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Antecedentes
  • Senado
  • Sesión especial N° 114 del 2022-01-11, legislatura 369
  • Celebrada el
  • Legislatura número 369
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Intervención
PROPOSICIÓN PARA NOMBRAR MINISTRO DE CORTE SUPREMA A SEÑOR DIEGO GONZALO SIMPÉRTIGUE LIMARE

Autores

El señor ARAYA.-

Gracias, Presidente.

Con fecha 13 de diciembre de 2021 ingresó a esta Corporación el oficio del Gabinete Presidencial N° 1.769, mediante el cual el Primer Mandatario comunicó que había escogido al señor Diego Simpértigue Limare para ocupar el cargo vacante de la señora Rosa María Maggi , solicitando el acuerdo del Senado para designarlo ministro de la Excelentísima Corte Suprema .

La Sala de la Corporación tomó conocimiento del referido oficio en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2021, oportunidad en la cual también se dio cuenta de la urgencia para el despacho de esta materia en los términos previstos en el párrafo segundo del N° 5) del artículo 53 de la Constitución Política de la República.

De esta forma, se dio inicio al procedimiento aplicable al estudio de los nombramientos de autoridades sometidos a la consideración de esta instancia parlamentaria.

En las exposiciones del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del postulante ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento se dio cuenta de la extensa carrera judicial del señor Diego Simpértigue Limare , quien es chileno, licenciado en Jurisprudencia en la Universidad Nacional de Loja (Ecuador), y abogado desde el año 1985; magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social, y diplomado en Recurso de Protección. Entre 1997 y 2001 fue juez del Primer Juzgado de Letras de La Serena ; entre 2001 y 2002 fue juez de garantía de la misma comuna; entre 2002 y 2014 fue ministro de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción , y desde el año 2014 se desempeña como ministro de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel .

El señor Simpértigue ha sido profesor de Derecho Procesal en las Universidades Católica del Norte, Autónoma de Chile, de Las Américas y Finis Terrae . Fue también profesor de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República . Asimismo, se ha desempeñado como docente en la Escuela de Formación Policial de Carabineros y en la Escuela de la Policía de Investigaciones .

Por otro lado, ha formado parte del Consejo de la Academia Judicial de Chile; fue Director del Instituto de Estudios Judiciales, y ha desarrollado labores gremiales como Presidente de la Asociación Nacional de Magistrados del Poder Judicial.

Asimismo, destaca su participación como Director del libro "Tribunales comprometidos con la Justicia" elaborado en la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel.

Del mismo modo, su carrera da cuenta de un hombre sensible a las necesidades de justicia de las personas. Por cierto, el 26 de octubre de 2017, en un seminario de acceso a la justicia para personas con discapacidad realizado por la Corte de San Miguel, señaló: "Es hora de que en nuestro país se tome la iniciativa y expertos propongan un código sobre la discriminación que contemple especialmente el derecho de las personas con algún grado de discapacidad y también el acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes. El Poder Judicial de Chile ha tomado la iniciativa y hace años se encuentra regulando sus procedimientos internos ajustados a la ley para permitir el ejercicio de tales derechos".

Entre las sentencias de interés que ha dictado don Diego Simpértigue destacan las siguientes:

-Una, de septiembre de 2021, que acoge la solicitud de una madre para rectificar el apellido paterno de su hijo. Al respecto, señala que el juez posee los elementos para responder a la solicitud deducida en favor de un niño que es conocido por el apellido del conviviente de su madre ante la ausencia de su padre biológico. La Corte razonó en el siguiente sentido: "Cabe tener presente que menoscabar en una honra o fama no es tema en debate, pero sí el detrimento o afectación en los sentimientos que experimenta el niño".

-La referida a una madre que vive junto a su hijo en Canadá y cuyo padre reclama el retorno del menor, señalando que, "atendido lo expuesto por la recurrente (la madre), en particular los beneficios de afectividad, educación, desarrollo personal, progreso de orden familiar, situación migratoria, lo que no ha sido controvertido por la parte demandada ni menos aportado prueba alguna, permite concluir que si el niño ya lleva viviendo con su madre fuera del país más de dos años, y si a ello se le agregan los principios que inspiran el derecho de familia, en especial el interés superior del niño, solo se puede concluir que los beneficios para el menor en favor de quien se solicita la autorización no se pueden negar, y por consecuencia, la ley que regula estas materias debe interpretarse en el sentido que más lo favorezca".

-En el caso de Fernando Polanco Gallardo y otro, donde se habla de delito de secuestro y homicidio calificado, fallado el 1° de septiembre de 2020, donde finalmente se establece que: "No está de más expresar que, de conformidad con los hechos establecidos, si bien podríamos estar en la presencia de alguna figura de secuestro o apremio ilegítimo, las conductas ilícitas cometidas como antecedentes, medios y etapas de desarrollo o consecuencias deben considerarse absorbidas por el homicidio calificado, ya que se trata de una figura de mayor lesividad por afectar un bien jurídico, del derecho a la vida". Por estas razones, el homicidio calificado subsume las otras figuras penales que pudieran concurrir en el presente caso, y sobre esa base se falla dicha condena.

Atendida la larga carrera judicial que exhibe el candidato propuesto por Su Excelencia el Presidente de la República , la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, por la unanimidad de sus integrantes, llegó a la convicción de que el señor Diego Simpértigue cumple con todos y cada uno de los requisitos necesarios y reúne todos los merecimientos personales, académicos y judiciales para ser designado ministro de la Excelentísima Corte Suprema, por lo cual propone a la Sala aprobar la nominación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República .

He dicho, Presidente .

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