MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEE INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.
   
    Santiago, 17 de septiembre de 2024.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 460 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
    f) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 58.574 de 31.03.2022. Complementado mediante ingresos Subtel Nº 96.604 de 24.05.2022 y Nº 108.997 de 10.06.2022, en lo que dice relación con la Infraestructura de Telecomunicaciones que se indican en la parte resolutiva del presente decreto, quedando en lo restante a lo que se resuelva en acto administrativo independiente.
    b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Nº 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos.
    c) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
   
    Decreto:
   
    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provee infraestructura física para telecomunicaciones, cuya titular es Sites Chile S.A., RUT Nº 77.371.811-3, con domicilio en Av. El Salto Nº 5.450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
   
    1. Autorízase a la concesionaria para modificar su concesión, individualizada en la letra g) de los Vistos, en el sentido de incorporar infraestructura física ya autorizada, conforme a los decretos que se detallan en el siguiente cuadro:
   
   
    2. La infraestructura soporte de sistemas radiantes se detalla a continuación:
   
   
    Las características técnicas de las instalaciones corresponden a torres soportes de antenas y sistemas radiantes que ya fueron autorizados. Dado que las mismas ya se encuentran instaladas no existen plazos involucrados.
    3. Apruébese el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    5. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.