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Antecedentes
  • Cámara de Diputados
  • Sesión 99 ordinaria, legislatura 370
  • Celebrada el
  • Legislatura número 370
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Intervención
ESTABLECIMIENTO DE RÉGIMEN DE ATENCIÓN, PROTECCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS DE FEMICIDIO Y SUS FAMILIAS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 14013-34) [CONTINUACIÓN]

Autores

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Carolina Tello .

La señora TELLO (doña Carolina).-

Señor Presidente, el dolor de una familia que pierde a una integrante por femicidio es enorme.

En la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, la cual tengo el honor de presidir, escuchamos durante semanas testimonios de familiares de víctimas de femicidio, así como también de quienes lograron sobrevivir a su agresor. La realidad es realmente descarnada. Y lo es porque nos damos cuenta de que no solo hablamos del momento preciso en que el agresor quita la vida de una mujer, sino también de todo el proceso y el contexto a los que son sometidas tanto las mujeres como su entorno.

Nos damos cuenta de que como Estado y como sociedad no solo hemos estado al debe, sino que, además, hemos dejado en total indefensión a tantas mujeres, niñas y adolescentes, al no brindar redes de protección y acompañamiento. Se debe entender que muchas veces podemos salvar vidas y que podemos romper círculos de violencia con acciones concretas y con un rol protector desde lo público.

Este proyecto de ley es un tremendo avance, pues reconoce lo dictaminado en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, ratificada por nuestro país en 1996, la cual menciona claramente el deber del Estado no solo de sancionar, sino de establecer los mecanismos necesarios para resarcir el daño causado y compensar el mismo.

Votaré a favor este proyecto, porque es un avance histórico que, por primera vez, nos hace comprender la relevancia no solo de la parte sancionatoria en materia de femicidios, sino también de la prevención, la protección y la compensación, mediante acciones concretas.

La iniciativa establece que las víctimas y los sobrevivientes de femicidio tienen derecho a una reparación integral, adecuada, efectiva, que incluye garantías de no repetición por parte del Estado. Lo anterior, ya sea en grado de consumación, frustración o tentativa, de conformidad con las normativas y obligaciones internacionales que nos imponen los derechos humanos.

El proyecto menciona que tanto las personas dependientes de las víctimas como quienes asuman el cuidado de estas tienen el derecho a un apropiado nivel de vida, especialmente aquellas que se encuentren en situación de discapacidad, que sean de las diversidades y disidencias sexuales y de género, o que sean personas mayores.

Junto con estos, serán considerados prioritarios en las políticas gubernamentales los siguientes derechos:

La atención integral en salud, sin aplicación de preexistencias, de condiciones previas, de exclusiones de carácter económico y de ningún otro tipo.

La vivienda digna y adecuada.

La educación gratuita y de calidad en todos sus niveles.

El acceso al trabajo digno y programas que busquen la autonomía económica de las mujeres. Sin duda, esto viene a reconocer no solo la importancia de la justa reparación por el terrible daño del que son víctimas las mujeres sobrevivientes y las familias de quienes sobreviven a quienes han perdido su vida, sino que entiende además, tal como lo mencionamos, que el daño causado por un femicidio es mucho más amplio y devastador, y que las heridas y consecuencias sufridas son de largo alcance, con marcas que quedan para toda la vida en las familias, y con la necesidad permanente de protección, protección que, una vez aprobado este proyecto, tendrá por fin el rol del Estado que las mujeres de este país necesitan.

He dicho.

-Aplausos.

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