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  • Sesión Ordinaria N° 42
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  • Legislatura Extraordinaria número 321
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Intervención
PROBLEMA LIMÍTROFE CON ARGENTINA EN LAGUNA DEL DESIERTO. OFICIOS

Autores

El señor ORTIZ .-

Señor Presidente , Honorables colegas, hace ya cerca de un mes expuse ante los medios de comunicación la necesidad de preocuparnos en forma muy especial del que, en mi opinión, constituye el más relevante y delicado problema limítrofe: el de Laguna del Desierto, llamado así por estar situada dicha Laguna dentro del perímetro en discusión.

Mi inquietud no cayó en el vacío. Todos los medios de comunicación le han dado una importante cobertura, por tratarse de la defensa del territorio nacional.

De los problemas pendientes con la República Argentina, dos corresponden a la Undécima Región -a la que tengo el alto honor de representar en el Senado de la República-, ambos por zonas ubicadas en la comuna de Villa O'Higgins. Me refiero a la ya mencionada Laguna del Desierto y a Campos de Hielos, donde, en conjunto, existe una superficie en discusión de aproximadamente 2 mil 500 kilómetros cuadrados.

No es difícil que haya problemas si consideramos que con el país vecino tenemos 5 mil 300 kilómetros de frontera común. Pero, cuando hay buena fe e identidad de propósitos, todo se puede solucionar.

Sin embargo, lo que más he destacado en mis conversaciones -tanto en mi Partido como en el Parlamento y en los medios de comunicación- es el problema de Laguna del Desierto, pues existen más de 500 kilómetros cuadrados de territorio chileno (o, en el peor de los casos, de territorio en discusión) que se encuentran ocupados materialmente por la Gendarmería argentina, lo que algunos negaron inicialmente, pero hoy es reconocido por todos.

Mi inquietud no pasó inadvertida para el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde tuve oportunidad de departir en varias ocasiones con distinguidos funcionarios de carrera, con los cuales analicé el asunto revisando mapas, intercambiando opiniones, etcétera. De manera que estimo un deber dejar constancia de mi reconocimiento a esa Secretaría de Estado y a sus funcionarios.

Quiero destacar, señor Presidente , que de todos los problemas pendientes, el de Laguna del Desierto tiene, sin lugar a dudas, una connotación distinta, ya que es el único de todos los casos en que la zona discutida se encuentra de hecho tomada por nuestros vecinos, lo que jurídica y políticamente es inaceptable.

1.- Ubicación geográfica de Laguna del Desierto

Este accidente geográfico está ubicado al sur del Lago O'Higgins y corresponde a una zona que comprende hasta el Monte Fitz-Roy o Chaltel. La característica más relevante de dicha Laguna es su origen glacial. Al río que nace de ella se le conoce con el nombre de río Las Vueltas, por el curso serpenteante de sus aguas. La localidad poblada más cercana es Villa O'Higgins, desde donde se puede acceder a esta zona sólo por vía aérea o lacustre.

La hoya hidrográfica que comprende la Laguna del Desierto y sus afluentes se desarrolla entre dos cordones paralelos en la dirección norte-sur, muy bien definidos.

2.- El límite político internacional

Esta zona fue motivo de arbitraje en 1902, debido a las discrepancias que existían entre los peritos encargados de la demarcación al sur del monte Tronador.

Chile sostenía que el límite debía originarse en la divisoria continental de las aguas, mientras que Argentina afirmaba que éste debía correr por las más altas cumbres de la Cordillera de los Andes.

Al no llegar los peritos a un acuerdo, se solicitó a la Corona Inglesa el arbitraje, en el cual se incluía esta área.

El fallo de Su Majestad el Rey Eduardo VII indica: "...La continuación ulterior del límite está determinada por líneas que hemos fijado cruzando los Lagos Buenos Aires, Pueyrredón (o Cochrane) y San Martín , quedando asignadas las porciones occidentales de las hoyas de estos Lagos a Chile, y las porciones orientales a la Argentina, encontrándose sobre los cordones divisorios los elevados picos llamados Monte San Lorenzo y Fitz-Roy.".

Las dificultades de interpretación del fallo arbitral han sido las causantes de que no se encuentre un consenso en lo expresado en los documentos que avalan la posición chilena.

3.- Límite que sostiene Chile

Chile ha sostenido que el límite con la Argentina en este sector debe correr de norte a sur por los siguientes accidentes geográficos: hito 62, cerro Martínez de Rozas , cerro Tobi, cerro del Rodado, cota 2.499, río Las Vueltas, que es cortado por la línea fronteriza, y desde este punto al monte Chaltel o Fitz-Roy. Es decir, Chile sostiene que la Laguna del Desierto queda íntegramente en nuestro territorio, y si uno observa el mapa con objetividad, necesariamente debe concluir que es el curso lógico que debe seguir la frontera en éste sector.

4.- Límite que sostiene Argentina

La República Argentina sostiene que su límite con la República de Chile, de acuerdo a los documentos oficiales, se desarrolla de la siguiente forma: hito 62 hasta el sur del cerro Tobi. Desde aquí se dirige, quebrando toda la línea normal de demarcación, hacia el oeste hasta el cerro Trueno. De ahí sigue el cordón occidental y baja cruzando el cerro El Tambo y el cerro Gorra Blanca , y se prolonga esa línea varios kilómetros, para después seguir al cerro Chaltel o Fitz-Roy.

5.- Poblamiento del sector

Desde 1921 existen antecedentes de la permanencia de chilenos en ese lugar. El primer ocupante del sector sur de la Laguna del Desierto fue Vicente Ovando Vargas , chileno que se quedó ahí junto a su familia. En noviembre de 1965 -fecha en que ocurrieron los luctuosos sucesos de Laguna del Desierto-, este compatriota ocupaba el Lote N° 26, correspondiente al plano del Ministerio de Tierras y Colonización, Dirección de Tierras y Bienes Nacionales, Departamento de Mensura, de acuerdo al croquis efectuado ese año por el topógrafo Manuel Araneda , cuyos antecedentes deben estar, necesariamente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el Ministerio de Bienes Nacionales. En todo caso, en las conversaciones sostenidas con los personeros del Ministerio de Relaciones Exteriores les he ofrecido poner a su disposición este material.

En 1927 llegó a poblar la ribera norte de la Laguna del Desierto el matrimonio compuesto por Ismael Sepúlveda Rivas , chileno, nacido en Yungay, y Sara Cárdenas Torres, chilena, nacida en Chiloé, ambos fallecidos. Ellos tuvieron los siguientes hijos: Luisa, casada con Vicente Ovando , que vivía en el lote 26; Juana , que ocupaba el sector sur de la Laguna del Desierto; Domingo, quien, junto con su hermano Héctor ocupaban el lote 22, y que en 1965 denunció lo obrado por la Gendarmería argentina; Rosa, casada con Ismael Andrade , ambos chilenos, no residentes en el lugar; Margarita , casada con Jorge Radbone , argentino, que tampoco residían en el lugar.

Lo que acabo de mencionar corresponde a lo que ocurría hasta noviembre de 1965.

Quiero señalar, Honorables colegas, que al poblador Ismael Sepúlveda -quien, como dije, llegó al sector en 1927- se le concedió por el Ministerio de Tierras y Colonización, actual Ministerio de Bienes Nacionales, título provisional de dominio en 1935, correspondiendo a su campo el lote 22, que comprendía 4.800 hectáreas. Su límite norte era el lote 21, ocupado por Candelario Mancilla , que limitaba al sur con el campo ocupado por Juana Sepúlveda Cárdenas , hija del colono Ismael Sepúlveda . Al oeste limitaba con el lote 26, y al este, con el cordón Martínez de Rozas, que está al este de la Laguna del Desierto.

Con los antecedentes que he citado, quiero señalar que el territorio actualmente en discusión fue siempre chileno, y los primeros habitantes que ahí vivieron fueron compatriotas nuestros, a quienes Chile concedió títulos. Y fue a estos chilenos, que estaban haciendo soberanía, a los que Argentina expulsó, paradójicamente, de nuestro territorio. No existe, en la actualidad, ninguna familia chilena que habite toda esa importante y extensa región.

El problema humano vivido por ellos quedó atrás, y debieron resignarse a perder todo el trabajo desplegado por años en un clima tan adverso y un medio tan difícil. Sólo puedo decirles que estamos endeudados con ellos. Les hacemos llegar, ahora, aunque sea tarde, nuestra gratitud y reconocimiento por la labor cumplida.

Puestos de Gendarmería argentina

Nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores y el Embajador chileno en Argentina han sido muy prudentes al referirse a mis denuncias, pero creo necesario fijar el verdadero sentido y alcance de sus respuestas.

He dicho y lo sostengo - porque tengo antecedentes que me permiten hacerlo - que la Gendarmería argentina tiene cuatro puestos dentro del territorio chileno en los siguientes lugares: 1.- río Milodón; 2.- desembocadura sur de la Laguna del Desierto; 3.- río El Diablo, que queda en la desembocadura norte de la Laguna del Desierto, y 4.- cerro Tobi. Los otros cuatro puestos de Gendarmería argentina -reitero- están dentro del territorio chileno...

El señor RUIZ (don José ). - ¿Me permite una interrupción,...?

Es sólo para pedir una aclaración: ¿desde cuándo están esos puestos argentinos instalados ahí?

El señor ORTIZ . - Se lo señalaré en seguida, Honorable colega, con todo gusto.

Área en conflicto

Las posiciones que sostienen ambos países abarcan una superficie de más de 500 kilómetros cuadrados, que Argentina, en forma unilateral y haciendo uso de la fuerza, ocupó a partir del 6 de noviembre de 1965.

Quiero entregar, brevemente, algunos antecedentes previos a la muerte del Teniente Hernán Merino Correa.

He estudiado el caso con gran interés y tengo absolutamente claro que la muerte de dicho Teniente fue dentro del territorio chileno y mientras cumplía con su deber.

Si uno analiza los antecedentes, se da cuenta de que las instrucciones que recibió de su superioridad el grupo de Carabineros que concurrió al lugar de los hechos fue la de dar protección a los afectados y la de defender la soberanía, al saberse que el colono Domingo Sepúlveda , domiciliado en Laguna del Desierto, territorio chileno, había sido citado, por un Comandante y un Cabo de la Gendarmería argentina, para presentarse al Consejo Agrario de Gallegos, República Argentina , a fin de que declarase los animales que tenía y las características de su predio. Al citarlo, se le advertía que si no cumplía lo pedido sería arrestado.

Creo útil recordar una vez más que el colono Domingo Sepúlveda Cárdenas era hijo de Ismael Sepúlveda Rivas , persona que llegó con su familia a ese sector de Laguna del Desierto en 1927 y a quien, en 1935, el Ministerio de Tierras y Colonización le concedió título provisorio de dominio del lote N° 22, que tenía 4.800 hectáreas. Es decir, Honorables colegas, esta familia llevaba 38 años viviendo en la zona de Laguna del Desierto en un predio que nuestro Ministerio de Tierras y Colonización le había otorgado.

Quiero destacar también que la conducta de Carabineros fue siempre de extraordinaria prudencia, ya que sus hombres, los que se trasladaron al sector de Laguna del Desierto , tenían instrucciones muy claras en cuanto a evitar cualquier incidente con Gendarmería, sin perjuicio de hacer respetar los derechos de los colonos y la soberanía nacional. De manera que los desgraciados sucesos tienen su causa u origen, no en el actuar de nuestros Carabineros, sino en el desatino de algunos miembros de la Gendarmería argentina.

Debo recordar en esta oportunidad, y como una manera de aportar antecedentes útiles al debate, que nuestra Embajada en Buenos Aires comunicó al Gobierno chileno que había quedado claramente establecido: 1.- que el Gobierno argentino no construiría el puesto de gendarmería que tenían proyectado en Laguna del Desierto, precisamente en el campo del colono Sepúlveda ; y 2.- que disminuirían a su número normal la dotación de gendarmes en la zona afectada, vale decir, al que tenían en la zona fronteriza con anterioridad a los problemas.

Además, el 6 de noviembre de 1965 los Gobiernos de Chile y Argentina estaban de acuerdo en que harían a las 10 de la mañana una declaración conjunta, donde, en el fondo, reiteraban los deseos de paz y amistad de ambos países. Ese mismo día se daban instrucciones, a los Carabineros apostados en el sector, en el sentido de replegarse hasta la base del Retén de Lago O'Higgins. Esta comunicación sólo llegó al citado retén a las 18:22, por las dificultades de comunicación que teníamos en ese tiempo y que todavía subsisten.

Sin embargo, Honorables colegas, ese día 6 de noviembre de 1965, entre las 16 y las 16:30, Gendarmería argentina, que tenía un número muy superior de hombres, rodeó a la avanzada del Mayor de Carabineros señor Torres, que era el jefe de grupo, con el indisimulado afán de detenerlos, y ante el intento del Teniente Merino Correa de impedir la consumación de ese hecho dentro de nuestro territorio, fue ametrallado y muerto en el lugar. Además, quedó herido el Sargento Manríquez .

Hay otros antecedentes que, por ser delicados, no los entregaré en esta oportunidad. No obstante, es mi deber insistir en que mientras, por una parte, los Gobiernos de Chile y Argentina, en la mañana de aquel día, hacían una declaración conjunta, de respeto recíproco y llena de buenas intenciones, por otra, esa misma tarde, la Gendarmería de ese país mataba a uno de nuestros hombres de Carabineros. Pero lo más grave es que a esta repudiable acción se unió después una decisión política del Gobierno argentino. En efecto, nuestro Embajador en ese país nos comunicó que había sido informado, a las 7 de la tarde del 2 de diciembre de 1965, de que Argentina no retiraría la fuerza de Gendarmería de la zona de Laguna del Desierto, pero que nos sugerían, de todas maneras, que la Comisión Mixta de Límites, integrada por funcionarios chilenos y argentinos, se constituyera en la zona o en algún lugar próximo a ella.

Estos son, señor Presidente, antecedentes que debemos tener en cuenta en todas nuestras conversaciones con Argentina. Y toco con fuerza este tema, ya que no quiero que nos vuelva a ocurrir lo sucedido en 1965.

Durante la reunión de los Presidentes de Chile y Argentina de aquellos años, señores Frei e Illia , se acordó intensificar los trabajos de la Comisión Mixta de Límites y comenzar de inmediato dichas labores en la región fronteriza denominada Laguna del Desierto, con el objeto de precaver incidentes como el señalado.

Lo último que he indicado corresponde a la declaración oficial del Gobierno de Chile el 8 de noviembre de 1965.

Ahora escuchamos que los Presidentes Aylwin y Menem tienen los mismos propósitos. ¡Ojalá se cumplan -como chilenos lo deseamos-, ya que en 1965 fuimos traicionados!

No deseo que el esfuerzo permanente de Carabineros y la muerte del Teniente Hernán Merino Correa, quien cayó defendiendo nuestras fronteras en Laguna del Desierto, sean estériles. Nuestro orgullo patrio fue ultrajado el 6 de noviembre de 1965. El gesto heroico de ese puñado de carabineros y la actitud de Hernán Merino, que ofrendó su vida perpetuando la tradición de altivez de nuestras Fuerzas Armadas y de Orden, serían una ofrenda inútil si hoy, cuando se discute nuevamente el tema, no tenemos clara conciencia del verdadero sentido y alcance del problema.

Proposiciones concretas

Teniendo presentes el Tratado de Límites de 1881 -que es el fundamento inconmovible de nuestras relaciones con Argentina-; el Fallo e Informe Arbitral de 1902, publicado en el Diario Oficial N° 7.485, de 17 de enero de 1903, y el Tratado de Paz y Amistad del año 1984, celebrado entre los dos países, en el que se reitera la obligación de las partes de solucionar siempre todas sus controversias por medios pacíficos y de no recurrir jamás a la amenaza o al uso de la fuerza en sus relaciones mutuas, me permito solicitar que se despachen los siguientes oficios:

1.- Al señor Ministro de Relaciones Exteriores , remitiéndole el texto íntegro de mi intervención, y haciéndole saber la preocupación que tenemos en el Senado de la República sobre este caso específico.

2.- Al señor Ministro de Obras Públicas , para que, atendida la gravedad del problema, estudie una fórmula que permita complementar el presupuesto asignado al Cuerpo Militar del Trabajo, para que el avance de la carretera Austral alcance, a lo menos, un promedio de 30 kilómetros anuales y no de 10, como está ocurriendo ahora, única forma que permitirá terminar el aislamiento de la comuna de Villa O'Higgins, que -observen, señores Senadores- cuenta con 500 habitantes precisamente por la situación descrita.

3.- Al señor Ministro de Hacienda , para que estudie y nos remita un proyecto de franquicias tributarias y un plan de incentivos para las comunas, pueblos e islas de la Undécima Región, que están en situación similar a la de Villa O'Higgins, carentes de comunicación terrestre con el resto de la Región, y a las que sólo puede llegarse desde la capital regional por vía aérea, y se las declare de inmediato comunas libres de todo tipo de impuestos, por estar sus habitantes haciendo soberanía. Hago presente que yo personalmente le remitiré un proyecto íntegro sobre esta materia.

Tales franquicias constituyen una excepción que se justifica plenamente, y tienen precedentes tanto en Chile como en el extranjero. Reitero, señor Presidente y Honorables colegas, que en dichos lugares viven muy pocas personas, y es necesario incentivar la instalación de nuevas familias.

4.- Al señor alcalde de la comuna de Villa O'Higgins, don José Claudio Fica Gómez , transcribiéndole íntegramente mi intervención, y solicitándole que nos haga saber su parecer acerca de las medidas propuestas y las que pueda sugerirnos, dada su experiencia como habitante de la zona.

Finalmente, sólo me resta agradecer una vez más a los periodistas y a los medios de comunicación la cobertura que han dado al problema limítrofe que he comentado, y que tuve el honor y la responsabilidad de poner de actualidad, ya que entre todos y pensando como chilenos, sin distingos entre Gobierno y Oposición, sólo pensando como chilenos, lograremos interesar en el debate a todo el país, para que se conozca la verdad de lo ocurrido y la situación en que viven esos compatriotas, quienes, con su presencia en esos lugares, están haciendo soberanía.

He dicho.

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