CREA INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO DENOMINADO "CREA Y VALIDA – ZIM" Y APRUEBA EL TEXTO DE SUS BASES Y ANEXOS.
Núm. 120 exenta.- Santiago, 3 de abril de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N°6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; en el decreto con fuerza de ley N°211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas que regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; en el reglamento de la Corporación, aprobado por decreto N°360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; en la Resolución Afecta Nº71, de 2019, modificada por la Resoluciones Afecta N°32, de 2020, Afecta N°6 y Afecta N°61, ambas de 2023, todas, de Corfo, que aprueba normas por las que deberá regirse el Comité InnovaChile o "Reglamento"; en la Resolución Afecta N°28, de 2020, modificada por Resolución Afecta Nº136, de 2023, ambas de Corfo, que Aprueba Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante las "Bases Administrativas Generales" o "BAG"; en la Resolución Afecta TRA N°58/14/2023, de Corfo, que nombra Gerente de la Corporación; y en las Resoluciones Nº7, de 2019 y N°14, de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, que, respectivamente, fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
Considerando:
1. Que, por Acuerdo Nº5, adoptado en la Sesión Nº75, del Consejo Directivo del Comité InnovaChile, en adelante e indistintamente "InnovaChile" o "Comité", celebrada el 11 de septiembre de 2018, ejecutado por Resolución Exenta Nº411, de 2018, de InnovaChile, se aprobó la iniciativa de apoyo denominada "Proyectos de Innovación".
2. Que, por Acuerdo Nº5, adoptado en la Sesión N°518, del Subcomité de I+D+i Empresarial del Comité InnovaChile, celebrada el 26 de marzo de 2024, ejecutado por Resolución Electrónica Exenta N°118, de 2024, de InnovaChile, se definieron los objetivos generales y resultados esperados y, además, se aprobaron los elementos técnicos señalados en la letra c) del artículo 7° del Reglamento del Comité InnovaChile, en relación con la iniciativa de apoyo citada en el Considerando anterior.
3. Que, el 29 de enero de 2023, la Corporación de Fomento de la Producción y el Ministerio Federal de Economía y Protección del Clima de la República Federal de Alemania, suscribieron una declaración conjunta de intenciones sobre cooperación bilateral en investigación, desarrollo e innovación. Dicho instrumento, fue aprobado por Resolución Exenta N°80, de 2023, de Corfo.
4. Que, en la declaración conjunta previamente singularizada, los comparecientes manifestaron: "su intención de fortalecer la cooperación existente entre sus países en tecnología e innovación; que están conscientes de que el uso de nuevas tecnologías e innovaciones tiene un gran potencial para el desarrollo sostenible y la competitividad de las empresas alemanas y chilenas; que opinan que los proyectos conjuntos de investigación y desarrollo e innovación (proyectos de I+D+i) son importantes para las empresas y los institutos de investigación de sus países para fortalecer su productividad, competitividad e internacionalización; que están convencidos de que la cooperación podría tener importantes efectos de aprendizaje para las pequeñas y medianas empresas y los institutos de investigación asociados, aumentando su capacidad de globalizarse; y que aspiran llevar a cabo proyectos colaborativos de I+D+i para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios técnicos en el marco de sus recursos nacionales existentes, incluido su financiamiento".
5. Que, en mérito de lo señalado, Corfo y el Ministerio Federal de Economía y Protección del Clima de la República Federal de Alemania, manifestaron, además, su intención de apoyar las cooperaciones chileno-alemanas en proyectos de I+D+i para pequeñas y medianas empresas e institutos de investigación en el marco de sus programas nacionales, pudiendo, el financiamiento de este apoyo provenir, en Alemania, del Zentrales Innovationsprogramm Mittelstand (ZIM) y, en Chile, de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo).
6. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 11° del Reglamento del Comité InnovaChile, le corresponde a su Director/a Ejecutivo/a crear, en base a los respectivos elementos técnicos definidos por el Subcomité, uno o más instrumentos de financiamiento, aprobar el texto definitivo de sus bases, sus modificaciones y textos refundidos.
7. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2 de las Bases Administrativas Generales para los instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por Resolución Afecta N°28, de 2020, modificada por Resolución Afecta Nº136, de 2023, ambas de Corfo, "Los Comités de Corfo podrán utilizar estas bases, si así lo dispusiere su Director Ejecutivo".
Resuelvo:
1° Créase el instrumento de financiamiento denominado: "CREA Y VALIDA – ZIM", y apruébase el texto de sus bases y Anexos, cuyo tenor es el siguiente:
ÍNDICE
I. ASPECTOS GENERALES
1. Antecedentes
2. Cooperación bilateral Corfo - Ministerio Federal de Economía y Protección del Clima de la República Federal de Alemania
3. Descripción de la convocatoria conjunta
4. Apertura de la convocatoria conjunta
II. FASE 1: Perfil de Proyecto
1. Participantes
2. Plazo y medio para presentar el Perfil de Proyecto
3. Contenidos de la presentación
4. Resultados
III. FASE 2: Propuesta Conjunta Resumida y Borrador de cuerdo de Consorcio
1. Participantes
2. Plazo y medio para efectuar las presentaciones
3. Contenidos de la presentación
4. Resultado
IV. FASE 3: PROYECTO COLABORATIVO DE I+D+i
1. Objetivo general
2. Objetivos específicos
3. Resultados esperados del instrumento
4. Participantes del proyecto
5. Caracterización de proyectos, etapas y plazos
6. Cofinanciamiento
7. Actividades y gastos financiables
8. Contenido del proyecto de la Fase 3
9. Evaluación Fase 3
10. Seguimiento y acompañamiento
11. Aspectos presupuestarios
12. Bases Administrativas Generales
13. Plazos
Anexo N° 1: Declaración Jurada
Anexo N° 2: Nivel de Madurez de la Tecnología
Anexo N° 3: Definiciones y exclusiones I+D
I. ASPECTOS GENERALES
1. Antecedentes
La innovación es un elemento fundamental en los incrementos de productividad alcanzados por un país, lo que determina su nivel de crecimiento en el largo plazo. Constituye, además, un vehículo que orienta la dirección de su desarrollo, tanto económico como social. Esto explica que la promoción de mayores esfuerzos en innovación sea un objetivo central de la política pública en países desarrollados, y crecientemente de países en desarrollo. Lo expuesto cobra especial relevancia en el caso de Chile donde, según los resultados de la última encuesta nacional de innovación (ENI 2019-2020), solo un 16,7% de las empresas declara haber innovado, mientras que, en un país en la mediana de la OECD, organización de la cual Chile forma parte, un 50% de las empresas introdujo un nuevo producto o proceso entre los años 2018 y 2020 (OECD Business Innovation Indicators, 2023). De este bajo porcentaje de empresas innovadoras en Chile, solo un 28,5% realiza I+D según la ENI (2019-2020).
Lo precedentemente señalado no sorprende, al advertir los bajos esfuerzos que se realizan en el país en investigación y desarrollo (I+D), insumo fundamental para la innovación tecnológica. En efecto, durante el año 2021 en Chile se invirtió tan solo un 0,36% del PIB en I+D (MINCYT, 2023), muy lejos del 2,72% que invierten otros países miembros de la OECD, y del 1% que se debiera estar invirtiendo en el país, según su nivel de ingreso per cápita (OECD, STI Scoreboard). Por otra parte, de la inversión total en I+D realizada a nivel nacional, las empresas privadas financiaron alrededor del 41,38%, que, si bien representa un aumento respecto de la última medición de este indicador, es aún muy inferior al 70% promedio que financia dicho sector en los países miembros de la OECD (MINCYT, 2023).
Una visión sistémica del proceso de innovación implica que éste depende de los siguientes factores: que las partes clave que componen un sistema de innovación, estén presentes; que las interacciones entre ellas se encuentren adecuadamente habilitadas; y que éstas ocurran en un contexto institucional que propicie adecuadamente el desarrollo, uso y diseminación de innovaciones. No obstante, esto no necesariamente ocurre de manera espontánea, debido a la existencia de fallas, como las de coordinación, que afectan la adecuada interacción entre las partes del sistema.
A las referidas fallas se suman aquellas clásicas de mercado vinculadas a la naturaleza de bien público y a las externalidades positivas que tiene el conocimiento, lo que dificulta su apropiabilidad por parte de quien invierte en el desarrollo del mismo; a la incertidumbre tecnológica y comercial a la que se enfrenta el desarrollo y puesta en el mercado de un producto o proceso innovador; y a las asimetrías de información que enfrentan las empresas respecto de, por ejemplo, la existencia y/o ubicación de tecnologías que puedan servir de insumo para el desarrollo de innovaciones, o bien, entre quien requiere y busca financiamiento para desarrollar un proyecto de innovación y aquellos actores que tienen los recursos.
Producto de estas fallas es que los niveles de inversión en I+D y el esfuerzo privado en innovación es menor al deseable desde un punto de vista social, justificando la intervención del sector público mediante instrumentos de política pública de diversa naturaleza.
Adicionalmente, la crisis climática y de biodiversidad a nivel global, el creciente número de conflictos socioambientales, y el estancamiento de la productividad de Chile ponen de manifiesto la urgente necesidad de avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo productivo que sea inclusivo y sostenible, que impulse una transformación productiva, y que promueva el desarrollo de contenido local y la sofisticación de nuestra canasta exportadora.
Para ello se requiere de la incorporación de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación en el quehacer de múltiples sectores económicos, los que en conjunto posibilitarán el cumplimiento de misiones tan importantes como la descarbonización, resiliencia climática y diversificación productiva sustentable.
Para responder a los desafíos que impone la implementación de este modelo de desarrollo productivo sostenible, se requiere de la participación activa e interacción de múltiples actores del ecosistema de innovación, dentro de los cuales las empresas adquieren un rol preponderante.
En este contexto, la participación de las empresas en el desarrollo e implementación de proyectos que requieran de I+D para la generación de nuevos productos (bienes o servicios) y procesos de alto valor agregado, es fundamental para aportar a la transformación productiva y a la sofisticación de la economía chilena.
Por todo lo anterior, es que el Estado de Chile, a través de InnovaChile de Corfo, pone a disposición de las empresas un conjunto de instrumentos de apoyo público a proyectos de I+D e innovación empresarial, los que buscan brindar apoyo en sus distintas etapas de desarrollo. En esta oportunidad, InnovaChile busca potenciar el desarrollo de proyectos de I+D+i a través de la colaboración con empresas extranjeras, fomentando la internacionalización de empresas chilenas, en el marco del desarrollo conjunto de un proyecto, posibilitando al mismo tiempo el intercambio de aprendizaje y conocimiento entre las empresas e institutos de investigación participantes.
2. Cooperación bilateral Corfo - Ministerio Federal de Economía y Protección del Clima de la República Federal de Alemania
2.1. Contexto
En el marco de la declaración conjunta de intenciones sobre cooperación bilateral en investigación, desarrollo e innovación, suscrita durante enero de 2023, por Corfo y el Ministerio Federal de Asuntos Económicos y Acción Climática de la República Federal Alemana (o Bundesministerium für Wirtschaft und Klimaschutz, en adelante BMWK por su sigla en alemán), el Comité InnovaChile de Corfo y el "Programa Central de Innovación para pequeñas y medianas empresas" (o Zentrales Innovationsprogramm Mittelstand, en adelante ZIM, por su sigla en alemán) realizarán un llamado conjunto para proyectos colaborativos de investigación y desarrollo e innovación como una acción concreta en el marco de la referida cooperación bilateral, la que, además, busca profundizar las relaciones de colaboración que ya tiene Chile con Alemania.
De esta forma y, a partir de esta convocatoria, se busca elevar y fortalecer el nivel de capacidades tecnológicas y de innovación en las empresas de ambos países, de modo que puedan desarrollar, colaborativamente, nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que les permitan mejorar su productividad y competitividad y, al mismo tiempo, posibilitar la creación de nuevos puestos de trabajo. Asimismo, se busca potenciar la internacionalización de empresas chilenas, habilitando su llegada y presencia en mercados internacionales como consecuencia de la colaboración con empresas alemanas.
2.2. Programa Central de Innovación para pequeñas y medianas empresas (ZIM) y AiF Project GmbH
El ZIM es un programa de financiamiento del BMWK que tiene por objetivo fomentar la capacidad innovadora de las pequeñas y medianas empresas (Pymes) de Alemania, siendo el mayor programa de innovación y de apoyo a Pymes de todos los sectores y campos de la tecnología de dicho país.
ZIM financia empresas innovadoras con operaciones comerciales en Alemania que buscan desarrollar productos, procesos o servicios técnicos nuevos o mejorar significativamente los existentes. Las organizaciones de investigación y tecnología públicas y privadas sin fines de lucro que actúan como socios de Pymes también son elegibles para recibir financiamiento del ZIM.
Por su parte, la AiF Projekt GmbH (en adelante "AiF") es la agencia responsable de gestionar y evaluar, en representación del BMWK, los proyectos de innovación colaborativos entre empresas alemanas y empresas extranjeras que el ZIM promueve.
3. Descripción de la convocatoria conjunta
En el contexto de la declaración conjunta de intenciones sobre cooperación bilateral, ya singularizada, que suscribieron Corfo y el BMWK, se realizará una convocatoria conjunta para apoyar Proyectos Colaborativos de I+D+i entre empresas chilenas y alemanas, que tengan por finalidad el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que tengan un alto potencial de impacto en mercados nacionales e internacionales.
En Alemania, el apoyo se realizará a través de la AiF, con el financiamiento del ZIM y, en Chile, se efectuará a través del Comité InnovaChile de Corfo. Las referidas agencias, a través de sus respectivos instrumentos de apoyo, y de conformidad con su normativa local, cofinanciarán a sus empresas o entidades nacionales, cuyos Proyectos Colaborativos de I+D+i resulten en cada caso seleccionados (la entrega de financiamiento por parte de una agencia no significará, necesariamente, la entrega de financiamiento por parte de la otra).
Los Proyectos Colaborativos de I+D+i que se presenten en el marco de una convocatoria conjunta, deben tener por finalidad el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, de aplicación industrial, con potencial de mercado que presenten ventajas considerables respecto a los productos y/o procesos existentes en cuanto a sus funciones, parámetros o características. Además, deben superar el estado del arte internacional de la tecnología propuesta.
La postulación de Proyectos Colaborativos de I+D+i, en el marco de una convocatoria conjunta, esto es, aquella realizada por InnovaChile en coordinación con ZIM, considera 3 (tres) fases sucesivas, las que se describen a continuación:
a) Fase 1: Perfil de Proyecto
En esta Fase, de carácter opcional, la empresa chilena interesada puede enviar un "Perfil de Proyecto" a InnovaChile, en idioma español, con el propósito de presentar la idea del proyecto que se busca desarrollar en el marco de un Proyecto Colaborativo de I+D+i con empresas alemanas. Esta Fase tiene por finalidad ayudar a la empresa nacional a identificar si la idea a desarrollar se enmarca, en primer lugar, dentro de los lineamientos de la convocatoria conjunta entre InnovaChile y ZIM, y, en segundo término, dentro de los lineamientos del instrumento de financiamiento para empresas chilenas denominado "Crea y Valida – ZIM". Este insumo puede ser de utilidad, tanto en la preparación de la "Propuesta Conjunta Resumida" que debe ser presentada en la Fase 2, como en la formulación definitiva del Proyecto a presentarse en la Fase 3.
En la sección II de las presentes bases, se regula en detalle la Fase 1: Perfil de proyecto.
b) Fase 2: Propuesta Conjunta Resumida y Borrador de Acuerdo de Consorcio
En esta Fase, definida como de carácter obligatoria tanto por InnovaChile como por ZIM, las empresas chilenas y alemanas interesadas en postular a la convocatoria conjunta, deberán presentar una "Propuesta Conjunta Resumida" en idioma inglés, que consiste en una presentación general del proyecto (de acuerdo con el formulario que se pondrá a disposición). El objetivo de este documento es que las agencias de ambos países cuenten con información básica sobre el Proyecto Colaborativo de I+D+i a ejecutarse entre empresas chilenas y alemanas, y de los participantes que lo integran. Asimismo, se deberá presentar un "Borrador de Acuerdo de Consorcio", el cual regulará los términos de la cooperación entre la parte chilena y la(s) parte(s) alemana(s). Si luego del proceso de evaluación realizado por ambas agencias, según sus respectivos procedimientos, se resuelve el financiamiento de las empresas involucradas, dicho "Acuerdo de Consorcio" deberá presentarse debidamente firmado por todas las partes involucradas, durante la etapa de firma (o formalización) del convenio entre las empresas con la agencia correspondiente.
En la sección III de las presentes bases, se regula en detalle la Fase 2: Propuesta Conjunta Resumida y Borrador de Acuerdo de Consorcio.
c) Fase 3: Proyecto Crea y Valida – ZIM
En esta fase, las empresas chilenas que, oportunamente y cumpliendo los requisitos dispuestos en las presentes bases, hayan presentado la "Propuesta Conjunta Resumida" y el "Borrador de Acuerdo de Consorcio", en la Fase 2 anterior, podrán postular su Proyecto Colaborativo de I+D+i en conjunto con empresas alemanas, a través del instrumento denominado "Crea y Valida – ZIM", mediante el cual, se les otorgará cofinanciamiento, en caso de ser seleccionados.
En la sección IV de las presentes bases, se regula en detalle la Fase 3: Proyecto Crea y Valida – ZIM.
4. Apertura o llamado de la convocatoria conjunta
En la comunicación sobre la apertura o llamado de la Convocatoria conjunta que se realizará de conformidad con lo dispuesto en el número 4.2 de las Bases Administrativas Generales, se informará, además, la fecha y hora hasta las cuales se podrán realizar las presentaciones en cada una de las Fases antes señaladas, información que será publicada en el sitio web de Corfo.
II. FASE 1: Perfil de Proyecto
En esta Fase, de carácter opcional y dentro del plazo que se informe al efecto, los interesados podrán presentar un "Perfil de Proyecto", según los requerimientos que se detallan a continuación.
1. Participantes
Los interesados que presenten un Perfil de Proyecto deben tener en cuenta que, al momento de postular a la Fase 3 deberán cumplir los requisitos establecidos en la letra a) del número 4 de la Sección IV de las presentes bases, cuyo cumplimiento se verificará en el análisis de admisibilidad del Proyecto Colaborativo de I+D+i, postulado a la Fase 3.
2. Plazo y medio para presentar el Perfil de Proyecto
En esta Fase, la presentación de un Perfil de Proyecto deberá realizarse a través del sistema electrónico de ingreso de propuestas dispuesto por InnovaChile al efecto, y deberá enviarse hasta la fecha y hora que, para dichos fines, se señalarán en el aviso mediante el cual se informa a los potenciales interesados la apertura o llamado de la convocatoria conjunta.
Sólo se considerarán como presentados y, por lo tanto, serán tramitados, aquellos Perfiles de Proyecto que, hasta la fecha y hora señaladas en el respectivo aviso, hayan concluido exitosamente todos los pasos de la presentación en línea.
3. Contenidos de la presentación
El Perfil de Proyecto deberá contener, a lo menos, la siguiente información:
. Información general de todos los participantes involucrados en el proyecto, distinguiendo la categoría de participantes según la clasificación establecida en el número 4 de la Sección IV de las presentes bases, así como el país de procedencia (Alemania o Chile).
. Área de la tecnología, sector económico u otra caracterización asociada a la temática del proyecto.
. Nombre del proyecto.
. Nombre, correo electrónico y teléfono de contacto de la persona que se designa como contraparte para recibir la retroalimentación del Perfil de Proyecto que entregará InnovaChile.
. Idea general del proyecto, justificando la oportunidad o necesidad de desarrollarlo en el marco de un proyecto colaborativo con empresas alemanas.
. Objetivo general y objetivo(s) específico(s) del proyecto.
. Caracterización del nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y/o proceso que se busca desarrollar, describiendo componentes y parámetros técnicos.
. Identificación del componente de investigación y desarrollo requerido en el marco del desarrollo del nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y/o proceso.
. Descripción del estado del arte de la tecnología y/o conocimiento asociado al producto (bien o servicio) y/o proceso que se busca desarrollar.
. División de funciones y actividades entre participantes chilenos y alemanes en el marco del Proyecto Colaborativo de I+D+i, distinguiendo participación en el desarrollo del nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y en la componente de I+D, indicando, además, las capacidades que cada uno aporta en el desarrollo del proyecto.
. Mercado potencial y propuesta de modelo de negocios.
. Preguntas a InnovaChile que requieran ser respondidas en la instancia de retroalimentación posterior al envío del Perfil de Proyecto.
Lo anterior, de conformidad con los formularios y condiciones establecidas en el sistema electrónico de ingreso de propuestas dispuesto por InnovaChile al efecto.
4. Resultados
Como resultado de esta Fase, InnovaChile entregará retroalimentación a los interesados que, dentro de los plazos establecidos e informados en el respectivo aviso, hayan enviado un Perfil de Proyecto completo, según los requerimientos especificados en el número anterior.
Dentro de un plazo de 14 (catorce) días hábiles, contados desde la fecha en que fue enviado el Perfil de Proyecto, InnovaChile se pondrá en contacto con la persona designada como contraparte, con la finalidad de coordinar con ésta la instancia de retroalimentación. Los resultados generales de dicha retroalimentación, se remitirán por escrito, al correo electrónico de la contraparte designada para dichos efectos y, además, podrán ser puestos a su disposición y, en su caso, ser profundizados, a través de una reunión presencial o remota.
La retroalimentación tendrá por finalidad informar aspectos que, según los antecedentes que se pongan a disposición de InnovaChile en el Perfil de Proyecto, sean susceptibles de ser mejorados y fortalecidos en la formulación definitiva del Proyecto Colaborativo de I+D+i, así como resolver dudas concretas respecto del instrumento de financiamiento y, en general, atender otras consultas que el interesado pueda tener en dicho contexto.
Los comentarios y opiniones entregadas en la instancia de retroalimentación no tendrán carácter vinculante, ni obstarán a que los interesados realicen su presentación a la Fase 2 y, en su oportunidad, la postulación del proyecto a la Fase 3, ni incidirá en la decisión que, en definitiva, adopten las autoridades competentes sobre la adjudicación del proyecto.
III. FASE 2: Propuesta Conjunta Resumida y Borrador de Acuerdo de Consorcio
En esta Fase, de carácter obligatorio, los interesados de ambos países deberán presentar una "Propuesta Conjunta Resumida", en idioma inglés, debidamente firmada por sus representantes. Además, deberán presentar un "Borrador de Acuerdo de Consorcio", el cual regulará los términos de la cooperación entre la parte chilena y la(s) parte(s) alemana(s). Este acuerdo también deberá presentarse en inglés. Lo señalado, deberá efectuarse según los requerimientos que se detallan a continuación.
1. Participantes
Al presentar su "Propuesta Conjunta Resumida" y el "Borrador de Acuerdo de Consorcio", los interesados deben tener en cuenta, en primer término, que, al momento de postular a la Fase 3 deberán cumplir los requisitos establecidos en la letra a) del número 4 de la Sección IV de las presentes bases y, en segundo lugar, que la entidad chilena postulante en calidad de beneficiario y la(s) empresa(s) alemana(s) identificadas en esta Fase 2, deben coincidir con aquellas identificadas en la Fase 3. El cumplimiento de estos requisitos se verificará en el análisis de admisibilidad del Proyecto Colaborativo de I+D+i, postulado a la Fase 3.
2. Plazo y medio para efectuar las presentaciones
En esta Fase, la carga y envío de la "Propuesta Conjunta Resumida" y del "Borrador de Acuerdo de Consorcio", deberá realizarse a través del sistema electrónico de ingreso de propuestas dispuesto por InnovaChile al efecto, antes de la fecha y hora que, para dichos fines, se señalarán en el aviso mediante el cual se informará a los potenciales interesados la apertura o llamado de la convocatoria conjunta.
Sólo se considerarán como presentadas y, por lo tanto, tramitadas, aquellas presentaciones realizadas a esta Fase 2 que, hasta la fecha y hora señaladas en el respectivo aviso, hayan concluido exitosamente todos los pasos de la presentación en línea.
3. Contenidos de la presentación
Las presentaciones a esta Fase deberán contener una "Propuesta Conjunta Resumida" y un "Borrador de Acuerdo de Consorcio", con la información que se detalla a continuación.
a) Contenidos de la Propuesta Conjunta Resumida:
En relación con la Propuesta Conjunta Resumida, los interesados de ambos países deberán completar conjuntamente el respectivo formulario que será puesto a disposición por InnovaChile, el cual deberá ser firmado por todas las partes involucradas.
La "Propuesta Conjunta Resumida" deberá contener, a lo menos, la siguiente información:
. Descripción general del Proyecto Colaborativo de I+D+i, que incluya su título, resumen y área tecnológica, sector y mercado en el cual se enmarca el proyecto. Se debe especificar, además, la duración del proyecto, indicando la fecha de inicio y término de su ejecución, así como un resumen de los costos del proyecto y la dedicación en meses-persona que cada participante se compromete a aportar.
. Individualización y caracterización de todos los participantes (empresas) del Proyecto Colaborativo de I+D+i, incluidos, según corresponda, asociados y Entidades Colaboradoras. Se deberá indicar:
○ Tipo de organización participante.
○ Breve descripción de la organización participante.
○ Área de experticia de la organización participante.
○ Contribución al proyecto de cada organización participante, especificando cada subproyecto en el marco del Proyecto Colaborativo de I+D+i a desarrollar, distinguiendo la contribución técnica, sus costos estimados y el total de meses-persona, especificando en este último ámbito, el rol de cada persona y la descripción de las actividades a realizar.
. Carta de declaración de intención firmada por el representante de cada organización participante.
b) Borrador de Acuerdo de Consorcio
En relación con el "Borrador de Acuerdo de Consorcio", las partes involucradas de ambos países deben completar y enviar un borrador de acuerdo (sin firmas) que regule los términos de cooperación en el marco de un Proyecto Colaborativo de I+D+i.
Los requerimientos mínimos del "Borrador de Acuerdo de Consorcio" son:
. Individualización de todos los participantes del Proyecto Colaborativo de I+D+i.
. Descripción de los objetivos del Proyecto Colaborativo de I+D+i, su alcance, división de funciones y diferenciación de los subproyectos de cada organización participante, especificando para cada una, sus respectivos planes de trabajo y dedicación en meses-persona (en este caso, la "Propuesta Conjunta Resumida" puede declararse parte del acuerdo).
. Una cláusula que señale que todas las organizaciones participantes están en conocimiento de la existencia de terceros involucrados en el proyecto.
. Regulación de los derechos de propiedad intelectual (background IP y foreground IP) asociados al Proyecto Colaborativo de I+D+i.
. Regulación de la comercialización conjunta y del reparto de beneficios de los resultados del Proyecto Colaborativo de I+D+i.
. Constancia de que el informe final conjunto se realizará de acuerdo con las normas dispuestas por ZIM e InnovaChile de Corfo.
. Si se involucran organizaciones de investigación de Alemania, se debe incluir una cláusula que les permita publicar sus propios resultados sin obligación de obtener el consentimiento de los demás participantes.
4. Resultado
Sólo aquellas empresas chilenas interesadas que hayan presentado su "Propuesta Conjunta Resumida" y el "Borrador de Acuerdo de Consorcio", dentro del plazo que se informe al efecto, podrán postular su Proyecto Colaborativo de I+D+i en conjunto con empresas alemanas, a través del instrumento denominado "Crea y Valida – ZIM". El cumplimiento de lo señalado será verificado en el análisis de admisibilidad del Proyecto Colaborativo de I+D+i, postulado a la Fase 3.
IV. FASE 3: PROYECTO COLABORATIVO DE I+D+i
Aquellos postulantes que hayan enviado la "Propuesta Conjunta Resumida" y el "Borrador de Acuerdo de Consorcio", dentro del plazo establecido para dichos efectos, podrán presentar su Proyecto Colaborativo de I+D+i, solicitando a InnovaChile el cofinanciamiento de éste a través del instrumento Crea y Valida – ZIM.
1. Objetivo general
Apoyar el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que requieran I+D, desde la fase de prototipo, hasta la fase de validación técnica a escala productiva y/o validación comercial, fortaleciendo las capacidades de innovación en la empresa.
2. Objetivos específicos
a) Apoyar el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que requieran I+D.
b) Definir y testear una propuesta que posibilite la efectiva introducción al mercado del producto (bien o servicio) y/o una primera implementación productiva del proceso.
c) Fortalecer capacidades de innovación en la empresa.
Se entenderá por "Prototipo" la representación simple de una solución innovadora preliminar (nueva o mejorada respecto de una existente) a una problemática empresarial. Dicho prototipo sirve para realizar pruebas iniciales rápidas y medir el concepto preliminar antes de hacer inversiones mayores. Asimismo, permite testear supuestos iniciales y verificar ciertas características y funcionalidades que tendrá la solución que se desarrollará. No considera aspectos relacionados con el modelo de negocio (propuesta de valor, canales, clientes, ingresos, etc.).
3. Resultados esperados del instrumento
a) Nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos, que requieran I+D, desarrollados.
b) Propuesta que posibilite la efectiva introducción al mercado de un producto (bien o servicio), definida y testeada, y/o propuesta de implementación productiva del proceso, ejecutada.
c) Capacidades de innovación en la empresa, fortalecidas.
4. Participantes del proyecto
Los participantes de un proyecto son los siguientes:
a) Beneficiario: Es quien postula a un subsidio para el cofinanciamiento de su proyecto en la Fase 3. En el caso que éste sea aprobado, deberá firmar un convenio de subsidio con InnovaChile y será el responsable por la ejecución del proyecto.
Podrán postular como beneficiarios personas jurídicas constituidas en Chile.
Además, al momento de la postulación, en relación con el beneficiario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
. Haber transcurrido, a lo menos, 24 meses, contados desde la fecha de inicio de actividades en primera categoría, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta (D.L. 824, de 1974), y que mantenga al menos un giro vigente de primera categoría.
. Acreditar ingresos por ventas dentro de los 24 meses previos a la postulación (no necesariamente en todos los meses).
. La entidad chilena postulante en calidad de beneficiario a esta Fase, debe coincidir con la identificada en la Fase 2.
Cada proyecto deberá tener un solo beneficiario.
Las instituciones de educación superior (universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica), no podrán participar en calidad de beneficiario, y sólo podrán ser contratadas por el beneficiario para la ejecución de actividades externalizadas.
b) Asociado: Es una o más entidades que cofinancian la ejecución del proyecto a través de aportes "nuevos o pecuniarios" (en dinero) y/o "preexistentes o valorizados" (con las limitaciones señaladas en el número 6.2 siguiente), y que pueden participar de los resultados de éste.
Podrán participar como asociados una o más personas naturales y/o jurídicas constituidas en Chile o en el extranjero.
La participación del asociado en el proyecto es opcional.
c) Entidades Colaboradoras: Son entidades con capacidades, infraestructura y experiencia en I+D que el beneficiario contrata para resolver desafíos tecnológicos relevantes, mediante la realización de actividades de I+D, y de esta forma lograr los resultados de su proyecto, tales como: universidades, centros de investigación, empresas de servicios tecnológicos, entre otras.
Podrán participar como Entidades Colaboradoras una o más personas jurídicas constituidas en Chile o en el extranjero.
Esta categoría de participación es opcional.
En caso de considerarse la contratación de una o más Entidades Colaboradoras, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en las "Normas para proyectos colaborativos", aprobadas por Resolución Exenta N°482, de 2018, de InnovaChile.
d) Empresa(s) de la República Federal Alemana o "empresa(s) alemana(s)":
Deberá considerarse obligatoriamente en los proyectos, la vinculación y colaboración con una o más empresas de la República Federal de Alemania o "empresas alemanas".
La vinculación antes señalada, se debe materializar a través del trabajo colaborativo entre la empresa chilena y la(s) empresa(s) de Alemania, con la finalidad de obtener un nuevo producto (bien o servicio) y/o proceso innovador y cuyo desarrollo involucre resolver desafíos tecnológicos que requieran I+D.
Esta vinculación se materializará, además, a través de la celebración de un "Acuerdo de Consorcio" entre las partes, que deberá observar, contener y regular, al menos, los requerimientos y aspectos señalados en la letra b) del número 3 de la sección III precedente.
La versión definitiva de dicho acuerdo, cuyo borrador debe entregarse en la Fase 2, deberá ser presentada a InnovaChile durante la etapa de formalización del proyecto, de acuerdo con lo señalado en la letra a) del número 12.2 de las presentes bases, en caso de que el proyecto postulado en la Fase 3 sea adjudicado.
Las empresas alemanas, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa aplicable al llamado que realice ZIM en la República Federal Alemana. Asimismo, la(s) empresa(s) alemana(s) identificadas en esta Fase, deben coincidir con la(s) identificada(s) en la Fase 2.
Durante el análisis de admisibilidad, InnovaChile verificará el cumplimiento de lo señalado en el párrafo precedente, de conformidad con la información que proporcione AiF Project GmbH de ZIM acerca de la(s) empresa(s) alemana(s) participante(s) del proyecto.
Cada participante, y cumpliendo los requisitos que se señalan para cada caso, solo podrá participar en una categoría de las anteriormente señaladas. Así, por ejemplo, la entidad que participe en calidad de "Entidad Colaboradora", no podrá participar en calidad de "empresa alemana".
Sin perjuicio de las categorías de participación antes señaladas, se podrá contratar, además, la ejecución de actividades externalizadas, esto es, realizadas por terceros ajenos al proyecto, quienes no tendrán relación contractual con Corfo.
5. Caracterización de proyectos, etapas y plazos
5.1. Características de los proyectos
El instrumento está destinado al cofinanciamiento de proyectos a través de los cuales se desarrollen nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos de manera vinculada y colaborativa con una o más empresas alemanas, y que para alcanzar sus resultados necesitan resolver desafíos tecnológicos relevantes que requieran de I+D.
De esta forma, los proyectos a postular deben tener una naturaleza de colaboración internacional. Por lo anterior, las entidades chilenas deberán postular un proyecto en conjunto con, al menos un partner (empresas extranjeras) de la República Federal Alemana.
Asimismo, los proyectos colaborativos de I+D+i postulados a la Fase 3, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Estar compuestos por un participante chileno en calidad de beneficiario y, al menos, una empresa alemana (esta(s) última(as) deberá(n) cumplir con los requisitos establecidos en la normativa aplicable al llamado que realice ZIM en la República Federal Alemana).
b) Las entidades señaladas en el literal precedente deben ser independientes la una de la otra, y no encontrarse relacionadas, en los términos establecidos en el número 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales.
Para estos efectos, el beneficiario del proyecto deberá adjuntar a su postulación una declaración jurada firmada por el representante (ver Anexo N°1), señalando que no se encuentra relacionado con la(s) entidad(es) alemanas participantes del proyecto colaborativo, de la forma señalada en el párrafo precedente. Esta declaración jurada será revisada durante el análisis de admisibilidad.
Asimismo, en caso de detectarse, en cualquier momento, alguna inconsistencia o falsedad en lo declarado, se tendrá por desistida la postulación o se pondrá término anticipado imputable al proyecto, según corresponda, sin perjuicio de las medidas adicionales que Corfo adopte, atendido lo dispuesto en el artículo 470 N°8 del Código Penal.
c) La participación de otras organizaciones de investigación y otras empresas estará permitida, como otros participantes o terceros contratados, de acuerdo con lo regulado en las presentes bases y, con la normativa que establezca ZIM en el llamado que realice para las empresas alemanas.
También podrán participar empresas y/u organismos de investigación de otros países. Las referidas entidades no serán financiadas directamente por InnovaChile de Corfo ni ZIM, y deben singularizarse en la "Propuesta Conjunta Resumida".
d) El Proyecto Colaborativo de I+D+i debe cumplir con lo siguiente:
i. Enfocarse en el desarrollo de nuevos o mejorados productos (bienes o servicios) y/o procesos de aplicación industrial, que estén basados en el estado del arte internacional, conducentes a su comercialización en el mercado nacional y/o global.
ii. Dar cuenta de una ventaja obvia y una propuesta de valor diferenciada resultante de la cooperación entre los participantes de los dos países (por ejemplo, mayor base de conocimientos, oportunidades comerciales, acceso a infraestructura de I+D, nuevos campos de aplicación, etc.).
iii. Demostrar una contribución tecnológica equilibrada por parte del beneficiario chileno y de la(s) empresa(s) alemana(s) igualmente significativa para todos los participantes.
Por lo anterior, se deberá cumplir con una contribución equilibrada en función de la dedicación del equipo del trabajo, tomando en consideración los "meses-persona", de acuerdo con las siguientes reglas:
. En un proyecto con dos empresas (una chilena en calidad de beneficiario y una empresa alemana), ninguna podrá aportar más del 70,00% del total de meses-persona al mismo.
. En un proyecto con más de dos empresas (una chilena en calidad de beneficiario y dos o más empresas alemanas), ninguna podrá aportar más del 50,00% del total de meses persona.
. Todas las organizaciones de investigación involucradas en la ejecución del Proyecto Colaborativo de I+D, no podrán contribuir, en conjunto, con más del 50,00% del total de meses-persona.
e) Las propuestas a presentar en el marco del presente instrumento deberán tener ámbito de aplicación o ejecución principalmente en el territorio de la República de Chile. Esto es, sobre el 50,00%, del costo de las actividades financiadas por el subsidio (considerando las dos etapas), deben corresponder a actividades a ejecutar dentro del territorio de la República de Chile.
El cumplimiento de lo señalado en los literales precedentes, será materia del análisis de admisibilidad del proyecto.
5.2. Etapas y plazos
Los proyectos que se postulen a la Fase 3 deben considerar en su formulación las siguientes etapas, las cuales son sucesivas y obligatorias:
a) Etapa 1 "CREA"
Esta etapa tiene por finalidad el desarrollo de un nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y/o proceso que requiera I+D, a partir de un prototipo.
b) Etapa 2 "VALIDA"
Esta etapa tiene por finalidad la validación técnica a escala productiva y/o comercial del respectivo producto (bien o servicio) y/o proceso.
El beneficiario, en su postulación, y dentro de los márgenes establecidos en las presentes bases, deberá proponer el plazo de duración de cada etapa del proyecto, así como el presupuesto asociado a cada una de ellas. Lo señalado precedentemente, será parte de la evaluación de las propuestas.
El plazo de ejecución de los proyectos, considerando la duración de ambas etapas, podrá ser de hasta 24 (veinticuatro) meses. El plazo de cada etapa podrá ser prorrogado previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes del vencimiento del plazo de ejecución. El plazo total del proyecto (incluidas sus prórrogas), no podrá superar los 30 (treinta) meses.
Al término de la Etapa 1, InnovaChile evaluará la continuidad del proyecto a la Etapa 2, de acuerdo con lo señalado en el número 10.2 de estas bases.
Excepcionalmente, y solo en caso de proyectos que se basen en trabajo con ciclos biológicos y que requieran un plazo mayor, se podrá considerar en su formulación, debidamente justificado, un plazo de ejecución de hasta 36 (treinta y seis) meses y, el plazo total (incluidas sus prórrogas) no podrá superar los 42 (cuarenta y dos) meses.
6. Cofinanciamiento
6.1. Subsidio InnovaChile
InnovaChile cofinanciará los proyectos con un tope de hasta $220.000.000.- (doscientos veinte millones de pesos).
Además, dependiendo de los ingresos anuales por ventas del beneficiario, se financiará un porcentaje del costo total del proyecto, de acuerdo con la siguiente tabla:

Sin perjuicio de lo señalado, al momento de la adjudicación de cada proyecto, InnovaChile podrá aprobar un monto de subsidio y/o un porcentaje de cofinanciamiento inferior a los máximos indicados.
Asimismo, y dependiendo de la naturaleza de la focalización temática o geográfica que en su caso se efectúe, y/o de la disponibilidad presupuestaria, InnovaChile podrá determinar en el respectivo acto de focalización, un monto y/o porcentaje de cofinanciamiento por proyecto inferior a los indicados precedentemente, situación que será informada en el(los) respectivo(s) aviso(s) que se efectúe(n).
6.2. Aportes de los participantes
Los participantes (beneficiario y asociados, de existir estos últimos), dependiendo del tamaño del beneficiario, deberán aportar el financiamiento restante mediante aportes "nuevos o pecuniarios" y/o "preexistentes o valorizados".
Asimismo, al menos el 50,00% del aporte de los participantes (beneficiario y asociados, de existir estos últimos), debe corresponder a aportes "nuevos o pecuniarios".
Para el caso de aportes "preexistentes o valorizados", sólo se podrán considerar gastos asociados a la utilización de insumos, equipamiento, infraestructura, y recursos humanos ya existentes en el beneficiario y/o asociado(s) al momento de la postulación, y que estén directamente vinculados a la ejecución de las actividades del proyecto, incluidas obligaciones legales (no voluntarias) de seguridad social, y de seguro de desempleo que sean de cargo del trabajador.
De acuerdo con el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, se entiende por aportes "nuevos o pecuniarios" aquellos que tienen su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en ellos. En otras palabras, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos, y otros, ya existentes en el participante aportante y/o en los demás participantes al momento de la postulación.
6.3. Aumento del porcentaje de cofinanciamiento para "empresas lideradas por mujeres"
Sin perjuicio de los porcentajes máximos de cofinanciamiento indicados en el número 6.1 anterior, los postulantes podrán optar a que se aplique, en caso de ser aprobado su proyecto, un aumento del porcentaje de cofinanciamiento, en la medida que el beneficiario sea una "empresa liderada por mujeres".
Se considerará como una "empresa liderada por mujeres", a los postulantes en calidad de beneficiario que cumplan, a la fecha de postulación y durante todo el plazo de ejecución del proyecto, con los requisitos señalados en las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por Resolución Exenta N°481, de 2018, de InnovaChile.
Para estos efectos, el postulante deberá indicar al momento de la postulación, declarándolo así en el formulario, si opta al aumento de hasta un 10,00% más de porcentaje de cofinanciamiento (en relación con el costo total del proyecto) por sobre los máximos establecidos en las presentes bases para cada categoría de beneficiario. Como contrapartida y consecuencia de lo anterior, el porcentaje de aporte pecuniario en relación con el costo total, se reducirá hasta en un 10,00%. En estos casos, y de verificarse, en su oportunidad el cumplimiento de los requisitos para ser considerada una "empresa liderada por mujeres", no se aplicará la exigencia de que, a lo menos, el 50,00% de los aportes correspondan a aportes "nuevos o pecuniarios".
El aumento del porcentaje de cofinanciamiento será aplicado una vez que el proyecto haya sido aprobado y se haya verificado que el postulante cumple con los requisitos para ser considerado una "empresa liderada por mujeres", por lo que, durante la postulación, se deberá formular el presupuesto, de acuerdo con los montos y porcentajes máximos indicados en los números 6.1 y 6.2 anteriores.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución señalada se verificará durante la formalización de los proyectos. En caso de no cumplimiento, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes "nuevos o pecuniarios", de acuerdo con las reglas generales.
El aumento de porcentaje de cofinanciamiento, en ningún caso podrá significar la entrega de un subsidio por sobre $247.500.000.- (doscientos cuarenta y siete millones quinientos mil pesos), o por sobre el monto que se determine en el respectivo acto de focalización, en concordancia con lo señalado en el párrafo final del número 6.1 de estas bases.
7. Actividades y gastos financiables
Se podrán financiar (con subsidio y aportes) las siguientes actividades y gastos:
7.1. Actividades y gastos generales del proyecto
a) Equipo de trabajo del proyecto, cuya participación sea necesaria y esté directamente vinculada a la ejecución del mismo. Éste deberá presupuestarse en la cuenta "Recursos Humanos", debiendo cumplirse con lo siguiente:
. Con recursos del subsidio se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal preexistente y/o nuevo del beneficiario.
. Mediante aportes del beneficiario y/o asociado(s), se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo de los mismos y, además, de su personal preexistente, debiendo, en este último caso, observarse la limitación para aportes "preexistentes o valorizados" señalada en el número 6.2 anterior.
Se entiende por personal preexistente el que esté contratado por el participante al momento de la postulación.
b) Sólo en el caso que el beneficiario pertenezca a la categoría "micro o pequeña empresa", se podrán considerar los gastos asociados a la formulación del proyecto, cuando ésta sea externalizada, es decir, contratada a un tercero no relacionado(1) con el beneficiario, y podrá presupuestarse con cargo al subsidio un máximo de $2.500.000.- (dos millones quinientos mil pesos).
c) Costos financieros de garantías de fiel cumplimiento del convenio y de anticipos del subsidio.
d) En casos debidamente fundados, gastos asociados a movilización, alimentación y alojamiento.
e) La contratación opcional de una o más "Entidades Colaboradoras", que a través de la realización de actividades de I+D, apoyan en la obtención de los resultados del proyecto.
f) Otras actividades y gastos pertinentes y relevantes, a juicio de InnovaChile, que sean considerados críticos y estrictamente necesarios para la obtención de los objetivos del proyecto y se enmarquen en los objetivos y los resultados esperados del instrumento.
7.2. Actividades y gastos específicos del proyecto
a) Actividades necesarias para el desarrollo de productos (bienes o servicios) y/o procesos, tales como:
. Actividades de I+D.
. Actividades de integración de tecnologías.
. Actividades de mejoramiento significativo y validación funcional de un proceso.
. Pruebas de concepto y experimentales.
. Prototipaje y validación técnico-comercial.
. Empaquetamiento técnico-comercial y desarrollo de tecnologías.
. Adquisición de equipamiento, materiales e insumos.
. Actividades de transferencia de capacidades.
. Certificaciones.
b) Actividades necesarias para la protección de la propiedad intelectual, industrial y de la obtención de nuevas variedades vegetales, relativas a los resultados del proyecto, tales como:
___________________
(1) De acuerdo con la definición establecida en las Bases Administrativas Generales (BAG).
. Estudios de factibilidad y/o estrategia de protección.
. Presentación de solicitudes, pago de tasas, peritos, publicaciones, traducciones y asesorías técnicas y legales.
c) Actividades necesarias para la validación técnica a escala productiva y/o comercial, tales como:
. Actividades de desarrollo relacionadas con ajustes de funcionalidad de los productos (bienes o servicios) y/o procesos.
. Actividades que posibiliten el escalamiento de los productos (bienes o servicios) y/o procesos, de manera de probar que funcionan en una fase piloto y/o en condiciones reales.
. Actividades asociadas a validación de mercado.
. Actividades de transferencia de capacidades.
. Desarrollo o fortalecimiento de estrategia de comercialización y marketing.
. Prospección comercial y/o programas de softlanding.
. Certificaciones.
El beneficiario deberá utilizar para todas las adquisiciones y contrataciones que efectúe en el contexto de ejecución del proyecto, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas "Gastos de Operación" y "Gastos de Inversión", el procedimiento señalado en el Anexo N°11 del Manual para la Rendición y Seguimiento Financiero de Proyectos Financiados y/o Cofinanciados por Corfo y sus Anexos, aprobado por resolución exenta N°443, de 2020, modificada por resolución exenta N°131, de 2023, ambas de Corfo.
8. Contenido del proyecto de la Fase 3
Las postulaciones deberán contener la descripción del proyecto para cuya ejecución se solicita financiamiento, el cual deberá contener la siguiente información, de acuerdo con el detalle y requisitos específicos que se señalen en el formulario de postulación:
a) Resumen del proyecto
Síntesis del proyecto que incluya el problema, desafío u oportunidad que da origen al mismo y la propuesta de solución para abordarlo.
b) Objetivos del proyecto
Descripción del objetivo general y de los objetivos específicos del proyecto, los que deben estar alineados con los objetivos del instrumento de financiamiento.
c) Problema, desafío u oportunidad
i. Diagnóstico
. Identificación del problema, desafío u oportunidad que da origen al proyecto.
. Descripción del problema, desafío u oportunidad, incorporando un análisis completo y suficiente de sus causas y una caracterización de sus dimensiones cuantitativas y cualitativas, las que deben estar debidamente fundadas y documentadas.
ii. Mercado objetivo
. Identificación, caracterización (que incluya, además, antecedentes que demuestran el interés o necesidad de contar con una solución) y dimensionamiento de los principales actores (usuarios y/o clientes) que se ven afectados por el problema o desafío, o bien se beneficiarían de la oportunidad a abordar en el proyecto.
d) Participantes
i. Beneficiario: Identificación y descripción de sus capacidades de gestión, técnicas, financieras y de infraestructura necesarias para lograr la adecuada ejecución y el éxito del proyecto, las que deberán estar debidamente justificadas.
Respecto del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile:
- Transcripción literal del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos.
- Explicar fundadamente la pertinencia del objeto social o finalidad transcrita, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto.
ii. Empresa(s) alemana(s): Individualización de la(s) empresa(s) alemana(s) con la(s) que se ejecutará el Proyecto Colaborativo de I+D+i, según lo indicado y solicitado en la "Propuesta Conjunta Resumida", referida en el número 1 de la Sección III de las presentes bases.
iii. Asociado(s) (si corresponde): Identificación y descripción de sus capacidades para realizar los aportes comprometidos para el proyecto ("nuevos o pecuniarios" y/o "preexistentes o valorizados").
iv. Entidad(es) Colaboradora(s) (si corresponde): Descripción de su experiencia, capacidades técnicas e infraestructura necesaria para lograr la adecuada ejecución y el éxito del proyecto (debidamente justificadas).
v. Equipo de Trabajo:
. Identificación de los y las integrantes del equipo de trabajo del beneficiario y de la(s) Entidad(es) Colaboradora(s) (si corresponde), señalando sus capacidades técnicas y experiencia relevante en el ámbito del proyecto.
. Detalle de la dedicación horaria de los y las integrantes del equipo de trabajo antes señalado, y de sus funciones y roles en el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
e) Propuesta de solución
i. Metodología
. Descripción, en términos concretos, de la propuesta de solución (del nuevo o mejorado producto (bien o servicio) y/o proceso), que se desarrollará para abordar el problema, desafío u oportunidad identificado. Dicha descripción debe dar cuenta de las principales características y funcionalidades del prototipo actual, incluyendo su estado de madurez tecnológico (Technology Readiness Level o "TRL", Anexo N°2) y de la solución que se espera obtener al finalizar el proyecto.
. Plan de trabajo del proyecto, identificando el plazo de ejecución propuesto para cada una de las etapas (Etapa 1: "CREA" y Etapa 2: "VALIDA") y el detalle de las actividades a desarrollar en cada una de ellas, para alcanzar cada uno de los objetivos y resultados intermedios y finales que se espera obtener durante la ejecución del proyecto.
En este punto, se deberá explicitar la relación entre la entidad chilena (beneficiario) y la(s) empresa(s) alemana(s), las actividades que cada una ejecutará, distinguiéndose de esta forma un componente nacional (actividades a desarrollar, las que deben ser ejecutadas principalmente en Chile) y un componente extranjero (actividades a desarrollar por la contraparte alemana). Debe distinguirse y especificarse la división de funciones a realizar por cada participante en el marco del Proyecto Colaborativo de I+D+i, especificando subproyectos y actividades a realizar en el marco del plan de trabajo conjunto, el presupuesto asociado a cada participante y la dedicación en meses-persona, distinguiendo la contribución técnica de cada parte. Este detalle debe ser consistente con lo indicado en el detalle y división de actividades presentado en la "Propuesta Conjunta Resumida". Asimismo, se debe cumplir con una contribución equilibrada en función de la dedicación del equipo de trabajo, tomando en consideración los "meses-persona", en los términos establecidos en el numeral iii. de la letra b), del número 5.1, de la presente sección IV.
. Identificación y descripción de los resultados propuestos para el informe de hito técnico de continuidad (a entregarse al mes 11), y para el informe de término de la Etapa 1, con sus respectivos indicadores de medición.
ii. Grado de novedad y diferenciación
. Identificación del grado de novedad de la propuesta de solución, justificando claramente si ésta se presenta a nivel de la empresa, regional, nacional o internacional.
. Identificación del o de los atributos de la propuesta de solución que agregan valor y que la diferencian de soluciones alternativas y/o sustitutos que ya están disponibles en el mercado.
. Dar cuenta, fundadamente, de la ventaja y el valor agregado que representa ejecutar el proyecto propuesto de manera colaborativa (por ejemplo, acceso a mayor base de conocimientos, oportunidades comerciales, acceso a infraestructura de I+D, nuevos campos de aplicación, etc.).
iii. Actividades de I+D
. Identificación y descripción de las actividades de investigación y desarrollo (I+D) que requiera la ejecución del proyecto. Para determinar si las actividades corresponden efectivamente a I+D, se utilizarán las definiciones y exclusiones señaladas en la ley N°20.241 ("Ley de I+D"), las cuales se transcriben en el Anexo N°3 de las presentes bases.
f) Propuesta de introducción al mercado y/o implementación productiva
i. Impacto
. Descripción del modelo de ingresos y/o ahorro de costos económicos que generará la propuesta de solución, el que debe ser coherente con el mercado objetivo.
. Cuantificación objetiva y debidamente justificada de la magnitud de dichos ingresos y/o ahorro de costos económicos.
. Identificación, cuantificación y relevancia (objetiva y debidamente justificada), de los impactos sociales y/o medio ambientales que podría generar el proyecto.
ii. Escalabilidad
. Identificación de los posibles riesgos y/o barreras comerciales y/o regulatorias que deberá enfrentar el proyecto, señalando cómo serán abordadas.
. Descripción de las estrategias de apropiabilidad de la solución desarrollada en el marco del proyecto, para su posterior uso o comercialización.
. Descripción de una propuesta para dar continuidad al proyecto una vez que concluya la etapa de subsidio.
g) Presupuesto
. Presupuesto detallado del proyecto, el que deberá elaborarse según las cuentas presupuestarias señaladas en el número 11.1 de las presentes bases, de acuerdo con las indicaciones y restricciones establecidas en el referido numeral.
. Se deberá especificar el cofinanciamiento solicitado a InnovaChile para cada etapa (Etapa 1: "CREA" y Etapa 2: "VALIDA") y el monto comprometido por cada uno de los participantes, así como la naturaleza del mismo (aportes "nuevos o pecuniarios" y/o aportes "preexistentes o valorizados", según corresponda).
Además, el presupuesto, debe ser calculado sobre la base de costos reales que observen condiciones de mercado, demostrables y coherentes con la envergadura y complejidad técnica de las actividades a realizar, con el plazo de cada una de las etapas en que éstas se llevarán a cabo y con la capacidad financiera de los participantes. InnovaChile, en atención al principio del correcto uso de los recursos públicos, podrá ajustar a valores de mercado las partidas que corresponda.
h) Antecedentes para la bonificación establecida en la ley N°21.561 a las empresas de menor tamaño, que hayan implementado de forma anticipada la reducción de jornada laboral
Informar si al beneficiario se le otorgó o no por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifica que, de conformidad con los requisitos establecidos por la Subsecretaría del Trabajo, implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley N°21.561, señalando su fecha de vencimiento. En caso afirmativo, deberá adjuntar la respectiva resolución y, además, los antecedentes que permitan acreditar que es una empresa de menor tamaño, de acuerdo con el artículo segundo de la ley N°20.416 (que, para efectos del presente instrumento, se entenderá como aquella que ha tenido ingresos por ventas que no exceden las 100.000 U.F. (2) en el último año calendario).
InnovaChile, en todo momento, podrá solicitar, de ser necesario, los antecedentes pertinentes para verificar que el referido sello se encuentra vigente al momento de la adjudicación.
9. Evaluación Fase 3
9.1. Aspectos generales
De forma previa a la evaluación, y de acuerdo con lo dispuesto en el número 5 de las Bases Administrativas Generales, InnovaChile realizará un análisis de admisibilidad de los proyectos postulados a la Fase 3. Aquellos que cumplan con todos los requisitos de dicho análisis (detallados en el número 12.1 de estas bases) avanzarán a la etapa de evaluación.
Los proyectos postulados en esta Fase serán evaluados por InnovaChile (en relación con las propuestas postuladas al presente instrumento) y por la AiF Project GmbH (en relación con las propuestas postuladas a la convocatoria efectuada por ZIM en la República Federal Alemana), de acuerdo con sus propios criterios y normativa aplicable.
InnovaChile evaluará el componente nacional (actividades a desarrollar principalmente en Chile) y su vinculación con aquellas a desarrollar con y por las empresas alemanas, de acuerdo con los criterios especificados señalados en el número 9.2 siguiente.
El proceso de evaluación de los proyectos se realizará, con personal interno y/o externo, de acuerdo con los criterios señalados más adelante. Durante la evaluación, InnovaChile podrá solicitar al postulante la información que estime necesaria para una adecuada comprensión del proyecto, no pudiendo modificarse el mismo ni afectarse la igualdad entre los postulantes.
Con la información contenida en el proyecto y los insumos antes señalados, se elaborará un informe de evaluación con la correspondiente recomendación de aprobación o rechazo, para ser presentado a la instancia de decisión.
9.2. Etapa de evaluación y criterios aplicables
Los proyectos serán evaluados con notas de 1 a 5. Los criterios y ponderadores de evaluación son los siguientes:
_______________________________
(2) Para estos efectos, se utilizará el valor de la U.F. del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación.



Para que un proyecto sea presentado al Subcomité con "recomendación de aprobación", deberá alcanzar un puntaje mínimo de 3,00 en cada uno de los subcriterios de evaluación y una nota final mínima de 3,50.
De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo transitorio de la ley N°21.561, se otorgará un puntaje adicional, consistente en una bonificación de un 5% sobre la nota final obtenida, a aquellos proyectos cuyo ejecutor (beneficiario), cumpla con los siguientes requisitos copulativos:
a) Corresponda a una empresa de menor tamaño.
b) Se le haya otorgado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifique que implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley N°21.561 y éste se encuentre vigente al momento de la instancia de adjudicación.
Asimismo, tratándose de un concurso, en caso de producirse un empate en la nota final entre dos o más proyectos, se preferirá y quedará en mejor posición en el ranking, aquel proyecto presentado por la empresa que cumpla con los requisitos precedentemente señalados.
Con todo, la aplicación de la bonificación no podrá significar una nota final superior a 5,00.
Con el resultado de la evaluación, las propuestas serán presentadas al órgano de decisión respectivo, el que decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos, teniendo en consideración la disponibilidad presupuestaria. En aquellos casos en que el instrumento se ponga a disposición de los interesados en la modalidad de concurso, se elaborará un ranking preliminar, el cual será presentado al órgano de decisión, el que determinará el ranking definitivo, y decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos teniendo en consideración la disponibilidad presupuestaria.
En la etapa de decisión, se podrán incorporar condiciones de adjudicación y/o de formalización a los proyectos aprobados, pudiendo establecerse modificaciones técnicas y/o presupuestarias que se consideren pertinentes, sin que éstas alteren la naturaleza y el objetivo general de los proyectos.
10. Seguimiento técnico, evaluación de continuidad y actividades de acompañamiento
Además de los informes que el beneficiario debe entregar de acuerdo con lo dispuesto en el número 11.2 de las Bases Administrativas Generales, se deberán entregar los siguientes informes:
10.1. Hito técnico de continuidad al mes 11
Al término del mes 11 (once) de ejecución del proyecto (o en el plazo que establezca el Subcomité), se deberá entregar un informe de hito técnico de continuidad en el cual el beneficiario deberá informar, según los formatos definidos por InnovaChile, sobre lo siguiente:
a) Cumplimiento de los resultados o metas establecidas para este hito al momento de aprobarse el proyecto, así como de sus respectivos indicadores.
b) Resultados parciales obtenidos y su contribución a la disminución del riesgo tecnológico del proyecto. Estos resultados deben estar asociados a indicadores, que deben ser medibles, objetivos y verificables.
c) Roles y responsabilidades del equipo de trabajo técnico en el desarrollo del proyecto.
d) Justificación de las eventuales desviaciones identificadas en relación con la programación de actividades y sus efectos.
e) Propuesta de medidas y acciones tendientes a corregir o mejorar las desviaciones identificadas.
InnovaChile evaluará la información presentada y podrá solicitar antecedentes adicionales y la modificación o complementación de la misma. La Dirección Ejecutiva de InnovaChile resolverá sobre la aprobación o rechazo de la continuidad del proyecto, pudiendo establecer condiciones técnicas y/o presupuestarias, siempre que éstas no alteren el objetivo general ni la naturaleza del proyecto.
Si no es aprobado el hito técnico de continuidad, se pondrá término anticipado al proyecto, aplicándose para estos efectos, lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales.
El plazo de entrega del informe de hito técnico de continuidad, excepcionalmente, podrá ser prorrogado por la Dirección Ejecutiva, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes de su vencimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, el Subcomité, durante la adjudicación y/o ejecución del proyecto, podrá establecer plazos distintos, limitaciones adicionales a las precedentemente señaladas, o bien, eliminar el hito técnico de continuidad.
10.2. Evaluación de continuidad al término de la Etapa 1
InnovaChile evaluará y determinará, al final de la Etapa 1, la continuidad del proyecto a la Etapa 2. Por lo anterior, el beneficiario deberá entregar un informe de continuidad dentro del plazo de 1 (un) mes de terminada la Etapa 1 (o el que se señale en el convenio de subsidio), en el cual deberá, según los formatos definidos por InnovaChile, al menos, demostrar el cumplimiento de:
a) Los resultados o metas establecidos para el término de la Etapa 1 al momento de aprobarse el proyecto, así como de sus respectivos indicadores.
b) Propuesta actualizada del proyecto para su Etapa 2.
c) Estado del producto (bien y/o servicio) y/o proceso, según la madurez de desarrollo de su tecnología (Technology Readiness Level o "TRL", ver Anexo N° 2).
d) Propuesta de introducción al mercado y/o implementación productiva, actualizada.
e) Rendición de gastos de la Etapa 1.
InnovaChile evaluará la información presentada y podrá solicitar antecedentes adicionales y la modificación o complementación de la misma. La Dirección Ejecutiva de InnovaChile resolverá sobre la aprobación o rechazo de la continuidad del proyecto para la Etapa 2, pudiendo establecer condiciones técnicas y/o presupuestarias, siempre que éstas no alteren el objetivo general ni la naturaleza del proyecto.
Si el informe de continuidad no es aprobado, se pondrá término anticipado al proyecto, aplicándose para estos efectos lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales.
10.3. Actividades obligatorias de acompañamiento
Desde la fecha en que se le comunica la aprobación de su proyecto y hasta el término de su plazo de ejecución, el beneficiario deberá participar obligatoriamente en ciertas actividades de acompañamiento que InnovaChile fijará, con la finalidad de entregarle información, medios y/o herramientas que puedan resultarle útiles para el cumplimiento de los objetivos y/o resultados de su proyecto.
Los lugares, medios, fechas y horas de dichas actividades obligatorias serán oportunamente informados por InnovaChile, con una anticipación no inferior a 7 (siete) días hábiles anteriores a la fecha de su realización. Asimismo, en dicha oportunidad, se indicarán los requisitos, contenidos y formato de la actividad, así como la o las personas del equipo de trabajo (incluye directores de proyecto) que deban asistir.
En casos fundados, y excepcionalmente, InnovaChile podrá autorizar que el beneficiario o ciertas personas de su equipo no participen en alguna de estas actividades, y determinará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los fines de la actividad, como, por ejemplo, autorizar la asistencia de otra(s) persona(s) distinta(s) a la(s) originalmente convocada(s). Para esta decisión, InnovaChile tomará en consideración, entre otros, el nivel de participación del beneficiario, en otras de las actividades del proyecto.
Si el beneficiario no participare en las actividades, sin contar con autorización previa para aquello, InnovaChile podrá ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del convenio que se encuentre en su poder y, en caso de reiteración, y según corresponda, podrá tener por desistido el proyecto o darle término anticipado, aplicándose a la devolución del subsidio las reglas establecidas en el número 14.1.3.2, de las Bases Administrativas Generales.
11. Aspectos presupuestarios
11.1. Cuentas presupuestarias
Las actividades y/o gastos del proyecto financiadas con subsidio y/o aportes, deberán ser presupuestados de conformidad a las cuentas presupuestarias "Recursos Humanos", "Gastos de Operación", "Gastos de Administración" y "Gastos de Inversión", descritas en el número 4.6.1 de las Bases Administrativas Generales, considerando adicionalmente:
. Gastos de Inversión: Se podrá destinar como máximo hasta un 30,00% del subsidio de InnovaChile a este tipo de gastos. Para el caso de adquisiciones, éstas se podrán financiar íntegramente, independiente de la fuente de financiamiento (subsidio y/o aportes), debiendo verificarse, en todo caso, que sean pertinentes y necesarias para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, no aplicando, por lo tanto, la regla establecida en la letra b) del número 11.4.3 de las Bases Administrativas Generales.
. Gastos de Administración: Se podrá destinar como máximo hasta un 10,00% del subsidio de InnovaChile a este tipo de gastos.
11.2. Garantía de fiel cumplimiento del convenio
El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá(n) entregarse, deberá corresponder, al menos, a 30 U.F. En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada, sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, del mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro de los plazos comunicados por InnovaChile.
11.3. Gastos relativos a evaluaciones de continuidad y de término de etapa
Hasta la fecha de entrega del informe de hito técnico de continuidad, sólo se podrán realizar, con cargo al subsidio, aquellos gastos que estén directamente relacionados con la obtención de los resultados parciales considerados para dicho período, y que correspondan a actividades que hayan sido ejecutadas dentro del mismo.
Durante el período de revisión de la continuidad del proyecto y hasta la notificación de la decisión respectiva, se podrán reconocer los gastos básicos y estrictamente necesarios para la continuidad operativa del equipo de trabajo, arriendos u otros de naturaleza similar. Hasta la notificación de la decisión de continuidad del proyecto, no podrán realizarse contrataciones, salvo autorización previa de InnovaChile.
Por su parte, hasta la fecha de término de la Etapa 1 del proyecto, sólo se podrán realizar con cargo al subsidio aquellos gastos que estén directamente relacionados con la obtención de los resultados de dicha etapa y que correspondan a actividades que hayan sido ejecutadas dentro de la misma.
En caso de s er aprobada la continuidad del proyecto, el eventual saldo del subsidio de la Etapa 1, podrá ser utilizado en la Etapa 2.
12. Bases Administrativas Generales
En cuanto a los procesos y trámites que deberán cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o postulación misma, hasta el término del proyecto y del convenio de subsidio celebrado entre InnovaChile y el beneficiario, aplicarán las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por Resolución Afecta N° 28, de 2020, modificada por Resolución Afecta Nº 136, de 2023, ambas de Corfo.
En caso de que el instrumento sea puesto a disposición de los interesados en la modalidad postulación permanente, en el aviso mediante el cual se comunique su eventual cierre se establecerá, además, el plazo máximo dentro del cual los interesados que hayan presentado a la Fase 2 la "Propuesta Conjunta Resumida" y el "Borrador de Acuerdo de Consorcio", podrán postular su Proyecto Colaborativo de I+D+i a la Fase 3.
12.1. Requisitos de admisibilidad
a) Admisibilidad de los participantes
Fiscalía de Corfo verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos:

b) Admisibilidad del proyecto
InnovaChile verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos:


Para la verificación del cumplimiento de porcentajes (máximos y mínimos), se considerará hasta las centésimas.
12.2. Antecedentes para la formalización de los proyectos aprobados
Previo a la redacción del convenio de subsidio, se cotejará que el objeto social o finalidad del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile, transcrito en el formulario de postulación, no presente diferencias sustanciales con aquel que consta en sus estatutos. En caso de que se verifiquen diferencias sustanciales, se revisará nuevamente la pertinencia del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto. En caso de verificarse que no existe pertinencia entre los referidos elementos, el convenio no será formalizado y la postulación se tendrá por desistida.
Para la formalización del proyecto, Corfo verificará que el receptor persona jurídica de derecho privado se encuentre al día en el cumplimiento de la obligación de rendir cuenta respecto de cualquiera de los proyectos cofinanciados por Corfo y/o sus Comités y certificará dicha circunstancia.
Además de los antecedentes que, de acuerdo con el número 8.1 de las Bases Administrativas Generales, deben presentarse en la etapa de formalización de los proyectos, deberán enviarse, conjuntamente, dentro de los plazos que InnovaChile informe, los siguientes:
a) Antecedentes técnicos de formalización
. Antecedentes que permitan verificar que el beneficiario ha percibido ingresos por ventas dentro de los 24 meses previos a la postulación de su proyecto. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o que los presentados no permitan verificar este requisito, el proyecto se entenderá desistido.
. Para el caso de beneficiarios que hayan declarado en su postulación corresponden a empresas "micro y pequeñas" o "medianas": se deberán presentar antecedentes necesarios para acreditar que su nivel de ingresos por ventas anuales es coherente con el rango de ventas anual declarado en la postulación.
En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente el proyecto se entenderá desistido.
Sin perjuicio de lo anterior, si los antecedentes presentados no son coherentes con aquellos declarados en la postulación, en el sentido que los ingresos por ventas anuales del beneficiario son superiores a los declarados, el monto y porcentaje de cofinanciamiento máximos de InnovaChile serán ajustados al tramo que corresponda según su nivel de ingresos anuales efectivos, aumentando, como contrapartida, el monto y porcentaje de aportes de los participantes.
. Para el caso de proyectos que consideren la participación de una o más Entidades Colaboradoras, deberá(n) presentarse la(s) respectiva(s) declaración(es) jurada(s) debidamente firmadas, de acuerdo con el formato del Anexo N° 2 de las "Normas para proyectos colaborativos", aprobadas por Resolución Exenta N° 482, de 2018, de InnovaChile, que dé cuenta que el beneficiario y la(s) Entidad(es) Colaboradora(s) no están relacionados entre sí.
En caso de que dicha declaración no se presente oportunamente, o no permita verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, el proyecto se entenderá desistido.
. El "Acuerdo(s) de Consorcio", suscrito(s) entre el beneficiario chileno y la(s) empresa(s) alemanas. El referido acuerdo, deberá contener y regular los elementos mínimos señalados en la letra d) del número 4 de la sección IV de las presentes bases. InnovaChile se reserva el derecho de solicitar modificaciones al "Acuerdo de Consorcio" suscrito, con la finalidad de que el mismo sea coherente con los términos y con las condiciones en que fue adjudicado el proyecto.
b) Antecedentes legales de formalización
. Para los proyectos cuyo beneficiario corresponde a una "empresa liderada por mujeres", deberán presentarse los antecedentes indicados en el número III de las "Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres", aprobadas por Resolución Exenta N° 481, de 2018, de InnovaChile. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o no permitan verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes "nuevos o pecuniarios", de acuerdo con las reglas generales.
13 Plazos
De conformidad con la naturaleza del presente instrumento, el cual considera actividades que deben ejecutarse en forma coordinada con ZIM, no aplicarán, en relación con las acciones que debe ejecutar el Comité InnovaChile, los plazos establecidos en las Bases Administrativas Generales para los análisis de admisibilidad, evaluación, adjudicación y formalización.





2° Determínase que los proyectos presentados al instrumento "CREA Y VALIDA - ZIM", serán conocidos y decididos por el Subcomité de I+D+i Empresarial.
3° Publíquense el (los) aviso(s) correspondiente(s) y pónganse las presentes bases a disposición de los interesados/as en el sitio web de Corfo, www.corfo.cl, una vez que la presente resolución se encuentre totalmente tramitada.
4° Publíquese la presente resolución en el banner de "Gobierno Transparente" del sitio web www.corfo.cl, en conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y en la resolución exenta N° 500, de 2022, que Aprueba Nuevo Texto de la Instrucción General del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa.".
Anótese, publíquese y archívese.- Resolución suscrita mediante firma electrónica avanzada por Jocelyn Olivari Narea, Directora Ejecutiva.