DEROGA EL DECRETO SUPREMO Nº 303, DE 1993, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y ESTABLECE EL DÍA NACIONAL DEL CINE CHILENO
     
    Núm. 30.- Santiago, 21 de julio de 2025.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
   
    Considerando:
   
    1. Que, el numeral primero del artículo 3 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio establece dentro de sus funciones y atribuciones, las de promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, música, literatura, audiovisual y otras manifestaciones de las artes; como asimismo, promover el respeto y desarrollo de las artes y culturas populares.
    2. Que, con fecha 1 de abril de 2025, en Acta de Sesión Ordinaria Nº 03/2025 el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, en atención a solicitud realizada por las familias de Carmen Bueno y Jorge Müller de establecer el 29 de noviembre como el Día del Cine Chileno, solicitan las y los consejeros elevar dicha petición a la autoridad ministerial.
    3. Que, siendo el cine una manifestación artística para la identidad cultural del país y una herramienta fundamental para la reflexión y la representación de las realidades nacionales, resulta necesario reconocer el talento de sus creadores, actores, técnicos y profesionales del sector audiovisual, a través de la valoración de la producción audiovisual chilena como parte integral de nuestro patrimonio cultural.
    4. Que, durante el año 2024 se llevaron a cabo más de 100 actividades a lo largo de todo el país, con funciones especiales dedicadas al cine nacional, conectando a distintos públicos, desde estudiantes a personas mayores, transformándose en una oportunidad única para acercarse a la memoria, a la diversidad cultural y a la ciudadanía, haciendo del cine un punto de encuentro y reflexión para todos los habitantes del país.
    5. Que, teniendo en consideración la relevancia de valorar las contribuciones de cineastas chilenos como Carmen Bueno y Jorge Müller, y habiendo dedicado su vida a narrar historias que retratan los desafíos de la sociedad chilena, se hace necesario establecer el día 29 de noviembre de cada año, como el día del cine chileno.
   
    Decreto:

    Artículo primero.- Derógase el decreto supremo Nº 303, de 1993, del Ministerio de Educación, que instituye el Día Nacional del Cine.
   

    Artículo segundo.- Establécese el día 29 de noviembre de cada año como el "Día del Cine Chileno.".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Jimena Jara Quilodrán, Subsecretaria de las Culturas y las Artes.