Labor Parlamentaria
Participaciones
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Antecedentes
- Senado
- Sesión 7, ordinaria legislatura 372
- Celebrada el 09 de abril de 2024
- Legislatura número 372
Índice
Cargando mapa del documento
El señor ARAYA.-
Gracias, Presidente.
Como se ha señalado, en la tramitación de la Ley de Presupuestos para el Sector Público del año 2023 se generó un compromiso por parte del Ejecutivo para el fortalecimiento del Ministerio Público. Esto en atención a la carga de trabajo que tenían no solamente fiscales, sino todos quienes se desempeñan en dicha institución, producto del aumento de los delitos, así como también su complejidad.
En este sentido, lo central del proyecto es introducir modificaciones a la ley N° 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, y a la ley N° 20.240, que perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios.
La iniciativa propone un incremento en la dotación de personal del Ministerio Público, el cual se distribuirá en un tiempo determinado. En la práctica, se realiza un aumento importante de funcionarios, que alcanza a los 819, entre fiscales, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares, una vez que esta ley esté en régimen.
También establece una asignación profesional para administrativos y auxiliares que reúnan ciertos requisitos.
Además, se perfeccionan los mecanismos de gestión institucional e incentivos remuneracionales. Se reemplaza el actual bono por desempeño individual funcionario por un bono de desempeño colectivo, basado en el grado de cumplimiento de las metas anuales que fijen tanto las fiscalías regionales como la Fiscalía Nacional.
Por otro lado, se resuelve un problema que se había generado con los fiscales regionales, quienes, una vez que postulaban al cargo y terminaban su período, no volvían a la institución, por lo cual se perdía un conocimiento muy importante, ya que muchos de ellos eran fiscales locales o fiscales adjuntos. A partir de la aprobación del proyecto, se permitirá que aquellas personas que desempeñen el cargo de fiscal regional puedan volver a ser fiscales locales, una vez concluido su período.
En otro orden de ideas, se propone una modificación al modelo orgánico del Ministerio Público. En general, a mi juicio, se plantean tres grandes reformas:
En primer lugar, se reestructura la División de Estudios, Evaluación, Control y Desarrollo de la Gestión, creándose la División de Estudios, Evaluación y Análisis Avanzado de Datos para apoyar la labor de investigación y análisis criminal y producir información estadística.
En segundo lugar, se crea la División de Planificación, Control de Gestión y Supervisión para proponer los lineamientos estratégicos institucionales, a través de los diferentes instrumentos de gestión disponibles, alojando en dicha división la Unidad de Supervisión.
Y, en tercer lugar, se regularizan tres cargos de gerentes o jefes de unidad, a saber, el director de la Academia de Fiscales y Funcionarios, el director de la Unidad Especializada en Delitos Sexuales y Explotación Sexual y el director de la División de Asesoría Jurídica .
Asimismo, se contempla una serie de normas transitorias para la entrada en vigencia de la futura ley y para la implementación correcta de esta dotación.
Voy a apoyar esta iniciativa. Pero, sin perjuicio de lo anterior, como lo he señalado en otras ocasiones, creo que la estructura del Ministerio Público cumplió un ciclo.
Probablemente, cuando se realizó la reforma procesal penal se pensó en un modelo que es absolutamente descentralizado, en el cual el fiscal nacional tiene poco control respecto de lo que hacen los fiscales regionales, y a su vez, los fiscales regionales versus lo que hacen los fiscales locales. Este es un modelo de descentralización que estuvo muy de moda en la época de la dictación de la reforma procesal penal.
Hoy día, a la luz de lo que hemos conocido respecto a cómo opera el crimen organizado y frente a la necesidad de que el Ministerio Público pueda actuar en forma más coordinada, creo que es importante revisar esa orgánica. Por ejemplo, revisar las atribuciones que tiene el fiscal nacional en materia de dictación de instrucciones generales y, eventualmente, algún tipo de instrucciones particulares para fiscales regionales y fiscales locales. Creo que debe ser debatido en la discusión particular.
Por último, Presidente , termino señalando que, si bien es cierto que este proyecto de fortalecimiento del Ministerio Público es un avance y permite un aumento importante de funcionarios, queda pendiente la segunda gran iniciativa: la creación de la Fiscalía Supraterritorial. Constitucionalmente, ya se habilitó la creación de dicha unidad. Hoy falta que el Ejecutivo pueda hacer una propuesta, en conjunto con el Ministerio Público, respecto de cuántos van a ser los funcionarios con los que contará, las atribuciones que va a tener para que pueda operar y efectivamente se traduzca en un modelo eficaz de persecución penal, sobre todo para combatir el crimen organizado.
Dicho esto, Presidente , voto a favor.