APRUEBA SELECCIÓN DE JUNTA DE VECINOS QUE INDICA, EN EL MARCO DEL LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016 Y SUS MODIFICACIONES, A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418, DISPUESTO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN N° 178 EXENTA (V. Y U.), DE 2021 Y SUS MODIFICACIONES
     
    Núm. 164 exenta.- Chillán, 18 de mayo de 2021.
     
    Visto:
     
    1. El DS N°27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y en especial lo dispuesto en su artículo 24;
    2. Resolución exenta N° 1.237 (V. y U.), de 2019, que fija procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    3. Resolución exenta N° 2.166 (V. y U.), de 2019, que aprueba itemizado técnico de obras para proyectos asociados al capítulo primero: proyectos para el equipamiento comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27, (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones;
    4. Resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22.01.2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones;
    5. La facultad que confiere el inciso segundo del artículo 15 de la Ley N° 20.898, para otorgar subsidios, entre otros, a personas jurídicas sin fines de lucro constituidas de conformidad al DS N° 58, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias;
    6. El decreto supremo N°104, de fecha 18.03.2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno por un plazo de 90 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 18.415, cuyas prórrogas han sido sancionadas por un plazo de 90 días adicionales mediante los decretos supremos N° 269, de fecha 12.06.2020; N° 400, de fecha 10.09.2020; N° 646, de fecha 9.12.2020 y N° 72, de fecha 11.03.2021, todos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
    7. Resolución exenta N°178 (V. y U.), de fecha 12.02.2021, que realiza llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la Ley N° 19.418. Fija condiciones para su aplicación, el monto de los recursos disponibles y su distribución;
    8. Resolución exenta N° 441 (V. y U.), de fecha 08.04.2021, que modifica resolución exenta N° 178 (V. y U.), de 12.02.2021, llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, equipamiento comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos, regidas por la ley N° 19.418, y fija condiciones para su aplicación;
    9. Memorándum N° 118, de fecha 20.04.2021, del Depto. de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento de esta Seremi, a través del cual se solicita emitir acto administrativo correspondiente al proceso de selección Llamado postulación para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de viviendas y barrios, capítulo primero y adjunta antecedentes;
    10. Oficio ordinario N° 401, de fecha 06.05.2021, de Serviu Región de Ñuble, que Informa aprobación de Proyecto "Junta de Vecinos Nueva Vida", de la comuna de San Carlos, correspondiente al llamado correspondiente al Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones;
    11. Las facultades que me confieren el DS N° 397 (V. y U.) de 1976 que fija el reglamento orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y el DS N°55 (V. y U.), de fecha 30.10.2018, que designa Secretario Regional Ministerial en la Región de Ñuble; y
     
    Considerando:
     
    a) Que, existe la necesidad de atender los Equipamientos Comunitarios que presenten un alto nivel de deterioro, como parte de la estrategia de intervención en materia de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones.
    b) Que, por resolución exenta N° 178 (V. y U.), de 2021, se llamó a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyecto del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos regidas por la Ley N° 19.418, fijó las condiciones para la aplicación y el monto disponible, entre otras, para la Región de Ñuble.
    c) Que, en conformidad a lo dispuesto en el resuelvo 5° letra b) de la resolución exenta N° 178 (V. y U.), de 2021, se estableció que se exime a la Seremi Minvu de la obligación de establecer criterios regionales de selección, según se indica en el artículo 72 del DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    d) Que, debido al Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe que enfrenta el país, por la propagación del virus Covid-19, se hace necesario la flexibilización de los procesos de postulación.
    e) Que, por Memorándum N° 118, de fecha 20.04.2021, del Departamento de Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento de esta Seremi, solicita la elaboración del acto administrativo que seleccione al proyecto "Sede Social de la Junta de Vecinos Nueva Vida", de la comuna de San Carlos, patrocinada por la Entidad Patrocinante Entidad de Gestión Inmobiliaria y Social Proyecto Hogar SpA., adjuntado para ello correo electrónico de fecha 16.04.2021, de Coordinadora Programas Habitacionales - OO. HH., de Serviu Región de Ñuble, que señala que el proyecto "Junta de Vecinos Nueva Vida", se encuentra aprobado en todas sus áreas.
    f) Que, por oficio ordinario N° 401, de fecha 06.05.2021, de Serviu Región de Ñuble, se informa a esta Seremi, la aprobación social, técnica y jurídica, del Proyecto denominado "Junta de Vecinos Nueva Vida", de la comuna de San Carlos, postulado por la Entidad Patrocinante Entidad de Gestión Inmobiliaria y Social Proyecto Hogar SpA, en el marco del Primer llamado del Capítulo Primero del DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, dispuesto por resolución exenta N° 178 (V. y U.), de 2021.
    g) Que, el resuelvo 12 de la resolución exenta N°178 (V. y U.), de 2021, establece que "Deléguese en los Secretarios  Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la facultad de seleccionar mediante resolución, en el primer y segundo proceso de selección indicado en el resuelvo 6, en atención al financiamiento disponible y a los factores de selección señalados en el artículo 72, del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, a aquellos proyectos que postulen al presente llamado y resulten calificados por Serviu".
    h) Que, en mérito de los considerandos precedentes, procede dictar la siguiente:     
     
    Resolución:

     
    1° Apruébase la selección del proyecto que se individualiza a continuación y los montos de recursos asignados, en el marco del primer proceso de selección del llamado a postulación nacional en condiciones especiales, del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, en conformidad a lo establecido mediante resolución exenta N° 178 (V. y U.), de fecha 12.02.2021 y sus modificaciones.     
     
   
     
    2° Impútese el monto total de 2.016 Unidades de Fomento asignados en esta resolución, de las cuales 1.800 Unidades de Fomento corresponden a subsidio directo, y 216 Unidades de Fomento corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de Ñuble, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2021.
    3° Publíquese un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, por parte de la Seremi Regional y, de acuerdo a lo establecido en el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, el Serviu Región de Ñuble, deberá publicar en al menos un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de proyectos seleccionados correspondiendo éstos a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos.
     
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Carlos Urrestarazu Carrión, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Ñuble.