Labor Parlamentaria
Participaciones
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Antecedentes
- Senado
- Sesión Ordinaria N° 54
- Celebrada el 20 de mayo de 1997
- Legislatura Extraordinaria número 334
Índice
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El señor
Señor Presidente, refería anteriormente que, según señala el mensaje, en este contexto el marco regulatorio existente presenta vacíos y rigideces, lo que hace necesario conformar un nuevo esquema, que contemple tanto la acción del Estado como la de los privados, con el fin de impulsar un desarrollo del sector portuario competitivo y sustentable en el tiempo.
En cuanto al proyecto, el Gobierno ha decidido, como primer paso, iniciar la modernización y descentralización de EMPORCHI cambiando su ley orgánica, para, posteriormente, enviar un proyecto de ley general de puertos, con el objeto de precisar las normas de funcionamiento del sector, considerando aspectos tales como la planificación estratégica, la coordinación de actividades entre los entes público y privado, la relación entre el puerto y la ciudad, la institucionalidad del sector y el marco regulatorio.
El mensaje señala que para cumplir con su objetivo social, las nuevas empresas autónomas privilegiarán la participación del sector privado, pudiendo delegar su realización a terceros, mediante diversos instrumentos, tales como el otorgamiento de concesiones portuarias y el arrendamiento o constitución de sociedades anónimas con personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que podrán tener por objeto la administración y explotación de frentes de atraque, y que, para los efectos legales posteriores a su constitución, se regirán por las normas de las sociedades anónimas abiertas.
El proceso de concesiones de cada empresa autónoma deberá concordar con su Plan Maestro, su Calendario Referencial de Inversiones y su Plan Anual de Gestión, que son instrumentos de carácter público de planificación, los cuales deberían contribuir a dar transparencia a su gestión, entregando elementos de juicio a los inversionistas.
Con el objeto de hacer atractivas las concesiones de los frentes de atraque existentes o nuevos, se establece en el proyecto que las empresas, antes de dar inicio al proceso de concesión, deberán valorizar sus activos y fijar sus políticas generales sobre esta materia, a fin de que las inversiones no sean incentivadas por decisiones arbitrarias de la empresa, sino que sean más bien el resultado de la evaluación económica que haga el propio inversionista. Por otra parte, la iniciativa en debate dispone que el concesionario optará por el sistema de operación portuaria según el marco general que se establezca en las bases de licitación. El concesionario podrá gravar el derecho de la concesión, las acciones de la sociedad concesionaria y los equipos y bienes que aporte a la concesión, según se establezca en el respectivo contrato.
El Ejecutivo ha declarado que la propiedad de los terrenos de los recintos portuarios estatales, los frentes de atraque y, en general, la infraestructura estatal de uso estrictamente portuario, no serán privatizados, manteniéndose su carácter de uso público y permaneciendo como patrimonio de las empresas portuarias estatales cuyo rol estratégico consistirá en atraer inversión privada y crear condiciones favorables para el desarrollo de mayores niveles de competencia en su interior.
Cabe señalar que la mayor parte de las actividades dentro de los puertos de EMPORCHI, tales como transferencia, estiba, desestiba y porteo, desde el año 1981 son realizadas por el sector privado en un sistema competitivo. La empresa actualmente realiza tareas de mantenimiento, asignación de sitios a los buques, almacenamiento, administración de bienes comunes y vigilancia.
La autonomía de las nuevas empresas portuarias estatales debiera incidir positivamente para que las decisiones de sus directivos respondan a los problemas e intereses de cada una de ellas.
La administración y representación de las empresas autónomas la ejercerá un Directorio, compuesto de 3 a 5 miembros de libre designación del Jefe del Estado , quien nominará a uno de ellos para que se desempeñe como Presidente. En el caso de las empresas portuarias de Valparaíso, San Antonio , Talcahuano y San Vicente , el Directorio se compondrá de 5 miembros. También se integrará un representante de los trabajadores, sólo con derecho a voz.
En cada empresa habrá un Gerente General de la exclusiva confianza del respectivo Directorio, a quien corresponderá ejecutar los acuerdos y la supervisión permanente de la administración y funcionamiento.
Las empresas autónomas quedarán sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, y a la supervisión de la Contraloría General de la República únicamente respecto de los aportes y subvenciones que reciban del Fisco.
Podrán dar en arrendamiento u otorgar concesiones portuarias de sus bienes hasta por 30 años. Sin embargo, cuando la finalidad del arriendo o concesión sea ajena a la actividad portuaria, el plazo no podrá exceder de 10 años.
En el caso particular de los frentes de atraque -constituidos por uno o más sitios-, la participación de terceros se efectuará por medio de concesiones portuarias adjudicadas a sociedades anónimas abiertas de giro exclusivo, cuyo objeto sea el desarrollo, mantención y explotación del frente de atraque respectivo.
La construcción y desarrollo de los nuevos frentes deberá también realizarse mediante concesiones. De no haber interesados en invertir en infraestructura o no ajustarse las ofertas a las bases, las empresas autónomas podrán emprender tales inversiones con recursos propios.
Todos los servicios que presten las empresas autónomas portuarias, aun cuando se trate del Fisco, municipalidades u otros organismos de administración estatal, serán pagados, aplicándose las mismas tarifas vigentes para el público.
Cada empresa deberá proponer un reglamento público de uso de los frentes de atraque, el que será aprobado, rechazado o modificado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Esa normativa formará parte integrante de las bases de toda licitación.
Continuación de EMPORCHI
El proyecto de modernización de EMPORCHI contempla un proceso gradual de descentralización con la creación de las nuevas empresas e inicio de su funcionamiento. En este período de transición contará con un Directorio de 5 miembros y un Gerente, todos designados por el Presidente de la República , más un Director representante de los trabajadores, sólo con derecho a voz.
El primer Directorio de la nueva entidad se designará dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la ley modificatoria. Su objeto principal será desarrollar todos los actos jurídicos y operacionales conducentes a poner en funcionamiento las empresas autónomas de la Empresa Portuaria de Chile, cuya existencia legal terminará, por ministerio de la ley, 90 días después de la fecha de publicación del decreto supremo que designe totalmente el primer Directorio de la última empresa portuaria autónoma estatal de las 10 que deberán crearse.
Aspectos laborales
En cuanto a los aspectos laborales, conviene tener presentes los siguientes antecedentes informados por EMPORCHI:
-La dotación de personal sufrirá reducción en el corto y mediano plazo.
-La mayoría de los trabajadores se rigen por las normas del Estatuto Administrativo.
-De los trabajadores de planta, casi 800 cotizan en el Instituto de Normalización Previsional (INP) y más de 700 lo hacen en las administradoras de fondos de pensiones (AFP).
-La remuneración de los trabajadores se compone de asignaciones fijas y variables. Estas últimas son específicas del sector portuario, tales como feriados, turnos, sobretiempo, tonelaje movilizado, etcétera, y son acordadas y luego establecidas por medio de resoluciones triministeriales.
La creación de las nuevas empresas autónomas significará, en aquellos aspectos de mayor relevancia, que:
-Los trabajadores se incorporarán voluntariamente a ellas. Se tratará de no efectuar despidos, en virtud de las condiciones especiales que se establecen en el proyecto.
-Seiscientos 50 trabajadores, según se estima, titulares de cargos de planta que se encuentren destinados a una empresa autónoma que inicia sus actividades, que cuenten con a lo menos 15 años de servicios efectivos prestados a EMPORCHI y 20 o más años como imponentes en el Instituto de Normalización Previsional, se hallan en condiciones de jubilar anticipadamente. Quienes decidan hacerlo recibirían una indemnización equivalente al total de años servidos, siempre que no celebren contrato de trabajo con las empresas portuarias autónomas, con sociedades en que éstas tengan participación o con sociedades en que participen organismos de la Administración del Estado.
-Los trabajadores que se incorporen a las nuevas empresas autónomas mantendrán sus actuales remuneraciones y su derecho a indemnización posterior, sin perder los años de servicio en EMPORCHI. Su traspaso será sin solución de continuidad, y podrán recibir, en caso de retiro posterior, el desahucio a que tuvieren derecho a partir de la fecha en que opere el cambio de régimen laboral.
-El personal de esas empresas se regirá exclusivamente por las disposiciones del Código del Trabajo y sus normas complementarias, y por las de la ley en proyecto.
Con el objeto de facilitar el proceso de modernización de EMPORCHI, se suscribieron dos acuerdos laborales en agosto de 1995 y un anexo a esos documentos en abril de 1996, con la participación de las dos Federaciones de Trabajadores Portuarios y de los señores Ministros de Hacienda , Secretario General de la Presidencia y de Transportes y Telecomunicaciones. Después, durante el trámite del proyecto, ha surgido una petición para que se otorgue igual indemnización a aproximadamente 200 trabajadores adscritos al sistema de administradoras de fondos de pensiones, cuyos cargos serán suprimidos. Ello escapa a la iniciativa parlamentaria y se encuentra en conocimiento del Ejecutivo.
Labor realizada por la Comisión
En la Comisión se realizaron 16 sesiones, en conjunto, totalizándose aproximadamente 60 horas de trabajo. Además, se efectuaron visitas técnicas: una de dos días al puerto de Buenos Aires , otra al recinto portuario de Valparaíso y una tercera al puerto de San Antonio. En este último se llevó a cabo una reunión especial, con la participación del sector de pescadores artesanales e industriales, de representantes de industrias pesqueras instaladas, de autoridades comunales, portuarias, de EMPORCHI, etcétera. Se conocieron las distintas inquietudes y un proyecto en estudio de EMPORCHI en relación con las futuras inversiones, ampliaciones y emplazamiento de las distintas actividades y su impacto en el sistema portuario, en la ciudad, los accesos y su entorno.
Fueron recibidos en audiencia especial los directivos de EMPORCHI y los dirigentes de las Federaciones de Trabajadores Portuarios, con el objeto de conocer a fondo los asuntos laborales comprendidos en el cambio y descentralización, y las soluciones propuestas en el proyecto.
Igualmente, se nos hicieron llegar numerosas solicitudes de audiencia, en relación con las disposiciones de que se trata, razón por la cual se decidió celebrar una sesión especial conjunta, extendiéndose invitación para participar a representantes de las principales instituciones públicas vinculadas con la materia: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, EMPORCHI , Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, organizaciones gremiales de trabajadores portuarios, Cámaras Marítimas, Asociación de Industriales Pesqueros, Cámara Chilena de la Construcción, Cámara Aduanera, Sociedad de Fomento Fabril; el señor Alcalde de Valparaíso , quien a su vez es Presidente de la Asociación de Ciudades Puertos de Chile; Asociación Nacional de Armadores de Chile; Asociación Nacional de Agentes de Naves de Chile, Instituto Libertad y Desarrollo, entre otros. Asistieron 46 personas y casi todas ellas expusieron sus puntos de vista, acompañando minutas con observaciones y sugerencias.
Además, se recibieron y estudiaron numerosos documentos, los que, junto con los informes de las visitas efectuadas, se hallan a disposición de los señores Senadores.
La Comisión estimó conveniente y necesario que el Ejecutivo dé a conocer, en el más breve plazo, una política portuaria nacional que permita aprovechar la potencialidad del país en ese ámbito, y que se dicte, asimismo, la Ley General de Puertos. Ello fue hecho presente al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Se puso término al estudio del proyecto a comienzos de enero de 1997, despachándose a mediados de ese mes el primer informe a la Comisión de Hacienda, con lo que se dio cumplimiento a lo acordado por la Sala.
Finalmente, debo informar al Honorable Senado que la normativa propuesta consta de 49 artículos permanentes y 8 transitorios. Las disposiciones de quórum especial son el artículo 40, relativo al control de la Contraloría General de la República a las nuevas empresas, precepto cuya aprobación requiere cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio por revestir el carácter de orgánico constitucional, y los artículos 1° y 2° permanentes, en cuanto a la creación y naturaleza de las empresas autónomas, y 4° transitorio, sobre dotación, vacancia, indemnización, etcétera, de los trabajadores de EMPORCHI durante el período de transición, los que deben ser aprobados con quórum calificado.
La Comisión acogió la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Hormazábal , Hamilton , Mc-Intyre , Otero y el que habla, y recomienda a la Sala su aprobación.
El señor ROMERO (Presidente).-
Para informar respecto de lo obrado en la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor
¿Me permite, señor Presidente?
La Sala acordó que la iniciativa también pase, en su segundo informe, a la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura. Me permito proponer, para facilitar la discusión, que se funcione de modo conjunto. Sin perjuicio de que las indicaciones, según me han señalado, son menores, cabe recordar que además será necesario analizar lo planteado por la Comisión de Hacienda.