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Antecedentes
  • Cámara de Diputados
  • Sesión Ordinaria N° 12
  • Celebrada el
  • Legislatura Ordinaria año 1965
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Intervención
FACULTADES ESPECIALES AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA DICTAR NORMAS RESPECTO DEL DEPARTAMENTO DEL COBRE, DE INVERSIONES MINERAS Y DE SOCIEDADES MINERAS MIXTAS

Autores

El señor LAVANDERO.-

Entre las personas que concurrieron a las Comisiones de Minería e Industrias y de Hacienda, a proporcionar antecedentes, puedo

señalar a tres representantes de la Central Única de Trabajadores, cinco representantes de la Confederación de Trabajadores del Cobre, un representante de la Asociación de Pequeños Mineros, tres representantes del Centro para el Progreso de Antofagasta, dos representantes del Centro para el Progreso de O'Higgins, tres representantes de la Compañía Anaconda, dos representantes de la Braden Copper Company, dos representantes de la Cerro Corporation, el ex Ministro de Hacienda, don Luis Mackenna; el ex Fiscal y actual funcionario del Departamento del Cobre, don Gregorio Amunátegui Prá; el Vicepresidente del Departamento del Cobre, señor Javier Lagarrigue, y el Subsecretario de Minería, don Germán Merino.

La Comisión de Hacienda contó con el constante asesoramiento del señor Ministro de Minería, don Eduardo Simián; del señor Fiscal del Departamento del Cobre, don Jaime Várela, y, especialmente, durante el estudio particular del articulado, de los abogados del Departamento del Cobre, señores Eduardo Yáñez Egert y Bernardo Infante Philippi.

Además, se escuchó a los señores Ministros de Hacienda, don Sergio Molina, y de Relaciones Exteriores, don Gabriel Valdés; a don Cedric Teare, Auditor del Departamento del Cobre; al Vicepresidente de la Corporación de Fomento de ía Producción, señor Raúl Sáez; a don Francisco Cuevas Mackenna, Presidente de la Sociedad Nacional de Minería; a don Luis Kaiser, Director, y a don Antonio Urrutia Aninat, abogado del Instituto de Investigaciones Geológicas; a don Carlos Ruiz, Director del Servicio de Minas del Estado; a los señores Alfonso Muñoz y Amílcar Pino, funcionarios de la Dirección General de Impuestos Internos, quienes concurrieron en representación del señor Director del mismo organismo, que se encontraba ausente.

También se cursaron invitaciones a otras personas, como al señor Mariano Puga y al señor Fernando Varas, ex Vicepresidente Ejecutivo del Departamento del Cobre, quienes, por encontrarse en el extranjero, no concurrieron a la Comisión de Hacienda.

No se llamó a esta Comisión a determinados organismos y personas, en atención a que ya habían concurrido al estudio de este proyecto en la Comisión técnica de Minería e Industrias; y a otras personas, la Comisión de Hacienda acordó no invitarlas, como a los señores Rectores de las Universidades de Chile, Técnica del Estado y Católica, por considerarse que no aportarían conocimientos especializados sobre la materia.

En consecuencia, puedo informar a Sus Señorías que más de 50 personas concurrieron a proporcionar antecedentes sobre la materia que en esta oportunidad se encuentra en debate.

Con el objeto de ilustrar y aclarar el significado de la nueva política cuprera que se propone aplicar, el Gobierno envió al Congreso, junto con este proyecto de ley, las bases de acuerdo de los convenios que podrán suscribirse en conformidad con el Estatuto de Inversiones Mineras que se dictará en virtud de la autorización que se otorgará al Presidente de la República en esta ley.

El señor TEJEDA.-

¿Me permite una interrupción, Honorable colega?

El señor LAVANDERO.-

Estas son las razones por las cuales tanto la Comisión de Minería e Industrias, como la de Hacienda, entraron a estudiar con acuciosidad las bases de los convenios o acuerdos con las empresas de la Gran Minería y la nueva proposición hecha por la Compañía Andina, S. A.

Voy a señalar muy someramente las bases de acuerdo en referencia, debido a que el Honorable Diputado informante de la Comisión de Minería, ya se refirió a cada una de ellas en forma detenida.

El señor TEJEDA.-

¿Me permite una interrupción? Es oportunísima.

El señor LAVANDERO.-

Puedo señalar que la Andes Copper Mining Company, que tiene una producción actual de 170 millones de libras, la aumentará a 220 millones de libras al año.

De acuerdo con el artículo 29 de la ley N 11.828, solamente le afecta el 50% de la tasa fija de tributación.

La nueva proposición no altera la tasa de esta compañía, que en la actualidad tiene derecho a amortizar hasta ocho centavos de dólar por libra de cobre. Esta amortización acelerada, que es gravosa para Chile, se reduce a 1.8 centavo de dólar por libra de cobre vendido.

El señor TEJEDA.-

¿Me permite una interrupción?

El señor LAVANDERO.-

Y, lo que es más importante, en este porcentaje se incluyen las nuevas inversiones que esta Compañía realizará.

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