Resolución 429 EXENTA
Resolución 429 EXENTA APRUEBA NÓMINA DE BENEFICIARIOS PERTENECIENTES A COMITÉS HABITACIONALES MEDIANTE ASIGNACIÓN DIRECTA INDIVIDUAL, PARA INTEGRAR EL PROYECTO HABITACIONAL VILLA ALESSANDRI DEL PROGRAMA REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL REGIÓN DE ANTOFAGASTA
APRUEBA NÓMINA DE BENEFICIARIOS PERTENECIENTES A COMITÉS HABITACIONALES MEDIANTE ASIGNACIÓN DIRECTA INDIVIDUAL, PARA INTEGRAR EL PROYECTO HABITACIONAL VILLA ALESSANDRI DEL PROGRAMA REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS
Núm. 429 exenta.- Antofagasta, 8 de octubre de 2024.
Visto:
1.- Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante DFL Nº 1/19.653, de 2000.
2.- La ley 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
3.- El DL Nº 1.305, de 1975, que Reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
4.- El decreto Nº 18 (V y U), de 2017, que aprueba Reglamento Regeneración de Conjuntos Habitacionales.
5.- El DS Nº 49 (V y U), de 2011, y sus modificaciones, que Aprueba el Reglamento del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
6.- La resolución exenta Nº 1.422 (V. y U.), de fecha 3 de marzo de 2016, mediante la cual se selecciona al Conjunto Habitacional Jorge Alessandri de la Región de Antofagasta para el desarrollo del Programa Regeneración de Conjuntos Habitacionales.
7.- La resolución exenta Nº 1.356 (V. y U.), de fecha 27 de febrero de 2018, mediante la cual se otorga subsidio del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al artículo 27 del DS 49 (V y U), de 2011, a integrantes del proyecto habitacional conjunto habitacional Jorge Alessandri de la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
8.- La resolución exenta Nº 3.068 (V. y U.), de fecha 30 de diciembre de 2019, que modifica la resolución exenta Nº 1.356 (V. y U.), de fecha 27 de febrero de 2018 y otorga subsidio del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al artículo 27 del DS 49 (V y U), de 2011, a integrantes del proyecto habitacional conjunto habitacional "Conjunto Habitacional Jorge Alessandri" de la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
9.- La resolución exenta Nº 651 (V. y U.), de fecha 7 de mayo de 2024 que modifica resolución exenta Nº 1.356 (V. y U.), de fecha 27 de febrero de 2018, mediante la cual se otorga subsidio del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al artículo 27 del DS 49 (V y U), de 2011, a integrantes del proyecto habitacional conjunto habitacional Jorge Alessandri de la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
10.- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
11.- Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
12.- Mi calidad de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, se sustenta en el artículo 62 Inc. final del DFL 1-19175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en concordancia con el artículo 16 de la ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto fuera fijado por el DFL Nº 29, del año 2004, el cual dispone la validez de las actuaciones efectuadas entre la asunción al cargo y la total tramitación del decreto de nombramiento.
Considerando:
1.- Que, en el marco de la implementación del Programa Regeneración de Conjuntos Habitacionales, se seleccionó en la Región de Antofagasta al conjunto habitacional "Villa Alessandri", otorgándose 190 subsidios habitacionales del DS 49 (V y U), de 2011, conforme a su artículo 27, mediante resolución exenta Nº 1.356 (V y U.), de fecha 27 de febrero de 2018.
2.- Que posteriormente se modifica la resolución precedente, mediante resolución exenta Nº 3.068 (V. y U.), de fecha 30 de diciembre de 2019, y se otorgan 109 subsidios adicionales al proyecto, conforme el artículo 27 del DS 49 (V y U), de 2011.
3.- Que, la referida resolución exenta (V. y U.), Nº 651 de fecha 7 de mayo de 2024 y su modificación en el numeral III, delegan en el Secretario Regional Ministerial la facultad de nominar a "...Familias residentes en la comuna de ejecución del proyecto, organizadas en comités habitacionales, que no tengan proyecto habitacional asociado, conforme a la prelación que realiza Serviu en virtud de sus procesos normados e internos".
4.- Que, conforme a la facultad delegada, se efectúan las nominaciones conforme dan cuenta las siguientes resoluciones exentas:
- Resolución exenta Nº 231, de fecha 16 de abril de 2019 mediante la cual se nomina a 159 beneficiarios. Dicha resolución es modificada posteriormente por medio de resolución exenta Nº 404, de fecha 5 de septiembre de 2024, procediendo a la eliminación de 5 beneficiarios de la nómina;
- Resolución exenta Nº 329, de fecha 6 de junio de 2019, donde se incorpora 2 beneficiarias;
- Resolución exenta Nº 403, de fecha 11 de julio de 2019, donde se incorpora 1 beneficiaria, la que fue dejada sin efecto por medio de resolución exenta 547 de fecha 19 de octubre de 2023, incorporándose a su vez 6 beneficiarios;
- Resolución exenta Nº 600, de fecha 16 de noviembre de 2020, fueron nominados 118 beneficiarios;
- Resolución exenta Nº 415, de fecha 12 de septiembre de 2024, fueron nominados 9 beneficiarios.
5.- Que, en consecuencia, se encuentran 7 subsidios pendientes de nominación para el referido conjunto habitacional.
6.- Que, Serviu fundamenta su solicitud señalando que las 7 (siete) familias pendientes de nominar corresponden a integrantes de comités habitacionales, nominados anteriormente, que por temas de sistema u otras observaciones no fueron nominadas en la prelación de la resolución exenta Nº 600 de fecha 16 de noviembre del año 2020.
7.- Mediante oficio Ord. Serviu Nº 1.704 de fecha 22 de julio de 2024, solicita a esta Seremi entre otras cuestiones, asignar subsidio del FSEV DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, modalidad Construcción en Nuevos Terrenos (CNT), conforme dispone la resolución exenta Nº 651 de fecha 7 de mayo de 2024, la cual modifica la resolución exenta Nº 1.356 ya señalada en los vistos, sin embargo, esta solicitud fue observada por la Seremi conforme da cuenta Ord. Seremi Nº 1087, de fecha 21 de agosto de 2024. En lo que respecta a las familias habilitadas pendientes de nominar de los comités habitacionales, se indica que, debe especificarse a qué comités pertenecen estos beneficiarios, además de faltar documentación que acredite la pertenencia del mismo, esto, con el objeto de enmarcarse en el resuelvo 8, numeral III, ya que debe ser fundamentada su asignación directa respecto de los subsidios a entregarse. Dichas observaciones fueron realizadas por la Analista del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento de esta Seremi, en informe de Revisión de Solicitud de Nominación de fecha 6 de agosto de 2024.
8.- Que, Serviu Antofagasta da respuesta a las observaciones realizadas, por medio de correo electrónico de fecha 29 de agosto de 2024, insertando enlace en el cual contiene documentación relacionada con las familias pertenecientes a comités habitacionales que se encuentran pendientes por nominar, entre otros.
9.- Que, mediante correo electrónico de fecha 6 de septiembre de 2024 por medio del Jefe del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento, se acompaña el informe de fecha 5 de septiembre de 2024 emitido por la Analista del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento, ambos de esta Seremi, complementando de esta forma el Informe de Revisión señalado en el punto 5. De esta forma, en lo que respecta a las familias pendientes de nominar de comités habitacionales, se realiza observaciones respecto de la acreditación y pertenencia a comités habitacionales, por cuanto, la información remitida por Serviu es insuficiente para verificar la pertenencia a estos comités a la fecha que se realiza la prelación por la resolución exenta Nº 600, ya referida.
10.- Que, con fecha 25 de septiembre del presente año, Serviu Antofagasta, mediante correo electrónico, da respuesta a las observaciones realizadas por el Complemento Informe de Revisión y Nominación de Villa Alessandri de fecha 5 de septiembre de 2024, realizado por la Analista del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento. En el que la coordinadora de Programas Habitacionales de Serviu adjunta la siguiente documentación: Minuta explicativa casos regulares pendientes de nominar, Proyecto Alessandri; resolución exenta Nº 431 de fecha 5 de mayo del año 2023, que aprueba procedimiento de vinculación a terreno de comités de vivienda postulantes al Programa FSEV, regulado en el DS Nº 49 (V. y U.), aplicable en Serviu de la Región de Antofagasta. Asimismo, se remite enlace que contiene: 7 carpetas con antecedentes individualizados de: Bárbara Rodríguez; Carolina Alcaide; Hayde Campos; María Barrientos; María Rodríguez; Matilde Valdivia y Nelly Paniagua, además del documento "Segunda Minuta Alessandri" y la resolución exenta Nº 431, ya referida.
11.- Que, adicional, con fecha 4 de octubre del presente, se remite, vía correo electrónico, por parte de la profesional del Departamento de Operaciones Habitacionales de Serviu Antofagasta, documentación adicional, consistiendo en: Carta Complementaria de Aceptación del comité de Vivienda "Construyendo Nuestros Sueños 2015" de fecha 2 de octubre del año 2024; Cédula de Identidad de la Presidenta del comité de vivienda "Construyendo Nuestros Sueños 2015", doña Claudia Ardiles Tagle; Certificado Nº 1595/2018 en el que consta la copia autorizada del acta constitutiva de la Organización funcional del Comité de Vivienda "Construyendo Nuestros Sueños 2015", emitido por la Ilustre Municipalidad de Antofagasta de fecha 26 de diciembre de 2018.
12.- Que, en virtud de los antecedentes adicionales, señalados precedentemente, se elabora con fecha 4 de octubre del presente año, el Complemento Nº 2 Informe Revisión Nominación V. Alessandri, por la profesional del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento de esta Seremi Minvu de Antofagasta, concluyendo que existen antecedentes suficientes que justifiquen la asignación a las beneficiarias pendientes de comités habitacionales.
13.- Que, conforme con lo expuesto, resulta procedente la nominación de las 7 familias pertenecientes a comités habitacionales, en calidad de beneficiarios del Proyecto Habitacional "Conjunto Jorge Alessandri", dado que, esta Seremi cuenta con la facultad de nominar a los beneficiarios del proyecto, de acuerdo con el resuelvo 6 de la resolución exenta Nº 1.356 (V. y U.), de fecha 27 de febrero de 2018, considerando en ello el orden de prelación establecido en el resuelvo 8 numeral III, modificada por la resolución exenta Nº 651 (V. y U.), de fecha 7 de mayo de 2024.
14.- Por las razones señaladas anteriormente, y en virtud de los antecedentes expuestos, resulta necesario acceder a lo solicitado por Serviu Antofagasta, dictando lo siguiente:
Resuelvo:
I.- Nomínese a las siguientes familias pertenecientes a comité habitacional, en calidad de beneficiarios del Proyecto Habitacional conjunto Jorge Alessandri, conforme dispone la resolución exenta Nº 1.356 (V. y U.) de fecha 27 de febrero de 2018 y sus modificaciones consignadas en resolución exenta Nº 3.068 (V. y U.), de fecha 30 de diciembre de 2019 y Nº 651 (V. y U.), de fecha 7 de mayo de 2024, a los siguientes beneficiarios:

II.- Exímase a todos los nominados de los requisitos del DS 49 (V. y U.), esto es, de lo establecido en el Art. 3 letra c) cumplir con el ahorro mínimo exigido el que debe ser acreditado conforme a lo señalado en los Arts. 37, 38 y 39 del DS 49, la acreditación del instrumento de caracterización socioeconómica establecida en el Art. 3, letra g) y de los impedimentos establecidos en el Art. 4. letras a), c) y g) del DS 49.
III.- Publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial, sin perjuicio de la difusión de la nómina por parte de Serviu Antofagasta, a través de periódico de circulación regional u otro medio de comunicación pública.
IV.- Notifíquese el presente acto administrativo a la División de Política Habitacional del Minvu.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 28-OCT-2024
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28-OCT-2024 |
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