REGLAMENTO QUE MODIFICA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE TALTAL
     
    Núm. 1.- Taltal, 3 de marzo de 2023.
     
    Vistos:
     
    La Ley Nº 18.695/88 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus Modificaciones; la Ley 18.883, Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales; la Ley 19.130 que Modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley 19.236 que crea los Juzgados de Policía Local; la Ley 19.280 Establece normas sobre Planta de Personal de las Municipalidades; la Ley 19.602; la Ley 20.033; la Ley 20.554; la Ley 15.231, la Ley 20.742; el decreto ley 3.063; la Ley 20.922, la Ley 20.965; la Ley 15.076, el Reglamento Nº 1.675 del 15 de noviembre del 2016 del Ministerio del Interior que regula la categorización de los Municipios y rangos de grados de los Alcaldes; la resolución exenta Nº 9.380 del 26 de Julio dl 2017 del Ministerio del Interior que establece las categorías en que han sido clasificados los Municipios y la resolución exenta Nº 5.185 del 14 de mayo de 2018 que deja constancia de las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grado de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos Alcaldes en la correspondiente planta de personal, decreto N° 356/2016 Registro, de fecha 16 de junio de 2016 que encasilla a los funcionarios señalados al tenor del artículo primero transitorio de la Ley 20.922, decreto Nº 33/2017 Registro, de fecha 10 de enero de 2017, que encasilla a los funcionarios señalados al tenor del artículo segundo transitorio de la ley 20.922, y
     
    Teniendo presente:
     
    1. El DFL Nº 84-19.280 del 23 de julio de 1994, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Taltal.
    2. Certificado Nº 1 de Ingresos Propio Permanentes de los años 2015, 2016 y 2017, de octubre del 2018, debidamente firmado por el Director del Departamento de Administración y Finanzas, en conjunto con el Director de Control Interno.
    3. Certificado Nº 2 de Gastos en Personal Efectivo de acuerdo a los balances de ejecución de los años 2015, 2016 y 2017, de octubre de 2018, debidamente firmado por el Director del Departamento de Administración y Finanzas, en conjunto con el Director de Control Interno.
    4. Certificado Nº 3 de Límites Gastos en Personal Efectivo, respecto de los Ingresos Propios Permanentes efectivos, de acuerdo a los balances de ejecución de los años 2015, 2016 y 2017, de octubre de 2018, debidamente firmado por el Director del Departamento de Administración y Finanzas, en conjunto con el Director de Control Interno.
    5. Certificado Nº 4 de Ingresos Propio Permanentes Presupuestarios y Gasto en Personal para los años 2018 al 2026, de octubre de 2018, debidamente firmado por el Director del Departamento de Administración y Finanzas, en conjunto con el Director de Control Interno.
    6. Certificado Nº 5 de Gasto en Personal Efectivo de acuerdo a los balances de ejecución presupuestario para los años 2018 al 2026, de octubre de 2018, debidamente firmado por el Director del Departamento de Administración y Finanzas, en conjunto con el Director de Control Interno.
    7. Certificado Nº 6 de Límite en Gasto Personal Efectivo, respecto de los Ingresos Propios Permanentes para los años 2018 al 2026, de octubre de 2018, debidamente firmado por el Director del Departamento de Administración y Finanzas, en conjunto con el Director de Control Interno.
    8. Decreto Nº 307/2014 Registro, de fecha 24 de noviembre de 2014, que reconoce el cargo de Secretario Municipal como unidad mínima, a la luz del artículo 16 de la ley 18.695 y adecúa su grado desde el grado 11º hacia el grado 6º.
    9. Decreto Nº 334/2015 Registro, de fecha 8 de septiembre de 2015, que nombra en calidad de titular en el cargo de Director de Control Interno de la Ilustre Municipalidad de Taltal a don Ariel Alejandro Pizarro Cuadra.
    10. Decreto Nº 1.042/2015 exento, de fecha 23 de diciembre de 2015, que Aprueba Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Taltal.
    11. Decreto Nº 356/2016 Registro, de fecha 16 de junio de 2016 que encasilla a los funcionarios señalados al tenor del artículo primero transitorio de la ley 20.922. Se hace presente, que, en virtud de la dictación de dicho decreto, no hubo supresión alguna de cargos.
    12. Decreto Nº 33/2017 Registro, de fecha 10 de enero de 2017, que encasilla a los funcionarios señalados al tenor del artículo segundo transitorio de la ley 20.922. Se hace presente, que en virtud de la dictación de dicho decreto, no hubo supresión alguna de cargos.
    13. Decreto Nº 107/2017 Registro, de fecha 14 de febrero de 2017, que encasilla a funcionario don Carlos Cordero Brockway en el grado inmediatamente superior, desde el grado 14 a grado 13, al tenor del artículo segundo transitorio de la ley 20.922.
    14. Decreto alcaldicio Nº 263/2018 Registro, de fecha 14 de marzo de 2018, que nombra en calidad de titular en el cargo de Administrador Municipal de la Ilustre Municipalidad de Taltal a don Jorge Orellana Jara.
    15. Decreto alcaldicio Nº 649/2017 exento, de fecha 26 de abril de 2018, que Aprueba Políticas de Recursos Humanos de la Municipalidad de Taltal.
    16. El decreto alcaldicio Nº932/2018 exento, de fecha 7 de agosto de 2018, que Dispone la Instalación, Organización y Funcionamiento del Comité Bipartito para el Proceso de Elaboración de la Planta de la Municipalidad de Taltal.
    17. Acta final del Comité Bipartito, de fecha 20 de noviembre de 2018, de la Ilustre Municipalidad de Taltal, en el que consta la consulta formulada a dicho cuerpo y su aprobación por unanimidad de la propuesta de planta presentada por el Alcalde, en concordancia a lo establecido en el artículo 49 bis, número 5 de la ley Nº 18.695.
    18. Acuerdo Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 5 de diciembre de 2018, en el que se aprueba la propuesta de planta y el Reglamento de Planta de Personal, que se aprueba por unanimidad.
    19. El decreto alcaldicio Nº 967, que Crea el Cargo de Director Comunal de Planificaciones, Ilustre Municipalidad de Taltal.
    20. El decreto alcaldicio Nº 966, de 2014, que Crea el Cargo de Director de Control Interno, Ilustre Municipalidad de Taltal.
    21. El decreto alcaldicio Nº 968, que Crea el Cargo de Director de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de Taltal.
    22. El decreto alcaldicio 6/2012 Registro, de fecha 22 de marzo del 2012, que Crea el cargo de Secretario del Juzgado de Policía Local de la Ilustre Municipalidad de Taltal.
    23. Instructivo contenido en oficio Nº 6.554, de fecha 7 de marzo de 2019, que actualiza instrucciones impartidas por el dictamen Nº 17.773, de 2018, en relación con el ejercicio para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades.
    24. Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Taltal Nº 2, que modifica el Reglamento de Organización Interna 1042, de fecha 23 de diciembre de 2015, aprobado por unanimidad mediante acuerdo de concejo que consta en acta Nº 1175, de fecha 8 de octubre de 2019.
    25. Certificado de don Alan Cerna Santana, Secretario Municipal Subrogante, de fecha 29 de octubre de 2019, en el que se pone en conocimiento de los funcionaros el Escalafón de Mérito, perteneciente al periodo del año 2018.
    26. Memorándum Nº17/2022 de Asesora Jurídica (S) a Administrador Municipal, con fecha 21 de febrero del año 2022.
    27. Decreto Nº192/2023 Registro, de fecha 2 de marzo del año 2023, que rectifica el decreto Nº 395 de fecha 5 de julio del año 2016, por error involuntario en la clasificación de la Sra. Ana María Aranda Segovia, Administrativa Grado 18º de la Unidad de Policía Local, y, además:
     
    Considerando:
     
    1. Que, la Ley Nº 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, incorporó a la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los Artículos 49 bis, 49 ter, 49 quater y 49 quinquies, que facultan a los Alcaldes para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades, estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, de conformidad al Título II del decreto ley Nº 3.551, del Ministerio de Hacienda, publicado el año 1981.
    2. Las responsabilidades establecidas para la Dirección de Obras Municipales en la Ley Nº 18.695, el DFL 458/1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, los instrumentos de planificación territorial, y ordenanza local. Las cuales demandan un alto conocimiento técnico legal para el Director de Obras. La supervigilancia ejercida por Seremi Minvu (DL 10.305/1976), según el artículo 12 y 118, las facultades conferidas a la Contraloría General de la República de acuerdo a la Ley Nº 10.336/1952 y lo establecido en la Ley Nº 19.880/2023 Ley General de Bases para la Administración del Estado. Que, lo anterior implica, además una alta carga laboral para quien ejerza el cargo de Director Obras Municipales y teniendo presente la mejora en el organigrama de la Dirección de Obras Municipales, debido a la alta demanda de consultas y solicitudes, y la inclusión del Director de Obras como sujeto pasivo en la Ley del Lobby y la falta de un grado de planta profesional en el departamento de obras municipales.
    3. Que según consta de certificado suscrito por los Directores de Finanzas y de Control, la Municipalidad cuenta con disponibilidad presupuestaria para poder hacer uso de la facultad que le confiere el artículo 49 bis de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    4. Que, las plantas municipales establecidas de acuerdo al inciso segundo del artículo 7º.- de la Ley Nº 18.883, que Aprueba el Estatuto para Funcionarios Municipales tendrán las siguientes posiciones relativas:
     
    Alcaldes          Del Grado 1 al 6           
    Directivos        Del Grado 3 al 20         
    Profesionales      Del Grado 5 al 12         
    Jefaturas          Del Grado 7 al 12         
    Técnicos          Del Grado 9 al 17         
    Administrativo    Del Grado 11 al 18         
    Auxiliares        Del Grado 13 al 20.


    Artículo 1°.- De conformidad a lo establecido en el artículo 49º bis, 49 quater y 49 quinquies de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; modifícase la Planta de Personal de la Municipalidad de Taltal, como se indica:
     
    A.- Créanse los cargos que se señalan: 

   
     
    B.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican:

         
     

    Artículo 2°.- Establécese la  Planta de Personal de la Municipalidad de Taltal, como se indica:

   

    Artículo 3°.- Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se indican:

   
     
         
     

    Artículo 4°.- El presente reglamento municipal entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.
     

    Artículo 5°.- La aplicación del encasillamiento de la Ilustre Municipalidad de Taltal deberá ejercerse dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigencia de este reglamento. En el caso que procediere la realización de concursos públicos, éstos deberán efectuarse en el plazo de un año contado desde la citada fecha.
     

    Artículo 6°.- Remítase copia del presente Reglamento y sus antecedentes a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.


    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web municipal.- Guillermo Hidalgo Ocampo, Alcalde.- René Cordero Cornide, Secretario Municipal.

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    CONTRALORÍA REGIONAL DE ANTOFAGASTA
    Unidad Contable Regional
    Unidad Jurídica
     
    Cursa con alcance Reglamento Nº 1, de 2023, de la Municipalidad de Taltal
   
    N° 107.- Antofagasta, 5 de abril de 2023.
     
    Esta Contraloría Regional ha dado curso al documento del rubro, que modifica la planta de personal de la Municipalidad de Taltal, por cuanto se encuentra ajustado a derecho.
    No obstante, esta Sede de Control entiende que el cargo del estamento directivo grado 9, requiere cumplir con los requisitos establecidos en acto en análisis, y además, con aquellos dispuestos en el numeral 1 del artículo 8º de la ley Nº 18.883.
    Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
     
    Saluda atentamente a Ud., Claudia Neira Cofré, Contralor Regional, Contraloría Regional de Antofagasta.
     
Al señor
Alcalde de la Municipalidad de Taltal
Taltal.