MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.414 EXENTA (V. Y U.), DEL 2021, QUE DEFINE ZONAS PARA LA APLICACIÓN DEL ART. 7º, LETRA C), DEL DS Nº 19 (V. Y U.), DE 2016, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ESTE PROGRAMA, Y MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 196 EXENTA (V. Y U.), DE 2025, QUE DISPONE EL LLAMADO NACIONAL ESPECIAL AÑO 2025, DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS Nº 19, EN EL SENTIDO QUE INDICA
   
    Santiago, 5 de diciembre de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.873 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, y sus modificaciones, en especial la efectuada a través del DS Nº 16 (V. y U.), de 2019, publicado en Diario Oficial de fecha 23 de julio de 2020;
    b) La resolución exenta Nº 1.414 (V. y U.), de fecha 1 de septiembre de 2021, y sus modificaciones, en especial lo resuelto mediante resolución exenta Nº 1.720, de fecha 14 de noviembre de 2025, que define zonas para la aplicación del artículo 7º, letra c), del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016;
    c) La resolución exenta Nº 200 (V. y U.), de fecha 17 de febrero de 2022, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales año 2022, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, en las regiones y comunas que se indican, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional;
    d) La resolución exenta Nº 510 (V. y U.), de fecha 28 de febrero de 2023, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional;
    e) La resolución exenta Nº 385 (V. y U.), de fecha 12 de marzo de 2024, y sus modificaciones, que llama a postulación de condiciones especiales año 2024, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional;
    f) La resolución exenta Nº 196 (V. y U.), de fecha 5 de febrero de 2025, y sus modificaciones, que llama a postulación de condiciones especiales año 2025, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional;
    g) El oficio ordi nario Nº 1.254, de fecha 1 de octubre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío, en que solicita definir nuevas Zonas DS Nº 19 que comprende polígonos emplazados en las comunas de Concepción y San Pedro de la Paz, para la aplicación de lo establecido en el artículo 7º, letra c), del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016;
   
    Considerando:
   
    a) Que, el artículo 7º, letra c) del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, faculta al Ministro de Vivienda y Urbanismo para definir, a solicitud del Seremi de Vivienda y Urbanismo, comunas o zonas de comunas centrales y pericentrales, en las que se podrán desarrollar proyectos habitacionales en el marco del Programa de Integración Social y Territorial, que consideren un porcentaje de viviendas cuyo precio de venta exceda los máximos establecidos en dicho reglamento, las que no podrán ser objeto de subsidio; así como también para autorizar en estas zonas un precio máximo para venta de vivienda, con la aplicación de un subsidio, de hasta 2.400 Unidades de Fomento, en el caso de viviendas emplazadas en las zonas definidas en la letra a) de la tabla inserta en la letra b) del artículo 3º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y de hasta 2.800 Unidades de Fomento, para viviendas emplazadas en las zonas definidas en las letras b), c) y d) de la tabla inserta en la letra b) del artículo 3º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, cuyo monto de subsidio corresponderá a lo señalado en la tabla de la letra b) del artículo 3º del mismo decreto, según corresponda a la zona de emplazamiento de la vivienda;
    b) Que, en los Llamados Nacionales para presentación de Proyectos en el marco del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, del año 2022 en adelante, regulados por las resoluciones exentas Nº 200, de 2022, Nº 510, de 2023, Nº 385, de 2024 y Nº 196, de 2025, todas de Vivienda y Urbanismo; se han incrementado los precios máximos de viviendas destinadas a familias de sectores medios hasta las 2.400 UF, 2.600 UF, 2.800 UF, 2.900 o 3.000 UF, según la comuna de emplazamiento de los proyectos, con el fin de abordar el impacto de los efectos derivados de la emergencia sanitaria, relacionado con el incremento en el costo de la mano de obra, los insumos y materiales de construcción, que afectaron la normal ejecución de las obras;
    c) Que, la ampliación de Zona en la comuna de Concepción y la nueva Zona ubicada en la comuna de San Pedro de la Paz se enmarcan en la necesidad de potenciar el desarrollo urbano habitacional en la Región del Biobío, favoreciendo la ejecución de proyectos habitacionales socialmente integrados, bien localizados, con equipamiento e infraestructura de calidad, todo ello en línea con los objetivos sectoriales impulsados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Por su parte, la resolución exenta Nº 1.720, de fecha 14 de noviembre de 2025, que modificó la resolución exenta Nº 1.414 (V. y U.), de fecha 1 de septiembre de 2021, dispuso la incorporación de la zona denominada "Sector La Chimba Bajo", ubicada en la Región de Antofagasta, en el cuadro inserto en el resuelvo 1º de esta última, lo que, a su vez, hace necesaria su incorporación en el cuadro inserto en el resuelvo 3.6 de la resolución exenta Nº 196, de fecha 5 de febrero de 2025, con el objetivo de establecer los incentivos en cuanto a porcentaje de venta de viviendas sin subsidio y precios máximos de venta, en proyectos que se presenten en esta zona;
    d) Que, a partir de la solicitud regional, los antecedentes enviados y el análisis realizado por la respectiva Seremi, junto con el cumplimiento de los criterios mínimos establecidos para la definición de estas zonas, como el déficit habitacional existente, la alta demanda habitacional, la buena localización conectadas a los centros de trabajo a través de infraestructura vial, equipamientos y servicios, entre otros, considerando también un incremento significativo en el valor del suelo en estas áreas, se establece que estas zonas cumplen los atributos para ser incluidas como zonas centrales y pericentrales;
    e) Que, declarar la ampliación de zona en la comuna de Concepción y la nueva zona en la comuna de San Pedro de la Paz, es crucial porque permitirá impulsar proyectos habitacionales con subsidio en sectores estratégicos de ambas comunas, que actualmente combinan diferentes usos urbanos y tiene potencial para reducir el déficit habitacional, mejorando la integración social y territorial, y respetando las condiciones económicas adecuadas para las familias;
    f) Que, los proyectos de Integración Social y Territorial, DS Nº 19 a desarrollarse en las zonas propuestas, contribuirán a la Implementación del Plan de Emergencia Habitacional en la Región del Biobío y Región de Antofagasta, para enfrentar el déficit cuantitativo, permitiendo generar nueva oferta de viviendas para familias vulnerables y de sectores medios, potenciando y mejorando el entorno en el que estos proyectos se inserten, por lo que dicto la siguiente:
   
    Resolución:

   
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.414 (V. y U.), de fecha 1 de septiembre de 2021, y sus modificaciones, en el sentido de reemplazar el Cuadro inserto en su resuelvo 1º, por el que se detalla a continuación, que incorpora la ampliación de la zona "centro" en la comuna de Concepción y, la nueva zona "Sector San Pedro Sur", en la comuna de San Pedro de la Paz, ambas en la Región del Biobío:
    Se incluye al Anexo 1 y Anexo 2, referidos al detalle de los polígonos y planos de la delimitación de la Zona "Centro" de Concepción, la cual contiene la ampliación de su perímetro y la nueva Zona DS Nº 19 "Sector San Pedro Sur". Estos documentos son parte integrante de esta resolución.
    2. Reemplázase el cuadro inserto en el resuelvo 3.6., de la resolución exenta Nº 196 (V. y U.), de 2025, y sus modificaciones, por el siguiente:
    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

   
    Anexo 1
    Polígono y Plano de Delimitación de la Zona DS Nº 19 "Sector Centro", de Concepción
    Se adjunta en el presente Anexo el plano georreferenciado que delimita el nuevo polígono (que amplía el aprobado anteriormente) correspondiente a la Zona DS Nº 19 "Sector Centro", de Concepción, conforme a las disposiciones del decreto supremo Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones.
LÍMITES OPERATIVOS ZONA CENTRAL Y PERICENTRAL
Comuna de Concepción / Nombre sector: Centro /
Superficie: 750,2 Ha.
    La delimitación del Polígono queda definida por los siguientes tramos:
    A continuación, figura el Plano del polígono actualizado correspondiente a la Zona DS Nº 19 "Sector Centro", de Biobío:
    Anexo 2
    Polígono y Plano de Delimitación de la Zona DS Nº 19 "Sector San Pedro Sur", de la comuna de San Pedro de la Paz.
LÍMITES OPERATIVOS ZONA CENTRAL Y PERICENTRAL
Comuna de San Pedro de la Paz / Nombre sector: San Pedro Sur /
Superficie: 184,1 Ha.
    La delimitación del Polígono queda definida por los siguientes tramos:
    A continuación, figura el Plano del polígono correspondiente a la Zona DS Nº 19 "Sector San Pedro Sur", de la comuna de San Pedro de la Paz, Región del Biobío.