Labor Parlamentaria
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Antecedentes
- Cámara de Diputados
- Sesión Ordinaria N°64
- Celebrada el 01 de septiembre de 2016
- Legislatura número 364
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Intervención
INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA DE LAS CONDICIONES GENERADAS POR EL ESTADO COMO FACTORES QUE FAVORECIERON LA COLUSIÓN
Autores
El señor ANDRADE (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor
Señor Presidente, cumplo con rendir el informe de la Comisión Especial Investigadora de las condiciones generadas por el Estado, a través de la política forestal expresada en el decreto ley N° 701, como factores que favorecieron un escenario de colusión, acerca de su competencia y, en particular, sobre las conclusiones y sugerencias a las que arribó.
En función del tiempo asignado, me saltaré la parte protocolar de la creación de la comisión y me centraré directamente en las conclusiones y proposiciones aprobadas por ella.
Es preciso consignar que en la última sesión celebrada por esta comisión especial investigadora, prorrogada legal y reglamentariamente, se procedió a discutir y votar las conclusiones y proposiciones presentadas por este diputado informante, que derivan del trabajo realizado en cumplimiento de su mandato.
Puestas en votación las referidas conclusiones y proposiciones, fueron aprobadas por unanimidad, con los votos a favor de la diputada Loreto Carvajal y de los diputados Fuad Chahin, Iván Fuentes , Carlos Abel Jarpa y quien habla
Las principales conclusiones y proposiciones aprobadas por esta comisión especial investigadora fueron las siguientes:
Lamentablemente, en los últimos años. y con mayor frecuencia, los consumidores chilenos han sido víctimas de la colusión. Hechos emblemáticos, que han conmocionado a la opinión pública, son los casos de las farmacias y las empresas productoras de pollos. Sus autores son grandes empresas que en algunos casos forman parte de importantes grupos económicos, los cuales poseen decisivas cuotas de mercado, poder que les ha permitido administrar a su antojo el negocio y, por la vía de repartirse el mercado y fijar precios, amasar suculentas ganancias.
La alta concentración e integración vertical y horizontal de las empresas han permitido en Chile el florecimiento de este tipo de carteles.
La colusión forma parte de los delitos económicos, también llamados de “cuello y corbata”, que por su carácter altamente secreto e invisible pueden convertirse en una negativa tendencia para nuestro país. Se trata de los atentados más graves contra la libre competencia, fenómeno que se agravó luego de que el 2003 desapareció de la legislación chilena la pena de cárcel para este tipo de delitos.
En octubre del año pasado, la opinión pública fue profundamente impactada por los antecedentes entregados por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). En su requerimiento, aportó antecedentes sobre colusión entre la empresa de origen sueca SCA Chile S.A. y CMPC, del grupo Matte , para controlar durante diez años los precios y las cuotas de mercado de los productos de papel tissue. Estos artículos corresponden a aquellos derivados de la pulpa de papel, y sus principales productos son el papel higiénico, las toallas de papel, seguidos por las servilletas, los pañuelos desechables y los faciales.
Pero la colusión también tiene también una dimensión e impacto en América Latina. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Perú (Indecopi) detectó que CMPC se coludió en esa nación con la firma Kimberly Clark . Esto motivó que la empresa admitiera su responsabilidad y se acogiera al programa de clemencia. Este fenómeno es preocupante, porque la empresa CMPC no solo sería líder en exportar celulosa y madera, sino que también en internacionalizar la colusión.
Para esta comisión investigadora fue sumamente grave que la riqueza obtenida por el cartel integrado por CMPC y SCA Chile S.A. se obtuviera mientras se perjudicaba el presupuesto de cada una de las familias chilenas en productos de primera necesidad. El sobreprecio y los correspondientes perjuicios aún son incalculables. Los consumidores han sido víctimas de un mercado abusivo y desigual.
A diferencia de lo sucedido con otras comisiones investigadoras, el análisis de la colusión del papel confort se produjo mientras se tramitaba en paralelo un proyecto de ley que apuntaba al corazón de la colusión y otro que busca garantizar mayores derechos de los consumidores ante el poder de las empresas.
El proyecto de ley que modificó el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973, el cual establece normas para la defensa de la libre competencia, fue aprobado recientemente por nuestro Congreso Nacional y debe ser prontamente promulgado por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet . E n él se encuentran muchas propuestas que, a juicio de esta comisión, permitirán subsanar las principales debilidades que actualmente nos rigen en esta materia. La más relevante es la reposición de la cárcel efectiva por este tipo de delitos y el aumento de las multas hacia quienes atenten contra la libre competencia.
Se valora dotar a la Fiscalía Nacional Económica de la competencia legal de realizar estudios de mercado obligatorios para, de esa manera, conocer en detalle áreas de negocios que puedan tener altos niveles de concentración que lo conviertan en un riesgo para la libre competencia.
Asimismo, se destacan las medidas que regulan el interlocking, porque no corresponde que un directivo de una empresa participe en un cargo similar en otra compañía competidora.
Otra atribución interesante del proyecto de ley mencionado es establecer un régimen de control de operaciones de fusión no solo verticales, sino también horizontales.
Otro gallo cantaría para CMPC y la sueca SCA Chile si esta legislación hubiese estado vigente.
La comisión también consideró necesario revisar la Ley de Sociedades Anónimas para mejorar los mecanismos de control de los directorios de las empresas a fin de evitar prácticas colusorias. Esto, porque según la CMPC, durante los diez años que operó la colusión nunca detectaron este tipo de malas prácticas.
Un aspecto relevante a considerar para limitar la concentración es asignar cuotas máximas de participación en el mercado.
Como la colusión no solo afectó a los consumidores, también pedimos al Ministerio de Hacienda efectuar un cálculo actualizado de los perjuicios que habría causado al Estado de Chile la colusión a raíz de las compras que se hicieron a las empresas que formaron el cartel. Solicitamos que se nos haga llegar esa información vía oficio para establecer el respectivo mecanismo de compensación y analizar eventuales acciones legales.
Asimismo, la comisión también detectó perjuicios en contra de algunas pequeñas empresas del canal institucional, como Dismer. Dicha firma, dedicada a la venta de rollos de papel higiénico y productos de aseo, interpuso una querella contra la CMPC por fijación maliciosa de precios.
El pasado viernes 8 de julio el Tribunal de Garantía de Puente Alto amplió por otros treinta días el plazo de investigación para realizar diligencias pendientes. Esta es la única querella que se encuentra activa en el respectivo tribunal. Otras dos fueron recurridas en la Corte de Apelaciones para evitar que se extingan.
Decreto ley N° 701, de Fomento Forestal
A 42 años de la puesta en marcha del decreto ley N° 701, destinado a la ampliación de la masa forestal por la Corporación Nacional Forestal (Conaf), liderada en ese entonces por Julio Ponce Lerou , la comisión consideró que ese subsidio estatal se encuentra obsoleto y que generó una serie de externalidades negativas.
Durante su primera etapa, contribuyó a la creación de las hoy dos grandes empresas que concentran la industria forestal y que mantienen una fuerte integración vertical y horizontal del mercado: CMPC y Arauco .
Los grupos económicos Matte y Angelini , según Ciper , ingresaron a sus negocios cerca de 600.000.000 de dólares que el Estado les traspasó a sus empresas madereras durante cuarenta años para financiar plantaciones de pino y eucaliptos.
Esta alta concentración económica les confirió poder de mercado y la posibilidad de asignar cuotas y fijar precios. Manejar estos factores se tradujo en altos beneficios económicos para ambas empresas, pero con un nefasto efecto en la competitividad del mercado. Por ejemplo, pequeños productores de madera y aserraderos no pueden competir con los precios de los grandes monopolios, tal como lo expuso la Asociación Gremial de Pequeños y Medianos Industriales de la Madera (Pymemad) ante la comisión investigadora.
Este modelo forestal concentrador ha provocado no solo colusión en el papel tissue con el mencionado subsidio estatal, sino también graves perjuicios ambientales y sociales en diversos territorios, especialmente en comunidades mapuches. Así lo aseguró la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo y Pymemad.
Representantes de las comunidades mapuches María Colipi viuda de Maril y Lov Choque , de la comuna de Tirúa, Región de La Araucanía, denunciaron ante la comisión que la instalación de empresas forestales en sus territorios ancestrales ha significado despojo de sus tierras, destrucción del bosque nativo y falta de agua, lo que se ha traducido en generación de pobreza y violencia.
Proposiciones y sugerencias
Solicitar al Ministerio de Agricultura que acelere el envío del proyecto de ley que crea el Servicio Nacional Forestal, organismo que reemplazará a la Conaf, requisito fundamental para el diseño de una nueva política forestal.
La comisión sugiere considerar en el diseño de los nuevos lineamientos forestales las recomendaciones hechas por la Agrupación de Ingenieros Forestales por el Bosque Nativo:
a) Fortalecer el rol regulador y fiscalizador del Estado en la actividad forestal, en relación con los aspectos económicos, sociales, culturales y ambientales de la misma. Para ello debe reformularse el sentido y orientación del sistema de bonificaciones que ha operado hasta la fecha, en virtud del decreto ley N° 701 y de la ley N° 20.283, sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal.
b) Generar un genuino desarrollo local mediante el apoyo a las pymes, mejorar la situación de los trabajadores e impulsar a pequeños propietarios agroforestales.
c) Mejorar e incorporar valor agregado a la comercialización de los productos forestales para promover una verdadera competencia.
Asimismo, la comisión solicita al Ministerio de Agricultura, tal como se comprometió, a analizar las denuncias hechas por las comunidades mapuches de Tirúa sobre el eventual traspaso ilegal de tierras desde la Conaf a los grupos económicos. Esto ameritaría la eventual creación de una comisión investigadora sobre el rol de la Conaf en la privatización de territorios mapuches.
También es urgente que todas las autoridades pongan atención a las denuncias de abusos policiales realizadas ante esta comisión por parte de las comunidades mapuches de Tirúa.
d) Solicitar al Servicio de Impuestos Internos informar sobre cómo opera el mecanismo de exención para el pago de impuesto territorial en la actividad forestal. Es necesario saber la forma cómo se cobra, el monto de las deudas, especialmente de las grandes empresas que no están pagando ese impuesto.
Para la comisión resulta preocupante la afirmación del Ministerio de Agricultura de que aún existen 500.000 hectáreas aptas para plantaciones forestales. Creemos que la nueva política forestal debe transitar del modelo tradicional extensivo a uno intensivo.
Indemnización a consumidores (recomendaciones)
a) Solicitar al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo agilizar la tramitación en el Senado del proyecto que modifica la ley N° 19.496, que Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (boletín N° 9369-03). Consideramos que en ella se subsana una serie de problemas que hoy enfrentan los consumidores y dota de mayores herramientas al Sernac.
En esta línea y con relación a la indemnización de perjuicios, la comisión apoya la propuesta del mencionado proyecto de que sea el mismo Tribunal de Defensa de la Libre Competencia el que falle la compensación. Eso significará acelerar el proceso y evitar una nueva causa en sede civil.
Aunque tienen un carácter voluntario, esta comisión acoge los criterios de compensación que proponen Sernac , Odecu y Conadecus bajo las actuales condiciones que se dan en la mediación colectiva con CMPC. Esta debe contemplar como universo de afectados a los
17.000.000 de chilenos y que la indemnización debe ser solo en dinero. El mecanismo de entrega debe ser fluido, con plazos prudentes para que todos puedan cobrar, sin obstáculos geográficos o de otro tipo. Una posibilidad es utilizar el BancoEstado, servicio que debe ser con cargo a las empresas coludidas.
Si la mediación colectiva liderada por Sernac entre CMPC, Odecus y Conadecus es fructífera, esta deberá ser ratificada en el tribunal donde Conadecus presentó una demanda colectiva.
b) Solicitar al Servicio Nacional del Consumidor remitir periódicamente a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados informes pormenorizados sobre los grados de avances y obstáculos que presenta el proceso de mediación colectiva.
Una tarea a investigar es la legalidad de los llamados contratos de exclusividad que establecen las grandes empresas con los supermercados, ya que el alto poder de mercado les permite fijar precios a su antojo.
Esta comisión espera que la reposición de cárcel efectiva para el delito de colusión, el aumento de las multas y el pago expedito de indemnizaciones inhiba la proliferación de carteles que perjudique a los consumidores chilenos. La nueva legislación chilena debe poner fin a estos “delitos de cuello y corbata”.
Finalmente, la comisión investigadora acordó proponer a la honorable Sala que se envíe copia de este informe a las siguientes autoridades, con la finalidad de que, de conformidad a su mérito, acojan las peticiones aprobadas en su seno y, en consecuencia, adopten las medidas conducentes a superar las dificultades detectadas en la investigación de esta comisión parlamentaria:
1) A su excelencia la Presidenta de la República, en virtud del artículo 58 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.
2) Al señor ministro de Hacienda.
3) Al señor ministro de Agricultura.
4) Al señor ministro de Economía, Fomento y Turismo.
5) Al señor director nacional del Servicio de Impuestos Internos.
6) Al señor director nacional del Servicio Nacional del Consumidor. Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.