Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional Ley Chile
  • Ingresar
  • Registrarse

¿No está registrado? Regístrese

¿Olvidó su Contraseña?

¿Ya tiene una cuenta? Ingrese

BCN
  • icono
Portada
Selección
Contacto
Búsqueda avanzada
Portada
Selección
Contacto
Cerrar Navegar Norma Cerrar
Portada
Decreto 202400037 EXENTO

Navegar Norma

Decreto 202400037 EXENTO

  • Encabezado
  • Artículo primero
  • Artículo segundo
  • Artículo tercero
  • Promulgación

Decreto 202400037 EXENTO Decreto DEXE 202400037 EXENTO DECLARA PRÓRROGA DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO - LONQUIMAY

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO; SUBSECRETARÍA DE TURISMO

Decreto 202400037 EXENTO

Seleccione las notificaciones a registrar


Promulgación: 08-MAR-2024

Publicación: 13-MAR-2024

Versión: Única - 13-MAR-2024

CONCORDANCIA
  • Texto
  • Versiones
Escuchar
DECLARA PRÓRROGA DE ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO - LONQUIMAY
    Núm. DEXE202400037 exento.- Santiago, 8 de marzo de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley N° 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto supremo N° 146, de 2019, del Ministerio de Economía y Turismo; en el acuerdo N° 1.3 que consta en el Acta del Comité de Ministros del Turismo, que da cuenta de la sesión ordinaria N° 28, de 25 de septiembre de 2023 y, en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 20.423, un territorio puede ser declarado Zona de Interés Turístico cuando posee condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y de una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado en dicho territorio.
    2. Que, según dispone el artículo 8 numeral 7) de la ley N° 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico.
    3. Que, mediante decreto supremo N° 146, de 12 de agosto de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se actualizó la Zona de Interés Turístico denominándola "Lonquimay".
    4. Que, según dispone el inciso segundo del artículo 18 del decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento que fija el procedimiento para la declaración de Zonas de Interés Turístico, la prórroga de una Zona de Interés Turístico podrá ser solicitada ante la Subsecretaría de Turismo por el Director/a Regional del Servicio Nacional de Turismo, como presidente de la Mesa Público-Privada, y con acuerdo de ésta, junto con un informe de cumplimiento de las acciones y objetivos formulados en el Plan de Acción durante la vigencia de la declaración y, de otros logros de la gestión, si los hubiere. Asimismo, deberá entregar una propuesta de actualización del Plan de Acción para los siguientes cuatro años.
    5. Que, el 10 de febrero de 2023, el Director Regional (S) de La Araucanía presentó una solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada "Lonquimay", dentro del plazo señalado en el artículo 18 del decreto supremo N° 30, de 2016.
    6. Que, según consta en el acta de la sesión ordinaria N° 28 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 25 de septiembre de 2023, mediante acuerdo N° 1.3, dicha instancia aprobó por unanimidad la solicitud de prórroga de la Zona de Interés Turístico denominada "Lonquimay", en la Región de La Araucanía.
    7. Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, corresponde a esta Secretaría de Estado declarar la prórroga de la Zona de Interés Turístico respectiva.
     
    Decreto:
    Artículo primero: Declárase la prórroga de la Zona de Interés Turístico "Lonquimay" al territorio conformado por parte de la comuna de Lonquimay, de la Región de La Araucanía cuyos polígonos son los siguientes:
     
   
     
    Artículo segundo: Los límites del territorio de la Zona de Interés Turístico "Lonquimay" están determinados por los siguientes vértices con sus coordenadas geográficas referenciales:
     
   
     
    Artículo tercero: Publíquese el polígono y las coordenadas geográficas oficiales de todos los vértices de la Zona de Interés Turístico "Lonquimay" en formatos disponibles "shapefile" o "KMZ" en la página institucional, www.subturismo.gob.cl, quedando a disposición del público para consulta a partir de la dictación del presente acto.
    Regístrese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 13-MAR-2024
13-MAR-2024

Comparando Decreto 202400037 EXENTO | Decreto DEXE 202400037 EXENTO |

Loading...

Enlace a la parte

Acortar

Resultado de búsqueda para :

Término encontrado en la siguiente parte.
Sin resultados

Detalles Partes

Escuchar

Metadatos internos

Síguenos en:
Cuenta de X de la Biblioteca del Congreso Nacional Facebook Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Instagram de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Flickr de la Biblioteca del Congreso Nacional Cuenta de Tiktok de la Biblioteca del Congreso Nacional Canal de Youtube de Biblioteca del Congreso Nacional
Políticas de privacidad Mapa del sitio Ubicación horarios y teléfonos
logo ISO-9001 logo IQNET
Creative Commons

Alternativas para descargar

  1. Descarga con Firma Electrónica Avanzada (FEA)

    - Esta opción garantiza la autenticidad e integridad del documento mediante una firma electrónica avanzada.
    - El proceso puede tardar unos momentos, ya que el documento se firma digitalmente en línea de forma automática. Le pedimos paciencia mientras se completa la operación.
  2. Descarga sin firma

    - Puede descargar el documento inmediatamente, pero sin firma electrónica avanzada.
    - Esta opción es más rápida, pero no incluye elementos de validación digital.
    Descargar ahora sin firma

Informamos a nuestros usuarios que, por inconvenientes técnicos que afectan temporalmente al Diario Oficial, las normas que deberían ser publicadas en nuestro sistema Ley Chile hoy 4 de marzo de 2025, no se encontrarán disponibles por el momento. Para su tranquilidad, Ley Chile se mantiene disponible y actualizado hasta el día de ayer.