AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA DE DEMARCACIONES EN LOS CRUCES VEHICULARES DEL RAMAL ESTACIÓN EL ARENAL Y EL PUERTO DE SAN VICENTE, COMUNA DE TALCAHUANO, EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO
   
    Núm. 676 exenta.- Santiago, 21 de febrero de 2024.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el DFL 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de organismo rector del tránsito; en el artículo 93 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en el decreto supremo N° 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el "Manual de Señalización de Tránsito"; en el Ord. N° GG.383, de 21 de noviembre de 2023, del Gerente General de la Empresa Portuaria Talcahuano-San Vicente, Sr. Cristian Wolf Sotomayor; en el oficio N° 2400, del 24 de enero de 2024, del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío; en el proyecto de demarcación de cruces vehiculares ferroviarios "Desvío Patio Estación El Arenal-Puerto de San Vicente", del Gerente General de la Empresa Portuaria Talcahuano-San Vicente, Sr. Cristian Wulf Sotomayor; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y en la demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, mediante oficio indicado en el Visto, el Gerente General de la Empresa Portuaria Talcahuano-San Vicente, Sr. Cristian Wulf Sotomayor, comunica al Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío una propuesta de demarcación de cruces vehiculares denominado "Proyecto demarcación de cruces vehiculares ferroviarios Desvío Patio Estación El Arenal - Puerto de San Vicente", en la comuna de Talcahuano, el cual busca reforzar el desarrollo de medidas de seguridad, a través de la demarcación de calzadas y mejoras en la señalética que se conectan hacia los cruces vehiculares del Ramal Estación El Arenal y el Puerto de San Vicente, permitiendo de esta forma prevenir, advertir y llamar la atención de los conductores y peatones que deben a diario circular por ellos.
    2. Que, mediante oficio N° 2400, de 24 de enero de 2024, citado en el Visto, el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, solicita autorizar el plan piloto de demarcación vial denominado "Proyecto demarcación de cruces vehiculares ferroviarios Desvío Patio Estación El Arenal - Puerto de San Vicente", con el objetivo de "hacer más visible la señal de prioridad al enfrentar los cruces ferroviarios".
    3. Que, la experiencia de prueba pretende ser emplazada en cuatro cruces vehiculares emplazados en la comuna de Talcahuano, de la Región del Biobío que, de acuerdo a la información proporcionada por la Empresa Portuaria, registran siniestros de tránsito, los cuales se detallan a continuación:
     
    . Cruce vehicular ubicado en calle Ignacio Díaz,
    . Cruce vehicular ubicado en calle Malaquías Concha,
    . Cruce vehicular ubicado en calle Pedro Montt, y
    . Cruce vehicular ubicado en rotonda La Marina con Latorre
     
    4. Que, en coordinación conjunta entre la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, se revisó la propuesta del proyecto denominado "Demarcación de Cruces Vehiculares Ferroviarios" en la comuna de Talcahuano, de la Región del Biobío.
    5. Que, el decreto N° 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dispone en su artículo 3° que "La señalización de tránsito es determinada únicamente por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Sólo dicha autoridad puede crear una nueva señal o autorizar una modificación de las ya existentes. Por lo tanto, toda señalización que no se ajuste a lo dispuesto por esta Secretaría de Estado carece de validez legal.
    Las solicitudes de autorización para llevar experiencias de prueba con nuevos elementos de señalización, deberán ser canalizadas a través de la Subsecretaría de Transportes, según procedimiento establecido en el Apéndice".
    6. Que, en consecuencia, corresponde a la Subsecretaría de Transportes pronunciarse respecto de la solicitud de experiencia de prueba de la demarcación en calzada que se conectan hacia los cruces vehiculares ferroviario solicitado por la empresa de Ferrocarriles del Sur.
     
    Resuelvo:
     
    1° Autorízase, las demarcaciones que se individualizan a continuación, como experiencia de prueba, en la comuna de Talcahuano, Región del Biobío:
     
    a) Demarcación de fondo color rojo con escritura PARE y línea de detención, esto en la pista según la direccionalidad de los vehículos:
     
   
     
    b) Demarcación de fondo color rojo para señal Ceda el Paso, esto en la pista según la direccionalidad de los vehículos:
     
   
     
    c) Ubicación geográfica de las intersecciones donde se implementará la experiencia de prueba de demarcación en calzada.
     
    1. Cruce Ignacio Díaz. En el cruce Ignacio Díaz, existe una calle bidireccional, en donde es requerido demarcar dos vías en dirección al NW y una vía en dirección al SE, todos con signo "PARE" en el pavimento, como se indica en la imagen.
     
   
     
    2. Cruce Malaquías Concha. En el cruce Malaquías Concha, existe una calle bidireccional, en donde es requerido demarcar una vía en dirección al W y una vía en dirección al E, todos con signo "PARE" en el pavimento, como se indica en la imagen.
     
   
     
    3. Cruce Pedro Montt. En el cruce Pedro Montt, existe una calle bidireccional, en donde es requerido demarcar una vía en dirección al SW y una vía en dirección al NE, todos con signo "PARE" en el pavimento, donde se indica en la imagen.
     
   
     
    4. Rotonda Avenida La Marina con Almirante Latorre. En esta rotonda se requiere demarcar los círculos centrales en color blanco, sólo en dos anillos exteriores, sin pintar el centro. Demarcar en doble vía en Avenida La Marina con signos "PARE" en el pavimento ("PARE" dos veces). En avenida Latorre -en dirección al puerto- demarcar dos señales de "Ceda el Paso" en el pavimento. Finalmente, en avenida Latorre -saliendo del puerto- demarcar dos señales de "Ceda el Paso" en el pavimento, donde se menciona en la imagen.
     
   
     
    2° Déjase constancia que dentro de un plazo no superior a seis meses, contados desde la fecha de recepción de las obras de señalización, el Gerente de Empresa Portuaria Talcahuano-San Vicente, deberá informar a la Subsecretaría de Transportes los resultados y conclusiones del proyecto piloto autorizado por ese plazo mediante la presente resolución, cuya metodología de evaluación será acordada con la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes.
     
    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Jorge Antonio Daza Lobos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones (S).