existe el acuerdo en la Sala de votarlo, con los tiempos acotados y todo lo relacionado, para lograr despacharlo en la última semana de junio, de forma tal de zanjar los plazos que la misma Cámara de Diputados fijo en la ley de presupuestos.

Dicho aquello, después podrán los y las parlamentarias tener divergencias de cuál será el organismo interno de control, o cuáles serán los plazos que deben haber, etc. Y como todo proyecto de ley, seguirá su trámite en la Comisión y en la Sala.

El diputado señor Soto, indica que la sesión pasada propuso utilizar un reglamento similar que ya existe, que es justamente el reglamento del Ministerio del Interior del decreto supremo N° 1215 del año 2006 que “Establece normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la administración del Estado”, aplicable a todos los funcionarios públicos desde hace 15 años, de forma tal de que no estemos construyendo un traje a la medida para las y los diputados, y se nos apliquen las mismas reglas que al resto del aparato público.

Entiende que el trabajo de la Secretaría General se base en aquello, y sería muy oportuno escuchar al Director Nacional de Senda, para que se pronuncie al respecto, de forma tal que esta Comisión pueda seguir las recomendaciones que dicho organismo, que tiene la experiencia necesaria, nos formule.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) solicita a Secretaría pronunciarse sobre el tenor del acuerdo adoptado en la sesión pasada.

El Abogado Secretario de la Comisión, señor Patricio Velasquez, indica que el acuerdo adoptado en la última sesión fue, luego de la presentación del proyecto y de la exposición del Secretario General, que hizo mención al decreto supremo N°1215 y que rige desde hace varios años, y contando además con el acuerdo el mocionante, encomendar a la Secretaría General estudiar y proponer modificaciones al proyecto que adapten el texto a la regulación ya existente, y que rige para todos los funcionarios del Estado.

Siendo así, la Presidenta de la Comisión, entiende que la Secretaría General ha dado cumplimiento al mandato otorgado por esta Comisión, y solicita el acuerdo para considerar dicho texto como el basal del boletín en discusión, y sobre el mismo poder introducir las indicaciones pertinentes.

- Se acuerda por unanimidad.

Acto seguido, le otorgue la palabra al Secretario General.

El señor Miguel Landeros (Secretario General) refiere haber elaborado un texto que recoge la idea base de los mocionantes, haciéndolo concordar con los aspectos que la moción no regulaba y que están presentes en el texto del decreto supremo N° 1215, y que rige para toda la administración.

Indica que el texto que se propone, por ahora, sólo regiría para los y las parlamentarias, pero hace presente que, aunque la Secretaría no estaba mandatada para aquello, cree que debería hacerse extensiva también para los más altos cargos de la Cámara de Diputadas y Diputados, ya que haciendo una comparación con la Administración Pública, serían del mismo rango que los jefes de servicio.

El texto propuesto crea un procedimiento que tiene por objeto las siguientes cosas fundamentales: primero, resguarda la indemnidad de los parlamentarios en su condición de personas; crear un sistema de imparcialidad del control y confiablidad en los resultados, a través de los mecanismos que creen que son los apropiados; y tercer lugar establecer un procedimiento aleatorio que permita que durante el año un número importante y significativo de esta cámara, a raíz del 25% por año, pueda estar sujeto al test de droga que se propone, y que al cabo de los 4 años que dura el periodo legislativo, toda la Cámara pueda habérselo realizado.

El procedimiento seguiría siendo mediante sorteos sucesivos durante todos los semestres, lo que implica que al menos una vez al semestre, a todos los parlamentarios que lo son hoy en día, les va a tocar una prueba.

¿Cuál es la prueba o test? Los mocionantes propone varios, los que mantuvieron, y serán determinados por los Comités Parlamentarios sobre la base de los antecedentes técnicos de que se dispongan. Hoy en día, el utilizado en el sistema de Administración de Estado es el test de orina, pero aquello no obsta a que nosotros podamos establecer otro.

Lo segundo, es que hay que establecer que es lo que se busca con estos exámenes, porque aquí el espectro es muy amplio. Ustedes saben que del resultado de estos test no solo se detectan sustancias como drogas o psicotrópicos, sino también otras sustancias que pueden ser complejas en su aparición en la muestra, no porque signifiquen una adicción, sino porque puede llevar a un mal entendido acerca de qué es lo que se está buscando. A modo de ejemplo, están las anfetaminas y una serie de otras cosas.

Siendo así, hay que ser muy específicos cuando se licite el laboratorio respectivo.

Para ese sentido, la propuesta solo aborda las sustancias o drogas calificadas como prohibidas en el decreto supremo N° 565 del Ministerio de Justicia, y existe una normativa de salud que hay que buscar para complementarlo (decreto supremo N° 404 del Ministerio de Salud).

Por lo tanto, en algunos casos, sobre todo en el artículo 2°, cuando se habla de toma de muestras y lo relacionado, se realiza una remisión al reglamento de dicho decreto supremo, y así nos evitamos repetirlo en nuestro Reglamento, por considerarlo inoficioso. Además, así entregamos un criterio uniforme, es decir, lo mismo que se aplica a los demás funcionarios de la Administración del Estado, se aplique a nosotros.

En segundo lugar, creen que la Cámara debe hacerse cargo de un elemento no regulado. Se otorga al órgano de Régimen de Administración, la potestad de que haga política de prevención.

En reglamento del decreto supremo 1215, del 2006, se refiere en extenso a la prevención, que es a toda la comunidad, y debe estar enfocada a todo el personal, para que nos enseñe las consecuencias del uso de drogas, ya que todos somos personas que viven en estrés permanente, siendo una de las cosas que gatillan el consumo de drogas, y no todos la manejamos de la misma forma.

De tal forma, creen que el día de mañana, con un convenio de asesoría con el Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes, puedan tener una buena política de prevención.

Tanto la moción, como la propuesta de la Secretaría General, no son sancionatorias en sí. Lo que hace es establecer un procedimiento de control, de forma tal de saber quiénes estén en esa situación de consumo.

En ese sentido, la propuesta es que todos los diputados y diputadas deban someterse a la fiscalización, de forma semestral, para evitar el consumo de sustancias prohibidas.

El procedimiento tendrá que comprenderlos a todos, sin excepción, y de manera aleatoria por semestres. La idea es que, en los cuatro años, todos se sometan al muestreo por sorteo, y dicho sorteo deberá asegurar que le toque, al menos, una vez, durante dicho periodo.

Ese sorteo no será ante toda la Cámara, para evitar que se convierta en un circo, por lo que se propone hacerlo en reunión de jefes de comité especialmente convocada al efecto, estableciendo como fecha tope el primer controla al 30 de junio y el segundo al 31 de diciembre de todos los años. En la práctica, en el último periodo legislativo será menos de un semestre, sólo 4 meses, ya que en enero y febrero no se testeará porque deberá hacerse el control a la primera Cámara del 2026, la que será solo por 3 meses y medio.

El control, al igual que en la Administración Pública, deberá hacerse forma reservada, debiendo para aquello resguardar la identidad de quienes se someten a la ley, en virtud de lo dispuesto además por la normativa vigente en la materia, a saber: la Ley de Protección de Datos, N° 19.628 y leyes de reserva, datos sensibles, en materia médico, que rigen a todos. La idea es que, si un parlamentario indica que tiene una enfermedad “tal”, eso no puede salir a la luz pública.

La idea es que la Comisión de Régimen Interno, oyendo al CONASE (se refiere al Senda [1]), pueda establecer cuál es el método más idóneo para hacer el examen (artículo 5°). Como el reglamento de los funcionarios públicos establece orina, se ha propuesto que puedan ser otros.

Dichos controles deben ser realizados por un laboratorio, cuyo funcionamiento debe estar debidamente autorizado, y mediante licitación. Esta licitación, indica la propuesta, deberá ser cada 4 años, pero puede ser por menos. La idea es adjudicar la relación entre el laboratorio y la Cámara a algún funcionario del área de la salud, ojalá médico, teniendo una serie de responsabilidades para hacer un buen control, siempre con el deber de guardar reserva y construir la base de datos.

Existe una serie de requisitos, porque cuando se hace control o los test, el laboratorio mandará un informe con distintas características, donde indica la metodología, la contramuestra, etc… lo que no está especificado en el proyecto, ya que son normativa propia de los laboratorios, como su cadena de custodia, bajo qué tipo de test de realiza, la factibilidad de que otro laboratorio analice la contramuestra.

El laboratorio lo debe entregar al funcionario, y a su vez ese funcionario entregará un informe detallado.

Por último, todos los que tengan conocimiento del contenido de dicho informe, deberán guardar reserva del mismo, y señalar el tiempo de dicha reserva. Si una persona se niega injustificadamente, y tal como ocurre en la Administración del Estado, se enviará los antecedentes a la Comisión de Ética para que pueda aplicarle alguna de las medidas disciplinarias del art. 347.

Finalmente, y como bien lo ha dicho la Presidenta, existe un artículo transitorio para el año 2022, y que permitiría hacer la contratación directa de servicios de laboratorios, siendo los controles el 31 de julio y el segundo el 31 de diciembre del 2022.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión), indica que hay varios elementos que resolver, ya que la propuesta deja abierta los puntos de debate relacionados a los objetivos. Al respecto, hay cosas que se definen a raíz de los objetivos, y tenemos que aclararlos.

El señor Roberto de Petris (Director(s) del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o Senda), agradece la invitación que le hiciere la Comisión, e indica que tienen mucho que aportar, por el dominio técnico que tienen desde hace mucho tiempo del decreto supremo N°1215.

Refiere que en primer lugar se realiza una licitación anual a laboratorios, poniendo a su disposición los exámenes de orina, donde se detectan las siguientes sustancias: marihuana, cocaína, anfetamina y opiáceos.

En la licitación del 2021, la licitación fue por 40 millones de pesos, alcanzando a llegar a 500 exámenes para los funcionarios de la alta dirección pública, con un costo aproximado por persona de $81.000.

Una vez que el laboratorio es contratado, Senda coordina con las distintas autoridades designadas de los servicios públicos, velando siempre por la confidencialidad de los datos personales y la confianza en los resultados.

Indica que siempre hay que tener en vista la imprevisibilidad, ya que, al ser exámenes de orina, existe siempre un rango en que el examen detecta el tipo de sustancia, y por ende, las contrapartes deben velar que las personas que se someterán al examen no lo sepan más allá de dos horas antes del muestreo.

Cree importante hacer énfasis en esto último, ya que la idea del examen es detectar la dependencia, y no un consumo que pueda que no sea habitual.

Finalmente, hace presente que el objetivo del decreto N° 1215 se enmarca dentro del paragua de la probidad de los funcionarios público, y al detectar esta dependencia a sustancias ilegales es someter a tratamiento a las y los funcionarios. Siendo así, una vez que es detectada la sustancias, y validada por la contramuestra, el jefe superior de servicio pone a disposición del funcionario un tratamiento de rehabilitación.

Es importante indicar que el tratamiento es voluntario, no puede ser sometido a la fuerza, pero que las consecuencias a su negativa o al nulo resultado del tratamiento es la desvinculación del cargo. Sea por incompatibilidad del cargo con la salud o no seguir instrucciones en orden a la solución del consumo problemático.

Quedan a disposición de las consultas que se puedan dar.

El diputado señor Coloma, pregunta a Senda que se realizan exámenes de orina, y quiere saber cuánto es el tiempo hacia atrás el de orina y el de pelo, y si ambos pueden permitir encontrar las 4 sustancias mencionadas.

El señor Petris (Senda) indica que el de orina se aplica por expresa mandato del decreto, y el de orina es menos invasivo. Es decir, no se aplica examen de sangre, ya que clínicamente se consideran de uso médico y en urgencia o pericial.

Ahora, el de orina detecta las sustancias de cocaína, pasta base, crack y anfetaminas en un rango de 24 a 72 horas, y en caso de marihuana puede ser más, llegando a un par de semanas.

La diputada señora Jiles hace un recordatorio de las palabras del diputado Soto, donde sugirió, al inicio del debate, tomar de base la legislación vigente para todos los funcionarios públicos. En ese sentido, pregunta al Secretario General el por qué insiste tanto en la reserva, punto que a su entender guarda relación directa con el punto planteado por la Presidenta de la Comisión, sobre la necesidad o no de establecer objetivos.

A su entender, no es imprescindible establecer en detalle objetivos, pero lo que se trata de hacer en que se conozca lo que hasta el momento no se conoce, que es saber que parlamentarios se drogan.

De ahí, que le llame la atención la insistencia en la propuesta de la Secretaría General de establecer el principio de reserva en todo el proceso.

En el mismo sentido, entiende que los parlamentarios tienen una situación privilegiada en comparación a toda la administración pública, por investir un cargo irrenunciable, y por tal no estar en principio afectos tampoco a la figura de la destitución del cargo.

Con todo, quiere llama la atención a la Comisión que la legislación referida indica que su incumplimiento se sanciona con la medida disciplinaria de destitución del infractor.

Considerando aquello, se pregunta cuál sería la sanción en la propuesta, ya que hasta el momento no se podría destituir al diputado o diputada.

Por último, abunda en examen de orina. ¿Para qué hacer un examen donde el diputado o diputada drogadicto queda limpio en 24 horas? A su entender, es un contrasentido y un insulto a la inteligencia, siendo evidente que en este caso no puede ser un examen de orina.

Al respecto, solicita también al Secretario General clarificar, ya que su propuesta no se refiere a un examen específico, pero cuando lo explicó hablo de orina. Entonces, quiere saber posición.

El diputado señor Soto, realiza preguntas dirigidas a ambos invitados.

Primero, respecto de la obligación legal de someter a los diputados al examen, refiere que el año antepasado se aprobó modificaciones a la ley N° 20.000 donde se aprobó el mismo examen, está en Senado y aun no avanza.

Ahora, me dicen que este proyecto, emana de una modificación a la ley de presupuesto, la que tiene vigencia por un año.

Siendo así, si la obligación que hoy se materializa, tiene una vigencia de un año, ¿por qué la propuesta se plantea por 4 años?

Respecto de los objetivos, se ha abierto el debate fuera de micrófono de forma bien sensata. El consumo de marihuana, e imagina también de otras drogas, si no es punible hoy en día, porque se obliga ahora a realizar un control respecto de ella. Lo compara con el consumo de alcohol, el que tampoco es punible, y respecto del cual tampoco se podría obligar a alguien a realizar el control respectivo.

En otras palabras, pregunta si no debiera haber un reproche definido en el proyecto, o más bien que sus objetivos estuvieran claros y expresados en la propuesta, para saber qué es lo que se busca con este control de drogas.

Al respecto, si se busca prevenir que los diputados ejerzan su función bajo los efectos de sustancias psicotrópicas, en la administración pública y en áreas como las mineras, lo que se hacen son exámenes al ingreso y al egreso.

De otra forma, si se quiere evitar el vínculo con el narcotráfico, donde además entiende que los propios narcotraficantes no son consumidores de drogas (si no les iría bastante mal en su negocio), no tendría sentido alguno la forma en que se está legislando este proyecto.

Por eso, quiere saber a qué se refieren con los objetivos del procedimiento, porque asociado a los mismos están las sanciones, las que no quedan tan clara.

La Presidenta de la Comisión, a modo de moción de orden, propone destinar al menos 30 minutos más el debate del proyecto, ya que se cumplió su hora reglamentaria, y hay pedida tres palabras más, para luego dar lugar a las respuestas.

Además, es necesario determinar un plazo para indicaciones, el que cree que debería ser hasta la próxima semana, de tal forma de proceder en la próxima sesión a votarlo en particular y en general.

Al respecto, se dio un debate entre la diputada Jiles y Cariola (Presidenta de la Comisión) respecto a la citación. La señora diputada Jiles afirmaba que la citación consideraba votarlo en general hoy, y la Presidenta corroboró que no era así, y que las citaciones se envían por escrito.

Por último, la diputada Jiles hizo presente que habría sido el señor abogado ayudante quien le habría comunicado que si se votaría, por lo que solicita a la Presidenta dar instrucciones de orden a la Secretaría de la Comisión.

El diputado señor Sánchez solicita aclarar la fecha de votación, ya que la próxima semana es distrital, y la próxima sesión es mañana. Siendo así, cree que lo que quería proponer la Presidenta sería votarlo en general y particular en la sesión del martes 28 de junio.

Si es así, refiere ser un enemigo de legislar en cortos tiempos, porque cualquier error los puede dejar complicados, porque pretender hacer todo en dos días es complejo. Solicitando que se tome en consideración aquello.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) indica que efectivamente se refiere a aquello, es decir, que la votación en general y particular se realice el próximo martes 28 de junio, y que en el intertanto se hagan llegar las indicaciones.

El diputado señor Ilabaca, indica que, considerando el artículo transitorio de la propuesta, que modifica la primera muestra para el 31 de julio, refiere no tener problema de plazos. Con todo, sí le complica lo que es un tema señales, porque están las condiciones ahora para votarlo en general, y de esa forma establecer el plazo de indicaciones de vuelta de la semana distrital.

La diputada señorita Cariola indica que ha realizado esta moción de orden porque el tiempo apremia.

En estricto sentido, la sesión de hoy está convocada para dar inicio a la discusión. Ahora, durante el debate, ha salido una nueva propuesta para que votemos en general el proyecto, y personalmente no tiene problema, pero están recién escuchando las audiencias, y ahora mismo tenemos pendiente tres solicitudes de palabra para los invitados presentes y falta escuchar sus respuestas.

Considerando lo anterior, y que además hay otro punto en la tabla.

Para cumplir con todo, cree que lo más adecuado es votarlo en general y particular en la sesión del 28 de junio, y las indicaciones se pueden realizar sin necesidad de votarlo en general, ya que se acordó tomar como texto base la propuesta de la Secretaría General, lo que además en una señal clara de que vamos a aprobar el proyecto.

En relación a lo indicado por el diputado Sánchez, si el proyecto se votara en la sesión de comisión de mañana, probablemente no habría tiempo para presentar indicaciones, pero por eso mismo está dando una semana completa, y así poder votar con más tranquilidad el proyecto el día martes 28, para que al día siguiente este en la tabla de la Sala.

Dice lo anterior para que nadie después el acuse de delación, lo que refiere se ha transformado en una tradición (mirando al diputado Coloma).

Siendo así, cree que su propuesta permite darle la mejor tramitación al proyecto, cumpliendo con los plazos y entregando los espacios suficientes para su debate.

La diputada señora Jiles cree prudente realizar la votación inmediatamente, adelantando el proceso legislativo.

El diputado señor Soto indica que la moción de orden propuesta por la Presidenta es sensata, porque le permite discutir el proyecto con un poco más de tiempo, sobre todo cuando es una materia tan novedosa como la que se propone, especialmente cuando se cuenta con la presencia del organismo técnico que tiene la mayor experiencia en la aplicación de los controles de droga, y al que quiere escuchar.

Es absurdo votar algo sin siquiera conocer bien el tema, y existen varias palabras solicitadas que han pedido claridad sobre varias áreas, y deben darse los espacios para aclararlas.

Siendo así, estarían en condiciones de votarlo en general y particular la próxima sesión.

Para cerrar el debate sobre el punto, la diputada señorita Cariola (Presidenta) indica haber dos propuestas sobre la mesa, a saber, votarlo en general en la sesión de hoy y en particular la próxima sesión del 28 de junio, o bien dejar ambas votaciones para esa última fecha. Al respecto, entiende que para votarlo en general ahora, se requiere la unanimidad de la Comisión, y de no existir el acuerdo se sumaría a la propuesta de que la próxima semana se votará en general y particular.

Pregunta si hay unanimidad para votarlo ahora, y no la hay.

Siendo así, somete a votación la propuesta de votarlo en general y particular para la próxima sesión del martes 28 de junio y hasta total despacho.

- Se acuerda por unanimidad.

El diputado señor Longton, volviendo al punto anterior, manifiesta tener duda en atención a lo indicado Soto y Jiles sobre las sanciones.

Pareciera ser que, combinando la Ley de Datos Personales, uno entendería que se va a tener conocimiento respecto del resultado del examen, pero a la vez se incorpora a la Comisión de Ética, y cuando esta comisión sanciona a un parlamentario, aquella sanción y su resolución se da a conocer en la Sala y es público, y por tal el deber de reserva, de alguna forma, sería vulnerado cuando dicha comisión aplicara una sanción.

El decreto Ley N° 1215, en su artículo 55 bis, establece que no pueden seguir en sus funciones los jefes de servicios y otras autoridades, entonces también se genera duda sobre su aplicabilidad al caso de los parlamentarios.

Por otro lado, el Director de Senda hablaba de la distinción entre dependencia y consumo. Al respecto, si se hacen exámenes aleatorios y un parlamentario sale positivo, no tendrían como comprobar si existe dependencia o consumo, porque le saldrá sólo una vez positivo en todo su periodo legislativo.

Siendo así, uno entendería que el diputado o diputada que marco positivo en su examen debería estar sujeto a controles posteriores dentro de un periodo racionable, para determinar si estamos frente a un consumidor o a un dependiente de drogas.

De no hacerlo así, ¿qué sentido tendría que el parlamentario de positivo o no? ¿ser sancionado por la Comisión de Ética y que aquella sea pública? ¿qué sigue para adelante?

La ley vigente lo resuelve, en el caso del funcionario dependiente, con la desvinculación. Siendo así, en el caso que un parlamentario de positivo en el primer examen, y vuelva a dar positivo en el segundo, cree que la sanción ya no puede ser sólo la que da la Comisión de ética, porque es solamente monetaria, y si lo que se quiere prevenir es que el parlamentario con dependencia no siga ejerciendo su función, debería haber de por medio un tratamiento de rehabilitación.

Si no cumple con su tratamiento, y sigue marcando positivo a los test de drogas, quiere decir que no está apto para el cargo.

Todo esto, no puede hacerse con solo un examen, y menos fijar su dependencia o habitualidad en el consumo.

El señor Landeros (Secretario General), solicita contestar primero, de forma tal de poder contestar preguntas futuras.

La reserva es únicamente porque en el reglamento que rige a los funcionarios del Estado se establece expresamente, y el mandato de ésta Comisión fue realizar una propuesta con todo aquello que el proyecto de ley difiera o no considere de dicho reglamento.

El examen se deja abierto, porque el test que se hace en la Administración Pública, es de orina. El test de pelo y sangre, que con invasivos, son voluntarios, ya que la Constitución establece la inviolabilidad de la integridad física y psíquica de las personas.

El sabe que la Constitución, para algunos, dice muchas cosas, pero en este aspecto, en cuanto al derecho de privacidad, es súper clara, e incluso la propuesta de nueva Constitución dice lo mismo, por lo que ir contra aquello ocasionará un problema legislativo mayor.

En cuanto a la sanción de destitución, indica estar en conocimiento de que lo aprobado por la Cámara de Diputados en el proyecto de ley que modifica la Ley N° 20.000 es impracticable, porque los requisitos para ser parlamentario y la cesación en el cargo no están en las leyes, está en la Constitución, y se sitúa en la Carta Fundamental justamente para proteger la función parlamentaria, la que muchas veces es maltratada por nosotros mismos.

Si la destitución quieren colocarla en el Reglamento, van a tener problemas. El consumo de drogas no está penado en la ley, lo que sí está penada es el tráfico de estupefacientes, y por tanto si quieren que un parlamentario consumidor sea destituido, deben modificar la Constitución.

En el caso del artículo 55 bis, nombrado por el diputado Longton, ahí se refiere a las inhabilidades para el ejercicio de distintos cargos de la Administración Pública, pero aquello no aplica al Congreso Nacional.

Lo que la propuesta de proyecto hace es dejar a nivel reglamentario el procedimiento de control de consumo de drogas, derivando las sanciones reglamentarias a las ya existentes, con las recomendaciones del organismo técnico más especializado que existe, que es Senda.

Reitera que, si lo que si quiere es la destitución, debe ser materia de otra iniciativa de reforma constitucional, de forma tal que los habilite para que, de constatar el consumo de droga, puedan recurrir al Tribunal Constitucional para solicitar la destitución.

Estas dependencias también se pueden ver en otros aspectos, como en las personas que consumen habitualmente alcohol, o los ludópatas, siendo necesario tener claridad respecto de lo que se está protegiendo, e ir mucho más allá.

Al respecto, tenemos el tema de las campañas políticas, las aperturas de cuentas corrientes de parlamentarios para saber de dónde vienen sus recursos de campañas, y siendo así, tratando de precaver una situación podrán llegar al infinito.

Ahora bien, sobre la vigencia. Todos los que están aquí aprobaron la ley de presupuesto, así que no le reclamen a la Secretaría algo en lo que aquella no tiene injerencia.

Como esto es una política permanente, la propuesta es establecerla de esa misma forma en el reglamento, de forma tal que dure cuatro años y darle cierta permanencia. Después se verá, y en esto tiene razón el diputado Longton, cuando la Comisión de Régimen Interno se regule las políticas de prevención, en que se tendrá que regular qué pasa si un diputado sale positivo y si será necesario hacerse más exámenes.

Por último, lo que se sancionará por la Comisión de Ética no es el resultado del examen, sino más bien el caso en que un diputado o diputada se niegue injustificadamente a participar en el procedimiento de control, aplicando las sanciones de llamado al orden, censura, etc.

El señor Petris Mayol (Director de Senda), ratifica gran parte de lo indicado por el señor Secretario General, y agrega que siendo coherente con el análisis jurídico que se plantea en la Comisión, no existe un símil del artículo 55 bis de la ley 18.525 con el caso de la destitución de parlamentarios.

La aplicación de estas reglas se ha incorporado paulatinamente a más poderes del Estado, como el Poder Judicial, que lo ha hecho modificando el Código Orgánico de Tribunales, y siendo coherente con aquello, para hacerlo aplicable a Congresistas, debería ser mediante una norma de rango constitucional.

En cuanto a la reserva, hay una cuestión ideológica. En el caso de los funcionarios, esa reserva implica tratar esta información de la misma forma en que se trata una ficha clínica, porque es justamente un dato sensible de salud.

Recuerda que cuando se habla de funcionarios públicos sin jefatura inmediata, a los cuales la ley expresamente indica una prohibición de dependencia, se autoriza a levantar esa reserva al superior, quien debe velar por el cumplimiento de ese mandato legal.

Por último, existe una instancia donde un positivo se le hacen contramuestras y un diagnóstico para conocer si hay o no dependencia, para poner a su disposición un tratamiento de rehabilitación. Las consecuencias de negarse a dicho tratamiento, o de una rehabilitación abandonada, puede acarrear la destitución.

El diputado señor Alessandri, y sobre los comentarios del diputado Soto y otros, sobre lo que no es punible el consumo de drogas, cree que el estatuto del parlamentario es otro, de mayor transparencia para el ciudadano que va a ejercer su voto y tendrá que elegir a su candidato o candidata.

Al respecto, no es punible tener derechos de agua, pero tenemos que declararlo. Lo mismo con la transparencia que se exige de dar a conocer los montos de los contratos de nuestro personal de apoyo, donde en internet aparece quién es, cuanto le pagamos y qué funciones cumple.

La idea es que la gente que nos elige, tenga la mayor cantidad de información, más allá de enredarse de si se trata de una ficha médica o del deber de reserva. La ciudadanía requiere este tipo de información, aparte de su declaración de patrimonio e intereses, de su asistencia a sala, de la forma en que votan, etc.

Cree que el examen de pelo es mejor, ya que se ve con más tiempo hacia atrás, y más importante de que si la Comisión de Ética sancionará o no, es pensar en entregarle más información al ciudadano.

El diputado señor Calisto, en primer lugar, valora el debate que se ha formado y espera también un debate más a fondo. Entiende el populismo del proyecto, pero hay que ser rigurosos respeto del mecanismo con el que se verificará el consumo de drogas y el tipo de examen que se utiliza. Hay exámenes de droga realizados por automovilistas donde se arrojan más de 20 drogas y también dan cuenta de enfermedades asociadas a los medicamentos que toman las personas, los cuales pueden arrojar un test positivo de drogas.

Respecto de eso último, manifiesta como positivo poder conocer la opinión de algún especialista para saber si alguien, por ejemplo, toma ibuprofeno, relajantes musculares, antigripales, pueden marcar positivo.

Ergo, reitera que es partidario de la transparencia, pero deben ser rigurosos del tipo de examen que se realizará y del cómo se abordará esta situación, porque no es partidario de hacerle escaño público a un diputado que en su primer examen marque positivo. Si alguien presenta un consumo problemático de drogas, entonces deberá abordarse como lo que es, una enfermedad.

Quizás no es tan popular lo que dice, pero todos son aquí seres humanos y hay que ser realistas y criteriosos al abordar una situación tan compleja como esta.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión), quiere aportar a la reflexión, antes de continuar con las palabras.

Más que una duda, quisiera indicar que el diputado Calisto da en el punto del debate, y por aquello hacia tanto hincapié en los objetivos del control de drogas, los que ciertamente son distintos.

La diputada Jiles proclamaba que el suyo era saber quien consumía para castigarlo públicamente.

Otros han planteado que el objetivo es establecer la dependencia para conocer cuáles son los congresistas que tienen un consumo problemático.

Por último, otros han manifestado que les interesa saber quiénes consumen para vincularlos al narcotráfico.

Cree que existen dos elementos importantes en la discusión. Ella está de acuerdo con avanzar en la moción, y por ello aprobará la propuesta de la Secretaría, pero también le parece que el debate debe ser de forma seria.

Existe, por cierto, un debate mucho más amplio, y que tiene que ver con la política de drogas, que cuando es punitivista no da como resultado un buen combate contra el narcotráfico, sino todo lo contrario.

Lo que cree es que es absolutamente cuestionable es la existencia de parlamentarios que consumen drogas y que tienen vínculos con el narcotráfico.

Existe un listado de drogas, en el decreto supremo 404, por lo que debe darse un debate serio respecto de lo que se quieren abordar.

Personalmente, está de acuerdo que hay que buscar mecanismos de la autoridad pública con el narcotráfico. Por tanto, el vínculo con drogas ilegales como LCD, pasta base, cocaína, heroína, con importante de detectarlos.

En el caso de la marihuana, recuerda que está dentro de las frogas medicinales, y además junto con los opiáceos, benzodiacepinas, y otras drogas, se relacionan con la privacidad de las personas desde el punto de vista sanitario.

Si aquí se realizará un test de droga general, donde finalmente fuera la persona la que tendría que salir a explicar por qué toma benzodiacepina, a lo mejor sería por un problema de trastorno del sueño, ansiedad, y que tiene que tomar medicamento para aquello.

Lo mismo con los opiáceos, donde un diputado podría padecer de un cáncer y no quiere públicamente decirlo. Nosotros estaríamos exponiéndolo a que, sea frente al Secretario General, una comisión o el pleno, tenga que decir que tiene una enfermedad en tratamiento.

Entiende que hay elementos que tienen que ver con lo público y con la probidad, y que se debe poner a disposición de la ciudadanía. Estos son, el vínculo con el narcotráfico y la vinculación del consumo de drogas ilícitas, y no así con las drogas relacionadas al consumo personal y próximo en el tiempo o las medicinales y legales. Esa diferenciación, refiere la parlamentaria, es super importante.

No entiende porque Senda, incorpora la marihuana y opiáceos en sus resultados. Y cree necesitar la mirada biomédica para mejorar el juicio en este debate.

Comparte la idea de hacer una regulación, avanzando de forma seria, y que no se transforme en un escaño público.

Lo único que cree que debería ser castigado es la negación injustificada del parlamentario a hacerse el test, pero tampoco corresponde sancionar a una persona por presentar consumo problemático, porque es una enfermedad.

Esto último es el gran problema del consumo de drogas en Chile, el que ha sido abordado siempre desde una política punitivista y de seguridad, y no sanitaria.

Entonces, si de verdad queremos hacernos cargos de este problema, debe hacer como corresponde, porque lo que ella entiende es que el circo romano terminó desde hace años.

Siendo así, cree que las indicaciones deberían trabajarse en esa orientación, a saber, en definir el objetivo, el que cree que debería ser evitar el consumo de droga que inhabiliten su buen funcionamiento parlamentario, y sobre aquel definir qué tipo de test se hace, ya que para aquello no le sirve un test de 6 meses, y basta uno de 48 horas; y por otro lado, el objetivo de vínculo con narcotráfico, y para aquello deben ser serios en el tipo de drogas que se buscan, tomando en consideración los decretos sanitarios que regulan las drogas autorizadas.

El diputado señor Ilabaca cree que ninguno de los extremos es positivo. Sea por aquellos que demonizan una normativa de esta naturaleza como también aquellos que quieren hacer un escaño público con un tema que es super sensible. Comparte con la Presidenta el cuidado por la privacidad, porque el consumidor de droga no es delincuente, es gente enferma, y hay que categorizar.

A modo de ejemplo, el tramadol tiene opio, y es recetado para tratamientos de dolor, y esa persona saldrá positiva en el examen.

Refiere que le gusta el cómo va tomando forma la discusión, en orden a establecer límites y el por qué. Su objetivo en apoyar una ley como esta es porque quiere descartar que el narcotráfico se meta a este Congreso, dándole una pelea directa y dura, para no permitirlo.

Al respecto, aquellos que consumen drogas duras lo adquieren de un narcotraficante, y por tal tienen nexos con el narcotráfico, lo que debe eliminarse.

Respecto de las sanciones, es claro que no se pueden hacer por reglamento, y el que quiera quitarle el puesto al parlamentario consumidor, deben hacerlo por vía de reforma constitucional.

En lo particular, cree que están retrasados en muchos años en esta legislación, y considera positivo que el mismo Secretario General haya expresado que también deberían someterse a dicho control los más altos cargos de esta corporación.

La normativa no busca una caza de brujas, como algunos quieren, y hay que velar por que estas razones enfermas se rehabiliten, pero sí hay que perseguir el vínculo con el narcotráfico.

La diputada señorita Cariola (Presidenta), en uso de sus facultades de dirigir el debate, considerando que hay invitados para el segundo punto en tabla, que los minutos destinados ya se han superado y por respeto al presidente de la Asociación de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces y del Colegio de Abogados y Abogadas, es que propone trasladar el segundo punto de la tabla, concerniente al Boletín N° 13535-07, para una próxima sesión, de forma tal de darle continuidad al presente proyecto en debate.

Siendo así, otorga las disculpas del caso a los invitados ya individualizados.

La diputada señora Pérez adhiere a lo indicado por la Presidenta, en términos de la necesidad de señalar con claridad el objetivo del proyecto, cuestión que también han hecho presente otros parlamentarios y cree que van en la línea correcta, y quiere saludar la buena voluntad transversal de la Comisión de dar esta discusión.

Expresa que existe una voluntad de discutir sobre el fondo del problema y combatir el narcotráfico y dotar de más transparencia esta corporación.

Con todo, gustaría que estén presente los diputados Jiles y Coloma, quienes ni siquiera están presentes para escuchar las respuestas de los invitados, porque lo que no le gustaría que pase es que luego, a través de la prensa, se indique que existe voluntad de dilación, como una suerte de trinchera entre quienes quieren regular y quienes no.

Por último, indica que le encanta la política y discernir en el debate, pero ese debate debe ser honesto, y no que le estemos vendiendo a la ciudadanía que hay aquí quienes buscan establecer una suerte de manto de duda sobre el Congreso Nacional y la política de drogas, y quienes no.

Por lo anterior, adelanta que votará a favor del proyecto, pero reitera que no desea que se creen más barreras ficticias, porque daña la gestión parlamentaria y a la política, y es mentirle a la ciudadanía.

Sobre el calendario de discusión, manifiesta su acuerdo, porque así se le otorga un poco más de espacio para la discusión. Con todo, tiene una duda sobre los test que se propone utilizar y el tipo de droga que detectarán, de forma tal de tomar la mejor decisión, en el sentido de distinguir de mejor manera entre el consumo habitual y la dependencia.

No siendo experta en materias sanitarias, y desconociendo el proceso, creo que son puntos que deben estar muy claros a la hora de establecer el proceso de control que el proyecto propone.

El diputado señor Sánchez, indica que se ha discutido las razones por la cuales deberían abordar este tema, y ser importante que quede reglado y fiscalizado.

No está de acuerdo de que sean dos los objetivos, como los señalados por la Presidenta. Esto es, la dependencia problemática física y el vínculo con el narcotráfico.

Cree que también existe dependencia psicológica y la posibilidad del chantaje por parte de terceros, en el sentido de ser sometido a presiones por conocer que el parlamentario tenga consumo problemático.

En el mismo sentido, el hecho de la existencia de un consumo en secreto, supone un conflicto o problema, ya que los secretos dan para mucho, y en post de la transparencia sería bueno que esa información se haga pública desde ya.

Por último, lo mismo puede decirse si un parlamentario o parlamentaria tiene vínculo con el narcotráfico, lo que de conocerse públicamente no sería muy rentable frente a las elecciones, y podría entonces estar dispuesto a hacer mucho para evitar que se publique dicha información.

Por lo mismo, recalca la necesidad de ser transparentes.

Además, refiere que no se esta innovando mucho, ya que por el solo hecho de ser candidatos tuvieron que abrir todos sus billeteras, porque las exigencias de transparencia y probidad son mucho mayores que la media, y este sería un elemento más a ese respecto, y que para el resto de la gente no sería ninguna novedad.

Desde ese punto de vista, cree relevante la eliminación de la confidencialidad de los resultados, porque si esta norma se establece solo para aprovechar el financiamiento estatal para el test de drogas, pero con fines privados, como se estaría proponiendo, entonces que se lo haga él con su billetera, de otra forma sería deshonesto.

No estando de acuerdo con la inhabilidad, la que por cierto sería materia constitucional, propone que cuando el parlamentario de positivo en el examen de droga, la Comisión de ética tenga las atribuciones para exigirle un tratamiento, costeado por el mismo diputado o diputada. Lo anterior, debido a que la dependencia o consumo habitual no se podrá determinar sólo con un único test, siendo necesario otros en el futuro.

Hacerlo de otra forma, significaría un gasto excesivo e innecesario, ya que la ciudadanía tendría que estar financiándole test cada 3 o 4 meses, cuyos resultados serán siempre secretos, sin ninguna repercusión real al interior de la corporación.

De no cumplirse con el tratamiento, debería existir una sanción pecuniaria sobre la dieta, cuestión que tampoco se innova porque ya se hace.

Por último, sobre el tipo de examen, debería ser alguno que otorgue una visión lo más atrás en el tiempo. Comparte al respecto la posición de la diputada Jiles en que no tiene sentido, y sería deshonesto, hacer un test de solo 24 o 48 horas, porque a pesar de que el consumista problemático no va a poder entregarnos una realidad del consumo al interior de esta corporación, si es que lo hay.

Además, existe una serie de problemas relacionados al consumo, aunque no sea el consumo de una persona dependiente, como los ya explicados, a saber: el chantaje, el secretismo, la colaboración con grupos criminales, vinculación con muchas otras cosas como asesinatos, etc… ya que lo delictual este todo cruzado, por lo que hay que tratar de partir aguas lo más pronto posible.

Existe un segundo aspecto, por lo cual no deberíamos focalizarnos tanto en la sanción, y es que, si se impone el criterio de que ciertas drogas no son tan graves o si hay que ser duros con todas, es algo que decidirá la ciudadanía al momento de las elecciones. De ahí que es importante la transparencia en la información.

El diputado señor Benavente, tiene duda respecto de lo indicado por la diputada Cariola. El consumo de marihuana si puede tener usos medicinales, pero el grueso de su consumo proviene del narcotráfico, de modo tal que él no sería tan blando con ese tema, y debería ser un tipo de droga que, si figure, y en caso de consumo medicinal podrá exhibir la receta médica, previo al examen, donde conste su consumo autorizado.

Por otro lado, despejaría el tema de pensar como sanción en una destitución, ya que es propio de una reforma constitucional.

El diputado señor Calisto, en honor a la seriedad del debate, solicita antecedente a la Biblioteca del Congreso Nacional, para que precise cuáles serían los medicamentos que puedan dar positivo en examen de droga, con la finalidad de determinar el examen más apropiado.

Lo anterior, porque cree que lo que aquí se discute puede ser un elemento para todo el aparato público, porque se podrá replicar en otras instituciones del Estado.

De la misma manera, escuchando intervenciones de sus colegas, a los cuales respeta mucho, siente que se pierde humanidad, porque el adicto tiene una enfermedad, entonces como atendemos nosotros – como cristianos- ese caso. Es distinto si se le vincula al narcotráfico, lo que sería ya materia delictual, caso en el cual cree que debería exponerse públicamente y esos antecedentes deberán ser puestos a disposición de la justicia.

En ese sentido, reitera que es necesario consensuar el cómo se aborda la adicción al interior del Congreso Nacional, porque es peligroso y delicado. No es partidario de exponerlas, a menos que se vinculen al narcotráfico.

La diputada señorita Cariola (Presidenta), solicita al señor Secretario General aclarar cuáles serían las consecuencias o sanciones contempladas en la propuesta y su aplicación al caso en que el resultado del examen sea positivo.

Al respecto, el señor Secretario General, Miguel Landeros, recuerda que en 1996 estalló un caso muy bullado y que afecto a esta institución, denominado como el “caso de drogas en el Congreso”, y que nació de una denuncia realizada por el señor Cuadra, y que generó un proceso donde se establecieron videos falsos de parlamentarios consumiendo drogas al interior del edificio, los que reitera se comprobaron que eran falsos.

Tomando aquello en consideración, quiere explicar el porqué de la importancia de establecer la reserva, independientemente si al final uno pueda publicarlo, porque por cierto aquella publicidad tiene importancia cerca de las elecciones, donde la ciudadanía debe decidir.

Además, un tratamiento de drogas no es una cosa fácil de la cuál uno va a salir al día siguiente sin problemas, es un proceso sobre el cual se declara ignorante, al no ser médico ni tener experiencias cercanas, pero que sí ha podido presenciarlo, siendo un tema complejo.

Entonces, la reserva tiene sentido y está hecha para que, al tener listo los exámenes, no salgan todos a publicar quienes son los buenos y quiénes son los malos. Pasó en 1996, cuando luego del caso bullado se realizaron test de pelos y se mantuvo en reserva, y el que no se lo quería hacer – ya que estaba en vigencia la Constitución de 1980 – se publico su negativa, sin sanción.

Entonces, considerando que el mandato de la Comisión de Constitución fue acotado, no quiso ser creativo, pero cree que la formula de la publicidad debería estar al final de un determinado periodo. Si el fin que se busca es informar a la ciudadanía, entonces pronto a las elecciones sería el momento más propicio.

Lo que no debe pasar, es lo que sucedió en 1996, donde habían grupos que corrían a hacerse los test, que se realizaron en una universidad en Santiago, y concurrían con todo su equipo de prensa, a pesar de que no tenían el resultado. Reitera que, cuando se tuvieron todos los resultados de los test, los que llegaron al Secretario General, se dio a conocer su resultado con resguardo de la identidad, y mucho después.

Además, en la Ley N° 20.584, en su artículo 14, también se establece el derecho de voluntariedad de los exámenes invasivos, además de los derechos de privacidad o resguardo de datos sensibles que establece otra ley aprobada en este parlamento, como es la de los deberes y derechos de los pacientes.

La diputada señorita Cariola (Presidenta), refiere entender de la exposición del Secretario General que la sanción sólo sería frente a la negativa de hacerse el test, y no por su resultado.

El señor Landeros (Secretario General) reitera que esa es la idea. Luego, con la publicación de los resultados cerca de las elecciones parlamentarias, será la propia ciudadanía la que tomará la decisión política que estime correcta.

Con todo, reconoce que aquello no lo dice expresamente la propuesta diseñada, pero se colige de la misma.

Ahora, sobre la obligación de tratamiento de rehabilitación, explica que está y no está en la propuesta, porque indica que la Comisión de Régimen Interno debe crear el protocolo en conjunto con Senda, porque ellos son el organismo técnico competente, y ellos podrán indicar cuál es la fórmula cuando un diputado marca positivo.

Siendo así, la Presidenta llama a ser cuidadosos con su publicación, ya que podría entrar en conflicto con los derechos establecidos para los pacientes en materia de privacidad de sus datos sanitarios, sea por consumo de drogas lícitas e ilícitas.

Respecto a que sea la Comisión de Régimen Interno la que determine, finalmente, el procedimiento a seguir en caso de que un parlamentario de positivo al test, cree que debería pensarse en un organismo o comisión médica especialmente creada al efecto.

Sesión N° 23 de 28 de junio de 2022.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) da inicio a la orden del día, recordando que se tomó el acuerdo de hacer llegar las indicaciones al boletín de forma previa, pero que con todo se respeta el derecho de las y los diputados a formular indicaciones durante la discusión y previo a la votación de cada artículo.

VOTACIÓN GENERAL

• Nuevo texto base aprobado por la Comisión y que remplaza al texto original [2].

Para sustituir en su totalidad el articulado del proyecto de ley, por el siguiente:

Artículo 1°.- Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, mediante la realización de exámenes aleatorios, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.

Artículo 2°.- Para los efectos de lo que debe entenderse por sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, dependencia o adicción, prevención del consumo indebido de drogas, control de consumo, muestra y toma de muestra, se estará a lo dispuesto en la ley N° 20.000, y, en su caso, a lo señalado en el artículo segundo del decreto supremo N° 1215, de 2006, del Ministerio del Interior, que establece normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la Administración del Estado, así como el procedimiento de control de consumo aplicable a las personas que indica, conforme a lo establecido en la ley Nº 18.575.

Artículo 3°.- La Cámara de Diputadas y Diputados establecerá una política general de prevención que permita prevenir el consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas formulada por escrito y un plan de actividades de prevención para todas las personas que laboran en la Corporación. Para tal efecto, la Comisión de Régimen Interno y Administración podrá establecer un convenio de colaboración y solicitar la asesoría técnica del Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes (Conace).

Artículo 4°.- Las diputadas y los diputados deberán someterse semestralmente a un control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales.

El procedimiento de control comprenderá a todas las diputadas y diputados, sin excepción, de manera aleatoria y semestral, mediante un sorteo que asegure que durante el período legislativo deba hacerse, al menos, una vez el control respectivo. Dicho sorteo se realizará en reunión de Jefes de Comités convocada especialmente al efecto. Cada año el primer control deberá efectuarse antes del 30 de junio y el segundo antes del 31 de diciembre.

El control se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

Artículo 5°.- Para el efecto de los controles, se podrán aplicar exámenes de orina u otro, según lo que acuerde la Comisión de Régimen Interno y Administración, oyendo previamente al Conace.

Dichos controles serán realizados por un laboratorio cuyo funcionamiento esté debidamente autorizado por la autoridad sanitaria y se adjudicará cada cuatro años mediante licitación pública.

Artículo 6°.- El Secretario General deberá nombrar a un profesional de su dependencia, el cual deberá tener la calidad de funcionario público, para que actúe como encargado de relacionarse con el laboratorio que se haya adjudicado el control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales. Dicho funcionario será responsable de:

- Mantener una base de datos reservada con la identificación de las personas que sean sorteadas y de las que falte por hacerlo.

- Notificar al parlamentario seleccionado de manera aleatoria, que debe someterse a control y, posteriormente, por conducto del Secretario General, informarle su resultado.

- Facilitar que los seleccionados declaren, antes de donar la muestra de orina u otra prueba a la que se someta, cualquier medicamento, respaldada con certificación médica, que pudiera afectar con un resultado positivo los controles a realizarse.

- Participar en la toma de muestras y adoptar las medidas para asegurar su inviolabilidad e individualidad.

El funcionario respectivo deberá mantener reserva de acuerdo a la normativa vigente de los procedimientos y controles que se realicen como de la identidad de las personas que se sometan a dichos exámenes.

Artículo 7°.- En los contratos que se celebren con el laboratorio que se adjudique la licitación deberá estipularse la obligación de aquél de contar o implementar que los controles garanticen la existencia de un sistema de cadena de custodia de muestras, que asegure la confiabilidad del proceso; que los análisis de muestras se efectúen mediante técnicas validadas, y que se mantengan contramuestras para verificación en caso de resultados positivos.

Con todo, el laboratorio, cada vez que se realice un control, deberá entregar a la Corporación, a través del funcionario encargado, un informe que indique las menciones a que hace referencia el artículo vigésimo del decreto supremo N° 1215, antes aludido.

Artículo 8°.- Todo parlamentario o funcionario que tenga conocimiento de los controles de consumo deberá mantener reserva en relación a la realización y resultado de los mismos, y a la identidad de las personas controladas.

Artículo 9.- El Secretario General o el funcionario que este designe deberá notificar personalmente y por escrito a las diputadas o diputados sorteados para el control.

Si la persona sorteada se negare injustificadamente a la realización del control a que hace referencia el artículo 5°, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del Reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.

Artículo transitorio.- Para el año 2022 el primer control deberá realizarse, a más tardar, el 31 de julio de 2022 y el segundo el 31 de diciembre de 2022.

La Secretaría General, previo acuerdo de la Comision de Régimen Interno y Reglamento, podrá adjudicar la toma de muestra y control a un laboratorio solo para el año 2022 y licitar durante este año el resto del período legislativo.”.

Sometido a votación general el proyecto de reforma del Reglamento es aprobado por la unanimidad de los presentes diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (11-0-0).

Se deja constancia que la Comisión autorizó la incorporación tardía de la votación en general y a favor del proyecto, para los diputados Marcos Ilabaca y Luis Sánchez, por expresa solicitud que hicieren los interesados.

- Se acordó.

Fundamentación del voto:

La diputada señora Jiles indica que ciudadanía exige saber quinees son los narco diputados, narco diputadas y narco diputades, y espera que ninguno tenga la falta de probidad (que es lo que más rechaza la ciudadanía) de ampararse de privilegios, como pueden ser test que miden limpieza del consumidor de las ultimas 48 horas, para impedir sacar al narcotráfico del Congreso Nacional, si es que estuviere en el Congreso. Para aquello, lo primero es enterarse de quienes son.

VOTACIÓN PARTICULAR

La Presidenta de la Comisión solicita, como moción de orden, una metodología de debate, consistente en otorgar un total de cuatro palabras por cada artículo y/o indicación en votación, dos para hablar a favor y dos para hablar en contra.

La metodología de trabajo es aprobada por los votos mayoritarios de los presentes. Votan a favor los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Hugo Rey (por el señor Longton); Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. Vota en contra el diputado señor Luis Sánchez. (11-1-0).

Se somete a discusión y votación el “texto base” aprobado, el que sustituye el texto del proyecto de reforma de Reglamento, propuesto por la Secretaría General de la Corporación

Artículo único:

Modificase el Reglamento de la Cámara de Diputados en el siguiente sentido: Incorpórase un nuevo Reglamento de Control de Consumo de Drogas en Parlamentarios, conforme al siguiente texto:

REGLAMENTO CONTROL DE CONSUMO DE DROGAS EN PARLAMENTARIOS

Artículo 1

Artículo 1°.- Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, mediante la realización de exámenes aleatorios, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.

- Indicación de los diputados (as) señores (as) Catalina Pérez y Gonzalo Winter

Para sustituir el artículo 1° por el siguiente:

“Artículo 1°.- Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, con el objeto de evitar la comisión de delitos de narcotráfico u otros relacionados a estos y cualquier relación entre esta Cámara y las redes de narcotráfico que existen en el país. Los controles se verificarán con la realización de exámenes aleatorios, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.”.

- Indicación de la diputada Cariola

Para intercalar en el artículo 1º, la palabra “ciertas”, entre la frase “Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de” y “sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, mediante la realización de exámenes aleatorios, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.”

La indicación es retirada por su autora.

La Diputada señorita Pérez, indica que es importante aclarar el objetivo de la moción en discusión. Al respecto, si tal como se señaló por parte de los autores de la moción, el objeto es perseguir el narcotráfico, cree importante hacerlo presente de forma explicita en su artículo primero.

Si la Comisión aprueba esta indicación, y decide entonces considerar que es aquel el objeto del proyecto, hemos presentado indicaciones relacionadas al mismo como es el levantamiento del secreto bancario, dado que la vinculación del narcotráfico con las redes legislativamente malamente se podría identificar si no es a través de los movimientos bancarios.

El diputado señor Alessandri, refiere que las redes de narcotráfico son un objetivo deseado, pero no es el único. Para algunos, el objetivo puede ser mera transparencia, como las exigencias de transparencia ante Servel en las campañas publicitarias, o de la declaración de patrimonio que cada parlamentario electo debe realizar, e inclusive tal y como se exige que para ser candidato a diputado se deba contar con el cuarto medio, son todas partes de la transparencia.

Alguien muy detallista podría sostener que solo por comprar droga una vez, puede generar vínculo con el narcotráfico.

Cree que los firmantes de la indicación apuntan a un buen objetivo, pero no hay que circunscribirlo solo a aquel, porque la transparencia debe ser siempre el gran objetivo en la actuación y gestión pública. De ahí que, ingresando al portal web de la Cámara, la ciudadanía pueda revisar asistencia, gastos, votaciones, y cada día más cosas, y el proyecto tiende a eso.

Por último, manifiesta que no busca destituir a ningún parlamentario con este proyecto, sino solo permitir que el votante en el distrito este muy bien informado.

El diputado señor Winter expresa que el proyecto no puede ser un conjunto de objetivos inorgánicos, debiendo contar con objetivos expresamente indicados, y si es necesario agregar otros, habría que hacerlo, estando muy dispuesto a debatirlos, pero el proyecto no puede ser un conjunto de medidas inorgánicas que expresen una voluntad no manifiesta, ya que no podrían votar en particular sin saber cuáles son aquellos.

La transparencia no es un fin en sí mismo, tienen que buscar un objetivo. A modo de ejemplo, todos están de acuerdo con transparencia de patrimonio a la hora de hacer la rendición en Servel, pero cree que nadie lo estaría si se exigiere colocar cuántos lunares tiene

El diputado señor Ilabaca, solicita en primer lugar que se incorpore el voto en general a favor, ya que se encontraba en comisión mixta.

- Se acuerda.

Segundo, adhiere a la propuesta de Pérez y Winter. El objetivo es separar al narcotráfico de la acción publica y del aparato político deliberativo, sobre todo cuando es uno de tanta importancia como la Cámara de Diputados.

Este vínculo no sólo se da por el consumo, muchas veces se vincula al manejo de las cuentas bancarias, comprando voluntades, por lo que le parece pertinente la indicación al artículo 8 de levantamiento de secreto bancario.

Para la diputada señora Naveillan, el proyecto de reforma reglamentaria no puede perseguir solo el delito de narcotráfico, sino más bien buscar la transparencia para que la ciudadanía sepa, al momento de elegirlos, si el diputado esta consumiendo sustancias ilicitanas que influyan en su voto, justamente cuando se relaciona con la persecución del narcotráfico.

Cree que circunscribirlo al narcotráfico es restringir su objeto debe ser mucho más amplio.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión), también presentó indicación y cree que es complementaria a la de Pérez y Winter. Esta de acuerdo con la indicación que le precede, en relación a que efectivamente les preocupa, al menos a ella, el consumo de drogas de parlamentarios, porque aquello tiene relación con vínculo de narcotráfico y crimen organizado, pero también esta, como otro objetivo, impedir el consumo problemático de droga que no permita al o la parlamentaria, el desarrollo de su trabajo.

En ese sentido, cuando existe un consumo problemático, y la persona viene drogada y alcoholizada, va a tener problemas para desarrollar su trabajo. De la misma forma, cuando alguien consume, evidentemente para la satisfacción de su adicción debe recurrir a la compra ilegal de drogas, vinculándolo al narco tráfico.

Le parece que, desde punto de vista concreto, el objetivo que se expresa en la indicación es correcto y da cuenta del debate de la ultima sesión, a la que lamentablemente pocos diputados se quedaron, donde se alcanzaron a debatir cuestiones desde un enfoque sanitario.

Solicita que le perdones la deformación, pero es matrona, y el consumo de drogas es un problema sanitario, y por tal las personas que consumen requieren de un apoyo. Desde esta perspectiva, de la drogadicción como una enfermedad, es que es necesario abordarlo desde el punto de vista más humano, y de ahí que su indicación, que se verá más adelante, indica que debería hacerse una exclusión de cierto tipo de drogas.

En efecto, la diputada expresa que no está de acuerdo con que un diputado que consume opiáceos, cuando está medicado, deba estar obligado a publicar cuales son las razones por las cuales los consume. A modo de ejemplo, de aprobarlo de forma abierta, obligaremos a un diputado que padece de cáncer a publicar dicha información, ya que puede que consuma tramadol o morfina.

Lo mismo con el consumo de benzodiacepina, utilizada por crisis de ansiedad o por problemas de buen dormir. Si aquello se busca, entonces cree que primero deberíamos obligar al parlamentario a pasar un test psicológico para el ejercicio del cargo.

Cree que la exposición de estas patologías, y de esa forma, no es correcto, porque vulnera leyes como la de deberes y derechos de pacientes.

Por último, lo mismo puede ocurrir con el consumo de cannabis, cuyo consumo se encuentra legalizado cuando es para fines medicinales, personas y próximo en el tiempo, regulado también en la ley N° 20.000 y además en el decreto 404 del Ministerio de Salud.

Siendo así, comparte que el objetivo sea determinado por el vínculo con el narcotráfico, y determinado con las drogas que efectivamente generan dicho vínculo, siendo fácilmente identificables, ya que son la gran mayoría, salvo las excepciones particulares que ya mencionó.

La diputada señora Naveillan, indica que en materia de cannabis es muy relativo. ¿Cómo se diferenciará quienes lo hacen por consumo medicinal y quienes lo hacen solo para drogarse? Exigir aquello, es dejar fuera una droga que muchos usan sólo para drogarse.

El diputado señor Calisto, a diferencia de quien le antecede, coincide con la Presidenta en lo planteado. No sabe si es positivo restringir de ingreso ciertas drogas, y cree que podría darse a conocer que quienes consumen ciertos tipos de drogas por una enfermedad, podrá señalarlo expresamente y acompañar los antecedentes médicos pertinentes.

Le preocupa el escaño público, y sabe que es lo que se busca con la transparencia, pero hay que ser cuidadoso cuando una persona tiene adicción. Si a esa persona lo trataremos como un enfermo, eso incluye resguardar su identidad y derivarlo a las instituciones de rehabilitación y cuidado, además de poner los antecedentes ante las instancias competentes, ya que de alguna parte saca esa droga.

Cuando se habla de levantamiento de secreto bancario, indica que la cámara no es un tribunal, y debe abordarse en as instancias respectivas.

Reitera que le preocupa por el trato hacia la persona que tiene adicción, y lamenta que este tema se politice, que es muy buen titular a la prensa, pero que al enfermo hay que tratarlo como tal.

El diputado señor Coloma, en parte comparte indicaciones de diputada Cariola de establecer “ciertas” exclusiones, pero relacionada a enfermedades que quizás el parlamentario no quiere hacer públicas.

Con todo, cree que la indicación de la diputada Pérez y Winter, a diferencia de la propuesta del texto base, establece un marco. Al respecto, recuerda que la moción tiene por objeto principal hacerse cargo de una ley ya existente, con una obligación pendiente de cumplimiento, aprobada en el marco de la tramitación de la ley de presupuestos de la nación para el 2022, glosa numero 07 de la partida del Congreso Nacional, particularmente de la Cámara de Diputados, y por tal ver los mecanismos a través de los cuales se cumpliría con esa obligación.

En ese contexto, lo que hace la indicación de los diputados es ir más allá, porque busca establecer un marco legal vía reglamento, lo que no es procedente.

Si el objetivo central es la persecución del narcotráfico, esperaría que como propuesta de marco legal se estableciera la publicidad o transparencia en dicha información, porque lo que se espera es que quien consume drogas tenga alguna sanción o repercusión. Con la indicación presentada, nadie sabrá quién es el consumidor, y podrá continuar operando de la misma forma.

En ese sentido, una sanción mínima sería que el consumidor que es parlamentario no pueda votar algunas leyes, y al declarar su inhabilidad debería hacerse público, de lo contrario cómo justificaría su ausencia en la votación.

De ahí que, si lo que quiere hacerse es establecer un marco que nos permita develar el vínculo del tráfico de drogas, entonces se pregunta el porqué de la exclusión de la transparencia.

Si se aprueba la indicación, así como está, permitiría que un diputado o diputada que dio positivo, quedaría como un antecedente sólo para él, sin que pueda ser esa información pública.

Manifiesta que de acordarse incorporar a dicha indicación la publicidad y transparencia, podría aprobarla.

La diputada señora Jiles, refiere que los test de drogas persiguen encontrar drogas ilícitas. Ella es una persona que debería consumir muchos opiáceos para apaliar el dolor que le produce su fractura de pierna, la que por cierto se causó en esta misma corporación.

Con todo, y sabiendo que es una persona que tiene una responsabilidad enorme de legislar, es que ha preferido no consumirlas y “bancarse” un inmenso dolor todos los días, porque de lo contrario estima que su consumo no la dejaría ejercer de buena forma su rol de diputada.

Si se aprobaré la idea de excluir ciertas drogas, en el test no se detectarían, porque es una droga autorizada, como el paracetamol, pero la ciudadanía no nos eligió para estar drogados o borrachos legislando. Para el ejercicio del cargo deben tener el mayor de los sentidos y plenitud posible.

Cree que la diferencia sustancias entre el texto base y la propuesta de indicación de la diputada Pérez y Winter a la modificación reglamentaria, la cuál por cierto no necesita de un objetivo, es justamente el que haya o no publicidad en el resultado. En razón de aquella publicidad, refiere que deben tratarla como personas adultas y no hacer una casería de bruja, pero ese es el objetivo ciudadano.

El diputado señor Sánchez, en primer lugar, no esta de acuerdo con lo formulado por las indicaciones de Pérez y Winter, donde lo único relevante es el vínculo con el narcotráfico. Aunque es la motivación principal, hay otras cosas, como evitar que diputados estén afectos a los efectos del consumo problemático o estar afectos a extorción por guardar secretos de consumo.

Además, un tercer objetivo es buscar la inhabilidad de aquellos consumidores a la hora de votar leyes relacionadas a la persecución de la droga. No le resulta razonable que alguien con dependencia de drogas legisle sobre proyectos de droga, es como si alguien vinculado a bancos legislar en la materia.

En relación al artículo 8 que proponen los diputados Winter y Pérez, sobre levantamiento de secreto bancario, cree que la Cámara no es un tribunal para exigirlo, y no es su función propia.

La diputada señora Pérez, se alegra de que todos quieran incorporar el objetivo de persecución del narcotráfico, lo único que escucha es que objetan la no incorporación de la transparencia. Ella no tiene problemas en aquello, pueden consensuar una indicación al respecto, o bien invita a comprender que, con el solo hecho de la publicidad del resultado del test que está contenida más adelante en el artículo 8, se da por satisfecho dicho objetivo.

El diputado señor Soto, manifiesta la mejor de las disposiciones par avanzar en la materia. Pero tiene dudas sobre el objetivo que se busca. En caso de los funcionarios de la Administración Pública, ha sido majadero en señalar que existe hace 10 años, en la base de la Administración del Estado, donde esta prohibido el consumo problemático y se hacen los exámenes regulares, periódicos y aleatorios. En caso que se detecte, se hace su procedimiento de tratamiento, pero aquí, en sede legislativa, no hay ninguna ley que lo regule y nos provoca estos problemas.

Uno ya estima dudoso que, a través de reglamento, se quiera levantar derechos fundamentales como la reserva de datos sanitarios de pacientes, consagradas en la Constitución y otras leyes, lo que solicita tenerlo presente.

La diputada señora Flores, refiere que un adicto no puede ser parlamentario. Cuando se planea, por parte de Calisto, que haríamos si un diputado es adicto, como en otras instituciones, como Carabinero, donde se les da la baja, aquí deberíamos hacer lo mismo.

Respecto de la opción de eximir ciertas drogas lícitas, refiere que lo que busca el proyecto es perseguir solo las ilícitas, y que un medicamento prescrito por personal de la salud competente obviamente no cae dentro de la figurar de ilicitud que se busca. El parlamentario que los consuma, no estaría incumpliendo ninguna falta.

Ahora, la sanción al consumidor problemático es la sanción pública. Vía reglamentaria no podemos decir que el parlamentario pierda su cargo, como si se hace en la administración pública, pero al menos deberíamos darle la mayor de las publicidades a los resultados de los test, para que exista alguna sanción real, de lo contrario sería todo letra muerta.

Por último, el objeto del proyecto no puede circunscribirse solo a la persecución del narcotráfico, también se debe considerar la calidad de las normas que se aprueban en el Congreso y el buen desempeño parlamentario. El drogado no va a hacer un buen trabajo nunca.

El diputado señor Benavente, indicó que siempre entendió que el objetivo del proyecto era publicitar el consumo problemático de drogas al interior de la corporación, y que el vínculo con el narcotráfico era una consecuencia lógica de aquello.

Respecto de los objetivos, expresó que hay cientos de leyes que no expresan su objetivo, como la ley de tránsito, que en ninguna parte expresa que su objeto de ser es evitar muertes o accidentes de tránsito. Considerando aquello, no le parece incorporar ningún objetivo, porque siquiera el decreto N° 1215 que rige para la Administración lo considera.

El diputado señor Winter, propone modificar su indicación, agregando la palabra “ciertas” luego de la palabra “sustancias”, de forma tal que no se agote ninguna posibilidad, quedando abierta.

En el mismo sentido, para incorporar la transparencia propone incluir “con el propósito de elevar los estándares de transparencia parlamentaria”, lo que dejaría abierto la posibilidad de publicidad.

El señor Miguel Landeros, Secretario General de la Cámara de Diputadas y Diputados, indica que se han utilizado conceptos errados y lesivos.

En primer lugar, el problema de que los parlamentarios no pierdan su cargo es debido a que el estatuto parlamentario tiene rango constitucional, habiendo escuchado en esta Cámara por los últimos 12 años que se va a legislar haciendo uso del poder constituyente derivado para permitir que parlamentarios que infrinjan la ley N° 20.000 puedan ser destituidos del cargo.

Refiere que se dan supuestos divertidos, porque se busca sancionar al consumidor, pero no podrían sancionar al que crea la droga.

Con todo, esa prometida reforma constitucional no existe, y por tal es imposible ahora hacer que el parlamentario, vía reglamentaria, pierda el cargo.

En segundo lugar, cree que es bueno que se regule la materia ya que la ley de presupuesto tiene vigencia solo por un año, y aquella cita textual la ley N° 20.000. Entonces, no debería cuestionarse si van a aplicar o no lo que indica la ley N° 20.000, ya que lo dice expresamente el mandato legal.

Reitera que el problema entonces sería que la ley de presupuesto dura un año. A la primera sesión en que fue citado para debatir el proyecto, le pidieron que propusiera algo más permanente, y por ello que salieron los temas de publicidad y transparencia.

Ahora bien, en el caso de la administración pública, lo que se hace es pedirle a la persona que se encuentra en tratamiento información sobre los medicamentos recetados a través de un formulario y habían pensado hacer algo similar aquí.

- Presentación de nueva indicación, de los diputados Winter, Pérez y Cariola:

“Artículo 1°.- Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, con el objeto de elevar los estándares de transparencia de la labor parlamentaria, junto con evitar la comisión de delitos del narcotráfico u otros relacionados a estos, y cualquier relación entre esta Cámara y las redes del narcotráfico que existen en el país. Los controles se verificarán con la realización de exámenes aleatorios mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados”.

Puesto en votación el encabezado del artículo único, y la indicación sustitutiva del artículo 1, son aprobados por la unanimidad de los presentes diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Hugo Rey (por el señor Longton); Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

En consecuencia, la primera indicación presentada por los diputados (as) señores (as) Catalina Pérez y Gonzalo Winter se da por rechazada reglamentariamente.

El diputado señor Sánchez solicita dejar constancia de que, estando de acuerdo con la indicación, dirime en el aspecto que se quiera velar por resguardar una “especial dignidad de las y los parlamentarios”, ya que todas las personas son igualmente dignas.

- Indicación de los diputados (as) señores (as) Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma, Jorge Alessandri, Pamela Jiles, Henry Leal, Luis Sánchez y Camila Flores.

Para incorporar en el artículo 1, entre las palabras “aleatorio” y “mediante” la frase “cuyos resultados serán públicos”.

Puesta en votación la indicación es rechazada por no alcanzar la mayoría de votos. Votan a favor los diputados (as) señores (as) Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Camila Flores; Pamela Jiles; Hugo Rey (por el señor Longton), y Luis Sánchez. Se abstienen los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Miguel Ángel Calisto; Marcos Ilabaca; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (6-0-7).

Fundamentación del voto:

El diputado señor Soto, funda su voto de abstención, indicando que hay que terminar con el circo y legislar de forma seria, dándole el tratamiento que le corresponde. Entiende que los resultados de los exámenes serán conocido por las autoridades de la Cámara, por los miembros de la Comisión de Ética y Transparencia, y esa es la transparencia que la Administración del Estado usa en estos casos en el decreto N° 1215.

- Indicación de los diputados (as) señores (as) Miguel Ángel Calisto, Pamela Jiles, Luis Sánchez y Gloria Naveillan

Para incorporar en el artículo 1, nuevo inciso segundo:

“Los diputados que consuman drogas lícitas para fines médicos deberán presentar los antecedentes ante la Secretaría de la Cámara de Diputados.”.

La indicación es retirada por sus autores.

Con todo, el Secretario General explicó que en el artículo sexto, dentro del procedimiento propuesto, se contempla expresamente la posibilidad de que el o la diputada que consuma cierto tipo de drogas por medicación, pueda hacer llegar la documentación al funcionario encargado, que será un médico.

El diputado señor Calisto, considerando la explicación entregada por el Secretario, retira su indicación.

Artículo 2

Artículo 2°.- Para los efectos de lo que debe entenderse por sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, dependencia o adicción, prevención del consumo indebido de drogas, control de consumo, muestra y toma de muestra, se estará a lo dispuesto en la ley N° 20.000, y, en su caso, a lo señalado en el artículo segundo del decreto supremo N° 1215, de 2006, del Ministerio del Interior, que establece normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la Administración del Estado, así como el procedimiento de control de consumo aplicable a las personas que indica, conforme a lo establecido en la ley Nº 18.575.

La Presidenta de la Comisión, solicita el acuerdo para someter en votación conjunta todos aquellos artículos que no han sido objeto de indicaciones.

- No se otorga el acuerdo.

El diputado señor Alessandri, indicó que con la abstención del diputado Calisto en la votación de la última indicación al artículo primero, que establecía la publicidad, los resultados no serán nunca públicos y no tiene sentido seguir legislando, y se convierte en otro privilegio del Congreso Nacional, con información que estar custodiada en la oficina del Secretario General bajo 7 llaves.

El señor Landeros, indica que, si no se aprueba la indicación final del comparado que propone un artículo 10, entonces el diputado Alessandri tendrá razón. Ahora, lo que pasa en el aparato público es que, cuando el resultado del test es positivo, el funcionario debe someterse a un programa de rehabilitación, cuestión que debería replicarse en la Cámara pero que no está en el proyecto. De negarse el o la diputada, deberían los antecedentes ser enviados a la Comisión de Ética, cuestión que hay que regular bien.

Finalmente, el diputado señor Calisto solicitó la palabra, tras ser aludido por el diputado Alessandri, requiriendo no hacer de esto un espectáculo, ya que es un tema que requiere seriedad. Los mecanismos de sanción deben ir en el sentido de restringir la actuación del parlamentario que dió positivo.

Sometido a votación el artículo 2 es aprobado por la unanimidad de los presentes diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Hugo Rey (por el señor Longton); Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Artículo 3

Artículo 3°.- La Cámara de Diputadas y Diputados establecerá una política general de prevención que permita prevenir el consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas formulada por escrito y un plan de actividades de prevención para todas las personas que laboran en la Corporación. Para tal efecto, la Comisión de Régimen Interno y Administración podrá establecer un convenio de colaboración y solicitar la asesoría técnica del Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes (Conace).

Nota de secretaría: Adecuación normativa a SENDA (Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol).

- Indicación sustitutiva de los diputados (as) señores (as) Catalina Pérez y Gonzalo Winter.

Para reemplazar el artículo 3° por el siguiente:

“Artículo 3°.- La Cámara de Diputadas y Diputados establecerá una política general de prevención y rehabilitación que permita prevenir el consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes, psicotrópicas y alcohol formulada por escrito y un plan de actividades de prevención para todas las personas que laboran en la Corporación. Para tal efecto, la Comisión de Régimen Interno y Administración podrá establecer un convenio de colaboración y solicitar la asesoría técnica del SENDA (Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol).”

El señor Secretario General, expresa que es complejo incluir políticas de alcohol, no en el ámbito de políticas preventivas, lo que por cierto se puede trabajar con el área encargada que es el Comité de Régimen Interno, pero si en cuanto al examen de alcohol.

- Se hace presente que se incorpora el diputado Andrés Longton, quien esta el momento era remplazado por el diputado Hugo Rey.

La diputada señora Pérez, explica que el sentido de la indicación es una adecuación formal de Conase por Senda, pero en lo político implica también garantizar el adecuado ejercicio de la función parlamentaria, ya que alguien borracho representa un problema en la calidad de la labor legislativa.

Con todo, la indicación no hace mención a la incorporación de un examen nuevo de alcohol, ya que solo se hace mención como labor deseable en lo preventivo.

Por último, en cuanto al proceso de rehabilitación, no hace responsable a la Cámara de dicho proceso, pero si de incorporarlo dentro de la política general.

El diputado señor Calisto pregunta a los mocionantes cómo distinguir entre una persona alcohólica y otro que viene de un almuerzo y se tomó una copa de vino. Reitera que hay que poner términos de sensates en la discusión, y que tiene que ver con la dignidad humana y del como abordamos a personas que tienen adicciones.

El diputado señor Soto, cree que la indicación es compatible con el objetivo del Reglamento, porque obliga a la formulación de documentos de Política General de Prevención y un Plan de Actividades de Prevención para los funcionarios y parlamentarios.

Entiende que ya existe un protocolo de actuación en materia de alcohol, el que ha operado de forma exitosa. Donde hay duda, es con el test de alcohol.

En votación la indicación sustitutiva del artículo 3 es aprobada por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Fundamentación del voto:

La diputada Jiles, observa que la indicación se sale del marco de objetivo del proyecto y lo complejiza, porque el objetivo no es perseguir a quienes consumen grasas saturadas o mucha azúcar o engañan a la señora, sino de quienes consumen drogas duras. Con todo, como es su costumbre, hará una “jugada maestra” y votará a favor.

Por su parte, la diputada Cariola cree que se esta votando una indicación importante, porque dentro de los objetivos trazados y aprobados en el artículo 1°, el alcohol no es azúcar, es una droga y una de las más adictivas. Entonces, cuando se trata de desligarla del mundo de las drogas, se comete un error, porque es justamente una droga y de las más problemáticas.

Le parece que la labor del Congreso Nacional no puede perder la perspectiva humanitaria, y cuando se detecte el consumo problemático de droga o alcohol de algún colega, lo que hay que hacer es ayudarlo.

Artículo 4

Artículo 4°.- Las diputadas y los diputados deberán someterse semestralmente a un control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales.

El procedimiento de control comprenderá a todas las diputadas y diputados, sin excepción, de manera aleatoria y semestral, mediante un sorteo que asegure que durante el período legislativo deba hacerse, al menos, una vez el control respectivo. Dicho sorteo se realizará en reunión de Jefes de Comités convocada especialmente al efecto. Cada año el primer control deberá efectuarse antes del 30 de junio y el segundo antes del 31 de diciembre.

El control se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

- Indicación de la diputada señorita Karol Cariola.

-Sustitúyase el inciso 1º del artículo 4º por el siguiente: “Las diputadas y los diputados deberán someterse semestralmente a un control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas identificadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de este reglamento, a excepción de los opiáceos, las benzodiacepinas y el cannabis.”

La indicación es retirada por su autora, para reformularla.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) cree que cuando se estableció una ley de derechos y deberes de pacientes, que resguarda los diagnósticos y ficha médica, el que es de uso exclusivo de su médico tratante.

Indica que propone eliminar o eximir los tres grupos de drogas porque están permitidas para el uso en distintos tratamientos.

A propósito del cannabis, indica que tiene reconocimiento en la propia ley N° 20.000 como uso medicinal, como también por vía del decreto 404, siendo tal así que el ISP registró el año pasado un medicamento que la contempla.

Tiene pleno conocimiento de las dudas de los diputados respecto del cannabis, pero quiere dejar en claro que la propia ley de drogas indica que cuando existe sospecha de tráfico debe llevarse a cabo la investigación respectiva, ya que solo lo permite para uso medicinal, personal y próximo en el tiempo.

Siendo así, cree que hay que excluir estos tres grupos de forma explícita. Recuerda que de la exposición del Director de Senda, dejó en claro que de los test de drogas que ellos utilizaban sí arrogaban como resultado estos grupos de drogas autorizadas.

Por último, manifiesta que, ante cualquier sospecha de su posición, se pone a disposición para ser la primera parlamentaria en hacerse el test de droga, ya que no tiene nada que argumentar, y solo da su opinión pensando en una buena política pública.

El diputado señor Sánchez indica que hay un error en plantearlo de forma genérica, ya que por muy interesante que sea el fundamento de la exclusión de ciertas drogas para uso medicinales, eso no esta recogido en la indicación.

Considera que las excepción por uso médicas está considerado ya en la propuesta, y no habiendo suficiente detalle en la indicación, no está de acuerdo con su exclusión, menos con la marihuana porque es la droga que más mueve dinero.

El diputado señor Venegas manifiesta que, cuando era un noble estudiante de derecho en la década de los 90´, veía los debates parlamentarios, donde escucho uno de los discursos más bonitos de la boca de Andrés Allamand, con el cuál no comparte ideas políticas.

Indicó que cuando, es esa época, Francisco Javier Cuadra, comenzó a general una sombra sobre la institución del Congreso Nacional, de la que por cierto todos deberíamos sentirnos orgullosos de pertenecer. Al respecto, Allamand indicó que en definitiva lo que se genera con este tipo de discusiones, más allá el circo, es poner en tela de juicio una institución en la que se hace democracia y que transciende de nosotros.

Entiende que esta discusión debe ser entretenida para algunos, pero en verdad es una discusión innecesaria.

Por último, acoge la indicación respecto del cannabis, porque su consumo no es ilegal. El cree que es mucho menos peligroso que el alcohol, por lo que es algo que debería hablarse.

El diputado señor Longton, cree que la idea de la indicación es buena, pero esta mal ejecutada, ya que no se establece la excepcionalidad para tratamientos médicos, y solo se indica en términos amplios.

Además, indica que podría tener prescripción médica, pero igual debería hacerse el examen,

Por último, respecto del segundo inciso, cuando habla de que le examen será aleatorio y semestral, se pregunta qué pasa si al un diputado le marca positivo el examen. Él cree que debería hacerse un segundo examen en el corto plazo, de forma tal de hacerle seguimiento, y debería hacer un tratamiento especial en ese caso.

La diputada señora Jiles, manifiesta estar en total desacuerdo con realizar excepciones de drogas que son consideradas ilícitas por la ley chilena, y que el actual texto que se propone no incluye a las que no son ilegales, como el alcohol. Siendo así, esta en contra de la indicación.

Por último, el diputado señor Calisto refiere que presentará indicación para realizar una excepción general de que aquellos con prescripción médica por enfermedades puedan presentar la documentación y certificación respectiva, ya que no considera positivo comenzar a describir las drogas exceptuadas, porque son más de 30.

- Nueva Indicación de la diputada señorita Karol Cariola (que remplaza a la retirada).

-Sustitúyase el inciso primero del artículo 4º por el siguiente:

“Las diputadas y los diputados deberán someterse semestralmente a un control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas identificadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de este reglamento, a excepción de las sustancias prescritas para uso medicinal.”

En votación la indicación de la diputada Cariola es rechazada por no alcanzar la mayoría de votos. Votan a favor los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Marcos Ilabaca; Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. Votan en contra los (as) diputados (as) señores (as) Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Pamela Jiles; Andrés Longton, y Luis Sánchez. Se abstiene el diputado señor Nelson Venegas (por el señor Leiva). (5-7-1).

Fundamento de la votación:

El diputado señor Longton, funda su voto en contra en razón de que el supuesto ya se encuentra regulado en el artículo sexto, y porque la redacción propuesta pareciere dar a entender que aquellos que cuenten con autorización médica no deberán hacerse el test, lo que considera un error.

El diputado señor Soto funda su voto a favor, porque considera que con la nueva redacción se corrige la falta original, considerando ahora no a cierto grupo de sustancias lícita, sino a todas. Además, es coherente con la norma del artículo 10 del decreto N° 1215 que permite la declaración.

El diputado señor Winter funda su voto a favor de la nueva indicación porque cree que tiene concordancia con el objetivo del proyecto y el uso medicinal en concordancia con la ley.

La diputada señorita Pérez, indicó para fundar su voto a favor que, tal como se le ha dado la pelea a las redes de narcotráfico al interior del Congreso, es relevante excluir de situaciones médicas prescritas.

La diputada señorita Cariola, aunque cree que algunos parlamentarios no escucharon la nueva redacción, ya que argumentaron algo distinto a lo que se esta votando, vota a favor.

Siguiendo con las intervenciones, el señor diputado Coloma manifiesta su temor a que, por no legislar a tiempo, se pierda la oportunidad de hacer el test de droga en este semestre. Al respecto, solicita votar el artículo transitorio también.

El señor Landeros, Secretario General, respondiendo a algunas consultas que se han ido repitiendo, indica que efectivamente frente a un test positivo hay que agregar en alguna parte la obligación del diputado a realizarse otro examen de droga en un corto tiempo.

Sobre la indicación transitoria, cree prudente votarla en conjunto.

- Indicación de los diputados Andrés Longton, Gloria Naveillan, Henry Leal y Pamela Jiles

Para incorporar nuevo inciso tercero, del siguiente tenor:

“Con todo la diputada o diputado cuyo resultado del examen sea positivo se tendrá que someter a un nuevo examen en el control siguiente.”.

En votación el artículo 4, con la indicación (que incorpora nuevo inciso tercero) es aprobado por la mayoría de votos, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Se decide votar conjuntamente esta disposición con el artículo transitorio.

Artículo transitorio.- Para el año 2022 el primer control deberá realizarse, a más tardar, el 31 de julio de 2022 y el segundo el 31 de diciembre de 2022.

La Secretaría General, previo acuerdo de la Comision de Régimen Interno y Reglamento, podrá adjudicar la toma de muestra y control a un laboratorio solo para el año 2022 y licitar durante este año el resto del período legislativo.

Sometido a votación el artículo transitorio es aprobado por mayoría de votos, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0- 0).

Luego de la votación, se acuerda someter a votación indicación que se presenta al inciso segundo del artículo 4:

- Indicación del diputado Coloma

Al inciso segundo del artículo 4, para reemplazar la frase “durante el periodo legislativo” por la frase “cada año”.

La indicación es retirada por su autor.

A su respecto, el diputado señor Coloma manifestó su descontento con el hecho de que, de la lectura del artículo cuarto, se infiere que un diputado se someterá a un test de drogas una vez en todo su periodo legislativo, y lo que debería ser es que se someta todo los semestres, esto es, 8 test de drogas en su periodo.

El Secretario General de la Corporación, indicó que la idea era aplicar los test en bloques de 51 diputados por semestre, y en el cuarto semestre a 52. Luego, ese esquema se repite para los próximos 4 semestres.

Ahora, para salvar la inquietud del diputado coloma se establezca que se realizará, al menos, dos veces durante el periodo legislativo.

Ahora bien, cree que hay que tener cuidado con alterar, a través de insistir en que el test se realice a todos de forma semestral, con el sistema aleatorio y el factor sorpresa para los diputados.

- Indicación de los diputados (as) Andrés Longton, Pamela Jiles y Juan Antonio Coloma

Al inciso segundo del artículo 4, para reemplazar la frase “una vez” por la frase “dos veces”.

Puesta en votación, la indicación de los diputados Longton, Jiles y Coloma al inciso segundo del artículo 4 es aprobada por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Artículo 5

Artículo 5°.- Para el efecto de los controles, se podrán aplicar exámenes de orina u otro, según lo que acuerde la Comisión de Régimen Interno y Administración, oyendo previamente al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol.

Dichos controles serán realizados por un laboratorio cuyo funcionamiento esté debidamente autorizado por la autoridad sanitaria y se adjudicará cada cuatro años mediante licitación pública.

- Indicación de los diputados Coloma y Jiles:

Para sustituir el inciso primero del artículo 5° por el siguiente:

"Para el efecto de los controles, se deberá aplicar única y exclusivamente el examen de pelo.".

- Indicación de la diputada Cariola:

Reemplácese en el inciso 1º del artículo 5º la frase “orina u otro” por: “orina o saliva”.

La indicación es retirada por su autora.

La diputada señora Jiles, refiere que el narco test realizarse a través de distintas formulas, la cuál la única efectiva es test de pelos, porque pesquisa el consumo de distintas drogas ilícitas durante el periodo de, al menos, un año. Los otros test, como el de orina, permiten que con dos días en que no consuma, arrogue negativo.

El diputado señor Soto señala que ha tratado de hacer un debate con altura de miras, y no continuar con tratamientos diferenciados con lo que ya se hace para todos los funcionarios públicos. Al respecto, Senda realiza el test de orina, y es regulado desde el 2006, y que indica en su artículo quinto que los “procedimiento de control consisten en test de orina”.

Según lo informado por el propio director de Senda, dicho test puede rastrear cierto tipo de droga hasta el un plazo de 30 días, por lo que le da más confianza.

El diputado señor Winter, solicita tener claridad de los plazos que cubren los test respectivos, y solicita que Secretaría pueda aclararlo según las exposiciones que se llevaron a cabo.

Al respecto, la abogada ayudante Margarita Risopatrón aclaró, dando lectura al acta, que el Director de Senda, en la sesión del 14 de junio del presente año, señaló que el test de orina tiene una duración de control de las 24 hasta las 72 horas de consumo.

Por su parte, el Secretario General de la Corporación reiteró que la idea de dejar abierta la posibilidad de agregar otros test de drogas se debe a la evolución propia de la ciencia en esta materia. Eso lo resolverá un órgano interno de la Cámara, escuchando previamente al Senda.

Por último, el diputado señor Coloma indica que el test de orina es un test que busca drogas en un corto lapso de tiempo, de un máximo de 14 días. Por su parte, el test de pelo varia entre los 6 meses y hasta un año.

Siendo así, y considerando que les va a tocar solo dos veces el test en dos años, hay que hacer el esfuerzo de escoger aquel que más tiempo nos otorgue.

La Presidenta de la Comisión, diputada señorita Cariola, refiere que hay distintos test de orina con periodo variable de búsqueda, y por eso cree que es bueno delegar al equipo sanitario y a Régimen Interno el mejor examen, por lo que prefiere la propuesta de Secretaría.

Puesto en votación el artículo 5, con la indicación de los diputados Coloma y Jiles, es aprobada por la mayoría de votos. Votan a favor los diputados (as) señores (as) Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Pamela Jiles; Andrés Longton, y Luis Sánchez. Votan en contra los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Marcos Ilabaca; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (7-6-0).

El señor Landeros, deja constancia de que el test de pelo es de carácter invasivo, y que les paso en el año 1995, por lo que si algún diputado o diputada recurre de protección no podrán tomar el test, lo que no será responsabilidad de la Secretaría.

Artículo 6

Artículo 6°.- El Secretario General deberá nombrar a un profesional de su dependencia, el cual deberá tener la calidad de funcionario público, para que actúe como encargado de relacionarse con el laboratorio que se haya adjudicado el control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales. Dicho funcionario será responsable de:

- Mantener una base de datos reservada con la identificación de las personas que sean sorteadas y de las que falte por hacerlo.

- Notificar al parlamentario seleccionado de manera aleatoria, que debe someterse a control y, posteriormente, por conducto del Secretario General, informarle su resultado.

- Facilitar que los seleccionados declaren, antes de donar la muestra de orina u otra prueba a la que se someta, cualquier medicamento, respaldada con certificación médica, que pudiera afectar con un resultado positivo los controles a realizarse.

- Participar en la toma de muestras y adoptar las medidas para asegurar su inviolabilidad e individualidad.

El funcionario respectivo deberá mantener reserva de acuerdo a la normativa vigente de los procedimientos y controles que se realicen como de la identidad de las personas que se sometan a dichos exámenes.

Adecuación conforme a votación anterior: reemplazar la frase “antes de donar la muestra de orina u otra prueba a la que se someta” por la expresión “antes de someterse al examen de pelo”.

En votación el artículo 6 (con la adecuación) es aprobado por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Artículo 7 nuevo, pasando el actual séptimo a ser octavo.

- Indicación de los diputados (as) Catalina Pérez y Gonzalo Winter

Para incorporar un nuevo artículo 7°, pasando a ser el actual 7° el número 8° y así sucesivamente, del siguiente tenor:

“Artículo 7°.- Todos los diputados y diputadas de esta Cámara deberán presentar una autorización anticipada de levantamiento de secreto bancario por el lapso de un año, la que será enviada por escrito dentro de los 15 días siguientes corridos siguientes al inicio del periodo legislativo, por el funcionario nombrado en virtud del artículo 6°.

Los y las parlamentarias deberán remitir al respectivo funcionario, la autorización firmada en un plazo de 10 días corridos. Quien se negare al otorgamiento de esta autorización, será sancionado en la forma prevista en el último inciso de este artículo.

Junto con el examen aleatorio establecido en el artículo 4°, el parlamentario o parlamentaria deberá presentar al funcionario nombrado en virtud del artículo 6° de este reglamento, las cartolas de todas las cuentas bancarias y de instituciones financieras que figuren a su nombre, de los últimos 6 meses anteriores a la realización de dicho examen.

Si el funcionario o funcionaria detectare movimientos que superen las 800 UF, individualmente considerados o en su conjunto, durante el lapso de un mes derivará los antecedentes a la comisión de Ética y Transparencia de esta Cámara.

La comisión de Ética y Transparencia solicitará al diputado o diputada en cuestión, la justificación del movimiento financiero.

El levantamiento se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

Si la persona sorteada se negare injustificadamente a entregar la información requerida a la que hace referencia este artículo, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del Reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.”

Artículo 7 (ahora 8°)

Artículo 7(8)°.- En los contratos que se celebren con el laboratorio que se adjudique la licitación deberá estipularse la obligación de aquél de contar o implementar que los controles garanticen la existencia de un sistema de cadena de custodia de muestras, que asegure la confiabilidad del proceso; que los análisis de muestras se efectúen mediante técnicas validadas, y que se mantengan contramuestras para verificación en caso de resultados positivos.

Con todo, el laboratorio, cada vez que se realice un control, deberá entregar a la Corporación, a través del funcionario encargado, un informe que indique las menciones a que hace referencia el artículo vigésimo del decreto supremo N° 1215, antes aludido.

En votación el artículo 7 es aprobado por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0- 0).

- Indicación del diputado Gustavo Benavente:

Para incorporar un nuevo artículo, pasando a ser el actual 7° el número 8° y así sucesivamente, del siguiente tenor:

“Artículo 8°.- Todos los diputados y diputadas de esta Cámara cuyo examen resultó positivo deberán presentar una autorización anticipada de levantamiento de secreto bancario por el lapso de un año, la que será enviada por escrito dentro de los 15 días siguientes corridos siguientes al inicio del periodo legislativo, por el funcionario nombrado en virtud del artículo 6°.

Los y las parlamentarias deberán remitir al respectivo funcionario, la autorización firmada en un plazo de 10 días corridos contados desde que se conocieron los resultados del examen. Quien se negare al otorgamiento de esta autorización, será sancionado en la forma prevista en el último inciso de este artículo.

Junto con el examen aleatorio establecido en el artículo 4°, el parlamentario o parlamentaria deberá presentar al funcionario nombrado en virtud del artículo 6° de este reglamento, las cartolas de todas las cuentas bancarias y de instituciones financieras que figuren a su nombre, de los últimos 6 meses anteriores a la realización de dicho examen.

Si el funcionario o funcionaria detectare movimientos que superen las 800 UF, individualmente considerados o en su conjunto, durante el lapso de un mes derivará los antecedentes a la comisión de Ética y Transparencia de esta Cámara.

La comisión de Ética y Transparencia solicitará al diputado o diputada en cuestión, la justificación del movimiento financiero.

El levantamiento se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

Si las o los diputados cuyo examen resultó positivo se negare injustificadamente a entregar la información requerida a la que hace referencia este artículo, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del Reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.”

Al respecto, fundando su indicación, la diputada señorita Pérez refiere que si lo que realmente se busca es perseguir o detectar el narcotráfico, la única vía efectiva es la investigación de las cuentas bancarias, para revisar las trasferencias que de cierto monto hacia arriba, justifiquen una investigación.

No está de acuerdo en las modificaciones del diputado Benavente, porque no se debe acotar solo a los diputados que dieron positivo, porque son dos objetivos distintos.

El diputado señor Benavente, en primer lugar, abrir cuentas de forma indiscriminada no es de su agrado, pero con todo lo que se esta persiguiendo no es el narcotráfico en sí, sino el consumo de drogas, las que pueden estar relacionadas al narcotráfico.

Si no fuera así, entonces no tendría sentido hacernos exámenes. Deberíamos poner cámaras de seguridad a las y los parlamentarios, para ver con quienes se juntan y donde van.

Siendo así, cree que el vínculo con el narcotráfico es indirecto.

Ahora, respecto de la apertura total de cuentas, los mismos diputados han expresado que los consumidores no son los que ostentan grandes cuentas bancarias, sino el traficante.

Con todo, en aras a la mayor transparencia, es que él propone que se abran las cuentas de aquellos que dieron positivo.

El diputado señor Ilabaca indica que siempre que se habla de apertura de cuentas, la derecha salta. El tráfico y vínculos con ese mundo no se da solo por consumo, sino más bien con el dinero o soborno. Desde ahí, es que le parece relevante aprobar la indicación de la diputada Pérez.

Ahora, si la derecha no quiere abrir sus cuentas corrientes, entonces seamos transparente y digámoslo, porque quien se niega es porque algo oculta.

El diputado señor Sánchez, indica que la indicación es para demorar, distraer y dilatar el proyecto de ley, que busca algo tan simple como es que todos nos hagamos un test de droga.

Ahora, cree también que si el narcotráfico prospera es porque no hace cosas tan tontas como sería enviarle una transferencia a un político. El cómo l hacen, seguramente será a la antigua, con maletín en mano.

Por último, manifiesta no saber cuándo el Congreso se transformó en un tribunal de justicia y la Comisión de Régimen Interno es una fiscalía. Si se presentare un proyecto de ley, estas atribuciones deberían estar entregadas a dichos órganos de justicia y persecución penal.

Es super relevante que a la ciudadanía le quede claro quienes usan drogas y quienes no, y no que se siga confundiendo con estas indicaciones y extendiendo la discusión innecesariamente.

El diputado señor Gaspar Rivas agradece a los miembros de la Comisión por dejarlo hablar, y quiere acotar algo práctico a la indicación.

Con todo, antes de aquello, cree que, si existe un proyecto que, aunque necesario, le sea indiferente, es éste. No consume ningún tipo de droga y tampoco recibe dinero de ningún lado.

Habiendo dicho aquello, le preocupa que el sentido positivo del proyecto se pueda malograr por lo siguiente. Si algún diputado tiene vínculo con narcotráfico, se burla fácilmente la norma con dinero en efectivo.

En ese sentido, le gustaría que estos mecanismos no se puedan escapar del control, ampliando entonces los sistemas de transacciones.

En votación la indicación de los diputados (as) Catalina Pérez, Gonzalo Winter es aprobada por alcanzar la mayoría de votos. Votan a favor los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. Votan en contra los diputados (as) señores (as) Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Andrés Longton, y Luis Sánchez. (7-6-0).

En consecuencia, la indicación del señor Benavente se da por rechazada reglamentariamente.

Fundamento de la votación:

El diputado señor Calisto, funda su voto en contra aclarando que si un diputado arroja resultado positivo, y en su segundo examen también da positivo, igualmente los antecedentes se deberán poner en Fiscalía, la que podrá solicitar levantamiento de secreto bancario, por lo que hacerlo de esa forma es irresponsable.

La diputada señora Jiles, refiere que la indicación es una aberración jurídica, la que nos ería admisible si no se tratara de una regulación reglamentaria. Con todo, y como está en serio legislando aquello, se hará parte de la misma, votando a favor para facilitar cualquier posibilidad que exista de levantar el secreto bancario.

La diputada señorita Pérez, lamenta el doble estándar de la Comisión respecto de la persecución del narcotráfico. Recuerda que acaban de votar a favor el artículo primero que propusieron, el que considera dentro de los objetivos del reglamento justamente aquello.

Siendo así, se de define como un objetivo pero luego votan en contra de los mecanismos que permitirán identificar esas redes, entonces estamos hablando de un doble estándar.

El diputado señor Sánchez, refiere que una orden judicial a través de una solicitud vía denuncia es suficiente para levantar el secreto bancario, y no a través de una modificación reglamentaria.

El diputado señor Soto, indica que votará a favor porque se debe celebrar las iniciativas que levanten el secreto bancario, partiendo por los miembros del Congreso Nacional. Indica que, en abril, un proyecto buscaba permitir levantar secreto bancario en las cuentas corrientes parlamentarias desde las 400 UF, el que fue rechazado por toda la derecha.

Luego, hace poco tiempo, la derecha nuevamente rechazo la misma iniciativa pero que aumentaba dicho estándar a cuentas por sobre las 800 UF.

Entonces, tienen una tendencia marcada a proteger la opacidad de sus cuentas bancarias. Aquí se han dictado leyes ilegales como la ley de pesca, donde se han condenado a parlamentarios por coimas.

El principal problema del parlamento es la falta de transparencia económica, y por eso votará a favor.

El diputado señor Winter, califica como una contradicción entre lo enunciado y la forma en que enfrentan, muchos parlamentarios, la indicación.

En efecto, cuando se discutió el test, argumentaban que eran mejor los de 6 meses porque el consumo de, por ejemplo, opiáceos, significaba un vínculo con narcotráfico. Ahora, cuando se dice que el levantamiento del secreto bancario puede ser una buena herramienta para aquello, dicen que no necesariamente significa que existe un vínculo con el narcotráfico.

En el mismo sentido, cuando se dice que la Cámara no es un tribunal, les recuerdo que llevamos tres semanas hablando de cómo castigamos al consumidor. Además, la derecha indica que, si esto no es público, entonces no sirve de nada.

Por último, se dice que vulnera la privacidad, pero hace una hora decían que la ciudanía tenía que saber todo lo que consume un parlamentario.

Siendo así, invita a tomar el debate enserio, sobre todo porque quizás el narcotráfico es el principal flagelo que vive nuestro país.

El diputado señor Venegas, manifiesta ser contrario a toda la ley, pero se ha dado cuenta de que cuando uno quiere legislar con seriedad sobre que drogas incluir o no, lo tildan de protector de la drogadicción. Siendo así, quiere utilizar la misma analogía, y decir que quienes protegen o se proponen al levantamiento del secreto bancario, entonces ¿qué están defendiendo?

Por último, la diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) indicó que el debate tiene varios puntos comunes, a saber: la transparencia y estándar que deben cumplir los parlamentarios.

Cuando un es diputado, tiene que tener claridad que su estándar de transparencia será mucho mayor, y por eso todos votaron a favor del proyecto.

El objetivo del proyecto, más que transformarlo en un circo romano, hay ciertos estándares éticos que cumplir, porque cuando el financiamiento ilegal de la política, cuando se liga al financiamiento irregular, claramente se daña la democracia, y en esto también se puede considerar al narcotráfico.

Artículo 8 (ahora 9°)

Artículo 8(9)°.- Todo parlamentario o funcionario que tenga conocimiento de los controles de consumo deberá mantener reserva en relación a la realización y resultado de los mismos, y a la identidad de las personas controladas.

Al respecto, diputado señor Coloma consideró que este articulo es incompatible con la indicación de su autoría que crea un nuevo artículo 10, que promueve la publicidad total de los resultados de test.

El señor Landeros, Secretario General, indica que aquello no es así, ya que lo que este artículo hace es establecer la reserva para funcionarios y diputados o diputadas durante el proceso de sorteo hasta los resultados.

En votación el artículo 8 (9) es aprobado por alcanzar la mayoría de votos. Votan a favor los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Miguel Ángel Calisto; Marcos Ilabaca; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. Votan en contra los diputados (as) señores (as) Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Camila Flores; Pamela Jiles, y Luis Sánchez. (8-5-0).

Fundamentación de votos:

La diputada señora Jiles estima que la información debe ser pública, por lo que no esta de acuerdo con negarle a cualquiera la posibilidad publicar la información.

La diputada señorita Pérez votará a favor, ya que no ve inconsistencia entre ambos, no son contradictorios.

El diputado señor Sánchez, estima que sí son contradictorios, ya que uno proclama la reserva y luego el artículo siguiente lo hace público.

El diputado señor Winter, indica que este articulado no se mete en la publicidad del resultado, sino en la seriedad del procedimiento, tanto de sorteo como de la custodia de datos personales durante su duración.

El diputado señor Benavente, refiere que la norma lo confunde. De la lectura del artículo 10 propuesto, no dice que la publicación de los resultados será estadística o nominal. Siendo así, cree que esta norma colisiona con la indicación referida.

Artículo 9 (ahora 10°)

Artículo 9(10)°.- El Secretario General o el funcionario que este designe deberá notificar personalmente y por escrito a las diputadas o diputados sorteados para el control.

Si la persona sorteada se negare injustificadamente a la realización del control a que hace referencia el artículo 5°, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del Reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.

El diputado señor Coloma, estima que la sanción para una persona que arroja positivo en la inhabilitación de la votación de ciertos proyectos relacionados con droga, y cree que esa sanción también debería estar presente para aquellos que se niegan.

El señor Secretario General, don Miguel Landeros, recomienda hacer esa indicación en el artículo 10° propuesto, de forma de no confundir las sanciones que están prescritas vía reglamentaria en los artículos 347 y 349.

Puesto en votación, el artículo 9 (10) es aprobado por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Artículo nuevo

- Indicación de los diputados Coloma y Jiles:

Para agregar un nuevo artículo 10°, del siguiente tenor:

"La diputada o diputado cuyo examen arroje un resultado positivo deberá inhabilitarse de todas las votaciones relacionadas con la prevención y control de consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la ley N° 20.000.

Del mismo modo, los resultados de los exámenes efectuados a las diputadas y diputados deberán ser públicos, no siendo aplicable para estos efectos lo dispuesto en la ley N° 19.628.".

Se acuerda votar por incisos.

Al inciso primero:

- Indicación del señor Coloma, para agregar un nuevo inciso segundo, pasando el actual a ser tercero y así sucesivamente:

“Sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 9(10), la diputada o el diputado que se niegue injustificadamente a realizarse el control, tendrá como sanción adicional la establecida en el inciso precedente.

El diputado señor Venegas, entiende que los reglamentos se someten a las leyes, y las leyes a la Constitución. Entiende que inclusive dentro de la Constitución, las garantías constitucionales como el secreto o confidencialidad son de mayor jerarquía.

Siendo así, pregunta si a través de esta regla de publicidad no son vulnerados esos derechos y principios.

El señor Landeros, Secretario General, indica que es al revés. La Constitución establece que cuando uno establece el secreto, debe hacerlo por ley (artículo 8 de la Constitución), pero en este caso se realiza lo contrario, es decir, una regla de publicidad, modificando o haciendo una excepción al tratamiento de datos personales de la ley N° 19.628.

Puesto en votación el inciso primero de la indicación (que incorpora artículo nuevo), con las indicaciones del señor Coloma, se aprueba por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Andrés Longton; Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. (13-0-0).

Inciso segundo: Se discuten y someten a votación dos propuestas:

- Indicación de los diputados Coloma, Jiles y Longton, que sustituye el inciso final:

“Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 8, los resultados de los exámenes efectuados a las diputadas y diputados deberán ser públicos, no siendo aplicable para estos efectos lo dispuesto en la ley N° 19.628.”

- Indicación del diputado Calisto, que sustituye el inciso final:

“Los resultados de los exámenes efectuados a las diputadas y diputados deberán ser tratados conforme a lo dispuesto en el inciso primero de la letra c) del artículo quinto de la ley N° 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.”.

Al respecto, el diputado señor Calisto indicó que el inciso primero de la letra c) de la ley N° 20.584, sobre derechos y deberes de los pacientes, es explícita al indicar que se debe “Respetar y proteger la vida privada y la honra de la persona durante su atención de salud. En especial, se deberá asegurar estos derechos en relación con la toma de fotografías, grabaciones o filmaciones, cualquiera que sea su fin o uso. En todo caso, para la toma de fotografías, grabaciones o filmaciones para usos o fines periodísticos o publicitarios se requerirá autorización escrita del paciente o de su representante legal.

Por lo anterior, ingreso una indicación para que se respete el derecho de confidencialidad de aquellos que arrojen resultado positivo. De ahí, vuelve sobre la idea del cómo se abordará a una persona que arroje resultado positivo.

Cree que es la única forma de ser coherentes con la legislación vigente en esta materia.

El diputado señor Coloma, indica que de aprobarse la indicación del diputado Calisto se va a mantener en secreto la información relativa a los resultados de los exámenes, haciendo perder el propósito de legislar en la materia, y que es informar con transparencia a la ciudadanía.

Cree que sería muy grave, y no podría explicarles a las personas que se van a hacer un test que será secreto.

Además, no estamos hablando de una persona enferma a secas, sino de un legislador con consumo problemático, que no solo verá perjudicado su labor, sino que puede también influir en terceros y en sus colegas.

El sentido final del reglamento es que se sepa quien consume droga, e invita a no hacer el ridículo, ya que el diputado que salga positivo se tendrá que inhabilitar para votar de proyectos relacionados.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) considera que la propuesta del diputado Calisto si se establece un mecanismo de publicidad, pero apegada a derecho.

Además, la persona que salga positiva se tendrá que someter a rehabilitación, y esto porque lo que se incorporó es una mirada sanitaria de considerar a ese diputado o diputada como enfermo, y por tal, sujeto de derechos de rehabilitación.

Por otro lado, la propuesta del diputado Coloma es publicidad a secas, sin establecer formas ni límites. En ese sentido, cree que es mejor la propuesta del diputado Calisto.

La diputada señora Jiles, la indicación del diputado Calisto no presenta mecanismos, ya que indica algo muy dudosa, y es que cualquiera diputado consumidor de drogas sería un enfermo, lo que no puede ser así, ya que tendría que cumplir una serie de requisitos para ser calificado.

En el mismo sentido, aunque sea considerado un enfermo, tampoco serpa inmediatamente un paciente. Para serlo, necesita ingresar a un tratamiento de rehabilitación.

Considerando aquello, no podemos aplicarle inmediatamente una normativa que solo se refiere a los pacientes.

El diputado señor Calisto, respondiendo a la diputada Jiles, indica que un diputado que se somete al examen, hasta ese momento no es paciente, pero desde el minuto en que esté el resultado positivo si debería ser considerado como paciente, que tiene derechos y esta enferma y debería ser tratado como tal.

Indica que hay que cuidar la labor parlamentaria, la que e este debate esta muy expuesta al indicar previamente que aquí estuviera presente el narcotráfico.

Indica conocer un caso puntual dentro de la Corporación de una persona con adicciones, y aunque no era de su color político no le hubiere gustado hacerlo público.

Las y los Chilenos deben confiar en sus instituciones, de forma de darle cuerpo y seguridad al país.

Puesta en votación la indicación del señor Calisto es aprobado por la mayoría de votos (7 de 13).

Votan por la indicación del señor Calisto: los (las) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Miguel Ángel Calisto; Marcos Ilabaca; Nelson Venegas (por el señor Leiva); Catalina Pérez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter.

Votan por la indicación de los diputados Coloma, Jiles y Longton: los (las) diputados (as) señores (as) Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Camila Flores; Pamela Jiles; Andrés Longton, y Luis Sánchez.

Fundamentación del voto:

La diputada señora Jiles, refiere que finalmente habrá examen de droga, a pesar de todos los intentos por dilatarlo, y que será este año y muy pronto, antes que termine julio, y será de pelo. Quedará institucionalizado, luego de 33 años de que parlamentarios han dicho que se realizarán los exámenes respectivos.

Siendo así, han ganado bastante en algo que ha parecido imposible.

El diputado señor Venegas, indica que fue convencido por la argumentación del diputado Calisto. Hoy, se homenajeó a personas detenidas y desaparecidas porque tenían una convicción política, no vaya a hacer cosa que relativicemos tanto el concepto de dignidad humana que, por cualquier cosa y ante cualquier hecho esa dignidad humana sea sobrepasada.

Todos los diputados, todas las personas e inclusive los privados de libertad son titulares del máximo de los derechos, el de la dignidad humana, la que esta por sobre la querella política.

El diputado señor Winter, refiere que no desea trasmitirles a las personas una información incorrecta. No están aprobado un test de droga cuyo resultado será secreto, porque la persona que saldrá positiva será derivada a la Comisión de Ética, donde sin lugar a duda toda la información se va a filtrar.

En segundo lugar, esa persona será inhabilitada para votar. En Tercer lugar, sus cuentas bancarias serán remitidas a Fiscalía para la investigación, donde seguro levantarán su secreto bancario.

El diputado señor Longton, se inclina por la primera decisión, ya que no hay que dejar esa publicidad a media, y el paso finar para hacerlo público y no quede a medias tintas.

La diputada señorita Cariola (Presidenta de la Comisión) indica que desde que el proyecto fue solicitado en tabla, su presidencia tuvo toda la voluntad de sacarla adelante, en tiempo corto.

Existirá un control de drogas, donde además se podrá levantar el secreto bancario de forma inédita, y con una mirada sanitaria que es importante cuando se trata de consumo problemático de droga.

Por lo anterior, esta a favor de la propuesta del diputado Calisto.

Por último, se designa como diputado infórmate al diputado Gustavo Benavente.

IV.- Personas o entidades escuchadas por la Comisión.

Se escuchó al diputado señor Juan Antonio Coloma, por los autores de la moción, y al Secretario General de la Corporación, señor Miguel Landeros.

V.- Artículos e indicaciones rechazadas y las declaradas inadmisibles.

Indicaciones rechazadas.

- Indicación de los diputados (as) señores (as) Catalina Pérez y Gonzalo Winter

Para sustituir el artículo 1° por el siguiente:

“Artículo 1°.- Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, con el objeto de evitar la comisión de delitos de narcotráfico u otros relacionados a estos y cualquier relación entre esta Cámara y las redes de narcotráfico que existen en el país. Los controles se verificarán con la realización de exámenes aleatorios, mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.”.

- Indicación de los diputados (as) señores (as) Gustavo Benavente, Juan Antonio Coloma, Jorge Alessandri, Pamela Jiles, Henry Leal, Luis Sánchez y Camila Flores.

Para incorporar en el artículo 1, entre las palabras “aleatorio” y “mediante” la frase “cuyos resultados serán públicos”.

Indicación de la diputada Karol Cariola:

-Sustitúyase el inciso primero del artículo 4º por el siguiente:

“Las diputadas y los diputados deberán someterse semestralmente a un control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas identificadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de este reglamento, a excepción de las sustancias prescritas para uso medicinal.”

- Indicación del diputado Gustavo Benavente:

Para incorporar un nuevo artículo, pasando a ser el actual 7° el número 8° y así sucesivamente, del siguiente tenor:

“Artículo 8°.- Todos los diputados y diputadas de esta Cámara cuyo examen resultó positivo deberán presentar una autorización anticipada de levantamiento de secreto bancario por el lapso de un año, la que será enviada por escrito dentro de los 15 días siguientes corridos siguientes al inicio del periodo legislativo, por el funcionario nombrado en virtud del artículo 6°.

Los y las parlamentarias deberán remitir al respectivo funcionario, la autorización firmada en un plazo de 10 días corridos contados desde que se conocieron los resultados del examen. Quien se negare al otorgamiento de esta autorización, será sancionado en la forma prevista en el último inciso de este artículo.

Junto con el examen aleatorio establecido en el artículo 4°, el parlamentario o parlamentaria deberá presentar al funcionario nombrado en virtud del artículo 6° de este reglamento, las cartolas de todas las cuentas bancarias y de instituciones financieras que figuren a su nombre, de los últimos 6 meses anteriores a la realización de dicho examen.

Si el funcionario o funcionaria detectare movimientos que superen las 800 UF, individualmente considerados o en su conjunto, durante el lapso de un mes derivará los antecedentes a la comisión de Ética y Transparencia de esta Cámara.

La comisión de Ética y Transparencia solicitará al diputado o diputada en cuestión, la justificación del movimiento financiero.

El levantamiento se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

Si las o los diputados cuyo examen resultó positivo se negaren injustificadamente a entregar la información requerida a la que hace referencia este artículo, serán sancionados por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del Reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.”

- Indicación de los diputados Coloma, Jiles y Longton, que sustituye el inciso final:

“Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 8°, los resultados de los exámenes efectuados a las diputadas y diputados deberán ser públicos, no siendo aplicable para estos efectos lo dispuesto en la ley N° 19.628.”

VI.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO:

“Artículo único.- Modificase el Reglamento de la Cámara de Diputados en el siguiente sentido: Incorpórase un nuevo Reglamento de Control de Consumo de Drogas en Parlamentarios, conforme al siguiente texto.

REGLAMENTO CONTROL DE CONSUMO DE DROGAS EN PARLAMENTARIOS

Artículo 1°.- Este Reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas y establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio, con el objeto de elevar los estándares de transparencia en la labor parlamentaria, junto con evitar la comisión de delitos del narcotráfico u otros relacionados a estos, y cualquier relación entre esta Cámara y las redes del narcotráfico que existen en el país. Los controles se verificarán con la realización de exámenes aleatorios mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad del control y la confiabilidad de los resultados.”.

Artículo 2°.- Para los efectos de lo que debe entenderse por sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, dependencia o adicción, prevención del consumo indebido de drogas, control de consumo, muestra y toma de muestra, se estará a lo dispuesto en la ley N° 20.000, y, en su caso, a lo señalado en el artículo segundo del decreto supremo N° 1215, de 2006, del Ministerio del Interior, que establece normas que regulan las medidas de prevención del consumo de drogas en los órganos de la Administración del Estado, así como el procedimiento de control de consumo aplicable a las personas que indica, conforme a lo establecido en la ley Nº 18.575.

Artículo 3°.- La Cámara de Diputadas y Diputados establecerá una política general de prevención y rehabilitación que permita prevenir el consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes, psicotrópicas y alcohol formulada por escrito y un plan de actividades de prevención para todas las personas que laboran en la Corporación. Para tal efecto, la Comisión de Régimen Interno y Administración podrá establecer un convenio de colaboración y solicitar la asesoría técnica del SENDA (Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol).

Artículo 4°.- Las diputadas y los diputados deberán someterse semestralmente a un control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales.

El procedimiento de control comprenderá a todas las diputadas y diputados, sin excepción, de manera aleatoria y semestral, mediante un sorteo que asegure que durante el período legislativo deba hacerse, al menos, dos veces el control respectivo. Dicho sorteo se realizará en reunión de Jefes de Comités convocada especialmente al efecto. Cada año el primer control deberá efectuarse antes del 30 de junio y el segundo antes del 31 de diciembre.

Con todo, la diputada o diputado cuyo resultado del examen sea positivo se tendrá que someter a un nuevo examen en el control siguiente.

El control se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

Artículo 5°.- Para el efecto de los controles, se deberá aplicar única y exclusivamente el examen de pelo.

Dichos controles serán realizados por un laboratorio cuyo funcionamiento esté debidamente autorizado por la autoridad sanitaria y se adjudicará cada cuatro años mediante licitación pública.

Artículo 6°.- El Secretario General deberá nombrar a un profesional de su dependencia, el cual deberá tener la calidad de funcionario público, para que actúe como encargado de relacionarse con el laboratorio que se haya adjudicado el control de consumo de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales. Dicho funcionario será responsable de:

- Mantener una base de datos reservada con la identificación de las personas que sean sorteadas y de las que falte por hacerlo.

- Notificar al parlamentario seleccionado de manera aleatoria, que debe someterse a control y, posteriormente, por conducto del Secretario General, informarle su resultado.

- Facilitar que los seleccionados declaren, antes de someterse al examen de pelo, cualquier medicamento, respaldada con certificación médica, que pudiera afectar con un resultado positivo los controles a realizarse.

- Participar en la toma de muestras y adoptar las medidas para asegurar su inviolabilidad e individualidad.

El funcionario respectivo deberá mantener reserva de acuerdo a la normativa vigente de los procedimientos y controles que se realicen como de la identidad de las personas que se sometan a dichos exámenes.

Artículo 7°.- Todos los diputados y diputadas de esta Cámara deberán presentar una autorización anticipada de levantamiento de secreto bancario por el lapso de un año, la que será enviada por escrito dentro de los 15 días siguientes corridos siguientes al inicio del periodo legislativo, por el funcionario nombrado en virtud del artículo 6°.

Los y las parlamentarias deberán remitir al respectivo funcionario, la autorización firmada en un plazo de 10 días corridos. Quien se negare al otorgamiento de esta autorización, será sancionado en la forma prevista en el último inciso de este artículo.

Junto con el examen aleatorio establecido en el artículo 4°, el parlamentario o parlamentaria deberá presentar al funcionario nombrado en virtud del artículo 6° de este reglamento, las cartolas de todas las cuentas bancarias y de instituciones financieras que figuren a su nombre, de los últimos 6 meses anteriores a la realización de dicho examen.

Si el funcionario o funcionaria detectare movimientos que superen las 800 unidades de fomento, individualmente considerados o en su conjunto, durante el lapso de un mes, derivará los antecedentes a la comisión de Ética y Transparencia de esta Cámara.

La comisión de Ética y Transparencia solicitará al diputado o diputada en cuestión, la justificación del movimiento financiero.

El levantamiento se aplicará en forma reservada y resguardará la dignidad e intimidad de ellos, observando las prescripciones de la ley Nº 19.628, sobre protección de los datos de carácter personal, o el texto que la reemplace.

Si la persona sorteada se negare injustificadamente a entregar la información requerida a la que hace referencia este artículo, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del Reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.

Artículo 8° (7°).- En los contratos que se celebren con el laboratorio que se adjudique la licitación deberá estipularse la obligación de aquél de contar o implementar que los controles garanticen la existencia de un sistema de cadena de custodia de muestras, que asegure la confiabilidad del proceso; que los análisis de muestras se efectúen mediante técnicas validadas, y que se mantengan contramuestras para verificación en caso de resultados positivos.

Con todo, el laboratorio, cada vez que se realice un control, deberá entregar a la Corporación, a través del funcionario encargado, un informe que indique las menciones a que hace referencia el artículo vigésimo del decreto supremo N° 1215, antes aludido.

Artículo 9° (8°).- Todo parlamentario o funcionario que tenga conocimiento de los controles de consumo deberá mantener reserva en relación a la realización y resultado de los mismos, y a la identidad de las personas controladas.

Artículo 10 (9°).- El Secretario General o el funcionario que este designe deberá notificar personalmente y por escrito a las diputadas o diputados sorteados para el control.

Si la persona sorteada se negare injustificadamente a la realización del control a que hace referencia el artículo 5°, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara, con las medidas que señala el artículo 347 del reglamento de la Corporación y las accesorias que indica el artículo 349 del mismo estatuto interno.

Artículo 11 (10).- La diputada o diputado cuyo examen arroje un resultado positivo deberá inhabilitarse de todas las votaciones relacionadas con la prevención y control de consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la ley N° 20.000.

Sin perjuicio del inciso segundo del artículo 10, la diputada o diputado que se niegue injustificadamente a realizarse el control, tendrá como sanción adicional la establecida en el inciso precedente.

Los resultados de los exámenes efectuados a las diputadas y diputados deberán ser tratados conforme con lo dispuesto en el inciso primero de la letra c) del artículo 5° de la ley N° 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

Artículo transitorio.- Para el año 2022 el primer control deberá realizarse, a más tardar, el 31 de julio de 2022 y el segundo el 31 de diciembre de 2022.

La Secretaría General, previo acuerdo de la Comision de Régimen Interno y Reglamento, podrá adjudicar la toma de muestra y control a un laboratorio solo para el año 2022 y licitar durante este año el resto del período legislativo.”.

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Tratado y acordado en sesiones de fechas 8, 14 y 28 de junio de 2022, con la asistencia de los (as) diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión); Daniela Serrano (por Karol Cariola); Juan Antonio Coloma (por Jorge Alessandri); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Raúl Leiva; Andrés Longton; Jaime Sáez (por Catalina Pérez); Catalina Pérez; Luis Sánchez; Leonardo Soto; Gonzalo Winter; Hugo Rey (por el señor Longton); Nelson Venegas (por el señor Leiva). Además asistieron los (as) diputados (as) Alejandra Placencia; Ximena Ossandón; Gloria Naveillán; Henry Leal, Juan Antonio Coloma; Diego Ibáñez, Gaspar Rivas, y Sergio Bobadilla.

Sala de la Comisión, a 28 de junio de 2022.

PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE

Abogado Secretario de la Comisión

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