ESTABLECE CUOTAS ANUALES DE CAPTURA DE LA ESPECIE BACALAO DE PROFUNDIDAD EN ÁREAS DE PESCA QUE INDICA, AÑO 2026
Por decreto exento Nº 202500245, de este Ministerio, establécese para el año 2026 una cuota anual de captura del recurso Bacalao de profundidad de 2.808 toneladas, para ser capturadas en el área de la unidad de pesquería fijada por el artículo 1º del decreto supremo Nº 328 de 1992, modificado por el DS Nº 322 de 2001, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dividida de la siguiente manera:

Asimismo, establécese para el año 2026, una cuota anual de captura del recurso Bacalao de profundidad Dissostichus eleginoides a ser extraída en todo el territorio marítimo de jurisdicción nacional localizado al norte del paralelo 47º L.S. correspondiente a un total de 2.527 toneladas, dividida de la forma que a continuación se indica:

El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 9 de diciembre de 2025.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.