Labor Parlamentaria
Participaciones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Antecedentes
- Senado
- Sesión Ordinaria N° 11
- Celebrada el 03 de noviembre de 1993
- Legislatura Extraordinaria número 327
Índice
Cargando mapa del documento
Intervención
MODIFICACIÓN DE LEY SOBRE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, Y DEROGACIÓN DE OTRAS NORMAS LEGALES
Autores
El señor THAYER.-
Señora Presidenta, el punto planteado aquí tiene dos aspectos que me interesa esclarecer.
En primer término, los precedentes invocados no nos sirven de mucho si se trata de normativas dictadas bajo el imperio de la antigua Constitución, porque era enteramente distinto lo que competía a la función reglamentaria y lo que era propio de la función legislativa. En todo caso, la norma tocante a establecer la facultad de determinar las condiciones sanitarias y, en seguida, la de fiscalizar el cumplimiento de ellas es absolutamente anómala. No es propio que una entidad determine ciertas disposiciones y luego fiscalice lo que ella misma ha dispuesto. La facultad de determinar corresponde a la potestad reglamentaria del Presidente de la República ; la de fiscalizar es propia de organismo fiscalizador.
El señor ZALDÍVAR.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor THAYER.-
Con la venia de la Mesa, con todo agrado.
La señora FREI ( Presidenta accidental ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR.-
Señora Presidenta, creo que la interpretación señalada por Su Señoría, es excesivamente estricta, porque no es efectivo lo que indica el señor Senador. Las superintendencias dictan normas que luego fiscalizan. La Superintendencia de Valores y Seguros, por ejemplo, determina y regula en virtud de sus circulares las condiciones que debe cumplir la entidad fiscalizada. De modo que las propias superintendencias -repito- son las que fiscalizan las normas que ellas mismas emiten.
Entonces, creo que la interpretación del señor Senador es demasiado estricta como para concluir que debe apoyarse la indicación.
He querido hacer esa aclaración, porque en la Administración -insisto- hay órganos del Estado que determinan normas de operación y, a su vez, las fiscalizan. Impuestos Internos dictamina disposiciones que deben cumplir los contribuyentes para realizar sus declaraciones y, luego, fiscalizar el cumplimiento de esas normas que él mismo emitió.
La señora FREI (Presidenta accidental).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor Thayer.
El señor THAYER.-
Señora Presidenta, cuando nosotros vamos descendiendo del plano constitucional al legal y al reglamentario, entramos específicamente a lo que son los Poderes Constituyente, Legislativo y Reglamentario, que es propio del Poder Ejecutivo.
Es posible que existan leyes que hayan establecido, antes o ahora, en las muy rígidas formas que la Constitución señala, el mecanismo de las facultades delegadas. Pero lo propio del sistema reglamentario es que él corresponda a facultad del Presidente de la República. Y la Carta vigente ha ampliado esta facultad reglamentaria hasta el extremo de que en el propio Senado y en el Congreso Nacional, por costumbre, se está tendiendo a legislar sobre temas que actualmente no son propios de ley, sino de reglamento.
La norma que establece esta facultad de determinar las condiciones sanitarias es de carácter reglamentario, y no constituye aplicación de disposiciones reglamentarias ni consiste en instrucciones que puedan darse en cumplimiento de un reglamento. Esto implica reglamentar.
Por eso, a mi entender, la indicación formulada es absolutamente clara al distinguir la facultad fiscalizadora de la reglamentaria.
Tocante al punto de la delegación de facultades propias del Presidente de la República (atribuciones legislativas) en determinados organismos, debo expresar que es una cuestión muy delicada respecto de la cual no quiero extenderme. Pero -repito- reglamentar es una facultad propia del Presidente de la República , y los organismos establecidos por ley fiscalizan lo que ha sido reglamentado.
Por esas razones, estimo que la indicación debe aprobarse.
He dicho.