MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.
Santiago, 2 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 958 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la L ey.
c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
d) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
e) El decreto supremo Nº 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones.
f) El decreto supremo Nº 129, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones.
g) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría, que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de Servicios intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente Proveen Infraestructura Física para Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel Nº 109.060 de 29.09.2025.
b) Que la solicitud de modificación de concesión es de aquellas que, conforme al inciso quinto del artículo 14º, de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15º y 16º, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea Infraestructura Física para Telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Sites Chile S.A., RUT Nº 77.371.811-3, con domicilio Nueva Tajamar Nº 481, Oficina 1102, Torre Sur, comuna de Las Condes Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para modificar las coordenadas geográficas de una (1) torre de telecomunicaciones, según se indica a continuación:

D.E.: Decreto Exento.
La dirección, plazos y demás características técnicas, permanecerán inalterables, de conformidad al acto Autorizatorio señalado precedentemente.
2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
4. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.