Labor Parlamentaria
Participaciones
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Antecedentes
- Senado
- Sesión Especial N° 91
- Celebrada el 24 de abril de 1973
- Legislatura Extraordinaria periodo 1972 -1973
Índice
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Intervención
ACUSACION CONSTITUCIONAL CONTRA INTENDENTE DE SANTIAGO, DON JAIME FAIVOVICH WAISSBLUTH.
Autores
Tiene la palabra el
El señor
Señor
Del análisis de los antecedentes acumulados en la investigación y otros documentes que guardan relación con el señor Faivovich, se desprende claramente su culpabilidad en los hechos que se analizan, así como también su actitud permanente de infracción del orden jurídico vigente.
La actuación del Intendente de Santiago en el asesinato de los menores Enrique González Menares y Sergio Vergara Contreras aparece tipificada por la omisión en el cumplimiento de obligaciones que le imponen los artículos 45 y 48 del decreto con fuerza de ley Nº 22, de 1959, esto es, mantener la paz y el orden público, para lo cual dispone de las fuerzas de Carabineros e Investigaciones y de los funcionarios a su cargo, como lo son los gobernadores de su provincia y los subdelegados.
El país vive una época totalmente anormal en nuestras costumbres políticas. Existen atropellos continuos a nuestra institucionalidad, los cuales son, incluso, cometidos por funcionarios .de alta y mediana jerarquía gubernativa, en su mayoría amparados y tolerados por el propio Gobierno. Ante esta grave situación, el Poder Legislativo debe extremar sus cuidados tendientes a obtener el respeto de la Constitución y de las leyes, sancionando a quienes las violen.
La situación que se analiza configura una transgresión abierta tanto al espíritu como a la letra de la ley, pues con los antecedentes acumulados por la Honorable Cámara quedó demostrada la negligencia del Intendente y, consecuencialmente, la indefensión en que quedaron tanto el propietario de la parcela como sus víctimas. Es así como el logro de objetivos no aceptados por nuestra legislación por vías extralegales y con miras a conseguir cambios políticos, pone en grave peligro la estructura del Estado y nos acerca, peligrosamente, a una revolución violenta, la que hombres de pensamiento democrático, como lo tiene la mayoría de los chilenos; no pueden aceptar. Menos aún pueden dejarse arrastrar a ella por elementos irresponsables.
Los hechos que costaron la vida a dos jóvenes hijos de trabajadores que cuidaban una parcela para que no fuera tomada, en amparo legitimo al derecho de propiedad y de la posesión regular de terceros, fueron dirigidos por empleados y obreros de una institución estatal, la CORMU, en una operación proyectada en esferas administrativas de dicha entidad, como lo demuestran el uso de vehículos fiscales o arrendados por el Fisco a particulares y la tentativa de instalar casas prefabricadas de propiedad de ese organismo.
Estas acciones son de suma gravedad, porque se ejecutaron como consecuencia de actos administrativos ilícitos, a lo que se agrega el hecho de haber sido ejecutadas con armas, con desprecio evidente de la ley, configurando delitos de extrema peligrosidad, no sólo por el riesgo para la vida de las personas, sino porque constituyen, además, un quebrantamiento inaceptable de nuestro régimen jurídico y de los pilares fundamentales en que descansa nuestra democracia.
Las tomas indiscriminadas de terrenos agrícolas, sitios, edificios, fábricas, puentes, caminos y hasta ciudades, como ocurrió en Constitución recientemente, en que participan empleados públicos de las administraciones centralizada y descentralizada, son hechos que comprobamos a diario y de los cuales hay relaciones circunstanciadas tanto en el Honorable Senado como en la Cámara de Diputados.
El señor Intendente de Santiago es responsable de estos hechos de violencia en el caso particular de esta provincia, por ser suya la obligación de mantener la paz y el orden público. En el caso que motivó la acusación que sostenemos ante el Senado, tiene una responsabilidad más directa, porque fue advertido de la posible toma por el señor Alcalde de la comuna de La Reina, como consta de los antecedentes.
A pesar de estas advertencias de autoridades responsables, no tomó el Intendente providencia alguna para evitar la toma y, muy por el contrario, personas dependientes de un organismo estatal, armadas como para una guerrilla, procedieron a entrar a la parcela 64 del sector Reina Media, disparando a mansalva y sobre seguro.
Omisiones en el cumplimiento del deber de un funcionario de tan alta jerarquía, que, por otra parte, aparecen claramente señaladas en los artículos 45 y 48 del D.F.L. Nº 22, de 1959, no podrían haber sido ignoradas por la Cámara, máxime si observamos las trágicas consecuencias que estas irresponsabilidades han acarreado.
Además, es necesario que los señores Senadores tengan presente la absoluta coincidencia que existe entre la actuación del señor Intendente en los sucesos que han promovido esta acusación y la personalidad revolucionaria y violentista del acusado, expresada continuamente mediante publicaciones en diferentes órganos de prensa.
Puede también servir de antecedente a los señores Senadores, al pronunciarse sobre esta acusación, la actitud que cupo al señor Faivovich en su calidad de Fiscal de CODELCO en el asunto de un supuesto negociado en la venta de cobre, mientras era
Nombrado Intendente de Santiago, el señor Faivovich se ha destacado por su desprecio a la institucionalidad y a la ley.
Uno de sus últimos actos atentatorios a nuestro sistema ha sido su ataque al Poder Judicial en Lo Hermida, del cual se retractó, pero que motivó una airada protesta de la Corte Suprema.
Consecuente con su criterio enfermizo de revolucionario, ofició a la Comisión de Acusación, profiriendo toda clase de nuestros a la Oposición y al Poder Legislativo.
Y terminada su participación en la sesión de la Cámara, hizo declaraciones en los pasillos, que fueron grabadas y que me permitiré leer. Dijo el señor Intendente en aquella oportunidad:
Cuando yo fui citado a la Comisión de la Cámara manifesté mi rechazo sosteniendo que no me daban ninguna garantía porque la decisión ya estaba tomada. Manifesté que no tenía descargos que formular, pues se trata de una acusación política que había que responder políticamente en la Sala.
He venido a la Sala, a pesar de no tener confianza en que la mayoría opositora obcecada que formuló la acusación me diera garantías o seguridades de ninguna especie. Lo he hecho como una manifestación de deferencia a un poder público. No para defenderme, porque la acusación es absolutamente infundada, sino para acusar a mis detractores y acusadores; para señalar que ellos son los responsables; para denunciar que ellos mantienen un clima de terror en La Reina y otras comunas que provocan situaciones como la ocurrida en las parcelas 63 y 64.
Esta era la oportunidad para denunciar a estos fariseos de la libertad, de la democracia y el patriotismo; de acusarlos de estar vendidos al dinero extranjero; tan corrompidos como para aceptar que su acción política sea dirigida por la CIA y los organismos transnacionales; para denunciar ante el país que ellos no tienen derecho a hablar de libertad ni de democracia ni de defensa del orden público, porque ellos han sido permanentemente enemigos de la libertad y los derechos humanos. Ellos han masacrado a cientos de trabajadores a través de ciento cincuenta años de historia. Para denunciar también que ellos no tienen derecho a erigirse en defensores de esta institucionalidad, porque han vivido conspirando, subvertiendo el orden público. Porque ellos están manchados con la sangre de uno de los más diáfanos generales de la República, el ex Comandante en Jefe, Schneider.
Ellos, mis acusadores, son los asesinos; ellos, mis acusadores, son los conspiradores y los sediciosos. Ellos, mis acusadores, son los que han vendido el país a los intereses extranjeros. Ellos, mis acusadores, son marionetas manejadas por los hilos de la CIA.
Estas son las respetuosas expresiones del Intendente de Santiago en el recinto mismo de la Cámara.
Continúo, señor
De todo lo expuesto por mis colegas y de los antecedentes de la acusación se desprende, inequívocamente, que el Intendente de Santiago no ha cumplido sus obligaciones de mantener la paz y el orden público y que, por el contrario, su permanencia en tan delicado cargo es extremadamente peligrosa para la convivencia social, comprometiendo al Gobierno mismo en sus actuaciones a través del
Por todas estas razones, señores Senadores, habiéndose probado el fundamentó de la acusación y la responsabilidad del señor Intendente de Santiago, don Jaime Faivovich, en hechos que pueden ser constitutivos de delitos por omisión de deberes, que deben ser investigados por la justicia, solicitamos que se acoja la acusación deducida en su contra ante la Cámara de Diputados.