Resolución 84 EXENTA AUTORIZA AMPLIACIÓN DEL ALCANCE DE LA ACREDITACIÓN DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES MG CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES LIMITADA O MG CERTIFICA LTDA., A LOS PERFILES OCUPACIONALES QUE INDICA

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO; COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES

Promulgacion: 01-ABR-2024 Publicación: 13-ABR-2024

Versión: Única - 13-ABR-2024

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1202582&f=2024-04-13


AUTORIZA AMPLIACIÓN DEL ALCANCE DE LA ACREDITACIÓN DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES MG CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES LIMITADA O MG CERTIFICA LTDA., A LOS PERFILES OCUPACIONALES QUE INDICA
   
    Núm. 84 exenta.- Santiago, 1 de abril de 2024.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en la Ley N° 20.267, que Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; en el reglamento que regula la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, establecido por decreto supremo N° 137 de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el Reglamento que regula la Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la Habilitación de Evaluadores, aprobado por decreto supremo N° 29 de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la resolución exenta N° 1.068 de 2011, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre aranceles del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta N° 281 de 26 de noviembre de 2020, modificada por la resolución exenta N° 1 de 4 de enero de 2023, ambas de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que aprueba el procedimiento de Ampliación de Alcance de Acreditación, para los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales acreditados en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta N° 159 de 31 de mayo de 2023, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que renovó la acreditación de la sociedad MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda. como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales; en la resolución exenta N° 185 de 29 de junio de 2023, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que declaró admisible la solicitud de ampliación de alcance de la acreditación del Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda.; en la resolución exenta N° 218 de 21 de julio de 2023 de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que autoriza la ampliación del alcance de la acreditación del Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda.; en la resolución exenta N° 69 de 18 de marzo de 2024, de esta Comisión, que cerró la etapa de evaluación de la solicitud de ampliación de alcance presentada por dicho Centro; el acuerdo N° 1.186 de 2024, adoptado en la centésima sexagésima sesión ordinaria del directorio de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, celebrada con fecha 22 de marzo de 2024; el Anexo de Acta de Compromiso suscrito por el Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda.; la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; y las facultades que me confiere el artículo 9° de la ley N° 20.267.
   
    Considerando:
   
    1. Que, la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, en adelante la Comisión o ChileValora, es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es la implementación de las acciones reguladas en la ley N° 20.267.
    2. Que, mediante resolución exenta N° 281 de 2020, modificada por la resolución exenta N° 1 de 2023, la Comisión aprobó el Procedimiento de Ampliación de Alcance de Acreditación de los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales acreditados en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales.
    3. Que, mediante resolución exenta N° 159 de 2023, la Comisión renovó la acreditación a la sociedad MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda., como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, por un plazo de 3 años, para prestar los servicios de evaluación y certificación de competencias laborales en los sectores, subsectores y perfiles ocupacionales detallados en ese acto administrativo. Posteriormente, mediante resolución exenta N° 218 de 2023, la Comisión autorizó la ampliación de dicho alcance a los sectores, subsectores y perfiles ocupacionales que se indicaron en dicho acto administrativo.
    4. Que, habiendo presentado una solicitud de ampliación de alcance de su acreditación, se ha determinado que el Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda., cumple con los requisitos normativos para efectuar procesos de evaluación y certificación en los sectores, subsectores y perfiles ocupacionales solicitados, conforme se da cuenta en la resolución exenta N° 69 de 2024, que cierra el proceso de evaluación de dicha solicitud.
    5. Que, mediante acuerdo N° 1.186 de 2024, adoptado en su centésima sexagésima sesión ordinaria, celebrada con fecha 20 de marzo del mismo año, el órgano colegiado de ChileValora resolvió autorizar la ampliación del alcance al Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda. a los perfiles ocupacionales detallados en el primer numeral de la parte resolutiva del presente acto administrativo.
    6. Que, con fecha 27 de marzo de 2024, se formalizó el anexo de acta de compromiso suscrito por el Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda., en que se compromete a cumplir las obligaciones, compromisos, prohibiciones, restricciones e inhabilidades que la ley N° 20.267 y sus reglamentos  establecen para asegurar la idoneidad, competencia e imparcialidad de los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.
   
    Resuelvo:


    1. Autorízase la ampliación del alcance de la acreditación del Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda., RUT N° 76.237.325-4, a los perfiles ocupacionales de los siguientes sectores y subsectores:
   
   
   
    2. Ingrésense los nuevos perfiles ocupacionales en el que se encuentra acreditado el Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales MG Certificación de Competencias Laborales Limitada o MG Certifica Ltda. RUT N° 76.237.325-4, a la ficha que de éste se mantiene en el Registro Nacional de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.
    3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, sin perjuicio que las futuras modificaciones de los códigos de los perfiles ocupacionales antes señalados se notificarán a través del Registro Nacional de Unidades de Competencias Laborales y del Registro Nacional de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, sin necesidad de una nueva publicación.
    4. Téngase presente que la ampliación de la acreditación concedida por el presente acto administrativo tendrá vigencia desde su publicación en el Diario Oficial y durante el plazo que dure la acreditación del Centro.
   
    Anótese, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial.- Ximena María Rivillo Oróstica, Secretaria Ejecutiva, Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales.

documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 09 del 06 de 2025 a las 19 horas con 35 minutos.