APRUÉBASE LA NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS DEL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS N° 19 (V. Y U.), DE 2016, EN DOS LOTES DE PROPIEDAD DEL SERVIU METROPOLITANO, UBICADOS EN LA CIUDAD PARQUE BICENTENARIO, DE LA COMUNA DE CERRILLOS, DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN N° 935 EXENTA Y SUS MODIFICACIONES, DE FECHA 13 DE JUNIO DE 2020, DE LA SECRETARÍA MINISTERIAL METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO
    Santiago, 11 de febrero de 2021.- Hoy se resolvió lo siguiente:
    Núm. 137 exenta.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el decreto supremo N° 19 (V. y U.) de 2016, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, en particular lo dispuesto en el inciso tercero de su artículo 1°; en el DS N° 397 (V. y U.), de 1977, que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; en el DS N° 41 (V. y U.), de fecha 18 de diciembre de 2019, que nombra al infrascrito como Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, y en la resolución exenta N° 581, de fecha 26 de marzo de 2020, Seremi Metropolitano (V. y U.), que Establece Tramitación Electrónica para este Servicio; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija nuevas normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta N° 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y su modificación, se autorizó a efectuar llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistemas y programas habitacionales que indica y señaló el monto de recursos destinados, entre otros, al programa regulado por el DS N°19 (V. y U.), de 2016;
    b) Que, mediante la resolución exenta N° 949 (V. y U.), de fecha 15 de junio de 2020, se autorizó la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N°19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, y la realización del llamado a postulación regional para la presentación de proyectos en dos lotes de propiedad del Serviu Metropolitano, en la Ciudad Parque Bicentenario, de la comuna de Cerrillos;
    c) Que, mediante la resolución exenta N° 1.219 (V. y U.), de fecha 13 de agosto de 2020, se definió a la Ciudad Parque Bicentenario como una zona en la que se podrán desarrollar proyectos en el marco del DS N°19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que consideren un porcentaje de viviendas, para venta sin la aplicación de un subsidio, cuyo precio exceda los máximos señalados en dicho decreto, así como también un precio, para venta mediante la aplicación de un subsidio, de hasta 2.400 UF;
    d) Que, mediante el oficio N° 1.479, de fecha 30 de abril de 2020, de esta Secretaría Ministerial, se solicitó autorización al Ministro de Vivienda y Urbanismo, para la aplicación del Programa singularizado en el Visto a) precedente, en terrenos de propiedad del Serviu Metropolitano, y para la realización de un llamado a postulación de proyectos habitacionales de integración social, conforme al artículo 1° del DS N°19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones;
    e) Que, mediante la resolución exenta N° 935, de fecha 13 de julio de 2020, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación, se efectuó el llamado a postulación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N°19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, desarrollados en dos lotes de propiedad del Serviu Metropolitano, ubicados en la Ciudad Parque Bicentenario, de la comuna de Cerrillos;
    f) Que, el llamado a concurso del DS N°19 (V. y U.), de 2016, dispuesto en el Resuelvo 1, de la resolución exenta N° 935, de fecha 13 de julio de 2020, de esta Secretaría Ministerial, y sus modificaciones, se cerró el día viernes 30 de octubre de 2020, con la presentación de 19 proyectos habitacionales gestionados por 14 Entidades Desarrolladoras. En el Lote B8 se presentaron 10 proyectos habitacionales y en el Lote VIB2 se presentaron 9 proyectos habitacionales. Los detalles de cada proyecto ingresado al Concurso, se encuentran en las Actas de Evaluación respectivas;
    h) Que, el proceso de revisión, evaluación, calificación y selección de los 19 proyectos habitacionales ingresados al Concurso, se realizó de acuerdo a lo establecido en los artículos 12° y 13°, del DS N°19 (V. y U.). de 2016, y sus modificaciones, cumpliendo con todas las condiciones, exigencias y requisitos establecidos en el decreto en comento y en la resolución exenta, que llama al Concurso mencionado con anterioridad;
    i) Que, la Comisión Evaluadora se constituyó para revisar, evaluar y calificar los tres proyectos habitacionales presentados al llamado a concurso en condiciones especiales, dispuesto por la resolución exenta N° 935, de fecha 13 de julio de 2020, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplieron con todas las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la resolución exenta antes citada, por lo que dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1° Apruébase la nómina de los 19 proyectos habitacionales elegibles, presentados al llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, en dos terrenos (Lote B8 y Lote VIB2), de propiedad del Serviu Metropolitano, ubicados en la Ciudad Parque Bicentenario, de la comuna de Cerrillos, dispuesto por el Resuelvo 1. de la resolución exenta N° 935, de fecha 13 de julio de 2020, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación. Los puntajes obtenidos por los 19 proyectos elegibles en proceso de evaluación, realizado por la Comisión Evaluadora, se detallan en el siguiente cuadro:
     
   
     
    2° Selecciónese el proyecto habitacional de Integración Social y Territorial elegible denominado "DS19 Lote VI-B2 GDI", Código de Proyecto N°161894, presentado por la Entidad Desarrolladora "Inmobiliaria GDI Cerrillos SpA", a desarrollarse en el Lote VI B2, por haber obtenido el puntaje ponderado más alto entre los nueve proyectos elegibles, y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidos en la resolución exenta que llamó al Concurso.
     
   
     
    3° Selecciónese el proyecto habitacional de Integración Social y Territorial elegible denominado "Lote B8", Código de Proyecto N°161899, presentado por la Entidad Desarrolladora "Inmobiliaria B3 Ltda.", a desarrollarse en el Lote B8, por haber obtenido el puntaje final ponderado más alto entre los diez proyectos elegibles y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidas en la resolución exenta, que llamó a Concurso y que fue la única oferta presentada para el Lote B8.
     
   
     
    4° Dispóngase en lista de espera, los ocho proyectos elegibles, presentados en el Lote VI B2, por obtener un puntaje final ponderado inferior al del proyecto habitacional seleccionado y por cumplir con los requisitos obligatorios señalados en el llamado. La vigencia de dicha lista de espera será de 180 días a partir de la total tramitación de la presente resolución exenta. Posteriormente, los proyectos serán eliminados del Concurso.
     
   
     
    5° Dispóngase en lista de espera, los nueve proyectos elegibles, presentados en el Lote B8, por obtener un puntaje final ponderado inferior al del proyecto habitacional seleccionado y por cumplir con los requisitos obligatorios señalados en el Llamado. La vigencia de dicha lista de espera será de 180 días a partir de la total tramitación de la presente resolución exenta. Posteriormente, los proyectos serán eliminados del Concurso.
     
   
     
    6° Atendida la contingencia sanitaria producto del COVID-19 y la necesidad de proteger la salud y seguridad tanto de los funcionarios Serviu, Seremi y Minvu, las Actas de Evaluación se entenderán aprobadas por los integrantes de la Comisión Evaluadora, al momento de la total tramitación de la presente resolución exenta.
    7° Las Entidades Desarrolladoras tendrán un plazo de cinco días hábiles, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución exenta, para poder presentar al Serviu Metropolitano sus observaciones o reclamos al resultado de la selección, si correspondiere. Lo anterior podrá ser realizado a través del correo electrónico llamadods19cpb@minvu.cl.
    Para ello, la Entidad Desarrolladora deberá ingresar sus observaciones o reclamos por escrito al Serviu Metropolitano y adjuntar un respaldo digital (CD, pendrive o archivos mediante correo electrónico), que contenga los datos del proyecto con su respectiva apelación, además de todos los documentos que avalen su reclamación, esto es, planos, certificados y otros antecedentes que se estimen convenientes.
    8° Los dos proyectos seleccionados deberán mantener todas las condiciones técnicas y de diseños presentados por la Entidad Desarrolladora y aprobados por la Comisión Evaluadora, mediante las respectivas Actas de Evaluación. En caso de alguna modificación al proyecto aprobado, por parte de la Comisión Evaluadora, ésta deberá informar inmediatamente al Serviu Metropolitano y a la División de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para su aprobación si correspondiese. Dicha modificación no podrá ir de manera alguna en desmedro del proyecto seleccionado en la presente resolución exenta.
    9° Si producto de la tramitación municipal del proyecto o de un error involuntario en la información ingresada al sistema informático Rukan, hubiere que efectuar ajustes que impliquen una reducción o aumento en la cantidad de viviendas que no superen el 10% del total aprobado, no se requerirá modificar la presente resolución exenta y solo será necesaria la modificación del Convenio correspondiente.
    10° Los recursos, correspondientes a las 551 unidades de viviendas consideradas en los proyectos "Lote B8" y "DS19 lote VI B2 GDI", asignados mediante la presente resolución exenta, que ascienden a 256.766.- Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para el año 2020 del "Programa de Integración Social y Territorial" de la Región Metropolitana.
     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Manuel José Errázuriz Tagle, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.