Labor Parlamentaria

Participaciones

  • Alto contraste

Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha

Antecedentes
  • Senado
  • Sesión 65 ordinario, legislatura 371
  • Celebrada el
  • Legislatura número 371
Índice

Cargando mapa del documento

cargando árbol del navegación del documento

Intervención en Comisión
INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, señor Gabriel Boric Font, que flexibiliza los requisitos de acceso, incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley N°19.728 y establece otras modificaciones que indica. BOLETIN N° 15.990-13

Autores

El Senador señor Galilea consultó acerca del tipo de empresas que pueden calificar para el proceso de compra y venta de activos alternativos y las medidas dispuestas para ajustar el límite de inversión aplicable en dicho caso.

El Senador señor Moreira propuso evaluar la sostenibilidad del fondo, a raíz del aumento de beneficios y la disminución de los requisitos de acceso, junto al análisis de los criterios para determinar el monto correspondiente a los meses en que podrá acceder al subsidio.

El Senador señor Saavedra propuso especificar adecuadamente las causales que pueden dar origen al acceso al subsidio ante situaciones excepcionales o de emergencia. En cualquier caso, afirmó que las normas del proyecto deben ser comprendidas en el marco de la seguridad social.

La Senadora señora Carvajal sugirió considerar la incorporación de determinados rubros de la producción y los servicios para el acceso al subsidio en condiciones excepcionales en estados de la paralización de actividades en todo o parte del territorio del país o en todo el territorio de una respectiva zona geográfica o de los estados de emergencia o excepción constitucional. Asimismo, consultó acerca de los resguardos en la administración de los recursos.

Finalmente, abogó por disponer medidas permanentes para la reinserción laboral de las personas.

El Superintendente de Pensiones, señor Osvaldo Macías, en relación a los activos alternativos, explicó que se trata de recursos de escasa liquidez y alta rentabilidad a largo plazo, que operan con una exigencia de valorización que son revisadas por la autoridad. Agregó que se contempla un límite de 5%, atendido el número de beneficiarios que acceden al seguro de cesantía.

En cuanto a los resguardos en materia de rentabilidad de los fondos, afirmó que rige una comisión que opera en línea con los resultados de la administración de los fondos, de modo que en escenario de pérdida se aplica una sanción a la entidad administradora.

Enseguida, afirmó que la propuesta considera el lugar de prestación de servicios para los efectos de determinar la paralización de actividades en el territorio de una respectiva zona geográfica.

En cuanto a la posibilidad de retiros adicionales, explicó que la normativa vigente permite giros en los contratos a plazo fijo, por hasta tres giros, de modo que la propuesta apunta a aumentar dicho número, sin que ello desincentive la búsqueda de empleo, atendido el monto del subsidio.

El jefe normativo de la Superintendencia de Pensiones, señor Patricio Ayala, explicó que la iniciativa modifica la ley N°19.728, que permite que el Fondo de Cesantía Solidario pueda financiar diferentes medidas para la intermediación y habilitación laboral, para facilitar la reinserción laboral de las personas cesantes, con mayor amplitud que la norma actualmente vigente.

Top