AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA DE DEMARCACIÓN ASOCIADO A PASO PEATONAL DEL TIPO CEBRA EN LA COMUNA DE PEÑALOLÉN, REGIÓN METROPOLITANA
    Núm. 776 exenta.- Santiago, 1 de marzo de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la ley N° 18.059; en los artículos 2, 93 y 94 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en el decreto supremo N° 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el "Manual de Señalización de Tránsito"; en el Ord. Tto. N° 39, de 19 de febrero de 2024, del Director de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Peñalolén; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en la demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, mediante el oficio Ord. Tto. N° 39, citado en el visto, la Ilustre Municipalidad de Peñalolén solicita la autorización para "la realización de un proyecto piloto asociado a paso peatonal del tipo cebra con 2 colores blanco-rojo, lo anterior, con paso cebra de conflictos viales del tipo peatón-vehículo, y ruta de escolares".
    2. Que, el proyecto presentado tiene como objetivo "evaluar si el color rojo, normativamente asociado a lo reglamentario, influye en la percepción y precaución de los conductores al enfrentarse a este dispositivo".
    3. Que, la ubicación será en dos intersecciones de la comuna, siendo la primera Avenida Coronel Alejandro Sepúlveda con Lago Pirihueico y la segunda en Avenida Los Presidentes con Matías Cousiño. Estas zonas cuentan con atractores importantes como es el caso de colegios, centros de salud y supermercados.
    4. Que, en coordinación conjunta entre la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes, la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito y la Dirección de Tránsito y Transporte Público del Municipio, se revisó la propuesta del proyecto paso peatonal del tipo cebra con 2 colores blanco-rojo.
    5. Que, el artículo 3° del decreto supremo N° 78, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, dispone:
     
    "La señalización de tránsito es determinada únicamente por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Sólo dicha autoridad puede crear una nueva señal o autorizar una modificación de las ya existentes. Por lo tanto, toda señalización que no se ajuste a lo dispuesto por esta Secretaría de Estado carece de validez legal.
    Las solicitudes de autorización para llevar experiencias de prueba con nuevos elementos de señalización, deberán ser canalizadas a través de la Subsecretaría de Transportes, según procedimiento establecido en el Apéndice".
    6. Que, en este sentido, corresponde a esta Subsecretaría de Transportes pronunciarse sobre la solicitud de demarcación presentada por la Municipalidad de Peñalolén.
     
    Resuelvo:
     
    1° Autorízase, en la comuna de Peñalolén, como experiencia de prueba, las siguientes demarcaciones de paso peatonal de dos colores (blanco y rojo), en los pasos peatonales de las intersecciones de Avenida Coronel Alejandro Sepúlveda con calle Lago Pirihueico y de Avenida Los Presidentes con calle Matías Cousiño:
     
   
     
    2° Déjase constancia que, dentro de un plazo no superior a seis meses, contados desde la fecha de recepción de las obras de demarcación, el Director de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Peñalolén, deberá informar a la Subsecretaría de Transportes los resultados y conclusiones del proyecto piloto autorizado por ese plazo mediante la presente resolución, cuya metodología de evaluación será acordada con la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes.
     
    Anótese y publíquese.- Jorge Antonio Daza Lobos, Subsecretario de Transportes.