COMPLEMENTA RECURSOS Y APRUEBA NÓMINA COMPLEMENTARIA DE POSTULANTES SELECCIONADOS, CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES QUE SE INDICA, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LA MODALIDAD PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS NUEVAS, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.) DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA

    Santiago, 30 de abril de 2021.- Hoy resolvió lo que sigue:
    Núm. 519 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS N° 10 (V. y U.), de 2015, que reglamenta el Programa de Habitabilidad Rural.
    b) La resolución exenta N° 1.642 (V. y U.), de fecha 12 de noviembre de 2020, publicada en el Diario Oficial el 17 de noviembre de 2020, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la Modalidad Proyectos de Construcción de Viviendas Nuevas, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, en la alternativa de Postulación Individual o Colectiva.
    c) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015.
    d) La resolución exenta N° 269 (V. y U.), de fecha 8 de marzo de 2021, publicada en el Diario Oficial el 11 de marzo de 2021, que modifica resolución exenta N° 1.642 (V. y U.) de fecha 12 de noviembre de 2020, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la Modalidad Proyectos de Construcción de Viviendas Nuevas, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.) de 2015, y sus modificaciones, en la alternativa de Postulación Individual o Colectiva, y aprueba nómina de postulantes seleccionados.
    e) El oficio ordinario N° 744, de fecha 15 de abril de 2021, del Director Regional de Serviu Región de Los Ríos, que solicita la asignación de beneficio para el Comité de Vivienda "Construyendo Nuestro Futuro" de la Comuna de Máfil, de la Región de Los Ríos.
    f) El correo electrónico, de fecha 22 de abril de 2021, del Responsable de la Sección de Evaluación de Proyectos de Viviendas del Subdepartamento Técnico de Vivienda del Serviu Región de Los Ríos, que aclara respecto a la identificación del código de agrupación del "Construyendo Nuestro Futuro", de la Comuna de Máfil, de la Región de Los Ríos, para efectos de la publicación en el Diario Oficial de la nómina que se adjunta a la presente resolución exenta, y 27966.
     
    Considerando:
     
    1) Que, existe un proyecto postulado en la modalidad de Construcción de Vivienda Nueva en la tipología de Construcciones Conjunto Habitacional, del Programa de Habitabilidad Rural regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, llamado Comité Construyendo Nuestro Futuro de la comuna de Máfil, cuyas familias postularon y resultaron no seleccionadas en el proceso de postulación en condiciones especiales, efectuado por la resolución exenta N° 1.642 (V. y U.), de 2020, citada en el visto b), y cuya nómina de postulantes seleccionados fue aprobada por resolución exenta N° 269 (V. y U.), de 2021, citada en el visto d).
    2) Que, dicho proyecto cumplía con todos los requisitos reglamentarios para poder ser seleccionado, pero producto de la falta de recursos, no pudo finalmente ser considerado en la nómina de selección.
    3) Que, en atención a ello, mediante la presente resolución exenta, se dispondrán de recursos complementarios para que tal proyecto pueda ser beneficiado.
    4) Los correos electrónicos, de fecha 22 y 27 de abril de 2021, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1) Compleméntase en 83.873,900 Unidades de Fomento, los recursos destinados para el proceso de selección del llamado a postulación en condiciones especiales año 2020, para el desarrollo de proyectos para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la Modalidad Proyectos de Construcción de Viviendas Nuevas, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N°10 (V. y U.) de 2015, y sus modificaciones, en la alternativa de Postulación Individual o Colectiva, para beneficiar a familias que postularon y resultaron hábiles no seleccionadas.
    2) Apruébase la nómina complementaria de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales, correspondientes al llamado en condiciones especiales año 2020, para el desarrollo de proyectos para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la Modalidad Proyectos de Construcción de Viviendas Nuevas, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.) de 2015, y sus modificaciones, en la alternativa de Postulación Individual o Colectiva, para beneficiar a familias que postularon y resultaron hábiles no seleccionadas, efectuado por la resolución exenta consignada en el Visto b) de la presente resolución, nómina que se entenderá formar parte integrante de esta resolución exenta, y fijase en 60 el número de postulantes seleccionados.
    3) Comprométanse los recursos disponibles en el programa para esta nómina complementaria de selección del llamado a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la Modalidad Proyectos de Construcción de Viviendas Nuevas, efectuado mediante la resolución exenta N° 1.642 (V. y U.) de fecha 12 de noviembre de 2020, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de asistencia técnica, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:
     
   
     
    4) Los recursos comprometidos mediante la presente resolución exenta serán imputados a aquéllos dispuestos para el Programa de Habitabilidad Rural del año 2021, de la Región de Los Ríos.
     
    Anótese, publíquese  y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

     
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