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Antecedentes
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  • Sesión Especial N°132
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Informante
CREACIÓN DE SERVICIO DE PROTECCIÓN A LA NIÑEZ (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 12027-07)

Autores

El señor MULET (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento

El señor ALESSANDRI (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara: en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, originado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República, que crea el Servicio de Protección a la Niñez y modifica normas legales que indica.

El objetivo del proyecto consiste en la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia, el cual tendrá por objeto la protección especializada de niños y niñas, entendida como la restitución del ejercicio de los derechos vulnerados de niños y niñas debido a abuso o maltrato, y la reparación de las consecuencias provocadas por dichas vulneraciones.

Así, al ser este un servicio especializado, se dirigirá a la protección de los niños y niñas que han sido “gravemente” vulnerados y no a cualquier vulneración de derechos. En este sentido, constituirá vulneración grave lo que el Código Penal, la ley N° 20.066, sobre violencia intrafamiliar, y las demás leyes respectivas definan por abuso y maltrato, incluyendo asimismo el abandono o la negligencia grave.

Durante la discusión del proyecto, la comisión escuchó a las siguientes personas: el ministro de Desarrollo Social, señor Alfredo Moreno ; la subsecretaria de la Niñez, señora Carol Bown , y diversos asesores del ministerio y de la subsecretaría; el asesor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia señor Max Pavez ; la defensora de la Niñez, señora Patricia Muñoz ; el director del Centro de Políticas Públicas de la Universidad Católica, señor Ignacio Irarrázaval ; el director de la Escuela de Derecho de la Universidad La República, señor Magdiel Nicholls ; el asesor de la Fundación Jaime Guzmán señor Carlos Oyarzún ; la presidenta de la Asociación de Funcionarios del Sename, señora Alicia del Basto ; el representante del Movimiento ProAcogida señor Matías Sime ; el representante del Hogar de Cristo señor Paulo Egenau ; la directora de educación de la Mesa de Residencias, señora Teresa Izquierdo ; la coordinadora de la Mesa Técnica de Residencias, señora Ximena Calcagni ; las representantes de la Corporación Opción señoras Milagros Nehgme y Camila de la Maza ; el representante del Centro de Estudios de Derecho Público y Sociedad de la Universidad San Sebastián señor Arturo Squella ; el director de Estudios de la Fundación Ciudad del Niño, señor Claudio Andrade ; las representantes de la Comunidad de Organizaciones Sociales señoras Paulina Fernández y Nicole Romo ; la coordinadora de la Comisión de Infancia de la Asociación Nacional de Magistrados, señora Mónica Jeldres ; la magistrada señora Gloria Negroni , y el representante de la Asociación Nacional de Trabajadores del Sename (Antrase) señor Walter Arancibia .

Durante la discusión del proyecto la comisión celebró 22 sesiones, en las cuales se analizó en profundidad su contenido, visto como una oportunidad histórica de mejorar las condiciones de la infancia y la adolescencia más vulnerables. Por ello, surgió una multiplicidad de propuestas, la inmensa mayoría de ellas de consenso, que se tradujeron en modificaciones encaminadas a perfeccionar el proyecto. Desde ya, la denominación del servicio que se crea se cambió por la que acabo de mencionar, a fin de especificar que se trata de dar una protección especializada a la infancia y a la adolescencia susceptible de medidas de protección, la cual ha de ser especializada, de manera que sean tales medidas las que se adapten a las necesidades de los menores y no al revés, como ocurría hasta hoy.

Asimismo, se introdujeron medidas para perfeccionar el control y fiscalización de los organismos colaboradores, no solo en el empleo de los recursos, sino en que efectivamente se brinde una protección adecuada a los menores; se perfeccionó el rol de los colaboradores en los procesos de adopción para evitar que influyan subjetivamente en el mismo; se incrementaron los recursos para atender las necesidades de este nuevo servicio, en especial en los costos fijos; se exige un perfil adecuado a quienes van a trabajar con los menores; se establece como ultima ratio la internación de los menores como medida de protección; se aborda en forma integral la salud física y mental de los menores; se estableció una normativa adecuada para los menores que egresen del sistema, de manera que no queden en el abandono, y se establecieron otros múltiples cambios que sería largo de enumerar en este informe.

Serán sujetos de atención de este nuevo servicio todos los niños y las niñas que hayan sido vulnerados en sus derechos debido a abuso o maltrato, incluyendo a sus familias, sean estas biológicas, adoptivas o de acogida, o a quienes los tengan a su cuidado, en los casos que ello corresponda.

Serán principios rectores del nuevo servicio el interés superior del niño, su derecho a ser oído, la autonomía progresiva, el derecho y deber preferente de los padres a educar a sus hijos, el fortalecimiento del rol protector de la familia y el derecho de los niños y las niñas a su vida familiar.

Se establece una Comisión Coordinadora de Protección, la que tendrá como función la coordinación intersectorial de los órganos de la administración del Estado que desarrollen acciones, prestaciones o servicios orientados a la protección de los derechos de los niños y niñas.

Los programas deberán ser diseñados sobre la base de evidencia y evaluaciones anteriores. Dichas evaluaciones y estudios deberán considerar, necesariamente, la realidad territorial, cultural y geográfica del lugar donde los programas se ejecuten. En el mismo sentido, en el nuevo servicio se propenderá a la flexibilidad, de acuerdo con el sujeto de atención, y a las particularidades de cada territorio, de manera que la intervención se adapte a las necesidades de cada caso.

El nuevo Servicio de Protección a la Niñez se hará cargo de los niños y las niñas menores de catorce años de edad que incurren en conductas delictuales, evitando su estigmatización, pero a la vez ofreciendo programas de protección exclusivamente dirigidos a su reparación, en virtud de la complejidad de cada caso, y a su reintegración social, con el objeto de prevenir la cronificación o agravamiento de este tipo de conductas.

Actualmente, en el sistema de protección existen instituciones conocidas como entidades “coadyuvantes”, que se dedican al cuidado residencial de niños y niñas sin recibir a cambio una subvención por parte del Sename. Se elimina esta figura. Además, se exige que todas las personas jurídicas que desarrollen funciones que son objeto del nuevo servicio se constituyan necesariamente como colaboradores acreditados. Asimismo, se crea un registro de personas naturales que brinden servicios.

En el presente proyecto de ley se prioriza el cuidado alternativo familiar por sobre el residencial, de manera de resguardar en todo momento el derecho de los niños y las niñas a vivir en familia. Además, se establece la misma banda de subvención respecto del cuidado alternativo familiar o residencial, incentivando así el cuidado en familias de acogida.

Se centran los esfuerzos en que los niños y las niñas que viven en residencias lo hagan de la mejor manera posible, mejorando la infraestructura de las residencias y reduciendo su sobrepoblación, entendiendo que esta nunca será la mejor opción para el desarrollo de los niños y las niñas. Por esto, se impulsan mejoras en el sistema de cuidado alternativo de tipo residencial, destinando mayores recursos a esta línea de acción y favoreciendo las residencias pequeñas con cuidados más personalizados respecto de las residencias masivas.

Se incorpora un sistema integrado de información, que tendrá como objetivo el seguimiento y monitoreo de los niños y las niñas sujetos de atención del servicio y de sus familias, y el monitoreo de las prestaciones que reciban. Dicho sistema será interoperable con los sistemas de información que mantengan otros organismos, resguardando en todo momento la confidencialidad y protección de los datos personales.

Se incorporan capacitaciones periódicas, en las que deberán participar, obligatoriamente, los funcionarios del servicio, a las que podrán acceder los trabajadores de los colaboradores acreditados, con el objeto de mejorar sostenidamente las habilidades y conocimientos del personal para el desarrollo de las tareas propias de sus cargos.

Se establecen mayores exigencias respecto de los colaboradores acreditados y se establecen sanciones en caso de no cumplir con los estándares de funcionamiento que establezcan el servicio y el Ministerio de Desarrollo Social, a propuesta de la Subsecretaría de la Niñez. Se incluye la exigencia de realizar auditorías externas, anuales y obligatorias respecto de los programas ejecutados directamente por el servicio. Se toman medidas para garantizar oferta de protección en todas las regiones.

Se crea un Consejo de Expertos, compuesto por especialistas en el área de la niñez, que tendrá como función asesorar al servicio en diversas materias, así como aprobar ciertas propuestas que realice el director regional o nacional del servicio, según corresponda, de manera de otorgar una mayor imparcialidad en las definiciones que se adopten. Este consejo tendrá representantes de la sociedad civil.

Finalmente, por las razones señaladas, la comisión propone a la Sala aprobar este proyecto de ley.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

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