MODIFICA RESOLUCIÓN Nº466 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, EN EL SENTIDO QUE INDICA; Y APRUEBA SELECCIÓN DEL LLAMADO 2024 A POSTULACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE INTEGRACIÓN SOCIAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL, REGULADO POR EL DS Nº 1 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA CON PROYECTO HABITACIONAL, PARA UN PROGRAMA DE VIVIENDA PARA ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES, DISPUESTO POR LA MISMA RESOLUCIÓN
Santiago, 30 de septiembre de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.387 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, y sus modificaciones;
b) La resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de fecha 26 de marzo de 2024, y sus modificaciones, que llama a postulación y presentación de proyectos de integración social en condiciones especiales para el otorgamiento de Subsidios Habitacionales del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº1 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para un programa de vivienda para organizaciones de trabajadores y fija el monto de recursos que se destinarán para el subsidio directo;
c) La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2024, de conformidad a las disposiciones reglamentarias establecidas, entre otros, para el programa regulado por el DS Nº1 (V. y U.), de 2011;
d) La Ley Nº 21.640, de Presupuestos del Sector Público para el año 2024;
e) El oficio ordinario Nº 1.299, de fecha 18 de octubre de 2024, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (S) de la Región de Los Lagos;
f) El oficio ordinario Nº 1.260, de fecha 22 de octubre de 2024, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía;
g) El oficio ordinario Nº 2.601, de fecha 4 de diciembre de 2024, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso;
h) El oficio ordinario Nº 1.482, de fecha 10 de diciembre de 2024, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía;
i) El Informe Técnico de Aprobación del Proyecto de Trabajadores Públicos Isla Cautín, Temuco, Condominio Parque Río, de diciembre de 2024, del Departamento Técnico del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía;
j) El correo electrónico de fecha 16 de diciembre de 2024 de la Encargada Sección de Diseño y Ejecución de Proyectos Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de La Araucanía;
k) El oficio ordinario Nº 266, de fecha 4 de febrero de 2025, complementado por el oficio ordinario Nº 893, de fecha 25 de abril de 2025, ambos de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso;
l) El correo electrónico de fecha 26 de febrero de 2025 de la Jefa del Departamento de Operaciones Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Lagos;
m) Los memorandos Nºs. 176-27 y 176-28, ambos de fecha 4 de marzo de 2025, del Encargado de la Oficina de Evaluación de Proyectos Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso;
n) El correo electrónico de fecha 5 de marzo de 2024 del Jefe del Departamento de Operaciones Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso;
o) El oficio ordinario Nº 353, de fecha 19 de marzo de 2025, complementado por oficio ordinario Nº 494, de fecha 23 de abril de 2025, ambos del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos;
p) La resolución exenta Nº 2.377, de fecha 7 de mayo de 2025, de la Directora Serviu Región de Los Lagos, y
Considerando:
a) Que, por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, y sus modificaciones, se llamó a postulación y presentación de Proyectos de Integración Social en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para un Programa de Vivienda para Organizaciones de Trabajadores;
b) Que se hace necesario modificar la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, en el sentido de que cuando se trate de la postulación de trabajadores de organismos públicos en que exista un compromiso de donación o transferencia a título gratuito de un terreno público o fiscal, el monto del subsidio se reducirá de acuerdo con el valor de avalúo fiscal del terreno dividido en el número de viviendas del proyecto;
c) Que, mediante los oficios ordinarios señalados en el visto k) la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso solicita considerar una fecha posterior de acreditación de ahorro para tres postulantes, por cuanto un caso correspondía a un reemplazo realizado en el mes de diciembre de 2024 y los otros dos casos contaban con menor ahorro por cargo por un seguro y por dificultades económicas, no obstante, en todos los casos el ahorro exigido fue enterado en diciembre de 2024 y eximir del requisito de contar con la firma de todos los empleadores en el Convenio de Trabajo en el Proyecto "19 Norte, Viña del Mar";
d) Que, la solicitud de eximir del requisito de contar con la firma de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar y del Servicio de Salud Valparaíso en el Convenio de Trabajo del Proyecto "19 Norte, Viña del Mar" no fue debidamente fundamentada en el oficio Nº 893, citado en el visto k), por lo que corresponde excluir al señalado proyecto del proceso de selección, siendo este requisito, además, obligatorio para la postulación del grupo de trabajadores;
d) Que, mediante el oficio ordinario Nº 1.260, de fecha 22 de octubre de 2024, y el oficio ordinario Nº 1.482, de fecha 10 de diciembre de 2024, el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía solicita autorización para incorporar a trabajadores del sector público organizados en agrupaciones de funcionarios/as de varios organismos presentes en la comuna de Temuco al proyecto de vivienda para trabajadores "Isla Cautín", considerando que todos los trabajadores incluidos se encuentran vinculados territorial y funcionalmente, conforme a lo establecido en la letra a) del resuelvo 1 de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024;
f) Que, mediante el oficio ordinario Nº 1.299, de fecha 18 de octubre de 2024, el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos solicita autorización para incorporar a trabajadores del sector público, organizados en agrupaciones de funcionarios/as de varios organismos presentes en la comuna de Puerto Montt al proyecto de vivienda para trabajadores "Condominio 9 Senderos de La Paloma", considerando que todos los trabajadores incluidos se encuentran vinculados territorial y funcionalmente, conforme a lo establecido en la letra a) del resuelvo 1 de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024;
g) Que, mediante los oficios señalados en el visto o) el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos también solicita considerar una fecha posterior de acreditación de ahorro para dieciséis postulantes, debido a dificultades económicas y a la necesidad de esperar el pago del incentivo trimestral público para completar el ahorro requerido, el que se enteró en todos los casos en forma previa a la fecha de digitación de las postulaciones, y eximir del cumplimiento de porcentaje del Registro Social de Hogares a un postulante, debido a que su RSH cambió del 90% al 100% al momento de la postulación;
h) Que, por memorandos Nºs. 176-27 y 176-28, ambos de fecha 4 de marzo de 2025, del Encargado de la Oficina de Evaluación de Proyectos Habitacionales del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso; el Informe Técnico de Aprobación citado en el visto i); y el correo electrónico citado en el visto l), se da cuenta de la aprobación de los proyectos "Proyecto 19 Norte" de la comuna de Viña del Mar y "Edificio Orione FENATS" de la comuna de Quintero, ambos en la Región de Valparaíso, "Condominio Parque Río" de la comuna de Temuco, Región de La Araucanía, y "Condominio 9 Senderos de La Paloma" de la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, los que cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en la resolución exenta citada en el visto b), por lo que es posible proceder con la selección de los trabajadores que forman parte de los grupos postulantes asociados a dichos proyectos;
i) Que, a través de la resolución exenta señalada en el visto p), la Directora de Serviu Región de Los Lagos, conforme a las facultades establecidas en el resuelvo 8.7 de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, autorizó la postulación del Proyecto Condominio 9 Senderos de La Paloma, que excedió el porcentaje máximo permitido de 20% de postulantes no asociados a un sindicato o asociación gremial;
j) Que la resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de 2023, autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2024, de conformidad a las disposiciones reglamentarias establecidas por los Sistemas y Programas que indica, de acuerdo con la distribución que señala;
k) Que, existen los recursos necesarios para el financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución por Región, atendido lo dispuesto en la letra a) de la Glosa 03, asociada al Subtítulo 33, Ítem 01, de la Ley Nº21.640, de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, que establece que el programa del año queda conformado por los subsidios cuyo proceso de postulación haya concluido el 31 de diciembre de 2024, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, en el sentido de agregar el siguiente inciso final al resuelvo 4:
"Tratándose de trabajadores públicos respecto de los cuales exista un compromiso de donación o transferencia a título gratuito de un terreno público o fiscal, el monto del subsidio señalado en las tablas correspondientes al tramo 2 y al tramo 3, se rebajará de acuerdo con el valor de avalúo fiscal del terreno dividido en el número de viviendas del proyecto con tope de 100 U.F.".
2. Autorízase la postulación de los siguientes proyectos, que consideran trabajadores(as) del sector público organizados mediante agrupaciones de funcionarios/as de varios organismos, que se encuentran territorial y funcionalmente vinculados conforme a lo establecido en la letra a) del resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024:


3. Exímase a las personas que se individualizan a continuación, del cumplimiento de las siguientes condiciones y/o requisitos dispuestos en la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024:


4. Apruébanse los proyectos que se singularizan a continuación y las respectivas nóminas de postulantes seleccionados, asociados a dichos proyectos, para el subsidio habitacional correspondiente al Llamado a postulación y presentación de Proyectos de Integración Social en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para un Programa de Vivienda para Organizaciones de Trabajadores, dispuesto por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, nóminas que se adjuntan y que forman parte integrante de esta resolución, y fíjase el número de familias seleccionadas por proyecto y el monto de Unidades de Fomento (U.F.) que comprometen, de acuerdo con la siguiente tabla:


5. Exclúyase del proceso de selección la postulación del siguiente proyecto y sus respectivos postulantes al Llamado a postulación y presentación de Proyectos de Integración Social en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para un Programa de Vivienda para Organizaciones de Trabajadores, dispuesto por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, por no cumplir el requisito de suscribir el Convenio de Trabajo conforme lo señala el numeral 5.2 de la resolución exenta Nº 466 referida:

6. Los postulantes seleccionados conforme al resuelvo 3. de la presente resolución que con posterioridad a su postulación y hasta la fecha de suscripción de la respectiva escritura de compraventa pierdan la calidad de funcionarios de las respectivas instituciones empleadoras con las que fueron seleccionados, deberán renunciar al subsidio conforme a lo establecido en el artículo 25 del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, o en su defecto, deberán ser excluidos de la correspondiente nómina de seleccionados. En ambos casos podrán cursarse los respectivos reemplazos según lo establecido en el citado decreto en lo que fuera procedente.
7. Establécese que la resolución exenta Nº 466 (V. y U.), de 2024, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución
Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.