DECLARA TÉRMINO DE LA VIGILANCIA INTENSIVA ANTE LA DETECCIÓN DE UN ÚNICO EJEMPLAR DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA) EN LA COMUNA DE SAN FERNANDO, REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS
   
    Núm. 2.400 exenta.- Rancagua, 29 de octubre de 2025.
   
    Vistos:
   
    Lo dispuesto en el artículo 6º y 7º de la Constitución Política de la República; la ley Nº 19.880, de las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen el Actuar de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 18.755 del año 1989, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus posteriores modificaciones; el decreto ley Nº 3.557, del año 1980, que estable Disposiciones sobre Protección Agrícola, y sus modificaciones posteriores; resolución exenta Nº 3.513 del Servicio Agrícola y Ganadero de 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año y sus posteriores modificaciones; resolución exenta Nº 259 de fecha 27 de abril de 2012 que delega atribuciones en autoridades del Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones posteriores; la resolución Nº 36 de 2024 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta Nº 975 de fecha 14 de abril del año 2025 de la Dirección Regional de O'Higgins, y las facultades que invisto como Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero Región de O'Higgins, conforme a la resolución exenta RA 240/1814/2023, de fecha 19 de octubre de 2023.
   
    Considerando:
   
    1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de la resolución exenta Nº 975, de fecha 14 de abril del año 2025, de la Dirección Regional de O'Higgins, ha aplicado una vigilancia de trampeo y muestreo de alta sensibilidad en una superficie cubierta por un radio de 4 km., alrededor de la detección de un único ejemplar de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied.), en la comuna de San Fernando, por un período equivalente a dos ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de la misma (adultos y estados inmaduros).
    2. Que, de acuerdo al modelo de Grados Día (Tassan) utilizado por el Servicio Agrícola y Ganadero para estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el día 14 de octubre de 2025, se han cumplido los dos ciclos biológicos después de la única detección en el Área de Vigilancia Intensiva declarada el día 14 de abril de 2025, período requerido para declarar término a dicha Vigilancia Intensiva en la comuna de San Fernando.
   
    Resuelvo:


    1. Declárese libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied.), el Área de Vigilancia Intensiva de la comuna de San Fernando, provincia de Colchagua, Región de O'Higgins, establecida mediante la resolución exenta Nº 975/2025, de la Dirección Regional de O'Higgins y suspéndase la disposición de las medidas fitosanitarias establecidas en dicha Resolución de Vigilancia Intensiva de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied.).
    2. Aplíquese lo dispuesto en la resolución exenta Nº 3.513 de 1995, que declara a Chile como país libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) modificada por la resolución 1.095 de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero.
   
    Anótese y comuníquese.- Eric Marcelo Guital Alarcón, Director Regional, Región de O'Higgins, Servicio Agrícola y Ganadero.