Labor Parlamentaria
Participaciones
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Antecedentes
- Senado
- Sesión 02 ordinaria, legislatura 371
- Celebrada el 15 de marzo de 2023
- Legislatura número 371
Índice
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Intervención
OBLIGACIÓN A CONCESIONARIAS DE OBRAS VIALES PARA IMPLEMENTACIÓN DE SITIO ELECTRÓNICO ÚNICO PARA PAGO DE TARIFAS Y PEAJES POR USO DE AUTOPISTAS
Autores
El señor DE URRESTI.-
Junto con saludar a la nueva Mesa y desearle éxito, paso a informar este proyecto, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Obras Públicas , cargo al cual he renunciado hoy para su renovación. Sin embargo, en la última sesión recibimos esta comunicación y adoptamos por la unanimidad de los integrantes solicitar ver en tercer trámite este proyecto hoy en la Sala, por la importancia que voy a señalar en seguida.
El 7 de octubre de 2020 la Sala del Senado aprobó, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que establece una cuenta única de tarifas y peajes correspondientes al uso de distintas autopistas, originado en moción de los Senadores señora Ximena Órdenes y señor Juan Castro Prieto y de los entonces Senadores señora Ena von Baer y señores Alejandro García-Huidobro y Alejandro Guillier .
Su objetivo es establecer a las empresas concesionarias de obras viales el deber de crear, implementar, mantener y administrar a su entero costo un sitio electrónico único para el pago conjunto o separado, según las preferencias del cliente, de las cuentas por tarifas o peajes originadas por el uso de las distintas vías.
Para ello agregó, mediante un artículo único, un artículo 43, nuevo, en el decreto supremo N° 900, de 1996, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 164, del Ministerio de Obras Públicas, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas.
En segundo trámite constitucional, el Ejecutivo presentó una indicación a la iniciativa, que, junto con perfeccionar el texto despachado por el Senado, incorpora un beneficio permanente para el pago de las multas originadas por la circulación sin tag, con tag inhabilitado o por el no pago oportuno de las cuentas de peaje, lo cual permitirá que miles de usuarios regularicen la situación de deuda con las concesionarias y no se vean impedidos de obtener o renovar su permiso de circulación, lo que es muy importante.
El beneficio consiste en una rebaja de 80 por ciento de las multas impuestas por circular sin tag o por la falta del pago oportuno de los peajes o tarifas, permitiendo que el usuario cancele solo el 20 por ciento del total de dichas multas mediante la celebración de un convenio de pago, que puede ser de 1 a 48 cuotas.
El beneficio tiene dos etapas.
Desde la publicación de la ley y hasta la entrada en funcionamiento de la web unificada, los usuarios pueden acceder al beneficio sin que sea necesario cumplir la condición de no estar en mora en el pago de las tarifas o peajes.
Desde que entre en funcionamiento la web unificada, los usuarios accederán al beneficio siempre que no estén en mora de su obligación de pago de las tarifas o peajes. Solo se considerarán los cobros impagos que tengan cinco años o menos desde la fecha de solicitud de rebaja, en atención al plazo de prescripción de la deuda.
Para lo anterior, se modifica la ley Nº 18.287, que establece el procedimiento ante los juzgados de policía local, y la ley Nº 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia.
Cabe destacar por último, señor Presidente , que en razón de la incorporación del mencionado beneficio, la proposición legal cambió su nombre por "Proyecto de ley que establece un sitio electrónico unificado de tarifas y peajes correspondientes al uso de distintas autopistas y consagra un beneficio para los usuarios que indica".
El proyecto tiene urgencia de "discusión inmediata", de acuerdo con lo informado por el Ejecutivo .