ESTABLÉCENSE LAS MESAS TÉCNICAS SOBRE JORNADA LABORAL DE 40 HORAS SEMANALES
    Núm. 516 exenta.- Santiago, 10 de junio de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley Nº 25, de 1959, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social con dos Subsecretarías; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la resolución exenta Nº 286, de 2003, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a la Ministra del Trabajo y Previsión Social; en los decretos supremos Nºs. 13 y 14, ambos de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por el cual se nombra al Subsecretario del Trabajo y de Previsión Social, respectivamente; resolución exenta Nº 428, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; y en la resolución Nº 7, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 2015, acordó que el Trabajo Decente y sus cuatro pilares -a saber, creación de empleo, protección social, derechos en el trabajo y diálogo social- se convirtieran en elementos centrales de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.
    Que, el Objetivo 8 de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas insta a promover un crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el pleno empleo productivo y el Trabajo Decente, siendo una guía en la ruta de la labor a desarrollar por la Organización Internacional del Trabajo.
    Que, el Trabajo Decente sintetiza las aspiraciones de las personas durante su vida laboral, significando la oportunidad de acceder a un empleo productivo que genere un ingreso justo, la seguridad en el lugar de trabajo y la protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo personal e integración social, libertad para que los individuos expresen sus opiniones, se organicen y participen en las decisiones que afectan sus vidas, y la igualdad de oportunidades y trato para todos, mujeres y hombres.
    Que, el Trabajo Decente como un concepto que busca expresar lo que debería ser un buen trabajo o un empleo digno, ha sido recogido por la propuesta programática del Gobierno del Presidente Boric, siendo un eje transversal, que indica que: "El trabajo decente es un compromiso indispensable para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, pero, además, permite alcanzar o avanzar hacia otros objetivos del desarrollo sostenible: el fin de la pobreza, el compromiso del hambre cero, mejoras en la salud y el bienestar, una educación de calidad y la igualdad de género. Además, es indispensable para el desarrollo de la industria, la innovación y la infraestructura; disminuye la desigualdad de ingresos y la desigualdad multifactorial; se incorpora al compromiso de producción y consumo responsables; mejora los niveles de paz, ciudadanía y justicia y es parte integral de un pacto social que nos incluya a todas y todos.".
    Que el Trabajo Decente impacta múltiples ámbitos de la sociedad y mejora la calidad de vida, debiendo permitirnos desarrollar una vida plena: a eso apuntamos con diversas medidas, impulsando la jornada laboral de 40 horas, a partir de la moción parlamentaria presentada el 8 de marzo de 2017, que actualmente se encuentra en su segundo trámite legislativo en el Congreso Nacional.
    Que, sin embargo, en ese camino legislativo, hemos creído de una alta importancia que durante los meses de junio y julio de 2022 se permitan espacios de debate sobre la materia, para conocer de las propuestas y aportes de distintas visiones sobre la reducción de la jornada laboral que posee la ciudadanía.
    Que, por lo anterior, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social implementará mesas técnicas a nivel nacional, que permitan recoger las distintas visiones sobre las implicancias de una reducción de jornada laboral, como es la de los trabajadores y sindicatos de diversos sectores de la economía; la de las empresas, en particular aquellas de menor tamaño; la de las organizaciones de la sociedad civil; y, junto con ello, la mirada de académicos, expertos, centros de estudios y organismos internacionales.
    Que, se espera que, de las conclusiones de este trabajo participativo y prelegislativo, se cuente con insumos que permitan generar una propuesta robusta sobre la jornada laboral de 40 horas semanales.
     
    Resuelvo: 


    Primero: Establécense las Mesas Técnicas de 40 horas, como una instancia formal para el debate participativo e inclusivo acerca de la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales. La metodología de las actividades a desarrollar será la siguiente:
     
    A. Objetivo. Las Mesas Técnicas constituyen instancias de intercambio que forma parte del proceso prelegislativo y de diálogos que tiene contemplado el Gobierno para llevar adelante la reforma legal de reducción de la jornada laboral.
    B. Sistema de audiencias. La metodología del trabajo de las mesas técnicas consistirá en un sistema de audiencias en las que participen como expositores, organizaciones sindicales, representantes de la sociedad civil, gremios, organismos internacionales y profesionales expertos en las materias.
    C. Convocatoria. Para materializar participación de los interesados en las mesas técnicas, se habilitará el sitio web https://www.mintrab.gob.cl/reduccion-jornada-laboral/, con el formulario de inscripción respectivo. El sitio de inscripción para los interesados estará disponible desde el 3 de junio y hasta el 3 de julio de 2022.
    D. Invitación. Sin perjuicio del proceso de convocatoria por medios digitales, se extenderá invitación abierta a todos quienes, dada su experiencia o conocimiento, puedan enriquecer estas instancias, considerando en particular a las organizaciones que ya han participado del debate legislativo previo.
    E. Sesiones. Las sesiones de las mesas técnicas se realizarán en el período comprendido entre el 13 de junio al 14 de julio de 2022, y se considerará, al menos, una instancia de audiencias en cada región del país.
    Las sesiones contarán con el apoyo de los profesionales y equipos regionales que definan las Secretarías Regionales Ministeriales del Trabajo y Previsión Social, que correspondan. Los funcionarios(as) del Ministerio del Trabajo y Previsión Social deberán velar por que en las mesas técnicas se promueva la participación democrática, en igualdad y respecto de las posturas y opiniones de los expositores participantes, resguardando el principio de prescindencia pública que les regula.
    F. Informes y Recomendaciones. Al final, las mesas técnicas deberán emitir un informe final, en el cual se recojan y sistematicen todas las exposiciones, incluyendo las principales recomendaciones que se formulen.
    G. Sitio web 40 horas. Todas las exposiciones realizadas en cada una de las audiencias contarán con registro audiovisual, el que quedará a disposición de quienes visiten el sitio web https://www.mintrab.gob.cl/mesa-tecnica-40-horas/ Asimismo, dicho sitio web servirá de repositorio en el cual se alojará y podrá descargar toda la información y/o antecedentes de la discusión legislativa disponible a la fecha.
     

    Segundo: Impútense, los gastos que impliquen estas Mesas Técnicas a la partida 22.11.001.001 del presupuesto vigente de la Subsecretaría del Trabajo para el año 2022.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en el Portal Transparencia.- Giorgio Boccardo Bosoni, Ministro del Trabajo y Previsión Social (S).
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- María Elizabeth Soto Parada, Subsecretaria del Trabajo (S).