APRUEBA ANEXO TÉCNICO REQUISITOS SÍSMICOS PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN, DE LA NORMA TÉCNICA DE SEGURIDAD Y CALIDAD DE SERVICIO, EN CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN CNE Nº 549 EXENTA, DE 2021, QUE APRUEBA PLAN NORMATIVO ANUAL PARA LA ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE LA NORMATIVA TÉCNICA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 72º-19 DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, Y FIJA TEXTOS REFUNDIDOS QUE INDICA
Núm. 41 exenta.- Santiago, 24 de enero de 2025.
Vistos:
a) El DL Nº 2.224, de 1978, que crea la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente, la "Comisión" o "CNE", modificado por la ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía, en especial, lo dispuesto en los artículos 7º y 9º, literal h);
b) El DFL Nº 4, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 1 del Ministerio de Minería, de 1982, modificado por la ley Nº 20.936, en adelante e indistintamente, la "Ley General de Servicios Eléctricos" o "Ley", en particular, lo dispuesto en su artículo 72º-19;
c) El decreto supremo Nº 11, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento para la dictación de normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico, en adelante, el "Reglamento de Dictación de NT";
d) Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 347, de 8 de septiembre de 2020, de la Comisión Nacional de Energía, que aprueba "Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de las Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio, y modifica las normas y anexos técnicos que indica;
e) Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 549, de 11 de octubre 2024, de la Comisión Nacional de Energía, que aprueba modificaciones a la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, relativa a los artículos 3-8 y 3-29, aprobada mediante resolución exenta Nº 229, de 26 de abril de 2018, de la Comisión Nacional de Energía, modificada por resolución exenta Nº 786, de 18 de diciembre de 2019, y que fija texto refundido y sistematizado;
f) Lo señalado en la resolución exenta CNE Nº 549, de fecha 15 de diciembre de 2021, que aprueba el Plan Normativo Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2022, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante e indistintamente "Plan Normativo Anual 2022" o "resolución exenta CNE Nº 549";
g) Lo señalado en la resolución exenta CNE Nº 226, de 21 de marzo de 2022, que da inicio al procedimiento de elaboración del Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, en conformidad con lo dispuesto en la resolución exenta CNE Nº 549, de 2021, que aprueba Plan Normativo Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2022, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos;
h) Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 521, de 8 de julio de 2022, que designa integrantes del Comité Consultivo Especial que colaborará en la elaboración del Anexo Técnico de Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, contenida en el Plan Normativo Anual correspondiente al año 2022, y fija fecha para la celebración de la primera sesión;
i) El aviso de inicio de la consulta pública del procedimiento normativo Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, iniciado mediante resolución CNE Nº 226, publicado en el Diario Oficial el 12 de junio de 2024, consulta pública que se realizó durante cuarenta días corridos;
j) Las observaciones recibidas por la Comisión en el marco de la consulta pública del Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, mediante correos electrónicos recibidos hasta el 22 de julio de 2024, inclusive;
k) La resolución exenta CNE Nº 40, de 24 de enero de 2025, que Aprueba informe consolidado de respuestas, correspondiente al procedimiento normativo sobre Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, "resolución CNE Nº 40";
l) Lo dispuesto en el decreto Nº12A, de 21 de noviembre de 2022, del Ministerio de Energía, que nombra a don Marco Antonio Mancilla Ayancán en el cargo de Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía, y
m) Lo establecido en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que, el artículo 72º-19 de la Ley establece que la Comisión deberá fijar, mediante resolución exenta, las normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico, debiendo establecer un plan de trabajo anual que permita proponer, facilitar y coordinar el desarrollo de tales normas, en el marco de un proceso público y participativo cuyas normas deben ser establecidas en un reglamento;
b) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley y el artículo 7 del Reglamento de Dictación de NT, la Comisión dictó la resolución CNE Nº 549, que aprobó el Plan Normativo Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2022;
c) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley, el artículo 14 del Reglamento de Dictación de NT, y en el Plan Normativo Anual 2022, la Comisión dictó la resolución CNE Nº 226, correspondiente a la resolución de inicio del procedimiento normativo sobre elaboración del Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio;
d) Que, posteriormente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley y el artículo 17 del Reglamento de Dictación de NT, la comisión dictó la resolución CNE Nº 521, que designó a los integrantes del comité consultivo especial del procedimiento normativo de elaboración del "Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio";
e) Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y 33 del Reglamento de Dictación de NT y en la resolución CNE Nº 226, el borrador correspondiente a la elaboración del Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, que surgió en el marco del procedimiento normativo a que se refiere la presente resolución, y que fue producto del trabajo desarrollado con colaboración del Comité Consultivo Especial, fue sometido a Consulta Pública por el plazo de 40 días hábiles contados desde la publicación en el Diario Oficial del primer aviso, singularizado en el literal i) de Vistos;
f) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento de Dictación de NT, después de haberse llevado a cabo el trabajo normativo con la colaboración del correspondiente Comité Consultivo, y habiendo transcurrido la respectiva instancia de consulta pública, la Comisión analizó y respondió fundadamente las observaciones recibidas en esta última fase, a través del informe consolidado de respuestas respectivo, el que fue aprobado mediante resolución CNE Nº 40;
g) Que, por su parte, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Dictación de NT, la Comisión, finalizado el proceso normativo respectivo, debe fijar la norma técnica definitiva, disponiendo su publicación en el Portal Normativo y en el Diario Oficial;
h) Que, en consecuencia, corresponde a esta Comisión aprobar el Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio;
i) Que, asimismo, y con la finalidad que exista la debida coherencia entre la normativa aplicable, resulta pertinente efectuar modificaciones al Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de las Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio, y a la Norma Técnica de Calidad y Seguridad de Servicio, y
j) Que, con la finalidad de consolidar, ordenar y simplificar los cuerpos normativos objeto de modificación, se procederá a la dictación de los textos refundidos.
Resuelvo:
Artículo primero: Apruébese el Anexo Técnico Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión, de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, como resultado del procedimiento normativo iniciado mediante resolución exenta CNE Nº 549.
Artículo segundo: Apruébese el texto refundido del Anexo Técnico Exigencias Mínimas de Diseño de las Instalaciones de Transmisión de la Norma Técnica Seguridad y Calidad de Servicio, cuyo texto deberá estar disponible, a más tardar, al día hábil siguiente en que se publique la presente resolución exenta en el Diario Oficial, en el sitio web institucional de la Comisión Nacional de Energía.
Artículo tercero: Apruébese texto refundido de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, cuyo texto deberá estar disponible, a más tardar, al día hábil siguiente en que se publique la presente resolución exenta en el Diario Oficial, en el sitio web institucional de la Comisión Nacional de Energía.
Anótese, regístrese y publíquese en el Diario Oficial.- Marco Antonio Mancilla Ayancán, Secretario Ejectutivo, Comisión Nacional de Energía.