AUTORIZA A LA EMPRESA PORTUARIA AUSTRAL PARA CONTRATAR ENDEUDAMIENTO POR SOBRE EL 50% DE SU CAPITAL Y PARA SUSCRIBIR DICHA DEUDA DE LARGO PLAZO, EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 73.- Santiago, 5 de febrero de 2026.
Vistos:
En el artículo 44 del decreto ley N° 1.263, de 1975, orgánico de administración financiera del Estado; en el artículo 11 de la ley N° 18.196, que establece normas complementarias de administración financiera, personal y de incidencia presupuestaria; en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el N° 4 del inciso segundo del artículo 31 de la ley N° 19.542, que Moderniza el Sector Portuario Estatal; en el oficio ordinario N° 1.851, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que autoriza a la Empresa Portuaria Austral a iniciar gestiones para contratar endeudamiento; en el Convenio de Programación de 2024, denominado "Mejorando el Sistema Portuario para Potenciar el Desarrollo de Magallanes y de la Antártica Chilena", acordado entre el Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena con la Empresa Portuaria Austral; en el decreto exento N° 301, de 2025, conjunto de los Ministerios de Hacienda y de Economía, Fomento y Turismo, que autoriza a la Empresa Portuaria Austral a Contratar un Crédito Bancario; y, en el decreto exento N° 438, de 2025, conjunto de los Ministerios de Hacienda, de Economía, Fomento y Turismo, y de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba presupuesto de caja y estado de resultados de la Empresa Portuaria Austral para el año 2026;
Considerando:
1. Que, el artículo 44 del decreto ley N° 1.263, de 1975, orgánico de administración financiera del Estado, dispone que los actos administrativos de las Empresas Públicas, que de alguna forma comprometan el crédito público, sólo podrán iniciarse previa autorización del Ministerio de Hacienda.
2. Que, de conformidad con lo dispuesto en N° 4 del inciso segundo del artículo 31 de la ley N° 19.542, que Moderniza el Sector Portuario Estatal, se establece que al Directorio de las empresas portuarias le estará prohibido contraer obligaciones cuyo monto supere el cincuenta por ciento (50%) del capital de la empresa, salvo que cuenten con la autorización expresa del Presidente de la República.
3. Que, por medio del oficio ordinario N° 1.851, de 2024, del Ministerio de Hacienda, se autoriza a la Empresa Portuaria Austral a iniciar gestiones para contratar endeudamiento por hasta $ 24.000.000.000 (veinticuatro mil millones de pesos).
4. Que, el decreto exento N° 301, de 2025, conjunto de los Ministerios de Hacienda y de Economía, Fomento y Turismo, autorizó a la Empresa Portuaria Austral a contratar un crédito, por un total de hasta $ 6.500.000.000 (seis mil quinientos millones de pesos), con cargo a la autorización de endeudamiento otorgada a través del oficio ordinario Nº 1.851, de 2024, indicado en el numeral anterior.
5. Que, mediante el decreto exento N° 438, de 2025, conjunto de los Ministerios de Hacienda, de Economía, Fomento y Turismo, y de Transportes y Telecomunicaciones, se aprobó el Presupuesto de Caja de la Empresa Portuaria Austral, para el año 2026.
Decreto:
I. Autorícese al Directorio de la Empresa Portuaria Austral para contraer obligaciones cuyo monto supere el cincuenta por ciento (50%) del capital de la empresa, en conformidad con lo dispuesto en el N° 4 del inciso segundo del artículo 31, de la ley N° 19.542, exclusivamente para los efectos de la contratación de endeudamiento señalado en el numeral II del presente acto administrativo.
II. Autorícese a la Empresa Portuaria Austral a contratar un crédito por un monto de hasta US$ 14.000.000 (catorce millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado a financiar el Plan de Inversiones de la empresa, según lo dispuesto en el Convenio de Programación suscrito con el Gobierno Regional de Magallanes, citado en los vistos. Lo anterior, en las condiciones financieras que a continuación se indican:
a) Deudor : Empresa Portuaria Austral.
b) Monto : Hasta US$ 14.000.000
(catorce millones de dólares
de los Estados Unidos de América).
c) Acreedor : Corporación Interamericana de
Inversiones ("BID Invest").
d) Moneda : Dólares de los Estados
Unidos de América (US$).
e) Plazo : Hasta 14 años, contados
desde la fecha de entrada
en vigencia del contrato
de crédito.
f) Tasa de
Interés : SOFR a Plazo (Term SOFR)
de 180 días, más margen
o spread anual igual a 1,90%.
g) Comisión de
Estructuración : 1% del monto total del
crédito comprometido de
Corporación Interamericana
de Inversiones.
h) Comisión de
Compromiso : 30% anual aplicable sobre
la porción disponible no
desembolsada y no cancelada
del crédito de Corporación
Interamericana de Inversiones.
i) Comisión de
Supervisión : US$ 10.000 por año calendario
(diez mil dólares de los
Estados Unidos de América).
j) Pago de
Intereses : Pagos semestrales por
periodos vencidos.
k) Amortizaciones : Mediante el pago en una
o más cuotas, en los
términos establecidos
en el contrato de deuda.
l) Periodo de
disponibilidad : Hasta 36 meses contado
a partir de la fecha de
entrada en vigencia del
contrato de crédito.
m) Uso de Fondos : Financiar plan de inversiones
de Empresa Portuaria Austral.
n) Indicadores
Financieros : Sin obligaciones de
cumplir indicadores o
ratios financieros.
o) Prepago y
Costo de Prepago : Permitido, sujeto a condiciones
y comisiones a ser estipuladas
en el contrato de crédito.
p) Garantía : Sin garantías reales o
personales. Sin garantía
soberana.
q) Ley Aplicable
y Jurisdicción : Leyes y tribunales de la
República de Chile.
r) Gastos e
impuestos : Todos los gastos e impuestos
serán de cargo de Empresa
Portuaria Austral.
III. El pago de las obligaciones que se originen por la contratación de la operación especificada anteriormente, se hará con cargo a los recursos que la Empresa Portuaria Austral tenga consignados en su presupuesto. IV. La presente autorización regirá desde la total tramitación de presente decreto y hasta el 31 de diciembre del año 2026.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Nicolás Grau Veloso, Ministro de Hacienda.- Álvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Heidi Berner Herrera, Subsecretaria de Hacienda.