APRUEBA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO DE DATOS E INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y DEFINE ALCANCE DE SUS FUNCIONES
Núm. 2.492 exenta.- Santiago, 30 de diciembre de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, en la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y lo establecido en las resoluciones N° 6 y 7, de 2019, que fijan normas sobre exención de trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Que, la resolución exenta N° 2.525, de 18 de diciembre de 2023, reestructura el Gabinete del Contralor General y la Secretaría General y crea el Centro de Datos e Inteligencia Artificial, el que se hará "cargo del levantamiento, procesamiento y gestión de datos para proveer a todos los ámbitos y áreas de trabajo y de fiscalización que realiza la institución, teniendo también a su cargo el control de gestión".
b) Que, la citada resolución exenta N° 2.525, de 2023, refunde, las a esa fecha, unidades de gobierno y gestión de datos, unidad de control de gestión, unidad de gestión y optimización de procesos.
c) Que, los principios de economía procedimental y de celeridad que rigen a la Administración Pública, exigen la incorporación de mejoras permanentes a los procedimientos y procesos institucionales para el ejercicio de las funciones y servicios de manera más eficiente y eficaz.
d) Que, es prioritario dar continuidad a la agenda de digitalización, incluyendo integración con herramientas de automatización e inteligencia artificial, que permitan agilizar la gestión y entregar servicios de mayor calidad y debidamente focalizados.
e) Que, la toma de decisiones basadas en datos es un eje prioritario y transversal en el quehacer institucional, requiriendo del apoyo de herramientas, estándares y procesos que permitan el monitoreo permanente y detección de brechas de la gestión interna.
f) Que, es necesario, generar condiciones habilitantes para la incorporación de tecnologías de inteligencia artificial, mediante lineamientos, instrucción y control de esta tecnología al interior de la institución.
g) Que, teniendo presente la gran cantidad de información disponible en los sistemas internos de la institución, así como de instituciones externas, es necesario procesarla y generar nuevos insumos para apoyar los ámbitos y áreas de trabajo y de fiscalización.
h) Que, teniendo presente la normativa vigente y los estándares para el uso, protección y tratamiento de datos, es necesario relevar las tareas relacionadas con gobernanza de datos al interior de la institución.
Resuelvo:
Primero: Apruébase la siguiente estructura orgánica interna del Centro de Datos e Inteligencia Artificial (CDIA):
Artículo 1°: El Centro de Datos e Inteligencia Artificial dependerá directamente de el/la Contralor/a General de la República.
Artículo 2°: Este Centro propondrá lineamientos y tendrá la tuición técnica de datos e inteligencia artificial sobre las dependencias de esta Contraloría General (CGR), especialmente en relación con el análisis, la gestión, el uso y tratamiento de los datos e información, su supervisión y la mejora de la estructura de los mismos, como también respecto del diseño y, en su caso, el desarrollo de herramientas tecnológicas de inteligencia artificial en la CGR, labor esta última para la cual deberá coordinarse con el Centro de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (CTIC) de esta Entidad Contralora.
Artículo 3°: El CDIA se encargará del levantamiento, procesamiento y gestión de datos para proveerlos en todos ámbitos, áreas de trabajo y fiscalización que realiza la CGR. Igualmente, diseñará y proveerá los indicadores y medios de verificación y control de la gestión interna requeridos por la jefatura institucional o identificados por el CDIA.
Artículo 4°: Asimismo, el CDIA tendrá a su cargo la gobernanza de datos institucional, en coordinación con otras dependencias internas según corresponda; la colaboración metodológica y el seguimiento del avance de los proyectos estratégicos institucionales; la coordinación del proceso anual de metas; la entrega de los lineamientos respecto a la gestión documental y la gestión de procesos.
Artículo 5º: A la jefatura del CDIA le corresponderá la planificación, organización, supervisión, dirección y control del trabajo y tareas del Centro, debiendo velar por el logro de sus objetivos, por el efectivo y correcto cumplimiento de su gestión, por la eficiente administración de sus medios y recursos y por el oportuno reporte y gestión de riesgos institucionales de su competencia, o de otros riesgos que se detecten con ocasión del ejercicio de sus labores. Asimismo, deberá desempeñar las demás funciones que el/la Contralor/a General de la República le asigne.
Artículo 6°: Dependerán directamente de la jefatura del CDIA, los siguientes Departamentos que conforman su estructura:
1.- Departamento de Control de Gestión:
El Departamento de Control de Gestión será el encargado de elaborar, difundir, monitorear y mejorar los indicadores del modelo de gestión institucional, con el fin de incrementar el aporte de valor y la eficiencia de ésta, como asimismo para apoyar con datos a los diversos equipos, para una correcta y fundada toma de decisiones.
Además, colaborará en la presentación y visualización de indicadores, resultados de análisis, e identificación de brechas en el control de la gestión interna, y propondrá las correspondientes actividades para subsanar dichas brechas, con miras a mejorar el funcionamiento de los equipos.
Las funciones del Departamento de Control de Gestión son:
a) Generar y difundir información oportuna, pertinente y de calidad, que apoye el proceso de toma de decisiones directivas.
b) Monitorear y medir el avance de las metas e indicadores institucionales, así como también apoyar a la Unidad de Auditoría Interna en la recopilación de la información sistematizada destinada a la verificación del cumplimiento de las metas institucionales.
c) Identificar brechas en los equipos de negocio, relativas al control de su gestión interna y proponer a la jefatura del equipo, de este Centro o a la Autoridad, el uso de herramientas de medición, la implementación de planes de acción o cualquier otra medida de mejora en este ámbito.
d) Colaborar con las dependencias de esta Contraloría en la visualización de mediciones, indicadores o resultados de análisis sobre materias de gestión interna.
e) Participar y apoyar a las contrapartes de negocio en el proceso de definición de Metas e Indicadores de Desempeño.
f) Levantar e informar oportunamente los riesgos de todo tipo que detecte en el ejercicio de sus labores.
g) Ejecutar toda función o tarea que la Jefatura del Centro de Datos e Inteligencia Artificial o el/la Contralor/a General de la República le encomiende.
2.- Departamento de Proyectos Estratégicos y Gobernanza de Datos (DPGD)
El Departamento de Proyectos Estratégicos y Gobernanza de Datos se encargará de construir lineamientos, metodologías y realizar el seguimiento en gestión integrada de proyectos, gestión documental, gestión de procesos y la gobernanza de datos con el objetivo de avanzar en los desafíos estratégicos de la institución con enfoque ciudadano.
Las funciones del Departamento de Proyectos Estratégicos y Gobernanza de Datos son:
a) Proponer metodologías, lineamientos y colaboración técnica para la gestión integrada de proyectos, facilitando la articulación interna.
b) Coordinar y ejecutar el proceso de planificación anual de metas institucionales, participar y apoyar a las contrapartes de negocio en el proceso de definición.
c) Proponer metodologías y lineamientos, colaborar técnicamente y articular instancias de trabajo para la normalización del proceso de gestión documental.
d) Colaborar técnicamente en la construcción del expediente electrónico de los procedimientos administrativos y procesos institucionales.
e) Proponer metodologías para la gestión por procesos, que permitan levantar, modelar, digitalizar y monitorear los mismos, identificando actores, riesgos, generando mapas y documentando la información de manera de procurar su disponibilidad.
f) Colaborar técnicamente en la actualización y el rediseño de procedimientos administrativos internos y procesos institucionales.
g) Proponer mecanismos en la gobernanza de los datos, a través de lineamientos y procedimientos para promover su calidad y seguridad. Además, deberá gestionar acuerdos formales con otras instituciones para el intercambio, uso y resguardo de datos, definiendo claramente los términos, condiciones, propósitos y restricciones asociadas con dichos acuerdos.
h) Levantar e informar oportunamente los riesgos de todo tipo que detecte en el ejercicio de sus labores.
i) Ejecutar toda otra función o tarea que la Jefatura del Centro de Datos e Inteligencia Artificial o el/la Contralor/a General de la República le encomiende.
3.- Departamento de Analítica de Datos
Al Departamento de Analítica de Datos le corresponderá el levantamiento, procesamiento y gestión de datos para ser provistos a todos los ámbitos y áreas de trabajo de la institución, para configurar un ecosistema de datos, considerando las prioridades establecidas por el/la Contralor/a General, por la jefatura del CDIA y del propio departamento.
Las funciones del Departamento de Analítica de Datos son:
a) Diseñar y supervisar los procesos de ingreso, captura y almacenamiento de datos en los repositorios respectivos.
b) Realizar la exploración, limpieza y transformación de datos, propendiendo a su calidad, integridad y fiabilidad en todas las etapas del proceso.
c) Desarrollar análisis de datos y soluciones basadas tanto en automatización como en inteligencia artificial, para apoyar a las áreas de negocio, proporcionando las condiciones habilitantes para su implementación.
d) Crear visualizaciones que faciliten la comunicación de los análisis realizados por el departamento.
e) Establecer lineamientos, coordinar actividades y capacitar a los equipos que desempeñen funciones relacionadas con la gestión y análisis de datos.
f) Levantar e informar oportunamente los riesgos de todo tipo que detecte en el ejercicio de sus labores.
g) Ejecutar toda otra función o tarea que la Jefatura del CDIA o el/la Contralor/a General de la República le encomiende, y aquellas que sean propias de su naturaleza.
Segundo: Déjense sin efecto todas las disposiciones contenidas en otras resoluciones de la Contraloría General de la República, que sean contrarias a lo dispuesto en la presente.
Tercero: Incorpórese en la sección en línea de actos administrativos emitidos por la Contraloría General de la República, en cumplimiento de la ley N° 20.285.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Daniela Andreu Campos, Jefa División de Administración Interna y Abastecimiento, Contraloría General de la República.