MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA AXESAT CHILE S.A.
    Santiago, 28 de octubre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 706 exento.

    Vistos:

    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta N° 6.966, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el servicio fijo por satélite.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 151.483, de 01.09.2021.
    b) Que la solicitud contiene elementos no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:


    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, cuyo titular es la empresa Axess Networks Solutions Chile S.A. (Ex Axesat Chile S.A.), RUT Nº 76.218.919-4, con domicilio en Isidora Goyenechea N° 3365, oficina 905, de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria modificar el satélite de operación, autorizado mediante decreto exento N° 471, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:

   

    2. Los plazos máximos se indican a continuación:

   

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.