MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM S.A.
Santiago, 31 de enero de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 54 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta N° 291, de 2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba Norma Técnica para el uso de las bandas de frecuencias de 1.755 - 1.770 MHz y 2.155 - 2.170 MHz y modifica la resolución exenta N° 1.144, de 2009.
f) El decreto supremo N° 32, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 147.077, de 12.08.2022.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Wom S.A., RUT N° 78.921.690-8, con domicilio en calle General Mackenna N° 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria a modificar la dirección y coordenadas geográficas de cuatro (4) Estaciones Base, según se indica a continuación:
Para las regiones: Del Biobío, de Magallanes y la Antártica Chilena y Metropolitana de Santiago.


Los plazos y demás características técnicas, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables de conformidad al acto autorizatorio señalado precedentemente.
2. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.