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Antecedentes
  • Senado
  • Sesión Ordinaria N° 42
  • Celebrada el
  • Legislatura Extraordinaria periodo 1965 -1966
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Intervención
RESPUESTA AL SENADOR ALTAMÍRANO CON RELACION A CELULOSAS CHOLGUAN S. A.

Autores

El señor PABLO.-

Sólo quería dejar constancia de ello, porque mi propósito ha sido no intervenir sin su conocimiento.

Insisto en que no seguiré al Honorable señor Altamirano en el terreno de las injurias, porque siempre he creído que ellas son más producto del orgullo que de la capacidad.

La intervención mencionada expone el problema que se habría creado en la citada empresa a consecuencia del manejo que le han dado las personas encargadas de su administración, problema que habría perjudicado de manera grave los intereses de modestos conciudadanos que suscribieron la mayoría de su capital.

En el discurso que comento, el Honorable señor Altamirano, después de formular varias preguntas que considera fundamentales para propugnar la liquidación o quiebra de Celulosas Cholguán S. A., agrega que esas preguntas deben tener su oportuna respuesta para poder explicarse "a qué se debe que la Corporación de Fomento de la Producción haya pretendido hacer una asociación más con Celulosas Cholguán". Alude de inmediato al vicepresidente ejecutivo de la CORFO, señor Sáez, en forma sarcástica e inaceptable, entrando, en seguida, a glosar, de modo hiriente, mordaz y torcido, una noticia de crónica que apareció el mismo día en que habló en esta Corporación el Honorable señor Altamirano.

Ya expresé que no deseo hacerme cargo de las referencias torpes e injuriosas a la persona de ese alto funcionario.

Para demostrar la absoluta propiedad de los calificativos que doy a las palabras del Honorable señor Altamirano, haré un rápido examen de la intervención que ha cabido a la CORFO en el proyecto que auspicia Celulosa Cholguán.

Ella se inició, en marzo de 1957, con una carta que le dirigió la comunidad Irarrázaval Larraín, solicitando, en principio, el aval de la CORFO para instalar una planta de celulosa en Cholguán. En noviembre del mismo año, la Comisión Permanente de Industrias -que funciona en la CORFO cómo informante del Consejo- acordó, en principio, acoger la petición de aval, "debiendo estudianse oportunamente los antecedentes técnicos, económicos y financieros para la resolución definitiva de la garantía". En diciembre de 1957, por carta Nº 12.147, se comunica a los interesados que el otorgamiento de la caución queda condicionado a que se presenten estos antecedentes: a) Anteproyecto de la planta; b) Estudio sobre el abastecimiento de materia prima; c) Estudio económico de explotación; d) Mercados consumidores; e) Plan de financia- miento para las inversiones en moneda nacional y capital de trabajo, y f) Fuente y condiciones de financiamiento tocante a los créditos externos.

En enero de 1959, el Consejo de la CORFO, por acuerdo N 5.191, creó un Comité Técnico para abocarse al estudio de las solicitudes relativas a la industria de la celulosa y del papel, entre las cuales se encontraba la de Celulosas Cholguán S. A.

En noviembre de 1961, Celulosas Cholguán presentó a la CORFO un anteproyecto de planta con las siguientes características: 75 toneladas-día de celulosa cruda; 137 toneladas-día de celulosa blanqueada y 75 toneladas-día de papel Kraft.

En diciembre del año 1962, el Departamento de Industrias (CORFO) emitió un informe completo sobre los antecedentes de la solicitud que había presentado Celulosas Cholguán S. A. Este informe no fue considerado por el Comité Técnico (Celulosa y Papel), en atención a que la Superintendencia de Sociedades Anónimas formuló objeciones a la organización y a la gestión financiera y económica de la empresa. Por tales razones, la solicitud estuvo detenida, por parte de los interesados, desde principios de 1963 hasta fines del mismo año.

Al término de 1963, la CORFO recibe un oficio de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, dándole cuenta de que está conforme con la organización y situación financiera de la sociedad.

En enero de 1964, el Comité Técnico (Celulosa y Papel) acordó pedir: a) Informe a la Fiscalía sobre la organización de la firma; b) Informe a Auditoría sobro capitalización cumplimiento de las exigencias establecidas por la Superintendencia de Sociedades Anónimas; c) Resumen sobre estudios actualizados respecto de materias primas y mercados de celulosa-papel, que el Comité encargó en el período 1962-1963, y d) Informe sobre la solicitud de Celulosas Cholguán que contemple los aspectos técnicos, económicos y financieros del proyecto.

En marzo de 1964 se recabaron nuevos antecedentes adicionales al Departamento de Industrias.

Por último, en junio de 1964 se remite a Celulosas Cholguán la carta Nº 7.327, que se inserta en la publicación solicitada por esa sociedad a "El Mercurio", aparecida p1 30 de octubre recién pasado y el 2 de noviembre último.

Sobre esa publicación, conviene advertid que en el número 5) de ella, se da a la referida nota N 7.327, de 20 de junio de 1964, un alcance que, según la CORFO, no tiene. Se dice en el citado número 5) que la carta referida constituiría "un pronunciamiento definitivo de CORFO". Tal aseveración sería inexacta, como fluye del propio tenor de la carta 7.327, especialmente de su último párrafo, que reza así; "Una vez cumplidos estos requisitos, la Corporación estaría en condiciones de aprobar el otorgamiento de la caución solidaria sobre la base de las pautas establecidas por el Consejo".

Tan cierto es lo que afirmo, en orden a que desde 1957 (año en que se presentó la solicitud) hasta hoy no ha existido resolución alguna de la CORFO aprobando la garantía pedida por Celulosas Colguán, que la mejor prueba de ello es la publicación que antes mencioné. En el número 7) de la misma, se da cuenta de las últimas gestiones realizadas, que se efectuaron en julio de este año.

No existe, por lo tanto, asociación o vínculo contractual definitivo alguno entre la CORFO y Celulosas Cholguán S. A.

¿Qué ha movido a la Corporación, en e¡ segundo semestre de este año, a preocupar se nuevamente del problema pleanteado por Celulosas Colguán ?

Desde luego, lo manifestado por la Superintendencia de Sociedades Anónimas en el oficio al señor Ministro de Hacienda, de junio último, a que me referí al comienzo de mi intervención. En el párrafo final da ese oficio se dice textualmente:

"Ante la situación descrita, y considerando que la Corporación de Fomento de la Producción tiene en estudio la viabilidad del proyecto industrial de Celulosas Cholguán, estima el infrascrito que de ser favorable la resolución de la CORFO en esto aspecto, debe ser ésta quien ingrese a la sociedad como accionista asumiendo la responsabilidad de su conducción. En este evento, esta Superintendencia procedería a considerar la forma en que proseguiría la colocación de acciones y los términos a que deberá ajustarse el aumento de capital pendiente para darle curso.

"En caso de que la CORFO se pronuncie desfavorablemente sobre dicho proyecto, o no encontrare alternativas de adecuación del mismo para dar cumplimiento a los fines de la sociedad, procedería la liquidación de ésta. Sin embargo, el infrascrito estima que deberán buscarse todas las soluciones posibles a fin de evitar que lo que en definitiva se resuelva pueda afectar a la suscripción popular de acciones, tan necesaria para la capitalización nacional".

Señor Presidente, la opinión de un servicio público responsable, como es lu Superintendencia de Sociedades Anónimas, no puede interpretarse en la forma ligera y tendenciosa que le asigna el Honorable señor Altamirano. La Superintendencia desea que, si el proyecto es viable y dt-iie llevarse a cabo por razones de interés nacional, a juicio de la CORFO, sea ésta "quien ingrese a la sociedad como accionista, asumiendo la responsabilidad de su conducción".

Dentro de los planes del actual Gobierno, figura la instalación de nuevas plantas para producir celulosa y papel en las zonas de Arauco y Constitución. Múltiples circunstancias aconsejan hacerlo, no sólo para incrementar estas actividades, que se nutren de nuestras riquezas forestales, sino para mejorar la balanza de pagos con nuevas exportaciones que ofrecen promisorias expectativas.

Fundada en estos antecedentes, que son el resultado de largos y minuciosos estudios de orden técnico y económico, la COR- FO estima que, sobre la base de modificar el régimen estatutario de Celulosas Cholguán S. A. en sus aspectos fundamentales de administración y financiamiento, de acuerdo con las recomendaciones de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, podría realizarse, en Arauco, el proyecto de dicha empresa. Claro está que ello supone, de manera previa, el cumplimiento de una serie de requisitos y condiciones, para evitar precisamente lo que ha sucedido con la sociedad anónima en referencia.

Pero fuera de esto, señor Presidente, fuera de lo que podríamos llamar aspectos técnicos, económicos y financieros del proyecto, ha movido también a la CORFO, de manera importantísima, la defensa de los cuantiosos intereses que miles de gentes modestas, con grandes sacrificios personales, han colocado en Celulosas Cholguán S. A. Ep otras palabras, la defensa del llamado "capitalismo popular", que el Honorable señor Altamirano, exhibiendo un desconocimiento que no suponía en un Senador socialista, denomina "invención de ciertos teóricos de menor cuantía".

El concepto de "capitalismo popular" -término que de manera simple y gráfica denota un sistema de inversiones en actividades de interés para la economía nacional, mediante la canalización hacia ella de los ahorros de personas modestas- no revela ignorancia de quienes lo usan. La Cámara dé Diputados, en septiembre último, antes de finalizar la legislatura ordinaria, despachó en primer trámite y remitió a! Senado un proyecto de ley sobre la materia. Me refiero al proyecto originado en un mensaje del Ejecutivo que fija normas sobre colocación gíi el público de acciones, bonos y otros títulos o valores de inversión.

Conviene leer aquí, para ilustrar al Honorable señor Altamirano, los siguientes acápites de ese mensaje;

"La política de incremento del ahorro debe orientarse al fomento de las actividades productoras, y, desde el punto de vista social, es de toda conveniencia que el pueblo pueda participar masivamente en las oportunidades de acceso a la propiedad y financiamiento que ellas originen y perciba los beneficios consiguientes.

"Uno de los factores que durante muchos años ha estado retrayendo sensiblemente la formación de un hábito de ahorro en el público, es el desquiciamiento de un sector del mercado de valores, que no ha brindado la protección básica que todo ahorrante busca. En efecto, personas inescrupulosas, firmas improvisadas, sociedades en formación sin respaldo técnico ni económico, e incluso corredores autorizados, han recurrido al grueso público en demanda de colocar valores que en muchos casos lo han dejado defraudado o engañado.

"Esta situación es particularmente penosa si se considera que la mayor parte de las víctimas la forman legiones de medianos y pequeños inversores, que entregan sus dineros logrados tras un prolongado esfuerzo de ahorro.

"Los métodos usados, al amparo de la ausencia de reglamentación que permita una ordenada fiscalización, son de diversa índole. Por ejemplo; planes de ahorro a plazo en cuotas mensuales para su inversión en valores mobiliarios diversos; colocación de acciones de sociedades en comandita o cuotas de sociedades mineras; venta de derechos o cuotas en sociedades de personas; ofertas de acciones de sociedades anónimas en formación correspondiente a capitales no autorizados, o recolocación de acciones suscritas pero no pagadas. Las colocaciones se efectúan generalmente mediante agentes comisionistas, cuya actuación queda fuera de control, como asimismo las comisiones y recargos que cobran a los inversionistas. Escapa también a una mínima regulación la verificación de la seriedad de las ofertas y los resguardos que protejan la debida inversión de las sumas de dinero recaudadas.

"Para restablecer la confianza del público en el ahorro en acciones y otros valores de inversión, y despejar el camino para dar un vigoroso impulso a la capitalización nacional, purificando el mercado y fortaleciendo a las entidades y personas de dicadas seriamente a la labor de captación de ahorros, se hace necesario, entonces, previamente, dictar las disposiciones legales que den protección a los ahorrantes' en la adquisición y comercialización de toda clase de valores de inversión".

Congruente con la idea matriz que inspira al proyecto de ley a que me he referido y con el propósito laudable de salvar a los modestos accionistas de Celulosas Cholguán S. A., la CORFO tiene interés, siempre que se cumplan determinadas condiciones previas que aseguren el fin deseado, en usar la estructura básica de esa sociedad anónima para llevar adelante el proyecto de instalar una planta de celulosa y papel en Arauco, permitiendo, de esta maner, librar de un desastre las inversiones c[ue miles de pequeños accionistas han realizado en dicha empresa.

No anima a la Corporación el propósito -ni jamás ha sido ésta su meta- de "cubrir irregularidades", como lo asevera el Honorable señor Altamirano. Como ya lo dije anteriormente, atendiendo al propósito laudable de instalar una planta de celulosa más, pretende valerse de una estructura jurídica existente, para así cumplir un segundo objetivo, tan meritorio como el primero, consistente en recuperar y valorizar las inversiones que miles de ciudadanos han efectuado en una sociedad a la cual, para empezar sus operaciones y valorizar sus inversiones y los aportes de sus accionistas, le es absolutamente fundamental llevar a efecto el proyecto que Se ha propuesto. Si la CORFO decidiera llevar a cabo el proyecto por sí sola, con el concurso de otros accionistas, prescindiendo de Celulosas Cholguán S. A.- lo que probablemente, desde diversos puntos de vista, podría ser más cómodo-, a la sociedad existente le resultaría imposible realizar sus propósitos o los vería largamente postergados. En esta alternativa, la disolución y liquidación de la empresa sera casi inevitable y las inversiones allí acumuladas se verían fuertemente disminuidas y lesionadas.

Por estas razones, la Corporación de Fomento de la Producción está tratando de usar la estructura social existente de Celulosas Cholguán S. A., aunque ello pueda importarle mayores sacrificios, con el único y exclusivo propósito de recuperar y valorizar los aportes que miles de ciudadanos han hecho en ella en la confianza y fe de que se cumplirán los objetivos propuestos.

Resulta de toda evidencia que, si no se lleva a cabo el proyecto de dicha empresas, los accionistas sufrirán una pérdida muj' cuantiosa.

Es inefectiva la afirmación de que esa sociedad no ha hecho ninguna inversión. En realidad, ha adquirido terrenos en la provincia de Arauco e invertido dinero en otras partes.

Importa, sí, tener presente que aquí ae pretende por todos los medios asegurar la instalación en la provincia de Arauco de una planta de celulosa, circunstancia que me lleva a hablar en este instante, como Sonador por la zona. Esa es una aspiración muy cara de Arauco, y para cristalizarla queremos reunir todos los esfuerzos realizados y por realizar.

Lo que sucede es que grandes intereses, valiéndose de toda clase de recursos, han tratado y tratan de que Arauco no pueda construir una fábrica de celulosa. Y aunque no pongo en duda el propósito que ha guiado al Honorable señor Altamirano, me parece que la forma ligera en que ha abordado este problema más bien favorece a los monopolios interesados en impedir el auge y desarrollo de otras empresas en el país, en lugar de proteger los intereses de las personas que han invertido sus ahorros en dicha empresa.

Si esa sociedad tuviera que ir a la liquidación, evidentemente habría una pérdida muy fuerte. En cambio, si ella pudiera ponerse en marcha con nuevos aportes, la pérdida no sería superior, según me han informado, a la utilidad prevista para uno o dos meses de explotación de esta activad industrial. *

No tengo por qué referirme al aspecto particular de esta empresa. Sus ejecutivos lo han defendido en la prensa. Ellos lian creído obrar con honradez y han ofrecido sus puestos a disposición de cualquier tribunal. En todo caso, no era ésa la materia que me preocupaba. Me interesa dejar constancia de que rechazo terminantemente y en forma enfática las expresiones con que fue aludido el Vicepresidente de la CORFO, señor Sáez, cuya actuación me merece absoluta fe y respeto.

Lo que la CORFO pretende realizar en este instante es, primero, instalar una planta de celulosa en la provincia de Arauco, pese a fuertes intereses que se oponen a ello. En seguida, está tratando de salvar las inversiones hechas, pues, de no realizarse este negocio -es decir, si la CORFO ro otorga su aval por estimarse que la empresa no tiene suficiente respaldo económico-, seguirá aumentando el pasivo de la sociedad que está en marcha y por tanto deberá liquidarse.

Estas son las razones que me mueven a rechazar enfáticamente las observaciones del Honorable señor Altamirano, y a asegurar que la CORFO no ha tenido otro propósito que ayudar al desarrollo de la zona de Arauco, que represento, para que no sean defraudadas en sus expectativas aquellas personas que invierten en la realización de proyectos que se ofrecen como seguros.

Termino concediendo una interrupción al Honorable señor Curti.

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