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Intervención
INFORME SOBRE CUMPLIMIENTO DE CONVENIOS POR PARTE DE ORGANIZACION EUROPEA PARA LA INVESTIGACION ASTRONOMICA EN EL HEMISFERIO AUSTRAL, ESO.

Autores

El señor GUZMAN.-

Señor Presidente, el Diputado informante ha expuesto claramente cuáles son los problemas que la Comisión investigadora detectó en el Chile y la ESO, publicado en el Diario Oficial del 4 de abril de 1964.

En ese Convenio se reconoce a ESO las mismas inmunidades, prerrogativas, privilegios y facilidades que el Gobierno de Chile da a la Cepal en Chile.

En los años siguientes, el convenio inicial ha tenido sucesivas modificaciones y ampliaciones, las que culminan con la donación del Paranal por el fisco de Chile con una superficie de 72.500 hectáreas para la instalación del gran telescopio.

Los problemas que se han presentado, fundamentalmente sobre la base de los antecedentes vistos en la Comisión, son:

En el convenio inicial se autoriza la instalación de un observatorio ¿Qué se entiende por un observatorio? El actualmente instalado de Lá Silla. ¿Y el del cerro Paranal sería otro observatorio? Es una de las primeras dudas que tiene que analizarse en las conversaciones que sostiene el Gobierno con la ESO.

¿Qué estatuto rige la relación laboral de funcionarios chilenos con el organismo internacional? Hay antecedentes en que las inmunidades otorgadas le permitirían tener un sistema distinto, sin la participación de la Inspección del Trabajo chilena. También hay informes en contrario.

Este es un punto que se debe aclarar en las conversaciones, que se llevan a cabo entre el Gobierno y la ESO.

En lo relativo a las facilidades de uso e instalación a nuestros profesionales y tiempo de observación, no hay nada que obligue a la ESO disponer de tiempo para observación de los funcionarios chilenos.

Es importante que en las conversaciones se acuerde dejar un porcentaje de tiempo para estos profesionales, que hemos estimado debe ser 10 por ciento.

Los que más nos preocupan es la donación del cerro Paranal que son 72.500 hectáreas, mediante el decreto 861, de 19 de octubre de 1988, y que se formaliza con la escritura firmada el 21 de noviembre de 1988.

A nuestro modo de ver, ¿cuál es el problema fundamental en este instrumento?

El fisco de Chile entrega 72.500 hectáreas a la ESO, a título gratuito, con una prohibición de enajenar por solo cinco años, que expira en octubre de 1993. En esa oportunidad, la ESO puede determinar irse del país y negociar, parcelar o explotar las pertenencias mineras allí existentes. Eso creemos que es de vital importancia, sobre todo por los antecedentes tenidos a la vista, ya que el 9 de agosto de 1988 ingresó a la Contrataría General de la República el decreto supremo 643, de 1968, el cual fue rechazado porque su letra a) era contradictoria con su letra c).

Su letra e) deja expresa constancia que las mejoras, instalaciones e infraestructuras que allí se introduzcan, quedarán a total beneficio del fisco, si la ESO por cualquier causa, razón o motivo, haga abandono de ellas o del país.

Esta determinación, que consideramos importante hubiera quedado establecida en la escritura y en el decreto N° 861, se eliminó de ambos documentos. A pesar de que también opinamos que los trámites que debían llevarse a cabo no fueron cumplidos a cabalidad, al no estar refrendados por el Poder Legislativo del momento, y tratándose de una donación del Gobierno de Chile a una organización intergubernamental, estimamos conveniente recomendar a Su Excelencia y a la comisión negociadora que hagan especial hincapié en que, tanto el decreto N° 861 como la escritura deben ser modificados, a fin de salvaguardar los intereses del fisco, en caso de que la "ESO", por cualquier circunstancia, abandone el país.

También consideramos conveniente revisar los privilegios tributarios que se le concedieron. Tenemos antecedentes de que son muy considerables las exenciones que otorgó el Gobierno chileno. Por lo tanto, la Comisión acordó enviar sus conclusiones al Presidente de la República, a fin de que sean consideradas en las negociaciones que mantiene nuestro Gobierno con la ESO.

No tenemos inconveniente en que se instale el observatorio, pero consideramos que mediante la corrección o la firma de un nuevo convenio entre la ESO y el Gobierno de Chile, se incorporen nuestras observaciones, que consideramos de gran interés para el país y para que no se produzcan nuevos problemas -como los que ya han ocurrido- entre la ESO con sus funcionarios y con el Estado chileno, producto de las diferentes interpretaciones del convenio inicial, que ha debido ampliarse a través de notas verbales.

En consecuencia, las conclusiones entregadas, de ninguna forma contienen la intención de que la ESO abandone nuestro territorio o de que no desarrolle sus actividades en Chile. Muy por el contrario, sólo tienden a subsanar los problemas puntualizados y a que el Gobierno los considere al firmar un nuevo convenio o al efectuar las ampliaciones y correcciones necesarias.

He dicho.

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