MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 1.441 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE EFECTÚA LLAMADO A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES, CONFORME AL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, QUE REGULA EL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS
     
    Santiago, 26 de abril de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 856 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS N° 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional;
    b) El DS N° 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
    c) La resolución exenta N° 1.441 (V. y U.), de 2022, que llama a postulación en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios habitacionales regulados por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011, a proyectos de adquisición o de construcción de viviendas destinadas al arriendo, conforme a la resolución exenta N° 127 (V. y U.), de 2022, y fija el monto de los recursos que se aplicarán al financiamiento del subsidio directo;
    d) La resolución exenta N° 127 (V. y U.), de 2022, que establece las condiciones para la operación de la glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, letra i), de la Ley de Presupuestos del sector público del año 2022; y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante la resolución exenta señalada en el Visto c), se llamó a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitaclonales regulados por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011, a personas jurídicas de derecho público o privado sin fines de lucro, para proyectos de adquisición o de construcción de viviendas, destinadas al arriendo de personas beneficiarias del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013, cuya fecha de cierre para la postulación fue el 30 de noviembre de 2022;
    b) Que la resolución exenta N° 1.441 (V. y U.), de 2022, dispuso para el subsidio directo un monto de 270.000 Unidades de Fomento, el que podría modificarse en atención a la oferta presentada.
    c) Que, conforme al procedimiento y los factores establecidos en la mencionada resolución exenta N° 1.441, corresponde aprobar la selección de los proyectos considerados elegibles por los Seremi y Serviu de las regiones involucradas.
    d) Los correos electrónicos de fecha 15 de marzo y 20 de abril de 2023, del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, respectivamente, dicto la presente.
     
    Resolución:


    1. Modifícase la resolución exenta N° 1.441 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 2. el guarismo "270.000" por "217.734" y la tabla inserta por la siguiente:

   

    2. Apruébase la siguiente nómina de proyectos seleccionados para el otorgamiento de subsidios del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, en condiciones especiales, que se destinarán al arriendo a personas beneficiarias de dicho Programa, a través del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011, del llamado efectuado por resolución exenta N° 1.441 (V. y U.), de 2022:

   

    3. Fíjase el monto de recursos comprometidos que se destinarán al financiamiento del subsidio directo para la atención de los postulantes seleccionados, según se indica en la siguiente tabla:

   

    4. Los recursos para el financiamiento del subsidio directo, destinados a la atención de los seleccionados a que se refiere el resuelvo 3. de esta resolución, se imputarán a recursos autorizados en el año 2022 para el DS N° 1 (V. y U.), de 2011.
    5. Si durante Resolución 1716 EXENTA,
VIVIENDA
N° 3
D.O. 21.11.2025
el tiempo transcurrido entre la selección y la firma del convenio respectivo hubiere cambios en los proyectos seleccionados y se requiera efectuar ajustes que impliquen una reducción o aumento en la cantidad de viviendas, que no superen el 10% del total aprobado, no se requerirá modificar la presente resolución y solo será necesaria la modificación del convenio correspondiente.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.