NÓMINA COMPLEMENTARIA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN EL TERCER PROCESO DE POSTULACIÓN, DEL LLAMADO NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES DEL AÑO 2023 PARA PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, DESTINADOS A PROYECTOS DE OBRAS DE INNOVACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS, TANTO EN SU LÍNEA GENERAL COMO EN EL MARCO DE LOS PLANES DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
Santiago, 30 de abril de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 628 exenta.
Visto:
1) El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) de su artículo 13;
2) La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006;
3) La resolución exenta Nº 624 (V. y U.), de 2023, y su modificación, que llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados a obras de innovaciones de eficiencia energética y de acondicionamiento térmico de viviendas, para las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.
4) La resolución exenta Nº 330 (V. y U.), de 2024, que aprueba nómina de familias beneficiarias del tercer proceso de selección del llamado de Eficiencia Energética 2023 para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica, y
Considerando:
1) Que, cerrado el tercer proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica, efectuado por resolución exenta Nº 624 (V. y U.), de 2023, y su modificación, se procedió a seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en dicha resolución y en el DS Nº 255 (V y U.), de 2006, y a los recursos disponibles del Programa de Protección del Patrimonio Familiar;
2) Que, dada la importancia del acondicionamiento térmico de viviendas, tanto en su línea regular como PDA, así como de las Obras de Innovación en Eficiencia Energética, se requiere seleccionar a aquellos proyectos hábiles que no pudieron ser incluidos en la selección del tercer proceso de postulación, aprobada por la resolución exenta Nº 330 (V. y U.), de 2024, dicto la siguiente
Resolución:
1. Apruébase la nómina complementaria del tercer proceso de selección del llamado de Eficiencia Energética 2023 para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica, cuyas nóminas se aprobaron por resolución exenta Nº 330 (V. y U.), de 2024, según se indica en la siguiente tabla:

2. Comprométense los recursos para la nómina complementaria del tercer proceso de selección del llamado de Eficiencia Energética 2023 para proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados a Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, de Acondicionamiento Térmico de Viviendas, tanto en su línea general como en el marco de los planes de Descontaminación Atmosférica (PDA), los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por título y por región, señalada en el siguiente cuadro:

3. Impútense los recursos señalados en el Resuelvo 2 precedente al presupuesto aprobado para el año 2024 del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
4. Publíquese la presente resolución en Diario Oficial, y publíquese en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 1. de esta resolución, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el Título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.