En conformidad a los decretos supremos Nºs. 121, de 1967, y 808, de 1969 (V. y U.), fíjanse los siguientes valores, por el período que se indica:

a) Valor Provisional de la Cuota de Ahorro en $1.928,78 (un mil novecientos veinte y ocho pesos y setenta y ocho centavos).
Período de vigencia: 11 de junio de 2024 al 10 de julio de 2024.

b) Valor Oficial de la Unidad Reajustable en $182,99 (ciento ochenta y dos pesos y noventa y nueve centavos).
Período de vigencia: 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.

c) Valor Provisional de la Unidad Reajustable en $188,48 (ciento ochenta y ocho pesos y cuarenta y ocho centavos).
Período de vigencia: 1 al 30 de junio de 2024.