MODIFICACIÓN DE CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS QUE INDICA
   
    Santiago, 9 de enero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 21 exento.
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) Los decretos supremos N° 133, N° 134, N° 135, N° 136, N° 137, N° 138, N° 139, N° 140, N° 142, N° 143, N° 144, N° 145, N° 146, N° 147, N° 148, N° 149, N° 152, N° 153, N° 154 y N° 155, de 2021, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las Concesiones y sus respectivas modificaciones posteriores.
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel N° 140.093, de 16.12.2025.
    b) La resolución exenta N° 1.802, de 30.09.2025, que autorizó previamente la transferencia.
    c) La escritura pública, de fecha 30.10.2025, otorgada ante don Álvaro González Salinas, Notario Público Titular de la Notaría N° 42 de Santiago.
   
    Decreto:

   
    Modifíquense las concesiones de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgadas a la empresa VTR Comunicaciones SpA, RUT N° 76.114.143-0, por decretos del literal c) de los vistos, en el sentido de que su nuevo titular, será la empresa Claro Chile SpA, RUT N° 96.799.250-K, ambos con domicilio en Av. El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región del Metropolitana de Santiago.
   
    1. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora, quedando sujeta a los requisitos y obligaciones establecidos en la normativa vigente.
    2. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    3. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Daza Lobos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.